16.11.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 381/4 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 1 de octubre de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Kammarrätten i Sundsvall —- Suecia) — OKG AB/Skatteverket
(Asunto C-606/13) (1)
((Procedimiento prejudicial - Directiva 2003/96/CE - Artículos 4 y 21 - Directiva 2008/118/CE - Directiva 92/12/CEE - Artículo 3, apartado 1 - Ámbito de aplicación - Normativa de un Estado miembro - Percepción de un impuesto sobre la potencia térmica de los reactores nucleares))
(2015/C 381/03)
Lengua de procedimiento: sueco
Órgano jurisdiccional remitente
Kammarrätten i Sundsvall
Partes en el procedimiento principal
Demandante: OKG AB
Demandada: Skatteverket
Fallo
1) |
Los artículos 4, apartado 2, y 21, apartado 5, de la Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que establece la percepción de un impuesto que grava la potencia térmica de los reactores nucleares, al no estar comprendido tal gravamen en el ámbito de aplicación de la mencionada Directiva. |
2) |
La Directiva 92/12/CEE del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativa al régimen general, tenencia, circulación y controles de los productos objeto de impuestos especiales, debe interpretarse en el sentido de que un impuesto que grava la potencia térmica de un reactor nuclear no constituye un impuesto especial en el sentido de dicha Directiva. |