ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 171

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

65.° año
25 de abril de 2022


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

2022/C 171/01

Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

1


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

 

Tribunal de Justicia

2022/C 171/02

Asuntos acumulados C-167/19 P y C-171/19 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 10 de marzo de 2022 — Comisión Europea / Freistaat Bayern y otros [Recurso de casación — Ayudas de Estado — Ayuda en favor del sector lácteo alemán — Financiación de las pruebas de calidad de la leche — Artículo 108 TFUE, apartado 2 — Decisión de incoar el procedimiento de investigación formal — Reglamento (CE) n.o 659/1999 — Artículo 6, apartado 1 — Obligación de la Comisión Europea de resumir en dicha decisión las principales cuestiones de hecho y de Derecho — Alcance — Derecho de las partes interesadas a participar en el procedimiento administrativo — Vulneración de un requisito sustancial de forma — Consecuencias en la legalidad de la decisión final]

2

2022/C 171/03

Asunto C-213/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 8 de marzo de 2022 — Comisión Europea / Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte [Incumplimiento de Estado — Artículo 4 TUE, apartado 3 — Artículos 310 TFUE, apartado 6, y 325 TFUE — Recursos propios — Derechos de aduana — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Protección de los intereses financieros de la Unión Europea — Lucha contra el fraude — Principio de efectividad — Obligación de los Estados miembros de poner a disposición de la Comisión Europea recursos propios — Responsabilidad financiera de los Estados miembros en caso de pérdida de recursos propios — Importaciones de productos textiles y de calzado procedentes de China — Fraude amplio y sistemático — Delincuencia organizada — Importadores desaparecidos — Valor en aduana — Infravaloración — Base imponible del IVA — Ausencia de controles aduaneros sistemáticos basados en el análisis de riesgo y efectuados con carácter previo al levante de las mercancías de que se trate — Falta de constitución sistemática de garantías — Método utilizado para estimar el importe de las pérdidas de recursos propios tradicionales relativos a importaciones que presentan un importante riesgo de infravaloración — Método estadístico basado en precios medios establecidos a escala de la Unión — Admisibilidad]

3

2022/C 171/04

Asunto C-162/20 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 3 de marzo de 2022 — WV / Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) (Recurso de casación — Función pública — Funcionarios — Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea — Artículo 60, párrafo primero — Ausencia no autorizada — Alcance — Cómputo dentro del período de vacaciones anuales — Retención sobre la remuneración — Funcionario que ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 21 y 55 del Estatuto)

4

2022/C 171/05

Asunto C-171/20 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 3 de marzo de 2022 — WV / Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) (Recurso de casación — Función pública — Solicitud de asistencia — Petición de indemnización — Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea — Artículo 24, párrafos primero y segundo — Artículo 90, apartados 1 y 2 — Revisión de un acto administrativo que ha adquirido firmeza)

5

2022/C 171/06

Asunto C-172/20 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 3 de marzo de 2022 — WV / Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) (Recurso de casación — Función pública — Solicitud de asistencia — Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea — Artículo 90, apartados 1 y 2 — Día de presentación de la solicitud — Decisión tácita de denegación de la solicitud — Reclamación — Interposición — Plazo — Error excusable)

5

2022/C 171/07

Asunto C-177/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 10 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Győri Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság — Hungría) — Grossmania Mezőgazdasági Termelő és Szolgáltató Kft. / Vas Megyei Kormányhivatal (Procedimiento prejudicial — Principios del Derecho de la Unión — Primacía — Efecto directo — Cooperación leal — Artículo 4 TUE, apartado 3 — Artículo 63 TFUE — Obligaciones de un Estado miembro derivadas de una sentencia prejudicial — Interpretación de una norma del Derecho de la Unión por el Tribunal de Justicia en una sentencia prejudicial — Obligación de dar pleno efecto al Derecho de la Unión — Obligación de un órgano jurisdiccional nacional de dejar inaplicada una normativa nacional contraria al Derecho de la Unión tal como ha sido interpretado por el Tribunal de Justicia — Resolución administrativa que ha adquirido firmeza a falta de recurso jurisdiccional — Principios de equivalencia y de efectividad — Responsabilidad del Estado miembro)

6

2022/C 171/08

Asunto C-205/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 8 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landesverwaltungsgericht Steiermark — Austria) — NE / Bezirkshauptmannschaft Hartberg-Fürstenfeld (Procedimiento prejudicial — Libre prestación de servicios — Desplazamiento de trabajadores — Directiva 2014/67/UE — Artículo 20 — Sanciones — Proporcionalidad — Efecto directo — Principio de primacía del Derecho de la Unión)

6

2022/C 171/09

Asunto C-247/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 10 de marzo de 2022 [petición de decisión prejudicial planteada por el Appeal Tribunal (Northern Ireland) — Reino Unido] — VI / Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs (Procedimiento prejudicial — Derecho de libre circulación y de libre residencia en el territorio de los Estados miembros — Artículo 21 TFUE — Directiva 2004/38/CE — Artículos 7, apartado 1, letra b), y 16 — Menor de edad nacional de un Estado miembro que reside en otro Estado miembro — Derecho de residencia derivado del progenitor que tiene la custodia efectiva de dicho menor — Requisito de disponer de un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos — Menor de edad que dispone de un derecho de residencia permanente para una parte de los períodos pertinentes)

7

2022/C 171/10

Asunto C-275/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 1 de marzo de 2022 — Comisión Europea / Consejo de la Unión Europea [Recurso de anulación — Decisión (UE) 2020/470 — Ampliación del período de aplicación del derecho de las coproducciones audiovisuales con arreglo al artículo 5 del Protocolo relativo a la cooperación cultural del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra — Base jurídica del procedimiento — Artículo 218 TFUE, apartado 7 — Procedimiento y forma de votación]

8

2022/C 171/11

Asunto C-349/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 3 de marzo de 2022 [petición de decisión prejudicial planteada por el First-tier Tribunal (Immigration and Asylum Chamber) — Reino Unido] — NB, AB / Secretary of State for the Home Department [Procedimiento prejudicial — Política común en materia de asilo e inmigración — Normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional — Directiva 2004/83/CE — Artículo 12 — Exclusión del estatuto de refugiado — Apátrida de origen palestino registrado en el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (OOPS) — Condiciones para tener derecho ipso facto a los beneficios de la Directiva 2004/83/CE — Cese de la protección o asistencia del OOPS]

9

2022/C 171/12

Asunto C-409/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 3 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.o 1 de Pontevedra) — UN / Subdelegación del Gobierno en Pontevedra (Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Directiva 2008/115/CE — Normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular — Artículos 6, apartado 1, y 8, apartado 1 — Normativa nacional que contempla, para el caso de situación irregular, la imposición de una multa que lleva aparejada la obligación de abandonar el territorio — Posibilidad de regularizar la situación en un plazo fijado — Artículo 7, apartados 1 y 2 — Plazo para la salida voluntaria)

10

2022/C 171/13

Asunto C-421/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 3 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Düsseldorf — Alemania) — Acacia Srl / Bayerische Motoren Werke AG [Procedimiento prejudicial — Propiedad intelectual — Dibujos y modelos comunitarios — Reglamento (CE) n.o 6/2002 — Artículo 82, apartado 5 — Acción entablada ante los tribunales del Estado miembro en el que se hubiere cometido o pudiere cometerse la infracción — Pretensiones conexas a una acción por infracción — Derecho aplicable — Artículo 88, apartado 2 — Artículo 89, apartado 1, letra d) — Reglamento (CE) n.o 864/2007 — Ley aplicable a las obligaciones extracontractuales (Roma II) — Artículo 8, apartado 2 — País en el que se haya cometido la infracción del derecho de propiedad intelectual]

11

2022/C 171/14

Asunto C-498/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 10 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Midden-Nederland — Países Bajos) — ZK, en su condición de sucesor de JM, administrador concursal de BMA Nederland BV / BMA Braunschweigische Maschinenbauanstalt AG [Procedimiento prejudicial — Cooperación judicial en materia civil — Reglamento (UE) n.o 1215/2012 — Artículo 7, punto 2 — Competencia judicial en materia delictual o cuasidelictual — Acción ejercitada por un síndico contra un tercero en interés de los acreedores — Lugar en el que se ha producido el hecho dañoso — Artículo 8, punto 2 — Demanda de intervención en defensa de intereses colectivos — Reglamento (CE) n.o 864/2007 — Ámbito de aplicación — Regla general]

11

2022/C 171/15

Asunto C-519/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 10 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Hannover — Alemania) — Procedimiento sustanciado contra K (Procedimiento prejudicial — Política de inmigración — Directiva 2008/115/CE — Internamiento a efectos de expulsión — Artículo 16, apartado 1 — Efecto directo — Centro de internamiento especializado — Concepto — Internamiento en un centro penitenciario — Requisitos — Artículo 18 — Situación de emergencia — Concepto — Artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Control jurisdiccional efectivo)

12

2022/C 171/16

Asunto C-634/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 3 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein hallinto-oikeus — Finlandia) — Procedimiento incoado por A (Procedimiento prejudicial — Reconocimiento de cualificaciones profesionales — Directiva 2005/36/CE — Ámbito de aplicación — Requisitos de obtención del permiso para ejercer de forma independiente la profesión de médico en el Estado miembro de acogida — Título expedido en el Estado miembro de origen — Limitación del derecho a ejercer la profesión de médico por un período de tres años — Supervisión por un médico autorizado y realización simultánea de la formación específica en medicina general de una duración de tres años — Artículos 45 TFUE y 49 TFUE)

13

2022/C 171/17

Asunto C-60/21: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 10 de marzo de 2022 — Comisión Europea / Reino de Bélgica (Incumplimiento de Estado — Artículo 45 TFUE — Artículo 28 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo — Libre circulación de trabajadores — Fiscalidad directa — Impuesto sobre la renta — Deducciones — Pensiones alimenticias — Igualdad de trato — Discriminación entre contribuyentes residentes y no residentes)

14

2022/C 171/18

Asunto C-183/21: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 10 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Saarbrücken — Alemania) — Maxxus Group GmbH & Co. KG / Globus Holding GmbH & Co. KG [Procedimiento prejudicial — Aproximación de las legislaciones — Marcas — Directiva (UE) 2015/2436 — Artículo 19 — Uso efectivo de una marca — Carga de la prueba — Solicitud de caducidad por falta de uso — Norma procesal nacional que obliga al solicitante a efectuar una investigación del mercado relativa al uso de la marca]

14

2022/C 171/19

Asunto C-821/21: Petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado de Primera Instancia no 2 de Fuengirola (España) el 24 de diciembre de 2021 — NM / Club La Costa (UK) PLC, sucursal en España, CLC Resort Management LTD, Midmark 2 LTD, CLC Resort Development LTD y European Resorts & Hotels SL

15

2022/C 171/20

Asunto C-35/22: Petición de decisión prejudicial presentada por la Audiencia Provincial de Málaga (España) el 17 de enero de 2022 — CAJASUR Banco S.A. / JO e IM

16

2022/C 171/21

Asunto C-42/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Supremo Tribunal Administrativo (Portugal) el 19 de enero de 2022 — Global, Companhia de Seguros SA / Autoridade Tributária e Aduaneira

17

2022/C 171/22

Asunto C-69/22: Recurso interpuesto el 2 de febrero de 2022 — Comisión Europea / Rumanía

17

2022/C 171/23

Asunto C-72/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas (Lituania) el 4 de febrero de 2022 — M. A. / Valstybės sienos apsaugos tarnyba

18

2022/C 171/24

Asunto C-104/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Markkinaoikeus (Finlandia) el 15 de febrero de 2022 — Lännen MCE Oy / Berky GmbH y Senwatec GmbH & Co. KG

19

2022/C 171/25

Asunto C-119/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Markkinaoikeus (Finlandia) el 17 de febrero de 2022 — Teva BV y Teva Finland Oy / Merck Sharp & Dohme Corp.

19

2022/C 171/26

Asunto C-135/22 P: Recurso de casación interpuesto el 25 de febrero de 2022 por Patrick Breyer contra la sentencia del Tribunal General (Sala Décima) dictada el 15 de diciembre de 2021 en el asunto T-158/19, Breyer / Agencia Ejecutiva Europea de Investigación

20

2022/C 171/27

Asunto C-136/22 P: Recurso de casación interpuesto el 25 de febrero de 2022 por Debregeas et associés Pharma (D & A Pharma) contra el auto del Tribunal General (Sala Octava) dictado el 22 de diciembre de 2021 en el asunto T-381/21, Debrégeas & Associés Pharma / EMA

21

2022/C 171/28

Asunto C-197/22: Recurso interpuesto el 11 de marzo de 2022 — Comisión Europea / República Italiana

22

 

Tribunal General

2022/C 171/29

Asunto T-834/17: Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — United Parcel Service/Comisión (Responsabilidad extracontractual — Competencia — Mercados de servicios internacionales de entrega urgente de paquetes pequeños en el EEE — Concentración — Decisión por la que se declara la concentración incompatible con el mercado interior — Anulación de la Decisión mediante sentencia del Tribunal General — Derecho de defensa — Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares — Relación de causalidad)

24

2022/C 171/30

Asunto T-540/18: Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — ASL Aviation Holdings y ASL Airlines (Irlanda)/Comisión (Responsabilidad extracontractual — Competencia — Contratos de servicios internacionales de entrega urgente de pequeños paquetes en el EEE — Concentración — Decisión por la que se declara la concentración incompatible con el mercado interior — Anulación de la decisión mediante sentencia del Tribunal General — Remisión global a otros escritos — Motivos invocados o imputaciones formuladas por un tercero en otro asunto — Prueba presentada en la réplica — No justificación del retraso — Inadmisibilidad — Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares)

24

2022/C 171/31

Asunto T-636/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — Chemours Netherlands/ECHA [REACH — Sustancias extremadamente preocupantes — Establecimiento de una lista de las posibles sustancias que podrían ser incluidas en el anexo XIV del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 — Decisión relativa a la identificación del ácido propiónico 2,3,3,3-tetrafluoro-2-(heptafluoropropoxy), sus sales y sus halogenuros de acilo como sustancia que reúne los criterios de inclusión en la lista — Articulo 57 del Reglamento n.o 1907/2006 — Error manifiesto de apreciación — Proporcionalidad]

25

2022/C 171/32

Asunto T-806/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — Govern d’Andorra/EUIPO (Andorra) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca figurativa de la Unión Andorra — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

26

2022/C 171/33

Asunto T-134/20: Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Huhtamaki/Comisión [Acceso a los documentos — Reglamento (CE) n.o 1049/2001 — Documentos relativos a una investigación en materia de ayudas de Estado — Decisiones fiscales anticipadas — Denegación de acceso — Excepción relativa a la protección de los intereses comerciales de terceros — Excepción relativa a la protección del objetivo de las actividades de inspección, investigación y auditoría — Presunción general de confidencialidad — Presunción iuris tantum — Obligación de motivación]

26

2022/C 171/34

Asunto T-669/20: Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Pluscard Service/EUIPO (PLUSCARD) [Marca de la Unión Europea — Registro internacional en el que se designa a la Unión Europea — Marca figurativa PLUSCARD — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001]

27

2022/C 171/35

Asunto T-671/20: Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — OA/CESE (Función Pública — Funcionarios — Acoso psicológico — Procedimiento disciplinario — Sanción disciplinaria — Apercibimiento por escrito — Derecho de defensa — Error de apreciación — Responsabilidad)

28

2022/C 171/36

Asunto T-715/20: Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Degode/EUIPO — Leo Pharma (Skinovea) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión Skinovea — Marca nacional denominativa anterior SKINOREN — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]

28

2022/C 171/37

Asunto T-1/21: Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Fabryki Mebli Forte/EUIPO — Bog-Fran (Mueble) [Dibujo o modelo comunitario — Procedimiento de nulidad — Dibujo o modelo comunitario registrado que representa un mueble — Causa de nulidad — Falta de carácter singular — Artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 — Divulgación del diseño o modelo anterior — Artículo 7, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002 — Resolución adoptada tras la anulación de una resolución anterior por el Tribunal General — Fuerza de cosa juzgada]

29

2022/C 171/38

Asunto T-86/21: Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Distintiva Solutions/EUIPO — Makeblock (Makeblock) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de anulación — Marca figurativa de la Unión Makeblock — Motivos de denegación absolutos — Carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente, artículo 7, apartado 1, letra b) del Reglamento (UE) 2017/1001] — Falta de carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c) del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente, artículo 7, apartado 1, letra c) del Reglamento 2017/1001] — Inexistencia de marca capaz de inducir a error al público — Artículo 7, apartado 1, letra g) del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente, artículo 7, apartado 1, letra g) del Reglamento 2017/1001]]

30

2022/C 171/39

Asunto T-125/21: Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Banco de Investimento Global/EUIPO — Banco BIC Português (EUROBIC) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión EUROBIC — Marcas figurativas anteriores de la Unión BiG, BANCO BiG y BiGlobal TRADE — Marcas nacionales denominativa anterior BANCO BIG y figurativa anterior BANCO BiG — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

30

2022/C 171/40

Asunto T-149/21: Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — UGA Nutraceuticals/EUIPO — Vitae Health Innovation (VITADHA) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Registro internacional que designa a la Unión Europea — Marca denominativa VITADHA — Marca española denominativa anterior VITANADH — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

31

2022/C 171/41

Asunto T-171/21: Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Ubisoft Entertainment/EUIPO — Huawei Technologies (FOR HONOR) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión FOR HONOR — Marca denominativa anterior de la Unión HONOR — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente, artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

32

2022/C 171/42

Asunto T-184/21: Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — Lackmann Fleisch- und Feinkostfabrik/EUIPO — Schuju (Хозяин) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión Хозяин — Marca nacional figurativa anterior хозяюшка — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]

32

2022/C 171/43

Asunto T-185/21: Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — Lackmann Fleisch- und Feinkostfabrik/EUIPO — Schuju (Хозяйка) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión Хозяйка — Marca nacional figurativa anterior хозяюшка — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Articulo 8, apartado 1, letra b) del Reglamento (UE) 2017/1001]

33

2022/C 171/44

Asunto T-192/21: Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Laboratorios Ern/EUIPO — Beta Sports (META) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión META — Marca nacional denominativa anterior METALGIAL — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]

34

2022/C 171/45

Asunto T-198/21: Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — Ancor Group/EUIPO — Cody’s Drinks International (CODE-X) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Marca denominativa de la Unión CODE-X — Marcas nacionales denominativa y figurativa anteriores Cody’s — Marca internacional figurativa anterior Cody’s — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]

34

2022/C 171/46

Asunto T-209/21: Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — Ignacio Carrasco/EUIPO — Santos Carrasco Manzano (La Hoja del Carrasco) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca figurativa de la Unión La Hoja del Carrasco — Marca nacional figurativa anterior CARRASCO, Guijuelo — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Elementos dominantes y distintivos de las marcas en conflicto]

35

2022/C 171/47

Asunto T-161/15: Auto del Tribunal General de 22 de febrero de 2022 — Brinkmann (Steel Trading) y otros/Comisión y BCE (Recurso de indemnización — Política económica y monetaria — Programa de ayuda a la estabilidad de Chipre — Memorándum de Entendimiento de 26 de abril de 2013 sobre Condiciones Específicas de Política Económica, celebrado entre Chipre y el Mecanismo Europeo de Estabilidad — Competencia del Tribunal General — Violación suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares — Igualdad de trato — Principio de proporcionalidad — Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno)

36

2022/C 171/48

Asunto T-295/21: Auto del Tribunal General de 15 de febrero de 2022 — eSlovensko/Comisión (Recurso de anulación — Disposiciones financieras — Programa de la Unión dirigido a promover una utilización más segura de Internet — Incumplimiento de los requisitos de forma — Inadmisibilidad)

36

2022/C 171/49

Asunto T-304/21: Auto del Tribunal General de 15 de febrero de 2022 — eSlovensko Bratislava/Comisión (Recurso de anulación — Disposiciones financieras — Programa de la Unión para el fomento de un uso más seguro de Internet — Identificación de la parte demandada — Inadmisibilidad)

37

2022/C 171/50

Asunto T-425/21: Auto del Tribunal General de 15 de febrero de 2022 — eSlovensko Bratislava/Comisión (Recurso de anulación — Disposiciones financieras — Programa de la Unión destinado a promover una utilización más segura de Internet — Incumplimiento de los requisitos de forma — Inadmisibilidad)

37

2022/C 171/51

Asunto T-442/21: Auto del Tribunal General de 24 de febrero de 2022 — Thomas y Julien/Consejo (Recurso de anulación — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Acuerdo de Comercio y Cooperación entre, por una parte, la Unión y Euratom y, por otra parte, el Reino Unido — Decisión del Consejo sobre la celebración del Acuerdo de Comercio y Cooperación — Inexistencia de afectación individual — Acto no reglamentario — Inadmisibilidad)

38

2022/C 171/52

Asunto T-503/21: Auto del Tribunal General de 14 de febrero de 2022 — Lagardère, unité médico-sociale/Comisión [Recurso de anulación — Reglamento (UE) 2021/953 — Certificado COVID-19 digital de la UE — Libre circulación de personas — Restricciones — Designación errónea de la parte demandada — Inadmisibilidad]

39

2022/C 171/53

Asunto T-603/21 R: Auto del Presidente del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — WO/Fiscalía Europea [Medidas provisionales — Derecho institucional — Cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea — Reglamento (UE) 2017/1939 — Nombramiento de los fiscales europeos delegados de la Fiscalía Europea — Nombramiento de un candidato designado por Lituania — Demanda de suspensión de la ejecución — Incumplimiento de los requisitos de forma — Inadmisibilidad]

39

2022/C 171/54

Asunto T-635/21: Auto del Tribunal General de 21 de febrero de 2022 — Carlings/EUIPO — Margarete Steiff (STUHF) (Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Retirada de la oposición — Sobreseimiento)

40

2022/C 171/55

Asunto T-46/22 R: Auto del Presidente del Tribunal General de 3 de marzo de 2022 — Esedra/Parlamento (Procedimiento sobre medidas provisionales — Contratos públicos de servicios — Servicio a la primera infancia — Demanda de medidas provisionales — Inexistencia de urgencia)

40

2022/C 171/56

Asunto T-72/22: Recurso interpuesto el 4 de febrero de 2022 — Interneto žiniasklaidos asociacija y otros/Comisión

41

2022/C 171/57

Asunto T-115/22: Recurso interpuesto el 2 de marzo de 2022 — Belshyna/Consejo

42

2022/C 171/58

Asunto T-116/22: Recurso interpuesto el 3 de marzo de 2022 — Belavia/Consejo

42

2022/C 171/59

Asunto T-126/22: Recurso interpuesto el 7 de marzo de 2022 — Coinbase/EUIPO — Coinbase Global (coinbase)

43

2022/C 171/60

Asunto T-129/22: Recurso interpuesto el 7 de marzo de 2022 — Simba Toys/EUIPO — Master Gift Import (BIMBA TOYS)

44

2022/C 171/61

Asunto T-130/22: Recurso interpuesto el 7 de marzo de 2022 — Biologische Heilmittel Heel/EUIPO — Esi (TRAUMGEL)

44

2022/C 171/62

Asunto T-133/22: Recurso interpuesto el 10 de marzo de 2022 — Katjes Fassin/EUIPO (THE FUTURE IS PLANT-BASED)

45

2022/C 171/63

Asunto T-695/20: Auto del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — OG/BEI

46


ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/1


Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

(2022/C 171/01)

Última publicación

DO C 165 de 19.4.2022

Recopilación de las publicaciones anteriores

DO C 158 de 11.4.2022

DO C 148 de 4.4.2022

DO C 138 de 28.3.2022

DO C 128 de 21.3.2022

DO C 119 de 14.3.2022

DO C 109 de 7.3.2022

Estos textos se encuentran disponibles en

EUR-Lex: http://eur-lex.europa.eu


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

Tribunal de Justicia

25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/2


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 10 de marzo de 2022 — Comisión Europea / Freistaat Bayern y otros

(Asuntos acumulados C-167/19 P y C-171/19 P) (1)

(Recurso de casación - Ayudas de Estado - Ayuda en favor del sector lácteo alemán - Financiación de las pruebas de calidad de la leche - Artículo 108 TFUE, apartado 2 - Decisión de incoar el procedimiento de investigación formal - Reglamento (CE) n.o 659/1999 - Artículo 6, apartado 1 - Obligación de la Comisión Europea de resumir en dicha decisión las principales cuestiones de hecho y de Derecho - Alcance - Derecho de las partes interesadas a participar en el procedimiento administrativo - Vulneración de un requisito sustancial de forma - Consecuencias en la legalidad de la decisión final)

(2022/C 171/02)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Comisión Europea (representantes: K. Herrmann, P. Němečková y T. Maxian Rusche, agentes)

Otras partes en el procedimiento: Freistaat Bayern (Alemania) (representantes: U. Soltész y H. Weiß, Rechtsanwälte) (C-167/19 P), Interessengemeinschaft privater Milchverarbeiter Bayerns eV, Genossenschaftsverband Bayern eV, Verband der Bayerischen Privaten Milchwirtschaft eV (representantes: C. Bittner y N. Langhans, Rechtsanwälte) (C-171/19 P)

Fallo

1)

Desestimar los recursos de casación.

2)

Condenar en costas a la Comisión Europea.


(1)  DO C 131 de 8.4.2019.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/3


Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 8 de marzo de 2022 — Comisión Europea / Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

(Asunto C-213/19) (1)

(Incumplimiento de Estado - Artículo 4 TUE, apartado 3 - Artículos 310 TFUE, apartado 6, y 325 TFUE - Recursos propios - Derechos de aduana - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Protección de los intereses financieros de la Unión Europea - Lucha contra el fraude - Principio de efectividad - Obligación de los Estados miembros de poner a disposición de la Comisión Europea recursos propios - Responsabilidad financiera de los Estados miembros en caso de pérdida de recursos propios - Importaciones de productos textiles y de calzado procedentes de China - Fraude amplio y sistemático - Delincuencia organizada - Importadores desaparecidos - Valor en aduana - Infravaloración - Base imponible del IVA - Ausencia de controles aduaneros sistemáticos basados en el análisis de riesgo y efectuados con carácter previo al levante de las mercancías de que se trate - Falta de constitución sistemática de garantías - Método utilizado para estimar el importe de las pérdidas de recursos propios tradicionales relativos a importaciones que presentan un importante riesgo de infravaloración - Método estadístico basado en precios medios establecidos a escala de la Unión - Admisibilidad)

(2022/C 171/03)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: L. Flynn y F. Clotuche-Duvieusart, agentes)

Demandada: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: inicialmente F. Shibli, S. Brandon, Z. Lavery y S. McCrory, posteriormente F. Shibli y S. McCrory, agentes, asistidos por J. Eadie e I. Rogers, QC, y S. Pritchard, T. Sebastian y R. Hill, Barristers)

Partes coadyuvantes en apoyo de la parte demandada: Reino de Bélgica (representantes: J.-C. Halleux, P. Cottin y S. Baeyens, agentes), República de Estonia (representante: N. Grünberg, agente), República Helénica (representante: M. Tassopoulou, agente), República de Letonia (representantes: inicialmente K. Pommere, V. Soņeca e I. Kucina, posteriormente K. Pommere, agentes), República Portuguesa (representantes: P. Barros da Costa, S. Jaulino, L. Inez Fernandes y P. Rocha, agentes), República Eslovaca (representante: B. Ricziová, agente)

Fallo

1)

Declarar que el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ha incumplido las obligaciones que le incumbían en virtud de los artículos 2 y 8 de la Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea, de los artículos 2 y 8 de la Decisión 2007/436/CE, Euratom del Consejo, de 7 de junio de 2007, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas, de los artículos 2, 6, 9, 10, 12 y 13 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre los métodos y el procedimiento de puesta a disposición de los recursos propios tradicionales y basados en el IVA y en la RNB y sobre las medidas para hacer frente a las necesidades de tesorería, en su versión modificada por el Reglamento (UE, Euratom) 2016/804 del Consejo, de 17 de mayo de 2016, de los artículos 2, 6, 9, 10, 11 y 17 del Reglamento (CE, Euratom) n.o 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 94/728/CE, Euratom relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades, del artículo 105, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión, y del artículo 220, apartado 1, del Reglamento (CEE) n.o 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el código aduanero comunitario, en su versión modificada por el Reglamento (CE) n.o 648/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2005, al no haber efectuado la contracción de los importes correctos de los derechos de aduana y al no haber puesto a disposición el importe correcto de los recursos propios tradicionales relativos a determinadas importaciones de productos textiles y de calzado procedentes de China como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones que le incumbían en virtud del artículo 325 TFUE, del artículo 46 del Reglamento n.o 952/2013, del artículo 13 del Reglamento n.o 2913/92, en su versión modificada por el Reglamento n.o 648/2005, del artículo 248, apartado 1, del Reglamento (CEE) n.o 2454/93 de la Comisión, de 2 de julio de 1993, por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n.o 2913/92, en su versión modificada por el Reglamento (CE) n.o 3254/1994 de la Comisión, de 19 de diciembre de 1994, del artículo 244 del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento n.o 952/2013, del artículo 2, apartado 1, letra d), y de los artículos 85 a 87 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en su versión modificada por la Directiva 2009/69/CE del Consejo, de 25 de junio de 2009;

y que el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ha incumplido las obligaciones que le incumbían en virtud del artículo 4 TUE, apartado 3, al no comunicar toda la información necesaria a la Comisión Europea para determinar el importe de las pérdidas de recursos propios tradicionales y al no al no haber comunicado, tal como se le había solicitado, la motivación de las decisiones por las que se anularon las deudas aduaneras constatadas.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Condenar al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a cargar con las cuatro quintas partes de las costas en que haya incurrido la Comisión Europea y con sus propias costas.

4)

La Comisión Europea cargará con la quinta parte de sus propias costas.

5)

El Reino de Bélgica, la República de Estonia, la República Helénica, la República de Letonia, la República Portuguesa y la República Eslovaca cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 164 de 13.5.2019.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/4


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 3 de marzo de 2022 — WV / Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE)

(Asunto C-162/20 P) (1)

(Recurso de casación - Función pública - Funcionarios - Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea - Artículo 60, párrafo primero - Ausencia no autorizada - Alcance - Cómputo dentro del período de vacaciones anuales - Retención sobre la remuneración - Funcionario que ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 21 y 55 del Estatuto)

(2022/C 171/04)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: WV (representante: É. Boigelot, avocat)

Otra parte en el procedimiento: Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) (representantes: S. Marquardt y R. Spáč, agentes, asistidos por M. Troncoso Ferrer, abogado, y F.-M. Hislaire, avocat)

Fallo

1)

Anular el auto del Tribunal General de 29 de enero de 2020, WV/SEAE (T-471/18, no publicado, EU:T:2020:26).

2)

Anular la decisión del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) de 27 de noviembre de 2017 que conlleva una retención sobre la retribución correspondiente a 72 días naturales y la decisión del SEAE de 2 de mayo de 2018 por la que se desestima la reclamación de la recurrente presentada el 3 de enero de 2018.

3)

Condenar al SEAE a reembolsar a la recurrente las cantidades indebidamente deducidas de su remuneración, hasta un límite de 71,5 días. Estas cantidades se incrementarán con intereses al tipo del 5 % anual, contados a partir de la fecha de su deducción.

4)

El SEAE cargará con sus propias costas y con las de WV tanto en primera instancia como en el presente recurso de casación.


(1)  DO C 320 de 28.9.2020.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 3 de marzo de 2022 — WV / Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE)

(Asunto C-171/20 P) (1)

(Recurso de casación - Función pública - Solicitud de asistencia - Petición de indemnización - Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea - Artículo 24, párrafos primero y segundo - Artículo 90, apartados 1 y 2 - Revisión de un acto administrativo que ha adquirido firmeza)

(2022/C 171/05)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: WV (representante: É. Boigelot, avocat)

Otra parte en el procedimiento: Servicio Europeo de Acción Exterior (representantes: S. Marquardt y R. Spáč, agentes, asistidos por M. Troncoso Ferrer, abogado, y F.-M. Hislaire, avocat)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a WV.


(1)  DO C 320 de 28.9.2020.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 3 de marzo de 2022 — WV / Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE)

(Asunto C-172/20 P) (1)

(Recurso de casación - Función pública - Solicitud de asistencia - Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea - Artículo 90, apartados 1 y 2 - Día de presentación de la solicitud - Decisión tácita de denegación de la solicitud - Reclamación - Interposición - Plazo - Error excusable)

(2022/C 171/06)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: WV (representante: É. Boigelot, avocat)

Otra parte en el procedimiento: Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) (representantes: S. Marquardt y R. Spáč, agentes, asistidos por M. Troncoso Ferrer, abogado, y F.-M. Hislaire, avocat)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a WV.


(1)  DO C 320 de 28.9.2020.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 10 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Győri Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság — Hungría) — «Grossmania» Mezőgazdasági Termelő és Szolgáltató Kft. / Vas Megyei Kormányhivatal

(Asunto C-177/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Principios del Derecho de la Unión - Primacía - Efecto directo - Cooperación leal - Artículo 4 TUE, apartado 3 - Artículo 63 TFUE - Obligaciones de un Estado miembro derivadas de una sentencia prejudicial - Interpretación de una norma del Derecho de la Unión por el Tribunal de Justicia en una sentencia prejudicial - Obligación de dar pleno efecto al Derecho de la Unión - Obligación de un órgano jurisdiccional nacional de dejar inaplicada una normativa nacional contraria al Derecho de la Unión tal como ha sido interpretado por el Tribunal de Justicia - Resolución administrativa que ha adquirido firmeza a falta de recurso jurisdiccional - Principios de equivalencia y de efectividad - Responsabilidad del Estado miembro)

(2022/C 171/07)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Győri Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság

Partes en el procedimiento principal

Demandante:«Grossmania» Mezőgazdasági Termelő és Szolgáltató Kft.

Demandada: Vas Megyei Kormányhivatal

Fallo

El Derecho de la Unión, en particular el artículo 4 TUE, apartado 3, y el artículo 267 TFUE, debe interpretarse en el sentido de que un juez nacional que conoce de un recurso contra una resolución por la que se deniega una solicitud de reinscripción de derechos de usufructo extinguidos ex lege y cancelados en el Registro de la Propiedad en virtud de una normativa nacional incompatible con el artículo 63 TFUE, tal como ha sido interpretado por el Tribunal de Justicia en una sentencia prejudicial, está obligado a:

dejar inaplicada dicha normativa y

salvo que existan obstáculos objetivos y legítimos, en particular de carácter jurídico, ordenar a la autoridad administrativa competente que reinscriba los derechos de usufructo, aun cuando la cancelación de tales derechos no haya sido impugnada judicialmente dentro de los plazos legales y, por consiguiente, haya adquirido firmeza con arreglo al Derecho nacional.


(1)  DO C 279 de 24.8.2020.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 8 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landesverwaltungsgericht Steiermark — Austria) — NE / Bezirkshauptmannschaft Hartberg-Fürstenfeld

(Asunto C-205/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Libre prestación de servicios - Desplazamiento de trabajadores - Directiva 2014/67/UE - Artículo 20 - Sanciones - Proporcionalidad - Efecto directo - Principio de primacía del Derecho de la Unión)

(2022/C 171/08)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landesverwaltungsgericht Steiermark

Partes en el procedimiento principal

Demandante: NE

Demandada: Bezirkshauptmannschaft Hartberg-Fürstenfeld

Con intervención de: Finanzpolizei Team 91

Fallo

1)

El artículo 20 de la Directiva 2014/67/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a la garantía de cumplimiento de la Directiva 96/71/CE, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios, y por la que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior («Reglamento IMI»), en la medida en que exige que las sanciones que contempla sean proporcionadas, está dotado de efecto directo y puede por tanto ser invocado por los particulares ante los órganos jurisdiccionales nacionales frente a un Estado miembro que lo haya transpuesto incorrectamente.

2)

El principio de primacía del Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que impone a las autoridades nacionales la obligación de dejar inaplicada una normativa nacional que en parte contraviene la exigencia de proporcionalidad de las sanciones establecida en el artículo 20 de la Directiva 2014/67 únicamente en cuanto sea necesario para permitir la imposición de sanciones proporcionadas.


(1)  DO C 348 de 19.10.2020.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/7


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 10 de marzo de 2022 [petición de decisión prejudicial planteada por el Appeal Tribunal (Northern Ireland) — Reino Unido] — VI / Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

(Asunto C-247/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Derecho de libre circulación y de libre residencia en el territorio de los Estados miembros - Artículo 21 TFUE - Directiva 2004/38/CE - Artículos 7, apartado 1, letra b), y 16 - Menor de edad nacional de un Estado miembro que reside en otro Estado miembro - Derecho de residencia derivado del progenitor que tiene la custodia efectiva de dicho menor - Requisito de disponer de un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos - Menor de edad que dispone de un derecho de residencia permanente para una parte de los períodos pertinentes)

(2022/C 171/09)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

Appeal Tribunal (Northern Ireland)

Partes en el procedimiento principal

Demandante: VI

Demandada: Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

Fallo

1)

El artículo 21 TFUE y el artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, por la que se modifica el Reglamento (CEE) n.o 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE, deben interpretarse en el sentido de que ni el menor de edad, ciudadano de la Unión, que haya adquirido un derecho de residencia permanente ni el progenitor que tenga la custodia efectiva de dicho menor están obligados a disponer de un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos, en el sentido del artículo 7, apartado 1, letra b), de dicha Directiva, para conservar su derecho de residencia en el Estado de acogida.

2)

El artículo 21 TFUE y el artículo 7, apartado 1, letra b), de la Directiva 2004/38 deben interpretarse en el sentido de que, en relación con los períodos anteriores a la adquisición por un menor de edad, ciudadano de la Unión, de un derecho de residencia permanente en el Estado de acogida, tanto ese menor, cuando se solicita un derecho de residencia para este sobre la base de dicho artículo 7, apartado 1, letra b), como el progenitor que tiene su custodia efectiva deben disponer de un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos, en el sentido de esta Directiva.


(1)  DO C 313 de 21.9.2020.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/8


Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 1 de marzo de 2022 — Comisión Europea / Consejo de la Unión Europea

(Asunto C-275/20) (1)

(Recurso de anulación - Decisión (UE) 2020/470 - Ampliación del período de aplicación del derecho de las coproducciones audiovisuales con arreglo al artículo 5 del Protocolo relativo a la cooperación cultural del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra - Base jurídica del procedimiento - Artículo 218 TFUE, apartado 7 - Procedimiento y forma de votación)

(2022/C 171/10)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: J.-F. Brakeland, M. Afonso y D. Schaffrin, agentes)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: P. Plaza García y B. Driessen, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: República francesa (representantes: J.-L. Carré, T. Stehelin, E. de Moustier y A. Daniel, agentes), Reino de los Países Bajos (representantes: M. K. Bulterman, C. S. Schillemans y J. Langer, agentes)

Fallo

1)

Anular la Decisión (UE) 2020/470 del Consejo, de 25 de marzo de 2020, relativa a la ampliación del período de aplicación del derecho de las coproducciones audiovisuales con arreglo al artículo 5 del Protocolo relativo a la cooperación cultural del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra.

2)

Mantener en vigor los efectos de la Decisión 2020/470 hasta que se subsanen las causas de anulación que se han constatado.

3)

Condenar en costas al Consejo de la Unión Europea.

4)

La República Francesa y el Reino de los Países Bajos cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 279 de 24.8.2020.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/9


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 3 de marzo de 2022 [petición de decisión prejudicial planteada por el First-tier Tribunal (Immigration and Asylum Chamber) — Reino Unido] — NB, AB / Secretary of State for the Home Department

(Asunto C-349/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Política común en materia de asilo e inmigración - Normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional - Directiva 2004/83/CE - Artículo 12 - Exclusión del estatuto de refugiado - Apátrida de origen palestino registrado en el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (OOPS) - Condiciones para tener derecho ipso facto a los beneficios de la Directiva 2004/83/CE - Cese de la protección o asistencia del OOPS)

(2022/C 171/11)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

First-tier Tribunal (Immigration and Asylum Chamber)

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: NB, AB

Demandada: Secretary of State for the Home Department

con intervención de: United Nations High Commissioner for Refugees (UK)

Fallo

1)

El artículo 12, apartado 1, letra a), segunda frase, de la Directiva 2004/83/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida, debe interpretarse en el sentido de que, para determinar si ha cesado la protección o asistencia del Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (OOPS), de modo que una persona tenga derecho ipso facto al «estatuto de refugiado», a efectos de dicha disposición, deben tenerse en cuenta, en una evaluación individual, las circunstancias pertinentes no solo tal como se presentaban cuando esa persona abandonó la zona de operaciones del OOPS, sino también tal como se presentan cuando las autoridades administrativas competentes examinan la solicitud de concesión del estatuto de refugiado o las autoridades judiciales conocen del recurso dirigido contra la resolución por la que se deniega la concesión de tal estatuto.

2)

El artículo 12, apartado 1, letra a), segunda frase, de la Directiva 2004/83 debe interpretarse en el sentido de que, para determinar si ha cesado la protección o asistencia del OOPS, de modo que una persona tenga derecho ipso facto al «estatuto de refugiado», a efectos de dicha disposición, cuando la persona interesada acredita que se ha visto obligada a abandonar la zona de operaciones del OOPS por motivos que escapan a su control y ajenos a su voluntad, corresponde al Estado miembro, si estima que esa persona puede regresar en la actualidad a dicha zona y recibir en ella esa protección o asistencia, demostrar este extremo.

3)

El artículo 12, apartado 1, letra a), segunda frase, de la Directiva 2004/83 debe interpretarse en el sentido de que, para determinar si ha cesado la protección o asistencia del OOPS, a efectos de dicha disposición, de modo que la persona que ha solicitado recibir protección internacional se haya visto obligada a abandonar la zona de operaciones de dicho organismo, no es preciso demostrar que el OOPS o el Estado en cuyo territorio opera pretendió ocasionar daños a esa persona o privarla de asistencia, por acción u omisión. A efectos de esta disposición, basta con acreditar que la asistencia o protección del OOPS ha cesado efectivamente por el motivo que sea, de modo que ese organismo ya no puede garantizar a dicha persona, por razones objetivas o relacionadas con sus circunstancias individuales, unas condiciones de vida acordes con la misión que se le ha encomendado.

4)

El artículo 12, apartado 1, letra a), segunda frase, de la Directiva 2004/83, en relación con el artículo 1, sección D, de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, hecha en Ginebra el 28 de julio de 1951, debe interpretarse en el sentido de que, al apreciar los requisitos exigidos para comprobar si ha cesado la protección o asistencia del OOPS, de modo que una persona tenga derecho ipso facto al «estatuto de refugiado», a efectos de la citada disposición de la Directiva 2004/83, se ha de tener en cuenta la asistencia prestada a dicha persona por determinados actores de la sociedad civil, como las organizaciones no gubernamentales, siempre que el OPPS mantenga con ellos una relación formal de cooperación que revista carácter estable y en cuyo marco aquellos asistan al OOPS en el cumplimiento de su misión.


(1)  DO C 62 de 22.2.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/10


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 3 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.o 1 de Pontevedra) — UN / Subdelegación del Gobierno en Pontevedra

(Asunto C-409/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Espacio de libertad, seguridad y justicia - Directiva 2008/115/CE - Normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular - Artículos 6, apartado 1, y 8, apartado 1 - Normativa nacional que contempla, para el caso de situación irregular, la imposición de una multa que lleva aparejada la obligación de abandonar el territorio - Posibilidad de regularizar la situación en un plazo fijado - Artículo 7, apartados 1 y 2 - Plazo para la salida voluntaria)

(2022/C 171/12)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.o 1 de Pontevedra

Partes en el procedimiento principal

Demandante: UN

Demandada: Subdelegación del Gobierno en Pontevedra

Fallo

La Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular, en particular sus artículos 6, apartado 1, y 8, apartado 1, leídos en relación con los artículos 6, apartado 4, y 7, apartados 1 y 2, de la misma, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa de un Estado miembro que sanciona la permanencia irregular de un nacional de un tercer país en el territorio de ese Estado miembro, cuando no concurren circunstancias agravantes, en un primer momento, con una sanción de multa que lleva aparejada la obligación de abandonar el territorio de dicho Estado miembro en el plazo fijado salvo que, antes de que este expire, se regularice la situación del nacional de un tercer país y, en un segundo momento, si no se ha regularizado su situación, con una decisión en la que se ordena obligatoriamente su expulsión, siempre que dicho plazo se fije de conformidad con las exigencias establecidas en el artículo 7, apartados 1 y 2, de esta Directiva.


(1)  DO C 53 de 15.2.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/11


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 3 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Düsseldorf — Alemania) — Acacia Srl / Bayerische Motoren Werke AG

(Asunto C-421/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Propiedad intelectual - Dibujos y modelos comunitarios - Reglamento (CE) n.o 6/2002 - Artículo 82, apartado 5 - Acción entablada ante los tribunales del Estado miembro en el que se hubiere cometido o pudiere cometerse la infracción - Pretensiones conexas a una acción por infracción - Derecho aplicable - Artículo 88, apartado 2 - Artículo 89, apartado 1, letra d) - Reglamento (CE) n.o 864/2007 - Ley aplicable a las obligaciones extracontractuales («Roma II») - Artículo 8, apartado 2 - País en el que se haya cometido la infracción del derecho de propiedad intelectual)

(2022/C 171/13)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Oberlandesgericht Düsseldorf

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Acacia Srl

Demandada: Bayerische Motoren Werke AG

Fallo

El artículo 88, apartado 2, y el artículo 89, apartado 1, letra d), del Reglamento n.o 6/2002 del Consejo, de 12 de diciembre de 2001, sobre los dibujos y modelos comunitarios, así como el artículo 8, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 864/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales («Roma II»), deben interpretarse en el sentido de que los tribunales de dibujos y modelos comunitarios que conocen de una acción por infracción en virtud del artículo 82, apartado 5, del Reglamento n.o 6/2002, que tienen por objeto actos de infracción cometidos o que pudieren cometerse en el territorio de un solo Estado miembro, deben examinar las pretensiones conexas de dicha acción, por las que se solicitan una indemnización por daños y perjuicios, la presentación de información, documentos y cuentas así como la entrega de los productos infractores con vistas a su destrucción, sobre la base del Derecho del Estado miembro en cuyo territorio se hayan cometido o pudieren cometerse los actos que supuestamente violen el dibujo o modelo comunitario invocado, lo que coincide, en las circunstancias de una acción ejercitada con arreglo al citado artículo 82, apartado 5, con el Derecho del Estado miembro en el que se sitúan esos tribunales.


(1)  DO C 433 de 14.12.2020.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/11


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 10 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Midden-Nederland — Países Bajos) — ZK, en su condición de sucesor de JM, administrador concursal de BMA Nederland BV / BMA Braunschweigische Maschinenbauanstalt AG

(Asunto C-498/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Cooperación judicial en materia civil - Reglamento (UE) n.o 1215/2012 - Artículo 7, punto 2 - Competencia judicial en materia delictual o cuasidelictual - Acción ejercitada por un síndico contra un tercero en interés de los acreedores - Lugar en el que se ha producido el hecho dañoso - Artículo 8, punto 2 - Demanda de intervención en defensa de intereses colectivos - Reglamento (CE) n.o 864/2007 - Ámbito de aplicación - Regla general)

(2022/C 171/14)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Rechtbank Midden-Nederland

Partes en el procedimiento principal

Demandante: ZK, en su condición de sucesor de JM, administrador concursal de BMA Nederland BV

Demandada: BMA Braunschweigische Maschinenbauanstalt AG

Con intervención de: Stichting Belangbehartiging Crediteuren BMA Nederland

Fallo

1)

El artículo 7, punto 2, del Reglamento (UE) n.o 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, debe interpretarse en el sentido de que el órgano jurisdiccional del lugar de establecimiento de una sociedad cuyas deudas han pasado a ser incobrables, porque la sociedad matriz cabecera de esa sociedad ha incumplido su deber de diligencia para con los acreedores de la misma, es competente para conocer de una acción colectiva de indemnización por daños y perjuicios en materia delictual o cuasidelictual que el administrador concursal de dicha sociedad haya ejercitado, en el marco de su función legal de liquidar la masa, en favor, pero no en nombre, del conjunto de los acreedores.

2)

La respuesta a la primera cuestión prejudicial no es diferente si se tiene en cuenta que, en el asunto principal, una fundación actúa en defensa de los intereses colectivos de los acreedores y a tal efecto ejercita una acción que no toma en consideración las circunstancias individuales de los acreedores.

3)

El artículo 8, punto 2, del Reglamento n.o 1215/2012 debe interpretarse en el sentido de que, si el órgano jurisdiccional que conoce de la demanda principal revoca su decisión de declararse competente para conocer de esta demanda, dicho órgano jurisdiccional también pierde, por ello, de pleno derecho su competencia para conocer de la demanda presentada por la parte interviniente.

4)

El artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 864/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales («Roma II»), debe interpretarse en el sentido de que la ley aplicable a una obligación de indemnización en virtud del deber de diligencia de la sociedad matriz cabecera de una sociedad declarada en concurso es, en principio, la del país en el que esta última está establecida, aunque la preexistencia de un acuerdo de ayuda financiera entre esas dos sociedades, que establece una cláusula de elección de foro, sea una circunstancia que puede establecer vínculos manifiestamente más estrechos con otro país, en el sentido del apartado 3 de dicho artículo.


(1)  DO C 443 de 21.12.2020.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/12


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 10 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Hannover — Alemania) — Procedimiento sustanciado contra K

(Asunto C-519/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Política de inmigración - Directiva 2008/115/CE - Internamiento a efectos de expulsión - Artículo 16, apartado 1 - Efecto directo - Centro de internamiento especializado - Concepto - Internamiento en un centro penitenciario - Requisitos - Artículo 18 - Situación de emergencia - Concepto - Artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Control jurisdiccional efectivo)

(2022/C 171/15)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Amtsgericht Hannover

Partes en el procedimiento principal

Demandante: K

Con intervención de: Landkreis Gifhorn

Fallo

1)

El artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular, debe interpretarse en el sentido de que una sección específica de un centro penitenciario que, por una parte, aunque dispone de su propio director, está subordinada a la dirección de ese centro y sometida a la autoridad del ministro bajo cuya autoridad se hallan los centros penitenciarios y en la que, por otra parte, se interna, a efectos de expulsión, a nacionales de terceros países en edificios específicos, que disponen de instalaciones propias y separadas de los otros edificios de esa sección en los que están encarceladas personas a las que se ha impuesto una condena penal, puede considerarse un «centro de internamiento especializado», en el sentido de esta disposición, siempre que las condiciones de internamiento aplicables a esos nacionales eviten, en la medida de lo posible, que ese internamiento se asemeje a un encierro en un entorno carcelario y estén concebidas de tal manera que se respeten los derechos garantizados por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y los derechos consagrados en el artículo 16, apartados 2 a 5, y en el artículo 17 de dicha Directiva.

2)

El artículo 18 de la Directiva 2008/115, leído en relación con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales, debe interpretarse en el sentido de que el órgano jurisdiccional nacional que debe ordenar, en su ámbito de competencia, el internamiento, en un centro penitenciario, de un nacional de un tercer país a efectos de expulsión o la prórroga de tal internamiento, debe poder comprobar si se cumplen los requisitos a los que dicho artículo 18 supedita la posibilidad de que un Estado miembro disponga que ese nacional sea internado en un centro penitenciario.

3)

El artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2008/115, leído en relación con el principio de primacía del Derecho de la Unión, ha de interpretarse en el sentido de que un órgano jurisdiccional nacional debe excluir la aplicación de una normativa de un Estado miembro que permite, con carácter temporal, internar a los nacionales de terceros países en situación irregular, a efectos de su expulsión, en centros penitenciarios, separados de los presos ordinarios, cuando no concurren o han dejado de concurrir los requisitos a los que el artículo 18, apartado 1, y el artículo 16, apartado 1, segunda frase, de dicha Directiva supeditan la conformidad de tal normativa con el Derecho de la Unión.


(1)  DO C 19 de 18.1.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/13


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 3 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein hallinto-oikeus — Finlandia) — Procedimiento incoado por A

(Asunto C-634/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Reconocimiento de cualificaciones profesionales - Directiva 2005/36/CE - Ámbito de aplicación - Requisitos de obtención del permiso para ejercer de forma independiente la profesión de médico en el Estado miembro de acogida - Título expedido en el Estado miembro de origen - Limitación del derecho a ejercer la profesión de médico por un período de tres años - Supervisión por un médico autorizado y realización simultánea de la formación específica en medicina general de una duración de tres años - Artículos 45 TFUE y 49 TFUE)

(2022/C 171/16)

Lengua de procedimiento: finés

Órgano jurisdiccional remitente

Korkein hallinto-oikeus

Partes en el procedimiento principal

Demandante: A

con intervención de: Sosiaali- ja terveysalan lupa- ja valvontavirasto

Fallo

Los artículos 45 TFUE y 49 TFUE deben interpretarse en el sentido de que se oponen a que la autoridad competente del Estado miembro de acogida, para que una persona pueda obtener el permiso para ejercer de forma independiente la profesión de médico en tal Estado miembro, conceda a esa persona, sobre la base de la legislación nacional, el derecho a ejercer la profesión de médico limitándolo a un período de tres años y supeditándolo al doble requisito de, por un lado, quedar sujeta en el ejercicio de sus funciones a la dirección y a la supervisión de un médico autorizado y, por otro lado, superar, durante ese mismo período, la formación específica en medicina general de una duración de tres años, habida cuenta de que esa persona, que ha seguido en el Estado miembro de origen una formación básica de médico, ha obtenido el título de formación contemplado, por lo que al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte se refiere, en el anexo V, punto 5.1.1, de la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, en su versión modificada por la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, pero no ha obtenido el certificado que allí se menciona, que acredita la realización de un período de prácticas profesionales de un año exigido con carácter adicional por el Estado miembro de origen para la cualificación profesional.


(1)  DO C 44 de 8.2.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/14


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 10 de marzo de 2022 — Comisión Europea / Reino de Bélgica

(Asunto C-60/21) (1)

(Incumplimiento de Estado - Artículo 45 TFUE - Artículo 28 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo - Libre circulación de trabajadores - Fiscalidad directa - Impuesto sobre la renta - Deducciones - Pensiones alimenticias - Igualdad de trato - Discriminación entre contribuyentes residentes y no residentes)

(2022/C 171/17)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: W. Roels y V. Uher, agentes)

Demandada: Reino de Bélgica (representantes: C. Pochet, P. Cottin y S. Baeyens, agentes)

Fallo

1)

Declarar que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 45 TFUE y del artículo 28 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de 2 de mayo de 1992, al denegar la deducción de las pensiones alimenticias o los capitales que hagan las veces de tales pensiones y las pensiones complementarias de la renta imponible a los deudores de tales pensiones no residentes en Bélgica y que perciban en ese país menos del 75 % de sus ingresos profesionales que no pueden acogerse a esa misma deducción en su Estado miembro de residencia debido al escaso importe de sus rentas imponibles en dicho Estado.

2)

Condenar en costas al Reino de Bélgica.


(1)  DO C 98 de 22.3.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/14


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 10 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Saarbrücken — Alemania) — Maxxus Group GmbH & Co. KG / Globus Holding GmbH & Co. KG

(Asunto C-183/21) (1)

(Procedimiento prejudicial - Aproximación de las legislaciones - Marcas - Directiva (UE) 2015/2436 - Artículo 19 - Uso efectivo de una marca - Carga de la prueba - Solicitud de caducidad por falta de uso - Norma procesal nacional que obliga al solicitante a efectuar una investigación del mercado relativa al uso de la marca)

(2022/C 171/18)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landgericht Saarbrücken

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Maxxus Group GmbH & Co. KG

Demandada: Globus Holding GmbH & Co. KG

Fallo

El artículo 19 de la Directiva (UE) 2015/2436 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una norma procesal de un Estado miembro que, en un procedimiento de solicitud de caducidad por falta de uso de una marca, obliga a la parte solicitante a realizar una investigación del mercado en relación con el posible uso de esa marca por su titular y a presentar a este respecto, en la medida de lo posible, observaciones fundamentadas en apoyo de su solicitud.


(1)  DO C 228 de 14.6.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/15


Petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado de Primera Instancia no 2 de Fuengirola (España) el 24 de diciembre de 2021 — NM / Club La Costa (UK) PLC, sucursal en España, CLC Resort Management LTD, Midmark 2 LTD, CLC Resort Development LTD y European Resorts & Hotels SL

(Asunto C-821/21)

(2022/C 171/19)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Juzgado de Primera Instancia no 2 de Fuengirola

Partes en el procedimiento principal

Demandante: NM

Demandadas: Club La Costa (UK) PLC, sucursal en España, CLC Resort Management LTD, Midmark 2 LTD, CLC Resort Development LTD y European Resorts & Hotels SL

Cuestiones prejudiciales

En relación con el Reglamento (UE) 1215/2012 (1), del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2012:

 

Primera. En los supuestos de contratos celebrados por consumidores a los que resulte de aplicación el art. 18.1 del Reglamento Bruselas I ¿es conforme con dicho Reglamento interpretar que la expresión«la otra parte contratante»que se utiliza en dicho precepto comprende exclusivamente a quien firmó el contrato, de manera que no puede incluir a personas, físicas o jurídicas, diferentes de las que efectivamente lo firmaron?

 

Segunda. En caso de que se interprete que la expresión «la otra parte contratante» solo comprende a quien efectivamente firmó el contrato, en los supuestos en los que tanto el consumidor como «la otra parte contratante» tengan su domicilio fuera de España ¿es conforme con el art18.1 del Reglamento Bruselas I interpretar que la competencia internacional de los órganos judiciales de España no puede quedar determinada por el hecho de que el grupo empresarial al que pertenece«la otra parte contratante»integre sociedades con domicilio en España que no intervinieron en la firma del contrato, o que firmaron otros contratos diferentes de aquel del que se pide su nulidad?

 

Tercera. En caso de que «la otra parte contratante» a la que alude el art. 18.1 del Reglamento Bruselas I acredite que tiene determinado su domicilio en UK con arreglo a su art. 63.2 ¿es conforme con ese precepto interpretar que el domicilio así determinado delimita la opción que puede ejercitarse con arreglo al art18.1? Y adicionalmente a ello ¿es conforme con ese precepto interpretar que no se limita a establecer una mera«presunción de hecho», ni que esa presunción se destruya si«la otra parte contratante»desarrolla actividades fuera de la jurisdicción de su domicilio, ni que sea carga de«la otra parte contratante»justificar que exista correspondencia entre su domicilio determinado con arreglo al precepto citado y el lugar donde lleve a cabo sus actividades?

En relación con el Reglamento (CE) 593/2008 (2), del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de junio de 2008:

 

Cuarta. En los supuestos de contratos celebrados por consumidores a los que resulte de aplicación el Reglamento Roma I ¿es conforme con el art3 de dicho Reglamento interpretar que son válidas y aplicables las cláusulas de determinación de la ley aplicable que se incorporen al«condicionado general»del contrato firmado por las partes, o que se incluyan en un documento diferenciado al que se remita expresamente el contrato y del que se acredite su entrega al consumidor?

 

Quinta. En los supuestos de contratos celebrados por consumidores a los que resulte de aplicación el Reglamento Roma I ¿es conforme con el art6.1 de dicho Reglamento interpretar que puede ser invocado tanto por el consumidor como por la otra parte contratante?

 

Sexta. En los supuestos de contratos celebrados por consumidores a los que resulte de aplicación el Reglamento Roma I ¿es conforme con el art6.1 de dicho Reglamento interpretar que, si concurren sus requisitos, la ley que se indica en ese precepto será en todo caso de preferente aplicación frente a la indicada en el art6.3, aunque esta última pudiera resultar más favorable al consumidor en el supuesto concreto?


(1)  Reglamento (UE) n o 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO L 351 de 20.12.2012, p. 1/32)

(2)  Reglamento (CE) no 593/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I) (DO L 177 de 4.7.2008, p. 6/16)


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/16


Petición de decisión prejudicial presentada por la Audiencia Provincial de Málaga (España) el 17 de enero de 2022 — CAJASUR Banco S.A. / JO e IM

(Asunto C-35/22)

(2022/C 171/20)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Audiencia Provincial de Málaga

Partes en el procedimiento principal

Apelante: CAJASUR Banco S.A.

Apeladas: JO e IM

Cuestiones prejudiciales

1.o.

¿Es contrario al derecho a la tutela judicial efectiva y al artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, exigir del consumidor que, previamente al procedimiento judicial, haya formulado una reclamación extrajudicial previa para que la declaración de nulidad por abusividad de una determinada condición general de la contratación dé lugar a todos los efectos resarcitorios (incluidos los gastos del procedimiento judicial) propios de dicha nulidad, al amparo del artículo 6.1 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (1)?

2.o.

¿Cumple con el derecho a pleno resarcimiento y efectividad del derecho de la Unión Europea y del artículo 6.1 de la citada Directiva, que se determine un criterio de imposición de costas (gastos judiciales incluidos) dependiendo de la existencia de una reclamación extrajudicial previa realizada por el consumidor a la entidad financiera para la eliminación de dicha cláusula?


(1)  DO 1993, L 95, p. 29


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/17


Petición de decisión prejudicial planteada por el Supremo Tribunal Administrativo (Portugal) el 19 de enero de 2022 — Global, Companhia de Seguros SA / Autoridade Tributária e Aduaneira

(Asunto C-42/22)

(2022/C 171/21)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Supremo Tribunal Administrativo

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Global, Companhia de Seguros SA

Recurrida: Autoridade Tributária e Aduaneira

Cuestiones prejudiciales

A.

¿Deben interpretarse el artículo 13, parte B, letra a), de la Sexta Directiva del IVA (1) y, por consiguiente, el actual artículo 135, apartado 1, letra a), de la Directiva del IVA, en el sentido de que el concepto de «operaciones de seguro y reaseguro» comprende, a efectos de la exención del IVA, las actividades conexas o complementarias como la adquisición y venta de restos de vehículos siniestrados?

B.

¿Deben interpretarse el artículo 13, parte B, letra c), de la Sexta Directiva del IVA y, por consiguiente, el posterior artículo 136, letra a), de la Directiva del IVA, (2) en el sentido de que la adquisición y venta de restos de vehículos siniestrados se considera exclusivamente afectada a una entidad exenta, siempre que esos bienes no hayan dado derecho a la deducción del IVA?

C.

¿Resulta contrario al principio de neutralidad del IVA que la venta de restos de vehículos siniestrados por parte de compañías aseguradoras no esté exenta del IVA cuando no haya habido derecho a la deducción del IVA?


(1)  Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme (DO 1977, L 145, p. 1; EE 09/01, p. 54).

(2)  Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1).


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/17


Recurso interpuesto el 2 de febrero de 2022 — Comisión Europea / Rumanía

(Asunto C-69/22)

(2022/C 171/22)

Lengua de procedimiento: rumano

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: M. Noll-Ehlers, M. Ioan, agentes)

Demandada: Rumanía

Pretensiones de la parte demandante

La demandante solicita al Tribunal de Justicia que:

Declare que Rumanía ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 6, apartado 1, y 10, apartado 1, de la Directiva (UE) 2016/2284 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, por la que se modifica la Directiva 2003/35/CE y se deroga la Directiva 2001/81/CE, (1) al no haber adoptado o presentado un programa nacional de control de la contaminación atmosférica.

Que se condene a Rumanía a cargar con las costas del procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

La Comisión alega que, mediante la Directiva (UE) 2016/2284, relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, se han establecido compromisos de reducción de emisiones para cinco contaminantes atmosféricos clave para los años 2020 a 2029 y a partir de 2030. Para cumplir estos compromisos de reducción de emisiones y contribuir a la consecución de los objetivos de calidad del aire de la Unión, el artículo 6, apartado 1, obliga a los Estados miembros a adoptar un programa nacional de control de la contaminación atmosférica.

Según el artículo 10, apartado 1, de la Directiva (UE) 2016/2284, Rumanía debía presentar a la Comisión su programa nacional de control de la contaminación atmosférica antes del 1 de abril de 2019, y las acciones previstas por las autoridades rumanas debían haberse emprendido antes de esa fecha.

Por lo tanto, la Comisión sostiene que Rumanía ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 6, apartado 1, y 10, apartado 1, de la Directiva (UE) 2016/2284, al no haber adoptado o presentado a la Comisión el programa nacional de control de la contaminación atmosférica antes de la fecha del presente recurso.


(1)  DO 2016, L 344, p. 1.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/18


Petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas (Lituania) el 4 de febrero de 2022 — M. A. / Valstybės sienos apsaugos tarnyba

(Asunto C-72/22)

(2022/C 171/23)

Lengua de procedimiento: lituano

Órgano jurisdiccional remitente

Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: M. A.

Otra parte en el procedimiento de recurso: Valstybės sienos apsaugos tarnyba

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2013/32/UE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional, en relación con el 4, apartado 1, de la Directiva 2011/95/UE (2) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establecen normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional, a un estatuto uniforme para los refugiados o para las personas con derecho a protección subsidiaria y al contenido de la protección concedida, en el sentido de que se oponen a normas nacionales, como las que resultan aplicables en el presente asunto, que, en caso de que se declare el estado de sitio, de excepción o de alarma debido a la afluencia masiva de extranjeros, no permiten, en principio, que un extranjero que ha entrado y permanece de forma irregular en el territorio de un Estado miembro, formule una solicitud de protección internacional?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión prejudicial, ¿debe interpretarse el artículo 8, apartados 2 y 3, de la Directiva 2013/33/UE (3) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional, en el sentido de que se opone a normas nacionales con arreglo a las cuales, en caso de que se declare el estado de sitio, de excepción o de alarma debido a la afluencia masiva de extranjeros, un solicitante de asilo puede ser internado simplemente por haber entrado en el territorio de la República de Lituania cruzando la frontera de forma irregular?


(1)  DO 2013, L 180, p. 60.

(2)  DO 2011, L 337, p. 9.

(3)  DO 2013, L 180, p. 96.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/19


Petición de decisión prejudicial planteada por el Markkinaoikeus (Finlandia) el 15 de febrero de 2022 — Lännen MCE Oy / Berky GmbH y Senwatec GmbH & Co. KG

(Asunto C-104/22)

(2022/C 171/24)

Lengua de procedimiento: finés

Órgano jurisdiccional remitente

Markkinaoikeus

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Lännen MCE Oy

Demandadas: Berky GmbH, Senwatec GmbH & Co. KG

Cuestiones prejudiciales

La empresa A está establecida en el Estado miembro X, donde tiene su domicilio social, y ha utilizado en un sitio web, en la publicidad o como palabra clave, un signo idéntico a una marca de la Unión que pertenece a la empresa B.

1)

En el caso descrito, ¿puede considerarse que la publicidad se dirige a los consumidores o comerciantes del Estado miembro Y, en el que está establecida la empresa B, y es competente un tribunal de marcas de la Unión del Estado miembro Y para conocer de una acción por violación de una marca de la Unión, con arreglo al artículo 125, apartado 5, del Reglamento sobre la marca de la Unión, (1) cuando, en la publicidad presentada por vía electrónica o en un sitio web de un anunciante al que enlaza dicha publicidad, no se indica, por lo menos expresamente, la zona geográfica de suministro de los productos o no se excluye expresamente de esa zona de suministro a ningún Estado miembro concreto? ¿Puede tenerse en cuenta la naturaleza de los productos a los que se refiere la publicidad y el hecho de que la zona de comercialización de los productos de la empresa A, como se afirma, se extienda a todos los países del mundo y, por tanto, abarque todo el territorio de la Unión Europea, incluido el Estado miembro Y?

2)

¿Puede considerarse que la mencionada publicidad se dirige a los consumidores o comerciantes del Estado miembro Y si esta se muestra en un sitio web de un motor de búsqueda que opera bajo el dominio nacional de primer nivel del Estado miembro Y?

3)

En caso de respuesta afirmativa a las cuestiones primera o segunda: ¿Qué otras circunstancias, en su caso, deben tenerse en cuenta para resolver si la publicidad se dirige a los consumidores o a los comerciantes del Estado miembro Y?


(1)  Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre la marca de la Unión Europea (DO 2017, L 154, p. 1).


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/19


Petición de decisión prejudicial planteada por el Markkinaoikeus (Finlandia) el 17 de febrero de 2022 — Teva BV y Teva Finland Oy / Merck Sharp & Dohme Corp.

(Asunto C-119/22)

(2022/C 171/25)

Lengua de procedimiento: finés

Órgano jurisdiccional remitente

Markkinaoikeus

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Teva BV y Teva Finland Oy

Demandada: Merck Sharp & Dohme Corp.

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Qué criterios deben aplicarse para decidir si un producto no ha sido objeto ya de un certificado complementario de protección a efectos del artículo 3, letra c), del Reglamento (CE) n.o 469/2009 (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, relativo al certificado complementario de protección para los medicamentos (Reglamento CCP)?

2)

¿Debe considerarse que la evaluación del requisito establecido en el artículo 3, letra c), del Reglamento CCP difiere de la evaluación del requisito establecido en la letra a) del mismo artículo y, en caso afirmativo, de qué manera?

3)

¿Deben entenderse pertinentes para la evaluación del requisito establecido en el artículo 3, letra c), del Reglamento CCP las consideraciones sobre la interpretación de la letra a) del mismo artículo recogidas en las sentencias del Tribunal de Justicia dictadas en los asuntos C-121/17 (2) y C-650/17 (3) y, en caso afirmativo, de qué manera? A este respecto, se hace referencia concretamente a lo declarado en las citadas sentencias en relación con el artículo 3, letra a), del Reglamento CCP sobre:

la relevancia esencial de las reivindicaciones, así como

la evaluación del asunto desde el punto de vista de un experto en la materia y a la luz del estado de la técnica en la fecha de presentación o de prioridad de la patente de base.

4)

¿Son pertinentes para la interpretación del artículo 3, letra c), del Reglamento CCP los conceptos de «núcleo de la actividad inventiva», «actividad inventiva central» y/u «objeto de la invención» de la patente de base y, en caso de que algunos o la totalidad de estos conceptos sean pertinentes, cómo deben entenderse estos a efectos de la interpretación de dicha disposición? Por cuanto se refiere a la aplicación de los citados conceptos, ¿hay alguna diferencia en caso de que se trate de un producto constituido por un único principio activo (denominado «monoproducto») o de un producto constituido por una combinación de principios activos (denominado «producto combinado») y, en caso afirmativo, en qué sentido? ¿Cómo debe evaluarse esta última cuestión en un supuesto en que la patente de base contiene, por un lado, una reivindicación para un monoproducto y, por otro, una reivindicación para un producto combinado, dándose la circunstancia de que esta última reivindicación se refiere a una combinación de principios activos compuesta por el principio activo del monoproducto y, además, por uno o varios principios activos según el estado de la técnica conocido?


(1)  DO 2009, L 152, p. 1.

(2)  Sentencia del Tribunal de Justicia de 25 de julio de 2018, Teva UK y otros (C-121/17, EU:C:2018:585).

(3)  Sentencia del Tribunal de Justicia de 30 de abril de 2020, Royalty Pharma Collection Trust (C-650/17, EU:C:2020:327).


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/20


Recurso de casación interpuesto el 25 de febrero de 2022 por Patrick Breyer contra la sentencia del Tribunal General (Sala Décima) dictada el 15 de diciembre de 2021 en el asunto T-158/19, Breyer / Agencia Ejecutiva Europea de Investigación

(Asunto C-135/22 P)

(2022/C 171/26)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente en casación: Patrick Breyer (representante: J. Breyer, Rechtsanwalt)

Otra parte en el procedimiento: Agencia Ejecutiva Europea de Investigación

Pretensiones de la parte recurrente:

1.

Que se anule la sentencia del Tribunal General dictada el 15 de diciembre de 2021 en el asunto T-158/19, Breyer/REA, y que se declare nula la decisión de la Agencia Ejecutiva Europea de Investigación (REA) de 17 de enero de 2019 [ARES (2019) 266593].

2.

Que se condene en costas a la otra parte en el procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En resumen, el recurrente en casación alega que, con arreglo al artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001, (1) tiene derecho a acceder íntegramente a los documentos relativos a la ejecución del proyecto de investigación «iBorderCtrl: Intelligent Portable Border Control System» en el contexto del programa Horizonte 2020. El interés público en la transparencia del desarrollo —financiado con fondos públicos— de sistemas de inteligencia artificial que hayan de utilizarse del modo previsto por autoridades con competencia en materia de control de fronteras como detectores de mentiras o para apreciar el riesgo que presenta quien entra en el territorio es superior a los intereses comerciales privados.

El interés público en acceder a la información comienza ya —debido a las implicaciones que la tecnología de alto riesgo de que se trata tiene desde el punto de vista ético, social y de los derechos humanos— al iniciarse la fase de investigación, sin que pueda posponerse legítimamente a la fase posterior a la finalización del proyecto de investigación. El sistema de difusión de los resultados previsto en el Reglamento n.o 1290/2013 (2) y en el acuerdo de subvención no es adecuado, a juicio del recurrente en casación, para satisfacer el interés científico, el interés de los medios de comunicación y el del público en general en el proyecto.


(1)  Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43).

(2)  Reglamento (UE) n.o 1290/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establecen las normas de participación y difusión aplicables a Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1906/2006 (DO 2013, L 347, p. 81).


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/21


Recurso de casación interpuesto el 25 de febrero de 2022 por Debregeas et associés Pharma (D & A Pharma) contra el auto del Tribunal General (Sala Octava) dictado el 22 de diciembre de 2021 en el asunto T-381/21, Debrégeas & Associés Pharma / EMA

(Asunto C-136/22 P)

(2022/C 171/27)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Debrégeas et associés Pharma (D & A Pharma) (representantes: N. Viguié, avocat y D. Krzisch, avocate)

Otra parte en el procedimiento: Agencia Europea de Medicamentos

Pretensiones de la parte recurrente

La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule el auto del Tribunal General (Sala Octava) de 22 de diciembre de 2021 en el asunto T-381/21, Debrégeas & Associés Pharma/EMA.

En consecuencia

Devuelva el asunto al Tribunal General a fin de que la EMA presente sus observaciones sobre el fondo y que el Tribunal General se pronuncie sobre el fondo;

Si el Tribunal de Justicia considera que los autos así lo permiten y decide no devolver el asunto al Tribunal General

Estime las pretensiones formuladas por la recurrente en primera instancia.

Anule la Decisión por la que la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) ha suprimido el grupo consultivo científico «Scientific Advisory Group on Psychiatry» del Comité de medicamentos de uso humano (CHMP), que se desprende de la convocatoria pública de manifestaciones de interés en convertirse en miembros de los grupos científicos consultivos (SAG) de la EMA, dirigida a los expertos, de 5 de mayo de 2021 y el comunicado de prensa de la EMA de 5 de mayo de 2021.

En cualquier caso,

Condene a la EMA a cargar con los gastos y costas del presente procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

Mediante su primer motivo, la recurrente sostiene que el Tribunal General no podía considerar, sin incurrir en un error de Derecho acompañado de un error de apreciación, que D & A no tenía interés en ejercitar una acción contra la Decisión impugnada, debido a que una eventual anulación de la Decisión impugnada no le procuraría beneficio alguno, mientras que el perjuicio para la situación de D & A y, en particular, para sus derechos procedimentales ya es cierto, al igual que el beneficio que obtendría de la anulación de la Decisión impugnada, en la medida en que:

D & A ha interpuesto un recurso contra la Decisión de 6 de julio de 2020 que denegó la solicitud de autorización de comercialización, basado, en concreto, en la irregularidad del procedimiento que llevó al dictamen del CHMP por la falta de consulta del SAG Psiquiatría en el procedimiento de reexamen (rec. n.o T-556-20).

La supresión del SAG Psiquiatría la priva de una garantía procedimental como solicitante de una autorización de comercialización de un medicamento psiquiátrico.

Mediante su segundo motivo, la recurrente alega que el Tribunal General no podía considerar, sin incurrir en un error de Derecho acompañado de un error manifiesto de apreciación, que el interés en ejercitar la acción de D & A no es actual ni cierto, sino solamente futuro e hipotético, en tanto D & A ha interpuesto un recurso contra la Decisión de 6 de julio de 2020 que desestimó su solicitud de autorización de comercialización, debido, en particular, a la irregularidad del procedimiento que llevó al dictamen del CHMP por la falta de consulta del SAG Psiquiatría, durante el procedimiento de reexamen (rec. n.o T-556-20).


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/22


Recurso interpuesto el 11 de marzo de 2022 — Comisión Europea / República Italiana

(Asunto C-197/22)

(2022/C 171/28)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: G. Gattinara, E. Sanfrutos Cano, agentes)

Demandada: República Italiana

Pretensiones de la parte demandante

La Comisión solicita al Tribunal de Justicia que:

1)

Declare que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 4, apartado 1, de la Directiva 98/83/CE del Consejo, de 3 de noviembre de 1998, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano (DO L 330, de 5.12.1998. p. 32), en relación con el anexo I, parte B, de la misma Directiva, al no haber adoptado las disposiciones necesarias para garantizar que se respeten los valores indicados en la parte B de su anexo I respecto a:

el nivel de concentración de arsénico, en el municipio de Bagnoregio, de 2018 en adelante; en el municipio de Civitella d’Agliano, en el primer semestre de 2018, en el segundo semestre de 2019 y de 2020 en adelante, con excepción del segundo semestre de 2021; en el municipio de Fabrica di Roma, en 2013 y de 2015 en adelante; en el municipio de Farnese, en 2013 y, con posterioridad, de 2018 en adelante; en el municipio de Ronciglione, en 2013 y, con posterioridad, en el primer semestre de 2018 y en el primer semestre de 2019 y, con posterioridad, de 2020 en adelante, y en el municipio de Tuscania, de 2018 en adelante, con excepción del primer semestre de 2019, y

el nivel de concentración de fluoruro, en el municipio de Bagnoregio, de 2018 al primer semestre de 2019, y en el municipio de Fabrica di Roma en 2018, en el primer semestre de 2019 y en el segundo semestre de 2021.

2)

Declare que la República Italiana ha incumplido la obligación que le incumbe en virtud del artículo 8, apartado 2, de la Directiva 98/83/CE, al no haber adoptado lo antes posible las medidas necesarias para restablecer la calidad de las aguas, respecto al nivel de concentración de arsénico, en los municipios de Bagnoregio, Civitella d’Agliano, Fabrica di Roma, Farnese, Ronciglione y Tuscania y, respecto al nivel de concentración de fluoruro, en los municipios de Bagnoregio y de Fabrica di Roma.

3)

Condene en costas a la República Italiana.

Motivos y principales alegaciones

Mediante el primer motivo invocado en su recurso, la Comisión alega que la República Italiana ha incumplido la obligación impuesta por el artículo 4, apartado 1, de la Directiva 98/83/CE, en relación con el anexo I de la misma Directiva, al no haber garantizado el respeto de los valores indicados en la parte B de dicho anexo para el arsénico y el fluoruro. En particular, en relación con el valor de concentración de arsénico, tal incumplimiento afecta al municipio de Bagnoregio, de 2018 en adelante; al municipio de Civitella d’Agliano, en el primer semestre de 2018, en el segundo semestre de 2019 y de 2020 en adelante, con excepción del segundo semestre de 2021; al municipio de Fabrica di Roma, en 2013 y de 2015 en adelante; al municipio de Farnese, en 2013 y, con posterioridad, de 2018 en adelante; al municipio de Ronciglione, en 2013 y, con posterioridad, en el primer semestre de 2018, en el primer semestre de 2019 y, con posterioridad, de 2020 en adelante, y al municipio de Tuscania desde 2018 hasta la actualidad, con excepción del primer semestre de 2019. En el momento actual dichos incumplimientos se siguen produciendo. En cuanto respecta al valor de concentración de fluoruro, el incumplimiento de la obligación establecida por el artículo 4, apartado 1, de la Directiva citada, en relación con su anexo I, afecta al municipio de Bagnoregio, de 2018 al primer semestre de 2019, y al municipio de Fabrica di Roma, en 2018, el primer semestre de 2019 y el segundo semestre de 2021.

Mediante el segundo motivo invocado en su recurso, la Comisión sostiene que la República Italiana ha incumplido la obligación que le incumbe en virtud del artículo 8, apartado 2, de la Directiva 98/83/CE, al no haber adoptado lo antes posible las medidas necesarias para restablecer la calidad de las aguas en los municipios de Bagnoregio, Civitella d’Agliano, Fabrica di Roma, Farnese, Ronciglione y Tuscania, respecto al nivel de concentración de arsénico, y en los municipios de Bagnoregio y Fabrica di Roma, respecto al nivel de concentración de fluoruro.


Tribunal General

25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/24


Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — United Parcel Service/Comisión

(Asunto T-834/17) (1)

(«Responsabilidad extracontractual - Competencia - Mercados de servicios internacionales de entrega urgente de paquetes pequeños en el EEE - Concentración - Decisión por la que se declara la concentración incompatible con el mercado interior - Anulación de la Decisión mediante sentencia del Tribunal General - Derecho de defensa - Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares - Relación de causalidad»)

(2022/C 171/29)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: United Parcel Service, Inc. (Atlanta, Georgia, Estados Unidos) (representantes: A. Ryan, Solicitor, F. Hoseinian, W. Knibbeler, A. Pliego Selie y F. Roscam Abbing, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: N. Khan, P. Berghe, M. Farley y R. Leupold Henning, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 268 TFUE por el que se solicita la reparación del perjuicio supuestamente sufrido por la demandante como consecuencia de la ilegalidad de la Decisión C(2013) 431 de la Comisión, de 30 de enero de 2013, por la que se declara una operación de concentración incompatible con el mercado interior y el funcionamiento del Acuerdo EEE (asunto COMP/M.6570 — UPS/TNT Express).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a la Comisión Europea a cargar con sus propias costas y con un tercio de las costas de United Parcel Service, Inc.

3)

Condenar a United Parcel Service a cargar con dos tercios de sus propias costas.


(1)  DO C 72 de 26.2.2018.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/24


Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — ASL Aviation Holdings y ASL Airlines (Irlanda)/Comisión

(Asunto T-540/18) (1)

(«Responsabilidad extracontractual - Competencia - Contratos de servicios internacionales de entrega urgente de pequeños paquetes en el EEE - Concentración - Decisión por la que se declara la concentración incompatible con el mercado interior - Anulación de la decisión mediante sentencia del Tribunal General - Remisión global a otros escritos - Motivos invocados o imputaciones formuladas por un tercero en otro asunto - Prueba presentada en la réplica - No justificación del retraso - Inadmisibilidad - Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares»)

(2022/C 171/30)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: ASL Aviation Holdings DAC (Swords, Irlanda), ASL Airlines (Ireland) Ltd (Swords) (representantes: N. Travers, SC, H. Kelly, K. McKenna y R. Scanlan, Solicitors)

Demandada: Comisión Europea (representantes: N. Khan, P. Berghe, M. Farley y R. Leupold Henning, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 268 TFUE por el que se solicita que se indemnice el perjuicio que supuestamente sufrieron las demandantes debido a la ilegalidad de la Decisión C(2013) 431 de la Comisión, de 30 de enero de 2013, por la que se declara una operación de concentración incompatible con el mercado interior y el funcionamiento del Acuerdo EEE (asunto COMP/M.6570 — UPS/TNT Express).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a ASL Aviation Holdings DAC y ASL Airlines (Ireland) Ltd.


(1)  DO C 399 de 5.11.2018.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/25


Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — Chemours Netherlands/ECHA

(Asunto T-636/19) (1)

(«REACH - Sustancias extremadamente preocupantes - Establecimiento de una lista de las posibles sustancias que podrían ser incluidas en el anexo XIV del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 - Decisión relativa a la identificación del ácido propiónico 2,3,3,3-tetrafluoro-2-(heptafluoropropoxy), sus sales y sus halogenuros de acilo como sustancia que reúne los criterios de inclusión en la lista - Articulo 57 del Reglamento n.o 1907/2006 - Error manifiesto de apreciación - Proporcionalidad»)

(2022/C 171/31)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Chemours Netherlands BV (Dordrecht, Países Bajos) (representantes: R. Cana y E. Mullier, abogadas)

Demandada: Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (representantes: W. Broere, N. Herbatschek y M. Heikkilä, agentes, asistidos por S. Raes, abogado)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Reino de los Países Bajos (representantes: M. Bulterman, J. Langer y C. Schillemans, agentes), ClientEarth AISBL (Bruselas, Bélgica), ClientEarth (Londres, Reino Unido), CHEM Trust Europe eV (Hamburgo, Alemania) (representante: N. Angelet, abogado)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE y dirigido a obtener la anulación de la Decisión ED/71/2019 de la ECHA, de 4 de julio de 2019, que entró en vigor el 16 de julio de 2019, en cuanto incluye el ácido propiónico 2,3,3,3-tetrafluoro-2-(hetptafluoropropoxy), sus sales y sus halogenuros de acilo (incluidos sus isómeros y combinaciones de isómeros) en la lista de las posibles sustancias que podrían ser incluidas en el anexo XIV del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) n.o 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) n.o 1488/94 de la Comisión así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión (DO 2006, L 396, p. 1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a Chemours Netherlands BV a cargar con sus costas y con las de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) y las de ClientEarth AISBL, ClientEarth y CHEM Trust Europe eV.

3)

El Reino de los Países Bajos cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 399, de 25.11.2019.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/26


Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — Govern d’Andorra/EUIPO (Andorra)

(Asunto T-806/19) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca figurativa de la Unión Andorra - Motivo de denegación absoluto - Carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2022/C 171/32)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: Govern d’Andorra (Andorra la Vella, Andorra) (representante: P. González-Bueno Catalán de Ocón, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: J. Crespo Carrillo y A. Crawcour, agentes)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 26 de agosto de 2019 (asunto R 737/2018-2), relativa a una solicitud de registro del signo figurativo Andorra como marca de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Govern d’Andorra.


(1)  DO C 27 de 27.1.2020.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/26


Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Huhtamaki/Comisión

(Asunto T-134/20) (1)

(«Acceso a los documentos - Reglamento (CE) n.o 1049/2001 - Documentos relativos a una investigación en materia de ayudas de Estado - Decisiones fiscales anticipadas - Denegación de acceso - Excepción relativa a la protección de los intereses comerciales de terceros - Excepción relativa a la protección del objetivo de las actividades de inspección, investigación y auditoría - Presunción general de confidencialidad - Presunción iuris tantum - Obligación de motivación»)

(2022/C 171/33)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Huhtamaki Sàrl (Senningerberg, Luxemburgo) (representantes: M. Struys y F. Pili, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: K. Herrmann y A. Spina, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión C(2019) 9417 final de la Comisión, de 18 de diciembre de 2019, mediante la que se deniega la solicitud confirmatoria de acceso a documentos relativos a una investigación en materia de ayudas de Estado presentada por la demandante en virtud del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43).

Fallo

1)

Anular la Decisión C(2019) 9417 final de la Comisión, de 18 de diciembre de 2019, mediante la que se deniega la solicitud confirmatoria de acceso a documentos relativos a una investigación en materia de ayudas de Estado presentada por Huhtamaki Sàrl en virtud del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43).

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Condenar en costas a la Comisión.


(1)  DO C 161 de 11.5.2020.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/27


Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Pluscard Service/EUIPO (PLUSCARD)

(Asunto T-669/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Registro internacional en el que se designa a la Unión Europea - Marca figurativa PLUSCARD - Motivo de denegación absoluto - Carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2022/C 171/34)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Pluscard Service-Gesellschaft für Kreditkarten-Processing mbH (Saarbrücken, Alemania) (representante: M. Dury, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: R. Raponi y J. Crespo Carrillo, agentes)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 14 de septiembre de 2020 (asunto R 638/2020-4), relativa al registro internacional que designa a la Unión Europea de la marca figurativa PLUSCARD.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Pluscard Service-Gesellschaft für Kreditkarten-Processing mbH.


(1)  DO C 28 de 25.1.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/28


Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — OA/CESE

(Asunto T-671/20) (1)

(«Función Pública - Funcionarios - Acoso psicológico - Procedimiento disciplinario - Sanción disciplinaria - Apercibimiento por escrito - Derecho de defensa - Error de apreciación - Responsabilidad»)

(2022/C 171/35)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: OA (representantes: M. Casado García-Hirschfeld y M. Aboudi, abogados)

Demandada: Comité Económico y Social Europeo (representantes: M. Pascua Mateo, K. Gambino, X. Chamodraka, A. Carvajal García-Valdecasas y L. Camarena Januzec, agentes, asistidos por B. Wägenbaur, abogado)

Objeto

Recurso interpuesto con arreglo al artículo 270 TFUE por el que se solicita, por un lado, la anulación de la decisión n.o 293/19 del CESE, del 5 de diciembre de 2019, por la que se impone al demandante una sanción de apercibimiento por escrito y, por otro lado, la reparación del perjuicio material y moral supuestamente sufrido.

Fallo

1)

Anular la decisión n.o 293/19 del Comité Económico y Social Europeo (CESE) de 5 de diciembre de 2019, por la que se impone a OA la sanción de apercibimiento por escrito.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Condenar en costas al CESE.


(1)  DO C 9, de 11.1.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/28


Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Degode/EUIPO — Leo Pharma (Skinovea)

(Asunto T-715/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión Skinovea - Marca nacional denominativa anterior SKINOREN - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2022/C 171/36)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Degode-Dermago Development GmbH (Strausberg, Alemania) (representantes: O. Spieker, A. Schönfleisch y N. Willich, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Capostagno y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Leo Pharma A/S (Ballerup, Dinamarca)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 4 de septiembre de 2020 (asunto R 337/2020-5), relativa a un procedimiento de oposición entre Leo Pharma y Degode-Dermago Development.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Degode-Dermago Development GmbH.


(1)  DO C 35 de 1.2.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/29


Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Fabryki Mebli «Forte»/EUIPO — Bog-Fran (Mueble)

(Asunto T-1/21) (1)

(«Dibujo o modelo comunitario - Procedimiento de nulidad - Dibujo o modelo comunitario registrado que representa un mueble - Causa de nulidad - Falta de carácter singular - Artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 - Divulgación del diseño o modelo anterior - Artículo 7, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002 - Resolución adoptada tras la anulación de una resolución anterior por el Tribunal General - Fuerza de cosa juzgada»)

(2022/C 171/37)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Fabryki Mebli «Forte» S.A. (Ostrów Mazowiecka, Polonia) (representante: H. Basiński, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Ivanauskas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Bog-Fran sp. z o.o. sp.k. (Varsovia, Polonia) (representantes: M. Mikosza y E. Guissart, abogados)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la EUIPO de 28 de octubre de 2020 (asunto R 595/2020-3), relativa a un procedimiento de nulidad entre Bog-Fran y Fabryki Mebli «Forte».

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a Fabryki Mebli «Forte» S.A. a cargar con sus propias costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y de Bog-Fran sp. z o.o. sp.k.


(1)  DO C 62 de 22.2.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/30


Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Distintiva Solutions/EUIPO — Makeblock (Makeblock)

(Asunto T-86/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de anulación - Marca figurativa de la Unión Makeblock - Motivos de denegación absolutos - Carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente, artículo 7, apartado 1, letra b) del Reglamento (UE) 2017/1001] - Falta de carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letra c) del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente, artículo 7, apartado 1, letra c) del Reglamento 2017/1001] - Inexistencia de marca capaz de inducir a error al público - Artículo 7, apartado 1, letra g) del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente, artículo 7, apartado 1, letra g) del Reglamento 2017/1001]»)

(2022/C 171/38)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Distintiva Solutions S. Coop. Pequeña (Vitoria-Gasteiz, Álava) (representante: M. Sanmartín Sanmartín, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: J. Ivanauskas y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso, coadyuvante ante el Tribunal General: Makeblock Co. Ltd (Shenzhen, China) (representante: C. Sueiras Villalobos, abogada)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 16 de noviembre de 2020 (asunto R 988/2020-5), relativa a un procedimiento de nulidad entre Distintiva Solutions y Makeblock.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Distintiva Solutions S. Coop. Pequeña.


(1)  DO C 110 de 29.3.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/30


Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Banco de Investimento Global/EUIPO — Banco BIC Português (EUROBIC)

(Asunto T-125/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión EUROBIC - Marcas figurativas anteriores de la Unión BiG, BANCO BiG y BiGlobal TRADE - Marcas nacionales denominativa anterior BANCO BIG y figurativa anterior BANCO BiG - Motivo de denegación relativo - Inexistencia de riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2022/C 171/39)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Banco de Investimento Global, SA (Lisboa, Portugal) (representante: N. Lucas, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Ivanauskas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Banco BIC Português, SA (Lisboa) (representantes: P. Sousa e Silva, abogados)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 25 de noviembre de 2020 (asunto R 607/2019-1), relativa a un procedimiento de oposición entre Banco de Investimento Global y Banco BIC Português.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Banco de Investimento Global, SA.


(1)  DO C 148 de 26.4.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/31


Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — UGA Nutraceuticals/EUIPO — Vitae Health Innovation (VITADHA)

(Asunto T-149/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Registro internacional que designa a la Unión Europea - Marca denominativa VITADHA - Marca española denominativa anterior VITANADH - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2022/C 171/40)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: UGA Nutraceuticals Srl (Gubbio, Italia) (representantes: M. Riva, J. Graffer y A. Ottolini, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: A. Folliard-Monguiral, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Vitae Health Innovation, S. L. (Montmeló, Barcelona) (representante: E. Torner Lasalle, abogada)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 15 de enero de 2021 (asunto R 2719/2019-4), relativa a un procedimiento de oposición entre Vitae Health Innovation y UGA Nutraceuticals.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a UGA Nutraceuticals Srl.


(1)  DO C 182 de 10.5.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/32


Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Ubisoft Entertainment/EUIPO — Huawei Technologies (FOR HONOR)

(Asunto T-171/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión FOR HONOR - Marca denominativa anterior de la Unión HONOR - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente, artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2022/C 171/41)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Ubisoft Entertainment (Carentoir, Francia) (representante: J.-B. Bourgeois, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: L. Lapinskaite y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Huawei Technologies Co. Ltd (Shenzhen, China)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 25 enero de 2021 (asunto R 1297/2020-4), relativa a un procedimiento de oposición entre Huawei Technologies y Ubisoft Entertainment.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Ubisoft Entertainment.


(1)  DO C 228 de 14.6.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/32


Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — Lackmann Fleisch- und Feinkostfabrik/EUIPO — Schuju (Хозяин)

(Asunto T-184/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca denominativa de la Unión Хозяин - Marca nacional figurativa anterior хозяюшка - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2022/C 171/42)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Lackmann Fleisch- und Feinkostfabrik GmbH (Bühl, Alemania) (representante: A. Lingenfelser, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Eberl y D. Walicka, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Peter Schuju (Borchen, Alemania) (representante: K. Borstel, abogado)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 9 de diciembre de 2020 (asunto R 2729/2019-1), relativa a un procedimiento de nulidad entre M. Schuju y Lackmann Fleisch- und Feinkostfabrik.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Lackmann Fleisch- und Feinkostfabrik GmbH.


(1)  DO C 242 de 21.6.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/33


Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — Lackmann Fleisch- und Feinkostfabrik/EUIPO — Schuju (Хозяйка)

(Asunto T-185/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca denominativa de la Unión Хозяйка - Marca nacional figurativa anterior хозяюшка - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Articulo 8, apartado 1, letra b) del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2022/C 171/43)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Lackmann Fleisch- und Feinkostfabrik GmbH (Bühl, Alemania) (representante: A. Lingenfelser, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Eberl, y D. Walicka, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso, coadyuvante ante el Tribunal General: Peter Schuju (Borchen, Alemania) (representante: K. Borstel, abogada)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 16 de noviembre de 2020 (asunto R 2717/2019-1), relativa un procedimiento de nulidad entre M. Schuju y Lackmann Fleisch- und Feinkostfabrik.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Lackmann Fleisch- und Feinkostfabrik GmbH.


(1)  DO C 242 de 21.6.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/34


Sentencia del Tribunal General de 2 de marzo de 2022 — Laboratorios Ern/EUIPO — Beta Sports (META)

(Asunto T-192/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión META - Marca nacional denominativa anterior METALGIAL - Motivo de denegación relativo - Inexistencia de riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2022/C 171/44)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: Laboratorios Ern, S. A. (Barcelona) (representante: T. González Martínez, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Ivanauskas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Beta Sports LLC (Coconut Creek, Florida, Estados Unidos)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 22 de enero de 2021 (asunto R 1152/2020-2), relativa a un procedimiento de oposición entre Laboratorios Ern y Beta Sports.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Laboratorios Ern, S. A.


(1)  DO C 217 de 7.6.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/34


Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — Ancor Group/EUIPO — Cody’s Drinks International (CODE-X)

(Asunto T-198/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Marca denominativa de la Unión CODE-X - Marcas nacionales denominativa y figurativa anteriores Cody’s - Marca internacional figurativa anterior Cody’s - Motivo de denegación relativo - Inexistencia de riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2022/C 171/45)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Ancor Group GmbH (Igersheim, Alemania) (representantes: J. Wachsmuth y W. Berlit, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Eberl y E. Markakis, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Cody’s Drinks International GmbH (Bremen, Alemania)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 4 de febrero de 2021 (asunto R 208/2020-5), relativa a un procedimiento de oposición entre Cody’s Drinks International y Ancor Group.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 4 de febrero de 2021 (asunto R 208/2020-5).

2)

Desestimar la oposición formulada por Cody’s Drinks International GmbH.

3)

Condenar en costas a la EUIPO.


(1)  DO C 217 de 7.6.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/35


Sentencia del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — Ignacio Carrasco/EUIPO — Santos Carrasco Manzano (La Hoja del Carrasco)

(Asunto T-209/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca figurativa de la Unión La Hoja del Carrasco - Marca nacional figurativa anterior CARRASCO, Guijuelo - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] - Elementos dominantes y distintivos de las marcas en conflicto»)

(2022/C 171/46)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: Ignacio Carrasco, S. L. (Guijuelo, Salamanca) (representante: J. L. Donoso Romero, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: R. Santana Davies y D. Gája, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Santos Carrasco Manzano, S. A. (Guijuelo) (representante: F. Marín Riaño, abogado)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 10 de febrero de 2021 (asunto R 175/2020-1), relativa a un procedimiento de nulidad sustanciado entre Santos Carrasco Manzano e Ignacio Carrasco.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Ignacio Carrasco, S. L.


(1)  DO C 217 de 7.6.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/36


Auto del Tribunal General de 22 de febrero de 2022 — Brinkmann (Steel Trading) y otros/Comisión y BCE

(Asunto T-161/15) (1)

(«Recurso de indemnización - Política económica y monetaria - Programa de ayuda a la estabilidad de Chipre - Memorándum de Entendimiento de 26 de abril de 2013 sobre Condiciones Específicas de Política Económica, celebrado entre Chipre y el Mecanismo Europeo de Estabilidad - Competencia del Tribunal General - Violación suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares - Igualdad de trato - Principio de proporcionalidad - Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»)

(2022/C 171/47)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Brinkmann (Steel Trading) Ltd (Londres, Reino Unido) y otros 18 demandantes cuyos nombres figuran en anexo al auto (representante: R. Nowinski, abogado)

Demandadas: Comisión Europea (representantes: J. P. Keppenne, M. Konstantinidis y S. Delaude, agentes), Banco Central Europeo (representantes: K. Laurinavičius y M. Szablewska, agentes, asistidos por H.-G. Kamann, abogado)

Objeto

Recurso basado en el artículo 268 TFUE por el que se solicita la reparación del perjuicio supuestamente sufrido por los demandantes a resultas de la decisión de la Comisión y del BCE de someter a determinadas condiciones la concesión de un instrumento de asistencia financiera en favor de la República de Chipre.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a Brinkmann (Steel Trading) Ltd y a las otras partes cuyos nombres figuran en anexo a cargar con sus propias costas y con las de la Comisión Europea y el Banco Central Europeo (BCE).


(1)  DO C 294 de 7.9.2015.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/36


Auto del Tribunal General de 15 de febrero de 2022 — eSlovensko/Comisión

(Asunto T-295/21) (1)

(«Recurso de anulación - Disposiciones financieras - Programa de la Unión dirigido a promover una utilización más segura de Internet - Incumplimiento de los requisitos de forma - Inadmisibilidad»)

(2022/C 171/48)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: eSlovensko (Lučenec, Eslovaquia) (representante: B. Fridrich, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: J. Estrada de Solà y S. Romoli, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la decisión ARES(2021) 1955613 de la Comisión, de 18 de marzo de 2021, relativa a una orden de recuperación para el proyecto SI-2010-SIC-1231002 («Safer Internet SK SIC»).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

eSlovensko cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.


(1)  DO C 320 de 9.8.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/37


Auto del Tribunal General de 15 de febrero de 2022 — eSlovensko Bratislava/Comisión

(Asunto T-304/21) (1)

(«Recurso de anulación - Disposiciones financieras - Programa de la Unión para el fomento de un uso más seguro de Internet - Identificación de la parte demandada - Inadmisibilidad»)

(2022/C 171/49)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: eSlovensko Bratislava (Bratislava, Eslovaquia) (representante: B. Fridrich, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: J. Estrada de Solà y S. Romoli, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión Ares(2021) 1953853 de la Comisión, de 30 de marzo de 2021, de resolver el acuerdo de subvención celebrado con la demandante relativo al proyecto 2015-SK-IA-0038 («Slovak Safer Internet Centre IV»).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Condenar en costas a eSlovensko Bratislava.


(1)  DO C 320 de 9.8.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/37


Auto del Tribunal General de 15 de febrero de 2022 — eSlovensko Bratislava/Comisión

(Asunto T-425/21) (1)

(«Recurso de anulación - Disposiciones financieras - Programa de la Unión destinado a promover una utilización más segura de Internet - Incumplimiento de los requisitos de forma - Inadmisibilidad»)

(2022/C 171/50)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: eSlovensko Bratislava (Bratislava, Eslovaquia) (representante: B. Fridrich, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: J. Estrada de Solà y S. Romoli, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la de la Decisión de Ejecución C(2020) 7415 final de la Comisión, de 21 de octubre de 2020, por la que se modifica Decisión de Ejecución C(2018) 6712 sobre la selección y concesión de ayudas en el marco del Mecanismo «Conectar Europa» en el sector de las Telecomunicaciones.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Condenar en costas a eSlovensko Bratislava.


(1)  DO C 431 de 25.10.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/38


Auto del Tribunal General de 24 de febrero de 2022 — Thomas y Julien/Consejo

(Asunto T-442/21) (1)

(«Recurso de anulación - Espacio de libertad, seguridad y justicia - Acuerdo de Comercio y Cooperación entre, por una parte, la Unión y Euratom y, por otra parte, el Reino Unido - Decisión del Consejo sobre la celebración del Acuerdo de Comercio y Cooperación - Inexistencia de afectación individual - Acto no reglamentario - Inadmisibilidad»)

(2022/C 171/51)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Rhiannon Thomas (Londres, Reino Unido), Michaël Julien (Weybridge, Reino Unido) (representante: J. Fouchet, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Bauer, J. Ciantar y R. Meyer, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, los demandantes, nacionales británicos residentes en el Reino Unido, solicitan la anulación parcial, en primer lugar, del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra (DO 2021, L 149, p. 10) y, en segundo lugar, de la Decisión (UE) 2021/689 del Consejo de 29 de abril de 2021 relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, y del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte relativo a los procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada (DO 2021, L 149, p. 2).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Sobreseer la demanda de intervención de la Comisión Europea.

3)

La Sra. Rhiannon Thomas y el Sr. Michaël Julien cargaran con sus costas y con las del Consejo de la Unión Europea, a excepción de las correspondientes a la demanda de intervención.

4)

La Sra. Thomas y el Sr. Julien, el Consejo y la Comisión cargarán cada uno de ellos con sus propias costas correspondientes a las demandas de intervención.


(1)  DO C 412, de 11.10.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/39


Auto del Tribunal General de 14 de febrero de 2022 — Lagardère, unité médico-sociale/Comisión

(Asunto T-503/21) (1)

(«Recurso de anulación - Reglamento (UE) 2021/953 - Certificado COVID-19 digital de la UE - Libre circulación de personas - Restricciones - Designación errónea de la parte demandada - Inadmisibilidad»)

(2022/C 171/52)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Lagardère, unité médico-sociale (Ghlin, Bélgica) (representante: P. Vanlangendonck, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representante: E. Montaguti, agente)

Objeto

Mediante su recurso, explícitamente dirigido contra la Comisión Europea y basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación del Reglamento (UE) 2021/953 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2021, relativo a un marco para la expedición, verificación y aceptación de certificados COVID-19, interoperables de vacunación, de prueba diagnóstica y de recuperación (certificado COVID digital de la UE) a fin de facilitar la libre circulación durante la pandemia de COVID-19 (DO 2021, L 211, p. 1).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Sobreseer las demandas de intervención presentadas por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea.

3)

Condenar en costas a Lagardère, unité médico-sociale.

4)

El Parlamento Europeo y el Consejo cargarán cada uno con sus propias costas relativas a las demandas de intervención.


(1)  DO C 422 de 18.10.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/39


Auto del Presidente del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — WO/Fiscalía Europea

(Asunto T-603/21 R)

(«Medidas provisionales - Derecho institucional - Cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea - Reglamento (UE) 2017/1939 - Nombramiento de los fiscales europeos delegados de la Fiscalía Europea - Nombramiento de un candidato designado por Lituania - Demanda de suspensión de la ejecución - Incumplimiento de los requisitos de forma - Inadmisibilidad»)

(2022/C 171/53)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: WO (representante: V. Vitkovskis, abogado)

Demandada: Fiscalía Europea

Objeto

Demanda basada en los artículos 278 TFUE y 279 TFUE por la que se solicita la suspensión de la ejecución de la Decisión n.o 28/2021 del Colegio de Fiscales Europeos, de 21 de abril de 2021, desestimatoria de la candidatura de la demandante para el puesto de fiscal europeo delegado.

Fallo

1)

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

2)

Reservar la decisión sobre las costas.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/40


Auto del Tribunal General de 21 de febrero de 2022 — Carlings/EUIPO — Margarete Steiff (STUHF)

(Asunto T-635/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Retirada de la oposición - Sobreseimiento»)

(2022/C 171/54)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Carlings AS (Billingstad, Noruega) (representantes: V. Töbelmann y J. Haesemann, abogadas)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: A. Bosse y D. Hanf, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Margarete Steiff GmbH (Giengen/Brenz, Alemania) (representante: U. Hildebrandt, abogado)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 14 de julio de 2021 (asunto R 2024/2020-1), relativa a un procedimiento de oposición entre Margarete Steiff y Carlings.

Fallo

1)

Sobreseer el recurso.

2)

Carlings AS y Margarete Steiff GmbH cargarán con sus propias costas y, cada una de ellos, con la mitad de las costas de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).


(1)  DO C 471 de 22.11.2021.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/40


Auto del Presidente del Tribunal General de 3 de marzo de 2022 — Esedra/Parlamento

(Asunto T-46/22 R)

(«Procedimiento sobre medidas provisionales - Contratos públicos de servicios - Servicio a la primera infancia - Demanda de medidas provisionales - Inexistencia de urgencia»)

(2022/C 171/55)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Esedra SRL (Bruselas, Bélgica) (representante: M. Vastmans, abogada)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: M. Pencheva y M. Kazek, agentes)

Objeto

Demanda basada en los artículos 278 TFUE y 279 TFUE mediante la que se solicita, por una parte, la suspensión de la ejecución de la decisión del Parlamento de 26 de noviembre de 2021 de adjudicar el contrato público de servicios para la «Gestión integral de la guardería infantil del Parlamento Europeo en Bruselas, ubicada en la calle Wayenberg» a otro licitador y de rechazar la oferta de la demandante y, por otra parte, que ordene al Parlamento adoptar las medidas necesarias para suspender los efectos de la decisión de adjudicación o del contrato celebrado a raíz de dicha decisión.

Fallo

1)

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

2)

Reservar la decisión sobre las costas.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/41


Recurso interpuesto el 4 de febrero de 2022 — Interneto žiniasklaidos asociacija y otros/Comisión

(Asunto T-72/22)

(2022/C 171/56)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Interneto žiniasklaidos asociacija (Vilna, Lituania), All Media Lithuania UAB (Vilna), All Media Radijas UAB (Vilna) (representante: K. Kačerauskas, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare el recurso admisible y fundado.

Anule el escrito impugnado en su totalidad.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca un motivo.

1.

Primer motivo, basado en la apreciación incorrecta de la información facilitada por las demandantes y la falta de investigación con la debida diligencia de las circunstancias descritas en la denuncia que las demandantes presentaron el 21 de junio de 2020 a la Comisión, en relación con la ayuda de Estado ilegal otorgada al servicio público de radiodifusión lituano —VšĮ «Lietuvos Nacionalinis Radijas ir Televizija»—, lo que dio lugar a que no se tuviera en cuenta en absoluto la situación de hecho y a errores de Derecho en el escrito que envió la Comisión. Tal omisión supuso el incumplimiento de un requisito esencial de procedimiento y de las disposiciones sustantivas que regulan el mecanismo de control de las ayudas de Estado que se establecen en los artículos 107 TFUE, apartado 1, y 108 TFUE, apartado 3. En particular, la apreciación incorrecta de la Comisión queda de manifiesto por los siguientes defectos que vician el escrito:

(i)

La Comisión no tomó en consideración ni comparó, con la debida diligencia requerida y de modo suficiente en Derecho, la compatibilidad del régimen existente antes del 10 de diciembre de 1994 con el existente tras los cambios introducidos en 2015 y 2020 en la Ley sobre la Radio y Televisión Nacionales Lituanas de la República de Lituania (en lo sucesivo, «Ley sobre la RTL») y, por lo tanto, cometió una infracción procesal esencial.

(ii)

La Comisión infringió los artículos 107 TFUE, apartado 1, y 108 TFUE, apartado 3, al no reconocer que los cambios introducidos en 2015 y 2020 en la Ley sobre la RTL constituyen modificaciones de la ayuda de Estado, que deberían haber sido coordinadas con la Comisión.

(iii)

La Comisión infringió los artículos 107 TFUE, apartado 1, y 108 TFUE, apartado 3, al no reconocer que los cambios introducidos en 2020 en la Ley sobre la RTL constituyen modificaciones de la ayuda de Estado, que deberían haber sido coordinadas con la Comisión.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/42


Recurso interpuesto el 2 de marzo de 2022 — Belshyna/Consejo

(Asunto T-115/22)

(2022/C 171/57)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Belshyna AAT (Bobruisk, Bielorrusia) (representantes: N. Tuominen y L. Engelen, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de Ejecución (PESC) 2021/2125 del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por la que se aplica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia, (1) y el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2124 del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se aplica el artículo 8 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas con respecto a Belarús (medidas impugnadas). (2)

Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

La parte demandante invoca dos motivos en apoyo de su recurso:

1.

Primer motivo: el Consejo incurrió en error manifiesto de apreciación al incluir a la demandante en los anexos de las medidas impugnadas. La demandante alega que las medidas impugnadas aportan, para justificar su designación, una motivación infundada que no responde a los hechos ni se sustenta en pruebas. Se aduce además que la insuficiente motivación no alcanza a demostrar una relación esencial suficiente con el alcance de las medidas.

2.

Segundo motivo: las medidas impugnadas no aportan los elementos de prueba necesarios para imponer sanciones individuales. Se alega que, al recurrir a medidas individuales para lograr el objetivo de limitar las actividades económicas y los beneficios de una empresa estatal extranjera, el Consejo adoptó una medida ilegal.


(1)  DO 2021, L 430 I, p. 16.

(2)  DO 2021, L 430 I, p. 1.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/42


Recurso interpuesto el 3 de marzo de 2022 — Belavia/Consejo

(Asunto T-116/22)

(2022/C 171/58)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Belavia — Belarusian Airlines AAT (Minsk, Bielorrusia) (representantes: N. Tuominen y L. Engelen, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de Ejecución (PESC) 2021/2125 del Consejo de 2 de diciembre de 2021, por la que se aplica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia, (1) y el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2124 del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se aplica el artículo 8 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas con respecto a Belarús (2) (medidas impugnadas).

Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

La parte demandante invoca dos motivos en apoyo de su recurso:

1.

Primer motivo: el Consejo incurrió en error manifiesto de apreciación al someter a la demandante a las medidas impugnadas basándose en razones que no responden a los hechos. Ello se ve agravado por la circunstancia de que, de hecho, la propia demandante hubiera aportado al Consejo información detallada que rebatía los motivos que subyacían a la inclusión, antes de producirse esta, cuando tuvo conocimiento de la publicación de noticias falsas recogían dicha información.

2.

Segundo motivo: las medidas impugnadas no aportan los elementos de prueba necesarios para imponer sanciones individuales. Se alega que, al recurrir a medidas individuales para lograr el objetivo de limitar las actividades económicas y los beneficios de una empresa estatal extranjera, el Consejo adoptó una medida ilegal.


(1)  DO 2021, L 430 I, p. 16.

(2)  DO 2021, L 430 I, p. 1.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/43


Recurso interpuesto el 7 de marzo de 2022 — Coinbase/EUIPO — Coinbase Global (coinbase)

(Asunto T-126/22)

(2022/C 171/59)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Coinbase, Inc. (San Francisco, California, Estados Unidos) (representante: A. Nordemann, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Coinbase Global OÜ (Tallin, Estonia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Solicitud de marca denominativa de la Unión «coinbase» — Solicitud de registro n.o 18090762

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 20 de diciembre de 2021 en el asunto R 1097/2021-4

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/44


Recurso interpuesto el 7 de marzo de 2022 — Simba Toys/EUIPO — Master Gift Import (BIMBA TOYS)

(Asunto T-129/22)

(2022/C 171/60)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Simba Toys GmbH & Co. KG (Fürth, Alemania) (representante: O. Ruhl, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Master Gift Import, SLU (Ronda, Málaga)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Solicitud de la marca figurativa de la Unión «BIMBA TOYS» — Solicitud de registro n.o 17846486

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 20 de diciembre de 2021 en el asunto R 629/2021-4

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivos invocados

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b) del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 8, apartado 4, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/44


Recurso interpuesto el 7 de marzo de 2022 — Biologische Heilmittel Heel/EUIPO — Esi (TRAUMGEL)

(Asunto T-130/22)

(2022/C 171/61)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Biologische Heilmittel Heel GmbH (Baden-Baden, Alemania) (representante: J. Künzel, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Esi Srl (Albisola Superiore, Italia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión TRAUMGEL — Solicitud de registro n.o 16289712

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 20 de diciembre de 2021 en el asunto R 813/2021-4

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule al punto 3 del fallo de la resolución impugnada de la Cuarta Sala de Recurso de 20 de diciembre de 2021 en el asunto R 813/2021-4.

Modifique al punto 1 del fallo de la resolución impugnada de la Cuarta Sala de Recurso de 20 de diciembre de 2021 en el asunto R 813/2021-4.

Anule la resolución de la División de Oposición de 6 de abril de 2021 en relación con los productos no mencionados en el punto 1 del fallo, en cuanto se desestimó la oposición respecto de los productos de la clase 3.

Condene en costas a la otra parte en el procedimiento ante la EUIPO.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/45


Recurso interpuesto el 10 de marzo de 2022 — Katjes Fassin/EUIPO (THE FUTURE IS PLANT-BASED)

(Asunto T-133/22)

(2022/C 171/62)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Katjes Fassin GmbH & Co. KG (Emmerich am Rhein, Alemania) (representantes: T. Schmitz y S. Stolzenburg-Wiemer, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «THE FUTURE IS PLANT-BASED» — Solicitud de registro n.o 18310582

Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 21 de diciembre de 2021 en el asunto R 1023/2021-5

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivo invocado

Infracción del artículo 7, apartado 1, letra b), en relación con el artículo 7, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


25.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/46


Auto del Tribunal General de 23 de febrero de 2022 — OG/BEI

(Asunto T-695/20) (1)

(2022/C 171/63)

Lengua de procedimiento: francés

El Presidente de la Sala Octava ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 35 de 1.2.2021.