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CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
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INDICE DE CONTENIDOS
TOMO II – URBANISMO	
TÍTULO I.............................................................................................................................................. 2 
ZONIFICACIÓN URBANA.................................................................................................................. 2 
CAPÍTULO I................................................................................................................................. 2 
Zonificación primaria y secundaria.............................................................................................. 2 
CAPÍTULO II................................................................................................................................ 4 
Zonas centrales........................................................................................................................... 4 
CAPÍTULO III............................................................................................................................... 4 
Zona intermedia y zona habitacional .......................................................................................... 4 
CAPÍTULO IV .............................................................................................................................. 5 
Zona industrial............................................................................................................................. 5 
CAPÍTULO V ............................................................................................................................... 6 
Zona comercial existente, Zona habitacional, recreacional y turística y Fajas........................... 6 
CAPÍTULO VI .............................................................................................................................. 7 
Equipamiento - E......................................................................................................................... 7 
CAPÍTULO VII ............................................................................................................................. 8 
Área protegida (AP) y Area de uso específico (AE).................................................................... 8 
TÍTULO II........................................................................................................................................... 10 
SISTEMA VIAL ................................................................................................................................. 10 
CAPÍTULO I............................................................................................................................... 10 
Jerarquía y normas de la red vial............................................................................................. 10 
TÍTULO III.......................................................................................................................................... 13 
BIENES DE DOMINIO PÚBLICO..................................................................................................... 13 
CAPÍTULO I............................................................................................................................... 13 
Generalidades ........................................................................................................................... 13 
CAPÍTULO II.............................................................................................................................. 14 
Áreas Municipales Del Sistema Ambiental ............................................................................... 14 
CAPÍTULO III............................................................................................................................. 16 
Uso temporal de bienes de dominio público ............................................................................. 16 
CAPÍTULO IV ............................................................................................................................ 17 
Preservación del ornato público................................................................................................ 17 
TÍTULO IV ......................................................................................................................................... 19 
URBANIZACIONES.......................................................................................................................... 19 
CAPÍTULO I............................................................................................................................... 19 
Generalidades ........................................................................................................................... 19 
CAPÍTULO II.............................................................................................................................. 20 
Normas y Directrices Ambientales ............................................................................................ 20 
CAPÍTULO III............................................................................................................................. 21 
Protección De Las Áreas Verdes .............................................................................................. 21 
CAPÍTULO IV ............................................................................................................................ 21 
Normas Generales De Urbanización ........................................................................................ 21 
CAPÍTULO V ............................................................................................................................. 23 
Estructuración De Áreas ........................................................................................................... 23 
CAPÍTULO VI ............................................................................................................................ 25 
Área Útil - Parcelamiento .......................................................................................................... 25 
CAPITULO VII ........................................................................................................................... 27 
De las Ochavas ......................................................................................................................... 27 
CAPÍTULO VIII .......................................................................................................................... 28 
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De Las Aceras........................................................................................................................... 28 
CAPÍTULO IX ............................................................................................................................ 30 
Apertura De Vías....................................................................................................................... 30 
CAPÍTULO X ............................................................................................................................. 31 
Obras Públicas .......................................................................................................................... 31 
TÍTULO V .......................................................................................................................................... 33 
DE LOS LOTES ................................................................................................................................ 33 
CAPÍTULO I............................................................................................................................... 33 
Normativa General y Lotes Según Zonas Urbanas .................................................................. 33 
CAPITULO II.............................................................................................................................. 35 
Lotes En Fajas........................................................................................................................... 35 
CAPITULO III............................................................................................................................. 36 
Lotes Para Equipamientos Primario y Terciario / Distrital......................................................... 36 
TITULO VI ......................................................................................................................................... 37 
USOS DE SUELO............................................................................................................................. 37 
CAPITULO I............................................................................................................................... 37 
Nomenclatura y Clasificación De Los Usos De Suelo .............................................................. 37 
CAPITULO II.............................................................................................................................. 40 
Normas Generales De Los Usos De Suelo............................................................................... 40 
CAPITULO III............................................................................................................................. 41 
Comercio ................................................................................................................................... 41 
CAPITULO IV ............................................................................................................................ 42 
Servicios.................................................................................................................................... 42 
CAPITULO V ............................................................................................................................. 43 
Talleres...................................................................................................................................... 43 
CAPITULO VI ............................................................................................................................ 43 
Industria..................................................................................................................................... 43 
CAPITULO VII ........................................................................................................................... 44 
Depósitos................................................................................................................................... 44 
CAPITULO VIII .......................................................................................................................... 47 
Equipamiento............................................................................................................................. 47 
TITULO VII ........................................................................................................................................ 48 
CUADRO DE USOS COMPATIBLES .............................................................................................. 48 
REFERENCIAS DEL CUADRO DE USOS COMPATIBLES .................................................... 48 
CUADRO DE USOS COMPATIBLES....................................................................................... 49 
CLASIFICACION DE USOS SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA
................................................................................................................................................... 81 
ANEXO 1........................................................................................................................................... 91 
CARIMBO PARA URBANIZACIONES...................................................................................... 91 
ANEXO 2........................................................................................................................................... 93 
GRÁFICOS................................................................................................................................ 93 
ANEXO 3........................................................................................................................................... 94 
ZONIFICACION URBANA......................................................................................................... 94 
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TOMO II
URBANISMO
TÍTULO I
ZONIFICACIÓN URBANA
CAPÍTULO I
Zonificación primaria y secundaria
Artículo 208.- Zonificación Primaria.- La Zonificación Primaria, establecida en el Plan de
Ordenamiento Urbano y Territorial vigente define límites, distritos, radio urbano y áreas en la
jurisdicción municipal de Santa Cruz de la Sierra.
La zona de control municipal no urbanizable y el área rural, en la jurisdicción municipal,
estarán sujetas a planes especiales con normativas aprobadas mediante ley municipal, para
lo cual deberán establecerse normas de usos de suelo, densidad poblacional, índice de
ocupación, entre otros, que son atribuciones del Gobierno Autónomo Municipal de Santa
Cruz de la Sierra, en el ámbito de sus competencias otorgadas por ley para la jurisdicción de
su territorio.
Artículo 209.-Zonificación Secundaria o Urbana.- La zona urbana y urbanizable
establecida en el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente está determinada por el
límite del radio urbano vigente, el cual se divide en las siguientes zonas, fajas y áreas, para
las cuales, los usos de suelo y volumetrías de edificación se reglamentan en el presente
Código.
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CUADRO	DE	LAS	ZONAS	DEL	ÁREA	URBANA	
	
	
	
AREA	
URBANA	
	
	
	
	
	
	
AREA	
URBANA	
	
	
	
	
	
	
Z1‐Zona	central	
Z1.1	
Z1.2	
Z1.3	
Z1.4	
Centro	Histórico	
De	transición	
De	uso	mixto	
Sub‐zona	sur	
Z2‐Zona	central	distrital	 Z2	 Central	Distrital	
Z3‐Zona	intermedia	
Z3.1	
Z3.2	
Comercial	y	de	servicios	
Habitacional	con	usos	compatibles	
Z4‐Zona	habitacional	
Z4.1	
Z4.2	
Z4.3	
De	media	densidad	
De	alta	densidad	y	baja	ocupación*	
De	baja	densidad	y	baja	ocupación	
Z5‐Zona	industrial	
Z5.1	
	
	
	
	
Z5.2	
	
	
Z5.3	
Industrial	
Z5.1.1	Parque	Industrial	
Z5.1.2	Zona	industrial	de	reserva	
Z5.1.3	Zona	de	apoyo	a	las	actividades	
industriales	‐	vivienda	
Industrial	preexistente	
Z5.2.1	Industrial	liviana	este	
Z5.2.2	Industrial	sur	
Zona	de	pequeña	y	mediana	industria	
Z6‐Zona	comercial	 Z6	 Comercial	existente	
Z7‐Zona	recreacional	y	turística	
Z7.1	
	
Recreacional,	institucional	y	turística	
	
F‐Fajas	
F1	 Perimetral	de	uso	mixto	del	2º	Anillo	
F2	 De	uso	mixto	sobre	avenidas	principales	
F3	 De	uso	mixto	de	alta	densidad	
F4	
De	uso	habitacional	pasillos	y	calles	sin	
salida	
E‐Equipamiento
	
EP	
ED/ET	
Público	primario	
Distrital	y/o	terciario	
AP‐Área	de	protección	
AP.1	
AP.2	
De	protección	pública	
De	protección	privada	
AE‐Área	de	uso	especifico	 	 	
ZUR‐	Zona	urbanizable	de	reserva	 	 	
Distrito	Especial	San	Aurelio	 	 	
* Z4.2 De alta densidad y baja ocupación: Esta zona no es identificable en el plan director,
dado que es una característica que nace en el proceso de urbanización.
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CAPÍTULO II
Zonas centrales
Artículo 210.-Zonas centrales - Z1: Zonificación delimitada en el Plan de Ordenamiento
Urbano y Territorial vigente:
a) Centro Histórico - Z1.1: Zona de Centro Histórico comprendida por los siguientes:
Mz. 1 al 35; Mz. 37 al 40; Mz. 44 al 46; Mz. 59 al 61 y los manzanos que determinan
el límite de la zona de transición (Z1.2), Mz. 36; Mz. 66 al 68; Mz. 41, 42 ,43; Mz. 73
al 76; Mz 46-A, 47, 47-A y 48; Mz 50 al 55 ; Mz. 57 y 58; Mz 92 al 95 y Mz. 62 y 63
límites quedan definido por el Reglamento de Centro Histórico (título primero art.1.2).
b) De transición – Z1.2: Zona comprendida entre la Zona de Centro Histórico (Z1.1) y la
Zona de Uso Mixto (Z1.3) de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra la cual constituye
un área o cinturón de Protección a la zona de Centro Histórico (Z1.1). Está
conformada por los manzanos por donde cruza el Límite de la Zona de Centro
Histórico (Z1.1) Mz. 36; Mz. 66 al 69; Mz. 41, 42 ,43; Mz. 73 al 77; Mz 46-A, 47, 47-A,
48 y 49; Mz 50 al 58; Mz 92 al 95 y Mz. 62 y 63 .
c) De Uso Mixto Z1.3: Zona constituida por las manzanas comprendidas entre el
perímetro de la Zona de Transición (Z1.2) y el Primer anillo, en sus lados norte con la
Av. Cañoto y Av. Uruguay , este con la Av. Argamosa y Av. Viedma, oeste con la Av.
Cañoto; y al sur por la Sub Zona Sur (Z1.4) calles Lemoine y Moldes.
d) Sub Zona Central Sur Z1.4: Zona limitada al Norte con las calles Lemoine y Moldes,
considerándose el eje de la calle como límite de la zona; al Sur con la Av. Irala, al
Este con la Av. Viedma y al Oeste con la Av. Cañoto.
Artículo 211.-Zona central distrital - Z2: Corresponde a la zona central de cada uno de los
distritos de la ciudad, donde se localizan la sub-alcaldía y los mercados de cada distrito,
incluyendo también su área de influencia. Estos límites serán determinados en el Plan de
Ordenamiento Urbano y Territorial vigente, además de otros planes especiales de
ordenamiento y delimitación urbana.
CAPÍTULO III
Zona intermedia y zona habitacional
Artículo 212.- Zona intermedia - Z3.- Comprende las unidades vecinales ubicadas entre el
1.er
y el 2º Anillo de la ciudad, con diferentes características de uso y restricciones de
edificación:
1. Comercial y de servicios - Z3.1.- Comprende las unidades vecinales entre el 1.er
y el
2.º Anillo: UV 1, UV 2, UV 3, UV 4, UV 5, UV 9, UV 10, UV 11, UV 12, UV 13 y UV 14.
2. Habitacional con usos compatibles - Z3.2.- Comprende las UV 6, UV 7 y UV 8.
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Artículo 213.- Zona habitacional - Z4.- Zona de uso predominantemente habitacional de
diferentes tipologías, que se localizan al interior de las unidades vecinales comprendidas
entre el 2º anillo y el perímetro urbano municipal. La compatibilidad de la vivienda con otros
usos es de carácter complementario y tiene las restricciones enunciadas en el presente
Código.
Las zonas habitacionales del área urbana de la ciudad son las siguientes:
1. De media densidad - Z4.1: Zona de uso de vivienda unifamiliar o multifamiliar, que
se localiza sobre calles de ancho menor a 16,00 m, desde el 2º anillo hasta el
perímetro del límite urbano. Tiene restricciones de altura de edificación según la
ubicación, normandas en el Tomo III de este Código.
2. De alta densidad y baja ocupación - Z4.2: Zona no definida por el Plan de
Ordenamiento Urbano y Territorial, dado que es una característica que nace en los
procesos de urbanización. Corresponde a manzanas de uso de vivienda multifamiliar,
que se localizan en unidades vecinales que reúnan las condiciones técnicas de
infraestructura de servicios públicos. Se implementa en manzanas enteras con
superficie mínima de 6.000,00 m2
, en relaciones directas con la estructura vial
principal, radiales o anillos de la ciudad; el ancho de las vías adyacentes a la
manzana no podrá ser inferior a 16,00 m. Esta zona podrá ser implementada por
intervenciones privadas o formar parte de planes de zonificación distrital.
3. De baja densidad y baja ocupación - Z4.3: Zona de vivienda unifamiliar delimitada
por el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente, reglamentada con
restricciones referentes a la superficie del lote, al índice de ocupación del terreno, a
las condiciones ecológicas y de seguridad. Son aquellas zonas que se localizan en
las áreas siguientes: área de influencia del aeropuerto Viru Viru, entorno de las
lagunas de oxidación y otras que demanden este tipo de restricciones, según Plan de
Ordenamiento Urbano Territorial.
CAPÍTULO IV
Zona industrial
Artículo 214.-Zona industrial - Z5.- Zona destinada exclusivamente para la implementación
de industrias, planificada desde 1970 y delimitada en el Plan de Ordenamiento Urbano y
Territorial vigente: Industrial Z5.1, Industrial preexistente Z5.2, y Pequeña y mediana
industria Z5.3.
Artículo 215.-Industrial - Z5.1.- Área de la ciudad específicamente delimitada, cuyo uso de
suelo ha sido asignado para la edificación y asentamiento de actividades industriales.
Está conformado por tres zonas: el Parque Industrial, zona industrial de reserva y zona de
apoyo a las actividades industriales - vivienda.
1. Parque Industrial - Z5.1.1: Conjunto de industrias que se ubican en el sector noreste
de la ciudad y que limita, al noreste, con el área de las lagunas de tratamiento de
SAGUAPAC; al sur, con la carretera a Cotoca; al este, con la línea del ferrocarril a
Trinidad y el Barrio San Lorenzo; y al oeste, con la prolongación de la Av. Mutualista.
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2. Zona industrial de reserva Z5.1.2: Es la zona determinada por el Plan de
Ordenamiento Urbano y Territorial con uso de suelo industrial sujeta a plan maestro o
planificación específica, limita al norte con el aeropuerto de Viru Viru y zona de
control municipal y al sur con barrios incorporados a los distritos 5 y 6.
3. Zona de apoyo a las actividades industriales - vivienda Z.5.1.3: Conjunto de
unidades vecinales que comprende las UV 71A, UV 79A, UV 208, UV 208A, UV
208B, UV 222, UV 223, UV 224, UV 225, y se localizan en el centro de la zona
Industrial Z5.1, delimitada al norte por la Z5.1.1, al este con la línea de ferrocarril a
Trinidad, al oeste con la prolongación de la Av. Mutualista y al sur con las lagunas de
tratamiento de SAGUAPAC.
Artículo 216.-Industrial preexistente - Z5.2.- Áreas de uso industrial instaladas en sectores
del área urbana, existentes antes de la entrada en vigencia de las normas de urbanización y
de zonificación que prohíben el uso industrial en dicha zona. Las condiciones para su
permanencia están reglamentadas por la Ley de Medio Ambiente vigente:
1. Industrial liviana este - Z5.2.1: Se localiza en el sector este de la ciudad, delimitada
al norte con la avenida Brasil; al sur, con la zona comercial conocida como Feria de
Barrio Lindo; al este, con el 4º anillo; y al oeste, con la estación bimodal. En ella se
admite industrias en los cuatro niveles de molestia, acompañadas de usos
compatibles como depósitos y talleres.
2. Industrial sur - Z5.2.2: Conformada por industrias preexistentes localizadas en el
sector sur de la ciudad. Comprende el Ingenio Azucarero San Aurelio, en el Distrito 8,
y la Refinería de Palmasola, en el Distrito 9. Son áreas industriales sujetas a plan
especial de ordenamiento urbano.
Artículo 217.-Pequeña y mediana industria - Z5.3. Esta zona, se conformará como parque
de pequeña y mediana industria o como zona de viviendas productivas a escala distrital, que
serán localizadas en áreas con servicios de apoyo a la industria y/o con vocación de
tipologías industriales, mediante emprendimientos privados o en convenio con la
Municipalidad y/o la Gobernación. Esta zona estará sujeta a planes especiales de
ordenamiento distrital.
CAPÍTULO V
Zona comercial existente, Zona habitacional, recreacional y turística y Fajas
Artículo 218.-Zona comercial existente - Z6.- Áreas de una o más manzanas, definidas por
la planificación vigente, con uso de suelo mixto (comercial), categorizadas según nivel de
atención, grado de molestia e impacto ambiental.
Admite el uso de suelo para comercio y servicio con normativa de edificación propia, que
está referida a los mercados y centros comerciales existentes: 7 calles, Los Pozos, La
Ramada y Feria de Barrio Lindo. Otros mercados estarán sujetos a reglamentación especial.
Artículo 219.-Zona recreacional y turística - Z7.- Áreas especiales por su influencia,
adyacentes a áreas de protección ecológica o de bosques naturales, que podrán localizarse
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mediante planes distritales en diferentes sectores de la ciudad; se admite el uso habitacional
de baja densidad y baja ocupación, recreacional, institucional y turístico, en las que se
exigen medidas de sostenibilidad ambiental aplicadas a proyectos urbanos y de edificación.
1. Zona recreacional, institucional y turística - Z7.1: Sub-zona, que admite uso,
recreacional, institucional y turístico, se localiza en el límite del Parque de Protección
Ecológica del río Piraí, en sectores norte y sur, además de otras que se determinarán
en los planos distritales o según la actualización del Plan de Ordenamiento Urbano y
Territorial.
Artículo 220.-Fajas - F.- Son las manzanas, lotes y parcelas frentistas a avenidas de la red
vial principal, anillos y radiales, cuya localización no está circunscrita a una zona urbana
específica.
1. Perimetral de uso mixto del 2º anillo - F1: está constituida por manzanas o lotes
frentistas ubicados al lado externo del 2º anillo.
2. De uso mixto sobre avenidas principales - F2: están conformadas por el conjunto
de lotes con frente a las vías principales (radiales y anillos).
3. De uso mixto de alta densidad - F3: están conformadas por los lotes frentistas
sobre el 4º anillo y avenidas troncales o ejes de desarrollo metropolitano, esto es
avenida Cristo Redentor, avenida Grigotá y avenida Virgen de Cotoca.
4. De uso habitacional - F4: están conformadas por lotes frentistas a vías distribuidoras
locales o colectoras al interior de las unidades vecinales, con ancho de vía igual o
mayor a 16,00 m y calzada continua de 9,00 m, y se caracteriza por una densidad
media dentro del 6º anillo.
5. Habitacional en pasillos y calles sin salida - F5: Se localiza en diferentes zonas del
área urbana, son lotes frentistas a vías con anchos entre 5,00 m a 10,00 m, se
caracteriza por su uso habitacional con restricción de altura de edificación y uso
exclusivo de vivienda unifamiliar.
CAPÍTULO VI
Equipamiento - E
Artículo 221.- Equipamiento público y privado.- Comprende zonas definidas por la
planificación urbana para equipamiento de servicios de uso público o privado, que requieren
un amanzanamiento y división en lotes con dimensiones especiales. Los usos específicos se
detallan en el cuadro de usos compatibles del presente Código.
1. Público primario - EP.- Inmueble sujeto a registro de propiedad municipal, está
destinado exclusivamente a uso público y de dominio municipal, a escala vecinal,
como ser mercado vecinal menor, equipamiento socio-cultural, religioso, educacional,
asistencial, recreativo, deportivo, institucional, localizados en el interior de las
unidades vecinales.
2. Distrital y/o terciario - ED/ET.- Está destinado al equipamiento de escala distrital o
de escala urbana, público o privado, con usos varios: asistencial, educacional,
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deportivo, recreativo, cultural, religioso, comercial, de servicios, administrativo, de
abastecimiento y otros.
El equipamiento a nivel distrital y urbano es proporcionado tanto por la administración pública
como por el sector privado, este último con comercios, servicios o actividades que beneficien
los requerimientos urbanos y distritales.
En función de los planes directores y planes distritales, quedan determinadas las áreas de
uso específico (AE) en diferentes zonas urbanas, que se clasifican en el Artículo 349 de este
tomo.
CAPÍTULO VII
Área protegida (AP) y Area de uso específico (AE)
Artículo 222.-Concepto.- Son áreas que por razones de interés ambiental, histórico y de
seguridad han sido definidas por el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial y otros
estudios (SIGPAM) como áreas protegidas, en las cuales deben evitarse los usos,
actividades o infraestructuras perjudiciales tendientes a degradar su condición natural y/o
tipología histórica o de seguridad.
El control estricto de conservación y de mantenimiento de estas áreas está bajo la
responsabilidad de la administración pública en sus diferentes niveles de gobierno.
Artículo 223.-Clasificación de las áreas protegidas.- Las áreas protegidas se clasifican en
públicas y privadas.
1. De protección pública - AP.1.
1.1 Centro Histórico de la ciudad
1.2 Centro Palmar del Oratorio
1.3 Parque Metropolitano de Protección Ecológica del río Piraí
1.4 Parque Lomas de Arena
1.5 Curichi La Madre
1.6 Arroyo Pero Vélez
1.7 Jardín Botánico
1.8 Villa Olímpica
1.9 Cordones de protección ecológica del vertedero de Normandía
1.10 Zona de influencia del aeropuerto ViruViru
2. De protección privada - AP.2. Son terrenos privados de características
topográficas especiales, con importante masa arbórea y ecosistema natural, sujetos a
preservación. Sobre ellos se aplicarán restricciones de ocupación del terreno, protección
de los árboles, reforestación, así como otras medidas ambientales.
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Artículo 224.-Área de uso específico, Zona Urbanizable de Reserva y Distrito Especial
San Aurelio.-
1. Área de uso específico - AE: se refiere a zonas localizadas en forma aislada en toda
el área urbana con uso de equipamiento definido pudiendo formar parte o no de las
fajas de equipamiento, como ser áreas hospitalarias, deportivas, educativas,
terminales de transporte, cementerios, feria exposición, de instituciones
gubernamentales y de servicios, además de otros.
2. Zona urbanizable de reserva - ZUR: se incorporarán a la zona urbanizable mediante
un plan maestro aprobado por ley municipal. Los lineamientos urbanos seguirán
estas directrices:
2.1. Protección de las áreas verdes naturales, que incorporen medidas de
sostenibilidad ambientales.
2.2. Preservación de los cursos de agua natural, lagunas con sus fajas de
servidumbre ecológica, respeto a las características topográficas y demás
condicionantes ambientales que deberán ser incluidas en el plan maestro.
2.3. Aplicación de sistemas constructivos de revestimiento natural o encauzamiento
de las corrientes naturales de agua mediante gaviones o similares, evitando la
alteración del ecosistema natural.
2.4. Cesión obligatoria en orden a las normas establecidas en el presente Código.
2.5. Proyectos habitacionales unifamiliar o multifamiliar sujetos a normativa para la
zona.
2.6. Usos de suelo compatibles con la vivienda según la categoría de vías del
proyecto.
3. Distrito Especial San Aurelio – Se refiere al área urbanizable del Ingenio San
Aurelio, sujeto a Plan Maestro propuesto en el Plan de Ordenamiento Urbano y
Territorial vigente.
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TÍTULO II
SISTEMA VIAL
CAPÍTULO I
Jerarquía y normas de la red vial
Artículo 225.-Conectividad del sistema vial.- El sistema vial de la ciudad de Santa Cruz de
la Sierra toma en cuenta la escala urbana, permitiendo la conectividad de los escalones
urbanos a nivel metropolitano.
Artículo 226.-Diseño vial.- En proyectos de urbanismo, el diseño vial, además de dar
cumplimiento a las normas y procedimientos establecidos en el presente Código, deberá
acogerse al conjunto de disposiciones técnicas de la jerarquización vial de la ciudad.
Artículo 227.- Normas de diseño de vías.- La red vial de proyectos urbanísticos deberá
observar el nivel de atención, jerarquía y derecho de vía o anchos mínimos del sistema vial
urbano planificado por el Plan Director, según la escala siguiente:
1. Ámbito urbano:
1.1. Autopista Metropolitana o Urbana.
1.1.1. Nivel de atención o cobertura: Vía tangencial o marginal que conecta los
tres ejes metropolitanos de desarrollo, canalizando el tráfico pesado por el
perímetro del área urbana y constituyéndose en su límite.
1.1.2. Derecho de vía o ancho mínimo: 100,00 m. con un cinturón verde a los
laterales de la autopista.
1.2. Vías urbanas troncales.
1.2.1. Nivel de atención o cobertura: Conectan la ciudad con los tres ejes
metropolitanos de desarrollo (Santa Cruz - LaGuardia; Santa Cruz - Warnes;
Santa Cruz - Cotoca) y el 4º anillo, como vía estructurante entre estos.
1.2.2. Nombre de las vías:
Avenida Cristo Redentor / carretera al Norte hasta el límite de la jurisdicción
municipal, por el lado norte.
Avenida Grigotá hasta el 2° anillo y carretera a Cochabamba hasta el límite
de la jurisdicción municipal, por el lado suroeste.
Avenida Virgen de Cotoca hasta el 4° anillo / carretera a Cotoca, hasta el
límitede la jurisdicción municipal, por el lado este.
1.2.3. Ancho de vía: 50,00 m. y mínimo cuatro carriles porsentido, incluidos los
carriles de alta velocidad.
1.3. Avenida perimetral Este.
1.3.1. Nivel de atención o cobertura: Conectora entre distritos.
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1.3.2. Derecho de vía o ancho mínimo: 50,00 m. y mínimo cuatro carriles por
sentido, incluidos los carriles de alta velocidad.
1.4. Ejes urbanos - rurales.
1.4.1. Nivel de atención o cobertura: Conformados por radiales que por su
importancia conectan la ciudad con el área rural. Son los futuros ejes
secundarios de expansión de la ciudad.
1.4.2. Derecho de vía o ancho mínimo: 40,00 m. perfil acorde con el diseño
previsto para las radiales antes descritas.
1.5. Red vial principal.
1.5.1. Nivel de atención o cobertura: Corresponde a la trama vial tradicional de
anillos, radiales y avenidas que definen las unidades vecinales.
1.5.2. Derecho de vía o ancho mínimo: Tres carriles por sentido de marcha, con
ancho de 33,00 m. sin canal de drenaje y de 40,00 m. cuando contempla canal o
en función al plan de drenaje.
1.5.3. Nodos o intersecciones: Cada 600,00 m. a 1.000,00 m.
1.6. Distribuidoras locales o Colectoras.
1.6.1. Nivel de atención o cobertura: Se caracterizan por atravesar las unidades
vecinales, constituyéndose en colectoras de tráfico.
1.6.2. Derecho de vía o ancho mínimo: Entre 16,00 m. y 22,00 m. de ancho total
con 9,00 m. a 11,00 m. de calzada.
1.7. Calles secundarias.
1.7.1. Nivel de atención o cobertura: Nivel barrial y unidad vecinal.
1.7.2. Derecho de vía o ancho mínimo: 13,00 m. en un solo sentido.
1.8. Pasillos o pasajes urbanos.
1.8.1. Nivel de atención o cobertura: Nivel barrial.
1.8.2. Derecho de vía o ancho mínimo: Pasillos existentes de entre 5,00 m. a 8,00
m. de ancho, de uso exclusivo peatonal, con anchos de entre 8,00 m. y 10,00 m.
y uso vehicular restringido.
1.9. Ciclovías.
1.9.1. Nivel de atención o cobertura: Toda el área urbana.
1.9.2. Derecho de vía o ancho mínimo: 2,50 m. para dos ciclistas, considerando el
espacio de maniobras evasivas.
2. Ámbito urbano - rural:
2.1. Ejes metropolitanos.
2.1.1. Nivel de atención o cobertura: Ejes conformados por las tres vías troncales
que, fuera del área metropolitana, se convierten en carreteras del sistema
nacional.
2.1.2. Nombres de las vías:
Carretera al Norte, a partir de la Autopista Urbana.
Carretera a Cotoca, a partir de la Autopista Urbana.
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Antigua carretera a Cochabamba, a partir de la Autopista Urbana.
2.1.3. Derecho de vía o ancho mínimo: 60,00 m. con carriles de alta velocidad
separados. Intersecciones con la autopista urbana con pasos a desnivel.
2.2. Red vial principal a escala rural: La conforman las vías que unen la capital con las
antiguas cabeceras de cantón y éstas con los ejes troncales.
2.3. Caminos vecinales: Unen las comunidades y las propiedades productivas al interior
de la jurisdicción municipal.
Artículo 228.-Pasajes urbanos o pasillos.
1. Los pasajes urbanos o pasillos que tengan un ancho máximo de 10,00 m. se
conforman de la siguiente manera:
 7,00 m. de calzada.
 1,50 m. de acera por lado.
2. Los pasajes urbanos o pasillos que tengan un máximo de 8,00 m. de ancho se
conforman de la siguiente manera:
 6,00 m. de calzada.
 1,00 m. de acera por lado.
3. Los pasajes urbanos o pasillos preexistentes con ancho de 5,00 m. a 8,00 m. serán
de uso peatonal, exceptuando los consolidados con vías vehiculares pavimentadas a
la fecha de la promulgación del presente Código. En lotes preexistentes con frente
único a estos pasajes, se admite calzada vehicular con ancho de 3,50 m.
Artículo 229.-Planes especiales de ordenamiento de vías. Con la finalidad de generar
una movilidad sostenible en la ciudad, el Gobierno Autónomo Municipal implementará planes
con la definición de vías según criterios de exclusividad y/o prioridad para carriles de
vehículos motorizados, transporte público, ciclovías y vías peatonales.
Mediante planes especiales se adecuarán las aceras para uso peatonal, disponiendo la
ampliación o reducción del espacio de circulación peatonal, en cualquiera de las vías
señaladas en el presente código.
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TÍTULO III
BIENES DE DOMINIO PÚBLICO
CAPÍTULO I
Generalidades
Artículo 230.-Bienes de dominio municipal y uso público.- Son bienes de uso irrestricto
de la comunidad los señalados en la Ley de Municipalidades y otras normativas vigentes.
Son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
La administración, concesión y autorización para su ocupación y utilización temporal
corresponde al Gobierno Autónomo Municipal.
Artículo 231.-Bienes del Sistema Ambiental Municipal (SAM).- Estos constituyen
espacios públicos de esparcimiento sujetos a preservación y conservación como bienes
naturales: parques, parajes naturales, parques periurbanos, unidades de conservación,
áreas protegidas urbanas y reservas naturales de conservación; quedando prohibida su
ocupación permanente con viviendas, hoteles, restaurantes y otros.
Artículo 232.-Espacio público.- Es el espacio urbano abierto al libre tránsito y circulación,
que además contempla el espacio aéreo municipal, incorporados como bienes de dominio
municipal. Está compuesto por los siguientes elementos:
1. Vías de tránsito vehicular
2. Vías de circulación peatonal
3. Cruces a desnivel y puentes peatonales
4. Viaductos y túneles públicos
5. Parques, plazas y plazuelas
6. Áreas de forestación y de preservación ecológica
7. Áreas verdes ligadas a la infraestructura vial y fajas de seguridad
8. Mobiliario urbano.
Artículo 233.-De la política municipal.- La conservación, defensa y mejoramiento de las
áreas verdes municipales es una competencia que, por razones de equilibrio ecológico,
bienestar colectivo y calidad de vida, forma parte de la política ambiental municipal
incorporada al presente Código.
Artículo 234.- Derechos.- Los habitantes del Municipio tienen derecho al libre acceso y
circulación para el disfrute de las áreas verdes, sin más limitaciones que las derivadas del
orden público, las buenas costumbres y de las normas establecidas en este Código.
Artículo 235.- Informes periódicos.- El Ejecutivo Municipal deberá enviar
cuatrimestralmente un informe al Honorable Consejo Municipal sobre la situación de
conservación, defensa y mejoramiento de las áreas verdes municipales.
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CAPÍTULO II
Áreas Municipales Del Sistema Ambiental
Artículo 236.- Objetivos.- La gestión de las áreas verdes, cuerpos de agua y parques
urbanos en el Municipio tiene los siguientes objetivos:
1. Mejorar las condiciones actuales del medio ambiente referidas a la calidad de aire, las
condiciones climáticas y el paisaje urbano y periurbano para que coadyuven a
incrementar la cobertura vegetal, equilibrar y regular las condiciones climáticas, así
como disminuir el grado de contaminación ambiental.
2. Identificar y evaluar los cuerpos de agua pequeños y medianos dentro de la
jurisdicción municipal y crear los mecanismos técnico-jurídicos para su preservación.
3. Lograr, mediante la implementación programada de áreas verdes, una distribución
equitativa en toda el área urbana y periurbana, a través de una red ambiental
jerarquizada.
4. Integrar e incorporar a la vida urbana y periurbana espacios de esparcimiento y
recreación pasiva y activa para los diferentes grupos etarios, que permitan un
equilibrio en las actividades recreacionales de la comunidad en su conjunto.
5. Valorizar las áreas verdes, incorporando la participación privada en la gestión.
Artículo 237.-Clasificación de áreas de forestación y preservación ecológica.- Se
delimitan en el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente y se clasifican y definen en
las siguientes categorías:
1. Áreas de protección de riesgos naturales.- Son franjas de seguridad constituidas
por densos bordes arbolados o forestados con especies nativas complementados con
vegetación rastrera, que aseguran y protegen la transición entre suelos urbanos y
urbanizables y suelos no urbanizables, cauces de ríos, quebradas o torrenteras,
canales de riego, acequias, bordes de caminos, carreteras, áreas inundables,
degradadas y otros.
2. Grandes áreas naturales de preservación ecológica.- Son áreas que tienen
elementos morfológicos e hidrológicos singulares: cerros, manantiales, ríos, riberas,
puntos de vista panorámicos y sitios paisajísticos de riqueza natural y puntos de
interés visual. Se constituyen en reservorios naturales y lugares de preservación y
conservación de la flora y fauna de la región, imprescindibles para garantizar el
equilibrio ecológico. En esta clasificación se encuentra el río Piraí, las Lomas de
Arena y otros.
3. Áreas naturales de conservación urbana.- Son sistemas hidrológicos que tienen
elementos de flora y fauna variados que deberán ser identificados y precautelados
por el Gobierno Autónomo Municipal para su preservación. En esta categoría se
encuentran los arroyos Los Sauces, Pero Vélez, Piraicito, el curichi La Madre y otros.
Artículo 238.-Tipos de parques.- Los parques, de acuerdo a su escala y frecuencia de
uso, según la planificación vigente se clasifican y definen en las siguientes
categorías:
1. Parques metropolitanos.- Áreas públicas extensas de alrededor de 100,00 ha.
destinadas básicamente a la preservación y conservación de especies de flora y
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fauna nativas y adaptadas, como componentes de la naturaleza para asegurar el
equilibrio ecológico.
2. Parques urbanos.- Espacios públicos o lugares de alrededor de 50,00 ha. con
determinada infraestructura donde se puede realizar actividades de recreación pasiva
y activa u otras.
3. Parques distritales.- Espacios públicos o lugares con superficies variables entre
2,00 ha. a 10,00 ha. Tienen las mismas características funcionales y generales que
los parques urbanos, pero varían en cuanto a su escala y frecuencia de uso, ya que
están destinados a servir a la población de los distritos.
4. Parques vecinales.- Espacios públicos destinados a la recreación pasiva y activa,
especialmente para niños, ancianos y discapacitados. Son de escala barrial o de
unidad vecinal, de uso cotidiano y dimensión menor a 2,00 ha.
5. Parques infantiles.- Espacios públicos en el ámbito de barrio o unidad vecinal
destinados a la recreación infantil, conformados por infraestructura y elementos
diversos que permiten el juego de los niños, y que forman parte integrante de los
parques vecinales. Se permite la construcción de guarderías públicas que no superen
el 5% de la superficie del parque.
Artículo 239.-Parque de Protección Ecológica del río Piraí.- Sector delimitado en el Plan
de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente, sujeto a un tratamiento especial dentro de
normas especificas
Artículo 240.-Normas específicas para parques urbanos.-
1. Usos complementarios: Estos parques se constituyen en centros de esparcimiento
colectivo destinado a usos recreativos, educacionales, culturales, deportivos u otros,
que podrán albergar obras arquitectónicas y elementos escultóricos y paisajísticos.
2. Ocupación por usos complementarios: Está permitido utilizar hasta un máximo del
5% de la superficie total del parque con obras de edificación como ser batería de
baños, elementos cubiertos o semi-cubiertos de descanso, kioscos de comida rápida
o refrigerios y otros. También se permitirá la ocupación, hasta el 20%, para campo
deportivo abierto sin cubierta, incluidas las tribunas.
3. Retiros: El retiro mínimo de construcción o instalación es de 10,00 m. a partir de la
Línea Municipal.
4. Uso eventual: Según la normativa vigente, previo trámite de rigor, se podrá rentar o
permitir el uso por tiempo transitorio de un área de los parques urbanos previamente
determinada para la instalación de circos, ferias, parques de diversiones,
exposiciones al aire libre, entre otras, siempre que cumplan las condiciones de
higiene y salubridad, previendo que el parque disponga de parqueos en relación a la
escala de la actividad propuesta y encuadrándose en las normas municipales
correspondientes.
Artículo 241.- Plazas y plazuelas.- Son espacios públicos de aproximadamente 1,00 ha. o
de superficies menores, destinados a actividades sociales, culturales, cívicas y otras. En
ellos se permite la implementación de mobiliario urbano, áreas verdes, senderos o
circulaciones peatonales.
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Artículo 242.-Clasificación de áreas verdes en la estructura vial y franjas de
seguridad.-
1. Las áreas verdes adyacentes a la estructura vial, se clasifican y definen según las
siguientes categorías:
1.1. Alamedas, avenidas y calles arboladas: Son como nexos y canales de continuidad
de la vía pública, con vegetación que no interfiera la visibilidad de los conductores.
1.2. Rotondas y canalizadores de tráfico: Las rotondas e isletas de canalización del
tráfico son espacios que deben conservarse como jardineras arboladas, con
vegetación que no interfiera la visibilidad de los conductores.
1.3. Áreas verdes en estacionamiento público: El área verde en los estacionamientos
públicos tiene el propósito de crear espacios de sombra y regulación climática
natural, con especies locales adecuadas al objetivo.
1.4. Áreas verdes en franjas de seguridad: Se ubican adyacentes a torres de servicios
de alta tensión, autopistas, avenidas, vías férreas, cementerios, lagunas de
oxidación, vertederos de residuos y otros.
2. Los usos especiales de Líneas férreas, Tendido eléctrico de alta tensión, Subestación
eléctrica, Alcantarillado, Gasoductos, Oleoductos, y Cementerios, como así también las
áreas de protección ecológica de Río Piraí (en el tramo comprendido dentro del radio
urbano), Humedales, pantanos, curichis, bofedales, áreas de afloramiento natural de
agua y de recarga, Arroyos, quebradas y Rellenos Sanitarios; según normativa
específica, cuentan con una franja de seguridad a su alrededor, por lo que toda
intervención aledaña a éstas, deberá presentar la Certificación de Franja de Seguridad
emitida por la institución correspondiente.
Artículo 243.-Accesibilidad total en espacios públicos.- Se dispone la prioridad de
suprimir las barreras físicas en espacios públicos como aceras, parques, alamedas, vías y
otros; sustituyendo de forma parcial o total los elementos que obstruyen la accesibilidad a las
personas con discapacidad.
El Gobierno Autónomo Municipal, a través de los mecanismos de control y aplicación de
normas, tiene la obligación de precautelar que las disposiciones a favor de las personas con
discapacidad sean ejecutadas.
CAPÍTULO III
Uso temporal de bienes de dominio público
Artículo 244.- Uso de aceras y vías públicas.- Las aceras y vías públicas constituyen
bienes de dominio público. Durante la ejecución de obras, su uso restringido es de carácter
estrictamente temporal, sujeto a las normas contenidas en este Código.
Artículo 245.-Depósito, carga y descarga de materiales.- Se restringe la utilización de la
vía pública para depósitos temporales de materiales, según las disposiciones contenidas en
el presente Código.
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El estacionamiento temporal de vehículos para carga y/o descarga de material, desde las
zonas centrales hasta el 2ºanillo, solo será permitido desde las 21:00 horas hasta las 00:00
horas.
Artículo 246.-Estacionamiento de transporte público.- El estacionamiento de vehículos
de transporte público, solamente para embarque y desembarque de pasajeros, se efectuará
en zonas expresamente determinadas por la Municipalidad, según diseño autorizado por la
Oficina Técnica.
Artículo 247.-Obras de infraestructura en aceras.- Las empresas privadas o cooperativas
que prestan servicios públicos a la ciudad pueden hacer uso de las aceras para la
colocación, construcción y/o extensión de sus respectivas instalaciones, previa autorización
del Gobierno Autónomo Municipal.
Artículo 248.-Señalización de advertencia y cerramiento.- En obras de construcción y/o
demolición que ocupen parte o la totalidad de una acera pública, se deberá prever la
colocación de letreros de advertencia al peatón en los siguientes casos:
1. Cuando la obra o alguno de sus elementos signifique peligro para la seguridad física
de los peatones.
2. En aceras provisorias para circulación peatonal.
3. En obras de reciente ejecución y/o en proceso.
Es obligatoria la colocación de cerramiento provisorio en todo el perímetro de obras, cuando
los trabajos que se realicen sean de índole peligrosa, incómodos o signifiquen un obstáculo
para el tránsito de vehículos o de peatones.
CAPÍTULO IV
Preservación del ornato público
Artículo 249.- Obligación ciudadana.- Los vecinos tendrán las siguientes obligaciones:
1. Proteger y mantener en buenas condiciones las aceras, los árboles y especies
vegetales, denunciando al GAM cualquier acto que cause daño al ornato público.
2. El propietario, poseedor o detentador de un inmueble está obligado a mantenerlo en
buen estado, de modo que las construcciones y los árboles de la propiedad no
constituyan un peligro para los vecinos o transeúntes. (Artículo 116 del Código Civil).
Artículo 250.-Árboles en predios vecinos.- Los propietarios de inmuebles, al plantar
árboles, deberán respetar las distancias al predio vecino que a continuación se especifican:
1. Tres metros, si se trata de árboles de gran porte.
2. Dos metros, si se trata de árboles de mediano porte.
3. Un metro, tratándose de arbustos.
Artículo 251.-Cuidado y preservación de árboles.- Con la finalidad de salvaguardar los
árboles y arbustos, queda prohibido ocasionar daños a sus troncos atando animales u
objetos, clavando letreros de propaganda, telones o carpas y/o cortando la corteza, además
de otros daños como depósito de escombros, basura y desechos orgánicos en torno al árbol.
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Si al momento de ejecutar el cerramiento frontal de un predio en la línea municipal, ya sea
mediante barda o verja y existiera un árbol interceptando dicha línea, es obligación del
propietario realizar un desvío en la construcción, dejando integrada a la vía pública la
especie arbórea.
Artículo 252.-Arborización, derribo y poda de árboles.- La arborización, derribo y/o poda
en vías públicas, sea por personas particulares o por instituciones que prestan servicios
públicos, se autorizarán previa solicitud al órgano municipal encargado de su preservación y
mantenimiento, debiendo observar las disposiciones contenidas en las normas vigentes.
La poda y el derribo de árboles sin autorización se considerarán como un acto de
destrucción de la propiedad pública, por tanto estarán sujetos a resarcimiento económico por
daños ocasionados y a la reposición o compensación de los árboles dañados o retirados.
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TÍTULO IV
URBANIZACIONES
CAPÍTULO I
Generalidades
Artículo 253.-Concepto y alcance de normas de urbanización.- Urbanizar es el proceso
técnico legal por el cual el suelo urbanizable se enmarca en el régimen de suelo urbanizado,
dotando al Municipio de superficie para uso público irrestricto de dominio municipal y
estableciendo la tipificación y distribución del uso del suelo urbano.
Los propietarios de terrenos urbanizables, mediante un proyecto de urbanización, está en la
obligación de cumplir los lineamientos planificados y ceder el porcentaje establecido por
norma, en la medida en que sus predios se incorporen al régimen de suelo urbanizado.
Mediante el proceso de urbanización se destinarán áreas a uso público y privado:
 Uso público: vías, áreas verdes y equipamientos.
 Uso privado o útil: manzanas y lotes.
Artículo 254.-De los diferentes proyectos de urbanización.- La aprobación de un
proyecto de urbanización requiere de la presentación de planos específicos que deberán ser
elaborados de acuerdo a las normativas de diseño y ejecución, suscritos por profesionales
debidamente autorizados e inscritos en sus respectivos colegios:
PROYECTO PROFESIONALES 	
(uno	de	ellos)	
Mensura	
Ing.	Civil	
Ing.	Agrimensor	y/o	Agrimensor	
Topógrafo	
Proyecto	de	Urbanización	 Arquitecto	y/o	Urbanista	
Diseño	geométrico	vial	y	drenaje		 Ing.	Civil	
Red	e	instalación	hidrosanitaria	
domiciliar,	diseño	de	redes	de	agua	
potable	y	alcantarillado		
Ing.	Hidrosanitario	
Ing.	Civil	
Red	e	instalación	eléctrica	
Ing.	Eléctrico	
Ing.	Electromecánico	
Red	de	gas	 Profesionales	certificados	por	YPFB	
Sistemas	contra	incendios	
Ing.	Hidrosanitario	
Ing.	Electromecánico	
Proyecto	de	Impacto	Ambiental	 Profesional	Ambientalista	especializado
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Artículo 255.-Responsabilidades en los proyectos de urbanización.- Los lineamientos
para el diseño de las unidades vecinales son responsabilidad de la Oficina Técnica, los
cuales serán formulados sobre la base de datos cartográficos, catastrales y el mosaico de
urbanizaciones aprobadas en permanente actualización.
Es responsabilidad del urbanizador presentar la propuesta sobre su parcela en función de los
lineamientos otorgados por la Oficina Técnica.
Artículo 256.-Directrices para proyectos de urbanización.- El diseño del proyecto de
urbanización deberá tomar en cuenta las siguientes pautas:
1. Perfiles de la estructura vial jerarquizada, dimensiones de manzanas y lotes.
2. Articulación de la red vial principal: troncales, radiales, anillos y vías principales;
continuidad vial interna en la unidad vecinal: distribuidoras locales o colectoras.
3. Definición de usos de suelo diferenciados, uso público y de dominio municipal:
equipamiento primario, distrital o terciario público y áreas verdes; áreas útiles o
privadas (manzanas) definidas con los usos de suelo de: vivienda, uso mixto,
equipamiento privado y otros usos específicos.
4. Conservación de elementos naturales, cursos de agua, elementos paisajísticos,
ambientales y/o culturales.
5. Las áreas públicas componentes del proyecto urbanizador se definirán en relación a
la necesidad de equipamiento y áreas verdes en las escalas urbanas de barrio y
unidad vecinal.
6. La Oficina Técnica evaluará los equipamientos que requiere cada escalón urbano, en
función de la superficie, radio de atención y/o cobertura de cada equipamiento
existente y el proyectado, en relación a la densidad de población actual y según los
índices de crecimiento de la zona.
7. La Oficina Técnica no podrá aprobar urbanizaciones en áreas discontinuas con las
zonas urbanas consolidadas con infraestructura de servicios básicos.
8. En urbanizaciones de superficie mayor a 20 ha, en zonas (sin poblar y sin servicios
básicos) colindantes a sectores consolidados, el urbanizador deberá prever un plan
en etapas de implementación del proyecto; iniciando a partir de las áreas adyacentes
a zonas urbanas consolidadas, evitando así la dispersión de los servicios públicos.
CAPÍTULO II
Normas y Directrices Ambientales
Artículo 257.- Objetivo.- El objetivo de las normas ambientales con relación a las
urbanizaciones es de proteger y conservar el medio ambiente y los recursos naturales,
regulando las acciones de las personas con relación a la naturaleza y promoviendo el
desarrollo sostenible para mejorar la calidad de vida de la población.
Artículo 258.-Áreas no aptas para urbanización.- Se encuentran sectorizadas en el Plan
de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente, y en ningún caso y bajo ningún concepto la
Oficina Técnica podrá aprobar urbanizaciones, siendo éstas las siguientes:
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1. Las áreas de protección ambiental próximas a fajas de seguridad y protección de
áreas negras o plantas de tratamiento de residuos líquidos y de áreas destinadas
para entierro sanitario de la ciudad.
2. Áreas próximas a la vía férrea o a instalaciones de energía eléctrica de alta tensión,
por el riesgo de accidentes.
3. Áreas restringidas y/o protegidas de arroyos, humedales, lechos de río y de
preservación, establecidas en el presente Código y el Plan de Ordenamiento Urbano
y Territorial vigente.
El incumplimiento de esta disposición conllevará que la urbanización sea declarada
clandestina, quedando prohibido cualquier asentamiento humano.
Artículo 259.-Licencia ambiental.- Todo proyecto de urbanización referido a nuevos
proyectos y modificación de urbanizaciones aprobadas no consolidadas, previo a la fase de
aprobación final debe contar obligatoriamente con la respectiva Licencia Ambiental, según lo
establecido en la normativa ambiental vigente.
CAPÍTULO III
Protección De Las Áreas Verdes
Artículo 260.- Preservación.- Antes de la aprobación de nuevas urbanizaciones, se tomará
en cuenta la preservación de las áreas verdes y boscosas, así como los planes y programas
propuestos por la Oficina Técnica.
Artículo 261.- Restitución o reforestación.- Es obligación de quienes construyan obras
civiles públicas o privadas restituir con vegetación y especies forestales similares a las
retiradas, además de reponer la cubierta del suelo vegetal en las áreas que hayan quedado
afectadas por la construcción.
Artículo 262.-Creación de áreas verdes.- Si los terrenos por urbanizar no cuentan con
especies vegetales, los propietarios o poseedores están en la obligación de arborizar las
aceras y los espacios destinados al área verde, según reglamentación específica.
CAPÍTULO IV
Normas Generales De Urbanización
Artículo 263.- Cesión obligatoria de áreas.- En el marco de la función social de la
propiedad privada y la búsqueda del bien común de la sociedad, se establece la
obligatoriedad de ceder un porcentaje del terreno no urbanizado a uso público de dominio
municipal, obligación que rige para todo propietario de terreno dentro del área urbanizable de
la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
En una Unidad Vecinal, el porcentaje destinado para calles y avenidas de uso público estará
de acuerdo a la planificación de la zona. Las Áreas Verdes y de Equipamiento deberán tener
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una superficie equivalente al 22% del total de su superficie, procurando distribuirlas en las
siguientes proporciones:
10% Áreas Verdes
7% Equipamiento Primario
5% Equipamiento Distrital y/o Terciario
El porcentaje máximo de cesión obligatoria para un proceso urbanizador es del 40% del total
del terreno a ser urbanizado; de este porcentaje se destinará el 22% para equipamiento
primario o terciario público y para áreas verdes públicas; el resto del porcentaje de cesión
podrá variar según el siguiente cuadro:
DESTINO	DE	LA	CESIÓN	A	USO	PÚBLICO	 PORCENTAJE	DE	CESIÓN	
Equipamiento	primario	o	terciario	y	áreas	verdes	 22%	
Vías	principales	públicas	y	colectoras	 %	variable	según	planificación	
CESIÓN	MÁXIMA	(incluyendo	el	22%)	 40%	
Artículo 264.-Requisitos y procedimientos.- Todo proyecto de urbanización bajo cualquier
modalidad o tipología deberá sujetarse a los procedimientos administrativos y demás normas
especificadas en el Título 2 del Tomo I - Procedimientos, a las normas básicas que se
establecen en el presente Código y a las normas ambientales vigentes.
Artículo 265.-Clasificación de urbanizaciones.-
1. En función de la superficie del terreno por urbanizar, se clasifican en:
1.1. Menores: Con superficie igual o menor a 10 ha.
1.2. Medianas: Mayores a 10 y hasta 15 ha de extensión superficial.
1.3. Mayores: Con superficie mayor a 15 ha.
2. En función del tipo de promotor o urbanizador:
2.1. Privadas, cuando son promovidas por los propietarios de los terrenos, empresas
inmobiliarias - urbanizadoras, constructoras o entidades financieras.
2.2. Públicas, cuando son promovidas por cualquier institución pública.
2.3. De convenio, cuando son promovidas en conjunto por el Gobierno Autónomo
Municipal y personas jurídicas o naturales y/o entidades financieras.
2.4. Por convenios interinstitucionales, promovidos entre los diferentes niveles de
gobierno: nacional, departamental y/o municipal, principalmente dirigidos a
viviendas de interés social.
3. En función de la tipología de diseño del parcelamiento:
3.1. Abierto
3.2. Mixto
Artículo 266.-Tipología de urbanización con parcelamiento abierto.- Son urbanizaciones
en las que, habiéndose cumplido con la cesión obligatoria, los terrenos útiles quedan
estructurados por vías de dominio municipal de circulación irrestricta integradas al sistema
vial de la ciudad, dotadas con servicios públicos. El amanzanamiento está conformado por la
totalidad de sus lotes frentistas con ingreso directo desde la vía pública y en condiciones
para construir edificaciones acordes con la zonificación establecida por el presente Código.
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Artículo 267.-Tipología de urbanización con parcelamiento mixto.- Son urbanizaciones
en las que, habiéndose cumplido con la cesión obligatoria y definidas las áreas de uso
público irrestricto, el área útil se conforma por manzanas donde coexisten lotes en
condominio cerrado y lotes con frente abierto a la vía pública, según el porcentaje
establecido en la presente norma.
Los lotes privados que pertenecen al condominio cerrado tendrán uso de suelo exclusivo
según proyecto, pudiendo ser éste de comercio, vivienda u otro, siempre y cuando se
garantice la compatibilidad con los usos establecidos de la zona. Las áreas de circulación
vehicular, peatonal y de esparcimiento son espacios en copropiedad, en concordancia con
normativas específicas de Propiedad Horizontal.
Los lotes abiertos a la vía pública podrán parcelarse como unidades para vivienda unifamiliar
o como lotes para bloques en condominio y/o edificación de usos mixtos, si la categoría de
vía lo permite, la fachada principal y el/los ingreso(s) deberán estar relacionados
directamente con la vía pública y los cerramientos sobre Línea Municipal serán rejas o
elementos transparentes en el 50% de su frente.
CAPÍTULO V
Estructuración De Áreas
Artículo 268.-Cesión de áreas indiferenciada.- El porcentaje de cesión obligatoria a uso
público de dominio municipal, se aplicará en equidad a todo emprendimiento urbanizador,
independientemente de la modalidad de parcelamiento, sea abierta o mixta.
Artículo 269.-Balance de superficie de vías.- Para determinar el balance de la superficie
de vías se deberá considerar los siguientes criterios:
1. Las vías distribuidoras locales, vías principales y/o troncales están determinadas por
la planificación en función a la conectividad del sector por urbanizar; para el cómputo
de cesión, el porcentaje de afectación de estas vías se sumará a la cesión obligatoria
del 22% para equipamiento público y áreas verdes; totalizando 40% como porcentaje
máximo de cesión en todo proceso de urbanización.
2. Las vías secundarias proyectadas como calles abiertas de ancho menor a 16,00 m.
pasarán a ser de uso público irrestricto de dominio municipal y no serán sumadas en
el cómputo del 40% de cesión.
Artículo 270.- Superficie útil.- El terreno útil resultante del proceso de urbanización se
dispondrá en manzanas destinadas a ser parceladas en función de las dos tipologías de
parcelamiento según proyecto: abierto o mixto.
Artículo 271.-Parámetros de aplicación de porcentajes de cesión.-
1. En el proceso de urbanización se asignará el uso de suelo de espacio público al 22%
de cesión para equipamiento o área verde, en función a los requerimientos de la UV o
del distrito.
2. Si el porcentaje de áreas cedidas es inferior al 40% fijado como máximo, no se obliga
a completarlo siempre que se cumpla con el 22% para equipamiento público y áreas
verdes, y sea respetada la conectividad vial planificada para la UV.
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3. Cuando la cesión del 22% sumada al porcentaje de afectación por vías distribuidoras
locales, principales y/o troncales supere el 40%, la cesión de áreas podrá ser inferior
al 22%, hasta un mínimo de 12%, destinado para uno de los usos públicos: área
verde o equipamiento público según la necesidad de la UV.
4. Si la afectación por vías distribuidoras locales, principales y/o troncales supera el 40%
máximo de cesión, habiendo cumplido con los porcentajes mínimos del inciso anterior
y estando garantizada la conectividad vial planificada, el porcentaje excedente será
expropiado por el Municipio.
5. Si por la planificación de vías principales y/o troncales el terreno es sobre afectado y
las áreas útiles resultantes son de superficie menor a las normadas por el presente
código, el municipio otorgará planos de usos de suelo sin ninguna restricción o bien
expropiará los mismos para uso público.
6. Al proyecto de urbanización no se le cargará el déficit incumplido de áreas de uso
público y de dominio municipal en la unidad vecinal consolidada a la que pertenece.
7. Para el balance de áreas en un proyecto de urbanización que comparte el diseño
entre dos o varias unidades vecinales, se procederá a establecer el cálculo de
superficie en relación a los equipamientos y áreas verdes existentes en ellas,
pudiendo únicamente dotar de éstas a la unidad vecinal menos servida.
8. El porcentaje de áreas verdes cedidas al Municipio podrá ser menor al 7% cuando el
proyecto se encuentre en una UV con superficie de área verde consolidada superior a
esta proporción o adyacente a parque urbano consolidado. En consecuencia, el 22%
obligatorio será destinado para equipamiento primario o terciario público.
9. Las superficies para áreas verdes serán planificadas con un mínimo de 1.500,00m2
para parque infantil y 3.000,00m2
para plazas y parques, pudiendo ser cedidas por
uno o varios predios que se adecuen al proceso de urbanización.
10. Si por las características del terreno por urbanizar, no es posible cumplir con las
condiciones del inciso anterior, las áreas verdes se diseñarán como parque lineal o
alameda paralelo a la acera de los terrenos útiles, con un ancho mínimo de 10,00 m.
11. En parcelas rusticas ubicadas en unidades vecinales con equipamientos y vías
consolidados, se procederá a la cesión únicamente del 22% a modo de alameda
frontal al terreno.
12. La parcela rústica igual o menor a 2.500,00 m2
, inserta en áreas urbanizadas
consolidadas con vías y equipamientos, que no sea producto de subdivisiones de una
parcela mayor rústica, y que no se encuentre afectada por vías principales; será
incorporado como área útil a la manzana que pertenece, sin obligación de cesión.
Artículo 272.-Balance de superficie de dominio municipal en UV.- Para el cálculo del
balance de áreas públicas, se considera como límite de una UV el eje de las vías principales
que la circundan. El cómputo contempla todos los espacios de dominio municipal, áreas
verdes, equipamiento primario, incluidas las vías cualquiera sea su jerarquía. No se incluye
en el balance de la Unidad Vecinal el Equipamiento Distrital o Terciario.
Artículo 273.-Compensación y terrenos en custodia. - Queda sin efecto la retención de
lotes en custodia para llegar a los porcentajes de cesión establecidos según norma. De igual
forma, queda sin efecto la compensación con terrenos útiles (entregados en custodia) a
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propietarios de predios que quedaran sobre afectados, pudiendo en estos casos el
interesado solicitar la expropiación bajo normas legales correspondientes.
Artículo 274.-Destino de áreas de uso público.- El uso específico de las áreas cedidas
para uso público y de dominio municipal, dentro de los procesos de urbanización, podrá ser
asignado en cualquier momento por el Gobierno Autónomo Municipal, a través de la
Instancia correspondiente, según la planificación, según la necesidad de la población y
especialmente de la Unidad Vecinal que lo contiene. Una vez asignado su uso, éste no podrá
ser modificado, quedando sin efecto cualquier alteración o habilitación no aprobada, bajo
responsabilidad de los contraventores, en concordancia con la normativa vigente,
exceptuando los casos de modificación de urbanización no consolidada, cuyas normas se
establecen en el presente código
Artículo 275.-Calidad de terrenos para áreas de uso público.- Las áreas de cesión a uso
público y dominio municipal deberán ser terrenos que cumplan con las condiciones mínimas
para el uso planificado. No se admitirán terrenos excavados que devienen de labores
extractivas, como tejerías; marginales, como curiches o áreas pantanosas; cursos de agua u
otros.
Artículo 276.-Requerimiento mínimo de servicios básicos.- Todo proyecto de
urbanización deberá garantizar como mínimo la dotación de energía eléctrica, agua potable,
tratamiento de aguas servidas y/o alcantarillado sanitario, drenaje pluvial, instalación pública
de hidrantes contra incendios, apertura y nivelación de vías, además de arborización de las
aceras.
CAPÍTULO VI
Área Útil - Parcelamiento
Artículo 277.-Dimensiones de manzana.- Se considera la manzana como la unidad
urbanística de área útil rodeada de vías públicas abiertas.
La manzana regular para uso de vivienda y uso mixto podrá tener como lado mínimo 50,00
m y como máximo 300,00 m, siendo el módulo máximo de manzana regular de 300,00 m x
300,00 m. La manzana irregular podrá tener como lado mínimo 30,00 m y como máximo
300,00 m, considerándose lado aquel que se encuentre definido por esquinas de ángulo
igual o menor a 135°.
Artículo 278.-Normas generales para manzanas con parcelamiento mixto.- Las
manzanas con parcelamiento mixto deben cumplir con las siguientes normas:
1. En las manzanas con superficie menor a 45.000,00 m2
y con parcelamiento mixto, es
obligatorio dejar lotes abiertos al exterior en un 25% del perímetro de la manzana,
con usos en función del tipo de la vía a la cual se abren. Estos lotes deberán
disponerse en conjunto y como mínimo en dos de los frentes.
2. En las manzanas con superficie igual o mayor a 45.000,00 m2
y con parcelamiento
mixto, se deberá disponer una faja de lotes con frente abierto hacia la vía pública en
el 50% de la longitud del perímetro.
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3. En el perímetro cerrado se obliga a implementar elementos de cierre transparentes o
rejas con distancias no mayores a 70,00 m, en los que se dispondrán ingreso- salida
alternativa y de emergencia del condominio.
4. De la superficie total útil del terreno que corresponde al área destinada al condominio
cerrado con más de veinte lotes o viviendas, se destinará 7% como mínimo para
áreas de recreación y otros usos comunes según diseño del proyecto y la densidad
prevista (se excluyen calles).
5. Dentro del condominio, la superficie destinada a área verde y recreación, así como
las vías de acceso a los lotes, son de uso y propiedad común de los copropietarios.
Su ejecución y mantenimiento son de responsabilidad de los promotores y/o
copropietarios.
6. Las vías internas del condominio deberán dimensionarse en función de la densidad
de lotes y habitantes, siendo el ancho mínimo de 10,00m con 6,00m de calzada.
7. Las vías internas de manzanas mixtas en copropiedad con bloques o torres de más
de cuatro niveles deberán tener un ancho igual o superior a 13,00 m.
8. Dentro del área de condominio, se deberá destinar al menos una playa de parqueos
de visitas, misma que será calculada uno por cada 4 unidades de lotes útiles. No se
tomarán en cuenta como parqueos de visitas los integrados en la unidad de lote. En
el caso de bloques de edificios dentro del área de condominio, los parqueos de visita
serán calculados en función a la edificación y la norma específica para éstos,
establecida en el Tomo III del presente Código.
9. Dentro de los límites del área en copropiedad, deberá preverse un área protegida
destinada para el contenedor de residuos, siguiendo el Reglamento Municipal de
Medio Ambiente en relación a la selección de residuos orgánicos e inorgánicos y su
evacuación diaria, así como en proporción al volumen de residuos producido.
10. En el caso de Apart Hotel, donde las calles internas y el 7% mínimo establecido para
áreas de recreación y otros, si bien son de uso común entre todos los copropietarios,
éstas no serán consideradas dentro del prorrateo de áreas comunes entre los
mismos, como sucede en urbanizaciones con manzanos mixtos, quedando
únicamente al servicio de los copropietarios pero de propiedad de la administración
del Apart Hotel.
Artículo 279.-Perímetros cerrados y vía pública.- La Oficina Técnica, en función de la
preservación del espacio público y la seguridad de los habitantes, regulará el diseño de los
perímetros cerrados o abiertos a la vía pública (lotes externos) en las propuestas de
urbanizaciones.
En calles secundarias y distribuidoras locales o colectoras, no se admitirá la conformación de
perímetros cerrados o bardas ciegas en su totalidad.
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CAPITULO VII
De las Ochavas
Artículo 280.-Obligatoriedad.- En los predios en esquina es necesaria la implementación
de ochavas en la Línea Municipal para facilitar el ángulo visual en el encuentro de las vías,
por tanto, toda propuesta de urbanización deberá contemplar el trazado y la ejecución de la
respectiva ochava, debiendo este límite ser respetado para la construcción de verjas, bardas
y cualquier tipo de edificación.
Artículo 281.-Ampliación de las ochavas.- La Oficina Técnica, en propuestas de
urbanización, tiene la facultad de ampliar la dimensión de cualquier ochava por utilidad
pública, teniendo en cuenta la intensidad del tráfico vehicular y el ancho de calles en su
intersección. Si la necesidad de ampliación de las ochavas es en proyectos de urbanización
ya aprobados, el propietario del terreno afectado podrá solicitar la aplicación de normas
legales correspondientes.
Artículo 282.-Dimensión de las ochavas.- El radio de las ochavas en línea municipal están
en función del ancho de las vías públicas y su importancia en la jerarquía vial, se establecen
los siguientes valores aplicables:
	
RADIOS	DE	CURVATURAS	DE	LINEA	MUNICIPAL		
EN	INTERSECCIONES	DE	AVENIDAS	Y	CALLES	
ANCHO	DE	AVENIDAS	Y	CALLES	
ANCHO	DE	AVENIDAS	Y	CALLES	
RADIOS		DE	CURVATURAS		
	 13	 16	 20	 22	 30	 36	 40	 50	 60	 100	
13	 7	 9	 9	 9	 9	 12	 15	 15	 15	 15	
16	 9	 12	 12	 12	 12	 15	 18	 18	 18	 18	
20	 9	 12	 12	 12	 15	 15	 18	 18	 18	 18	
22	 9	 12	 12	 12	 15	 18	 18	 20	 20	 20	
30	 9	 12	 15	 15	 15	 20	 20	 22	 22	 22	
36	 12	 15	 15	 18	 20	 20	 22	 22	 25	 25	
40	 15	 18	 18	 18	 20	 22	 25	 25	 30	 30	
50	 15	 18	 18	 20	 22	 22	 25	 30	 30	 30	
60	 15	 18	 18	 20	 22	 25	 30	 30	 35	 35	
100	 15	 18	 18	 20	 22	 25	 30	 30	 35	 35	
RADIOS		DE	CURVATURAS	
Artículo 283.- Diversos trazados de ochavas.- Está permitido proyectar ochavas con
trazados poligonales, curvos u otros, siempre que su trazado no rebase los límites
establecidos por la Línea Municipal de esquina demarcada por la Oficina Técnica y estén
dentro de los márgenes delimitados en el artículo anterior.
Artículo 284.-De las ochavas en zonas con galería peatonal.- En las zonas donde se
obliga la galería peatonal sobre acera, la colocación de los pilares de los edificios en la
ochava deberá respetar el mismo ancho que se determine para la circulación peatonal y la
máxima saliente de los pilares en cualquiera de sus fachadas.
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De existir diferencias entre anchos de galerías, en la ochava se promediará el ancho de
ambas, debiendo garantizarse que los espacios entre columnas sean dimensionados y
diseñados de forma que permitan la visibilidad del tráfico vehicular y peatonal, tomando en
cuenta que las columnas de la ochava no deben obstruir la visual con respecto a la
continuidad de la galería obligatoria
RP= Retiro Promedio
Artículo 285.-Ochava en Línea de construcción.- En las zonas con Retiro Frontal
Obligatorio y cuyo ancho de vías sea igual o menor a 22,00 m, no es obligatorio realizar en la
Línea de Construcción, ángulo alguno paralelo a la ochava, dado que el volumen de esquina
será la resultante de la intersección de los planos de sus fachadas, según proyecto.
En edificaciones de esquina en vías de ancho mayor a 22,00 m, la Línea de Construcción de
esquina será paralela a la Línea Municipal.
CAPÍTULO VIII
De Las Aceras
Artículo 286.- Construcción de acera.- Es competencia del Gobierno Autónomo Municipal
elaborar proyectos de aceras y ejecutarlas mediante planes distritales, barriales y/o por
zonas.
El propietario podrá implementar acera en calles pavimentadas, previa solicitud a la Oficina
Técnica y respetando las normas establecidas para la ejecución de acuerdo a los tipos
detallados en gráficos del presente Código.
Artículo 287.- Mantenimiento de jardines y pisos en aceras.- Es obligación de los
propietarios el cuidado del césped y jardinería baja, así como del mantenimiento del
revestimiento de la acera en el espacio que corresponde al ancho y largo de la acera frontal
del inmueble.
Artículo 288.-Acceso para personas con discapacidad.- En cada esquina es obligatorio
incorporar a la acera un acceso especial en rampa con 10% (por ciento) de pendiente, para
personas con discapacidad. El acceso deberá ser construido en coincidencia al cruce
peatonal o cebra, con un ancho de 1,20m y un tratamiento de piso diferenciado de 1,00 m
alrededor de la rampa.
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Accesos para personas con discapacidad
Artículo 289.- Normas para aceras.- Las aceras serán construidas observando las
siguientes normas, pudiendo el Gobierno Autónomo Municipal, a través de las instancias
correspondientes, establecer normativa adicional para aceras en intersecciones de vías:
1. Continuidad del nivel tomando como referencia la altura de 0,175 m del cordón de
acera en relación a la calzada. Se deberán evitar escalones y rampas pronunciadas.
2. En acceso a garajes deberá mantenerse la continuidad del nivel de vereda; la rampa
de descenso a la calzada ocupará como máximo 1,00 m en su desarrollo.
3. En zonas donde se obliga galería sobre acera - Z1.1, Z1.2 y Z1.3 -, el desarrollo de la
rampa no deberá exceder los 0,60m.
4. La pendiente máxima de la acera en el corte transversal debe ser de 2% (por ciento)
con respecto al nivel del cordón municipal.
5. Cualquier desnivel del terreno o edificación que necesite escalones o rampas deberá
ser resuelto dentro de los límites de la propiedad privada de los inmuebles sin invadir
la acera.
6. Deben contar con una vereda de nivel continuo, de material antideslizante con textura
rugosa para tránsito peatonal, además de un área para césped y arborización en
función del tipo de vía.
7. Es obligatorio dejar espacio libre de piso de mínimo 1,00 x 1,00 m, con tierra natural,
cada 6,00 m, destinado a plantar árboles o jardinería.
8. El área prevista para césped y/o arborización podrá utilizar vegetación cuyo follaje no
signifique un peligro para los peatones.
9. En aceras con desniveles u obstáculos, se considerará la colocación de materiales de
revestimiento con textura en función de las necesidades de personas con
discapacidad.
10. Las aguas pluviales de los inmuebles deben drenarse mediante tubos de 4” ubicados
por debajo del nivel de la acera, para que sean vertidas al nivel de la calzada.
11. Está prohibido retirar o modificar los cordones de acera sin la respectiva autorización
del Gobierno Autónomo Municipal.
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12. En calles sin pavimento, el nivel de las aceras tiene carácter provisional, debiendo
observarse la continuidad del nivel 0,175 m. en relación a la vía.
13. Queda prohibida la utilización de la vía pública para depósito temporario de
materiales sin previa autorización de la Oficina Técnica.
Artículo 290.- Radios de curvaturas.- El cordón de acera de las esquinas se proyectará en
forma circular, y su radio será la resultante de la sumatoria del radio de ochava en Línea
Municipal más el ancho mayor de las aceras que lo interceptan.
Artículo 291.-Anchos de Acera según el ancho de vía.- El ancho de acera peatonal, será
dimensionada según el ancho de vía y en base al cuadro citado a continuación:
ANCHO	DE	VIA	 ANCHO	DE	ACERA	
Vía	de	13.00	m	 3.00	m	
Vía	de	16.00	m	 3.50	m	
Vía	de		20.00	m	 4.50	m	
Vía	de		22.00	m	 3.50	m	
Vía	de	36.00	m	 4.50	m	
Vía	de	30.00	m	 3.50	m	
Vía	de	40.00	m	 4.50	m	
Vía	de	50.00	m	 5.00	m	
CAPÍTULO IX
Apertura De Vías
Artículo 292.- Vías expeditas.- Previa aprobación de la etapa final del proceso de
urbanización, es obligatorio retirar cercas y alambradas a fin de facilitar el libre tránsito de
vehículos y personas. Es obligación del privado permitir la construcción de las vías públicas y
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la ejecución de la infraestructura pública de conformidad con el plano de la urbanización
aprobada.
Los propietarios podrán realizar por etapas la apertura de las vías públicas cedidas, siempre
y cuando se demuestre que los predios vecinos no se han sometido al correspondiente
proceso de urbanización y por lo tanto la zona todavía no se encuentra consolidada. Una vez
abiertas a uso público irrestricto no podrán ser, obstruidas, ni cerradas temporal o
definitivamente.
Artículo 293.-Replanteo, apertura y fiscalización.- La apertura de las vías deberá
ejecutarse respetando las estacas y bulones del replanteo aprobado y bajo la fiscalización de
la Oficina Técnica.
Artículo 294.-Conflictos en apertura de vías cedidas.- En caso de existir conflictos entre
propietarios para realizar la apertura de una calle cedida al municipio, la Oficina Técnicas se
reserva la potestad de hacerlo con cargo a ellos mismos.
Artículo 295.- Apertura de Vías Planificadas.- Los predios rústicos que contengan vías
principales y troncales planificadas en su interior, en respuesta a las gestiones de aperturas
realizadas por el Gobierno Municipal, podrán someterse a cualquiera de los siguientes
procedimientos:
1. Proceso de Urbanización establecido en el presente Código
2. Cesión de áreas a cuenta de un proceso de urbanización futuro, mismo que estará
sujeto a normativa específica establecida por la OT
3. Expropiación de las áreas, en base a normativa legal correspondiente.
Artículo 296.- Multa por aperturas irregulares.- Los propietarios que alteren total o
parcialmente el diseño vial en urbanizaciones abiertas aprobadas, serán sancionados con
una multa pecuniaria que corresponderá al 3% del valor catastral del terreno afectado.
CAPÍTULO X
Obras Públicas
Artículo 297.- Perfiles y características de vías públicas.- Las obras de pavimentación y
drenaje de vías públicas deberán regirse estrictamente a los perfiles y características de
dichas vías, diseñados por la unidad competente.
En caso de existir proyectos de canales abiertos, sus perfiles tendrán prioridad en las obras
de pavimentación.
Artículo 298.- Del gálibo en pasarelas, puentes o construcciones sobre el espacio
público.- Se entiende por gálibo la distancia entre el punto más alto de la calzada y el más
bajo de la viga del puente o estructura construida por encima de la vía.
Para construcciones de pasarelas, puentes o estructuras en el espacio aéreo municipal
sobre las vías vehiculares, el gálibo mínimo será de 5,00 m.
Artículo 299.- Aprobación de estructuras permanentes sobre vía pública.- Las
construcciones de estructuras permanentes sobre vía pública deberán ser aprobadas
mediante ley municipal expresa, con respaldo de informe técnico-legal, estudio de impacto
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ambiental, diseño estructural, cálculos y memorias; todo requerimiento técnico legal será
exigido previa aprobación.
Artículo 300.-Normativa para obras públicas.- Los proyectos y obras de construcción de
las redes de servicios básicos: agua, alcantarillado, energía eléctrica y telefonía fija; se
regirán por las exigencias y normas de las entidades responsables por estos servicios y por
las disposiciones contenidas en el Tomo I - Procedimientos de este Código.
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33 
 
TÍTULO V
DE LOS LOTES
CAPÍTULO I
Normativa General y Lotes Según Zonas Urbanas
Artículo 301.- Regularización de lotes existentes.- Los lotes pre-existentes a la
aprobación del presente Código, con frente y/o superficies menores a las establecidas,
podrán conservar sus dimensiones originales, sin embargo, toda nueva subdivisión deberá
contemplar la norma vigente. Los lotes preexistentes enmarcados en este artículo quedarán
liberados para edificar, sujetándose a las normas de procedimientos y de edificación según
la zona, las cuales se establecen en este Código.
Artículo 302.-Lotes en el Centro Histórico Z1.1 y zona de transición Z1.2.- Con el objeto
de salvaguardar la base parcelaria y garantizar adecuadas condiciones ambientales y de
edificación del área del Centro Histórico de la ciudad, no se permitirán nuevas subdivisiones
que den lugar a lotes de dimensión menor a 12,00 m de frente.
Los lotes de dimensión igual o menor que la señalada son indivisibles, así como aquellos
que en la subdivisión resulten con dimensiones menores a las normadas.
Artículo 303.-Lotes con edificaciones sujetas a preservación integral y estructural.-
Los lotes con edificaciones sujetas a preservación integral y estructural, incluidos en el
Catálogo de edificaciones de preservación, no podrán ser objeto de subdivisión, quedando
excluida la posibilidad de segregación en lotes nuevos.
La Oficina Técnica tiene el catálogo de los inmuebles cuyo control estará a cargo de la
Dirección de Centro y patrimonio Histórico y la Junta del Centro Histórico.
Artículo 304.- Lotes con edificaciones sujetas a preservación ambiental en el Centro
Histórico.- Los lotes con edificaciones sujetas a preservación ambiental incluidos en el
Catálogo de edificios de preservación excepcionalmente podrán admitir subdivisión, siempre
y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
1. Que la subdivisión no cause perjuicio a la edificación catalogada y/o a los elementos
que la caracterizan, no admitiéndose que la subdivisión dé lugar a tratamientos
diferenciados en la fachada, la que deberá mantenerse como un conjunto unitario.
2. Que ninguno de los lotes resultantes de la subdivisión tenga una dimensión inferior a
12,00 m de frente.
3. La subdivisión debe ser autorizada por la Junta del Centro Histórico.
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Artículo 305.-Zona Central de Transición Z1.2, Central de Uso Mixto Z1.3 y Sub-Zona
Sur Z1.4.- En estas zonas las condiciones para lotes son las siguientes:
Superficie	mínima:	 150,00		m2	
Frente	mínimo:	 6,00		m	
Superficie	mínima	en	esquina:	 250,00m2	
Frente	mínimo	en	esquina:	 10,00	m	
Artículo 306.- Lotes en Zona Central Distrital Z2 y Zona Intermedia Z3.- Está permitido
construir sobre nuevos lotes que resulten de subdivisiones de parcelas mayores, siempre
que cumplan con las siguientes disposiciones:
Superficie	mínima:	 150,00	m2	
Frente	mínimo:	 				6,00	m	
Superficie	mínima	en	esquina:	 250,00	m2	
Frente	mínimo	en	esquina:	 		10,00	m	
Artículo 307.-Lotes en zonas habitacionales.- En las zonas Z4.1, Z4.2 y Z4.3 está
permitido construir sobre nuevos lotes que resulten de subdivisiones de parcelas mayores,
siempre que cumplan con las siguientes disposiciones:
1. Zona Habitacional de Media Densidad - Z4.1: La superficie de lote permitida para
esta zona es la siguiente:
Superficie	mínima:	 150,00	m2	
Frente	mínimo:	 				6,00	m	
Superficie	mínima	en	esquina:	 250,00	m2	
Frente	mínimo	en	esquina:	 		10,00	m	
2. Zona de Alta Densidad y Baja Ocupación - Z4.2:
La superficie de lote permitida para esta zona es equivalente a una manzana. No se
permiten posteriores subdivisiones del predio, se deben mantener como una unidad y un
proyecto integral.
Superficie	mínima:	 6.000,00	m2	
3. Zona Habitacional de Baja Densidad y Baja Ocupación- Z4.3:
La superficie de lote permitida para esta zona es la siguiente:
Superficie	mínima:	 300,00	m2	
Frente	mínimo:	 				10,00	m	
Superficie	mínima	en	esquina:	 450,00	m2	
Frente	mínimo	en	esquina:	 		15,00	m	
Artículo 308.-Lotes en Zona Industrial. Z.5.- En las zonas Z5.1, Z5.2 y Z5.3 se deberá
cumplir con las siguientes disposiciones:  
1. Superficie mínima de lotes en Parque Industrial Z.5.1.1 y Zona Industrial de
Reserva Z5.1.2: Calles con ancho mínimo de 16.00 m. La superficie y
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35 
 
dimensiones mínimas de lotes para uso industrial están determinadas en función al
tipo de industria según su tamaño y grado de molestia normada en el tomo III del
presente código, estableciéndose un mínimo para aprobación inicial en
urbanizaciones de:
Superficie	mínima:	 1.000,00	m2	
2. Superficie mínima de lotes en zona vivienda Z.5.1.3: La superficie y
dimensiones mínimas de lotes son las siguientes:
Superficie	mínima:	 150,00	m2	
Frente	mínimo:	 				6,00	m	
Superficie	mínima	en	esquina:	 250,00	m2	
Frente	mínimo	en	esquina:	 		10,00	m	
Artículo 309.-Dimensiones y características de lotes en zona comercial existente - Z6.-
La superficie mínima de los lotes deberá respetar lo estipulado en el cuadro siguiente:
Superficie	mínima:	 150,00	m2	
Frente	mínimo:	 				6,00	m	
Superficie	mínima	en	esquina:	 250,00	m2	
Frente	mínimo	en	esquina:	 		10,00	m	
Excepto en la Feria Barrio Lindo, que la superficie
mínima del lote debe cumplir con 5.000,00 m2
Artículo 310.- Superficie y frente mínimo de lotes en zona recreacional - Z7.- Zona
sujeta a reglamentación específica en la actualización del Plan de Ordenamiento Urbano y
Territorial
CAPITULO II
Lotes En Fajas
Artículo 311.- Dimensiones y características de lotes en fajas.- Está permitido construir
sobre nuevos lotes que resulten de parcelas mayores, siempre que cumplan con las normas
siguientes:
F1 - Superficies y frentes de lotes en faja perimetral del 2º Anillo:
Superficie	mínima:	 450,00	m2	
Frente	mínimo:	 			10,00	m	
Superficie	mínima	en	esquina:	 600,00	m2	
Frente	mínimo	en	esquina:	 		15,00	m	
F2 - Fajas de Uso Mixto sobre avenidas y vías principales:
Superficie	mínima:	 600,00	m2
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36 
 
F3 - Fajas de Uso Mixto de Alta Densidad:
Superficie	mínima:	 1.000,00	m2	
F4 – F5 - Faja Habitacional de Densidad media y Faja Habitacional en pasillos y calles
sin salida:
Superficie	mínima:	 150,00	m2	
Frente	mínimo:	 				6,00	m	
Superficie	mínima	en	esquina:	 250,00	m2	
Frente	mínimo	en	esquina:	 		10,00	m	
CAPITULO III
Lotes Para Equipamientos Primario y Terciario / Distrital
Artículo 312.- Requisitos y dimensiones mínimas lotes de equipamiento primario.- Los
terrenos destinados para equipamiento de la UV deberán contar con las siguientes
superficies mínimas según el uso:
 Edificaciones asistenciales, administrativas, comunitarias y religiosas: 1.000,00m2
 Mercados: 3.000,00m2
 Unidades educativas de nivel inicial: 1.000 m2
 Unidades educativas primarias y secundarias: 3.500,00m2
Artículo 313.- Superficie mínima de lotes en fajas de equipamiento terciario – ET.- La
superficie mínima está referida a las condiciones siguientes:
1. En el área de lotes pequeños de la faja del 3.er
Anillo: correspondiente a ET 3-1 / ET 6
– 4/ ET 11 – 3/ ET 11 – 5 / ET 13 – 1/ ET 16 / ET 17 - 4 destinados al comercio
especializado; ET 2 – 4/ ET G-1/ ET 8 – 3/ ET 11 – 4/ ET 12- 2/ ET 13 – 3/ ET 17- 3/ y
5 ET 18- 1/ ET 24 – 1 y 3, industrias, talleres artesanales y depósitos, la superficie
mínima admitida es de 200,00m2
. No se permitirá nueva subdivisión de lotes
preexistentes.
2. En las fajas de Equipamiento Terciario, ET 51 y ET 52, mismas que cuentan con
aprobaciones preexistentes a la presente norma, se aplicará la normativa establecida
en el presente Código para Z4.1.
3. Para las demás zonas de Equipamiento Terciario y Equipamiento Distrital ET / ED, el
lote deberá tener la siguiente superficie:
Superficie	mínima:	 1.000,00	m2	
4. Superficie mínima de lotes para actividades de uso masivo.- La superficie y las
dimensiones mínimas para lotes que integran las áreas de uso público o privado de
equipamiento terciario se regirán por las exigencias de su propia tipología, contenidas
en Tomo III - Edificaciones, estableciéndose un parámetro de:
Superficie	mínima:	 2.500,00	m2
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37 
 
TITULO VI
USOS DE SUELO
CAPITULO I
Nomenclatura y Clasificación De Los Usos De Suelo
Artículo 314.- Nomenclatura.- Sobre la base de la zonificación secundaria de los Planes de
Ordenamiento Urbano y Territorial vigentes, se establecen los siguientes usos y sus
respectivas nomenclaturas:
NOMENCLATURA USO	DE	SUELO	
UH	 Habitacional	
UC	 Comercial		
US	 Servicios	
	
UM	 Mixto	
UT	 Talleres	
UI	 Industrial	
UD	 Deposito	
	
UE	 Educacional	
UA	 Asistencial	
USC	 Socio	Cultural	‐	Religioso	
UR	 Recreativo	‐	Deportivo	
UP	 Institucional	Público	‐	Privado	
UTU	 Turístico	
	
UAV	 Área	verde	‐parques,	plazas	alamedas	y	otros.	
Artículo 315.-Concordancia con normas ambientales.- La presente clasificación de los
usos de suelo atiende a exigencias y normas universales de calidad de vida desde el punto
de vista urbanístico y no se contradicen con la clasificación establecida por las nuevas
normas ambientales en vigencia.
Artículo 316.-Clasificación general de usos de suelo.- Cada uno de los usos, con
excepción del habitacional o de vivienda, que constituyen el tejido urbano de fondo, pueden
encontrarse en cualquiera de los niveles o escalones urbanos, a saber, barrio, unidad vecinal
(UV), distrito y nivel urbano; de acuerdo al grado de compatibilidad con el uso de vivienda y
entre los mismos.
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SEGÚN	SU	NIVEL	DE	ATENCIÓN:	
NIVEL	 CATEGORÍA	
D	 BARRIAL	
C	 UNIDAD	VECINAL	
B	 DISTRITAL	
A	 URBANO	–	METROPOLITANO	
SEGÚN	SU	TAMAÑO:	
NIVEL	 CATEGORÍA	
1	 ARTESANAL	
2	 PEQUEÑOS	
3	 MEDIANOS	
4	 GRANDES	
SEGÚN	SU	GRADO	DE	MOLESTIA:	
NIVEL	 CATEGORÍA	
I	 INOCUOS	
II	 INCOMODOS	
III	 MOLESTOS	
IV	 PELIGROSOS	
Uso Vivienda: Se otorga a los terrenos frentistas a vías de ancho igual o menor a 22,00 m,
ubicados al interior de las unidades vecinales. Su uso es habitacional y se admiten usos
compatibles con niveles de atención barrial (D) y unidad vecinal (C), con las restricciones
establecidas en los cuadros de compatibilidad de uso.
Uso Mixto: Junto con el uso habitacional se admite el uso comercial y de servicios, con
niveles de atención distrital (B) y urbano (A). Está determinado para lotes dentro de la zona
central Z1 y lotes confrente a avenidas de ancho mayor a 22,00 m: radiales, anillos y otras
vías de la estructura principal.
Artículo 317.-Clasificación de usos de suelo según su nivel de atención.- Los usos
mixto (UM), comercial (UC), servicios (US), educacional (UE),asistencial (UA), sociocultural-
religioso (USC), recreativo (UR), público-institucional (UP) están clasificados por su nivel de
atención y responden a las categorías siguientes:
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NIVEL	 COBERTURA	 CONDICIONES	
D	 BARRIAL	
Puede	ser	incorporado	a	la	vivienda	
Radio	de	acción	de	200,00	m	a	300,00	m	
Comercio	de	bienes	y	servicios	de	consumo	diario	familiar	
Superficie	de	edif.	máxima	destinada	al	uso	compatible:	30,00	m2	
Compatible	con	vía	secundaria	y	calle	sin	salida.	
C	 UNIDAD	VECINAL	
Puede	incluir	edificaciones	especiales	y	exclusivas	
Radio	de	acción	de	500,00	m	a	600,00	m	
Comercio	de	bienes	y	servicios	de	consumo	familiar	
Atiende	una	población	entre	4.000	y	6.000	habitantes	
Superficie	de	edif.	máxima	destinada	a	oficinas	Nivel	I:	300,00	m2.	
Superficie	de	edif.	Máxima	para	usos	compatibles:	150,00m2	
Compatible	con	vías	secundarias.	
B	 DISTRITAL	
Requiere	de	instalación	especial.	
Atiende	una	población	superior	a	50.000	habitantes	
Compatible	con	vías	colectoras,	vías	principales,	áreas	especificas,	uso	mixto.	
Superficie	de	edificación	máxima	sin	limitaciones	según	la	zona.	
A	
URBANO		
METROPOLITANO	
Requiere	de	instalación	especial	
Atiende	a	toda	la	ciudad	y	la	región	
Localización	uso	mixto,	Equipamiento	Distrital	Terciario,	áreas	específicas,	Zonas	Centrales.	
Artículo 318.-Clasificación por su tamaño.- Los usos talleres (UT), industria (UI) y
depósito (UD)están clasificados por su tamaño y responden a las siguientes categorías:
GRADO	 TAMAÑO	
CONDICIONES	
OBREROS SUP.	CONSTRUIDA SUP.	de	TERRENO
1	 ARTESANALES	 4	personas	 Hasta	100,00m2	 Hasta	400,00m2	
2	 PEQUEÑOS	 De	5	a	20	personas	 Hasta	200,00m2	 Hasta	1.000,00m2	
3	 MEDIANOS	 De	20	a	60	personas	 De	200,00	a	600,00m2	 Hasta	2.500,00m2	
4	 GRANDES	 Más	de	60	personas	 Más	de	600,00m2	 Más	de	2.500,00m2	
Se sujetan a estas categorías los depósitos a cielo abierto como barracas y otros.
Artículo 319.-Clasificación por su grado de molestia.- Los usos comercial (UC), servicios
(US), talleres (UT), industria (UI) y depósitos (UD) se clasifican por su grado de molestia y
responden a los siguientes niveles:
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NIVEL	 CATEGORIA	 CONDICIONES	
I	 INOCUOS	
No	producen	ruidos	molestos	
No	producen	ruidos	olores	molestos	y/o	insalubres	
No	expelen	gases	tóxicos	e	inflamables	
No	utilizan	sustancias	explosivas	y/o	liquidas	inflamables	
No	generan	trafico	molesto	como	ser:	
‐ Trafico	de	vehículo	pesado,	continuo	o	discontinuo	
‐ Congestionamiento	vehicular	
‐ Flujo	permanente	de	vehículos	livianos	y	medianos	ajenos	al	uso	de	la	zona	
No	produce	líquidos	contaminantes	o	de	difícil	evacuación	por	los	sistemas	de	saneamiento	
ambiental	público	
No	produce	desechos	sólidos	que	sufran	descomposición	orgánico	
II	 INCOMODOS	
Producen	olores	eventuales	incómodos	al	vecindario	
Producen	ruidos	o	vibraciones	incomodas	al	vecindario	
Producen	desechos	sólidos,	líquidos	y	gaseosos	en	pequeñas	cantidades	sujetos	a	restricciones	
Generan	tráfico	que	no	congestionan	las	vías,	pero	es	incomodo	
III	 MOLESTOS	
Producen	ruidos	molestos,	olores	desagradables	y/o	insalubres	al	vecindario	
Producen	desechos	sólidos,	líquidos	y	gaseosos	que:					
‐ Desagradan	a	la	vista	y	al	olfato			
‐ Producen	suciedad		
‐ Por	su	cantidad	alteran	el	normal	funcionamiento	de	los	sistemas	de	saneamiento	
ambiental	público	
Generan	tráfico	con	las	siguientes	características:		
‐ Flujo	permanente	de	transporte	de	carga	
‐ Congestionamiento	vehicular	
‐ Flujo	permanente	de	vehículos	livianos	y	medianos	
IV	 PELIGROSOS	
Producen	gases	tóxicos	que	pueden	afectar	a	la	salud	
Producen	o	almacenan	sustancias	liquidas	o	gaseosas	inflamables,		explosivas	que	pueden	
causar	daño	directo	a	la	propiedad	y	a	las	personas		
Artículo 320.- Usos de suelo en relación al reglamento ambiental.- Los usos de suelo
establecidos en el presente capítulo, los enunciados en el cuadro de usos compatibles del
Capítulo VII – Título VI de este tomo y otros por analogía, se complementan con lo
reglamentado en el RASIM, emanado de la Ley 1333 de Medio Ambiente; especialmente los
talleres, industrias manufactureras e industrias y depósitos de sustancias peligrosas.
CAPITULO II
Normas Generales De Los Usos De Suelo
Artículo 321.-De las normas particulares y usos de suelo compatibles.-
Los usos compatibles y sus restricciones, según correspondan a las zonas, fajas y áreas de
uso específico, están normados en el Tomo III - Edificaciones y en los cuadros de usos
compatibles, en el Título VII del presente tomo.
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41 
 
Artículo 322.-Condiciones de uso de suelo.- El artículo anterior está sujeto a las
siguientes condiciones:
1. Si en un lote coexiste el uso habitacional con otros usos compatibles, cada uno podrá
contar con accesos diferenciados o se podrá contar con un espacio común
distribuidor.
2. En un lote donde se desarrollen dos o más actividades complementarias al uso
principal, deben observarse las disposiciones relativas a cadatipología, además de
las normas que rigen la actividad principal.
3. En casos de proyectos con dos o más actividades de usos compatibles y grados de
molestia diferentes, para su aprobación predominarán las normas del uso con mayor
grado de molestia.
CAPITULO III
Comercio
Artículo 323.- Concepto.- Locales destinados a la venta de productos diversos, cualquiera
sea su naturaleza, y que se definen por su sistema de ventas: al por menor y al por mayor.
Artículo 324.-Tipificación.- El comercio se clasifica según los niveles de atención y grados
de molestia detallados en los cuadros de usos compatibles.
Artículo 325.-Clasificación.- Para la localización en las zonas, fajas, áreas de uso
específico, las actividades comerciales se han agrupado de acuerdo con las siguientes
clases:
COMERCIO	
CLASE	 TIPO	DE	COMERCIO	 MOLESTIA	 ATENCION	
Clase	1	 Comercio	minorista	 I	 Inocuo	
D	 Barrio	
C	 Unidad	Vecinal	
Clase	2	 Comercio	minorista	
I	 Inocuo	 C	 Unidad	Vecinal	
II	 Incómodo	 B	 Distrital	
Clase	3	
Comercio	minorista,	excepto	expendio	y	consumo	
de	bebidas	alcohólicas	
I	 Inocuo	 C	 Unidad	Vecinal	
Comercio	mayorista	sin	deposito	(UC	141)	 I	 Inocuo	 B	 Distrital	
Comercio	mayorista	con	depósito	de	área	superior	
a	las	150,00	m2	(UC	144)	
II	 Incómodo	 B	 Distrital	
Clase	4	
Comercio	minorista	 II	y	III	 Incómodo	 C	y	B	 Unidad	Vecinal	y	Distrital	
Todo	el	comercio	mayorista	 III	 Molesto	
B	 Distrital	
A	 Urbano	‐	metropolitano	
Comercio	mayorista	inflamable	o	explosivo	 IV	 Peligroso	 A	 Urbano	‐	metropolitano
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42 
 
CAPITULO IV
Servicios
Artículo 326.- Concepto.- Son consideradas servicios, las instalaciones y/o locales
destinados a la prestación de un beneficio para satisfacer una necesidad pública o privada.
Artículo 327.-Tipificación.- Los servicios se clasifican según los niveles de atención y
grados de molestia detallados en los cuadros de usos compatibles.
Artículo 328.-Clasificación y localización de los servicios.- Para la localización en las
zonas, fajas y áreas de uso específico, los servicios se han agrupado en las siguientes
clases:
SERVICIOS	
CLASE	 TIPO	DE	SERVICIO	 GRADO	DE	MOLESTIA	 NIVEL	DE	ATENCION	
Clase	1	
Se	incluye	servicio	de	oficina	profesional	y	de	
negocio.	
I	 Inocuo	
D	 Barrio	
Se	excluyen	los	servicios	de	hospedaje	tipo	US:	
20	residencial,	22		hotel	y	24	motel.	Se	
excluyen	las	antenas	de	telecomunicación.	
C	 Unidad	Vecinal	
Clase	2	
Incluye	antenas	de	telecomunicaciones	sobre	
edificios.	
I	 Inocuo	
C	 Unidad	Vecinal	Se	excluyen	los	servicios	de	hospedaje	tipo	US:	
20	residencial,	22		hotel	y	24	motel.		Se	
excluye	servicio	de	garaje	US	70	para	
vehículos	pesados.	
II	 Incómodo	
Clase	3	
Se	excluyen	los	servicios	de	hospedaje	tipo	US:	
20	residencial,	22		hotel	y	24	motel.		Se	
excluye	servicio	de	garaje	US	91	para	
vehículos	pesados.	
I	 Inocuo	 C	 Unidad	Vecinal	
Incluye	estructuras	de	torres	para	antenas	de	
telecomunicaciones.	
II	 Incómodo	
B	 Distrital	
III	 Molesto	
Clase	4	
Se	incluyen	los	servicios	clase	3	además	los	de	
hospedaje	tipo	US:	20	residencial,	22		hotel	y	
24	motel.		Se	incluye	servicio	de	garaje	US	91	
para	vehículos	pesados.	Terminales	de	
transporte.	
II	 Incómodo	
A	 Urbano	‐	metropolitano	
III	 Molesto	
1. Clase 1: Se permite su localización en todas las zonas de la ciudad.
2. Clase 2: Se permiten en las zonas centrales excepto centro histórico, además en la
zona intermedia Z3, en fajas frentistas a vías principales y distribuidoras locales o
colectoras.
3. Clase 3: Se permite su localización en fajas frentistas a vías principales y vías
distribuidoras locales o colectoras.
4. Clase 4: Solo están permitidos en fajas frentistas a vías principales, troncales y áreas
de uso específico.
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43 
 
CAPITULO V
Talleres
Artículo 329.-Concepto.- Son instalaciones o locales destinados a la prestación de servicios
de tipo artesanal y mecánico, en los diversos rubros de la actividad urbana.
Artículo 330.-Tipificación.- Los talleres se clasifican según los niveles de atención y grados
de molestia detallados en los cuadros de usos compatibles.
Artículo 331.-Clasificación y localización de talleres.- Para su localización, los talleres se
han agrupado de acuerdo a las siguientes clases:
TALLERES	
CLASE	 TIPO	DE	TALLERES	 GRADO	DE	MOLESTIA	 LOCALIZACION	
Clase	1	 1	 Artesanales	 I	 Inocuos	
Se	localizan	en	cualquier	zona	de	la	ciudad	
según	los	cuadros	de	usos	compatibles	y	las	
normas	relativas	a	su	tipología.	
Clase	2	
1	 Artesanales	 II	 Incómodos	
Solo	se	permiten	sobre	las	fajas	frentistas	a	
vías	 principales	 desde	 el	 2º	 anillo	 hacia	
afuera	y	vías	colectoras.	
2	 Pequeños	 I	 Inocuos	
2	 Pequeños	 II	 Incómodos	
Clase	3	
2	 Pequeños	 III	 Molestos	
Solo	se	permiten	sobre	las	fajas	frentistas	a	
vías	 principales	 desde	 el	 2º	 anillo	 hacia	
afuera.	
3	 Medianos	 I	 Inocuos	
3	 Medianos	 II	 Incómodos	
3	 Medianos	 III	 Molestos	
Clase	4	
4	 Grandes	 I	 Inocuos	
Se	 permiten	 sobre	 la	 faja	 frentista	 del	 4º	
anillo,	sobre	vías	principales	y	trocales	fuera	
de	este,	además	de	las	zonas	industriales.	
4 Grandes	 II	 Incómodos	
4 Grandes	 III	 Molestos	
Para la implementación de los talleres de cualquier clase, su localización específica será
determinada según los cuadros de usos compatibles y las normas relativas a su tipología.
Artículo 332.-Normas generales sobre los talleres.- Se permite la construcción de talleres
independientes o en conjuntos de uso mixto, de acuerdo con lo establecido en los cuadros
de usos compatibles y con las normas del presente Código.
CAPITULO VI
Industria
Artículo 333.- Concepto.- Las industrias son instalaciones destinadas a la producción de
bienes de consumo, capital u otras manufacturas diversas, cualquiera sea su naturaleza, y
se tipifican por su tamaño, tecnología aplicada, número de dependientes, consumo de
energía y otras características.
Artículo 334.-Tipificación.- Las industrias se clasifican según cuatro niveles de tamaño y
cuatro niveles de molestia, como se detalla en los cuadros de usos compatibles. Esta
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44 
 
clasificación obedece a los criterios establecidos en los artículos referentes a la
nomenclatura y clasificación de los usos de suelo del presente Código.
Artículo 335.-Clases y localización de industrias.- Para la localización en las zonas, fajas,
áreas de uso específico y áreas de uso compatible, las industrias se han agrupado de
acuerdo a las siguientes clases:
INDUSTRIAS	
CLASE	 TIPO	DE	INDUSTRIA	 GRADO	DE	MOLESTIA	 Localización	
Clase	1	 2	 Pequeñas	 I	 Inocuas	 Se	permiten	en	todas	las	zonas	de	la	ciudad.	
Clase	2	
2	 Pequeñas	 II	 Incómodas	
Están	 permitidas	 en	 la	 zona	 industrial,	
sobre	 faja	 frentista	 al	 2º	 anillo,	 en	 fajas	
frentistas	 a	 la	 red	 vial	 principal	 y	
distribuidoras	locales	o	colectoras.		
2	 Pequeñas	 III	 Molestas/salubres	
3	 Medianas	 I	 Inocuas	
3	 Medianas	 III	 Molestas/salubres	
3	 Medianas	 II	 Incómodas	
Clase	3	
4	 Grandes	 I	 Inocuas	
Están	 permitidas	 en	 la	 zona	 industrial,	
sobre	fajas	frentistas	a	vías	troncales.	
4	 Grandes	 II	 Incómodas	
4	 Grandes	 III	 Molestas/salubres	
Clase	4	
4	 Grandes	 III	 Molestas/Insalubres	
Únicamente	 en	 zona	 industrial	 o	 área	
específica	industrial.	
2	 Pequeñas	 IV	 Peligrosas	
3	 Medianas	 IV	 Peligrosas	
4	 Grandes	 IV	 Peligrosas	
Para la implementación de las industrias de cualquier clase su localización específica será
determinada según los cuadros de usos compatibles y las normas relativas a su tipología.
Artículo 336.- Disposiciones generales.- La construcción de vivienda en instalaciones
fabriles deberá sujetarse a las disposiciones establecidas en las normas relativas a las
unidades de producción, incluidas en el Tomo III - Edificaciones.
CAPITULO VII
Depósitos
Artículo 337.-Concepto.- Son locales destinados al resguardo y almacenamiento de
productos diversos, tales como materias primas, acabados industriales o artesanales, bienes
de consumo, combustible y otros.
Artículo 338.-Tipificación.- De conformidad con los cuatro niveles de molestia, los
depósitos se clasifican según lo especificado en los cuadros de usos compatibles.
Artículo 339.-Tipología.- Para los efectos de reglamentación, los depósitos han sido
catalogados de la siguiente manera:
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45 
 
1. Depósitos complementarios
2. Depósitos independientes y/o aislados.
Artículo 340.- Disposiciones generales.- Los locales destinados a almacenamiento que
ocupen una superficie de hasta el 40% del área total construida de la actividad principal, se
computarán en el cálculo del área útil y no serán considerados como depósito
complementario.
Los depósitos complementarios son aquellos que ocupan una superficie que varía entre 40%
y 60% del área total construida de la actividad principal; estos no se computan como área
útil.
Los depósitos con superficie mayor al 60%del área total construida de la actividad principal
serán considerados independientes, y se norman en Capítulo XVI – Título VI del Tomo III -
Edificaciones.
Artículo 341.- Depósitos complementarios.- Son espacios de apoyo a una actividad
principal–comercio, industria, taller, servicio y otros–que están localizados en la misma
parcela. Se deberán observar las disposiciones relativas a su propia tipología, además de las
normas que rigen a la actividad a la cual sirven.
Artículo 342.-Condiciones para depósitos complementarios.-
1. No será permitida la habilitación de depósitos con grado de molestia IV, de tipo
peligroso, como uso complementario a comercio minorista, servicio o taller.
2. No se permitirá la habilitación de depósitos con grado de molestia IV, de tipo
inflamable, como uso complementario de comercio minorista o servicio.
3. Para la localización de depósitos complementarios con grado de molestia diferente al
de la actividad principal, predominará el grado de molestia que incida directamente
sobre la seguridad y salud de las personas.
4. Los depósitos complementarios con grado de molestia IV, de tipo inflamable y/o
peligroso, sea de taller o de industria, deberán sujetarse a lo establecido para esta
tipología en las normas referidas a las unidades de producción del tomo III -
Edificaciones.
5. Los depósitos complementarios con grado de molestia IV, de tipo inflamable y/o
peligroso, deberán observar las normas generales de seguridad local, departamental,
nacional e internacional adoptadas y establecidas para dicha tipología en referencia a
usos de suelo de este Código.
Artículo 343.- Normas específicas para depósitos complementarios de industrias.-
1. El área total ocupada por un depósito complementario de industria clase 1 deberá ser
menor o igual al área total construida de dicha industria.
2. No existen restricciones de área total construida para depósitos complementarios de
industrias clase 2, 3 y 4, salvo en la relación entre el área construida y el área del
lote, que se establece en el presente Código, tanto para el uso industrial como para la
zona donde se encuentra ubicada la actividad.
Artículo 344.- Concepto de depósitos independientes y/o aislados.- Son depósitos no
integrados a otros usos urbanos ubicados en una misma parcela.
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46 
 
Artículo 345.-Clasificación de depósitos independientes.- Los depósitos independientes,
para su localización en las diferentes zonas, fajas, áreas de uso específico y áreas de uso
compatible,se han agrupado de acuerdo con las siguientes clases:
DEPOSITOS	
CLASE	 TIPO	DE	DEPOSITO	 GRADO	DE	MOLESTIA	
Clase	1	 1	
Pequeños	 I	 Inocuos	
Pequeños	 II	 Incómodos	
Clase	2	
1	 Pequeños	 III	 Molestos	
2	
Medianos	 I	 Inocuos	
Medianos	 II	 Incómodos	
Medianos	 III	 Molestos	
Clase	3	 3	
Grandes	 I	 Inocuos	
Grandes	 II	 Incómodos	
Grandes	 III	 Molestos	salubres	
Clase	4	 4	
Cualquier	tamaño	 III	 Molestos	insalubres	
Cualquier	tamaño	 IV	 Inflamables	y	Peligrosos	
Artículo 346.- Depósitos a cielo abierto y barracas.- Los depósitos a cielo abierto que
están destinados a almacenar material para comercialización directa, como barracas, no
están clasificados de acuerdo con estas categorías y deberán ajustarse a lo establecido para
talleres e industrias clase 2.
Artículo 347.-Depósitos de materiales peligrosos.- Todo taller, industria o depósito
catalogado como peligroso, cualquiera sea su tamaño, deberá ser localizado en áreas o
sectores previamente determinados por la Oficina Técnica con autorización de la Secretaría
de Medio Ambiente Municipal y de la Gobernación de Santa Cruz.
Artículo 348.-Localización de depósitos independientes.-
1. Los depósitos independientes clase 1, se permitirán únicamente en las fajas fuera del
1º anillo con frente a avenidas principales, distribuidoras locales, radiales, anillos y
troncales, además de en las zonas industriales.
2. Los depósitos independientes clase 2 solo serán permitidos en las fajas fuera del 2º
anillo con frente a vías principales y sobre las vías troncales; además de en las zonas
industriales.
3. Los depósitos independientes clase 3 y 4 solamente se pueden habilitar enlas fajas
con frente a las vías troncales, en áreas de uso específico (AE) de uso empresarial o
industrial distrital, además del Parque Industrial.
Todos los depósitos cualquiera sea su clase deberá regirse a lo establecido en los cuadros
de usos compatibles y las normas específicas sobre depósitos del Tomo III – Edificaciones.
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47 
 
CAPITULO VIII
Equipamiento
Artículo 349.-Áreas específicas de equipamientos público y/o privado.- Son áreas
destinadas a equipamiento público y/o privado localizadas específicamente de acuerdo a la
planificación en función al uso, según la siguiente clasificación:
CODIGO	 EQUIPAMIENTO	PUBLICO	‐	PRIVADO	
AE	1	 Asistencial	
AE	2	 Deportivo	
AE	3	 Educativo	
AE	4	 Parques	periurbanos	y	de	protección	ecológico	
AE	5	 Mercados	municipales	
AE	6	 Terminal	de	transporte	
AE	7	 Cementerios	
AE	8	 Centros	Culturales	
AE	9	 Universidades	‐	Campus	Universitarios	
AE	10	 Institutos	públicos	
La localización y las exigencias de diseño de los diferentes equipamientos públicos y
privados responderán a la planificación en los distintos escalones urbanos, según los planes
distritales, como se especifica en los cuadros de usos compatibles.
El equipamiento se clasifica de acuerdo con sus cuatro niveles de atención o cobertura en:
	
NIVEL	DE	ATENCION	O	
COBERTURA	
D	 BARRIAL	
C	 UNIDAD	VECINAL	
B	 DISTRITAL	
A	 URBANO	METROPOLITANO	
Artículo 350.- Localización de equipamientos.-
1. Los equipamientos clase D y C de nivel barrial y vecinal están permitidos en todas
las zonas, fajas de equipamiento primario y áreas específicas (AE); exceptuando
las zonas industriales.
2. Los equipamientos clase B están permitidos con restricciones en las zonas Z1, Z2,
Z3 y sin restricciones en las áreas de equipamiento distrital/terciaria ED/ET y fajas
con frentes a radiales, anillos y distribuidoras locales F1, F2 y F3.
3. Los equipamientos clase A están permitidos en las zonas Z1, Z2, Z3 con
restricciones, en las fajas con frente a radiales, anillos F1, F2, F3 y en áreas
específicas (AE).
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TITULO VII
CUADRO DE USOS COMPATIBLES
Artículo 349.- REFERENCIAS DEL CUADRO DE USOS COMPATIBLES
* Permitida sin restricciones
1 Ver Reglamento del Centro Histórico DICEPAHI
2 Autorización condicionada a estudio previo, por la Junta del Centro Histórico –JUCEHI-
3 Autorización condicionada a estudio previo por la Oficina Técnica de SEMPLA
4 Superficie construida máxima 30m2
5 Superficie construida máxima 100m2
6 Superficie construida máxima 150m2
7 Superficie construida máxima 200m2
8 Superficie construida máxima 300m2
9 Superficie construida máxima 600m2.
10 Solamente con Gimnasios no mayores a 200m2
construidos
11 Uso no recomendado
12 Sujeto a lo establecido en el Artículo 621.
13 Sujeto a lo establecido en el Artículo 875
14 Sólo fuera del 3º Anillo
15 Sólo después del 4º Anillo y sujetos a las disposiciones relativas a las normas de
seguridad de los Depósitos CLASE IV - Peligrosos
16 Solamente en el área de lotes pequeños
17 Sólo en vías distribuidoras distritales, fuera del 5º Anillo
18 Uso condicionado: si existe depósito de inflamables, gases tóxicos o de productos
explosivos, su localización deberá regirse al Artículo 342 y al Capítulo 16 del Tomo III
19 Solamente en el área de Uso Público
20 Superficie de ventas hasta 3000m2
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CUADRO DE USOS COMPATIBLES
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
10 Vivienda unifamiliar * * * * * * * * * * * 12 11 * 11 * *
20 Vivienda multifamiliar * * * * * * * * * * * 12 * * * * *
30 Vivienda ‐ Comercio  ‐Servicio * * * * * * 12 12 12 12 12 12 * * * * *
40 Vivienda ‐ Taller 2 13 13 13 13 13 13 13 13 13 * * * 16
UC 10
Venta de Materiales de Construcción (embolsados, hierro 
en barra, perfiles y chapas, ladrillos, piedras y aridos)
* * * * * * *
UC 11
Venta de Materiales de Construcción (excepto ladrillos, 
piedras, áridos, etc.)
3 3 3 3 3 * 5 * * * * * 8 * *
UC 12 Ferreterias (hasta 150 m2) 2 3 * * * * 8 5 * * * * * * 5 * *
UC 13 Ferreterias (superior a 150 m2) 2 3 * * 7 * 8 5 * * * * * * 8 * *
UC 14
Venta y Alquiler de transporte para construcción * * * * * *
UC 15
Venta de papeles para pared, revestimiento para pisos de 
goma, plástico  y textiles, y artículos similares para la  * * 8 8 8 * * 6 8 * 6 * * * * * * *
UC 16
Venta y Alquiler de maquinaria para construcción y 
producción agrícola * * * * * * *
UC 17
Venta y Alquiler de madera destinada para la construcción 
(pilotes, listones, puntales, etc.) * * * * *
UC 20 Venta y alquiler de automóviles 2 * * * * * * 8 * * * * 3 * * * *
UC 21
Venta de Líquidos y Lubricantes para motorizados (hasta 150 
m2)
18 18 18 * * 18 *
UC 22
Venta de Líquidos y Lubricantes para motorizados (superior a 
150 m2)
18 18 18 * * 18
UC 23 Venta de repuestos y accesorios (hasta 150 m2) 2 * * * 6 6 8 6 * * * * * * *
UC 24 Venta de repuestos y accesorios (superior a 150 m2) 2 * * * 6 6 8 6 * * * * * * *
UC 25 Gasolineras /Carga de Gas Natural * * * * * *
RESIDENCIAL
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de 
servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos 
compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media 
densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y 
baja ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y 
baja ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º 
Anillo y Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º 
anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas 
principales ‐ Radiales y Anillos
UC ‐ COMERCIAL
COMERCIO DE MATERIALES DE CONSTR. FERRETERIAS Y EQUIPOS AGRICOLAS
COMERCIO AUTOMOTRIZ Y AFINES
 
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50 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UC 30 Muebles (hasta 150m2) * * * * * * * 8 * 7 * * * * * *
UC 31 Muebles (con exposicion sup. A 150 m2) * * * * * * * 8 * 7 * * * * * *
UC 32 Venta de artículos variados para el hogar * * * * * * * 6 8 * * 6 * * * * * * *
UC 33 Venta de electrodomésticos  * * * * * * * 6 8 * * 6 * * * * * * *
UC 40 Venta de productos  eléctricos y electronicos * * * * 8 * 5 * * * * 8 *
UC 41 Venta de productos de caza y pezca y deportivos * * * * 8 * 5 * * * * 8 16 *
UC 42 Venta de productos veterinarios y agrícolas  * 18 * * * 18 *
UC 43 Venta de productos plásticos  * * * * 18 * * * 18 *
UC 44 Venta de juegos artificiales  * * * * *
UC 45 Venta de pinturas, barnices y solventes 18 18 18 18 6 6 6 8 * 6 18 * * * 18 *
UC 50 Farmacias  * * * * 6 * 6 8 * * 6 * * * * *
UC 51
Venta  de instrumental medico y odontológico y articulos 
ortopedicos
* * * * 6 * 6 * * * * * 8 *
UC 52 Venta de articulos de esparcimiento y deportes  * * * * 6 * 6 * * * * * 8 *
UC 60 Papelerías, librerías, revisterías y tarjeterías  * * * * * * * 8 * 6 * * * * *
UC 61
Venta al por mayor de papel, cartón, materiales de 
embalaje * * * * *
UC 62 Artículos de escritorio * * * * * * * 8 * 6 * * * * *
COMERCIO DE PAPEL
COMERCIO REFERENTE A SALUD
COMERCIO DE MUEBLES Y MENAJES P/HOGAR
COMERCIO ESPECIALIZADO
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º 
Anillo y Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de 
servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos 
compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media 
densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y 
baja ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y 
baja ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º 
anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas 
principales ‐ Radiales y Anillos
 
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51 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UC 70 Jugueterías  * * * * * * * 8 * 6 * * * * * *
UC 71 Venta de Discos  * * * * * 8 * * * * *
UC 72 Florerías y similares * * * * * * * 8 * * * * * * * * *
UC 73 Artículos fotográficos y revelado de películas   * * * * * * * * * 16
UC 74 Bombonerías  * * * * * * * 8 * * * * * * * 16
UC 75 Joyerías  * * * * * * * 8 * * * * * * * 16
UC 76 Perfumerías  * * * * * * * 8 * * * * * * * 16
UC 77 Venta de artesanías y  de cerámicas decorativas  * * * * * * * 8 * * * * * * * 16
UC 78 Casas de Regalos  * * * * * * * 8 * * * * * * * 16
UC 79 Cotillón  * * * * * * * 8 * * * * * * * 16
UC 80 Casas de decoración de interiores * * * * * * * 8 * * * * * * * 16
UC 81 Bazares  * * * * * * * 8 * * * * * * * 16
UC 82 Telas * * * * * * * * 16
UC 90 Calzados, artículos de cuero * * * * * 8 * * * * * *
UC 91 Venta de artículos para Maquillaje  * * * * * 8 * * * * * *
UC 92 Ropa (magazines) grandes casas * * * * * 8 * * * * * *
UC 93 Venta al por menor de indumentaria para bebés y niños * * * * * 8 * * * * * *
COMERCIO DE ORNAMENTACIONES Y OTROS
COMERCIO DE ARTÍCULOS DE VESTIR
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º 
Anillo y Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de 
servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos 
compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media 
densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y 
baja ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y 
baja ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º 
anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas 
principales ‐ Radiales y Anillos
 
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TOMO II – URBANISMO                  
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52 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UC 100 Pulperías * * * * * * * 4 8 * * * * * * * 4 *
UC 101 Micromercados * * * 8 8 * 8 8 * * * * * 8 *
UC 102 Almacenes de Abarrote  * * * 6 6 6 6 5 8 5 5 * * * * * 16
UC 103 Supermercados  * * * * * * * 8 * * * * *
UC 104
Comercio de conservas refrigeradas (carne de res, pollos, 
etc. 
* * * 6 * 5 * * * * 16
UC 110 Licorerías * * * 4 * * * * * * 16
UC 111
Comercio de Bebidas alcoholicas y No alcoholicas 
(Agencias con depósito) 
* * * * * 16 *
UC 112 Comercio de agua mineral envasada * * 4 * * * * * * * 16 *
UC 120 Comercio de peces, acuarios y accesorios  * * * * * * * * *
UC 121 Comercio de animales pequeños y accesorios  * * * * * * * *
UC 122 Veterinaria  * * * * * * * *
UC 123
Comercio de alimentos balanceado  envasado al por 
menor
* * * * *
UC 130 Snacks, hambugueserías, cafeterías, heladerías  * * * * * 6 6 6 8 5 * * * * 7 16
UC 131
Restaurantes c/cap. Hasta 30 personas con o sin música 
ambiental 
* * * * * 6 6 6 8 5 * * * * 7 16
UC 132
Restaurants c/cap. Mayor a 30 personas con música 
ambiental al vivo, bailable
* * * * * * *
UC 133 Bares cerrados * * * * * * *
UC 134 Bares con áreas al aire libre 3 3 3 * * * 16
UC 135 Chicherías  14
UC 136 Comercio y preparacion de comidas a pedido (catering) * * * * * 7 7 5 5 5 * * * * 16
COMERCIO DE ABARROTES Y DE PROD. ALIMENTICIOS
COMERCIO DE BEBIDAS
COMERCIO DE ANIMALES Y SUS ALIMENTOS
COMERCIO DE COMIDAS Y BEBIDAS
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º 
Anillo y Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de 
servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos 
compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media 
densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y 
baja ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y 
baja ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º 
anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas 
principales ‐ Radiales y Anillos
 
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
53 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UC 140 Centros o Galerias Comerciales * * * * * * * 9 *
UC 141
Ventas al por mayor c/ oficinas y sala de exposición, pero sin 
almacenes en el propio edificio
* * * * * * * *
UC 142
Venta al por mayor de productos no molestos, no inflamables, ni 
peligrosos (categorías III y IV de la clasificación por grado de 
molestias); con oficinas, salas de exposición con demandas de 
depósitos no mayores a 150 m2 y de transporte pesado 
* * * * * *
UC 143
Venta al por mayor de productos III (molestos), con oficinas, salas 
de exposición con demandas de depósitos no mayores a 150 m2 y 
de transporte pesado. Estan excluidos de esta categoría los 
productos IV (inflamables y explosivos)
* * * * *
UC 144
Venta al por mayor con oficinas, salas de exposición y con 
demandas de depósitos superiores a 150 m2 y de transporte 
pesado. Están excluidos en esta categoría los productos IV 
(inflamables y explosivos)
* * * *
UC 145
Ventas al por mayor de productos (inflamables y explosivos), 
necesiten o no de grandes areas o de transporte pesado. Estan 
incluidas en esta categoria: distribuidoras de garrafas de gas, 
kerosene y alcohol.
* 22 22 *
US 10 Teatros, Cines 2 * * * * * * *
US 11 Juegos electrónicos, billares, futbolin 2 3 3 3 3 3 3
US 12 Juegos infantiles (carruseles, inflables, etc) * * * 16
US 13 Juego de azar, para adultos (Bingos) 3 3 3 3
US 14 Discotecas 2 * * * * * * 16
US 15 Boites, Cabarets, lenocinios 14 14
US 16 Salones de Té * * * * * * * 6 8 * * * * 7 16
US 17 Salon de Eventos  2 * * * * * *
COMERCIO MAYORISTA
US ‐ SERVICIOS
SERVICIOS COMERCIALES DE DIVERSIÓN
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º 
Anillo y Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de 
servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos 
compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media 
densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y 
baja ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y 
baja ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º 
anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas 
principales ‐ Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
54 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
US 20 Residenciales / Alojamiento * * * * * * * *
US 21 Residencial estudiantil * * * * * * * * * * * 16
US 22 Hoteles * * * * * * * * * *
US 23 Apart Hotel * * * * * * * * * *
US 24 Moteles 17 17 *
US 30
Oficinas de prestación de servicios profesionales, arquitectos, 
ingenieros, médicos, economistas, abogados y otros. CLASE I
* * * * 8 8 8 8 8 5 * * * * * *
US 31
Sedes administrativas y culturales de asociaciones profesionales 
y/o sindicales
2 * * * * * * *
US 32
Sedes administrativas de organizaciones culturales, educativas y 
de beneficencia.
2 * * * * * * *
US 33 Fotocopiadoras  * * * * * * * 4 * 4 * * * * * 16
US 34 Servicios de limpieza al Seco Lavandería 3 * * * * * 6 * * * * * * 16
US 35 Salones de belleza/Peluquerías salones de masajes / pedicures * * * * * * * 6 * * * * * * 16
US 36 Spa (centro de estética y reposo) * * * * * * * * * 16
US 37 Servicios sanitarios: enfermerías, inyecciones, etc. * * * * * * * * * * * * 16
US 38
Servicios médicos especializados (Fisioterapia y similares, 
laboratorios de análisis clínicos)
* * * * 3 3 * * * 3 16
US 39 Servicios médicos de emergencia y auxilio móvil. * * * * * * * 16
US 40 Servicios de limpieza séptica y bacteriana. * * * * *
US 41 Agencias de Turísmo * * * * * * 6 6 8 * * * * * 16
US 42 Recojo y Reciclaje de desperdicios y desechos No metálicos * 17 *
US 43 Recojo y Reciclaje de desperdicios y desechos metálicos
US 44
Servicios de instalación de gas domiciliario, tv cable, etc., aire 
acondicionado, etc.
* * * * * * * * * * 16
SERVICIOS DE HOSPEDAJE
SERVICIOS PERSONALES Y DE NEGOCIOS
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º 
Anillo y Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de 
servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos 
compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media 
densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y 
baja ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y 
baja ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º 
anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas 
principales ‐ Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
55 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
US 45 Servicio de lavado automático para vehículos motorizados * * * *
US 46 Servicios de depósitos y almacenaje para artículos privados * * * * *
US 47 Servicios de seguridad personal y móvil * * * * * 6 6 * * * * * * * *
US 50 Notarías * * * * * * 4 4 * * * * * * * * 16
US 51 Registro Civil * * * * * * 4 4 * * * * * * * * 16
US 52 Oficinas administrativas públicas * * * * * * * 8 * * * * *
US 53
Centrales telefónicas, telex, telégrafos (no incluye la sede 
administrativa central de las empresas que dan sevicios)
* * * * * * * * * *
US 60
Empresas o cooperativas de servicios públicos (Entel, Cotas, Cre, 
Saguapac)
* * * * * 8 * 8 6 * * * * *
US 61
Empresas consultora y constructoras (oficinas sin depositos ni 
garajes)
* * * * * * 6 6 8 * * * * * * 16 *
US 62
Empresas de transporte, incluye empresas aéreas y de mudanzas 
(oficinas)
* * * * * * 6 6 8 * * * * * * 16 *
US 63 Agencias aduaneras (sin depositos ) * * * * * * 6 6 8 * * * * * * 16
US 70 Sedes de Banco y Cooperativas de ahorro y crédito * * * * * * * * 16 *
US 71 Sucursales de bancos y cooperativas de ahorro y cred. * * * * * * * 8 * * 6 * * * * 7 16
US 72
Compañias de seguros * * * * * * * 8 6 * * * * 7 16
US 73 Empresas y oficinas inmobiliarias * * * * * * * 6 8 6 6 * * * * * 16
US 74 Servicios de bolsas de valores * * * * * * * 6 8 6 6 * * * * * 16
US 75 Casas de cambio de moneda * * * * * * *
SERVICIOS DE GOBIERNO Y DE LAS COOPERATIVAS DE SERVICIOS
OFICINAS CENTRALES DE EMPRESAS
FINANZAS, SEGUROS E INMOBILIARIAS
SERVICIOS PERSONALES Y DE NEGOCIOS
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
56 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
US 80
Garajes de Buses (Transporte colectivo, camiones de carga y 
similares
* * * * *
US 81
Garajes de vehículos medianos, microbuses, de carrocerías 
medianas, semipesados. Accesos o vías con un ancho mínimo de 11 
metros.
* * * * *
US 82
Garajes de vehículos (Automóviles, jeeps, camionetas), áreas al 
descubierto
3 3 3 3 3 3 3 * * * * 3 16
US 83 Edificios, garajes de vehículos livianos 2 * * * 3 3 3 * * * * 3 16
US 84 Servicios de mudanza  * * * * *
US 85
Servicios de transporte automotor pequeño urbano regular de 
pasajeros (trufis, motocibletas, etc.)
3 * * * *
US 86 Servicio de transporte escolar (buses pequeños) 3 * * * * *
US 90 Servicio de jardinería y paisajismo (oficinas) * * * * * * * 6 8 6 * * * * * *
US 91 Canal de Televisión, radio * * * * *
US 92 Set de producción y transmisión (Tv.) * * * * *
US 93 Servicios de Correos privados * * * * * * 6 * 6 * * * * *
UT 10 Sastrerias, corte y confección * * * * * 6 6 6 6 * * * * 6
UT 11 Zapaterias 2 * * * * 6 6 6 * * * * 6
UT 12 Talabarterías 3 3 * * 3 * * * *
UT 20 Carpinterias artesanales 3 3 3 3 * * 16 *
UT 21 Tornerias de madera 3 3 3 3 * * 16 *
UT 22 Tornerias de madera artística  3 3 3 3 * * 16 *
GARAJES
OTROS SERVICIOS
UT ‐ TALLERES
PRENDAS DE VISTIR Y ARTICULOS DE CUERO
MADERAS Y PRODUCTOS DE MADERA
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
57 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UT 30 Fundiciones Lápidas, tapas cloacales, etc. 3 3 3 3 * * 16 *
UT 31 Hojalaterías, herrerias, plomerias 3 3 3 3 * * 16 *
UT 32 Carpinterías metálicas, cerrajerías soldaduras 3 3 3 3 * * 16 *
UT 33 Tornerías metálicas (II, III) * * * *
UT 40 Reparación de máquinas de escribir, cajas registradoras, etc. 3 * * * * * * 3 3
UT 41 Radio técnica, electrónicos 3 * * * * * * 3 3
UT 42 Reparación electrodomésticos, no incluido lavarropas 3 * * * * * * 3 3
UT 43 Reparación de acondicionadores de aire 3 * * * * * * 3 3
UT 44 Reparación, chaperio y pintura de heladera, lavarropas  y afines 3 * * * 16
UT 45 Reparación, motores máquinas electricas * * * 16
UT 50 Estaciones de servicios para vehículos pesados 3 * * 16
UT 51 Mecánica de vehículos livianos y medianos 3 3 * * 16
UT 52 Taller de motos 3 3 * * 16
UT 53 Vulcanizaciones * * 16
UT 54 Recauchutadoras * * 16
UT 55 Chaperíos * * * 16
UT 56 Servicios de aire y parchado 3 3 3 * * 16
UT 57 Cargas de baterias 3 3 * * 16
UT 58 Estaciones de servicios de lavado, engrase * * * * *
UT 59 Maestranza * * * * * * *
METAL, CARPINTERIAS Y TORNERIAS METÁLICAS
REPARACIÓN DE ARTÍCULOS ELÉCTRICOS, ELECTRODOMÉSTICOS Y ELECTRÓNICOS
SERVICIOS PARA VEHICULOS
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
58 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UT 60 Embobinados 3 3 * * 16
UT 61 Soldadura autógena 3 3 * * 16
UT 62 Reparación de equipos y maquinarias agrícolas * * 16
UT 63 Reparación de maquinarias y aparatos industriales eléctricos * * 16
UT 70 Tapicerias 2 3 6 6 6 6 * * * * * 16
UT 71 Reparación de bicicletas 2 3 6 6 6 6 * * * * * 16
UI 10
Mataderos(matanza del ganado, preparacion y conservacion de 
carne)
* 3 3
UI 11 Fabricacion de productos làcteos * 3 3
UI 12 Envasados y conservaciòn de frutas y legumbres * 3 3
UI 13 Elaboracion de productos alimenticios  * 3 3
UI 14 Molineras , ingenios arroceros * 3 3
UI 15 Panaderias (excluidos galleterias y biscochos)  * 3 3
UI 16 Fabricacion de galletas y biscochos. * 3 3
UI 17 Fabricacion de pastas alimenticias frescas * 3 3
UI 18 Fabricacion de pastas alimenticias secas * 3 3
UI 19
Fabricacion de aceites y grasas de origen vegetal refinadas y sus 
subproductos
* 3 3
UI 20 Elaboracion de pulpas, jaleas, dulces y mermeladas * 3 3
UI 21 Ingenios azucareros * 3 3
UI 22 Fabricacion de helados (incluidos lâcteos) * 3 3
UI 23 Fabricacion de chocolates, dulces y articulos de confiterias. * 3 3
OTROS NO CLASIFICADOS ANTERIORMENTE
UI ‐ INDUSTRIAS
DE ALIMENTOS Y SIMILARES
ELECTRICOS Y ELECTROMECANICOS
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
59 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UI 24 Fabricacion de hielo (excepto hielo seco) * 3 3
UI 25 Fabricacion de vinagres * 3 3
UI 26 Refinacion y molienda de sal comestible * 3 3
UI 27 Fabricacion de alimentos balanceados * 3 3
UI 30 Destilacion de alcoholes * 3 3
UI 31 Fabrica de cerveza * 3 3
UI 32
Elaboracion de jugos naturales y sus concentrados, de frutas, 
hortalizas y legumbres
* 3 3
UI 33 Fabrica y embotelladora de gaseosas * 3 3
UI 40 Fabricación de hilos * 3 3
UI 41 Teñido de hilos * 3 3
UI 42 Fabricación de tejidos * 3 3
UI 43 Talleres de costura artesanales y pequeños 2 3 3 3 3 * * * * * * 16
UI 44 Fabricación de bolsas (excluidas las de plásticos) * 3 3
UI 45 Curtiembres * 3 3
UI 46 Industrias de calzados * 3 3
UI 47
Industrias de cinturones y otros artículos de cuero, no clasificados 
anteriormente
* 3 3
UI 50 Aserraderos y otros talleres para preparar madera * 3 3 3 3 3
UI 51 Carpinterias de marcos, puertas y ventanas * 3 3 3 3 3
UI 52 Carpinterias de serchas y vigas * 3 3 3 3 3
UI ‐ INDUSTRIAS
DE ALIMENTOS Y SIMILARES
DE BEBIDAS Y ALCOHOLES.
TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR, PRODUCTOS DE TELA Y DE CUERO
INDUSTRIAS DE LA MADERA, PRODUCTOS DE MADERA INCLUIDO MUEBLES
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
60 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UI 53 Maderas terciadas y aglomeradas * 3 3 3 3 3
UI 54 Machimbre * 3 3 3 3 3
UI 55 Fabricación de envases de madera * 3 3 3 3 3
UI 56 Fabricación de ataúdes y ornamentación funeraria * 3 3 3 3 3
UI 57 Fabricación de carrocerías de madera * 3 3 3 3 3
UI 58
Fabriación de piezas de madera, obtenidas por torneado y otras 
operaciones análogas
* 3 3 3 3 3
UI 59 Fabrica de muebles * 3 3 3 3 3
UI 60 Fabrica de colchones * 3 3 3 3 3
UI 70 Industria de productos de papel * * * 3 3 3
UI 71 Fabricación de envases de papel y carton * * * 3 3 3
UI 72 Tipografia, sellos y encuardenación * * * 6 * * * * 16
UI 73 Imprentas de offset (incluyendo tipografia) * * * * * 6 * * * * * 16
UI 74 Editorias  * * * * * 6 * * * * * 16
UI 75 Empresas Periodisticas (periodicos) * * * * * *
UI 80 Fabricación de productos quimicos en general * * 17 3
UI 81 Fabricacion de tintas y solventes * * 17 3
UI 82 Fabricacion de abonos, fungicidas, plaguicidas e insecticidas * * 17 3
UI 83 Fabricacion de detergentes y ceras * * 17 3
UI 84 Fabricacion de jabones, articulos de tocador, cosmeticos y similares  * * 17 3
UI 85 Fabricacion de jabones para lavar ropa * * 17 3
UI 86 Fabricacion de liquidos para frenos * * 17 3
FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE PAPEL, IMPRENTA, EDITORIALES Y SIMILARES
FABRICACIÓN DE SUSTANCIAS QUIMICAS Y DE PRODUCTOS QUIMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO, CARBON, CAUCHO Y PLASTICO
INDUSTRIAS DE LA MADERA, PRODUCTOS DE MADERA INCLUIDO MUEBLES
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
61 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UI 87 Gas carbonico, oxigeno y acetileno * * 17 3
UI 88 Refinerias de petroleo y gas * * 17 3
UI 89 Fabricacion de envases y de productos de plastico * * 17 3
UI 90 Medicamentos y productos farmaceuticos 17 3
UI 91 Especificos veterinarios * * 17 3
UI 92 Destilacion, desnaturalizacion de alcoholes  * * 17 3
UI 93 Plantas de elaboracion de hormigon asfaltico * * 71 3
UI 94 Recauchutaje y vulcanizacion de cubiertas * * 17 3
UI 100 Fabricacion de productos ceramicos, arcilla, barro * * 17 3
UI 101 Fabricacion de vidrios y productos de vidrio * * 17 3
UI 102 Fabricacion de cemento, cal y yeso * * 17 3
UI 103 Fabricacion de articulos de cemento y de fibra de cemento * * 17 3
UI 104 Fabricacion de mosaicos calcareos y graníticos * * 17 3
UI 105
Aserraderos, corte, pulido y labrado de mármoles, granitos y otras 
piedras
* * 17 3
UI 110 Herramientas de mano y para maquinas * * 17 3
UI 111
Muebles metalicos para el hogar, mobiliario médico, muebles para 
comercio y oficinas incluso instalaciones para industria, comercio y 
oficina
* * 17 3
UI 112 Fabricacion de productos de carpinteria metalica, perfiles de chapa, 
marcos puertas ventanas celosias y demas articulos afines para la
* * 17 3
UI 113 Fabricacion de clavos y productos de buloneria * * 17 3
UI 114
Fabricacion de envases de hojalata y de chapa de hierro y demas 
productos de hojalata incluso la cromolitografia sobre metales
* * 17 3
FABRICACIÓN DE SUSTANCIAS QUIMICAS Y DE PRODUCTOS QUIMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO, CARBON, CAUCHO Y PLASTICO
MINERALES NO METALICOS (EXCEPTUANDO DERIVADOS DE PETROLEO Y DE CARBON)
FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
62 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UI 115
Fabricacion de articulos de cuchilleria, herramientas de mano y 
articulos de ferreteria
* * 17 3
UI 116 Fabricacion de hornos, hogares y quemadores * * 17 3
UI 117 Productos de orfebreria * * 17 3
UI 120
Fabricacion de joyas, incluso el labrado de piedras preciosas y 
semipreciosas
* * 17 3
UI 121
Fabricacion de instrumentos musicales y sus respuestos y 
accesorios.
* * 17 3
UI 122  Fabricacion de escobas, plumeros, brochas, cepillos , pinceles y 
afines
* * 17 3
UI 123 Frabricacion y armado de letreros y anuncios de propaganda, 
luminosos o nó
* * 17 3
UI 124 Juguetes que no incluyen material plastico * * 17 3
INDUSTRIAS CON RESPECTO AL TRANSPORTE
UI 130 Reparacion de carrocerìas para automoviles, camiones y 
camionetas
* * 17 3
UI 131 Reparacion de carroceias de ómnibus, micros‐ómnibus y demas 
vehiculos análogicos
* * 17 3
UD 10 Combustibles sólidos * * 17 3 3
UD 11 Minerales metalíferos. * * 17 3 3
UD 12 Petróleo y sus derivados (gas, gasolina, diesel, otras.) * * 17 3 3
UD 20 Pescados y mariscos. * * 17 3 3
UD 21 Productos de caza aviscerados. * * 17 3 3
UD ‐ CLASIFICACION DE LOS DEPOSITOS SGÚN SU NIVEL DE GRADO DE MOLESTIA
MINERIA
PESCA Y CAZA
FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO
OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
63 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UD 30 Alimentos para aves y ganado * * 17 3 3
UD 31 Huevos y miel * * 17 3 3
UD 32 Cereales, oleaginosas, etc. * * 17 3 3
UD 33 Frutas y hortalizas * * 17 3 3
UD 34 Frutos del pais * * 17 3 3
UD 40 Durmientes, estacas , postes y pajas * * 17 3 3
UD 41 Mimbres y paja * * 17 3 3
UD 42 Rollizos * * 17 3 3
UD 50 Alcoholes (etílicos) * * 17 3 3
UD 51 Aceites * * 17 3 3
UD 52 Azúcar * * 17 3 3
UD 53 Café, tés, yerbas y especias * * 17 3 3
UD 54 Carnes, frescas y congeladas * * 17 3 3
UD 55 Cervezas y bebidas sin alcohol * * 17 3 3
UD 56 Comestibles en general * * 17 3 3
UD 57 Chocolates y sus productos, caramelos y otrospreparados 
d ú
* * 17 3 3
UD 58 Embutidos, fiambres y otros preparados a base de carne. * * 17 3 3
UD 59 Frutas , legumbres y cereales, secos y en consrvas en 
di f
* * 17 3 3
UD 60 Harinas y sub‐productos de la molienda de trigo. * * 17 3 3
UD 61 Manteca, crema, leche y productos similares * * 17 3 3
UD 62 Quesos * * 17 3 3
UD 63 Productos de la industria fideera (pastas‐secas) * * 17 3 3
ALIMENTOS, BEBIDAS Y ALCOHOLES.
AGROPECUARIA.
FORESTALES
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
64 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UD 64 Productos de la panificación * * 17 3 3
UD 65 Vinos  * * 17 3 3
UD 66 Bebidas alcoholicas * * 17 3 3
UD 70 Cigarrillos. * * 17 3 3
UD 71 Cigarros,cigarritos y tabaco picado * * 17 3 3
UD 80 Fibras textiles. * * 17 3 3
UD 81 Hilados , hilos y lanas * * 17 3 3
UD 82 Tejidos. * * 17 3 3
UD 90 Articulos para bebés. * * 5 17 3 3
UD 91 Botonerias(camisas, corbatas, pañuelos, etc) * * 5 17 3 3
UD 92 Confecciones y tiendas en general * * 5 17 3 3
UD 93 Medias y articulos de puntos * * 5 17 3 3
UD 94 Mercerías. * * 5 17 3 3
UD 95 Roperías. * * 5 17 3 3
UD 96 Sombrererías. * * 5 17 3 3
UD 100 Leña y carbon de leña. * * 17 3 3
UD 101 Tablas, tablones, tirantes, (barracas), etc. * * 17 3 3
UD 110 Envases de papel y cartón * * 17 3 3
UD 111 Papel y cartón * * 17 3 3
ALIMENTOS, BEBIDAS Y ALCOHOLES.
TABACO
TEXTILES
CONFECCIONES
MADERAS
PAPEL Y CARTÓN
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
65 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UD 120 Editoriales, sin imprentas * * 17 3 3
UD 121 Librería y papelería * * 17 3 3
UD 122 Papeles impresos para decorar. * * 17 3 3
UD 123 Papeles impresos para empaquetar. * * 17 3 3
UD 130 Solventes. * * 15 3 3
UD 131 Pinturas y barnices. * * 15 3 3
UD 132 Productos quimicos diversos. * * 15 3 3
UD 140 Drogas, especialidades medicinales * * 15 3 3
UD 141 Herboristeria. * * 15 3 3
UD 142 Perfumes y productos de higiene y tocados * * 15 3 3
UD 150 Articulos de caucho para uso medicinal y del hogar. * * 17 3 3
UD 151 Calzado de caucho * * 17 3 3
UD 152 Camaras y cubiertas. * * 17 3 3
UD 160 Almacenes de suela. * * 17 3 3
UD 161 Marroquineria * * 17 3 3
UD 162 Calzados de cuero. * * 17 3 3
UD 163 Cuero surtido. * * 17 3 3
UD 164 Pieles curtidas * * 17 3 3
UD 165 Talabarterías. * * 17 3 3
ARTES GRAFICAS.
PRODUCTOS QUIMICOS, PINTURAS, BARNICES Y SOLVENTES.
PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE HIGIENE Y TOCADOR
ARTICULOS DE CAUCHO.
CUEROS Y PIELES CURTIDOS Y SUS MANUFACTURAS.
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
66 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UD 170 Artículos, plomerías, electricidad, calefaccion, obras 
i i
* * 17 3 3
UD 171 Ladrillo, cemento, cal, arena, etc. * * 17 3 3
UD 172 Piedra marmol.etc. * * 17 3 3
UD 173 Puertas ventanas armazones,etc. * * 17 3 3
UD 174 Vidrios y cristales. * * 17 3 3
UD 180 Acolchados y ortos articulos de tapicería. * * 17 3 3
UD 181 Alfombras. * * 17 3 3
UD 182 Artefactos electricos, radios, televisores, heladeras, etc * * 17 3 3
UD 183 Articulos de bazar y menaje * * 17 3 3
UD 184 Articulos para limpieza. * * 17 3 3
UD 185 Discos. * * 17 3 3
UD 186 Maquinas de coser. * * 17 3 3
UD 187 Muebles de hierro. * * 17 3 3
UD 188 Muebles de maderas y mimbre * * 17 3 3
UD 190 Fantasìas y bijouterías. * * 17 3 3
UD 191 Joyas y piedras preciosas. * * 17 3 3
UD 192 Platerias y similares * * 17 3 3
UD 193 Relojes. * * 17 3 3
UD 200 Artefactos y articulos en general de metales no terrosos 
( b b l i i l i ñ i l )
* * 17 3 3
UD 201 Articulos de hierro y acero. * * 17 3 3
UD 202 Hierro y acero en barra, perfiles y chapas,etc. * * 17 3 3
ARTICULOS PARA EL HOGAR.
MATERIALES PARA CONSTRUCCION.
JOYERIAS RELOJERIAS Y AFINES.
METALES, EXCLUIDA MAQUINARIA.
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
67 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UD 203 Metales no terrosos en distintas formas. * * 17 3 3
UD 210 Automotores y sus respuestos y accesorios * * 17 3 3
UD 211 Bicicletas y sus respuestos y accesorios. * * 17 3 3
UD 212 Equipos y accesorios para el transporte ferroviario. * * 17 3 3
UD 213
Equipo y accesorios rurales (implementos agricolas 
mecanizados) * * 17 3 3
UD 214
Equipos y aparatos cientificos de precisión (medicina, 
ingeniería,etc.) * * 17 3 3
UD 215 Equipos maquinarias para la construccion. * * 17 3 3
UD 216
Maquinarias, instalaciones mecánicas para uso en la 
industrias y sus respuestos y accesorios. * * 17 3 3
UD 217
Maquinas y equipos para oficinas (maquina de 
esc.,contabilidad, etc.) * * 17 3 3
UD 218
Triciclos y otros vehiculos a pedal (excluidas bicicletas) sus 
repuestos y accesorios * * 17 3 3
UD 220
Aparatos y materiales para radiofonia y sus repuestos y 
accesorios * * 17 3 3
UD 221
Articulos y aparatos diversos para Instalaciones electricas 
(lamparas, fusibles, toma‐corrientes, etc.)
* * 17 3 3
UD 222 Cables y conductores de electricidad * * 17 3 3
UD 223 Motores electricos, respuestos y accesorios * * 17 3 3
METALES, EXCLUIDA MAQUINARIA.
VEHICULOS Y MAQUINARIAS (EXCLUIDA LA ELECTRICA) 
MAQUINARIAS Y APARATOS ELECTRONICOS
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
68 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UD 230 Accesorios para farmacia, hospitales, ect. * * 8 17 3 3
UD 231 Arboles y plantas * * 8 17 3 3
UD 232 Articulos musicales * * 8 17 3 3
UD 233 Articulos para deportes * * 8 17 3 3
UD 234 Utiles para comedor, industrias y profesional * * 8 17 3 3
UD 235 Cuchilleria * * 17 3 3
UD 236 Desechos de hierro, acero y otros metales. * * 17 3 3
UD 237
Desechos en general (excluidos los de hierro, acero y otros 
metales) * * 17 3 3
UD 238 Diarios y revistas * * 17 3 3
UD 239 Envases en general * * 17 3 3
UD 240 Ferreteria en general * * 17 3 3
UD 241 Flores y semillas * * 8 17 3 3
UD 242 Jugueteria * * 8 17 3 3
UD 243 Optica y fotografia * * 8 17 3 3
UD 244 Plasticos * * 8 17 3 3
UD 245 Productos veterinarios * * 8 17 3 3
UD 246 Zapateria * * 8 17 3 3
UE 10 Guarderias * * * 8 8 8 8 7 7 7 * * * *
UE 11 Pre‐basico * * * * * * * * *
UE 12 Ciclo basico * * * * * * * * *
UE 13 Ciclo intermedio  * * * * * * * * *
EDUCACIONAL
VARIOS
UE ‐ UA ‐ USC ‐ UR ‐ UP ‐ CLASIFICACION DE LOS USOS SOCIO CULTURALES Y PUBLICO INSTITUCIONALES SEGÚN EL NIVEL DE ATENDIMIENTO
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
69 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UE 14 Ciclo medio * * * * * * * * *
UE 15 Institutos tecnicos y comerciales * * * * * * * * *
UE 16 Talleres de formacion a nivel medio (artes plasticas, 
i )
* * * * * * * * *
UE 17
Escuela de deportes 2 10 10 10 * * * 10 * *
UE 18 Escuela para diferenciados * * * * * * * * *
UE 19 Escuelas o colegios con internos 2 3 * * * * *
UE 20 Universidades * * * * * * * *
UE 21 Campus universitarios * * * * * * * *
UA 10 Postas sanitarias (curaciones profilacticas y de 
i )
2 * * 6 * * 6 * * * * * * *
UA 11 Policonsultorio y clinicas privadas 2 * * * * * * * * * *
UA 12 Hospitales generales 2 3 3 * * *
UA 13 Hospitales Especialidades 2 * * * * * * * * * 3 *
UA 14 Sanatorios, recuperacion alcoholicos y de drogadictos, 
id d l
* * 16 *
UA 15 Casa de reposo y convalescencia * * 16 *
UA 16 Asilos de huerfanos y ancianos * * 16 *
USC 10 Capillas * * * * * * * 6 6 6 * * 6 * * *
USC 11 Iglesias * * * * * * * * * * 6 * * *
USC 12 Centros polifuncionales y comunitarios (municipales) * * * 7 7 7 7 7 * * * 8 * * *
USC 13 Clubes sociales * * * * * * * * * * * * * *
USC 14 Balnearios * * * * *
EDUCACIONAL
ASISTENCIALES
SOCIO CULTURAL ‐ RELIGIOSO
UE ‐ UA ‐ USC ‐ UR ‐ UP ‐ CLASIFICACION DE LOS USOS SOCIO CULTURALES Y PUBLICO INSTITUCIONALES SEGÚN EL NIVEL DE ATENDIMIENTO
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
70 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
USC 15 Clubes juveniles socio‐deportivos * * * * * *
USC 16 Centro comunitarios de madres 6 6 6 * * 16 * *
USC 17 Biblioteca * * * * * * * 6 * * * * 6 * * *
USC 18 Conventos o centros religiosos 2 * * * * * * * * * * * * * * *
USC 19 Instituciones culturales * * * * * * * 6 * * * * * 3 *
USC 20 Sedes sociales ‐deportivos de clubes 
i d f id d f i l i di
2 * * * * * * 8 * *
UR 10 Parques infantiles 2 * * * * * * * * * * * * * * * * * * *
UR 11 Plazas * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * 3 *
UR 12 Campos deportivos (de futbol o polideportivos) * * * * * *
UR 13 Gimnasios y/o coliseos (cap.max.1500 personas) * * * * *
UR 14 Complejos deportivos asociaciones * * * * * * *
UR 15 Complejos deportivos de competicion. Complejo Gilberto 
M h Vill d i "Ab h T l hi"
* * * * * * * * 15 *
UR 16 Parques urbanos * * * * * * * * * * * * * * *
UP 10 Mercados de barrios 2 3 3 20 20 * * * 20 * * *
UP 11 Mercados distritales * * * * *
UP 12 Centrales de abastecimientos * * * * *
UP 13 Terminales de transporte * * * * *
UP 14 Cementerios 3 3 *
UP 15 Carceles publicas  3 3 *
UP 16  Centros correccionales 3 3 3 *
SOCIO CULTURAL ‐ RELIGIOSO
RECREATIVO, DEPORTIVO
PUBLICO ‐ INSTITUCIONAL
UE ‐ UA ‐ USC ‐ UR ‐ UP ‐ CLASIFICACION DE LOS USOS SOCIO CULTURALES Y PUBLICO INSTITUCIONALES SEGÚN EL NIVEL DE ATENDIMIENTO
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
71 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UP 17 Bomberos * * * * *
UP 18 Cuarteles militares y de policias 3 3 3 3
UP 19 Policia (central) * * * * * * * * *
UP 20 Policia (comisaria) * * * * * * * * * * * * * * * * 16 *
UP 21 Correos (central) * *
UP 22 Correos (sucursal) * * * 5 * * 5 5 5 * * * * 16 *
UP 23 Empresas municipales * * * * * * * * * * * * * *
PUBLICO ‐ INSTITUCIONAL
UE ‐ UA ‐ USC ‐ UR ‐ UP ‐ CLASIFICACION DE LOS USOS SOCIO CULTURALES Y PUBLICO INSTITUCIONALES SEGÚN EL NIVEL DE ATENDIMIENTO
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
 
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
72 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
US 60
Empresas o cooperativas de servicios públicos (Entel, Cotas, Cre, 
Saguapac)
* * * * * 8 * 8 6 * * * * *
US 61
Empresas consultora y constructoras (oficinas sin depositos ni 
garajes)
* * * * * * 6 6 8 * * * * * * 16 *
US 62
Empresas de transporte, incluye empresas aéreas y de mudanzas 
(oficinas)
* * * * * * 6 6 8 * * * * * * 16 *
US 63 Agencias aduaneras (sin depositos ) * * * * * * 6 6 8 * * * * * * 16
US 70 Sedes de Banco y Cooperativas de ahorro y crédito * * * * * * * * 16 *
US 71 Sucursales de bancos y cooperativas de ahorro y cred. * * * * * * * 8 * * 6 * * * * 7 16
US 72
Compañias de seguros * * * * * * * 8 6 * * * * 7 16
US 73 Empresas y oficinas inmobiliarias * * * * * * * 6 8 6 6 * * * * * 16
US 74 Servicios de bolsas de valores * * * * * * * 6 8 6 6 * * * * * 16
US 75 Casas de cambio de moneda * * * * * * *
US 80
Garajes de Buses (Transporte colectivo, camiones de carga y 
similares
* * * * *
US 81
Garajes de vehículos medianos, microbuses, de carrocerías 
medianas, semipesados. Accesos o vías con un ancho mínimo de 11 
metros.
* * * * *
US 82
Garajes de vehículos (Automóviles, jeeps, camionetas), áreas al 
descubierto
3 3 3 3 3 3 3 * * * * 3 16
US 83 Edificios, garajes de vehículos livianos 2 * * * 3 3 3 * * * * 3 16
US 84 Servicios de mudanza  * * * * *
US 85
Servicios de transporte automotor pequeño urbano regular de 
pasajeros (trufis, motocibletas, etc.)
3 * * * *
US 86 Servicio de transporte escolar (buses pequeños) 3 * * * * *
OFICINAS CENTRALES DE EMPRESAS
FINANZAS, SEGUROS E INMOBILIARIAS
GARAJES
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
73 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
US 60
Empresas o cooperativas de servicios públicos (Entel, Cotas, Cre, 
Saguapac)
* * * * * 8 * 8 6 * * * * *
US 90 Servicio de jardinería y paisajismo (oficinas) * * * * * * * 6 8 6 * * * * * *
US 91 Canal de Televisión, radio * * * * *
US 92 Set de producción y transmisión (Tv.) * * * * *
US 93 Servicios de Correos privados * * * * * * 6 * 6 * * * * *
UT 10 Sastrerias, corte y confección * * * * * 6 6 6 6 * * * * 6
UT 11 Zapaterias 2 * * * * 6 6 6 * * * * 6
UT 12 Talabarterías 3 3 * * 3 * * * *
UT 20 Carpinterias artesanales 3 3 3 3 * * 16 *
UT 21 Tornerias de madera 3 3 3 3 * * 16 *
UT 22 Tornerias de madera artística  3 3 3 3 * * 16 *
UT 30 Fundiciones Lápidas, tapas cloacales, etc. 3 3 3 3 * * 16 *
UT 31 Hojalaterías, herrerias, plomerias 3 3 3 3 * * 16 *
UT 32 Carpinterías metálicas, cerrajerías soldaduras 3 3 3 3 * * 16 *
UT 33 Tornerías metálicas (II, III) * * * *
OFICINAS CENTRALES DE EMPRESAS
OTROS SERVICIOS
UT ‐ TALLERES
PRENDAS DE VISTIR Y ARTICULOS DE CUERO
MADERAS Y PRODUCTOS DE MADERA
METAL, CARPINTERIAS Y TORNERIAS METÁLICAS
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
74 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UT 40 Reparación de máquinas de escribir, cajas registradoras, etc. 3 * * * * * * 3 3
UT 41 Radio técnica, electrónicos 3 * * * * * * 3 3
UT 42 Reparación electrodomésticos, no incluido lavarropas 3 * * * * * * 3 3
UT 43 Reparación de acondicionadores de aire 3 * * * * * * 3 3
UT 44 Reparación, chaperio y pintura de heladera, lavarropas  y afines 3 * * * 16
UT 45 Reparación, motores máquinas electricas * * * 16
UT 50 Estaciones de servicios para vehículos pesados 3 * * 16
UT 51 Mecánica de vehículos livianos y medianos 3 3 * * 16
UT 52 Taller de motos 3 3 * * 16
UT 53 Vulcanizaciones * * 16
UT 54 Recauchutadoras * * 16
UT 55 Chaperíos * * * 16
UT 56 Servicios de aire y parchado 3 3 3 * * 16
UT 57 Cargas de baterias 3 3 * * 16
UT 58 Estaciones de servicios de lavado, engrase * * * * *
UT 59 Maestranza * * * * * * *
UT 60 Embobinados 3 3 * * 16
UT 61 Soldadura autógena 3 3 * * 16
UT 62 Reparación de equipos y maquinarias agrícolas * * 16
UT 63 Reparación de maquinarias y aparatos industriales eléctricos * * 16
ELECTRICOS Y ELECTROMECANICOS
REPARACIÓN DE ARTÍCULOS ELÉCTRICOS, ELECTRODOMÉSTICOS Y ELECTRÓNICOS
SERVICIOS PARA VEHICULOS
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
75 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UT 70 Tapicerias 2 3 6 6 6 6 * * * * * 16
UT 71 Reparación de bicicletas 2 3 6 6 6 6 * * * * * 16
UI 10
Mataderos(matanza del ganado, preparacion y conservacion de 
carne)
* 3 3
UI 11 Fabricacion de productos làcteos * 3 3
UI 12 Envasados y conservaciòn de frutas y legumbres * 3 3
UI 13 Elaboracion de productos alimenticios  * 3 3
UI 14 Molineras , ingenios arroceros * 3 3
UI 15 Panaderias (excluidos galleterias y biscochos)  * 3 3
UI 16 Fabricacion de galletas y biscochos. * 3 3
UI 17 Fabricacion de pastas alimenticias frescas * 3 3
UI 18 Fabricacion de pastas alimenticias secas * 3 3
UI 19
Fabricacion de aceites y grasas de origen vegetal refinadas y sus 
subproductos
* 3 3
UI 20 Elaboracion de pulpas, jaleas, dulces y mermeladas * 3 3
UI 21 Ingenios azucareros * 3 3
UI 22 Fabricacion de helados (incluidos lâcteos) * 3 3
UI 23 Fabricacion de chocolates, dulces y articulos de confiterias. * 3 3
UI 24 Fabricacion de hielo (excepto hielo seco) * 3 3
UI 25 Fabricacion de vinagres * 3 3
UI 26 Refinacion y molienda de sal comestible * 3 3
UI 27 Fabricacion de alimentos balanceados * 3 3
OTROS NO CLASIFICADOS ANTERIORMENTE
UI ‐ INDUSTRIAS
DE ALIMENTOS Y SIMILARES
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
76 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UI 30 Destilacion de alcoholes * 3 3
UI 31 Fabrica de cerveza * 3 3
UI 32
Elaboracion de jugos naturales y sus concentrados, de frutas, 
hortalizas y legumbres
* 3 3
UI 33 Fabrica y embotelladora de gaseosas * 3 3
UI 40 Fabricación de hilos * 3 3
UI 41 Teñido de hilos * 3 3
UI 42 Fabricación de tejidos * 3 3
UI 43 Talleres de costura artesanales y pequeños 2 3 3 3 3 * * * * * * 16
UI 44 Fabricación de bolsas (excluidas las de plásticos) * 3 3
UI 45 Curtiembres * 3 3
UI 46 Industrias de calzados * 3 3
UI 47
Industrias de cinturones y otros artículos de cuero, no clasificados 
anteriormente
* 3 3
UI 50 Aserraderos y otros talleres para preparar madera * 3 3 3 3 3
UI 51 Carpinterias de marcos, puertas y ventanas * 3 3 3 3 3
UI 52 Carpinterias de serchas y vigas * 3 3 3 3 3
UI 53 Maderas terciadas y aglomeradas * 3 3 3 3 3
UI 54 Machimbre * 3 3 3 3 3
UI 55 Fabricación de envases de madera * 3 3 3 3 3
UI 56 Fabricación de ataúdes y ornamentación funeraria * 3 3 3 3 3
UI 57 Fabricación de carrocerías de madera * 3 3 3 3 3
UI 58
Fabriación de piezas de madera, obtenidas por torneado y otras 
operaciones análogas
* 3 3 3 3 3
DE BEBIDAS Y ALCOHOLES.
TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR, PRODUCTOS DE TELA Y DE CUERO
INDUSTRIAS DE LA MADERA, PRODUCTOS DE MADERA INCLUIDO MUEBLES
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
77 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UI 59 Fabrica de muebles * 3 3 3 3 3
UI 60 Fabrica de colchones * 3 3 3 3 3
UI 70 Industria de productos de papel * * * 3 3 3
UI 71 Fabricación de envases de papel y carton * * * 3 3 3
UI 72 Tipografia, sellos y encuardenación * * * 6 * * * * 16
UI 73 Imprentas de offset (incluyendo tipografia) * * * * * 6 * * * * * 16
UI 74 Editorias  * * * * * 6 * * * * * 16
UI 75 Empresas Periodisticas (periodicos) * * * * * *
UI 80 Fabricación de productos quimicos en general * * 17 3
UI 81 Fabricacion de tintas y solventes * * 17 3
UI 82 Fabricacion de abonos, fungicidas, plaguicidas e insecticidas * * 17 3
UI 83 Fabricacion de detergentes y ceras * * 17 3
UI 84 Fabricacion de jabones, articulos de tocador, cosmeticos y similares  * * 17 3
UI 85 Fabricacion de jabones para lavar ropa * * 17 3
UI 86 Fabricacion de liquidos para frenos * * 17 3
UI 87 Gas carbonico, oxigeno y acetileno * * 17 3
UI 88 Refinerias de petroleo y gas * * 17 3
UI 89 Fabricacion de envases y de productos de plastico * * 17 3
UI 90 Medicamentos y productos farmaceuticos 17 3
UI 91 Especificos veterinarios * * 17 3
UI 92 Destilacion, desnaturalizacion de alcoholes  * * 17 3
FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE PAPEL, IMPRENTA, EDITORIALES Y SIMILARES
FABRICACIÓN DE SUSTANCIAS QUIMICAS Y DE PRODUCTOS QUIMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO, CARBON, CAUCHO Y PLASTICO
INDUSTRIAS DE LA MADERA, PRODUCTOS DE MADERA INCLUIDO MUEBLES
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
78 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UI 59 Fabrica de muebles * 3 3 3 3 3
UI 60 Fabrica de colchones * 3 3 3 3 3
UI 93 Plantas de elaboracion de hormigon asfaltico * * 71 3
UI 94 Recauchutaje y vulcanizacion de cubiertas * * 17 3
UI 100 Fabricacion de productos ceramicos, arcilla, barro * * 17 3
UI 101 Fabricacion de vidrios y productos de vidrio * * 17 3
UI 102 Fabricacion de cemento, cal y yeso * * 17 3
UI 103 Fabricacion de articulos de cemento y de fibra de cemento * * 17 3
UI 104 Fabricacion de mosaicos calcareos y graníticos * * 17 3
UI 105
Aserraderos, corte, pulido y labrado de mármoles, granitos y otras 
piedras
* * 17 3
UI 110 Herramientas de mano y para maquinas * * 17 3
UI 111
Muebles metalicos para el hogar, mobiliario médico, muebles para 
comercio y oficinas incluso instalaciones para industria, comercio y 
oficina
* * 17 3
UI 112 Fabricacion de productos de carpinteria metalica, perfiles de chapa, 
marcos puertas ventanas celosias y demas articulos afines para la
* * 17 3
UI 113 Fabricacion de clavos y productos de buloneria * * 17 3
UI 114
Fabricacion de envases de hojalata y de chapa de hierro y demas 
productos de hojalata incluso la cromolitografia sobre metales
* * 17 3
UI 115
Fabricacion de articulos de cuchilleria, herramientas de mano y 
articulos de ferreteria
* * 17 3
UI 116 Fabricacion de hornos, hogares y quemadores * * 17 3
FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE PAPEL, IMPRENTA, EDITORIALES Y SIMILARES
FABRICACIÓN DE SUSTANCIAS QUIMICAS Y DE PRODUCTOS QUIMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO, CARBON, CAUCHO Y PLASTICO
MINERALES NO METALICOS (EXCEPTUANDO DERIVADOS DE PETROLEO Y DE CARBON)
FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO
INDUSTRIAS DE LA MADERA, PRODUCTOS DE MADERA INCLUIDO MUEBLES
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
79 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UI 117 Productos de orfebreria * * 17 3
UI 120
Fabricacion de joyas, incluso el labrado de piedras preciosas y 
semipreciosas
* * 17 3
UI 121
Fabricacion de instrumentos musicales y sus respuestos y 
accesorios.
* * 17 3
UI 122  Fabricacion de escobas, plumeros, brochas, cepillos , pinceles y 
afines
* * 17 3
UI 123 Frabricacion y armado de letreros y anuncios de propaganda, 
luminosos o nó
* * 17 3
UI 124 Juguetes que no incluyen material plastico * * 17 3
INDUSTRIAS CON RESPECTO AL TRANSPORTE
UI 130 Reparacion de carrocerìas para automoviles, camiones y 
camionetas
* * 17 3
UI 131 Reparacion de carroceias de ómnibus, micros‐ómnibus y demas 
vehiculos análogicos
* * 17 3
UD 10 Combustibles sólidos * * 17 3 3
UD 11 Minerales metalíferos. * * 17 3 3
UD 12 Petróleo y sus derivados (gas, gasolina, diesel, otras.) * * 17 3 3
UD 20 Pescados y mariscos. * * 17 3 3
UD 21 Productos de caza aviscerados. * * 17 3 3
UD 30 Alimentos para aves y ganado * * 17 3 3
UD 31 Huevos y miel * * 17 3 3
UD 32 Cereales, oleaginosas, etc. * * 17 3 3
UD 33 Frutas y hortalizas * * 17 3 3
UD ‐ CLASIFICACION DE LOS DEPOSITOS SGÚN SU NIVEL DE GRADO DE MOLESTIA
MINERIA
PESCA Y CAZA
AGROPECUARIA.
FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO
OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
80 
 
Z1.1 Centro Historico
Z1.2 De transicion
Z1.3  De uso mixto 
Z1.4  Subzona Sur
UD 34 Frutos del pais * * 17 3 3
UD 40 Durmientes, estacas , postes y pajas * * 17 3 3
UD 41 Mimbres y paja * * 17 3 3
UD 42 Rollizos * * 17 3 3
UD 50 Alcoholes (etílicos) * * 17 3 3
UD 51 Aceites * * 17 3 3
UD 52 Azúcar * * 17 3 3
UD 53 Café, tés, yerbas y especias * * 17 3 3
UD 54 Carnes, frescas y congeladas * * 17 3 3
UD 55 Cervezas y bebidas sin alcohol * * 17 3 3
UD 56 Comestibles en general * * 17 3 3
UD 57 Chocolates y sus productos, caramelos y otrospreparados 
d ú
* * 17 3 3
UD 58 Embutidos, fiambres y otros preparados a base de carne. * * 17 3 3
UD 59 Frutas , legumbres y cereales, secos y en consrvas en 
di f
* * 17 3 3
UD 60 Harinas y sub‐productos de la molienda de trigo. * * 17 3 3
UD 61 Manteca, crema, leche y productos similares * * 17 3 3
UD 62 Quesos * * 17 3 3
UD 63 Productos de la industria fideera (pastas‐secas) * * 17 3 3
UD 64 Productos de la panificación * * 17 3 3
UD 65 Vinos  * * 17 3 3
UD 66 Bebidas alcoholicas * * 17 3 3
ALIMENTOS, BEBIDAS Y ALCOHOLES.
AGROPECUARIA.
FORESTALES
Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS
ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario
EP ‐ Equipamiento Publico Primario
Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva
F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y 
Avenidas Troncales
F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras
F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida 
AP ‐  Protegidas
AE Areas de Uso Especifico
ZONA CENTRAL
Z2  Zona Central Distrital
Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios
Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles
Z4.1  Zonas habitacional de media densidad
Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja 
ocupacion 
Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja 
ocupacion
Z5.1.1 Parque Industrial
ACTIVIDADES
Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades 
industriales ‐ Vivienda
Z5.3 Pequeña y Mediana Industria
Z6 Zona Comercial Existente
F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo
F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐ 
Radiales y Anillos
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
81 
 
CLASIFICACION DE USOS SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE
MOLESTIA
COD. CONCEPTO NIVEL
GRADO DE 
MOLESTIA
                          COMERCIO DE MATERIALES DE CONSTRUCCION Y EQUIPOS AGRICOLAS
UC 10
Venta de Materiales de Construcción (embolsados, hierro en barra, perfiles y chapas, ladrillos, piedras y 
aridos) B  I
UC 11 Venta de Materiales de Construcción (excepto ladrillos, piedras, áridos, etc.) B  III
UC 12 Ferreterias (hasta 150 m2) B I
UC 13 Ferreterias (superior a 150 m2) C II
UC 14 Venta y Alquiler de transporte para construcción C II
UC 15
Venta de papeles para pared, revestimiento para pisos de goma, plástico  y textiles, y artículos similares 
para la decoración B II
UC 16 Venta y Alquiler de maquinaria para construcción y producción agrícola C II
UC 17 Venta y Alquiler de madera destinada para la construcción (pilotes, listones, puntales, etc.) C III
COMERCIO AUTOMOTRIZ Y AFINES
UC 20 Venta y alquiler de automóviles B II
UC 21 Venta de líquidos y lubricantes para motorizados (hasta 150 m2) B II
UC 22 Venta de líquidos y lubricantes para motorizados (superior a 150 m2) B III
UC 23 Venta de repuestos y accesorios (hasta 150 m2) B II
UC 24 Venta de repuestos y accesorios (superior 150 m2) B III
UC 25 Gasolineras / Carga de Gas Natural B III
COMERCIO DE MUEBLES Y MENAJE PARA EL HOGAR
UC 30 Muebles (hasta 150m2) C I
UC 31 Muebles (con exposicion) (sup. A 150 m2) B II
UC 32 Venta de artículos variados para el hogar (hasta 150 m2) B I
Venta de artículos variados para el hogar (superior 150 m2) B II
UC 33 Venta de electrodomésticos (hasta 150 m2) B II
Venta de electrodomésticos (superior a 150 m2) B III
COMERCIO ESPECIALIZADO
UC 40 Casas de artículos eléctricos (hasta 150m2) B II
Casas de artículos eléctricos (superior a 150 m2) B III
UC 41 Venta de productos de caza y pesca y deportivos (hasta 150 m2) B I
Venta de productos de caza y pesca y deportivos (superior a 150 m2) B II
UC 42 Venta de productos veterinarios y agrícolas (hasta 150 m2) B II
Venta de productos veterinarios y agrícolas (superior a  150 m2) B III
UC 43 Venta de productos plásticos (hasta 150 m2) B II
Venta de productos plásticos (superior a 150 m2) B III
UC 44 Venta de juegos artificiales (hasta 150 m2) B IV
Venta de juegos artificiales (superior a 150 m2) B IV
UC 45 Venta de pinturas, barnices y solventes B I
COMERCIO REFERENTE A SALUD 
UC 50 Farmacias (hasta 30 m2) C I
Farmacias (hasta 150 m2) B II
Farmacias (superior a 150 m2) B III
UC 51 Venta al por mayor de instrumental médico y odontológico y artículos ortopédicos B II/III
UC 52 Venta al por mayor de artículos de esparcimiento y deportes (grama sintética) B II
COMERCIO DE PAPEL
UC 60 Papelerías, librerías, revisterías, y tarjeterías (hasta 30 m2) C I
Papelerías, librerías, revisterías, y tarjeterías (hasta 150 m2) B I
Papelerías, librerías, revisterías, y tarjeterías (superior a 150 m2) B II
UC 61 Venta al por maypr de papel, cartón, materiales de embalaje B II
UC 62 Artículos de escritorio. C I
COMERCIO ORNAMENTACIONES Y OTROS
UC 70 Jugueterías (hasta 150 m2) C I
Jugueterías (superior a 150 m2) B I
UC 71 Venta de Discos (hasta 150 m2) C I
Venta de discos (superior a 150 m2) B I
UC 72 Florerías y similares (hasta 150 m2) C I
Florerías y similares (superior a 150 m2) B I
UC 73 Artículos fotográficos y revelado de películas (hasta 30 m2) C I
Artículos fotográficos y revelado de películas (hasta 150  m2) B I
Artículos fotográficos y revelado de películas (superior a 150 m2) B II
UC 74 Bombonerías (hasta 150 m2) C I
                    CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
82 
 
COD. CONCEPTO NIVEL
GRADO DE 
MOLESTIA
COMERCIO ORNAMENTACIONES Y OTROS
Bombonerías (superior a 150 m2) B I
UC 75 Joyerías (hasta 30 m2) D I
Joyerías (hasta 150 m2) B I
Joyerías (superior a 150 m2) B II
UC 76 Perfumerías y venta de tabacos (hasta 150 m2) C I
Perfumerías y venta de tabacos (superior a 150 m2) B I
UC 77 Venta de artesanías y decoración de cerámicas (hasta 150 m2) B I
Venta de artesanías y decoración de cerámicas (superior a  150 m2) B II
UC 78 Casas de regalos (hasta 150 m2) C I
Casas de regalos (superior a 150 m2) B I
UC 79 Cotillones B I
UC 80 Casas de decoración de interiores B II
UC 81 Bazares (hasta 150 m2) D I
Bazares (superior a 150 m2) B II
UC 82 Telas B/C I / II
COMERCIO DE ARTICULOS DE VESTIR
UC 90 Calzados, artículos de cuero (hasta 150 m2) C I
Calzados, artículos de cuero (superior 150 m2) B II
UC 91 Venta de artículos para maquillaje (hasta 30 m2) B I
Venta de artículos para maquillaje (hasta 150 m2) B I
Venta de artículos para maquillaje (superior a 150 m2) B I
UC 92 Ropa (magazines) (hasta 30 m2) C I
Ropa (magazines) (hasta 150 m2) B II
Ropa (magazines) (sup. 150 m2) B III
UC 93 Venta al por menor de indumentaria para bebés y niños B II
DE ABARROTES Y DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS
UC 100 Pulperías D I
UC 101 Micromercados D I
UC 102 Almacenes de Abarrotes (hasta 150 m2) C I
Almacenes de Abarrotes (superior a 150 m2) B II
UC 103 Supermercados (hasta 150 m2) B II
Supermercados (superior a 150 m2) B II
UC 104 Comercio de conservas refrigeradas (carne de res, pollos, mariscos, etc.) Hasta 150 m2 C I
Comercio de conservas refrigeradas (carne de res, pollos, mariscos, etc.) Superior a 150 m2 B II
UC 105 Comercio de conservas No refrigeradas (latas de sopas, productos en polvo, etc.) hasta 150 m2 C I
Comercio de conservas No refrigeradas (latas de sopas, productos en polvo, etc.) sup. a 150 m2 B II
COMERCIO DE BEBIDAS
UC 110 Licorerías  B II
UC 111 Comercio de Bebidas alcohólicas y No alcohólicas (agencia con depósito) superior a 150 m2 B III
UC 112 Comercio de agua mineral envasada B II
COMERCIO DE ANIMALES Y SUS ALIMENTOS
UC 120 Comercio de peces, acuarios y accesorios (hasta 150 m2) C I
Comercio de peces, acuarios y accesorios (superior a 150 m2) B II
UC 121 Comercio de animales pequeños y accesorios (hasta 150 m2) B II
Comercio de animales pequeños y accesorios (superior a 150 m2) B III
UC 122 Veterinaria (hasta 150 m2) B I
Veterinaria (superior a 150 m2) B II
UC 123 Comercio de alimentos balanceado No envasado (hasta 150 m2) C I
Comercio de  alimentos balanceado No envasado (superior a 150 m2) B II
COMERCIO DE COMIDAS Y BEBIDAS
UC 130 Snacks, hamburgueserías, cafeterías, heladerías (hasta 150 m2) C I
Snacks, hamburgueserías, cafeterías, heladerías (superior a 150 m2) B I
UC 131 Restaurants c/cap. hasta 30 personas con o sin musica ambiental. (hasta 150 m2) B II
Restaurants c/cap. hasta 30 personas con o sin musica ambiental. (sup. a 150 m2) B II
UC 132 Restaurants c/cap. Mayor a 30 personas, con musica ambiental, al vivo, no bailable. B III
Restaurants c/cap. mayor a 30 personas, con musica, al vivo, bailable, cerrados o al aire libre. B III
UC 133 Bares cerrados B III
UC 134 Bares con áreas al aire libre. B III
UC 135 Chicherías B III
UC 136 Comercio y preparación de comidas a pedido (catering) B II/III
                    CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
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83 
 
COD. CONCEPTO NIVEL
GRADO DE 
MOLESTIA
COMERCIO MAYORISTA
UC 140 Centro Comercial B III
UC 141 Venta al por mayor, con oficinas y sala de exposición pero sin almacenes en el propio edificio y lote. B II
UC 142
Ventas al por mayor de productos no molestos, inflamables, ni peligrosos. (categorías III y IV de la 
clasificación por grado de molestia) con oficinas, salas d exposición y con demandas de depósitos 
no mayores a 120 m2 y transporte pesado  (distribuidores de bebidas) B II
UC 143
Ventas al por mayor de productos III (molestos), con oficinas, salas de exposición y demandas de 
depositos, no mayores a 120 m2 y de trasnporte pesado. Están excluidos de esta categoría los 
productos IV (inflamables y explosivos)
B III
UC 144
Ventas al por mayor con oficinas, salas d exposición y con demandas de depósitos superiores a 120 
m2 y de transporte pesado. Están excluidos de esta categría los productos IV (inflamables y 
explosivos)
B III
UC 145
Ventas al por mayor de productos IV (inflamables o explosivos) necesiten o no de grandes áreas o 
de transporte pesado. Están incluidos además en esta categoría: distribuidoras de garrafas de gas, 
gasolina, kerossene y de alcohol. B IV
CLASIFICACION DE SERVICIOS SEGÚN NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA
SERVICIOS COMERCIALES DE DIVERSION
US 10 Teatros, cines. B II
US 11 Juegos electrónicos, billares, futbolín. C III
US 12 Juegos infantiles (carruseles, inflables, etc.) B II
US 13 Juegos al azar para adultos (bingos) B III
US 14 Discotecas B III
US 15 Boites, cabarets, lenocinios. B III
US 16 Salones de té. B I
US 17 Salón para eventos (hasta 150 m2 util) B II
Salón para eventos masivos (sup. hasta 300 m2 util) B III
SERVICIOS DE HOSPEDAJE
US 20 Residenciales, alojamientos C I/II
US 21 Residencias estudiantiles C I
US 22 Hoteles B II/III
US 23 Apart Hotel C II/III
US 24 Moteles B III
SERVICIOS PERSONALES Y DE NEGOCIOS
US 30 Oficinas de prestación servicios profesionales: arquitectos, ingenieros, médicos, economistas,  C I
US 31 Sedes administrativas y culturales de asociaciones profesionales y/o sindicales. B I
US 32 Sedes administrativas de organizaciones culturales, educativas y de beneficencia. B I
US 33 Fotocopiadoras  (hasta 30 m2) C I
Fotocopiadoras  (Sup. a 30 m2) B I
US 34 Servicios de limpieza al seco, lavanderías. B I
US 35 Salones de belleza, peluquerías, salones de masaje y pedicure C I/II/III
US 36 Spa (centro de estética y reposo) B II
US 37 Serivicos sanitarios: enfermerías, inyecciones, etc. D I
US 38
Servicios médicos especializados y de análisis clínicos. (fisioterapias y similares, laboratorios de 
análisis clínicos. C I
US 39 Servicios médicos de emergencia y auxilio móvil. C II
US 40 Servicios de limpieza séptica y bacteriana. B II/III
US 41 Agencia de turismo ( hasta 150 m2) C I
Agencia de turismo (sup. a 150 m2) B II
US 42 Recojo y reciclaje de desperdicios y desechos No metálicos. B III
US 43 Recojo y reciclaje de desperdicios y desechos metálicos. B IV
US 44 Servicios de instalación de gas domiciliario, tv cable, aire acondicionado, etc B III
US 45 Servicio de lavado automático para vehículos motorizados. B III
US 46 Servicios de depósitos y almacenaje para artículos privados. B III
US 47 Servicios de seguridad personal y móvil B II
SERVICIOS DEL GOBIERNO Y DE LAS COOPERATIVAS DE SERVICIOS
US 50 Notarías  D I
US 51 Registro civil B II
US 52 Oficinas de administracion pública B II
US 53
Centrales telefónicas, telex, telégrafos (no incluye la sede administrativa central de las empresas 
que dan sevicios) B II
                    CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
84 
 
COD. CONCEPTO NIVEL
GRADO DE 
MOLESTIA
OFICINAS CENTRALES DE EMPRESAS
US 60 Empresas o cooperativas de Servicios Públicos (Entel, Cotas, Cre Saguapac y otras telefonicas) B II
US 61 Empresas consultoras y cosntructoras (sin depósitos ni garajes) B I/II
US 62 Empresas de transporte. Incluye empresas aéreas y de mudanzas (oficinas) B II
US 63 Agencias aduaneras. B II
FINANZAS, SEGUROS E INMOBILIARIAS 
US 70 Sedes de bancos y cooperativas de ahorro y crédito. B II
US 71 Sucursales de bancos y cooperativas de ahorro y crédito. B II
US 72 Compañías de seguros. B II
US 73 Casa de empeño y préstamos (hasta 150 m2) B II
Casa de empeño y préstamos (superior a 150 m2) B III
US 74 Empresas y oficinas inmobiliarias  B II
US 75 Casas de cambio de moneda. B II
GARAJES
US 80 Garajes de buses (transporte colectivo), camiones de carga y similares. B III
US 81
Garajes de vehículos medianos: microbuses, de carrocerías mediana, semipesados accesos a vías 
con un ancho de por lo menos 11 metros. B III
US 82 Garajes de vehículos (automóviles, jeeps, camionetas en áreas al descubierto) B II
US 83 Edificios‐ garajes de vehículos (automóviles, jeeps, camionetas) B II
US 84 Servicios de mudanza B II/III
US 85 Servicio de transporte automotor pequeño urbano regular de pasajeros (trufis, motocicletas, etc) B III
US 86 Servico de transporte escolar B III
OTROS SERVICIOS
US 90 Servicio de jardinería y paisajismo B III
US 91 Canal de Televisión, radio B III
US 92 Set de producción y transmisión (tv) B II
US 93 Servicios de correos privados. B III
CLASIFICACION DE TALLERES SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA
PRENDAS DE VESTIR  Y ARTICULOS DE CUERO
UT 10 Sastrerias, Corte y confección 1/2 I/II
UT 11 Zapaterías 1/2 I/II
UT 12 Talabarterías 1 I/II
MADERAS, PRODUCTOS DE MADERA
UT 20 Carpinterías Artesanales 1 I/II/III
UT 21 Tornerías de madera 1/2/3 II/III
UT 22 Tornerías de madera artística 1 II/III
METAL, CARPINTERIAS Y TORNERIAS METALICAS
UT 30 Fundiciones, lápidas, tapas eloacales, etc. 3 IV
UT 31 Hojalaterías, herrerías, plomerías. 1 III/IV
UT 32 Carpinterías metálicas, cerrajerías, soldaduras. 2/3/4 III/IV
UT 33 Tonerías metálicas. 2/3 III/IV
REPARACION DE ARTICULOS ELECTRICOS7ELECTRODOMESTICOS Y ELECTRONICOS
UT 40 Reparación de máquinas de escribir, cajas registradoras etc. 1/2 I
UT 41 Radio técnicas, electrónicos 1/2/3 I
UT 42 Reparación electrodomésticas, no incluido lavarropas 1/2 I
UT 43 Reparación de acondicionadores de aire. 1/2 I/II
UT 44 Reparación, chaperío y pintura de heladeras, lavarropas 2/3 III
UT 45 Reparación, motores máquinas electricas 2/3/4 III
REPARACION Y SERVICIOS A VEHICULOS MOTORIZADOS
UT 50 Estaciones de servicio para vehículo pesado. 3/4 III/IV
UT 51 Mecánicas de vehículos  pequeños y medianos. 2/3 II
UT 52 Taller de motos 2/1 II
UT 53 Vulcanizaciones 2/3 III
UT 54 Recauchutadoras 3/4 III
UT 55 Chaperíos 2/3/4 II
UT 56 Servicios de aire y parcheado. 1/2 II
UT 57 Carga de baterías 1/2 II
UT 58 Estaciones de servicio de lavado, engrase, fumigado 1/2/3/4 III
                    CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
85 
 
COD. CONCEPTO NIVEL
GRADO DE 
MOLESTIA
REPARACION Y SERVICIOS A VEHICULOS MOTORIZADOS
UT 59 Maestranza 3/4 III/IV
ELECTRICOS Y ELECTROMECANICOS
UT 60 Embobinados 1/2 III
UT 61 Soldadura autógena 1 III/IV
UT 62 Reparación de equipos y máquinas agrícolas 4 III/IV
UT 63 Reparación de máquinas y aparatos industriales eléctricos 2/3/4 III/IV
OTROS NO CLASIFICADOS ANTERIORMENTE
UT 70 Tapicerías  1/2 I
UT 71 Reparación de bicicletas 1 I/II
DE ALIMENTOS Y SIMILARES
UI 10 Mataderos (matanza del ganado, preparación y conservación de carne) A III
UI 11 Fabricación de productos lácteos A III
UI 12 Envasados y conservación de frutas y legumbres A III
UI 13 Elaboración de productos alimenticios n.c.p. A III
UI 14 Molineras, ingenios arroceros. A III
UI 15 Panaderías ( excluidos, galleterías y biscochos) B I/II
UI 16 Fabricación de galletas y Biscochos A III
UI 17 Fabricacion de pastas alimenticias frescas A I
UI 18 Fabricacion de pastas alimenticias secas A III
UI 19 Fabricacion de  aceites y grasas de origen vegetal refinadas y sus subproductos. A III
UI 20 Elaboración de pulpas, jaleas, dulces y mermeladas. A III
UI 21 Ingenios azucareros  A III
UI 22 Fabricacion de helados (incluidos lácteos) A III
UI 23 Fabricación de chocolates, dulces, y artículos de confiterías. B III
UI 24 Fabricacion de hielo (excepto hielo seco) A III
UI 25 Fabricación de vinagres A II
UI 26 Refinación y molienda de sal comestible A III
UI 27 Fabricacion de alimentos balanceados. A III
DE BEBIDAS Y ALCOHOLES
UI 30 Destilación de alcoholes A IV
UI 31 Fábrica de cerveza A III
UI 32 Elaboración de jugos naturales y sus concentrados, de frutas, hortalizas y legumbres A III
UI 33 Fábrica de embotelladoras de gaseosas. A III
TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR, PRODUCTOS DE TELA DE CUERO
UI 40 Fabricacion de hilos  A III
UI 41 Teñido de hilos A III
UI 42 Fabricacion de tejidos A III
UI 43 Talleres de costura artesanales y pequeños C/D I
UI 44 Fabricacion de bolsas (escluidas las de plástico) A II
UI 45 Curtiembres A III
UI 46 Industrias de calzados A III
UI 47 Industrias de cinturones y otros artículos  de cuero , no clasificados anteriormente. A III
INDUSRTRIAS DE LA MADERA, PRODUCTOS DE MADERA INCLUIDO MUEBLES
UI 50 Aserraderos y otros talleres para preparar madera. A III
UI 51 Carpintería de marcos, puertas y ventanas. A III
UI 52 Carpintería de cerchas y vigas. A III
UI 53 Maderas terciadas y aglomeradas. A III
UI 54 Machimbre A III
UI 55 Fabricación de envases de madera A III
UI 56 Fabricacion de ataúdes y ornamentación funeraria A III
UI 57 Fabricación de carrocerías de madera. A III
UI 58 Fabricacion de piezas de madera, obtenidas por torneado y otras operaciones análogas. A III
UI 59 Fábrica de muebles. A III
UI 60 Fábrica de colchones. A II
FABRICACION DE PRODUCTOS DE PAPEL, IMPRENTA, EDITORIALES Y SIMILARES
UI 70 Industria de producto de papel A III
UI 71 Fabricación de envases de papel y cartón  A I
UI 72 Ilpografía, sellos y encuadernación. A I
UI 73 Imprentas de Off‐Set ( Incluyento Tipografias) A I
                    CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
CLASIFICACION DE INDUSTRIAS SEGÚN SU NIVEL DE GRADO DE MOLESTIA
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
86 
 
COD. CONCEPTO NIVEL
GRADO DE 
MOLESTIA
FABRICACION DE PRODUCTOS DE PAPEL, IMPRENTA, EDITORIALES Y SIMILARES
UI 74 Editorias A I
UI 75 Empresas Periodicas (periodios) A III
PRODUCTO QUIMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO                                                                                 
CARBON,CAUCHO Y PLASTICO
UI 80 Fabricacion de productos quimicos en general. A IV
UI 81 Fabricacion de tintas y solventes A IV
UI 82 Fabricacion de abonos, fungicidas,plaguicidas e insecticidas A IV
UI 83 Fabricacion de detergente y ceras A IV
UI 84 Fabricacion de jabones, articulos de tocador, cosmeticos y similares A IV
UI 85 Fabricacion de jabones para lavar ropa A IV
UI 86 Fabricacion de liquidos para frenos A IV
UI 87 Gas carbonico, oxigeno y acetileno A IV
UI 88 Refineria de petroleo y gas A IV
UI 89 Fabricacion de envases y de productos  de plasticos A III
UI 90 Medicamentos y productos farmaceuticos A III
UI 91 Especificos veterinarios A III
UI 92 Destilacion, desnatutalizacion de alcoholes A IV
UI 93 Plantas de elaboracion de hormigon asfaltico A IV
UI 94 Recauchutaje y vulvanizacion de cubiertas A III
MINERALES NO METALICOS (EXCEPTUANDO                                                                                                      
DERIVADOS DE PETROLEO Y DE CARBON)
UI 100 Fabricacion de productos ceramicos, arcilla , barro A III
UI 101 Fabricacion de vidrios y productos de vidrio A III
UI 102 Fabricacion de cemento, cal y yeso A III
UI 103 Fabricacion de de articulo de cemento y de fibra de cemento A III
UI 104 Fabricacion de mosaicos calcareos y graniticos A III
UI 105 Aserradero, cortes , pulido y labrado de marmoles, granitos y otras piedras A III
FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS MAQUINARIA Y EQUIPO
UI 110 Herramienta de mano y para maquinas A III
UI 111
Muebles metalicos para el hogar, mobiliario medico, muebles, para comercio y oficinas incluso 
inatalacionespara insdustria, comercio y Oficinas A III
UI 112
Fabricacion, de productos de carpinteria metalica, perfiles de chapa, marcos, puertas, ventanas, 
celosias y demas articulos afines para la construccion A III
UI 113 Fabricacion de clavos y productos de buloneria A III
UI 114
Fabricacion de envases de hojalata y chapa de hierro y demas productos de hojalata incluso la 
cromolitografia sobre metales A III
UI 115 Fabricacion de articulos de cuchilleria, herramientas de mano y articulos de ferreteria A II
UI 116 Fabricacion de hornos; hogares y quemadores A II
UI 117 Productos de orfebreria. A I
 OBRAS INDUSTRIALES MANUFACTURERAS
UI 130 Fabricacion de joyas, incluso el labrado de piedras preciosas y semipreciosas A I
UI 131 Fabricacion de instrumentos musicales y sus repuestos y accesorios A II
UI 132 Fabricacion de escobas , plumeros, brochas, cepillos, pinceles y afines A II
UI 133 Fabricacion y armado de letreros y anuncios de propaganda, luminosos o no. A II
UI 134 Juguetes que no incluyen materiales plasticos. A III
INDUSTRIAS CON RESPECTO AL TRANSPORTE
UI 140 Reparacion de carrocerias para automoviles, camiones y camionetas A III
UI 141 omnibus, micros ‐ omnibus y demas vehiculos analogos A IV
FABRICACION DE PRODUCTOS Y SUMINISTROS ELECTRICOS                                                                                     
ELECTRICIDAD Y GAS
UI 150 Fabricacion de productos y suministros electricos y de gas A III
UI 151 Energia  electrica, restringida a areas especiales A IV
UI 152 Estaciones y sud estaciones de trasformacion de energia electrica. A I
UI 153 Produccion y distribucion de gas ‐ restringidas a areas especiales A IV
SUMINISTROS DE AGUA Y TRATAMIENTO
UI 160 Planta potabilizadora de agua A III
UI 161 Tratamiento de basuras, restrigidas a areas especiales A IV
UI 162 Lagunas de oxidacion restrigidas a areas especiales A IV
                    CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
87 
 
COD. CONCEPTO NIVEL
GRADO DE 
MOLESTIA
CLASIFICADOS DE LOS DEPOSITOS SEGÚN SU NIVEL DE GRADO DE MOLESTIA
MINERIA
UD 10 Combustible sólido IV
UD 11 Minerales metalíferos III
UD 12 Petróleo y sus derivados (gas, gasolina, diesel, otros) IV
PESCA Y CAZA
UD 20 Pescados y mariscos III
UD 21 Productos de caza aviscerados III
AGROPECUARIA
UD 30 Alimentos para aves y ganado II
UD 31 Huevos y miel II
UD 32 Cereales, oleaginosas, etc. II
UD 33 Cueros y pieles (sin tratamiento) III
UD 34 Frutas y hortalizas II
UD 35 Frutos del país II
UD 36 Lana sucia y algodón en rama III
UD 37 Pelo y cerda sin clasificar III
UD 38 Sub‐productos ganaderos y agrícolas III
UD 39 Tabaco en hoja II
FORESTALES
UD 40 Durmientes, estacas y postes y paja III
UD 41 Miembre y paja II
UD 42 Rollizos III
ALIMENTOS, BEBIDAS Y ALCOHOLES
UD 50 Alcoholes (etílicos) IV
UD 51 Aceites II
UD 52 Azúcar II
UD 53 Cafés, tés, yerbas y especies II
UD 54 Camas, frescas y congeladas III
UD 55 Cervezas y bebidas sin alcohol II
UD 56 Comestibles en general II
UD 57 Chocolates y sus productos, caramelos y otros preparados de azúcar II
UD 58 Embutidos, fiambres y otros perapardos a base de carnes II
UD 59 Frutas, legumbres y cereales, secos y en conserva en diversas formas II
UD 60 Harinas y sub‐productos de la molienda de trigo II
UD 61 Manteca, crema, leche y productos similares II
UD 62 Queso II
UD 63 Productos de la industria fideera (pastas‐secas) II
UD 64 Productos de la planificación I
UD 65 Vinos II
UD 66 Bebidas alcohólicas II
TABACO
UD 70 Cigarrillos II
UD71 Cigarros, cigarritos y tabaco picado II
TEXTILES
UD 80 Fibras textíles II
UD 81 Hilados, hilos y lanas II
UD 82 Tejidos I
CONFECCIONES
UD 90 Artículos para bebés I
UD 91 Bonotería (camisas, corbatas, pañuelos, etc.) I
UD 92 Confeccionesy tiendas en general I
UD 93 Medias y artículos de punto I
UD 94 Mercerías I
UD 95 Ropería I
UD 96 Sombrería I
MADERAS
UD 100 Leña y carbón de leña IV
UD 101 Tablas, tablones, tirantes (barracas), etc. III/IV
                    CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
88 
 
COD. CONCEPTO NIVEL
GRADO DE 
MOLESTIA
PAPEL Y CARTON
UD 110 Envases de papel y cartón I
UD 111 Papel y cartón I
ARTES GRAFICAS
UD 120 Editoriales, sin imprenta I
UD 121 Librerías y papelerías I
UD 122 Papeles impresos para decorar I
UD 123 Papeles impresos para empaquetar I
PRODUCTOS QUIMICOS, PINTURAS, BARNICES 
Y SOLVENTES
UD 130 Solventes IV
UD 131 Pinturas y barnices II
UD 132 Productos químicos diversos IV
PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE HIGIENE Y TOCADOR
UD 140 Drogas, especialidades medicinales II
UD 141 Herboristerias (medicina natural, plantas medicinales, etc) II
UD 142 Perfume y productos de higiene y tocador II
UD 150 Artículos de caucho para uso medicinal y del hogar I
UD 151 Calzado de caucho II
UD 152 Cámaras y cubiertas III
UD 160 Almacenes de suelas II
UD 161 Marroquinería I
UD 162 Calzados de cuero I
UD 163 Cueros curtidos III
UD 164 Pieles curtidas II
UD 165 Talabaterías III
UD 170 Artículos, plomería, electricidad, calefacción, obras sanitarias, etc. I
UD 171 Ladrillos, cemento, cal, arena, etc. II
UD 172 Piedras mármol, etc. III
UD 173 Peuertas, ventanas, armazones, etc. II
UD 174 Vidrios y cristales. II
UD 180 Acolchados y otros artículos de tapicería I
UD 181 Alfombras I
UD 182 Artefactos eléctricos, radios, televisores, heladeras, lavarropas, etc. I
UD 183 Artículos de bazar y menaje I
UD 184 Artículos para limpieza II
UD 185 Discos I
UD 186 Máquinas de Coser I
UD 187 Muebles de h ierro I
UD 188 Muebles de madera y mimbre I
UD 190 Fantasías y bisutería I
UD 191 Joyas y piedras preciosas I
UD 192 Platería y similares I
UD 193 Relojes I
UD 200
Artefactos y artículos en general de metales no terrosos (cobre, bronce, aluminio, plomo, zinc, 
estaño, níquel, etc.) III
UD 201 Artículos de hierro y acero I
UD 202 Hierro y acero en barras, perfiles, chapas, etc. III
UD 203 Metales no terrosos en distintas formas III
UD 210 Automotores, sus repuestos y accesorios II
UD 211 Bicicletas y sus repuestos y accesorios I
UD 212 Equipos y accesorios para el transporte ferroviario III
UD 213 Equipos y accesorios rurales (implementos agrícolas mecanizados) III
UD 214 Equipos y aparatos científicos y de precisión (medicina, ingeniería, etc.) I
                    CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
ARTICULOS DE CAUCHO
CUEROS Y PIELES CURTIDOS Y SUS MANUFACTURAS
MATERIALES PARA CONSTRUCCIÓN
ARTÍCULOS PARA EL HOGAR
JOYERÍAS RELOJERÍAS Y AFINES
METALES, EXCLUIDA MAQUINARIA
VEHÍCULOS Y MAQUINARIAS (EXCLUIDA LA ELÉCTRICA)
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
89 
 
COD. CONCEPTO NIVEL
GRADO DE 
MOLESTIA
UD 215 Equipos y maquinaria para la construcción III
UD 216 Maquinaria, instalaciones mecánicas para uso de la industria y sus repuestos y accesorios III
UD 217 Máquina y equipos para oficina (máquinas de escribir, calcular, contabilidad, etc.) I
UD 218 Triciclos y otros vehículos a pedal (excluidas bicicletas) sus repuestos y accesorios I
UD 220 Aparatos y materiales para radiofonía y sus repuestos y accesorios I
UD 221
Artículos y aparatos diversos para instalaciones eléctricas (lámparas, fusibles, toma‐corrientes, 
etc.) I
UD 222 Cables y conductores de electricidad II
UD 223 Motores eléctricos, repuestos y accesorios II
UD 230 Accesorios para farmacia, hospitales, etc. I
UD 231 Arboles y plantas II
UD 232 Armería sin depósito de cartuchos, balas, etc. I
UD 233 Armería con depósito de cartuchos, balas, etc. IV
UD 234 Artículos musicales I
UD 235 Artículos para deportes I
UD 236 Útiles para comercio, industrias y profesional I
UD 237 Cuchillería I
UD 238 Desechos de hierro, acero y otros metales III
UD 239 Desechos en general (excluidos los de hierro, acero y otros metales) III
UD 240 Diarios y revistas II
UD 241 Envases en general II
UD 242 Ferreteria en General I
UD 243 Flores y Semillas I
UD 244 Jugueteria I
UD 245 Optica y Fotografia I
UD 246 Plasticos II
UD 247 Productos Veterinarios II
UD 248 Zapatería I
UE 10 Guarderia C
UE 11 Pre‐Basico C
UE 12 Ciclo Basico C
UE 13 Ciclo Intermedio B
UE 14 Ciclo Medio B
UE 15 Institutos tecnicos y comerciales B
UE 16 Talleres de formacion a Nivel medio (Artes plasticas, musica) B
UE 17 Escuelas de Deportes B
UE 18 Escuelas para di‐ferenciados B
UE 19 Escuelas o Colegios con Internado A
UE 20 Universidad A
UE 21 Campus Universitario A
UA 10 Postas Sanitarias (Curaciones profilácticas y de emergencia) C
UA 11 Policonsultorios y Clinicas Privadas B/A
UA 12 Hospitales Generales A
UA 13 Hospitales Especiales A
UA 14 Sanitarios, recuperacion de Alcoholicos y Drogadictos A
UA 15 Casas de reposo y convalescencia A
UA 16 Asilos de ancianos A
USC 10 Capillas hasta 150 m2 C
USC 11 Iglesias A
USC 12 Centros polifuncionales y comunitarios hasta 150 m2 C
USC 13 Clubes Sociales B
USC 14 Balnearios A
USC 15 Clubes Juveniles Socio ‐ Deportivos B
USC 16 Centros comunitarios de Madres B
                    CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
VEHÍCULOS Y MAQUINARIAS (EXCLUIDA LA ELÉCTRICA)
MAQUINARIAS Y APARATOS ELÉCTRICOS
VARIOS
Clasificacion de los Usos SOCIO CULTURALES Y PUBLICO INSTITUCINALES SEGÚN NIVEL DE ATENDIMIENTO
USO EDUCACIONAL
USO ASISTENCIAL
USO ASOCIO CULTURAL RELIGIOSO
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
90 
 
COD. CONCEPTO NIVEL
GRADO DE 
MOLESTIA
USC 17 Bibliotecas B
USC 18 Conventos o Centros Religiosos A
USC 19 Insituciones Culturales A
USC 20 Sedes Sociales ‐ deportivo de clubes privados, fraternidades, profesionales, sindicatos y similares A
UR 10 Parques infantiles C
UR 11 Plaza C
UR 12 Campos Deportivos (de futbol o poli‐deportivos) B
UR 13 Gimnasios y/o coliseos (Cap. Maxima 1,500 personas) B
UR 14 Complejos Deportivos asociaciones B
UR 15 Complejos Deportivos de competicion (Complejo Gilberto Menacho, Villa Deportiva "Abraham Telch A
UR 16 Parque Urbanos  A
UP 10 Mercados de Barrio C
UP 11 Mercados distritales B
UP 12 Centrales de Abastecimiento A
UP 13 Terminales de Transporte A
UP 14 Cementerios A
UP 15 Carceles Publicas A
UP 16 Centros Correccionales A
UP 17 Bomberos A
UP 18 Cuarteles Militares y de Policás A
UP 19 Policía (Central) A
UP 20 Policía (Comisarías) C
UP 21 Correos (Central) A
UP 22 Correos (oficinas de Barrio, hasta 150 m2)  C
UP 23 Empresas Municipales A
                    CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
USO PUBLICO INSTITUCIONAL DE SERVICIO
USO SOCIO CULTURAL RELIGIOSO
USO RECREATIVO DEPORTIVO
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
91 
 
ANEXO 1
CARIMBO PARA URBANIZACIONES
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
92 
 
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
93 
 
ANEXO 2
GRÁFICOS
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
94 
 
ANEXO 3
ZONIFICACION URBANA
 
 
 
 
 
 
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS      
TOMO II – URBANISMO                  
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA    
 
95 
 
 

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2. tomo ii final

  • 1. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       0    INDICE DE CONTENIDOS TOMO II – URBANISMO TÍTULO I.............................................................................................................................................. 2  ZONIFICACIÓN URBANA.................................................................................................................. 2  CAPÍTULO I................................................................................................................................. 2  Zonificación primaria y secundaria.............................................................................................. 2  CAPÍTULO II................................................................................................................................ 4  Zonas centrales........................................................................................................................... 4  CAPÍTULO III............................................................................................................................... 4  Zona intermedia y zona habitacional .......................................................................................... 4  CAPÍTULO IV .............................................................................................................................. 5  Zona industrial............................................................................................................................. 5  CAPÍTULO V ............................................................................................................................... 6  Zona comercial existente, Zona habitacional, recreacional y turística y Fajas........................... 6  CAPÍTULO VI .............................................................................................................................. 7  Equipamiento - E......................................................................................................................... 7  CAPÍTULO VII ............................................................................................................................. 8  Área protegida (AP) y Area de uso específico (AE).................................................................... 8  TÍTULO II........................................................................................................................................... 10  SISTEMA VIAL ................................................................................................................................. 10  CAPÍTULO I............................................................................................................................... 10  Jerarquía y normas de la red vial............................................................................................. 10  TÍTULO III.......................................................................................................................................... 13  BIENES DE DOMINIO PÚBLICO..................................................................................................... 13  CAPÍTULO I............................................................................................................................... 13  Generalidades ........................................................................................................................... 13  CAPÍTULO II.............................................................................................................................. 14  Áreas Municipales Del Sistema Ambiental ............................................................................... 14  CAPÍTULO III............................................................................................................................. 16  Uso temporal de bienes de dominio público ............................................................................. 16  CAPÍTULO IV ............................................................................................................................ 17  Preservación del ornato público................................................................................................ 17  TÍTULO IV ......................................................................................................................................... 19  URBANIZACIONES.......................................................................................................................... 19  CAPÍTULO I............................................................................................................................... 19  Generalidades ........................................................................................................................... 19  CAPÍTULO II.............................................................................................................................. 20  Normas y Directrices Ambientales ............................................................................................ 20  CAPÍTULO III............................................................................................................................. 21  Protección De Las Áreas Verdes .............................................................................................. 21  CAPÍTULO IV ............................................................................................................................ 21  Normas Generales De Urbanización ........................................................................................ 21  CAPÍTULO V ............................................................................................................................. 23  Estructuración De Áreas ........................................................................................................... 23  CAPÍTULO VI ............................................................................................................................ 25  Área Útil - Parcelamiento .......................................................................................................... 25  CAPITULO VII ........................................................................................................................... 27  De las Ochavas ......................................................................................................................... 27  CAPÍTULO VIII .......................................................................................................................... 28 
  • 2. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       1    De Las Aceras........................................................................................................................... 28  CAPÍTULO IX ............................................................................................................................ 30  Apertura De Vías....................................................................................................................... 30  CAPÍTULO X ............................................................................................................................. 31  Obras Públicas .......................................................................................................................... 31  TÍTULO V .......................................................................................................................................... 33  DE LOS LOTES ................................................................................................................................ 33  CAPÍTULO I............................................................................................................................... 33  Normativa General y Lotes Según Zonas Urbanas .................................................................. 33  CAPITULO II.............................................................................................................................. 35  Lotes En Fajas........................................................................................................................... 35  CAPITULO III............................................................................................................................. 36  Lotes Para Equipamientos Primario y Terciario / Distrital......................................................... 36  TITULO VI ......................................................................................................................................... 37  USOS DE SUELO............................................................................................................................. 37  CAPITULO I............................................................................................................................... 37  Nomenclatura y Clasificación De Los Usos De Suelo .............................................................. 37  CAPITULO II.............................................................................................................................. 40  Normas Generales De Los Usos De Suelo............................................................................... 40  CAPITULO III............................................................................................................................. 41  Comercio ................................................................................................................................... 41  CAPITULO IV ............................................................................................................................ 42  Servicios.................................................................................................................................... 42  CAPITULO V ............................................................................................................................. 43  Talleres...................................................................................................................................... 43  CAPITULO VI ............................................................................................................................ 43  Industria..................................................................................................................................... 43  CAPITULO VII ........................................................................................................................... 44  Depósitos................................................................................................................................... 44  CAPITULO VIII .......................................................................................................................... 47  Equipamiento............................................................................................................................. 47  TITULO VII ........................................................................................................................................ 48  CUADRO DE USOS COMPATIBLES .............................................................................................. 48  REFERENCIAS DEL CUADRO DE USOS COMPATIBLES .................................................... 48  CUADRO DE USOS COMPATIBLES....................................................................................... 49  CLASIFICACION DE USOS SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA ................................................................................................................................................... 81  ANEXO 1........................................................................................................................................... 91  CARIMBO PARA URBANIZACIONES...................................................................................... 91  ANEXO 2........................................................................................................................................... 93  GRÁFICOS................................................................................................................................ 93  ANEXO 3........................................................................................................................................... 94  ZONIFICACION URBANA......................................................................................................... 94 
  • 3. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       2    TOMO II URBANISMO TÍTULO I ZONIFICACIÓN URBANA CAPÍTULO I Zonificación primaria y secundaria Artículo 208.- Zonificación Primaria.- La Zonificación Primaria, establecida en el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente define límites, distritos, radio urbano y áreas en la jurisdicción municipal de Santa Cruz de la Sierra. La zona de control municipal no urbanizable y el área rural, en la jurisdicción municipal, estarán sujetas a planes especiales con normativas aprobadas mediante ley municipal, para lo cual deberán establecerse normas de usos de suelo, densidad poblacional, índice de ocupación, entre otros, que son atribuciones del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en el ámbito de sus competencias otorgadas por ley para la jurisdicción de su territorio. Artículo 209.-Zonificación Secundaria o Urbana.- La zona urbana y urbanizable establecida en el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente está determinada por el límite del radio urbano vigente, el cual se divide en las siguientes zonas, fajas y áreas, para las cuales, los usos de suelo y volumetrías de edificación se reglamentan en el presente Código.
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  • 5. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       4    CAPÍTULO II Zonas centrales Artículo 210.-Zonas centrales - Z1: Zonificación delimitada en el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente: a) Centro Histórico - Z1.1: Zona de Centro Histórico comprendida por los siguientes: Mz. 1 al 35; Mz. 37 al 40; Mz. 44 al 46; Mz. 59 al 61 y los manzanos que determinan el límite de la zona de transición (Z1.2), Mz. 36; Mz. 66 al 68; Mz. 41, 42 ,43; Mz. 73 al 76; Mz 46-A, 47, 47-A y 48; Mz 50 al 55 ; Mz. 57 y 58; Mz 92 al 95 y Mz. 62 y 63 límites quedan definido por el Reglamento de Centro Histórico (título primero art.1.2). b) De transición – Z1.2: Zona comprendida entre la Zona de Centro Histórico (Z1.1) y la Zona de Uso Mixto (Z1.3) de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra la cual constituye un área o cinturón de Protección a la zona de Centro Histórico (Z1.1). Está conformada por los manzanos por donde cruza el Límite de la Zona de Centro Histórico (Z1.1) Mz. 36; Mz. 66 al 69; Mz. 41, 42 ,43; Mz. 73 al 77; Mz 46-A, 47, 47-A, 48 y 49; Mz 50 al 58; Mz 92 al 95 y Mz. 62 y 63 . c) De Uso Mixto Z1.3: Zona constituida por las manzanas comprendidas entre el perímetro de la Zona de Transición (Z1.2) y el Primer anillo, en sus lados norte con la Av. Cañoto y Av. Uruguay , este con la Av. Argamosa y Av. Viedma, oeste con la Av. Cañoto; y al sur por la Sub Zona Sur (Z1.4) calles Lemoine y Moldes. d) Sub Zona Central Sur Z1.4: Zona limitada al Norte con las calles Lemoine y Moldes, considerándose el eje de la calle como límite de la zona; al Sur con la Av. Irala, al Este con la Av. Viedma y al Oeste con la Av. Cañoto. Artículo 211.-Zona central distrital - Z2: Corresponde a la zona central de cada uno de los distritos de la ciudad, donde se localizan la sub-alcaldía y los mercados de cada distrito, incluyendo también su área de influencia. Estos límites serán determinados en el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente, además de otros planes especiales de ordenamiento y delimitación urbana. CAPÍTULO III Zona intermedia y zona habitacional Artículo 212.- Zona intermedia - Z3.- Comprende las unidades vecinales ubicadas entre el 1.er y el 2º Anillo de la ciudad, con diferentes características de uso y restricciones de edificación: 1. Comercial y de servicios - Z3.1.- Comprende las unidades vecinales entre el 1.er y el 2.º Anillo: UV 1, UV 2, UV 3, UV 4, UV 5, UV 9, UV 10, UV 11, UV 12, UV 13 y UV 14. 2. Habitacional con usos compatibles - Z3.2.- Comprende las UV 6, UV 7 y UV 8.
  • 6. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       5    Artículo 213.- Zona habitacional - Z4.- Zona de uso predominantemente habitacional de diferentes tipologías, que se localizan al interior de las unidades vecinales comprendidas entre el 2º anillo y el perímetro urbano municipal. La compatibilidad de la vivienda con otros usos es de carácter complementario y tiene las restricciones enunciadas en el presente Código. Las zonas habitacionales del área urbana de la ciudad son las siguientes: 1. De media densidad - Z4.1: Zona de uso de vivienda unifamiliar o multifamiliar, que se localiza sobre calles de ancho menor a 16,00 m, desde el 2º anillo hasta el perímetro del límite urbano. Tiene restricciones de altura de edificación según la ubicación, normandas en el Tomo III de este Código. 2. De alta densidad y baja ocupación - Z4.2: Zona no definida por el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial, dado que es una característica que nace en los procesos de urbanización. Corresponde a manzanas de uso de vivienda multifamiliar, que se localizan en unidades vecinales que reúnan las condiciones técnicas de infraestructura de servicios públicos. Se implementa en manzanas enteras con superficie mínima de 6.000,00 m2 , en relaciones directas con la estructura vial principal, radiales o anillos de la ciudad; el ancho de las vías adyacentes a la manzana no podrá ser inferior a 16,00 m. Esta zona podrá ser implementada por intervenciones privadas o formar parte de planes de zonificación distrital. 3. De baja densidad y baja ocupación - Z4.3: Zona de vivienda unifamiliar delimitada por el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente, reglamentada con restricciones referentes a la superficie del lote, al índice de ocupación del terreno, a las condiciones ecológicas y de seguridad. Son aquellas zonas que se localizan en las áreas siguientes: área de influencia del aeropuerto Viru Viru, entorno de las lagunas de oxidación y otras que demanden este tipo de restricciones, según Plan de Ordenamiento Urbano Territorial. CAPÍTULO IV Zona industrial Artículo 214.-Zona industrial - Z5.- Zona destinada exclusivamente para la implementación de industrias, planificada desde 1970 y delimitada en el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente: Industrial Z5.1, Industrial preexistente Z5.2, y Pequeña y mediana industria Z5.3. Artículo 215.-Industrial - Z5.1.- Área de la ciudad específicamente delimitada, cuyo uso de suelo ha sido asignado para la edificación y asentamiento de actividades industriales. Está conformado por tres zonas: el Parque Industrial, zona industrial de reserva y zona de apoyo a las actividades industriales - vivienda. 1. Parque Industrial - Z5.1.1: Conjunto de industrias que se ubican en el sector noreste de la ciudad y que limita, al noreste, con el área de las lagunas de tratamiento de SAGUAPAC; al sur, con la carretera a Cotoca; al este, con la línea del ferrocarril a Trinidad y el Barrio San Lorenzo; y al oeste, con la prolongación de la Av. Mutualista.
  • 7. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       6    2. Zona industrial de reserva Z5.1.2: Es la zona determinada por el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial con uso de suelo industrial sujeta a plan maestro o planificación específica, limita al norte con el aeropuerto de Viru Viru y zona de control municipal y al sur con barrios incorporados a los distritos 5 y 6. 3. Zona de apoyo a las actividades industriales - vivienda Z.5.1.3: Conjunto de unidades vecinales que comprende las UV 71A, UV 79A, UV 208, UV 208A, UV 208B, UV 222, UV 223, UV 224, UV 225, y se localizan en el centro de la zona Industrial Z5.1, delimitada al norte por la Z5.1.1, al este con la línea de ferrocarril a Trinidad, al oeste con la prolongación de la Av. Mutualista y al sur con las lagunas de tratamiento de SAGUAPAC. Artículo 216.-Industrial preexistente - Z5.2.- Áreas de uso industrial instaladas en sectores del área urbana, existentes antes de la entrada en vigencia de las normas de urbanización y de zonificación que prohíben el uso industrial en dicha zona. Las condiciones para su permanencia están reglamentadas por la Ley de Medio Ambiente vigente: 1. Industrial liviana este - Z5.2.1: Se localiza en el sector este de la ciudad, delimitada al norte con la avenida Brasil; al sur, con la zona comercial conocida como Feria de Barrio Lindo; al este, con el 4º anillo; y al oeste, con la estación bimodal. En ella se admite industrias en los cuatro niveles de molestia, acompañadas de usos compatibles como depósitos y talleres. 2. Industrial sur - Z5.2.2: Conformada por industrias preexistentes localizadas en el sector sur de la ciudad. Comprende el Ingenio Azucarero San Aurelio, en el Distrito 8, y la Refinería de Palmasola, en el Distrito 9. Son áreas industriales sujetas a plan especial de ordenamiento urbano. Artículo 217.-Pequeña y mediana industria - Z5.3. Esta zona, se conformará como parque de pequeña y mediana industria o como zona de viviendas productivas a escala distrital, que serán localizadas en áreas con servicios de apoyo a la industria y/o con vocación de tipologías industriales, mediante emprendimientos privados o en convenio con la Municipalidad y/o la Gobernación. Esta zona estará sujeta a planes especiales de ordenamiento distrital. CAPÍTULO V Zona comercial existente, Zona habitacional, recreacional y turística y Fajas Artículo 218.-Zona comercial existente - Z6.- Áreas de una o más manzanas, definidas por la planificación vigente, con uso de suelo mixto (comercial), categorizadas según nivel de atención, grado de molestia e impacto ambiental. Admite el uso de suelo para comercio y servicio con normativa de edificación propia, que está referida a los mercados y centros comerciales existentes: 7 calles, Los Pozos, La Ramada y Feria de Barrio Lindo. Otros mercados estarán sujetos a reglamentación especial. Artículo 219.-Zona recreacional y turística - Z7.- Áreas especiales por su influencia, adyacentes a áreas de protección ecológica o de bosques naturales, que podrán localizarse
  • 8. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       7    mediante planes distritales en diferentes sectores de la ciudad; se admite el uso habitacional de baja densidad y baja ocupación, recreacional, institucional y turístico, en las que se exigen medidas de sostenibilidad ambiental aplicadas a proyectos urbanos y de edificación. 1. Zona recreacional, institucional y turística - Z7.1: Sub-zona, que admite uso, recreacional, institucional y turístico, se localiza en el límite del Parque de Protección Ecológica del río Piraí, en sectores norte y sur, además de otras que se determinarán en los planos distritales o según la actualización del Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial. Artículo 220.-Fajas - F.- Son las manzanas, lotes y parcelas frentistas a avenidas de la red vial principal, anillos y radiales, cuya localización no está circunscrita a una zona urbana específica. 1. Perimetral de uso mixto del 2º anillo - F1: está constituida por manzanas o lotes frentistas ubicados al lado externo del 2º anillo. 2. De uso mixto sobre avenidas principales - F2: están conformadas por el conjunto de lotes con frente a las vías principales (radiales y anillos). 3. De uso mixto de alta densidad - F3: están conformadas por los lotes frentistas sobre el 4º anillo y avenidas troncales o ejes de desarrollo metropolitano, esto es avenida Cristo Redentor, avenida Grigotá y avenida Virgen de Cotoca. 4. De uso habitacional - F4: están conformadas por lotes frentistas a vías distribuidoras locales o colectoras al interior de las unidades vecinales, con ancho de vía igual o mayor a 16,00 m y calzada continua de 9,00 m, y se caracteriza por una densidad media dentro del 6º anillo. 5. Habitacional en pasillos y calles sin salida - F5: Se localiza en diferentes zonas del área urbana, son lotes frentistas a vías con anchos entre 5,00 m a 10,00 m, se caracteriza por su uso habitacional con restricción de altura de edificación y uso exclusivo de vivienda unifamiliar. CAPÍTULO VI Equipamiento - E Artículo 221.- Equipamiento público y privado.- Comprende zonas definidas por la planificación urbana para equipamiento de servicios de uso público o privado, que requieren un amanzanamiento y división en lotes con dimensiones especiales. Los usos específicos se detallan en el cuadro de usos compatibles del presente Código. 1. Público primario - EP.- Inmueble sujeto a registro de propiedad municipal, está destinado exclusivamente a uso público y de dominio municipal, a escala vecinal, como ser mercado vecinal menor, equipamiento socio-cultural, religioso, educacional, asistencial, recreativo, deportivo, institucional, localizados en el interior de las unidades vecinales. 2. Distrital y/o terciario - ED/ET.- Está destinado al equipamiento de escala distrital o de escala urbana, público o privado, con usos varios: asistencial, educacional,
  • 9. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       8    deportivo, recreativo, cultural, religioso, comercial, de servicios, administrativo, de abastecimiento y otros. El equipamiento a nivel distrital y urbano es proporcionado tanto por la administración pública como por el sector privado, este último con comercios, servicios o actividades que beneficien los requerimientos urbanos y distritales. En función de los planes directores y planes distritales, quedan determinadas las áreas de uso específico (AE) en diferentes zonas urbanas, que se clasifican en el Artículo 349 de este tomo. CAPÍTULO VII Área protegida (AP) y Area de uso específico (AE) Artículo 222.-Concepto.- Son áreas que por razones de interés ambiental, histórico y de seguridad han sido definidas por el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial y otros estudios (SIGPAM) como áreas protegidas, en las cuales deben evitarse los usos, actividades o infraestructuras perjudiciales tendientes a degradar su condición natural y/o tipología histórica o de seguridad. El control estricto de conservación y de mantenimiento de estas áreas está bajo la responsabilidad de la administración pública en sus diferentes niveles de gobierno. Artículo 223.-Clasificación de las áreas protegidas.- Las áreas protegidas se clasifican en públicas y privadas. 1. De protección pública - AP.1. 1.1 Centro Histórico de la ciudad 1.2 Centro Palmar del Oratorio 1.3 Parque Metropolitano de Protección Ecológica del río Piraí 1.4 Parque Lomas de Arena 1.5 Curichi La Madre 1.6 Arroyo Pero Vélez 1.7 Jardín Botánico 1.8 Villa Olímpica 1.9 Cordones de protección ecológica del vertedero de Normandía 1.10 Zona de influencia del aeropuerto ViruViru 2. De protección privada - AP.2. Son terrenos privados de características topográficas especiales, con importante masa arbórea y ecosistema natural, sujetos a preservación. Sobre ellos se aplicarán restricciones de ocupación del terreno, protección de los árboles, reforestación, así como otras medidas ambientales.
  • 10. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       9    Artículo 224.-Área de uso específico, Zona Urbanizable de Reserva y Distrito Especial San Aurelio.- 1. Área de uso específico - AE: se refiere a zonas localizadas en forma aislada en toda el área urbana con uso de equipamiento definido pudiendo formar parte o no de las fajas de equipamiento, como ser áreas hospitalarias, deportivas, educativas, terminales de transporte, cementerios, feria exposición, de instituciones gubernamentales y de servicios, además de otros. 2. Zona urbanizable de reserva - ZUR: se incorporarán a la zona urbanizable mediante un plan maestro aprobado por ley municipal. Los lineamientos urbanos seguirán estas directrices: 2.1. Protección de las áreas verdes naturales, que incorporen medidas de sostenibilidad ambientales. 2.2. Preservación de los cursos de agua natural, lagunas con sus fajas de servidumbre ecológica, respeto a las características topográficas y demás condicionantes ambientales que deberán ser incluidas en el plan maestro. 2.3. Aplicación de sistemas constructivos de revestimiento natural o encauzamiento de las corrientes naturales de agua mediante gaviones o similares, evitando la alteración del ecosistema natural. 2.4. Cesión obligatoria en orden a las normas establecidas en el presente Código. 2.5. Proyectos habitacionales unifamiliar o multifamiliar sujetos a normativa para la zona. 2.6. Usos de suelo compatibles con la vivienda según la categoría de vías del proyecto. 3. Distrito Especial San Aurelio – Se refiere al área urbanizable del Ingenio San Aurelio, sujeto a Plan Maestro propuesto en el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente.
  • 11. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       10    TÍTULO II SISTEMA VIAL CAPÍTULO I Jerarquía y normas de la red vial Artículo 225.-Conectividad del sistema vial.- El sistema vial de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra toma en cuenta la escala urbana, permitiendo la conectividad de los escalones urbanos a nivel metropolitano. Artículo 226.-Diseño vial.- En proyectos de urbanismo, el diseño vial, además de dar cumplimiento a las normas y procedimientos establecidos en el presente Código, deberá acogerse al conjunto de disposiciones técnicas de la jerarquización vial de la ciudad. Artículo 227.- Normas de diseño de vías.- La red vial de proyectos urbanísticos deberá observar el nivel de atención, jerarquía y derecho de vía o anchos mínimos del sistema vial urbano planificado por el Plan Director, según la escala siguiente: 1. Ámbito urbano: 1.1. Autopista Metropolitana o Urbana. 1.1.1. Nivel de atención o cobertura: Vía tangencial o marginal que conecta los tres ejes metropolitanos de desarrollo, canalizando el tráfico pesado por el perímetro del área urbana y constituyéndose en su límite. 1.1.2. Derecho de vía o ancho mínimo: 100,00 m. con un cinturón verde a los laterales de la autopista. 1.2. Vías urbanas troncales. 1.2.1. Nivel de atención o cobertura: Conectan la ciudad con los tres ejes metropolitanos de desarrollo (Santa Cruz - LaGuardia; Santa Cruz - Warnes; Santa Cruz - Cotoca) y el 4º anillo, como vía estructurante entre estos. 1.2.2. Nombre de las vías: Avenida Cristo Redentor / carretera al Norte hasta el límite de la jurisdicción municipal, por el lado norte. Avenida Grigotá hasta el 2° anillo y carretera a Cochabamba hasta el límite de la jurisdicción municipal, por el lado suroeste. Avenida Virgen de Cotoca hasta el 4° anillo / carretera a Cotoca, hasta el límitede la jurisdicción municipal, por el lado este. 1.2.3. Ancho de vía: 50,00 m. y mínimo cuatro carriles porsentido, incluidos los carriles de alta velocidad. 1.3. Avenida perimetral Este. 1.3.1. Nivel de atención o cobertura: Conectora entre distritos.
  • 12. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       11    1.3.2. Derecho de vía o ancho mínimo: 50,00 m. y mínimo cuatro carriles por sentido, incluidos los carriles de alta velocidad. 1.4. Ejes urbanos - rurales. 1.4.1. Nivel de atención o cobertura: Conformados por radiales que por su importancia conectan la ciudad con el área rural. Son los futuros ejes secundarios de expansión de la ciudad. 1.4.2. Derecho de vía o ancho mínimo: 40,00 m. perfil acorde con el diseño previsto para las radiales antes descritas. 1.5. Red vial principal. 1.5.1. Nivel de atención o cobertura: Corresponde a la trama vial tradicional de anillos, radiales y avenidas que definen las unidades vecinales. 1.5.2. Derecho de vía o ancho mínimo: Tres carriles por sentido de marcha, con ancho de 33,00 m. sin canal de drenaje y de 40,00 m. cuando contempla canal o en función al plan de drenaje. 1.5.3. Nodos o intersecciones: Cada 600,00 m. a 1.000,00 m. 1.6. Distribuidoras locales o Colectoras. 1.6.1. Nivel de atención o cobertura: Se caracterizan por atravesar las unidades vecinales, constituyéndose en colectoras de tráfico. 1.6.2. Derecho de vía o ancho mínimo: Entre 16,00 m. y 22,00 m. de ancho total con 9,00 m. a 11,00 m. de calzada. 1.7. Calles secundarias. 1.7.1. Nivel de atención o cobertura: Nivel barrial y unidad vecinal. 1.7.2. Derecho de vía o ancho mínimo: 13,00 m. en un solo sentido. 1.8. Pasillos o pasajes urbanos. 1.8.1. Nivel de atención o cobertura: Nivel barrial. 1.8.2. Derecho de vía o ancho mínimo: Pasillos existentes de entre 5,00 m. a 8,00 m. de ancho, de uso exclusivo peatonal, con anchos de entre 8,00 m. y 10,00 m. y uso vehicular restringido. 1.9. Ciclovías. 1.9.1. Nivel de atención o cobertura: Toda el área urbana. 1.9.2. Derecho de vía o ancho mínimo: 2,50 m. para dos ciclistas, considerando el espacio de maniobras evasivas. 2. Ámbito urbano - rural: 2.1. Ejes metropolitanos. 2.1.1. Nivel de atención o cobertura: Ejes conformados por las tres vías troncales que, fuera del área metropolitana, se convierten en carreteras del sistema nacional. 2.1.2. Nombres de las vías: Carretera al Norte, a partir de la Autopista Urbana. Carretera a Cotoca, a partir de la Autopista Urbana.
  • 13. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       12    Antigua carretera a Cochabamba, a partir de la Autopista Urbana. 2.1.3. Derecho de vía o ancho mínimo: 60,00 m. con carriles de alta velocidad separados. Intersecciones con la autopista urbana con pasos a desnivel. 2.2. Red vial principal a escala rural: La conforman las vías que unen la capital con las antiguas cabeceras de cantón y éstas con los ejes troncales. 2.3. Caminos vecinales: Unen las comunidades y las propiedades productivas al interior de la jurisdicción municipal. Artículo 228.-Pasajes urbanos o pasillos. 1. Los pasajes urbanos o pasillos que tengan un ancho máximo de 10,00 m. se conforman de la siguiente manera:  7,00 m. de calzada.  1,50 m. de acera por lado. 2. Los pasajes urbanos o pasillos que tengan un máximo de 8,00 m. de ancho se conforman de la siguiente manera:  6,00 m. de calzada.  1,00 m. de acera por lado. 3. Los pasajes urbanos o pasillos preexistentes con ancho de 5,00 m. a 8,00 m. serán de uso peatonal, exceptuando los consolidados con vías vehiculares pavimentadas a la fecha de la promulgación del presente Código. En lotes preexistentes con frente único a estos pasajes, se admite calzada vehicular con ancho de 3,50 m. Artículo 229.-Planes especiales de ordenamiento de vías. Con la finalidad de generar una movilidad sostenible en la ciudad, el Gobierno Autónomo Municipal implementará planes con la definición de vías según criterios de exclusividad y/o prioridad para carriles de vehículos motorizados, transporte público, ciclovías y vías peatonales. Mediante planes especiales se adecuarán las aceras para uso peatonal, disponiendo la ampliación o reducción del espacio de circulación peatonal, en cualquiera de las vías señaladas en el presente código.
  • 14. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       13    TÍTULO III BIENES DE DOMINIO PÚBLICO CAPÍTULO I Generalidades Artículo 230.-Bienes de dominio municipal y uso público.- Son bienes de uso irrestricto de la comunidad los señalados en la Ley de Municipalidades y otras normativas vigentes. Son inalienables, imprescriptibles e inembargables. La administración, concesión y autorización para su ocupación y utilización temporal corresponde al Gobierno Autónomo Municipal. Artículo 231.-Bienes del Sistema Ambiental Municipal (SAM).- Estos constituyen espacios públicos de esparcimiento sujetos a preservación y conservación como bienes naturales: parques, parajes naturales, parques periurbanos, unidades de conservación, áreas protegidas urbanas y reservas naturales de conservación; quedando prohibida su ocupación permanente con viviendas, hoteles, restaurantes y otros. Artículo 232.-Espacio público.- Es el espacio urbano abierto al libre tránsito y circulación, que además contempla el espacio aéreo municipal, incorporados como bienes de dominio municipal. Está compuesto por los siguientes elementos: 1. Vías de tránsito vehicular 2. Vías de circulación peatonal 3. Cruces a desnivel y puentes peatonales 4. Viaductos y túneles públicos 5. Parques, plazas y plazuelas 6. Áreas de forestación y de preservación ecológica 7. Áreas verdes ligadas a la infraestructura vial y fajas de seguridad 8. Mobiliario urbano. Artículo 233.-De la política municipal.- La conservación, defensa y mejoramiento de las áreas verdes municipales es una competencia que, por razones de equilibrio ecológico, bienestar colectivo y calidad de vida, forma parte de la política ambiental municipal incorporada al presente Código. Artículo 234.- Derechos.- Los habitantes del Municipio tienen derecho al libre acceso y circulación para el disfrute de las áreas verdes, sin más limitaciones que las derivadas del orden público, las buenas costumbres y de las normas establecidas en este Código. Artículo 235.- Informes periódicos.- El Ejecutivo Municipal deberá enviar cuatrimestralmente un informe al Honorable Consejo Municipal sobre la situación de conservación, defensa y mejoramiento de las áreas verdes municipales.
  • 15. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       14    CAPÍTULO II Áreas Municipales Del Sistema Ambiental Artículo 236.- Objetivos.- La gestión de las áreas verdes, cuerpos de agua y parques urbanos en el Municipio tiene los siguientes objetivos: 1. Mejorar las condiciones actuales del medio ambiente referidas a la calidad de aire, las condiciones climáticas y el paisaje urbano y periurbano para que coadyuven a incrementar la cobertura vegetal, equilibrar y regular las condiciones climáticas, así como disminuir el grado de contaminación ambiental. 2. Identificar y evaluar los cuerpos de agua pequeños y medianos dentro de la jurisdicción municipal y crear los mecanismos técnico-jurídicos para su preservación. 3. Lograr, mediante la implementación programada de áreas verdes, una distribución equitativa en toda el área urbana y periurbana, a través de una red ambiental jerarquizada. 4. Integrar e incorporar a la vida urbana y periurbana espacios de esparcimiento y recreación pasiva y activa para los diferentes grupos etarios, que permitan un equilibrio en las actividades recreacionales de la comunidad en su conjunto. 5. Valorizar las áreas verdes, incorporando la participación privada en la gestión. Artículo 237.-Clasificación de áreas de forestación y preservación ecológica.- Se delimitan en el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente y se clasifican y definen en las siguientes categorías: 1. Áreas de protección de riesgos naturales.- Son franjas de seguridad constituidas por densos bordes arbolados o forestados con especies nativas complementados con vegetación rastrera, que aseguran y protegen la transición entre suelos urbanos y urbanizables y suelos no urbanizables, cauces de ríos, quebradas o torrenteras, canales de riego, acequias, bordes de caminos, carreteras, áreas inundables, degradadas y otros. 2. Grandes áreas naturales de preservación ecológica.- Son áreas que tienen elementos morfológicos e hidrológicos singulares: cerros, manantiales, ríos, riberas, puntos de vista panorámicos y sitios paisajísticos de riqueza natural y puntos de interés visual. Se constituyen en reservorios naturales y lugares de preservación y conservación de la flora y fauna de la región, imprescindibles para garantizar el equilibrio ecológico. En esta clasificación se encuentra el río Piraí, las Lomas de Arena y otros. 3. Áreas naturales de conservación urbana.- Son sistemas hidrológicos que tienen elementos de flora y fauna variados que deberán ser identificados y precautelados por el Gobierno Autónomo Municipal para su preservación. En esta categoría se encuentran los arroyos Los Sauces, Pero Vélez, Piraicito, el curichi La Madre y otros. Artículo 238.-Tipos de parques.- Los parques, de acuerdo a su escala y frecuencia de uso, según la planificación vigente se clasifican y definen en las siguientes categorías: 1. Parques metropolitanos.- Áreas públicas extensas de alrededor de 100,00 ha. destinadas básicamente a la preservación y conservación de especies de flora y
  • 16. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       15    fauna nativas y adaptadas, como componentes de la naturaleza para asegurar el equilibrio ecológico. 2. Parques urbanos.- Espacios públicos o lugares de alrededor de 50,00 ha. con determinada infraestructura donde se puede realizar actividades de recreación pasiva y activa u otras. 3. Parques distritales.- Espacios públicos o lugares con superficies variables entre 2,00 ha. a 10,00 ha. Tienen las mismas características funcionales y generales que los parques urbanos, pero varían en cuanto a su escala y frecuencia de uso, ya que están destinados a servir a la población de los distritos. 4. Parques vecinales.- Espacios públicos destinados a la recreación pasiva y activa, especialmente para niños, ancianos y discapacitados. Son de escala barrial o de unidad vecinal, de uso cotidiano y dimensión menor a 2,00 ha. 5. Parques infantiles.- Espacios públicos en el ámbito de barrio o unidad vecinal destinados a la recreación infantil, conformados por infraestructura y elementos diversos que permiten el juego de los niños, y que forman parte integrante de los parques vecinales. Se permite la construcción de guarderías públicas que no superen el 5% de la superficie del parque. Artículo 239.-Parque de Protección Ecológica del río Piraí.- Sector delimitado en el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente, sujeto a un tratamiento especial dentro de normas especificas Artículo 240.-Normas específicas para parques urbanos.- 1. Usos complementarios: Estos parques se constituyen en centros de esparcimiento colectivo destinado a usos recreativos, educacionales, culturales, deportivos u otros, que podrán albergar obras arquitectónicas y elementos escultóricos y paisajísticos. 2. Ocupación por usos complementarios: Está permitido utilizar hasta un máximo del 5% de la superficie total del parque con obras de edificación como ser batería de baños, elementos cubiertos o semi-cubiertos de descanso, kioscos de comida rápida o refrigerios y otros. También se permitirá la ocupación, hasta el 20%, para campo deportivo abierto sin cubierta, incluidas las tribunas. 3. Retiros: El retiro mínimo de construcción o instalación es de 10,00 m. a partir de la Línea Municipal. 4. Uso eventual: Según la normativa vigente, previo trámite de rigor, se podrá rentar o permitir el uso por tiempo transitorio de un área de los parques urbanos previamente determinada para la instalación de circos, ferias, parques de diversiones, exposiciones al aire libre, entre otras, siempre que cumplan las condiciones de higiene y salubridad, previendo que el parque disponga de parqueos en relación a la escala de la actividad propuesta y encuadrándose en las normas municipales correspondientes. Artículo 241.- Plazas y plazuelas.- Son espacios públicos de aproximadamente 1,00 ha. o de superficies menores, destinados a actividades sociales, culturales, cívicas y otras. En ellos se permite la implementación de mobiliario urbano, áreas verdes, senderos o circulaciones peatonales.
  • 17. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       16    Artículo 242.-Clasificación de áreas verdes en la estructura vial y franjas de seguridad.- 1. Las áreas verdes adyacentes a la estructura vial, se clasifican y definen según las siguientes categorías: 1.1. Alamedas, avenidas y calles arboladas: Son como nexos y canales de continuidad de la vía pública, con vegetación que no interfiera la visibilidad de los conductores. 1.2. Rotondas y canalizadores de tráfico: Las rotondas e isletas de canalización del tráfico son espacios que deben conservarse como jardineras arboladas, con vegetación que no interfiera la visibilidad de los conductores. 1.3. Áreas verdes en estacionamiento público: El área verde en los estacionamientos públicos tiene el propósito de crear espacios de sombra y regulación climática natural, con especies locales adecuadas al objetivo. 1.4. Áreas verdes en franjas de seguridad: Se ubican adyacentes a torres de servicios de alta tensión, autopistas, avenidas, vías férreas, cementerios, lagunas de oxidación, vertederos de residuos y otros. 2. Los usos especiales de Líneas férreas, Tendido eléctrico de alta tensión, Subestación eléctrica, Alcantarillado, Gasoductos, Oleoductos, y Cementerios, como así también las áreas de protección ecológica de Río Piraí (en el tramo comprendido dentro del radio urbano), Humedales, pantanos, curichis, bofedales, áreas de afloramiento natural de agua y de recarga, Arroyos, quebradas y Rellenos Sanitarios; según normativa específica, cuentan con una franja de seguridad a su alrededor, por lo que toda intervención aledaña a éstas, deberá presentar la Certificación de Franja de Seguridad emitida por la institución correspondiente. Artículo 243.-Accesibilidad total en espacios públicos.- Se dispone la prioridad de suprimir las barreras físicas en espacios públicos como aceras, parques, alamedas, vías y otros; sustituyendo de forma parcial o total los elementos que obstruyen la accesibilidad a las personas con discapacidad. El Gobierno Autónomo Municipal, a través de los mecanismos de control y aplicación de normas, tiene la obligación de precautelar que las disposiciones a favor de las personas con discapacidad sean ejecutadas. CAPÍTULO III Uso temporal de bienes de dominio público Artículo 244.- Uso de aceras y vías públicas.- Las aceras y vías públicas constituyen bienes de dominio público. Durante la ejecución de obras, su uso restringido es de carácter estrictamente temporal, sujeto a las normas contenidas en este Código. Artículo 245.-Depósito, carga y descarga de materiales.- Se restringe la utilización de la vía pública para depósitos temporales de materiales, según las disposiciones contenidas en el presente Código.
  • 18. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       17    El estacionamiento temporal de vehículos para carga y/o descarga de material, desde las zonas centrales hasta el 2ºanillo, solo será permitido desde las 21:00 horas hasta las 00:00 horas. Artículo 246.-Estacionamiento de transporte público.- El estacionamiento de vehículos de transporte público, solamente para embarque y desembarque de pasajeros, se efectuará en zonas expresamente determinadas por la Municipalidad, según diseño autorizado por la Oficina Técnica. Artículo 247.-Obras de infraestructura en aceras.- Las empresas privadas o cooperativas que prestan servicios públicos a la ciudad pueden hacer uso de las aceras para la colocación, construcción y/o extensión de sus respectivas instalaciones, previa autorización del Gobierno Autónomo Municipal. Artículo 248.-Señalización de advertencia y cerramiento.- En obras de construcción y/o demolición que ocupen parte o la totalidad de una acera pública, se deberá prever la colocación de letreros de advertencia al peatón en los siguientes casos: 1. Cuando la obra o alguno de sus elementos signifique peligro para la seguridad física de los peatones. 2. En aceras provisorias para circulación peatonal. 3. En obras de reciente ejecución y/o en proceso. Es obligatoria la colocación de cerramiento provisorio en todo el perímetro de obras, cuando los trabajos que se realicen sean de índole peligrosa, incómodos o signifiquen un obstáculo para el tránsito de vehículos o de peatones. CAPÍTULO IV Preservación del ornato público Artículo 249.- Obligación ciudadana.- Los vecinos tendrán las siguientes obligaciones: 1. Proteger y mantener en buenas condiciones las aceras, los árboles y especies vegetales, denunciando al GAM cualquier acto que cause daño al ornato público. 2. El propietario, poseedor o detentador de un inmueble está obligado a mantenerlo en buen estado, de modo que las construcciones y los árboles de la propiedad no constituyan un peligro para los vecinos o transeúntes. (Artículo 116 del Código Civil). Artículo 250.-Árboles en predios vecinos.- Los propietarios de inmuebles, al plantar árboles, deberán respetar las distancias al predio vecino que a continuación se especifican: 1. Tres metros, si se trata de árboles de gran porte. 2. Dos metros, si se trata de árboles de mediano porte. 3. Un metro, tratándose de arbustos. Artículo 251.-Cuidado y preservación de árboles.- Con la finalidad de salvaguardar los árboles y arbustos, queda prohibido ocasionar daños a sus troncos atando animales u objetos, clavando letreros de propaganda, telones o carpas y/o cortando la corteza, además de otros daños como depósito de escombros, basura y desechos orgánicos en torno al árbol.
  • 19. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       18    Si al momento de ejecutar el cerramiento frontal de un predio en la línea municipal, ya sea mediante barda o verja y existiera un árbol interceptando dicha línea, es obligación del propietario realizar un desvío en la construcción, dejando integrada a la vía pública la especie arbórea. Artículo 252.-Arborización, derribo y poda de árboles.- La arborización, derribo y/o poda en vías públicas, sea por personas particulares o por instituciones que prestan servicios públicos, se autorizarán previa solicitud al órgano municipal encargado de su preservación y mantenimiento, debiendo observar las disposiciones contenidas en las normas vigentes. La poda y el derribo de árboles sin autorización se considerarán como un acto de destrucción de la propiedad pública, por tanto estarán sujetos a resarcimiento económico por daños ocasionados y a la reposición o compensación de los árboles dañados o retirados.
  • 20. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       19    TÍTULO IV URBANIZACIONES CAPÍTULO I Generalidades Artículo 253.-Concepto y alcance de normas de urbanización.- Urbanizar es el proceso técnico legal por el cual el suelo urbanizable se enmarca en el régimen de suelo urbanizado, dotando al Municipio de superficie para uso público irrestricto de dominio municipal y estableciendo la tipificación y distribución del uso del suelo urbano. Los propietarios de terrenos urbanizables, mediante un proyecto de urbanización, está en la obligación de cumplir los lineamientos planificados y ceder el porcentaje establecido por norma, en la medida en que sus predios se incorporen al régimen de suelo urbanizado. Mediante el proceso de urbanización se destinarán áreas a uso público y privado:  Uso público: vías, áreas verdes y equipamientos.  Uso privado o útil: manzanas y lotes. Artículo 254.-De los diferentes proyectos de urbanización.- La aprobación de un proyecto de urbanización requiere de la presentación de planos específicos que deberán ser elaborados de acuerdo a las normativas de diseño y ejecución, suscritos por profesionales debidamente autorizados e inscritos en sus respectivos colegios: PROYECTO PROFESIONALES (uno de ellos) Mensura Ing. Civil Ing. Agrimensor y/o Agrimensor Topógrafo Proyecto de Urbanización Arquitecto y/o Urbanista Diseño geométrico vial y drenaje Ing. Civil Red e instalación hidrosanitaria domiciliar, diseño de redes de agua potable y alcantarillado Ing. Hidrosanitario Ing. Civil Red e instalación eléctrica Ing. Eléctrico Ing. Electromecánico Red de gas Profesionales certificados por YPFB Sistemas contra incendios Ing. Hidrosanitario Ing. Electromecánico Proyecto de Impacto Ambiental Profesional Ambientalista especializado
  • 21. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       20    Artículo 255.-Responsabilidades en los proyectos de urbanización.- Los lineamientos para el diseño de las unidades vecinales son responsabilidad de la Oficina Técnica, los cuales serán formulados sobre la base de datos cartográficos, catastrales y el mosaico de urbanizaciones aprobadas en permanente actualización. Es responsabilidad del urbanizador presentar la propuesta sobre su parcela en función de los lineamientos otorgados por la Oficina Técnica. Artículo 256.-Directrices para proyectos de urbanización.- El diseño del proyecto de urbanización deberá tomar en cuenta las siguientes pautas: 1. Perfiles de la estructura vial jerarquizada, dimensiones de manzanas y lotes. 2. Articulación de la red vial principal: troncales, radiales, anillos y vías principales; continuidad vial interna en la unidad vecinal: distribuidoras locales o colectoras. 3. Definición de usos de suelo diferenciados, uso público y de dominio municipal: equipamiento primario, distrital o terciario público y áreas verdes; áreas útiles o privadas (manzanas) definidas con los usos de suelo de: vivienda, uso mixto, equipamiento privado y otros usos específicos. 4. Conservación de elementos naturales, cursos de agua, elementos paisajísticos, ambientales y/o culturales. 5. Las áreas públicas componentes del proyecto urbanizador se definirán en relación a la necesidad de equipamiento y áreas verdes en las escalas urbanas de barrio y unidad vecinal. 6. La Oficina Técnica evaluará los equipamientos que requiere cada escalón urbano, en función de la superficie, radio de atención y/o cobertura de cada equipamiento existente y el proyectado, en relación a la densidad de población actual y según los índices de crecimiento de la zona. 7. La Oficina Técnica no podrá aprobar urbanizaciones en áreas discontinuas con las zonas urbanas consolidadas con infraestructura de servicios básicos. 8. En urbanizaciones de superficie mayor a 20 ha, en zonas (sin poblar y sin servicios básicos) colindantes a sectores consolidados, el urbanizador deberá prever un plan en etapas de implementación del proyecto; iniciando a partir de las áreas adyacentes a zonas urbanas consolidadas, evitando así la dispersión de los servicios públicos. CAPÍTULO II Normas y Directrices Ambientales Artículo 257.- Objetivo.- El objetivo de las normas ambientales con relación a las urbanizaciones es de proteger y conservar el medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones de las personas con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible para mejorar la calidad de vida de la población. Artículo 258.-Áreas no aptas para urbanización.- Se encuentran sectorizadas en el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente, y en ningún caso y bajo ningún concepto la Oficina Técnica podrá aprobar urbanizaciones, siendo éstas las siguientes:
  • 22. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       21    1. Las áreas de protección ambiental próximas a fajas de seguridad y protección de áreas negras o plantas de tratamiento de residuos líquidos y de áreas destinadas para entierro sanitario de la ciudad. 2. Áreas próximas a la vía férrea o a instalaciones de energía eléctrica de alta tensión, por el riesgo de accidentes. 3. Áreas restringidas y/o protegidas de arroyos, humedales, lechos de río y de preservación, establecidas en el presente Código y el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente. El incumplimiento de esta disposición conllevará que la urbanización sea declarada clandestina, quedando prohibido cualquier asentamiento humano. Artículo 259.-Licencia ambiental.- Todo proyecto de urbanización referido a nuevos proyectos y modificación de urbanizaciones aprobadas no consolidadas, previo a la fase de aprobación final debe contar obligatoriamente con la respectiva Licencia Ambiental, según lo establecido en la normativa ambiental vigente. CAPÍTULO III Protección De Las Áreas Verdes Artículo 260.- Preservación.- Antes de la aprobación de nuevas urbanizaciones, se tomará en cuenta la preservación de las áreas verdes y boscosas, así como los planes y programas propuestos por la Oficina Técnica. Artículo 261.- Restitución o reforestación.- Es obligación de quienes construyan obras civiles públicas o privadas restituir con vegetación y especies forestales similares a las retiradas, además de reponer la cubierta del suelo vegetal en las áreas que hayan quedado afectadas por la construcción. Artículo 262.-Creación de áreas verdes.- Si los terrenos por urbanizar no cuentan con especies vegetales, los propietarios o poseedores están en la obligación de arborizar las aceras y los espacios destinados al área verde, según reglamentación específica. CAPÍTULO IV Normas Generales De Urbanización Artículo 263.- Cesión obligatoria de áreas.- En el marco de la función social de la propiedad privada y la búsqueda del bien común de la sociedad, se establece la obligatoriedad de ceder un porcentaje del terreno no urbanizado a uso público de dominio municipal, obligación que rige para todo propietario de terreno dentro del área urbanizable de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra. En una Unidad Vecinal, el porcentaje destinado para calles y avenidas de uso público estará de acuerdo a la planificación de la zona. Las Áreas Verdes y de Equipamiento deberán tener
  • 23. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       22    una superficie equivalente al 22% del total de su superficie, procurando distribuirlas en las siguientes proporciones: 10% Áreas Verdes 7% Equipamiento Primario 5% Equipamiento Distrital y/o Terciario El porcentaje máximo de cesión obligatoria para un proceso urbanizador es del 40% del total del terreno a ser urbanizado; de este porcentaje se destinará el 22% para equipamiento primario o terciario público y para áreas verdes públicas; el resto del porcentaje de cesión podrá variar según el siguiente cuadro: DESTINO DE LA CESIÓN A USO PÚBLICO PORCENTAJE DE CESIÓN Equipamiento primario o terciario y áreas verdes 22% Vías principales públicas y colectoras % variable según planificación CESIÓN MÁXIMA (incluyendo el 22%) 40% Artículo 264.-Requisitos y procedimientos.- Todo proyecto de urbanización bajo cualquier modalidad o tipología deberá sujetarse a los procedimientos administrativos y demás normas especificadas en el Título 2 del Tomo I - Procedimientos, a las normas básicas que se establecen en el presente Código y a las normas ambientales vigentes. Artículo 265.-Clasificación de urbanizaciones.- 1. En función de la superficie del terreno por urbanizar, se clasifican en: 1.1. Menores: Con superficie igual o menor a 10 ha. 1.2. Medianas: Mayores a 10 y hasta 15 ha de extensión superficial. 1.3. Mayores: Con superficie mayor a 15 ha. 2. En función del tipo de promotor o urbanizador: 2.1. Privadas, cuando son promovidas por los propietarios de los terrenos, empresas inmobiliarias - urbanizadoras, constructoras o entidades financieras. 2.2. Públicas, cuando son promovidas por cualquier institución pública. 2.3. De convenio, cuando son promovidas en conjunto por el Gobierno Autónomo Municipal y personas jurídicas o naturales y/o entidades financieras. 2.4. Por convenios interinstitucionales, promovidos entre los diferentes niveles de gobierno: nacional, departamental y/o municipal, principalmente dirigidos a viviendas de interés social. 3. En función de la tipología de diseño del parcelamiento: 3.1. Abierto 3.2. Mixto Artículo 266.-Tipología de urbanización con parcelamiento abierto.- Son urbanizaciones en las que, habiéndose cumplido con la cesión obligatoria, los terrenos útiles quedan estructurados por vías de dominio municipal de circulación irrestricta integradas al sistema vial de la ciudad, dotadas con servicios públicos. El amanzanamiento está conformado por la totalidad de sus lotes frentistas con ingreso directo desde la vía pública y en condiciones para construir edificaciones acordes con la zonificación establecida por el presente Código.
  • 24. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       23    Artículo 267.-Tipología de urbanización con parcelamiento mixto.- Son urbanizaciones en las que, habiéndose cumplido con la cesión obligatoria y definidas las áreas de uso público irrestricto, el área útil se conforma por manzanas donde coexisten lotes en condominio cerrado y lotes con frente abierto a la vía pública, según el porcentaje establecido en la presente norma. Los lotes privados que pertenecen al condominio cerrado tendrán uso de suelo exclusivo según proyecto, pudiendo ser éste de comercio, vivienda u otro, siempre y cuando se garantice la compatibilidad con los usos establecidos de la zona. Las áreas de circulación vehicular, peatonal y de esparcimiento son espacios en copropiedad, en concordancia con normativas específicas de Propiedad Horizontal. Los lotes abiertos a la vía pública podrán parcelarse como unidades para vivienda unifamiliar o como lotes para bloques en condominio y/o edificación de usos mixtos, si la categoría de vía lo permite, la fachada principal y el/los ingreso(s) deberán estar relacionados directamente con la vía pública y los cerramientos sobre Línea Municipal serán rejas o elementos transparentes en el 50% de su frente. CAPÍTULO V Estructuración De Áreas Artículo 268.-Cesión de áreas indiferenciada.- El porcentaje de cesión obligatoria a uso público de dominio municipal, se aplicará en equidad a todo emprendimiento urbanizador, independientemente de la modalidad de parcelamiento, sea abierta o mixta. Artículo 269.-Balance de superficie de vías.- Para determinar el balance de la superficie de vías se deberá considerar los siguientes criterios: 1. Las vías distribuidoras locales, vías principales y/o troncales están determinadas por la planificación en función a la conectividad del sector por urbanizar; para el cómputo de cesión, el porcentaje de afectación de estas vías se sumará a la cesión obligatoria del 22% para equipamiento público y áreas verdes; totalizando 40% como porcentaje máximo de cesión en todo proceso de urbanización. 2. Las vías secundarias proyectadas como calles abiertas de ancho menor a 16,00 m. pasarán a ser de uso público irrestricto de dominio municipal y no serán sumadas en el cómputo del 40% de cesión. Artículo 270.- Superficie útil.- El terreno útil resultante del proceso de urbanización se dispondrá en manzanas destinadas a ser parceladas en función de las dos tipologías de parcelamiento según proyecto: abierto o mixto. Artículo 271.-Parámetros de aplicación de porcentajes de cesión.- 1. En el proceso de urbanización se asignará el uso de suelo de espacio público al 22% de cesión para equipamiento o área verde, en función a los requerimientos de la UV o del distrito. 2. Si el porcentaje de áreas cedidas es inferior al 40% fijado como máximo, no se obliga a completarlo siempre que se cumpla con el 22% para equipamiento público y áreas verdes, y sea respetada la conectividad vial planificada para la UV.
  • 25. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       24    3. Cuando la cesión del 22% sumada al porcentaje de afectación por vías distribuidoras locales, principales y/o troncales supere el 40%, la cesión de áreas podrá ser inferior al 22%, hasta un mínimo de 12%, destinado para uno de los usos públicos: área verde o equipamiento público según la necesidad de la UV. 4. Si la afectación por vías distribuidoras locales, principales y/o troncales supera el 40% máximo de cesión, habiendo cumplido con los porcentajes mínimos del inciso anterior y estando garantizada la conectividad vial planificada, el porcentaje excedente será expropiado por el Municipio. 5. Si por la planificación de vías principales y/o troncales el terreno es sobre afectado y las áreas útiles resultantes son de superficie menor a las normadas por el presente código, el municipio otorgará planos de usos de suelo sin ninguna restricción o bien expropiará los mismos para uso público. 6. Al proyecto de urbanización no se le cargará el déficit incumplido de áreas de uso público y de dominio municipal en la unidad vecinal consolidada a la que pertenece. 7. Para el balance de áreas en un proyecto de urbanización que comparte el diseño entre dos o varias unidades vecinales, se procederá a establecer el cálculo de superficie en relación a los equipamientos y áreas verdes existentes en ellas, pudiendo únicamente dotar de éstas a la unidad vecinal menos servida. 8. El porcentaje de áreas verdes cedidas al Municipio podrá ser menor al 7% cuando el proyecto se encuentre en una UV con superficie de área verde consolidada superior a esta proporción o adyacente a parque urbano consolidado. En consecuencia, el 22% obligatorio será destinado para equipamiento primario o terciario público. 9. Las superficies para áreas verdes serán planificadas con un mínimo de 1.500,00m2 para parque infantil y 3.000,00m2 para plazas y parques, pudiendo ser cedidas por uno o varios predios que se adecuen al proceso de urbanización. 10. Si por las características del terreno por urbanizar, no es posible cumplir con las condiciones del inciso anterior, las áreas verdes se diseñarán como parque lineal o alameda paralelo a la acera de los terrenos útiles, con un ancho mínimo de 10,00 m. 11. En parcelas rusticas ubicadas en unidades vecinales con equipamientos y vías consolidados, se procederá a la cesión únicamente del 22% a modo de alameda frontal al terreno. 12. La parcela rústica igual o menor a 2.500,00 m2 , inserta en áreas urbanizadas consolidadas con vías y equipamientos, que no sea producto de subdivisiones de una parcela mayor rústica, y que no se encuentre afectada por vías principales; será incorporado como área útil a la manzana que pertenece, sin obligación de cesión. Artículo 272.-Balance de superficie de dominio municipal en UV.- Para el cálculo del balance de áreas públicas, se considera como límite de una UV el eje de las vías principales que la circundan. El cómputo contempla todos los espacios de dominio municipal, áreas verdes, equipamiento primario, incluidas las vías cualquiera sea su jerarquía. No se incluye en el balance de la Unidad Vecinal el Equipamiento Distrital o Terciario. Artículo 273.-Compensación y terrenos en custodia. - Queda sin efecto la retención de lotes en custodia para llegar a los porcentajes de cesión establecidos según norma. De igual forma, queda sin efecto la compensación con terrenos útiles (entregados en custodia) a
  • 26. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       25    propietarios de predios que quedaran sobre afectados, pudiendo en estos casos el interesado solicitar la expropiación bajo normas legales correspondientes. Artículo 274.-Destino de áreas de uso público.- El uso específico de las áreas cedidas para uso público y de dominio municipal, dentro de los procesos de urbanización, podrá ser asignado en cualquier momento por el Gobierno Autónomo Municipal, a través de la Instancia correspondiente, según la planificación, según la necesidad de la población y especialmente de la Unidad Vecinal que lo contiene. Una vez asignado su uso, éste no podrá ser modificado, quedando sin efecto cualquier alteración o habilitación no aprobada, bajo responsabilidad de los contraventores, en concordancia con la normativa vigente, exceptuando los casos de modificación de urbanización no consolidada, cuyas normas se establecen en el presente código Artículo 275.-Calidad de terrenos para áreas de uso público.- Las áreas de cesión a uso público y dominio municipal deberán ser terrenos que cumplan con las condiciones mínimas para el uso planificado. No se admitirán terrenos excavados que devienen de labores extractivas, como tejerías; marginales, como curiches o áreas pantanosas; cursos de agua u otros. Artículo 276.-Requerimiento mínimo de servicios básicos.- Todo proyecto de urbanización deberá garantizar como mínimo la dotación de energía eléctrica, agua potable, tratamiento de aguas servidas y/o alcantarillado sanitario, drenaje pluvial, instalación pública de hidrantes contra incendios, apertura y nivelación de vías, además de arborización de las aceras. CAPÍTULO VI Área Útil - Parcelamiento Artículo 277.-Dimensiones de manzana.- Se considera la manzana como la unidad urbanística de área útil rodeada de vías públicas abiertas. La manzana regular para uso de vivienda y uso mixto podrá tener como lado mínimo 50,00 m y como máximo 300,00 m, siendo el módulo máximo de manzana regular de 300,00 m x 300,00 m. La manzana irregular podrá tener como lado mínimo 30,00 m y como máximo 300,00 m, considerándose lado aquel que se encuentre definido por esquinas de ángulo igual o menor a 135°. Artículo 278.-Normas generales para manzanas con parcelamiento mixto.- Las manzanas con parcelamiento mixto deben cumplir con las siguientes normas: 1. En las manzanas con superficie menor a 45.000,00 m2 y con parcelamiento mixto, es obligatorio dejar lotes abiertos al exterior en un 25% del perímetro de la manzana, con usos en función del tipo de la vía a la cual se abren. Estos lotes deberán disponerse en conjunto y como mínimo en dos de los frentes. 2. En las manzanas con superficie igual o mayor a 45.000,00 m2 y con parcelamiento mixto, se deberá disponer una faja de lotes con frente abierto hacia la vía pública en el 50% de la longitud del perímetro.
  • 27. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       26    3. En el perímetro cerrado se obliga a implementar elementos de cierre transparentes o rejas con distancias no mayores a 70,00 m, en los que se dispondrán ingreso- salida alternativa y de emergencia del condominio. 4. De la superficie total útil del terreno que corresponde al área destinada al condominio cerrado con más de veinte lotes o viviendas, se destinará 7% como mínimo para áreas de recreación y otros usos comunes según diseño del proyecto y la densidad prevista (se excluyen calles). 5. Dentro del condominio, la superficie destinada a área verde y recreación, así como las vías de acceso a los lotes, son de uso y propiedad común de los copropietarios. Su ejecución y mantenimiento son de responsabilidad de los promotores y/o copropietarios. 6. Las vías internas del condominio deberán dimensionarse en función de la densidad de lotes y habitantes, siendo el ancho mínimo de 10,00m con 6,00m de calzada. 7. Las vías internas de manzanas mixtas en copropiedad con bloques o torres de más de cuatro niveles deberán tener un ancho igual o superior a 13,00 m. 8. Dentro del área de condominio, se deberá destinar al menos una playa de parqueos de visitas, misma que será calculada uno por cada 4 unidades de lotes útiles. No se tomarán en cuenta como parqueos de visitas los integrados en la unidad de lote. En el caso de bloques de edificios dentro del área de condominio, los parqueos de visita serán calculados en función a la edificación y la norma específica para éstos, establecida en el Tomo III del presente Código. 9. Dentro de los límites del área en copropiedad, deberá preverse un área protegida destinada para el contenedor de residuos, siguiendo el Reglamento Municipal de Medio Ambiente en relación a la selección de residuos orgánicos e inorgánicos y su evacuación diaria, así como en proporción al volumen de residuos producido. 10. En el caso de Apart Hotel, donde las calles internas y el 7% mínimo establecido para áreas de recreación y otros, si bien son de uso común entre todos los copropietarios, éstas no serán consideradas dentro del prorrateo de áreas comunes entre los mismos, como sucede en urbanizaciones con manzanos mixtos, quedando únicamente al servicio de los copropietarios pero de propiedad de la administración del Apart Hotel. Artículo 279.-Perímetros cerrados y vía pública.- La Oficina Técnica, en función de la preservación del espacio público y la seguridad de los habitantes, regulará el diseño de los perímetros cerrados o abiertos a la vía pública (lotes externos) en las propuestas de urbanizaciones. En calles secundarias y distribuidoras locales o colectoras, no se admitirá la conformación de perímetros cerrados o bardas ciegas en su totalidad.
  • 28. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       27    CAPITULO VII De las Ochavas Artículo 280.-Obligatoriedad.- En los predios en esquina es necesaria la implementación de ochavas en la Línea Municipal para facilitar el ángulo visual en el encuentro de las vías, por tanto, toda propuesta de urbanización deberá contemplar el trazado y la ejecución de la respectiva ochava, debiendo este límite ser respetado para la construcción de verjas, bardas y cualquier tipo de edificación. Artículo 281.-Ampliación de las ochavas.- La Oficina Técnica, en propuestas de urbanización, tiene la facultad de ampliar la dimensión de cualquier ochava por utilidad pública, teniendo en cuenta la intensidad del tráfico vehicular y el ancho de calles en su intersección. Si la necesidad de ampliación de las ochavas es en proyectos de urbanización ya aprobados, el propietario del terreno afectado podrá solicitar la aplicación de normas legales correspondientes. Artículo 282.-Dimensión de las ochavas.- El radio de las ochavas en línea municipal están en función del ancho de las vías públicas y su importancia en la jerarquía vial, se establecen los siguientes valores aplicables: RADIOS DE CURVATURAS DE LINEA MUNICIPAL EN INTERSECCIONES DE AVENIDAS Y CALLES ANCHO DE AVENIDAS Y CALLES ANCHO DE AVENIDAS Y CALLES RADIOS DE CURVATURAS 13 16 20 22 30 36 40 50 60 100 13 7 9 9 9 9 12 15 15 15 15 16 9 12 12 12 12 15 18 18 18 18 20 9 12 12 12 15 15 18 18 18 18 22 9 12 12 12 15 18 18 20 20 20 30 9 12 15 15 15 20 20 22 22 22 36 12 15 15 18 20 20 22 22 25 25 40 15 18 18 18 20 22 25 25 30 30 50 15 18 18 20 22 22 25 30 30 30 60 15 18 18 20 22 25 30 30 35 35 100 15 18 18 20 22 25 30 30 35 35 RADIOS DE CURVATURAS Artículo 283.- Diversos trazados de ochavas.- Está permitido proyectar ochavas con trazados poligonales, curvos u otros, siempre que su trazado no rebase los límites establecidos por la Línea Municipal de esquina demarcada por la Oficina Técnica y estén dentro de los márgenes delimitados en el artículo anterior. Artículo 284.-De las ochavas en zonas con galería peatonal.- En las zonas donde se obliga la galería peatonal sobre acera, la colocación de los pilares de los edificios en la ochava deberá respetar el mismo ancho que se determine para la circulación peatonal y la máxima saliente de los pilares en cualquiera de sus fachadas.
  • 29. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       28    De existir diferencias entre anchos de galerías, en la ochava se promediará el ancho de ambas, debiendo garantizarse que los espacios entre columnas sean dimensionados y diseñados de forma que permitan la visibilidad del tráfico vehicular y peatonal, tomando en cuenta que las columnas de la ochava no deben obstruir la visual con respecto a la continuidad de la galería obligatoria RP= Retiro Promedio Artículo 285.-Ochava en Línea de construcción.- En las zonas con Retiro Frontal Obligatorio y cuyo ancho de vías sea igual o menor a 22,00 m, no es obligatorio realizar en la Línea de Construcción, ángulo alguno paralelo a la ochava, dado que el volumen de esquina será la resultante de la intersección de los planos de sus fachadas, según proyecto. En edificaciones de esquina en vías de ancho mayor a 22,00 m, la Línea de Construcción de esquina será paralela a la Línea Municipal. CAPÍTULO VIII De Las Aceras Artículo 286.- Construcción de acera.- Es competencia del Gobierno Autónomo Municipal elaborar proyectos de aceras y ejecutarlas mediante planes distritales, barriales y/o por zonas. El propietario podrá implementar acera en calles pavimentadas, previa solicitud a la Oficina Técnica y respetando las normas establecidas para la ejecución de acuerdo a los tipos detallados en gráficos del presente Código. Artículo 287.- Mantenimiento de jardines y pisos en aceras.- Es obligación de los propietarios el cuidado del césped y jardinería baja, así como del mantenimiento del revestimiento de la acera en el espacio que corresponde al ancho y largo de la acera frontal del inmueble. Artículo 288.-Acceso para personas con discapacidad.- En cada esquina es obligatorio incorporar a la acera un acceso especial en rampa con 10% (por ciento) de pendiente, para personas con discapacidad. El acceso deberá ser construido en coincidencia al cruce peatonal o cebra, con un ancho de 1,20m y un tratamiento de piso diferenciado de 1,00 m alrededor de la rampa.
  • 30. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       29    Accesos para personas con discapacidad Artículo 289.- Normas para aceras.- Las aceras serán construidas observando las siguientes normas, pudiendo el Gobierno Autónomo Municipal, a través de las instancias correspondientes, establecer normativa adicional para aceras en intersecciones de vías: 1. Continuidad del nivel tomando como referencia la altura de 0,175 m del cordón de acera en relación a la calzada. Se deberán evitar escalones y rampas pronunciadas. 2. En acceso a garajes deberá mantenerse la continuidad del nivel de vereda; la rampa de descenso a la calzada ocupará como máximo 1,00 m en su desarrollo. 3. En zonas donde se obliga galería sobre acera - Z1.1, Z1.2 y Z1.3 -, el desarrollo de la rampa no deberá exceder los 0,60m. 4. La pendiente máxima de la acera en el corte transversal debe ser de 2% (por ciento) con respecto al nivel del cordón municipal. 5. Cualquier desnivel del terreno o edificación que necesite escalones o rampas deberá ser resuelto dentro de los límites de la propiedad privada de los inmuebles sin invadir la acera. 6. Deben contar con una vereda de nivel continuo, de material antideslizante con textura rugosa para tránsito peatonal, además de un área para césped y arborización en función del tipo de vía. 7. Es obligatorio dejar espacio libre de piso de mínimo 1,00 x 1,00 m, con tierra natural, cada 6,00 m, destinado a plantar árboles o jardinería. 8. El área prevista para césped y/o arborización podrá utilizar vegetación cuyo follaje no signifique un peligro para los peatones. 9. En aceras con desniveles u obstáculos, se considerará la colocación de materiales de revestimiento con textura en función de las necesidades de personas con discapacidad. 10. Las aguas pluviales de los inmuebles deben drenarse mediante tubos de 4” ubicados por debajo del nivel de la acera, para que sean vertidas al nivel de la calzada. 11. Está prohibido retirar o modificar los cordones de acera sin la respectiva autorización del Gobierno Autónomo Municipal.
  • 31. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       30    12. En calles sin pavimento, el nivel de las aceras tiene carácter provisional, debiendo observarse la continuidad del nivel 0,175 m. en relación a la vía. 13. Queda prohibida la utilización de la vía pública para depósito temporario de materiales sin previa autorización de la Oficina Técnica. Artículo 290.- Radios de curvaturas.- El cordón de acera de las esquinas se proyectará en forma circular, y su radio será la resultante de la sumatoria del radio de ochava en Línea Municipal más el ancho mayor de las aceras que lo interceptan. Artículo 291.-Anchos de Acera según el ancho de vía.- El ancho de acera peatonal, será dimensionada según el ancho de vía y en base al cuadro citado a continuación: ANCHO DE VIA ANCHO DE ACERA Vía de 13.00 m 3.00 m Vía de 16.00 m 3.50 m Vía de 20.00 m 4.50 m Vía de 22.00 m 3.50 m Vía de 36.00 m 4.50 m Vía de 30.00 m 3.50 m Vía de 40.00 m 4.50 m Vía de 50.00 m 5.00 m CAPÍTULO IX Apertura De Vías Artículo 292.- Vías expeditas.- Previa aprobación de la etapa final del proceso de urbanización, es obligatorio retirar cercas y alambradas a fin de facilitar el libre tránsito de vehículos y personas. Es obligación del privado permitir la construcción de las vías públicas y
  • 32. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       31    la ejecución de la infraestructura pública de conformidad con el plano de la urbanización aprobada. Los propietarios podrán realizar por etapas la apertura de las vías públicas cedidas, siempre y cuando se demuestre que los predios vecinos no se han sometido al correspondiente proceso de urbanización y por lo tanto la zona todavía no se encuentra consolidada. Una vez abiertas a uso público irrestricto no podrán ser, obstruidas, ni cerradas temporal o definitivamente. Artículo 293.-Replanteo, apertura y fiscalización.- La apertura de las vías deberá ejecutarse respetando las estacas y bulones del replanteo aprobado y bajo la fiscalización de la Oficina Técnica. Artículo 294.-Conflictos en apertura de vías cedidas.- En caso de existir conflictos entre propietarios para realizar la apertura de una calle cedida al municipio, la Oficina Técnicas se reserva la potestad de hacerlo con cargo a ellos mismos. Artículo 295.- Apertura de Vías Planificadas.- Los predios rústicos que contengan vías principales y troncales planificadas en su interior, en respuesta a las gestiones de aperturas realizadas por el Gobierno Municipal, podrán someterse a cualquiera de los siguientes procedimientos: 1. Proceso de Urbanización establecido en el presente Código 2. Cesión de áreas a cuenta de un proceso de urbanización futuro, mismo que estará sujeto a normativa específica establecida por la OT 3. Expropiación de las áreas, en base a normativa legal correspondiente. Artículo 296.- Multa por aperturas irregulares.- Los propietarios que alteren total o parcialmente el diseño vial en urbanizaciones abiertas aprobadas, serán sancionados con una multa pecuniaria que corresponderá al 3% del valor catastral del terreno afectado. CAPÍTULO X Obras Públicas Artículo 297.- Perfiles y características de vías públicas.- Las obras de pavimentación y drenaje de vías públicas deberán regirse estrictamente a los perfiles y características de dichas vías, diseñados por la unidad competente. En caso de existir proyectos de canales abiertos, sus perfiles tendrán prioridad en las obras de pavimentación. Artículo 298.- Del gálibo en pasarelas, puentes o construcciones sobre el espacio público.- Se entiende por gálibo la distancia entre el punto más alto de la calzada y el más bajo de la viga del puente o estructura construida por encima de la vía. Para construcciones de pasarelas, puentes o estructuras en el espacio aéreo municipal sobre las vías vehiculares, el gálibo mínimo será de 5,00 m. Artículo 299.- Aprobación de estructuras permanentes sobre vía pública.- Las construcciones de estructuras permanentes sobre vía pública deberán ser aprobadas mediante ley municipal expresa, con respaldo de informe técnico-legal, estudio de impacto
  • 33. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       32    ambiental, diseño estructural, cálculos y memorias; todo requerimiento técnico legal será exigido previa aprobación. Artículo 300.-Normativa para obras públicas.- Los proyectos y obras de construcción de las redes de servicios básicos: agua, alcantarillado, energía eléctrica y telefonía fija; se regirán por las exigencias y normas de las entidades responsables por estos servicios y por las disposiciones contenidas en el Tomo I - Procedimientos de este Código.
  • 34. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       33    TÍTULO V DE LOS LOTES CAPÍTULO I Normativa General y Lotes Según Zonas Urbanas Artículo 301.- Regularización de lotes existentes.- Los lotes pre-existentes a la aprobación del presente Código, con frente y/o superficies menores a las establecidas, podrán conservar sus dimensiones originales, sin embargo, toda nueva subdivisión deberá contemplar la norma vigente. Los lotes preexistentes enmarcados en este artículo quedarán liberados para edificar, sujetándose a las normas de procedimientos y de edificación según la zona, las cuales se establecen en este Código. Artículo 302.-Lotes en el Centro Histórico Z1.1 y zona de transición Z1.2.- Con el objeto de salvaguardar la base parcelaria y garantizar adecuadas condiciones ambientales y de edificación del área del Centro Histórico de la ciudad, no se permitirán nuevas subdivisiones que den lugar a lotes de dimensión menor a 12,00 m de frente. Los lotes de dimensión igual o menor que la señalada son indivisibles, así como aquellos que en la subdivisión resulten con dimensiones menores a las normadas. Artículo 303.-Lotes con edificaciones sujetas a preservación integral y estructural.- Los lotes con edificaciones sujetas a preservación integral y estructural, incluidos en el Catálogo de edificaciones de preservación, no podrán ser objeto de subdivisión, quedando excluida la posibilidad de segregación en lotes nuevos. La Oficina Técnica tiene el catálogo de los inmuebles cuyo control estará a cargo de la Dirección de Centro y patrimonio Histórico y la Junta del Centro Histórico. Artículo 304.- Lotes con edificaciones sujetas a preservación ambiental en el Centro Histórico.- Los lotes con edificaciones sujetas a preservación ambiental incluidos en el Catálogo de edificios de preservación excepcionalmente podrán admitir subdivisión, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones: 1. Que la subdivisión no cause perjuicio a la edificación catalogada y/o a los elementos que la caracterizan, no admitiéndose que la subdivisión dé lugar a tratamientos diferenciados en la fachada, la que deberá mantenerse como un conjunto unitario. 2. Que ninguno de los lotes resultantes de la subdivisión tenga una dimensión inferior a 12,00 m de frente. 3. La subdivisión debe ser autorizada por la Junta del Centro Histórico.
  • 35. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       34    Artículo 305.-Zona Central de Transición Z1.2, Central de Uso Mixto Z1.3 y Sub-Zona Sur Z1.4.- En estas zonas las condiciones para lotes son las siguientes: Superficie mínima: 150,00 m2 Frente mínimo: 6,00 m Superficie mínima en esquina: 250,00m2 Frente mínimo en esquina: 10,00 m Artículo 306.- Lotes en Zona Central Distrital Z2 y Zona Intermedia Z3.- Está permitido construir sobre nuevos lotes que resulten de subdivisiones de parcelas mayores, siempre que cumplan con las siguientes disposiciones: Superficie mínima: 150,00 m2 Frente mínimo: 6,00 m Superficie mínima en esquina: 250,00 m2 Frente mínimo en esquina: 10,00 m Artículo 307.-Lotes en zonas habitacionales.- En las zonas Z4.1, Z4.2 y Z4.3 está permitido construir sobre nuevos lotes que resulten de subdivisiones de parcelas mayores, siempre que cumplan con las siguientes disposiciones: 1. Zona Habitacional de Media Densidad - Z4.1: La superficie de lote permitida para esta zona es la siguiente: Superficie mínima: 150,00 m2 Frente mínimo: 6,00 m Superficie mínima en esquina: 250,00 m2 Frente mínimo en esquina: 10,00 m 2. Zona de Alta Densidad y Baja Ocupación - Z4.2: La superficie de lote permitida para esta zona es equivalente a una manzana. No se permiten posteriores subdivisiones del predio, se deben mantener como una unidad y un proyecto integral. Superficie mínima: 6.000,00 m2 3. Zona Habitacional de Baja Densidad y Baja Ocupación- Z4.3: La superficie de lote permitida para esta zona es la siguiente: Superficie mínima: 300,00 m2 Frente mínimo: 10,00 m Superficie mínima en esquina: 450,00 m2 Frente mínimo en esquina: 15,00 m Artículo 308.-Lotes en Zona Industrial. Z.5.- En las zonas Z5.1, Z5.2 y Z5.3 se deberá cumplir con las siguientes disposiciones:   1. Superficie mínima de lotes en Parque Industrial Z.5.1.1 y Zona Industrial de Reserva Z5.1.2: Calles con ancho mínimo de 16.00 m. La superficie y
  • 36. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       35    dimensiones mínimas de lotes para uso industrial están determinadas en función al tipo de industria según su tamaño y grado de molestia normada en el tomo III del presente código, estableciéndose un mínimo para aprobación inicial en urbanizaciones de: Superficie mínima: 1.000,00 m2 2. Superficie mínima de lotes en zona vivienda Z.5.1.3: La superficie y dimensiones mínimas de lotes son las siguientes: Superficie mínima: 150,00 m2 Frente mínimo: 6,00 m Superficie mínima en esquina: 250,00 m2 Frente mínimo en esquina: 10,00 m Artículo 309.-Dimensiones y características de lotes en zona comercial existente - Z6.- La superficie mínima de los lotes deberá respetar lo estipulado en el cuadro siguiente: Superficie mínima: 150,00 m2 Frente mínimo: 6,00 m Superficie mínima en esquina: 250,00 m2 Frente mínimo en esquina: 10,00 m Excepto en la Feria Barrio Lindo, que la superficie mínima del lote debe cumplir con 5.000,00 m2 Artículo 310.- Superficie y frente mínimo de lotes en zona recreacional - Z7.- Zona sujeta a reglamentación específica en la actualización del Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial CAPITULO II Lotes En Fajas Artículo 311.- Dimensiones y características de lotes en fajas.- Está permitido construir sobre nuevos lotes que resulten de parcelas mayores, siempre que cumplan con las normas siguientes: F1 - Superficies y frentes de lotes en faja perimetral del 2º Anillo: Superficie mínima: 450,00 m2 Frente mínimo: 10,00 m Superficie mínima en esquina: 600,00 m2 Frente mínimo en esquina: 15,00 m F2 - Fajas de Uso Mixto sobre avenidas y vías principales: Superficie mínima: 600,00 m2
  • 37. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       36    F3 - Fajas de Uso Mixto de Alta Densidad: Superficie mínima: 1.000,00 m2 F4 – F5 - Faja Habitacional de Densidad media y Faja Habitacional en pasillos y calles sin salida: Superficie mínima: 150,00 m2 Frente mínimo: 6,00 m Superficie mínima en esquina: 250,00 m2 Frente mínimo en esquina: 10,00 m CAPITULO III Lotes Para Equipamientos Primario y Terciario / Distrital Artículo 312.- Requisitos y dimensiones mínimas lotes de equipamiento primario.- Los terrenos destinados para equipamiento de la UV deberán contar con las siguientes superficies mínimas según el uso:  Edificaciones asistenciales, administrativas, comunitarias y religiosas: 1.000,00m2  Mercados: 3.000,00m2  Unidades educativas de nivel inicial: 1.000 m2  Unidades educativas primarias y secundarias: 3.500,00m2 Artículo 313.- Superficie mínima de lotes en fajas de equipamiento terciario – ET.- La superficie mínima está referida a las condiciones siguientes: 1. En el área de lotes pequeños de la faja del 3.er Anillo: correspondiente a ET 3-1 / ET 6 – 4/ ET 11 – 3/ ET 11 – 5 / ET 13 – 1/ ET 16 / ET 17 - 4 destinados al comercio especializado; ET 2 – 4/ ET G-1/ ET 8 – 3/ ET 11 – 4/ ET 12- 2/ ET 13 – 3/ ET 17- 3/ y 5 ET 18- 1/ ET 24 – 1 y 3, industrias, talleres artesanales y depósitos, la superficie mínima admitida es de 200,00m2 . No se permitirá nueva subdivisión de lotes preexistentes. 2. En las fajas de Equipamiento Terciario, ET 51 y ET 52, mismas que cuentan con aprobaciones preexistentes a la presente norma, se aplicará la normativa establecida en el presente Código para Z4.1. 3. Para las demás zonas de Equipamiento Terciario y Equipamiento Distrital ET / ED, el lote deberá tener la siguiente superficie: Superficie mínima: 1.000,00 m2 4. Superficie mínima de lotes para actividades de uso masivo.- La superficie y las dimensiones mínimas para lotes que integran las áreas de uso público o privado de equipamiento terciario se regirán por las exigencias de su propia tipología, contenidas en Tomo III - Edificaciones, estableciéndose un parámetro de: Superficie mínima: 2.500,00 m2
  • 38. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       37    TITULO VI USOS DE SUELO CAPITULO I Nomenclatura y Clasificación De Los Usos De Suelo Artículo 314.- Nomenclatura.- Sobre la base de la zonificación secundaria de los Planes de Ordenamiento Urbano y Territorial vigentes, se establecen los siguientes usos y sus respectivas nomenclaturas: NOMENCLATURA USO DE SUELO UH Habitacional UC Comercial US Servicios UM Mixto UT Talleres UI Industrial UD Deposito UE Educacional UA Asistencial USC Socio Cultural ‐ Religioso UR Recreativo ‐ Deportivo UP Institucional Público ‐ Privado UTU Turístico UAV Área verde ‐parques, plazas alamedas y otros. Artículo 315.-Concordancia con normas ambientales.- La presente clasificación de los usos de suelo atiende a exigencias y normas universales de calidad de vida desde el punto de vista urbanístico y no se contradicen con la clasificación establecida por las nuevas normas ambientales en vigencia. Artículo 316.-Clasificación general de usos de suelo.- Cada uno de los usos, con excepción del habitacional o de vivienda, que constituyen el tejido urbano de fondo, pueden encontrarse en cualquiera de los niveles o escalones urbanos, a saber, barrio, unidad vecinal (UV), distrito y nivel urbano; de acuerdo al grado de compatibilidad con el uso de vivienda y entre los mismos.
  • 39. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       38      SEGÚN SU NIVEL DE ATENCIÓN: NIVEL CATEGORÍA D BARRIAL C UNIDAD VECINAL B DISTRITAL A URBANO – METROPOLITANO SEGÚN SU TAMAÑO: NIVEL CATEGORÍA 1 ARTESANAL 2 PEQUEÑOS 3 MEDIANOS 4 GRANDES SEGÚN SU GRADO DE MOLESTIA: NIVEL CATEGORÍA I INOCUOS II INCOMODOS III MOLESTOS IV PELIGROSOS Uso Vivienda: Se otorga a los terrenos frentistas a vías de ancho igual o menor a 22,00 m, ubicados al interior de las unidades vecinales. Su uso es habitacional y se admiten usos compatibles con niveles de atención barrial (D) y unidad vecinal (C), con las restricciones establecidas en los cuadros de compatibilidad de uso. Uso Mixto: Junto con el uso habitacional se admite el uso comercial y de servicios, con niveles de atención distrital (B) y urbano (A). Está determinado para lotes dentro de la zona central Z1 y lotes confrente a avenidas de ancho mayor a 22,00 m: radiales, anillos y otras vías de la estructura principal. Artículo 317.-Clasificación de usos de suelo según su nivel de atención.- Los usos mixto (UM), comercial (UC), servicios (US), educacional (UE),asistencial (UA), sociocultural- religioso (USC), recreativo (UR), público-institucional (UP) están clasificados por su nivel de atención y responden a las categorías siguientes:
  • 40. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       39      NIVEL COBERTURA CONDICIONES D BARRIAL Puede ser incorporado a la vivienda Radio de acción de 200,00 m a 300,00 m Comercio de bienes y servicios de consumo diario familiar Superficie de edif. máxima destinada al uso compatible: 30,00 m2 Compatible con vía secundaria y calle sin salida. C UNIDAD VECINAL Puede incluir edificaciones especiales y exclusivas Radio de acción de 500,00 m a 600,00 m Comercio de bienes y servicios de consumo familiar Atiende una población entre 4.000 y 6.000 habitantes Superficie de edif. máxima destinada a oficinas Nivel I: 300,00 m2. Superficie de edif. Máxima para usos compatibles: 150,00m2 Compatible con vías secundarias. B DISTRITAL Requiere de instalación especial. Atiende una población superior a 50.000 habitantes Compatible con vías colectoras, vías principales, áreas especificas, uso mixto. Superficie de edificación máxima sin limitaciones según la zona. A URBANO METROPOLITANO Requiere de instalación especial Atiende a toda la ciudad y la región Localización uso mixto, Equipamiento Distrital Terciario, áreas específicas, Zonas Centrales. Artículo 318.-Clasificación por su tamaño.- Los usos talleres (UT), industria (UI) y depósito (UD)están clasificados por su tamaño y responden a las siguientes categorías: GRADO TAMAÑO CONDICIONES OBREROS SUP. CONSTRUIDA SUP. de TERRENO 1 ARTESANALES 4 personas Hasta 100,00m2 Hasta 400,00m2 2 PEQUEÑOS De 5 a 20 personas Hasta 200,00m2 Hasta 1.000,00m2 3 MEDIANOS De 20 a 60 personas De 200,00 a 600,00m2 Hasta 2.500,00m2 4 GRANDES Más de 60 personas Más de 600,00m2 Más de 2.500,00m2 Se sujetan a estas categorías los depósitos a cielo abierto como barracas y otros. Artículo 319.-Clasificación por su grado de molestia.- Los usos comercial (UC), servicios (US), talleres (UT), industria (UI) y depósitos (UD) se clasifican por su grado de molestia y responden a los siguientes niveles:
  • 41. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       40      NIVEL CATEGORIA CONDICIONES I INOCUOS No producen ruidos molestos No producen ruidos olores molestos y/o insalubres No expelen gases tóxicos e inflamables No utilizan sustancias explosivas y/o liquidas inflamables No generan trafico molesto como ser: ‐ Trafico de vehículo pesado, continuo o discontinuo ‐ Congestionamiento vehicular ‐ Flujo permanente de vehículos livianos y medianos ajenos al uso de la zona No produce líquidos contaminantes o de difícil evacuación por los sistemas de saneamiento ambiental público No produce desechos sólidos que sufran descomposición orgánico II INCOMODOS Producen olores eventuales incómodos al vecindario Producen ruidos o vibraciones incomodas al vecindario Producen desechos sólidos, líquidos y gaseosos en pequeñas cantidades sujetos a restricciones Generan tráfico que no congestionan las vías, pero es incomodo III MOLESTOS Producen ruidos molestos, olores desagradables y/o insalubres al vecindario Producen desechos sólidos, líquidos y gaseosos que: ‐ Desagradan a la vista y al olfato ‐ Producen suciedad ‐ Por su cantidad alteran el normal funcionamiento de los sistemas de saneamiento ambiental público Generan tráfico con las siguientes características: ‐ Flujo permanente de transporte de carga ‐ Congestionamiento vehicular ‐ Flujo permanente de vehículos livianos y medianos IV PELIGROSOS Producen gases tóxicos que pueden afectar a la salud Producen o almacenan sustancias liquidas o gaseosas inflamables, explosivas que pueden causar daño directo a la propiedad y a las personas Artículo 320.- Usos de suelo en relación al reglamento ambiental.- Los usos de suelo establecidos en el presente capítulo, los enunciados en el cuadro de usos compatibles del Capítulo VII – Título VI de este tomo y otros por analogía, se complementan con lo reglamentado en el RASIM, emanado de la Ley 1333 de Medio Ambiente; especialmente los talleres, industrias manufactureras e industrias y depósitos de sustancias peligrosas. CAPITULO II Normas Generales De Los Usos De Suelo Artículo 321.-De las normas particulares y usos de suelo compatibles.- Los usos compatibles y sus restricciones, según correspondan a las zonas, fajas y áreas de uso específico, están normados en el Tomo III - Edificaciones y en los cuadros de usos compatibles, en el Título VII del presente tomo.
  • 42. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       41    Artículo 322.-Condiciones de uso de suelo.- El artículo anterior está sujeto a las siguientes condiciones: 1. Si en un lote coexiste el uso habitacional con otros usos compatibles, cada uno podrá contar con accesos diferenciados o se podrá contar con un espacio común distribuidor. 2. En un lote donde se desarrollen dos o más actividades complementarias al uso principal, deben observarse las disposiciones relativas a cadatipología, además de las normas que rigen la actividad principal. 3. En casos de proyectos con dos o más actividades de usos compatibles y grados de molestia diferentes, para su aprobación predominarán las normas del uso con mayor grado de molestia. CAPITULO III Comercio Artículo 323.- Concepto.- Locales destinados a la venta de productos diversos, cualquiera sea su naturaleza, y que se definen por su sistema de ventas: al por menor y al por mayor. Artículo 324.-Tipificación.- El comercio se clasifica según los niveles de atención y grados de molestia detallados en los cuadros de usos compatibles. Artículo 325.-Clasificación.- Para la localización en las zonas, fajas, áreas de uso específico, las actividades comerciales se han agrupado de acuerdo con las siguientes clases: COMERCIO CLASE TIPO DE COMERCIO MOLESTIA ATENCION Clase 1 Comercio minorista I Inocuo D Barrio C Unidad Vecinal Clase 2 Comercio minorista I Inocuo C Unidad Vecinal II Incómodo B Distrital Clase 3 Comercio minorista, excepto expendio y consumo de bebidas alcohólicas I Inocuo C Unidad Vecinal Comercio mayorista sin deposito (UC 141) I Inocuo B Distrital Comercio mayorista con depósito de área superior a las 150,00 m2 (UC 144) II Incómodo B Distrital Clase 4 Comercio minorista II y III Incómodo C y B Unidad Vecinal y Distrital Todo el comercio mayorista III Molesto B Distrital A Urbano ‐ metropolitano Comercio mayorista inflamable o explosivo IV Peligroso A Urbano ‐ metropolitano
  • 43. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       42    CAPITULO IV Servicios Artículo 326.- Concepto.- Son consideradas servicios, las instalaciones y/o locales destinados a la prestación de un beneficio para satisfacer una necesidad pública o privada. Artículo 327.-Tipificación.- Los servicios se clasifican según los niveles de atención y grados de molestia detallados en los cuadros de usos compatibles. Artículo 328.-Clasificación y localización de los servicios.- Para la localización en las zonas, fajas y áreas de uso específico, los servicios se han agrupado en las siguientes clases: SERVICIOS CLASE TIPO DE SERVICIO GRADO DE MOLESTIA NIVEL DE ATENCION Clase 1 Se incluye servicio de oficina profesional y de negocio. I Inocuo D Barrio Se excluyen los servicios de hospedaje tipo US: 20 residencial, 22 hotel y 24 motel. Se excluyen las antenas de telecomunicación. C Unidad Vecinal Clase 2 Incluye antenas de telecomunicaciones sobre edificios. I Inocuo C Unidad Vecinal Se excluyen los servicios de hospedaje tipo US: 20 residencial, 22 hotel y 24 motel. Se excluye servicio de garaje US 70 para vehículos pesados. II Incómodo Clase 3 Se excluyen los servicios de hospedaje tipo US: 20 residencial, 22 hotel y 24 motel. Se excluye servicio de garaje US 91 para vehículos pesados. I Inocuo C Unidad Vecinal Incluye estructuras de torres para antenas de telecomunicaciones. II Incómodo B Distrital III Molesto Clase 4 Se incluyen los servicios clase 3 además los de hospedaje tipo US: 20 residencial, 22 hotel y 24 motel. Se incluye servicio de garaje US 91 para vehículos pesados. Terminales de transporte. II Incómodo A Urbano ‐ metropolitano III Molesto 1. Clase 1: Se permite su localización en todas las zonas de la ciudad. 2. Clase 2: Se permiten en las zonas centrales excepto centro histórico, además en la zona intermedia Z3, en fajas frentistas a vías principales y distribuidoras locales o colectoras. 3. Clase 3: Se permite su localización en fajas frentistas a vías principales y vías distribuidoras locales o colectoras. 4. Clase 4: Solo están permitidos en fajas frentistas a vías principales, troncales y áreas de uso específico.
  • 44. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       43    CAPITULO V Talleres Artículo 329.-Concepto.- Son instalaciones o locales destinados a la prestación de servicios de tipo artesanal y mecánico, en los diversos rubros de la actividad urbana. Artículo 330.-Tipificación.- Los talleres se clasifican según los niveles de atención y grados de molestia detallados en los cuadros de usos compatibles. Artículo 331.-Clasificación y localización de talleres.- Para su localización, los talleres se han agrupado de acuerdo a las siguientes clases: TALLERES CLASE TIPO DE TALLERES GRADO DE MOLESTIA LOCALIZACION Clase 1 1 Artesanales I Inocuos Se localizan en cualquier zona de la ciudad según los cuadros de usos compatibles y las normas relativas a su tipología. Clase 2 1 Artesanales II Incómodos Solo se permiten sobre las fajas frentistas a vías principales desde el 2º anillo hacia afuera y vías colectoras. 2 Pequeños I Inocuos 2 Pequeños II Incómodos Clase 3 2 Pequeños III Molestos Solo se permiten sobre las fajas frentistas a vías principales desde el 2º anillo hacia afuera. 3 Medianos I Inocuos 3 Medianos II Incómodos 3 Medianos III Molestos Clase 4 4 Grandes I Inocuos Se permiten sobre la faja frentista del 4º anillo, sobre vías principales y trocales fuera de este, además de las zonas industriales. 4 Grandes II Incómodos 4 Grandes III Molestos Para la implementación de los talleres de cualquier clase, su localización específica será determinada según los cuadros de usos compatibles y las normas relativas a su tipología. Artículo 332.-Normas generales sobre los talleres.- Se permite la construcción de talleres independientes o en conjuntos de uso mixto, de acuerdo con lo establecido en los cuadros de usos compatibles y con las normas del presente Código. CAPITULO VI Industria Artículo 333.- Concepto.- Las industrias son instalaciones destinadas a la producción de bienes de consumo, capital u otras manufacturas diversas, cualquiera sea su naturaleza, y se tipifican por su tamaño, tecnología aplicada, número de dependientes, consumo de energía y otras características. Artículo 334.-Tipificación.- Las industrias se clasifican según cuatro niveles de tamaño y cuatro niveles de molestia, como se detalla en los cuadros de usos compatibles. Esta
  • 45. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       44    clasificación obedece a los criterios establecidos en los artículos referentes a la nomenclatura y clasificación de los usos de suelo del presente Código. Artículo 335.-Clases y localización de industrias.- Para la localización en las zonas, fajas, áreas de uso específico y áreas de uso compatible, las industrias se han agrupado de acuerdo a las siguientes clases: INDUSTRIAS CLASE TIPO DE INDUSTRIA GRADO DE MOLESTIA Localización Clase 1 2 Pequeñas I Inocuas Se permiten en todas las zonas de la ciudad. Clase 2 2 Pequeñas II Incómodas Están permitidas en la zona industrial, sobre faja frentista al 2º anillo, en fajas frentistas a la red vial principal y distribuidoras locales o colectoras. 2 Pequeñas III Molestas/salubres 3 Medianas I Inocuas 3 Medianas III Molestas/salubres 3 Medianas II Incómodas Clase 3 4 Grandes I Inocuas Están permitidas en la zona industrial, sobre fajas frentistas a vías troncales. 4 Grandes II Incómodas 4 Grandes III Molestas/salubres Clase 4 4 Grandes III Molestas/Insalubres Únicamente en zona industrial o área específica industrial. 2 Pequeñas IV Peligrosas 3 Medianas IV Peligrosas 4 Grandes IV Peligrosas Para la implementación de las industrias de cualquier clase su localización específica será determinada según los cuadros de usos compatibles y las normas relativas a su tipología. Artículo 336.- Disposiciones generales.- La construcción de vivienda en instalaciones fabriles deberá sujetarse a las disposiciones establecidas en las normas relativas a las unidades de producción, incluidas en el Tomo III - Edificaciones. CAPITULO VII Depósitos Artículo 337.-Concepto.- Son locales destinados al resguardo y almacenamiento de productos diversos, tales como materias primas, acabados industriales o artesanales, bienes de consumo, combustible y otros. Artículo 338.-Tipificación.- De conformidad con los cuatro niveles de molestia, los depósitos se clasifican según lo especificado en los cuadros de usos compatibles. Artículo 339.-Tipología.- Para los efectos de reglamentación, los depósitos han sido catalogados de la siguiente manera:
  • 46. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       45    1. Depósitos complementarios 2. Depósitos independientes y/o aislados. Artículo 340.- Disposiciones generales.- Los locales destinados a almacenamiento que ocupen una superficie de hasta el 40% del área total construida de la actividad principal, se computarán en el cálculo del área útil y no serán considerados como depósito complementario. Los depósitos complementarios son aquellos que ocupan una superficie que varía entre 40% y 60% del área total construida de la actividad principal; estos no se computan como área útil. Los depósitos con superficie mayor al 60%del área total construida de la actividad principal serán considerados independientes, y se norman en Capítulo XVI – Título VI del Tomo III - Edificaciones. Artículo 341.- Depósitos complementarios.- Son espacios de apoyo a una actividad principal–comercio, industria, taller, servicio y otros–que están localizados en la misma parcela. Se deberán observar las disposiciones relativas a su propia tipología, además de las normas que rigen a la actividad a la cual sirven. Artículo 342.-Condiciones para depósitos complementarios.- 1. No será permitida la habilitación de depósitos con grado de molestia IV, de tipo peligroso, como uso complementario a comercio minorista, servicio o taller. 2. No se permitirá la habilitación de depósitos con grado de molestia IV, de tipo inflamable, como uso complementario de comercio minorista o servicio. 3. Para la localización de depósitos complementarios con grado de molestia diferente al de la actividad principal, predominará el grado de molestia que incida directamente sobre la seguridad y salud de las personas. 4. Los depósitos complementarios con grado de molestia IV, de tipo inflamable y/o peligroso, sea de taller o de industria, deberán sujetarse a lo establecido para esta tipología en las normas referidas a las unidades de producción del tomo III - Edificaciones. 5. Los depósitos complementarios con grado de molestia IV, de tipo inflamable y/o peligroso, deberán observar las normas generales de seguridad local, departamental, nacional e internacional adoptadas y establecidas para dicha tipología en referencia a usos de suelo de este Código. Artículo 343.- Normas específicas para depósitos complementarios de industrias.- 1. El área total ocupada por un depósito complementario de industria clase 1 deberá ser menor o igual al área total construida de dicha industria. 2. No existen restricciones de área total construida para depósitos complementarios de industrias clase 2, 3 y 4, salvo en la relación entre el área construida y el área del lote, que se establece en el presente Código, tanto para el uso industrial como para la zona donde se encuentra ubicada la actividad. Artículo 344.- Concepto de depósitos independientes y/o aislados.- Son depósitos no integrados a otros usos urbanos ubicados en una misma parcela.
  • 47. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       46    Artículo 345.-Clasificación de depósitos independientes.- Los depósitos independientes, para su localización en las diferentes zonas, fajas, áreas de uso específico y áreas de uso compatible,se han agrupado de acuerdo con las siguientes clases: DEPOSITOS CLASE TIPO DE DEPOSITO GRADO DE MOLESTIA Clase 1 1 Pequeños I Inocuos Pequeños II Incómodos Clase 2 1 Pequeños III Molestos 2 Medianos I Inocuos Medianos II Incómodos Medianos III Molestos Clase 3 3 Grandes I Inocuos Grandes II Incómodos Grandes III Molestos salubres Clase 4 4 Cualquier tamaño III Molestos insalubres Cualquier tamaño IV Inflamables y Peligrosos Artículo 346.- Depósitos a cielo abierto y barracas.- Los depósitos a cielo abierto que están destinados a almacenar material para comercialización directa, como barracas, no están clasificados de acuerdo con estas categorías y deberán ajustarse a lo establecido para talleres e industrias clase 2. Artículo 347.-Depósitos de materiales peligrosos.- Todo taller, industria o depósito catalogado como peligroso, cualquiera sea su tamaño, deberá ser localizado en áreas o sectores previamente determinados por la Oficina Técnica con autorización de la Secretaría de Medio Ambiente Municipal y de la Gobernación de Santa Cruz. Artículo 348.-Localización de depósitos independientes.- 1. Los depósitos independientes clase 1, se permitirán únicamente en las fajas fuera del 1º anillo con frente a avenidas principales, distribuidoras locales, radiales, anillos y troncales, además de en las zonas industriales. 2. Los depósitos independientes clase 2 solo serán permitidos en las fajas fuera del 2º anillo con frente a vías principales y sobre las vías troncales; además de en las zonas industriales. 3. Los depósitos independientes clase 3 y 4 solamente se pueden habilitar enlas fajas con frente a las vías troncales, en áreas de uso específico (AE) de uso empresarial o industrial distrital, además del Parque Industrial. Todos los depósitos cualquiera sea su clase deberá regirse a lo establecido en los cuadros de usos compatibles y las normas específicas sobre depósitos del Tomo III – Edificaciones.
  • 48. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       47    CAPITULO VIII Equipamiento Artículo 349.-Áreas específicas de equipamientos público y/o privado.- Son áreas destinadas a equipamiento público y/o privado localizadas específicamente de acuerdo a la planificación en función al uso, según la siguiente clasificación: CODIGO EQUIPAMIENTO PUBLICO ‐ PRIVADO AE 1 Asistencial AE 2 Deportivo AE 3 Educativo AE 4 Parques periurbanos y de protección ecológico AE 5 Mercados municipales AE 6 Terminal de transporte AE 7 Cementerios AE 8 Centros Culturales AE 9 Universidades ‐ Campus Universitarios AE 10 Institutos públicos La localización y las exigencias de diseño de los diferentes equipamientos públicos y privados responderán a la planificación en los distintos escalones urbanos, según los planes distritales, como se especifica en los cuadros de usos compatibles. El equipamiento se clasifica de acuerdo con sus cuatro niveles de atención o cobertura en: NIVEL DE ATENCION O COBERTURA D BARRIAL C UNIDAD VECINAL B DISTRITAL A URBANO METROPOLITANO Artículo 350.- Localización de equipamientos.- 1. Los equipamientos clase D y C de nivel barrial y vecinal están permitidos en todas las zonas, fajas de equipamiento primario y áreas específicas (AE); exceptuando las zonas industriales. 2. Los equipamientos clase B están permitidos con restricciones en las zonas Z1, Z2, Z3 y sin restricciones en las áreas de equipamiento distrital/terciaria ED/ET y fajas con frentes a radiales, anillos y distribuidoras locales F1, F2 y F3. 3. Los equipamientos clase A están permitidos en las zonas Z1, Z2, Z3 con restricciones, en las fajas con frente a radiales, anillos F1, F2, F3 y en áreas específicas (AE).
  • 49. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       48    TITULO VII CUADRO DE USOS COMPATIBLES Artículo 349.- REFERENCIAS DEL CUADRO DE USOS COMPATIBLES * Permitida sin restricciones 1 Ver Reglamento del Centro Histórico DICEPAHI 2 Autorización condicionada a estudio previo, por la Junta del Centro Histórico –JUCEHI- 3 Autorización condicionada a estudio previo por la Oficina Técnica de SEMPLA 4 Superficie construida máxima 30m2 5 Superficie construida máxima 100m2 6 Superficie construida máxima 150m2 7 Superficie construida máxima 200m2 8 Superficie construida máxima 300m2 9 Superficie construida máxima 600m2. 10 Solamente con Gimnasios no mayores a 200m2 construidos 11 Uso no recomendado 12 Sujeto a lo establecido en el Artículo 621. 13 Sujeto a lo establecido en el Artículo 875 14 Sólo fuera del 3º Anillo 15 Sólo después del 4º Anillo y sujetos a las disposiciones relativas a las normas de seguridad de los Depósitos CLASE IV - Peligrosos 16 Solamente en el área de lotes pequeños 17 Sólo en vías distribuidoras distritales, fuera del 5º Anillo 18 Uso condicionado: si existe depósito de inflamables, gases tóxicos o de productos explosivos, su localización deberá regirse al Artículo 342 y al Capítulo 16 del Tomo III 19 Solamente en el área de Uso Público 20 Superficie de ventas hasta 3000m2
  • 50. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       49    CUADRO DE USOS COMPATIBLES Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur 10 Vivienda unifamiliar * * * * * * * * * * * 12 11 * 11 * * 20 Vivienda multifamiliar * * * * * * * * * * * 12 * * * * * 30 Vivienda ‐ Comercio  ‐Servicio * * * * * * 12 12 12 12 12 12 * * * * * 40 Vivienda ‐ Taller 2 13 13 13 13 13 13 13 13 13 * * * 16 UC 10 Venta de Materiales de Construcción (embolsados, hierro  en barra, perfiles y chapas, ladrillos, piedras y aridos) * * * * * * * UC 11 Venta de Materiales de Construcción (excepto ladrillos,  piedras, áridos, etc.) 3 3 3 3 3 * 5 * * * * * 8 * * UC 12 Ferreterias (hasta 150 m2) 2 3 * * * * 8 5 * * * * * * 5 * * UC 13 Ferreterias (superior a 150 m2) 2 3 * * 7 * 8 5 * * * * * * 8 * * UC 14 Venta y Alquiler de transporte para construcción * * * * * * UC 15 Venta de papeles para pared, revestimiento para pisos de  goma, plástico  y textiles, y artículos similares para la  * * 8 8 8 * * 6 8 * 6 * * * * * * * UC 16 Venta y Alquiler de maquinaria para construcción y  producción agrícola * * * * * * * UC 17 Venta y Alquiler de madera destinada para la construcción  (pilotes, listones, puntales, etc.) * * * * * UC 20 Venta y alquiler de automóviles 2 * * * * * * 8 * * * * 3 * * * * UC 21 Venta de Líquidos y Lubricantes para motorizados (hasta 150  m2) 18 18 18 * * 18 * UC 22 Venta de Líquidos y Lubricantes para motorizados (superior a  150 m2) 18 18 18 * * 18 UC 23 Venta de repuestos y accesorios (hasta 150 m2) 2 * * * 6 6 8 6 * * * * * * * UC 24 Venta de repuestos y accesorios (superior a 150 m2) 2 * * * 6 6 8 6 * * * * * * * UC 25 Gasolineras /Carga de Gas Natural * * * * * * RESIDENCIAL AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de  servicios Z3.2   Zona habitacional con usos  compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media  densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y  baja ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y  baja ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º  Anillo y Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º  anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas  principales ‐ Radiales y Anillos UC ‐ COMERCIAL COMERCIO DE MATERIALES DE CONSTR. FERRETERIAS Y EQUIPOS AGRICOLAS COMERCIO AUTOMOTRIZ Y AFINES  
  • 51. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       50    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UC 30 Muebles (hasta 150m2) * * * * * * * 8 * 7 * * * * * * UC 31 Muebles (con exposicion sup. A 150 m2) * * * * * * * 8 * 7 * * * * * * UC 32 Venta de artículos variados para el hogar * * * * * * * 6 8 * * 6 * * * * * * * UC 33 Venta de electrodomésticos  * * * * * * * 6 8 * * 6 * * * * * * * UC 40 Venta de productos  eléctricos y electronicos * * * * 8 * 5 * * * * 8 * UC 41 Venta de productos de caza y pezca y deportivos * * * * 8 * 5 * * * * 8 16 * UC 42 Venta de productos veterinarios y agrícolas  * 18 * * * 18 * UC 43 Venta de productos plásticos  * * * * 18 * * * 18 * UC 44 Venta de juegos artificiales  * * * * * UC 45 Venta de pinturas, barnices y solventes 18 18 18 18 6 6 6 8 * 6 18 * * * 18 * UC 50 Farmacias  * * * * 6 * 6 8 * * 6 * * * * * UC 51 Venta  de instrumental medico y odontológico y articulos  ortopedicos * * * * 6 * 6 * * * * * 8 * UC 52 Venta de articulos de esparcimiento y deportes  * * * * 6 * 6 * * * * * 8 * UC 60 Papelerías, librerías, revisterías y tarjeterías  * * * * * * * 8 * 6 * * * * * UC 61 Venta al por mayor de papel, cartón, materiales de  embalaje * * * * * UC 62 Artículos de escritorio * * * * * * * 8 * 6 * * * * * COMERCIO DE PAPEL COMERCIO REFERENTE A SALUD COMERCIO DE MUEBLES Y MENAJES P/HOGAR COMERCIO ESPECIALIZADO Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º  Anillo y Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de  servicios Z3.2   Zona habitacional con usos  compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media  densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y  baja ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y  baja ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º  anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas  principales ‐ Radiales y Anillos  
  • 52. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       51    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UC 70 Jugueterías  * * * * * * * 8 * 6 * * * * * * UC 71 Venta de Discos  * * * * * 8 * * * * * UC 72 Florerías y similares * * * * * * * 8 * * * * * * * * * UC 73 Artículos fotográficos y revelado de películas   * * * * * * * * * 16 UC 74 Bombonerías  * * * * * * * 8 * * * * * * * 16 UC 75 Joyerías  * * * * * * * 8 * * * * * * * 16 UC 76 Perfumerías  * * * * * * * 8 * * * * * * * 16 UC 77 Venta de artesanías y  de cerámicas decorativas  * * * * * * * 8 * * * * * * * 16 UC 78 Casas de Regalos  * * * * * * * 8 * * * * * * * 16 UC 79 Cotillón  * * * * * * * 8 * * * * * * * 16 UC 80 Casas de decoración de interiores * * * * * * * 8 * * * * * * * 16 UC 81 Bazares  * * * * * * * 8 * * * * * * * 16 UC 82 Telas * * * * * * * * 16 UC 90 Calzados, artículos de cuero * * * * * 8 * * * * * * UC 91 Venta de artículos para Maquillaje  * * * * * 8 * * * * * * UC 92 Ropa (magazines) grandes casas * * * * * 8 * * * * * * UC 93 Venta al por menor de indumentaria para bebés y niños * * * * * 8 * * * * * * COMERCIO DE ORNAMENTACIONES Y OTROS COMERCIO DE ARTÍCULOS DE VESTIR Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º  Anillo y Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de  servicios Z3.2   Zona habitacional con usos  compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media  densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y  baja ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y  baja ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º  anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas  principales ‐ Radiales y Anillos  
  • 53. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       52    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UC 100 Pulperías * * * * * * * 4 8 * * * * * * * 4 * UC 101 Micromercados * * * 8 8 * 8 8 * * * * * 8 * UC 102 Almacenes de Abarrote  * * * 6 6 6 6 5 8 5 5 * * * * * 16 UC 103 Supermercados  * * * * * * * 8 * * * * * UC 104 Comercio de conservas refrigeradas (carne de res, pollos,  etc.  * * * 6 * 5 * * * * 16 UC 110 Licorerías * * * 4 * * * * * * 16 UC 111 Comercio de Bebidas alcoholicas y No alcoholicas  (Agencias con depósito)  * * * * * 16 * UC 112 Comercio de agua mineral envasada * * 4 * * * * * * * 16 * UC 120 Comercio de peces, acuarios y accesorios  * * * * * * * * * UC 121 Comercio de animales pequeños y accesorios  * * * * * * * * UC 122 Veterinaria  * * * * * * * * UC 123 Comercio de alimentos balanceado  envasado al por  menor * * * * * UC 130 Snacks, hambugueserías, cafeterías, heladerías  * * * * * 6 6 6 8 5 * * * * 7 16 UC 131 Restaurantes c/cap. Hasta 30 personas con o sin música  ambiental  * * * * * 6 6 6 8 5 * * * * 7 16 UC 132 Restaurants c/cap. Mayor a 30 personas con música  ambiental al vivo, bailable * * * * * * * UC 133 Bares cerrados * * * * * * * UC 134 Bares con áreas al aire libre 3 3 3 * * * 16 UC 135 Chicherías  14 UC 136 Comercio y preparacion de comidas a pedido (catering) * * * * * 7 7 5 5 5 * * * * 16 COMERCIO DE ABARROTES Y DE PROD. ALIMENTICIOS COMERCIO DE BEBIDAS COMERCIO DE ANIMALES Y SUS ALIMENTOS COMERCIO DE COMIDAS Y BEBIDAS Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º  Anillo y Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de  servicios Z3.2   Zona habitacional con usos  compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media  densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y  baja ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y  baja ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º  anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas  principales ‐ Radiales y Anillos  
  • 54. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       53    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UC 140 Centros o Galerias Comerciales * * * * * * * 9 * UC 141 Ventas al por mayor c/ oficinas y sala de exposición, pero sin  almacenes en el propio edificio * * * * * * * * UC 142 Venta al por mayor de productos no molestos, no inflamables, ni  peligrosos (categorías III y IV de la clasificación por grado de  molestias); con oficinas, salas de exposición con demandas de  depósitos no mayores a 150 m2 y de transporte pesado  * * * * * * UC 143 Venta al por mayor de productos III (molestos), con oficinas, salas  de exposición con demandas de depósitos no mayores a 150 m2 y  de transporte pesado. Estan excluidos de esta categoría los  productos IV (inflamables y explosivos) * * * * * UC 144 Venta al por mayor con oficinas, salas de exposición y con  demandas de depósitos superiores a 150 m2 y de transporte  pesado. Están excluidos en esta categoría los productos IV  (inflamables y explosivos) * * * * UC 145 Ventas al por mayor de productos (inflamables y explosivos),  necesiten o no de grandes areas o de transporte pesado. Estan  incluidas en esta categoria: distribuidoras de garrafas de gas,  kerosene y alcohol. * 22 22 * US 10 Teatros, Cines 2 * * * * * * * US 11 Juegos electrónicos, billares, futbolin 2 3 3 3 3 3 3 US 12 Juegos infantiles (carruseles, inflables, etc) * * * 16 US 13 Juego de azar, para adultos (Bingos) 3 3 3 3 US 14 Discotecas 2 * * * * * * 16 US 15 Boites, Cabarets, lenocinios 14 14 US 16 Salones de Té * * * * * * * 6 8 * * * * 7 16 US 17 Salon de Eventos  2 * * * * * * COMERCIO MAYORISTA US ‐ SERVICIOS SERVICIOS COMERCIALES DE DIVERSIÓN Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º  Anillo y Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de  servicios Z3.2   Zona habitacional con usos  compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media  densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y  baja ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y  baja ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º  anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas  principales ‐ Radiales y Anillos
  • 55. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       54    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur US 20 Residenciales / Alojamiento * * * * * * * * US 21 Residencial estudiantil * * * * * * * * * * * 16 US 22 Hoteles * * * * * * * * * * US 23 Apart Hotel * * * * * * * * * * US 24 Moteles 17 17 * US 30 Oficinas de prestación de servicios profesionales, arquitectos,  ingenieros, médicos, economistas, abogados y otros. CLASE I * * * * 8 8 8 8 8 5 * * * * * * US 31 Sedes administrativas y culturales de asociaciones profesionales  y/o sindicales 2 * * * * * * * US 32 Sedes administrativas de organizaciones culturales, educativas y  de beneficencia. 2 * * * * * * * US 33 Fotocopiadoras  * * * * * * * 4 * 4 * * * * * 16 US 34 Servicios de limpieza al Seco Lavandería 3 * * * * * 6 * * * * * * 16 US 35 Salones de belleza/Peluquerías salones de masajes / pedicures * * * * * * * 6 * * * * * * 16 US 36 Spa (centro de estética y reposo) * * * * * * * * * 16 US 37 Servicios sanitarios: enfermerías, inyecciones, etc. * * * * * * * * * * * * 16 US 38 Servicios médicos especializados (Fisioterapia y similares,  laboratorios de análisis clínicos) * * * * 3 3 * * * 3 16 US 39 Servicios médicos de emergencia y auxilio móvil. * * * * * * * 16 US 40 Servicios de limpieza séptica y bacteriana. * * * * * US 41 Agencias de Turísmo * * * * * * 6 6 8 * * * * * 16 US 42 Recojo y Reciclaje de desperdicios y desechos No metálicos * 17 * US 43 Recojo y Reciclaje de desperdicios y desechos metálicos US 44 Servicios de instalación de gas domiciliario, tv cable, etc., aire  acondicionado, etc. * * * * * * * * * * 16 SERVICIOS DE HOSPEDAJE SERVICIOS PERSONALES Y DE NEGOCIOS Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º  Anillo y Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de  servicios Z3.2   Zona habitacional con usos  compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media  densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y  baja ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y  baja ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º  anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas  principales ‐ Radiales y Anillos
  • 56. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       55    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur US 45 Servicio de lavado automático para vehículos motorizados * * * * US 46 Servicios de depósitos y almacenaje para artículos privados * * * * * US 47 Servicios de seguridad personal y móvil * * * * * 6 6 * * * * * * * * US 50 Notarías * * * * * * 4 4 * * * * * * * * 16 US 51 Registro Civil * * * * * * 4 4 * * * * * * * * 16 US 52 Oficinas administrativas públicas * * * * * * * 8 * * * * * US 53 Centrales telefónicas, telex, telégrafos (no incluye la sede  administrativa central de las empresas que dan sevicios) * * * * * * * * * * US 60 Empresas o cooperativas de servicios públicos (Entel, Cotas, Cre,  Saguapac) * * * * * 8 * 8 6 * * * * * US 61 Empresas consultora y constructoras (oficinas sin depositos ni  garajes) * * * * * * 6 6 8 * * * * * * 16 * US 62 Empresas de transporte, incluye empresas aéreas y de mudanzas  (oficinas) * * * * * * 6 6 8 * * * * * * 16 * US 63 Agencias aduaneras (sin depositos ) * * * * * * 6 6 8 * * * * * * 16 US 70 Sedes de Banco y Cooperativas de ahorro y crédito * * * * * * * * 16 * US 71 Sucursales de bancos y cooperativas de ahorro y cred. * * * * * * * 8 * * 6 * * * * 7 16 US 72 Compañias de seguros * * * * * * * 8 6 * * * * 7 16 US 73 Empresas y oficinas inmobiliarias * * * * * * * 6 8 6 6 * * * * * 16 US 74 Servicios de bolsas de valores * * * * * * * 6 8 6 6 * * * * * 16 US 75 Casas de cambio de moneda * * * * * * * SERVICIOS DE GOBIERNO Y DE LAS COOPERATIVAS DE SERVICIOS OFICINAS CENTRALES DE EMPRESAS FINANZAS, SEGUROS E INMOBILIARIAS SERVICIOS PERSONALES Y DE NEGOCIOS Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 57. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       56    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur US 80 Garajes de Buses (Transporte colectivo, camiones de carga y  similares * * * * * US 81 Garajes de vehículos medianos, microbuses, de carrocerías  medianas, semipesados. Accesos o vías con un ancho mínimo de 11  metros. * * * * * US 82 Garajes de vehículos (Automóviles, jeeps, camionetas), áreas al  descubierto 3 3 3 3 3 3 3 * * * * 3 16 US 83 Edificios, garajes de vehículos livianos 2 * * * 3 3 3 * * * * 3 16 US 84 Servicios de mudanza  * * * * * US 85 Servicios de transporte automotor pequeño urbano regular de  pasajeros (trufis, motocibletas, etc.) 3 * * * * US 86 Servicio de transporte escolar (buses pequeños) 3 * * * * * US 90 Servicio de jardinería y paisajismo (oficinas) * * * * * * * 6 8 6 * * * * * * US 91 Canal de Televisión, radio * * * * * US 92 Set de producción y transmisión (Tv.) * * * * * US 93 Servicios de Correos privados * * * * * * 6 * 6 * * * * * UT 10 Sastrerias, corte y confección * * * * * 6 6 6 6 * * * * 6 UT 11 Zapaterias 2 * * * * 6 6 6 * * * * 6 UT 12 Talabarterías 3 3 * * 3 * * * * UT 20 Carpinterias artesanales 3 3 3 3 * * 16 * UT 21 Tornerias de madera 3 3 3 3 * * 16 * UT 22 Tornerias de madera artística  3 3 3 3 * * 16 * GARAJES OTROS SERVICIOS UT ‐ TALLERES PRENDAS DE VISTIR Y ARTICULOS DE CUERO MADERAS Y PRODUCTOS DE MADERA Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 58. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       57    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UT 30 Fundiciones Lápidas, tapas cloacales, etc. 3 3 3 3 * * 16 * UT 31 Hojalaterías, herrerias, plomerias 3 3 3 3 * * 16 * UT 32 Carpinterías metálicas, cerrajerías soldaduras 3 3 3 3 * * 16 * UT 33 Tornerías metálicas (II, III) * * * * UT 40 Reparación de máquinas de escribir, cajas registradoras, etc. 3 * * * * * * 3 3 UT 41 Radio técnica, electrónicos 3 * * * * * * 3 3 UT 42 Reparación electrodomésticos, no incluido lavarropas 3 * * * * * * 3 3 UT 43 Reparación de acondicionadores de aire 3 * * * * * * 3 3 UT 44 Reparación, chaperio y pintura de heladera, lavarropas  y afines 3 * * * 16 UT 45 Reparación, motores máquinas electricas * * * 16 UT 50 Estaciones de servicios para vehículos pesados 3 * * 16 UT 51 Mecánica de vehículos livianos y medianos 3 3 * * 16 UT 52 Taller de motos 3 3 * * 16 UT 53 Vulcanizaciones * * 16 UT 54 Recauchutadoras * * 16 UT 55 Chaperíos * * * 16 UT 56 Servicios de aire y parchado 3 3 3 * * 16 UT 57 Cargas de baterias 3 3 * * 16 UT 58 Estaciones de servicios de lavado, engrase * * * * * UT 59 Maestranza * * * * * * * METAL, CARPINTERIAS Y TORNERIAS METÁLICAS REPARACIÓN DE ARTÍCULOS ELÉCTRICOS, ELECTRODOMÉSTICOS Y ELECTRÓNICOS SERVICIOS PARA VEHICULOS Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 59. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       58    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UT 60 Embobinados 3 3 * * 16 UT 61 Soldadura autógena 3 3 * * 16 UT 62 Reparación de equipos y maquinarias agrícolas * * 16 UT 63 Reparación de maquinarias y aparatos industriales eléctricos * * 16 UT 70 Tapicerias 2 3 6 6 6 6 * * * * * 16 UT 71 Reparación de bicicletas 2 3 6 6 6 6 * * * * * 16 UI 10 Mataderos(matanza del ganado, preparacion y conservacion de  carne) * 3 3 UI 11 Fabricacion de productos làcteos * 3 3 UI 12 Envasados y conservaciòn de frutas y legumbres * 3 3 UI 13 Elaboracion de productos alimenticios  * 3 3 UI 14 Molineras , ingenios arroceros * 3 3 UI 15 Panaderias (excluidos galleterias y biscochos)  * 3 3 UI 16 Fabricacion de galletas y biscochos. * 3 3 UI 17 Fabricacion de pastas alimenticias frescas * 3 3 UI 18 Fabricacion de pastas alimenticias secas * 3 3 UI 19 Fabricacion de aceites y grasas de origen vegetal refinadas y sus  subproductos * 3 3 UI 20 Elaboracion de pulpas, jaleas, dulces y mermeladas * 3 3 UI 21 Ingenios azucareros * 3 3 UI 22 Fabricacion de helados (incluidos lâcteos) * 3 3 UI 23 Fabricacion de chocolates, dulces y articulos de confiterias. * 3 3 OTROS NO CLASIFICADOS ANTERIORMENTE UI ‐ INDUSTRIAS DE ALIMENTOS Y SIMILARES ELECTRICOS Y ELECTROMECANICOS Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 60. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       59    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UI 24 Fabricacion de hielo (excepto hielo seco) * 3 3 UI 25 Fabricacion de vinagres * 3 3 UI 26 Refinacion y molienda de sal comestible * 3 3 UI 27 Fabricacion de alimentos balanceados * 3 3 UI 30 Destilacion de alcoholes * 3 3 UI 31 Fabrica de cerveza * 3 3 UI 32 Elaboracion de jugos naturales y sus concentrados, de frutas,  hortalizas y legumbres * 3 3 UI 33 Fabrica y embotelladora de gaseosas * 3 3 UI 40 Fabricación de hilos * 3 3 UI 41 Teñido de hilos * 3 3 UI 42 Fabricación de tejidos * 3 3 UI 43 Talleres de costura artesanales y pequeños 2 3 3 3 3 * * * * * * 16 UI 44 Fabricación de bolsas (excluidas las de plásticos) * 3 3 UI 45 Curtiembres * 3 3 UI 46 Industrias de calzados * 3 3 UI 47 Industrias de cinturones y otros artículos de cuero, no clasificados  anteriormente * 3 3 UI 50 Aserraderos y otros talleres para preparar madera * 3 3 3 3 3 UI 51 Carpinterias de marcos, puertas y ventanas * 3 3 3 3 3 UI 52 Carpinterias de serchas y vigas * 3 3 3 3 3 UI ‐ INDUSTRIAS DE ALIMENTOS Y SIMILARES DE BEBIDAS Y ALCOHOLES. TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR, PRODUCTOS DE TELA Y DE CUERO INDUSTRIAS DE LA MADERA, PRODUCTOS DE MADERA INCLUIDO MUEBLES Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 61. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       60    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UI 53 Maderas terciadas y aglomeradas * 3 3 3 3 3 UI 54 Machimbre * 3 3 3 3 3 UI 55 Fabricación de envases de madera * 3 3 3 3 3 UI 56 Fabricación de ataúdes y ornamentación funeraria * 3 3 3 3 3 UI 57 Fabricación de carrocerías de madera * 3 3 3 3 3 UI 58 Fabriación de piezas de madera, obtenidas por torneado y otras  operaciones análogas * 3 3 3 3 3 UI 59 Fabrica de muebles * 3 3 3 3 3 UI 60 Fabrica de colchones * 3 3 3 3 3 UI 70 Industria de productos de papel * * * 3 3 3 UI 71 Fabricación de envases de papel y carton * * * 3 3 3 UI 72 Tipografia, sellos y encuardenación * * * 6 * * * * 16 UI 73 Imprentas de offset (incluyendo tipografia) * * * * * 6 * * * * * 16 UI 74 Editorias  * * * * * 6 * * * * * 16 UI 75 Empresas Periodisticas (periodicos) * * * * * * UI 80 Fabricación de productos quimicos en general * * 17 3 UI 81 Fabricacion de tintas y solventes * * 17 3 UI 82 Fabricacion de abonos, fungicidas, plaguicidas e insecticidas * * 17 3 UI 83 Fabricacion de detergentes y ceras * * 17 3 UI 84 Fabricacion de jabones, articulos de tocador, cosmeticos y similares  * * 17 3 UI 85 Fabricacion de jabones para lavar ropa * * 17 3 UI 86 Fabricacion de liquidos para frenos * * 17 3 FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE PAPEL, IMPRENTA, EDITORIALES Y SIMILARES FABRICACIÓN DE SUSTANCIAS QUIMICAS Y DE PRODUCTOS QUIMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO, CARBON, CAUCHO Y PLASTICO INDUSTRIAS DE LA MADERA, PRODUCTOS DE MADERA INCLUIDO MUEBLES Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 62. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       61    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UI 87 Gas carbonico, oxigeno y acetileno * * 17 3 UI 88 Refinerias de petroleo y gas * * 17 3 UI 89 Fabricacion de envases y de productos de plastico * * 17 3 UI 90 Medicamentos y productos farmaceuticos 17 3 UI 91 Especificos veterinarios * * 17 3 UI 92 Destilacion, desnaturalizacion de alcoholes  * * 17 3 UI 93 Plantas de elaboracion de hormigon asfaltico * * 71 3 UI 94 Recauchutaje y vulcanizacion de cubiertas * * 17 3 UI 100 Fabricacion de productos ceramicos, arcilla, barro * * 17 3 UI 101 Fabricacion de vidrios y productos de vidrio * * 17 3 UI 102 Fabricacion de cemento, cal y yeso * * 17 3 UI 103 Fabricacion de articulos de cemento y de fibra de cemento * * 17 3 UI 104 Fabricacion de mosaicos calcareos y graníticos * * 17 3 UI 105 Aserraderos, corte, pulido y labrado de mármoles, granitos y otras  piedras * * 17 3 UI 110 Herramientas de mano y para maquinas * * 17 3 UI 111 Muebles metalicos para el hogar, mobiliario médico, muebles para  comercio y oficinas incluso instalaciones para industria, comercio y  oficina * * 17 3 UI 112 Fabricacion de productos de carpinteria metalica, perfiles de chapa,  marcos puertas ventanas celosias y demas articulos afines para la * * 17 3 UI 113 Fabricacion de clavos y productos de buloneria * * 17 3 UI 114 Fabricacion de envases de hojalata y de chapa de hierro y demas  productos de hojalata incluso la cromolitografia sobre metales * * 17 3 FABRICACIÓN DE SUSTANCIAS QUIMICAS Y DE PRODUCTOS QUIMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO, CARBON, CAUCHO Y PLASTICO MINERALES NO METALICOS (EXCEPTUANDO DERIVADOS DE PETROLEO Y DE CARBON) FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 63. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       62    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UI 115 Fabricacion de articulos de cuchilleria, herramientas de mano y  articulos de ferreteria * * 17 3 UI 116 Fabricacion de hornos, hogares y quemadores * * 17 3 UI 117 Productos de orfebreria * * 17 3 UI 120 Fabricacion de joyas, incluso el labrado de piedras preciosas y  semipreciosas * * 17 3 UI 121 Fabricacion de instrumentos musicales y sus respuestos y  accesorios. * * 17 3 UI 122  Fabricacion de escobas, plumeros, brochas, cepillos , pinceles y  afines * * 17 3 UI 123 Frabricacion y armado de letreros y anuncios de propaganda,  luminosos o nó * * 17 3 UI 124 Juguetes que no incluyen material plastico * * 17 3 INDUSTRIAS CON RESPECTO AL TRANSPORTE UI 130 Reparacion de carrocerìas para automoviles, camiones y  camionetas * * 17 3 UI 131 Reparacion de carroceias de ómnibus, micros‐ómnibus y demas  vehiculos análogicos * * 17 3 UD 10 Combustibles sólidos * * 17 3 3 UD 11 Minerales metalíferos. * * 17 3 3 UD 12 Petróleo y sus derivados (gas, gasolina, diesel, otras.) * * 17 3 3 UD 20 Pescados y mariscos. * * 17 3 3 UD 21 Productos de caza aviscerados. * * 17 3 3 UD ‐ CLASIFICACION DE LOS DEPOSITOS SGÚN SU NIVEL DE GRADO DE MOLESTIA MINERIA PESCA Y CAZA FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 64. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       63    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UD 30 Alimentos para aves y ganado * * 17 3 3 UD 31 Huevos y miel * * 17 3 3 UD 32 Cereales, oleaginosas, etc. * * 17 3 3 UD 33 Frutas y hortalizas * * 17 3 3 UD 34 Frutos del pais * * 17 3 3 UD 40 Durmientes, estacas , postes y pajas * * 17 3 3 UD 41 Mimbres y paja * * 17 3 3 UD 42 Rollizos * * 17 3 3 UD 50 Alcoholes (etílicos) * * 17 3 3 UD 51 Aceites * * 17 3 3 UD 52 Azúcar * * 17 3 3 UD 53 Café, tés, yerbas y especias * * 17 3 3 UD 54 Carnes, frescas y congeladas * * 17 3 3 UD 55 Cervezas y bebidas sin alcohol * * 17 3 3 UD 56 Comestibles en general * * 17 3 3 UD 57 Chocolates y sus productos, caramelos y otrospreparados  d ú * * 17 3 3 UD 58 Embutidos, fiambres y otros preparados a base de carne. * * 17 3 3 UD 59 Frutas , legumbres y cereales, secos y en consrvas en  di f * * 17 3 3 UD 60 Harinas y sub‐productos de la molienda de trigo. * * 17 3 3 UD 61 Manteca, crema, leche y productos similares * * 17 3 3 UD 62 Quesos * * 17 3 3 UD 63 Productos de la industria fideera (pastas‐secas) * * 17 3 3 ALIMENTOS, BEBIDAS Y ALCOHOLES. AGROPECUARIA. FORESTALES Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 65. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       64    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UD 64 Productos de la panificación * * 17 3 3 UD 65 Vinos  * * 17 3 3 UD 66 Bebidas alcoholicas * * 17 3 3 UD 70 Cigarrillos. * * 17 3 3 UD 71 Cigarros,cigarritos y tabaco picado * * 17 3 3 UD 80 Fibras textiles. * * 17 3 3 UD 81 Hilados , hilos y lanas * * 17 3 3 UD 82 Tejidos. * * 17 3 3 UD 90 Articulos para bebés. * * 5 17 3 3 UD 91 Botonerias(camisas, corbatas, pañuelos, etc) * * 5 17 3 3 UD 92 Confecciones y tiendas en general * * 5 17 3 3 UD 93 Medias y articulos de puntos * * 5 17 3 3 UD 94 Mercerías. * * 5 17 3 3 UD 95 Roperías. * * 5 17 3 3 UD 96 Sombrererías. * * 5 17 3 3 UD 100 Leña y carbon de leña. * * 17 3 3 UD 101 Tablas, tablones, tirantes, (barracas), etc. * * 17 3 3 UD 110 Envases de papel y cartón * * 17 3 3 UD 111 Papel y cartón * * 17 3 3 ALIMENTOS, BEBIDAS Y ALCOHOLES. TABACO TEXTILES CONFECCIONES MADERAS PAPEL Y CARTÓN Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 66. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       65    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UD 120 Editoriales, sin imprentas * * 17 3 3 UD 121 Librería y papelería * * 17 3 3 UD 122 Papeles impresos para decorar. * * 17 3 3 UD 123 Papeles impresos para empaquetar. * * 17 3 3 UD 130 Solventes. * * 15 3 3 UD 131 Pinturas y barnices. * * 15 3 3 UD 132 Productos quimicos diversos. * * 15 3 3 UD 140 Drogas, especialidades medicinales * * 15 3 3 UD 141 Herboristeria. * * 15 3 3 UD 142 Perfumes y productos de higiene y tocados * * 15 3 3 UD 150 Articulos de caucho para uso medicinal y del hogar. * * 17 3 3 UD 151 Calzado de caucho * * 17 3 3 UD 152 Camaras y cubiertas. * * 17 3 3 UD 160 Almacenes de suela. * * 17 3 3 UD 161 Marroquineria * * 17 3 3 UD 162 Calzados de cuero. * * 17 3 3 UD 163 Cuero surtido. * * 17 3 3 UD 164 Pieles curtidas * * 17 3 3 UD 165 Talabarterías. * * 17 3 3 ARTES GRAFICAS. PRODUCTOS QUIMICOS, PINTURAS, BARNICES Y SOLVENTES. PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE HIGIENE Y TOCADOR ARTICULOS DE CAUCHO. CUEROS Y PIELES CURTIDOS Y SUS MANUFACTURAS. Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 67. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       66    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UD 170 Artículos, plomerías, electricidad, calefaccion, obras  i i * * 17 3 3 UD 171 Ladrillo, cemento, cal, arena, etc. * * 17 3 3 UD 172 Piedra marmol.etc. * * 17 3 3 UD 173 Puertas ventanas armazones,etc. * * 17 3 3 UD 174 Vidrios y cristales. * * 17 3 3 UD 180 Acolchados y ortos articulos de tapicería. * * 17 3 3 UD 181 Alfombras. * * 17 3 3 UD 182 Artefactos electricos, radios, televisores, heladeras, etc * * 17 3 3 UD 183 Articulos de bazar y menaje * * 17 3 3 UD 184 Articulos para limpieza. * * 17 3 3 UD 185 Discos. * * 17 3 3 UD 186 Maquinas de coser. * * 17 3 3 UD 187 Muebles de hierro. * * 17 3 3 UD 188 Muebles de maderas y mimbre * * 17 3 3 UD 190 Fantasìas y bijouterías. * * 17 3 3 UD 191 Joyas y piedras preciosas. * * 17 3 3 UD 192 Platerias y similares * * 17 3 3 UD 193 Relojes. * * 17 3 3 UD 200 Artefactos y articulos en general de metales no terrosos  ( b b l i i l i ñ i l ) * * 17 3 3 UD 201 Articulos de hierro y acero. * * 17 3 3 UD 202 Hierro y acero en barra, perfiles y chapas,etc. * * 17 3 3 ARTICULOS PARA EL HOGAR. MATERIALES PARA CONSTRUCCION. JOYERIAS RELOJERIAS Y AFINES. METALES, EXCLUIDA MAQUINARIA. Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 68. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       67    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UD 203 Metales no terrosos en distintas formas. * * 17 3 3 UD 210 Automotores y sus respuestos y accesorios * * 17 3 3 UD 211 Bicicletas y sus respuestos y accesorios. * * 17 3 3 UD 212 Equipos y accesorios para el transporte ferroviario. * * 17 3 3 UD 213 Equipo y accesorios rurales (implementos agricolas  mecanizados) * * 17 3 3 UD 214 Equipos y aparatos cientificos de precisión (medicina,  ingeniería,etc.) * * 17 3 3 UD 215 Equipos maquinarias para la construccion. * * 17 3 3 UD 216 Maquinarias, instalaciones mecánicas para uso en la  industrias y sus respuestos y accesorios. * * 17 3 3 UD 217 Maquinas y equipos para oficinas (maquina de  esc.,contabilidad, etc.) * * 17 3 3 UD 218 Triciclos y otros vehiculos a pedal (excluidas bicicletas) sus  repuestos y accesorios * * 17 3 3 UD 220 Aparatos y materiales para radiofonia y sus repuestos y  accesorios * * 17 3 3 UD 221 Articulos y aparatos diversos para Instalaciones electricas  (lamparas, fusibles, toma‐corrientes, etc.) * * 17 3 3 UD 222 Cables y conductores de electricidad * * 17 3 3 UD 223 Motores electricos, respuestos y accesorios * * 17 3 3 METALES, EXCLUIDA MAQUINARIA. VEHICULOS Y MAQUINARIAS (EXCLUIDA LA ELECTRICA)  MAQUINARIAS Y APARATOS ELECTRONICOS Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 69. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       68    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UD 230 Accesorios para farmacia, hospitales, ect. * * 8 17 3 3 UD 231 Arboles y plantas * * 8 17 3 3 UD 232 Articulos musicales * * 8 17 3 3 UD 233 Articulos para deportes * * 8 17 3 3 UD 234 Utiles para comedor, industrias y profesional * * 8 17 3 3 UD 235 Cuchilleria * * 17 3 3 UD 236 Desechos de hierro, acero y otros metales. * * 17 3 3 UD 237 Desechos en general (excluidos los de hierro, acero y otros  metales) * * 17 3 3 UD 238 Diarios y revistas * * 17 3 3 UD 239 Envases en general * * 17 3 3 UD 240 Ferreteria en general * * 17 3 3 UD 241 Flores y semillas * * 8 17 3 3 UD 242 Jugueteria * * 8 17 3 3 UD 243 Optica y fotografia * * 8 17 3 3 UD 244 Plasticos * * 8 17 3 3 UD 245 Productos veterinarios * * 8 17 3 3 UD 246 Zapateria * * 8 17 3 3 UE 10 Guarderias * * * 8 8 8 8 7 7 7 * * * * UE 11 Pre‐basico * * * * * * * * * UE 12 Ciclo basico * * * * * * * * * UE 13 Ciclo intermedio  * * * * * * * * * EDUCACIONAL VARIOS UE ‐ UA ‐ USC ‐ UR ‐ UP ‐ CLASIFICACION DE LOS USOS SOCIO CULTURALES Y PUBLICO INSTITUCIONALES SEGÚN EL NIVEL DE ATENDIMIENTO Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 70. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       69    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UE 14 Ciclo medio * * * * * * * * * UE 15 Institutos tecnicos y comerciales * * * * * * * * * UE 16 Talleres de formacion a nivel medio (artes plasticas,  i ) * * * * * * * * * UE 17 Escuela de deportes 2 10 10 10 * * * 10 * * UE 18 Escuela para diferenciados * * * * * * * * * UE 19 Escuelas o colegios con internos 2 3 * * * * * UE 20 Universidades * * * * * * * * UE 21 Campus universitarios * * * * * * * * UA 10 Postas sanitarias (curaciones profilacticas y de  i ) 2 * * 6 * * 6 * * * * * * * UA 11 Policonsultorio y clinicas privadas 2 * * * * * * * * * * UA 12 Hospitales generales 2 3 3 * * * UA 13 Hospitales Especialidades 2 * * * * * * * * * 3 * UA 14 Sanatorios, recuperacion alcoholicos y de drogadictos,  id d l * * 16 * UA 15 Casa de reposo y convalescencia * * 16 * UA 16 Asilos de huerfanos y ancianos * * 16 * USC 10 Capillas * * * * * * * 6 6 6 * * 6 * * * USC 11 Iglesias * * * * * * * * * * 6 * * * USC 12 Centros polifuncionales y comunitarios (municipales) * * * 7 7 7 7 7 * * * 8 * * * USC 13 Clubes sociales * * * * * * * * * * * * * * USC 14 Balnearios * * * * * EDUCACIONAL ASISTENCIALES SOCIO CULTURAL ‐ RELIGIOSO UE ‐ UA ‐ USC ‐ UR ‐ UP ‐ CLASIFICACION DE LOS USOS SOCIO CULTURALES Y PUBLICO INSTITUCIONALES SEGÚN EL NIVEL DE ATENDIMIENTO Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 71. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       70    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur USC 15 Clubes juveniles socio‐deportivos * * * * * * USC 16 Centro comunitarios de madres 6 6 6 * * 16 * * USC 17 Biblioteca * * * * * * * 6 * * * * 6 * * * USC 18 Conventos o centros religiosos 2 * * * * * * * * * * * * * * * USC 19 Instituciones culturales * * * * * * * 6 * * * * * 3 * USC 20 Sedes sociales ‐deportivos de clubes  i d f id d f i l i di 2 * * * * * * 8 * * UR 10 Parques infantiles 2 * * * * * * * * * * * * * * * * * * * UR 11 Plazas * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * 3 * UR 12 Campos deportivos (de futbol o polideportivos) * * * * * * UR 13 Gimnasios y/o coliseos (cap.max.1500 personas) * * * * * UR 14 Complejos deportivos asociaciones * * * * * * * UR 15 Complejos deportivos de competicion. Complejo Gilberto  M h Vill d i "Ab h T l hi" * * * * * * * * 15 * UR 16 Parques urbanos * * * * * * * * * * * * * * * UP 10 Mercados de barrios 2 3 3 20 20 * * * 20 * * * UP 11 Mercados distritales * * * * * UP 12 Centrales de abastecimientos * * * * * UP 13 Terminales de transporte * * * * * UP 14 Cementerios 3 3 * UP 15 Carceles publicas  3 3 * UP 16  Centros correccionales 3 3 3 * SOCIO CULTURAL ‐ RELIGIOSO RECREATIVO, DEPORTIVO PUBLICO ‐ INSTITUCIONAL UE ‐ UA ‐ USC ‐ UR ‐ UP ‐ CLASIFICACION DE LOS USOS SOCIO CULTURALES Y PUBLICO INSTITUCIONALES SEGÚN EL NIVEL DE ATENDIMIENTO Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 72. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       71    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UP 17 Bomberos * * * * * UP 18 Cuarteles militares y de policias 3 3 3 3 UP 19 Policia (central) * * * * * * * * * UP 20 Policia (comisaria) * * * * * * * * * * * * * * * * 16 * UP 21 Correos (central) * * UP 22 Correos (sucursal) * * * 5 * * 5 5 5 * * * * 16 * UP 23 Empresas municipales * * * * * * * * * * * * * * PUBLICO ‐ INSTITUCIONAL UE ‐ UA ‐ USC ‐ UR ‐ UP ‐ CLASIFICACION DE LOS USOS SOCIO CULTURALES Y PUBLICO INSTITUCIONALES SEGÚN EL NIVEL DE ATENDIMIENTO Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos  
  • 73. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       72    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur US 60 Empresas o cooperativas de servicios públicos (Entel, Cotas, Cre,  Saguapac) * * * * * 8 * 8 6 * * * * * US 61 Empresas consultora y constructoras (oficinas sin depositos ni  garajes) * * * * * * 6 6 8 * * * * * * 16 * US 62 Empresas de transporte, incluye empresas aéreas y de mudanzas  (oficinas) * * * * * * 6 6 8 * * * * * * 16 * US 63 Agencias aduaneras (sin depositos ) * * * * * * 6 6 8 * * * * * * 16 US 70 Sedes de Banco y Cooperativas de ahorro y crédito * * * * * * * * 16 * US 71 Sucursales de bancos y cooperativas de ahorro y cred. * * * * * * * 8 * * 6 * * * * 7 16 US 72 Compañias de seguros * * * * * * * 8 6 * * * * 7 16 US 73 Empresas y oficinas inmobiliarias * * * * * * * 6 8 6 6 * * * * * 16 US 74 Servicios de bolsas de valores * * * * * * * 6 8 6 6 * * * * * 16 US 75 Casas de cambio de moneda * * * * * * * US 80 Garajes de Buses (Transporte colectivo, camiones de carga y  similares * * * * * US 81 Garajes de vehículos medianos, microbuses, de carrocerías  medianas, semipesados. Accesos o vías con un ancho mínimo de 11  metros. * * * * * US 82 Garajes de vehículos (Automóviles, jeeps, camionetas), áreas al  descubierto 3 3 3 3 3 3 3 * * * * 3 16 US 83 Edificios, garajes de vehículos livianos 2 * * * 3 3 3 * * * * 3 16 US 84 Servicios de mudanza  * * * * * US 85 Servicios de transporte automotor pequeño urbano regular de  pasajeros (trufis, motocibletas, etc.) 3 * * * * US 86 Servicio de transporte escolar (buses pequeños) 3 * * * * * OFICINAS CENTRALES DE EMPRESAS FINANZAS, SEGUROS E INMOBILIARIAS GARAJES Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 74. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       73    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur US 60 Empresas o cooperativas de servicios públicos (Entel, Cotas, Cre,  Saguapac) * * * * * 8 * 8 6 * * * * * US 90 Servicio de jardinería y paisajismo (oficinas) * * * * * * * 6 8 6 * * * * * * US 91 Canal de Televisión, radio * * * * * US 92 Set de producción y transmisión (Tv.) * * * * * US 93 Servicios de Correos privados * * * * * * 6 * 6 * * * * * UT 10 Sastrerias, corte y confección * * * * * 6 6 6 6 * * * * 6 UT 11 Zapaterias 2 * * * * 6 6 6 * * * * 6 UT 12 Talabarterías 3 3 * * 3 * * * * UT 20 Carpinterias artesanales 3 3 3 3 * * 16 * UT 21 Tornerias de madera 3 3 3 3 * * 16 * UT 22 Tornerias de madera artística  3 3 3 3 * * 16 * UT 30 Fundiciones Lápidas, tapas cloacales, etc. 3 3 3 3 * * 16 * UT 31 Hojalaterías, herrerias, plomerias 3 3 3 3 * * 16 * UT 32 Carpinterías metálicas, cerrajerías soldaduras 3 3 3 3 * * 16 * UT 33 Tornerías metálicas (II, III) * * * * OFICINAS CENTRALES DE EMPRESAS OTROS SERVICIOS UT ‐ TALLERES PRENDAS DE VISTIR Y ARTICULOS DE CUERO MADERAS Y PRODUCTOS DE MADERA METAL, CARPINTERIAS Y TORNERIAS METÁLICAS Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 75. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       74    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UT 40 Reparación de máquinas de escribir, cajas registradoras, etc. 3 * * * * * * 3 3 UT 41 Radio técnica, electrónicos 3 * * * * * * 3 3 UT 42 Reparación electrodomésticos, no incluido lavarropas 3 * * * * * * 3 3 UT 43 Reparación de acondicionadores de aire 3 * * * * * * 3 3 UT 44 Reparación, chaperio y pintura de heladera, lavarropas  y afines 3 * * * 16 UT 45 Reparación, motores máquinas electricas * * * 16 UT 50 Estaciones de servicios para vehículos pesados 3 * * 16 UT 51 Mecánica de vehículos livianos y medianos 3 3 * * 16 UT 52 Taller de motos 3 3 * * 16 UT 53 Vulcanizaciones * * 16 UT 54 Recauchutadoras * * 16 UT 55 Chaperíos * * * 16 UT 56 Servicios de aire y parchado 3 3 3 * * 16 UT 57 Cargas de baterias 3 3 * * 16 UT 58 Estaciones de servicios de lavado, engrase * * * * * UT 59 Maestranza * * * * * * * UT 60 Embobinados 3 3 * * 16 UT 61 Soldadura autógena 3 3 * * 16 UT 62 Reparación de equipos y maquinarias agrícolas * * 16 UT 63 Reparación de maquinarias y aparatos industriales eléctricos * * 16 ELECTRICOS Y ELECTROMECANICOS REPARACIÓN DE ARTÍCULOS ELÉCTRICOS, ELECTRODOMÉSTICOS Y ELECTRÓNICOS SERVICIOS PARA VEHICULOS Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 76. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       75    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UT 70 Tapicerias 2 3 6 6 6 6 * * * * * 16 UT 71 Reparación de bicicletas 2 3 6 6 6 6 * * * * * 16 UI 10 Mataderos(matanza del ganado, preparacion y conservacion de  carne) * 3 3 UI 11 Fabricacion de productos làcteos * 3 3 UI 12 Envasados y conservaciòn de frutas y legumbres * 3 3 UI 13 Elaboracion de productos alimenticios  * 3 3 UI 14 Molineras , ingenios arroceros * 3 3 UI 15 Panaderias (excluidos galleterias y biscochos)  * 3 3 UI 16 Fabricacion de galletas y biscochos. * 3 3 UI 17 Fabricacion de pastas alimenticias frescas * 3 3 UI 18 Fabricacion de pastas alimenticias secas * 3 3 UI 19 Fabricacion de aceites y grasas de origen vegetal refinadas y sus  subproductos * 3 3 UI 20 Elaboracion de pulpas, jaleas, dulces y mermeladas * 3 3 UI 21 Ingenios azucareros * 3 3 UI 22 Fabricacion de helados (incluidos lâcteos) * 3 3 UI 23 Fabricacion de chocolates, dulces y articulos de confiterias. * 3 3 UI 24 Fabricacion de hielo (excepto hielo seco) * 3 3 UI 25 Fabricacion de vinagres * 3 3 UI 26 Refinacion y molienda de sal comestible * 3 3 UI 27 Fabricacion de alimentos balanceados * 3 3 OTROS NO CLASIFICADOS ANTERIORMENTE UI ‐ INDUSTRIAS DE ALIMENTOS Y SIMILARES Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 77. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       76    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UI 30 Destilacion de alcoholes * 3 3 UI 31 Fabrica de cerveza * 3 3 UI 32 Elaboracion de jugos naturales y sus concentrados, de frutas,  hortalizas y legumbres * 3 3 UI 33 Fabrica y embotelladora de gaseosas * 3 3 UI 40 Fabricación de hilos * 3 3 UI 41 Teñido de hilos * 3 3 UI 42 Fabricación de tejidos * 3 3 UI 43 Talleres de costura artesanales y pequeños 2 3 3 3 3 * * * * * * 16 UI 44 Fabricación de bolsas (excluidas las de plásticos) * 3 3 UI 45 Curtiembres * 3 3 UI 46 Industrias de calzados * 3 3 UI 47 Industrias de cinturones y otros artículos de cuero, no clasificados  anteriormente * 3 3 UI 50 Aserraderos y otros talleres para preparar madera * 3 3 3 3 3 UI 51 Carpinterias de marcos, puertas y ventanas * 3 3 3 3 3 UI 52 Carpinterias de serchas y vigas * 3 3 3 3 3 UI 53 Maderas terciadas y aglomeradas * 3 3 3 3 3 UI 54 Machimbre * 3 3 3 3 3 UI 55 Fabricación de envases de madera * 3 3 3 3 3 UI 56 Fabricación de ataúdes y ornamentación funeraria * 3 3 3 3 3 UI 57 Fabricación de carrocerías de madera * 3 3 3 3 3 UI 58 Fabriación de piezas de madera, obtenidas por torneado y otras  operaciones análogas * 3 3 3 3 3 DE BEBIDAS Y ALCOHOLES. TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR, PRODUCTOS DE TELA Y DE CUERO INDUSTRIAS DE LA MADERA, PRODUCTOS DE MADERA INCLUIDO MUEBLES Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 78. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       77    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UI 59 Fabrica de muebles * 3 3 3 3 3 UI 60 Fabrica de colchones * 3 3 3 3 3 UI 70 Industria de productos de papel * * * 3 3 3 UI 71 Fabricación de envases de papel y carton * * * 3 3 3 UI 72 Tipografia, sellos y encuardenación * * * 6 * * * * 16 UI 73 Imprentas de offset (incluyendo tipografia) * * * * * 6 * * * * * 16 UI 74 Editorias  * * * * * 6 * * * * * 16 UI 75 Empresas Periodisticas (periodicos) * * * * * * UI 80 Fabricación de productos quimicos en general * * 17 3 UI 81 Fabricacion de tintas y solventes * * 17 3 UI 82 Fabricacion de abonos, fungicidas, plaguicidas e insecticidas * * 17 3 UI 83 Fabricacion de detergentes y ceras * * 17 3 UI 84 Fabricacion de jabones, articulos de tocador, cosmeticos y similares  * * 17 3 UI 85 Fabricacion de jabones para lavar ropa * * 17 3 UI 86 Fabricacion de liquidos para frenos * * 17 3 UI 87 Gas carbonico, oxigeno y acetileno * * 17 3 UI 88 Refinerias de petroleo y gas * * 17 3 UI 89 Fabricacion de envases y de productos de plastico * * 17 3 UI 90 Medicamentos y productos farmaceuticos 17 3 UI 91 Especificos veterinarios * * 17 3 UI 92 Destilacion, desnaturalizacion de alcoholes  * * 17 3 FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE PAPEL, IMPRENTA, EDITORIALES Y SIMILARES FABRICACIÓN DE SUSTANCIAS QUIMICAS Y DE PRODUCTOS QUIMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO, CARBON, CAUCHO Y PLASTICO INDUSTRIAS DE LA MADERA, PRODUCTOS DE MADERA INCLUIDO MUEBLES Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 79. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       78    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UI 59 Fabrica de muebles * 3 3 3 3 3 UI 60 Fabrica de colchones * 3 3 3 3 3 UI 93 Plantas de elaboracion de hormigon asfaltico * * 71 3 UI 94 Recauchutaje y vulcanizacion de cubiertas * * 17 3 UI 100 Fabricacion de productos ceramicos, arcilla, barro * * 17 3 UI 101 Fabricacion de vidrios y productos de vidrio * * 17 3 UI 102 Fabricacion de cemento, cal y yeso * * 17 3 UI 103 Fabricacion de articulos de cemento y de fibra de cemento * * 17 3 UI 104 Fabricacion de mosaicos calcareos y graníticos * * 17 3 UI 105 Aserraderos, corte, pulido y labrado de mármoles, granitos y otras  piedras * * 17 3 UI 110 Herramientas de mano y para maquinas * * 17 3 UI 111 Muebles metalicos para el hogar, mobiliario médico, muebles para  comercio y oficinas incluso instalaciones para industria, comercio y  oficina * * 17 3 UI 112 Fabricacion de productos de carpinteria metalica, perfiles de chapa,  marcos puertas ventanas celosias y demas articulos afines para la * * 17 3 UI 113 Fabricacion de clavos y productos de buloneria * * 17 3 UI 114 Fabricacion de envases de hojalata y de chapa de hierro y demas  productos de hojalata incluso la cromolitografia sobre metales * * 17 3 UI 115 Fabricacion de articulos de cuchilleria, herramientas de mano y  articulos de ferreteria * * 17 3 UI 116 Fabricacion de hornos, hogares y quemadores * * 17 3 FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE PAPEL, IMPRENTA, EDITORIALES Y SIMILARES FABRICACIÓN DE SUSTANCIAS QUIMICAS Y DE PRODUCTOS QUIMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO, CARBON, CAUCHO Y PLASTICO MINERALES NO METALICOS (EXCEPTUANDO DERIVADOS DE PETROLEO Y DE CARBON) FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO INDUSTRIAS DE LA MADERA, PRODUCTOS DE MADERA INCLUIDO MUEBLES Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 80. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       79    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UI 117 Productos de orfebreria * * 17 3 UI 120 Fabricacion de joyas, incluso el labrado de piedras preciosas y  semipreciosas * * 17 3 UI 121 Fabricacion de instrumentos musicales y sus respuestos y  accesorios. * * 17 3 UI 122  Fabricacion de escobas, plumeros, brochas, cepillos , pinceles y  afines * * 17 3 UI 123 Frabricacion y armado de letreros y anuncios de propaganda,  luminosos o nó * * 17 3 UI 124 Juguetes que no incluyen material plastico * * 17 3 INDUSTRIAS CON RESPECTO AL TRANSPORTE UI 130 Reparacion de carrocerìas para automoviles, camiones y  camionetas * * 17 3 UI 131 Reparacion de carroceias de ómnibus, micros‐ómnibus y demas  vehiculos análogicos * * 17 3 UD 10 Combustibles sólidos * * 17 3 3 UD 11 Minerales metalíferos. * * 17 3 3 UD 12 Petróleo y sus derivados (gas, gasolina, diesel, otras.) * * 17 3 3 UD 20 Pescados y mariscos. * * 17 3 3 UD 21 Productos de caza aviscerados. * * 17 3 3 UD 30 Alimentos para aves y ganado * * 17 3 3 UD 31 Huevos y miel * * 17 3 3 UD 32 Cereales, oleaginosas, etc. * * 17 3 3 UD 33 Frutas y hortalizas * * 17 3 3 UD ‐ CLASIFICACION DE LOS DEPOSITOS SGÚN SU NIVEL DE GRADO DE MOLESTIA MINERIA PESCA Y CAZA AGROPECUARIA. FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 81. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       80    Z1.1 Centro Historico Z1.2 De transicion Z1.3  De uso mixto  Z1.4  Subzona Sur UD 34 Frutos del pais * * 17 3 3 UD 40 Durmientes, estacas , postes y pajas * * 17 3 3 UD 41 Mimbres y paja * * 17 3 3 UD 42 Rollizos * * 17 3 3 UD 50 Alcoholes (etílicos) * * 17 3 3 UD 51 Aceites * * 17 3 3 UD 52 Azúcar * * 17 3 3 UD 53 Café, tés, yerbas y especias * * 17 3 3 UD 54 Carnes, frescas y congeladas * * 17 3 3 UD 55 Cervezas y bebidas sin alcohol * * 17 3 3 UD 56 Comestibles en general * * 17 3 3 UD 57 Chocolates y sus productos, caramelos y otrospreparados  d ú * * 17 3 3 UD 58 Embutidos, fiambres y otros preparados a base de carne. * * 17 3 3 UD 59 Frutas , legumbres y cereales, secos y en consrvas en  di f * * 17 3 3 UD 60 Harinas y sub‐productos de la molienda de trigo. * * 17 3 3 UD 61 Manteca, crema, leche y productos similares * * 17 3 3 UD 62 Quesos * * 17 3 3 UD 63 Productos de la industria fideera (pastas‐secas) * * 17 3 3 UD 64 Productos de la panificación * * 17 3 3 UD 65 Vinos  * * 17 3 3 UD 66 Bebidas alcoholicas * * 17 3 3 ALIMENTOS, BEBIDAS Y ALCOHOLES. AGROPECUARIA. FORESTALES Z‐ ZONAS Z.I. ZONA INDUSTRIAL F ‐ FAJAS ED/ET    Equipamiento Distrital y/oTerciario EP ‐ Equipamiento Publico Primario Z5.1.2  Zona Industrial de Reserva F3 Faja de uso mixto de alta densidad ‐ 4º Anillo y  Avenidas Troncales F4 Faja de uso habitacional ‐ Colectoras F5 Habitacional en pasillo y calles sin salida  AP ‐  Protegidas AE Areas de Uso Especifico ZONA CENTRAL Z2  Zona Central Distrital Z3.1   Zona Intermedia comercial y de servicios Z3.2   Zona habitacional con usos compatibles Z4.1  Zonas habitacional de media densidad Z4.2 Zona habitacional de alta densidad y baja  ocupacion  Z4.3  Zonas habitacional de baja densidad y baja  ocupacion Z5.1.1 Parque Industrial ACTIVIDADES Z5.1.3  Zona de apoyo a las actividades  industriales ‐ Vivienda Z5.3 Pequeña y Mediana Industria Z6 Zona Comercial Existente F1 Faja petrimetral de Uso Mixto del 2º anillo F2 Fajas de uso mixto sobre avenidas principales ‐  Radiales y Anillos
  • 82. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       81    CLASIFICACION DE USOS SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA COD. CONCEPTO NIVEL GRADO DE  MOLESTIA                           COMERCIO DE MATERIALES DE CONSTRUCCION Y EQUIPOS AGRICOLAS UC 10 Venta de Materiales de Construcción (embolsados, hierro en barra, perfiles y chapas, ladrillos, piedras y  aridos) B  I UC 11 Venta de Materiales de Construcción (excepto ladrillos, piedras, áridos, etc.) B  III UC 12 Ferreterias (hasta 150 m2) B I UC 13 Ferreterias (superior a 150 m2) C II UC 14 Venta y Alquiler de transporte para construcción C II UC 15 Venta de papeles para pared, revestimiento para pisos de goma, plástico  y textiles, y artículos similares  para la decoración B II UC 16 Venta y Alquiler de maquinaria para construcción y producción agrícola C II UC 17 Venta y Alquiler de madera destinada para la construcción (pilotes, listones, puntales, etc.) C III COMERCIO AUTOMOTRIZ Y AFINES UC 20 Venta y alquiler de automóviles B II UC 21 Venta de líquidos y lubricantes para motorizados (hasta 150 m2) B II UC 22 Venta de líquidos y lubricantes para motorizados (superior a 150 m2) B III UC 23 Venta de repuestos y accesorios (hasta 150 m2) B II UC 24 Venta de repuestos y accesorios (superior 150 m2) B III UC 25 Gasolineras / Carga de Gas Natural B III COMERCIO DE MUEBLES Y MENAJE PARA EL HOGAR UC 30 Muebles (hasta 150m2) C I UC 31 Muebles (con exposicion) (sup. A 150 m2) B II UC 32 Venta de artículos variados para el hogar (hasta 150 m2) B I Venta de artículos variados para el hogar (superior 150 m2) B II UC 33 Venta de electrodomésticos (hasta 150 m2) B II Venta de electrodomésticos (superior a 150 m2) B III COMERCIO ESPECIALIZADO UC 40 Casas de artículos eléctricos (hasta 150m2) B II Casas de artículos eléctricos (superior a 150 m2) B III UC 41 Venta de productos de caza y pesca y deportivos (hasta 150 m2) B I Venta de productos de caza y pesca y deportivos (superior a 150 m2) B II UC 42 Venta de productos veterinarios y agrícolas (hasta 150 m2) B II Venta de productos veterinarios y agrícolas (superior a  150 m2) B III UC 43 Venta de productos plásticos (hasta 150 m2) B II Venta de productos plásticos (superior a 150 m2) B III UC 44 Venta de juegos artificiales (hasta 150 m2) B IV Venta de juegos artificiales (superior a 150 m2) B IV UC 45 Venta de pinturas, barnices y solventes B I COMERCIO REFERENTE A SALUD  UC 50 Farmacias (hasta 30 m2) C I Farmacias (hasta 150 m2) B II Farmacias (superior a 150 m2) B III UC 51 Venta al por mayor de instrumental médico y odontológico y artículos ortopédicos B II/III UC 52 Venta al por mayor de artículos de esparcimiento y deportes (grama sintética) B II COMERCIO DE PAPEL UC 60 Papelerías, librerías, revisterías, y tarjeterías (hasta 30 m2) C I Papelerías, librerías, revisterías, y tarjeterías (hasta 150 m2) B I Papelerías, librerías, revisterías, y tarjeterías (superior a 150 m2) B II UC 61 Venta al por maypr de papel, cartón, materiales de embalaje B II UC 62 Artículos de escritorio. C I COMERCIO ORNAMENTACIONES Y OTROS UC 70 Jugueterías (hasta 150 m2) C I Jugueterías (superior a 150 m2) B I UC 71 Venta de Discos (hasta 150 m2) C I Venta de discos (superior a 150 m2) B I UC 72 Florerías y similares (hasta 150 m2) C I Florerías y similares (superior a 150 m2) B I UC 73 Artículos fotográficos y revelado de películas (hasta 30 m2) C I Artículos fotográficos y revelado de películas (hasta 150  m2) B I Artículos fotográficos y revelado de películas (superior a 150 m2) B II UC 74 Bombonerías (hasta 150 m2) C I                     CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
  • 83. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       82    COD. CONCEPTO NIVEL GRADO DE  MOLESTIA COMERCIO ORNAMENTACIONES Y OTROS Bombonerías (superior a 150 m2) B I UC 75 Joyerías (hasta 30 m2) D I Joyerías (hasta 150 m2) B I Joyerías (superior a 150 m2) B II UC 76 Perfumerías y venta de tabacos (hasta 150 m2) C I Perfumerías y venta de tabacos (superior a 150 m2) B I UC 77 Venta de artesanías y decoración de cerámicas (hasta 150 m2) B I Venta de artesanías y decoración de cerámicas (superior a  150 m2) B II UC 78 Casas de regalos (hasta 150 m2) C I Casas de regalos (superior a 150 m2) B I UC 79 Cotillones B I UC 80 Casas de decoración de interiores B II UC 81 Bazares (hasta 150 m2) D I Bazares (superior a 150 m2) B II UC 82 Telas B/C I / II COMERCIO DE ARTICULOS DE VESTIR UC 90 Calzados, artículos de cuero (hasta 150 m2) C I Calzados, artículos de cuero (superior 150 m2) B II UC 91 Venta de artículos para maquillaje (hasta 30 m2) B I Venta de artículos para maquillaje (hasta 150 m2) B I Venta de artículos para maquillaje (superior a 150 m2) B I UC 92 Ropa (magazines) (hasta 30 m2) C I Ropa (magazines) (hasta 150 m2) B II Ropa (magazines) (sup. 150 m2) B III UC 93 Venta al por menor de indumentaria para bebés y niños B II DE ABARROTES Y DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS UC 100 Pulperías D I UC 101 Micromercados D I UC 102 Almacenes de Abarrotes (hasta 150 m2) C I Almacenes de Abarrotes (superior a 150 m2) B II UC 103 Supermercados (hasta 150 m2) B II Supermercados (superior a 150 m2) B II UC 104 Comercio de conservas refrigeradas (carne de res, pollos, mariscos, etc.) Hasta 150 m2 C I Comercio de conservas refrigeradas (carne de res, pollos, mariscos, etc.) Superior a 150 m2 B II UC 105 Comercio de conservas No refrigeradas (latas de sopas, productos en polvo, etc.) hasta 150 m2 C I Comercio de conservas No refrigeradas (latas de sopas, productos en polvo, etc.) sup. a 150 m2 B II COMERCIO DE BEBIDAS UC 110 Licorerías  B II UC 111 Comercio de Bebidas alcohólicas y No alcohólicas (agencia con depósito) superior a 150 m2 B III UC 112 Comercio de agua mineral envasada B II COMERCIO DE ANIMALES Y SUS ALIMENTOS UC 120 Comercio de peces, acuarios y accesorios (hasta 150 m2) C I Comercio de peces, acuarios y accesorios (superior a 150 m2) B II UC 121 Comercio de animales pequeños y accesorios (hasta 150 m2) B II Comercio de animales pequeños y accesorios (superior a 150 m2) B III UC 122 Veterinaria (hasta 150 m2) B I Veterinaria (superior a 150 m2) B II UC 123 Comercio de alimentos balanceado No envasado (hasta 150 m2) C I Comercio de  alimentos balanceado No envasado (superior a 150 m2) B II COMERCIO DE COMIDAS Y BEBIDAS UC 130 Snacks, hamburgueserías, cafeterías, heladerías (hasta 150 m2) C I Snacks, hamburgueserías, cafeterías, heladerías (superior a 150 m2) B I UC 131 Restaurants c/cap. hasta 30 personas con o sin musica ambiental. (hasta 150 m2) B II Restaurants c/cap. hasta 30 personas con o sin musica ambiental. (sup. a 150 m2) B II UC 132 Restaurants c/cap. Mayor a 30 personas, con musica ambiental, al vivo, no bailable. B III Restaurants c/cap. mayor a 30 personas, con musica, al vivo, bailable, cerrados o al aire libre. B III UC 133 Bares cerrados B III UC 134 Bares con áreas al aire libre. B III UC 135 Chicherías B III UC 136 Comercio y preparación de comidas a pedido (catering) B II/III                     CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
  • 84. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       83    COD. CONCEPTO NIVEL GRADO DE  MOLESTIA COMERCIO MAYORISTA UC 140 Centro Comercial B III UC 141 Venta al por mayor, con oficinas y sala de exposición pero sin almacenes en el propio edificio y lote. B II UC 142 Ventas al por mayor de productos no molestos, inflamables, ni peligrosos. (categorías III y IV de la  clasificación por grado de molestia) con oficinas, salas d exposición y con demandas de depósitos  no mayores a 120 m2 y transporte pesado  (distribuidores de bebidas) B II UC 143 Ventas al por mayor de productos III (molestos), con oficinas, salas de exposición y demandas de  depositos, no mayores a 120 m2 y de trasnporte pesado. Están excluidos de esta categoría los  productos IV (inflamables y explosivos) B III UC 144 Ventas al por mayor con oficinas, salas d exposición y con demandas de depósitos superiores a 120  m2 y de transporte pesado. Están excluidos de esta categría los productos IV (inflamables y  explosivos) B III UC 145 Ventas al por mayor de productos IV (inflamables o explosivos) necesiten o no de grandes áreas o  de transporte pesado. Están incluidos además en esta categoría: distribuidoras de garrafas de gas,  gasolina, kerossene y de alcohol. B IV CLASIFICACION DE SERVICIOS SEGÚN NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA SERVICIOS COMERCIALES DE DIVERSION US 10 Teatros, cines. B II US 11 Juegos electrónicos, billares, futbolín. C III US 12 Juegos infantiles (carruseles, inflables, etc.) B II US 13 Juegos al azar para adultos (bingos) B III US 14 Discotecas B III US 15 Boites, cabarets, lenocinios. B III US 16 Salones de té. B I US 17 Salón para eventos (hasta 150 m2 util) B II Salón para eventos masivos (sup. hasta 300 m2 util) B III SERVICIOS DE HOSPEDAJE US 20 Residenciales, alojamientos C I/II US 21 Residencias estudiantiles C I US 22 Hoteles B II/III US 23 Apart Hotel C II/III US 24 Moteles B III SERVICIOS PERSONALES Y DE NEGOCIOS US 30 Oficinas de prestación servicios profesionales: arquitectos, ingenieros, médicos, economistas,  C I US 31 Sedes administrativas y culturales de asociaciones profesionales y/o sindicales. B I US 32 Sedes administrativas de organizaciones culturales, educativas y de beneficencia. B I US 33 Fotocopiadoras  (hasta 30 m2) C I Fotocopiadoras  (Sup. a 30 m2) B I US 34 Servicios de limpieza al seco, lavanderías. B I US 35 Salones de belleza, peluquerías, salones de masaje y pedicure C I/II/III US 36 Spa (centro de estética y reposo) B II US 37 Serivicos sanitarios: enfermerías, inyecciones, etc. D I US 38 Servicios médicos especializados y de análisis clínicos. (fisioterapias y similares, laboratorios de  análisis clínicos. C I US 39 Servicios médicos de emergencia y auxilio móvil. C II US 40 Servicios de limpieza séptica y bacteriana. B II/III US 41 Agencia de turismo ( hasta 150 m2) C I Agencia de turismo (sup. a 150 m2) B II US 42 Recojo y reciclaje de desperdicios y desechos No metálicos. B III US 43 Recojo y reciclaje de desperdicios y desechos metálicos. B IV US 44 Servicios de instalación de gas domiciliario, tv cable, aire acondicionado, etc B III US 45 Servicio de lavado automático para vehículos motorizados. B III US 46 Servicios de depósitos y almacenaje para artículos privados. B III US 47 Servicios de seguridad personal y móvil B II SERVICIOS DEL GOBIERNO Y DE LAS COOPERATIVAS DE SERVICIOS US 50 Notarías  D I US 51 Registro civil B II US 52 Oficinas de administracion pública B II US 53 Centrales telefónicas, telex, telégrafos (no incluye la sede administrativa central de las empresas  que dan sevicios) B II                     CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
  • 85. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       84    COD. CONCEPTO NIVEL GRADO DE  MOLESTIA OFICINAS CENTRALES DE EMPRESAS US 60 Empresas o cooperativas de Servicios Públicos (Entel, Cotas, Cre Saguapac y otras telefonicas) B II US 61 Empresas consultoras y cosntructoras (sin depósitos ni garajes) B I/II US 62 Empresas de transporte. Incluye empresas aéreas y de mudanzas (oficinas) B II US 63 Agencias aduaneras. B II FINANZAS, SEGUROS E INMOBILIARIAS  US 70 Sedes de bancos y cooperativas de ahorro y crédito. B II US 71 Sucursales de bancos y cooperativas de ahorro y crédito. B II US 72 Compañías de seguros. B II US 73 Casa de empeño y préstamos (hasta 150 m2) B II Casa de empeño y préstamos (superior a 150 m2) B III US 74 Empresas y oficinas inmobiliarias  B II US 75 Casas de cambio de moneda. B II GARAJES US 80 Garajes de buses (transporte colectivo), camiones de carga y similares. B III US 81 Garajes de vehículos medianos: microbuses, de carrocerías mediana, semipesados accesos a vías  con un ancho de por lo menos 11 metros. B III US 82 Garajes de vehículos (automóviles, jeeps, camionetas en áreas al descubierto) B II US 83 Edificios‐ garajes de vehículos (automóviles, jeeps, camionetas) B II US 84 Servicios de mudanza B II/III US 85 Servicio de transporte automotor pequeño urbano regular de pasajeros (trufis, motocicletas, etc) B III US 86 Servico de transporte escolar B III OTROS SERVICIOS US 90 Servicio de jardinería y paisajismo B III US 91 Canal de Televisión, radio B III US 92 Set de producción y transmisión (tv) B II US 93 Servicios de correos privados. B III CLASIFICACION DE TALLERES SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA PRENDAS DE VESTIR  Y ARTICULOS DE CUERO UT 10 Sastrerias, Corte y confección 1/2 I/II UT 11 Zapaterías 1/2 I/II UT 12 Talabarterías 1 I/II MADERAS, PRODUCTOS DE MADERA UT 20 Carpinterías Artesanales 1 I/II/III UT 21 Tornerías de madera 1/2/3 II/III UT 22 Tornerías de madera artística 1 II/III METAL, CARPINTERIAS Y TORNERIAS METALICAS UT 30 Fundiciones, lápidas, tapas eloacales, etc. 3 IV UT 31 Hojalaterías, herrerías, plomerías. 1 III/IV UT 32 Carpinterías metálicas, cerrajerías, soldaduras. 2/3/4 III/IV UT 33 Tonerías metálicas. 2/3 III/IV REPARACION DE ARTICULOS ELECTRICOS7ELECTRODOMESTICOS Y ELECTRONICOS UT 40 Reparación de máquinas de escribir, cajas registradoras etc. 1/2 I UT 41 Radio técnicas, electrónicos 1/2/3 I UT 42 Reparación electrodomésticas, no incluido lavarropas 1/2 I UT 43 Reparación de acondicionadores de aire. 1/2 I/II UT 44 Reparación, chaperío y pintura de heladeras, lavarropas 2/3 III UT 45 Reparación, motores máquinas electricas 2/3/4 III REPARACION Y SERVICIOS A VEHICULOS MOTORIZADOS UT 50 Estaciones de servicio para vehículo pesado. 3/4 III/IV UT 51 Mecánicas de vehículos  pequeños y medianos. 2/3 II UT 52 Taller de motos 2/1 II UT 53 Vulcanizaciones 2/3 III UT 54 Recauchutadoras 3/4 III UT 55 Chaperíos 2/3/4 II UT 56 Servicios de aire y parcheado. 1/2 II UT 57 Carga de baterías 1/2 II UT 58 Estaciones de servicio de lavado, engrase, fumigado 1/2/3/4 III                     CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
  • 86. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       85    COD. CONCEPTO NIVEL GRADO DE  MOLESTIA REPARACION Y SERVICIOS A VEHICULOS MOTORIZADOS UT 59 Maestranza 3/4 III/IV ELECTRICOS Y ELECTROMECANICOS UT 60 Embobinados 1/2 III UT 61 Soldadura autógena 1 III/IV UT 62 Reparación de equipos y máquinas agrícolas 4 III/IV UT 63 Reparación de máquinas y aparatos industriales eléctricos 2/3/4 III/IV OTROS NO CLASIFICADOS ANTERIORMENTE UT 70 Tapicerías  1/2 I UT 71 Reparación de bicicletas 1 I/II DE ALIMENTOS Y SIMILARES UI 10 Mataderos (matanza del ganado, preparación y conservación de carne) A III UI 11 Fabricación de productos lácteos A III UI 12 Envasados y conservación de frutas y legumbres A III UI 13 Elaboración de productos alimenticios n.c.p. A III UI 14 Molineras, ingenios arroceros. A III UI 15 Panaderías ( excluidos, galleterías y biscochos) B I/II UI 16 Fabricación de galletas y Biscochos A III UI 17 Fabricacion de pastas alimenticias frescas A I UI 18 Fabricacion de pastas alimenticias secas A III UI 19 Fabricacion de  aceites y grasas de origen vegetal refinadas y sus subproductos. A III UI 20 Elaboración de pulpas, jaleas, dulces y mermeladas. A III UI 21 Ingenios azucareros  A III UI 22 Fabricacion de helados (incluidos lácteos) A III UI 23 Fabricación de chocolates, dulces, y artículos de confiterías. B III UI 24 Fabricacion de hielo (excepto hielo seco) A III UI 25 Fabricación de vinagres A II UI 26 Refinación y molienda de sal comestible A III UI 27 Fabricacion de alimentos balanceados. A III DE BEBIDAS Y ALCOHOLES UI 30 Destilación de alcoholes A IV UI 31 Fábrica de cerveza A III UI 32 Elaboración de jugos naturales y sus concentrados, de frutas, hortalizas y legumbres A III UI 33 Fábrica de embotelladoras de gaseosas. A III TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR, PRODUCTOS DE TELA DE CUERO UI 40 Fabricacion de hilos  A III UI 41 Teñido de hilos A III UI 42 Fabricacion de tejidos A III UI 43 Talleres de costura artesanales y pequeños C/D I UI 44 Fabricacion de bolsas (escluidas las de plástico) A II UI 45 Curtiembres A III UI 46 Industrias de calzados A III UI 47 Industrias de cinturones y otros artículos  de cuero , no clasificados anteriormente. A III INDUSRTRIAS DE LA MADERA, PRODUCTOS DE MADERA INCLUIDO MUEBLES UI 50 Aserraderos y otros talleres para preparar madera. A III UI 51 Carpintería de marcos, puertas y ventanas. A III UI 52 Carpintería de cerchas y vigas. A III UI 53 Maderas terciadas y aglomeradas. A III UI 54 Machimbre A III UI 55 Fabricación de envases de madera A III UI 56 Fabricacion de ataúdes y ornamentación funeraria A III UI 57 Fabricación de carrocerías de madera. A III UI 58 Fabricacion de piezas de madera, obtenidas por torneado y otras operaciones análogas. A III UI 59 Fábrica de muebles. A III UI 60 Fábrica de colchones. A II FABRICACION DE PRODUCTOS DE PAPEL, IMPRENTA, EDITORIALES Y SIMILARES UI 70 Industria de producto de papel A III UI 71 Fabricación de envases de papel y cartón  A I UI 72 Ilpografía, sellos y encuadernación. A I UI 73 Imprentas de Off‐Set ( Incluyento Tipografias) A I                     CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA  CLASIFICACION DE INDUSTRIAS SEGÚN SU NIVEL DE GRADO DE MOLESTIA
  • 87. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       86    COD. CONCEPTO NIVEL GRADO DE  MOLESTIA FABRICACION DE PRODUCTOS DE PAPEL, IMPRENTA, EDITORIALES Y SIMILARES UI 74 Editorias A I UI 75 Empresas Periodicas (periodios) A III PRODUCTO QUIMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO                                                                                  CARBON,CAUCHO Y PLASTICO UI 80 Fabricacion de productos quimicos en general. A IV UI 81 Fabricacion de tintas y solventes A IV UI 82 Fabricacion de abonos, fungicidas,plaguicidas e insecticidas A IV UI 83 Fabricacion de detergente y ceras A IV UI 84 Fabricacion de jabones, articulos de tocador, cosmeticos y similares A IV UI 85 Fabricacion de jabones para lavar ropa A IV UI 86 Fabricacion de liquidos para frenos A IV UI 87 Gas carbonico, oxigeno y acetileno A IV UI 88 Refineria de petroleo y gas A IV UI 89 Fabricacion de envases y de productos  de plasticos A III UI 90 Medicamentos y productos farmaceuticos A III UI 91 Especificos veterinarios A III UI 92 Destilacion, desnatutalizacion de alcoholes A IV UI 93 Plantas de elaboracion de hormigon asfaltico A IV UI 94 Recauchutaje y vulvanizacion de cubiertas A III MINERALES NO METALICOS (EXCEPTUANDO                                                                                                       DERIVADOS DE PETROLEO Y DE CARBON) UI 100 Fabricacion de productos ceramicos, arcilla , barro A III UI 101 Fabricacion de vidrios y productos de vidrio A III UI 102 Fabricacion de cemento, cal y yeso A III UI 103 Fabricacion de de articulo de cemento y de fibra de cemento A III UI 104 Fabricacion de mosaicos calcareos y graniticos A III UI 105 Aserradero, cortes , pulido y labrado de marmoles, granitos y otras piedras A III FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS MAQUINARIA Y EQUIPO UI 110 Herramienta de mano y para maquinas A III UI 111 Muebles metalicos para el hogar, mobiliario medico, muebles, para comercio y oficinas incluso  inatalacionespara insdustria, comercio y Oficinas A III UI 112 Fabricacion, de productos de carpinteria metalica, perfiles de chapa, marcos, puertas, ventanas,  celosias y demas articulos afines para la construccion A III UI 113 Fabricacion de clavos y productos de buloneria A III UI 114 Fabricacion de envases de hojalata y chapa de hierro y demas productos de hojalata incluso la  cromolitografia sobre metales A III UI 115 Fabricacion de articulos de cuchilleria, herramientas de mano y articulos de ferreteria A II UI 116 Fabricacion de hornos; hogares y quemadores A II UI 117 Productos de orfebreria. A I  OBRAS INDUSTRIALES MANUFACTURERAS UI 130 Fabricacion de joyas, incluso el labrado de piedras preciosas y semipreciosas A I UI 131 Fabricacion de instrumentos musicales y sus repuestos y accesorios A II UI 132 Fabricacion de escobas , plumeros, brochas, cepillos, pinceles y afines A II UI 133 Fabricacion y armado de letreros y anuncios de propaganda, luminosos o no. A II UI 134 Juguetes que no incluyen materiales plasticos. A III INDUSTRIAS CON RESPECTO AL TRANSPORTE UI 140 Reparacion de carrocerias para automoviles, camiones y camionetas A III UI 141 omnibus, micros ‐ omnibus y demas vehiculos analogos A IV FABRICACION DE PRODUCTOS Y SUMINISTROS ELECTRICOS                                                                                      ELECTRICIDAD Y GAS UI 150 Fabricacion de productos y suministros electricos y de gas A III UI 151 Energia  electrica, restringida a areas especiales A IV UI 152 Estaciones y sud estaciones de trasformacion de energia electrica. A I UI 153 Produccion y distribucion de gas ‐ restringidas a areas especiales A IV SUMINISTROS DE AGUA Y TRATAMIENTO UI 160 Planta potabilizadora de agua A III UI 161 Tratamiento de basuras, restrigidas a areas especiales A IV UI 162 Lagunas de oxidacion restrigidas a areas especiales A IV                     CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
  • 88. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       87    COD. CONCEPTO NIVEL GRADO DE  MOLESTIA CLASIFICADOS DE LOS DEPOSITOS SEGÚN SU NIVEL DE GRADO DE MOLESTIA MINERIA UD 10 Combustible sólido IV UD 11 Minerales metalíferos III UD 12 Petróleo y sus derivados (gas, gasolina, diesel, otros) IV PESCA Y CAZA UD 20 Pescados y mariscos III UD 21 Productos de caza aviscerados III AGROPECUARIA UD 30 Alimentos para aves y ganado II UD 31 Huevos y miel II UD 32 Cereales, oleaginosas, etc. II UD 33 Cueros y pieles (sin tratamiento) III UD 34 Frutas y hortalizas II UD 35 Frutos del país II UD 36 Lana sucia y algodón en rama III UD 37 Pelo y cerda sin clasificar III UD 38 Sub‐productos ganaderos y agrícolas III UD 39 Tabaco en hoja II FORESTALES UD 40 Durmientes, estacas y postes y paja III UD 41 Miembre y paja II UD 42 Rollizos III ALIMENTOS, BEBIDAS Y ALCOHOLES UD 50 Alcoholes (etílicos) IV UD 51 Aceites II UD 52 Azúcar II UD 53 Cafés, tés, yerbas y especies II UD 54 Camas, frescas y congeladas III UD 55 Cervezas y bebidas sin alcohol II UD 56 Comestibles en general II UD 57 Chocolates y sus productos, caramelos y otros preparados de azúcar II UD 58 Embutidos, fiambres y otros perapardos a base de carnes II UD 59 Frutas, legumbres y cereales, secos y en conserva en diversas formas II UD 60 Harinas y sub‐productos de la molienda de trigo II UD 61 Manteca, crema, leche y productos similares II UD 62 Queso II UD 63 Productos de la industria fideera (pastas‐secas) II UD 64 Productos de la planificación I UD 65 Vinos II UD 66 Bebidas alcohólicas II TABACO UD 70 Cigarrillos II UD71 Cigarros, cigarritos y tabaco picado II TEXTILES UD 80 Fibras textíles II UD 81 Hilados, hilos y lanas II UD 82 Tejidos I CONFECCIONES UD 90 Artículos para bebés I UD 91 Bonotería (camisas, corbatas, pañuelos, etc.) I UD 92 Confeccionesy tiendas en general I UD 93 Medias y artículos de punto I UD 94 Mercerías I UD 95 Ropería I UD 96 Sombrería I MADERAS UD 100 Leña y carbón de leña IV UD 101 Tablas, tablones, tirantes (barracas), etc. III/IV                     CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA 
  • 89. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       88    COD. CONCEPTO NIVEL GRADO DE  MOLESTIA PAPEL Y CARTON UD 110 Envases de papel y cartón I UD 111 Papel y cartón I ARTES GRAFICAS UD 120 Editoriales, sin imprenta I UD 121 Librerías y papelerías I UD 122 Papeles impresos para decorar I UD 123 Papeles impresos para empaquetar I PRODUCTOS QUIMICOS, PINTURAS, BARNICES  Y SOLVENTES UD 130 Solventes IV UD 131 Pinturas y barnices II UD 132 Productos químicos diversos IV PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE HIGIENE Y TOCADOR UD 140 Drogas, especialidades medicinales II UD 141 Herboristerias (medicina natural, plantas medicinales, etc) II UD 142 Perfume y productos de higiene y tocador II UD 150 Artículos de caucho para uso medicinal y del hogar I UD 151 Calzado de caucho II UD 152 Cámaras y cubiertas III UD 160 Almacenes de suelas II UD 161 Marroquinería I UD 162 Calzados de cuero I UD 163 Cueros curtidos III UD 164 Pieles curtidas II UD 165 Talabaterías III UD 170 Artículos, plomería, electricidad, calefacción, obras sanitarias, etc. I UD 171 Ladrillos, cemento, cal, arena, etc. II UD 172 Piedras mármol, etc. III UD 173 Peuertas, ventanas, armazones, etc. II UD 174 Vidrios y cristales. II UD 180 Acolchados y otros artículos de tapicería I UD 181 Alfombras I UD 182 Artefactos eléctricos, radios, televisores, heladeras, lavarropas, etc. I UD 183 Artículos de bazar y menaje I UD 184 Artículos para limpieza II UD 185 Discos I UD 186 Máquinas de Coser I UD 187 Muebles de h ierro I UD 188 Muebles de madera y mimbre I UD 190 Fantasías y bisutería I UD 191 Joyas y piedras preciosas I UD 192 Platería y similares I UD 193 Relojes I UD 200 Artefactos y artículos en general de metales no terrosos (cobre, bronce, aluminio, plomo, zinc,  estaño, níquel, etc.) III UD 201 Artículos de hierro y acero I UD 202 Hierro y acero en barras, perfiles, chapas, etc. III UD 203 Metales no terrosos en distintas formas III UD 210 Automotores, sus repuestos y accesorios II UD 211 Bicicletas y sus repuestos y accesorios I UD 212 Equipos y accesorios para el transporte ferroviario III UD 213 Equipos y accesorios rurales (implementos agrícolas mecanizados) III UD 214 Equipos y aparatos científicos y de precisión (medicina, ingeniería, etc.) I                     CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA  ARTICULOS DE CAUCHO CUEROS Y PIELES CURTIDOS Y SUS MANUFACTURAS MATERIALES PARA CONSTRUCCIÓN ARTÍCULOS PARA EL HOGAR JOYERÍAS RELOJERÍAS Y AFINES METALES, EXCLUIDA MAQUINARIA VEHÍCULOS Y MAQUINARIAS (EXCLUIDA LA ELÉCTRICA)
  • 90. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       89    COD. CONCEPTO NIVEL GRADO DE  MOLESTIA UD 215 Equipos y maquinaria para la construcción III UD 216 Maquinaria, instalaciones mecánicas para uso de la industria y sus repuestos y accesorios III UD 217 Máquina y equipos para oficina (máquinas de escribir, calcular, contabilidad, etc.) I UD 218 Triciclos y otros vehículos a pedal (excluidas bicicletas) sus repuestos y accesorios I UD 220 Aparatos y materiales para radiofonía y sus repuestos y accesorios I UD 221 Artículos y aparatos diversos para instalaciones eléctricas (lámparas, fusibles, toma‐corrientes,  etc.) I UD 222 Cables y conductores de electricidad II UD 223 Motores eléctricos, repuestos y accesorios II UD 230 Accesorios para farmacia, hospitales, etc. I UD 231 Arboles y plantas II UD 232 Armería sin depósito de cartuchos, balas, etc. I UD 233 Armería con depósito de cartuchos, balas, etc. IV UD 234 Artículos musicales I UD 235 Artículos para deportes I UD 236 Útiles para comercio, industrias y profesional I UD 237 Cuchillería I UD 238 Desechos de hierro, acero y otros metales III UD 239 Desechos en general (excluidos los de hierro, acero y otros metales) III UD 240 Diarios y revistas II UD 241 Envases en general II UD 242 Ferreteria en General I UD 243 Flores y Semillas I UD 244 Jugueteria I UD 245 Optica y Fotografia I UD 246 Plasticos II UD 247 Productos Veterinarios II UD 248 Zapatería I UE 10 Guarderia C UE 11 Pre‐Basico C UE 12 Ciclo Basico C UE 13 Ciclo Intermedio B UE 14 Ciclo Medio B UE 15 Institutos tecnicos y comerciales B UE 16 Talleres de formacion a Nivel medio (Artes plasticas, musica) B UE 17 Escuelas de Deportes B UE 18 Escuelas para di‐ferenciados B UE 19 Escuelas o Colegios con Internado A UE 20 Universidad A UE 21 Campus Universitario A UA 10 Postas Sanitarias (Curaciones profilácticas y de emergencia) C UA 11 Policonsultorios y Clinicas Privadas B/A UA 12 Hospitales Generales A UA 13 Hospitales Especiales A UA 14 Sanitarios, recuperacion de Alcoholicos y Drogadictos A UA 15 Casas de reposo y convalescencia A UA 16 Asilos de ancianos A USC 10 Capillas hasta 150 m2 C USC 11 Iglesias A USC 12 Centros polifuncionales y comunitarios hasta 150 m2 C USC 13 Clubes Sociales B USC 14 Balnearios A USC 15 Clubes Juveniles Socio ‐ Deportivos B USC 16 Centros comunitarios de Madres B                     CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA  VEHÍCULOS Y MAQUINARIAS (EXCLUIDA LA ELÉCTRICA) MAQUINARIAS Y APARATOS ELÉCTRICOS VARIOS Clasificacion de los Usos SOCIO CULTURALES Y PUBLICO INSTITUCINALES SEGÚN NIVEL DE ATENDIMIENTO USO EDUCACIONAL USO ASISTENCIAL USO ASOCIO CULTURAL RELIGIOSO
  • 91. CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS       TOMO II – URBANISMO                   GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ‐BOLIVIA       90    COD. CONCEPTO NIVEL GRADO DE  MOLESTIA USC 17 Bibliotecas B USC 18 Conventos o Centros Religiosos A USC 19 Insituciones Culturales A USC 20 Sedes Sociales ‐ deportivo de clubes privados, fraternidades, profesionales, sindicatos y similares A UR 10 Parques infantiles C UR 11 Plaza C UR 12 Campos Deportivos (de futbol o poli‐deportivos) B UR 13 Gimnasios y/o coliseos (Cap. Maxima 1,500 personas) B UR 14 Complejos Deportivos asociaciones B UR 15 Complejos Deportivos de competicion (Complejo Gilberto Menacho, Villa Deportiva "Abraham Telch A UR 16 Parque Urbanos  A UP 10 Mercados de Barrio C UP 11 Mercados distritales B UP 12 Centrales de Abastecimiento A UP 13 Terminales de Transporte A UP 14 Cementerios A UP 15 Carceles Publicas A UP 16 Centros Correccionales A UP 17 Bomberos A UP 18 Cuarteles Militares y de Policás A UP 19 Policía (Central) A UP 20 Policía (Comisarías) C UP 21 Correos (Central) A UP 22 Correos (oficinas de Barrio, hasta 150 m2)  C UP 23 Empresas Municipales A                     CLASIFICACION DEL USO COMERCIAL SEGÚN SU NIVEL DE ATENDIMIENTO Y GRADO DE MOLESTIA  USO PUBLICO INSTITUCIONAL DE SERVICIO USO SOCIO CULTURAL RELIGIOSO USO RECREATIVO DEPORTIVO