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ISABEL II: EL ESTADO LIBERAL
I.- MINORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1833 – 1843) 1.-  Regencia de Mª Cristina de Borbón (1833 – 1840) 2.-  Regencia del General Espartero (1840 – 1843) II.- MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II.(1843 –1868) 1.-  Década Moderada (1843 – 1853) 2.-  Bienio Progresista (1854 – 1856) 3.-  Alternancia entre Moderados y  la Unión Liberal  (1856 – 1868)
El reinado de  Isabel II   (1833-1868) significa, desde el punto de vista político, el período de  construcción definitiva e irreversible del sistema liberal en España Una serie de  cambios políticos  permitieron la  evolución desde un absolutismo que admitía ya matices reformistas hacia un liberalismo muy conservador. Desde un absolutismo que admitía ya matices reformistas EVOLUCIÓN Hasta un liberalismo muy conservador Estatuto Real 1834 Constitución 1845 Constitución 1837
Anteriormente ya hubo varios intentos de cambio, (el tránsito desde el Antiguo al Nuevo Régimen es un proceso largo con interrupciones y sobresaltos, como ocurrió en el reinado de Fernando VII.  Ahora ese proceso se precipita, se acelera y, por fin, se resuelve en la  creación del Estado liberal . Todo ello después de una sangrienta guerra civil ( guerra carlista ) que, además de las secuelas propias de un conflicto de esas características, fortaleció la tendencia a la participación de los militares en política ( Parlamentarismo pretoriano ).
Establecía la preferencia masculina en la  Sucesión al trono Según las condiciones de la nueva ley,  las mujeres sólo podrían heredar el trono de no haber herederos varones en la línea principal (hijos) o lateral (hermanos y sobrinos).  LEY SÁLICA Establecida por Felipe V  En 1789,  Carlos IV  derogó la Ley Sálica mediante una  “Pragmática Sanción ” que no llegó a publicarse En 1830 Fernando VII publica la Pragmática Sanción con lo que asegura la sucesión de su hija. En 1832 el rey cae enfermo y se forma un complot para la derogación de la Pragmática. El rey recuperado vuelve a imponer la Pragmática Sanción El pleito dinástico y la guerra civil
Fernando VII se había casado tres veces antes de 1829 y no había tenido descendencia Mª Antonia de Nápoles, primera esposa de Fernando VII Isabel de Braganza, segunda esposa de Fernando VII María Josefa Amalia de Sajonia, tercera esposa de Fernando VII En 1829, se casa con su prima  María Cristina de Borbón y Borbón  Dos Sicilias Pronto  se anuncia que María Cristina está embarazada.  En Abril, 1930, se publica la Pragmática Sanción que deroga la Ley Sálica. En Agosto de 1830 nace Isabel De esa manera, al nacer la futura Isabel II, se convirtió en legítima heredera al trono, desposeyendo de ese derecho al  infante D. Carlos María Isidro , al que, hasta ese momento, todos habían considerado heredero
La negativa de D. Carlos a reconocer a su sobrina le llevó al exilio a Portugal.  Cuando, en Septiembre de 1833 muere Fernando VII, el infante reclamó su derecho al trono y en muchos lugares se produjeron levantamientos armados en su favor, iniciándose un largo y cruel conflicto civil de 7 años. La I Guerra Carlista (1833-1839)
Este pleito sucesorio, en realidad, ocultaba un conflicto de carácter ideológico-político que dividía a la sociedad española en dos sectores con intereses contrapuestos Carlistas Apoyos Espacio geográfico Ideología Pequeña nobleza terrateniente pequeños agricultores de los territorios forales vasco navarros Bajo clero rural Navarra Las tres provincias vascas   La zona del Maestrazgo las capitales: Bilbao, Pamplona, Vitoria y San Sebastián; nunca llegaron a controlarlas Absolutismo regio Integrismo religioso Mantenimiento de los fueros  y  tradicionalismo
Isabelinos Apoyos Espacio   geográfico Ideología Propietarios acomodados y grandes terratenientes Industriales y hombres de negocios Las ciudades y la mayor parte de España Intelectuales Alto clero Profesionales   libres Oficiales del ejército Mayor parte de la nobleza Excepto las zonas ocupadas por los carlistas Zonas forales, Cataluña,  el Maestrazgo, y núcleos del Levante y Castilla Monarquía constitucional Soberanía nacional Libertades públicas Separación de poderes, Igualdad ante la ley e Ideales propios de la ilustración A nivel económico Liberalización  de los bienes  de la nobleza Desamortización de los bienes  de la Iglesia Defensa de la  industria nacional
 
 
Los liberales progresistas, antiguos  exaltados , mantendrán hasta 1868 el siguiente ideario: Limitación del poder de la Corona Ampliación del sistema de libertades Partidarios de reformas radicales como la desamortización de los bienes eclesiásticos y de los ayuntamientos Ampliación del cuerpo electoral. Defienden un voto censitario más amplio Elección popular de alcaldes y concejales en los ayuntamientos Liberalismo económico y reducción de la protección arancelaria Constitución de un cuerpo armado, la Milicia Nacional, como garante de las libertades Los progresistas tenían su apoyo social en las clases medias urbanas: artesanos, tenderos, empleados... La mejor concreción de su programa fue la Constitución de 1837.
Los liberales moderados, antiguos  doceañistas  en el Trienio, plantearon un programa mucho más conservador: Orden y autoridad fuerte: fortalecimiento del poder del rey y restricción de las libertades. Rechazo de las reformas que cuestionen sus propiedades. Ven el exceso de libertad para las clases populares como un peligro. Pero, tras las desamortizaciones hechas por los progresistas, no trataron de devolver al clero o a los ayuntamientos sus propiedades Sufragio censitario muy restringido Designación de los ayuntamientos por el gobierno central. Supresión de la Milicia Nacional Su apoyo social residía en las clases altas del país: terratenientes, grandes industriales, burguesía financiera y comercial.  Este programa se concretó en la Constitución de 1845 Los partidos políticos eran una agrupación de personalidades alrededor de algún notable - civil o militar- y no tenían un programa elaborado, sino que constituían corrientes de opinión o “camarillas” y estaban vinculados por intereses económicos o relaciones personales
La Guerra carlista  provoca una aceleración del proceso de cambio, pues la Monarquía necesita  aumentar su base social de apoyo    absolutistas moderados y liberales moderados.   De ahí parte la  Reforma del Estado Absolutista hacia un Estado Liberal . O sea, adecuar el Estado a las exigencias liberales. Resultado:  Estatuto de 1834   Así se comienza la  transición  política entre el absolutismo y el liberalismo (1833-35). Protagonistas : monárquicos reformistas ( Cea Bermúdez ) y liberales moderados del Trienio ( Martínez de la Rosa ). Significado :  Pacto entre el “antiguo” Estado y los principios liberales , entre la mayor parte de la gran nobleza y los propietarios, comerciantes e industriales ricos, altos cargos del ejército y la administración. Cea Bermúdez
EL AFIANZAMIENTO DEL LIBERALISMO EN LAS POSTRIMERÍAS DEL ANTIGUO RÉGIMEN: La transición hacia el liberalismo se acelera a partir de 1830: Necesidad de la Monarquía de apoyarse en los liberales frente a amenaza carlista     Medidas aperturistas  a favor de los liberales: Amnistía total (1834, tras una parcial en 1832) Concesión del Gobierno a los liberales moderados  (Martínez de la Rosa, enero 1834). Seguirán el Conde de Toreno, Mendizábal e Istúriz.  Promulgación del Estatuto Real   (abril 1834-agosto 1836)      agosto 1836-junio 1837  =  restablecimiento Constitución de 1812      junio 1837  =  Constitución de 1837  (transacción) Las Regencias  (1833-43) María Cristina (1833-1840) 1ª etapa: moderada (1833-1836)
EL ESTATUTO REAL (abril 1834-agosto 1836) Consolidación del Estado Liberal mediante  transformación no  revolucionaria  (Gobierno Martínez de la Rosa, enero 1834):  Pacto entre burguesía liberal y clases dominantes del Antiguo Régimen Estatuto Real  = Carta Otorgada: -No hay soberanía nacional -Cortes  meramente consultivas, sólo podía elevar peticiones al rey, teniendo éste la última palabra en cualquier cuestión legislativa. Estamento de Próceres   (no electivos)   Estamento de Procuradores   (miembros electivos por sufragio censitario muy restrictivo: unas 16.000 personas, el 0,15%. ) -Concentración de poder en manos de la Monarquía Martínez de la Rosa Además: división territorial en provincias; definitiva eliminación de gremios y libertad de industria y de comercio; fuerte limitación de la libertad de prensa.
Javier de Burgos, ministro de Fomento
Mas que una Constitución  es un reglamento de Cortes Estatuto Real 1834 CARTA OTORGADA CORTES  BICAMERALES CORONA:  PODER CASI ABSOLUTO ESTAMENTO DE PRÓCERES ESTAMENTO DE  PROCURADORES Constituida por los  Grandes de España  y otros designados  de forma vitalicia  por el monarca Elegida mediante un  sufragio censitario muy restringido.  Varones de  más de treinta años  que poseyeran una renta  superior a doce mil  reales anuales  tenían derecho de voto.
MODERADOS Partidarios del  -orden y la autoridad,  -fortalecimiento del  poder de la monarquía,  -sufragio restringidísimo,  -proteccionismo económico,  -la supresión de la Milicia Nacional,  -nombramiento real de alcaldes y concejales.  Martínez de la Rosa, Narváez, Bravo Murillo y Alejandro Mon .  PROGRESISTAS Partidarios de  -reformas más profundas y radicales,  -la limitación del poder de la monarquía,  -liberalismo  económico,  -ampliación del cuerpo electoral dentro de los principios del sufragio censitario,  -elección popular de  ayuntamientos  -mantenimiento de la milicia nacional.  Espartero, Mendizábal, Madoz y Prim .
Estas reformas  satisfacían  a los  liberales más moderados , pero eran  insuficientes  para los  liberales radicales  que esperaban una  Constitución y una  profundización de las reformas . Las protestas no se harían esperar y en el verano de 1835 se produjo un levantamiento con el apoyo de las “milicias urbanas”; la Regente tuvo que llamar al Gobierno, primero a  Mendizábal , y después a  Calatrava , liberales progresistas. Durante 1835 y 1836, se produce un gran descontento popular con motines y sublevaciones en distintos puntos de España, que incluyeron ataques a conventos y matanzas de frailes Mendizábal
DE LA REVOLUCIÓN PROGRESISTA AL TRIENIO ESPARTERISTA Configuración de las dos tendencias del liberalismo: moderados y progresistas Revueltas populares en el verano de 1835   caída de los moderados   septiembre, gobierno progresista, con  Mendizábal  de Presidente. Su cese, en agosto de 1836, provoca  El pronunciamiento militar de La Granja     exigencia del restablecimiento de la Pepa. Actividad conspirativa de los progresistas    Motín de la Granja  (agosto 1836):  Subida al poder de los progresistas    Fin del régimen del Estatuto Real   Reinstauración de la Constitución de 1812 2ª etapa: progresista. (agosto 1836-octubre 1840) Un grupo de sargentos se sublevaron en la Granja de San Ildefonso, entraron en el Palacio Real y forzaron a la regente a suspender el Estatuto, restablecer la Constitución de 1812 y nombrar un gobierno de liberales progresistas.
Las Cortes recuperan la capacidad legislativa, pero compartida con la Corona (Soberanía Compartida) Derecho de veto de la Corona  Ampliación del derecho al voto, pero manteniendo el sufragio censitario Sistema bicameral (Senado, cámara dominada por la Corona; Cortes, elegida por electorado) Democratización de la política municipal La tarea de los progresistas se centró en la elaboración de una   nueva Constitución (1837),   y en aplicar el   programa de libertades en la economía y en el campo   con una reforma agraria sin vuelta atrás. A) Necesidad de una nueva constitución mejor adaptada a las nuevas circunstancias políticas     Constitución de 1837 :   Transacción política entre progresistas y moderados :
La ruptura liberal (1836-40) Protagonistas :  liberales progresistas .  Consecuencia :  Ruptura definitiva del Antiguo Régimen  a pesar de las resistencias de la regente: el  “motín de los sargentos en la Granja”  (1836) obligó a Mª Cristina a firmar la Constitución de 1812 y provocó el desmantelamiento real del Antiguo Régimen. Los progresistas en el gobierno (y dado que la Constitución de 1812 era inaceptable para los liberales moderados) inician un  proceso de reforma  de la Constitución de Cádiz, buscando el  compromiso  con los moderados mediante una serie de concesiones. El resultado es la  Constitución de 1837 . El nuevo texto constitucional de 1837 pretendía dar cabida al mayor número de tendencias liberales. Dicho texto rompía con el absolutismo, pero también con el liberalismo del 12
 
¿En qué aspectos la constitución del 37 rompía con el absolutismo, pero también con el liberalismo del 12?  al reforzar el poder de la Corona  (en la práctica había  soberanía compartida , se concedía al Rey  iniciativa legislativa, el derecho de veto absoluto, designación de senadores y la posibilidad de disolución de las Cortes y nombramiento/destitución de ministros ),  al establecer Cortes bicamerales  y un sufragio censitario directo (2% de la población).
Sin embargo, a la vez, presentaba   principios progresistas: declaración de derechos,  ya no era confesional, se afirmaba la libertad religiosa,  convocatoria automática de las Cortes si el rey no lo hacía,  libertad de imprenta,  afirmación de la soberanía nacional,  reforzamiento de la Milicia Nacional,  principio de “doble confianza”para que las Cortes pudieran controlar al Gobierno).
Fuera de la Constitución, que no determinaba el tipo de sufragio, se aprobó una ley electoral que estableció el  voto censitario masculino .   Tenían derecho de voto: -Los mayores contribuyentes (cuota impositiva mínima directa)  -Varones de determinado nivel intelectual: miembros de las Reales Academias, profesores de la enseñanza pública, doctores, licenciados, curas párrocos  (“capacidades”)  -En total unos  240.000 varones  de más de 25 años (2% de la población…) aún así, el fraude electoral era la norma  Ley electoral de los moderados, 1838: sufragio censitario muy restringido
Constitución de 1837 Aspectos Progresistas La Soberanía nacional La Declaración de Derechos del ciudadano La división  de poderes La aconfesionalidad del Estado Aspectos conservadores La introducción de la segunda cámara, el Senado, conservadora La amplia concesión de poderes a la Corona Un sistema electoral muy restringido
La tarea de los progresistas se centró en la elaboración de una   nueva Constitución (1837),   y en aplicar el   programa de libertades en la economía y en el campo   con una reforma agraria sin vuelta atrás. Leyes para implantar la libertad económica: -libertad de explotación agraria, industria y comercio (abolición de los gremios) -abolición de los diezmos eclesiásticos -eliminación de las aduanas interiores.
b) La reforma agraria liberal : Abolición (definitiva) de los señoríos (ley de 26 agosto de 1837). -Los señores feudales se convirtieron en propietarios capitalistas de las tierras, perdiendo las atribuciones judiciales en favor del Estado, pero conservan los trabajadores, los cuales  pierden su condición de vasallos y se convierten en simples arrendatarios o jornaleros, sujetos a la presión laboral del mercado capitalista. -Supresión de los mayorazgos y de la vinculación de la tierra: Otorga a los propietarios la posibilidad de vender sus tierras, antes vinculadas, al mejor postor.  Permitió la salida al mercado de ingentes extensiones de tierra.
Desamortización:  Transformación de la propiedad institucional en propiedad  privada .  La propiedad nobiliaria y eclesiástica, los bienes de propios y de comunes dejan de estar vinculados a instituciones y pasan a ser propiedad privada. ANTECEDENTES: 1798. Godoy y Carlos IV 1811. Cortes de Cádiz  1820. Trienio Liberal. c) Desamortización eclesiástica de Mendizábal (1837) (vid. Más tarde, ahora, un breve adelanto)
Primera Guerra Carlista (1833-1840)
Gobiernos moderados (1837-1840)  Los moderados ganan las elecciones de 1837: -Intentan desvirtuar las reformas progresistas.  -Diversos pronunciamientos militares progresistas consiguen que la regente dimita y le sustituya el general Espartero.
La regencia de Espartero (1840-43) Orígenes : El intento involucionista moderado, que habían accedido al poder tras las elecciones  de septiembre del 1937  (nueva ley de ayuntamientos menos participativa, nueva ley de imprenta, restablecimiento del diezmo)  provocó una insurrección popular progresista, apoyada en los ayuntamientos y la Milicia Nacional, lo que forzó a Mª Cristina a renunciar y a marchar fuera del país.  Como nuevo  Regente: el  General Baldomero Espartero  (1840-1843). Las Regencias  (1833-43) Ídolo militar y político del progresismo español, héroe de la 1ª Guerra Carlista se convierte en Regente de España. Un gran militar, pero un mal político. Su forma de gobernar, personalista y dictatorial, le hizo perder pronto los iniciales apoyos, incluso de su propio partido.
La firma de un acuerdo librecambista con Inglaterra generó el descontento en la industria textil catalana y provocó grandes protestas en Barcelona que fueron duramente reprimidas. El bombardeo de la ciudad en 1842 hizo que Espartero perdiera todo su popularidad.  En 1843, tras el conflicto de Barcelona, una sublevación militar  moderada (pero apoyada por muchos progresistas)  le hizo perder la regencia.
Para salir del  impasse  político en el que se hallaba el país, las Cortes decidieron adelantar la mayoría de edad de Isabel II (tenía trece años). Baldomero Espartero (1841-1843) Mª Cristina de Nápoles (1833-1840) Así acaba el periodo de las  Regencias  durante la minoría de edad de  Isabel II.  Se abre ahora el período de su reinado efectivo, que llega hasta su expulsión, con la Revolución del 1868
Década Moderada (1844-54) Mayo de 1844, el  General Narváez , la gran figura de los moderados, forma gobierno.  Constitución de 1845 1844.-Creación de la Guardia Civil ,  Policía rural  para la defensa de la ley y el orden. 1945.- Reforma de la Hacienda : la ley  Mon-Santillán  simplificó, racionalizó y modernizó los impuestos de acuerdo a los  principios de igualdad y proporcionalidad ,  distinguiendo entre  impuestos directos  (contribución sobre bienes inmuebles, tierras, ganados y el subsidio industrial y comercial) e   indirectos  (“consumos” sobre la harina, carnes, bebidas alcohólicas, aceite o jabón;…). A pesar del aumento de los ingresos, el déficit fue crónico y hubo de recurrirse a la deuda. LA OBRA DEL RÉGIMEN MODERADO
CENTRALIZACIÓN Y UNIFORMIZACIÓN ADMINISTRATIVA  Control de la administración local y provincial   (nombramiento de  gobernadores civiles,  principales representantes del poder central en las provincias y garantes del “triunfo electoral”, y  alcaldes ). Unificación administrativa, legislativa y fiscal  (sistema de pesos y medidas, instrucción pública por niveles, nuevo Código Penal, regulación de los cuerpos de funcionarios del Estado, reforma de la administración de justicia).
1851.-CONCORDATO CON LA SANTA SEDE  (vigente hasta 1931). Significó la normalización de las relaciones con la Iglesia. Incluye: por parte de Roma, la  aceptación de la venta de los bienes desamortizados, ya realizada y el reconocimiento de la monarquía isabelina .  Por parte del Estado  -restituye a la Iglesia el resto de los escasos bienes desamortizados y no vendidos,  -establece una subvención para el culto y el clero y  -reserva a los religiosos la supervisión de la enseñanza.
Constitución de 1845 Recoge las   ideas básicas del moderantismo:   Rechazo de la soberanía nacional y su sustitución por la soberanía compartida entre el pueblo y la corona Sufragio censitario muy restringido  para el Congreso entre mayores contribuyentes y “ capacidades ” (0,8% de la población)   Amplias competencias para la monarquía  (iniciativa legislativa, convocatoria/disolución de Cortes, derecho de veto, designación vitalicia de Senadores, nombramiento de ministros que sólo responden ante el rey),   recorte de los derechos y libertades individuales (se mantiene el articulado de derechos de la Constitución del 37, pero se remite su regulación a leyes posteriores que, en la práctica fueron enormemente restrictivas),  Religión católica  oficial del Estado y única permitida Supresión de la Milicia Nacional.
TÍTULO III.-DEL SENADO Art. 15. Sólo podrán ser nombrados senadores los españoles que, además de tener  treinta años  cumplidos, pertenezcan a las clases siguientes: Presidentes de alguno de los Cuerpos Legisladores. Senadores o diputados admitidos tres veces en las Cortes. Ministros de la Corona. Consejeros de Estado. Arzobispos. Obispos. Grandes de España. Capitanes generales del Ejército y Armada. Tenientes generales del Ejército y Armada. Embajadores. Ministros plenipotenciarios. Presidentes de Tribunales Supremos. Ministros y Fiscales de los mismos. Los comprendidos en las categorías anteriores deberán además disfrutar  30.000 reales de renta , procedentes de bienes propios o de sueldos de los empleos que no pueden perderse sino por causa legalmente probada, o de jubilación, retiro o cesantía. Títulos de Castilla  que disfruten  60.000 reales de renta . Los que paguen con un año de antelación  8.000 reales de contribuciones directas   y  hayan sido senadores o diputados a Cortes, o diputados provinciales, o alcaldes en pueblos de 30.000 almas, o presidentes de Juntas o Tribunales de Comercio. Las condiciones necesarias para ser nombrado Senador podrán variarse por una ley.
TÍTULO IV.- DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Art. 20. El Congreso de los Diputados se compondrá de los que nombren las Juntas electorales en la forma que determine la ley. Se nombrará un Diputado a lo menos por cada cincuenta mil almas de población.  Art. 21. Los diputados se elegirán por el método directo, y podrán ser reelegidos indefinidamente.  Art. 22. Para ser Diputado se requiere  ser español, del estado seglar, haber cumplido veinticinco años, disfrutar la renta procedente de bienes raíces, o pagar por contribuciones directas la cantidad que la ley electoral exija  y tener las demás circunstancias que en la misma ley se prefijen.
MATRIMONIO de Isabel II. SEGUNDA GUERRA CARLISTA (1846-1849), se desarrolla en Cataluña  Oleada de levantamientos, manifestaciones y protestas debidas a la CRISIS ECONÓMICA (1848), duramente reprimidas por Narváez. OPOSICIÓN DE LOS PROGRESISTAS. Su radicalización daría lugar a la creación del partido Demócrata. DIVERGENCIAS ENTRE LOS MODERADOS. Escisión del grupo más a la izquierda que formará el partido de “la Unión Liberal” junto con los progresistas más moderados.   PRINCIPALES ELEMENTOS DE CONFLICTO DE LA DÉCADA MODERADA
UNIÓN LIBERAL: 1854 como una escisión del moderantismo. Agrupa a los más conservadores del progresismo y los más progresistas de los moderados, una opción de centro, pero ideológicamente no presenta ninguna novedad.  O’DONNELL   PARTIDO DEMÓCRATA: 1849 como una escisión del progresismo. Partidarios del liberalismo democrático. Defienden el sufragio universal, la ampliación de las libertades públicas, la intervención del Estado en la enseñanza, la asistencia social,  Estado aconfesional, la descentralización administrativa y unos ayuntamientos de elección popular .
Carlos IV (1748-1819) Mª Luisa De Borbón Hija de Felipe de Parma, por lo que son primos Carlos Clemente (1771-74) Mª Luisa (1777-82) Carlota Joaquina (1775-1830) Mª Amalia (1779-98) Juan VI de Portugal Francisco de Asís y Borja Antonio Pascual (su tío) Carlos Eusebio (1780-83) Carlos Francisco (1783-84) Mª Luisa (1782-1824) Felipe Francisco (1783-84) Luis de Borbón-Parma Fernando VII (1784-1833) Carlos Mª Isidro (1788-1855) Mª Teresa (1791-94) Mª Isabel (1789-1848) Felipe Mª (1792-94) Francisco de Paula (1794-1865) Francisco I Dos Sicilias (primo) Luisa Carlota Embarazos: 24 Partos: 14 Hijos adultos: 7 Mª Cristina de las Dos Sicilias  (primos) Mª Antonia de las Dos Sicilias  (primos) (dos abortos) Isabel de Braganza  (sobrina) (aborto y muerte) Mª Josefa de Sajonia  (sin descendencia) Isabel II (1830-1904) primos
Francisco de Asís y Borbón  (1822-1902) se casó en 1847 con su prima hermana Isabel II. Tuvieron doce hijos, aunque  sólo cinco superaron la niñez. La paternidad de estos hijos es discutida dadas las tendencias sexuales de Francisco, al que popularmente le apodaban “Paquita” y a las continuas aventuras amorosas de la reina. Se exilia con la reina pero vuelve a España en el reinado de Alfonso XII mientras su mujer continua en Paris
 
Protagonistas:  Espartero  por los liberales progresistas y  O’Donnell  por el ala izquierda de los moderados. EL BIENIO PROGRESISTA (1854-56).   Origen : pronunciamiento del general O’Donnell en Vicálvaro  y proclamación del  Manifiesto de Manzanares  (redactado por Cánovas del Castillo) que condujo a sucesivos levantamientos populares (Madrid) y formación de juntas revolucionarias. Las  razones  estaban en la  división de los moderados  por la corrupción y autoritarismo ultraconservador existentes y en la  creciente fuerza de los progresistas y demócratas .
Nosotros queremos la conservación del Trono, pero sin la camarilla que lo deshonra,  queremos la práctica rigurosa de las leyes fundamentales mejorándolas, sobre todo, la electoral y la de imprenta  (...), queremos que se respeten en los empleos militares y civiles la antigüedad y el merecimiento (...),  queremos arrancar a los pueblos de la centralización que les devora , dándoles la independencia local necesaria para que se conserven y aumenten sus intereses propios, y como garantía de todo esto queremos y plantearemos bajo sólidas bases  la Milicia Nacional.  Tales son nuestros intentos, que expresamos francamente sin imponerlos por eso a la Nación. Las Juntas de gobierno que deben irse constituyendo en las Provincias libres, las Cortes generales que luego se reúnan, la misma Nación, en fin, fijará las bases definitivas de la regeneración liberal a que aspiramos. Nosotros tenemos consagradas a la voluntad nacional nuestras espadas y no las envainaremos hasta que ella esté cumplida.  Manifiesto de Manzanares
Las demandas expuestas en el Manifiesto giraban en torno a una  reforma del sistema político, pidiendo no sólo respetar la Constitución, sino hacerla también más progresista: -Reforma de la ley electoral  -Libertad de imprenta -Reducción de impuestos -Disminución del grado de centralización, otorgando más poder a las autoridades locales y provinciales. -Restauración de la Milicia Nacional, como garante del cumplimiento de la voluntad general
La reina entrega el poder a los progresistas, con  Espartero  como jefe de gobierno y  O´Donnell  como ministro de guerra. Esta coalición progresista-moderada llevó a cabo un  amplio programa de reformas CONSTITUCIÓN DE 1856 (NONNATA).  Recupera los principios progresistas de la del 37: la libertad de imprenta y religiosa, limitación de los poderes de la Corona. No llegó a estar vigente.   LEY DE DESAMORTIZACIÓN GENERAL (MADOZ, 1855). Afecta a las propiedades rústicas y urbanas pertenecientes al Estado, la Iglesia, propios y baldíos de los Ayuntamientos. Se completa la desamortización iniciada por Mendizábal en 1836. El dinero obtenido se utilizara en la amortización de la Deuda Pública y en la realización de Obras Públicas.
LEY GENERAL DE FERROCARRILES (1855). El ferrocarril era imprescindible para el desarrollo industrial de España, pero el Estado, debido a la penuria económica, optó por la cesión de la construcción del tendido a compañías privadas. La  Ley General de Ferrocarriles  de 1855  liberalizó el sector facilitando la inversión extranjera. LEY DE SOCIEDADES BANCARIAS Y CREDITÍCIAS (1856).
El Bienio Progresista se caracteriza por: - El intento de recuperar los principios del régimen de 1837 , concretado en una nueva desamortización y la Ley General de Ferrocarriles -El clima de conflictividad laboral Los progresistas quedaron encerrados entre dos frentes; por un lado, sus rivales políticos, los moderados; por otro, unas capas populares a las que fueron incapaces de satisfacer en sus reivindicaciones y necesidades -Huelga general de julio de 1855 en Barcelona -Creciente conflictividad social  -Ruptura del progresismo en  Legales  y  Puros -Junio / Julio 1856 ruptura de la coalición de gobierno
 
Origen : La inestabilidad política provocada por el frágil pacto progresistas/moderados renovadores y sus contradicciones, así como la mayor conflictividad obrera y campesina, exigió una vuelta al orden que la reina propició entregando el poder a O’Donnell. Protagonistas : moderados de Narváez y  unionistas de O’Donnell . Liberalismo pragmático que trató de mantener el orden, en una especie de término medio entre inmovilismo y reforma. La Unión Liberal y los moderados (1856-68)
Medidas  -Se restablece la  Constitución del 45  y se anula la legislación más progresista del Bienio.  -Política exterior  intervencionista,  con el fin de aglutinar a la población en torno a un sentimiento patriótico y prestigiar al régimen -La crisis de  1863  dio lugar a un cambio de gobierno, accediendo los moderados (Narváez) y ejerciéndolo de manera autoritaria, lo que provocó el rechazo de la población.
Intervencionismo exterior:  -guerra de Marruecos (1859-1860),  -intento fallido de recuperar Santo Domingo,  -expedición a México,  -intervención en la Conchinchina,  -guerra contra Perú y Chile...  Juan PRIM Marruecos: ataques a Ceuta y Melilla. En 1859 se declara la guerra que termina con la victoria española de los Castillejos y la paz de Wad-Ras, con la que se ocupó Tetuán, convirtiendo a Prim en un mito.
Crisis final del liberalismo moderado (1863-1868) Se suceden varios gobiernos con una tendencia cada vez más conservadora y dictatorial e incapaces de hacer frente a las crisis económicas y políticas que determinaron las condiciones que propiciaron la Revolución de 1868. Un ejemplo fue la  noche de San Daniel  o Noche del Matadero  (10 de abril de 1865) en la que la Guardia Civil, unidades de Infantería y de Caballería del Ejército español reprimieron de forma sangrienta a los estudiantes de la Universidad Central de Madrid que realizaban una serenata en la Puerta del Sol en apoyo al Rector de la misma, Juan Manuel Montalbán, que había sido cesado en su puesto tres días antes por orden gubernamental por no haber destituido a varios catedráticos (entre ellos Emilio Castelar y Nicolás Salmerón) por sus posiciones contrarias a la doctrina educativa e ideológica oficial establecida por el gobierno de Ramón María Narváez.
Los progresistas, dirigidos por Juan Prim, intentan varios pronunciamientos, lo que llevó a  O'Donnell a reforzar el autoritarismo, (sucesos sangrientos como la sublevación del  Cuartel de San Gil) .  -Agosto de  1866,  la oposición al sistema unificó sus acciones frente al moderantismo. Es el  Pacto de Ostende , firmado en dicha ciudad por progresistas y demócratas exiliados, en el que se establecían las mínimas bases revolucionarias.  -Noviembre de 1868 se adhiere al pacto la Unión Liberal, liderada, tras la muerte de  O´Donnell  en 1867,  por el general  Serrano .  -Junio de  1867  se firma el  Pacto de Bruselas  que completa el Pacto de Ostende: Progresitas, demócratas y unionistas se comprometen a una acción común para derrocar la monarquía borbónica. PACTO  DE  OSTENDE
Causas de la revolución Crisis económica de 1866 :  -Quiebra de numerosos bancos y empresas (de 21 bancos, cerraron 6) -Crisis agraria debida a la sequía y las malas cosechas. A su vez provoca carestía y hambre entre la población. -El endeudamiento del Estado obligó a aumentar la presión fiscal sobre el pueblo. Deterioro político y crisis del sistema isabelino : -Caos político: gobiernos en manos de los moderados, acusados de corrupción, despotismo e inmoralidad. Fueron incapaces de solucionar los problemas de España y aceptar una alternancia en el poder con los progresistas. -Impopularidad de la reina Isabel al rodearse en la Corte de personajes pintorescos (su confesor el padre Claret, sor Patrocinio  -monja milagrera con llagas o estigmas– y de amigos del rey consorte Francisco de Asis.
Quiebra de numerosos bancos y empresas, como consecuencia de la ruina de las empresas ferroviarias De los textiles catalanes por la subida de precio del algodón (Guerra de Secesión Americana) Provocada por la sequía y las malas cosechas y que trajo carestía y hambrunas   PROFUNDA CRISIS ECONÓMICA Financiera Industrial Agraria
 
CAMBIOS FUNDAMENTALES OPERADOS DURANTE EL REINADO DE ISABEL II En el sistema político:  La Corona .  Monarquía constitucional -La corona deja de ser una monarquía absoluta, con poderes ilimitados y de origen divino, y se transforma en una monarquía cuyos poderes quedaban limitados por una Constitución. -De la soberanía absoluta se pasa a una soberanía nacional (1837) o compartida con las Cortes (1845) PERO AÚN TIENE MUCHO PODER.  La Constitución de 1837 (progresista) y la Constitución de 1845 (moderada) otorgan al monarca amplios poderes ejecutivos y participación en el legislativo.
Intervención en la vida política : haciendo uso y abuso de las atribuciones ejecutivas y legislativas concedidas en las constituciones: - Uso del poder ejecutivo : el gobierno era nombrado por la Corona - La facultad ilimitada de nombrar y deponer ministros  hizo que muchos gobiernos no recibiesen la aprobación del Parlamento -La Corona  optó únicamente por los liberales moderados , y excluyó a los progresistas. -La reina  ejerció como un político más  (papel que pagó en 1868 con el exilio, igual que le sucedería a su nieto Alfonso XIII en 1931). Participación en el poder legislativo . La Corona dispone de:  -la facultad  ilimitada para convocar, suspender y disolver las Cortes -capacidad  legislativa,  conjunta con las Cortes - veto  suspensivo de leyes
Los partidos políticos modernos. Partido político:  agrupación de personalidades alrededor de algún notable  (civil o militar). No tenían programa político escrito. Eran corrientes de opinión vinculadas por intereses personales o económicos. Los partidos políticos son la expresión natural de los intereses de los grupos heterogéneos de una formación social, que luchan por acceder al ejercicio del poder Partidos del sistema  político isabelino: -liberales moderados -liberales progresistas Partidos políticos fuera del sistema : democráticos : 1) liberales demócratas  2) republicanos  3) socialistas y  anarquistas. absolutistas o carlistas
Republicanos .-Incipientes durante el reinado de Isabel II. Su importancia política se desarrolla durante el Sexenio Democrático. Movimiento obrero : socialistas y anarquistas. Incipientes.  Se organizarán y crecerán en el último tercio del siglo XIX.

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4. isabel ii

  • 1. ISABEL II: EL ESTADO LIBERAL
  • 2. I.- MINORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1833 – 1843) 1.- Regencia de Mª Cristina de Borbón (1833 – 1840) 2.- Regencia del General Espartero (1840 – 1843) II.- MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II.(1843 –1868) 1.- Década Moderada (1843 – 1853) 2.- Bienio Progresista (1854 – 1856) 3.- Alternancia entre Moderados y la Unión Liberal (1856 – 1868)
  • 3. El reinado de Isabel II (1833-1868) significa, desde el punto de vista político, el período de construcción definitiva e irreversible del sistema liberal en España Una serie de cambios políticos permitieron la evolución desde un absolutismo que admitía ya matices reformistas hacia un liberalismo muy conservador. Desde un absolutismo que admitía ya matices reformistas EVOLUCIÓN Hasta un liberalismo muy conservador Estatuto Real 1834 Constitución 1845 Constitución 1837
  • 4. Anteriormente ya hubo varios intentos de cambio, (el tránsito desde el Antiguo al Nuevo Régimen es un proceso largo con interrupciones y sobresaltos, como ocurrió en el reinado de Fernando VII. Ahora ese proceso se precipita, se acelera y, por fin, se resuelve en la creación del Estado liberal . Todo ello después de una sangrienta guerra civil ( guerra carlista ) que, además de las secuelas propias de un conflicto de esas características, fortaleció la tendencia a la participación de los militares en política ( Parlamentarismo pretoriano ).
  • 5. Establecía la preferencia masculina en la Sucesión al trono Según las condiciones de la nueva ley, las mujeres sólo podrían heredar el trono de no haber herederos varones en la línea principal (hijos) o lateral (hermanos y sobrinos). LEY SÁLICA Establecida por Felipe V En 1789, Carlos IV derogó la Ley Sálica mediante una “Pragmática Sanción ” que no llegó a publicarse En 1830 Fernando VII publica la Pragmática Sanción con lo que asegura la sucesión de su hija. En 1832 el rey cae enfermo y se forma un complot para la derogación de la Pragmática. El rey recuperado vuelve a imponer la Pragmática Sanción El pleito dinástico y la guerra civil
  • 6. Fernando VII se había casado tres veces antes de 1829 y no había tenido descendencia Mª Antonia de Nápoles, primera esposa de Fernando VII Isabel de Braganza, segunda esposa de Fernando VII María Josefa Amalia de Sajonia, tercera esposa de Fernando VII En 1829, se casa con su prima María Cristina de Borbón y Borbón Dos Sicilias Pronto se anuncia que María Cristina está embarazada. En Abril, 1930, se publica la Pragmática Sanción que deroga la Ley Sálica. En Agosto de 1830 nace Isabel De esa manera, al nacer la futura Isabel II, se convirtió en legítima heredera al trono, desposeyendo de ese derecho al infante D. Carlos María Isidro , al que, hasta ese momento, todos habían considerado heredero
  • 7. La negativa de D. Carlos a reconocer a su sobrina le llevó al exilio a Portugal. Cuando, en Septiembre de 1833 muere Fernando VII, el infante reclamó su derecho al trono y en muchos lugares se produjeron levantamientos armados en su favor, iniciándose un largo y cruel conflicto civil de 7 años. La I Guerra Carlista (1833-1839)
  • 8. Este pleito sucesorio, en realidad, ocultaba un conflicto de carácter ideológico-político que dividía a la sociedad española en dos sectores con intereses contrapuestos Carlistas Apoyos Espacio geográfico Ideología Pequeña nobleza terrateniente pequeños agricultores de los territorios forales vasco navarros Bajo clero rural Navarra Las tres provincias vascas La zona del Maestrazgo las capitales: Bilbao, Pamplona, Vitoria y San Sebastián; nunca llegaron a controlarlas Absolutismo regio Integrismo religioso Mantenimiento de los fueros y tradicionalismo
  • 9. Isabelinos Apoyos Espacio geográfico Ideología Propietarios acomodados y grandes terratenientes Industriales y hombres de negocios Las ciudades y la mayor parte de España Intelectuales Alto clero Profesionales libres Oficiales del ejército Mayor parte de la nobleza Excepto las zonas ocupadas por los carlistas Zonas forales, Cataluña, el Maestrazgo, y núcleos del Levante y Castilla Monarquía constitucional Soberanía nacional Libertades públicas Separación de poderes, Igualdad ante la ley e Ideales propios de la ilustración A nivel económico Liberalización de los bienes de la nobleza Desamortización de los bienes de la Iglesia Defensa de la industria nacional
  • 10.  
  • 11.  
  • 12. Los liberales progresistas, antiguos exaltados , mantendrán hasta 1868 el siguiente ideario: Limitación del poder de la Corona Ampliación del sistema de libertades Partidarios de reformas radicales como la desamortización de los bienes eclesiásticos y de los ayuntamientos Ampliación del cuerpo electoral. Defienden un voto censitario más amplio Elección popular de alcaldes y concejales en los ayuntamientos Liberalismo económico y reducción de la protección arancelaria Constitución de un cuerpo armado, la Milicia Nacional, como garante de las libertades Los progresistas tenían su apoyo social en las clases medias urbanas: artesanos, tenderos, empleados... La mejor concreción de su programa fue la Constitución de 1837.
  • 13. Los liberales moderados, antiguos doceañistas en el Trienio, plantearon un programa mucho más conservador: Orden y autoridad fuerte: fortalecimiento del poder del rey y restricción de las libertades. Rechazo de las reformas que cuestionen sus propiedades. Ven el exceso de libertad para las clases populares como un peligro. Pero, tras las desamortizaciones hechas por los progresistas, no trataron de devolver al clero o a los ayuntamientos sus propiedades Sufragio censitario muy restringido Designación de los ayuntamientos por el gobierno central. Supresión de la Milicia Nacional Su apoyo social residía en las clases altas del país: terratenientes, grandes industriales, burguesía financiera y comercial. Este programa se concretó en la Constitución de 1845 Los partidos políticos eran una agrupación de personalidades alrededor de algún notable - civil o militar- y no tenían un programa elaborado, sino que constituían corrientes de opinión o “camarillas” y estaban vinculados por intereses económicos o relaciones personales
  • 14. La Guerra carlista provoca una aceleración del proceso de cambio, pues la Monarquía necesita aumentar su base social de apoyo  absolutistas moderados y liberales moderados. De ahí parte la Reforma del Estado Absolutista hacia un Estado Liberal . O sea, adecuar el Estado a las exigencias liberales. Resultado: Estatuto de 1834 Así se comienza la transición política entre el absolutismo y el liberalismo (1833-35). Protagonistas : monárquicos reformistas ( Cea Bermúdez ) y liberales moderados del Trienio ( Martínez de la Rosa ). Significado : Pacto entre el “antiguo” Estado y los principios liberales , entre la mayor parte de la gran nobleza y los propietarios, comerciantes e industriales ricos, altos cargos del ejército y la administración. Cea Bermúdez
  • 15. EL AFIANZAMIENTO DEL LIBERALISMO EN LAS POSTRIMERÍAS DEL ANTIGUO RÉGIMEN: La transición hacia el liberalismo se acelera a partir de 1830: Necesidad de la Monarquía de apoyarse en los liberales frente a amenaza carlista  Medidas aperturistas a favor de los liberales: Amnistía total (1834, tras una parcial en 1832) Concesión del Gobierno a los liberales moderados (Martínez de la Rosa, enero 1834). Seguirán el Conde de Toreno, Mendizábal e Istúriz. Promulgación del Estatuto Real (abril 1834-agosto 1836)  agosto 1836-junio 1837 = restablecimiento Constitución de 1812  junio 1837 = Constitución de 1837 (transacción) Las Regencias (1833-43) María Cristina (1833-1840) 1ª etapa: moderada (1833-1836)
  • 16. EL ESTATUTO REAL (abril 1834-agosto 1836) Consolidación del Estado Liberal mediante transformación no revolucionaria (Gobierno Martínez de la Rosa, enero 1834): Pacto entre burguesía liberal y clases dominantes del Antiguo Régimen Estatuto Real = Carta Otorgada: -No hay soberanía nacional -Cortes meramente consultivas, sólo podía elevar peticiones al rey, teniendo éste la última palabra en cualquier cuestión legislativa. Estamento de Próceres (no electivos) Estamento de Procuradores (miembros electivos por sufragio censitario muy restrictivo: unas 16.000 personas, el 0,15%. ) -Concentración de poder en manos de la Monarquía Martínez de la Rosa Además: división territorial en provincias; definitiva eliminación de gremios y libertad de industria y de comercio; fuerte limitación de la libertad de prensa.
  • 17. Javier de Burgos, ministro de Fomento
  • 18. Mas que una Constitución es un reglamento de Cortes Estatuto Real 1834 CARTA OTORGADA CORTES BICAMERALES CORONA: PODER CASI ABSOLUTO ESTAMENTO DE PRÓCERES ESTAMENTO DE PROCURADORES Constituida por los Grandes de España y otros designados de forma vitalicia por el monarca Elegida mediante un sufragio censitario muy restringido. Varones de más de treinta años que poseyeran una renta superior a doce mil reales anuales tenían derecho de voto.
  • 19. MODERADOS Partidarios del -orden y la autoridad, -fortalecimiento del poder de la monarquía, -sufragio restringidísimo, -proteccionismo económico, -la supresión de la Milicia Nacional, -nombramiento real de alcaldes y concejales. Martínez de la Rosa, Narváez, Bravo Murillo y Alejandro Mon . PROGRESISTAS Partidarios de -reformas más profundas y radicales, -la limitación del poder de la monarquía, -liberalismo económico, -ampliación del cuerpo electoral dentro de los principios del sufragio censitario, -elección popular de ayuntamientos -mantenimiento de la milicia nacional. Espartero, Mendizábal, Madoz y Prim .
  • 20. Estas reformas satisfacían a los liberales más moderados , pero eran insuficientes para los liberales radicales que esperaban una Constitución y una profundización de las reformas . Las protestas no se harían esperar y en el verano de 1835 se produjo un levantamiento con el apoyo de las “milicias urbanas”; la Regente tuvo que llamar al Gobierno, primero a Mendizábal , y después a Calatrava , liberales progresistas. Durante 1835 y 1836, se produce un gran descontento popular con motines y sublevaciones en distintos puntos de España, que incluyeron ataques a conventos y matanzas de frailes Mendizábal
  • 21. DE LA REVOLUCIÓN PROGRESISTA AL TRIENIO ESPARTERISTA Configuración de las dos tendencias del liberalismo: moderados y progresistas Revueltas populares en el verano de 1835  caída de los moderados  septiembre, gobierno progresista, con Mendizábal de Presidente. Su cese, en agosto de 1836, provoca El pronunciamiento militar de La Granja  exigencia del restablecimiento de la Pepa. Actividad conspirativa de los progresistas  Motín de la Granja (agosto 1836): Subida al poder de los progresistas  Fin del régimen del Estatuto Real  Reinstauración de la Constitución de 1812 2ª etapa: progresista. (agosto 1836-octubre 1840) Un grupo de sargentos se sublevaron en la Granja de San Ildefonso, entraron en el Palacio Real y forzaron a la regente a suspender el Estatuto, restablecer la Constitución de 1812 y nombrar un gobierno de liberales progresistas.
  • 22. Las Cortes recuperan la capacidad legislativa, pero compartida con la Corona (Soberanía Compartida) Derecho de veto de la Corona Ampliación del derecho al voto, pero manteniendo el sufragio censitario Sistema bicameral (Senado, cámara dominada por la Corona; Cortes, elegida por electorado) Democratización de la política municipal La tarea de los progresistas se centró en la elaboración de una nueva Constitución (1837), y en aplicar el programa de libertades en la economía y en el campo con una reforma agraria sin vuelta atrás. A) Necesidad de una nueva constitución mejor adaptada a las nuevas circunstancias políticas  Constitución de 1837 : Transacción política entre progresistas y moderados :
  • 23. La ruptura liberal (1836-40) Protagonistas : liberales progresistas . Consecuencia : Ruptura definitiva del Antiguo Régimen a pesar de las resistencias de la regente: el “motín de los sargentos en la Granja” (1836) obligó a Mª Cristina a firmar la Constitución de 1812 y provocó el desmantelamiento real del Antiguo Régimen. Los progresistas en el gobierno (y dado que la Constitución de 1812 era inaceptable para los liberales moderados) inician un proceso de reforma de la Constitución de Cádiz, buscando el compromiso con los moderados mediante una serie de concesiones. El resultado es la Constitución de 1837 . El nuevo texto constitucional de 1837 pretendía dar cabida al mayor número de tendencias liberales. Dicho texto rompía con el absolutismo, pero también con el liberalismo del 12
  • 24.  
  • 25. ¿En qué aspectos la constitución del 37 rompía con el absolutismo, pero también con el liberalismo del 12? al reforzar el poder de la Corona (en la práctica había soberanía compartida , se concedía al Rey iniciativa legislativa, el derecho de veto absoluto, designación de senadores y la posibilidad de disolución de las Cortes y nombramiento/destitución de ministros ), al establecer Cortes bicamerales y un sufragio censitario directo (2% de la población).
  • 26. Sin embargo, a la vez, presentaba principios progresistas: declaración de derechos, ya no era confesional, se afirmaba la libertad religiosa, convocatoria automática de las Cortes si el rey no lo hacía, libertad de imprenta, afirmación de la soberanía nacional, reforzamiento de la Milicia Nacional, principio de “doble confianza”para que las Cortes pudieran controlar al Gobierno).
  • 27. Fuera de la Constitución, que no determinaba el tipo de sufragio, se aprobó una ley electoral que estableció el voto censitario masculino . Tenían derecho de voto: -Los mayores contribuyentes (cuota impositiva mínima directa) -Varones de determinado nivel intelectual: miembros de las Reales Academias, profesores de la enseñanza pública, doctores, licenciados, curas párrocos (“capacidades”) -En total unos 240.000 varones de más de 25 años (2% de la población…) aún así, el fraude electoral era la norma Ley electoral de los moderados, 1838: sufragio censitario muy restringido
  • 28. Constitución de 1837 Aspectos Progresistas La Soberanía nacional La Declaración de Derechos del ciudadano La división de poderes La aconfesionalidad del Estado Aspectos conservadores La introducción de la segunda cámara, el Senado, conservadora La amplia concesión de poderes a la Corona Un sistema electoral muy restringido
  • 29. La tarea de los progresistas se centró en la elaboración de una nueva Constitución (1837), y en aplicar el programa de libertades en la economía y en el campo con una reforma agraria sin vuelta atrás. Leyes para implantar la libertad económica: -libertad de explotación agraria, industria y comercio (abolición de los gremios) -abolición de los diezmos eclesiásticos -eliminación de las aduanas interiores.
  • 30. b) La reforma agraria liberal : Abolición (definitiva) de los señoríos (ley de 26 agosto de 1837). -Los señores feudales se convirtieron en propietarios capitalistas de las tierras, perdiendo las atribuciones judiciales en favor del Estado, pero conservan los trabajadores, los cuales pierden su condición de vasallos y se convierten en simples arrendatarios o jornaleros, sujetos a la presión laboral del mercado capitalista. -Supresión de los mayorazgos y de la vinculación de la tierra: Otorga a los propietarios la posibilidad de vender sus tierras, antes vinculadas, al mejor postor. Permitió la salida al mercado de ingentes extensiones de tierra.
  • 31. Desamortización: Transformación de la propiedad institucional en propiedad privada . La propiedad nobiliaria y eclesiástica, los bienes de propios y de comunes dejan de estar vinculados a instituciones y pasan a ser propiedad privada. ANTECEDENTES: 1798. Godoy y Carlos IV 1811. Cortes de Cádiz 1820. Trienio Liberal. c) Desamortización eclesiástica de Mendizábal (1837) (vid. Más tarde, ahora, un breve adelanto)
  • 32. Primera Guerra Carlista (1833-1840)
  • 33. Gobiernos moderados (1837-1840) Los moderados ganan las elecciones de 1837: -Intentan desvirtuar las reformas progresistas. -Diversos pronunciamientos militares progresistas consiguen que la regente dimita y le sustituya el general Espartero.
  • 34. La regencia de Espartero (1840-43) Orígenes : El intento involucionista moderado, que habían accedido al poder tras las elecciones de septiembre del 1937 (nueva ley de ayuntamientos menos participativa, nueva ley de imprenta, restablecimiento del diezmo) provocó una insurrección popular progresista, apoyada en los ayuntamientos y la Milicia Nacional, lo que forzó a Mª Cristina a renunciar y a marchar fuera del país. Como nuevo Regente: el General Baldomero Espartero (1840-1843). Las Regencias (1833-43) Ídolo militar y político del progresismo español, héroe de la 1ª Guerra Carlista se convierte en Regente de España. Un gran militar, pero un mal político. Su forma de gobernar, personalista y dictatorial, le hizo perder pronto los iniciales apoyos, incluso de su propio partido.
  • 35. La firma de un acuerdo librecambista con Inglaterra generó el descontento en la industria textil catalana y provocó grandes protestas en Barcelona que fueron duramente reprimidas. El bombardeo de la ciudad en 1842 hizo que Espartero perdiera todo su popularidad. En 1843, tras el conflicto de Barcelona, una sublevación militar moderada (pero apoyada por muchos progresistas) le hizo perder la regencia.
  • 36. Para salir del impasse político en el que se hallaba el país, las Cortes decidieron adelantar la mayoría de edad de Isabel II (tenía trece años). Baldomero Espartero (1841-1843) Mª Cristina de Nápoles (1833-1840) Así acaba el periodo de las Regencias durante la minoría de edad de Isabel II. Se abre ahora el período de su reinado efectivo, que llega hasta su expulsión, con la Revolución del 1868
  • 37. Década Moderada (1844-54) Mayo de 1844, el General Narváez , la gran figura de los moderados, forma gobierno. Constitución de 1845 1844.-Creación de la Guardia Civil , Policía rural para la defensa de la ley y el orden. 1945.- Reforma de la Hacienda : la ley Mon-Santillán simplificó, racionalizó y modernizó los impuestos de acuerdo a los principios de igualdad y proporcionalidad , distinguiendo entre impuestos directos (contribución sobre bienes inmuebles, tierras, ganados y el subsidio industrial y comercial) e indirectos (“consumos” sobre la harina, carnes, bebidas alcohólicas, aceite o jabón;…). A pesar del aumento de los ingresos, el déficit fue crónico y hubo de recurrirse a la deuda. LA OBRA DEL RÉGIMEN MODERADO
  • 38. CENTRALIZACIÓN Y UNIFORMIZACIÓN ADMINISTRATIVA Control de la administración local y provincial (nombramiento de gobernadores civiles, principales representantes del poder central en las provincias y garantes del “triunfo electoral”, y alcaldes ). Unificación administrativa, legislativa y fiscal (sistema de pesos y medidas, instrucción pública por niveles, nuevo Código Penal, regulación de los cuerpos de funcionarios del Estado, reforma de la administración de justicia).
  • 39. 1851.-CONCORDATO CON LA SANTA SEDE (vigente hasta 1931). Significó la normalización de las relaciones con la Iglesia. Incluye: por parte de Roma, la aceptación de la venta de los bienes desamortizados, ya realizada y el reconocimiento de la monarquía isabelina . Por parte del Estado -restituye a la Iglesia el resto de los escasos bienes desamortizados y no vendidos, -establece una subvención para el culto y el clero y -reserva a los religiosos la supervisión de la enseñanza.
  • 40. Constitución de 1845 Recoge las ideas básicas del moderantismo: Rechazo de la soberanía nacional y su sustitución por la soberanía compartida entre el pueblo y la corona Sufragio censitario muy restringido para el Congreso entre mayores contribuyentes y “ capacidades ” (0,8% de la población) Amplias competencias para la monarquía (iniciativa legislativa, convocatoria/disolución de Cortes, derecho de veto, designación vitalicia de Senadores, nombramiento de ministros que sólo responden ante el rey), recorte de los derechos y libertades individuales (se mantiene el articulado de derechos de la Constitución del 37, pero se remite su regulación a leyes posteriores que, en la práctica fueron enormemente restrictivas), Religión católica oficial del Estado y única permitida Supresión de la Milicia Nacional.
  • 41. TÍTULO III.-DEL SENADO Art. 15. Sólo podrán ser nombrados senadores los españoles que, además de tener treinta años cumplidos, pertenezcan a las clases siguientes: Presidentes de alguno de los Cuerpos Legisladores. Senadores o diputados admitidos tres veces en las Cortes. Ministros de la Corona. Consejeros de Estado. Arzobispos. Obispos. Grandes de España. Capitanes generales del Ejército y Armada. Tenientes generales del Ejército y Armada. Embajadores. Ministros plenipotenciarios. Presidentes de Tribunales Supremos. Ministros y Fiscales de los mismos. Los comprendidos en las categorías anteriores deberán además disfrutar 30.000 reales de renta , procedentes de bienes propios o de sueldos de los empleos que no pueden perderse sino por causa legalmente probada, o de jubilación, retiro o cesantía. Títulos de Castilla que disfruten 60.000 reales de renta . Los que paguen con un año de antelación 8.000 reales de contribuciones directas y hayan sido senadores o diputados a Cortes, o diputados provinciales, o alcaldes en pueblos de 30.000 almas, o presidentes de Juntas o Tribunales de Comercio. Las condiciones necesarias para ser nombrado Senador podrán variarse por una ley.
  • 42. TÍTULO IV.- DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Art. 20. El Congreso de los Diputados se compondrá de los que nombren las Juntas electorales en la forma que determine la ley. Se nombrará un Diputado a lo menos por cada cincuenta mil almas de población. Art. 21. Los diputados se elegirán por el método directo, y podrán ser reelegidos indefinidamente. Art. 22. Para ser Diputado se requiere ser español, del estado seglar, haber cumplido veinticinco años, disfrutar la renta procedente de bienes raíces, o pagar por contribuciones directas la cantidad que la ley electoral exija y tener las demás circunstancias que en la misma ley se prefijen.
  • 43. MATRIMONIO de Isabel II. SEGUNDA GUERRA CARLISTA (1846-1849), se desarrolla en Cataluña Oleada de levantamientos, manifestaciones y protestas debidas a la CRISIS ECONÓMICA (1848), duramente reprimidas por Narváez. OPOSICIÓN DE LOS PROGRESISTAS. Su radicalización daría lugar a la creación del partido Demócrata. DIVERGENCIAS ENTRE LOS MODERADOS. Escisión del grupo más a la izquierda que formará el partido de “la Unión Liberal” junto con los progresistas más moderados. PRINCIPALES ELEMENTOS DE CONFLICTO DE LA DÉCADA MODERADA
  • 44. UNIÓN LIBERAL: 1854 como una escisión del moderantismo. Agrupa a los más conservadores del progresismo y los más progresistas de los moderados, una opción de centro, pero ideológicamente no presenta ninguna novedad. O’DONNELL PARTIDO DEMÓCRATA: 1849 como una escisión del progresismo. Partidarios del liberalismo democrático. Defienden el sufragio universal, la ampliación de las libertades públicas, la intervención del Estado en la enseñanza, la asistencia social, Estado aconfesional, la descentralización administrativa y unos ayuntamientos de elección popular .
  • 45. Carlos IV (1748-1819) Mª Luisa De Borbón Hija de Felipe de Parma, por lo que son primos Carlos Clemente (1771-74) Mª Luisa (1777-82) Carlota Joaquina (1775-1830) Mª Amalia (1779-98) Juan VI de Portugal Francisco de Asís y Borja Antonio Pascual (su tío) Carlos Eusebio (1780-83) Carlos Francisco (1783-84) Mª Luisa (1782-1824) Felipe Francisco (1783-84) Luis de Borbón-Parma Fernando VII (1784-1833) Carlos Mª Isidro (1788-1855) Mª Teresa (1791-94) Mª Isabel (1789-1848) Felipe Mª (1792-94) Francisco de Paula (1794-1865) Francisco I Dos Sicilias (primo) Luisa Carlota Embarazos: 24 Partos: 14 Hijos adultos: 7 Mª Cristina de las Dos Sicilias (primos) Mª Antonia de las Dos Sicilias (primos) (dos abortos) Isabel de Braganza (sobrina) (aborto y muerte) Mª Josefa de Sajonia (sin descendencia) Isabel II (1830-1904) primos
  • 46. Francisco de Asís y Borbón (1822-1902) se casó en 1847 con su prima hermana Isabel II. Tuvieron doce hijos, aunque sólo cinco superaron la niñez. La paternidad de estos hijos es discutida dadas las tendencias sexuales de Francisco, al que popularmente le apodaban “Paquita” y a las continuas aventuras amorosas de la reina. Se exilia con la reina pero vuelve a España en el reinado de Alfonso XII mientras su mujer continua en Paris
  • 47.  
  • 48. Protagonistas: Espartero por los liberales progresistas y O’Donnell por el ala izquierda de los moderados. EL BIENIO PROGRESISTA (1854-56). Origen : pronunciamiento del general O’Donnell en Vicálvaro y proclamación del Manifiesto de Manzanares (redactado por Cánovas del Castillo) que condujo a sucesivos levantamientos populares (Madrid) y formación de juntas revolucionarias. Las razones estaban en la división de los moderados por la corrupción y autoritarismo ultraconservador existentes y en la creciente fuerza de los progresistas y demócratas .
  • 49. Nosotros queremos la conservación del Trono, pero sin la camarilla que lo deshonra, queremos la práctica rigurosa de las leyes fundamentales mejorándolas, sobre todo, la electoral y la de imprenta (...), queremos que se respeten en los empleos militares y civiles la antigüedad y el merecimiento (...), queremos arrancar a los pueblos de la centralización que les devora , dándoles la independencia local necesaria para que se conserven y aumenten sus intereses propios, y como garantía de todo esto queremos y plantearemos bajo sólidas bases la Milicia Nacional. Tales son nuestros intentos, que expresamos francamente sin imponerlos por eso a la Nación. Las Juntas de gobierno que deben irse constituyendo en las Provincias libres, las Cortes generales que luego se reúnan, la misma Nación, en fin, fijará las bases definitivas de la regeneración liberal a que aspiramos. Nosotros tenemos consagradas a la voluntad nacional nuestras espadas y no las envainaremos hasta que ella esté cumplida. Manifiesto de Manzanares
  • 50. Las demandas expuestas en el Manifiesto giraban en torno a una reforma del sistema político, pidiendo no sólo respetar la Constitución, sino hacerla también más progresista: -Reforma de la ley electoral -Libertad de imprenta -Reducción de impuestos -Disminución del grado de centralización, otorgando más poder a las autoridades locales y provinciales. -Restauración de la Milicia Nacional, como garante del cumplimiento de la voluntad general
  • 51. La reina entrega el poder a los progresistas, con Espartero como jefe de gobierno y O´Donnell como ministro de guerra. Esta coalición progresista-moderada llevó a cabo un amplio programa de reformas CONSTITUCIÓN DE 1856 (NONNATA). Recupera los principios progresistas de la del 37: la libertad de imprenta y religiosa, limitación de los poderes de la Corona. No llegó a estar vigente. LEY DE DESAMORTIZACIÓN GENERAL (MADOZ, 1855). Afecta a las propiedades rústicas y urbanas pertenecientes al Estado, la Iglesia, propios y baldíos de los Ayuntamientos. Se completa la desamortización iniciada por Mendizábal en 1836. El dinero obtenido se utilizara en la amortización de la Deuda Pública y en la realización de Obras Públicas.
  • 52. LEY GENERAL DE FERROCARRILES (1855). El ferrocarril era imprescindible para el desarrollo industrial de España, pero el Estado, debido a la penuria económica, optó por la cesión de la construcción del tendido a compañías privadas. La Ley General de Ferrocarriles de 1855 liberalizó el sector facilitando la inversión extranjera. LEY DE SOCIEDADES BANCARIAS Y CREDITÍCIAS (1856).
  • 53. El Bienio Progresista se caracteriza por: - El intento de recuperar los principios del régimen de 1837 , concretado en una nueva desamortización y la Ley General de Ferrocarriles -El clima de conflictividad laboral Los progresistas quedaron encerrados entre dos frentes; por un lado, sus rivales políticos, los moderados; por otro, unas capas populares a las que fueron incapaces de satisfacer en sus reivindicaciones y necesidades -Huelga general de julio de 1855 en Barcelona -Creciente conflictividad social -Ruptura del progresismo en Legales y Puros -Junio / Julio 1856 ruptura de la coalición de gobierno
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  • 55. Origen : La inestabilidad política provocada por el frágil pacto progresistas/moderados renovadores y sus contradicciones, así como la mayor conflictividad obrera y campesina, exigió una vuelta al orden que la reina propició entregando el poder a O’Donnell. Protagonistas : moderados de Narváez y unionistas de O’Donnell . Liberalismo pragmático que trató de mantener el orden, en una especie de término medio entre inmovilismo y reforma. La Unión Liberal y los moderados (1856-68)
  • 56. Medidas -Se restablece la Constitución del 45 y se anula la legislación más progresista del Bienio. -Política exterior intervencionista, con el fin de aglutinar a la población en torno a un sentimiento patriótico y prestigiar al régimen -La crisis de 1863 dio lugar a un cambio de gobierno, accediendo los moderados (Narváez) y ejerciéndolo de manera autoritaria, lo que provocó el rechazo de la población.
  • 57. Intervencionismo exterior: -guerra de Marruecos (1859-1860), -intento fallido de recuperar Santo Domingo, -expedición a México, -intervención en la Conchinchina, -guerra contra Perú y Chile... Juan PRIM Marruecos: ataques a Ceuta y Melilla. En 1859 se declara la guerra que termina con la victoria española de los Castillejos y la paz de Wad-Ras, con la que se ocupó Tetuán, convirtiendo a Prim en un mito.
  • 58. Crisis final del liberalismo moderado (1863-1868) Se suceden varios gobiernos con una tendencia cada vez más conservadora y dictatorial e incapaces de hacer frente a las crisis económicas y políticas que determinaron las condiciones que propiciaron la Revolución de 1868. Un ejemplo fue la noche de San Daniel o Noche del Matadero (10 de abril de 1865) en la que la Guardia Civil, unidades de Infantería y de Caballería del Ejército español reprimieron de forma sangrienta a los estudiantes de la Universidad Central de Madrid que realizaban una serenata en la Puerta del Sol en apoyo al Rector de la misma, Juan Manuel Montalbán, que había sido cesado en su puesto tres días antes por orden gubernamental por no haber destituido a varios catedráticos (entre ellos Emilio Castelar y Nicolás Salmerón) por sus posiciones contrarias a la doctrina educativa e ideológica oficial establecida por el gobierno de Ramón María Narváez.
  • 59. Los progresistas, dirigidos por Juan Prim, intentan varios pronunciamientos, lo que llevó a O'Donnell a reforzar el autoritarismo, (sucesos sangrientos como la sublevación del Cuartel de San Gil) . -Agosto de 1866, la oposición al sistema unificó sus acciones frente al moderantismo. Es el Pacto de Ostende , firmado en dicha ciudad por progresistas y demócratas exiliados, en el que se establecían las mínimas bases revolucionarias. -Noviembre de 1868 se adhiere al pacto la Unión Liberal, liderada, tras la muerte de O´Donnell en 1867, por el general Serrano . -Junio de 1867 se firma el Pacto de Bruselas que completa el Pacto de Ostende: Progresitas, demócratas y unionistas se comprometen a una acción común para derrocar la monarquía borbónica. PACTO DE OSTENDE
  • 60. Causas de la revolución Crisis económica de 1866 : -Quiebra de numerosos bancos y empresas (de 21 bancos, cerraron 6) -Crisis agraria debida a la sequía y las malas cosechas. A su vez provoca carestía y hambre entre la población. -El endeudamiento del Estado obligó a aumentar la presión fiscal sobre el pueblo. Deterioro político y crisis del sistema isabelino : -Caos político: gobiernos en manos de los moderados, acusados de corrupción, despotismo e inmoralidad. Fueron incapaces de solucionar los problemas de España y aceptar una alternancia en el poder con los progresistas. -Impopularidad de la reina Isabel al rodearse en la Corte de personajes pintorescos (su confesor el padre Claret, sor Patrocinio -monja milagrera con llagas o estigmas– y de amigos del rey consorte Francisco de Asis.
  • 61. Quiebra de numerosos bancos y empresas, como consecuencia de la ruina de las empresas ferroviarias De los textiles catalanes por la subida de precio del algodón (Guerra de Secesión Americana) Provocada por la sequía y las malas cosechas y que trajo carestía y hambrunas PROFUNDA CRISIS ECONÓMICA Financiera Industrial Agraria
  • 62.  
  • 63. CAMBIOS FUNDAMENTALES OPERADOS DURANTE EL REINADO DE ISABEL II En el sistema político: La Corona . Monarquía constitucional -La corona deja de ser una monarquía absoluta, con poderes ilimitados y de origen divino, y se transforma en una monarquía cuyos poderes quedaban limitados por una Constitución. -De la soberanía absoluta se pasa a una soberanía nacional (1837) o compartida con las Cortes (1845) PERO AÚN TIENE MUCHO PODER. La Constitución de 1837 (progresista) y la Constitución de 1845 (moderada) otorgan al monarca amplios poderes ejecutivos y participación en el legislativo.
  • 64. Intervención en la vida política : haciendo uso y abuso de las atribuciones ejecutivas y legislativas concedidas en las constituciones: - Uso del poder ejecutivo : el gobierno era nombrado por la Corona - La facultad ilimitada de nombrar y deponer ministros hizo que muchos gobiernos no recibiesen la aprobación del Parlamento -La Corona optó únicamente por los liberales moderados , y excluyó a los progresistas. -La reina ejerció como un político más (papel que pagó en 1868 con el exilio, igual que le sucedería a su nieto Alfonso XIII en 1931). Participación en el poder legislativo . La Corona dispone de: -la facultad ilimitada para convocar, suspender y disolver las Cortes -capacidad legislativa, conjunta con las Cortes - veto suspensivo de leyes
  • 65. Los partidos políticos modernos. Partido político: agrupación de personalidades alrededor de algún notable (civil o militar). No tenían programa político escrito. Eran corrientes de opinión vinculadas por intereses personales o económicos. Los partidos políticos son la expresión natural de los intereses de los grupos heterogéneos de una formación social, que luchan por acceder al ejercicio del poder Partidos del sistema político isabelino: -liberales moderados -liberales progresistas Partidos políticos fuera del sistema : democráticos : 1) liberales demócratas 2) republicanos 3) socialistas y anarquistas. absolutistas o carlistas
  • 66. Republicanos .-Incipientes durante el reinado de Isabel II. Su importancia política se desarrolla durante el Sexenio Democrático. Movimiento obrero : socialistas y anarquistas. Incipientes. Se organizarán y crecerán en el último tercio del siglo XIX.