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Document 62013TA0423

Asuntos acumulados T-423/13 y T-64/14: Sentencia del Tribunal General de 24 de mayo de 2016 — Good Luck Shipping/Consejo «Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra determinadas personas y entidades a fin de impedir la proliferación nuclear en Irán — Congelación de fondos — Error de Derecho — Base jurídica — Error de apreciación — Falta de pruebas»

DO C 243 de 4.7.2016, pp. 28–29 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

4.7.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 243/28


Sentencia del Tribunal General de 24 de mayo de 2016 — Good Luck Shipping/Consejo

(Asuntos acumulados T-423/13 y T-64/14) (1)

(«Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas contra determinadas personas y entidades a fin de impedir la proliferación nuclear en Irán - Congelación de fondos - Error de Derecho - Base jurídica - Error de apreciación - Falta de pruebas»)

(2016/C 243/28)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Good Luck Shipping LLC (Dubái, Emiratos Árabes Unidos) (representantes: F. Randolph, QC, M. Lester, Barrister, y M. Taher, Solicitor)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: V. Piessevaux y B. Driessen, agentes)

Objeto

Por una parte, una pretensión de anulación de la Decisión 2013/270/PESC del Consejo, de 6 de junio de 2013, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO 2013, L 156, p. 10), del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 522/2013 del Consejo, de 6 de junio 2013, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 267/2012 relativo a medidas restrictivas contra Irán (DO 2013, L 156, p. 3), de la Decisión 2013/661/PESC del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO 2013, L 306, p. 18), y del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1154/2013 del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 267/2012 sobre medidas restrictivas contra Irán (DO 2013, L 306, p. 3), en la medida en que estos actos afectan a la demandante, y, por otra parte, una pretensión de que se declaren inaplicables la Decisión 2013/497/PESC del Consejo, de 10 de octubre de 2013, que modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO 2013, L 272, p. 46), y el Reglamento (UE) n.o 971/2013 del Consejo, de 10 de octubre de 2013, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 267/2012 relativo a medidas restrictivas contra Irán (DO 2013, L 272, p. 1).

Fallo

1)

Anular, en la medida en que estos actos afectan a Good Luck Shipping LLC:

La Decisión 2013/270/PESC del Consejo, de 6 de junio de 2013, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán.

El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 522/2013 del Consejo, de 6 de junio 2013, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 267/2012 relativo a medidas restrictivas contra Irán.

La Decisión 2013/661/PESC del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán.

El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1154/2013 del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 267/2012 sobre medidas restrictivas contra Irán.

2)

Mantener los efectos de la Decisión 2013/661 por lo que se refiere a Good Luck Shipping hasta que surta efectos la anulación del Reglamento n.o 1154/2013.

3)

El Consejo de la Unión Europea cargará, además de con sus propias costas, con aquellas en que haya incurrido Good Luck Shipping.


(1)  DO C 325 de 9.11.2013.


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