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Document 62020CA0385
Case C-385/20: Judgment of the Court (Fourth Chamber) of 7 April 2022 (request for a preliminary ruling from the Juzgado de Primera Instancia no 49 de Barcelona — Spain) — EL, TP v Caixabank SA (Reference for a preliminary ruling — Unfair terms in consumer contracts — Directive 93/13/EEC — Principle of effectiveness — Principle of equivalence — Judicial proceedings seeking a declaration that a contractual term is unfair — National court's power of review of its own motion — National proceedings for taxation of costs — Costs recoverable in respect of lawyers’ fees)
Asunto C-385/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 7 de abril de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia n.° 49 de Barcelona) — EL, TP / Caixabank, S. A. (Procedimiento prejudicial — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores — Directiva 93/13/CEE — Principio de efectividad — Principio de equivalencia — Procedimiento judicial que tiene por objeto la declaración del carácter abusivo de una cláusula contractual — Facultad de control de oficio del órgano jurisdiccional nacional — Procedimiento nacional de tasación de costas — Costas reembolsables en concepto de honorarios de abogado)
Asunto C-385/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 7 de abril de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia n.° 49 de Barcelona) — EL, TP / Caixabank, S. A. (Procedimiento prejudicial — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores — Directiva 93/13/CEE — Principio de efectividad — Principio de equivalencia — Procedimiento judicial que tiene por objeto la declaración del carácter abusivo de una cláusula contractual — Facultad de control de oficio del órgano jurisdiccional nacional — Procedimiento nacional de tasación de costas — Costas reembolsables en concepto de honorarios de abogado)
DO C 213 de 30.5.2022, pp. 9–10
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
30.5.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 213/9 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 7 de abril de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia n.o 49 de Barcelona) — EL, TP / Caixabank, S. A.
(Asunto C-385/20) (1)
(Procedimiento prejudicial - Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores - Directiva 93/13/CEE - Principio de efectividad - Principio de equivalencia - Procedimiento judicial que tiene por objeto la declaración del carácter abusivo de una cláusula contractual - Facultad de control de oficio del órgano jurisdiccional nacional - Procedimiento nacional de tasación de costas - Costas reembolsables en concepto de honorarios de abogado)
(2022/C 213/10)
Lengua de procedimiento: español
Órgano jurisdiccional remitente
Juzgado de Primera Instancia n.o 49 de Barcelona
Partes en el procedimiento principal
Demandante: EL, TP
Demandada: Caixabank, S. A.
Fallo
1) |
Los artículos 6, apartado 1, y 7, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, a la luz del principio de efectividad, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una normativa nacional que establece, en el marco de la tasación de las costas causadas por un recurso relativo al carácter abusivo de una cláusula contractual, un límite máximo aplicable a los honorarios de abogado que el consumidor cuyas pretensiones se hayan estimado en cuanto al fondo puede recuperar del profesional condenado en costas, a condición de que dicho límite máximo permita al consumidor obtener por tal concepto el reembolso de un importe razonable y proporcionado respecto de los gastos que haya tenido que soportar objetivamente para interponer tal recurso. |
2) |
Los artículos 6, apartado 1, y 7, apartado 1, de la Directiva 93/13, a la luz del principio de efectividad, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una normativa nacional con arreglo a la cual la cuantía del proceso, que constituye la base para el cálculo de las costas recuperables por el consumidor cuyas pretensiones se hayan estimado en el contexto de un recurso relativo a una cláusula contractual abusiva, debe determinarse en la demanda o, en su defecto, se fija conforme a dicha normativa, sin que ese dato pueda alterarse posteriormente, a condición de que el juez encargado, en último término, de la tasación de las costas tenga libertad para determinar la verdadera cuantía del proceso para el consumidor garantizándole que disfrute del derecho al reembolso de un importe razonable y proporcionado respecto de los gastos que haya tenido que soportar objetivamente para interponer tal recurso. |