La Ley 1430/10 establece una reducción del 50% de los intereses y sanciones para obligaciones tributarias causadas en 2008 y años anteriores, siempre que el total de la deuda principal más los intereses y sanciones reducidos se paguen de contado antes del 29 de junio de 2011 y que el contribuyente no haya suscrito acuerdos de pago previos. Además, el contribuyente debe mantenerse al día con sus pagos durante los dos años siguientes.