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Document 62019TN0667
Case T-667/19: Action brought on 30 September 2019 — Ferriere Nord v Commission
Asunto T-667/19: Recurso interpuesto el 30 de septiembre de 2019 — Ferriere Nord/Comisión
Asunto T-667/19: Recurso interpuesto el 30 de septiembre de 2019 — Ferriere Nord/Comisión
DO C 399 de 25.11.2019, pp. 91–93
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
25.11.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 399/91 |
Recurso interpuesto el 30 de septiembre de 2019 — Ferriere Nord/Comisión
(Asunto T-667/19)
(2019/C 399/111)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Ferriere Nord SpA (Osoppo, Italia) (representantes: W. Viscardini, G. Donà y B. Comparini, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
1. |
Con carácter principal, anule, en virtud del artículo 263 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Decisión de la Comisión Europea de 4 de julio de 2019 C(2019) 4969 final, notificada el 18 de julio de 2019, mediante la que se impuso a la demandante una multa de 2 237 000 euros al término de un procedimiento incoado con arreglo al artículo 65 del Tratado CECA (AT.37.956 — Redondos para hormigón armado). |
2. |
Con carácter subsidiario, anule parcialmente la Decisión C(2019) 4969 final con la consiguiente reducción de la multa. |
3. |
En cualquier caso, condene en costas a la Comisión Europea. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca once motivos.
1. |
Primer motivo, basado en la vulneración del derecho de defensa.
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2. |
Segundo motivo, basado en la violación del principio ne bis in idem.
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3. |
Tercer motivo, basado en la interpretación errónea y, por consiguiente, en el incumplimiento de la obligación de garantizar el respeto del derecho a una buena administración y a la duración razonable del procedimiento y en un defecto de motivación.
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4. |
Cuarto motivo, basado en violación del principio de la duración razonable del procedimiento, en la extralimitación competencial y en la vulneración del derecho de defensa.
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5. |
Quinto motivo, basado en una motivación defectuosa o errónea, en la extralimitación competencial, en la violación del principio de proporcionalidad y en la infracción de los artículos 41 y 47 de la Carta y del artículo 6 del CEDH.
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6. |
Sexto motivo, basado en la excepción de ilegalidad del artículo 25 del Reglamento 1/2003, planteada con arreglo al artículo 277 TFUE, y en la extinción de la facultad de inspección y sancionadora.
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7. |
Séptimo motivo, basado en la ilegalidad parcial de la decisión de 4 de julio de 2019 por cuanto se refiere al aspecto sustantivo de las conductas impugnadas y en la violación de los principios generales en materia de carga de la prueba e in dubio pro reo.
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8. |
Octavo motivo, basado en la ilegalidad del incremento de la multa en concepto de reincidencia por vulneración del derecho de defensa.
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9. |
Noveno motivo, basado en la ilegalidad del incremento de la multa en concepto de reincidencia por haber transcurrido un tiempo excesivo y violación del principio de proporcionalidad.
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10. |
Décimo motivo, basado en la ilegalidad del incremento de la multa en concepto de reincidencia por ser excesivo el importe y por falta de motivación.
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11. |
Undécimo motivo, basado en la violación del principio de igualdad de trato en la reducción de la multa en concepto de circunstancia atenuante.
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