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Document 62015TN0446
Case T-446/15: Action brought on 3 August 2015 — Indecopi/OHIM — Synergy Group (PISCO)
Asunto T-446/15: Recurso interpuesto el 3 de agosto de 2015 — Indecopi/OAMI — Synergy Group (PISCO)
Asunto T-446/15: Recurso interpuesto el 3 de agosto de 2015 — Indecopi/OAMI — Synergy Group (PISCO)
DO C 320 de 28.9.2015, pp. 42–42
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
28.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 320/42 |
Recurso interpuesto el 3 de agosto de 2015 — Indecopi/OAMI — Synergy Group (PISCO)
(Asunto T-446/15)
(2015/C 320/59)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español
Partes
Demandante: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) (San Borja, Perú) (representantes: M. A. Pomares Caballero y A. Pomares Caballero, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Synergy Group sp. z o.o. (Wrocław, Polonia)
Datos relativos al procedimiento ante la OAMI
Solicitante de la marca controvertida: Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Marca controvertida: Marca comunitaria figurativa que incluye el elemento denominativo «PISCO» — Solicitud de registro no 1016 7674
Procedimiento ante la OAMI: Procedimiento de oposición
Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 3 de junio de 2015 en el asunto R 1291/2014-4
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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modifique la resolución impugnada, en el sentido de declarar que concurren en el presente caso los requisitos de aplicación del motivo de rechazo relativo del artículo 8, apartado 4, del Reglamento no 207/2009, o, de forma subsidiaria, que anule tal resolución; y |
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ordene a la OAMI cargar con sus costas y con las de la parte demandante. |
Motivos invocados
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Infracción del artículo 23 del Reglamento no 110/2008. |
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Infracción del artículo 8, apartado 4, del Reglamento no 207/2009. |