r.1




      COMISION NACIONAL SEP-SNTE
        DE CARRERA MAGISTERIAL




       TAM   u




                                   Mexico, 2011
Lineamientos Generales

                                                                             5
                                                                             CD




                            1NDICE



                                                    Pagina
IntroducciOn                                         3

1. Definicion y objetivos                             7

2. Instancias                                         9

3. Participantes                                     19

4. Niveles                                          23

5. Vertientes                                       27

6. Sistema de Evaluacion                             29

7. DictaminaciOn                                     39

8. Incidencias

9. Transitorios

Anexos

FormalizaciOn de la Reforma




                             Comisi6n	   SEP-SNTE de Carrer Magisteria
                                                                         1
Lineamientos Genera/es




                                 INTRODUCCIoN



El Articulo 3 0 de la ConstituciOn Politica de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley
General de EducaciOn, establecen que la educaciOn en nuestro Pais sera:
nacional, democratica, social, laica, gratuita, obligatoria, cientifica y promovera el
desarrollo integral de los educandos.
Las constantes transformaciones que experimenta la sociedad global
contemporanea, plantean retos para el sistema educativo nacional; ante ellos,
continuan vigentes los postulados constitucionales. Los desaflos actuates
demandan el fortalecimiento, no sOlo, de los procesos de formacion academica de
los alumnos sino de su educacion integral, de las competencias para la vida como
futuros ciudadanos; por lo tanto, para mejorar la ensenanza y asegurar esos
aprendizajes, es necesario contar con docentes que, a partir de su participaciOn en
programas de capacitacion, actualizacion y superacion profesionales y de su
compromiso con la labor que desemperian, fortalezcan sus conocimiento
innoven su practica educativa y enaltezcan la vocaciOn magisterial.
En este contexto, con esta vision y compromiso el Sindicato Nacio I de
Trabajadores de la EducaciOn en su 1er Congreso Nacional Extraordinario
Tepic, Nayarit en 1990, genero la propuesta de un sistema de estimulos para los
maestros de educaciOn basica pUblica. Consciente de esta necesidad la
Secretaria de EducaciOn Publica, en la respuesta al Pliego General de Demandas
de la Organizacion Sindical, de ese mismo año, compromete la implantaciOn de
Carrera Magisterial.
El Gobierno Federal, a traves de la Secretaria de Educacion Publica, los gobiernos
estatales y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion, signaron en
1992, el Acuerdo Nacional para la ModernizaciOn de la Educacion Basica, que en
la lima central de acciOn Revaloracion Social de la Funcion Magisterial, estable •
el Programa Nacional de Carrera Magisterial.
Este Programa es un sistema de estimulos de promocion horizontal,
precedente en nuestro Pais, su concreciOn histOrica responde a la exigencia, t
en el ambito nacional como en el escenario mundial, de elevar la calidad de
educacion. Carrera Magisterial desarrolla la cultura de la evaluaciOn, fomen la
formaciOn continua de los docentes y reconoce los mejores dese efios
profesionales, en fund& del aprovechamiento escolar de los alumnos.
En la permanente preocupacion del Sindicato Nacional de Trabajadores de I
Educacion por revisar y actualizar t os los procesos que fortalezcan la calidad d
                                             ion Nacional SEP-SNTE de Car ra Magisterial
Lineamientos Generates



la educacion, en el IV Congreso Nacional de EducaciOn, se resolviO como un
imperativo impulsar la reforma de los Lineamientos Generales de Carrera
Magisterial. En el Programa Sectorial 2007-2012, la Secretaria de Educacion
Publica establecio el compromiso de "Abrir una nueva fase del programa Carrera
Magisterial acorde con las necesidades de actualizacion docente y con los
resultados de las evaluaciones educativas"; compromiso que se formalize) en la
Alianza por la Calidad de la EducaciOn.
Para cumplir con lo anterior, la Comision Nacional SEP-SNTE de Carrera
Magisterial realizO consultas a las comisiones paritarias, aplico encuestas a los
participantes, hizo analisis de los resultados de la evaluaciOn externa y de los
sistemas de estimulos de otros !Daises, y considero las recomendaciones de
expertos nacionales e internacionales.
Derivado de este compromiso y despues de un intenso trabajo conjunto, el 25 de
mayo de 2011, en la ciudad de Cholula, Puebla, el Secretario de EducaciOn
Publica y la Presidenta del Sindicato Nacional de Trabajadores de la EducaciOn,
con la presencia de C. Presidente Constitucional de los Estados Un'
Mexicanos como testigo de honor, firmaron el Acuerdo para la reforma de Carrera
Magisterial.
Esta Reforma representa el avance mas importante del Programa, p               las
siguientes razones:
Transforma el sistema de evaluacion para centrarlo en el logro academic° de los
alumnos, en el fortalecimiento de la profesionalizacion de los maestros, en el
reconocimiento y valoracion del tiempo que dedican a las actividades extraclase, a
su experiencia docente y al dominio de los conocimientos sobre su materia de
trabajo.
Promueve el compromiso de los docentes con el aprendizaje de los alunnnos al
asumir que los logros de los educandos deben ser el nucleo en tomb al cual se
organice la acciOn educativa.
Estimula a los docentes con mejor desempeno y fortalece su reconocimiento
social, mediante la promocion de la formacion continua de los participantes
compromete a la autoridad educativa a establecer programas pertinentes , de
capacitaciOn, actualizacion y superacion profesionales congruentes con I
resultados del sistema de evaluaciem.
Reconoce el tiempo extraordinario que los docentes dedican a la comuni
escolar a traves de Actividades Cocurriculares, que al sistematizarse en un plan
de trabajo seran evaluadas y consideradas en el Programa.


Comision Nacion	         NTE de Carrera Magiste
Lineamientos Generales



Incorpora evaluaciones espedficas para cada una de las vertientes de
participaciOn, relacionadas con las competencias necesarias para el desarrollo de
las funciones asignadas y reconoce la experiencia acumulada.
Esta nueva vision del Programa Nacional de Carrera Magisterial requiere el
esfuerzo responsable y creativo de todos los agentes sociales involucrados en la
educaciOn: autoridades de los distintos niveles de gobierno, particularmente las
responsables de la educacion, el Sindicato Nacional de los Trabajadores de la
Educacion, maestros, alumnos, padres de familia y representantes de la sociedad
civil.
Asimismo, responde a la necesaria transformaciOn de la vida institucional de
nuestras escuelas a fin de que sigan siendo forjadoras de participacion consciente,
de respeto, de fomento a los valores y generadoras de un ambiente de trabajo
comunitario, que potencie el esfuerzo del maestro dentro y fuera de los planteles.
La escuela asi renovada, con el acompariamiento de los Consejos Escolares d
ParticipaciOn Social, contribuira a la construed& del proyecto de mei& al que
aspiramos y cifra sus expectativas de progreso y permeabilidad social en un
educacion de calidad; condicion indispensable, para lograr el desarrollo c
 sticia y equidad, como lo establece el Articulo 3° Constitucional.




                                          ision Nacional SEP-SNTE de Carr ra Magisterial
                                                                                       5
Lineamientos Genera/es


1. DEFINICION Y OBJETIVOS

1.1. Definicion

• El Programa Nacional de Carrera Magisterial es un sistema de promociOn
     horizontal, de participacion individual y voluntaria, cuya finalidad es
     coadyuvar a elevar la calidad de la educaciOn, fortalecer la profesionalizaciOn
     de los maestros de educacion basica pUblica y estimular el mejor desemperio
     docente en funcion del aprendizaje de los alumnos.

1.2. Objetivos generales

  1.2.1. Coadyuvar a elevar la calidad de la educaciOn nacional, mediante el
          fortalecimiento de la profesionalizacion de los participantes al impul
          la actualizacion e innovacion de la practica docente.
  1.2.2. Valorar la actividad docente, fortaleciendo el aprecio por la funcion
          social del profesor.
  1.2.3. Reconocer y estimular a los docentes que obtengan logros educativos
          relevantes, para mejorar sus condiciones de vida, profesionales y
          laborales.

1.3. Objetivos especificos

  1.3.1. Fomentar en los participantes el desarrollo de estrategias educativas y
          procedimientos didacticos para mejorar el aprendizaje de los alumnos,
          asi como consolidar la cultura de la evaluaciOn.
  1.3.2. Propiciar que el docente obtenga una mejora significativa en
         aprendizaje de los alumnos.
  1.3.3. Reconocer las actividades extraclase que realizan los docentes p
          favorecer el desarrollo integral del alumno en un ambiente escolar s
          y seguro que estimule su aprendizaje.
  1.3.4. Privilegiar la capacitacion, actualizacion y superacion profesion es del
          docente, mediante su participaciOn en procesos de formaciOn continua
          que contribuyan a mejorar s.i desempetio.

                                      Co	      Nacional SEP-SNTE de Car ra Magisterial
                                                                                     7
Lineamientos Genera/es


    1.3.5. Estimular a los profesores que laboran en escuelas ubicadas en zonas
           de bajo desarrollo, asi como a los que atienden alumnos que enfrent
           barreras para el aprendizaje y la participacion.
        • Fomentar la permanencia de los docentes en las funciones
           realizan.




Comisi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial
8
Lineamientos Genera/es

2. INSTANCIAS

•     La Comision Nacional SEP-SNTE, las comisiones paritarias estatales y los
      consejos tecnicos o equivalentes son las responsables del Programa y tienen
      facultades para tomar decisiones en sus ambitos de competencia. Estan
      constituidos bilateralmente; es decir, con representantes de la autoridad
      educativa y del SNTE.

2.1. Comision Nacional SEP-SNTE

•     Es el Organo de Gobierno del Programa. Sus funciones principales son las
      siguientes:
              Emitir normas, lineamientos, disposiciones y acuerdos relativos al
              Programa Nacional de Carrera Magisterial.
         -    Supervisar y evaluar en todo el Pais el desarrollo de 	         rera
              Magisterial.
         -    Asesorar y capacitar a las comisiones paritarias estatales en el
              conocimiento y manejo de los aspectos normativos, financieros,
              informaticos y operativos del Programa.
              Promover la innovaciOn y la mejora continua de Carrera Magisterial.
         -    Atender lo no previsto en los presentes Lineamientos Generates.

    2.1.1. Estructura

      2.1.1.1. La Comision Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial e
               integrada por representantes de la Secretaria de EducaciOn
               Publica (SEP) y del Comite Ejecutivo Nacional (CEN) del Sindicato
               Nacional de Trabajadores de la EducaciOn (SNTE).
      2.1.1.2. Los integrantes del Organ° de Gobierno deberan ser acreditados
                oficialmente tanto por la SEP como por el SNTE, seg6
                corresponda.
                 Sera presidida, conjuntamente, por un funcionario de la Secretaria
                 de Educacion Publica, Coordinador Nacional de Carrera
                 Magisterial, y el epresentante acreditado del Comite Ejecutivo
                   cional del Sind! to Nacional de Trabajadores de la EducaciOn.

                                           'sion Nacional SEP-SNTE de Carrera 7gisteriaI
                                                                                       9
Lineamientos Generales
s-
0
ai	          2.1.1.4.   Contard con dos secretarios responsables de las relatorfas,
0.	
cb                      nombrados entre sus miembros, uno por la SEP y otro por el CEN
0	                      del SNTE respectivamente.
             2.1.1.5.   La instalacion formal de la Comision Nacional se efectuara
                        mediante la suscripciOn del acta correspondiente.

           2.1.2. Atribuciones y responsabilidades


             2.1.2.1.   Respetar los principios establecidos en la Constitucion Politica de
                        los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de EducaciOn y
                        dents disposiciones legales vigentes emitidas por las instanci
                        que regulan el Sistema Educativo Nacional, asi como los
                        Lineamientos Generales de Carrera Magisterial.
             2.1.2.2.   Sesionar de conformidad con una agenda previamente acord da y
                        levantar las minutas correspond ientes.
             2.1.2.3.   Realizar sesiones de trabajo cuando lo considere necesario
                        alguna de las panes.
             2.1.2.4.   Fundamentar la toma de decisiones en el analisis, la discus& y el
                        consenso entre los miembros de la Comision.
             2.1.2.5.   Emitir y difundir entre las comisiones paritarias estatales, las
                        normas, lineamientos, disposiciones y acuerdos de aplicaciOn
                        nacional acerca de Carrera Magisterial, los cuales, para que
                        tengan validez en el Programa, seran signados por los
                        representantes de la SEP y del CEN del SNTE.
             2.1.2.6.   Vigilar el cumplimiento de las politicas, normas, lineannientos,
                        disposiciones y acuerdos del Programa en las comisiones
                        paritarias estatales y, por medio de estas, en el Consejo Tecnico
                        equivalente.
             2.1.2.7.   Asegurar la transparencia en la aplicacion de la normativa, con
                        finalidad de preservar la filosof fa y los objetivos que sustentan
                        Programa.
             2.1.2.8.   Integrar subcomisiones mixtas de estudio y analisis para atender
                        aspectos especificos del Programa.



      Comisidn i ion

      10
                                   e Carrera Magisterial
                                                                                      4=s
Lineamientos Generales

                                                                                          Er.;
           2.1.2.8.1. Las subcomisiones tendran un caracter propositivo y                 z
                    presentaran, cuando lo requiera la Comision Nacional,
                    proyectos y recomendaciones.
           2.1.2.8.2. La vigencia de las subcomisiones sera definida por la
                    ComisiOn Nacional.
    2.1.2.9. Elaborar y garantizar la difusiOn oportuna del Cronograma de
               Actividades, convocatorias y documentos complementarios a las
               comisiones paritarias estatales, al inicio de cada ciclo escolar.
    2.1.2.10. Emitir el modelo de convocatoria para participar en el Programa, a
               mas tardar dos meses despues de iniciado el ciclo escolar.
    2.1.2.11. Distribuir el presupuesto otorgado por la FederaciOn a las
               entidades, con base en criterios de proporcionalidad y calidad,
               conforme a lo establecido en el Modelo de Distribucion de
               Recursos acordado.
    2.1.2.12. Supervisar que la aplicacion de los recursos asignados al
               Programa se ajuste estrictamente a las normas que rigen el
               ejercicio del presupuesto.
    2.1.2.13. Atender planteamientos que consideren aspectos no establecidos
               expresamente en la normativa o deriven de cambios en la
               educacion basica que repercutan en el Programa.
    2.1.2.14. Determinar lo procedente cuando las otras instancias relacionadas
               con el Programa incumplan lo establecido en la normativa.

2.2. Comision Paritaria Estatal


     Es el organo responsable en cada entidad federativa de conocer, cumplir
     hacer cumplir la normativa, asi como difundir los lineamientos, disposicionet
     y acuerdos emitidos por la Corn's& Nacional SEP-SNTE. Sus principales
     funciones son las siguientes:
       -     Realizar la dictaminacion con estricto apego a la normativa y a lo
             criterios establecidos por la ComisiOn Nacional SEP-SNTE.
       -     Promover, en la entidad federativa, la participaciOn de los docentes
             en el Programa Nacional de Carrera Magisterial en condicio es de
             equidad transparencia.
                  4110
                                     Comision Naci
                                                                                   (r)
                                                        P-SNTE de Carrera Magisterial 	          .--
                                                                                    11
Lineamientos Generales
-s-
           2.2.1. Estructura


             2.2.1.1.   Cada comisiOn paritaria estatal se integrara por igual numero de
                        miembros, tanto de la autoridad educativa como de la (s) secciOn
                        (es) del SNTE.
             2.2.1.2.   Estard constituida por catorce integrantes como maximo y con seis
                        como minim% considerando los representantes de ambas partes.
             2.2.1.3.   La Comision Paritaria se integrard por personal acreditado
                        oficialmente por la autoridad educativa competente y por la (s)
                        secciOn (es) sindical (es) correspondiente (s).
             2.2.1.4.   Sera presidida por dos coordinadores, uno de la autoridad
                        educativa y otro de la representaciOn sindical, los cuales seran
                        designados por cada una de las partes.
             2.2.1.5.   Contard con dos secretarios responsables de las relatorias,
                        nombrados entre sus miembros, uno por la autoridad educativa y
                        otro por la representaciOn sindical.
             2.2.1.6.   La instalaciOn formal de la ComisiOn Paritaria se efectuard
                        mediante la suscripciOn del acta correspondiente.

           2.2.2. Atribuciones y responsabilidades


             2.2.2.1.   Conocer, respetar y difundir en la entidad federativa
                        lineamientos normativos y los documentos complementarios
                        emita la Comision Nacional SEP-SNTE acerca del Programa
             2.2.2.2.   Garantizar, en la entidad federativa, la equidad y la transparencia
                        en el desarrollo del Programa Nacional de Carrera Magisterial.
             2.2.2.3.   Asegurar que los diferentes procesos del Programa se Ileven a
                        cabo conforme a lo establecido en el Cronograma de Actividades,
                        emitido por la Comision Nacional.
             2.2.2.4.   Dar a conocer a los docentes la convocatoria al proceso de
                        inscripcion para la incorporaciOn y promocion en Carrera
                        Magisterial, de acuerdo con el Cronograma de Actividades.
             2.2.2.5.   Asesorar y supervisar a ps consejos tecnicos o equi lentes en lo
                        que corres nda al ambit deI Programa.
      ComisiOn Nacional SEP-SNTE             agisten
      12
Lineamientos Generates


2.2.2.6. Sesionar de conformidad con una agenda previamente acordada y
          levantar las minutas correspond ientes.
2.2.2.7. Realizar sesiones de trabajo cuando lo considere necesario
          alguna de las partes.
2.2.2.8. Garantizar que los recursos presupuestales asignados anualmente
         para el periodo septiembre-diciennbre y el de las economfas
         regularizables, se apliquen en el ejercicio fiscal correspondiente.
2.2.2.9. Dictaminar las incorporaciones y promociones de los profesores,
          con fundamento en la normativa, previa revision objetiva e
          imparcial de sus expedientes, con base en los resultados
          obtenidos en la evaluaciOn global.
2.2.2.10. Una vez iniciada la dictaminacion, sesionar el tiempo neces
          hasta concluir todo el proceso.
2.2.2.11. Realizar la dictaminaciOn de cada etapa, con base en los
          documentos complementarios que genere la ComisiOn Nacional y
          en las fechas establecidas en el Cronograma de Actividades.
2.2.2.12. Asumir que de no convocar al proceso de inscripcion o no realizar
          la dictaminaciOn en los periodos establecidos en el Cronograma
          de Actividades, la Comision Nacional determinard lo procedente.
2.2.2.13. Publicar los resultados de la dictaminacion en los tiempos
          establecidos en el Cronograma de Actividades.
2.2.2.14. Recibir las inconformidades, derivadas de la publicaciOn
          incorporaciones o promociones, en las fechas establecidas
          Cronograma de Actividades.
2.2.2.15. Dar respuesta por escrito, dentro del periodo establecido
          Cronograma de Actividades y con base en la normative,
          inconformidades de los profesores participantes.
2.2.2.16. Resolver las irregularidades e inconformidades que no p dan ser
          solucionadas por el Consejo Tecnico o equivalente.
2.2.2.17. Designar una representacion integrada por cuatro personas, dos
          por la parte oficial y dos por la sindical, para participar en el
          proceso de validaciOn de las bases de datos de docertes
          incorporados y promovidos, asi como presentar los expedie tes
          con los soportes document les ecesarios.

                                  Comision	   nal SEP-SNTE de Carrera Magisterial
                                                                               13
Lineamientos Generales


z          2.2.2.18. Suscribir las minutas de trabajo derivadas de la validecion de las
0.	
fa)                   bases de datos de los docentes incorporados o promovidos.
           2.2.2.19.    Solicitar a las areas responsables del pago en la entidad
                        federative, que ajusten el nivel de estimulo de Carrera Magisterial
                        de los docentes incluidos en las minutas de trabajo que
                        incumplieron algun (Os) de los requisitos normativos.
           2.2.2.20.    Dar seguimiento al proceso general de pago de los docentes
                        incorporados y promovidos en Carrera Magisterial, verificando que
                        el mismo se efectue conforme a los resultados de la dictaminacion.
           2.2.2.21. Elaborar los dictamenes individuales de incorporacion o promociOn
                      al Programa, asi como la revocacion de dictarnenes para los
                      participantes que incumplan los requisitos y condiciones del
                      refrendo o en los casos previstos para la canceled& del estimulo.
           2.2.2.22.    Aplicar las sanciones que correspondan a los participantes que
                        incurran en alguna de las faltas tipificadas en estos Lineamientos
                        Generales.
           2.2.2.23.    Solicitar la intervene& de la ComisiOn Nacional en situaciones
                        que rebasen su ambito de competencia, con el propOsito de que
                        se tomen las medidas pertinentes. Es decir, unicamente en casos
                        no previstos en los presentes Lineamientos y en los documentos
                        complementarios emitidos por la citada Comision Nacional.
           2.2.2.24.    Plantear a la ComisiOn Nacional todas las observaciones que
                        puedan ser Utiles para el mejoramiento del Programa.
            2.2.2.25.   Asumir que los integrantes de las comisiones paritarias estatales
                        estan impedidos para participar en el Programa Nacional de
                        Carrera Magisterial, aun cuando paralelamente desemperien
                        funciones propias de alguna de las tres vertientes.

            Consejo Tecnico o equivalente

            Es la instancia responsable del Programa en el centro de trabajo.
            principales funciones son las siguientes:
                     Difundir el Programa y sus documentos complementarios
                     centros de trabajo.


      Comision Nacional SEP-S               Magisterial

      14
Lineamientos Generales


     -       Proporcionar informacion a los docentes que desean incorporarse o
             promoverse en el Programa, acerca de los lineamientos, normas, co
             disposiciones y acuerdos emitidos para tal fin.
     -       Llevar a cabo la evaluaciOn de los factores Actividades
             Cocurriculares y Gest& Escolar, segun corresponda. Redbird y
             validard la documentaciOn y los datos correspondientes al factor
             Antiguedad y el requisito de estudios necesarios para el nivel o
             modalidad.

2.3.1. Estructura


  2.3.1.1.     Primera Vertiente: se constituye en cada plantel con todos los
               profesores del Consejo Tecnico Escolar o su equivalente y un
               representante sindical acreditado por la semi& del SNTE
               correspondiente. Sera presidido por el director.
  2.3.1.2.     Segunda Vertiente: se integra con el personal de la misma
               categoria directiva o del area de supervisiOn y un representante
               sindical acreditado por la seccion del SNTE correspondiente. Sera
               presidido por la autoridad educativa inmediata superior del
               participante.
  2.3.1.3.     Tercera Vertiente: se integra con los docentes de cada grupo
               (Acompanamiento en Aula, Asesoramiento Educativo, Superacion
               Profesional y ElaboraciOn de Material Educativo) y un
               representante sindical acreditado por la seccion del SNTE
               correspondiente. Sera presidido por la autoridad responsable o
               por la persona que esta designe.
  2.3.1.4.     Para las escuelas unitarias, bidocentes o incompletas (hasta con 4
               profesores), el Consejo Tecnico de Zona Sectorizada debera
               asumir la fund& de Consejo Tecnico. El supervisor o inspector de
               zona presidira este Organo y estara un representante sindical
               acreditado por la seccion del SNTE correspondiente.

2.3.2. Atribuciones y responsabilidades


  2.3.2.1.     Integrar el Consejo Tecnico o equivalente al inicio de ca• cicl
               escolar mediante el acta correspondiente, la cual debera estar
               requisitada en los terminos esta lecidos.


                                     Comision Naci	   EP-SNTE de Carrera Magisterial
                                                                                  15
Lineamientos Genera/es

-s.
0
Eri	           2.3.2.2.    Conocer, respetar y aplicar los Lineamientos, asi como los
0.	
ED                         documentos complementarios que emita la Corn's& Nacional
En	
                           sobre el Programa.
               2.3.2.3.    Difundir el Cronograma de Actividades autorizado por la Comision
                           Nacional para cada etapa; dar a conocer entre los profesores
                           participantes en los centros de trabajo, la convocatoria respectiva
                           y los documentos complementarios.
               2.3.2.4.    Llevar a cabo el proceso de inscripcion/reinscripcion a la etapa
                           correspondiente, en las fechas establecidas por la Comision
                           Nacional SEP-SNTE.
               2.3.2.5.    Inscribir solamente a los solicitantes que cumplan con todos lo
                           requisitos establecidos.
               2.3.2.6.    Verificar que las cedulas de inscripciOn o reinscripcion ester)
                           debidamente requisitadas y comprobar con el participante que los
                           datos consignados sean correctos.
               2.3.2.7.    Recibir y validar la documentacion actualizada correspondiente a
                           los estudios realizados y la antigiiedad en el servicio docente.
               2.3.2.8.    Comprobar que la documentacion que entrega el docente para
                           acreditar los diferentes requisitos sea copia fiel de los originales.
               2.3.2.9.    Fonnentar en los profesores el conocimiento y la consulta de los
                           Lineamientos Generales, asi como de los documentos
                           complementarios que emita la Comision Nacional SEP-SNTE.
               2.3.2.10.   Promover, en el docente, la responsabilidad de integrar y
                           actualizar permanentemente su expediente de Carrera Magisterial.
               2.3.2.11.   lntegrar el expediente de los participantes, el cual debera conte
                           los siguientes documentos:

                    2.3.2.11.1.   Constancia oficial que indique los arms en el serv
                                  docente de educaciOn basica publica.
                    2.3.2.11.2.   Copia del (los) comprobante (s) de estudios realizados.
                    2.3.2.11.3.   Copia de la (s) Cedula (s) de InscripciOn/ReinscripciOn




       Corn	               SEP-SNTE de Carrera Magisterial

       16
Lineamientos Genera/es


    2.3.2.11.4.   Copia del Programa Anual de Trabajo de Carrera
                  Magisterial del factor Actividades Cocurriculares y de los
                  formatos correspondientes.
    2.3.2.11.5.    Copia de las cedulas de evaluaciOn de: factor Actividades
                   Cocurriculares, asi como Gestion Escolar y Apoyo
                   Educativo, segun corresponda.
    2.3.2.11.6.    Copia de las constancias de acreditacion de las opciones
                   de Formacion Continua correspondientes.
    2.3.2.11.7.    Copia del documento de comisiOn oficial, en su caso.
    2.3.2.11.8.    Copia del Formato Onico de Personal o equivalente.
    2.3.2.11.9.    Copia del dictamen de incorporacion y/o promociOn, segUn
                   sea el caso.
    2.3.2.11.10.   Copia del talon de cheque.
2.3.2.12.   Disponer de un espacio seguro para resguardar y mantener el
            archivo actualizado con los expedientes de los profesores que
            participan en el Programa.
2.3.2.13.   Enviar a la comision paritaria estatal, a traves del personal de la
            estructura educativa, copia del expediente completo de los
            docentes que se inscriben por primera vez y actualizar el de los
            profesores que ya se han evaluado.
2.3.2.14.   Garantizar que las cedulas de inscripciOn y reinscripcion sean
            turnadas en los tiempos establecidos en el Cronograma d
            Actividades a las autoridades responsables del Programa en , la
            entidad federativa, a traves de la estructura educativa.
2.3.2.15.   Resolver las irregularidades o inconformidades que se gen
            durante el desarrollo de la evaluaciOn de los factores
            Actividades Cocurriculares o de GestiOn Escolar y turnar las
            inconformidades no resueltas a la instancia inmediata superior.
2.3.2.16.   Remitir a la Comision Paritaria las incidencias que rebasen su
            ambito de competencia.
2.3.2.17.   Asumir que los integrantes del Consejo Tecnico o equivalente que
            incumplan las disposiciones del Programa en su ámbito/de
            connpetencia, no podran p rticipar en Carrera Magisterial e la
            etap	   rrespondiente.
                                  Comisi6n      al SEP-SNTE de Carrera Magisten

                                                                              17
Lineamientos Generales


3. PARTICIPANTES

3.1. Podran participar en Carrera Magisterial, en igualdad de condiciones,
        Unicamente los profesores afiliados al Sindicato Nacional de Trabajadores de
        la Educacion que laboran en centros de trabajo de educaciOn basica publica,
        cuya categoria este registrada en el Catalog° aprobado para el Programa
        (Anexo 1) y que ostenten nombramiento en Codigo 10 (alta definitiva) o
        COdigo 95 sin titular (interinato ilimitado), ubicados en los niveles y
        modalidades siguientes:
     3.1.1. Educacion lniciall
     3.1.2. Educacion Preescolar
     3.1.3. Educacion Primaria
     3.1.4. I nternados
     3.1.5. EducaciOn Indigena
     3.1.6. Secundaria General
     3.1.7. Secundaria Tecnica
     3.1.8. Telesecundaria
     3.1.9. Educacion Fisica
     3.1.10. Educacion Artistica
     3.1.11. Educacion Especial2
     3.1.12. Educacion Extraescolar3
     3.1.13. Centros de Formacion para el Trabajo4
3.2. Ademas de laborar en alguno de los niveles o modalidades anteriores, es
        necesario que el profesor desempene las funciones propias de alguna de las
        tres vertientes del Programa: docentes frente a grupo, maestros en funciones
        directivas o de supervisiOn, asi como profesores en actividades tecnico-
        pedagogicas.
3.3. Los docentes que deseen incorporarse o promoverse deberan cubrir los
        siguientes requisitos:
      3.3.1. Haber concluido, al momento de la inscripciOn en la etapa
                 correspondiente, con los estudios necesarios para el nivel o modalidad
                 en que participa, segun se especifica en el Anexo 2. En este caso, para
                 participar no se requiere acreditar antigiiedad en el servicio docent


1.   Considera unicamente Educacion Preescolar.
2.   Considera los niveles y modalidades de Preescolar, Primaria, Secundaria y grupos afines.
3.   Unicamente los niveles de Educed& Primaria y Secundaria.
4.   Para esta modalidad, dada sus caracteristicas particulares, existe un instructivo especifico donde se senate I
     participaciOn.




                                                           Comision              al SEP-SNTE de Carrera Magisterial

                                                                                                                      19
Lineamientos Genera/es

tb
          3.3.2. Para efectos de Carrera Magisterial se consideran como probatorios del
                  nivel de estudios, los documentos expedidos por las escuelas normales,
0
                  normales superiores, universidades e instituciones de educacion
                  superior, con reconocimiento oficial de estudios e incluidas en el
                  Registro Nacional de lnstituciones pertenecientes al Sistema Educativo
                  Nacional. Los estudios realizados en el extranjero se reconoceran,
                  siempre y cuando hayan sido revalidados previamente ante las
                  instancias correspondientes.
          3.3.3. Los documentos para acreditar los estudios academicos son: certificado
                  de estudios terminados, acta de examen profesional, titulo o cedula
                  profesional, esta Ultima expedida por la DirecciOn General de
                  Profesiones de la SEP o por la dependencia estatal autorizada.
          3.3.4.   Los profesores que acrediten estudios diferentes a los requeridos pa
                   el nivel/modalidad educativa en que laboran o para la asignatura que
                   impartan, podran participar cuando cumplan con la antigUedad en el
                   servicio docente en educaciOn basica pUblica establecida en el Anexo 3.
          3.3.5. Requisitar y/o entregar la(s) cedula(s) de inscripciOn o reinscripciOn,
                  segun sea el caso, al consejo tecnico en el periodo correspondiente.
                  Con su firma, el profesor acepta que si la informaciOn consignada no es
                  verldica o tiene inconsistencias, su participaciOn en la etapa sera
                  improcedente.
          3.3.6. Para mantener vigente la participacion en el Programa, el participante
                  tendra que desemperiar las funciones de alguna de las tres vertientes
                  durante todo el ciclo escolar.
          3.3.7. Los profesores que deseen participar con doble plaza requisitaran dos
                  cedulas de inscripcion o reinscripciOn, ademas de cumplir con la
                  evaluaciOn y los requisitos establecidos para cada una de ellas.
          3.3.8. El personal docente cuyo nombranniento sea por hora/semana/mes,
                  podra participar con un minim° de 10 h/s/m, siempre y cuando las
                  imparta en la misma asignatura o afines. Cuando el participante imparta
                  dos o mas asignaturas y estas no sean afines, debera inscribirse
                  reinscribirse en cada una de ellas y sustentar las evaluaciones
                  correspond ientes.
          3.3.9. El participante tiene el compromiso de conocer y respetar lo estableci
                  en los presentes Lineamientos Generales y en los documen
                  complementarios, asi como acatar las disposiciones de las difer
                  instancias que regulan el Programa, en los ambitos propios
                  competencia.

     Comisi6n Nacional SEP-SNT	
     20
                                           Magisterial
                                                                                      C*
Lineamientos Generates
                                                                                       13
                                                                                       a)
                                                                                       4
3.3.10. Los docentes comisionados en funciones administrativas, sindicales o- es.
                                                                                o.
        ubicados fuera de los niveles/modalidades de educaciOn basica no 13)    z
                                                                                a
        podran participar, incorporarse o promoverse en el Programa, hasta que co
        se desempenen en funciones previstas en alguna de las vertientes.
3.3.11. Para fortalecer la legalidad y la transparencia en los procesos de
       Carrera Magisterial, los docentes que incurran en alguna de las
       siguientes situaciones no podran participar para incorporaciOn o
        promociOn en dos etapas consecutivas del Programa a partir del
        momento en que se presente la incidencia:
  3.3.11.1. Sustraer o destruir parcial o totalmente los instrumentos de
            evaluacion.
  3.3.11.2. Realizar acciones que interfieran con el desarrollo de los diversos
            procesos de Carrera Magisterial.
3.3.12. Si las acciones anteriores se realizan en el Ultimo afio de permanencia,
        el participante podra presentar su evaluacion al ario siguiente y se
        suspendera su participaciOn en la etapa posterior.
 .3.13. Si las acciones anteriores coinciden con la evaluaciOn extraordinaria o
        el refrendo, el participante podra realizar su evaluaciOn en esa eta
        no podra participar en las dos subsecuentes.




                                    CorñisiOn'sJaciona! SEP-SNTE de Carrera gisteria

                                                                                  21
Lineamientos Genera/es


4. NIVELES


•   Carrera Magisterial es un sistema de promociOn horizontal, integrado por
    cinco niveles de estimulo "A", "B", "C", "D" y "E", que incentiva a los docentes
    de educaciOn basica pUblica para mejorar el aprendizaje de los alumnos y
    superarse profesionalmente. La incorporacion o promocion en el Programa
    es un reconocimiento expreso a su vocacion docente, preparacion,
    actualizacion, experiencia y permanencia en la funcion, sin menoscabo de
    sus derechos laborales.

4.1. Caracteristicas


  4.1.1.   Los estimulos econOmicos que se logran en Carrera Magisterial se
           detallan en el Anexo 4.
  4.1.2.   Los niveles de Carrera Magisterial no modifican las categorias y plazas
           propias de los diferentes niveles y modalidades de educaciOn basica.
  4.1.3.   La incorporacion al Programa inicia en el nivel "A".
  4.1.4.   Para incorporarse al nivel "A" se debera cumplir con los requisitos
           establecidos en estos Lineamientos Generales.
  4.1.5.   Los niveles de promociOn "B", "C", "D" y "E" son consecutivos y
           seriados, es decir, los docentes sOlo podran acceder a un nivel
           inmediato superior por periodo de promocion, previo cumplimiento de la
           permanencia establecida (Anexo 5).
  4.1.6.   Los afios de permanencia requeridos disminuiran Si se labora en zonas
           de bajo desarrollo, las cuales seran definidas de conformidad con los
           criterios presentados en el Anexo 6.

4.2. Refrendo de los niveles de Carrera Magisterial


  4.2.1.   Los niveles de estimulos obtenidos por los participantes hasta e
           escolar 2010-2011 no seran objeto de ref rendo.
  4.22.    Todos los niveles de estimulos obtenidos a partir del ciclo escolar 2011-
           2012 seran objeto de refrendo y, en su caso, de cancelaciOn Si no se
           cumplen los requisito establecidos.

                                          misi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magist rial
                                                                                       23
Lineamientos Genera/es


   4.2.3. Todos los participantes que se incorporen o promuevan a niveles de
           estimulos a partir de la entrada en vigor de estos Lineamientos
           Generales, para conservarlos, una vez concluidos sus arms de
           permanencia, tendran que cumplir con las condiciones y requisitos
           establecidos para el refrendo.
   4.2.4. Para refrendar el estimulo, los docentes deberan obtener un puntaje
           igual o superior a 70, en el ultimo ario de permanencia requerida para el
           nivel que ostenten, ya sea con el promedio de las evaluaciones de la
           misma actividad de los ultimos 2, 3, ó 4 anos, segUn sea el caso, o con
           el resultado de una sola evaluaciOn. Para refrendarlo en las etapas
           subsecuentes deberan conseguir los 70 puntos en la evaluaciOn global
           hasta lograr el puntaje requerido para la promocion.
  4.2.5.   Si al termino de los alms de permanencia requerida:
     4.2.5.1. Los docentes no participan en la evaluaciOn.
     4.2.5.2. Participan y obtienen un puntaje inferior a 70.
     4.2.5.3. Deberan realizar simultaneamente en el ciclo escolar inmediato
                 posterior, lo siguiente:
           4.2.5.3.1. Inscribirse a un programa de capacitaciOn, actualizacion y
                         superacion profesionales en las areas de oportunidad
                         detectadas por la instancia responsable, con base en los
                         resultados obtenidos en los factores Aprovechamiento
                         Escolar y PreparaciOn Profesional. Dicho programa sera
                         responsabilidad de la instancia correspondiente, y
           4.2.5.3.2. Realizar obligatoriamente la evaluacion global, de manera
                         extraordinaria, para obtener el puntaje de 70 y asi conservar
                         el nivel de estimulo, o bien contar con el puntaje que les
                         permita promoverse.
           Quienes no obtengan los 70 puntos en la evaluacion extraordinaria,
           descenderan al nivel inmediato anterior. Si este tambien es susceptible
           de refrendo, los participantes deberan evaluarse nuevamente en el
           siguiente ciclo escolar y tendran las siguientes opciones:
     4.2.6.1. Obtener el puntaje requerido para la promociOn, o
     4.2.6.2.    Los 70 puntos para refrendar el nivel que ostentan.
  4.2.7. Si no se promueven o refrendan el nivel que ostentan, en la si
           etapa po	          alizar una aluacion global adicional, si obtien
Comision Nacional SEP-S	           era Magi
Lineamientos Generales



  4.2.7.1.     El puntaje requerido, se promoveran.
  4.2.7.2.     70 o mas puntos refrendaran el nivel en esa etapa, o
  4.2.7.3.     De no conseguir lo anterior o no presentar la evaluacion global,
               descender& al nivel inmediato anterior.
4.2.8.    Los docentes que desciendan de nivel, si obtienen el puntaje requerido,
          podran promoverse al inmediato superior sin necesidad de acumular
          permanencia en los niveles que previamente habian logrado.
4.2.9.    A quienes est& ubicados en el nivel "A" y no lo refrenden, se les
          retirara el estimulo correspondiente y pasaran a la plaza inicial.
4.2.10.   Los participantes que se promuevan al nivel "E" estaran sujetos a las
          siguientes condiciones:
  4.2.10.1.    Para conservar el nivel "E", elegiran una de las siguientes
               opciones:
     4.2.10.1.1.   Evaluarse en tres etapas consecutivas y con el promedio de
                   los resultados obtener al menos 70 puntos, o
     4.2.10.1.2.   Evaluarse unicamente al tercer arm de haberlo obtenido y
                   conseguir al menos 70 puntos en esa etapa.
  4.2.10.2.    De no conseguir lo anterior, descender& al nivel inmediato
               anterior. En su caso, se sujetaran a lo establecido en los
               numerales 4.2.6., 4.2.7. y 4.2.8.
4.2.11.   Los docentes que obtengan menos de 70 puntos o no sustenten la
          evaluacion global en las etapas obligatorias para el refrendo, asumird
          que el estimulo les sera retirado a partir del septiembre siguiente
          evaluaciOn extraordinaria, adicional o las subsecuentes.
4.2.12.   Para los docentes que no se promuevan ni obtengan el puntaje ml
          establecido como requisito para la conservaciOn del nivel de estimulo
          SEP, a traves de la unidad responsable de la formaciOn cont ua,
          diseriara, a partir de la informacion que le proporcione la instancia
          encargada de la evaluacion, programas focalizados para atender las
          areas de oportunidad identificadas. Sera responsabilidad de la
          CoordinaciOn Nacional de Carrera Magisterial, a traves de las
          coordinaciones estatales, informar a los docentes cuales seran sus
          programa • - • rmaci 'n continua.
                   de
                                         isi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial
                                                                                     25
Lineamientos Genera/es


FP_ 4.3. Conservacion del nivel de Carrera Magisterial
cn

         4.3.1.   El nivel de Carrera Magisterial se conservard cuando el docente cambie
                  de funciOn, categoria, nivel o modalidad dentro del subsistema de
                  educacion basica, siempre y cuando cumpla con los requisitos
                  establecidos.

    4.4. Sera motivo de la cancelaci6n del nivel de estimulo de Carrera
         Magisterial


         4.4.1.   Ocupar una categoria que no este considerada en el Catalog°
                  autorizado para el Programa.
         4.4.2.   Presentar documentaciOn falsa.
         4.4.3.   lncumplir con lo establecido para el refrendo del nivel de Carrera
                  Magisterial que se ostente.
         4.4.4.   Recibir niveles asignados por areas o instancias distintas a la ComisiOn
                  Paritaria Estatal, en cuyo caso se debera aplicar la reglamentacion
                  correspondiente.
         4.4.5.   lncumplir con alguno de los requisitos normativos y, por error, haber
                  obtenido dictamen favorable de la Corn's& Paritaria Estatal.
         4.4.6.   Obtener una promocion vertical que no respete la linea escalafonaria
                  establecida.
         4.4.7.   Cambiar de entidad federativa sin el aval de la ComisiOn Nacional Mixta
                  de Cambios Interestatales.
         4.4.8.   La renuncia voluntaria.

    4.5.   En caso de que el docente pierda el nivel obtenido y desee vol
           incorporarse a Carrera Magisterial, debera cumplir nuevamente con lo
           establecido en estos Lineamientos Generates.




    Comision	      onal SEP-SNTE de Carrera Magisterial

    26
Lineamientos Generales


      5. VERTIENTES                                                                           cb
                                                                                              CD




      •   Carrera Magisterial cuenta con tres vertientes de participaciOn: docentes
          frente a grupo, maestros en funciones directivas o de supervisiOn, asi como
          profesores en actividades tecnico-pedagOgicas.

      5.1. Primera Vertiente: Docentes Frente a Grupo

        5.1.1. Son aquellos docentes responsables del proceso enserianza-
               aprendizaje que atienden directamente a los alumnos en los diferentes
               niveles o modalidades establecidos en el numeral 3.1. Tienen a su
               cargo el desarrollo de los planes y programas de estudio elaborados y
               aprobados por la SEP.
        5.1.2. Las categorfas docentes que estan en posibilidad de incorporarse o
                promoverse en esta vertiente, se especifican en el Catalog° autorizado
                para el Programa (Anexo 1).
        5.1.3. Para incorporarse o promoverse en la vertiente frente a grupo es
                indispensable que la categoria corresponda a la funciOn que se
                desemperia.

      5.2. Segunda Vertiente: Maestros en Funciones Directivas y de Supervision

        5.2.1. Personal que tiene a su cargo la conduce& y direccion de los
               planteles, zonas o sectores escolares de los niveles y modalidades
               educativos establecidos en el numeral 3.1.

pit     5.2.2. En el Anexo 1 de estos Lineamientos Generales, se especifican las
                categorfas que los docentes en funciones directivas y de supervisiOn
                estan en posibilidad de incorporar o promover.
        5.2.3. Para incorporarse o promoverse en la Vertiente directiva y d
               supervision, es necesario que la categoria del participante correspond
               a la fund& que se desemperia.
        5.2.4. El personal con categoria de docente frente a grupo que se encuentre
                en funciones directivas o con categoria directiva en funciones d
                supervisiOn, podra incorporarse o promoverse en la Segunda Vertie
                siempre	      ndo cuente con el documento de la comisiOn oficial.

                                           Co	     Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial

                                                                                        27
Lineamientos Generates

CD

CD


0
     5.3. Tercera Vertiente: Profesores en Actividades Tecnico-Pedagogicas

          5.3.1. Son aquellos participantes oficialmente asignados en funciones tecnico-
                 pedagOgicas que inciden en el proceso de ensefianza-aprendizaje.
          5.3.2.   Desemperian sus labores en los siguientes lugares:
            5.3.2.1.    Areas tecnicas centrales o regionales de los niveles y modalidades
                        de educaciOn basica publica establecidos en el numeral 3.1., o
            5.3.2.2.    En escuelas, supervisiones, inspecciones de zona, inspecciones
                        generales o jefaturas de sector de educacion basica publica.
          5.3.3.   Los estimulos correspondientes a Carrera Magisterial seran asignados
                   de acuerdo con la categoria que ostente el participante que esta
                   desempenando funciones tecnico-pedagOgicas.
          5.3.4.   Para incorporarse o promoverse en esta vertiente, es indispensable que
                   la categoria que ostente el participante corresponda al nivel/modalidad
                   en que realiza las funciones tecnico-pedagogicas.
          5.3.5. Los docentes que participan en esta vertiente, ademas de cumplir con
                 los requisitos establecidos, deberan demostrar las actividades que
                 desarrollan mediante constancia actualizada que describa de forma
                 pormenorizada sus funciones, la cual sera emitida por la autoridad
                 innnediata superior y contard con el visto bueno del titular del area
                 educativa correspondiente.
     5.4.   No participan en alguna de las tres vertientes del Programa a los docentes
            que desempetien funciones administrativas, de evaluacion o planeacion,
            ocupen puestos de confianza, comisiones sindicales, personal de apoyo y de
            enlace, asi como quienes realicen actividades relacionadas con el Prog
            Nacional de Carrera Magisterial.




     Comisi a	           EP-SNTE de Carrera MagisteNa
     28
Lineamientos Genera/es
                                                                                           C,).
6. SISTEMA DE EVALUACIDN

                                                                                           rn
•     Establece los factores en los cuales deben evaluarse los participantes para
      obtener el puntaje que les permita incorporarse, promoverse o refrendar el
      nivel de estimulo obtenido en el Programa.

6.1. Factores para cada Vertiente

    6.1.1. A cada uno de los factores que integran el Sistema de Evaluacion de
           Carrera Magisterial le corresponde un puntaje especifico. A
           continuaci6n se presentan los factores que se evaltlan en cada vertiente
           de participacion, los puntajes maximos que tienen asociados, sus
           caracteristicas y los procedimientos para su acreditacion:

                                                       PUNTAJES MAXIMOS
                                                               2a        3a
                FACTO RES                     1a Vertiente Vertiente  Vertiente
      APROVECHAMIENTO ESCOLAR                     50           40        30
2     FORMACION CONTINUA                          20           20        20
3     ACTIVIDADES COCURRICULARES                  20           20        20
4     PREPARACION PROFESIONAL                      5            5         5
5     ANTIGUEDAD                                   5            5         5
6     GESTION ESCOLAR                                          10         ---
      APOYO EDUCATIVO                             ----        ----       20
                   Total                          100         100       100

6.2. Aprovechamiento Escolar (Primera Vertiente)

•     Es el conjunto de logros de aprendizaje obtenidos por los alumnos e
      grado o asignatura en un ciclo escolar, de acuerdo con los p es y
      programas de estudio oficiales.
    6.2.1. A este Factor le corresponden hasta 50 puntos de los 100 posibles en la
           evaluacion global.
    6.2.2. Se evaluara con instrumentos objetivos que seran aplicados a los
           alumnos por la instancia responsable.



                                       Comisi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial
                                                                                      29
Lineamientos Generales


     6.2.3. La puntuacion que se otorgue estard en funcion del promedio de
            aciertos que obtengan los alumnos en el instrumento de evaluaciOn,
            convertido a la escala de Carrera Magisterial.
     6.2.4. El procesamiento de los resultados obtenidos en la evaluacion, será
             responsabilidad de la instancia competente.
     6.2.5. A los docentes que laboran en la Primera Vertiente de la educaciOn
            basica regular y que obtengan logros educativos con alumnos q e
            enfrentan barreras para el aprendizaje y la participacion, se les otorga
            un Puntaje Adicional de hasta 10 puntos, el cual, sumado a lo obtenido
            en Aprovechamiento Escolar, no debera rebasar los 50 puntos
            asignados al Factor.
     6.2.6. La asignaciOn de los puntajes del factor Aprovechamiento Escolar
            considerard las condiciones en que laboran los docentes; por ello, los
            alumnos seran ubicados en diferentes grupos de calificaciOn, de
            acuerdo con los criterios que se establezcan.
     6.2.7. Los requisitos y criterios para la evaluaciOn del factor Aprovechamiento
            Escolar y de la asignacion de Puntaje Adicional, se especifican en los
            instructivos correspondientes.
     6.2.8. Los docentes que laboran en Educed& Especial se evaluaran en este
            Factor de acuerdo con las funciones que desempenan. En las
            Unidades de Servicio de Apoyo a la Educacion Regular se tomard como
            referente el acompariamiento en la escuela y en los Centros de
            AtenciOn Multiple, mediante la atencion de alumnos y orientaciOn a
            padres de familia. Los criterios y el procedimiento para la evaluaciOn se
            especifican en el instructivo respectivo.

6.3. Aprovechamiento Escolar (Segunda Vertiente)

•	     Se refiere a las acciones y estrategias que, pare promover el aprendi e d
       los alumnos, realiza el personal directivo y de supervision.
     6.3.1. A este Factor le corresponden hasta 40 puntos de los 100 posibles en la
            evaluacion global.
     6.3.2. El puntaje se integrara con el promedio del obtenido en el factor
            Aprovechamiento Escolar por los docentes, directores o personal d
             supervisiOn a su cargo. En el caso de los subdirectores/directores, la
             puntuaciOn sera el promedio de los puntajes alcanzados pr los
             docentes dei1lcuelapara los inspectores de zona, el promel, io de
Comision Nacional SEP-SN	                    ial
30
Lineamientos Generales


           los puntajes logrados por los directores bajo su responsabilidad, en este
           factor. En el caso de las demas figuras de supervision se procedera de
           la misma forma. El puntaje del jefe de ensetianza de educacion
           secundaria, se integrard con el promedio de los resultados obtenidos en
           Aprovechamiento Escolar por los alumnos de los docentes que asesora.
    6.3.3. A partir de los resultados de las evaluaciones de los alumnos
           registradas en las bases de datos, los promedios se asignaran por
           medios electronicos.

6.4. Aprovechamiento Escolar (Tercera Vertiente)

•     Se refiere a las actividades que realiza el personal de Tercera Vertiente para
      promover el aprendizaje de los alumnos.
    6.4.1. A este Factor le corresponden hasta 30 puntos de los 100 posibles en la
           evaluacion global.
    6.4.2. Se valora con el promedio de los resultados del factor Aprovechamiento
            Escolar, que obtengan los alumnos de los docentes en la escuela, zona,
            sector escolar, nivel o modalidad educativa en que labora el evaluado.
    6.4.3. A partir de los resultados de las evaluaciones de los alumnos
           registradas en las bases de de datos, los promedios se asignaran por
           medios electronicos.

6.5. Formacion Continua (Primera, Segunda y Tercera Vertientes).

•     Son las acciones secuenciales y permanentes para profesionalizar la practi
      educativa, con la finalidad de actualizarla e innovarla de acuerdo con os
      avances didacticos, metodologicos, pedagOgicos, culturales, tecnolO os y
      cientificos.
•     Se realizan a traves de proyectos academicos individuales a corto, mediano
      y largo plazos, que permiten fortalecer las competencias academicas y dar
      continuidad a la superacion profesional de los participantes.
•     Los criterios que regulan la organizacion, aplicacion, inclusion de las
      diferentes actividades relacionadas con la profesionalizacion docente seran
      determinadas por la SEP, a traves de la instancia respectiva.
    6.5.1. A este Factor le correspon n hasta 20 puntos de los 100 posibles en la
           evalua	       bal.
                                               Nacional SEP-SNTE de Carrera M *steria
                                                                                   31
Lineamientos Generates




  6.5.2.   Este factor se acreditard en cada etapa a tra y& de opciones
           modulares, articuladas curricularmente, para que por su secuencia y
           acumulacion de puntajes y creditos en cada etapa o de una a otra, el
           participante pueda obtener diplomados y postgrados.
  6.5.3.   Considera diferentes opciones, que le ofrecen al participante la
           oportunidad de capacitacion, actualizaciOn y superacion profesionales
           para mejorar su desemperio docente:
     6.5.3.1.      Cursos del Catalog° Nacional emitido por la SEP, a tra y& de la
                   instancia respectiva, aprobados para el Programa por la Comision
                   Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial. Consisten en
                   programas acadernicos con una carga horaria minima de 30 y
                   maxima de 40 horas de estudio. A un curso de 30 horas le
                   corresponderan hasta 5 puntos. Los puntajes de los cursos con
                   otra carga horaria se asignaran proporcionalmente de acuerdo con
                   los criterios establecidos en el Anexo 7. Se imparten en las
                   siguientes modalidades: presencial, semipresencial o a distancia
                   (en linea). Los participantes podran Ilevar a cabo hasta cuatro
                   cursos en una misma etapa.
           6.5.3.1.1.    Para esta opcion, los participantes con doble plaza que
                         laboren en un mismo nivel y/o en sus modalidades afines y
                         acrediten algun curso, se le considerard el puntaje para
                         ambas. Si se desempenan en diferentes niveles educativos,
                         deberan acreditar cursos y obtener el puntaje
                         correspondiente para cada plaza.
     6.5.3.2.      Diplomados del Catalog° Nacional emitido por la SEP a traves de
                   la instancia respectiva, aprobados para el Programa por la
                   ComisiOn Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial. Son
                   programas acadernicos cuya carga horaria minima es de 120
                   horas de estudio. Las modalidades de imparticion son: presencial
                   sennipresencial o a distancia (en linea).
           6.5.3.2.1.    Por un diplomado de 120 horas, articulado curricularment
                         con el proyecto de formacion continua del participante, s
                         alcanzaran 20 puntos y se asignaran por Unica vez e la
                         etapa correspondiente.
      6.5.3.3.     Especialidades, Maestrias y Doctorados del Catalog° Nacional
                   emitido por la SEP, mediante la instancia respectiva, aprobados
                   para Carrera Magisterial por la Comision Nacional SEP-SNTE
                   Est	       culados curricularmente con el proyecto de f mac&

Com' '"n Nacion	             de Carrera Mag
Lineamientos Generales


               continua del participante. Las modalidades de imparticion pueden
               ser presencial, semipresencial o a distancia (en linea).
  6.5.4. El participante redbird puntaje par cada una de las opciones senaladas,
          de acuerdo con lo siguiente:
    6.5.4.1. Por el niimero de horas cursadas en cada etapa (ver Anexo 7).
              Para la acreditacion, el participante debera presentar, en su
              oportunidad, la documentaciOn correspondiente, y
    6.5.4.2. Cuando presente la documentaciOn que acredite la terminaciOn de
             cada trayectoria formativa (diplomado o postgrado), podra obtener
             par Unica vez 20 puntos, en la etapa correspondiente.
  6.5.5. El puntaje que se alcance por las actividades de formaciOn continua que
          se cursen durante el periodo de receso de clases (verano) contaran
          para la siguiente etapa.

6.6. Actividades Cocurriculares (Primera, Segunda y Tercera Vertientes)

• Se ref iere al conjunto de acciones extraordinarias que realizan los
    participantes fuera del horario de trabajo dirigidas al fortalecimiento del
    aprendizaje de los alumnos, a favorecer la integracion social, generar las
    condiciones propicias para el desarrollo del proceso enselianza-aprendizaje
    y promover en la comunidad un ambiente seguro y sano. Entre esas
    acciones se encuentra la prevenciOn de las adicciones, el fomento de la
    lectura, la preparacion para el cambio de nivel educativo, la promocion de la
    convivencia respetuosa y equitativa, entre otras.
  6.6.1. A este Factor le corresponden hasta 20 puntos de los 100 posibles en la
         evaluacion global.
  6.6.2. Primera Vertiente. Para los docentes frente a grupo, el puntaje de este
          Factor se integrara con base en la evaluaciOn realizada par el Consejo
          Tecnico Escolar o equivalente; los resultados de la evaluacion seran
          conocidos par el Consejo Escolar de ParticipaciOn Social.
  6.6.3. El puntaje de este Factor se integra par dos componentes:
     6.6.3.1. Cumplimiento del Plan Anual de Trabajo de Carrera Magisteria
     6.6.3.2. El	         de horas laboradas fuera del horario asignado.


                                     Comisi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial

                                                                                   33
Lineamientos Generales


     6.6.4. Segunda Vertiente.     Para el personal directivo y de supervision, el
            puntaje se integrard con el promedio del obtenido en el factor
            Actividades Cocurriculares por los docentes, directivos o personal de
            supervision a su cargo. En el caso de los directores, la puntuaciOn sera
            el promedio de los puntajes obtenidos por los docentes de su escuela;
            para los inspectores, el promedio de los puntajes obtenidos por los
            directores de su zona en este Factor. Para el jefe de sector, el
            promedio alcanzado por los supervisores a su cargo.
       6.6.4.1. El puntaje que le corresponda al personal directivo y de
                supervisiOn se integrard a partir de la informacion registrada en las
                bases de datos correspondientes y por medios electrOnicos.
       6.6.4.2.     Para que el personal directivo y de supervision obtenga el puntaje
                    correspondiente, es indispensable que, como requisito, Ileve a
                    cabo la realizacion de Actividades Cocurriculares para acompariar,
                    apoyar, orientar y supervisar a los docentes que estan bajo su
                    responsabilidad.
       6.6.4.3. Para que se considere cubierto el requisito, es necesario que el
                 participante de Segunda Vertiente realice lo siguiente:
            6.6.4.3.1.     Lleve a cabo la planeaciOn de esas actividades considerando
                           todos los apartados del Programa Anual de Trabajo de
                           Carrera Magisterial, en fund& de las tematicas planteadas
                           en los planes individuales de los docentes, directores,
                           inspectores y jefes de sector, segun sea el caso.
            6.6.4.3.2.     Cum pla satisfactoriamente con las actividades programadas.
            6.6.4.3.3.     Acumule el milliner° de horas laboradas fuera del horario
                           asignado.
     6.6.5. Tercera Vertiente.  Para los docentes en Actividades Tecnico
            PedagOgicas, el puntaje de este Factor, se integrara con base en lo
            siguiente:
       6.6.5.1.      La evaluaciOn del cumplimiento del Plan Anual de Trabajo de
                     Carrera Magisterial, mediante el cual acompanaran a los docentes
                     de Primera y/o Segunda Vertientes en la realizacion de las
                     Actividades Cocurriculares,
       6.6.5.2.      La	        aciOn de horas laboradas fuera del horario asignado.



                  nal SEP-SNTE de Carrer	   isterial

34
Lineamientos Generales


  6.6.6. Los participantes de las tres vertientes podran cumplir las actividades
         cocurriculares en contraturno, en fines de semana o en el periodo de
         receso de clases.
  6.6.7. La evaluacion de este Factor para las tres vertientes se ajustard a las
         normas y el procedimiento establecido en el instructivo correspondiente.

6.7. Preparaci6n Profesional (Primera, Segunda y Tercera Vertientes)

• Evalua las habilidades, conocimientos, capacidades y competencias
    profesionales que requiere el docente para desarrollar sus funciones en el
    nivel, modalidad, grado o asignatura en que labora.
  6.7.1. A este Factor le corresponden hasta 5 puntos de los 100 posibles en la
         evaluacion global.
  6.7.2. Se evalCia por medio de un instrumento elaborado por la instancia
         responsable y aplicado con la participaciOn de las autoridades
         educativas de las entidades federativas.
  6.7.3. La integracion del banco de reactivos se hard con la participaciOn de las
         areas de la SEP responsables de la evaluacion, el curriculo y la
         formaciOn continua. Y se elaborardn con base en los conocimientos y
         habilidades requeridos por el docente para Ilevar a cabo, con calidad,
         su labor profesional.
  6.7.4. Se elaboraran diferentes tipos de examenes con base en los
          requerimientos del Programa y en las caracteristicas de la funciOn que
          desemperia el docente.
  6.7.5. Los instrumentos de evaluacion se aplicaran de acuerdo con las fechas
          establecidas en el Cronograma de Actividades que emita la Comisi
          Nacional SEP-SNTE en cada etapa de evaluacion.
  6.7.6. Los reactivos y las caracteristicas de los instrunnentos de evaluaci
         permitiran una calificacion objetiva y expedita.
  6.7.7. Para la asignaciOn del puntaje del factor Preparacion Profesio I, los
          maestros seran ubicados en grupos de calificaciOn integrados por
          profesores de la misma vertiente, nivel o modalidad educativa, que
          laboren en condiciones similares.
  6.7.8. La ev         n de este Factor se ajustara a las normas establecidas
         el instru            ondi nte.
                                           ion Nacional SEP-SNTE de Carre	    gist ial
                                                                                   35
Lineamientos Genera/es


6.8. Antigiiedad (Primera, Segunda y Tercera Vertientes)


•      Son los arms desemperiados como docente frente a grupo, en funciones
       directivas o de supervisiOn o en actividades tecnico-pedagogicas en
       educaciOn basica publica.
     6.8.1. A este Factor le corresponden hasta 5 puntos de los 100 posibles en la
            evaluacion global.
     6.8.2. La acreditacion de la antigiiedad se hara mediante la presentacion de
            una constancia expedida por el area administrativa correspondiente.
     6.8.3. Para efectos de puntaje, los atios de servicio que se consideran son lo
             que haya acumulado el docente al concluir la etapa de evaluacion.
     6.8.4. Al personal docente con doble plaza se le consideraran los atios de la
             plaza con mayor antigiiedad en el servicio de educacion basica.
     6.8.5. El puntaje de este Factor se asignara de forma proporcional conforme
             se incrementen los atios de servicio docente (Anexo 8).

6.9. Gestien Escolar (Segunda Vertiente)


•      Son las actividades inherentes a las funciones del personal directivo y de
       supervision, establecidas en los manuales de operacion correspondientes,
       que estan directamente relacionadas con la asesoria, supervisiOn,
       seguimiento y apoyo del trabajo de los docentes que dependen de ellos
       Estas actividades propician el desarrollo adecuado del proceso ensenan
       aprendizaje.
     6.9.1. A este Factor le corresponden hasta 10 puntos de los 100 posibles on
             evaluacion global.
     6.9.2. El puntaje del Factor se integra por los siguientes aspectos:

       6.9.2.1. ElaboraciOn del programa de actividades.

       6.9.2.2. Cumplimiento de las actividades programadas.

     6.9.3. La evaluaciOn de este Factor se ajustara a las normas establecidas en
             el instructivo correspond iente.


Comisi6n Nacional SEP-SNT            ra Magisterial

36
Lineamientos Genera/es

6.10. Apoyo Educativo (Tercera Vertiente)

•     Son las acciones de acompaliamiento en el aula, asesoramiento educativo,
      superacion profesional y elaboracion de materiales educativos realizadas en
      su ambito de trabajo (escuela, zona, sector, nivel o modalidad educativa),
      que contribuyen al mejoramiento de los procesos y procedimientos de
      enserianza-aprendizaje.

    6.10.1. A este Factor le corresponden hasta 20 puntos de los 100 posibles en
            evaluacion global.
    6.10.2. En este Factor se evalCia al personal que se desemperia en la Tercera
            Vertiente. El participante, de acuerdo con sus funciones, debera elegir
            una de las cuatro opciones siguientes:
       A.     Acompariamiento en Aula. Se refiere al apoyo que proporcionan los
              docentes en actividades tecnico-pedagogicas (ATP) a los alumnos de
              los distintos niveles, modalidades, grados y asignaturas de educaciOn
              basica, en torno a la enserianza y aprendizaje de lenguas
              extranjeras, escuelas de tiempo completo y de servicio mixto, a la
              incorporaciOn de conocimientos tecnolOgicos, al fortalecimiento de
              saberes acadernicos, artisticos y de educacion fisica, entre otros, con
              la finalidad de construir, desarrollar y consolidar las competencias
              correspond ientes.
        B.    Asesoramiento Educativo. Es el acompariamiento que realiza el
              docente en ATP, al personal de los centros escolares, supervisiones
              y jefaturas de sector, en su caso, para que proporcionen un mejor
              servicio e innoven su practica.
        C.    SuperaciOn Profesional. Son los apoyos academicos que se
              proporcionan a los docentes, directores y personal de supervision,
              para adquirir, acrecentar y fortalecer sus conocimientos, habilidade
              capacidades, competencias y practicas educativas, con la finali
              de que promuevan el aprendizaje de los alumnos.
        D.    Elaboracion de Materiales Educativos. Se refiere a las propue
              pedagOgicas que realiza el docente en ATP, plasmadas en recur
              para fortalecer las estrategias de ensefianza-aprendizaje, enriqu r er
              los temas curriculares (enfoques 	        metodologicos,	    pre esos
              didacticos y contenidos educativos) e incorporar a la practica
              educativ      avances e innovaciones tecnologicas y culturales.
                     O
         •                             Comisi6n        I SEP-SNTE de Car ra Magisterial
                                                                                     37
Lineamientos Genera/es


     6.10.3. Los criterios y mecanismos para evaluar este Factor se precisan en el
             instructivo correspondiente.

6.11. EvaluaciOn Global

     6.11.1. La evaluacion global es la integraciOn de los resultados que obtiene el
             docente en los factores propios de la vertiente en que participa, en una
             etapa de evaluacion y tendra un valor hasta de 100 puntos.
     6.11.2. Es competencia de la autoridad educativa estatal desarrollar los
            procesos operativos de acuerdo con los tiempos y procedimientos
            establecidos en el Cronograma de Actividades.
     6.11.3. Es responsabilidad de la Coordinacion Nacional de Carrera Magisterial
             integrar los puntajes de todos los factores para conformar la evaluacion
             global de cada uno de los participantes.
     6.11.4. Para incorporarse, promoverse y/o refrendar el estimulo, el participante
             debera realizar su evaluacion global en la actividad y vertiente en la que
             se inscribio/reinscribio en esa etapa, asi como alcanzar el puntaje
             necesario en cada caso.
     6.11.5. El puntaje global que se considerara para la promociOn sera el
            promedio de los puntajes totales obtenidos durante los ultimos dos, tres
            o cuatros anos de permanencia, segun sea el caso, o bien el de una
            sola evaluaciOn global en el ultimo ano de la permanencia en el nivel de
            estimulo que ostente.
          6. La evaluaciOn global se integrard Unicamente con los pun
             obtenidos en una misma etapa de evaluaciOn.




Comision a onal SEP-SNTE de Carrera Magisterial

38
Lineamientos Genera/es


7. DICTAMINACION

•     Es el proceso mediante el cual las comisiones paritarias estatales determinan
      quo docentes deben ser incorporados o promovidos en el Programa, con
      base en la normativa vigente, los recursos presupuestales disponibles y los
      resultados de la evaluacion global.
•     Se realizara en los tiempos establecidos en el Cronograma de Actividades; la
      autoridad educativa de cada entidad federativa recibird la informacion sobre
      los resultados de la evaluaciOn global de los docentes participantes y la
      proporcionara a la Comision Paritaria Estatal, para que esta Ileve a cabo la
      dictaminaciOn.
•     Este proceso tambien se apegara, a los criterios establecidos por la ComisiOn
      Nacional SEP-SNTE en la Guia Tecnica para determinar el numero de plazas
      a incorporar o promover en cada etapa.
•     Los recursos asignados anualmente para cada entidad federativa ester)
      sujetos a las normas que rigen el ejercicio del presupuesto federal; por tal
      motivo se deberan aplicar en el periodo fiscal respectivo.

7.1. Acciones previas a la dictaminacion

    7.1.1. Al recibir la Constancia de Resultados de EvaluaciOn, Si el docente
           considera que algun(os) puntaje(s) no corresponde(n) a su desemperio
           en las evaluaciones, podra presentar por escrito su solicitud de
           correcciOn a la comisi6n paritaria estatal, en el periodo establecido en el
           Cronograma de Actividades.
    7.1.2. La comisiOn paritaria estatal debera revisar que los docentes
           susceptibles de incorporarse o promoverse en el Programa cubran los
           requisitos normativos, asi como verificar los respaldos documental
    7.1.3. Distribucion de los recursos autorizados.
        1.3.1. El monto disponible para determinar el nOmero de pla - -110
                incorporar o promover se integrara con el presupuesto as! • • - I •
                para cada etapa, la bolsa de recursos de ec. omfas
                regularizables y los recursos que aporten las ntidades
                federativas, en estos ultimos se tendra que prever el regularizable
                para los subsecuentes ejercicios presupuestales.


                                        Comision Nacional S     TE de Carrera Magisterial
                                                                                      39
Lineamientos Generales


       7.1.3.2. La comision paritaria estatal separard del presupuesto asignado el
                  monto necesario para atender incidencias tales como: horas
                  adicionales, cambios de estado, permutas y promociones
                  escalafonarias.
       7.1.3.3. Debera prever el recurso necesario para cubrir las
                  inconformidades que se presenten.

7.2. Aplicacion de los recursos autorizados.

     7.2.1. Las comisiones paritarias estatales aplicaran en cada etapa el
            presupuesto autorizado para el cuatrimestre septiembre-diciembre y
            distribuido por la ComisiOn Nacional SEP-SNTE, con base en los
            criterios acordados.
     7.2.2. Con los recursos que se liberen por conceptos como licencias,
            jubilaciones, renuncias y defunciones del personal que estaba
            incorporado en alguno de los niveles de Carrera Magisterial, se
            conformaran bolsas de economfas que deberan ser empleadas en el
            Programa, atendiendo a las caracteristicas del recurso presupuestal.
     7.2.3. La corn's& paritaria estatal debera verificar la adecuada aplicaciOn de
            los recursos generados por las economias del Programa.

7.3. lncorporaciones

     7.3.1. Para que los docentes puedan incorporarse a Carrera Magisterial es
            necesario que cumplan con los requisitos establecidos en estos
            Lineamientos y que obtengan al menos 70 puntos en la evaluacion
            global de la Etapa.
     7.3.2. Para efectos de incorporaciOn, el docente concursara unicamente con el
            puntaje de la evaluaciOn global de la misma actividad y vertiente de la
            etapa en la que desea ingresar.
     7.3.3. Una vez obtenido el ingreso al Programa, el docente no podra utilizar e
            puntaje de esa evaluaciOn global para movimientos posteriores o pa
            incorporar otra plaza.
     7.3.4. La incorporacion de los profesores debera sujetarse a la asignaciOn
            recursos presupuestales para el grupo de dictaminacion ien
            participan.
Comisian Nacional SEP-SNT	              isterial
40
Lineamientos Generales

      7.4. Promociones


        7.4.1.   Para que los docentes incorporados a Carrera Magisterial puedan
                 promoverse, deberan acreditar la permanencia en el nivel que ostenten,
                 cumplir con los requisitos normativos establecidos y obtener los mas
                 altos puntajes en las evaluaciones globales de su grupo de
                 dictaminacion, los cuales no deberan ser inferiores al de las
                 incorporaciones.
        7.4.2. Contar con el dictamen de incorporaciOn o de la Ultima promociOn,
                 emitido por la comision paritaria estatal.
        7.4.3. Cumplir con los arms de permanencia requeridos para el nivel de
                 Carrera Magisterial en que ester' ubicados y los dernas requisitos
                 establecidos en los Lineamientos Generales.
        7.4.4. La permanencia se entiende como los epos efectivos acumulados por
                 un docente en alguno de los niveles de estimulo de Carrera Magisterial;
                 esta no se interrumpe por las incidencias especificadas en el Capitulo 8.
        7.4.5. Para efectos de promociOn, los docentes, de acuerdo a su participaciOn
                 en el sistema de evaluaciOn, determinaran si se sujetan al promedio de
                 los resultados obtenidos en las evaluaciones globales presentadas en la
                 misma actividad, durante los ultimos 2, 3 O 4 atios de la pernnanencia
                 establecida para el nivel de Carrera Magisterial que ostenten, o bien al
                 resultado de la evaluacion global obtenida en el Ultimo ario de
                 permanencia.
        7.4.6. Los participantes que elijan evaluarse durante todos los &los y que
/e.              incurran en una incidencia originada por cambio de actividad, vertiente
                 o incumplimiento de la evaluacion global en dos o mas etapas, para
                 concursar por su promociOn solamente podran presentar la evaluacion
                 en el ultimo alio de su permanencia.
        7.4.7. Los docentes que opten por evaluarse durante todos los anos de
                 permanencia e incumplan la evaluacion global en uno de ellos, en la
                 evaluaciOn extraordinaria deberan elegir una de las siguientes opciones:
          7.4.7.1. Se considere solamente el resultado de la evalua
                      extraordinaria, o
          7.4.7.2. El omedio de los resultados obtenidos en los arms anteriore




                                              Comisi6n Naclo	   P-SNTE de Carrera Magisterial
                                                                                          41
Lineamientos Generales
0
a	      7.4.8. Si el puntaje obtenido en alguna de las opciones antes citadas es igual
3
3.	o mayor a la linea de cone correspondiente para la promocion,
a) 	accederan al nivel inmediato superior.
0.
0.
z
          7.4.9. Los participantes podran cambiar de actividad o vertiente durante la
                   permanencia, incluso en el ultimo atio de la misma, siempre y cuando
                   su movimiento se realice antes de la inscripciOn. Su promocion sera
                   posible, si sustentan la evaluaciOn global, obtienen el puntaje requerido
                   y cumplen con los demas requisitos establecidos en ese ultimo alio.
          7.4.10. Una vez obtenido el dictamen de promociOn, el docente no podra utili
                   para otras promociones los puntajes de evaluaciones globales
                   alcanzados durante su permanencia en el nivel o niveles de
                   antecedente.
          7.4.11. Para dictaminar las promociones, la comision paritaria estatal debera
                   contar con los documentos oficiales que acrediten que los docentes
                   cumplieron con los anos de permanencia requeridos para el nivel que
                   ostentan y de acuerdo a la zona donde laboran.

     7.5. lnconformidades


          7.5.1.   Una vez publicados los resultados de la dictaminaciOn, el participante
                   tiene el derecho a inconfornnarse ante la corn's& paritaria estatal
                   cuando considere que el dictamen no corresponde a su documentacion
                   probatoria y desempenio en el proceso de evaluaciOn. Debera presentar
                   su inconformidad por escrito, en tiempo y forma.
          7.5.2. El participante podra inconformarse cuando obtenga en la evaluacion
                   global el puntaje necesario para incorporarse o promoverse y no haya
                   sido considerado en la dictaminaciOn.
          7.5.3. El participante contard hasta con diez dias habiles, a partir de la
                   publicaciOn de los resultados, para presentar su inconformidad por
                   escrito ante la cornisiOn paritaria estatal.
          7.5.4. Una vez concluido el periodo para recibir las inconformidades, la
                   comision paritaria estatel tendra un plazo de quince dias habiles para
                   dar respuesta por escrito conforme a la normativa del Programa.
                   decision de la comision paritaria estatel sera definitiva e irrevocable.
          7.5.5. Si el participante no ejerce este derecho en los tiempos establ cido
                   asumira la impr	      ncia de su inconformida

     Comision Nacional SEP-                 Magisterial
     42
Lineamientos Generales
                                                                                        C)
  7.5.6.   Las comisiones paritarias estatales deberan prever el recurso
           presupuestal necesario para cubrir el pago de las inconformidades que        s.
                                                                                        0.
                                                                                        0,
           resulten procedentes.	

7.6. Proceso de validacion de las bases de datos de docentes incorporados
     o promovidos


  7.6.1.   Durante la validacion se verifica, mediante programas informaticos, la
           consistencia de la informaciOn consignada en las bases de datos de
           docentes incorporados y promovidos. -iambi& se revisan documentos
           que justifiquen tanto el ingreso como la promocion de los participantes y
           que el presupuesto haya sido aplicado conforme a los criteri
           establecidos.
  7.6.2.   Estas actividades se desarrollan en dos ambitos:
    7.6.2.1.    Ambito estatal. Es responsabilidad de las comisiones paritarias
                estatales y de las instancias competentes, Ilevar a cabo la revision
                completa de la base de datos de docentes incorporados y
                promovidos en cada etapa de dictaminacion.
    7.6.2.2.    Ambito federal. Con la finalidad de verificar la correcta aplicacion
                tanto de los recursos disponibles del Programa como del marco
                normativo, la Cords& Nacional SEP-SNTE de Carrera
                Magisterial realizara, en cada etapa, una revision de la
                consistencia de las dictaminaciones realizadas por las comisiones
                paritarias.
  7.6.3.   Una representaciOn de la comisiOn paritaria estatal debera proporcionar
           los soportes documentales, asi como la informaciOn necesaria a fin de
           realizar este proceso.
  7.6.4.   Al termino del proceso de validacion, se firmara la minuta de trabajo en
           la que se presentaran las conclusiones, las cuales contendran, en su
           caso, los registros de aquellos participantes que incumplieron alguno de
           los requisitos normativos.
  7.6.5.   La comisiOn paritaria estatal solicitard a las areas responsables en la
           entidad federativa los ajustes que procedan para los docentes que, en
           su caso, incumplieron algLin requisito normativo y que estan registrad
           en las minutas de trabajo derivadas del proceso de validacion.
  7.6.6.   La comision ritaria est tal contard con un plazo maxim° de 20 di
           habiles        rantizar e los casos consignados en la minuta
                                            ion Nacional SEP-SNTE de C rrera gisteria

                                                                                   43
Lineamientos Generales


                  trabajo, se actualicen en la base de datos de incorporados y
                  promovidos de la etapa correspondiente.

    7.7. Emision y revocacion de dictamenes


         7.7.1.   Las cornisiones paritarias estatales elaboraran y entregaran a I
                  docentes el dictamen individual de incorporacion o promocion a
                  Programa en un plazo no mayor de 30 dias habiles, posteriores a la
                  conclusion del proceso de validaciOn y registro de las bases de datos en
                  la CoordinaciOn Nacional de Carrera Magisterial.
7'9 7.7.2. Las comisiones paritarias elaboraran la revocacion de dictamenes para
           los docentes que incumplan los requisitos y condiciones del refr
           en los casos previstos para la cancelaciOn del estimulo.
               ,




    Comisi6n cional SEP-	                ra Magisterial
    44
Lineamientos Genera/es


8. INCIDENCIAS


8.1. Personal con doble plaza


  8.1.1.   Los docentes y directivos con doble plaza o el personal directivo con
           una plaza docente adicional, podran participar para incorporar o
           promover ambas, si cubren los requisitos establecidos para cada una.
  8.1.2.   Los docentes con dos plazas que correspondan at mismo tipo de
           examen, solamente presentaran la evaluacion del factor PreparaciOn
           Profesional en una y el resultado se aplicara en ambas.
  8.1.3.   Los docentes con dos plazas que no correspondan at mismo tipo de
           examen, presentaran la evaluaciOn del Factor PreparaciOn Profesion
           en las dos.
  8.1.4. Los docentes con doble plaza realizaran la evaluacion del factor
           Actividades Cocurriculares en ambas plazas y, en su caso, en el factor
           Aprovechamiento Escolar.
  8.1.5. El personal de Tercera Vertiente con doble plaza en un centro de
           trabajo y con el mismo tipo de examen en el factor Preparacion
           Profesional, presentard la evaluaciOn en el factor Apoyo Educativo en
           una plaza. Si a las plazas les corresponde diferente tipo de examen,
           presentaran las evaluaciones que correspondan para cada una.
  8.1.6.   Los docentes con doble plaza en Tercera Vertiente podran incorporarse
           o promoverse en annbas, siempre y cuando laboren la jornada
           establecida para cada una.
  8.1.7. La participacion con doble plaza se ajustara a los siguientes criterios de
           compatibilidad horaria:
     8.1.7.1. Los docentes con categoria frente a grupo podran incorporar o
                promover un maxim° de 42 horas.
     8.1.7.2. El personal con categoria directiva o de supervision
                participar hasta con 48 horas.
     8.1.7.3. Los profesores con una categoria directiva y otra docente es
                en posibilidad de participar con un maxim° de 48 horas.



                                      Comision Nac       P-SNTE de Carrera Magisterial
Lineamientos Genera/es


8.2. Promociones en el Escalafon Vertical


     8.2.1.   Los docentes frente a grupo o el personal directivo y de supervisiOn
              incorporados que obtengan ascensos en el sistema escalafonario
              vertical en plazas con COdigo 10 (alta definitiva) o COdigo 95 sin titular
              (interinato ilimitado) conservaran el nivel de Carrera Magisterial que
              ostentaban en la categoria de antecedente asi como la permanencia
              acumulada.
     8.2.2.   Los docentes frente a grupo o el personal directivo y de supervisiOn
              incorporado, que sean comisionados en categorias directivas o d
              supervision en Codigo 95 sin titular (interinato ilimitado), deberan
              sujetarse a los siguientes criterios:
         8.2.2.1.   Podran conservar su nivel de Carrera Magisterial, siempre y
                    cuando soliciten licencia en su plaza de antecedente.
         8.2.2.2.   Si la plaza que ostentan se dictamina escalafonariamente a un
                    tercero conservaran el nivel de Carrera Magisterial y la
                    permanencia acreditada, siempre y cuando se les asigne otra
                    plaza similar en codigo 95 sin titular (interinato ilimitado) o se
                    reincorporen a la plaza de antecedente quo tengan en licencia.
     8.2.3.   Los docentes que obtengan ascensos en el sistema escalafonario
              vertical antes de la inscripcion, en la etapa de incorporacion o
              promocion, deberan realizar su evaluacion global en la nueva actividad.
              En su caso, se ajustaran a lo establecido en el numeral 6.11.4.
     8.2.4.   Cuando los ascensos se otorguen con posterioridad al periodo de
              inscripcion, los docentes, para promoverse, deberan realizar su
              evaluacion global en el ciclo inmediato posterior a la fecha del
              movimiento y cumplir con los demas requisitos establecidos.
     8.2.5.   Los docentes que obtengan ascensos en el sistema escalafonario
              vertical antes de la inscripciOn, en la etapa de evaluacion extraordinaria
              (alio posterior al cumplimiento de permanencia requerida), para estar
              en posibilidad de conservar el estimulo deberan realizar su evaluacio
              global en la nueva actividad y cumplir con los demas requis
              establecidos.
     8.2.6.   En la etapa de evaluaciOn extraordinaria, los docentes que esten
              posibilidad de obtener un ascenso vertical con posterioridad al per
              de inscripcion, podran elegir entre lo siguiente:


Corn'	     Nacio	             de Carrera Magisterial
46
Lineamientos Genera/es


  8.2.6.1.    Optar por el ascenso y, por lo tanto, perderan la posibilidad de
              ref rendar y/o promoverse, o
  8.2.6.2. Realizar la evaluaciOn global en la categoria con que se
            inscribieron en la Etapa para refrendar el estimulo o promoverse,
           siempre y cuando cumplan con los demas requisitos establecidos.
  8.2.6.3.    Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran que
              apegarse a lo establecido en el numeral 4.2.
8.2.7.   Los docentes que obtengan ascensos en el sistema escalafon
         vertical antes de la inscripcion, en las etapas posteriores a la evaluacion
         extraordinaria Ono posterior al cumplimiento de la pernnanencia
         requerida), para estar en posibilidad de conservar el estimulo deberan
         realizar su evaluaciOn global en la nueva actividad y cumplir con los
         dernas requisitos establecidos.
8.2.8.   En las etapas posteriores a la evaluaciOn extraordinaria, los docentes
         que ester' en posibilidad de obtener un ascenso vertical con
         posterioridad al periodo de inscripciOn, podran elegir entre lo siguiente:
  8.2.8.1.    Optar por el ascenso y, por lo tanto, perderan la posibilidad de
              ref rendar y/o promoverse, o
  8.2.8.2.    Realizar la evaluaciOn global en la categoria con que se
              inscribieron en la etapa para refrendar el estimulo o promoverse,
              siempre y cuando cumplan con los dernas requisitos establecidos.
  8.2.8.3.    Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran que
              apegarse a lo establecido en el numeral 4.2.

  Horas Adicionales


8.3.1.   Los docentes incorporados a Carrera Magisterial con nombrami
         por hora/semana/mes y los de jornada (Telesecundaria) que ob engan
         horas adicionales, podran incorporarlas al Programa siempre y cuando
         las horas correspondan a la misma materia o a las consideradas afines,
         de conformidad con los criterios acordados por la ComisiOn Nacional
         SEP-SNTE.
8.3.2.   Ademas de lo anterior, debera de cumplir con los siguientes requisitos:
  8.3.2.1.    P entar la solicit id por escrito a la corn's& paritaria estatal, a
                   de la fecha d la signaciOn del (os) nombranniento (s).
                                          skin Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial
                                                                                    47
Lineamientos Generales
"S.
0.
0-
CD

             8.3.2.2. Entregar el Formato unico de Personal o su equivalente, on el
                       cual se especifique que las horas adicionales que recibe sean en
                       Codigo 10 (alta definitiva) o Codigo 95 sin titular (interinato
                       ilimitado).
             8.3.2.3.    Contar con el dictamen de las horas incorporadas y, en su caso,
                         promovidas en Carrera Magisterial.
             8.3.2.4.    Comprobar que correspondan a la misma categoria con la que
                         participa el docente.
             8.3.2.5. Entregar copia del ultimo talOn de pago.
             8.3.2.6.    Solicitar la incorporacion de las horas adicionales a partir de la
                         fecha del nuevo nombramiento y turnar la peticiOn al Consejo
                         Tecnico o equivalente para quo este, a su vez, lo notifique a la
                         instancia responsable del Programa en la entidad federativa.
             8.3.2.7. Respetar los criterios de compatibilidad horaria, los cuales
                       establecen como maxim° 42 horas para docentes frente a grupo.
             8.3.2.8.    Las nuevas horas se incorporaran con el mismo nivel de Carrera
                         Magisterial y permanencia que ostente el docente en las ya
                         incorporadas.
           8.3.3.   Si las horas asignadas corresponden a una materia no af in a la que
                    imparten, para incorporarlas a Carrera Magisterial, los docentes
                    deberan completar el minim° de horas requerido para participar, cumplir
                    los demas requisitos y obtener el puntaje necesario en la evaluacion
                    global.

      8.4. Cambios de Vertiente


           8.4.1.   Los docentes incorporados al Programa que cambien de vertiente
                    conservaran el nivel de Carrera Magisterial que ostentaban al mome
                    del cambio.
           8.4.2.   Los docentes que cambien de vertiente antes de la inscripcion, en
                    etapa de incorporacion o promocion, deberan realizar su evaluac
                    global en la nueva actividad. En su caso, se ajustaran a lo esta
                    en el numeral 6.11.4.


      Comision Nacional SEP                a Magisterial
      48
Lineamientos Genera/es

8.4.3. Cuando los movimientos se realicen con posterioridad al periodo de
       inscripciOn, los docentes para promoverse, deberan realizar su
       evaluaciOn global en el ciclo inmediato posterior a la fecha del
       movimiento y cumplir con los demas requisitos establecidos.
8.4.4. Los docentes que cambien de vertiente antes de la inscripcion, en la
       etapa de evaluaciOn extraordinaria (ano posterior al cumplimiento de
       permanencia requerida), para estar en posibilidad de conservar el
       estimulo deberan realizar su evaluacion global en la nueva actividad y
       cumplir con los dernas requisitos establecidos.
8.4.5. En la etapa de evaluacion extraordinaria, los docentes que esten en
       posibilidad de cambiar de vertiente con posterioridad al periodo
       inscripciOn, podran elegir entre lo siguiente:
  8.4.5.1. Optar por el movimiento y, por lo tanto, perderan la posibilidad de
            ref rendar y/o promoverse, o
  8.4.5.2. Realizar la evaluaciOn global en la actividad con que se
            inscribieron en la etapa para refrendar el estimulo o promoverse,
            siempre y cuando cumplan con los demas requisitos establecidos.
  8.4.5.3. Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran que
           apegarse a lo establecido en el numeral 4.2.
8.4.6. Los docentes quo cambien de vertiente antes de la inscripcion, on las
       etapas posteriores a la evaluacion extraordinaria (ano posterior al
       cumplimiento de permanencia requerida), para estar en posibilidad de
       conservar el estimulo deberan realizar su evaluacion global en la nueva
       actividad y cumplir con los demas requisitos establecidos.
8.4.7. En las etapas posteriores a la evaluacion extraordinaria, los docentes
       quo esten en posibilidad de cambiar de vertiente con posterioridad al
       periodo de inscripcion, podran elegir entre lo siguiente:
  8.4.7.1. Optar por el movimiento y, por lo tanto, perderan la posibilidad
             ref rendar y/o promoverse, o
  8.4.7.2. Realizar la evaluacion global en la actividad con que
            inscribieron en la Etapa para refrendar el estimulo o promover
            siempre y cuando cumplan con los demas requisitos establec os.
  8.4.7.3. Los	       ntes que refrenden su nivel de estimulo, tendran quo
            a	        a lo establecido en el numeral 4.2.



                                   Comision Na    SEP-SNTE de Carrera Magisterial
                                                                               49
Lineamientos Genera/es


ca 8.5. Cambios al interior de la Vertiente
fay

           8.5.1.   Los participantes que ostenten un nivel de estimulos y que cambien al
                    interior de su vertiente, de adscripcion, de categoria, asignatura, nivel o
                    modalidad educativos, conservaran el nivel obtenido.
           8.5.2.   En todos estos movimientos, los participantes deberan acreditar los
                    estudios requeridos para la asignatura, nivel o modalidad educativos
                    donde sean transferidos, respetar las lineas escalafonarias
                    correspondientes y cumplir con los demas requisitos normativos.
           8.5.3.   Los docentes que tengan movimientos al interior de la vertiente antes
                    de la inscripciOn, en la etapa de incorporaciOn o promociOn, deberan
                    realizar su evaluaciOn global en la nueva actividad. En su caso, se
                    ajustaran a lo establecido en el numeral 6.11.4.
           8.5.4.   Cuando los movimientos sean posteriores al periodo de inscripciOn, los
                    docentes para promoverse, deberan realizar su evaluacion global en el
                    ciclo inmediato posterior a la fecha del movimiento y cumplir con los
                    demas requisitos establecidos.
           8.5.5.   Los docentes que tengan movimientos al interior de la vertiente antes
                    de la inscripcion, en la etapa de evaluaciOn extraordinaria (alio posterior
                    at cumplimiento de permanencia requerida), para estar en posibilidad de
                    conservar el estimulo deberan realizar su evaluacion global en la nueva
                    actividad y cunnplir con los demas requisitos establecidos.
           8.5.6.   En la etapa de evaluaciOn extraordinaria, los docentes que ester' en
                    posibilidad de obtener un movimiento de este tipo con posterioridad al
                    periodo de inscripciOn, podran elegir entre lo siguiente:
             8.5.6.1.    Optar por el movimiento y, por lo tanto perderan la posibilidad de
                         ref rendar y/o promoverse, o
             8.5.6.2. Realizar la evaluacion global en la actividad con que se
                      inscribieron en la etapa para refrendar el estimulo o promoverse,
                      siempre y cuando cumplan con los dernas requisitos establecidos.
             8.5.6.3.    Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran
                         apegarse a lo establecido en el numeral 4.2.
           8.5.7.   Los docentes que tengan movimientos al interior de la vertiente a
                    de la inscripcion, en las etapas posteriores a la evaluac
                    extraordin ario posterior al cumplimiento de permane
                    requerid , para estar en posibilidad de conservar el estimulo d
      Comision Nacional S                rrera Magisterial
      50
Lineamientos Generales


             realizar su evaluaciOn global en la nueva actividad y cumplir con los
             demas requisitos establecidos.
  8.5.8. En las etapas subsecuentes a la evaluaciOn extraordinaria, los docentes
         que ester" en posibilidad de obtener un movinniento de este tipo con
         posterioridad al periodo de inscripciOn, podran elegir entre lo siguiente:
        8.5.8.1. Optar por el movinniento y, por lo tanto, perderan la posibilidad de
                 ref rendar y/o promoverse, o
        8.5.8.2. Realizar la evaluacion global en la actividad con que se,
                 inscribieron en la etapa para refrendar el estimulo o promoverse,
                 siempre y cuando cumplan con los dernas requisitos establecidos.
        8.5.8.3. Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran
                 apegarse a lo establecido en el numeral 4.2.

8.6. Cambios de adscripcion de centro de trabajo

  8.6.1. Los profesores que cambien de centro de trabajo conservaran el nivel
         de Carrera Magisterial que ostenten y la permanencia acreditada.
  8.6.2. Los docentes que cambien de centro de trabajo antes de la inscripciOn,
         en la etapa de incorporacion o promocion, deberan realizar su
         evaluacion global en su nuevo lugar de adscripcion. En su caso, se
         ajustaran a lo establecido en el numeral 6.11.4.
  8.6.3. Cuando el cambio se realice con posterioridad al periodo de inscripciOn,
         los docentes para promoverse, deberan realizar su evaluacion global e
         el ciclo inmediato posterior a la fecha del movimiento y cumplir con
         dernas requisitos establecidos.
  8.6.4. Los docentes que cambien de centro de trabajo antes de la inscripc
         en la etapa de evaluacion extraordinaria (alio posterior al cumplimi
         de permanencia requerida), para estar en posibilidad de conse ,, ar el
         estimulo deberan realizar su evaluaciOn global en su nuevo lugar de
         adscripcion y cumplir con los demas requisitos establecidos.
  8.6.5. En la etapa de evaluacion extraordinaria, los docentes que esten en
         posibilidad de cambiar de centro de trabajo con posterioridad al periodo
         de inscripciOn, odran elegir entre lo siguiente:
        8.6.5.1. Opta	          cannbio y, por lo tanto, perderan la posibilidad de
                 refrend	          overse, o
                                        Comision !Vac'    P-SNTE de Carrera Magisterial

   `k                                                     _                          51
Lineamientos Genera/es

Q.
(1)
c).          8.6.5.2. Realizar la evaluaciOn global en el centro de trabajo en que se
                      inscribieron en la etapa para refrendar el estimulo o promoverse,
                      siempre y cuando cumplan con los demas requisitos establecidos.
             8.6.5.3. Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran que
                      apegarse a lo establecido en el numeral 4.2.
           8.6.6. Los docentes que cambien de centro de trabajo antes de la inscripcion,
                  en las etapas posteriores a la evaluacion extraordinaria (atio posterior al
                  cumplimiento de permanencia requerida), para estar en posibilidad de
                  conservar el estimulo deberan realizar su evaluacion global en su nuevo
                  lugar de adscripcion y cumplir con los dernas requisitos establecidos.
           8.6.7. En las etapas posteriores a la evaluaciOn extraordinaria, los docentes
                   que esten en posibilidad de cambiar de centro de trabajo con
                   posterioridad al periodo de inscripciOn, podran elegir entre lo siguiente:
             8.6.7.1. Optar por el cambio y, por lo tanto, perderan la posibilidad de
                       ref rendar y/o promoverse, o
             8.6.7.2. Realizar la evaluaciOn global en el centro de trabajo en que se
                       inscribieron en la etapa para refrendar el estimulo o promoverse,
                       siempre y cuando cumplan con los demas requisitos establecidos.
             8.6.7.3. Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran que
                      apegarse a lo establecido en el numeral 4.2.2.

      8.7. Cambio de adscripcion de zona urbana o rural a localidad de ba"
            desarrollo o viceversa

           8.7.1. El profesor que labore en zona de bajo desarrollo y que cambie de
                  zona rural o urbana, despues de haber obtenido un nivel de rrer
                  Magisterial, seguira participando con el nivel alcanzado pero
                  ajustandose, para efectos de promociOn, a los arms de permanencia
                  definidos para la zona a la cual se transfirio.
           8.7.2. El docente incorporado a Carrera Magisterial que cambie a zona de
                   bajo desarrollo, para efectos de promociOn debera cumplir una de las
                   siguientes condiciones:
              8.7.2.1. Acreditar los dos &los de permanencia establecidos para esa
                        zona, o

      Comisidn cional S	               arrera Magisterial
      52
Lineamientos Generales

    8.7.2.2.    Si tenia acumulada permanencia antes del cambio, completard la
                que se requiera para el nivel de Carrera Magisterial que ostente,
                conforme los criterios definidos para zona urbana o rural.

8.8. Cambio o permuta de una entidad federative a otra


  8.8.1.   Cuando la Cornision Nacional Mixta de Cambios Interestatales autorice
           cambio de adscripcion o permuta al personal docente incorporado al
           Programa, la entidad federativa receptora respetard el nivel y la
           permanencia que ostente el participante, siempre y cuando:
    8.8.1.1.    Cumpla con todos los requisitos normativos.
    8.8.1.2.    Se encuentre en la base de datos de docentes incorporados y
                promovidos registrada en la Coordinacion Nacional de Carrera
                Magisterial, por la entidad federativa de su adscripciOn anterior.
  8.8.2.   El nivel de Carrera Magisterial que ostenten los docentes sera cubierto
           con los recursos de las entidades federativas receptoras, en la
           dictaminacion inmediata posterior al movimiento.
  8.8.3.   La comision paritaria estatal de origen sera la instancia responsable de
           remitir a la entidad federativa receptora el expediente de Carrera
           Magisterial del docente y, si es el caso, proporcionard al profesor en
           cuestion el dictamen de incorporacion o promocion, avalando el nivel de
           Carrera Magisterial obtenido y la permanencia acreditada hasta la fecha
           del cambio.
  8.8.4.   Para efectos de promocion, los docentes que cambien o permuten
           necesariamente deberan sustentar la evaluacion global y obtener el
           puntaje necesario para promocion en la nueva entidad federativa.
  8.8.5.   Los docentes que cambien de entidad federativa antes de la inscripciOn
           en la etapa de promocion, deberan realizar su evaluacion global en la
           entidad de transferencia. En su caso, se ajustaran a lo establecido en
           numeral 6.11.4.
  8.8.6.   Cuando los movimientos se realicen con posterioridad al periodo
           inscripcion, los docentes, para promoverse, deberan real r su
           evaluaciOn global en el ciclo inmediato posterior a la fecha del
           movimiento y cumplir con los demas requisitos establecidos.
  8.8.7.   Los docentes qu	    mbien de entid d federativa antes de la inscripciOn,
           en la etapa de	      don extraordin ria (alio posterior al cumplimien
                                      Comisi6n Na	    SEP-SNTE de Carrera Magisteria
                                                                                  53
Lineamientos Genera/es


             de permanencia requerida), para estar en posibilidad de conservar el
             estirnulo deberan realizar su evaluaciOn global en la entidad de
             transferencia y cumplir con los dernas requisitos establecidos.
     8.8.8. En la etapa de evaluaciOn extraordinaria, los docentes que esten en
            posibilidad de cambiar de entidad con posterioridad al periodo de
            inscripciOn, podran elegir entre lo siguiente:
       8.8.8.1. Optar por el movimiento y, por lo tanto, perderan la posibilidad
                refrendar y/o promoverse, o
       8.8.8.2. Realizar la evaluacion global en la entidad federativa en la qu
                inscribieron en la Etapa para refrendar el estimulo o promoverse,
                siempre y cuando cumplan con los dernas requisitos establecidos.
       8.8.8.3. Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran que
                apegarse a lo establecido en el numeral 4.2.
     8.8.9. Los docentes que cambien de entidad federativa antes de la inscripcion,
            en las etapas posteriores a la evaluaciOn extraordinaria Ono posterior al
            cumplimiento de permanencia requerida), para estar en posibilidad de
            conservar el estimulo deberan realizar su evaluacion global en la
            entidad de transferencia y cumplir con los dernas requisitos
            establecidos.
     8.8.10. En las etapas posteriores a la evaluacion extraordinaria, los docentes
             que esten en posibilidad de cambiar de entidad federativa con
             posterioridad al periodo de inscripciOn, podran elegir entre lo siguiente:
       8.8.10.1. Optar por el movimiento y, por lo tanto, perderan la posibilidad de
                 ref rendar y/o promoverse, o
       8.8.10.2. Realizar la evaluacion global en la entidad federativa en la que se
                 inscribieron en la Etapa para refrendar el estimulo o promoverse,
                 siempre y cuando cumplan con los dernas requisitos establecidos.
       8.8.10.3. Los docentes quo refrenden su nivel de estimulo, tendran que
                 apegarse a lo establecido en el numeral 4.2.

8.9. Acuerdos presidenciales

     8.9.1. Los docentes con acuerdos presidenciales 754 ó 529 no •odra
            participar en Carrera Magisterial, excepto cuando realicen actividades
            tecnico-pe	     icas co prendidas en la Tercera Vertiente.
Comisi6n Nacional SEP-	                      rial
54
Lineamientos Generales
                                                                                      s-
                                                                                      •

  8.9.2. Si estan incorporados al Programa, continuaran percibiendo el estimulo       0
         correspondiente al nivel obtenido, pero no podran promoverse ni
         tendran que refrendar el nivel de estimulo.
  8.9.3. Una vez que reanuden sus actividades en alguna de las tres vertientes
          de participaciOn y esa etapa corresponda a la promociOn o refrendo,
          deberan presentar su evaluaciOn global y cumplir con los dernas
          requisitos establecidos.

8.10. Cambio de actividad par dictamen del ISSSTE o su equivalente

  8.10.1. Los docentes incorporados al Programa que obtengan cambios de
          actividad por dictamen del ISSSTE o su equivalente, continuaran
          percibiendo el nivel de estimulos que ostenten. Para promoverse o
          refrendar, deberan realizar su evaluacion global en actividades
          consideradas en la Tercera Vertiente.

8.11. Licencias sin goce de sueldo

  8.11.1. Los profesores que presenten esta incidencia y, como consecuencia de
          ello, se ausenten de sus funciones en alguna de las tres vertientes por
          15 dias habiles o mas conservan la permanencia de ese ciclo escolar.
          En su caso, se ajustaran a lo establecido en el numeral 6.11.4.

8.12. Beca Comisi6n

  8.12.1. Los docentes que reciban esta prestaciOn no podran participar en esa
          etapa en Carrera Magisterial, pero conservan el estimulo que han
          obtenido y la permanencia. En su caso, se ajustaran a lo establecido en
          el numeral 6.11.4.

8.13. Licencias medicas y con goce de sueldo

  8.13.1. Los docentes que reciban licencias medicas o con goce suel o,
          podran evaluarse en esa etapa, asumiendo que su ausencia podria
          afectar los puntajes de la evaluacion global, pero conservaran I
          permane	 t.i. ese ciclo es olar.
                                              acional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 1-7--------

                                                                                 55
Lineamientos Genera/es

      CI
      O.
      CD

      8    8.14. Vacantes definitivas o por licencia sin goce de sueldo
      Co




             8.14.1. Cuando se generen vacantes definitivas de plazas incorporadas al
                     Programa, al asignarse nuevamente, no deberan incluir el concepto de
                     Carrera Magisterial, el cual, de conformidad con las caracteristicas del
                     recurso presupuestal, se adicionara a la bolsa de economias
                     regularizables pare aplicarse en la dictaminacion.
             8.14.2. En el caso de que existan vacantes por licencia sin goce de sueldo de
                     sus titulares, las plazas se podran asignar de manera provisional, sin el
                     concepto de Carrera Magisterial, quedando el nivel identificado con el
                     titular para que se le asigne en el momento en que reanude su
                     labores.

           8.15. Pensiones o jubilaciones

              8.15.1. Los participantes incorporados que reciban licencia prejubilatoria o por
                      pensiOn, percibiran la remuneracion del nivel obtenido durante ese
                      periodo. A partir de que causen baja y se les otorgue la pensiOn o
                      jubilaciOn, el concepto de Carrera Magisterial debera integrarse a la
                      bolsa de econornias regularizables.

           8.16. Cese o defunci6n

              8.16.1. El personal que ostente algun nivel de estimulos que sea cesado e
                      interponga una demanda laboral por ese motivo, podra recuperar el
                      nivel de Carrera Magisterial que ostentaba si el laudo le es favorable.
              8.16.2. El personal que ostente algOn nivel de Carrera Magisterial que sea
                      cesado en forma definitiva y posteriormente se le recontrate en el
                      servicio docente, para incorporarse al Programa, debera evaluarse
                      cumplir con todos los requisitos establecidos.
              8.16.3. En caso de defuncion de docentes incorporados o promovidos en
                      Programa, las diferencias pendientes de cobro de un periodo p
                      ser pagadas a los deudos en aquellas situaciones en que la le slaciOn
                      laboral vigente asi lo indique. Asimismo, el concepto de Carrera
                      Magisterial que se libere debera integrarse a la bolsa de recursos
                      presupuestales correspondientes.

           Comision Nacional SEP-SNTE           agist



e—e
Lineamientos Generales


9. Transitorios


9.1.   Los presentes Lineamientos tendran vigencia a partir del inicio del ciclo
       escolar 2011-2012, Vigesima Primera Etapa del Programa.
9.2.   Con la entrada en vigor de los presentes Lineamientos Generales, se
       abrogan todas las normas, disposiciones, acuerdos y alcances relativos al
       Programa Nacional de Carrera Magisterial, emitidos con antelacion por la'
       ComisiOn Nacional SEP-SNTE.
9.3.   Los docentes con plaza del Esquema de Educacion Basica podran
       participar en el Programa, siempre y cuando hayan obtenido su categoria
       durante la vigencia de ese sistema de estimulos (de nnayo de 1987 al 1° de
       marzo de 1993) y cumplan con los requisitos de Carrera Magisterial.
       Cuando el personal incorporado con estas categorias cause baja definitiva,
       tanto el diferencial del Esquema como el de Carrera Magisterial se
       integraran a la bolsa de recursos del Programa.
9.4.   Toda vez que la Reforma a los Lineamientos Generales modifica el sistema
       de evaluaciOn, los puntajes obtenidos en las evaluaciones globales hasta la
       )0( Etapa, ciclo escolar 2010-2011, dejan de tener vigencia.
9.5.   Los arms de permanencia acreditados por los participantes hasta el ciclo
       escolar 2010-2011 swan considerados para promociOn, siempre y cuando
       hayan cumplido con la normativa aplicable.
9.6.   Por unica vez en la XXI Etapa, ciclo escolar 2011-2012, los participantes
       con niveles de Carrera Magisterial concursaran para su promociOn con el
       resultado de la evaluacion global obtenida en el nuevo sistema de
       evaluaciOn, siempre y cuando cumplan con la permanencia requerida y con
       los demas requisitos establecidos.
9.7. En las Etapas XXII y XXIII, los profesores que elijan promoverse con el
      pronnedio de sus puntajes globales, concursaran con las dos o tres
      evaluaciones obtenidas en el nuevo sistema respectivamente, siempreelp
      cuando cumplan con la permanencia requerida y con los demas requisi •
      establecidos.
9.8.   Para los participantes de la Primera, Segunda y Tercera Vertientes de .4
       niveles y modalidades de Preescolar, Preescolar Indigena, lnicial, pri 	 o y
                                                                                         4,
       segundo grados de Primaria, Educacion Fisica, EducaciOn Art' tica y 1
       Educacion Tecnologica donde los aprendizajes de los alumnos no se            1
       valoran con • ebas de aplicaciOn nacional, en tanto se cuente con los,
       instrumento	      espondien es, el puntaje del factor Aprovechamiento

                                          isi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magister
                                                                                    57
Lineamientos Generales


        Escolar se determinard en funcion de los resultados que obtengan en el
        factor PreparaciOn Profesional.
9.9. Los docentes que, al entrar en vigor los presentes Lineamientos Generales
     ester) cursando alguna Maestria o Doctorado, podran obtener, por
     vez, 20 puntos en el factor de Formacion Continua en la Etapa
     correspondiente, siempre y cuando acrediten estos estudios hasta la XXIII
     Etapa.
9.10. Los participantes que se incorporaron o promovieron entre las Etapas VIII y
      XX, que sustituyeron el grado acadernico con anos de experiencia en el
      servicio docente o con estudios incompletos, a partir de la Etapa )0(1, pa
      continuar participando deberan cumplir con lo establecido en el Anexo 2
      estos Lineamientos Generales.
     1. Lo no previsto en los presentes Lineamientos Generales, sera resuelto
         la Cords& Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial.




Comisi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial
58
Lineamientos Genera/es




ion Nacional SEP-         arrera Magist
                                          59
Lineamientos Genera/es

  cr)	                                                    ANEXO 1
         Catalogo de categorias susceptibles de incorporarse o promoverse en Carrera Magisterial


         PRIMERA VERTIENTE*

         Personal de Preescolar y grupos afines

              Categorfas                                              Denominacion
               E-0164           Profesor de Ensefianzas Musicales Elementales para Jardin de Nitios, en el D. F.
               E-0165           Profesor de Ensetianzas Musicales Elementales para Jardin de Nirios, Foraneo.
               E-0180           Maestra de Jardin de Nifios, en el D. F.
               E-0181           Maestra de Jardin de Nirios, Foranea.
               E-0182           Horas de acompariante de Mirsica para Jardin de Nifios, en el D. F.
               E-0183           Horas de acompariante de Musica para Jardin de Nifios, Foraneo.
               E-0185           Maestra de Jardin de Nitios de Tiempo Completo Mixto, Titulada en la Licenciatura de
                                Preescolar.
                E-0190          Educadora	 para	 Centros	 de	 Desarrollo	 Infantil	 de	 Tiempo	 Completo	 con
                                Fortalecimiento Curricular.
                E-0195          Educadora para Centros de Desarrollo Infantil.
                E-0199          Maestra de Jardin de Nifios de 3/4 de Tiempo en Curso, con Fortalecimiento Curricular_,


         Personal de Primaria y grupos afines

              Categorias                                              Denominacion
                E-0280           Maestro de Grupo de Primaria, en el D. F.
                E-0281           Maestro de Grupo de Primaria, Foraneo.
                E-0285           Maestro de Grupo de Primaria de Tiempo Completo Mixto, Titulado en la Licenciatura
                                 de Primaria.
                E-0286           Maestro de Grupo de Primaria Nocturna, en el D. F.
                E-0296           Maestro de Grupo de Primaria Asistencial, en el D. F.
                E-0298           Maestro de Grupo de Primaria Nocturna con Fortalecimiento Curricular.
                E-0299           Maestro de Grupo de Primaria de 3/4 de tiempo en curso, con Fortalecimiento
                                 Curricular


         Personal de Educacion Secundaria General
                                                                                                                            k
              Categorias                                              Denominacion                                          ,Il
                E-0360
                E-0361
                                 Profesor de Enserianzas de Adiestramiento de Secundarias, en el D. F.
                                 Profesor de Enserianzas de Adiestramiento de Secundarias, Foraneo.                  4
/AI             E-0362
                E-0363
                E-0364
                E-0365
                                 Profesor de Ensenanza Secundaria, en el D. F.
                                 Profesor de Enserianza Secundaria, Foranea.
                                 Profesor de Adiestramiento de Secundaria, en el D. F.
                                 Profesor de Adiestramiento de Secundaria, Foraneo.
                E-0366           Horas	 de	 Enserianza	 de	 Adiestramiento	 de	 Secundarias	 Generales               para
                                 Fortalecimiento Curricular, Profesor Titulado
                E-0371           Profesor Orientador de Enserianza Secundaria, Foraneo.
                E-0390           Horas	 de	 Ensefianza	 de	 Adiestramiento	 de	 Secundarias	 Generales               para
                                 Fortalecimiento Curricular.
                E-0392           Horas de Ensenanza de Secundaria para Fortalecimiento Curricular.



         * De existir alguna categoria no considerada en este Anexo y que este vigente en el modelo de educed& basica, su
           inclusion en el Programa sera resuelta por la Comision acional SEP-SNTE.

         ComisiOn Nacional	             TE de Carrera Mag
         60
Lineamientos Generales


Personal de Educaci6n Secundaria Tecnica

    Categorias                                         Denominacion
      E-0460         Profesor de Adiestramiento de Secundaria Tecnica, en el D. F.
      E-0461         Profesor de Adiestramiento de Secundaria Tecnica, Foraneo.
      E-0462         Profesor de Ensenanza Secundaria Tecnica, en el D. F.
      E-0463         Profesor de Ensetianza Secundaria Tecnica, Foranea.
      E-0464         Profesor de Adiestramiento de Secundaria Tecnica, en el D. F., Titulado.
      E-0465         Profesor de Adiestramiento de Secundaria Tecnica, Foraneo, Titulado.
      E-0466         Horas de Ensenanza de Adiestramiento de Secundarias Tecnicas para Fortalecimiento
                     Curricular, Profesor Titulado.
      E-0490         Horas de Adiestramiento de Secundarias Tecnicas para Fortalecimiento Curricular.

      E-0492         Horas de Ensenanza de Secundaria Tecnica para Fortalecimiento Curricular.


Personal de Telesecundaria

    Categorias                                          Denominacion
      E-2780         Horas de Maestro de Telesecundaria, en el D. F.
      E-2781         Horas de Maestro de Telesecundaria, Foraneo.
      E-2792         Horas de Telesecundaria para Fortalecimiento Curricular.


Personal de Educacidon Especial

     Categorias                                         Denominacion
      E-0671         Profesor Orientador Profesional de Ensenanza Superior, Foraneo.
      E-0680         Maestro de Escuela de Experimentacion Pedagogica, en el D. F.
      E-0681         Maestro de Escuela de Experimentacion Pedag6gica, Foram°.
      E-0683         Maestro para Educacion Especial de Tiempo Completo Mixto, Titulado en la U.P.N.
      E-0687         Maestro de EducaciOn Especial.
      E-0689         Maestro Psicologo Orientador para Educacion Especial.
      E-0690         Maestro Psic6logo Orientador par EducaciOn Especial de 3/4 de Tiempo en curso con
                     Fortalecimiento Curricular.
      E-0692         Maestro de EducaciOn Especial de 3/4 de Tiempo en curso con Fortalecimiento
                     Curricular.


Personal de Educaci6n Fisica

     Categorias                                          Denominacion
       E-0761        Profesor de Educacion Fisica, Foraneo.
       E-0762        Profesor Normalista de Educacion Fisica, en el D. F.
       E-0763        Profesor Normalista de EducaciOn Fisica, Foraneo.
       E-0764        Profesor y Licenciado en Educacion Fisica, en el D. F.
       E-0765        Profesor y Licenciado en Educacion Fisica, Foraneo.
       E-0773        Profesor de Ensetianzas Profesionales de Educacion Fisica, Foraneo.
       E-0792        Horas de Educacion Fisica para Fortalecimiento Curricular


Personal de Educacian Tecnologica

     Categorias                                          Denominacion
       E-0961        Profesor de Adiestrqmiento de Enserianza Tecnologica, Vocacional o Tecnica
                     Superior, Foraneo.	 

                                                     ision Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial
                                                                                                    61
Lineamientos Genera/es



Personal de Educacion Artistica

     Categorfas                                          Denominacion
      E-1062         Profesor de Enserianzas Artisticas y Musicales, en el D. F.
      E-1063         Profesor de Enserianzas Artisticas para Postprimarias, Foraneo.
      E-1065         Profesor de Enserianzas Artisticas Elementales, Foraneo.
      E-1067         Profesor de Enserianzas Artisticas para Postprimarias, Foraneo.
      E-1090         Horas de Enserianzas Artisticas y Musicales Elementales para Fortalecimiento
                     Curricular.
       E-1092        Horas de Enserianzas Artisticas y Musicales de Postprimarias para Fortalecimiento
                     Curricular.


Personal de MisJones Culturales

     Categorias                                         Denominacion
      E-1331         Maestro "A" de Mision Cultural.
      E-1333         Maestro "B" de Mision Cultural.
      E-1335         Maestro "C" de Mision Cultural.
      E-1390         Maestro de Misiones Culturales de Tiempo Completo con Fortalecimiento Curricular.


Personal de Educacian Indigena

     Categorfas                                         Denominacion
      E-1461        Orientador de Comunidad de Promocion Indigena, Maestro Normalista Urbano Titulado,
                    Foraneo.
      E-1485        Maestro Bilingue de Educacion Primaria lndigena.
      E-1486        Maestro Bilingue de Educacion Primaria Indigena de Tiempo Completo Mixto Titulado
                    en la U.P.N.
      E-1488        Maestro Bilingiie de Educacion Preescolar Indigena de Tiempo Completo Mixto Titulado
                    en la U.P.N.
      E-1489        Maestro Bilingue de Educacion Preescolar Indigena
      E-1490        Maestro de Grupo de Primaria de Centro de Integracion Social lndigena de Tiempo
                    Completo con Fortalecimiento Curricular.
      E-1492        Maestra	 Bilingue de	 Educacion	 Preescolar de 3/4 de Tiempo en	 Curso con
                    Fortalecimiento Curricular.
      E-1494        Maestro Bilingue de Educacion Primaria de 3/4 de Tiempo en Curso con Fortalecimiento
                    Curricular.
       E-1497       Maestro "C" de Brigada de Mejoramiento lndigena.
       E-1498       Maestro de Brigada de Mejoramiento lndigena de Tiempo Completo con Fortalecimiento
                    Curricular.
       E-1499       Maestro de Centro de Integracion Social Indigena, Maestro Normalista Urbano Titulad,e(-


Personal de Educaci6n de Adultos


      Categorias                                         Denominacion
       E-1586         Profesor de Educacion Basica para Adultos Nocturna, en el D. F.              V----
       E-1587         Profesor de Educacion Basica para Adultos Nocturna, Foraneo.
       E-1598         Profesor de Educacion Basica para Adultos Nocturna con Fortalecimiento C ricular.




Comisi6n Nacional SEP-	              arrera Magiste
62
Lineamientos Genera/es


SEGUNDA VERTIENTE* 	                                                                                                co



Personal de Preescolar y grupos afines

     Categorfas                                             Denominacion
       E-0100           Inspectora de Jardines de Nirios, en el D. F.
       E-0101           lnspectora de Jardines de Nirios, Foranea.
       E-0102           Inspector de Ensefianzas Musicales para Jardin de Nifios, en el D. F.
       E-0103           Inspectora de Jardin de Nifios Titulada en la Licenciatura de Preescolar en la U.P.N.
       E-0104           Inspector General de Sector de Jardin de Nirios, en el D. F.
       E-0105           Inspector General de Sector de Jardin de Nitios, Foraneo.
       E-0107           Inspectora General de Sector de Jardin de Nifios, Titulada en la Licenciatura	 de
                        Preescolar en la U.P.N.
       E-0113           Inspectora para Centros de Desarrollo Infantil.
       E-0120           Directora de Jardin de Ninos, en el D. F.
       E-0121           Directora de Jardin de Nifros, Foranea.
       E-0125           Directora para Centros de Desarrollo Infant!.




Personal de Primaria y grupos afines

     Categorias         Denominacion
       E-0200           Inspector de Zona de Enserianza Primaria, en el D. F.
       E-0201           Inspector de Zona de Enserianza Primaria, Foraneo.
       E-0202           Inspector de Primaria Nocturna, en el D. F.
       E-0203           Inspector de Zona de Ensetianza Primaria, Titulado en la Licenciatura de Primaria en
                        la U.P.N., en el D. F.
       E-0204           Inspector General de Sector de Primaria, en el D. F.
       E-0205           Jefe de Sector de Educacion Primaria, Foraneo.
       E-0206           Inspector General de Sector de Ensefianza Primaria Nocturna, en el D. F.
       E-0207           Inspector General de Sector de Primaria Titulado en la Licenciatura de Primaria, en la
                        U.P.N.
       E-0209           Jefe de Sector de Educacion Primaria Titulado on la Licenciatura de Primaria en la
                        U.P.N., Foraneo
       E-0210           Inspector de Zona de Enserianza Primaria Asistencial, en el D. F.
       E-0213           Inspector de lnternados de Enserianza Primaria Foraneo.
       E-0214           Inspector de Ensefianzas Asistencial, en el D. F.
       E-0219           Director de Primaria de Tiempo Completo Titulado en la Licenciatura de Primaria, on
                        la U.P.N.
       E-0220           Director de Primaria, en el D. F.
       E-0221           Director de Primaria, Foraneo.
       E-0222           Director de Internado de Primaria, on el D. F.
       E-0223           Director de Internado de Primaria, Foraneo.
       E-0224           Director de Primaria Asistencial, en el D. F.
       E-0226           Director de Primaria Nocturna, en el D. F.
       E-0240           Subdirector Secretario de Interned° de Primaria, on el D. F.
       E-0241           Subdirector Secretario de Internado de Primaria, Forrineo.
       E-0250           Jefe de Enserianzas Asistencial, en el D. F.                                        o ii
       E-0258           Jefe de Enserianza Asistencial, en el D. F.                                         /


* De existir alguna categoria no considerada en este Anexo y que este vigente en el modelo de educed& basica, su
  inclusion en el Programa sera resuelta por la Comision Nacional SEP-SNTE.




                                                         skin Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial

                                                                                                             63
Lineamientos Genera/es

CD

0
     Personal de Educacion Secundaria General

          Categorfas                                         Denominacion
           E-0300        Inspector General de Segunda Ensefianza, en el D. F.
           E-0301        Inspector General de Segunda Ensefianza, Foraneo.
           E-0308        Inspector General de Escuela Secundaria para Trabajadores, en el D. F.
           E-0320        Director de Secundaria Diurna, en el D. F.
           E-0321        Director de Secundaria, Foraneo.
           E-0325        Director de Internado de Secundaria, Foraneo
           E-0326        Director de Secundaria para Trabajadores, en el D. F.
           E-0327        Director de Secundaria para Trabajadores, Foraneo.
           E-0340        Subdirector Secretario de Secundaria Diurna, en el D. F.
           E-0341        Subdirector Secretario de Secundaria, Foraneo.
           E-0344        Subdirector Secretario de Secundaria Nocturna, en el D. F.
           E-0345        Subdirector Secretario de Secundaria Nocturna, Foraneo.
           E-0350        Jefe de Enserianza Secundaria Diurna.
           E-0351        Jefe de Enserianza Secundaria, Foraneo.
           E-0358        Jefe de Enserianza Secundaria para Trabajadores.


     Personal de Educacion Secundaria Tecnica

          Categorias                                         Denominacion
           E-0401         Inspector General de Secundarias Tecnicas.
           E-0420         Director de Escuela Secundaria Tecnica, en el D. F.
           E-0421         Director de Escuela Secundaria Tecnica, Foraneo.
           E-0440         Subdirector Secretario de Escuela Secundaria Tecnica, en el D. F.
           E-0441         Subdirector Secretario de Escuela Secundaria Tecnica, Foraneo.
           E-0450         Jefe de Ensefianza Secundaria Tecnica, en el D. F.
           E-0451         Jefe de Enserianza Secundaria Tecnica, Foraneo.



     Personal de Telesecundaria

          Categorfas      Denominacion
            E-2708        Jefe de Sector de Telesecundaria, en el D. F.
            E-2709        Jefe de Sector de Telesecundaria, Foraneo.
            E-2710        Inspector de Zona de Telesecundaria, en el D. F.
            E-2711        Inspector de Zona de Telesecundaria, Foraneo.
            E-2724        Director Maestro de Telesecundaria, en el D. F.
            E-2725        Director Maestro de Telesecundaria, Foraneo.
                                                                                                      .----


     Personal de Educacion Especial

          Categorias                                         Denominaci6n
            E-0621
            E-0629
                          Director para la Escuela Especial de Tiempo Completo Titulado en la U.P.N. 	
                          Director de Escuela de Educacion Especial.
                                                                                                      4
            E-0630        Director de Escuela de Experimentacion Pedagogica, en el D. F.
            E-0631        Director de Escuela de Experimentacion Pedagogica, Foraneo.
            E-0632        Supervisor de Educacion Especial, en el D. F.
            E-0633        Supervisor de Educacion Especial, Foraneo.
            E-0634        Supervisor de Educacion Especial de Tiempo Completo, Titulado en la U.P.N. en e(
                          D. F.
            E-0635        Supervisor de Educacion Especial de Tiempo Completo, Titulado en la U.P.N.
                          Foraneo.	                k	 .

     Comision Nacional SEP-SN	           Carrera Mag ter I
     64
Lineamientos Generales



Personal de Educaci6n Fisica

    Categories       Denominacion
      E-0700         Inspector Normalista de Educacion Fisica, en el D. F.
      E-0701         Inspector Normalista de Educed& Fisica, Foraneo.
      E-0723         Director Federal de Educacion Fisica.




Personal de Educacion Artistica

     Categories                                           Denominacion
      E-1000         Jefe de Ensetianzas Artisticas y Musicales, en el D. F.
      E-1034         Director del Conservatorio Nacional de MUsica, en el D. F.
      E-1048         Subdirector Secretario de Escuela Nocturna de Musica, en el D. F.



Personal de Direccian de Educacian Federal

     Categories                                           Denominacion
      E-1202         Jefe de Zona de Inspeccion en la RepUblice, con radicacion en el D. F.
      E-1221         Director General de Educed& Federal.




Personal de Misiones Cultureles

     Categories                                           Denominacion
      E-1303         Inspector de Misiones Cultureles, Maestro Normalista Urbano Titulado, Foraneo.
      E-1305         Jefe de Misi6n Cultural, Maestro Normalista Urbano Titulado.




Personal de Educacion Indigene

     Categories                                              Denominacion	                            _/
      E-1403         Inspector General de Asuntos Indigenes, Foraneo.
      E-1405         Jefe de Brigada de Mejoramiento Indigene, Maestro Normalista Urbano Titulad .
      E-1411         Jefe de Zona de Supervision de Educed& Indigene.
      E-1421         Director de Centro de Integracion Social Indigene, Maestro Normalista Urbano Titulado.
      El 445         Subdirector Secretario de Centro de IntegraciOn Social Indigene, Maestro Normalista Urbano
                     Titulado.
      E-1447         Jefe de Zona de Supervision de Educacion Indigene de Tiempo Completo Titulado en la
                     U.P.N.
      E1475          Director Bilingue de Educacion Preescolar Indigene.	                                     (---
                                                                                                              l_J
      E-1481         Inspector Bilingiie de Educacion Primaria Indigene. 	
      E-1482         Inspector Bilingue de Educed& Primaria Indigene de Tiempo Completo Titulado en la U.P.N.
      E-1483         Director Bilingue de Educacion Primaria Indigene.	 •
      E-1484         Director Bilingile de Educed& Primaria de Tiempo Completo Titulado en la U.P.N.




                                                Comisi6            al SEP-SNTE de Carrera Magisten

                                                                                                       65
Lineamientos Generales



Personal de Educacion de Adultos

     Categorlas                                            Denominacion
     E-1500         Inspector de EducaciOn Basica para Adultos, en el D. F.
     E-1501         Inspector de EducaciOn Basica para Adultos, Foraneo.
     E-1503         Supervisor de Alfabetizacion, Foraneo.
     E-1524         Director de Educacion Basica para Adultos Nocturna, en el D. F.
     E-1525         Director de Educacion Basica para Adultos Nocturna, Foraneo.
     E-1541         Jefe de Mision Cultural Motorizada, Foraneo.
c-N E-1551          Inspector Federal de Educacion de Adultos, Foraneo.
                                                                                      ---
                                                                                       1;
                                                                                        "




Coion Nacional	                 e Carrera Magiste
66
Lineamientos Generales


                                             ANEXO 2
                      Estudios necesarios para participar en Carrera Magisterial


                 Nivel y/o Modalidad                                          Estudios terminados
Educacion Inicial y Educaci6n Preescolar.                 Normal Basica Preescolar o Licenciatura en Preescolar.
Educacion Preescolar Indigena.                            Normal Basica Preescolar o Licenciatura en Preescolar.
                                                          Licenciatura en Educacion Indigena de la UPN.
Educacion Primaria e Internados.                          Normal Basica Primaria o Licenciatura en Primaria.
Educacion Primaria Indigena.                              Normal	 Basica	 Primaria	 o	 Licenciatura	 Primaria.
                                                          Licenciatura en Educacion Indigena de la UPN.
Educacion Especial.                                       Preescolar: Normal Basica Preescolar, Licenciatura en
                                                          Preescolar, Normal de Especializacion o Licenciatura Je
                                                          Institucion	 de	 Educacion	 Superior	 relacionada	 c n
                                                          EducaciOn Especial.
                                                          Primaria:	 Normal	 Basica	 Primaria,	 Licenciatura	 en
                                                          Primaria, Normal de Especializacion o Licenciatura de
                                                          Institucion	 de	 Educacion	 Superior	 relacionada	 con
                                                          Educacion Especial.
                                                          Secundaria: Normal de Especializacion o Licenciatura
                                                          de Institucion de Educacion Superior relacionada con
                                                          Educacion Especial.
Educacion Fisica.                                         Normal	 en	 Educacion	 Fisica	 o	 Licenciatura	 en
                                                          Educacion Fisica.
Educaci6n Secundaria (General y Tecnica)*.                Normal Superior o de alguna Licenciatura de Institucion
                                                          de EducaciOn Superior afin con la asignatura que
                                                          i m parte.

Telesecundaria.                                           Normal Superior o Licenciatura de alguna Institucion de
                                                          Educacion Superior.
Educacion Tecnologica*.                                   Estudios	 terminados	 de	 ENAMACTA,	 ENAMACTI,
                                                          Tecnico	 Profesional	 del	 nivel	 Medio	 Superior,
                                                          Licenciatura en Docencia Tecnologica o Licenciatura de
                                                          Institucion de Educacion Superior afin con la asignatura
                                                          que imparte.
Educacion Artistica*.                                     Estudios	 terminados de Tecnico Profesional del nivel
                                                          Medio	 Superior	 o	 Licenciatura	 de	 Institucion	 de
                                                          Educacion	 Superior	 directamente	 relacionados	 con
                                                          actividades artisticas.
Educacion Extraescolar (Primaria).                        Normal Basica Primaria o Licenciatura en Primaria.
Educacion Extraescolar (Secundaria)*.                     Normal Superior o de alguna Licenciatura de Institucio
                                                          de Educacion Superior afin con la asignatura q e
                                                          i m parte.




* En el caso del personal direc o o de s pervision, los estudios necesarios debera cubrirse de forma generica.




                                                          omision Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial
                                                                                                                 67
Lineamientos Genera/es


0                                               AN EXO 3
                 Antiguedad en el servicio docente necesaria para los participantes que
                      acrediten estudios diferentes a los requeridos en el Anexo 2




    I Preescolar, Primaria y grupos afines


                                                                                Docentes Frente a Grupo, Maestros en
                             Estudios realizados                                Funciones Directives y de Supervision y
                                                                                  Profesores en Actividades Tecnico-
                                                                                             PedagOgicas
     Estudios	 terminados	 de	 Licenciatura	 relacionados	 con	 la
     Educacion                                                                                 3 &los*

     Estudios concluidos de Maestria relacionados con la Educacion                                ----
    Estudios	 concluidos	      de	   Doctorado	    relacionados	    con	   la
    Educacion

         *	   Los &los de servicio docente deben ser ininterrumpidos y corresponder at mismo nivel o modalidad donde se
              desempefie el participante. Deberan estar cubiertos al momento de la inscripciOn en la etapa correspondiente.




    Secundaria y grupos afines


                                                                                Docentes Frente a Grupo, Maestros en
                              Grado Academic°                                   Funciones Directives y de Supervision y
                                                                                  Profesores en Actividades Tecnioo-
                                                                                             PedagOgicas
    Estudios terminados de Normal Superior o de Licenciatura                                    3 atios*
    Estudios concluidos de Maestria
    -Estudios terminados de Doctorado                                                             ----

         * Los afios de servicio docente deben ser ininterrumpidos y corresponder a la misma modalidad o asignatura
         desempefie el participante. Deberan estar cubiertos at momento de la inscripci6n en la etapa correspondiente.




    Comisi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial
    68
Lineamientos Generales


                                                      ANEXO 4	                                                            0
                                 Equivalencia en horas de los estimulos de
                                    Carrera Magisterial pare cada nivel



 Educacion Primaria y grupos afines
                                                                                Equivalencia en horas
                                                                                    Niveles
       Categories                    Denominacion                                "B"
1 E0205                 Jefe de Sector Primaria                         9        8.5        8         7        7
11 E0201                Inspector de Ensefianza Primaria                9        8.5        8         7        7
      E0221             Director de Ensefianza Primaria.                9        8.5        8         7        7
      E0281             Maestro de Grupo de Primaria.                   9        8.5        8         7        7



 Educacion Secundaria y grupos afines
                                                                                 Equivalencia en horas
                                                                                       Niveles
       Categories                     Denominacion                                                  "D"       "E"
1,'                                                                     9        8.5        8         7        7
                        Inspector General de Secundaria.
1/ E0351                Jefe de Enserianza Secundaria.                  9        8.5        8         7        7
1/ E0321                Director de Secundaria.                         9        8.5        8         7         7
1/ E0341                Subdirector Secretario de Secundaria.           9        8.5        8         7        7
3/ E0363                Profesor de Enserianza Secundaria.

1/
        La determinacion de las horas se realiza utilizando la base de 42 horas.
2/	
        La determinacion de las horas se realiza utilizando la base de 25 horas.
        Los diferenciales para el profesor de EducaciOn Secundaria con categoria de hora/semana/mes son equivalentes os
        de los docentes de primaria, mas los despegues salariales que existen entre esos niveles.




Categories de tiempo parcial

En los diversos niveles y modalidades educativos existen categorlas de tiempo parcial (10, 23, 4, 30, 32 y
36 horas), cuya equivalencia en horas esta vinculada a categorfas de tiempo completo correspondientes al
mismo nivel.




                                                         Comiskin Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisteria

                                                                                                                    69
Lineamientos Genera/es

z
0
                                             ANEXO 5
            Afios de permanencia quo deberan cumplir los docentes en cada uno de los
             niveles del Programa para estar en posibilidad de promoverse al siguiente.




                Niveles	   "A"	                         “D"

           Zona                       Mos de permanencia                    Total de Mos



    Urbana y Rural           3        3        4         4	       -              14


    Bajo Desarrollo          2        2        2         2	       -              8

                                                                                        1---




                                  (




    Comision Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial
    70
Lineamientos Generales



                                             ANEXO 6
                      Criterios para determinar Localidades de Bajo Desarrollo
                                       para Carrera Magisterial




    1.     Para que una localidad se considere de bajo desarrollo necesariamente
           debera cumplir con los tres criterios siguientes:
         1.1.	  Que no cuenten con servicio de agua entubada.
         1.2.	  Que carezcan del servicio de energia electrica.
         1.3. Que sean de dificil acceso, con tiempo de transporte mayor . a treinta
                minutos de la localidad mas proxima que cuente con servicios urbanos
                cuando el medio de transporte sea public° y diario, y/o tengan que
                hacerse recorridos a pie.
    2.     La comisiOn paritaria estatal elaborard y propondra a la ComisiOn Nacional
           SEP-SNTE, el Catalog° de Localidades de Bajo Desarrollo existentes en la
           Entidad que cumplan con los requisitos establecidos en el numeral anterior,
           conforme a lo siguiente:
         2.1.    Los requisitos a que se refieren los incisos 1.1. y 1.2. se verificaran con
                 base en los datos registrados en el Censo General de Poblacian y
                 Vivienda, emitido por el Institut° Nacional de Estadistica y Geograffa.
         2.2.    La autoridad educativa estatal debera certificar el cumplimiento del
                 requisito citado en el inciso 1.3. y aportar para su analisis al seno de la
                 ComisiOn Paritaria los datos relativos a:
           2.2.1.	    La distancia entre la localidad de bajo desarrollo y las localidades
                      con servicios urbanos mas proximos.
           2.2.2.	    El tiempo de recorrido entre esas localidades, ya sea a pie o en
                      transporte public°.
           2.2.3.	    Los medios de transporte public° y frecuencia del servi
                      disponible en la localidad de bajo desarrollo.
    3. La Comision Nacional analizard y en su caso autorizard las propuestas
         Catalog° de Loc es de Bajo Desarrollo elaboradas por las comision
         paritarias estat



                                                - mision Nacional SEP-SNTE de Can-era Magistena
                                                                                             71
Lineamientos Genera/es

(I)
0     4.   Para la incorporacion o promocion en Carrera Magisterial del personal
           docente de EducaciOn Basica, los arms de permanencia se consideraran en
           los terminos establecidos para localidades de bajo desarrollo, siempre y
           cuando las mismas se encuentren autorizadas en el Catalogo aprobado por
           la ComisiOn Nacional.
      5.   La actualizacion de los datos contenidos en el Censo General de Poblad&
           Vivienda, repercutira con los nnismos efectos en la actualizacion del Catal
           autorizado por la ComisiOn Nacional.
      6.   A partir de la fecha de entrada en vigor de los presentes Lineamie
           Generales de Carrera Magisterial, dejaran de aplicarse para los efe
           sefialados en el numeral 4. los catalogos de localidades de bajo de rrollo
           vi	   es con los Lineamientos Generales de 1998.




      Comision Nacional S      6e Carrera Magisterial
      72
           •
Lineamientos Genera/es


                                    AN EXO 7
                    Puntajes en el Factor Formacion Continua




                   Trayectorias de FormaciOn Continua*
                     Horas                                  Puntaje
                      30                                     5.00
                      40                                     6.67
                      50                                     8.33
                      60                                     10.00
                      70                                     11.66
                      80                                     13.33
                      90                                     15.00
                      100                                    16.66
                      110                                    18.33
                      120                                    20.00	               ,

* Una hora acreditada en trayectorias de FormaciOn Continua equivale a 0.1666 puntos e
   tomaran en cuenta avances parciales por cada Etapa. Para obtener el ntaje
    correspondiente al Factor, se multiplicara el nurnero de horas cursadas por 0.166




                                           Comision Nacional SEP-SNTE de Carrera Magistena

                                                                                               73
Lineamientos Genera/es


0
CO

                                         AN EXO 8
                               Puntajes del Factor Antiguedad




                                t419	
                              ...	
                                   ,        1
                                             e	 ry ibi0
                                                    t- <,
                                                            ''''

                                                                   0.2
                                                                         44


                                           2                       0.4
                                           3                       0.6
                                           4                       0.8
                                           5                       1.0
                                           6                       1.2
                                           7                       1.4
                                            8                      1.6
                                           9                       1.8
                                           10                      2.0
                                           11                      2.2
                                           12                      2.4
                                           13                      2.6
                                           14                      2.8
                                           15                      3.0
                                           16                      3.2
                                           17                      3.4
                                           18                      3.6
                                           19                      3.8
                                           20                      4.0
                                           21                      4.2
                                           22                      4.4
                                           23                      4.6
                                           24                      4.8
                                        25 o mas
                                                             1     5.0




     Comision Nacional S	               arrera Magisterial
Lineamientos Generales
                                                                                       011
             FORMALIZACIDN DE LA REFORMA DE LOS
  LINEAMIENTOS GENERALES DEL PROGRAMA NACIONAL DE CARRERA                              gr.
                        MAGISTERIAL	                                                   0,

                                                                                       FT


                        C ONSIDERANDO
                                                                                       c)
Que en el Acuerdo Nacional para la ModernizaciOn de la EducaciOn Basica,
signado en 1992 por el Gobierno Federal, los gobiernos estatales y el Sindicato
Nacional de Trabajadores de la EducaciOn (SNTE), se estableciO Carreya
Magisterial como un mecanismo de promocion horizontal para el personal docente
que labora en los niveles y modalidades de educaciOn basica publica.
Que en el Articulo 21 de la Ley General de EducaciOn, se establece que las
autoridades educativas: "... propiciaran la permanencia de los maestros frente a
grupo, otorgandoles la posibilidad de obtener mejores condiciones y mayor
reconocimiento social" y que se "... otorgaran reconocimientos, distinciones
estimulos y recompensas a los educadores que se destaquen en el ejercicio de su
profesion y, en general, realizaran actividades que propicien mayor aprecio social
por la labor desempetiada por el magisterio. Ademas, estableceran mecanismos
de estimulo a la labor docente con base en la evaluacion".
Que el SNTE ha demandado reformar los Lineamientos Generates del Programa
para fortalecer sus procesos y, en funciOn de los aprendizajes de los alumnos,
otorgar reconocimientos y estimulos a los mejores desemperios docentes.
Que esta ComisiOn Nacional, para reformar los Lineamientos Generales de
Carrera Magisterial, sistematizo e integrO las orientaciones y recomendaciones
derivadas de las propuestas de docentes participantes en el Programa, trabajos
colegiados de las comisiones paritarias, de las investigaciones nacionales e




                                                                                if r
internacionales y propuestas de la sociedad civil.
Que en la Alianza por la Calidad de la EducaciOn, firmada en mayo de 2008 por el
Gobierno Federal y el SNTE, se establece: "... avanzar en una agenda de
compromisos que en conjunto articulen una estrategia clara e incluyente par
hacer de la educacion una Politica de Estado efectiva, capaz de transforma
ner ia el
po al d sistema educativo .
                                                                                1111
Que en el Eje II de la Alianza por la Calidad de la Educacion, Profesionalizacion4.0
                                                                                  4
los Maestros y de las Autoridades Educativas, la SEP y el SNTE acordar•
"Garantizar que quienes dirijan al sistema educativo, los centros escol- -s y 	 A /.4
quienes ense flan a nuestros hijos sean seleccionados adecuadament , esten
debidamente formados y reciban Ios estimulos e incentivos que merezcan .4•
funcion del lot* cativo de nitios, )ins y jovenes."
                                           ion Nacional SEP-SNTE qçQa Magisterial

                                                                                 75
•
      Lineamientos Generales
-n

cp
   Que el 25 de mayo de 2011, en la ciudad de Cholula, Puebla, el Secretario de
O. Educacion Publica y la Presidenta del Sindicato Nacional de Trabajadores de la
   Educacion, con la presencia de C. Presidente Constitucional de los Estados
O.
CD Unidos Mexicanos como testigo de honor, firmaron el Acuerdo para la reforma de
   Carrera Magisterial. En ese context°, la Comision Nacional SEP-SNTE, en
CD
   ejercicio de sus atribuciones



                                            EXPIDE

       Los presentes Lineamientos Generales del Programa Nacional de Carrera
       Magisterial, que entraran en vigor a partir del inicio de la Vigesima Primera Etapa,
       ciclo escolar 2011-2012.


                                Mexico, D. F., a 9 de agosto de 2011




     /Mtru. Alonso Luja	    lrazabal                           Mtra. Elba Esther Gordillo Morales
     /Secretario de EducaciOn Publica                      Presidenta del Comite Ejecutivo Nacional
                                                           del Sindicato Nacional de Trabajadores
                                                           de la Educacion




      Lic. Francisco Ciscomani Freaner                            Profr. Jun DI .z se I Torre
     Titular de la Unidad de Planeacion y                  Secretario Gene I Ej utivo del Cornite
      Evaluacion de Politicas Educativas                   Ejecutivo	 Nacio	        del	 Sindicato
                                                           Nacional de Trabajadores de la
                                                           Educacion




       Comision Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial

       76
Lineamientos Genera/es


                 Comisi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial



             Por la SEP                                      Por el CEN del SNTE




Profr. Juan de Dios Rodriguez Canton                                      Rodriguez




   Lic. na Maria Aceves	      ada                      Profra.                  mirez




 Mtro. Leopoith F. R rigu Gutierrez                   Profr. Alexand r Zetina Aa iluz




                    vio lbarra Morales                 Prof r.	          aamal Mena




      Mtro. Mariano Diaz Gutierrez                         ro r. smael Valdez Lopez




      Mtro. Victor Sastre Rodriguez




                       o Ornelas


                                         Comisi6n Nacional SEP-SNTE de Carre Maai t rial
                                                                                        77

Más contenido relacionado

PDF
Lineamientos generales 2011
PDF
Acuerdo
PDF
Acuerdo 449 competencias_perfil_director
PDF
Manual de carrera
PDF
Manual de carrera_magisterial_2011[1]
PDF
Acuerdo 717
PDF
Acuerdo reforma carrera magisterial 2011
PDF
Guía consejo técnico tiempo completo
Lineamientos generales 2011
Acuerdo
Acuerdo 449 competencias_perfil_director
Manual de carrera
Manual de carrera_magisterial_2011[1]
Acuerdo 717
Acuerdo reforma carrera magisterial 2011
Guía consejo técnico tiempo completo

La actualidad más candente (7)

PDF
Guía para el Consejo Técnico Escolar. Ecuelas de tiempo completo
PDF
Guía consejo técnico tiempo completo
PDF
7. plan de mejora 1
PDF
Plan de mejora afsedf
PDF
plan de mejora
PDF
Educacion
Guía para el Consejo Técnico Escolar. Ecuelas de tiempo completo
Guía consejo técnico tiempo completo
7. plan de mejora 1
Plan de mejora afsedf
plan de mejora
Educacion
Publicidad

Destacado (8)

PPTX
Activ.cocurriculares instructivo carrera magisterial 2011
PDF
03 normas y_procedimiento_factor_actividades_cocurriculares-2011[1]
PPTX
Presentacion z 42
PPTX
Activ.cocurriculares instructivo
PPTX
Activ.cocurriculares instructivo
PPT
3 actividades cocurriculares
PDF
The Six Highest Performing B2B Blog Post Formats
PDF
The Outcome Economy
Activ.cocurriculares instructivo carrera magisterial 2011
03 normas y_procedimiento_factor_actividades_cocurriculares-2011[1]
Presentacion z 42
Activ.cocurriculares instructivo
Activ.cocurriculares instructivo
3 actividades cocurriculares
The Six Highest Performing B2B Blog Post Formats
The Outcome Economy
Publicidad

Similar a 001 lineamientos generales 2011 (20)

PDF
Programa educacionfisica1secundaria
PDF
Orientaciones para ProcesoMejoraContinua.pdf
DOCX
ANTEPROYECTO
DOCX
ANTEPROYECTO
PDF
1 guia para el consejo tecnico escolar primaria
PDF
Reforma nacional carrera magisterial
PDF
guia_por_competencias.pdf
PDF
programa de historia
PDF
DIRECTIVA REGIONAL N 07-2025 APRENDIZAJE PARA LA VIDA-PLAN LECTOR.pdf
DOC
Explicacion Video Programa Rector
PDF
Planestudios2006 secundaria
PDF
plan de estudios 2006 educacion secundaria
PDF
Planestudios2006
PDF
4. plan de estudios 2006. secundaria
PDF
Plan de Estudios 2006 Secundaria
PDF
Plan de Estudios 2006
PPTX
Acuerdo 712 ro pdesarrollo profesional docenrte
PDF
Marco del buen desempeño final
PDF
Plan de estudios secundaria.2006
Programa educacionfisica1secundaria
Orientaciones para ProcesoMejoraContinua.pdf
ANTEPROYECTO
ANTEPROYECTO
1 guia para el consejo tecnico escolar primaria
Reforma nacional carrera magisterial
guia_por_competencias.pdf
programa de historia
DIRECTIVA REGIONAL N 07-2025 APRENDIZAJE PARA LA VIDA-PLAN LECTOR.pdf
Explicacion Video Programa Rector
Planestudios2006 secundaria
plan de estudios 2006 educacion secundaria
Planestudios2006
4. plan de estudios 2006. secundaria
Plan de Estudios 2006 Secundaria
Plan de Estudios 2006
Acuerdo 712 ro pdesarrollo profesional docenrte
Marco del buen desempeño final
Plan de estudios secundaria.2006

Último (20)

PDF
Como usar el Cerebro en las Aulas SG2 NARCEA Ccesa007.pdf
PDF
Ficha de Atencion a Padres de Familia IE Ccesa007.pdf
PDF
Introduccion a la Investigacion Cualitativa FLICK Ccesa007.pdf
PPTX
LAS MIGRACIONES E INVASIONES Y EL INICIO EDAD MEDIA
PDF
Modelo Educativo SUB 2023versión final.pdf
PDF
Cuaderno_Castellano_6°_grado.pdf 000000000000000001
PDF
Los hombres son de Marte - Las mujeres de Venus Ccesa007.pdf
PDF
ciencia_tecnologia_sociedad Mitcham Carl. (1994)..pdf
PDF
E1 Guía_Matemática_5°_grado.pdf paraguay
PDF
Aprendizaje Emocionante - Begoña Ibarrola SM2 Ccesa007.pdf
PDF
Didáctica de las literaturas infantiles.
PDF
ACERTIJO EL CONJURO DEL CAZAFANTASMAS MATEMÁTICO. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
PDF
KOF-2022-espanol-mar-27-11-36 coke.pdf tv
PPTX
BIZANCIO. EVOLUCIÓN HISTORICA, RAGOS POLÍTICOS, ECONOMICOS Y SOCIALES
DOCX
TEXTO DE TRABAJO DE EDUCACION RELIGIOSA - TERCER GRADO.docx
PDF
Házlo con Miedo - Scott Allan Ccesa007.pdf
PDF
La Formacion Universitaria en Nuevos Escenarios Ccesa007.pdf
PDF
RM2025 - FUNDAMENTOS TEÓRICOS - PEDIATRÍA.pdf
PDF
Como Potenciar las Emociones Positivas y Afrontar las Negativas Ccesa007.pdf
PDF
TALLER DE ESTADISTICA BASICA para principiantes y no tan basicos
Como usar el Cerebro en las Aulas SG2 NARCEA Ccesa007.pdf
Ficha de Atencion a Padres de Familia IE Ccesa007.pdf
Introduccion a la Investigacion Cualitativa FLICK Ccesa007.pdf
LAS MIGRACIONES E INVASIONES Y EL INICIO EDAD MEDIA
Modelo Educativo SUB 2023versión final.pdf
Cuaderno_Castellano_6°_grado.pdf 000000000000000001
Los hombres son de Marte - Las mujeres de Venus Ccesa007.pdf
ciencia_tecnologia_sociedad Mitcham Carl. (1994)..pdf
E1 Guía_Matemática_5°_grado.pdf paraguay
Aprendizaje Emocionante - Begoña Ibarrola SM2 Ccesa007.pdf
Didáctica de las literaturas infantiles.
ACERTIJO EL CONJURO DEL CAZAFANTASMAS MATEMÁTICO. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
KOF-2022-espanol-mar-27-11-36 coke.pdf tv
BIZANCIO. EVOLUCIÓN HISTORICA, RAGOS POLÍTICOS, ECONOMICOS Y SOCIALES
TEXTO DE TRABAJO DE EDUCACION RELIGIOSA - TERCER GRADO.docx
Házlo con Miedo - Scott Allan Ccesa007.pdf
La Formacion Universitaria en Nuevos Escenarios Ccesa007.pdf
RM2025 - FUNDAMENTOS TEÓRICOS - PEDIATRÍA.pdf
Como Potenciar las Emociones Positivas y Afrontar las Negativas Ccesa007.pdf
TALLER DE ESTADISTICA BASICA para principiantes y no tan basicos

001 lineamientos generales 2011

  • 1. r.1 COMISION NACIONAL SEP-SNTE DE CARRERA MAGISTERIAL TAM u Mexico, 2011
  • 2. Lineamientos Generales 5 CD 1NDICE Pagina IntroducciOn 3 1. Definicion y objetivos 7 2. Instancias 9 3. Participantes 19 4. Niveles 23 5. Vertientes 27 6. Sistema de Evaluacion 29 7. DictaminaciOn 39 8. Incidencias 9. Transitorios Anexos FormalizaciOn de la Reforma Comisi6n SEP-SNTE de Carrer Magisteria 1
  • 3. Lineamientos Genera/es INTRODUCCIoN El Articulo 3 0 de la ConstituciOn Politica de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de EducaciOn, establecen que la educaciOn en nuestro Pais sera: nacional, democratica, social, laica, gratuita, obligatoria, cientifica y promovera el desarrollo integral de los educandos. Las constantes transformaciones que experimenta la sociedad global contemporanea, plantean retos para el sistema educativo nacional; ante ellos, continuan vigentes los postulados constitucionales. Los desaflos actuates demandan el fortalecimiento, no sOlo, de los procesos de formacion academica de los alumnos sino de su educacion integral, de las competencias para la vida como futuros ciudadanos; por lo tanto, para mejorar la ensenanza y asegurar esos aprendizajes, es necesario contar con docentes que, a partir de su participaciOn en programas de capacitacion, actualizacion y superacion profesionales y de su compromiso con la labor que desemperian, fortalezcan sus conocimiento innoven su practica educativa y enaltezcan la vocaciOn magisterial. En este contexto, con esta vision y compromiso el Sindicato Nacio I de Trabajadores de la EducaciOn en su 1er Congreso Nacional Extraordinario Tepic, Nayarit en 1990, genero la propuesta de un sistema de estimulos para los maestros de educaciOn basica pUblica. Consciente de esta necesidad la Secretaria de EducaciOn Publica, en la respuesta al Pliego General de Demandas de la Organizacion Sindical, de ese mismo año, compromete la implantaciOn de Carrera Magisterial. El Gobierno Federal, a traves de la Secretaria de Educacion Publica, los gobiernos estatales y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion, signaron en 1992, el Acuerdo Nacional para la ModernizaciOn de la Educacion Basica, que en la lima central de acciOn Revaloracion Social de la Funcion Magisterial, estable • el Programa Nacional de Carrera Magisterial. Este Programa es un sistema de estimulos de promocion horizontal, precedente en nuestro Pais, su concreciOn histOrica responde a la exigencia, t en el ambito nacional como en el escenario mundial, de elevar la calidad de educacion. Carrera Magisterial desarrolla la cultura de la evaluaciOn, fomen la formaciOn continua de los docentes y reconoce los mejores dese efios profesionales, en fund& del aprovechamiento escolar de los alumnos. En la permanente preocupacion del Sindicato Nacional de Trabajadores de I Educacion por revisar y actualizar t os los procesos que fortalezcan la calidad d ion Nacional SEP-SNTE de Car ra Magisterial
  • 4. Lineamientos Generates la educacion, en el IV Congreso Nacional de EducaciOn, se resolviO como un imperativo impulsar la reforma de los Lineamientos Generales de Carrera Magisterial. En el Programa Sectorial 2007-2012, la Secretaria de Educacion Publica establecio el compromiso de "Abrir una nueva fase del programa Carrera Magisterial acorde con las necesidades de actualizacion docente y con los resultados de las evaluaciones educativas"; compromiso que se formalize) en la Alianza por la Calidad de la EducaciOn. Para cumplir con lo anterior, la Comision Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial realizO consultas a las comisiones paritarias, aplico encuestas a los participantes, hizo analisis de los resultados de la evaluaciOn externa y de los sistemas de estimulos de otros !Daises, y considero las recomendaciones de expertos nacionales e internacionales. Derivado de este compromiso y despues de un intenso trabajo conjunto, el 25 de mayo de 2011, en la ciudad de Cholula, Puebla, el Secretario de EducaciOn Publica y la Presidenta del Sindicato Nacional de Trabajadores de la EducaciOn, con la presencia de C. Presidente Constitucional de los Estados Un' Mexicanos como testigo de honor, firmaron el Acuerdo para la reforma de Carrera Magisterial. Esta Reforma representa el avance mas importante del Programa, p las siguientes razones: Transforma el sistema de evaluacion para centrarlo en el logro academic° de los alumnos, en el fortalecimiento de la profesionalizacion de los maestros, en el reconocimiento y valoracion del tiempo que dedican a las actividades extraclase, a su experiencia docente y al dominio de los conocimientos sobre su materia de trabajo. Promueve el compromiso de los docentes con el aprendizaje de los alunnnos al asumir que los logros de los educandos deben ser el nucleo en tomb al cual se organice la acciOn educativa. Estimula a los docentes con mejor desempeno y fortalece su reconocimiento social, mediante la promocion de la formacion continua de los participantes compromete a la autoridad educativa a establecer programas pertinentes , de capacitaciOn, actualizacion y superacion profesionales congruentes con I resultados del sistema de evaluaciem. Reconoce el tiempo extraordinario que los docentes dedican a la comuni escolar a traves de Actividades Cocurriculares, que al sistematizarse en un plan de trabajo seran evaluadas y consideradas en el Programa. Comision Nacion NTE de Carrera Magiste
  • 5. Lineamientos Generales Incorpora evaluaciones espedficas para cada una de las vertientes de participaciOn, relacionadas con las competencias necesarias para el desarrollo de las funciones asignadas y reconoce la experiencia acumulada. Esta nueva vision del Programa Nacional de Carrera Magisterial requiere el esfuerzo responsable y creativo de todos los agentes sociales involucrados en la educaciOn: autoridades de los distintos niveles de gobierno, particularmente las responsables de la educacion, el Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educacion, maestros, alumnos, padres de familia y representantes de la sociedad civil. Asimismo, responde a la necesaria transformaciOn de la vida institucional de nuestras escuelas a fin de que sigan siendo forjadoras de participacion consciente, de respeto, de fomento a los valores y generadoras de un ambiente de trabajo comunitario, que potencie el esfuerzo del maestro dentro y fuera de los planteles. La escuela asi renovada, con el acompariamiento de los Consejos Escolares d ParticipaciOn Social, contribuira a la construed& del proyecto de mei& al que aspiramos y cifra sus expectativas de progreso y permeabilidad social en un educacion de calidad; condicion indispensable, para lograr el desarrollo c sticia y equidad, como lo establece el Articulo 3° Constitucional. ision Nacional SEP-SNTE de Carr ra Magisterial 5
  • 6. Lineamientos Genera/es 1. DEFINICION Y OBJETIVOS 1.1. Definicion • El Programa Nacional de Carrera Magisterial es un sistema de promociOn horizontal, de participacion individual y voluntaria, cuya finalidad es coadyuvar a elevar la calidad de la educaciOn, fortalecer la profesionalizaciOn de los maestros de educacion basica pUblica y estimular el mejor desemperio docente en funcion del aprendizaje de los alumnos. 1.2. Objetivos generales 1.2.1. Coadyuvar a elevar la calidad de la educaciOn nacional, mediante el fortalecimiento de la profesionalizacion de los participantes al impul la actualizacion e innovacion de la practica docente. 1.2.2. Valorar la actividad docente, fortaleciendo el aprecio por la funcion social del profesor. 1.2.3. Reconocer y estimular a los docentes que obtengan logros educativos relevantes, para mejorar sus condiciones de vida, profesionales y laborales. 1.3. Objetivos especificos 1.3.1. Fomentar en los participantes el desarrollo de estrategias educativas y procedimientos didacticos para mejorar el aprendizaje de los alumnos, asi como consolidar la cultura de la evaluaciOn. 1.3.2. Propiciar que el docente obtenga una mejora significativa en aprendizaje de los alumnos. 1.3.3. Reconocer las actividades extraclase que realizan los docentes p favorecer el desarrollo integral del alumno en un ambiente escolar s y seguro que estimule su aprendizaje. 1.3.4. Privilegiar la capacitacion, actualizacion y superacion profesion es del docente, mediante su participaciOn en procesos de formaciOn continua que contribuyan a mejorar s.i desempetio. Co Nacional SEP-SNTE de Car ra Magisterial 7
  • 7. Lineamientos Genera/es 1.3.5. Estimular a los profesores que laboran en escuelas ubicadas en zonas de bajo desarrollo, asi como a los que atienden alumnos que enfrent barreras para el aprendizaje y la participacion. • Fomentar la permanencia de los docentes en las funciones realizan. Comisi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 8
  • 8. Lineamientos Genera/es 2. INSTANCIAS • La Comision Nacional SEP-SNTE, las comisiones paritarias estatales y los consejos tecnicos o equivalentes son las responsables del Programa y tienen facultades para tomar decisiones en sus ambitos de competencia. Estan constituidos bilateralmente; es decir, con representantes de la autoridad educativa y del SNTE. 2.1. Comision Nacional SEP-SNTE • Es el Organo de Gobierno del Programa. Sus funciones principales son las siguientes: Emitir normas, lineamientos, disposiciones y acuerdos relativos al Programa Nacional de Carrera Magisterial. - Supervisar y evaluar en todo el Pais el desarrollo de rera Magisterial. - Asesorar y capacitar a las comisiones paritarias estatales en el conocimiento y manejo de los aspectos normativos, financieros, informaticos y operativos del Programa. Promover la innovaciOn y la mejora continua de Carrera Magisterial. - Atender lo no previsto en los presentes Lineamientos Generates. 2.1.1. Estructura 2.1.1.1. La Comision Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial e integrada por representantes de la Secretaria de EducaciOn Publica (SEP) y del Comite Ejecutivo Nacional (CEN) del Sindicato Nacional de Trabajadores de la EducaciOn (SNTE). 2.1.1.2. Los integrantes del Organ° de Gobierno deberan ser acreditados oficialmente tanto por la SEP como por el SNTE, seg6 corresponda. Sera presidida, conjuntamente, por un funcionario de la Secretaria de Educacion Publica, Coordinador Nacional de Carrera Magisterial, y el epresentante acreditado del Comite Ejecutivo cional del Sind! to Nacional de Trabajadores de la EducaciOn. 'sion Nacional SEP-SNTE de Carrera 7gisteriaI 9
  • 9. Lineamientos Generales s- 0 ai 2.1.1.4. Contard con dos secretarios responsables de las relatorfas, 0. cb nombrados entre sus miembros, uno por la SEP y otro por el CEN 0 del SNTE respectivamente. 2.1.1.5. La instalacion formal de la Comision Nacional se efectuara mediante la suscripciOn del acta correspondiente. 2.1.2. Atribuciones y responsabilidades 2.1.2.1. Respetar los principios establecidos en la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de EducaciOn y dents disposiciones legales vigentes emitidas por las instanci que regulan el Sistema Educativo Nacional, asi como los Lineamientos Generales de Carrera Magisterial. 2.1.2.2. Sesionar de conformidad con una agenda previamente acord da y levantar las minutas correspond ientes. 2.1.2.3. Realizar sesiones de trabajo cuando lo considere necesario alguna de las panes. 2.1.2.4. Fundamentar la toma de decisiones en el analisis, la discus& y el consenso entre los miembros de la Comision. 2.1.2.5. Emitir y difundir entre las comisiones paritarias estatales, las normas, lineamientos, disposiciones y acuerdos de aplicaciOn nacional acerca de Carrera Magisterial, los cuales, para que tengan validez en el Programa, seran signados por los representantes de la SEP y del CEN del SNTE. 2.1.2.6. Vigilar el cumplimiento de las politicas, normas, lineannientos, disposiciones y acuerdos del Programa en las comisiones paritarias estatales y, por medio de estas, en el Consejo Tecnico equivalente. 2.1.2.7. Asegurar la transparencia en la aplicacion de la normativa, con finalidad de preservar la filosof fa y los objetivos que sustentan Programa. 2.1.2.8. Integrar subcomisiones mixtas de estudio y analisis para atender aspectos especificos del Programa. Comisidn i ion 10 e Carrera Magisterial 4=s
  • 10. Lineamientos Generales Er.; 2.1.2.8.1. Las subcomisiones tendran un caracter propositivo y z presentaran, cuando lo requiera la Comision Nacional, proyectos y recomendaciones. 2.1.2.8.2. La vigencia de las subcomisiones sera definida por la ComisiOn Nacional. 2.1.2.9. Elaborar y garantizar la difusiOn oportuna del Cronograma de Actividades, convocatorias y documentos complementarios a las comisiones paritarias estatales, al inicio de cada ciclo escolar. 2.1.2.10. Emitir el modelo de convocatoria para participar en el Programa, a mas tardar dos meses despues de iniciado el ciclo escolar. 2.1.2.11. Distribuir el presupuesto otorgado por la FederaciOn a las entidades, con base en criterios de proporcionalidad y calidad, conforme a lo establecido en el Modelo de Distribucion de Recursos acordado. 2.1.2.12. Supervisar que la aplicacion de los recursos asignados al Programa se ajuste estrictamente a las normas que rigen el ejercicio del presupuesto. 2.1.2.13. Atender planteamientos que consideren aspectos no establecidos expresamente en la normativa o deriven de cambios en la educacion basica que repercutan en el Programa. 2.1.2.14. Determinar lo procedente cuando las otras instancias relacionadas con el Programa incumplan lo establecido en la normativa. 2.2. Comision Paritaria Estatal Es el organo responsable en cada entidad federativa de conocer, cumplir hacer cumplir la normativa, asi como difundir los lineamientos, disposicionet y acuerdos emitidos por la Corn's& Nacional SEP-SNTE. Sus principales funciones son las siguientes: - Realizar la dictaminacion con estricto apego a la normativa y a lo criterios establecidos por la ComisiOn Nacional SEP-SNTE. - Promover, en la entidad federativa, la participaciOn de los docentes en el Programa Nacional de Carrera Magisterial en condicio es de equidad transparencia. 4110 Comision Naci (r) P-SNTE de Carrera Magisterial .-- 11
  • 11. Lineamientos Generales -s- 2.2.1. Estructura 2.2.1.1. Cada comisiOn paritaria estatal se integrara por igual numero de miembros, tanto de la autoridad educativa como de la (s) secciOn (es) del SNTE. 2.2.1.2. Estard constituida por catorce integrantes como maximo y con seis como minim% considerando los representantes de ambas partes. 2.2.1.3. La Comision Paritaria se integrard por personal acreditado oficialmente por la autoridad educativa competente y por la (s) secciOn (es) sindical (es) correspondiente (s). 2.2.1.4. Sera presidida por dos coordinadores, uno de la autoridad educativa y otro de la representaciOn sindical, los cuales seran designados por cada una de las partes. 2.2.1.5. Contard con dos secretarios responsables de las relatorias, nombrados entre sus miembros, uno por la autoridad educativa y otro por la representaciOn sindical. 2.2.1.6. La instalaciOn formal de la ComisiOn Paritaria se efectuard mediante la suscripciOn del acta correspondiente. 2.2.2. Atribuciones y responsabilidades 2.2.2.1. Conocer, respetar y difundir en la entidad federativa lineamientos normativos y los documentos complementarios emita la Comision Nacional SEP-SNTE acerca del Programa 2.2.2.2. Garantizar, en la entidad federativa, la equidad y la transparencia en el desarrollo del Programa Nacional de Carrera Magisterial. 2.2.2.3. Asegurar que los diferentes procesos del Programa se Ileven a cabo conforme a lo establecido en el Cronograma de Actividades, emitido por la Comision Nacional. 2.2.2.4. Dar a conocer a los docentes la convocatoria al proceso de inscripcion para la incorporaciOn y promocion en Carrera Magisterial, de acuerdo con el Cronograma de Actividades. 2.2.2.5. Asesorar y supervisar a ps consejos tecnicos o equi lentes en lo que corres nda al ambit deI Programa. ComisiOn Nacional SEP-SNTE agisten 12
  • 12. Lineamientos Generates 2.2.2.6. Sesionar de conformidad con una agenda previamente acordada y levantar las minutas correspond ientes. 2.2.2.7. Realizar sesiones de trabajo cuando lo considere necesario alguna de las partes. 2.2.2.8. Garantizar que los recursos presupuestales asignados anualmente para el periodo septiembre-diciennbre y el de las economfas regularizables, se apliquen en el ejercicio fiscal correspondiente. 2.2.2.9. Dictaminar las incorporaciones y promociones de los profesores, con fundamento en la normativa, previa revision objetiva e imparcial de sus expedientes, con base en los resultados obtenidos en la evaluaciOn global. 2.2.2.10. Una vez iniciada la dictaminacion, sesionar el tiempo neces hasta concluir todo el proceso. 2.2.2.11. Realizar la dictaminaciOn de cada etapa, con base en los documentos complementarios que genere la ComisiOn Nacional y en las fechas establecidas en el Cronograma de Actividades. 2.2.2.12. Asumir que de no convocar al proceso de inscripcion o no realizar la dictaminaciOn en los periodos establecidos en el Cronograma de Actividades, la Comision Nacional determinard lo procedente. 2.2.2.13. Publicar los resultados de la dictaminacion en los tiempos establecidos en el Cronograma de Actividades. 2.2.2.14. Recibir las inconformidades, derivadas de la publicaciOn incorporaciones o promociones, en las fechas establecidas Cronograma de Actividades. 2.2.2.15. Dar respuesta por escrito, dentro del periodo establecido Cronograma de Actividades y con base en la normative, inconformidades de los profesores participantes. 2.2.2.16. Resolver las irregularidades e inconformidades que no p dan ser solucionadas por el Consejo Tecnico o equivalente. 2.2.2.17. Designar una representacion integrada por cuatro personas, dos por la parte oficial y dos por la sindical, para participar en el proceso de validaciOn de las bases de datos de docertes incorporados y promovidos, asi como presentar los expedie tes con los soportes document les ecesarios. Comision nal SEP-SNTE de Carrera Magisterial 13
  • 13. Lineamientos Generales z 2.2.2.18. Suscribir las minutas de trabajo derivadas de la validecion de las 0. fa) bases de datos de los docentes incorporados o promovidos. 2.2.2.19. Solicitar a las areas responsables del pago en la entidad federative, que ajusten el nivel de estimulo de Carrera Magisterial de los docentes incluidos en las minutas de trabajo que incumplieron algun (Os) de los requisitos normativos. 2.2.2.20. Dar seguimiento al proceso general de pago de los docentes incorporados y promovidos en Carrera Magisterial, verificando que el mismo se efectue conforme a los resultados de la dictaminacion. 2.2.2.21. Elaborar los dictamenes individuales de incorporacion o promociOn al Programa, asi como la revocacion de dictarnenes para los participantes que incumplan los requisitos y condiciones del refrendo o en los casos previstos para la canceled& del estimulo. 2.2.2.22. Aplicar las sanciones que correspondan a los participantes que incurran en alguna de las faltas tipificadas en estos Lineamientos Generales. 2.2.2.23. Solicitar la intervene& de la ComisiOn Nacional en situaciones que rebasen su ambito de competencia, con el propOsito de que se tomen las medidas pertinentes. Es decir, unicamente en casos no previstos en los presentes Lineamientos y en los documentos complementarios emitidos por la citada Comision Nacional. 2.2.2.24. Plantear a la ComisiOn Nacional todas las observaciones que puedan ser Utiles para el mejoramiento del Programa. 2.2.2.25. Asumir que los integrantes de las comisiones paritarias estatales estan impedidos para participar en el Programa Nacional de Carrera Magisterial, aun cuando paralelamente desemperien funciones propias de alguna de las tres vertientes. Consejo Tecnico o equivalente Es la instancia responsable del Programa en el centro de trabajo. principales funciones son las siguientes: Difundir el Programa y sus documentos complementarios centros de trabajo. Comision Nacional SEP-S Magisterial 14
  • 14. Lineamientos Generales - Proporcionar informacion a los docentes que desean incorporarse o promoverse en el Programa, acerca de los lineamientos, normas, co disposiciones y acuerdos emitidos para tal fin. - Llevar a cabo la evaluaciOn de los factores Actividades Cocurriculares y Gest& Escolar, segun corresponda. Redbird y validard la documentaciOn y los datos correspondientes al factor Antiguedad y el requisito de estudios necesarios para el nivel o modalidad. 2.3.1. Estructura 2.3.1.1. Primera Vertiente: se constituye en cada plantel con todos los profesores del Consejo Tecnico Escolar o su equivalente y un representante sindical acreditado por la semi& del SNTE correspondiente. Sera presidido por el director. 2.3.1.2. Segunda Vertiente: se integra con el personal de la misma categoria directiva o del area de supervisiOn y un representante sindical acreditado por la seccion del SNTE correspondiente. Sera presidido por la autoridad educativa inmediata superior del participante. 2.3.1.3. Tercera Vertiente: se integra con los docentes de cada grupo (Acompanamiento en Aula, Asesoramiento Educativo, Superacion Profesional y ElaboraciOn de Material Educativo) y un representante sindical acreditado por la seccion del SNTE correspondiente. Sera presidido por la autoridad responsable o por la persona que esta designe. 2.3.1.4. Para las escuelas unitarias, bidocentes o incompletas (hasta con 4 profesores), el Consejo Tecnico de Zona Sectorizada debera asumir la fund& de Consejo Tecnico. El supervisor o inspector de zona presidira este Organo y estara un representante sindical acreditado por la seccion del SNTE correspondiente. 2.3.2. Atribuciones y responsabilidades 2.3.2.1. Integrar el Consejo Tecnico o equivalente al inicio de ca• cicl escolar mediante el acta correspondiente, la cual debera estar requisitada en los terminos esta lecidos. Comision Naci EP-SNTE de Carrera Magisterial 15
  • 15. Lineamientos Genera/es -s. 0 Eri 2.3.2.2. Conocer, respetar y aplicar los Lineamientos, asi como los 0. ED documentos complementarios que emita la Corn's& Nacional En sobre el Programa. 2.3.2.3. Difundir el Cronograma de Actividades autorizado por la Comision Nacional para cada etapa; dar a conocer entre los profesores participantes en los centros de trabajo, la convocatoria respectiva y los documentos complementarios. 2.3.2.4. Llevar a cabo el proceso de inscripcion/reinscripcion a la etapa correspondiente, en las fechas establecidas por la Comision Nacional SEP-SNTE. 2.3.2.5. Inscribir solamente a los solicitantes que cumplan con todos lo requisitos establecidos. 2.3.2.6. Verificar que las cedulas de inscripciOn o reinscripcion ester) debidamente requisitadas y comprobar con el participante que los datos consignados sean correctos. 2.3.2.7. Recibir y validar la documentacion actualizada correspondiente a los estudios realizados y la antigiiedad en el servicio docente. 2.3.2.8. Comprobar que la documentacion que entrega el docente para acreditar los diferentes requisitos sea copia fiel de los originales. 2.3.2.9. Fonnentar en los profesores el conocimiento y la consulta de los Lineamientos Generales, asi como de los documentos complementarios que emita la Comision Nacional SEP-SNTE. 2.3.2.10. Promover, en el docente, la responsabilidad de integrar y actualizar permanentemente su expediente de Carrera Magisterial. 2.3.2.11. lntegrar el expediente de los participantes, el cual debera conte los siguientes documentos: 2.3.2.11.1. Constancia oficial que indique los arms en el serv docente de educaciOn basica publica. 2.3.2.11.2. Copia del (los) comprobante (s) de estudios realizados. 2.3.2.11.3. Copia de la (s) Cedula (s) de InscripciOn/ReinscripciOn Corn SEP-SNTE de Carrera Magisterial 16
  • 16. Lineamientos Genera/es 2.3.2.11.4. Copia del Programa Anual de Trabajo de Carrera Magisterial del factor Actividades Cocurriculares y de los formatos correspondientes. 2.3.2.11.5. Copia de las cedulas de evaluaciOn de: factor Actividades Cocurriculares, asi como Gestion Escolar y Apoyo Educativo, segun corresponda. 2.3.2.11.6. Copia de las constancias de acreditacion de las opciones de Formacion Continua correspondientes. 2.3.2.11.7. Copia del documento de comisiOn oficial, en su caso. 2.3.2.11.8. Copia del Formato Onico de Personal o equivalente. 2.3.2.11.9. Copia del dictamen de incorporacion y/o promociOn, segUn sea el caso. 2.3.2.11.10. Copia del talon de cheque. 2.3.2.12. Disponer de un espacio seguro para resguardar y mantener el archivo actualizado con los expedientes de los profesores que participan en el Programa. 2.3.2.13. Enviar a la comision paritaria estatal, a traves del personal de la estructura educativa, copia del expediente completo de los docentes que se inscriben por primera vez y actualizar el de los profesores que ya se han evaluado. 2.3.2.14. Garantizar que las cedulas de inscripciOn y reinscripcion sean turnadas en los tiempos establecidos en el Cronograma d Actividades a las autoridades responsables del Programa en , la entidad federativa, a traves de la estructura educativa. 2.3.2.15. Resolver las irregularidades o inconformidades que se gen durante el desarrollo de la evaluaciOn de los factores Actividades Cocurriculares o de GestiOn Escolar y turnar las inconformidades no resueltas a la instancia inmediata superior. 2.3.2.16. Remitir a la Comision Paritaria las incidencias que rebasen su ambito de competencia. 2.3.2.17. Asumir que los integrantes del Consejo Tecnico o equivalente que incumplan las disposiciones del Programa en su ámbito/de connpetencia, no podran p rticipar en Carrera Magisterial e la etap rrespondiente. Comisi6n al SEP-SNTE de Carrera Magisten 17
  • 17. Lineamientos Generales 3. PARTICIPANTES 3.1. Podran participar en Carrera Magisterial, en igualdad de condiciones, Unicamente los profesores afiliados al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion que laboran en centros de trabajo de educaciOn basica publica, cuya categoria este registrada en el Catalog° aprobado para el Programa (Anexo 1) y que ostenten nombramiento en Codigo 10 (alta definitiva) o COdigo 95 sin titular (interinato ilimitado), ubicados en los niveles y modalidades siguientes: 3.1.1. Educacion lniciall 3.1.2. Educacion Preescolar 3.1.3. Educacion Primaria 3.1.4. I nternados 3.1.5. EducaciOn Indigena 3.1.6. Secundaria General 3.1.7. Secundaria Tecnica 3.1.8. Telesecundaria 3.1.9. Educacion Fisica 3.1.10. Educacion Artistica 3.1.11. Educacion Especial2 3.1.12. Educacion Extraescolar3 3.1.13. Centros de Formacion para el Trabajo4 3.2. Ademas de laborar en alguno de los niveles o modalidades anteriores, es necesario que el profesor desempene las funciones propias de alguna de las tres vertientes del Programa: docentes frente a grupo, maestros en funciones directivas o de supervisiOn, asi como profesores en actividades tecnico- pedagogicas. 3.3. Los docentes que deseen incorporarse o promoverse deberan cubrir los siguientes requisitos: 3.3.1. Haber concluido, al momento de la inscripciOn en la etapa correspondiente, con los estudios necesarios para el nivel o modalidad en que participa, segun se especifica en el Anexo 2. En este caso, para participar no se requiere acreditar antigiiedad en el servicio docent 1. Considera unicamente Educacion Preescolar. 2. Considera los niveles y modalidades de Preescolar, Primaria, Secundaria y grupos afines. 3. Unicamente los niveles de Educed& Primaria y Secundaria. 4. Para esta modalidad, dada sus caracteristicas particulares, existe un instructivo especifico donde se senate I participaciOn. Comision al SEP-SNTE de Carrera Magisterial 19
  • 18. Lineamientos Genera/es tb 3.3.2. Para efectos de Carrera Magisterial se consideran como probatorios del nivel de estudios, los documentos expedidos por las escuelas normales, 0 normales superiores, universidades e instituciones de educacion superior, con reconocimiento oficial de estudios e incluidas en el Registro Nacional de lnstituciones pertenecientes al Sistema Educativo Nacional. Los estudios realizados en el extranjero se reconoceran, siempre y cuando hayan sido revalidados previamente ante las instancias correspondientes. 3.3.3. Los documentos para acreditar los estudios academicos son: certificado de estudios terminados, acta de examen profesional, titulo o cedula profesional, esta Ultima expedida por la DirecciOn General de Profesiones de la SEP o por la dependencia estatal autorizada. 3.3.4. Los profesores que acrediten estudios diferentes a los requeridos pa el nivel/modalidad educativa en que laboran o para la asignatura que impartan, podran participar cuando cumplan con la antigUedad en el servicio docente en educaciOn basica pUblica establecida en el Anexo 3. 3.3.5. Requisitar y/o entregar la(s) cedula(s) de inscripciOn o reinscripciOn, segun sea el caso, al consejo tecnico en el periodo correspondiente. Con su firma, el profesor acepta que si la informaciOn consignada no es verldica o tiene inconsistencias, su participaciOn en la etapa sera improcedente. 3.3.6. Para mantener vigente la participacion en el Programa, el participante tendra que desemperiar las funciones de alguna de las tres vertientes durante todo el ciclo escolar. 3.3.7. Los profesores que deseen participar con doble plaza requisitaran dos cedulas de inscripcion o reinscripciOn, ademas de cumplir con la evaluaciOn y los requisitos establecidos para cada una de ellas. 3.3.8. El personal docente cuyo nombranniento sea por hora/semana/mes, podra participar con un minim° de 10 h/s/m, siempre y cuando las imparta en la misma asignatura o afines. Cuando el participante imparta dos o mas asignaturas y estas no sean afines, debera inscribirse reinscribirse en cada una de ellas y sustentar las evaluaciones correspond ientes. 3.3.9. El participante tiene el compromiso de conocer y respetar lo estableci en los presentes Lineamientos Generales y en los documen complementarios, asi como acatar las disposiciones de las difer instancias que regulan el Programa, en los ambitos propios competencia. Comisi6n Nacional SEP-SNT 20 Magisterial C*
  • 19. Lineamientos Generates 13 a) 4 3.3.10. Los docentes comisionados en funciones administrativas, sindicales o- es. o. ubicados fuera de los niveles/modalidades de educaciOn basica no 13) z a podran participar, incorporarse o promoverse en el Programa, hasta que co se desempenen en funciones previstas en alguna de las vertientes. 3.3.11. Para fortalecer la legalidad y la transparencia en los procesos de Carrera Magisterial, los docentes que incurran en alguna de las siguientes situaciones no podran participar para incorporaciOn o promociOn en dos etapas consecutivas del Programa a partir del momento en que se presente la incidencia: 3.3.11.1. Sustraer o destruir parcial o totalmente los instrumentos de evaluacion. 3.3.11.2. Realizar acciones que interfieran con el desarrollo de los diversos procesos de Carrera Magisterial. 3.3.12. Si las acciones anteriores se realizan en el Ultimo afio de permanencia, el participante podra presentar su evaluacion al ario siguiente y se suspendera su participaciOn en la etapa posterior. .3.13. Si las acciones anteriores coinciden con la evaluaciOn extraordinaria o el refrendo, el participante podra realizar su evaluaciOn en esa eta no podra participar en las dos subsecuentes. CorñisiOn'sJaciona! SEP-SNTE de Carrera gisteria 21
  • 20. Lineamientos Genera/es 4. NIVELES • Carrera Magisterial es un sistema de promociOn horizontal, integrado por cinco niveles de estimulo "A", "B", "C", "D" y "E", que incentiva a los docentes de educaciOn basica pUblica para mejorar el aprendizaje de los alumnos y superarse profesionalmente. La incorporacion o promocion en el Programa es un reconocimiento expreso a su vocacion docente, preparacion, actualizacion, experiencia y permanencia en la funcion, sin menoscabo de sus derechos laborales. 4.1. Caracteristicas 4.1.1. Los estimulos econOmicos que se logran en Carrera Magisterial se detallan en el Anexo 4. 4.1.2. Los niveles de Carrera Magisterial no modifican las categorias y plazas propias de los diferentes niveles y modalidades de educaciOn basica. 4.1.3. La incorporacion al Programa inicia en el nivel "A". 4.1.4. Para incorporarse al nivel "A" se debera cumplir con los requisitos establecidos en estos Lineamientos Generales. 4.1.5. Los niveles de promociOn "B", "C", "D" y "E" son consecutivos y seriados, es decir, los docentes sOlo podran acceder a un nivel inmediato superior por periodo de promocion, previo cumplimiento de la permanencia establecida (Anexo 5). 4.1.6. Los afios de permanencia requeridos disminuiran Si se labora en zonas de bajo desarrollo, las cuales seran definidas de conformidad con los criterios presentados en el Anexo 6. 4.2. Refrendo de los niveles de Carrera Magisterial 4.2.1. Los niveles de estimulos obtenidos por los participantes hasta e escolar 2010-2011 no seran objeto de ref rendo. 4.22. Todos los niveles de estimulos obtenidos a partir del ciclo escolar 2011- 2012 seran objeto de refrendo y, en su caso, de cancelaciOn Si no se cumplen los requisito establecidos. misi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magist rial 23
  • 21. Lineamientos Genera/es 4.2.3. Todos los participantes que se incorporen o promuevan a niveles de estimulos a partir de la entrada en vigor de estos Lineamientos Generales, para conservarlos, una vez concluidos sus arms de permanencia, tendran que cumplir con las condiciones y requisitos establecidos para el refrendo. 4.2.4. Para refrendar el estimulo, los docentes deberan obtener un puntaje igual o superior a 70, en el ultimo ario de permanencia requerida para el nivel que ostenten, ya sea con el promedio de las evaluaciones de la misma actividad de los ultimos 2, 3, ó 4 anos, segUn sea el caso, o con el resultado de una sola evaluaciOn. Para refrendarlo en las etapas subsecuentes deberan conseguir los 70 puntos en la evaluaciOn global hasta lograr el puntaje requerido para la promocion. 4.2.5. Si al termino de los alms de permanencia requerida: 4.2.5.1. Los docentes no participan en la evaluaciOn. 4.2.5.2. Participan y obtienen un puntaje inferior a 70. 4.2.5.3. Deberan realizar simultaneamente en el ciclo escolar inmediato posterior, lo siguiente: 4.2.5.3.1. Inscribirse a un programa de capacitaciOn, actualizacion y superacion profesionales en las areas de oportunidad detectadas por la instancia responsable, con base en los resultados obtenidos en los factores Aprovechamiento Escolar y PreparaciOn Profesional. Dicho programa sera responsabilidad de la instancia correspondiente, y 4.2.5.3.2. Realizar obligatoriamente la evaluacion global, de manera extraordinaria, para obtener el puntaje de 70 y asi conservar el nivel de estimulo, o bien contar con el puntaje que les permita promoverse. Quienes no obtengan los 70 puntos en la evaluacion extraordinaria, descenderan al nivel inmediato anterior. Si este tambien es susceptible de refrendo, los participantes deberan evaluarse nuevamente en el siguiente ciclo escolar y tendran las siguientes opciones: 4.2.6.1. Obtener el puntaje requerido para la promociOn, o 4.2.6.2. Los 70 puntos para refrendar el nivel que ostentan. 4.2.7. Si no se promueven o refrendan el nivel que ostentan, en la si etapa po alizar una aluacion global adicional, si obtien Comision Nacional SEP-S era Magi
  • 22. Lineamientos Generales 4.2.7.1. El puntaje requerido, se promoveran. 4.2.7.2. 70 o mas puntos refrendaran el nivel en esa etapa, o 4.2.7.3. De no conseguir lo anterior o no presentar la evaluacion global, descender& al nivel inmediato anterior. 4.2.8. Los docentes que desciendan de nivel, si obtienen el puntaje requerido, podran promoverse al inmediato superior sin necesidad de acumular permanencia en los niveles que previamente habian logrado. 4.2.9. A quienes est& ubicados en el nivel "A" y no lo refrenden, se les retirara el estimulo correspondiente y pasaran a la plaza inicial. 4.2.10. Los participantes que se promuevan al nivel "E" estaran sujetos a las siguientes condiciones: 4.2.10.1. Para conservar el nivel "E", elegiran una de las siguientes opciones: 4.2.10.1.1. Evaluarse en tres etapas consecutivas y con el promedio de los resultados obtener al menos 70 puntos, o 4.2.10.1.2. Evaluarse unicamente al tercer arm de haberlo obtenido y conseguir al menos 70 puntos en esa etapa. 4.2.10.2. De no conseguir lo anterior, descender& al nivel inmediato anterior. En su caso, se sujetaran a lo establecido en los numerales 4.2.6., 4.2.7. y 4.2.8. 4.2.11. Los docentes que obtengan menos de 70 puntos o no sustenten la evaluacion global en las etapas obligatorias para el refrendo, asumird que el estimulo les sera retirado a partir del septiembre siguiente evaluaciOn extraordinaria, adicional o las subsecuentes. 4.2.12. Para los docentes que no se promuevan ni obtengan el puntaje ml establecido como requisito para la conservaciOn del nivel de estimulo SEP, a traves de la unidad responsable de la formaciOn cont ua, diseriara, a partir de la informacion que le proporcione la instancia encargada de la evaluacion, programas focalizados para atender las areas de oportunidad identificadas. Sera responsabilidad de la CoordinaciOn Nacional de Carrera Magisterial, a traves de las coordinaciones estatales, informar a los docentes cuales seran sus programa • - • rmaci 'n continua. de isi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 25
  • 23. Lineamientos Genera/es FP_ 4.3. Conservacion del nivel de Carrera Magisterial cn 4.3.1. El nivel de Carrera Magisterial se conservard cuando el docente cambie de funciOn, categoria, nivel o modalidad dentro del subsistema de educacion basica, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos. 4.4. Sera motivo de la cancelaci6n del nivel de estimulo de Carrera Magisterial 4.4.1. Ocupar una categoria que no este considerada en el Catalog° autorizado para el Programa. 4.4.2. Presentar documentaciOn falsa. 4.4.3. lncumplir con lo establecido para el refrendo del nivel de Carrera Magisterial que se ostente. 4.4.4. Recibir niveles asignados por areas o instancias distintas a la ComisiOn Paritaria Estatal, en cuyo caso se debera aplicar la reglamentacion correspondiente. 4.4.5. lncumplir con alguno de los requisitos normativos y, por error, haber obtenido dictamen favorable de la Corn's& Paritaria Estatal. 4.4.6. Obtener una promocion vertical que no respete la linea escalafonaria establecida. 4.4.7. Cambiar de entidad federativa sin el aval de la ComisiOn Nacional Mixta de Cambios Interestatales. 4.4.8. La renuncia voluntaria. 4.5. En caso de que el docente pierda el nivel obtenido y desee vol incorporarse a Carrera Magisterial, debera cumplir nuevamente con lo establecido en estos Lineamientos Generates. Comision onal SEP-SNTE de Carrera Magisterial 26
  • 24. Lineamientos Generales 5. VERTIENTES cb CD • Carrera Magisterial cuenta con tres vertientes de participaciOn: docentes frente a grupo, maestros en funciones directivas o de supervisiOn, asi como profesores en actividades tecnico-pedagOgicas. 5.1. Primera Vertiente: Docentes Frente a Grupo 5.1.1. Son aquellos docentes responsables del proceso enserianza- aprendizaje que atienden directamente a los alumnos en los diferentes niveles o modalidades establecidos en el numeral 3.1. Tienen a su cargo el desarrollo de los planes y programas de estudio elaborados y aprobados por la SEP. 5.1.2. Las categorfas docentes que estan en posibilidad de incorporarse o promoverse en esta vertiente, se especifican en el Catalog° autorizado para el Programa (Anexo 1). 5.1.3. Para incorporarse o promoverse en la vertiente frente a grupo es indispensable que la categoria corresponda a la funciOn que se desemperia. 5.2. Segunda Vertiente: Maestros en Funciones Directivas y de Supervision 5.2.1. Personal que tiene a su cargo la conduce& y direccion de los planteles, zonas o sectores escolares de los niveles y modalidades educativos establecidos en el numeral 3.1. pit 5.2.2. En el Anexo 1 de estos Lineamientos Generales, se especifican las categorfas que los docentes en funciones directivas y de supervisiOn estan en posibilidad de incorporar o promover. 5.2.3. Para incorporarse o promoverse en la Vertiente directiva y d supervision, es necesario que la categoria del participante correspond a la fund& que se desemperia. 5.2.4. El personal con categoria de docente frente a grupo que se encuentre en funciones directivas o con categoria directiva en funciones d supervisiOn, podra incorporarse o promoverse en la Segunda Vertie siempre ndo cuente con el documento de la comisiOn oficial. Co Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 27
  • 25. Lineamientos Generates CD CD 0 5.3. Tercera Vertiente: Profesores en Actividades Tecnico-Pedagogicas 5.3.1. Son aquellos participantes oficialmente asignados en funciones tecnico- pedagOgicas que inciden en el proceso de ensefianza-aprendizaje. 5.3.2. Desemperian sus labores en los siguientes lugares: 5.3.2.1. Areas tecnicas centrales o regionales de los niveles y modalidades de educaciOn basica publica establecidos en el numeral 3.1., o 5.3.2.2. En escuelas, supervisiones, inspecciones de zona, inspecciones generales o jefaturas de sector de educacion basica publica. 5.3.3. Los estimulos correspondientes a Carrera Magisterial seran asignados de acuerdo con la categoria que ostente el participante que esta desempenando funciones tecnico-pedagOgicas. 5.3.4. Para incorporarse o promoverse en esta vertiente, es indispensable que la categoria que ostente el participante corresponda al nivel/modalidad en que realiza las funciones tecnico-pedagogicas. 5.3.5. Los docentes que participan en esta vertiente, ademas de cumplir con los requisitos establecidos, deberan demostrar las actividades que desarrollan mediante constancia actualizada que describa de forma pormenorizada sus funciones, la cual sera emitida por la autoridad innnediata superior y contard con el visto bueno del titular del area educativa correspondiente. 5.4. No participan en alguna de las tres vertientes del Programa a los docentes que desempetien funciones administrativas, de evaluacion o planeacion, ocupen puestos de confianza, comisiones sindicales, personal de apoyo y de enlace, asi como quienes realicen actividades relacionadas con el Prog Nacional de Carrera Magisterial. Comisi a EP-SNTE de Carrera MagisteNa 28
  • 26. Lineamientos Genera/es C,). 6. SISTEMA DE EVALUACIDN rn • Establece los factores en los cuales deben evaluarse los participantes para obtener el puntaje que les permita incorporarse, promoverse o refrendar el nivel de estimulo obtenido en el Programa. 6.1. Factores para cada Vertiente 6.1.1. A cada uno de los factores que integran el Sistema de Evaluacion de Carrera Magisterial le corresponde un puntaje especifico. A continuaci6n se presentan los factores que se evaltlan en cada vertiente de participacion, los puntajes maximos que tienen asociados, sus caracteristicas y los procedimientos para su acreditacion: PUNTAJES MAXIMOS 2a 3a FACTO RES 1a Vertiente Vertiente Vertiente APROVECHAMIENTO ESCOLAR 50 40 30 2 FORMACION CONTINUA 20 20 20 3 ACTIVIDADES COCURRICULARES 20 20 20 4 PREPARACION PROFESIONAL 5 5 5 5 ANTIGUEDAD 5 5 5 6 GESTION ESCOLAR 10 --- APOYO EDUCATIVO ---- ---- 20 Total 100 100 100 6.2. Aprovechamiento Escolar (Primera Vertiente) • Es el conjunto de logros de aprendizaje obtenidos por los alumnos e grado o asignatura en un ciclo escolar, de acuerdo con los p es y programas de estudio oficiales. 6.2.1. A este Factor le corresponden hasta 50 puntos de los 100 posibles en la evaluacion global. 6.2.2. Se evaluara con instrumentos objetivos que seran aplicados a los alumnos por la instancia responsable. Comisi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 29
  • 27. Lineamientos Generales 6.2.3. La puntuacion que se otorgue estard en funcion del promedio de aciertos que obtengan los alumnos en el instrumento de evaluaciOn, convertido a la escala de Carrera Magisterial. 6.2.4. El procesamiento de los resultados obtenidos en la evaluacion, será responsabilidad de la instancia competente. 6.2.5. A los docentes que laboran en la Primera Vertiente de la educaciOn basica regular y que obtengan logros educativos con alumnos q e enfrentan barreras para el aprendizaje y la participacion, se les otorga un Puntaje Adicional de hasta 10 puntos, el cual, sumado a lo obtenido en Aprovechamiento Escolar, no debera rebasar los 50 puntos asignados al Factor. 6.2.6. La asignaciOn de los puntajes del factor Aprovechamiento Escolar considerard las condiciones en que laboran los docentes; por ello, los alumnos seran ubicados en diferentes grupos de calificaciOn, de acuerdo con los criterios que se establezcan. 6.2.7. Los requisitos y criterios para la evaluaciOn del factor Aprovechamiento Escolar y de la asignacion de Puntaje Adicional, se especifican en los instructivos correspondientes. 6.2.8. Los docentes que laboran en Educed& Especial se evaluaran en este Factor de acuerdo con las funciones que desempenan. En las Unidades de Servicio de Apoyo a la Educacion Regular se tomard como referente el acompariamiento en la escuela y en los Centros de AtenciOn Multiple, mediante la atencion de alumnos y orientaciOn a padres de familia. Los criterios y el procedimiento para la evaluaciOn se especifican en el instructivo respectivo. 6.3. Aprovechamiento Escolar (Segunda Vertiente) • Se refiere a las acciones y estrategias que, pare promover el aprendi e d los alumnos, realiza el personal directivo y de supervision. 6.3.1. A este Factor le corresponden hasta 40 puntos de los 100 posibles en la evaluacion global. 6.3.2. El puntaje se integrara con el promedio del obtenido en el factor Aprovechamiento Escolar por los docentes, directores o personal d supervisiOn a su cargo. En el caso de los subdirectores/directores, la puntuaciOn sera el promedio de los puntajes alcanzados pr los docentes dei1lcuelapara los inspectores de zona, el promel, io de Comision Nacional SEP-SN ial 30
  • 28. Lineamientos Generales los puntajes logrados por los directores bajo su responsabilidad, en este factor. En el caso de las demas figuras de supervision se procedera de la misma forma. El puntaje del jefe de ensetianza de educacion secundaria, se integrard con el promedio de los resultados obtenidos en Aprovechamiento Escolar por los alumnos de los docentes que asesora. 6.3.3. A partir de los resultados de las evaluaciones de los alumnos registradas en las bases de datos, los promedios se asignaran por medios electronicos. 6.4. Aprovechamiento Escolar (Tercera Vertiente) • Se refiere a las actividades que realiza el personal de Tercera Vertiente para promover el aprendizaje de los alumnos. 6.4.1. A este Factor le corresponden hasta 30 puntos de los 100 posibles en la evaluacion global. 6.4.2. Se valora con el promedio de los resultados del factor Aprovechamiento Escolar, que obtengan los alumnos de los docentes en la escuela, zona, sector escolar, nivel o modalidad educativa en que labora el evaluado. 6.4.3. A partir de los resultados de las evaluaciones de los alumnos registradas en las bases de de datos, los promedios se asignaran por medios electronicos. 6.5. Formacion Continua (Primera, Segunda y Tercera Vertientes). • Son las acciones secuenciales y permanentes para profesionalizar la practi educativa, con la finalidad de actualizarla e innovarla de acuerdo con os avances didacticos, metodologicos, pedagOgicos, culturales, tecnolO os y cientificos. • Se realizan a traves de proyectos academicos individuales a corto, mediano y largo plazos, que permiten fortalecer las competencias academicas y dar continuidad a la superacion profesional de los participantes. • Los criterios que regulan la organizacion, aplicacion, inclusion de las diferentes actividades relacionadas con la profesionalizacion docente seran determinadas por la SEP, a traves de la instancia respectiva. 6.5.1. A este Factor le correspon n hasta 20 puntos de los 100 posibles en la evalua bal. Nacional SEP-SNTE de Carrera M *steria 31
  • 29. Lineamientos Generates 6.5.2. Este factor se acreditard en cada etapa a tra y& de opciones modulares, articuladas curricularmente, para que por su secuencia y acumulacion de puntajes y creditos en cada etapa o de una a otra, el participante pueda obtener diplomados y postgrados. 6.5.3. Considera diferentes opciones, que le ofrecen al participante la oportunidad de capacitacion, actualizaciOn y superacion profesionales para mejorar su desemperio docente: 6.5.3.1. Cursos del Catalog° Nacional emitido por la SEP, a tra y& de la instancia respectiva, aprobados para el Programa por la Comision Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial. Consisten en programas acadernicos con una carga horaria minima de 30 y maxima de 40 horas de estudio. A un curso de 30 horas le corresponderan hasta 5 puntos. Los puntajes de los cursos con otra carga horaria se asignaran proporcionalmente de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo 7. Se imparten en las siguientes modalidades: presencial, semipresencial o a distancia (en linea). Los participantes podran Ilevar a cabo hasta cuatro cursos en una misma etapa. 6.5.3.1.1. Para esta opcion, los participantes con doble plaza que laboren en un mismo nivel y/o en sus modalidades afines y acrediten algun curso, se le considerard el puntaje para ambas. Si se desempenan en diferentes niveles educativos, deberan acreditar cursos y obtener el puntaje correspondiente para cada plaza. 6.5.3.2. Diplomados del Catalog° Nacional emitido por la SEP a traves de la instancia respectiva, aprobados para el Programa por la ComisiOn Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial. Son programas acadernicos cuya carga horaria minima es de 120 horas de estudio. Las modalidades de imparticion son: presencial sennipresencial o a distancia (en linea). 6.5.3.2.1. Por un diplomado de 120 horas, articulado curricularment con el proyecto de formacion continua del participante, s alcanzaran 20 puntos y se asignaran por Unica vez e la etapa correspondiente. 6.5.3.3. Especialidades, Maestrias y Doctorados del Catalog° Nacional emitido por la SEP, mediante la instancia respectiva, aprobados para Carrera Magisterial por la Comision Nacional SEP-SNTE Est culados curricularmente con el proyecto de f mac& Com' '"n Nacion de Carrera Mag
  • 30. Lineamientos Generales continua del participante. Las modalidades de imparticion pueden ser presencial, semipresencial o a distancia (en linea). 6.5.4. El participante redbird puntaje par cada una de las opciones senaladas, de acuerdo con lo siguiente: 6.5.4.1. Por el niimero de horas cursadas en cada etapa (ver Anexo 7). Para la acreditacion, el participante debera presentar, en su oportunidad, la documentaciOn correspondiente, y 6.5.4.2. Cuando presente la documentaciOn que acredite la terminaciOn de cada trayectoria formativa (diplomado o postgrado), podra obtener par Unica vez 20 puntos, en la etapa correspondiente. 6.5.5. El puntaje que se alcance por las actividades de formaciOn continua que se cursen durante el periodo de receso de clases (verano) contaran para la siguiente etapa. 6.6. Actividades Cocurriculares (Primera, Segunda y Tercera Vertientes) • Se ref iere al conjunto de acciones extraordinarias que realizan los participantes fuera del horario de trabajo dirigidas al fortalecimiento del aprendizaje de los alumnos, a favorecer la integracion social, generar las condiciones propicias para el desarrollo del proceso enselianza-aprendizaje y promover en la comunidad un ambiente seguro y sano. Entre esas acciones se encuentra la prevenciOn de las adicciones, el fomento de la lectura, la preparacion para el cambio de nivel educativo, la promocion de la convivencia respetuosa y equitativa, entre otras. 6.6.1. A este Factor le corresponden hasta 20 puntos de los 100 posibles en la evaluacion global. 6.6.2. Primera Vertiente. Para los docentes frente a grupo, el puntaje de este Factor se integrara con base en la evaluaciOn realizada par el Consejo Tecnico Escolar o equivalente; los resultados de la evaluacion seran conocidos par el Consejo Escolar de ParticipaciOn Social. 6.6.3. El puntaje de este Factor se integra par dos componentes: 6.6.3.1. Cumplimiento del Plan Anual de Trabajo de Carrera Magisteria 6.6.3.2. El de horas laboradas fuera del horario asignado. Comisi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 33
  • 31. Lineamientos Generales 6.6.4. Segunda Vertiente. Para el personal directivo y de supervision, el puntaje se integrard con el promedio del obtenido en el factor Actividades Cocurriculares por los docentes, directivos o personal de supervision a su cargo. En el caso de los directores, la puntuaciOn sera el promedio de los puntajes obtenidos por los docentes de su escuela; para los inspectores, el promedio de los puntajes obtenidos por los directores de su zona en este Factor. Para el jefe de sector, el promedio alcanzado por los supervisores a su cargo. 6.6.4.1. El puntaje que le corresponda al personal directivo y de supervisiOn se integrard a partir de la informacion registrada en las bases de datos correspondientes y por medios electrOnicos. 6.6.4.2. Para que el personal directivo y de supervision obtenga el puntaje correspondiente, es indispensable que, como requisito, Ileve a cabo la realizacion de Actividades Cocurriculares para acompariar, apoyar, orientar y supervisar a los docentes que estan bajo su responsabilidad. 6.6.4.3. Para que se considere cubierto el requisito, es necesario que el participante de Segunda Vertiente realice lo siguiente: 6.6.4.3.1. Lleve a cabo la planeaciOn de esas actividades considerando todos los apartados del Programa Anual de Trabajo de Carrera Magisterial, en fund& de las tematicas planteadas en los planes individuales de los docentes, directores, inspectores y jefes de sector, segun sea el caso. 6.6.4.3.2. Cum pla satisfactoriamente con las actividades programadas. 6.6.4.3.3. Acumule el milliner° de horas laboradas fuera del horario asignado. 6.6.5. Tercera Vertiente. Para los docentes en Actividades Tecnico PedagOgicas, el puntaje de este Factor, se integrara con base en lo siguiente: 6.6.5.1. La evaluaciOn del cumplimiento del Plan Anual de Trabajo de Carrera Magisterial, mediante el cual acompanaran a los docentes de Primera y/o Segunda Vertientes en la realizacion de las Actividades Cocurriculares, 6.6.5.2. La aciOn de horas laboradas fuera del horario asignado. nal SEP-SNTE de Carrer isterial 34
  • 32. Lineamientos Generales 6.6.6. Los participantes de las tres vertientes podran cumplir las actividades cocurriculares en contraturno, en fines de semana o en el periodo de receso de clases. 6.6.7. La evaluacion de este Factor para las tres vertientes se ajustard a las normas y el procedimiento establecido en el instructivo correspondiente. 6.7. Preparaci6n Profesional (Primera, Segunda y Tercera Vertientes) • Evalua las habilidades, conocimientos, capacidades y competencias profesionales que requiere el docente para desarrollar sus funciones en el nivel, modalidad, grado o asignatura en que labora. 6.7.1. A este Factor le corresponden hasta 5 puntos de los 100 posibles en la evaluacion global. 6.7.2. Se evalCia por medio de un instrumento elaborado por la instancia responsable y aplicado con la participaciOn de las autoridades educativas de las entidades federativas. 6.7.3. La integracion del banco de reactivos se hard con la participaciOn de las areas de la SEP responsables de la evaluacion, el curriculo y la formaciOn continua. Y se elaborardn con base en los conocimientos y habilidades requeridos por el docente para Ilevar a cabo, con calidad, su labor profesional. 6.7.4. Se elaboraran diferentes tipos de examenes con base en los requerimientos del Programa y en las caracteristicas de la funciOn que desemperia el docente. 6.7.5. Los instrumentos de evaluacion se aplicaran de acuerdo con las fechas establecidas en el Cronograma de Actividades que emita la Comisi Nacional SEP-SNTE en cada etapa de evaluacion. 6.7.6. Los reactivos y las caracteristicas de los instrunnentos de evaluaci permitiran una calificacion objetiva y expedita. 6.7.7. Para la asignaciOn del puntaje del factor Preparacion Profesio I, los maestros seran ubicados en grupos de calificaciOn integrados por profesores de la misma vertiente, nivel o modalidad educativa, que laboren en condiciones similares. 6.7.8. La ev n de este Factor se ajustara a las normas establecidas el instru ondi nte. ion Nacional SEP-SNTE de Carre gist ial 35
  • 33. Lineamientos Genera/es 6.8. Antigiiedad (Primera, Segunda y Tercera Vertientes) • Son los arms desemperiados como docente frente a grupo, en funciones directivas o de supervisiOn o en actividades tecnico-pedagogicas en educaciOn basica publica. 6.8.1. A este Factor le corresponden hasta 5 puntos de los 100 posibles en la evaluacion global. 6.8.2. La acreditacion de la antigiiedad se hara mediante la presentacion de una constancia expedida por el area administrativa correspondiente. 6.8.3. Para efectos de puntaje, los atios de servicio que se consideran son lo que haya acumulado el docente al concluir la etapa de evaluacion. 6.8.4. Al personal docente con doble plaza se le consideraran los atios de la plaza con mayor antigiiedad en el servicio de educacion basica. 6.8.5. El puntaje de este Factor se asignara de forma proporcional conforme se incrementen los atios de servicio docente (Anexo 8). 6.9. Gestien Escolar (Segunda Vertiente) • Son las actividades inherentes a las funciones del personal directivo y de supervision, establecidas en los manuales de operacion correspondientes, que estan directamente relacionadas con la asesoria, supervisiOn, seguimiento y apoyo del trabajo de los docentes que dependen de ellos Estas actividades propician el desarrollo adecuado del proceso ensenan aprendizaje. 6.9.1. A este Factor le corresponden hasta 10 puntos de los 100 posibles on evaluacion global. 6.9.2. El puntaje del Factor se integra por los siguientes aspectos: 6.9.2.1. ElaboraciOn del programa de actividades. 6.9.2.2. Cumplimiento de las actividades programadas. 6.9.3. La evaluaciOn de este Factor se ajustara a las normas establecidas en el instructivo correspond iente. Comisi6n Nacional SEP-SNT ra Magisterial 36
  • 34. Lineamientos Genera/es 6.10. Apoyo Educativo (Tercera Vertiente) • Son las acciones de acompaliamiento en el aula, asesoramiento educativo, superacion profesional y elaboracion de materiales educativos realizadas en su ambito de trabajo (escuela, zona, sector, nivel o modalidad educativa), que contribuyen al mejoramiento de los procesos y procedimientos de enserianza-aprendizaje. 6.10.1. A este Factor le corresponden hasta 20 puntos de los 100 posibles en evaluacion global. 6.10.2. En este Factor se evalCia al personal que se desemperia en la Tercera Vertiente. El participante, de acuerdo con sus funciones, debera elegir una de las cuatro opciones siguientes: A. Acompariamiento en Aula. Se refiere al apoyo que proporcionan los docentes en actividades tecnico-pedagogicas (ATP) a los alumnos de los distintos niveles, modalidades, grados y asignaturas de educaciOn basica, en torno a la enserianza y aprendizaje de lenguas extranjeras, escuelas de tiempo completo y de servicio mixto, a la incorporaciOn de conocimientos tecnolOgicos, al fortalecimiento de saberes acadernicos, artisticos y de educacion fisica, entre otros, con la finalidad de construir, desarrollar y consolidar las competencias correspond ientes. B. Asesoramiento Educativo. Es el acompariamiento que realiza el docente en ATP, al personal de los centros escolares, supervisiones y jefaturas de sector, en su caso, para que proporcionen un mejor servicio e innoven su practica. C. SuperaciOn Profesional. Son los apoyos academicos que se proporcionan a los docentes, directores y personal de supervision, para adquirir, acrecentar y fortalecer sus conocimientos, habilidade capacidades, competencias y practicas educativas, con la finali de que promuevan el aprendizaje de los alumnos. D. Elaboracion de Materiales Educativos. Se refiere a las propue pedagOgicas que realiza el docente en ATP, plasmadas en recur para fortalecer las estrategias de ensefianza-aprendizaje, enriqu r er los temas curriculares (enfoques metodologicos, pre esos didacticos y contenidos educativos) e incorporar a la practica educativ avances e innovaciones tecnologicas y culturales. O • Comisi6n I SEP-SNTE de Car ra Magisterial 37
  • 35. Lineamientos Genera/es 6.10.3. Los criterios y mecanismos para evaluar este Factor se precisan en el instructivo correspondiente. 6.11. EvaluaciOn Global 6.11.1. La evaluacion global es la integraciOn de los resultados que obtiene el docente en los factores propios de la vertiente en que participa, en una etapa de evaluacion y tendra un valor hasta de 100 puntos. 6.11.2. Es competencia de la autoridad educativa estatal desarrollar los procesos operativos de acuerdo con los tiempos y procedimientos establecidos en el Cronograma de Actividades. 6.11.3. Es responsabilidad de la Coordinacion Nacional de Carrera Magisterial integrar los puntajes de todos los factores para conformar la evaluacion global de cada uno de los participantes. 6.11.4. Para incorporarse, promoverse y/o refrendar el estimulo, el participante debera realizar su evaluacion global en la actividad y vertiente en la que se inscribio/reinscribio en esa etapa, asi como alcanzar el puntaje necesario en cada caso. 6.11.5. El puntaje global que se considerara para la promociOn sera el promedio de los puntajes totales obtenidos durante los ultimos dos, tres o cuatros anos de permanencia, segun sea el caso, o bien el de una sola evaluaciOn global en el ultimo ano de la permanencia en el nivel de estimulo que ostente. 6. La evaluaciOn global se integrard Unicamente con los pun obtenidos en una misma etapa de evaluaciOn. Comision a onal SEP-SNTE de Carrera Magisterial 38
  • 36. Lineamientos Genera/es 7. DICTAMINACION • Es el proceso mediante el cual las comisiones paritarias estatales determinan quo docentes deben ser incorporados o promovidos en el Programa, con base en la normativa vigente, los recursos presupuestales disponibles y los resultados de la evaluacion global. • Se realizara en los tiempos establecidos en el Cronograma de Actividades; la autoridad educativa de cada entidad federativa recibird la informacion sobre los resultados de la evaluaciOn global de los docentes participantes y la proporcionara a la Comision Paritaria Estatal, para que esta Ileve a cabo la dictaminaciOn. • Este proceso tambien se apegara, a los criterios establecidos por la ComisiOn Nacional SEP-SNTE en la Guia Tecnica para determinar el numero de plazas a incorporar o promover en cada etapa. • Los recursos asignados anualmente para cada entidad federativa ester) sujetos a las normas que rigen el ejercicio del presupuesto federal; por tal motivo se deberan aplicar en el periodo fiscal respectivo. 7.1. Acciones previas a la dictaminacion 7.1.1. Al recibir la Constancia de Resultados de EvaluaciOn, Si el docente considera que algun(os) puntaje(s) no corresponde(n) a su desemperio en las evaluaciones, podra presentar por escrito su solicitud de correcciOn a la comisi6n paritaria estatal, en el periodo establecido en el Cronograma de Actividades. 7.1.2. La comisiOn paritaria estatal debera revisar que los docentes susceptibles de incorporarse o promoverse en el Programa cubran los requisitos normativos, asi como verificar los respaldos documental 7.1.3. Distribucion de los recursos autorizados. 1.3.1. El monto disponible para determinar el nOmero de pla - -110 incorporar o promover se integrara con el presupuesto as! • • - I • para cada etapa, la bolsa de recursos de ec. omfas regularizables y los recursos que aporten las ntidades federativas, en estos ultimos se tendra que prever el regularizable para los subsecuentes ejercicios presupuestales. Comision Nacional S TE de Carrera Magisterial 39
  • 37. Lineamientos Generales 7.1.3.2. La comision paritaria estatal separard del presupuesto asignado el monto necesario para atender incidencias tales como: horas adicionales, cambios de estado, permutas y promociones escalafonarias. 7.1.3.3. Debera prever el recurso necesario para cubrir las inconformidades que se presenten. 7.2. Aplicacion de los recursos autorizados. 7.2.1. Las comisiones paritarias estatales aplicaran en cada etapa el presupuesto autorizado para el cuatrimestre septiembre-diciembre y distribuido por la ComisiOn Nacional SEP-SNTE, con base en los criterios acordados. 7.2.2. Con los recursos que se liberen por conceptos como licencias, jubilaciones, renuncias y defunciones del personal que estaba incorporado en alguno de los niveles de Carrera Magisterial, se conformaran bolsas de economfas que deberan ser empleadas en el Programa, atendiendo a las caracteristicas del recurso presupuestal. 7.2.3. La corn's& paritaria estatal debera verificar la adecuada aplicaciOn de los recursos generados por las economias del Programa. 7.3. lncorporaciones 7.3.1. Para que los docentes puedan incorporarse a Carrera Magisterial es necesario que cumplan con los requisitos establecidos en estos Lineamientos y que obtengan al menos 70 puntos en la evaluacion global de la Etapa. 7.3.2. Para efectos de incorporaciOn, el docente concursara unicamente con el puntaje de la evaluaciOn global de la misma actividad y vertiente de la etapa en la que desea ingresar. 7.3.3. Una vez obtenido el ingreso al Programa, el docente no podra utilizar e puntaje de esa evaluaciOn global para movimientos posteriores o pa incorporar otra plaza. 7.3.4. La incorporacion de los profesores debera sujetarse a la asignaciOn recursos presupuestales para el grupo de dictaminacion ien participan. Comisian Nacional SEP-SNT isterial 40
  • 38. Lineamientos Generales 7.4. Promociones 7.4.1. Para que los docentes incorporados a Carrera Magisterial puedan promoverse, deberan acreditar la permanencia en el nivel que ostenten, cumplir con los requisitos normativos establecidos y obtener los mas altos puntajes en las evaluaciones globales de su grupo de dictaminacion, los cuales no deberan ser inferiores al de las incorporaciones. 7.4.2. Contar con el dictamen de incorporaciOn o de la Ultima promociOn, emitido por la comision paritaria estatal. 7.4.3. Cumplir con los arms de permanencia requeridos para el nivel de Carrera Magisterial en que ester' ubicados y los dernas requisitos establecidos en los Lineamientos Generales. 7.4.4. La permanencia se entiende como los epos efectivos acumulados por un docente en alguno de los niveles de estimulo de Carrera Magisterial; esta no se interrumpe por las incidencias especificadas en el Capitulo 8. 7.4.5. Para efectos de promociOn, los docentes, de acuerdo a su participaciOn en el sistema de evaluaciOn, determinaran si se sujetan al promedio de los resultados obtenidos en las evaluaciones globales presentadas en la misma actividad, durante los ultimos 2, 3 O 4 atios de la pernnanencia establecida para el nivel de Carrera Magisterial que ostenten, o bien al resultado de la evaluacion global obtenida en el Ultimo ario de permanencia. 7.4.6. Los participantes que elijan evaluarse durante todos los &los y que /e. incurran en una incidencia originada por cambio de actividad, vertiente o incumplimiento de la evaluacion global en dos o mas etapas, para concursar por su promociOn solamente podran presentar la evaluacion en el ultimo alio de su permanencia. 7.4.7. Los docentes que opten por evaluarse durante todos los anos de permanencia e incumplan la evaluacion global en uno de ellos, en la evaluaciOn extraordinaria deberan elegir una de las siguientes opciones: 7.4.7.1. Se considere solamente el resultado de la evalua extraordinaria, o 7.4.7.2. El omedio de los resultados obtenidos en los arms anteriore Comisi6n Naclo P-SNTE de Carrera Magisterial 41
  • 39. Lineamientos Generales 0 a 7.4.8. Si el puntaje obtenido en alguna de las opciones antes citadas es igual 3 3. o mayor a la linea de cone correspondiente para la promocion, a) accederan al nivel inmediato superior. 0. 0. z 7.4.9. Los participantes podran cambiar de actividad o vertiente durante la permanencia, incluso en el ultimo atio de la misma, siempre y cuando su movimiento se realice antes de la inscripciOn. Su promocion sera posible, si sustentan la evaluaciOn global, obtienen el puntaje requerido y cumplen con los demas requisitos establecidos en ese ultimo alio. 7.4.10. Una vez obtenido el dictamen de promociOn, el docente no podra utili para otras promociones los puntajes de evaluaciones globales alcanzados durante su permanencia en el nivel o niveles de antecedente. 7.4.11. Para dictaminar las promociones, la comision paritaria estatal debera contar con los documentos oficiales que acrediten que los docentes cumplieron con los anos de permanencia requeridos para el nivel que ostentan y de acuerdo a la zona donde laboran. 7.5. lnconformidades 7.5.1. Una vez publicados los resultados de la dictaminaciOn, el participante tiene el derecho a inconfornnarse ante la corn's& paritaria estatal cuando considere que el dictamen no corresponde a su documentacion probatoria y desempenio en el proceso de evaluaciOn. Debera presentar su inconformidad por escrito, en tiempo y forma. 7.5.2. El participante podra inconformarse cuando obtenga en la evaluacion global el puntaje necesario para incorporarse o promoverse y no haya sido considerado en la dictaminaciOn. 7.5.3. El participante contard hasta con diez dias habiles, a partir de la publicaciOn de los resultados, para presentar su inconformidad por escrito ante la cornisiOn paritaria estatal. 7.5.4. Una vez concluido el periodo para recibir las inconformidades, la comision paritaria estatel tendra un plazo de quince dias habiles para dar respuesta por escrito conforme a la normativa del Programa. decision de la comision paritaria estatel sera definitiva e irrevocable. 7.5.5. Si el participante no ejerce este derecho en los tiempos establ cido asumira la impr ncia de su inconformida Comision Nacional SEP- Magisterial 42
  • 40. Lineamientos Generales C) 7.5.6. Las comisiones paritarias estatales deberan prever el recurso presupuestal necesario para cubrir el pago de las inconformidades que s. 0. 0, resulten procedentes. 7.6. Proceso de validacion de las bases de datos de docentes incorporados o promovidos 7.6.1. Durante la validacion se verifica, mediante programas informaticos, la consistencia de la informaciOn consignada en las bases de datos de docentes incorporados y promovidos. -iambi& se revisan documentos que justifiquen tanto el ingreso como la promocion de los participantes y que el presupuesto haya sido aplicado conforme a los criteri establecidos. 7.6.2. Estas actividades se desarrollan en dos ambitos: 7.6.2.1. Ambito estatal. Es responsabilidad de las comisiones paritarias estatales y de las instancias competentes, Ilevar a cabo la revision completa de la base de datos de docentes incorporados y promovidos en cada etapa de dictaminacion. 7.6.2.2. Ambito federal. Con la finalidad de verificar la correcta aplicacion tanto de los recursos disponibles del Programa como del marco normativo, la Cords& Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial realizara, en cada etapa, una revision de la consistencia de las dictaminaciones realizadas por las comisiones paritarias. 7.6.3. Una representaciOn de la comisiOn paritaria estatal debera proporcionar los soportes documentales, asi como la informaciOn necesaria a fin de realizar este proceso. 7.6.4. Al termino del proceso de validacion, se firmara la minuta de trabajo en la que se presentaran las conclusiones, las cuales contendran, en su caso, los registros de aquellos participantes que incumplieron alguno de los requisitos normativos. 7.6.5. La comisiOn paritaria estatal solicitard a las areas responsables en la entidad federativa los ajustes que procedan para los docentes que, en su caso, incumplieron algLin requisito normativo y que estan registrad en las minutas de trabajo derivadas del proceso de validacion. 7.6.6. La comision ritaria est tal contard con un plazo maxim° de 20 di habiles rantizar e los casos consignados en la minuta ion Nacional SEP-SNTE de C rrera gisteria 43
  • 41. Lineamientos Generales trabajo, se actualicen en la base de datos de incorporados y promovidos de la etapa correspondiente. 7.7. Emision y revocacion de dictamenes 7.7.1. Las cornisiones paritarias estatales elaboraran y entregaran a I docentes el dictamen individual de incorporacion o promocion a Programa en un plazo no mayor de 30 dias habiles, posteriores a la conclusion del proceso de validaciOn y registro de las bases de datos en la CoordinaciOn Nacional de Carrera Magisterial. 7'9 7.7.2. Las comisiones paritarias elaboraran la revocacion de dictamenes para los docentes que incumplan los requisitos y condiciones del refr en los casos previstos para la cancelaciOn del estimulo. , Comisi6n cional SEP- ra Magisterial 44
  • 42. Lineamientos Genera/es 8. INCIDENCIAS 8.1. Personal con doble plaza 8.1.1. Los docentes y directivos con doble plaza o el personal directivo con una plaza docente adicional, podran participar para incorporar o promover ambas, si cubren los requisitos establecidos para cada una. 8.1.2. Los docentes con dos plazas que correspondan at mismo tipo de examen, solamente presentaran la evaluacion del factor PreparaciOn Profesional en una y el resultado se aplicara en ambas. 8.1.3. Los docentes con dos plazas que no correspondan at mismo tipo de examen, presentaran la evaluaciOn del Factor PreparaciOn Profesion en las dos. 8.1.4. Los docentes con doble plaza realizaran la evaluacion del factor Actividades Cocurriculares en ambas plazas y, en su caso, en el factor Aprovechamiento Escolar. 8.1.5. El personal de Tercera Vertiente con doble plaza en un centro de trabajo y con el mismo tipo de examen en el factor Preparacion Profesional, presentard la evaluaciOn en el factor Apoyo Educativo en una plaza. Si a las plazas les corresponde diferente tipo de examen, presentaran las evaluaciones que correspondan para cada una. 8.1.6. Los docentes con doble plaza en Tercera Vertiente podran incorporarse o promoverse en annbas, siempre y cuando laboren la jornada establecida para cada una. 8.1.7. La participacion con doble plaza se ajustara a los siguientes criterios de compatibilidad horaria: 8.1.7.1. Los docentes con categoria frente a grupo podran incorporar o promover un maxim° de 42 horas. 8.1.7.2. El personal con categoria directiva o de supervision participar hasta con 48 horas. 8.1.7.3. Los profesores con una categoria directiva y otra docente es en posibilidad de participar con un maxim° de 48 horas. Comision Nac P-SNTE de Carrera Magisterial
  • 43. Lineamientos Genera/es 8.2. Promociones en el Escalafon Vertical 8.2.1. Los docentes frente a grupo o el personal directivo y de supervisiOn incorporados que obtengan ascensos en el sistema escalafonario vertical en plazas con COdigo 10 (alta definitiva) o COdigo 95 sin titular (interinato ilimitado) conservaran el nivel de Carrera Magisterial que ostentaban en la categoria de antecedente asi como la permanencia acumulada. 8.2.2. Los docentes frente a grupo o el personal directivo y de supervisiOn incorporado, que sean comisionados en categorias directivas o d supervision en Codigo 95 sin titular (interinato ilimitado), deberan sujetarse a los siguientes criterios: 8.2.2.1. Podran conservar su nivel de Carrera Magisterial, siempre y cuando soliciten licencia en su plaza de antecedente. 8.2.2.2. Si la plaza que ostentan se dictamina escalafonariamente a un tercero conservaran el nivel de Carrera Magisterial y la permanencia acreditada, siempre y cuando se les asigne otra plaza similar en codigo 95 sin titular (interinato ilimitado) o se reincorporen a la plaza de antecedente quo tengan en licencia. 8.2.3. Los docentes que obtengan ascensos en el sistema escalafonario vertical antes de la inscripcion, en la etapa de incorporacion o promocion, deberan realizar su evaluacion global en la nueva actividad. En su caso, se ajustaran a lo establecido en el numeral 6.11.4. 8.2.4. Cuando los ascensos se otorguen con posterioridad al periodo de inscripcion, los docentes, para promoverse, deberan realizar su evaluacion global en el ciclo inmediato posterior a la fecha del movimiento y cumplir con los demas requisitos establecidos. 8.2.5. Los docentes que obtengan ascensos en el sistema escalafonario vertical antes de la inscripciOn, en la etapa de evaluacion extraordinaria (alio posterior al cumplimiento de permanencia requerida), para estar en posibilidad de conservar el estimulo deberan realizar su evaluacio global en la nueva actividad y cumplir con los demas requis establecidos. 8.2.6. En la etapa de evaluaciOn extraordinaria, los docentes que esten posibilidad de obtener un ascenso vertical con posterioridad al per de inscripcion, podran elegir entre lo siguiente: Corn' Nacio de Carrera Magisterial 46
  • 44. Lineamientos Genera/es 8.2.6.1. Optar por el ascenso y, por lo tanto, perderan la posibilidad de ref rendar y/o promoverse, o 8.2.6.2. Realizar la evaluaciOn global en la categoria con que se inscribieron en la Etapa para refrendar el estimulo o promoverse, siempre y cuando cumplan con los demas requisitos establecidos. 8.2.6.3. Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran que apegarse a lo establecido en el numeral 4.2. 8.2.7. Los docentes que obtengan ascensos en el sistema escalafon vertical antes de la inscripcion, en las etapas posteriores a la evaluacion extraordinaria Ono posterior al cumplimiento de la pernnanencia requerida), para estar en posibilidad de conservar el estimulo deberan realizar su evaluaciOn global en la nueva actividad y cumplir con los dernas requisitos establecidos. 8.2.8. En las etapas posteriores a la evaluaciOn extraordinaria, los docentes que ester' en posibilidad de obtener un ascenso vertical con posterioridad al periodo de inscripciOn, podran elegir entre lo siguiente: 8.2.8.1. Optar por el ascenso y, por lo tanto, perderan la posibilidad de ref rendar y/o promoverse, o 8.2.8.2. Realizar la evaluaciOn global en la categoria con que se inscribieron en la etapa para refrendar el estimulo o promoverse, siempre y cuando cumplan con los dernas requisitos establecidos. 8.2.8.3. Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran que apegarse a lo establecido en el numeral 4.2. Horas Adicionales 8.3.1. Los docentes incorporados a Carrera Magisterial con nombrami por hora/semana/mes y los de jornada (Telesecundaria) que ob engan horas adicionales, podran incorporarlas al Programa siempre y cuando las horas correspondan a la misma materia o a las consideradas afines, de conformidad con los criterios acordados por la ComisiOn Nacional SEP-SNTE. 8.3.2. Ademas de lo anterior, debera de cumplir con los siguientes requisitos: 8.3.2.1. P entar la solicit id por escrito a la corn's& paritaria estatal, a de la fecha d la signaciOn del (os) nombranniento (s). skin Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 47
  • 45. Lineamientos Generales "S. 0. 0- CD 8.3.2.2. Entregar el Formato unico de Personal o su equivalente, on el cual se especifique que las horas adicionales que recibe sean en Codigo 10 (alta definitiva) o Codigo 95 sin titular (interinato ilimitado). 8.3.2.3. Contar con el dictamen de las horas incorporadas y, en su caso, promovidas en Carrera Magisterial. 8.3.2.4. Comprobar que correspondan a la misma categoria con la que participa el docente. 8.3.2.5. Entregar copia del ultimo talOn de pago. 8.3.2.6. Solicitar la incorporacion de las horas adicionales a partir de la fecha del nuevo nombramiento y turnar la peticiOn al Consejo Tecnico o equivalente para quo este, a su vez, lo notifique a la instancia responsable del Programa en la entidad federativa. 8.3.2.7. Respetar los criterios de compatibilidad horaria, los cuales establecen como maxim° 42 horas para docentes frente a grupo. 8.3.2.8. Las nuevas horas se incorporaran con el mismo nivel de Carrera Magisterial y permanencia que ostente el docente en las ya incorporadas. 8.3.3. Si las horas asignadas corresponden a una materia no af in a la que imparten, para incorporarlas a Carrera Magisterial, los docentes deberan completar el minim° de horas requerido para participar, cumplir los demas requisitos y obtener el puntaje necesario en la evaluacion global. 8.4. Cambios de Vertiente 8.4.1. Los docentes incorporados al Programa que cambien de vertiente conservaran el nivel de Carrera Magisterial que ostentaban al mome del cambio. 8.4.2. Los docentes que cambien de vertiente antes de la inscripcion, en etapa de incorporacion o promocion, deberan realizar su evaluac global en la nueva actividad. En su caso, se ajustaran a lo esta en el numeral 6.11.4. Comision Nacional SEP a Magisterial 48
  • 46. Lineamientos Genera/es 8.4.3. Cuando los movimientos se realicen con posterioridad al periodo de inscripciOn, los docentes para promoverse, deberan realizar su evaluaciOn global en el ciclo inmediato posterior a la fecha del movimiento y cumplir con los demas requisitos establecidos. 8.4.4. Los docentes que cambien de vertiente antes de la inscripcion, en la etapa de evaluaciOn extraordinaria (ano posterior al cumplimiento de permanencia requerida), para estar en posibilidad de conservar el estimulo deberan realizar su evaluacion global en la nueva actividad y cumplir con los dernas requisitos establecidos. 8.4.5. En la etapa de evaluacion extraordinaria, los docentes que esten en posibilidad de cambiar de vertiente con posterioridad al periodo inscripciOn, podran elegir entre lo siguiente: 8.4.5.1. Optar por el movimiento y, por lo tanto, perderan la posibilidad de ref rendar y/o promoverse, o 8.4.5.2. Realizar la evaluaciOn global en la actividad con que se inscribieron en la etapa para refrendar el estimulo o promoverse, siempre y cuando cumplan con los demas requisitos establecidos. 8.4.5.3. Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran que apegarse a lo establecido en el numeral 4.2. 8.4.6. Los docentes quo cambien de vertiente antes de la inscripcion, on las etapas posteriores a la evaluacion extraordinaria (ano posterior al cumplimiento de permanencia requerida), para estar en posibilidad de conservar el estimulo deberan realizar su evaluacion global en la nueva actividad y cumplir con los demas requisitos establecidos. 8.4.7. En las etapas posteriores a la evaluacion extraordinaria, los docentes quo esten en posibilidad de cambiar de vertiente con posterioridad al periodo de inscripcion, podran elegir entre lo siguiente: 8.4.7.1. Optar por el movimiento y, por lo tanto, perderan la posibilidad ref rendar y/o promoverse, o 8.4.7.2. Realizar la evaluacion global en la actividad con que inscribieron en la Etapa para refrendar el estimulo o promover siempre y cuando cumplan con los demas requisitos establec os. 8.4.7.3. Los ntes que refrenden su nivel de estimulo, tendran quo a a lo establecido en el numeral 4.2. Comision Na SEP-SNTE de Carrera Magisterial 49
  • 47. Lineamientos Genera/es ca 8.5. Cambios al interior de la Vertiente fay 8.5.1. Los participantes que ostenten un nivel de estimulos y que cambien al interior de su vertiente, de adscripcion, de categoria, asignatura, nivel o modalidad educativos, conservaran el nivel obtenido. 8.5.2. En todos estos movimientos, los participantes deberan acreditar los estudios requeridos para la asignatura, nivel o modalidad educativos donde sean transferidos, respetar las lineas escalafonarias correspondientes y cumplir con los demas requisitos normativos. 8.5.3. Los docentes que tengan movimientos al interior de la vertiente antes de la inscripciOn, en la etapa de incorporaciOn o promociOn, deberan realizar su evaluaciOn global en la nueva actividad. En su caso, se ajustaran a lo establecido en el numeral 6.11.4. 8.5.4. Cuando los movimientos sean posteriores al periodo de inscripciOn, los docentes para promoverse, deberan realizar su evaluacion global en el ciclo inmediato posterior a la fecha del movimiento y cumplir con los demas requisitos establecidos. 8.5.5. Los docentes que tengan movimientos al interior de la vertiente antes de la inscripcion, en la etapa de evaluaciOn extraordinaria (alio posterior at cumplimiento de permanencia requerida), para estar en posibilidad de conservar el estimulo deberan realizar su evaluacion global en la nueva actividad y cunnplir con los demas requisitos establecidos. 8.5.6. En la etapa de evaluaciOn extraordinaria, los docentes que ester' en posibilidad de obtener un movimiento de este tipo con posterioridad al periodo de inscripciOn, podran elegir entre lo siguiente: 8.5.6.1. Optar por el movimiento y, por lo tanto perderan la posibilidad de ref rendar y/o promoverse, o 8.5.6.2. Realizar la evaluacion global en la actividad con que se inscribieron en la etapa para refrendar el estimulo o promoverse, siempre y cuando cumplan con los dernas requisitos establecidos. 8.5.6.3. Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran apegarse a lo establecido en el numeral 4.2. 8.5.7. Los docentes que tengan movimientos al interior de la vertiente a de la inscripcion, en las etapas posteriores a la evaluac extraordin ario posterior al cumplimiento de permane requerid , para estar en posibilidad de conservar el estimulo d Comision Nacional S rrera Magisterial 50
  • 48. Lineamientos Generales realizar su evaluaciOn global en la nueva actividad y cumplir con los demas requisitos establecidos. 8.5.8. En las etapas subsecuentes a la evaluaciOn extraordinaria, los docentes que ester" en posibilidad de obtener un movinniento de este tipo con posterioridad al periodo de inscripciOn, podran elegir entre lo siguiente: 8.5.8.1. Optar por el movinniento y, por lo tanto, perderan la posibilidad de ref rendar y/o promoverse, o 8.5.8.2. Realizar la evaluacion global en la actividad con que se, inscribieron en la etapa para refrendar el estimulo o promoverse, siempre y cuando cumplan con los dernas requisitos establecidos. 8.5.8.3. Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran apegarse a lo establecido en el numeral 4.2. 8.6. Cambios de adscripcion de centro de trabajo 8.6.1. Los profesores que cambien de centro de trabajo conservaran el nivel de Carrera Magisterial que ostenten y la permanencia acreditada. 8.6.2. Los docentes que cambien de centro de trabajo antes de la inscripciOn, en la etapa de incorporacion o promocion, deberan realizar su evaluacion global en su nuevo lugar de adscripcion. En su caso, se ajustaran a lo establecido en el numeral 6.11.4. 8.6.3. Cuando el cambio se realice con posterioridad al periodo de inscripciOn, los docentes para promoverse, deberan realizar su evaluacion global e el ciclo inmediato posterior a la fecha del movimiento y cumplir con dernas requisitos establecidos. 8.6.4. Los docentes que cambien de centro de trabajo antes de la inscripc en la etapa de evaluacion extraordinaria (alio posterior al cumplimi de permanencia requerida), para estar en posibilidad de conse ,, ar el estimulo deberan realizar su evaluaciOn global en su nuevo lugar de adscripcion y cumplir con los demas requisitos establecidos. 8.6.5. En la etapa de evaluacion extraordinaria, los docentes que esten en posibilidad de cambiar de centro de trabajo con posterioridad al periodo de inscripciOn, odran elegir entre lo siguiente: 8.6.5.1. Opta cannbio y, por lo tanto, perderan la posibilidad de refrend overse, o Comision !Vac' P-SNTE de Carrera Magisterial `k _ 51
  • 49. Lineamientos Genera/es Q. (1) c). 8.6.5.2. Realizar la evaluaciOn global en el centro de trabajo en que se inscribieron en la etapa para refrendar el estimulo o promoverse, siempre y cuando cumplan con los demas requisitos establecidos. 8.6.5.3. Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran que apegarse a lo establecido en el numeral 4.2. 8.6.6. Los docentes que cambien de centro de trabajo antes de la inscripcion, en las etapas posteriores a la evaluacion extraordinaria (atio posterior al cumplimiento de permanencia requerida), para estar en posibilidad de conservar el estimulo deberan realizar su evaluacion global en su nuevo lugar de adscripcion y cumplir con los dernas requisitos establecidos. 8.6.7. En las etapas posteriores a la evaluaciOn extraordinaria, los docentes que esten en posibilidad de cambiar de centro de trabajo con posterioridad al periodo de inscripciOn, podran elegir entre lo siguiente: 8.6.7.1. Optar por el cambio y, por lo tanto, perderan la posibilidad de ref rendar y/o promoverse, o 8.6.7.2. Realizar la evaluaciOn global en el centro de trabajo en que se inscribieron en la etapa para refrendar el estimulo o promoverse, siempre y cuando cumplan con los demas requisitos establecidos. 8.6.7.3. Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran que apegarse a lo establecido en el numeral 4.2.2. 8.7. Cambio de adscripcion de zona urbana o rural a localidad de ba" desarrollo o viceversa 8.7.1. El profesor que labore en zona de bajo desarrollo y que cambie de zona rural o urbana, despues de haber obtenido un nivel de rrer Magisterial, seguira participando con el nivel alcanzado pero ajustandose, para efectos de promociOn, a los arms de permanencia definidos para la zona a la cual se transfirio. 8.7.2. El docente incorporado a Carrera Magisterial que cambie a zona de bajo desarrollo, para efectos de promociOn debera cumplir una de las siguientes condiciones: 8.7.2.1. Acreditar los dos &los de permanencia establecidos para esa zona, o Comisidn cional S arrera Magisterial 52
  • 50. Lineamientos Generales 8.7.2.2. Si tenia acumulada permanencia antes del cambio, completard la que se requiera para el nivel de Carrera Magisterial que ostente, conforme los criterios definidos para zona urbana o rural. 8.8. Cambio o permuta de una entidad federative a otra 8.8.1. Cuando la Cornision Nacional Mixta de Cambios Interestatales autorice cambio de adscripcion o permuta al personal docente incorporado al Programa, la entidad federativa receptora respetard el nivel y la permanencia que ostente el participante, siempre y cuando: 8.8.1.1. Cumpla con todos los requisitos normativos. 8.8.1.2. Se encuentre en la base de datos de docentes incorporados y promovidos registrada en la Coordinacion Nacional de Carrera Magisterial, por la entidad federativa de su adscripciOn anterior. 8.8.2. El nivel de Carrera Magisterial que ostenten los docentes sera cubierto con los recursos de las entidades federativas receptoras, en la dictaminacion inmediata posterior al movimiento. 8.8.3. La comision paritaria estatal de origen sera la instancia responsable de remitir a la entidad federativa receptora el expediente de Carrera Magisterial del docente y, si es el caso, proporcionard al profesor en cuestion el dictamen de incorporacion o promocion, avalando el nivel de Carrera Magisterial obtenido y la permanencia acreditada hasta la fecha del cambio. 8.8.4. Para efectos de promocion, los docentes que cambien o permuten necesariamente deberan sustentar la evaluacion global y obtener el puntaje necesario para promocion en la nueva entidad federativa. 8.8.5. Los docentes que cambien de entidad federativa antes de la inscripciOn en la etapa de promocion, deberan realizar su evaluacion global en la entidad de transferencia. En su caso, se ajustaran a lo establecido en numeral 6.11.4. 8.8.6. Cuando los movimientos se realicen con posterioridad al periodo inscripcion, los docentes, para promoverse, deberan real r su evaluaciOn global en el ciclo inmediato posterior a la fecha del movimiento y cumplir con los demas requisitos establecidos. 8.8.7. Los docentes qu mbien de entid d federativa antes de la inscripciOn, en la etapa de don extraordin ria (alio posterior al cumplimien Comisi6n Na SEP-SNTE de Carrera Magisteria 53
  • 51. Lineamientos Genera/es de permanencia requerida), para estar en posibilidad de conservar el estirnulo deberan realizar su evaluaciOn global en la entidad de transferencia y cumplir con los dernas requisitos establecidos. 8.8.8. En la etapa de evaluaciOn extraordinaria, los docentes que esten en posibilidad de cambiar de entidad con posterioridad al periodo de inscripciOn, podran elegir entre lo siguiente: 8.8.8.1. Optar por el movimiento y, por lo tanto, perderan la posibilidad refrendar y/o promoverse, o 8.8.8.2. Realizar la evaluacion global en la entidad federativa en la qu inscribieron en la Etapa para refrendar el estimulo o promoverse, siempre y cuando cumplan con los dernas requisitos establecidos. 8.8.8.3. Los docentes que refrenden su nivel de estimulo, tendran que apegarse a lo establecido en el numeral 4.2. 8.8.9. Los docentes que cambien de entidad federativa antes de la inscripcion, en las etapas posteriores a la evaluaciOn extraordinaria Ono posterior al cumplimiento de permanencia requerida), para estar en posibilidad de conservar el estimulo deberan realizar su evaluacion global en la entidad de transferencia y cumplir con los dernas requisitos establecidos. 8.8.10. En las etapas posteriores a la evaluacion extraordinaria, los docentes que esten en posibilidad de cambiar de entidad federativa con posterioridad al periodo de inscripciOn, podran elegir entre lo siguiente: 8.8.10.1. Optar por el movimiento y, por lo tanto, perderan la posibilidad de ref rendar y/o promoverse, o 8.8.10.2. Realizar la evaluacion global en la entidad federativa en la que se inscribieron en la Etapa para refrendar el estimulo o promoverse, siempre y cuando cumplan con los dernas requisitos establecidos. 8.8.10.3. Los docentes quo refrenden su nivel de estimulo, tendran que apegarse a lo establecido en el numeral 4.2. 8.9. Acuerdos presidenciales 8.9.1. Los docentes con acuerdos presidenciales 754 ó 529 no •odra participar en Carrera Magisterial, excepto cuando realicen actividades tecnico-pe icas co prendidas en la Tercera Vertiente. Comisi6n Nacional SEP- rial 54
  • 52. Lineamientos Generales s- • 8.9.2. Si estan incorporados al Programa, continuaran percibiendo el estimulo 0 correspondiente al nivel obtenido, pero no podran promoverse ni tendran que refrendar el nivel de estimulo. 8.9.3. Una vez que reanuden sus actividades en alguna de las tres vertientes de participaciOn y esa etapa corresponda a la promociOn o refrendo, deberan presentar su evaluaciOn global y cumplir con los dernas requisitos establecidos. 8.10. Cambio de actividad par dictamen del ISSSTE o su equivalente 8.10.1. Los docentes incorporados al Programa que obtengan cambios de actividad por dictamen del ISSSTE o su equivalente, continuaran percibiendo el nivel de estimulos que ostenten. Para promoverse o refrendar, deberan realizar su evaluacion global en actividades consideradas en la Tercera Vertiente. 8.11. Licencias sin goce de sueldo 8.11.1. Los profesores que presenten esta incidencia y, como consecuencia de ello, se ausenten de sus funciones en alguna de las tres vertientes por 15 dias habiles o mas conservan la permanencia de ese ciclo escolar. En su caso, se ajustaran a lo establecido en el numeral 6.11.4. 8.12. Beca Comisi6n 8.12.1. Los docentes que reciban esta prestaciOn no podran participar en esa etapa en Carrera Magisterial, pero conservan el estimulo que han obtenido y la permanencia. En su caso, se ajustaran a lo establecido en el numeral 6.11.4. 8.13. Licencias medicas y con goce de sueldo 8.13.1. Los docentes que reciban licencias medicas o con goce suel o, podran evaluarse en esa etapa, asumiendo que su ausencia podria afectar los puntajes de la evaluacion global, pero conservaran I permane t.i. ese ciclo es olar. acional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 1-7-------- 55
  • 53. Lineamientos Genera/es CI O. CD 8 8.14. Vacantes definitivas o por licencia sin goce de sueldo Co 8.14.1. Cuando se generen vacantes definitivas de plazas incorporadas al Programa, al asignarse nuevamente, no deberan incluir el concepto de Carrera Magisterial, el cual, de conformidad con las caracteristicas del recurso presupuestal, se adicionara a la bolsa de economias regularizables pare aplicarse en la dictaminacion. 8.14.2. En el caso de que existan vacantes por licencia sin goce de sueldo de sus titulares, las plazas se podran asignar de manera provisional, sin el concepto de Carrera Magisterial, quedando el nivel identificado con el titular para que se le asigne en el momento en que reanude su labores. 8.15. Pensiones o jubilaciones 8.15.1. Los participantes incorporados que reciban licencia prejubilatoria o por pensiOn, percibiran la remuneracion del nivel obtenido durante ese periodo. A partir de que causen baja y se les otorgue la pensiOn o jubilaciOn, el concepto de Carrera Magisterial debera integrarse a la bolsa de econornias regularizables. 8.16. Cese o defunci6n 8.16.1. El personal que ostente algun nivel de estimulos que sea cesado e interponga una demanda laboral por ese motivo, podra recuperar el nivel de Carrera Magisterial que ostentaba si el laudo le es favorable. 8.16.2. El personal que ostente algOn nivel de Carrera Magisterial que sea cesado en forma definitiva y posteriormente se le recontrate en el servicio docente, para incorporarse al Programa, debera evaluarse cumplir con todos los requisitos establecidos. 8.16.3. En caso de defuncion de docentes incorporados o promovidos en Programa, las diferencias pendientes de cobro de un periodo p ser pagadas a los deudos en aquellas situaciones en que la le slaciOn laboral vigente asi lo indique. Asimismo, el concepto de Carrera Magisterial que se libere debera integrarse a la bolsa de recursos presupuestales correspondientes. Comision Nacional SEP-SNTE agist e—e
  • 54. Lineamientos Generales 9. Transitorios 9.1. Los presentes Lineamientos tendran vigencia a partir del inicio del ciclo escolar 2011-2012, Vigesima Primera Etapa del Programa. 9.2. Con la entrada en vigor de los presentes Lineamientos Generales, se abrogan todas las normas, disposiciones, acuerdos y alcances relativos al Programa Nacional de Carrera Magisterial, emitidos con antelacion por la' ComisiOn Nacional SEP-SNTE. 9.3. Los docentes con plaza del Esquema de Educacion Basica podran participar en el Programa, siempre y cuando hayan obtenido su categoria durante la vigencia de ese sistema de estimulos (de nnayo de 1987 al 1° de marzo de 1993) y cumplan con los requisitos de Carrera Magisterial. Cuando el personal incorporado con estas categorias cause baja definitiva, tanto el diferencial del Esquema como el de Carrera Magisterial se integraran a la bolsa de recursos del Programa. 9.4. Toda vez que la Reforma a los Lineamientos Generales modifica el sistema de evaluaciOn, los puntajes obtenidos en las evaluaciones globales hasta la )0( Etapa, ciclo escolar 2010-2011, dejan de tener vigencia. 9.5. Los arms de permanencia acreditados por los participantes hasta el ciclo escolar 2010-2011 swan considerados para promociOn, siempre y cuando hayan cumplido con la normativa aplicable. 9.6. Por unica vez en la XXI Etapa, ciclo escolar 2011-2012, los participantes con niveles de Carrera Magisterial concursaran para su promociOn con el resultado de la evaluacion global obtenida en el nuevo sistema de evaluaciOn, siempre y cuando cumplan con la permanencia requerida y con los demas requisitos establecidos. 9.7. En las Etapas XXII y XXIII, los profesores que elijan promoverse con el pronnedio de sus puntajes globales, concursaran con las dos o tres evaluaciones obtenidas en el nuevo sistema respectivamente, siempreelp cuando cumplan con la permanencia requerida y con los demas requisi • establecidos. 9.8. Para los participantes de la Primera, Segunda y Tercera Vertientes de .4 niveles y modalidades de Preescolar, Preescolar Indigena, lnicial, pri o y 4, segundo grados de Primaria, Educacion Fisica, EducaciOn Art' tica y 1 Educacion Tecnologica donde los aprendizajes de los alumnos no se 1 valoran con • ebas de aplicaciOn nacional, en tanto se cuente con los, instrumento espondien es, el puntaje del factor Aprovechamiento isi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magister 57
  • 55. Lineamientos Generales Escolar se determinard en funcion de los resultados que obtengan en el factor PreparaciOn Profesional. 9.9. Los docentes que, al entrar en vigor los presentes Lineamientos Generales ester) cursando alguna Maestria o Doctorado, podran obtener, por vez, 20 puntos en el factor de Formacion Continua en la Etapa correspondiente, siempre y cuando acrediten estos estudios hasta la XXIII Etapa. 9.10. Los participantes que se incorporaron o promovieron entre las Etapas VIII y XX, que sustituyeron el grado acadernico con anos de experiencia en el servicio docente o con estudios incompletos, a partir de la Etapa )0(1, pa continuar participando deberan cumplir con lo establecido en el Anexo 2 estos Lineamientos Generales. 1. Lo no previsto en los presentes Lineamientos Generales, sera resuelto la Cords& Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial. Comisi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 58
  • 56. Lineamientos Genera/es ion Nacional SEP- arrera Magist 59
  • 57. Lineamientos Genera/es cr) ANEXO 1 Catalogo de categorias susceptibles de incorporarse o promoverse en Carrera Magisterial PRIMERA VERTIENTE* Personal de Preescolar y grupos afines Categorfas Denominacion E-0164 Profesor de Ensefianzas Musicales Elementales para Jardin de Nitios, en el D. F. E-0165 Profesor de Ensetianzas Musicales Elementales para Jardin de Nirios, Foraneo. E-0180 Maestra de Jardin de Nifios, en el D. F. E-0181 Maestra de Jardin de Nirios, Foranea. E-0182 Horas de acompariante de Mirsica para Jardin de Nifios, en el D. F. E-0183 Horas de acompariante de Musica para Jardin de Nifios, Foraneo. E-0185 Maestra de Jardin de Nitios de Tiempo Completo Mixto, Titulada en la Licenciatura de Preescolar. E-0190 Educadora para Centros de Desarrollo Infantil de Tiempo Completo con Fortalecimiento Curricular. E-0195 Educadora para Centros de Desarrollo Infantil. E-0199 Maestra de Jardin de Nifios de 3/4 de Tiempo en Curso, con Fortalecimiento Curricular_, Personal de Primaria y grupos afines Categorias Denominacion E-0280 Maestro de Grupo de Primaria, en el D. F. E-0281 Maestro de Grupo de Primaria, Foraneo. E-0285 Maestro de Grupo de Primaria de Tiempo Completo Mixto, Titulado en la Licenciatura de Primaria. E-0286 Maestro de Grupo de Primaria Nocturna, en el D. F. E-0296 Maestro de Grupo de Primaria Asistencial, en el D. F. E-0298 Maestro de Grupo de Primaria Nocturna con Fortalecimiento Curricular. E-0299 Maestro de Grupo de Primaria de 3/4 de tiempo en curso, con Fortalecimiento Curricular Personal de Educacion Secundaria General k Categorias Denominacion ,Il E-0360 E-0361 Profesor de Enserianzas de Adiestramiento de Secundarias, en el D. F. Profesor de Enserianzas de Adiestramiento de Secundarias, Foraneo. 4 /AI E-0362 E-0363 E-0364 E-0365 Profesor de Ensenanza Secundaria, en el D. F. Profesor de Enserianza Secundaria, Foranea. Profesor de Adiestramiento de Secundaria, en el D. F. Profesor de Adiestramiento de Secundaria, Foraneo. E-0366 Horas de Enserianza de Adiestramiento de Secundarias Generales para Fortalecimiento Curricular, Profesor Titulado E-0371 Profesor Orientador de Enserianza Secundaria, Foraneo. E-0390 Horas de Ensefianza de Adiestramiento de Secundarias Generales para Fortalecimiento Curricular. E-0392 Horas de Ensenanza de Secundaria para Fortalecimiento Curricular. * De existir alguna categoria no considerada en este Anexo y que este vigente en el modelo de educed& basica, su inclusion en el Programa sera resuelta por la Comision acional SEP-SNTE. ComisiOn Nacional TE de Carrera Mag 60
  • 58. Lineamientos Generales Personal de Educaci6n Secundaria Tecnica Categorias Denominacion E-0460 Profesor de Adiestramiento de Secundaria Tecnica, en el D. F. E-0461 Profesor de Adiestramiento de Secundaria Tecnica, Foraneo. E-0462 Profesor de Ensenanza Secundaria Tecnica, en el D. F. E-0463 Profesor de Ensetianza Secundaria Tecnica, Foranea. E-0464 Profesor de Adiestramiento de Secundaria Tecnica, en el D. F., Titulado. E-0465 Profesor de Adiestramiento de Secundaria Tecnica, Foraneo, Titulado. E-0466 Horas de Ensenanza de Adiestramiento de Secundarias Tecnicas para Fortalecimiento Curricular, Profesor Titulado. E-0490 Horas de Adiestramiento de Secundarias Tecnicas para Fortalecimiento Curricular. E-0492 Horas de Ensenanza de Secundaria Tecnica para Fortalecimiento Curricular. Personal de Telesecundaria Categorias Denominacion E-2780 Horas de Maestro de Telesecundaria, en el D. F. E-2781 Horas de Maestro de Telesecundaria, Foraneo. E-2792 Horas de Telesecundaria para Fortalecimiento Curricular. Personal de Educacidon Especial Categorias Denominacion E-0671 Profesor Orientador Profesional de Ensenanza Superior, Foraneo. E-0680 Maestro de Escuela de Experimentacion Pedagogica, en el D. F. E-0681 Maestro de Escuela de Experimentacion Pedag6gica, Foram°. E-0683 Maestro para Educacion Especial de Tiempo Completo Mixto, Titulado en la U.P.N. E-0687 Maestro de EducaciOn Especial. E-0689 Maestro Psicologo Orientador para Educacion Especial. E-0690 Maestro Psic6logo Orientador par EducaciOn Especial de 3/4 de Tiempo en curso con Fortalecimiento Curricular. E-0692 Maestro de EducaciOn Especial de 3/4 de Tiempo en curso con Fortalecimiento Curricular. Personal de Educaci6n Fisica Categorias Denominacion E-0761 Profesor de Educacion Fisica, Foraneo. E-0762 Profesor Normalista de Educacion Fisica, en el D. F. E-0763 Profesor Normalista de EducaciOn Fisica, Foraneo. E-0764 Profesor y Licenciado en Educacion Fisica, en el D. F. E-0765 Profesor y Licenciado en Educacion Fisica, Foraneo. E-0773 Profesor de Ensetianzas Profesionales de Educacion Fisica, Foraneo. E-0792 Horas de Educacion Fisica para Fortalecimiento Curricular Personal de Educacian Tecnologica Categorias Denominacion E-0961 Profesor de Adiestrqmiento de Enserianza Tecnologica, Vocacional o Tecnica Superior, Foraneo. ision Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 61
  • 59. Lineamientos Genera/es Personal de Educacion Artistica Categorfas Denominacion E-1062 Profesor de Enserianzas Artisticas y Musicales, en el D. F. E-1063 Profesor de Enserianzas Artisticas para Postprimarias, Foraneo. E-1065 Profesor de Enserianzas Artisticas Elementales, Foraneo. E-1067 Profesor de Enserianzas Artisticas para Postprimarias, Foraneo. E-1090 Horas de Enserianzas Artisticas y Musicales Elementales para Fortalecimiento Curricular. E-1092 Horas de Enserianzas Artisticas y Musicales de Postprimarias para Fortalecimiento Curricular. Personal de MisJones Culturales Categorias Denominacion E-1331 Maestro "A" de Mision Cultural. E-1333 Maestro "B" de Mision Cultural. E-1335 Maestro "C" de Mision Cultural. E-1390 Maestro de Misiones Culturales de Tiempo Completo con Fortalecimiento Curricular. Personal de Educacian Indigena Categorfas Denominacion E-1461 Orientador de Comunidad de Promocion Indigena, Maestro Normalista Urbano Titulado, Foraneo. E-1485 Maestro Bilingue de Educacion Primaria lndigena. E-1486 Maestro Bilingue de Educacion Primaria Indigena de Tiempo Completo Mixto Titulado en la U.P.N. E-1488 Maestro Bilingiie de Educacion Preescolar Indigena de Tiempo Completo Mixto Titulado en la U.P.N. E-1489 Maestro Bilingue de Educacion Preescolar Indigena E-1490 Maestro de Grupo de Primaria de Centro de Integracion Social lndigena de Tiempo Completo con Fortalecimiento Curricular. E-1492 Maestra Bilingue de Educacion Preescolar de 3/4 de Tiempo en Curso con Fortalecimiento Curricular. E-1494 Maestro Bilingue de Educacion Primaria de 3/4 de Tiempo en Curso con Fortalecimiento Curricular. E-1497 Maestro "C" de Brigada de Mejoramiento lndigena. E-1498 Maestro de Brigada de Mejoramiento lndigena de Tiempo Completo con Fortalecimiento Curricular. E-1499 Maestro de Centro de Integracion Social Indigena, Maestro Normalista Urbano Titulad,e(- Personal de Educaci6n de Adultos Categorias Denominacion E-1586 Profesor de Educacion Basica para Adultos Nocturna, en el D. F. V---- E-1587 Profesor de Educacion Basica para Adultos Nocturna, Foraneo. E-1598 Profesor de Educacion Basica para Adultos Nocturna con Fortalecimiento C ricular. Comisi6n Nacional SEP- arrera Magiste 62
  • 60. Lineamientos Genera/es SEGUNDA VERTIENTE* co Personal de Preescolar y grupos afines Categorfas Denominacion E-0100 Inspectora de Jardines de Nirios, en el D. F. E-0101 lnspectora de Jardines de Nirios, Foranea. E-0102 Inspector de Ensefianzas Musicales para Jardin de Nifios, en el D. F. E-0103 Inspectora de Jardin de Nifios Titulada en la Licenciatura de Preescolar en la U.P.N. E-0104 Inspector General de Sector de Jardin de Nirios, en el D. F. E-0105 Inspector General de Sector de Jardin de Nitios, Foraneo. E-0107 Inspectora General de Sector de Jardin de Nifios, Titulada en la Licenciatura de Preescolar en la U.P.N. E-0113 Inspectora para Centros de Desarrollo Infantil. E-0120 Directora de Jardin de Ninos, en el D. F. E-0121 Directora de Jardin de Nifros, Foranea. E-0125 Directora para Centros de Desarrollo Infant!. Personal de Primaria y grupos afines Categorias Denominacion E-0200 Inspector de Zona de Enserianza Primaria, en el D. F. E-0201 Inspector de Zona de Enserianza Primaria, Foraneo. E-0202 Inspector de Primaria Nocturna, en el D. F. E-0203 Inspector de Zona de Ensetianza Primaria, Titulado en la Licenciatura de Primaria en la U.P.N., en el D. F. E-0204 Inspector General de Sector de Primaria, en el D. F. E-0205 Jefe de Sector de Educacion Primaria, Foraneo. E-0206 Inspector General de Sector de Ensefianza Primaria Nocturna, en el D. F. E-0207 Inspector General de Sector de Primaria Titulado en la Licenciatura de Primaria, en la U.P.N. E-0209 Jefe de Sector de Educacion Primaria Titulado on la Licenciatura de Primaria en la U.P.N., Foraneo E-0210 Inspector de Zona de Enserianza Primaria Asistencial, en el D. F. E-0213 Inspector de lnternados de Enserianza Primaria Foraneo. E-0214 Inspector de Ensefianzas Asistencial, en el D. F. E-0219 Director de Primaria de Tiempo Completo Titulado en la Licenciatura de Primaria, on la U.P.N. E-0220 Director de Primaria, en el D. F. E-0221 Director de Primaria, Foraneo. E-0222 Director de Internado de Primaria, on el D. F. E-0223 Director de Internado de Primaria, Foraneo. E-0224 Director de Primaria Asistencial, en el D. F. E-0226 Director de Primaria Nocturna, en el D. F. E-0240 Subdirector Secretario de Interned° de Primaria, on el D. F. E-0241 Subdirector Secretario de Internado de Primaria, Forrineo. E-0250 Jefe de Enserianzas Asistencial, en el D. F. o ii E-0258 Jefe de Enserianza Asistencial, en el D. F. / * De existir alguna categoria no considerada en este Anexo y que este vigente en el modelo de educed& basica, su inclusion en el Programa sera resuelta por la Comision Nacional SEP-SNTE. skin Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 63
  • 61. Lineamientos Genera/es CD 0 Personal de Educacion Secundaria General Categorfas Denominacion E-0300 Inspector General de Segunda Ensefianza, en el D. F. E-0301 Inspector General de Segunda Ensefianza, Foraneo. E-0308 Inspector General de Escuela Secundaria para Trabajadores, en el D. F. E-0320 Director de Secundaria Diurna, en el D. F. E-0321 Director de Secundaria, Foraneo. E-0325 Director de Internado de Secundaria, Foraneo E-0326 Director de Secundaria para Trabajadores, en el D. F. E-0327 Director de Secundaria para Trabajadores, Foraneo. E-0340 Subdirector Secretario de Secundaria Diurna, en el D. F. E-0341 Subdirector Secretario de Secundaria, Foraneo. E-0344 Subdirector Secretario de Secundaria Nocturna, en el D. F. E-0345 Subdirector Secretario de Secundaria Nocturna, Foraneo. E-0350 Jefe de Enserianza Secundaria Diurna. E-0351 Jefe de Enserianza Secundaria, Foraneo. E-0358 Jefe de Enserianza Secundaria para Trabajadores. Personal de Educacion Secundaria Tecnica Categorias Denominacion E-0401 Inspector General de Secundarias Tecnicas. E-0420 Director de Escuela Secundaria Tecnica, en el D. F. E-0421 Director de Escuela Secundaria Tecnica, Foraneo. E-0440 Subdirector Secretario de Escuela Secundaria Tecnica, en el D. F. E-0441 Subdirector Secretario de Escuela Secundaria Tecnica, Foraneo. E-0450 Jefe de Ensefianza Secundaria Tecnica, en el D. F. E-0451 Jefe de Enserianza Secundaria Tecnica, Foraneo. Personal de Telesecundaria Categorfas Denominacion E-2708 Jefe de Sector de Telesecundaria, en el D. F. E-2709 Jefe de Sector de Telesecundaria, Foraneo. E-2710 Inspector de Zona de Telesecundaria, en el D. F. E-2711 Inspector de Zona de Telesecundaria, Foraneo. E-2724 Director Maestro de Telesecundaria, en el D. F. E-2725 Director Maestro de Telesecundaria, Foraneo. .---- Personal de Educacion Especial Categorias Denominaci6n E-0621 E-0629 Director para la Escuela Especial de Tiempo Completo Titulado en la U.P.N. Director de Escuela de Educacion Especial. 4 E-0630 Director de Escuela de Experimentacion Pedagogica, en el D. F. E-0631 Director de Escuela de Experimentacion Pedagogica, Foraneo. E-0632 Supervisor de Educacion Especial, en el D. F. E-0633 Supervisor de Educacion Especial, Foraneo. E-0634 Supervisor de Educacion Especial de Tiempo Completo, Titulado en la U.P.N. en e( D. F. E-0635 Supervisor de Educacion Especial de Tiempo Completo, Titulado en la U.P.N. Foraneo. k . Comision Nacional SEP-SN Carrera Mag ter I 64
  • 62. Lineamientos Generales Personal de Educaci6n Fisica Categories Denominacion E-0700 Inspector Normalista de Educacion Fisica, en el D. F. E-0701 Inspector Normalista de Educed& Fisica, Foraneo. E-0723 Director Federal de Educacion Fisica. Personal de Educacion Artistica Categories Denominacion E-1000 Jefe de Ensetianzas Artisticas y Musicales, en el D. F. E-1034 Director del Conservatorio Nacional de MUsica, en el D. F. E-1048 Subdirector Secretario de Escuela Nocturna de Musica, en el D. F. Personal de Direccian de Educacian Federal Categories Denominacion E-1202 Jefe de Zona de Inspeccion en la RepUblice, con radicacion en el D. F. E-1221 Director General de Educed& Federal. Personal de Misiones Cultureles Categories Denominacion E-1303 Inspector de Misiones Cultureles, Maestro Normalista Urbano Titulado, Foraneo. E-1305 Jefe de Misi6n Cultural, Maestro Normalista Urbano Titulado. Personal de Educacion Indigene Categories Denominacion _/ E-1403 Inspector General de Asuntos Indigenes, Foraneo. E-1405 Jefe de Brigada de Mejoramiento Indigene, Maestro Normalista Urbano Titulad . E-1411 Jefe de Zona de Supervision de Educed& Indigene. E-1421 Director de Centro de Integracion Social Indigene, Maestro Normalista Urbano Titulado. El 445 Subdirector Secretario de Centro de IntegraciOn Social Indigene, Maestro Normalista Urbano Titulado. E-1447 Jefe de Zona de Supervision de Educacion Indigene de Tiempo Completo Titulado en la U.P.N. E1475 Director Bilingue de Educacion Preescolar Indigene. (--- l_J E-1481 Inspector Bilingiie de Educacion Primaria Indigene. E-1482 Inspector Bilingue de Educed& Primaria Indigene de Tiempo Completo Titulado en la U.P.N. E-1483 Director Bilingue de Educacion Primaria Indigene. • E-1484 Director Bilingile de Educed& Primaria de Tiempo Completo Titulado en la U.P.N. Comisi6 al SEP-SNTE de Carrera Magisten 65
  • 63. Lineamientos Generales Personal de Educacion de Adultos Categorlas Denominacion E-1500 Inspector de EducaciOn Basica para Adultos, en el D. F. E-1501 Inspector de EducaciOn Basica para Adultos, Foraneo. E-1503 Supervisor de Alfabetizacion, Foraneo. E-1524 Director de Educacion Basica para Adultos Nocturna, en el D. F. E-1525 Director de Educacion Basica para Adultos Nocturna, Foraneo. E-1541 Jefe de Mision Cultural Motorizada, Foraneo. c-N E-1551 Inspector Federal de Educacion de Adultos, Foraneo. --- 1; " Coion Nacional e Carrera Magiste 66
  • 64. Lineamientos Generales ANEXO 2 Estudios necesarios para participar en Carrera Magisterial Nivel y/o Modalidad Estudios terminados Educacion Inicial y Educaci6n Preescolar. Normal Basica Preescolar o Licenciatura en Preescolar. Educacion Preescolar Indigena. Normal Basica Preescolar o Licenciatura en Preescolar. Licenciatura en Educacion Indigena de la UPN. Educacion Primaria e Internados. Normal Basica Primaria o Licenciatura en Primaria. Educacion Primaria Indigena. Normal Basica Primaria o Licenciatura Primaria. Licenciatura en Educacion Indigena de la UPN. Educacion Especial. Preescolar: Normal Basica Preescolar, Licenciatura en Preescolar, Normal de Especializacion o Licenciatura Je Institucion de Educacion Superior relacionada c n EducaciOn Especial. Primaria: Normal Basica Primaria, Licenciatura en Primaria, Normal de Especializacion o Licenciatura de Institucion de Educacion Superior relacionada con Educacion Especial. Secundaria: Normal de Especializacion o Licenciatura de Institucion de Educacion Superior relacionada con Educacion Especial. Educacion Fisica. Normal en Educacion Fisica o Licenciatura en Educacion Fisica. Educaci6n Secundaria (General y Tecnica)*. Normal Superior o de alguna Licenciatura de Institucion de EducaciOn Superior afin con la asignatura que i m parte. Telesecundaria. Normal Superior o Licenciatura de alguna Institucion de Educacion Superior. Educacion Tecnologica*. Estudios terminados de ENAMACTA, ENAMACTI, Tecnico Profesional del nivel Medio Superior, Licenciatura en Docencia Tecnologica o Licenciatura de Institucion de Educacion Superior afin con la asignatura que imparte. Educacion Artistica*. Estudios terminados de Tecnico Profesional del nivel Medio Superior o Licenciatura de Institucion de Educacion Superior directamente relacionados con actividades artisticas. Educacion Extraescolar (Primaria). Normal Basica Primaria o Licenciatura en Primaria. Educacion Extraescolar (Secundaria)*. Normal Superior o de alguna Licenciatura de Institucio de Educacion Superior afin con la asignatura q e i m parte. * En el caso del personal direc o o de s pervision, los estudios necesarios debera cubrirse de forma generica. omision Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 67
  • 65. Lineamientos Genera/es 0 AN EXO 3 Antiguedad en el servicio docente necesaria para los participantes que acrediten estudios diferentes a los requeridos en el Anexo 2 I Preescolar, Primaria y grupos afines Docentes Frente a Grupo, Maestros en Estudios realizados Funciones Directives y de Supervision y Profesores en Actividades Tecnico- PedagOgicas Estudios terminados de Licenciatura relacionados con la Educacion 3 &los* Estudios concluidos de Maestria relacionados con la Educacion ---- Estudios concluidos de Doctorado relacionados con la Educacion * Los &los de servicio docente deben ser ininterrumpidos y corresponder at mismo nivel o modalidad donde se desempefie el participante. Deberan estar cubiertos al momento de la inscripciOn en la etapa correspondiente. Secundaria y grupos afines Docentes Frente a Grupo, Maestros en Grado Academic° Funciones Directives y de Supervision y Profesores en Actividades Tecnioo- PedagOgicas Estudios terminados de Normal Superior o de Licenciatura 3 atios* Estudios concluidos de Maestria -Estudios terminados de Doctorado ---- * Los afios de servicio docente deben ser ininterrumpidos y corresponder a la misma modalidad o asignatura desempefie el participante. Deberan estar cubiertos at momento de la inscripci6n en la etapa correspondiente. Comisi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 68
  • 66. Lineamientos Generales ANEXO 4 0 Equivalencia en horas de los estimulos de Carrera Magisterial pare cada nivel Educacion Primaria y grupos afines Equivalencia en horas Niveles Categories Denominacion "B" 1 E0205 Jefe de Sector Primaria 9 8.5 8 7 7 11 E0201 Inspector de Ensefianza Primaria 9 8.5 8 7 7 E0221 Director de Ensefianza Primaria. 9 8.5 8 7 7 E0281 Maestro de Grupo de Primaria. 9 8.5 8 7 7 Educacion Secundaria y grupos afines Equivalencia en horas Niveles Categories Denominacion "D" "E" 1,' 9 8.5 8 7 7 Inspector General de Secundaria. 1/ E0351 Jefe de Enserianza Secundaria. 9 8.5 8 7 7 1/ E0321 Director de Secundaria. 9 8.5 8 7 7 1/ E0341 Subdirector Secretario de Secundaria. 9 8.5 8 7 7 3/ E0363 Profesor de Enserianza Secundaria. 1/ La determinacion de las horas se realiza utilizando la base de 42 horas. 2/ La determinacion de las horas se realiza utilizando la base de 25 horas. Los diferenciales para el profesor de EducaciOn Secundaria con categoria de hora/semana/mes son equivalentes os de los docentes de primaria, mas los despegues salariales que existen entre esos niveles. Categories de tiempo parcial En los diversos niveles y modalidades educativos existen categorlas de tiempo parcial (10, 23, 4, 30, 32 y 36 horas), cuya equivalencia en horas esta vinculada a categorfas de tiempo completo correspondientes al mismo nivel. Comiskin Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisteria 69
  • 67. Lineamientos Genera/es z 0 ANEXO 5 Afios de permanencia quo deberan cumplir los docentes en cada uno de los niveles del Programa para estar en posibilidad de promoverse al siguiente. Niveles "A" “D" Zona Mos de permanencia Total de Mos Urbana y Rural 3 3 4 4 - 14 Bajo Desarrollo 2 2 2 2 - 8 1--- ( Comision Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 70
  • 68. Lineamientos Generales ANEXO 6 Criterios para determinar Localidades de Bajo Desarrollo para Carrera Magisterial 1. Para que una localidad se considere de bajo desarrollo necesariamente debera cumplir con los tres criterios siguientes: 1.1. Que no cuenten con servicio de agua entubada. 1.2. Que carezcan del servicio de energia electrica. 1.3. Que sean de dificil acceso, con tiempo de transporte mayor . a treinta minutos de la localidad mas proxima que cuente con servicios urbanos cuando el medio de transporte sea public° y diario, y/o tengan que hacerse recorridos a pie. 2. La comisiOn paritaria estatal elaborard y propondra a la ComisiOn Nacional SEP-SNTE, el Catalog° de Localidades de Bajo Desarrollo existentes en la Entidad que cumplan con los requisitos establecidos en el numeral anterior, conforme a lo siguiente: 2.1. Los requisitos a que se refieren los incisos 1.1. y 1.2. se verificaran con base en los datos registrados en el Censo General de Poblacian y Vivienda, emitido por el Institut° Nacional de Estadistica y Geograffa. 2.2. La autoridad educativa estatal debera certificar el cumplimiento del requisito citado en el inciso 1.3. y aportar para su analisis al seno de la ComisiOn Paritaria los datos relativos a: 2.2.1. La distancia entre la localidad de bajo desarrollo y las localidades con servicios urbanos mas proximos. 2.2.2. El tiempo de recorrido entre esas localidades, ya sea a pie o en transporte public°. 2.2.3. Los medios de transporte public° y frecuencia del servi disponible en la localidad de bajo desarrollo. 3. La Comision Nacional analizard y en su caso autorizard las propuestas Catalog° de Loc es de Bajo Desarrollo elaboradas por las comision paritarias estat - mision Nacional SEP-SNTE de Can-era Magistena 71
  • 69. Lineamientos Genera/es (I) 0 4. Para la incorporacion o promocion en Carrera Magisterial del personal docente de EducaciOn Basica, los arms de permanencia se consideraran en los terminos establecidos para localidades de bajo desarrollo, siempre y cuando las mismas se encuentren autorizadas en el Catalogo aprobado por la ComisiOn Nacional. 5. La actualizacion de los datos contenidos en el Censo General de Poblad& Vivienda, repercutira con los nnismos efectos en la actualizacion del Catal autorizado por la ComisiOn Nacional. 6. A partir de la fecha de entrada en vigor de los presentes Lineamie Generales de Carrera Magisterial, dejaran de aplicarse para los efe sefialados en el numeral 4. los catalogos de localidades de bajo de rrollo vi es con los Lineamientos Generales de 1998. Comision Nacional S 6e Carrera Magisterial 72 •
  • 70. Lineamientos Genera/es AN EXO 7 Puntajes en el Factor Formacion Continua Trayectorias de FormaciOn Continua* Horas Puntaje 30 5.00 40 6.67 50 8.33 60 10.00 70 11.66 80 13.33 90 15.00 100 16.66 110 18.33 120 20.00 , * Una hora acreditada en trayectorias de FormaciOn Continua equivale a 0.1666 puntos e tomaran en cuenta avances parciales por cada Etapa. Para obtener el ntaje correspondiente al Factor, se multiplicara el nurnero de horas cursadas por 0.166 Comision Nacional SEP-SNTE de Carrera Magistena 73
  • 71. Lineamientos Genera/es 0 CO AN EXO 8 Puntajes del Factor Antiguedad t419 ... , 1 e ry ibi0 t- <, '''' 0.2 44 2 0.4 3 0.6 4 0.8 5 1.0 6 1.2 7 1.4 8 1.6 9 1.8 10 2.0 11 2.2 12 2.4 13 2.6 14 2.8 15 3.0 16 3.2 17 3.4 18 3.6 19 3.8 20 4.0 21 4.2 22 4.4 23 4.6 24 4.8 25 o mas 1 5.0 Comision Nacional S arrera Magisterial
  • 72. Lineamientos Generales 011 FORMALIZACIDN DE LA REFORMA DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES DEL PROGRAMA NACIONAL DE CARRERA gr. MAGISTERIAL 0, FT C ONSIDERANDO c) Que en el Acuerdo Nacional para la ModernizaciOn de la EducaciOn Basica, signado en 1992 por el Gobierno Federal, los gobiernos estatales y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la EducaciOn (SNTE), se estableciO Carreya Magisterial como un mecanismo de promocion horizontal para el personal docente que labora en los niveles y modalidades de educaciOn basica publica. Que en el Articulo 21 de la Ley General de EducaciOn, se establece que las autoridades educativas: "... propiciaran la permanencia de los maestros frente a grupo, otorgandoles la posibilidad de obtener mejores condiciones y mayor reconocimiento social" y que se "... otorgaran reconocimientos, distinciones estimulos y recompensas a los educadores que se destaquen en el ejercicio de su profesion y, en general, realizaran actividades que propicien mayor aprecio social por la labor desempetiada por el magisterio. Ademas, estableceran mecanismos de estimulo a la labor docente con base en la evaluacion". Que el SNTE ha demandado reformar los Lineamientos Generates del Programa para fortalecer sus procesos y, en funciOn de los aprendizajes de los alumnos, otorgar reconocimientos y estimulos a los mejores desemperios docentes. Que esta ComisiOn Nacional, para reformar los Lineamientos Generales de Carrera Magisterial, sistematizo e integrO las orientaciones y recomendaciones derivadas de las propuestas de docentes participantes en el Programa, trabajos colegiados de las comisiones paritarias, de las investigaciones nacionales e if r internacionales y propuestas de la sociedad civil. Que en la Alianza por la Calidad de la EducaciOn, firmada en mayo de 2008 por el Gobierno Federal y el SNTE, se establece: "... avanzar en una agenda de compromisos que en conjunto articulen una estrategia clara e incluyente par hacer de la educacion una Politica de Estado efectiva, capaz de transforma ner ia el po al d sistema educativo . 1111 Que en el Eje II de la Alianza por la Calidad de la Educacion, Profesionalizacion4.0 4 los Maestros y de las Autoridades Educativas, la SEP y el SNTE acordar• "Garantizar que quienes dirijan al sistema educativo, los centros escol- -s y A /.4 quienes ense flan a nuestros hijos sean seleccionados adecuadament , esten debidamente formados y reciban Ios estimulos e incentivos que merezcan .4• funcion del lot* cativo de nitios, )ins y jovenes." ion Nacional SEP-SNTE qçQa Magisterial 75
  • 73. Lineamientos Generales -n cp Que el 25 de mayo de 2011, en la ciudad de Cholula, Puebla, el Secretario de O. Educacion Publica y la Presidenta del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion, con la presencia de C. Presidente Constitucional de los Estados O. CD Unidos Mexicanos como testigo de honor, firmaron el Acuerdo para la reforma de Carrera Magisterial. En ese context°, la Comision Nacional SEP-SNTE, en CD ejercicio de sus atribuciones EXPIDE Los presentes Lineamientos Generales del Programa Nacional de Carrera Magisterial, que entraran en vigor a partir del inicio de la Vigesima Primera Etapa, ciclo escolar 2011-2012. Mexico, D. F., a 9 de agosto de 2011 /Mtru. Alonso Luja lrazabal Mtra. Elba Esther Gordillo Morales /Secretario de EducaciOn Publica Presidenta del Comite Ejecutivo Nacional del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion Lic. Francisco Ciscomani Freaner Profr. Jun DI .z se I Torre Titular de la Unidad de Planeacion y Secretario Gene I Ej utivo del Cornite Evaluacion de Politicas Educativas Ejecutivo Nacio del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion Comision Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial 76
  • 74. Lineamientos Genera/es Comisi6n Nacional SEP-SNTE de Carrera Magisterial Por la SEP Por el CEN del SNTE Profr. Juan de Dios Rodriguez Canton Rodriguez Lic. na Maria Aceves ada Profra. mirez Mtro. Leopoith F. R rigu Gutierrez Profr. Alexand r Zetina Aa iluz vio lbarra Morales Prof r. aamal Mena Mtro. Mariano Diaz Gutierrez ro r. smael Valdez Lopez Mtro. Victor Sastre Rodriguez o Ornelas Comisi6n Nacional SEP-SNTE de Carre Maai t rial 77