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Procedimientos para el Registro de generadores de desechos peligrosos, gestión de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental y para el transporte de materiales peligrosos
Acuerdo No. 026


                           MARCELA AGUIÑAGA VALLEJO
                               Ministra del Ambiente

                                      Considerando:

QUE la Constitución Política de la República en su artículo 86 protege el derecho de la
    población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado que garantice un
    desarrollo sustentable y declara de interés público la prevención de la contaminación
    ambiental;

QUE la Ley de Gestión Ambiental en su artículo 9, literal j) establece que le corresponde al
    Ministerio del Ambiente el coordinar con organismos competentes los sistemas de
    control para la verificación del cumplimiento de las normas de calidad ambiental
    referentes al aire, agua, suelo, ruido, desechos y agentes contaminantes;

QUE la Ley de Gestión Ambiental en su artículo 9, literal k) establece que le corresponde al
    Ministerio del Ambiente, definir un sistema de control y seguimiento de las normas y
    parámetros establecidos y del régimen de permisos y licencias sobre las actividades
    potencialmente contaminantes.

QUE la Ley de Gestión Ambiental, en su Capítulo IV de la Capacitación y difusión, artículo
    32, establece que el Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental coordinará con las
    demás instituciones estatales competentes y publicará en periódicos de amplia
    circulación los listados de productos, servicios y tecnologías de prohibida fabricación,
    importación, comercialización, transporte y utilización; por su peligro potencial para la
    salud y el medio ambiente;

QUE la Ley de Gestión Ambiental , en su artículo 33, establece como instrumentos de
    aplicación de las normas ambientales: parámetros de calidad ambiental, normas de
    efluentes y emisiones, listado de productos contaminantes y nocivos para la salud
    humana y el medio ambiente, regulados en el respectivo Reglamento;

QUE el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos
    contenido en el Título V, Libro VI, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del
    Ministerio del Ambiente, publicado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial
    del 31 de marzo del 2003, establece en su artículo 155 que el Ministerio del Ambiente
    es la autoridad competente y rectora en la aplicación de este Reglamento;

QUE el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos
    contenido en el Título V, Libro VI, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del
    Ministerio del Ambiente, publicado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial del
    31 de marzo del 2003, establece en su artículo 155 literal b) que le corresponde al
    Ministerio del Ambiente expedir los instructivos, normas técnicas necesarios para la
    adecuada aplicación de este Reglamento en coordinación con las instituciones
    correspondientes;
QUE el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos
    contenido en el Título V, Libro VI, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del
    Ministerio del Ambiente, publicado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial del
    31 de marzo del 2003, establece en su artículo 160 que todo generador de desechos
    peligrosos es el titular y responsable del manejo de los mismos hasta su disposición final,
    siendo su responsabilidad, de acuerdo al numeral 6): Llevar en forma obligatoria un
    registro del origen, cantidades producidas, características y destino de los desechos
    peligrosos, cualquiera sea ésta, de los cuales realizará una declaración en forma anual
    ante la Autoridad Competente; esta declaración es única para cada generador e
    independiente del número de desechos y centros de producción. La declaración se
    identificará con un número exclusivo para cada generador. Esta declaración será
    juramentada y se lo realizará de acuerdo con el formulario correspondiente, el generador
    se responsabiliza de la exactitud de la información declarada, la cual estará sujeta a
    comprobación por parte de la Autoridad Competente;

QUE el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos
     contenido en el Título V, Libro VI, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del
     Ministerio del Ambiente, publicado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial del
     31 de marzo del 2003, en su artículo 171 establece que el Ministerio del Ambiente
     expedirá las normas complementarias a las que deberá ajustarse el transporte de desechos
     peligrosos y en particular a la referida en el literal g) relacionado con las condiciones
     técnicas y jurídicas que deba cumplir el transportista para obtener la licencia ambiental;

QUE el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos
    contenido en el Título V, Libro VI, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del
    Ministerio del Ambiente, publicado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial del
    31 de marzo del 2003, en su artículo 204 establece que quienes emprendan actividades
    nuevas, cuyos procesos generen desechos peligrosos, de acuerdo a lo establecido en el
    Régimen Único de Evaluación de Impactos Ambientales tendrán un plazo de 90 días a
    partir de su funcionamiento, para registrarse;

QUE el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos
    contenido en el Título V, Libro VI, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del
    Ministerio del Ambiente, publicado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial del
    31 de marzo del 2003, en su artículo 206 establece que las personas que hayan adquirido
    la licencia ambiental correspondiente, deberán reportar al Ministerio del Ambiente o las
    autoridades seccionales que tengan la delegación respectiva, anualmente, por escrito y
    con la firma de responsabilidad del representante legal, la cantidad, clasificación y origen
    de los desechos peligrosos;

QUE el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos
    contenido en el Título V, Libro VI, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del
    Ministerio del Ambiente, publicado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial del
    31 de marzo del 2003, en su artículo 207 establece que cada movimiento de desechos
    peligrosos desde su generación hasta su disposición final, deberá acompañarse de un
    manifiesto único sin el cual no se podrá realizar tal actividad; es decir, tanto generador,
    almacenador, transportista, reciclador, como el que realiza el tratamiento y la disposición
    final, intervendrán en la formalización del documento de manifiesto, en el que cada uno
    de ellos es responsable por la función que realiza;
QUE es necesario que esta Cartera de Estado promueva la minimización de la        generación de
     los desechos peligrosos, las formas de tratamiento y la incorporación de tecnologías
     limpias desde el punto de vista ambiental en las actividades públicas y privadas;

En ejercicio de sus facultades legales;


                                           Acuerda:

Expedir los Procedimientos para: Registro de generadores de desechos peligrosos, Gestión
      de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental, y para el transporte de
      materiales peligrosos.


Art. 1.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que genere desechos peligrosos
deberá registrarse en el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al procedimiento de registro de
generadores de desechos peligrosos determinado en el Anexo A.

Art. 2.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que preste los
servicios para el manejo de desechos peligrosos en sus fases de gestión: reuso, reciclaje,
tratamiento biológico, térmico, físico, químico y para desechos biológicos; coprocesamiento y
disposición final, deberá cumplir con el procedimiento previo al licenciamiento ambiental para la
gestión de desechos peligrosos descrito en el Anexo B.

Art. 3.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que preste los
servicios de transporte de materiales peligrosos, deberá cumplir con el procedimiento previo al
licenciamiento ambiental y los requisitos descritos en el anexo C.

Art. 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial
y de su ejecución encárguese a las Subsecretarías de Calidad Ambiental y Gestión Ambiental
Costera.


Comuníquese y publíquese.-
Quito, a 28 de febrero de 2008




                              MARCELA AGUIÑAGA VALLEJO
                                  Ministra del Ambiente
ANEXO A
     PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE GENERADORES DE DESECHOS
                          PELIGROSOS

RESUMEN

  Este procedimiento describe la forma en que se deberá llevar a cabo la gestión al interior del
  MAE o en las instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión
  Ambiental para el registro de generadores de desechos peligrosos. Incluye los requisitos para
  evaluar las solicitudes de registro, los criterios para el registro como generador de desechos
  peligrosos.

                 HOJA DE AUTORIZACIÓN

REVISADO/APROBADO POR:                                              CONTROL DE COPIA




NOMBRE                            FIRMA         FECHA
ELABORADO POR:                                                      FECHA DE APLICACIÓN



NOMBRE:                           FIRMA         FECHA

ESTE PROCEDIMIENTO CONSTA DE:

PAGINAS:
COMENTARIOS:
1. OBJETIVOS

1.1. Contar con un instrumento de aplicación del Reglamento para la Prevención y Control de la
Contaminación de Desechos Peligrosos (RPCCD) en lo referente al registro de generación de
desechos peligrosos. Así mismo contribuir al cumplimiento del Artículo 50 del Reglamento a la
Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental.

1.2 Contar con elementos para el cumplimiento a lo establecido en el artículo 156 y 203 del
Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos

1.3 Homologar la gestión de desechos peligrosos a aplicarse por todos integrantes del Sistema
Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental (Reguladores ambientales sectoriales o
seccionales, municipalidades y/o consejos provinciales, Autoridades Ambientales de Aplicación)
que tengan la competencia para la aplicación del Reglamento.

1.4 Proporcionar una herramienta para todos los integrantes del Sistema Nacional
Descentralizado como parte de su sub-sistema de gestión de desechos peligroso.

                                           2. ALCANCE

2.1 Este procedimiento es de aplicación nacional para todas las Autoridades Ambientales de
    Aplicación que pretendan contar con un sub-sistema de gestión de desechos peligrosos.

2.2 El procedimiento se aplica para le gestión de generación de desechos peligrosos que se
    encuentren en el listado nacional de desechos peligrosos o que estén caracterizados como
    tales de acuerdo con las normas establecidas para tal efecto y que rebasen las cantidades
    mínimas definidas en la guía del listado nacional de desechos peligrosos.

2.3 La gestión establecida en este procedimiento es para la emisión del Servicio establecido en
    Artículo 11 del Libro IX del Texto Unificado de Legislación Ambiental, “Registro de
    personas naturales o jurídicas que generen y manejen desechos peligrosos.

                            3. REFERENCIAS NORMATIVAS

3.1    Ley de Gestión Ambiental.

3.2    Ley de la prevención y control de la contaminación ambiental

3.3    Texto Unificado de Legislación Ambiental.

       Libro VI: De la calidad ambiental

              Reglamento de la Ley de Gestión ambiental para la prevención y control de la
              contaminación ambiental.
              Artículos 50,
              Titulo V      Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por
              desechos peligrosos.
              Artículos: 156, apartado b); 168; 179; 183; 198; 202; 203; 205; 206; 210; 211;
              215; 222 y223.
Titulo IX      Del Sistema de Derechos o Tasas por los Servicios que presta el
              ministerio del ambiente y por el uso y aprovechamiento de bienes nacionales que
              se encuentren bajo su cargo y protección.

3.4    Convenio de Basilea sobre el Control de Movimientos Transfronterizos de Desechos
       Peligrosos y su Eliminación
                                   4. DEFINICIONES

ALMACENAMIENTO: Acción de guardar temporalmente desechos en tanto se procesan para
su aprovechamiento, se entrega al servicio de recolección, o se disponen de ellos.

CONFINAMIENTO CONTROLADO O RELLENO DE SEGURIDAD: Obra de ingeniería
para la disposición final de desechos peligrosos que garanticen su aislamiento definitivo y
seguro.

DESECHOS PELIGROSOS: Son aquellos desechos sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos
resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje, utilización o consumo y que
contengan algún compuesto que tenga características reactivas, inflamables, corrosivas,
infecciosas, o tóxicas, que represente un riesgo para la salud humana, los recursos naturales y el
ambiente de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

ETIQUETADO:           Acción de etiquetar con la información impresa en la etiqueta.

GENERADOR: se entiende toda persona natural o jurídica, cuya actividad produzca desechos
peligrosos u otros desechos, si esa persona es desconocida, será aquella persona que éste en
posesión de esos desechos y/o los controle.

GENERACIÓN:           Cantidad de desechos originados por una determinada fuente en un
intervalo de tiempo dado.

GESTION AMBIENTAL: Conjunto de políticas, normas, actividades operativas y
administrativas de planeamiento, financiamiento y control estrechamente vinculadas, que deben
ser ejecutadas por el Estado y la sociedad para garantizar el desarrollo sustentable y una óptima
calidad de vida.

LICENCIA AMBIENTAL: Es la autorización que otorga la autoridad competente a una
persona natural o jurídica, para la ejecución de un proyecto, obra o actividad. En ella se
establecen los requisitos, obligaciones y condiciones que el beneficiario debe cumplir para
prevenir, mitigar o corregir los efectos indeseables que el proyecto, obra o actividad autorizada
pueda causar en el ambiente.

MANEJO: Se entiende por manejo las operaciones de recolección, envasado, etiquetado,
almacenamiento, reuso y/o reciclaje, transporte, tratamiento y disposición final de los desechos,
incluida la vigilancia de los lugares de disposición final.

MANIFIESTO: Documento Oficial, por el que la autoridad ambiental competente y el
generador mantienen un estricto control sobre el transporte y destino de los desechos peligrosos
producidos dentro del territorio nacional.
MANEJO AMBIENTALMENTE RACIONAL: se entiende la adopción de todas las medidas
posibles para garantizar que los desechos peligrosos y otros desechos se manejen de manera que
queden protegidos el medio ambiente y la salud humana contra los efectos nocivos que pueden
derivarse de tales desechos.

RECICLAJE: Proceso de utilización de un material recuperado en el ciclo de producción en el
que ha sido generado.

RECOLECCIÓN: Acción de transferir los desechos al equipo destinado a transportarlo a las
instalaciones de almacenamiento, tratamiento o reciclaje, o a los sitios de disposición final.

TRANSPORTE:           Cualquier movimiento de desechos a través de cualquier medio de
transportación efectuado conforme a lo dispuesto en este reglamento

TRATAMIENTO: Acción de transformar los desechos por medio de la cual se cambian sus
características.

                                   5. RESPONSABILIDADES

Los funcionarios del Ministerio del Ambiente y del Sistema Nacional descentralizado de Gestión
Ambiental tienen la responsabilidad de conocer este procedimiento, así como de aplicar los
criterios establecidos para el otorgamiento del registro ambiental de generación de desechos
peligrosos.

Es responsabilidad de los funcionarios verificar que las solicitudes y formularios se encuentren
debidamente llenados para proceder a la verificación del cumplimiento de requisitos y el proceso
de registro.

                                      6. DESARROLLO

Una vez que se ha determinado la peligrosidad de un desecho y se rebasan las cantidades
mínimas de generación de acuerdo a:

       Listado nacional
       Método de caracterización


El generador tendrá la obligación de presentar su registro como generador de desechos
peligrosos de acuerdo con los siguientes requisitos


6.1 Registro como generador de desechos peligrosos

Los generadores que conforme al reglamento están obligados a registrares ante el Ministerio del
Ambiente o la AAAr deberán entregar en oficinas de MAE o de la AAAr o incorporar al portal
electrónico del MAE, la siguiente información:
A) Información general del generador

       a)   Nombre, denominación o registro único de contribuyentes, domicilio,
       b)   Actividad productiva principal
       c)   Sector Industrial o Servicios.
       d)   Nombre del representante legal y técnico.
       e)   Fecha de inicio de operaciones

B) Información específica de generación de desechos peligrosos

       a) Clasificación de los desechos peligrosos que estime generar
       b) Cantidad anual estimada de generación de cada uno de los desechos peligrosos por los
          cuales solicite el registro.
       c) Envasado, etiquetado y almacenamiento temporal
       d) Reciclaje o reuso dentro de la instalación
       e) Prestadores de servicio de recolección y transporte
       f) Manejo fuera de la instalación
       g) Disposición final
       h) Sustancias químicas peligrosas involucradas en la generación de DP

       Para el ingreso de la información de los incisos a y b se anexa el formulario MA-SGD-
       HG-RP-01

C) Información complementaria

   •   Informe de regulación municipal y si cuenta con licencia ambiental derivada de la
       evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial.


Una vez que el generador de desechos peligrosos presente su hoja general de registro
(formulario No. MA-SGD-HG-01), su registro como generador de desechos peligrosos
(formulario No. MA-SGD-RG-01) y la información complementaria ante el Ministerio del
Ambiente o a la AAAr o se incorpore en el portal del Ministerio del Ambiente se deberá verificar


   •   El llenado correcto del formulario de registro como generador de desechos peligrosos.
       Asegurarse de que el formulario se llene en forma legible y que los campos 1,2,3,6,7,8,9
       y 10 se encuentren llenos.


La revisión de los formularios de registro debidamente llenados se efectuará a través del personal
de la Autoridad Ambiental Nacional o la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable
Acreditado.

Una vez que se verifica que se cumple con los requisitos de entrega o llenado de formularios a
través del portal del Ministerio del Ambiente, se asignará un Número de registro como generador
de desechos peligrosos de acuerdo a la siguiente clave.
Fecha de solicitud (mes-año), iniciales de la Subsecretaria, número consecutivo.

Si las solicitudes de registro son recibidas directamente en el Ministerio del Ambiente en Quito y
Guayaquil se procederá al ingreso de la información a la base de datos del sistema de gestión de
desechos peligrosos.

Las solicitudes de registros les podrán realizar el generador a través del portal electrónico del
Ministerio del Ambiente en donde en forma automática procederán las solicitudes que cumplan
con el llenado de campos obligatorios y de acuerdo a criterios establecidos entre el Ministerio del
Ambiente y las Autoridades Ambiental Aplicación responsables.

6.2 Emisión del registro como generador de desechos peligrosos

Los generadores de desechos peligrosos que presentaron su registro y no realizan actividades de
manejo de desechos en sus instalaciones que impliquen el reuso, reciclaje, tratamiento,
incineración, coprocesamiento o disposición deberán obtendrán su registro de desechos
peligrosos de acuerdo a lo siguiente.

El registro ambiental comprenderá, entre otras condiciones, el análisis de la capacidad del
generador para un adecuado manejo de desechos peligrosos que cumpla con lo establecido en el
Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos.

En la emisión del registro se notificará al generador la responsabilidad de elaborar un plan de
manejo específico para los desechos peligrosos el cual no tendrá que ser presentado a la
autoridad ambiental, no obstante el generador establecerá, en forma voluntaria y de acuerdo a su
conocimiento y experiencia en el manejo de los desechos peligrosos que genera, una forma de
manejo segura y en cumplimiento con la normatividad vigente, en donde se establezcan de ser
posible medidas de valorización y minimización de los desechos peligrosos.

Aprobación (Inciso b) Artículo 25)

Si el Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental Aplicación responsable considera que la
información proporcionada en el registro como generador de desechos peligrosos satisface y
cumple los requerimientos previstos en su sub-sistema de gestión de desechos peligrosos, lo
aprobará. Si la solicitud de registro como generador fuese observada, la autoridad ambiental de
aplicación deberá fijar las condiciones o requisitos que el promotor deberá cumplir, en un
término de 30 días, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de registro.

6.3 Preparación del oficio de asignación de número de registro (Se adjunta formato para
tal efecto).

El Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental Aplicación responsable notificará la
aprobación de registro de generador de desechos peligrosos mediante la emisión de una
resolución que contendrá (Se anexa formato de resolución)


           o No. Registro como generador de desechos peligrosos
o La Especificación de cuáles desechos peligrosos están amparados por el registro.
           o El número de la libreta de registro de almacenamiento temporal de desechos
             peligrosos (inventario)
           o El código para la declaración anual de desechos peligrosos.
           o El código del manifiesto único
           o La especificación de las instalaciones autorizadas para la generación.
           o Los términos en los que se otorga el registro en donde se especifique las
             obligaciones a las que quedará sujeto el regulado para un adecuado control sobre
             la generación de desechos peligrosos.

El registro contendrá entre otros: el señalamiento de todos y cada uno de los demás requisitos,
condiciones y obligaciones aplicables para llevar a cabo la actividad de manejo de desechos
peligrosos.

El promotor podrá presentar, cuantas veces estime conveniente, nuevas solicitudes de
registro que satisfagan todas las condiciones técnicas y legales, del sub-sistema de gestión
de desechos peligrosos con referencia a las observaciones que dieron lugar a la resolución
desfavorable.

6.4 .Emisión de la orden de pago del registro de personas naturales o jurídicas que generen
   o manejen desechos peligrosos. (Artículo 11 del Libro IX del Texto Unificado de
   Legislación Ambiental, “Emisión de licencia de gestión de desechos peligrosos-Licencia”)

Una vez verificados los requisitos mencionados el Ministerio del Ambiente o la Autoridad
Ambiental de Aplicación responsable extenderá la orden de pago correspondiente:

   •   Utilizar el formato respectivo numerado de la orden de pago.

   •   Llenar el formato con la información pertinente: razón social, RUC, dirección, aplicación
       para (generador) o licencia de gestión de desechos (prestador de servicios), observaciones
       (si las hubiere), fecha de emisión de la orden de pago, nombre de la persona que emite la
       orden, cargo y firma.

   •   Especificar el monto de la orden de pago:

   •   Para generador: El valor mínimo constante será de 100,00 US. Artículo 11 del Libro IX
       del Texto Unificado de Legislación Ambiental, “Registro de personas naturales o
       jurídicas que generen y manejen desechos peligrosos.

   Nota: La orden de pago deberá ser llenada por el funcionario responsable del Ministerio del
   Ambiente o de la Autoridad Ambiental Aplicación responsable quien sumillará el documento
   y lo sellará con el logo correspondiente.

   •   Sellar la orden de pago.

   •   Confirmar que la orden de pago conste de cuatro (4) partes: un original y tres copias.
             La orden original con dos copias se proporcionará al solicitante.
El solicitante entregará este formato en la ventanilla de recaudación que
               corresponda.
               Como resultado del pago, el solicitante obtendrá el comprobante de cobro que
               emite la oficina de recaudaciones mencionada.
               La cuarta copia de la orden de pago será retenida por la Dirección de Prevención y
               Control de la Contaminación o la Subsecretaria de Gestión Ambiental Costera.
               Esta copia será mantenida para el archivo correspondiente.

6.5 Temporalidad del registro

El registro para el generador tendrá una vigencia indefinida

6.6. Formatos para la solicitud de registro para el generador de desechos peligrosos.

El Ministerio del Ambiente a través de la Dirección de Control y Prevención de la
Contaminación (Quito) y la Subsecretaria de Gestión Ambiental Costera (Guayaquil) de
proporcionará los formularios de solicitud a las Autoridades Ambientales Aplicación y a los
generadores para la aplicación del presente procedimiento.

Se anexan los documentos siguientes:

       Formulario General de Registro (MA-SGD-HGR)
       Formulario de Registro como empresa generadora de desechos peligrosos (MA-SGD-
       RG)
       Formulario de declaración anual de generación y manejo de desechos peligrosos (MA-
       SGD-DA)
       Formato de resolución de registro.

6.7 Registro a través del portal electrónico del Ministerio del Ambiente

6.7.1 El Ministerio del Ambiente diseñará la metodología para uniformar y estandarizar los
instrumentos informáticos para la integración de la información que reciba el mismo ministerio y
las Autoridades Ambientales de Aplicación responsables.

6.7.2 El ministerio publicará en su portal electrónico los criterios y metodología para el registro y
licenciamiento de los generadores y prestadores de servicio por medio de la red “Internet”. Los
criterios y metodología deberán obedecer a lo que se establece en el presente procedimiento.

6.7.3 A través del portal electrónico se podrá llenar el formulario general de registro, el registro
como generador o prestador de servicio, la solicitud de manejo de desechos y la declaración
anual de generación y manejo.

6.7.4 Una vez que se llenen los formularios a través del portal, se anexarán en formato
electrónico tales como archivos de imagen u otros análogos los documentos que se solicitan en el
presente procedimiento, los cuáles son al menos los siguientes:

       Informe de regulación municipal, licencia ambiental derivada de la evaluación de
       impacto ambiental presentar la Constancia de Registro u oficio resolutivo
6.7.5 Una vez incorporados los datos por el promotor, el Ministerio emitirá automáticamente, a
través del sistema, el número de registro o licencia de desechos peligrosos

6.7.6 En caso de que para el interesado no fuera posible anexar electrónicamente los documentos
señalados en el punto 6.7, podrá enviarlos a la dirección electrónica que para tal efecto se
habilite o presentará copia de los mismos en las oficinas del ministerio o de la Autoridades
Ambientales de Aplicación responsables y realizará la incorporación de la información señalada
en el punto 6.7.3 directamente en el Ministerio del Ambiente o con la Autoridades Ambientales
de Aplicación.
MINISTERIO DEL AMBIENTE
                                      SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
                                  SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA

                               REGISTRO GENERAL PARA LOS TRÁMITES DEL
                    MINISTERIO DEL AMBIENTE O DE LA INSTITUCION INTEGRANTE DEL
                     SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTION AMBIENTAL
                                                                                          (MA-SGD-HGR-01)
                    PARA SER LLENADO POR EL MAE O INSTITUCIONES INTEGRANTES
                   DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTIÓN AMBIENTAL
1) SOLICITUD NÚMERO:
2) REGISTRO PARA: (Si el generador pretende realizar actividades de reuso, reciclaje,
transporte y/o tratamiento deberá indicarlo marcando las dos opciones)
GENERADOR                 ( )
PRESTADOR DE SERVICIOS PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS:
Reciclaje ( ) Reuso ( ), Transporte ( ),Tratamiento: físico, químico o biológico ( ); Coprocesamiento ( ),
Incineración ( ), Disposición final ( )
3) NÚMERO DE LICENCIA AMBIENTAL:
(Si cuenta con este número, derivado de la evaluación de impacto ambiental presentar la Constancia de Registro u oficio resolutivo)
4) RECIBIDO POR:


                  Nombre y firma
                                                                                 (Sello con fecha de recibido)
5) ENVIAR A
(Marcar con una X)
Ministerio del Ambiente. Subsecretaría de calidad ambiental.
Institución integrante del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental

                                         PARA SER LLENADO POR EL SOLICITANTE
6) NOMBRE DE LA EMPRESA


                                                                              Nombre y firma del representate legal, cargo

Declaramos que la información contenida en esta solicitud y
 sus anexos es fidedigna y que puede ser verificada por el
MAE, la que en caso de omisión o falsedad, podrá invalidar el
    trámite y/o aplicar las sanciones correspondientes.                          Nombre y firma del responsable técnico
DATOS DE REGISTRO
1) NOMBRE DE LA EMPRESA QUE SOLICITA EL TRÁMITE                            RUC:


2) ACTIVIDAD productiva PRINCIPALDEL ESTABLECIMIENTO

3) DOMICILIO DE SOLICITANTE
Calle:
Número:
Provincia:
Parroquia:
Teléfonos:                                      Fax:                      Correo electronico:
4) DOMICILIO DEL ESTABLECIIENTO
(En caso de que el establecimiento o instalación generadora de desechos peligrosos
tenga otra dirección a la del domicilio manifestada en el apartado anterior, indicarla en esta sección.
Calle:
Número:
Provincia:
Parroquia:
Teléfonos:                                      Fax:                      Correo electronico:
5) SECTOR AL QUE PERTENECE EL SOLICITANTE
Extracción de petróleo y Gas Natural
Coque y productos de refinación del petróleo
Fabricación de sustancias y productos químicos
Papel y productos de papel
Productos de caucho y plástico
Textiles
Vehículos automotores
Producción de madera
Maquinaria y equipo
Explotación de minas y extracción de minas y canteras
Alimentos y bebidas
Transporte
Comunicaciones
Electricidad, gas o agua.
Agricultura, horticultura, floricultura, acuacultura, forestería,
Pinturas, barnices y productos y servicios relacionados.
Otros
6) FECHA DE INICIO DE OPERACIÓN:                            DIA            MES           ANO

7) Documentos que debe anexar para inicio del trámite:

Informe de Regulación Municipal(uso de suelo)
ANEXO A
                                                                      MINISTERIO DEL AMBIENTE.
                                                                 SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
                                                             SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA
                                       SISTEMA DE GESTION DE DESECHOS PELIGROSOS                                                                 Pag
                               REGISTRO COMO EMPRESA GENERADORA DE DESECHOS PELIGROSOS                                                       MA-SGD-RG-01



1. LLENAR LA HOJA GENERAL DE REGISTRO, QUE CONTIENE LOS DATOS GENERALES DE LA EMPRESA.


2. IDENTIFICACIÓN Y GENERACIÓN ANUAL DE DESECHOS PELIGROSOS DE LA INSTALACIÓN

                                                              GENERACIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS
                                       IDENTIFICACIÓN DEL DESECHO                                                GENERACIÓN ANUAL
                                      CLAVE DE ACUERDO AL                                                                                     PUNTO(S) DE
  NOMBRE DE DESECHO DE ACUERDO A       LISTADO NACIONAL DE
                                                             CATEGORIA (3)               CRTIB                  CANTIDAD        UNIDAD (4)   GENERACIÓN (5)
  LISTADO NACIONAL DE DESECHOS (1)    DESECHOS PELIGROSOS
                                                (2)




3. ENVASADO DE DESECHOS PELIGROSOS

                                            ENVASADO DE DESECHOS PELIGROSOS
          CLAVE DEL DESECHO (2)                 TIPO DE ENVASE (6)               CAPACIDAD DE ENVASE         INCOMPATIBLE CON

                                                                             CANTIDAD   CAPACIDAD   UNIDAD




Para envases tipo 11 indicar
Dimensiones:
Forma:
Material
Cantidad
Capacidad
ANEXO A
4. ETIQUETADO

                                            ETIQUETADO DE DESECHOS PELIGROSOS
              CLAVE DEL DESECHO                    METODO DE ETIQUETADO (7)                           OBSERVACIONES




5. ALMACENAMIENTO TEMPORAL

                                                   ALMACENAMIENTO TEMPORAL DE DESECHOS PELIGROSOS
                                                                                    ALMACENAMIENTO
IDENTIFICA
  CION DE              CLAVE DEL DESECHO                                  Carácterísticas del almacén (8)                            Capacidad total por almacén
 ALMACEN
                                                      Local(8.1)         Material(8.2)       Ventilación (8.3)   Iluminación (8.4)      Cantidad      Unidad (4)




                                                   ALMACENAMIENTO TEMPORAL DE DESECHOS PELIGROSOS

                                                                                  CUENTA CON                                                         CUENTA CON
IDENTIFICACI                                                                                                                CUENTA CON SEÑALAMIENTOS
                 CUENTA CON FOSAS DE RETENCIÓN   CAPACIDAD DE FOSAS DE           TRINCHERAS O      CUENTA CON SISTEMAS DE                             SISTEMA DE
ON DE                                                                                                                             Y LETREROS DE
                    O MUROS DE CONTENCIÓN        RETENCIÓN DE DERRAMES          CANALETAS PARA      EXTINCIÓN DE INCENDIO                            DETECCION Y
ALMACEN                                                                                                                      COMUNICACIÓN DE RIESGOS
                                                                              CONDUCIR DERRAMES                                                         ALARMA




  Tipo de almacén (marcar con X)                    Dimensiones (m)
  Abierto                          Largo:        Ancho:             Altura:
  Cerrado                          Largo:        Ancho:             Altura:
ANEXO A

6. RECICLAJE O TRATAMIENTO DENTRO DE LA INSTALACIÓN

¿RECICLA O DA TRATAMIENTO A SUS DESECHOS DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO ? :                                        ( ) SI        ( ) NO
Nota: En caso de dar manejo que incluya cualquier tipo de reuso, reciclaje o tratamiento el generador deberá presentar su registro y
EN CASO DE SER AFIRMATIVA SU RESPUESTA, ANOTE LOS DATOS CORRESPONDIENTES EN LA SIGUIENTE TABLA EN CASO


                        RECUPERACIÓN, RECICLAJE O TRATAMIENTO DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO

       IDENTIFICACIÓN DEL RESIDUO                              MÉTODO DE RECICLAJE O TRATAMIENTO INTERNO
                                                                                              CAPACIDAD
            CLAVE DEL RESIDUO                        CLAVE (9)
                                                                                  CANTIDAD                        UNIDAD (3)




7. PRESTADORES DE SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE DESECHOS

  CLAVE DEL DESECHO         NOMBRE DE EMPRESA PRESTADORA                 NO. DE LICENCIA O         TIPO DE TRATAMIENTO




8. TRASLADO TERRESTRE DEL DESECHO




  CLAVE DEL DESECHO              CANTONES               PROVINCIAS        CANTON DE DESTINO                PROVINCIA DE DESTINO
ANEXO A

9. REUSO O TRATAMIENTO FUERA DE LA INSTALACIÓN

                           RECUPERACIÓN, RECICLAJE O TRATAMIENTO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO
             MÉTODO DE RECICLAJE O TRATAMIENTO                    EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO
 CLAVE
                            CAPACIDAD ANUAL
  DEL                                                                                        NUMERO DE LICENCIA O
             CLAVE (9)                                              NOMBRE
DESECHO                CANTIDAD   UNIDAD (3)                                                      AUTORIZACION




10. DISPOSICION FINAL




                                                                       EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO
 CLAVE
                                                                                                                                                          COORDENADAS
  DEL                                                            NUMERO DE LICENCIA O               SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL, PROVINCIA,
                       NOMBRE DE LA EMPRESA                                                                                                               GEOGRAFICAS
DESECHO                                                             AUTORIZACION                             CANTON Y PARROQUIA
                                                                                                                                                            DEL SITIO




11. SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSAS                                                                                                                                                    ANEXO A



NUMERO DE REGISTRO O LICENCIA

                          RELACION SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSAS-DESECHOS PELIGROSOS
 LISTADO NACIONAL DE DESECHOS        PUNTO(S) DE       SUSTANCIA QUIMICA PELIGROSA INVOLUCRADA EN LA GENERACION
         PELIGROSOS (1)             GENERACIÓN (5)        NOMBRE SUSTANCIA       CLAVE O NO. CANTIDAD   UNIDAD




Los números entre paréntesis indica la clave correspondiente al catálogo de claves.



El generador deberá contratar exclusivamente los servicios de transporte, reciclaje, tratamiento y/o disposición final de residuos peligrosos con Empresas Autorizadas por el Ministerio

Para cualquier aclaración, duda y/o comentario con respecto a este trámite, sirvase llamar al servicio de Atención Telefónica a del Ministerio del Ambiente a los teléfonos 022523269 en
AVISO DE INSCRIPCIÓN COMO EMPRESA GENERADORA DE RESIDUOS PELIGROSOS
                                            CLAVES PARA EL LLENADO DEL FORMATO

NOMBRE DE DESECHO DE ACUERDO A LISTADO NACIONAL DE
DESECHOS (1)

Indicar el nombre del desecho peligroso de acuerdo al listado nacional de desechos. Si el residuo no aparece en el listado se deberá indicar el
nombre genérico y sus características CRTIB.


CLAVE (2)

Indicar clave del desechos de acuerdo al listado naciondal de desechos.

CLAVE DE CATEGORÍA (3)

Indicar clave de la categoría del desecho peligroso de acuerdo a la tabla siguiente.

          CATEGORÍA                             TIPO                CLAVE                     CATEGORÍA                     TIPO             CLAVE
                                 DIELÉCTRICOS                        O5                LODOS ACEITOSOS                                         L6
                                 LUBRICANTES                         O1                                        GALVANOPLASTÍA                 L3
                                 HIDRÁULICOS                         O3                                        PROCESO DE PINTURAS            L5
      ACEITES GASTADOS           SOLUBLES                            O2                                       TEMPLADO DE METALES             L4

                                 TEMPLADO DE METALES                 O6                LODOS PROVENIENTES DE: TRATAMIENTO DE AGUAS DE         L2
                                                                                                              PROCESO
                                                                                                              TRATAMIENTO DE AGUAS
                                 OTROS (ESPECIFIQUE)                 O4                                                                       L1
                                                                                                              NEGRAS
                                 CATALÍTICAS                         B1                                       OTROS (ESPECIFIQUE)             L7
                                                                                                              TELAS, PIELES O ASBESTO
             BREAS               DE DESTILACIÓN                      B2                                                                      SO1
                                                                                                              ENCAPSULADO
                                 OTRAS (ESPECIFIQUE)                 B3                                       DE MANTENIMIENTO AUTOMOTRIZ    SO2
                                                                                              SÓLIDOS
                                 CULTIVOS Y CEPAS                    BI1                                      CON METALES PESADOS            SO5
                                 OBJETOS PUNZOCORTANTES              BI2                                       TORTAS DE FILTRADO             SO3
    BIOLÓGICO-INFECCIOSOS        RESIDUOS PATOLÓGICOS                BI3                                       OTROS (ESPECIFIQUE)           SO4
                                 RESIDUOS NO ANATÓMICOS              BI4                                       ORGÁNICOS                      S1
                                                                                             SOLVENTES
                                 SANGRE                              BI5                                       ORGANOCLORADOS                 S2
    ESCORIAS CON METALES         FINAS                               E1                                        ACIDOS                         C1
                                                                                       SUSTANCIAS CORROSIVAS
          PESADOS                GRANULARES                          E2                                        ALCALIS                        C2
    LÍQUIDOS RESIDUALES DE       CORROSIVOS                          LR1
                                                                                       OTROS RESIDUOS PELIGROSOS (ESPECIFÍQUE)                O
           PROCESO               NO CORROSIVOS                       LR2


UNIDAD (4)

La unidad se deberá expresar con el siguiente catálogo:

             CLAVE                             UNIDAD                                          CLAVE                       UNIDAD
               1                 TONELADAS                                                        3            METROS CÚBICOS
               2                 LITROS                                                           4            PIEZAS
               5                 KILOS

CLAVE (5)
Punto de generación

PUNTO DE GENERACION                                       CLAVE                        PUNTO DE GENERACIO                            CLAVE
TRANSPORTE DE INSUMO                                          TI                       DESCARGA DEL                                     DP
                                                                                       PRODUCTO
ALMACENAMIENTO DE                                             AMI                      SERVICIOS AUXLIARES                             SAX
INSUMO
PROCESO PRODUCTIVO                                            PP                       MANTENIMIENTO                                   MN
ALMACENAMIENTO DE                                            AMP                       SUBPRODUCTO                                     SP
PRODUCTO
CONTROL DE CALIDAD                                             CC                      OTROS                                           OT
TRANSPORTE DEL                                                 TP
PRODUCTO
CLAVE (6)

El tipo de envase se deberá expresar de acuerdo al siguiente catálogo.

             TIPO                          CLAVE
TANQUE DE 55 Gal                                             1
CANECA                                                       2
SACO O COSTAL                                                3
A GRANEL BAJO TECHO                                          4
A GRANEL A LA INTEMPERIE                                     5
EN TOLVA                                                     6
CONTENEDOR METALICO                                          7
CONTENEDOR PLASTICO                                          8
BOLSA PLASTICA                                               9
EMBALAJE CARTON                                             10
OTRO                                                        11
Nota: Todos los envases deberán contar con una etiqueta de comunicación de riesgos en base al rombo NFPA


CLAVE (7)

El formato de etiqutado se deberá expresar de acuerdo al siguiente catálogo

          TIPO                              CLAVE
ETIQUETA ADHERIBLE                                             1
PLACA                                                          2
MARCADO                                                        3
OTRO                                                           4


CLAVE (8)                       CARACTERISTICAS DEL ALMACEN

                                                                              8.2 MATERIAL DE
8.1 LOCAL                       CLAVE                                         CONSTRUCCION            CLAVE
CERRADO                                                      LC               INFLAMABLE                      MI
ABIERTO                                                      LA               NO INFLAMABLE                   NI

8.3 VENTILACION                                                               8.4 ILUMINACION
NATURAL                                                      VN               ILUMINACION NATURAL             IN
                                                                              A PRUEBA DE
FORZADA                                                      VF               EXPLOSIONES                     SE
                                                                              NO ES A PRUEBA DE
                                                                              EXPLOSIONES                     NE
CLAVE (9)

              Clave de recuperación, tratamiento o disposición final de acuerdo a las siguiente tabla:

                   CLASIFICACIÓN                            OPERACIÓN             CLAVE                           CLASIFICACIÓN             OPERACIÓN           CLAVE
                                                                                                                                    CENTRIFUGACIÓN               TF4
                                     REUTILIZACION                                 RA1                                              COAGULACIÓN                  TF5
                                               CALDERAS                            RE1                                              CRIBADO                      TF6
                                                HORNOS ROTATORIOS                  RE2                                              DESTILACIÓN                  TF7
                 RECUPERACION DE ENERGIA
                                                OTROS HORNOS (ESPECIFIQUE)         RE3                                              DIÁLISIS                     TF8
                                                OTRAS FORMAS (ESPECIFIQUE)         RE4                                              ELECTRODIÁLISIS              TF9
                                                ALTA TEMPERATURA                   RM1                                              ENCAPSULACIÓN               TF10
                                                ELECTROLÍTICO                      RM2                         TRATAMIENTO FISICO   ESPESADO DE LODOS           TF11
                                                FUNDICIÓN SECUNDARIA               RM3                                              EVAPORACIÓN                 TF12
Reciclado




                RECUPERACIÓN DE METALES         INTERCAMBIO IÓNICO                 RM4                                              EXTRACCIÓN CON DISOLVENTE   TF14




                                                                                              Tratamiento
                                                LIXIVIADO ÁCIDO                    RM5                                              FILTRACIÓN                  TF15
                                                ÓSMOSIS INVERSA                    RM6                                              FLOTACIÓN                   TF16
                                                OTROS MÉTODOS (ESPECIFIQUE)        RM7                                              ÓSMOSIS INVERSA             TF17
                                                DESTILACIÓN                        RS1                                              SEDIMENTACIÓN               TF18
                                          EVAPORACIÓN                              RS2                                              ULTRAFILTRACIÓN             TF19
              RECUPERACIÓN DE SOLVENTES Y
                 COMPUESTOS ORGÁNICOS                                                                                               ESTABILIZACIÓN O
                                          EXTRACCIÓN CON SOLVENTES                 RS3                                                                           TQ1
                                                                                                                                    SOLIDIFICACIÓN
                                           OTROS MÉTODOS (ESPECIFIQUE)             RS5                                              NEUTRALIZACIÓN               TQ2
              RECUPERACION DE CATALIZADORES                                        RC 1                                             OXIDACIÓN QUIMICA            TQ3
                                                OBTENCIÓN DE ENERGÍA               CP1                                              PRECIPITACIÓN                TQ4
                                                                                                              TRATAMIENTO QUÍMICO
                                                OBTENCIÓN DE MATERIAS PRIMAS       CP2                                              REDUCCIÓN                    TQ5
              COPROCESAMIENTO
                                                OBTENCIÓN DE ENERGÍA Y DE
                                                                                   CP3                                              COAGULACION-FLOCULACION      TQ6
                                                MATERIAS PRIMAS
                                                OTROS                              CP4                                              ABSORCION                    TQ7

                                                                                                            ESTERILIZACION (AUTOCLAVE)                          TDB1



                                                                                          TRATAMIENTO

                                                                                           BIOLOGICO
                                                                                           DESECHOS
                                                                                                            TRATAMIENTO TERMICO                                 TDB2

                                                                                                            DESINFECCION QUIMICA                                TDB3

                                                                                                            OTROS                                               TDB4


                                                DIGESTIÓN ANAEROBIA                TB1                                              RELLENO DE SEGURIDAD         DF1

                                                                                                                                    REINYECCION CONTROLADA EN
                                                FILTROS ANAEROBIOS                 TB2                                                                           DF2
                  TRATAMIENTO BIOLÓGICO                                                                     DISPOSICION FINAL       POZO PROFUND
                                                LAGUNAS AIREADAS
                                                MECÁNICAMENTE                      TB3                                              OTROS                        DF3
Tratamiento




                                                BIOTRATAMIENTO IN SITU

                                                INCINERACION (OXIDACION
                                                                                   TT1
                                                TERMICA)                                  OTROS MÉTODOS DE RECUPERACIÓN (Especifique)                           OR1

                                                PIRÓLISIS                          TT2
                   TRATAMIENTO TÉRMICO
                                                GASIFICACION                       TT3

                                                PLASMA                             TT4    OTROS MÉTODOS DE TRATAMIENTO                                          OMT1
                                                DESORCION TERMICA DIRECTA          TT5
                                                DESORCION TERMICA INDIRECTA        TT6


              CLAVE (10)

              Indicar el tipo de tratamiento de acuerdo a la siguiente tabla

                                                         CLASIFICACIÓN            CLAVE
                                                RECUPERACIÓN DE MATERIALES       RM
                                                REMOCIÓN DE IMPUREZAS            RI
                                                REUSO                            RU
                                                RECUPERACIÓN DE ENERGIA Y
                                                                                 CO
                                                MATERIALES (CO-PROCESAMIENTO)

                                                TRATAMIENTO BIOLOGICO            TB
                                                TRATAMIENTO TERMICO              TT
                                                TRATAMIENTO FISICO               TF
                                                TRATAMIENTO QUIMICO              TQ
                                                DISPOSICION FINAL                DF
                                                OTROS METODOS DE                 OT
                                                TRATAMIENTO
REGISTRO DE GENERADORES DE DESECHOS PELIGROSOS

  Fecha:

   Responsable o representante de la
   Empresa
  Cargo o puesto en la empresa


  Dirección




   Con fundamento en los artículos No. 160 numeral 5 y No. 204 del Reglamento para la
   Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos; el Ministerio del
   Ambiente otorga a la empresa:




               lo siguiente:


   El Número de Registro Ambiental como
   Generador de Desechos Peligrosos

                                     Código de desecho    Desecho Peligroso


   El registro cubre           los
   siguientes desechos




   Código de Declaración Anual
   Código de Manifiesto Único
   El número de la libreta de registros de
   almacenamiento temporal de desechos
   peligrosos (inventario)
    Para las instalaciones




Debiendo sujetarse en todo momento a lo establecido en la Ley de Prevención y Control
de Contaminación Ambiental, Ley de Gestión Ambiental, Reglamento a la Ley de Gestión
Ambiental para la prevención y control de la contaminación ambiental y demás
disposiciones jurídicas aplicables dentro de los siguientes términos:


   1.    Remitir a la Dirección de Control y Prevención de la Contaminación del Ministerio del Ambiente o
         a la Autoridad Ambiental de Aplicación Acreditada, una declaración anual (Formulario DA-SGD-
         01) de los movimientos que hubiere efectuado con sus desechos peligrosos generados mediante el
         formato que ésta misma disponga, la cual deberá contener al menos: registros sobre el origen de los
         desechos, cantidades producidas, transporte utilizado y destino de los desechos; los mismos que
         deberán entregarlos debidamente llenados con fecha límite, diciembre de cada año. Debiendo citar
         el número de registro ambiental, número de licencia ambiental, código de declaración anual y el
         número de libro de registro de los movimientos de entrada y salida de desechos peligrosos en su
         área de almacenamiento temporal.
   2.    Dar a los desechos peligrosos, el manejo previsto en el Reglamento para la Prevención y Control de
         la Contaminación por desechos peligrosos.
   3.    Mantener disponible el número de libro de registro de los movimientos de entrada y salida de
         desechos peligrosos en su área de almacenamiento temporal (llevar una bitácora mensual sobre la
         generación de desechos peligrosos y el almacenamiento temporal).
   4.    Manejar los desechos peligrosos que sean incompatibles en términos de la legislación ecuatoriana
         en forma separada.
   5.    Envasar los desechos peligrosos en recipientes que reúnan las condiciones de seguridad.
   6.    Etiquetarlos de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Ministerio del Ambiente
   7.    Almacenar sus desechos peligrosos en condiciones de seguridad y en áreas que cumplan con lo
         dispuesto en el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos
         Peligrosos y en los lineamientos establecidos por el Ministerio del Ambiente.
   8.    Transportar los desechos peligrosos en vehículos de empresas que cuenten con licencia ambiental.
   9.    Tratar y disponer sus desechos peligrosos en sitios de empresas que cuenten con la licencia
         ambiental correspondiente
   10.   Dar a sus desechos peligrosos el tratamiento que corresponda de acuerdo a lo dispuesto en el
         Reglamento y marco legal aplicable.
   11.   Los demás previstos en el Reglamento correspondiente y en otras disposiciones aplicables.
   12.   Presentar un programa de minimización de residuos en un plazo de 4 meses a partir del
         otorgamiento de la presente autorización (Artículo 160, No.1).
   13.   El representante de la empresa deberá brindar todas las facilidades y apoyos necesarios al personal
         facultado del Ministerio del Ambiente en la supervisión del cumplimiento a las condicionantes
         establecidas en el presente documento, así mismo deberá acatar las indicaciones que en su momento
         se determinen.
MINISTERIO DEL AMBIENTE
                                                                   SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
                                                                SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA


                                                                                                      CLAVE DEL MANIFIESTO
                                                    MANIFIESTO UNICO DE ENTREGA, TRANSPORTE Y RECEPCION
                                                                  DE DESECHOS PELIGROSOS


             1.-NÚM. DE REGISTRO COMO GENERADOR 2. NUM. DE LICENCIA AMBIENTAL                                       3-No. DE MANIFIESTO     4.- PAGINA
             DE DESECHOS.

                                                                                                                    d/m/a
             5.-NOMBRE DE LA EMPRESA GENERADORA:
             6. REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES
             7.-NOMBRE DE LA INSTALACION GENERADODRA:
             DOMICILIO                                                                                 PROV.
             (CALLE Y NO):
                                                                                                       PARROQUIA:
             CANTON                              Autoridades Ambientales de Aplicación
GENERADOR




             No ONU                                                                   TEL

             8.- DESCRIPCION (Nombre del desecho de
                                                                 Código del desecho                CONTENEDOR           CANTIDAD TOTAL         UNIDAD
             acuerdo al listado Nacional e indicar CRTI B
                                                                                                                         DEL DESECHO        VOLUMEN/PESO
                                                                                            TIPO       CAPACIDAD




             9.- INSTRUCCIONES ESPECIALES E INFORMACION ADICIONAL PARA EL MANEJO SEGURO (INDICAR INCOMPATIBILIDAD):


             10.- CERTIFICACION DEL GENERADOR:
             DECLARO QUE EL CONTENIDO DE ESTE LOTE ESTA TOTAL Y CORRECTAMENTE DESCRITO MEDIANTE EL NOMBRE DEL DESECHO, CARACTERISTICAS CRTI,
             BIEN EMPACADO, ENVASADO MARCADO Y ROTULADO, NO ESTÁ MEZCLADO CON DESECHOS O MATERIALES INCOMPATIBLES, SE HAN PREVISTO LAS
             CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA SU TRANSPORTE POR VIA TERRESTRE DE ACUERDO A LA LEGISLACION NACIONAL VIGENTE.

             NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL RESPONSABLE

             TELEFONO       Y/O     CORREO
             ELECTRONICO DE RESPONSABLE

             NO.   DE   RESOLUTIVO    DE             NO                                      FECHA:
             REUSO/RECICLAJE       EN                LA
             INSTALACIÓN.

             11.- NOMBRE DE LA EMPRESA TRANSPORTISTA:
             DOMICILIO:
             TEL.                                    NO.    DE      LICENCIA NO. DE LICENCIA DE                NO. DE PLAN DE CONTINGENCIAS APROBADO:
                                                     AMBIENTAL DEL MAE:      POLICIA NACIONAL.
TRANSPORTE




             Si el desecho se exporta, indicar       No de embarque:         Puerto de salida:
                                                                             Fecha:
                                                                             Autorización:
             12- RECIBI LOS DESECHOS DESCRITOS EN EL MANIFIESTO PARA SU TRANSPORTE.
             NOMBRE:                                                                                            FIRMA
             CARGO:                                                                                             FECHA DE EMBARQUE:
                                                                                                                                          DIA   MES      AÑO

             13.- RUTA DE LA EMPRESA GENERADORA HASTA SU ENTREGA.
             PROVINCIA, CANTON          Y                                               CARRETERAS        O     CAMINOS
             PARROQUIAS                                                                 UTILIZADOS
             INTERMEDIAS
             14.- TIPO DE VEHICULO                                                                             No. DE PLACA:
MINISTERIO DEL AMBIENTE
                                                           SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
                                                       SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA


                                                                                              CLAVE DEL MANIFIESTO




D 15.- NOMBRE DE LA EMPRESA DESTINATARIA:
E
  15.1 NÚMERO DE LICENCIA AMBIENTAL:
S
T DOMICILIO
I
N 15.2 En caso de existir diferencias en la Verificación de entrega (Marcar con una X) :
A                        Cantidad            Tipo                 Desecho                Rechazo parcial         Rechazo total
T
  15.3 Destinatario alterno. Nombre:
A
R Teléfono:                                                                            No. de Licencia Ambiental
I 15.4 Nombre y Firma del responsable del destinatario alterno.                                    Fecha
O
                                                                                                                                     DIA         MES     AÑO
                                                            REUSO/RECICLAJE   TRATAMIENTO    CO-             INCINERACIÓN    RELLENO        DE   OTROS
   15.5 MANEJO QUE SE DARÁ AL DESECHO (Indicar                                               PROCESAMIENTO                   SEGURIDAD
   con X y o especificar)

   15.6 CERTIFICACION DE LA RECEPCION DE LOS DESECHOS DESCRITOS EN EL MANIFIESTO INDICADOS EN EL MANIFIESTO EXCEPTO LO
   INDICADO EN EL PUNTO 12.2
   OBSERVACIONES:


   NOMBRE:                                                                                               FIRMA:
   CARGO:                                                                                            FECHA DE RECEPCIÓN:
                                                                                                                                         DIA     MES     AÑO




                INSTRUCCIONES:

                     1.   Una vez que el generador obtenga el No. de registro y de Licencia Ambiental como generador de desechos
                          peligroso deberá obtener del Ministerio del Ambiente el presente formato
                     2.   Para cada embarque o volumen de transporte, el generador deberá entregar al transportista un manifiesto en
                          original, debidamente firmado, y dos copias del mismo.
                     3.   El transportista conservará una de las copias que le entregue el generador, para su archivo, y firmará el
                          original del manifiesto, mismo que entregará al destinatario, junto con una copia de éste, en el momento en
                          que le entregue los desechos peligrosos al destinatario.
                     4.   El destinatario de los desechos peligrosos conservará la copia del manifiesto que le entregue el transportista,
                          para su archivo, y firmará el original, mismo que deberá remitir de inmediato al generador.
                     5.   El original del manifiesto y las copias del mismo, deberán ser conservadas por el generador, por el
                          transportista y por el destinatario de los desechos peligrosos, respectivamente, conforme lo marque el
                          Ministerio del Ambiente.
                     6.   Una vez que los desechos peligrosos y el manifiesto se haya entregado al transportista y de contar con los
                          medios, el generador podrá enviar vía correo electrónico o fax este manifiesto al Ministerio del Ambiente al
                          correo electrónico: dnpcc@ambiente.gov.ec; mma@ambiente.gov.ec mma@ambientegye.gov.ec; o al No.
                          de Fax 022523269, 042683995
                     7.   Llenar con letra de molde, máquina o computadora.
ANEXO
                      DECLARACION ANUAL DE GENERACION Y MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS
                                                 DATOS DE REGISTRO
                                  Para ser llenado por el establecimiento industrial                                  MA-SGD-DA

                                                                                            DECLARACION ANUAL(Indicar Año):

1) NOMBRE DE LA EMPRESA:                                                                    RUC:

2) NUMERO DE REGISTRO AMBIENTAL COMO EMPRESA                     3) NUMERO DE LICENCIA AMBIENTAL COMO PRESTADOR DE
GENERADORA:                                                      SERVICIO DE MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS:


4) NUMERO DE LICENCIA COMO EMPRESA QUE MANEJA SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSAS:

5) PRINCIPAL ACTIVIDAD PRODUCTIVA DEL ESTABLECIMIENTO:

6) RESPONSABLE TECNICO (Responsable de la gestión ambiental en la empresa para consulta y/o aclración de información



7) NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL CONSULTOR (En el caso de que la declaración anual haya sido elaborada por un consultor


8) NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL



DECLARACION JURAMENTADA de que la información contenido en este formulario y sus anexos es fidedigna y puede ser sujeta a
comprobación por la Autoridad Competente, que en caso de omisión o falsedad podrá invalidar el trámite y/o aplicar las sanciones
correspondientes.

FECHA:
ANEXO
                                                                                                                                                                   Declaracion anual:
1. DECLARACION ANUAL DE LA GENERACION, MANEJO Y TRANSFERENCIA DE DESECHOS PELIGROSOS
En esta sección se solicita información de los desechos peligrosos, tales como datos de generación, valorización y transferencia para su reutilización, reciclado,
coprocesamiento, incineración y disposición final, para establecimientos generadores de desechos peligrosos y para prestadores de servicios que generen desechos. El
generador deberá contratar exclusivamente los servicios de empresas autorizadas

1.1 DECLARACION DE GENERACION DE DESECHOS PELIGROSOS
Esta tabla deberá llenarse por el establecimiento que genere desechos peligrosos (incluye empresas prestadoras de servicio de manejo que generen desechos peligrosos). El
generador deberá contratar exclusivamente los servicios de empresas autorizadas para el manejo de desechos peligrosos.



                    Materiales o                              Identifiación del     residuo                                  Generación anual del desecho                                                            7
                     sustancia
                                                                                                                                                                   Potencialidad de valorizacion del desecho
  Area de            peligrosas
                                                                                                                                                       Residuo                                     Reuso directo del
               1                    Nombre del desecho de                    3                              4                                      5               Recuperación de Recuperación de
Generación       involucradas en la                                    Clave                      CRTIB                  Cantidad        Unidad              6                                     desecho en otro
                                2   acuerdo al listado Nacional.                                                                                       Nuevo       energía         Materiales
                    generación                                                                                                                                                                     proceso




1 Indicar si el desecho peligroso fue generado en el área de transporte de insumo (TI), almacenamiento de insumos (AMI), en el proceso productivo (PP), Almacenamiento de producto (PR), Control de calidad (CC),
trasnporte del producto (TP), descarga del producto (DES), servicios auxiliares (SAX), mantenimiento (MN), otras (O) especifique. Si no se generaron desechos peligrosos en el año de declaracion entonces indicar NA..

2. Indicar la clave de la sustancia química peligrosa de acuerdo a Norma INEN 2-266:2000
3 Indicar la clave del desecho de acuerdo al Listado Nacional de Desechos
4. Indicar la característica CRTIB del desecho de acuerdo a lo indicado en el listado Nacional o de acuerdo al análisis realizado por un laboratorio acreditado.
5. Indicar si son Toneladas (1), Litros (2), Metros cúbicos (3).
6. Indicar con una X si es un residuo nuevo generado en el establecimiento.
7. Indicar con una X si el residuo tiene potencial de los aspectos señalados. Si es el caso indicar más de una X
ANEXO



1.2 DECLARACION DE TRANSFERENCIA DE DESECHOS PELIGROSOS

Esta tabla deberá llenarse por el establecimiento que genere desechos peligrosos (incluye empresas prestadoras de servicio de manejo que
generen desechos peligrosos). El generador deberá contratar exclusivamente los servicios de empresas autorizadas para el manejo de desechos
peligrosos.

   Identificación del desecho                                           Destino de desechos peligrosos generados
                                                        Transferencia anual de desechos
                                                                                                                                                       Nombre y No.
                                                                                                                                                      de licencia de la
                                                                                                                   Nombre y No.    El desecho se
                                                                                                                                                          empresa
Nombre del desecho                                                                                                de autorización transporta fuera
                                                                                                 Modalidad de                                          prestadora de
de acuerdo al listado       Clave 1          Cantidad          Unidad 2          Destino 3                        de transportista  del cantón o
                                                                                                  manejo 4               5                             servicios para
Nacional.                                                                                                                            provincia 6
                                                                                                                                                         manejo de
                                                                                                                                                        desechos 7




OBSERVACIONES:


1 Indicar la clave del desecho de acuerdo al Listado Nacional de Desechos
2. Indicar si son Toneladas (1), Litros (2), Metros cúbicos (3) y piezas (4).
3. Anote el tipo de transferencia. El residuo se transfirió para: recuperación de materiales (RM), remoción de impurezas (RI), Reuso (RU) , Coprocesamiento (CO), Tratamiento
biológico (TB), Tratamiento Térmico (TT), Tratamiento físico (TF), Tratamiento Químico (TQ), Incineración (IN), Disposición final (DF), Otros especificar (OT1). Si el desecho tuvo
más de un destino en el año indíquelo.
4. Anotar la clave de acuerdo a la tabla 1.1 de este formulario correspondiente a los procesos típicos de reutilización, reciclado, coprocesamiento, tratamiento, y disposición final de
desechos peligrosos, si es el caso indicar más de una clave.
5. Anote el Número de licencia de autorización para empresas prestadoras de servicios para la recolección y transporte de desechos peligrosos otorgada por el MAE o Autoridad
competente. En caso de no contar con ese número anotar ND e indicar las razones en el espacio de observaciones de este formulario.
6. Indicar con una X si el desecho se transporta fuera del cantón o provincia de donde fue generado.
7. Anote el Número de licencia para reutilización, reciclado, coprocesamiento, tratemiento, incineración o disposición final de desechos peligrosos otorgado por el MAE o la Autoridad
Competente. En caso de no contra con ese número anotar ND e indicar las razones en el espacio de observaciones de este formulario.
ANEXO




1.3 DECLARACION DE DESECHOS PELIGROSOS ALMACENADOS DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO DEL GENERADOR O DEL PRESTADOR DE
SERVICIOS DE MANEJO.

Esta tabla deberá llenarse por el establecimiento que genere desechos peligrosos y por el prestador de servicios de manejo que almacene desechos peligrosos. El
generador deberá contratar exclusivamente los servicios de empresas autorizadas para el manejo de desechos peligrosos y el prestador de servicios de manejo
deberá recibir desechos únicamente de establecimientos generadores y de transportistas con licencia ambiental.


                                                             2                                                3
                             Tipo de almacenamiento                      Características del almacén                                              Desechos peligrosos almacenados
  Identificación de                                                                                                       Identifiación del desecho                                                     9
               1                                    A la                                                                                               Cantidad             7     Forma de      Período
     almacén                 Bajo techo                                                                                   Nombre del             5            6      Unidad                   8
                                                intemperie                                                                           4     Clave        Anual                  almacenamiento    (Días)
                                                                      Local          Ventilación       Iluminación         desecho




1. Indicar el mismo almacén que se declaró en el aviso de registro como generador de desechos peligrosos.
2. Marcar con una X la columna correspondiente. Si en un mismo almacén se presentan las dos modalidades marcar ambas.
3. Indicar si el local es cerrado (LC) o abierto (LA); si la ventilación es natural (VN); forzada (VF) o no existe (VI) y si la iluminación es natural (IN), a prueba de explosiones (SE) o no es
aprueba de explosiones (NE).
4. Indicar el nombre del desecho de acuerdo al listado nacional de desechos.
5. Indicar la clave del desecho de acuerdo al listado nacional de desechos.
6. Cantidad total anual de desecho peligroso almacenado
7. Indicar si son Toneladas (1), Litros (2), Metros cúbicos (3).
8. Indicar forma de almacenamiento: Tanque 55 gal (1), caneca (2), saco (3), a granel bajo techo (4), a granel a la intermperie (5), en tolva (6), contenedor metálico (7), contendedor
plástico (8), bolsa plastica (9), otro (10).
9. Tiempo máximo de almacenamiento de un lote de desecho, en días.
ANEXO

1.4 MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS

Esta tabla deberá llenarse por empresas prestadoras de servicios de manejo o generadores que reutilicen, reciclen, coprocesen, incineren, traten o confinen
(disposicón final) desechos peligrosos. Las empresas generadores que lleven a cabo estas actividades de manejo deberán llenar esta tabla.


                                                                   Identificación del desecho                                               Total manejado            Datos de recolector y transportista 6
                                                                                                                     Tipo de
                                 Licencia      Nombre del desecho                                                               Modalidad                                                  Nombre y
        Tratamiento                                                                                                transferenc
                                ambietnal      de acuerdo al listado     Clave 1                CRTIB 2                   3    de manejo 4 Cantidad Unidad 5         Cantidad     Unidad 5 licencia
                                                                                                                       ia                   anual
                                               Nacional.                                                                                                                                   ambiental

        Por la misma
          empresa
 Dentro
  del
         generadora
estableci
 miento     Por empresa
             prestadora
             de servicio
 Fuera del establecimiento
por empresa prestadora del
         servicio



1. Indiclar clave de acuerdo al listado nacional de desechos
2. Indicar la característica CRTIB del desecho de acuerdo a lo indicado en el listado Nacional o de acuerdo al análisis realizado por un laboratorio acreditado.
3. Anote el tipo de transferencia. El residuo se transfirió para: recuperación de materiales (RM), remoción de impurezas (RI), Reuso (RU) , Coprocesamiento (CO), Tratamiento biológico (TB),
Tratamiento Térmico (TT), Tratamiento físico (TF), Tratamiento Químico (TQ), Incineración (IN), Disposición final (DF), Otros especificar (OT1). Si el desecho tuvo más de un destino en el año
indíquelo
4. Anotar la clave de acuerdo a la tabla 1.1 de este formulario correspondiente a los procesos típicos de reutilización, reciclado, coprocesamiento, tratamiento, y disposición final de desechos peligrosos,
si es el caso indicar más de una clave.
5. Indicar si son Toneladas (1), Litros (2), Metros cúbicos (3)
6. Indicar el nombre y número de licencia ambiental de la empresa prestadora del servicio de recolección y transporte de desechos peligrosos otorgado por el MA o por la institucion integrante del
Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental.
Procedimientos para el Registro de generadores de desechos peligrosos, gestión de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental y para el transporte de materiales peligrosos
ANEXO A
Tabla 1. Claves de reutilización, reciclado, tratamiento, coprocesamiento o disposición final de acuerdo a las
siguiente tabla:


                                                                          CLASIFICACIÓ
         CLASIFICACIÓN        OPERACIÓN        CLAVE                           N          OPERACIÓN       CLAVE
                                                                                         CENTRIFUGACI
                                                                                                              TF4
                                                                                         ÓN

                                                                                         COAGULACIÓN          TF5
                   REUTILIZACION                RA1
                             CALDERAS           RE1                                      CRIBADO              TF6
                             HORNOS
                                                RE2                                      DESTILACIÓN          TF7
                             ROTATORIOS
                RECUPERACIO OTROS
                N DE ENERGIA HORNOS             RE3                                      DIÁLISIS             TF8
                             (ESPECIFIQUE)
                             OTRAS
                                                                                         ELECTRODIÁLI
                             FORMAS             RE4                                                           TF9
                                                                                         SIS
                             (ESPECIFIQUE)
                             ALTA
                                                                                         ENCAPSULACI
                             TEMPERATUR        RM1                                                            TF10
                                                                                         ÓN
                             A
                             ELECTROLÍTIC                                 TRATAMIENTO ESPESADO DE
                                               RM2                           FISICO                           TF11
                             O                                                        LODOS
                             FUNDICIÓN
                                               RM3                                       EVAPORACIÓN          TF12
                             SECUNDARIA
                                                                                         EXTRACCIÓN
                RECUPERACIÓ INTERCAMBIO
                                               RM4                                       CON                  TF14
  Reciclado




                N DE METALES IÓNICO
                                                                                         DISOLVENTE
                             LIXIVIADO
                                               RM5                                       FILTRACIÓN           TF15
                             ÁCIDO
                                                            Tratamiento


                             ÓSMOSIS
                                               RM6                                       FLOTACIÓN            TF16
                             INVERSA
                             OTROS
                                                                                         ÓSMOSIS
                             MÉTODOS           RM7                                                            TF17
                                                                                         INVERSA
                             (ESPECIFIQUE)
                                                                                         SEDIMENTACI
                             DESTILACIÓN        RS1                                                           TF18
                                                                                         ÓN
                                                                                         ULTRAFILTRAC
                            EVAPORACIÓN         RS2                                                           TF19
                RECUPERACIÓ                                                              IÓN
                    N DE                                                                 ESTABILIZACIÓ
                            EXTRACCIÓN
                SOLVENTES Y                                                              NO
                            CON                 RS3                                                           TQ1
                COMPUESTOS                                                               SOLIDIFICACIÓ
                            SOLVENTES
                 ORGÁNICOS                                                               N
                            OTROS
                                                                                         NEUTRALIZACI
                            MÉTODOS             RS5                                                           TQ2
                                                                                         ÓN
                            (ESPECIFIQUE)
                RECUPERACION DE                                                       OXIDACIÓN
                                               RC 1                                                           TQ3
                CATALIZADORES                                                         QUIMICA
                                                                          TRATAMIENTO
                             Obtención de                                             PRECIPITACIÓ
                                                CP1                         QUÍMICO                           TQ4
                             Energía                                                  N

                             Obtención de
                                                CP2                                      REDUCCIÓN            TQ5
                             materias primas
 COPROCESAMIENTO
                             Obtención de
                                                                                         COAGULACION-
                             Energía y de       CP3                                                           TQ6
                                                                                         FLOCULACION
                             materias primas

                             Otros              CP4                                      ABSORCION            TQ7
                                                                                         CONFINAMIEN
                             DIGESTIÓN
                                                TB1                                      TO                   DF1
                             ANAEROBIA
                                                                                         CONTROLADO
                                                           DISPOSICION FINAL
                             FILTROS
                                                TB2                                      DOMO SALINO          DF2
                             ANAEROBIOS
                TRATAMIENTO
                            LAGUNAS                                                      IN SITU              DF3
                 BIOLÓGICO
                            AIREADAS
                            MECÁNICAMEN
                                                TB3       ESTERILIZACION DE RESIDUOS
                            TE                                                                                ES1
                            BIOTRATAMIEN                  BIOLOGICO INFECCIOSOS
  Tratamiento




                            TO IN SITU
                             INCINERACION
                             (OXIDACION         TT1       OTROS MÉTODOS DE
                                                                                                              OR1
                             TERMICA)                     RECUPERACIÓN (Especifique)
                             PIRÓLISIS          TT2
                             GASIFICACION       TT3
                TRATAMIENTO PLASMA              TT4
                  TÉRMICO   DESORCION
                            TERMICA             TT5       OTROS MÉTODOS DE TRATAMIENTO                        OMT1
                            DIRECTA
                             DESORCION
                             TERMICA            TT6
                             INDIRECTA
ANEXO B
   PROCEDIMIENTO PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL PARA LA
               GESTIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS


RESUMEN

  Este procedimiento describe la forma en que se deberá llevar a cabo la gestión al interior del
  Ministerio del Ambiente o en las instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado
  de Gestión Ambiental para el licenciamiento y registro de prestadores de servicios de manejo
  de desechos peligrosos que involucre el reciclaje, reuso, transporte, tratamiento y disposición
  final. Incluye los procedimientos para la emisión de la licencia ambiental, los criterios para la
  resolución, emisión, suspensión y revocatoria de licencia, así como los requisitos que deberá
  cumplir el prestador de servicios para la obtención de la licencia.

                 HOJA DE AUTORIZACIÓN

REVISADO/APROBADO POR:                                                CONTROL DE COPIA




NOMBRE                             FIRMA          FECHA
ELABORADO POR:                                                        FECHA DE APLICACIÓN



NOMBRE:                            FIRMA          FECHA

ESTE PROCEDIMIENTO CONSTA DE:

PAGINAS:
COMENTARIOS:
1. OBJETIVOS

1.1. Contar con un instrumento de aplicación del Reglamento para la Prevención y
Control de la Contaminación Desechos Peligrosos (RPCCD) en lo referente al
licenciamiento ambiental de prestadores de servicios de manejo de desechos peligrosos.
Así mismo contribuir al cumplimiento del Artículo 50 del Reglamento a la Ley de
Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental.

1.2 Cumplir con lo establecido en el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA)
para el licenciamiento ambiental.

1.3 Contar con elementos para el cumplimiento a lo establecido en el artículo 156, 202 y
203 del Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos
Peligrosos

1.4 Homologar la gestión de desechos peligrosos a aplicarse por todos integrantes del
Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental (Reguladores ambientales
sectoriales o seccionales, municipalidades y/o consejos provinciales, Autoridades
Ambientales de Aplicación) que tengan la competencia para la aplicación del
Reglamento.

1.5 Establecer los criterios para la emisión de la licencia ambiental de prestadores de
servicio de manejo de desechos peligrosos o de generadores que manejen desechos
peligrosos en su instalación.


                                     2. ALCANCE

2.1 Este procedimiento es de aplicación nacional para todas las Autoridades
    Ambientales de Aplicación que cuenten con un sub-sistema de gestión de desechos
    peligrosos.

2.2 El procedimiento comprende los requisitos establecidos dentro del Sistema Único de
    Manejo Ambiental

2.3 El procedimiento se aplica para le gestión de licenciamiento del manejo de desechos
    peligrosos que se encuentren en el listado nacional de desechos peligrosos o que
    estén caracterizados como tales de acuerdo con las normas establecidas para tal
    efecto y que rebasen las cantidades mínimas definidas en la guía del listado nacional
    de desechos peligrosos..

2.4 La gestión establecida en este procedimiento es para la emisión del Servicio
    establecido en Artículo 11 del Libro IX del Texto Unificado de Legislación
    Ambiental, “Emisión de licencia de gestión de desechos peligrosos”
2.5 Adicionalmente este procedimiento deberá aplicar para el licenciamiento ambiental
    de aquellos generadores de desechos peligrosos que a parte de sus operaciones
    básicas de manejo como envasado, etiquetado y almacenamiento efectúen
    actividades de manejo en sus instalaciones que impliquen el reuso, reciclaje,
    tratamiento, incineración, coprocesamiento o disposición final.

                         3. REFERENCIAS NORMATIVAS

3.1   Ley de Gestión Ambiental.

3.2   Ley de la prevención y control de la contaminación ambiental

3.3    Texto Unificado de Legislación Ambiental.

       Libro VI: De la calidad ambiental

              Reglamento de la Ley de Gestión ambiental para la prevención y control
              de la contaminación ambiental.
              Artículos 50,
              Titulo V      Reglamento para la Prevención y Control de la
              Contaminación por desechos peligrosos.
              Artículos: 156, apartado b); 168;179; 183; 198; 202; 203; 205; 206; 210;
              211; 215; 222 y223.
              Titulo IX     Del Sistema de Derechos o Tasas por los Servicios que
              presta el Ministerio del Ambiente y por el uso y aprovechamiento de
              bienes nacionales que se encuentren bajo su cargo y protección.

3.4    Convenio de Basilea sobre el Control de Movimientos Transfronterizos de
       Desechos Peligrosos y su Eliminación

                                  4. DEFINICIONES

ALMACENAMIENTO: Acción de guardar temporalmente desechos en tanto se
procesan para su aprovechamiento, se entrega al servicio de recolección, o se disponen
de ellos.

CONFINAMIENTO CONTROLADO O RELLENO DE SEGURIDAD: Obra de
ingeniería para la disposición final de desechos peligrosos que garanticen su aislamiento
definitivo y seguro.

DESECHOS PELIGROSOS: Son aquellos desechos sólidos, pastosos, líquidos o
gaseosos resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje, utilización
o consumo y que contengan algún compuesto que tenga características reactivas,
inflamables, corrosivas, infecciosas, o tóxicas, que represente un riesgo para la salud
humana, los recursos naturales y el ambiente de acuerdo a las disposiciones legales
vigentes.
ETIQUETADO:           Acción de etiquetar con la información impresa en la etiqueta.

GENERADOR: se entiende toda persona natural o jurídica, cuya actividad produzca
desechos peligrosos u otros desechos, si esa persona es desconocida, será aquella
persona que éste en posesión de esos desechos y/o los controle.

GENERACIÓN:           Cantidad de desechos originados por una determinada fuente en
un intervalo de tiempo dado.

GESTION AMBIENTAL: Conjunto de políticas, normas, actividades operativas y
administrativas de planeamiento, financiamiento y control estrechamente vinculadas,
que deben ser ejecutadas por el Estado y la sociedad para garantizar el desarrollo
sustentable y una óptima calidad de vida.

LICENCIA AMBIENTAL: Es la autorización que otorga la autoridad competente a
una persona natural o jurídica, para la ejecución de un proyecto, obra o actividad. En
ella se establecen los requisitos, obligaciones y condiciones que el beneficiario debe
cumplir para prevenir, mitigar o corregir los efectos indeseables que el proyecto, obra o
actividad autorizada pueda causar en el ambiente.

MANEJO: Se entiende por manejo las operaciones de recolección, envasado,
etiquetado, almacenamiento, reuso y/o reciclaje, transporte, tratamiento y disposición
final de los desechos, incluida la vigilancia de los lugares de disposición final.

MANIFIESTO: Documento Oficial, por el que la autoridad ambiental competente y el
generador mantienen un estricto control sobre el transporte y destino de los desechos
peligrosos producidos dentro del territorio nacional.

MANEJO AMBIENTALMENTE RACIONAL: se entiende la adopción de todas las
medidas posibles para garantizar que los desechos peligrosos y otros desechos se
manejen de manera que queden protegidos el medio ambiente y la salud humana contra
los efectos nocivos que pueden derivarse de tales desechos.

RECICLAJE: Proceso de utilización de un material recuperado en el ciclo de
producción en el que ha sido generado.

RECOLECCIÓN: Acción de transferir los desechos al equipo destinado a
transportarlo a las instalaciones de almacenamiento, tratamiento o reciclaje, o a los
sitios de disposición final.

TRANSPORTE:           Cualquier movimiento de desechos a través de cualquier medio de
transportación efectuado conforme a lo dispuesto en este reglamento

TRATAMIENTO: Acción de transformar los desechos por medio de la cual se
cambian sus características.
5. RESPONSABILIDADES

Los funcionarios del Ministerio del Ambiente y del Sistema Nacional descentralizado
de Gestión Ambiental tienen la responsabilidad de conocer este procedimiento, así
como de aplicar los criterios establecidos para el otorgamiento de la licencia ambiental
para prestadores de servicios o generadores que manejen desechos peligrosos.

Es responsabilidad de los funcionarios verificar que las solicitudes y formularios se
encuentren debidamente llenados para proceder a la verificación del cumplimiento de
requisitos y el proceso de otorgamiento de la licencia.

                                   6. DESARROLLO

Una vez que se ha determinado la peligrosidad de un desecho y se rebasan las
cantidades mínimas de manejo de acuerdo a:

       Llistado nacional
       Método de caracterización


El prestador de servicios o generador que maneje desechos tendrán la obligación de
presentar su solicitud de licencia ambiental de manejo de desechos peligrosos de
acuerdo a la modalidad que corresponda (reuso, reciclaje, transporte, tratamiento,
incineración, coprocesamiento y disposición final) para obtener la licencia ambiental
respectiva, de acuerdo con los siguientes requisitos

6.1 Licenciamiento para prestador de servicios de manejo de desechos peligrosos

Los prestadores de servicios o generadores que manejen desechos peligrosos que
conforme al reglamento están obligados a registrares ante el Ministerio del Ambiente o
la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable deberán entregar en oficinas de
Ministerio del Ambiente o de la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable o
incorporar al portal electrónico del Ministerio del Ambiente, la siguiente información:

A) Información general del prestador de servicios o generador que maneja desechos
peligrosos.

       a)   Nombre, denominación o registro único de contribuyentes, domicilio,
       b)   Actividad productiva principal
       c)   Sector Industrial o Servicios
       d)   Nombre del representante legal y técnico.
       e)   Fecha de inicio de operaciones

B) Información específica de manejo de desechos peligrosos

       a) Clasificación y modalidad de manejo de los desechos peligrosos
       b) Generación y recepción de desechos.
c)   Almacenamiento temporal
       d)   Método de manejo
       e)   Generación de desechos peligrosos debido al manejo
       f)   Manejo fuera de la instalación
       g)   Disposición final

       Para el ingreso de la información de los incisos a y b se anexa el formulario
       MA-SGD-HG-LP-01

C) Solicitud de manejo de desechos peligrosos dependiendo de la modalidad del
interesado.

       Modalidad                            Clave

       A Reciclaje                  SGD-SM-REC-01
       B Reuso                      SDG-SM-REU-01
       C Tratamiento                SGD-SM-TR-01
       D Incineración               SGD-SM-INC-01
       E Coprocesamiento            SGD-SM-COP-01
       F Disposición final          SGD-SM-DF-01

D) Información complementaria

   •   Informe de regulación municipal actualizado y si cuenta con licencia ambiental
       derivada de la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución
       ministerial.
   •   Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas
       (SNAP), Bosques Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado.


Una vez que el prestador de servicios o generador de desechos peligrosos presente su
hoja general de información y formulario de manejo como prestador de desechos
peligrosos (formulario No MA-SGD-HG-LP-01), su solicitud de manejo de desechos
peligrosos y la información complementario ante el Ministerio del Ambiente o a la
Autoridad Ambiental de Aplicación responsable o se incorpore en el portal del
Ministerio del Ambiente se deberá verificar:

   •   El llenado correcto de los formularios. Asegurarse de que el formulario se llene
       en forma legible y que los campos 1,2,3, 4, 5 y 7 se encuentren llenos.

   •   Se presente la solicitud de la modalidad de manejo correspondiente que podrá
       ser para: reuso, reciclaje, tratamiento, incineración, coprocesamiento, transporte
       o disposición final.      La solicitud deberá contar con toda la información
       requerida.

La información complementaria satisfaga con los requisitos establecidos por Ministerio
del Ambiente y la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable.
La revisión de los formularios de registro debidamente llenados se efectuará a través del
personal de la Autoridad Ambiental Nacional o la Autoridad Ambiental de Aplicación
Responsable Acreditado.

Una vez que se verifica que se cumple con los requisitos de entrega de formularios y
solicitud el Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación
responsable asignará un Número de trámite del procedimiento para la emisión de la
Licencia Ambiental.

El número de trámite se podrá otorgar al proponente para el seguimiento de su trámite.

Si las solicitudes de registro son recibidas directamente en el Ministerio del Ambiente
en Quito o Guayaquil se procederá al ingreso de la información a la base de datos del
sistema de gestión de desechos peligrosos.

Las solicitudes de registros las podrán realizar el prestador de servicios a través del
portal electrónico del Ministerio del Ambiente en donde en forma automática
procederán las solicitudes que cumplan con el llenado de campos obligatorios y de
acuerdo a criterios establecidos entre el Ministerio del Ambiente y la Autoridad
Ambiental de Aplicación responsable.


6.2 Emisión de la licencia ambiental


El licenciamiento ambiental comprenderá, entre otras condiciones, la revisión de hoja
general de información, formulario y solicitud de manejo presentada y de la capacidad
del prestador de servicios o el generador para un adecuado manejo de desechos
peligrosos para cumplir con lo establecido en el Reglamento para la Prevención y
Control de la Contaminación por Desechos Peligroso y los procedimientos para la
emisión de la licencia ambiental Ministerio del Ambiente

Para la autorización de la Licencia Ambiental se considerarán las siguientes
acciones:

•   Análisis de hoja general de información, formulario y solicitud de manejo y de los
    estudios complementarlos que se crea conveniente solicitar verificando que
    cumplan con los criterios técnicos: datos de diseño, eficiencias requeridas, manejo
    seguro de sustancias químicas, disposición segura de residuos resultantes,
    minimización de riesgos al ambiente, cumplimiento de los parámetros de control
    vigentes para los efluentes y otros que resulten del análisis caso por caso.
•   Cumplir con lo establecido con los procedimientos para la emisión de la licencia
    ambiental del Ministerio del Ambiente
Aprobación

Si el Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable
considera que la información proporcionada por el proponente satisface y cumple los
requerimientos previstos en su sub-sistema de gestión de desechos peligrosos, lo
aprobará. Si la solicitud manejo como prestador de servicios o generador que maneja
desechos fuese observada, la autoridad ambiental de aplicación deberá fijar las
condiciones o requisitos que el promotor deberá cumplir, en un término de 30 días,
contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de licenciamiento.

Preparación de la Resolución de la Licencia Ambiental.

El Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable
notificará la aprobación de registro y licenciamiento de manejo de desechos peligrosos
mediante la emisión de una resolución.

           o No. de licencia ambiental como prestador de servicio.
           o Autorización para reciclaje, reuso, tratamiento, incineración y/o co-
             procesamiento. En donde se especifique las actividades autorizadas,
             tecnología y procesos empleados.
           o La especificación de cuales son los Desechos peligrosos amparados por
             la licencia.
           o Los términos en los que se otorga la licencia en donde se especifique las
             obligaciones a las que quedará sujeto el prestador de servicio para un
             adecuado control en el manejo de desechos peligrosos.
           o El código para la declaración anual de desechos peligrosos.
           o Los términos en los que se otorga el registro en donde se especifique las
             obligaciones a las que quedará sujeto el regulado para un adecuado
             control sobre la generación de desechos peligrosos.


La licencia ambiental contendrá entre otros: el señalamiento de todos y cada uno de los
demás requisitos, condiciones y obligaciones aplicables para llevar a cabo la actividad
de manejo de desechos peligrosos.

En el caso de que la autoridad ambiental de aplicación determine que la información
presentada por el proponente no satisface las exigencias y requerimientos mínimos
previstos en su sub-sistema acreditado procederá a no otorgar la licencia ambiental de
gestión de desechos peligrosos y, acto seguido, comunicará esta decisión al promotor,
mediante la resolución correspondiente.

El promotor podrá presentar, cuantas veces estime conveniente, nuevas solicitudes de
registro y manejo que satisfagan todas las condiciones técnicas y legales, del sub-sistema
de gestión de desechos peligrosos acreditado de la Autoridad Ambiental de Aplicación
haciendo referencia a las observaciones que dieron lugar a la resolución desfavorable y la
denegación de la licencia.
El Ministerio del Ambiente otorgará o denegará la licencia ambiental en un plazo no
mayor a sesenta (60) días, contados desde la presentación de la solicitud de registro y la
totalidad de sus requisitos.

6.3 Emisión de la orden de pago de licencia ambiental para prestadores de servicio
o generadores que manejen desechos peligrosos. (Artículo 11 del Libro IX del Texto
Unificado de Legislación Ambiental, “Emisión de licencia de gestión de desechos
peligrosos-Licencia”)

Una vez verificados los requisitos mencionados la Dirección de Control y Prevención
de la Contaminación o las instituciones integrantes del Sistema Nacional
Descentralizado de Gestión ambiental extenderá las ordenes de pago correspondientes
de acuerdo al Procedimiento para la Emisión de Licencias Ambientales del Ministerio
del Ambiente.

6.4 Pólizas y Garantías

El Proponente se deberá sujetar a lo establecido en el Procedimiento para la Emisión de
Licencias Ambientales del Ministerio del Ambiente

6.5 Temporalidad de la licencia

La licencia para el prestador de servicios tendrá una vigencia indefinida condicionada a
que el licenciatario presente una declaración anual de manejo de desechos juramentada,
la auditoria ambiental de cumplimiento y no incurra en los incumplimientos causales de
la suspensión temporal o definitiva que se establecen en el punto 6.6 y 6.7 de este
procedimiento.

6.6 Suspensión de la licencia ambiental (Art. 27)

La autoridad ambiental de aplicación suspenderá, mediante resolución motivada, la
licencia ambiental, hasta que los hechos que causaron la suspensión sean subsanados si
se presenta

a) Modificación de las condiciones bajo las cuales fue otorgada, validándose
nuevamente una vez que el licenciatario justifique técnicamente a satisfacción de la
Autoridad Ambiental los cambios realizados.
b) Incumplimientos en la normatividad ambiental vigente, comprobadas mediante las
actividades de control, seguimiento y/o auditorias ambientales.
c) En caso de no presentar declaración anual de manejo de desechos peligrosos en el
tiempo establecido o de presentar inconsistencias en ésta.
6.7 Revocatoria de la licencia ambiental (Art. 28)

En los siguientes casos de no conformidades mayores, comprobadas mediante
actividades de control, seguimiento y/o auditorias ambientales, la autoridad ambiental
de aplicación podrá revocar, mediante resolución motivada, una licencia ambiental:

   a) No presentación en dos años consecutivos de la declaración anual de manejo de
      desechos peligrosos.
   b) Incumplimiento grave de la normatividad ambiental vigente aplicable a
      generación y manejo de desechos peligrosos que a criterio de la autoridad
      ambiental de aplicación no es subsanable.
   c) Daño ambiental flagrante debido a la generación y manejo de desechos
      peligrosos.
   d) El no cumplimiento con las disposiciones dadas en el SUMA

Para el efecto la autoridad ambiental de aplicación comunicará al promotor la naturaleza
del incumplimiento o de la no-conformidad y le otorgará un plazo que no podrá ser
menor a 15 días para que remedie el incumplimiento o lo justifique demostrando que el
daño ambiental no es imputable a su responsabilidad ya sea por ser un pasivo ambiental
anterior a su actividad o por que el mismo fue causado por un tercero. Agotado el
plazo otorgado, la autoridad ambiental de aplicación resolverá sobre la revocatoria de la
licencia ambiental o el archivo del expediente administrativo.

La autoridad de aplicación resolverá sobre la revocatoria de la licencia ambiental de
acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 del Capítulo V, libro VI de la Calidad
Ambiental del Texto Unificado de Legislación Ambiental.

6.8 Licencia ambiental de actividades y proyectos en funcionamiento. ( tercera
disposición transitoria SUMA)

Las actividades y proyectos en funcionamiento que cuentan con una licencia o
autorización para el manejo de desechos peligrosos otorgada por una Autoridad
ambiental de aplicación, luego de acreditada ésta ante el Sistema Único de Manejo
Ambiental, obtendrán la ratificación de la correspondiente licencia ambiental previa
solicitud en función de:

   a) Términos de la aprobación de la correspondiente licencia o autorización; y
   b) Condiciones establecidas para la autoridad ambiental de aplicación en función
      de sus registros históricos de actividades de control, seguimiento y/o auditorias
      ambientales.

Una vez vencido el plazo de acreditación del sub-sistema de gestión de desechos
peligrosos de acuerdo a lo establecido en la Primera Disposición transitoria del Capítulo
V, libro VI de la Calidad Ambiental del Texto Unificado de Legislación Ambiental, en
el caso de aquellas actividades o proyectos que siendo de competencia de una autoridad
ambiental de aplicación que no se ha acreditado todavía ante el Sistema Único de
Manejo Ambiental, un promotor puede someter su actividad o proyecto en ejecución a
licenciamiento ambiental ante cualquiera de las autoridades ambientales de aplicación
acreditadas o ante la autoridad ambiental nacional. Para el efecto deberá presentar su
registro y/o solicitud de manejo de desechos peligrosos.

En los casos que, luego de cumplido el período previsto como de ajuste, posterior al de
acreditaciones, la autoridad ambiental de aplicación a través de sus actividades de
control, seguimiento y/o auditorias ambientales identifique actividades o proyectos en
ejecución que no cuenten con la licencia ambiental respectiva de conformidad con su
sub-sistema de gestión de desechos peligrosos, procederá a determinar las condiciones
para que la actividad o proyectos se enmarque en la normativa ambiental aplicable a
generación y manejo de desechos peligrosos en un plazo razonable a través de la
presentación de auditorias ambientales o la presentación de los requerimientos
establecidos por su sub-sistema de gestión de desechos peligrosos, los cuáles consisten
en primera instancia en el registro y/o solicitud de manejo de desechos peligrosos, a fin
de obtener la correspondiente licencia ambiental, sin perjuicio de las sanciones
aplicables de conformidad con la legislación vigente.

6.9 Formularios para la solicitud de licenciamiento ambiental para el prestador de
servicios de manejo de desechos peligrosos.

El Ministerio del Ambiente a través de la Dirección de Prevención y Control de la
Contaminación y la Subsecretaria de Gestión Ambiental Costera proporcionará los
formularios de solicitud de manejo para prestadores de servicios a las Autoridad
Ambiental Aplicación y a los prestadores de servicios o generadores para la aplicación
del presente procedimiento

Se anexan los documentos siguientes:

   •   Hoja general de información y formulario de manejo (MA-SGD-HG-LP-01)
   •   Formulario de declaración anual manejo de desechos peligrosos (MA-SGD-DA)
   •   Formularios de solicitudes de manejo de desechos peligrosos

              Modalidad                            Clave

              A Reciclaje                   SGD-SM-REC-01
              B Reuso                       SDG-SM-REU-01
              C Tratamiento                 SGD-SM-TR-01
              D Incineración                SGD-SM-INC-01
              E Coprocesamiento             SGD-SM-COP-01
              F Disposición final           SGD-SM-DF-01
ANEXO B
                                              MINISTERIO DEL AMBIENTE
                                         SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
                                     SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA

                               REGISTRO GENERAL PARA LOS TRÁMITES DEL
                    MINISTERIO DEL AMBIENTE O DE LA INSTITUCION INTEGRANTE DEL
                     SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTION AMBIENTAL
                                                                                          (MA-SGD-HGR-01)
                    PARA SER LLENADO POR EL MAE O INSTITUCIONES INTEGRANTES
                   DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTIÓN AMBIENTAL
1) SOLICITUD NÚMERO:
2) REGISTRO PARA: (Si el generador pretende realizar actividades de reuso, reciclaje,
transporte y/o tratamiento deberá indicarlo marcando las dos opciones)
GENERADOR                 ( )
PRESTADOR DE SERVICIOS PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS:
Reciclaje ( ) Reuso ( ), Transporte ( ),Tratamiento: físico, químico o biológico ( ); Coprocesamiento ( ),
Incineración ( ), Disposición final ( )
3) NÚMERO DE LICENCIA AMBIENTAL:
(Si cuenta con este número, derivado de la evaluación de impacto ambiental presentar la Constancia de Registro u oficio resolutivo)
4) RECIBIDO POR:


                  Nombre y firma
                                                                                 (Sello con fecha de recibido)
5) ENVIAR A
(Marcar con una X)
Ministerio del Ambiente. Subsecretaría de calidad ambiental.
Institución integrante del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental

                                         PARA SER LLENADO POR EL SOLICITANTE
6) NOMBRE DE LA EMPRESA


                                                                                  Nombre y firma del representate legal

Declaramos que la información contenida en esta solicitud y
 sus anexos es fidedigna y que puede ser verificada por el
MAE, la que en caso de omisión o falsedad, podrá invalidar el
    trámite y/o aplicar las sanciones correspondientes.                          Nombre y firma del responsable técnico
DATOS DE REGISTRO
1) NOMBRE DE LA EMPRESA QUE SOLICITA EL TRÁMITE                            RUC:


2) ACTIVIDAD PRODUCTIVA PRINCIPALDEL ESTABLECIMIENTO

3) DOMICILIO DE SOLICITANTE
Calle:
Número:
Provincia:
Parroquia:
Teléfonos:                                      Fax:                      Correo electronico:
4) DOMICILIO DEL ESTABLECIIENTO
(En caso de que el establecimiento o instalación generadora de desechos peligrosos
tenga otra dirección a la del domicilio manifestada en el apartado anterior, indicarla en esta sección.
Calle:
Número:
Provincia:
Parroquia:
Teléfonos:                                      Fax:                      Correo electronico:
5) SECTOR AL QUE PERTENECE EL SOLICITANTE
Extracción de petróleo y Gas Natural
Coque y productos de refinación del petróleo
Fabricación de sustancias y productos químicos
Papel y productos de papel
Productos de caucho y plástico
Textiles
Vehículos automotores
Producción de madera
Maquinaria y equipo
Explotación de minas y extracción de minas y canteras
Alimentos y bebidas
Transporte
Comunicaciones
Electricidad, gas o agua.
Agricultura, horticultura, floricultura, acuacultura, forestería,
Pinturas, barnices y productos y servicios relacionados.
Otros
6) FECHA DE INICIO DE OPERACIÓN:                            DIA            MES           ANO

7)Documentos que debe anexar para inicio del trámite:

Informe de regulación municipal(uso de suelo)
ANEXO A

                                                                                  MINISTERIO DEL AMBIENTE.
                                                                             SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
                                                                         SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA
                                              SISTEMA DE GESTION DE DESECHOS PELIGROSOS                                                Pag

 AVISO DE REGISTRO COMO EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS                                       MA-SGD-RP-01



1. LLENAR LA HOJA GENERAL DE REGISTRO, QUE CONTIENE LOS DATOS GENERALES DE LA EMPRESA.



2. REGISTRO COMO PRESTADOR DE SERVICIOS.
Indicar la modalidad de manejo para la cual se pretende prestar el servicio



                          MODALIDAD DE MANEJO DE DESECHO
  NOMBRE DE DESECHO DE ACUERDO A                     CLAVE DE          CLAVE DE MANEJO DE
  LISTADO NACIONAL DE DESECHOS (1)                  DESECHO (2)            DESECHO (9)




3. DATOS DE GENERACION-RECEPCION DE DESECHOS PELIGROSO

                                                 3.1 GENERACION DEL DESECHO PELIGROSO

  NOMBRE DE DESECHO DE ACUERDO A                                                           NOMBRE DE EMPRESA     NO. REGISTRO DE
                                                      CLAVE (2)        CATEGORIA (3)
  LISTADO NACIONAL DE DESECHOS (1)                                                            GENERADORA       EMPRESA GENERADORA




                                                  3.2 RECEPCION DEL DESECHO PELIGROSO

                                                                         NOMBRE DE LA EMPRESA            LICENCIA DE EMPRESA DEL
  NOMBRE DE DESECHO DE ACUERDO A
                                                      CLAVE (2)        PRESTADORA DEL SERVICIO DE       SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y
  LISTADO NACIONAL DE DESECHOS (1)
                                                                       RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE                TRANSPORTE




Nota: Si la solicitud de licencia es para transporte de desechos no se deberá llenar tabla 3.2
ANEXO A
4. ALMACENAMIENTO TEMPORAL EN EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO DE MANEJO DE DESECHOS

                                            ALMACENAMIENTO TEMPORAL DE DESECHOS PELIGROSOS
                                                                            ALMACENAMIENTO
IDENTIFICA
  CION DE          CLAVE DEL DESECHO (2)                        Carácterísticas del almacén (8)                          Capacidad total por almacén
 ALMACEN
                                                Local(8.1)       Material(8.2)   Ventilación (8.3)   Iluminación (8.4)     Cantidad      Unidad (4)




                                            ALMACENAMIENTO TEMPORAL DE DESECHOS PELIGROSOS
                                                                 CUENTA CON                                         CUENTA CON             CUENTA
                                                                                           CUENTA CON
IDENTIFICA        CUENTA CON FOSAS DE        CAPACIDAD DE FOSAS TRINCHERAS O                                      SEÑALAMIENTOS Y            CON
                                                                                           SISTEMAS DE
CION DE           RETENCIÓN O MUROS DE        DE RETENCIÓN DE     CANALETAS                                         LETREROS DE          SISTEMA DE
                                                                                           EXTINCIÓN DE
ALMACEN               CONTENCIÓN                 DERRAMES       PARA CONDUCIR                                     COMUNICACIÓN DE        DETECCION
                                                                                             INCENDIO
                                                                  DERRAMES                                            RIESGOS             Y ALARMA




 Tipo de almacén (marcar con X)              Dimensiones (m)
  Abierto                         Largo:    Ancho:
  Cerrado                         Largo:    Ancho:             Altura:




5. METODO DE MANEJO DEL DESECHO PELIGROSO


                                           METODOS DE MANEJO DEL DESECHO PELIGROSO
      IDENTIFICACIÓN DEL RESIDUO                             MÉTODO DE MANEJO DE DESECHO PELIGROSO
                                                 CLAVE DE                                     CAPACIDAD
                                                                 CLAVE DEL TIPO DE
            CLAVE DEL DESECHO                 CLASIFICACION DE
                                                                    MANEJO (9)         CANTIDAD         UNIDAD (3)
                                                MANEJO (10)
6. GENERACION DE DESECHOS PELIGROSOS DEBIDOS A LA PRESTACION DEL SERVICIO                                                                                       ANEXO A

        En caso de generación de desechos peligrosos debido a las operariones por la prestacion del servicio indicarlo en la siguiente tabla.

                                    GENERACION DE DESECHOS PELIGROSO DEBIDOS AL MANEJO

                                                                                        GENERACIÓN DE DESECHO O DESECHO
                                                                                        RESIDUAL POR MANEJO O TRATAMIENTO
                                                           CLAVE DEL TIPO DE
                   CLAVE DEL DESECHO                                                   NOMBRE DE DESECHO DE
                                                              MANEJOO (9)
                                                                                         ACUERDO A LISTADO               CLAVE DEL
                                                                                       NACIONAL DE DESECHOS             DESECHO (2)
                                                                                                (1)




        7. DISPOSICION FINAL
        En caso de pretender otorgar el servicio para la disposición final de desechos peligrosos indicarlo en la siguiente tabla

                                                                                                 DISPOSICION FINAL
                                                                                                                                                      NOMBRE DEL SITIO DE   COORDENADAS
                   CLAVE DEL DESECHO                                ORIGEN DEL DESECHO                     UBICACIÓN DEL SITIO DE DISPOSICION FINAL
                                                                                                                                                         DISPOSICIÓN        GEOGRAFICAS
                                                             PROVINCIA                  CANTON                 PROVINCIA                CANTON




Los números entre parentesis indican la clave correspondiente al catalogo de claves.
AVISO DE INSCRIPCIÓN COMO EMPRESA GENERADORA DE RESIDUOS PELIGROSOS
                                    CLAVES PARA EL LLENADO DEL FORMATO
                                               ANEXO A
NOMBRE DE DESECHO DE ACUERDO A LISTADO NACIONAL DE
DESECHOS (1)

Indicar el nombre del desecho peligroso de acuerdo al listado nacional de desechos. Si el residuo no aparece en el listado se deberá indicar el
nombre genérico y sus características CRTIB.


CLAVE (2)

Indicar clave del desechos de acuerdo al listado naciondal de desechos.

CLAVE DE CATEGORÍA (3)

Indicar clave de la categoría del desecho peligroso de acuerdo a la tabla siguiente.

          CATEGORÍA                             TIPO                CLAVE                     CATEGORÍA                     TIPO             CLAVE
                                 DIELÉCTRICOS                        O5                LODOS ACEITOSOS                                         L6
                                 LUBRICANTES                         O1                                        GALVANOPLASTÍA                 L3
                                 HIDRÁULICOS                         O3                                        PROCESO DE PINTURAS            L5
      ACEITES GASTADOS           SOLUBLES                            O2                                       TEMPLADO DE METALES             L4

                                 TEMPLADO DE METALES                 O6                LODOS PROVENIENTES DE: TRATAMIENTO DE AGUAS DE         L2
                                                                                                              PROCESO
                                                                                                              TRATAMIENTO DE AGUAS
                                 OTROS (ESPECIFIQUE)                 O4                                                                       L1
                                                                                                              NEGRAS
                                 CATALÍTICAS                         B1                                       OTROS (ESPECIFIQUE)             L7
                                                                                                              TELAS, PIELES O ASBESTO
             BREAS               DE DESTILACIÓN                      B2                                                                      SO1
                                                                                                              ENCAPSULADO
                                 OTRAS (ESPECIFIQUE)                 B3                                       DE MANTENIMIENTO AUTOMOTRIZ    SO2
                                                                                              SÓLIDOS
                                 CULTIVOS Y CEPAS                    BI1                                      CON METALES PESADOS            SO5
                                 OBJETOS PUNZOCORTANTES              BI2                                       TORTAS DE FILTRADO            SO3
    BIOLÓGICO-INFECCIOSOS        RESIDUOS PATOLÓGICOS                BI3                                       OTROS (ESPECIFIQUE)           SO4
                                 RESIDUOS NO ANATÓMICOS              BI4                                       ORGÁNICOS                      S1
                                                                                             SOLVENTES
                                 SANGRE                              BI5                                       ORGANOCLORADOS                 S2
    ESCORIAS CON METALES         FINAS                               E1                                        ACIDOS                         C1
                                                                                       SUSTANCIAS CORROSIVAS
          PESADOS                GRANULARES                          E2                                        ALCALIS                        C2
    LÍQUIDOS RESIDUALES DE       CORROSIVOS                          LR1
                                                                                       OTROS RESIDUOS PELIGROSOS (ESPECIFÍQUE)                O
           PROCESO               NO CORROSIVOS                       LR2


UNIDAD (4)

La unidad se deberá expresar con el siguiente catálogo:

             CLAVE                             UNIDAD                                          CLAVE                       UNIDAD
               1                 TONELADAS                                                        3            METROS CÚBICOS
               2                 LITROS                                                           4            PIEZAS
               5                 KILO
CLAVE (5)
Punto de generación

PUNTO DE GENERACION                                       CLAVE                        PUNTO DE GENERACIO                            CLAVE
TRANSPORTE DE INSUMO                                          TI                       DESCARGA DEL                                     DP
                                                                                       PRODUCTO
ALMACENAMIENTO DE                                             AMI                      SERVICIOS AUXLIARES                             SAX
INSUMO
PROCESO PRODUCTIVO                                            PP                       MANTENIMIENTO                                   MN
ALMACENAMIENTO DE                                            AMP                       SUBPRODUCTO                                     SP
PRODUCTO
CONTROL DE CALIDAD                                             CC                      OTROS                                           OT
TRANSPORTE DEL                                                 TP
PRODUCTO
CLAVE (6)

El tipo de envase se deberá expresar de acuerdo al siguiente catálogo.

             TIPO                          CLAVE
TANQUE DE 55 Gal                                             1
CANECA                                                       2
SACO O COSTAL                                                3
A GRANEL BAJO TECHO                                          4
A GRANEL A LA INTEMPERIE                                     5
EN TOLVA                                                     6
CONTENEDOR METALICO                                          7
CONTENEDOR PLASTICO                                          8
BOLSA PLASTICA                                               9
EMBALAJE DE CARTON                                          10
OTRO                                                        11
Nota: Todos los envases deberán contar con una etiqueta de comunicación de riesgos en base al rombo NFPA
                                                               ANEXO A

CLAVE (7)

El formato de etiqutado se deberá expresar de acuerdo al siguiente catálogo

          TIPO                              CLAVE
ETIQUETA ADHERIBLE                                             1
PLACA                                                          2
MARCADO                                                        3
OTRO                                                           4


CLAVE (8)                       CARACTERISTICAS DEL ALMACEN

                                                                              8.2 MATERIAL DE
8.1 LOCAL                       CLAVE                                         CONSTRUCCION            CLAVE
CERRADO                                                      LC               INFLAMABLE                      MI
ABIERTO                                                      LA               NO INFLAMABLE                   NI

8.3 VENTILACION                                                               8.4 ILUMINACION
NATURAL                                                      VN               ILUMINACION NATURAL             IN
                                                                              A PRUEBA DE
FORZADA                                                      VF               EXPLOSIONES                     SE
                                                                              NO ES A PRUEBA DE
                                                                              EXPLOSIONES                     NE
CLAVE (9)

              Clave de recuperación, tratamiento o disposición final de acuerdo a las siguiente tabla:

                   CLASIFICACIÓN                           OPERACIÓN             CLAVE                           CLASIFICACIÓN             OPERACIÓN           CLAVE
                                                                                                                                   CENTRIFUGACIÓN               TF4
                                     REUTILIZACION                                RA1                                              COAGULACIÓN                  TF5
                                               CALDERAS                           RE1                                              CRIBADO                      TF6
                                               HORNOS ROTATORIOS                  RE2                                              DESTILACIÓN                  TF7
                RECUPERACION DE ENERGIA
                                               OTROS HORNOS (ESPECIFIQUE)         RE3                                              DIÁLISIS                     TF8
                                               OTRAS FORMAS (ESPECIFIQUE)         RE4                                              ELECTRODIÁLISIS              TF9
                                               ALTA TEMPERATURA                   RM1                                              ENCAPSULACIÓN               TF10
                                               ELECTROLÍTICO                      RM2                         TRATAMIENTO FISICO   ESPESADO DE LODOS           TF11
                                               FUNDICIÓN SECUNDARIA               RM3                                              EVAPORACIÓN                 TF12
Reciclado




                RECUPERACIÓN DE METALES        INTERCAMBIO IÓNICO                 RM4                                              EXTRACCIÓN CON DISOLVENTE   TF14




                                                                                             Tratamiento
                                               LIXIVIADO ÁCIDO                    RM5                                              FILTRACIÓN                  TF15
                                               ÓSMOSIS INVERSA                    RM6                                              FLOTACIÓN                   TF16
                                               OTROS MÉTODOS (ESPECIFIQUE)        RM7                                              ÓSMOSIS INVERSA             TF17
                                               DESTILACIÓN                        RS1                                              SEDIMENTACIÓN               TF18
                                          EVAPORACIÓN                             RS2                                              ULTRAFILTRACIÓN             TF19
              RECUPERACIÓN DE SOLVENTES Y
                 COMPUESTOS ORGÁNICOS                                                                                              ESTABILIZACIÓN O
                                          EXTRACCIÓN CON SOLVENTES                RS3                                                                           TQ1
                                                                                                                                   SOLIDIFICACIÓN
                                           OTROS MÉTODOS (ESPECIFIQUE)            RS5                                              NEUTRALIZACIÓN               TQ2
              RECUPERACION DE CATALIZADORES                                       RC 1                                             OXIDACIÓN QUIMICA            TQ3
                                               OBTENCIÓN DE ENERGÍA               CP1                                              PRECIPITACIÓN                TQ4
                                                                                                             TRATAMIENTO QUÍMICO
                                               OBTENCIÓN DE MATERIAS PRIMAS       CP2                                              REDUCCIÓN                    TQ5
              COPROCESAMIENTO
                                               OBTENCIÓN DE ENERGÍA Y DE
                                                                                  CP3                                              COAGULACION-FLOCULACION      TQ6
                                               MATERIAS PRIMAS
                                               OTROS                              CP4                                              ABSORCION                    TQ7

                                                                                                           ESTERILIZACION (AUTOCLAVE)                          TDB1
                                                                                         TRATAMIENTO

                                                                                          BIOLOGICO
                                                                                          DESECHOS         TRATAMIENTO TERMICO                                 TDB2

                                                                                                           DESINFECCION QUIMICA                                TDB3

                                                                                                           OTROS                                               TDB4


                                               DIGESTIÓN ANAEROBIA                TB1                                              RELLENO DE SEGURIDAD         DF1

                                                                                                                                   REINYECCION CONTROLADA EN
                                               FILTROS ANAEROBIOS                 TB2                                                                           DF2
                  TRATAMIENTO BIOLÓGICO                                                                    DISPOSICION FINAL       POZO PROFUND
                                               LAGUNAS AIREADAS
                                               MECÁNICAMENTE                      TB3                                              OTROS                        DF3
Tratamiento




                                               BIOTRATAMIENTO IN SITU

                                               INCINERACION (OXIDACION
                                                                                   TT1
                                               TERMICA)                                  OTROS MÉTODOS DE RECUPERACIÓN (Especifique)                           OR1

                                               PIRÓLISIS                           TT2
                   TRATAMIENTO TÉRMICO
                                               GASIFICACION                        TT3

                                               PLASMA                              TT4   OTROS MÉTODOS DE TRATAMIENTO                                          OMT1
                                               DESORCION TERMICA DIRECTA           TT5
                                               DESORCION TERMICA INDIRECTA         TT6
                                                                                ANEXO A
              CLAVE (10)

              Indicar el destino de acuerdo a la siguiente tabla

                                                        CLASIFICACIÓN            CLAVE
                                               RECUPERACIÓN DE MATERIALES        RM
                                               REMOCIÓN DE IMPUREZAS             RI
                                               REUSO                             RU
                                               RECUPERACIÓN DE ENERGIA Y
                                                                                 CO
                                               MATERIALES (CO-PROCESAMIENTO)

                                               TRATAMIENTO BIOLOGICO             TB
                                               TRATAMIENTO TERMICO               TT
                                               TRATAMIENTO FISICO                TF
                                               TRATAMIENTO QUIMICO               TQ
                                               DISPOSICION FINAL                 DF
                                               OTROS METODOS DE                  OT
                                               TRATAMIENTO
MINISTERIO DEL AMBIENTE.
                   SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
               SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA

 SOLICITUD DE AUTORIZACION PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL
                PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS
Modalidad A.- RECICLAJE DE DESECHOS PELIGROSOS        SGD-SM-REC-01

Instrucciones: El proponente deberá presentar la información requerida en esta solicitud
               siguiendo el orden establecido por los numerales para distinguir claramente lo
               que corresponde a cada apartado. Esto permitirá que durante la recepción y
               evaluación de su trámite no se pierda tiempo en la ordenación de su expediente y
               así la resolución del mismo sea más expedita.

1. DATOS GENERALES
   Llenar la Hoja General de Información que contiene los datos generales de la empresa y
   formulario de manejo (MA-SGD-HG-LP-01).

2. DOCUMENTOS ANEXOS
   En anexo deberá presentar copia de los siguientes documentos:

   2.1 Informe de regulación municipal actualizado y si cuenta con licencia ambiental derivada
   de la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial.
   2.2Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP),
   Bosques Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado.
   2.3Términos de Referencia

3. MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS.

   3.1. Recolección de los desechos.
        Describir la forma en que se recolectan y reciben los desechos peligrosos en la
        instalación de reciclaje, indicando si se utilizara transporte propio o de una empresa
        autorizada.

   3.2. Almacenamiento de los desechos peligrosos antes de su reciclaje.

       3.2.1. Presentar el plano de planta de conjunto, incluyendo el almacén de desechos
              peligrosos y el área de reciclaje.

       3.2.2. En el anexo se deberá describir detalladamente la forma en que se almacenarán los
              desechos, la capacidad de almacenamiento y el tipo de envasado.

       3.2.3. Describir las especificaciones técnicas y capacidades de los tanques, tambores, o
              recipientes utilizados para el almacenamiento
3.2.4. Presentar una descripción detallada del manejo de los desechos peligrosos al llegar
          a la instalación de reciclaje, considerando la descarga, caracterización e
          identificación de los mismos y los movimientos de entrada y salida de la zona de
          almacén.

   3.2.5. Describir detalladamente los desechos generados durante la operación y su
          disposición.

   3.2.6. Describir detalladamente la forma en que al final del reciclaje se almacenan los
          productos y subproductos obtenidos, así como los desechos finales.

   3.2.7. Presentar copia de los planos del proyecto del almacén, que cumpla en estricto
          apego lo establecido en el Reglamento para la Prevención y Control de la
          Contaminación por Desechos Peligrosos y demás disposiciones del Ministerio del
          Ambiente.
   3.2.8. Describir las medidas de seguridad implementadas en la zona de almacenamiento.

3.3. Reciclaje de los desechos peligrosos.

   3.3.1. Indicar cual es el tipo de manejo se le otorga a los desechos:
          1. Reciclaje del residuo en el proceso ( )
          2. Recuperación de un material secundario del residuo. Ej. metal de un lodo. ( )
   3.3.2. Presentar una descripción detallada del proceso que realiza la empresa para reciclar
          los desechos (mencionando la capacidad anual de proceso a instalar y la estimada
          del sistema), incluyendo el desarrollo del proceso a través de la cinética de la
          reacción y balance de materia.

   3.3.3. Presentar plano detallado del área de reciclaje incluyendo el equipo de proceso.

   3.3.4. Describir el manejo de los desechos del área de almacenamiento a la zona de
          reciclaje.

   3.3.5. Presentar el diagrama de flujo de las operaciones efectuadas indicando los puntos
          donde se generen emisiones a la atmósfera, descargas de agua contaminada,
          subproductos, desechos o contaminantes, incluyendo sus volúmenes de generación.

   3.3.6. Presentar la relación y las especificaciones técnicas de los equipos, instrumentos y
          maquinaria empleada en el reciclaje de los desechos peligrosos, indicando las
          características generales de cada uno de ellos.

   3.3.7. Detallar todos los sistemas de operación y mantenimiento de los equipos y las
          medidas de seguridad implementadas y de prevención de la contaminación en aire,
          agua y suelo.

   3.3.8. Presentar copia de los manuales de operación y mantenimiento de todos los equipos
          que conforman el sistema de reciclaje.
3.3.9. Describir las características técnicas del producto reciclado, en el que se incluya en
              su caso el poder calorífico del mismo, así como los procesos productivos en los
              cuales serán utilizados.

       3.3.10. Describir el manejo de los desechos que se obtienen durante el proceso,
             características de los mismos y su disposición.

NOTA: El presente formato debe presentarse en original, copia y en CD en formato Word. El
Ministerio del Ambiente o las Autoridades Ambientales de Aplicación responsable, podrá
realizar visitas de verificación para corroborar la información presentada. Toda información que
sea considerada como confidencial para la empresa deberá ser presentada con un sello que
indique "Información Confidencial".
MINISTERIO DEL AMBIENTE.
                   SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
               SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA


  SOLICITUD DE AUTORIZACION PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL
              PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS

  Modalidad B.- REUSO DE DESECHOS PELIGROSOS                              SDG-SM-REU-01

Instrucciones: El proponente deberá presentar la información requerida en esta solicitud
               siguiendo el orden establecido por los numerales para distinguir claramente lo
               que corresponde a cada apartado. Esto permitirá que durante la recepción y
               evaluación de su trámite no se pierda tiempo en la ordenación de su expediente y
               así la resolución del mismo sea más expedita.

1. DATOS GENERALES
   Llenar la Hoja General de Información que contiene los datos generales de la empresa y
   formulario de manejo (MA-SGD-HG-LP-01).

2. DOCUMENTOS ANEXOS
   En anexo deberá presentar copia de los siguientes documentos:

   2.1 Informe de regulación municipal actualizado y si cuenta con licencia ambiental derivada
   de la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial.
   2.2Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP),
   Bosques Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado.
   2.3 Términos de Referencia

3. MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS.

   3.1. Recolección de los desechos.

   3.2. Describir la forma en que se recolectan y reciben los desechos peligrosos en la
        instalación de reuso, indicando si se utilizará transporte propio o de una empresa
        autorizada.

   3.3. Almacenamiento de los desechos peligrosos antes de su reuso.
       3.3.1. Presentar el plano de planta de conjunto, incluyendo el almacén de desechos
             peligrosos y el área de reuso.

       3.3.2. En el anexo deberá describir detalladamente la forma en que se almacenarán los
             desechos, capacidad de almacenamiento y tipo de envasado.
3.3.3. Describir las especificaciones técnicas y capacidades de los tanques, tambores, o
         recipientes utilizados para el almacenamiento

   3.3.4. Presentar una descripción detallada del manejo de los desechos peligrosos al
         llegar a la instalación de reuso, considerando la descarga, caracterización e
         identificación de los mismos, movimientos de entrada y salida de la zona de
         almacén.

   3.3.5. Describir detalladamente los desechos generados durante la operación y su
         disposición.

   3.3.6. Describir detalladamente la forma en que al final del reuso se almacenan los
         productos y subproductos obtenidos, así como los desechos finales.

   3.3.7. Presentar copia del plano del proyecto ejecutivo del almacén, que cumpla en
         estricto apego lo establecido en el Reglamento para la Prevención y Control de la
         Contaminación por Desechos Peligrosos y demás disposiciones del Ministerio del
         Ambiente.

   3.3.8. Describir las medidas de seguridad implementadas en la zona de almacenamiento.

3.4. Reuso de los desechos peligrosos.

   3.4.1. Indicar cuál es el tipo de manejo que se le otorga a los desechos:
         1. Uso directo o reuso de los desechos en otro proceso ( )
         2. Remoción de impurezas de un desechos para obtener una sustancia reusable ( )

   3.4.2. Presentar una descripción detallada del proceso que realiza la empresa para
         transformar los desechos (mencionando la capacidad anual de proceso a instalar y
         la estimada del sistema), incluyendo el desarrollo del proceso a través de la cinética
         de la reacción y balance de materia.

   3.4.3. Presentar plano detallado del área de reuso incluyendo el equipo de proceso.

   3.4.4. Describir el manejo de los desechos del área de almacenamiento a la zona de
         reuso.

   3.4.5. Presentar el diagrama de flujo de las operaciones efectuadas indicando los puntos
         donde se generen emisiones a la atmósfera, descargas de agua contaminada,
         subproductos, desechos o contaminantes, incluyendo sus volúmenes de generación.

   3.4.6. Presentar la relación y las especificaciones técnicas de los equipos, instrumentos y
         maquinaria empleada en el reciclaje de los desechos peligrosos, indicando las
         características generales de cada uno de ellos.

   3.4.7. Detallar todos los sistemas de operación y mantenimiento de los equipos y las
         medidas de seguridad implementadas y de prevención de la contaminación en aire,
         agua y suelo.
3.4.8. Presentar copia de los manuales de operación, de todos los equipos que
             conforman el sistema de reuso.

       3.4.9. Describir las características técnicas del producto reciclado, en el que se incluya
             en su caso el poder calorífico del mismo, así como los procesos productivos en los
             cuales serán utilizados.

       3.4.10. Describir el manejo de los desechos que se obtienen durante el proceso,
             características de los mismos y su disposición.


NOTA: El presente formato debe presentarse en original, copia y en CD en formato Word. La
    Secretaría técnica podrá realizar visitas de verificación para corroborar la información
    presentada. Toda información que sea considerada como confidencial para la empresa
    deberá ser presentada con un sello que indique "Información Confidencial".
MINISTERIO DEL AMBIENTE.
                    SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
                SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA

  SOLICITUD DE AUTORIZACION PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL
              PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS

   Modalidad C.- TRATAMIENTO DE DESECHOS PELIGROSOS                        SGD-SM-TR-01

Instrucciones: El proponente deberá presentar la información requerida en esta solicitud
               siguiendo el orden establecido por los numerales para distinguir claramente lo
               que corresponde a cada apartado. Esto permitirá que durante la recepción y
               evaluación de su trámite no se pierda tiempo en la ordenación de su expediente y
               así la resolución del mismo sea más expedita.

1. DATOS GENERALES
   Llenar la Hoja General de Información que contiene los datos generales de la empresa y
   formulario de manejo (MA-SGD-HG-LP-01).

2. DOCUMENTOS ANEXOS.
   En anexo deberá presentar copia de los siguientes documentos:

2.1 Informe de regulación municipal actualizado y si cuenta con licencia ambiental derivada de
    la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial.
2.2 Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques
    Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado.
2.3 Términos de Referencia

3. PROGRAMA DE ATENCIÓN A CONTINGENCIAS
   Presentar la descripción detallada de las acciones, medidas, obras, equipos, instrumentos o
   materiales con que cuenta para controlar contingencias ambientales debidas a emisiones
   descontroladas, fugas, derrames, explosiones, incendios que se puedan presentar en todas las
   operaciones que realiza la empresa como resultado del manejo de los desechos peligrosos.

4. PROGRAMA DE CAPACITACIÓN.
   Presentar el programa de capacitación al personal que intervendrá en el manejo de los
   desechos peligrosos.

5. MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS
   (Si va a tratar desechos biológico-infecciosos ir al punto 6)

   a. Recolección de desechos peligrosos.
      Describir la forma en que se recolectan y reciben los desechos peligrosos, indicando si se
      utilizará transporte propio o el de una empresa autorizada.
b. Almacenamiento de los desechos peligrosos antes de su tratamiento.

      i. Relación de desechos peligrosos a recibir, indicando sus características y estado
         físico.

     ii. Presentar el plano de planta de conjunto, incluyendo el almacén de desechos
         peligrosos y el área de tratamiento.

    iii. En el anexo se deberá describir detalladamente la forma en que se almacenarán los
         desechos, la capacidad de almacenamiento y tipo de envasado.

    iv. Describir las especificaciones técnicas y capacidades de los tanques, tambores, o
        recipientes utilizados para el almacenamiento

     v. Presentar una descripción detallada del manejo de los desechos al llegar a la
        instalación de tratamiento, considerando la descarga e identificación de los mismos,
        movimientos de entrada y salida de la zona de almacén.

    vi. Describir detalladamente los desechos generados durante esta operación y su
        disposición.

    vii. Presentar copia del plano del proyecto ejecutivo del almacén, que cumpla en
         estricto apego lo establecido en el Reglamento para la Prevención y Control de la
         Contaminación por Desechos Peligrosos y demás disposiciones del Ministerio del
         Ambiente.

   viii. Describir las medidas de seguridad implementadas en la zona de almacenamiento.

c. Tratamiento de desechos peligrosos

     i. Presentar plano detallado del área de tratamiento incluyendo el equipo de proceso.

     ii. Describir el manejo de los desechos del área de almacenamiento a la zona de
         tratamiento.

     iii. Presentar una descripción detallada del proceso que realiza la empresa para tratar
          los desechos peligrosos (mencionando la capacidad anual de proceso a instalar y la
          estimada del sistema), incluyendo el desarrollo del proceso a través de la cinética de
          reacción y balance de materia.

     iv. Presentar diagrama de flujo de las operaciones efectuadas señalando los puntos
         donde se generen emisiones a la atmósfera, descargas de agua contaminada,
         subproductos, desechos o contaminantes.


     v. Presentar la relación y las especificaciones técnicas de los equipos, instrumentos y
        maquinaria empleada en el reciclaje de los desechos peligrosos, indicando las
        características generales de cada uno de ellos.
vi. Detallar todos los sistemas de operación y mantenimiento de los equipos y las
                 medidas de seguridad implementadas y de prevención de la contaminación en aire,
                 agua y suelo.

             vii. Presentar copia de los manuales de operación y mantenimiento de todos los
                 equipos que conforman el sistema de reciclaje.

             viii. Describir el producto final obtenido como resultado del tratamiento y               su
                  disposición.

             ix. Describir el manejo de subproductos y desechos que se obtengan durante el
                 proceso, las características de los mismos y su disposición.

       6. TRATAMIENTO DE DESECHOS PELIGROSOS BIOLÓGICO-INFECCIOSOS
      (Llenar únicamente en el caso de tratamiento de desechos peligrosos biológico infecciosos)

       a. Describir brevemente el tratamiento que dará a los desechos peligrosos biológico-
          infecciosos, indicando el tipo de tecnología que se empleará y las condiciones de diseño
          para la operación.

       7. PROTOCOLO DE PRUEBAS
        El objetivo del protocolo de pruebas es establecer los criterios específicos para el desarrollo
        del protocolo de pruebas preoperativas de un sistema de tratamiento de desechos peligrosos,
        incluyendo los desechos biológico-infecciosos, que demuestren la eficiencia del mismo.

       a. Descripción del protocolo de pruebas
          La información que el responsable del establecimiento debe presentar al MAE en su
          solicitud de autorización es la siguiente:

           i. Presentar un resumen ejecutivo de la forma en la que se llevará a cabo el protocolo de
              pruebas, indicando las características técnicas bajo las cuales se desarrollará.


           ii. Presentar una descripción de los desechos a tratar incluyendo las características
               físico-químicas de la muestra a ser alimentada tales como: composición química,
               flash point, punto de ebullición, densidad, viscosidad; % de humedad, % de cloro,
               metales pesados 1. En caso de formulación anexar el procedimiento del mismo,
               indicando que tipo de desechos compone la formulación, % de cloro, % de humedad
               y poder calorífico.


           iii. Presentar un listado de todas las materias primas a ser manejadas durante el protocolo
                de pruebas, así como sus cantidades en toneladas, estableciendo la relación de
                alimentación para cada una de ellas. En este punto se debe considerar el combustible
                empleado, los subrogados, el agua, etc.




1
    Las características físico-químicas en cursivas no aplican a los desechos biológico infecciosos.
iv. Especificar la cantidad máxima en toneladas de desechos requeridos para la
               realización del protocolo de pruebas, la cual no deberá exceder la capacidad máxima
               del almacén.

           v. Presentar un diagrama de bloques en el que se describa cada una de las actividades
              específicas en secuencia lógica de las acciones para el desarrollo del protocolo de
              pruebas.

           vi. Describir la forma y métodos nacionales o internacionales a utilizar para llevar a cabo
               las pruebas de laboratorio para el muestreo y caracterización de los desechos
               peligrosos a tratar.

           vii. Describir detalladamente el tipo de emisiones a la atmósfera que son esperadas como
                resultado de la implementación del protocolo de pruebas en (l/h o m3/h), así como las
                concentraciones asociadas a cada una de dichas emisiones en (mg/m3).

           viii. Describir la forma y métodos nacionales o internacionales a utilizar para llevar a
                cabo las pruebas de laboratorio para la caracterización de los efluentes resultantes del
                tratamiento de los desechos peligrosos.

           ix. Describir el tipo de disposición propuesta para los efluentes resultantes del
               tratamiento (agua, sólidos).

       b. Desarrollo del protocolo de pruebas
       Los lineamientos bajo los cuales el responsable del establecimiento debe realizar el protocolo
       de pruebas son los siguientes:

         i.     El protocolo de pruebas se deberá llevar a cabo realizando muestreos en series de tres,
                de cada una de las siguientes etapas:

                A) En blanco (operación del sistema sin carga).
                B) Con subrogados (materiales no peligrosos como arena limpia, aserrín, etc.) 2
                C) Con desechos peligrosos al 85% de la capacidad de diseño del sistema.
                D) Con desechos peligrosos al 100% de la capacidad del diseño del sistema.

              ii.           En el caso de que el tratamiento sea por autoclave el protocolo se deberá
                    realizar con Bacillus stearothemophilus en una concentración mínima de un vial
                    con una población de 5 x 108 microorganismos. También se realizara un control
                    positivo para determinar el factor de dilución en el caso que no se recupere el
                    inóculo integro. En caso de utilizar otras concentraciones de inóculo, se deberán
                    fundamentar las razones del cambio.




2
    Este inciso no aplica para los tratamientos de desechos biológico-infecciosos.
iii.   En el caso de que el protocolo de pruebas sea para desinfección química, este se
        deberá realizar con Bacillus subtillus en una concentración mínima de 1 x 108
        microorganismos. También se realizará un control positivo para determinar el factor
        de dilución en el caso que no se recupere el inóculo integro. En caso de utilizar otras
        concentraciones de inóculo, se deberán fundamentar las razones del cambio.

 iv.    Para cada una de las operaciones mencionadas en el punto anterior, se deberá
        desarrollar un programa de trabajo calendarizado siguiendo el formato descrito en la
        Tabla No. 1

  v.    Para cada una de las operaciones mencionadas anteriormente, desarrollar el balance
        de masa y energía siguiendo el formato descrito en la Tabla No. 2.

 vi.    Desarrollar el cálculo teórico de la eficiencia del sistema de tratamiento de los
        desechos peligrosos procesados, con base en el balance de materia y energía
        presentado en el formato de la Tabla No. 2.

NOTA.- Las tomas de muestras, cadena de custodia, reportes de pruebas de caracterización
de desechos peligrosos y determinación de emisiones, así como las pruebas de
caracterización de los efluentes, deberán ser efectuadas por laboratorios acreditados ante el
Instituto Ecuatoriano de Normalización.

c. Reporte de resultados
   Cumplido el periodo de seis meses a partir del inicio de operaciones, dentro de los quince
   días hábiles siguientes, el responsable del establecimiento entregará al Ministerio del
   Ambiente o la institución integrante del sistema nacional descentralizado de gestión
   ambiental en los términos legales aplicables. Los informes de los resultados del protocolo
   deberán contener lo siguiente:

   i.   Presentar un resumen ejecutivo del protocolo de pruebas efectuado en el cual se
        indiquen los tiempos reales de cada una de las actividades mencionadas en la Tabla
        No. 2, incluyendo la descripción de aquellos paros y eventualidades que se hubieren
        presentado durante el mismo, así como las acciones implementadas para su
        restablecimiento.

  ii.   Presentar copia de la acreditación otorgada por el Instituto Ecuatoriano de
        Normalización al laboratorio de prueba que efectuó los muestreos y evaluaciones
        analíticas durante el protocolo de pruebas, incluyendo los documentos de acreditación
        de los parámetros y métodos.


 iii.   Presentar el resumen ejecutivo del laboratorio de pruebas que realizó el muestreo y
        análisis que incluya:
           A) Copia de los métodos empleados para el muestreo y análisis de los
              componentes del protocolo.
           B) Hojas de cadena de custodia.
C) Resultados de la caracterización de los desechos peligrosos antes del
                       tratamiento incluyendo la interpretación de los resultados del laboratorio.
                    D) Resultados de la caracterización de los efluentes resultantes del tratamiento
                       incluyendo la interpretación de los resultados del laboratorio.
                    E) Resultados de los muestreos de gases para cada uno de las corridas indicadas
                       en el numeral 7.2.1, incluyendo la interpretación de los cromatogramas 3.
                    F) Presentar el desarrollo del cálculo de la eficiencia de destrucción del sistema
                       (por el laboratorio), con base en los resultados obtenidos.

NOTA: El presente formato debe presentarse en original, copia y en CD” en formato Word. El
    Ministerio del Ambiente o la institución integrante del sistema nacional descentralizado
    de gestión ambiental podrá realizar visitas de verificación para corroborar la información
    presentada. Toda información que sea considerada como confidencial para la empresa
    deberá ser presentada con un sello que indique "Información Confidencial".




3
    Este inciso no aplica al tratamiento de biológico-infecciosos.
Procedimientos para el Registro de generadores de desechos peligrosos, gestión de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental y para el transporte de materiales peligrosos
TABLA 1. Programa calendarizado de actividades a realizar durante el protocolo de pruebas

 No.                          Actividad                                    Horas / Turno                          Horas / Turno                           Horas / Turno
                                                             1    2    3      4     5    6   7   8   1   2    3      4     5   6   7      8   1   2   3      4     5   6   7   8
  1    Manejo de los desechos del área de almacén a la
       zona de tratamiento

  2    Acondicionamiento del equipo de tratamiento
       previo a la alimentación

  3    Pretratamiento de los desechos previo a la
       alimentación

  4    Muestreo de los desechos antes de su tratamiento

  5    Alimentación de los desechos y materias primas

  6    Control del equipo durante la prueba

  7    Etapa de tratamiento

  8    Operación y control del monitoreo de emisiones


  9    Descarga de materiales y/o desechos


 10    Muestreo de materiales y/o desechos posterior a su
       tratamiento

 11    Manejo de los materiales y/o desechos después del
       tratamiento

NOTA: Considere tiempos y movimientos
Procedimientos para el Registro de generadores de desechos peligrosos, gestión de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental y para el transporte de materiales peligrosos
TABLA 2. Balance de materia y energía para el protocolo de pruebas

                                                                                       Número de corrientes del sistema
      Parámetro
                                 ←                        ↑                    →                      ↓                     °   ±   ″
               4
W (kg o ton)

Q (l o m3) 5
Presión        (atm   o
kg/cm2)
Temperatura (ºC)

% componente x

% componente y

% componente z

Estado físico S/L/G
H     (BTU/LB         o
Kcal/kg)
% Cloro 6




4
Para el caso de desechos peligrosos en estado sólido.
5
Para el caso de desechos peligrosos en estado líquido o gaseoso.
6
En su caso

NOTA: AGREGUE EL NÚMERO DE CORRIENTES QUE SEA NECESARIO PARA SU CASO PARTICULAR
MINISTERIO DEL AMBIENTE.
                   SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
               SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA

  SOLICITUD DE AUTORIZACION PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL
              PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS

  Modalidad D.- INCINERACIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS                       SGD-SM-INC-01

Instrucciones: El proponente deberá presentar la información requerida en esta solicitud
               siguiendo el orden establecido por los numerales para distinguir claramente lo
               que corresponde a cada apartado. Esto permitirá que durante la recepción y
               evaluación de su trámite no se pierda tiempo en la ordenación de su expediente y
               así la resolución del mismo sea más expedita.


1. DATOS GENERALES
   Llenar la Hoja General de Información que contiene los datos generales de la empresa y
   formulario de manejo (MA-SGD-HG-LP-01).

2. DOCUMENTOS ANEXOS
   En anexo deberá presentar copia de los siguientes documentos:

2.1 Informe de regulación municipal actualizado y si cuenta con licencia ambiental derivada de
    la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial.
2.2 Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques
    Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado.
2.3 Términos de Referencia

3. MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS
   (Presentar los siguientes análisis, descripciones y documentos únicamente para el caso de
   incineración de desechos industriales peligrosos)

3.1. Recolección de desechos peligrosos.
     Describir la forma en que se recolectan y reciben los desechos peligrosos, indicando si se
     utilizará transporte propio o de una empresa autorizada.
3.2 Almacenamiento de los desechos peligrosos antes de su incineración.

     3.2.1 Relación de desechos peligrosos a recibir, indicando sus características y estado
           físico.
     3.2.2 Presentar el plano de planta de conjunto, incluyendo el almacén de desechos
           peligrosos y el área de incineración.
3.2.3   En el anexo se deberá describir detalladamente la forma en que se almacenarán los
          desechos, la capacidad de almacenamiento y el tipo de envasado.

  3.2.4   Describir las especificaciones técnicas y capacidades de los tanques, tambores, o
          recipientes utilizados para el almacenamiento

  3.2.5   Presentar una descripción detallada del manejo de los desechos al llegar a la
          instalación de incineración, considerando la descarga e identificación de los
          mismos, movimientos de entrada y salida de la zona de almacén.

  3.2.6   Describir detalladamente los desechos generados durante esta operación y su
          disposición.

  3.2.7   Presentar copia del plano del proyecto ejecutivo del almacén.

  3.2.8   Describir las medidas de seguridad implementadas en la zona de almacenamiento.

3.3 Incineración de desechos peligrosos.

  3.3.1   Presentar plano detallado del área del equipo de proceso.

  3.3.2   Describir el manejo de los desechos del área de almacenamiento a la zona de
          incineración.

  3.3.3   Deberá presentar una descripción detallada del sistema de alimentación de
          desechos, así como las operaciones realizadas en esta actividad.

  3.3.4 Indicar el tipo de combustibles utilizados para la incineración de desechos,
        incluyendo su almacenamiento y alimentación durante la operación a realizar.

  3.3.5 Presentar una descripción detallada del proceso que realiza la empresa para
        incinerar desechos peligrosos (mencionando la capacidad anual de proceso a
        instalar y la estimada del sistema), incluyendo el desarrollo del proceso a través de
        la cinética de la reacción y balance de materia y energía.

  3.3.6   Presentar diagrama de flujo de las operaciones efectuadas y los puntos donde se
          generen emisiones a la atmósfera, descargas de agua contaminada, subproductos,
          desechos o contaminantes.

  3.3.7   Describir el sistema de monitoreo de gases, incluyendo su operación, control y
          puntos de muestreo.

  3.3.8   Presentar un cuadro que indique las temperaturas de proceso, así como la eficiencia
          del equipo, la eficiencia de destrucción de los desechos que puede alcanzar el
          sistema, el tiempo de residencia de los mismos y los límites de emisiones que
          genera el equipo.
3.3.9      Presentar la relación de los equipos, instrumentos y maquinaria empleada en la
                incineración de desechos peligrosos, indicando las características generales de cada
                uno de ellos.

     3.3.10 Detallar todos los sistemas de control de los equipos y las medidas de seguridad
            implementadas para su operación y prevención de la contaminación en aire, agua y
            suelo.

     3.3.11 Presentar copia de los manuales de operación, de todos los equipos que conforman
            el sistema de incineración.

     3.3.12 Describir el manejo de los materiales y desechos al final del proceso de
            incineración.

4. INCINERACIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS BIOLÓGICO-INFECCIOSOS
   (Llenar únicamente en el caso de incineración de desechos peligrosos biológico infecciosos)

     4.1 Describir brevemente la incineración que se dará a los desechos peligrosos biológico-
         infecciosos, indicando el tipo de tecnología que se empleará y las condiciones de diseño
         para la operación.

     4.2 En anexo deberá presentar la propuesta del protocolo de pruebas específico para la
         incineración propuesta.

     4.3 Una vez realizado el protocolo de pruebas, se deberá presentar ante el Ministerio del
         Ambiente o la institución integrante del sistema nacional descentralizado de gestión
         ambiental los resultados obtenidos.

5. PROTOCOLO DE PRUEBAS
   El objetivo del protocolo de pruebas es establecer los criterios específicos para el desarrollo
   del protocolo de pruebas preoperativas de un sistema de tratamiento térmico de desechos
   peligrosos, incluyendo los desechos biológico-infecciosos, que demuestre la eficiencia del
   mismo.

     5.1 Descripción del protocolo de pruebas
     La información que el responsable del establecimiento debe presentar al Ministerio del
     Ambiente o a la institución integrante del sistema nacional descentralizado de gestión
     ambiental en su solicitud de autorización es la siguiente:


       5.1.1. Presentar un resumen ejecutivo de la forma en la que se llevará a cabo el
              protocolo de pruebas, indicando las características técnicas bajo las cuales se
              desarrollará.


       5.1.2.              Presentar una descripción de los desechos peligrosos a tratar incluyendo
                 las características físico-químicas de la muestra a ser alimentada como
                 composición química, flash point, punto de ebullición, densidad, viscosidad; % de
                 humedad, % de cloro, metales pesados. En el caso de formulación de la carga,
                 anexar el procedimiento del mismo, indicando que tipo de desechos componen la
formulación, así como el poder calorífico de la formulación, % de cloro (en su
        caso), % de humedad.

 5.1.3. Presentar un listado de todas las materias primas a ser manejadas durante el
        protocolo de pruebas, así como sus cantidades en toneladas, estableciendo la
        relación de alimentación para cada una de ellas. En este punto se debe considerar
        el combustible empleado, subrogados, agua, soluciones de neutralización y % de
        exceso de oxígeno (en su caso).

 5.1.4. Especificar la cantidad máxima en toneladas de desechos requeridos para la
        realización del protocolo de pruebas, la cual no deberá exceder la capacidad
        máxima del almacén.

 5.1.5. Presentar un diagrama de bloques en el que se describa cada una de las
        actividades específicas en secuencia lógica de las acciones para el desarrollo del
        protocolo de pruebas.

 5.1.6. Describir la forma y métodos nacionales o internacionales a utilizar para llevar a
        cabo las pruebas de laboratorio para el muestreo y caracterización de los desechos
        peligrosos a tratar.

 5.1.7. Describir detalladamente el tipo de emisiones a la atmósfera que son esperadas
        como resultado de la implementación del protocolo de pruebas en (l/h o m3/h), así
        como las concentraciones asociadas a cada una de dichas emisiones en (mg/m3).

 5.1.8. Describir la forma y métodos nacionales o internacionales a utilizar para llevar a
        cabo las pruebas de laboratorio para la caracterización de los efluentes resultantes
        del tratamiento de los desechos peligrosos.

 5.1.9. Describir el tipo de disposición propuesta para los efluentes resultantes del
        tratamiento (agua, sólidos).

5.2 Desarrollo del protocolo de pruebas
Los lineamientos bajo los cuales el responsable del establecimiento debe realizar el
protocolo de pruebas son los siguientes:

 5.2.1 El protocolo de pruebas se deberá llevar a cabo realizando muestreos en series de
       tres, de cada una de las siguientes etapas:


        A)   En blanco (operación del sistema sin carga)
        B)   Con subrogados (materiales no peligrosos como arena limpia, aserrín, etc.)
        C)   Con desechos peligrosos al 85% de la capacidad de diseño del sistema
        D)   Con desechos peligrosos al 100% de la capacidad del diseño del sistema
Los valores a medir para cada una de las pruebas anteriores están descritos en la
         Tabla No. 1, tomando en consideración los límites máximos permisibles para
         procesos de incineración y que se describen en dicha tabla.

 5.2.2 Para cada una de las operaciones mencionadas en el punto anterior, se deberá
       desarrollar un programa de trabajo calendarizado siguiendo el formato descrito en
       la Tabla No. 2.

 5.2.3 Para cada una de las operaciones mencionadas anteriormente, desarrollar el
       balance de masa y energía siguiendo el formato descrito en la Tabla No. 3.

 NOTA.- Las tomas de muestras, cadena de custodia, reportes de pruebas de
 caracterización de desechos peligrosos y determinación de emisiones, así como las
 pruebas de caracterización de efluentes, deberán ser efectuadas por laboratorios
 acreditados ante el Instituto Ecuatoriano de Normalización.

5.3 Reporte de resultados
Cumplido el periodo de seis meses a partir del inicio de operaciones, dentro de los quince
días hábiles siguientes, el responsable del establecimiento entregará al Ministerio del
Ambiente o la institución integrante del sistema nacional descentralizado de gestión
ambiental, en los términos legales aplicables, los informes de los resultados del protocolo
que deberán contener lo siguiente:

 5.3.1 Presentar un resumen ejecutivo del protocolo de pruebas efectuado en el cual se
       indiquen los tiempos reales de cada una de las actividades mencionadas en la
       Tabla No. 2, incluyendo la descripción de aquellos paros y eventualidades que se
       hubieren presentado durante el mismo, así como las acciones implementadas para
       su restablecimiento.

 5.3.2 Presentar copia de la acreditación otorgada por el Instituto Ecuatoriano de
       Normalización al laboratorio de prueba que efectuó los muestreos y evaluaciones
       analíticas durante el protocolo de pruebas, incluyendo los documentos de
       acreditación de los parámetros y métodos.


 5.3.3 Presentar el resumen ejecutivo del laboratorio de pruebas que realizó el muestreo
       y análisis que incluya:

         A)     Copia de los métodos empleados para el muestreo y análisis de los
                componentes del protocolo.
         B)     Hojas de cadena de custodia.
         C)     Resultados de la caracterización de los desechos peligrosos antes del
                tratamiento incluyendo la interpretación de los cromatogramas.
         D)     Resultados de la caracterización de los efluentes resultantes del tratamiento
                térmico incluyendo la interpretación de los cromatogramas.
         E)     Resultados de los muestreos de gases para cada uno de las corridas
                indicadas en el numeral 5.1.2, incluyendo la interpretación de los
                cromatogramas.
F)    Presentar el desarrollo del cálculo de la eficiencia de destrucción del
                     sistema con base en los resultados obtenidos (por el laboratorio).
       5.3.4 Presentar el resumen de los valores de emisiones detectadas para cada una de las
             corridas descritas en el numeral 5.1.2 de acuerdo con la Tabla No. 1.


NOTA: El presente formato debe presentarse en original, copia y en CD en formato Word. El
Ministerio del Ambiente o la institución integrante del sistema nacional descentralizado de
gestión ambiental podrá realizar visitas de verificación para corroborar la información
presentada. Toda información que sea considerada como confidencial para la empresa deberá ser
presentada con un sello que indique "Información Confidencial".
Tabla 1. Resultados de emisiones a la atmósfera

      Elementos          Prueba en blanco   Prueba con subrogados      Prueba con desechos al   Prueba con desechos al   Límites máximos
                               (a)                   (b)                      85% (c)                 100% (d)             permisibles
          PST                                                                                                               30 mg/m3
          CO                                                                                                                63 mg/m3
         NOX                                                                                                               300 mg/m3
          SO2                                                                                                               80 mg/m3
          HCl                                                                                                               15 mg/m3
          HCt                                                                                                               10 mg/m3
  Pb+ Crtotal+ Cu+ Zn
                                                                                                                            0.7 mg/m3
As+ Co+ Se+ Ni+ Mn+ Sn
                                                                                                                            0.7 mg/m3
          Cd                                                                                                               0.07 mg/m3
          Hg                                                                                                               0.07 mg/m3
   Dioxinas y Furanos
                                                                                                                          0.5 ng/m3 EQT
TABLA 2. Programa calendarizado de actividades a realizar durante el protocolo de pruebas

No.                     Actividad                              Horas / Turno                       Horas / Turno                         Horas / Turno
                                                       1   2   3 4 5 6          7    8   1    2   3 4 5 6           7    8      1   2   3 4 5 6          7   8
 1    Acondicionamiento del equipo de tratamiento
      previo al inicio del protocolo de pruebas
 2    Caracterización de los desechos antes del
      protocolo

 3    Tratamiento previo de los desechos (secado,
      cribado, peletizado, etc.)

 4    Alimentación de los desechos por carga o lote


 5    Monitoreo de emisiones a la atmósfera


 6    Monitoreo perimetral de contaminantes


 7    Descarga de agua residual, sólidos y/o cenizas

 8    Muestreo y caracterización de los efluentes
      (Agua, sólidos y cenizas)


NOTA: Considere tiempos y movimientos
TABLA 3. Balance de materia y energía para el protocolo de pruebas

                                                                         Número de corrientes del sistema
      Parámetro
                          ←                 ↑                    →                      ↓                     °   ±   ″
               7
W (kg o ton)

Q (l o m3) 8
Presión        (atm   o
kg/cm2)
Temperatura (ºC)

% componente x

% componente y

% componente z

Estado físico S/L/G
H     (BTU/LB         O
Kcal/kg
% Cloro 9

% de O2 en exceso




7
Para el caso de desechos peligrosos en estado sólido.
8
Para el caso de desechos peligrosos en estado líquido.
9
 En su caso
NOTA: AGREGUE EL NÚMERO DE CORRIENTES QUE SEA NECESARIO PARA SU CASO PARTICULAR
MINISTERIO DEL AMBIENTE.
                   SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
               SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA


  SOLICITUD DE AUTORIZACION PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL
              PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS

         Modalidad E.- COPROCESAMIENTO DE DESECHOS PELIGROSOS
                                                        SGD-SM-COP-01

Instrucciones: El proponente deberá presentar la información requerida en esta solicitud
               siguiendo el orden establecido por los numerales para distinguir claramente lo
               que corresponde a cada apartado. Esto permitirá que durante la recepción y
               evaluación de su trámite no se pierda tiempo en la ordenación de su expediente y
               así la resolución del mismo sea más expedita.

1. DATOS GENERALES
   Llenar la Hoja General de Información que contiene los datos generales de la empresa y
   formulario de manejo (MA-SGD-HG-LP-01).

2. DOCUMENTOS ANEXOS
   En anexo deberá presentar copia de los siguientes documentos:

2.1 Informe de regulación municipal actualizado y si cuenta con licencia ambiental derivada de
    la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial.
2.2 Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques
    Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado.
2.3Términos de Referencia

3. MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS
   (Presentar los siguientes análisis, descripciones y documentos únicamente para el caso de
   incineración de desechos industriales peligrosos)

   3.1 Recolección de desechos peligrosos.
       Describir la forma en que se recolectan y reciben los desechos peligrosos, indicando si
       se utilizará transporte propio o de una empresa autorizada.

   3.2 Almacenamiento de los desechos peligrosos antes de su incineración.

         3.2.1 Relación de desechos peligrosos a recibir, indicando sus características y estado
               físico.
3.2.2   Presentar el plano de planta de conjunto, incluyendo el almacén de desechos
             peligrosos y el área de coprocesamiento.

     3.2.3 En el anexo se deberá describir detalladamente la forma en que se almacenarán
           los desechos, la capacidad de almacenamiento y el tipo de envasado.

     3.2.4   Describir las especificaciones técnicas y capacidades de los tanques, tambores,
             o recipientes utilizados para el almacenamiento

     3.2.5   Presentar una descripción detallada del manejo de los desechos al llegar a la
             instalación de coprocesamiento, considerando la descarga e identificación de los
             mismos, movimientos de entrada y salida de la zona de almacén.

     3.2.6   Describir detalladamente los desechos generados durante esta operación y su
             disposición.

     3.2.7 Presentar copia del plano del proyecto ejecutivo del almacén.

     3.2.8   Describir las medidas de seguridad implementadas en la zona de
             almacenamiento.

3.3 Coprocesamiento de desechos peligrosos.

     3.3.1   Presentar plano detallado del área del equipo de proceso.

     3.3.2 Describir el manejo de los desechos del área de almacenamiento a la zona de
           coprocesamiento.

     3.3.3 Deberá presentar una descripción detallada del sistema de alimentación de
           desechos, así como las operaciones realizadas en esta actividad.
     3.3.4 Presentar una descripción detallada del proceso de coprocesamiento de
           desechos peligrosos que realiza la empresa (mencionando la capacidad anual de
           proceso a instalar o en funcionamiento y la estimada del sistema, desechos a
           coprocesar, desechos formulados, desechos empleados directamente, porcentaje
           de sustitución de combustibles convencionales, análisis de laboratorio),
           incluyendo el desarrollo del proceso a través de la cinética de la reacción y
           balance de materia y energía.
     3.3.5 Presentar diagrama de flujo de las operaciones efectuadas y los puntos donde se
           generen emisiones a la atmósfera, descargas de agua contaminada,
           subproductos, desechos o contaminantes.

     3.3.6   Describir el sistema de monitoreo de gases, incluyendo su operación, control y
             puntos de muestreo.

     3.3.7   Presentar un cuadro que indique las temperaturas de proceso, así como la
             eficiencia del equipo, la eficiencia de destrucción de los desechos que puede
             alcanzar el sistema, el tiempo de residencia de los mismos y los límites de
             emisiones que genera el equipo.
3.3.8   Presentar la relación de los equipos, instrumentos y maquinaria empleada en el
                coprocesamiento de desechos peligrosos, indicando las características generales
                de cada uno de ellos.

        3.3.9   Detallar todos los sistemas de control de los equipos y las medidas de seguridad
                implementadas para su operación y prevención de la contaminación en aire,
                agua y suelo.

        3.3.10 Describir el manejo desechos al final del proceso de coprocesamiento.

4. PROTOCOLO DE PRUEBAS

  El objetivo del protocolo de pruebas es establecer los criterios específicos para el desarrollo
  de pruebas preoperativas de un sistema de tratamiento térmico de desechos peligrosos, que
  demuestre la eficiencia del mismo.

  Descripción del protocolo de pruebas
  La información que el responsable del establecimiento debe presentar al Ministerio del
  Ambiente o a la institución integrante del sistema nacional descentralizado de gestión
  ambiental en su solicitud de autorización es la siguiente:

        4.1.1   Presentar un resumen ejecutivo de la forma en la que se llevará a cabo el
                protocolo de pruebas, indicando las características técnicas bajo las cuales se
                desarrollará.
        4.1.2   Presentar una descripción de los desechos peligrosos a tratar incluyendo las
                características físico-químicas de la muestra a ser alimentada como
                composición química, flash point, punto de ebullición, densidad, viscosidad; %
                de humedad, % de cloro, metales pesados. En el caso de formulación de la
                carga, anexar el procedimiento del mismo, indicando que tipo de desechos
                compone la formulación, así como el poder calorífico de la formulación, % de
                cloro (en su caso), % de humedad.
        4.1.3   Presentar un listado de todas las materias primas a ser manejadas durante el
                protocolo de pruebas, así como sus cantidades en toneladas, estableciendo la
                relación de alimentación para cada una de ellas. En este punto se debe
                considerar el combustible empleado, subrogados, agua, soluciones de
                neutralización y % de exceso de oxígeno en su caso.
        4.1.4   Especificar la cantidad máxima en toneladas de desechos requeridos para la
                realización del protocolo de pruebas, la cual no deberá exceder la capacidad
                máxima del almacén.
        4.1.5   Presentar un diagrama de bloques en el que se describa cada una de las
                actividades específicas en secuencia lógica de las acciones para el desarrollo del
                protocolo de pruebas.
        4.1.6   Describir la forma y métodos nacionales o internacionales a utilizar para llevar a
                cabo las pruebas de laboratorio para el muestreo y caracterización de los
                desechos peligrosos a tratar.
        4.1.7   Describir detalladamente el tipo de emisiones a la atmósfera que son esperadas
                como resultado de la implementación del protocolo de pruebas en (l/h o m3/h),
así como las concentraciones asociadas a cada una de dichas emisiones en
               (mg/m3).
     4.1.8     Describir la forma y métodos nacionales o internacionales a utilizar para llevar a
               cabo las pruebas de laboratorio para la caracterización de los efluentes
               resultantes del tratamiento de los desechos peligrosos.
     4.1.9     Describir el tipo de disposición propuesta para los efluentes resultantes del
               tratamiento (agua, sólidos).

 Desarrollo del protocolo de pruebas
Los lineamientos bajo los cuales el responsable del establecimiento debe realizar el protocolo
de pruebas son los siguientes:

                     El protocolo de pruebas se deberá llevar a cabo realizando muestreos en
               series de tres, de cada una de las siguientes etapas:

               a)   En blanco (operación del sistema sin carga)
               b)   Con subrogados (materiales no peligrosos como arena limpia, aserrín, etc.)
               c)   Con desechos peligrosos al 85% de la capacidad de diseño del sistema
               d)   Con desechos peligrosos al 100% de la capacidad del diseño del sistema

Los valores a medir para cada una de las pruebas anteriores están descritos en la Tabla
No. 1, tomando en consideración los límites máximos permisibles para procesos de
incineración y que se describen en dicha tabla.

                    Para cada una de las operaciones mencionadas en el punto anterior, se
               deberá desarrollar un programa de trabajo calendarizado siguiendo el formato
               descrito en la Tabla No. 2.

                     Para cada una de las operaciones mencionadas anteriormente, desarrollar
               el balance de masa y energía siguiendo el formato descrito en la Tabla No. 3.

NOTA.- Las tomas de muestras, cadena de custodia, reportes de pruebas de caracterización
de desechos peligrosos y determinación de emisiones, así como las pruebas de
caracterización de efluentes, deberán ser efectuadas por laboratorios acreditados ante el
Instituto Ecuatoriano de Normalización.

 Reporte de resultados
Cumplido el periodo de seis meses a partir del inicio de operaciones, dentro de los quince
días hábiles siguientes, el responsable del establecimiento entregará al Ministerio del
Ambiente o a las instituciones integrantes del sistema nacional descentralizado de gestión
ambiental, en los términos legales aplicables, los informes de los resultados del protocolo que
deberán contener lo siguiente:

       4.3.1    Presentar un resumen ejecutivo del protocolo de pruebas efectuado en el cual
                se indiquen los tiempos reales de cada una de las actividades mencionadas en
                la Tabla No. 2, incluyendo la descripción de aquellos paros y eventualidades
                que se hubieren presentado durante el mismo, así como las acciones
                implementadas para su restablecimiento.
4.3.2 Presentar copia de la acreditación otorgada por el Instituto Ecuatoriano de
                Normalización al laboratorio de prueba que efectuó los muestreos y
                evaluaciones analíticas durante el protocolo de pruebas, incluyendo los
                documentos de acreditación de los parámetros y métodos.
          4.3.3 Presentar el resumen ejecutivo del laboratorio de pruebas que realizó el
                muestreo y análisis que incluya:

                  A) Copia de los métodos empleados para el muestreo y análisis de los
                     componentes del protocolo.
                  B) Hojas de cadena de custodia.
                  C) Resultados de la caracterización de los desechos peligrosos antes del
                     tratamiento incluyendo la interpretación de los cromatogramas.
                  D) Resultados de la caracterización de los efluentes resultantes del tratamiento
                     térmico incluyendo la interpretación de los cromatogramas.
                  E) Resultados de los muestreos de gases para cada uno de las corridas
                     indicadas en el numeral 4.1.2, incluyendo la interpretación de los
                     cromatogramas.
                  F) Presentar el desarrollo del cálculo de la eficiencia de destrucción del
                     sistema con base en los resultados obtenidos (por el laboratorio).

          4.3.4   Presentar el resumen de los valores de emisiones detectadas para cada una de
                  las corridas descritas en el numeral 4.1.2 de acuerdo con la Tabla No. 1.

NOTA: El presente formato debe presentarse en original, copia y en CD en formato Word. El
Ministerio del Ambiente o a la institución integrante del sistema nacional descentralizado de
gestión ambiental podrá realizar visitas de verificación para corroborar la información
presentada. Toda información que sea considerada como confidencial para la empresa deberá ser
presentada con un sello que indique "Información Confidencial".
Tabla 1. Resultados de emisiones a la atmósfera
                                               Prueba con
     Elementos         Prueba en blanco                          Prueba con desechos Prueba con desechos
                                               subrogados
                             (a)                                     al 85% (c)          al 100% (d)
                                                   (b)
        PST
        CO
        NOX
        SO2
        HCl
        HCt
 Pb+ Crtotal+ Cu+ Zn
As+ Co+ Se+ Ni+ Mn+
         Sn
         Cd
         Hg
 Dioxinas y Furanos
TABLA 2. Programa calendarizado de actividades a realizar durante el protocolo de pruebas

 No.                     Actividad                              Horas / Turno                       Horas / Turno                         Horas / Turno
                                                        1   2   3 4 5 6          7    8   1    2   3 4 5 6           7    8      1   2   3 4 5 6          7   8
  1    Acondicionamiento del equipo de tratamiento
       previo al inicio del protocolo de pruebas
  2    Caracterización de los desechos antes del
       protocolo

  3    Tratamiento previo de los desechos
       (Formulado, secado, cribado, peletizado, etc.)

  4    Alimentación de los desechos por carga o lote


  5    Monitoreo de emisiones a la atmósfera


  6    Monitoreo perimetral de contaminantes


  7    Descarga de agua residual, sólidos y/o cenizas

  8    Muestreo y caracterización de los efluentes
       (Agua, sólidos y cenizas)


NOTA: Considere tiempos y movimientos
TABLA 3. Balance de materia y energía para el protocolo de pruebas

                                                                                   Número de corrientes del sistema
      Parámetro
                               ←                      ↑                    →                      ↓                     °   ±   ″
W (kg o ton) 10

Q (l o m3) 11
Presión         (atm   o
kg/cm2)
Temperatura (ºC)

% componente x

% componente y

% componente z

Estado físico S/L/G
H     (BTU/LB          O
Kcal/kg
% Cloro 12

% de O2 en exceso




10
   Para el caso de desechos peligrosos en estado sólido.
11
   Para el caso de desechos peligrosos en estado líquido.
12
   En su caso

NOTA: AGREGUE EL NÚMERO DE CORRIENTES QUE SEA NECESARIO PARA SU CASO PARTICULAR
Procedimientos para el Registro de generadores de desechos peligrosos, gestión de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental y para el transporte de materiales peligrosos
MINISTERIO DEL AMBIENTE.
               SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
           SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA


      SOLICITUD DE AUTORIZACION PREVIO AL LICENCIAMIENTO
       AMBIENTAL PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS

Modalidad F.- DISPOSICION FINAL (RELLENO DE SEGURIDAD)
                                                    SGD-SM-DF-01

Instrucciones: El proponente deberá presentar la información requerida en esta
               solicitud siguiendo el orden establecido por los numerales para
               distinguir claramente lo que corresponde a cada apartado. Esto
               permitirá que durante la recepción y evaluación de su trámite no se
               pierda tiempo en la ordenación de su expediente y así la resolución del
               mismo sea más expedita.

1. DATOS GENERALES
   Llenar la Hoja General de Información que contiene los datos generales de la
   empresa y formulario de manejo (MA-SGD-HG-LP-01).

2. DOCUMENTOS ANEXOS
   En anexo deberá presentar copia de los siguientes documentos:

2.1 Informe de regulación municipal actualizado y si cuenta con licencia ambiental
    derivada de la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial.
2.2 Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP),
    Bosques Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado.
2.3 Términos de Referencia

3. MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS.

   3.1. Recolección de los desechos.
        Describir la forma en que se recolectan y reciben los desechos peligrosos en la
        instalación de reciclaje, indicando si se utilizara transporte propio o de una
        empresa autorizada.

   3.2. Disposición final de los desechos peligrosos (rellenos de seguridad)

           A) Presentar la información siguiente.
3.2.1. La capacidad estimada del confinamiento.
3.2.2. La relación y cantidad de materias primas necesarias para la operación
        del confinamiento.
3.2.3. La capacidad total de almacenamiento de materias primas;
3.2.4. La capacidad estimada de disposición de desechos peligrosos por día;
3.2.5. Las instalaciones y las condiciones de operación involucradas en el
        confinamiento;
3.2.6. Las tecnologías de tratamiento empleadas previas a su disposición final;
3.2.7. Los métodos de análisis aplicables y el plan de muestreo para confirmar
        la reducción de la peligrosidad de los Desechos que se confinan;
3.2.8. La forma en que se almacenarán los desechos previamente a su
        disposición final: a granel o envasado y la ubicación del área de
        almacenamiento temporal con respecto a las otras áreas de la instalación;
3.2.9. La forma que se propone para disponer los desechos peligrosos en las
        celdas de confinamiento o almacenarlos o acomodarlos en las cavidades
        geológicamente estables; y
3.2.10. Las operaciones previas al confinamiento de los desechos, así como el
        diagrama de flujo correspondiente.
3.2.11. Presentar la relación y las especificaciones técnicas de los equipos,
        instrumentos y maquinaria empleada para el relleno de seguridad.
3.2.12. Detallar todos los sistemas de operación y mantenimiento de los equipos
        y las medidas de seguridad implementadas y de prevención de la
        contaminación en aire, agua y suelo.
3.2.13. Presentar copia de los manuales de operación y mantenimiento de todos
        los equipos que se emplearán en el relleno de seguridad.

Anexar estudio de vulnerabilidad del sitio, el cual contendrá:

a)   La geología regional y local del sitio;
b)   La climatología e hidrología superficial del sitio;
c)   El estudio de hidrología del sitio;
d)   El estudio de geofísica del sitio;
e)   La estimación de la migración potencial de los contaminantes al agua
     subterránea;
f)   La determinación del grado de protección del acuífero;
g)   La determinación de los riesgos asociados a los desechos y materiales
     presentes en la operación del confinamiento controlado, probabilidades de
     ocurrencia de accidentes, los radios potenciales de afectación y las zonas de
     seguridad;
h)   La definición de recomendaciones para disminuir el riesgo asociado a la
     operación del confinamiento controlado;
i)   La determinación del riesgo a instalaciones e infraestructura del
     confinamiento y de las zonas vecinas por fugas, incendios y explosión;
j) La determinación del riesgo hidrológico por precipitación, inundación y
          corrientes superficiales;
       k) El estudio y los resultados de mecánica de suelo y subsuelo del sitio;
       l) La determinación del riesgo geológico por fallas, sismos y deslizamientos;
       m) La determinación de lixiviados de los desechos estabilizados;
       n) La determinación, movilidad, persistencia y toxicidad de los contaminantes o
          componentes críticos de los desechos estabilizados para los ecosistemas;
       o) La determinación de los factores específicos al sitio que influyen en la
          exposición y dispersión de los contaminantes en aire, agua y suelo;
       p) La determinación y categorización de los puntos, rutas y vías de exposición
          presentes y futuras;
       q) La determinación de las poblaciones receptoras más vulnerables;
       r) La determinación de los valores de las dosis de referencia para los
          contaminantes o componentes críticos no cancerígenos y de los índices de
          riesgo para el caso de efectos adversos cancerígenos;
       s) La determinación de los índices de peligrosidad para el caso de efectos
          adversos no cancerígenos y los índices de riesgo para el caso de efectos
          adversos cancerigenos;
       t) El cálculo de la exposición total para los grupos poblacionales presentes más
          vulnerables para las distintas rutas y vías de exposición, y
       u) La determinación de las posibles consecuencias o efectos adversos a la salud
          humana y al medio ambiente de los riesgos evaluados que se desprenden de
          la presencia de los contaminantes o componentes críticos.

NOTA: El presente formato debe presentarse en original, copia y en CD en formato
Word. La Secretaría técnica podrá realizar visitas de verificación para corroborar la
información presentada. Toda información que sea considerada como confidencial para
la empresa deberá ser presentada con un sello que indique "Información Confidencial".
“Logo y razón social de la empresa de tratamiento de desechos peligrosos en el
                                  encabezado”


       CERTIFICADO DE DESTRUCCIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS

No.__(1)____

Fecha:___(2)_____

Recibi:______(3)___ (4) de ( 5)


MINISTERIO DEL AMBIENTE:

        Se extiende la presente como comprobante de que _(3)____ (4)
de________(5)________ catalogado como desecho peligrosos, fueron transportados por
(6)_________________________                                                     a
__________(7)________________________________________________
en donde se le dio tratamiento_________(8)__________________________de acuerdo
a la Licencia ambiental No.____(9)____________________ de fecha____(10)_____.


Generador

Razón social           Numero     de Responsable      Teléfono             Cantidad
                       Registro
(11)                   (12)              (13)         (14)                 (15)

Transportista

Nombre o razón social             (6)
Numero de Licencia ambiental      (16)
Dirección y teléfono              (17)
Nombre del conductor              (18)

Disposición final

Fecha de recepción:               (19)
Recibido por:                     (20)
Nombre y firma del responsable    (21)
INSTRUCCIONES DE LLENADO


(1)    Numero consecutivo de la empresa de tratamiento de desechos peligrosos
(2)    Fecha día, mes y año
(3)    Cantidad en peso de desechos peligrosos
(4)    Unidades Kg, Litros, etc.
(5)    Nombre del desecho peligrosos como viene manifestado en el manifiesto único
(6)     Razón social de la empresa transportista autorizada
(7)    Dirección de la empresa de tratamiento de desechos peligrosos
(8)    Nombre del tratamiento autorizado
(9)    Número de licencia ambiental otorgado empresa de tratamiento de desechos
       peligrosos.
(10)   fecha de otorgamiento de licencia ambiental
(11)   Nombre de la empresa generadora de desechos peligrosos
(12)   Numero de registro como empresa generadora de desechos peligrosos
(13)   Nombre del responsable de desechos peligrosos
(14)   Numero telefónico
(15)   Cantidad entregada con unidades
(16)   Numero de licencia ambiental de la empresa transportista
(17)   Dirección de la empresa de transportista de desechos peligrosos
(18)   Nombre del conductor de la empresa transportista
(19)   Fecha de recepción de los desechos peligrosos
(20)   Nombre de la persona que recibió los desechos
(21)   Nombre y firma del responsable de la instalación de tratamiento de desechos
       peligrosos




      “Dirección de la empresa de tratamiento de desechos peligrosos en el pie página”
ANEXO C
        PROCEDIMIENTO PREVIO PARA EL LICENCIAMIENTO
          AMBIENTAL DE TRANSPORTE DE MATERIALES
                        PELIGROSOS

RESUMEN

  Este procedimiento describe la forma en que se llevará a cabo la gestión al interior del
  Ministerio del Ambiente o en las instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado
  de Gestión Ambiental para el licenciamiento de transporte de materiales peligrosos. Incluye los
  procedimientos para la emisión de la licencia ambiental, los criterios para la resolución,
  emisión, suspensión, revocatoria y sanción de licencia, así como los requisitos que deberá
  cumplir el prestador de servicios para la obtención de la licencia.

                 HOJA DE AUTORIZACIÓN

REVISADO / APROBADO POR:                                             CONTROL DE COPIA




NOMBRE                            FIRMA          FECHA
ELABORADO POR:                                                       FECHA DE APLICACIÓN



NOMBRE:                           FIRMA          FECHA

ESTE PROCEDIMIENTO CONSTA DE:

PAGINAS:
COMENTARIOS:
1. OBJETIVOS

1.1. Contar con un instrumento de aplicación del Reglamento para la Prevención y
Control de la Contaminación Desechos Peligrosos (RPCCD) en lo referente al
licenciamiento ambiental de prestadores de servicios de transporte de materiales
peligrosos. Así mismo contribuir al cumplimiento del Artículo 50 (literal d) del
Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la
Contaminación Ambiental.

1.2. Contar con elementos para el cumplimiento de lo establecido en los artículos 156,
202 y 203 del Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por
Desechos Peligrosos

1.3 Contar con elementos para el cumplimiento de lo establecido en los artículos 228,
231 del Régimen Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos.

1.4 Homologar la gestión para el Transporte de Materiales Peligrosos a aplicarse por
todos integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental
(Reguladores ambientales sectoriales o seccionales, municipalidades y/o consejos
provinciales, Autoridades Ambientales de Aplicación (AAA) y Autoridades
Ambientales de Aplicación Responsable (AAAr).

1.5 Establecer los criterios para la emisión de la licencia ambiental de prestadores de
servicio de Transporte de Materiales Peligrosos.

                                    2. ALCANCE

2.1 Este procedimiento es de aplicación nacional para todas las Autoridades
Ambientales de Aplicación.

2.2 El procedimiento se aplica para la obtención de la Licencia de Materiales Peligrosos
determinados en: Listados Nacionales de Productos Químicos Prohibidos Peligrosos y
de Uso Severamente Restringido que se utilicen en el Ecuador, Norma Técnica INEN 2-
266:2000 Anexo J y Listado Nacional de Desechos Peligrosos o que estén
caracterizados como tales de acuerdo con las normas establecidas para tal efecto y que
rebasen las cantidades mínimas definidas en la guía del Listado Nacional de Desechos
Peligrosos.

                         3. REFERENCIAS NORMATIVAS

3.1   Ley de Gestión Ambiental.

3.2   Ley de la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental

3.3   Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente.

       Libro VI: De la calidad ambiental
Titulo IV. Reglamento de la Ley de Gestión Ambiental para la
              Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. (Artículo 50)

              Titulo V. Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación
              por Desechos Peligrosos. (Artículos: 156, apartado b); 168; 171 apartado
              g); 202; 205; 206; 211; 215; 222 y 223).
              .
              Título VI. Régimen Nacional para la Gestión de Productos Químicos
              Peligrosos
              (Artículos 228, 231).

              Titulo IX. Del Sistema de Derechos o Tasas por los Servicios que presta
              el Ministerio del Ambiente y por el uso y aprovechamiento de bienes
              nacionales que se encuentren bajo su cargo y protección.

                                  4. DEFINICIONES

ALMACENAMIENTO: Acción de guardar temporalmente los productos químicos
peligrosos y desechos peligrosos en tanto se procesan para su aprovechamiento, se
entrega al servicio de recolección, o se disponen de ellos.

CERTIFICADO DEL CURSO BASICO DE                        CAPACITACION PARA
CONDUCTORES DE VEHICULOS QUE TRANSPORTAN PRODUCTOS
QUIMICOS PELIGROSOS Y/O DESECHOS PELIGROSOS : Es la preparación
que los conductores deben recibir para operar vehículos destinados al transporte de
materiales peligrosos, con el fin de adquirir conocimientos necesarios para la
manipulación de estos.

CONFINAMIENTO CONTROLADO O RELLENO DE SEGURIDAD: Obra de
ingeniería para la disposición final de desechos peligrosos que garanticen su aislamiento
definitivo y seguro.

CONTINGENCIA AMBIENTAL.- Situación de riesgo, derivada de actividades
humanas o fenómenos naturales que pueden poner en peligro la integridad de uno
varios ecosistemas.

DESECHOS PELIGROSOS: Son aquellos desechos sólidos, pastosos, líquidos o
gaseosos resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje, utilización
o consumo y que contengan algún compuesto que tenga características reactivas,
inflamables, corrosivas, infecciosas, o tóxicas, que represente un riesgo para la salud
humana, los recursos naturales y el ambiente de acuerdo a las disposiciones legales
vigentes.

ETIQUETADO: Acción de etiquetar con la información impresa en la etiqueta.
GENERADOR: se entiende toda persona natural o jurídica, cuya actividad produzca
desechos peligrosos u otros desechos, si esa persona es desconocida, será aquella
persona que éste en posesión de esos desechos y/o los controle.

GENERACIÓN: Cantidad de desechos originados por una determinada fuente en un
intervalo de tiempo dado.

GESTIÓN: Es la actividad o conjunto de actividades realizadas por las distintas
personas naturales o jurídicas, que comprenden todas las fases del ciclo de vida de los
productos químicos peligrosos

GESTION AMBIENTAL: Conjunto de políticas, normas, actividades operativas y
administrativas de planeamiento, financiamiento y control estrechamente vinculadas,
que deben ser ejecutadas por el Estado y la sociedad para garantizar el desarrollo
sustentable y una óptima calidad de vida.

HOJA DE SEGURIDAD: Es el documento que describe los riesgos de un material
peligroso y suministra información sobre como se puede manipular, usar y almacenar el
material con seguridad.

LICENCIA AMBIENTAL: Es la autorización que otorga la autoridad competente a
una persona natural o jurídica, para la ejecución de un proyecto, obra o actividad. En
ella se establecen los requisitos, obligaciones y condiciones que el beneficiario debe
cumplir para prevenir, mitigar o corregir los efectos indeseables que el proyecto, obra o
actividad autorizada pueda causar en el ambiente.

MANEJO: Se entiende por manejo las operaciones de recolección, envasado,
etiquetado, almacenamiento, reuso Y/o reciclaje, transporte, tratamiento y disposición
final de los desechos, incluida la vigilancia de los lugares de disposición final.

MATERIALES PELIGROSOS: Elementos, sustancias, compuestos, residuos o
mezclas de ellos que, independientemente de su estado físico, representen un riesgo para
el ambiente, la salud o los recursos naturales, por sus características corrosivas,
reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas.

NUMERO ONU: Es un código especifico o número de serie para cada mercancía
peligrosa (Producto Químico Peligroso y/o Desecho Peligroso) asignado por el sistema
de la organización de las Naciones Unidas (ONU), y que permite identificar el producto
sin importar el país del cual provenga.

MANIFIESTO: Documento Oficial, por el que la autoridad ambiental competente y el
generador mantienen un estricto control sobre el transporte y destino de los desechos
peligrosos producidos dentro del territorio nacional.

MANEJO AMBIENTALMENTE RACIONAL: se entiende la adopción de todas las
medidas posibles para garantizar que los desechos peligrosos y otros desechos se
manejen de manera que queden protegidos el medio ambiente y la salud humana contra
los efectos nocivos que pueden derivarse de tales desechos.

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL.- Documento que establece en detalle y orden
cronológico las acciones que se requieren para evitar, mitigar, controlar, corregir y
compensar los diferentes impactos ambientales negativos, o acentuar los impactos
positivos causados en el desarrollo de una acción propuesta. Por lo general, el plan de
manejo ambiental consiste de varios sub-planes dependiendo de las características de la
actividad o proyecto propuesto.

PLAN DE EMERGENCIA.- diseño y ejecución de obras o actividades encaminadas a
evitar los posibles impactos y efectos negativos por la generación de desechos
peligrosos que un proyecto, obra o actividad pueda generar sobre el entorno humano y/o
natural.

PREVENCIÓN.- Conjunto de medidas y acciones respuestas con anticipación con el
fin de evitar la ocurrencia de un evento o de reducir sus consecuencias sobre la
población, los bienes, servicios y medio ambiente.

PLAN DE CONTINGENICA.- Programa de tipo preventivo y reactivo con una
estructura estratégica, operativa e informática desarrollada por la empresa, industria, o
algún sector de la cadena de transporte, para el control de una emergencia que se
produzca durante el manejo, transporte y almacenamiento de materiales peligrosos, con
el propósito de mitigar las consecuencias y reducir los riesgos de empeoramiento de la
situación y acciones inapropiadas.

PRODUCTO QUÍMICO (PQ): Toda sustancia orgánica o inorgánica obtenida a
través de procesos de transformación físicos y/o químicos y utilizada en actividades
industriales, comerciales de servicios o domésticas.

PRODUCTO QUÍMICO PROHIBIDO: Todo aquel cuyos usos, por razones
sanitarias o ambientales, haya sido prohibido por decisión gubernamental ecuatoriana o
por convenios internaciones suscritos o ratificados por el gobierno nacional.

PRODUCTO QUÍMICO PELIGROSO: Es todo aquel que por sus características
físico-químicas presenta riesgo de afectación a la salud, el ambiente o destrucción de
bienes, lo cual obliga a controlar su uso y limitar la exposición a él.

PRODUCTO QUÍMICO RIGUROSAMENTE RESTRINGIDO.- Es todo aquel
cuyos usos, por razones sanitarias o ambientales, haya sido prohibido prácticamente en
su totalidad, pero del que se siguen autorizando, de manera restringida, algunos usos
específicos.

RECICLAJE: Proceso de utilización de un material recuperado en el ciclo de
producción en el que ha sido generado.
RIESGO AMBIENTAL.- Peligro potencial que afecta al medio ambiente, los
ecosistemas, la población y/o sus bienes derivado de la probabilidad de ocurrencia y
severidad del daño causado por accidentes o eventos extraordinarios asociados con la
implementación y ejecución de una actividad o proyecto propuesto.

RECOLECCIÓN: Acción de transferir los desechos al equipo destinado a
transportarlo a las instalaciones de almacenamiento, tratamiento o reciclaje, o a los
sitios de disposición final.

SIMULACRO.- Ejercicio de juego de roles que se lleva a cabo en un escenario real o
construcción en forma posible para asemejarlo.

TARJETA DE EMERGENCIA.- Es el documento que contiene información básica
sobre la identificación del material peligroso y datos del fabricante, identificación de
peligros, protección personal y control de exposición, medidas de primeros auxilios,
medidas para extinción de incendios, medidas de revertido accidental, estabilidad y
reactividad e información sobre el transporte.

TRANSPORTE:            Cualquier movimiento de productos químicos peligrosos y
desechos peligrosos a través de cualquier medio de transportación, efectuado conforme
a lo dispuesto en este reglamento, dentro del territorio nacional.

TRATAMIENTO: Acción de transformar los desechos por medio de la cual se
cambian sus características.

VULNERABILIDAD.- factor de riesgo de un sujeto o sistema expuesto a una
amenaza, correspondiente a su predisposición intrínseca a ser afectado o de ser
susceptible a sufrir una perdida.

                             5. RESPONSABILIDADES

Los funcionarios del Ministerio del Ambiente y del Sistema Nacional Descentralizado
de Gestión Ambiental tienen la responsabilidad de conocer este procedimiento, así
como de aplicar los criterios establecidos para el otorgamiento de la Licencia Ambiental
para el Transporte de Materiales Peligrosos.

Es responsabilidad de los funcionarios verificar que las solicitudes y formularios se
encuentren debidamente llenados para proceder a la verificación del cumplimiento de
requisitos y el proceso de otorgamiento de la licencia.

                                  6. DESARROLLO

6.1. El interesado en obtener la Licencia Ambiental para Transporte de Materiales
Peligrosos deberá presentar la respectiva solicitud de licenciamiento, la misma que
deberá incluir todos los requisitos establecidos en los formularios MA-R-LAT-01 y
MA-HDG-LAT-01.
6.2 Papeleta de depósito en la Cuenta Corriente del Ministerio del Ambiente No.
0010000793 en el Banco Nacional de Fomento, de la tasa correspondiente de USD
100.00, de conformidad con dispuesto en el Art. 11 del Libro IX del Texto Unificado de
la Legislación Ambiental Secundaria (TULAS).

6.3. Los funcionarios del Ministerio del Ambiente o de las Autoridades Ambientales de
Aplicación Responsables iniciará la revisión y análisis de los requisitos presentados,
para lo cual se dispondrá de quince días calendario. Luego de este tiempo se notificara
al interesado sobre el resultado de su solicitud.

6.4 En caso de que el Ministerio del Ambiente ó las Autoridades Ambientales de
Aplicación determinen que la información presentada por el proponente fuese
observada, o no satisfaga las exigencias y requerimientos mínimos previstos,
comunicará esta decisión al promotor y fijará las condiciones o requisitos que el
promotor deberá presentar hasta lograr su aprobación, se da un plazo de 30 días
laborables para que el promotor cumpla lo solicitado, caso contrario se archiva el
trámite.

6.5 El MAE otorgará o denegará la licencia ambiental en un plazo no mayor a sesenta
(60) días laborables, contados desde la presentación de la totalidad de los requisitos.

6.6 El proponente deberá presentar el cronograma valorado de ejecución del plan de
manejo ambiental anual, incluidas las responsabilidades.

6.7 El proponente deberá presentar el certificado del costo del valor de la inversión total
para prestar el servicio de transporte.

6.8 El Ministerio del Ambiente o la Autoridades Ambientales de Aplicación
Responsables notificarán al proponente el valor de la tasa por emisión de la Licencia
Ambiental, que corresponde al 1 por mil del valor de la inversión total para prestar el
servicio de transporte y la tasa del primer año por seguimiento y monitoreo al plan de
manejo ambiental según lo establecido en el Libro IX del TULAS y extenderá las
ordenes de pago correspondientes.

6.9 El proponente deberá remitir al Ministerio del Ambiente o a las Autoridades
Ambientales de Aplicación Responsables lo siguiente:

• Papeleta de depósito en la Cuenta Corriente del Ministerio del Ambiente No,
0010000793 en el Banco de Fomento , de las tasas correspondientes a la emisión del
Licencia Ambiental y Seguimiento y Monitoreo,

• Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan Anual de Manejo Ambiental, equivalente al
100% del Cronograma Anual Valorado, a nombre del Ministerio del Ambiente o a
nombre de las Autoridades Ambientales de Aplicación Responsables
Si la Autoridad Ambiental de Aplicación considera que la documentación
proporcionada por el proponente cumple los requerimientos previstos, dispondrá
la preparación de la resolución.

6.10 Preparación de la Resolución de la Licencia Ambiental
El Ministerio del Ambiente o la Autoridades Ambientales de Aplicación
Responsables notificara la aprobación de licenciamiento ambiental mediante la
emisión de la resolución y acuerdo ministerial correspondiente, que contendrá:

           o No. de licencia ambiental como prestador de servicio.
           o La especificación de cuales son los materiales peligrosos, amparados por
             la licencia.
           o Los términos en los que se otorga la licencia en donde se especifique las
             obligaciones a las que quedará sujeto el prestador de servicio para un
             adecuado control del transporte de materiales peligrosos.
           o El código para la declaración anual de transporte de materiales
             peligrosos.

La licencia ambiental contendrá entre otros: el señalamiento de las condiciones,
obligaciones, requisitos aplicables para llevar a cabo la actividad de transporte de
materiales peligrosos.

La Subsecretaria de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente inscribirá la
Licencia Ambiental en el Registro de Licencias Ambientales y notificará y entregará el
proponente el original de la Licencia Ambiental emitida por el Ministerio del Ambiente,
que rige desde la fecha de la Resolución Ministerial, la cual contiene todas las
obligaciones y responsabilidades que el Proponente asume en materia ambiental por el
tiempo de vigencia de la Licencia.

7. TEMPORALIDAD DE LA LICENCIA

La licencia para el prestador de servicios de transporte tendrá una vigencia de tres años
condicionada a que el licenciatario presentará una Auditoria Ambiental que contendrá
la declaración anual de manejo de los materiales peligrosos juramentada, plan de
manejo ambiental y no incurra en los incumplimientos causales de la suspensión
temporal o definitiva que se establecen en los puntos 8. 9 y 10. de este procedimiento.

8. SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA AMBIENTAL (Art. 27 del SUMA)

9. REVOCATORIA DE LA LICENCIA AMBIENTAL (Art. 28 del SUMA)
10. DE LAS SANCIONES

La Autoridad ambiental de aplicación, sancionará mediante lo establecido en los Arts.
222, 223, 224, 225, del Reglamento de Prevención y Control de la Contaminación por
desechos peligrosos.

11. FORMULARIOS PARA EL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL PARA EL
    PRESTADOR DE SERVICIOS PARA EL TRANSPORTE MATERIALES
    PELIGROSOS

El Ministerio del Ambiente a través de la Dirección de Prevención y Control de la
Contaminación y la Subsecretaria de Gestión Ambiental Costera, proporcionará los
formularios para el licenciamiento de prestadores de servicios de transporte a la
Autoridad Ambiental de Aplicación responsable para la aplicación del presente
procedimiento

Se anexan los documentos siguientes:

   •   Hoja general de información (MA-HDG-LAT-01)
   •   Formulario de declaración anual de transporte de productos químicos peligrosos
       (MA-PQP-DA)
   •   Formulario de declaración anual de desechos peligrosos (MA-SGD-DA)
   •   Formularios de requisitos específicos para el otorgamiento de la licencia
       ambiental de transporte de materiales peligrosos. (MA-R-LAT-01)
MINISTERIO DEL AMBIENTE.
                  SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
              SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA

  REQUISITOS ESPECIFICOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA
  AMBIENTAL PARA EL TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS

                                                              MAE-R-LAT-01

Instrucciones: El proponente deberá presentar la información requerida siguiendo el
               orden establecido por los numerales para distinguir claramente lo que
               corresponde a cada apartado. Esto permitirá que durante la recepción y
               evaluación de su trámite no se pierda tiempo en la ordenación de su
               expediente y así la resolución del mismo sea más expedita.

1. INFORMACIÓN GENERAL

Llenar la Hoja de Información General que contiene los datos generales de la persona
natural o jurídica (MAE-HDG-LAT-01),

2. REQUISITOS PARA EL VEHICULO

   Descripción general por vehículo


Número Número Número Clase Tipo   Año de    Cilindraje Tonelaje   Peso
  de     de      de             fabricación                       bruto
 placa  motor  chasis                                           vehicular
                                                                 (PBV)



PBV = Capacidad de arrastre de la unidad de acuerdo al fabricante (ficha técnica del
fabricante)

       2.2.     Descripción especifica por vehículo

           •    Archivo fotográfico
2.3.     Documentos de respaldo

            •   Copia del Certificado de revisión vehicular para el o municipios que así
                lo exijan
            •   Copia de matricula actualizado

3. REQUISITOS PARA EL CONDUCTOR

   •   Licencia de conducir tipo E vigente
   •   Certificado del curso básico obligatorio de capacitación para conductores de
       vehículos que transporten materiales peligrosos, avalado por el Ministerio del
       Ambiente.

4. DETALLE DEL TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS

Indicar los materiales peligrosos para las cuáles se cuenta con la capacidad y la
infraestructura para el transporte seguro.


Productos Químicos Peligrosos

Nombre          del Número           Capacidad    Tipo     de Número Tipo de embalaje /
Producto            ONU              de           vehículo    de       envases
Químico                              transporte               vehículo
Peligroso                            (ton)




Desechos Peligrosos

Nombre       del Número            Clave de los Capacidad de Tipo     de Tipo    de
desechos         ONU               desechos de recolección y vehículo    Embalaje /
peligrosos    de                   acuerdo   al transporte (ton)         envases
acuerdo       al                   listado
listado Nacional                   Nacional
de      Desechos
Peligrosos



Indicar los puntos intermedios y de destino de los materiales peligrosos:
Productos Químicos Peligrosos

                                            Provincia
                                  Cantones                      Provincia
   Clave de los productos Cantón                 s    Cantón de
                                  intermedi                        de                       Otro País
    químicos peligrosos de origen           intermedi  destino
                                      os                         destino
                                                as




  Nota: en la columna otro, explicar el material peligroso es transportado fuera del país

  Desechos Peligrosos

   Clave de los desechos                  Cantones                        Provincia
                            Cantón de                Provincias Cantón de
   de acuerdo al listado                 intermedio                          de     Otro País
                             origen                 intermedias destino
         Nacional                             s                            destino




  Nota: en la columna otro, explicar el material peligroso es transportado fuera del país


  5. RECOLECCIÓN Y                TRANSPORTE DE DESECHOS BIOLÓGICO
  INFECCIOSOS

  Llenar únicamente en el caso de recolección y transporte de Desechos Peligrosos
  Biológico Infecciosos

     5.1 Descripción de los vehículos.
         Presentar en anexo una relación de los vehículos propuestos a emplear para el
         transporte de los Desechos Peligrosos, indicando el modelo, tipo, No. de serie,
         características y capacidades, de acuerdo a la siguiente tabla, (incluir
         fotografías que muestren el sistema mecanizado de carga y descarga, sistema
         de enfriamiento, sistema de captación de lixiviados y la caja hermética).

                                      Peso bruto      Peso
                                                                                Tipo de /
No. de   No. de                       Vehicular     Vehicular
                   Modelo     Tipo                               Cilindraje   Embalaje/envasa
placas   Motor                          (PBV)       (PV) Ton
                                                                                    do
                                         Ton
Donde:

       PBV = Capacidad de arrastre de la unidad de acuerdo al fabricante (ficha
       técnica del fabricante).

       PV = Peso vehicular de la unidad (peso del vehículo vacío)

   5.2 Informar sobre el lugar donde se realizará el lavado de contenedores y vehículos,
       y si cuenta con algún tipo de tratamiento el agua.

6. RECOLECCIÓN DE DESECHOS BIFENILOS POLICLORADOS Y/O
   HEXACLORADOS

Llenar únicamente en el caso de recolección de bifenilos policlorados (BPC’s) y/o
Desechos hexaclorados (HEXA’s).

   6.1. Descripción de las actividades de recolección

       A) Presentar una descripción de los trabajos de acondicionamiento in-situ que
          pretende realizar, detallando las actividades particulares para identificación
          de transformadores conteniendo BPC’s, así como su drenado, trasvasado,
          acondicionado de líquidos, empaque de capacitores y transformadores,
          sólidos, materiales contaminados, compactado de tanques, empacado,
          recolección y embarque a su destino final.
       B) Presentar una descripción del tipo de preparación previa del lugar en donde
          se realizarán las actividades anteriores.
       C) Presentar una descripción y especificaciones del tipo de tanques y
          contenedores que se usarán en las actividades descritas.
       D) Presentar el programa de capacitación impartido o por impartir al personal
          que manejará los bifenilos policlorados o desechos hexaclorados.

7. SEGUROS

Presentar copia del seguro de responsabilidad civil contra daños a terceros y al ambiente
durante las operaciones involucradas en el transporte de materiales peligrosos

8. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

Se deberá presentar un Plan de Manejo Ambiental que cuente con:
   • Análisis de riesgo ambiental
   • Plan de contingencia para prevención y atención de accidentes
   • Programa de capacitación

Presentar el cronograma valorado de las actividades detalladas en el plan de manejo
ambiental que incluya: actividad, tiempo de ejecución, costo y responsables.
9. DOCUMENTACION ANEXA

   •   Certificado de inspección técnica vehicular emitido por una compañía
       verificadora
   •   Certificado de calibración de tanques cisterna, emitida por una compañía
       verificadora
   •   Copia del Registro Único de Contribuyentes
   •   Copia del acta de constitución para personas jurídicas
   •   Copia del nombramiento de representante legal y documentos personales del
       representante legal para personas jurídicas
   •   Copia de la Guía de remisión
   •   Bitácora de las horas de viaje del conductor
   •   Modelo de la Tarjeta de Emergencia
   •   Modelo de la Hoja de Seguridad.
   •   Manual de Procedimientos
   •   Habilitar un registro de accidentes que permanecerá en el vehículo en el cual se
       registrarán los accidentes acaecidos durante las operaciones que realicen y que
       deberán ser reportados a la Autoridad Nacional Competente, la cual deberá
       contener la siguiente información:

                         ♦   Fecha del accidente.
                         ♦   Hora del accidente
                         ♦   Ruta de transporte
                         ♦   Ubicación geográfica.
                         ♦   Identificación del vehículo.
                         ♦   Materiales peligrosos involucrados
                         ♦   Breve descripción del evento.
                         ♦   Descripción de las medidas adoptadas
                         ♦   Observaciones.
                         ♦   Firma de persona responsable.


10. PAGO DE DERECHOS.

La empresa, que cumpla con los requisitos técnicos y previos al otorgamiento de la
licencia ambiental, deberá efectuar el pago de derechos correspondientes.
REGISTRO GENERAL
                                     MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LA INSTITUCION INTEGRANTE DEL
                                      SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTION AMBIENTAL
                                                                                                                                            (MA-HDG-LAT-01)
                                     PARA SER LLENADO POR EL MAE O INSTITUCIONES INTEGRANTES
                                    DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTIÓN AMBIENTAL
1) SOLICITUD NÚMERO:
2) LICENCIA PARA TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS:
Productos Químicos Peligrosos ( )          Transporte de Desechos Peligrosos ( )
3) NÚMERO DE LICENCIA AMBIENTAL:
(Si cuenta con este número, derivado de la evaluación de impacto ambiental presentar la Constancia de Registro u oficio resolutivo)
4) RECIBIDO POR:


                               Nombre y firma
                                                                                                             (Sello con fecha de recibido)
5) ENVIAR A (marcar con una X)

Ministerio del Ambiente. Subsecretaría de Calidad Ambiental.
Institución integrante del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental
                                             PARA SER LLENADO POR EL SOLICITANTE
NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL O JURIDICA



                                                                                                              Nombre y firma del representate legal



Declaramos que la información contenida en esta solicitud y sus anexos es fidedigna y
  que puede ser verificada por el MAE, la que en caso de omisión o falsedad, podrá
          invalidar el trámite y/o aplicar las sanciones correspondientes.                                   Nombre y firma del responsable técnico
                                                                      DATOS GENERALES
1) NOMBRE DE LA EMPRESA O PERSONA QUE SOLICITA EL TRAMITE                                                          RUC:


2) NUMERO DE VEHICULOS SUJETOS A LA LICENCIA
3) DOMICILIO DE SOLICITANTE
Calle:
Número:
Provincia:
Parroquia:
Teléfonos:                                                         Fax:                           Correo electronico:
4) DOMICILIO DEL ESTABLECIIENTO
(En caso de que el establecimiento o instalación para el transporte de materiales peligrosos
tenga otra dirección a la del domicilio manifestada en el apartado anterior, indicarla en esta sección).
Calle:
Número:
Provincia:
Parroquia:
Teléfonos:                                                         Fax:                           Correo electronico:
5) SECTOR AL QUE SE PRESTA SERVICIO
Extracción de petróleo y Gas Natural

Coque y productos de refinación del
Fabricación de sustancias y
Papel y productos de papel
Productos de caucho y plástico
Textiles
Vehículos automotores
Producción de madera
Maquinaria y equipo
Explotación de minas y extracción
Alimentos y bebidas
Transporte
Comunicaciones
Electricidad, gas o agua.
Agricultura, horticultura, floricultura,
Pinturas, barnices y productos y
Otros
6) FECHA DE INICIO DE OPERACIÓN:
                                                                                                  DIA              MES                ANO
DECLARACION ANUAL DE TRANSPORTE DE PRODUCTOS QUIMICOS PELIGROSOS
                                                                                                                                                         (MA-PQP-DA)

                                                                                                                          GUIAS DE REMISION
 IDENTIFICACION DEL    PQP TRANSPORTADOS                                                                         Nº (6)                                   IDENTIFICACION DEL
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                                                                                                                                         traslado (8)




OBSERVACIONES



(1) Indicar el nombre del Producto Quimico Peligrosos (PQP)
(2) Indicar el numero ONU
(3) Indicar si son Toneladas, litros, kilogramos
(4) Indique el punto de partida ( Provincia, Ciudad)
(5) Indique el punto de destino ( Provincia, Ciudad)
(6) Indicar el numero de guia de remisión
(7) Indicar la fecha de inicio del embarque
(8) Indicar la fecha del desembarque

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Procedimientos para el Registro de generadores de desechos peligrosos, gestión de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental y para el transporte de materiales peligrosos

  • 2. Acuerdo No. 026 MARCELA AGUIÑAGA VALLEJO Ministra del Ambiente Considerando: QUE la Constitución Política de la República en su artículo 86 protege el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado que garantice un desarrollo sustentable y declara de interés público la prevención de la contaminación ambiental; QUE la Ley de Gestión Ambiental en su artículo 9, literal j) establece que le corresponde al Ministerio del Ambiente el coordinar con organismos competentes los sistemas de control para la verificación del cumplimiento de las normas de calidad ambiental referentes al aire, agua, suelo, ruido, desechos y agentes contaminantes; QUE la Ley de Gestión Ambiental en su artículo 9, literal k) establece que le corresponde al Ministerio del Ambiente, definir un sistema de control y seguimiento de las normas y parámetros establecidos y del régimen de permisos y licencias sobre las actividades potencialmente contaminantes. QUE la Ley de Gestión Ambiental, en su Capítulo IV de la Capacitación y difusión, artículo 32, establece que el Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental coordinará con las demás instituciones estatales competentes y publicará en periódicos de amplia circulación los listados de productos, servicios y tecnologías de prohibida fabricación, importación, comercialización, transporte y utilización; por su peligro potencial para la salud y el medio ambiente; QUE la Ley de Gestión Ambiental , en su artículo 33, establece como instrumentos de aplicación de las normas ambientales: parámetros de calidad ambiental, normas de efluentes y emisiones, listado de productos contaminantes y nocivos para la salud humana y el medio ambiente, regulados en el respectivo Reglamento; QUE el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos contenido en el Título V, Libro VI, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, publicado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial del 31 de marzo del 2003, establece en su artículo 155 que el Ministerio del Ambiente es la autoridad competente y rectora en la aplicación de este Reglamento; QUE el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos contenido en el Título V, Libro VI, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, publicado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial del 31 de marzo del 2003, establece en su artículo 155 literal b) que le corresponde al Ministerio del Ambiente expedir los instructivos, normas técnicas necesarios para la adecuada aplicación de este Reglamento en coordinación con las instituciones correspondientes;
  • 3. QUE el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos contenido en el Título V, Libro VI, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, publicado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial del 31 de marzo del 2003, establece en su artículo 160 que todo generador de desechos peligrosos es el titular y responsable del manejo de los mismos hasta su disposición final, siendo su responsabilidad, de acuerdo al numeral 6): Llevar en forma obligatoria un registro del origen, cantidades producidas, características y destino de los desechos peligrosos, cualquiera sea ésta, de los cuales realizará una declaración en forma anual ante la Autoridad Competente; esta declaración es única para cada generador e independiente del número de desechos y centros de producción. La declaración se identificará con un número exclusivo para cada generador. Esta declaración será juramentada y se lo realizará de acuerdo con el formulario correspondiente, el generador se responsabiliza de la exactitud de la información declarada, la cual estará sujeta a comprobación por parte de la Autoridad Competente; QUE el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos contenido en el Título V, Libro VI, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, publicado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial del 31 de marzo del 2003, en su artículo 171 establece que el Ministerio del Ambiente expedirá las normas complementarias a las que deberá ajustarse el transporte de desechos peligrosos y en particular a la referida en el literal g) relacionado con las condiciones técnicas y jurídicas que deba cumplir el transportista para obtener la licencia ambiental; QUE el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos contenido en el Título V, Libro VI, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, publicado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial del 31 de marzo del 2003, en su artículo 204 establece que quienes emprendan actividades nuevas, cuyos procesos generen desechos peligrosos, de acuerdo a lo establecido en el Régimen Único de Evaluación de Impactos Ambientales tendrán un plazo de 90 días a partir de su funcionamiento, para registrarse; QUE el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos contenido en el Título V, Libro VI, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, publicado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial del 31 de marzo del 2003, en su artículo 206 establece que las personas que hayan adquirido la licencia ambiental correspondiente, deberán reportar al Ministerio del Ambiente o las autoridades seccionales que tengan la delegación respectiva, anualmente, por escrito y con la firma de responsabilidad del representante legal, la cantidad, clasificación y origen de los desechos peligrosos; QUE el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos contenido en el Título V, Libro VI, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, publicado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial del 31 de marzo del 2003, en su artículo 207 establece que cada movimiento de desechos peligrosos desde su generación hasta su disposición final, deberá acompañarse de un manifiesto único sin el cual no se podrá realizar tal actividad; es decir, tanto generador, almacenador, transportista, reciclador, como el que realiza el tratamiento y la disposición final, intervendrán en la formalización del documento de manifiesto, en el que cada uno de ellos es responsable por la función que realiza;
  • 4. QUE es necesario que esta Cartera de Estado promueva la minimización de la generación de los desechos peligrosos, las formas de tratamiento y la incorporación de tecnologías limpias desde el punto de vista ambiental en las actividades públicas y privadas; En ejercicio de sus facultades legales; Acuerda: Expedir los Procedimientos para: Registro de generadores de desechos peligrosos, Gestión de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental, y para el transporte de materiales peligrosos. Art. 1.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que genere desechos peligrosos deberá registrarse en el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al procedimiento de registro de generadores de desechos peligrosos determinado en el Anexo A. Art. 2.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que preste los servicios para el manejo de desechos peligrosos en sus fases de gestión: reuso, reciclaje, tratamiento biológico, térmico, físico, químico y para desechos biológicos; coprocesamiento y disposición final, deberá cumplir con el procedimiento previo al licenciamiento ambiental para la gestión de desechos peligrosos descrito en el Anexo B. Art. 3.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que preste los servicios de transporte de materiales peligrosos, deberá cumplir con el procedimiento previo al licenciamiento ambiental y los requisitos descritos en el anexo C. Art. 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárguese a las Subsecretarías de Calidad Ambiental y Gestión Ambiental Costera. Comuníquese y publíquese.- Quito, a 28 de febrero de 2008 MARCELA AGUIÑAGA VALLEJO Ministra del Ambiente
  • 5. ANEXO A PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE GENERADORES DE DESECHOS PELIGROSOS RESUMEN Este procedimiento describe la forma en que se deberá llevar a cabo la gestión al interior del MAE o en las instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental para el registro de generadores de desechos peligrosos. Incluye los requisitos para evaluar las solicitudes de registro, los criterios para el registro como generador de desechos peligrosos. HOJA DE AUTORIZACIÓN REVISADO/APROBADO POR: CONTROL DE COPIA NOMBRE FIRMA FECHA ELABORADO POR: FECHA DE APLICACIÓN NOMBRE: FIRMA FECHA ESTE PROCEDIMIENTO CONSTA DE: PAGINAS: COMENTARIOS:
  • 6. 1. OBJETIVOS 1.1. Contar con un instrumento de aplicación del Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación de Desechos Peligrosos (RPCCD) en lo referente al registro de generación de desechos peligrosos. Así mismo contribuir al cumplimiento del Artículo 50 del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. 1.2 Contar con elementos para el cumplimiento a lo establecido en el artículo 156 y 203 del Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos 1.3 Homologar la gestión de desechos peligrosos a aplicarse por todos integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental (Reguladores ambientales sectoriales o seccionales, municipalidades y/o consejos provinciales, Autoridades Ambientales de Aplicación) que tengan la competencia para la aplicación del Reglamento. 1.4 Proporcionar una herramienta para todos los integrantes del Sistema Nacional Descentralizado como parte de su sub-sistema de gestión de desechos peligroso. 2. ALCANCE 2.1 Este procedimiento es de aplicación nacional para todas las Autoridades Ambientales de Aplicación que pretendan contar con un sub-sistema de gestión de desechos peligrosos. 2.2 El procedimiento se aplica para le gestión de generación de desechos peligrosos que se encuentren en el listado nacional de desechos peligrosos o que estén caracterizados como tales de acuerdo con las normas establecidas para tal efecto y que rebasen las cantidades mínimas definidas en la guía del listado nacional de desechos peligrosos. 2.3 La gestión establecida en este procedimiento es para la emisión del Servicio establecido en Artículo 11 del Libro IX del Texto Unificado de Legislación Ambiental, “Registro de personas naturales o jurídicas que generen y manejen desechos peligrosos. 3. REFERENCIAS NORMATIVAS 3.1 Ley de Gestión Ambiental. 3.2 Ley de la prevención y control de la contaminación ambiental 3.3 Texto Unificado de Legislación Ambiental. Libro VI: De la calidad ambiental Reglamento de la Ley de Gestión ambiental para la prevención y control de la contaminación ambiental. Artículos 50, Titulo V Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por desechos peligrosos. Artículos: 156, apartado b); 168; 179; 183; 198; 202; 203; 205; 206; 210; 211; 215; 222 y223.
  • 7. Titulo IX Del Sistema de Derechos o Tasas por los Servicios que presta el ministerio del ambiente y por el uso y aprovechamiento de bienes nacionales que se encuentren bajo su cargo y protección. 3.4 Convenio de Basilea sobre el Control de Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación 4. DEFINICIONES ALMACENAMIENTO: Acción de guardar temporalmente desechos en tanto se procesan para su aprovechamiento, se entrega al servicio de recolección, o se disponen de ellos. CONFINAMIENTO CONTROLADO O RELLENO DE SEGURIDAD: Obra de ingeniería para la disposición final de desechos peligrosos que garanticen su aislamiento definitivo y seguro. DESECHOS PELIGROSOS: Son aquellos desechos sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje, utilización o consumo y que contengan algún compuesto que tenga características reactivas, inflamables, corrosivas, infecciosas, o tóxicas, que represente un riesgo para la salud humana, los recursos naturales y el ambiente de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. ETIQUETADO: Acción de etiquetar con la información impresa en la etiqueta. GENERADOR: se entiende toda persona natural o jurídica, cuya actividad produzca desechos peligrosos u otros desechos, si esa persona es desconocida, será aquella persona que éste en posesión de esos desechos y/o los controle. GENERACIÓN: Cantidad de desechos originados por una determinada fuente en un intervalo de tiempo dado. GESTION AMBIENTAL: Conjunto de políticas, normas, actividades operativas y administrativas de planeamiento, financiamiento y control estrechamente vinculadas, que deben ser ejecutadas por el Estado y la sociedad para garantizar el desarrollo sustentable y una óptima calidad de vida. LICENCIA AMBIENTAL: Es la autorización que otorga la autoridad competente a una persona natural o jurídica, para la ejecución de un proyecto, obra o actividad. En ella se establecen los requisitos, obligaciones y condiciones que el beneficiario debe cumplir para prevenir, mitigar o corregir los efectos indeseables que el proyecto, obra o actividad autorizada pueda causar en el ambiente. MANEJO: Se entiende por manejo las operaciones de recolección, envasado, etiquetado, almacenamiento, reuso y/o reciclaje, transporte, tratamiento y disposición final de los desechos, incluida la vigilancia de los lugares de disposición final. MANIFIESTO: Documento Oficial, por el que la autoridad ambiental competente y el generador mantienen un estricto control sobre el transporte y destino de los desechos peligrosos producidos dentro del territorio nacional.
  • 8. MANEJO AMBIENTALMENTE RACIONAL: se entiende la adopción de todas las medidas posibles para garantizar que los desechos peligrosos y otros desechos se manejen de manera que queden protegidos el medio ambiente y la salud humana contra los efectos nocivos que pueden derivarse de tales desechos. RECICLAJE: Proceso de utilización de un material recuperado en el ciclo de producción en el que ha sido generado. RECOLECCIÓN: Acción de transferir los desechos al equipo destinado a transportarlo a las instalaciones de almacenamiento, tratamiento o reciclaje, o a los sitios de disposición final. TRANSPORTE: Cualquier movimiento de desechos a través de cualquier medio de transportación efectuado conforme a lo dispuesto en este reglamento TRATAMIENTO: Acción de transformar los desechos por medio de la cual se cambian sus características. 5. RESPONSABILIDADES Los funcionarios del Ministerio del Ambiente y del Sistema Nacional descentralizado de Gestión Ambiental tienen la responsabilidad de conocer este procedimiento, así como de aplicar los criterios establecidos para el otorgamiento del registro ambiental de generación de desechos peligrosos. Es responsabilidad de los funcionarios verificar que las solicitudes y formularios se encuentren debidamente llenados para proceder a la verificación del cumplimiento de requisitos y el proceso de registro. 6. DESARROLLO Una vez que se ha determinado la peligrosidad de un desecho y se rebasan las cantidades mínimas de generación de acuerdo a: Listado nacional Método de caracterización El generador tendrá la obligación de presentar su registro como generador de desechos peligrosos de acuerdo con los siguientes requisitos 6.1 Registro como generador de desechos peligrosos Los generadores que conforme al reglamento están obligados a registrares ante el Ministerio del Ambiente o la AAAr deberán entregar en oficinas de MAE o de la AAAr o incorporar al portal electrónico del MAE, la siguiente información:
  • 9. A) Información general del generador a) Nombre, denominación o registro único de contribuyentes, domicilio, b) Actividad productiva principal c) Sector Industrial o Servicios. d) Nombre del representante legal y técnico. e) Fecha de inicio de operaciones B) Información específica de generación de desechos peligrosos a) Clasificación de los desechos peligrosos que estime generar b) Cantidad anual estimada de generación de cada uno de los desechos peligrosos por los cuales solicite el registro. c) Envasado, etiquetado y almacenamiento temporal d) Reciclaje o reuso dentro de la instalación e) Prestadores de servicio de recolección y transporte f) Manejo fuera de la instalación g) Disposición final h) Sustancias químicas peligrosas involucradas en la generación de DP Para el ingreso de la información de los incisos a y b se anexa el formulario MA-SGD- HG-RP-01 C) Información complementaria • Informe de regulación municipal y si cuenta con licencia ambiental derivada de la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial. Una vez que el generador de desechos peligrosos presente su hoja general de registro (formulario No. MA-SGD-HG-01), su registro como generador de desechos peligrosos (formulario No. MA-SGD-RG-01) y la información complementaria ante el Ministerio del Ambiente o a la AAAr o se incorpore en el portal del Ministerio del Ambiente se deberá verificar • El llenado correcto del formulario de registro como generador de desechos peligrosos. Asegurarse de que el formulario se llene en forma legible y que los campos 1,2,3,6,7,8,9 y 10 se encuentren llenos. La revisión de los formularios de registro debidamente llenados se efectuará a través del personal de la Autoridad Ambiental Nacional o la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable Acreditado. Una vez que se verifica que se cumple con los requisitos de entrega o llenado de formularios a través del portal del Ministerio del Ambiente, se asignará un Número de registro como generador de desechos peligrosos de acuerdo a la siguiente clave.
  • 10. Fecha de solicitud (mes-año), iniciales de la Subsecretaria, número consecutivo. Si las solicitudes de registro son recibidas directamente en el Ministerio del Ambiente en Quito y Guayaquil se procederá al ingreso de la información a la base de datos del sistema de gestión de desechos peligrosos. Las solicitudes de registros les podrán realizar el generador a través del portal electrónico del Ministerio del Ambiente en donde en forma automática procederán las solicitudes que cumplan con el llenado de campos obligatorios y de acuerdo a criterios establecidos entre el Ministerio del Ambiente y las Autoridades Ambiental Aplicación responsables. 6.2 Emisión del registro como generador de desechos peligrosos Los generadores de desechos peligrosos que presentaron su registro y no realizan actividades de manejo de desechos en sus instalaciones que impliquen el reuso, reciclaje, tratamiento, incineración, coprocesamiento o disposición deberán obtendrán su registro de desechos peligrosos de acuerdo a lo siguiente. El registro ambiental comprenderá, entre otras condiciones, el análisis de la capacidad del generador para un adecuado manejo de desechos peligrosos que cumpla con lo establecido en el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos. En la emisión del registro se notificará al generador la responsabilidad de elaborar un plan de manejo específico para los desechos peligrosos el cual no tendrá que ser presentado a la autoridad ambiental, no obstante el generador establecerá, en forma voluntaria y de acuerdo a su conocimiento y experiencia en el manejo de los desechos peligrosos que genera, una forma de manejo segura y en cumplimiento con la normatividad vigente, en donde se establezcan de ser posible medidas de valorización y minimización de los desechos peligrosos. Aprobación (Inciso b) Artículo 25) Si el Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental Aplicación responsable considera que la información proporcionada en el registro como generador de desechos peligrosos satisface y cumple los requerimientos previstos en su sub-sistema de gestión de desechos peligrosos, lo aprobará. Si la solicitud de registro como generador fuese observada, la autoridad ambiental de aplicación deberá fijar las condiciones o requisitos que el promotor deberá cumplir, en un término de 30 días, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de registro. 6.3 Preparación del oficio de asignación de número de registro (Se adjunta formato para tal efecto). El Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental Aplicación responsable notificará la aprobación de registro de generador de desechos peligrosos mediante la emisión de una resolución que contendrá (Se anexa formato de resolución) o No. Registro como generador de desechos peligrosos
  • 11. o La Especificación de cuáles desechos peligrosos están amparados por el registro. o El número de la libreta de registro de almacenamiento temporal de desechos peligrosos (inventario) o El código para la declaración anual de desechos peligrosos. o El código del manifiesto único o La especificación de las instalaciones autorizadas para la generación. o Los términos en los que se otorga el registro en donde se especifique las obligaciones a las que quedará sujeto el regulado para un adecuado control sobre la generación de desechos peligrosos. El registro contendrá entre otros: el señalamiento de todos y cada uno de los demás requisitos, condiciones y obligaciones aplicables para llevar a cabo la actividad de manejo de desechos peligrosos. El promotor podrá presentar, cuantas veces estime conveniente, nuevas solicitudes de registro que satisfagan todas las condiciones técnicas y legales, del sub-sistema de gestión de desechos peligrosos con referencia a las observaciones que dieron lugar a la resolución desfavorable. 6.4 .Emisión de la orden de pago del registro de personas naturales o jurídicas que generen o manejen desechos peligrosos. (Artículo 11 del Libro IX del Texto Unificado de Legislación Ambiental, “Emisión de licencia de gestión de desechos peligrosos-Licencia”) Una vez verificados los requisitos mencionados el Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable extenderá la orden de pago correspondiente: • Utilizar el formato respectivo numerado de la orden de pago. • Llenar el formato con la información pertinente: razón social, RUC, dirección, aplicación para (generador) o licencia de gestión de desechos (prestador de servicios), observaciones (si las hubiere), fecha de emisión de la orden de pago, nombre de la persona que emite la orden, cargo y firma. • Especificar el monto de la orden de pago: • Para generador: El valor mínimo constante será de 100,00 US. Artículo 11 del Libro IX del Texto Unificado de Legislación Ambiental, “Registro de personas naturales o jurídicas que generen y manejen desechos peligrosos. Nota: La orden de pago deberá ser llenada por el funcionario responsable del Ministerio del Ambiente o de la Autoridad Ambiental Aplicación responsable quien sumillará el documento y lo sellará con el logo correspondiente. • Sellar la orden de pago. • Confirmar que la orden de pago conste de cuatro (4) partes: un original y tres copias. La orden original con dos copias se proporcionará al solicitante.
  • 12. El solicitante entregará este formato en la ventanilla de recaudación que corresponda. Como resultado del pago, el solicitante obtendrá el comprobante de cobro que emite la oficina de recaudaciones mencionada. La cuarta copia de la orden de pago será retenida por la Dirección de Prevención y Control de la Contaminación o la Subsecretaria de Gestión Ambiental Costera. Esta copia será mantenida para el archivo correspondiente. 6.5 Temporalidad del registro El registro para el generador tendrá una vigencia indefinida 6.6. Formatos para la solicitud de registro para el generador de desechos peligrosos. El Ministerio del Ambiente a través de la Dirección de Control y Prevención de la Contaminación (Quito) y la Subsecretaria de Gestión Ambiental Costera (Guayaquil) de proporcionará los formularios de solicitud a las Autoridades Ambientales Aplicación y a los generadores para la aplicación del presente procedimiento. Se anexan los documentos siguientes: Formulario General de Registro (MA-SGD-HGR) Formulario de Registro como empresa generadora de desechos peligrosos (MA-SGD- RG) Formulario de declaración anual de generación y manejo de desechos peligrosos (MA- SGD-DA) Formato de resolución de registro. 6.7 Registro a través del portal electrónico del Ministerio del Ambiente 6.7.1 El Ministerio del Ambiente diseñará la metodología para uniformar y estandarizar los instrumentos informáticos para la integración de la información que reciba el mismo ministerio y las Autoridades Ambientales de Aplicación responsables. 6.7.2 El ministerio publicará en su portal electrónico los criterios y metodología para el registro y licenciamiento de los generadores y prestadores de servicio por medio de la red “Internet”. Los criterios y metodología deberán obedecer a lo que se establece en el presente procedimiento. 6.7.3 A través del portal electrónico se podrá llenar el formulario general de registro, el registro como generador o prestador de servicio, la solicitud de manejo de desechos y la declaración anual de generación y manejo. 6.7.4 Una vez que se llenen los formularios a través del portal, se anexarán en formato electrónico tales como archivos de imagen u otros análogos los documentos que se solicitan en el presente procedimiento, los cuáles son al menos los siguientes: Informe de regulación municipal, licencia ambiental derivada de la evaluación de impacto ambiental presentar la Constancia de Registro u oficio resolutivo
  • 13. 6.7.5 Una vez incorporados los datos por el promotor, el Ministerio emitirá automáticamente, a través del sistema, el número de registro o licencia de desechos peligrosos 6.7.6 En caso de que para el interesado no fuera posible anexar electrónicamente los documentos señalados en el punto 6.7, podrá enviarlos a la dirección electrónica que para tal efecto se habilite o presentará copia de los mismos en las oficinas del ministerio o de la Autoridades Ambientales de Aplicación responsables y realizará la incorporación de la información señalada en el punto 6.7.3 directamente en el Ministerio del Ambiente o con la Autoridades Ambientales de Aplicación.
  • 14. MINISTERIO DEL AMBIENTE SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA REGISTRO GENERAL PARA LOS TRÁMITES DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE O DE LA INSTITUCION INTEGRANTE DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTION AMBIENTAL (MA-SGD-HGR-01) PARA SER LLENADO POR EL MAE O INSTITUCIONES INTEGRANTES DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTIÓN AMBIENTAL 1) SOLICITUD NÚMERO: 2) REGISTRO PARA: (Si el generador pretende realizar actividades de reuso, reciclaje, transporte y/o tratamiento deberá indicarlo marcando las dos opciones) GENERADOR ( ) PRESTADOR DE SERVICIOS PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS: Reciclaje ( ) Reuso ( ), Transporte ( ),Tratamiento: físico, químico o biológico ( ); Coprocesamiento ( ), Incineración ( ), Disposición final ( ) 3) NÚMERO DE LICENCIA AMBIENTAL: (Si cuenta con este número, derivado de la evaluación de impacto ambiental presentar la Constancia de Registro u oficio resolutivo) 4) RECIBIDO POR: Nombre y firma (Sello con fecha de recibido) 5) ENVIAR A (Marcar con una X) Ministerio del Ambiente. Subsecretaría de calidad ambiental. Institución integrante del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental PARA SER LLENADO POR EL SOLICITANTE 6) NOMBRE DE LA EMPRESA Nombre y firma del representate legal, cargo Declaramos que la información contenida en esta solicitud y sus anexos es fidedigna y que puede ser verificada por el MAE, la que en caso de omisión o falsedad, podrá invalidar el trámite y/o aplicar las sanciones correspondientes. Nombre y firma del responsable técnico
  • 15. DATOS DE REGISTRO 1) NOMBRE DE LA EMPRESA QUE SOLICITA EL TRÁMITE RUC: 2) ACTIVIDAD productiva PRINCIPALDEL ESTABLECIMIENTO 3) DOMICILIO DE SOLICITANTE Calle: Número: Provincia: Parroquia: Teléfonos: Fax: Correo electronico: 4) DOMICILIO DEL ESTABLECIIENTO (En caso de que el establecimiento o instalación generadora de desechos peligrosos tenga otra dirección a la del domicilio manifestada en el apartado anterior, indicarla en esta sección. Calle: Número: Provincia: Parroquia: Teléfonos: Fax: Correo electronico: 5) SECTOR AL QUE PERTENECE EL SOLICITANTE Extracción de petróleo y Gas Natural Coque y productos de refinación del petróleo Fabricación de sustancias y productos químicos Papel y productos de papel Productos de caucho y plástico Textiles Vehículos automotores Producción de madera Maquinaria y equipo Explotación de minas y extracción de minas y canteras Alimentos y bebidas Transporte Comunicaciones Electricidad, gas o agua. Agricultura, horticultura, floricultura, acuacultura, forestería, Pinturas, barnices y productos y servicios relacionados. Otros 6) FECHA DE INICIO DE OPERACIÓN: DIA MES ANO 7) Documentos que debe anexar para inicio del trámite: Informe de Regulación Municipal(uso de suelo)
  • 16. ANEXO A MINISTERIO DEL AMBIENTE. SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA SISTEMA DE GESTION DE DESECHOS PELIGROSOS Pag REGISTRO COMO EMPRESA GENERADORA DE DESECHOS PELIGROSOS MA-SGD-RG-01 1. LLENAR LA HOJA GENERAL DE REGISTRO, QUE CONTIENE LOS DATOS GENERALES DE LA EMPRESA. 2. IDENTIFICACIÓN Y GENERACIÓN ANUAL DE DESECHOS PELIGROSOS DE LA INSTALACIÓN GENERACIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS IDENTIFICACIÓN DEL DESECHO GENERACIÓN ANUAL CLAVE DE ACUERDO AL PUNTO(S) DE NOMBRE DE DESECHO DE ACUERDO A LISTADO NACIONAL DE CATEGORIA (3) CRTIB CANTIDAD UNIDAD (4) GENERACIÓN (5) LISTADO NACIONAL DE DESECHOS (1) DESECHOS PELIGROSOS (2) 3. ENVASADO DE DESECHOS PELIGROSOS ENVASADO DE DESECHOS PELIGROSOS CLAVE DEL DESECHO (2) TIPO DE ENVASE (6) CAPACIDAD DE ENVASE INCOMPATIBLE CON CANTIDAD CAPACIDAD UNIDAD Para envases tipo 11 indicar Dimensiones: Forma: Material Cantidad Capacidad
  • 17. ANEXO A 4. ETIQUETADO ETIQUETADO DE DESECHOS PELIGROSOS CLAVE DEL DESECHO METODO DE ETIQUETADO (7) OBSERVACIONES 5. ALMACENAMIENTO TEMPORAL ALMACENAMIENTO TEMPORAL DE DESECHOS PELIGROSOS ALMACENAMIENTO IDENTIFICA CION DE CLAVE DEL DESECHO Carácterísticas del almacén (8) Capacidad total por almacén ALMACEN Local(8.1) Material(8.2) Ventilación (8.3) Iluminación (8.4) Cantidad Unidad (4) ALMACENAMIENTO TEMPORAL DE DESECHOS PELIGROSOS CUENTA CON CUENTA CON IDENTIFICACI CUENTA CON SEÑALAMIENTOS CUENTA CON FOSAS DE RETENCIÓN CAPACIDAD DE FOSAS DE TRINCHERAS O CUENTA CON SISTEMAS DE SISTEMA DE ON DE Y LETREROS DE O MUROS DE CONTENCIÓN RETENCIÓN DE DERRAMES CANALETAS PARA EXTINCIÓN DE INCENDIO DETECCION Y ALMACEN COMUNICACIÓN DE RIESGOS CONDUCIR DERRAMES ALARMA Tipo de almacén (marcar con X) Dimensiones (m) Abierto Largo: Ancho: Altura: Cerrado Largo: Ancho: Altura:
  • 18. ANEXO A 6. RECICLAJE O TRATAMIENTO DENTRO DE LA INSTALACIÓN ¿RECICLA O DA TRATAMIENTO A SUS DESECHOS DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO ? : ( ) SI ( ) NO Nota: En caso de dar manejo que incluya cualquier tipo de reuso, reciclaje o tratamiento el generador deberá presentar su registro y EN CASO DE SER AFIRMATIVA SU RESPUESTA, ANOTE LOS DATOS CORRESPONDIENTES EN LA SIGUIENTE TABLA EN CASO RECUPERACIÓN, RECICLAJE O TRATAMIENTO DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO IDENTIFICACIÓN DEL RESIDUO MÉTODO DE RECICLAJE O TRATAMIENTO INTERNO CAPACIDAD CLAVE DEL RESIDUO CLAVE (9) CANTIDAD UNIDAD (3) 7. PRESTADORES DE SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE DESECHOS CLAVE DEL DESECHO NOMBRE DE EMPRESA PRESTADORA NO. DE LICENCIA O TIPO DE TRATAMIENTO 8. TRASLADO TERRESTRE DEL DESECHO CLAVE DEL DESECHO CANTONES PROVINCIAS CANTON DE DESTINO PROVINCIA DE DESTINO
  • 19. ANEXO A 9. REUSO O TRATAMIENTO FUERA DE LA INSTALACIÓN RECUPERACIÓN, RECICLAJE O TRATAMIENTO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO MÉTODO DE RECICLAJE O TRATAMIENTO EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO CLAVE CAPACIDAD ANUAL DEL NUMERO DE LICENCIA O CLAVE (9) NOMBRE DESECHO CANTIDAD UNIDAD (3) AUTORIZACION 10. DISPOSICION FINAL EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO CLAVE COORDENADAS DEL NUMERO DE LICENCIA O SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL, PROVINCIA, NOMBRE DE LA EMPRESA GEOGRAFICAS DESECHO AUTORIZACION CANTON Y PARROQUIA DEL SITIO 11. SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSAS ANEXO A NUMERO DE REGISTRO O LICENCIA RELACION SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSAS-DESECHOS PELIGROSOS LISTADO NACIONAL DE DESECHOS PUNTO(S) DE SUSTANCIA QUIMICA PELIGROSA INVOLUCRADA EN LA GENERACION PELIGROSOS (1) GENERACIÓN (5) NOMBRE SUSTANCIA CLAVE O NO. CANTIDAD UNIDAD Los números entre paréntesis indica la clave correspondiente al catálogo de claves. El generador deberá contratar exclusivamente los servicios de transporte, reciclaje, tratamiento y/o disposición final de residuos peligrosos con Empresas Autorizadas por el Ministerio Para cualquier aclaración, duda y/o comentario con respecto a este trámite, sirvase llamar al servicio de Atención Telefónica a del Ministerio del Ambiente a los teléfonos 022523269 en
  • 20. AVISO DE INSCRIPCIÓN COMO EMPRESA GENERADORA DE RESIDUOS PELIGROSOS CLAVES PARA EL LLENADO DEL FORMATO NOMBRE DE DESECHO DE ACUERDO A LISTADO NACIONAL DE DESECHOS (1) Indicar el nombre del desecho peligroso de acuerdo al listado nacional de desechos. Si el residuo no aparece en el listado se deberá indicar el nombre genérico y sus características CRTIB. CLAVE (2) Indicar clave del desechos de acuerdo al listado naciondal de desechos. CLAVE DE CATEGORÍA (3) Indicar clave de la categoría del desecho peligroso de acuerdo a la tabla siguiente. CATEGORÍA TIPO CLAVE CATEGORÍA TIPO CLAVE DIELÉCTRICOS O5 LODOS ACEITOSOS L6 LUBRICANTES O1 GALVANOPLASTÍA L3 HIDRÁULICOS O3 PROCESO DE PINTURAS L5 ACEITES GASTADOS SOLUBLES O2 TEMPLADO DE METALES L4 TEMPLADO DE METALES O6 LODOS PROVENIENTES DE: TRATAMIENTO DE AGUAS DE L2 PROCESO TRATAMIENTO DE AGUAS OTROS (ESPECIFIQUE) O4 L1 NEGRAS CATALÍTICAS B1 OTROS (ESPECIFIQUE) L7 TELAS, PIELES O ASBESTO BREAS DE DESTILACIÓN B2 SO1 ENCAPSULADO OTRAS (ESPECIFIQUE) B3 DE MANTENIMIENTO AUTOMOTRIZ SO2 SÓLIDOS CULTIVOS Y CEPAS BI1 CON METALES PESADOS SO5 OBJETOS PUNZOCORTANTES BI2 TORTAS DE FILTRADO SO3 BIOLÓGICO-INFECCIOSOS RESIDUOS PATOLÓGICOS BI3 OTROS (ESPECIFIQUE) SO4 RESIDUOS NO ANATÓMICOS BI4 ORGÁNICOS S1 SOLVENTES SANGRE BI5 ORGANOCLORADOS S2 ESCORIAS CON METALES FINAS E1 ACIDOS C1 SUSTANCIAS CORROSIVAS PESADOS GRANULARES E2 ALCALIS C2 LÍQUIDOS RESIDUALES DE CORROSIVOS LR1 OTROS RESIDUOS PELIGROSOS (ESPECIFÍQUE) O PROCESO NO CORROSIVOS LR2 UNIDAD (4) La unidad se deberá expresar con el siguiente catálogo: CLAVE UNIDAD CLAVE UNIDAD 1 TONELADAS 3 METROS CÚBICOS 2 LITROS 4 PIEZAS 5 KILOS CLAVE (5) Punto de generación PUNTO DE GENERACION CLAVE PUNTO DE GENERACIO CLAVE TRANSPORTE DE INSUMO TI DESCARGA DEL DP PRODUCTO ALMACENAMIENTO DE AMI SERVICIOS AUXLIARES SAX INSUMO PROCESO PRODUCTIVO PP MANTENIMIENTO MN ALMACENAMIENTO DE AMP SUBPRODUCTO SP PRODUCTO CONTROL DE CALIDAD CC OTROS OT TRANSPORTE DEL TP PRODUCTO
  • 21. CLAVE (6) El tipo de envase se deberá expresar de acuerdo al siguiente catálogo. TIPO CLAVE TANQUE DE 55 Gal 1 CANECA 2 SACO O COSTAL 3 A GRANEL BAJO TECHO 4 A GRANEL A LA INTEMPERIE 5 EN TOLVA 6 CONTENEDOR METALICO 7 CONTENEDOR PLASTICO 8 BOLSA PLASTICA 9 EMBALAJE CARTON 10 OTRO 11 Nota: Todos los envases deberán contar con una etiqueta de comunicación de riesgos en base al rombo NFPA CLAVE (7) El formato de etiqutado se deberá expresar de acuerdo al siguiente catálogo TIPO CLAVE ETIQUETA ADHERIBLE 1 PLACA 2 MARCADO 3 OTRO 4 CLAVE (8) CARACTERISTICAS DEL ALMACEN 8.2 MATERIAL DE 8.1 LOCAL CLAVE CONSTRUCCION CLAVE CERRADO LC INFLAMABLE MI ABIERTO LA NO INFLAMABLE NI 8.3 VENTILACION 8.4 ILUMINACION NATURAL VN ILUMINACION NATURAL IN A PRUEBA DE FORZADA VF EXPLOSIONES SE NO ES A PRUEBA DE EXPLOSIONES NE
  • 22. CLAVE (9) Clave de recuperación, tratamiento o disposición final de acuerdo a las siguiente tabla: CLASIFICACIÓN OPERACIÓN CLAVE CLASIFICACIÓN OPERACIÓN CLAVE CENTRIFUGACIÓN TF4 REUTILIZACION RA1 COAGULACIÓN TF5 CALDERAS RE1 CRIBADO TF6 HORNOS ROTATORIOS RE2 DESTILACIÓN TF7 RECUPERACION DE ENERGIA OTROS HORNOS (ESPECIFIQUE) RE3 DIÁLISIS TF8 OTRAS FORMAS (ESPECIFIQUE) RE4 ELECTRODIÁLISIS TF9 ALTA TEMPERATURA RM1 ENCAPSULACIÓN TF10 ELECTROLÍTICO RM2 TRATAMIENTO FISICO ESPESADO DE LODOS TF11 FUNDICIÓN SECUNDARIA RM3 EVAPORACIÓN TF12 Reciclado RECUPERACIÓN DE METALES INTERCAMBIO IÓNICO RM4 EXTRACCIÓN CON DISOLVENTE TF14 Tratamiento LIXIVIADO ÁCIDO RM5 FILTRACIÓN TF15 ÓSMOSIS INVERSA RM6 FLOTACIÓN TF16 OTROS MÉTODOS (ESPECIFIQUE) RM7 ÓSMOSIS INVERSA TF17 DESTILACIÓN RS1 SEDIMENTACIÓN TF18 EVAPORACIÓN RS2 ULTRAFILTRACIÓN TF19 RECUPERACIÓN DE SOLVENTES Y COMPUESTOS ORGÁNICOS ESTABILIZACIÓN O EXTRACCIÓN CON SOLVENTES RS3 TQ1 SOLIDIFICACIÓN OTROS MÉTODOS (ESPECIFIQUE) RS5 NEUTRALIZACIÓN TQ2 RECUPERACION DE CATALIZADORES RC 1 OXIDACIÓN QUIMICA TQ3 OBTENCIÓN DE ENERGÍA CP1 PRECIPITACIÓN TQ4 TRATAMIENTO QUÍMICO OBTENCIÓN DE MATERIAS PRIMAS CP2 REDUCCIÓN TQ5 COPROCESAMIENTO OBTENCIÓN DE ENERGÍA Y DE CP3 COAGULACION-FLOCULACION TQ6 MATERIAS PRIMAS OTROS CP4 ABSORCION TQ7 ESTERILIZACION (AUTOCLAVE) TDB1 TRATAMIENTO BIOLOGICO DESECHOS TRATAMIENTO TERMICO TDB2 DESINFECCION QUIMICA TDB3 OTROS TDB4 DIGESTIÓN ANAEROBIA TB1 RELLENO DE SEGURIDAD DF1 REINYECCION CONTROLADA EN FILTROS ANAEROBIOS TB2 DF2 TRATAMIENTO BIOLÓGICO DISPOSICION FINAL POZO PROFUND LAGUNAS AIREADAS MECÁNICAMENTE TB3 OTROS DF3 Tratamiento BIOTRATAMIENTO IN SITU INCINERACION (OXIDACION TT1 TERMICA) OTROS MÉTODOS DE RECUPERACIÓN (Especifique) OR1 PIRÓLISIS TT2 TRATAMIENTO TÉRMICO GASIFICACION TT3 PLASMA TT4 OTROS MÉTODOS DE TRATAMIENTO OMT1 DESORCION TERMICA DIRECTA TT5 DESORCION TERMICA INDIRECTA TT6 CLAVE (10) Indicar el tipo de tratamiento de acuerdo a la siguiente tabla CLASIFICACIÓN CLAVE RECUPERACIÓN DE MATERIALES RM REMOCIÓN DE IMPUREZAS RI REUSO RU RECUPERACIÓN DE ENERGIA Y CO MATERIALES (CO-PROCESAMIENTO) TRATAMIENTO BIOLOGICO TB TRATAMIENTO TERMICO TT TRATAMIENTO FISICO TF TRATAMIENTO QUIMICO TQ DISPOSICION FINAL DF OTROS METODOS DE OT TRATAMIENTO
  • 23. REGISTRO DE GENERADORES DE DESECHOS PELIGROSOS Fecha: Responsable o representante de la Empresa Cargo o puesto en la empresa Dirección Con fundamento en los artículos No. 160 numeral 5 y No. 204 del Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos; el Ministerio del Ambiente otorga a la empresa: lo siguiente: El Número de Registro Ambiental como Generador de Desechos Peligrosos Código de desecho Desecho Peligroso El registro cubre los siguientes desechos Código de Declaración Anual Código de Manifiesto Único El número de la libreta de registros de almacenamiento temporal de desechos peligrosos (inventario) Para las instalaciones Debiendo sujetarse en todo momento a lo establecido en la Ley de Prevención y Control de Contaminación Ambiental, Ley de Gestión Ambiental, Reglamento a la Ley de Gestión
  • 24. Ambiental para la prevención y control de la contaminación ambiental y demás disposiciones jurídicas aplicables dentro de los siguientes términos: 1. Remitir a la Dirección de Control y Prevención de la Contaminación del Ministerio del Ambiente o a la Autoridad Ambiental de Aplicación Acreditada, una declaración anual (Formulario DA-SGD- 01) de los movimientos que hubiere efectuado con sus desechos peligrosos generados mediante el formato que ésta misma disponga, la cual deberá contener al menos: registros sobre el origen de los desechos, cantidades producidas, transporte utilizado y destino de los desechos; los mismos que deberán entregarlos debidamente llenados con fecha límite, diciembre de cada año. Debiendo citar el número de registro ambiental, número de licencia ambiental, código de declaración anual y el número de libro de registro de los movimientos de entrada y salida de desechos peligrosos en su área de almacenamiento temporal. 2. Dar a los desechos peligrosos, el manejo previsto en el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por desechos peligrosos. 3. Mantener disponible el número de libro de registro de los movimientos de entrada y salida de desechos peligrosos en su área de almacenamiento temporal (llevar una bitácora mensual sobre la generación de desechos peligrosos y el almacenamiento temporal). 4. Manejar los desechos peligrosos que sean incompatibles en términos de la legislación ecuatoriana en forma separada. 5. Envasar los desechos peligrosos en recipientes que reúnan las condiciones de seguridad. 6. Etiquetarlos de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Ministerio del Ambiente 7. Almacenar sus desechos peligrosos en condiciones de seguridad y en áreas que cumplan con lo dispuesto en el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos y en los lineamientos establecidos por el Ministerio del Ambiente. 8. Transportar los desechos peligrosos en vehículos de empresas que cuenten con licencia ambiental. 9. Tratar y disponer sus desechos peligrosos en sitios de empresas que cuenten con la licencia ambiental correspondiente 10. Dar a sus desechos peligrosos el tratamiento que corresponda de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento y marco legal aplicable. 11. Los demás previstos en el Reglamento correspondiente y en otras disposiciones aplicables. 12. Presentar un programa de minimización de residuos en un plazo de 4 meses a partir del otorgamiento de la presente autorización (Artículo 160, No.1). 13. El representante de la empresa deberá brindar todas las facilidades y apoyos necesarios al personal facultado del Ministerio del Ambiente en la supervisión del cumplimiento a las condicionantes establecidas en el presente documento, así mismo deberá acatar las indicaciones que en su momento se determinen.
  • 25. MINISTERIO DEL AMBIENTE SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA CLAVE DEL MANIFIESTO MANIFIESTO UNICO DE ENTREGA, TRANSPORTE Y RECEPCION DE DESECHOS PELIGROSOS 1.-NÚM. DE REGISTRO COMO GENERADOR 2. NUM. DE LICENCIA AMBIENTAL 3-No. DE MANIFIESTO 4.- PAGINA DE DESECHOS. d/m/a 5.-NOMBRE DE LA EMPRESA GENERADORA: 6. REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES 7.-NOMBRE DE LA INSTALACION GENERADODRA: DOMICILIO PROV. (CALLE Y NO): PARROQUIA: CANTON Autoridades Ambientales de Aplicación GENERADOR No ONU TEL 8.- DESCRIPCION (Nombre del desecho de Código del desecho CONTENEDOR CANTIDAD TOTAL UNIDAD acuerdo al listado Nacional e indicar CRTI B DEL DESECHO VOLUMEN/PESO TIPO CAPACIDAD 9.- INSTRUCCIONES ESPECIALES E INFORMACION ADICIONAL PARA EL MANEJO SEGURO (INDICAR INCOMPATIBILIDAD): 10.- CERTIFICACION DEL GENERADOR: DECLARO QUE EL CONTENIDO DE ESTE LOTE ESTA TOTAL Y CORRECTAMENTE DESCRITO MEDIANTE EL NOMBRE DEL DESECHO, CARACTERISTICAS CRTI, BIEN EMPACADO, ENVASADO MARCADO Y ROTULADO, NO ESTÁ MEZCLADO CON DESECHOS O MATERIALES INCOMPATIBLES, SE HAN PREVISTO LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA SU TRANSPORTE POR VIA TERRESTRE DE ACUERDO A LA LEGISLACION NACIONAL VIGENTE. NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL RESPONSABLE TELEFONO Y/O CORREO ELECTRONICO DE RESPONSABLE NO. DE RESOLUTIVO DE NO FECHA: REUSO/RECICLAJE EN LA INSTALACIÓN. 11.- NOMBRE DE LA EMPRESA TRANSPORTISTA: DOMICILIO: TEL. NO. DE LICENCIA NO. DE LICENCIA DE NO. DE PLAN DE CONTINGENCIAS APROBADO: AMBIENTAL DEL MAE: POLICIA NACIONAL. TRANSPORTE Si el desecho se exporta, indicar No de embarque: Puerto de salida: Fecha: Autorización: 12- RECIBI LOS DESECHOS DESCRITOS EN EL MANIFIESTO PARA SU TRANSPORTE. NOMBRE: FIRMA CARGO: FECHA DE EMBARQUE: DIA MES AÑO 13.- RUTA DE LA EMPRESA GENERADORA HASTA SU ENTREGA. PROVINCIA, CANTON Y CARRETERAS O CAMINOS PARROQUIAS UTILIZADOS INTERMEDIAS 14.- TIPO DE VEHICULO No. DE PLACA:
  • 26. MINISTERIO DEL AMBIENTE SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA CLAVE DEL MANIFIESTO D 15.- NOMBRE DE LA EMPRESA DESTINATARIA: E 15.1 NÚMERO DE LICENCIA AMBIENTAL: S T DOMICILIO I N 15.2 En caso de existir diferencias en la Verificación de entrega (Marcar con una X) : A Cantidad Tipo Desecho Rechazo parcial Rechazo total T 15.3 Destinatario alterno. Nombre: A R Teléfono: No. de Licencia Ambiental I 15.4 Nombre y Firma del responsable del destinatario alterno. Fecha O DIA MES AÑO REUSO/RECICLAJE TRATAMIENTO CO- INCINERACIÓN RELLENO DE OTROS 15.5 MANEJO QUE SE DARÁ AL DESECHO (Indicar PROCESAMIENTO SEGURIDAD con X y o especificar) 15.6 CERTIFICACION DE LA RECEPCION DE LOS DESECHOS DESCRITOS EN EL MANIFIESTO INDICADOS EN EL MANIFIESTO EXCEPTO LO INDICADO EN EL PUNTO 12.2 OBSERVACIONES: NOMBRE: FIRMA: CARGO: FECHA DE RECEPCIÓN: DIA MES AÑO INSTRUCCIONES: 1. Una vez que el generador obtenga el No. de registro y de Licencia Ambiental como generador de desechos peligroso deberá obtener del Ministerio del Ambiente el presente formato 2. Para cada embarque o volumen de transporte, el generador deberá entregar al transportista un manifiesto en original, debidamente firmado, y dos copias del mismo. 3. El transportista conservará una de las copias que le entregue el generador, para su archivo, y firmará el original del manifiesto, mismo que entregará al destinatario, junto con una copia de éste, en el momento en que le entregue los desechos peligrosos al destinatario. 4. El destinatario de los desechos peligrosos conservará la copia del manifiesto que le entregue el transportista, para su archivo, y firmará el original, mismo que deberá remitir de inmediato al generador. 5. El original del manifiesto y las copias del mismo, deberán ser conservadas por el generador, por el transportista y por el destinatario de los desechos peligrosos, respectivamente, conforme lo marque el Ministerio del Ambiente. 6. Una vez que los desechos peligrosos y el manifiesto se haya entregado al transportista y de contar con los medios, el generador podrá enviar vía correo electrónico o fax este manifiesto al Ministerio del Ambiente al correo electrónico: dnpcc@ambiente.gov.ec; mma@ambiente.gov.ec mma@ambientegye.gov.ec; o al No. de Fax 022523269, 042683995 7. Llenar con letra de molde, máquina o computadora.
  • 27. ANEXO DECLARACION ANUAL DE GENERACION Y MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS DATOS DE REGISTRO Para ser llenado por el establecimiento industrial MA-SGD-DA DECLARACION ANUAL(Indicar Año): 1) NOMBRE DE LA EMPRESA: RUC: 2) NUMERO DE REGISTRO AMBIENTAL COMO EMPRESA 3) NUMERO DE LICENCIA AMBIENTAL COMO PRESTADOR DE GENERADORA: SERVICIO DE MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS: 4) NUMERO DE LICENCIA COMO EMPRESA QUE MANEJA SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSAS: 5) PRINCIPAL ACTIVIDAD PRODUCTIVA DEL ESTABLECIMIENTO: 6) RESPONSABLE TECNICO (Responsable de la gestión ambiental en la empresa para consulta y/o aclración de información 7) NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL CONSULTOR (En el caso de que la declaración anual haya sido elaborada por un consultor 8) NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DECLARACION JURAMENTADA de que la información contenido en este formulario y sus anexos es fidedigna y puede ser sujeta a comprobación por la Autoridad Competente, que en caso de omisión o falsedad podrá invalidar el trámite y/o aplicar las sanciones correspondientes. FECHA:
  • 28. ANEXO Declaracion anual: 1. DECLARACION ANUAL DE LA GENERACION, MANEJO Y TRANSFERENCIA DE DESECHOS PELIGROSOS En esta sección se solicita información de los desechos peligrosos, tales como datos de generación, valorización y transferencia para su reutilización, reciclado, coprocesamiento, incineración y disposición final, para establecimientos generadores de desechos peligrosos y para prestadores de servicios que generen desechos. El generador deberá contratar exclusivamente los servicios de empresas autorizadas 1.1 DECLARACION DE GENERACION DE DESECHOS PELIGROSOS Esta tabla deberá llenarse por el establecimiento que genere desechos peligrosos (incluye empresas prestadoras de servicio de manejo que generen desechos peligrosos). El generador deberá contratar exclusivamente los servicios de empresas autorizadas para el manejo de desechos peligrosos. Materiales o Identifiación del residuo Generación anual del desecho 7 sustancia Potencialidad de valorizacion del desecho Area de peligrosas Residuo Reuso directo del 1 Nombre del desecho de 3 4 5 Recuperación de Recuperación de Generación involucradas en la Clave CRTIB Cantidad Unidad 6 desecho en otro 2 acuerdo al listado Nacional. Nuevo energía Materiales generación proceso 1 Indicar si el desecho peligroso fue generado en el área de transporte de insumo (TI), almacenamiento de insumos (AMI), en el proceso productivo (PP), Almacenamiento de producto (PR), Control de calidad (CC), trasnporte del producto (TP), descarga del producto (DES), servicios auxiliares (SAX), mantenimiento (MN), otras (O) especifique. Si no se generaron desechos peligrosos en el año de declaracion entonces indicar NA.. 2. Indicar la clave de la sustancia química peligrosa de acuerdo a Norma INEN 2-266:2000 3 Indicar la clave del desecho de acuerdo al Listado Nacional de Desechos 4. Indicar la característica CRTIB del desecho de acuerdo a lo indicado en el listado Nacional o de acuerdo al análisis realizado por un laboratorio acreditado. 5. Indicar si son Toneladas (1), Litros (2), Metros cúbicos (3). 6. Indicar con una X si es un residuo nuevo generado en el establecimiento. 7. Indicar con una X si el residuo tiene potencial de los aspectos señalados. Si es el caso indicar más de una X
  • 29. ANEXO 1.2 DECLARACION DE TRANSFERENCIA DE DESECHOS PELIGROSOS Esta tabla deberá llenarse por el establecimiento que genere desechos peligrosos (incluye empresas prestadoras de servicio de manejo que generen desechos peligrosos). El generador deberá contratar exclusivamente los servicios de empresas autorizadas para el manejo de desechos peligrosos. Identificación del desecho Destino de desechos peligrosos generados Transferencia anual de desechos Nombre y No. de licencia de la Nombre y No. El desecho se empresa Nombre del desecho de autorización transporta fuera Modalidad de prestadora de de acuerdo al listado Clave 1 Cantidad Unidad 2 Destino 3 de transportista del cantón o manejo 4 5 servicios para Nacional. provincia 6 manejo de desechos 7 OBSERVACIONES: 1 Indicar la clave del desecho de acuerdo al Listado Nacional de Desechos 2. Indicar si son Toneladas (1), Litros (2), Metros cúbicos (3) y piezas (4). 3. Anote el tipo de transferencia. El residuo se transfirió para: recuperación de materiales (RM), remoción de impurezas (RI), Reuso (RU) , Coprocesamiento (CO), Tratamiento biológico (TB), Tratamiento Térmico (TT), Tratamiento físico (TF), Tratamiento Químico (TQ), Incineración (IN), Disposición final (DF), Otros especificar (OT1). Si el desecho tuvo más de un destino en el año indíquelo. 4. Anotar la clave de acuerdo a la tabla 1.1 de este formulario correspondiente a los procesos típicos de reutilización, reciclado, coprocesamiento, tratamiento, y disposición final de desechos peligrosos, si es el caso indicar más de una clave. 5. Anote el Número de licencia de autorización para empresas prestadoras de servicios para la recolección y transporte de desechos peligrosos otorgada por el MAE o Autoridad competente. En caso de no contar con ese número anotar ND e indicar las razones en el espacio de observaciones de este formulario. 6. Indicar con una X si el desecho se transporta fuera del cantón o provincia de donde fue generado. 7. Anote el Número de licencia para reutilización, reciclado, coprocesamiento, tratemiento, incineración o disposición final de desechos peligrosos otorgado por el MAE o la Autoridad Competente. En caso de no contra con ese número anotar ND e indicar las razones en el espacio de observaciones de este formulario.
  • 30. ANEXO 1.3 DECLARACION DE DESECHOS PELIGROSOS ALMACENADOS DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO DEL GENERADOR O DEL PRESTADOR DE SERVICIOS DE MANEJO. Esta tabla deberá llenarse por el establecimiento que genere desechos peligrosos y por el prestador de servicios de manejo que almacene desechos peligrosos. El generador deberá contratar exclusivamente los servicios de empresas autorizadas para el manejo de desechos peligrosos y el prestador de servicios de manejo deberá recibir desechos únicamente de establecimientos generadores y de transportistas con licencia ambiental. 2 3 Tipo de almacenamiento Características del almacén Desechos peligrosos almacenados Identificación de Identifiación del desecho 9 1 A la Cantidad 7 Forma de Período almacén Bajo techo Nombre del 5 6 Unidad 8 intemperie 4 Clave Anual almacenamiento (Días) Local Ventilación Iluminación desecho 1. Indicar el mismo almacén que se declaró en el aviso de registro como generador de desechos peligrosos. 2. Marcar con una X la columna correspondiente. Si en un mismo almacén se presentan las dos modalidades marcar ambas. 3. Indicar si el local es cerrado (LC) o abierto (LA); si la ventilación es natural (VN); forzada (VF) o no existe (VI) y si la iluminación es natural (IN), a prueba de explosiones (SE) o no es aprueba de explosiones (NE). 4. Indicar el nombre del desecho de acuerdo al listado nacional de desechos. 5. Indicar la clave del desecho de acuerdo al listado nacional de desechos. 6. Cantidad total anual de desecho peligroso almacenado 7. Indicar si son Toneladas (1), Litros (2), Metros cúbicos (3). 8. Indicar forma de almacenamiento: Tanque 55 gal (1), caneca (2), saco (3), a granel bajo techo (4), a granel a la intermperie (5), en tolva (6), contenedor metálico (7), contendedor plástico (8), bolsa plastica (9), otro (10). 9. Tiempo máximo de almacenamiento de un lote de desecho, en días.
  • 31. ANEXO 1.4 MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS Esta tabla deberá llenarse por empresas prestadoras de servicios de manejo o generadores que reutilicen, reciclen, coprocesen, incineren, traten o confinen (disposicón final) desechos peligrosos. Las empresas generadores que lleven a cabo estas actividades de manejo deberán llenar esta tabla. Identificación del desecho Total manejado Datos de recolector y transportista 6 Tipo de Licencia Nombre del desecho Modalidad Nombre y Tratamiento transferenc ambietnal de acuerdo al listado Clave 1 CRTIB 2 3 de manejo 4 Cantidad Unidad 5 Cantidad Unidad 5 licencia ia anual Nacional. ambiental Por la misma empresa Dentro del generadora estableci miento Por empresa prestadora de servicio Fuera del establecimiento por empresa prestadora del servicio 1. Indiclar clave de acuerdo al listado nacional de desechos 2. Indicar la característica CRTIB del desecho de acuerdo a lo indicado en el listado Nacional o de acuerdo al análisis realizado por un laboratorio acreditado. 3. Anote el tipo de transferencia. El residuo se transfirió para: recuperación de materiales (RM), remoción de impurezas (RI), Reuso (RU) , Coprocesamiento (CO), Tratamiento biológico (TB), Tratamiento Térmico (TT), Tratamiento físico (TF), Tratamiento Químico (TQ), Incineración (IN), Disposición final (DF), Otros especificar (OT1). Si el desecho tuvo más de un destino en el año indíquelo 4. Anotar la clave de acuerdo a la tabla 1.1 de este formulario correspondiente a los procesos típicos de reutilización, reciclado, coprocesamiento, tratamiento, y disposición final de desechos peligrosos, si es el caso indicar más de una clave. 5. Indicar si son Toneladas (1), Litros (2), Metros cúbicos (3) 6. Indicar el nombre y número de licencia ambiental de la empresa prestadora del servicio de recolección y transporte de desechos peligrosos otorgado por el MA o por la institucion integrante del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental.
  • 33. ANEXO A Tabla 1. Claves de reutilización, reciclado, tratamiento, coprocesamiento o disposición final de acuerdo a las siguiente tabla: CLASIFICACIÓ CLASIFICACIÓN OPERACIÓN CLAVE N OPERACIÓN CLAVE CENTRIFUGACI TF4 ÓN COAGULACIÓN TF5 REUTILIZACION RA1 CALDERAS RE1 CRIBADO TF6 HORNOS RE2 DESTILACIÓN TF7 ROTATORIOS RECUPERACIO OTROS N DE ENERGIA HORNOS RE3 DIÁLISIS TF8 (ESPECIFIQUE) OTRAS ELECTRODIÁLI FORMAS RE4 TF9 SIS (ESPECIFIQUE) ALTA ENCAPSULACI TEMPERATUR RM1 TF10 ÓN A ELECTROLÍTIC TRATAMIENTO ESPESADO DE RM2 FISICO TF11 O LODOS FUNDICIÓN RM3 EVAPORACIÓN TF12 SECUNDARIA EXTRACCIÓN RECUPERACIÓ INTERCAMBIO RM4 CON TF14 Reciclado N DE METALES IÓNICO DISOLVENTE LIXIVIADO RM5 FILTRACIÓN TF15 ÁCIDO Tratamiento ÓSMOSIS RM6 FLOTACIÓN TF16 INVERSA OTROS ÓSMOSIS MÉTODOS RM7 TF17 INVERSA (ESPECIFIQUE) SEDIMENTACI DESTILACIÓN RS1 TF18 ÓN ULTRAFILTRAC EVAPORACIÓN RS2 TF19 RECUPERACIÓ IÓN N DE ESTABILIZACIÓ EXTRACCIÓN SOLVENTES Y NO CON RS3 TQ1 COMPUESTOS SOLIDIFICACIÓ SOLVENTES ORGÁNICOS N OTROS NEUTRALIZACI MÉTODOS RS5 TQ2 ÓN (ESPECIFIQUE) RECUPERACION DE OXIDACIÓN RC 1 TQ3 CATALIZADORES QUIMICA TRATAMIENTO Obtención de PRECIPITACIÓ CP1 QUÍMICO TQ4 Energía N Obtención de CP2 REDUCCIÓN TQ5 materias primas COPROCESAMIENTO Obtención de COAGULACION- Energía y de CP3 TQ6 FLOCULACION materias primas Otros CP4 ABSORCION TQ7 CONFINAMIEN DIGESTIÓN TB1 TO DF1 ANAEROBIA CONTROLADO DISPOSICION FINAL FILTROS TB2 DOMO SALINO DF2 ANAEROBIOS TRATAMIENTO LAGUNAS IN SITU DF3 BIOLÓGICO AIREADAS MECÁNICAMEN TB3 ESTERILIZACION DE RESIDUOS TE ES1 BIOTRATAMIEN BIOLOGICO INFECCIOSOS Tratamiento TO IN SITU INCINERACION (OXIDACION TT1 OTROS MÉTODOS DE OR1 TERMICA) RECUPERACIÓN (Especifique) PIRÓLISIS TT2 GASIFICACION TT3 TRATAMIENTO PLASMA TT4 TÉRMICO DESORCION TERMICA TT5 OTROS MÉTODOS DE TRATAMIENTO OMT1 DIRECTA DESORCION TERMICA TT6 INDIRECTA
  • 34. ANEXO B PROCEDIMIENTO PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL PARA LA GESTIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS RESUMEN Este procedimiento describe la forma en que se deberá llevar a cabo la gestión al interior del Ministerio del Ambiente o en las instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental para el licenciamiento y registro de prestadores de servicios de manejo de desechos peligrosos que involucre el reciclaje, reuso, transporte, tratamiento y disposición final. Incluye los procedimientos para la emisión de la licencia ambiental, los criterios para la resolución, emisión, suspensión y revocatoria de licencia, así como los requisitos que deberá cumplir el prestador de servicios para la obtención de la licencia. HOJA DE AUTORIZACIÓN REVISADO/APROBADO POR: CONTROL DE COPIA NOMBRE FIRMA FECHA ELABORADO POR: FECHA DE APLICACIÓN NOMBRE: FIRMA FECHA ESTE PROCEDIMIENTO CONSTA DE: PAGINAS: COMENTARIOS:
  • 35. 1. OBJETIVOS 1.1. Contar con un instrumento de aplicación del Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación Desechos Peligrosos (RPCCD) en lo referente al licenciamiento ambiental de prestadores de servicios de manejo de desechos peligrosos. Así mismo contribuir al cumplimiento del Artículo 50 del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. 1.2 Cumplir con lo establecido en el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA) para el licenciamiento ambiental. 1.3 Contar con elementos para el cumplimiento a lo establecido en el artículo 156, 202 y 203 del Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos 1.4 Homologar la gestión de desechos peligrosos a aplicarse por todos integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental (Reguladores ambientales sectoriales o seccionales, municipalidades y/o consejos provinciales, Autoridades Ambientales de Aplicación) que tengan la competencia para la aplicación del Reglamento. 1.5 Establecer los criterios para la emisión de la licencia ambiental de prestadores de servicio de manejo de desechos peligrosos o de generadores que manejen desechos peligrosos en su instalación. 2. ALCANCE 2.1 Este procedimiento es de aplicación nacional para todas las Autoridades Ambientales de Aplicación que cuenten con un sub-sistema de gestión de desechos peligrosos. 2.2 El procedimiento comprende los requisitos establecidos dentro del Sistema Único de Manejo Ambiental 2.3 El procedimiento se aplica para le gestión de licenciamiento del manejo de desechos peligrosos que se encuentren en el listado nacional de desechos peligrosos o que estén caracterizados como tales de acuerdo con las normas establecidas para tal efecto y que rebasen las cantidades mínimas definidas en la guía del listado nacional de desechos peligrosos.. 2.4 La gestión establecida en este procedimiento es para la emisión del Servicio establecido en Artículo 11 del Libro IX del Texto Unificado de Legislación Ambiental, “Emisión de licencia de gestión de desechos peligrosos”
  • 36. 2.5 Adicionalmente este procedimiento deberá aplicar para el licenciamiento ambiental de aquellos generadores de desechos peligrosos que a parte de sus operaciones básicas de manejo como envasado, etiquetado y almacenamiento efectúen actividades de manejo en sus instalaciones que impliquen el reuso, reciclaje, tratamiento, incineración, coprocesamiento o disposición final. 3. REFERENCIAS NORMATIVAS 3.1 Ley de Gestión Ambiental. 3.2 Ley de la prevención y control de la contaminación ambiental 3.3 Texto Unificado de Legislación Ambiental. Libro VI: De la calidad ambiental Reglamento de la Ley de Gestión ambiental para la prevención y control de la contaminación ambiental. Artículos 50, Titulo V Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por desechos peligrosos. Artículos: 156, apartado b); 168;179; 183; 198; 202; 203; 205; 206; 210; 211; 215; 222 y223. Titulo IX Del Sistema de Derechos o Tasas por los Servicios que presta el Ministerio del Ambiente y por el uso y aprovechamiento de bienes nacionales que se encuentren bajo su cargo y protección. 3.4 Convenio de Basilea sobre el Control de Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación 4. DEFINICIONES ALMACENAMIENTO: Acción de guardar temporalmente desechos en tanto se procesan para su aprovechamiento, se entrega al servicio de recolección, o se disponen de ellos. CONFINAMIENTO CONTROLADO O RELLENO DE SEGURIDAD: Obra de ingeniería para la disposición final de desechos peligrosos que garanticen su aislamiento definitivo y seguro. DESECHOS PELIGROSOS: Son aquellos desechos sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje, utilización o consumo y que contengan algún compuesto que tenga características reactivas, inflamables, corrosivas, infecciosas, o tóxicas, que represente un riesgo para la salud humana, los recursos naturales y el ambiente de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
  • 37. ETIQUETADO: Acción de etiquetar con la información impresa en la etiqueta. GENERADOR: se entiende toda persona natural o jurídica, cuya actividad produzca desechos peligrosos u otros desechos, si esa persona es desconocida, será aquella persona que éste en posesión de esos desechos y/o los controle. GENERACIÓN: Cantidad de desechos originados por una determinada fuente en un intervalo de tiempo dado. GESTION AMBIENTAL: Conjunto de políticas, normas, actividades operativas y administrativas de planeamiento, financiamiento y control estrechamente vinculadas, que deben ser ejecutadas por el Estado y la sociedad para garantizar el desarrollo sustentable y una óptima calidad de vida. LICENCIA AMBIENTAL: Es la autorización que otorga la autoridad competente a una persona natural o jurídica, para la ejecución de un proyecto, obra o actividad. En ella se establecen los requisitos, obligaciones y condiciones que el beneficiario debe cumplir para prevenir, mitigar o corregir los efectos indeseables que el proyecto, obra o actividad autorizada pueda causar en el ambiente. MANEJO: Se entiende por manejo las operaciones de recolección, envasado, etiquetado, almacenamiento, reuso y/o reciclaje, transporte, tratamiento y disposición final de los desechos, incluida la vigilancia de los lugares de disposición final. MANIFIESTO: Documento Oficial, por el que la autoridad ambiental competente y el generador mantienen un estricto control sobre el transporte y destino de los desechos peligrosos producidos dentro del territorio nacional. MANEJO AMBIENTALMENTE RACIONAL: se entiende la adopción de todas las medidas posibles para garantizar que los desechos peligrosos y otros desechos se manejen de manera que queden protegidos el medio ambiente y la salud humana contra los efectos nocivos que pueden derivarse de tales desechos. RECICLAJE: Proceso de utilización de un material recuperado en el ciclo de producción en el que ha sido generado. RECOLECCIÓN: Acción de transferir los desechos al equipo destinado a transportarlo a las instalaciones de almacenamiento, tratamiento o reciclaje, o a los sitios de disposición final. TRANSPORTE: Cualquier movimiento de desechos a través de cualquier medio de transportación efectuado conforme a lo dispuesto en este reglamento TRATAMIENTO: Acción de transformar los desechos por medio de la cual se cambian sus características.
  • 38. 5. RESPONSABILIDADES Los funcionarios del Ministerio del Ambiente y del Sistema Nacional descentralizado de Gestión Ambiental tienen la responsabilidad de conocer este procedimiento, así como de aplicar los criterios establecidos para el otorgamiento de la licencia ambiental para prestadores de servicios o generadores que manejen desechos peligrosos. Es responsabilidad de los funcionarios verificar que las solicitudes y formularios se encuentren debidamente llenados para proceder a la verificación del cumplimiento de requisitos y el proceso de otorgamiento de la licencia. 6. DESARROLLO Una vez que se ha determinado la peligrosidad de un desecho y se rebasan las cantidades mínimas de manejo de acuerdo a: Llistado nacional Método de caracterización El prestador de servicios o generador que maneje desechos tendrán la obligación de presentar su solicitud de licencia ambiental de manejo de desechos peligrosos de acuerdo a la modalidad que corresponda (reuso, reciclaje, transporte, tratamiento, incineración, coprocesamiento y disposición final) para obtener la licencia ambiental respectiva, de acuerdo con los siguientes requisitos 6.1 Licenciamiento para prestador de servicios de manejo de desechos peligrosos Los prestadores de servicios o generadores que manejen desechos peligrosos que conforme al reglamento están obligados a registrares ante el Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable deberán entregar en oficinas de Ministerio del Ambiente o de la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable o incorporar al portal electrónico del Ministerio del Ambiente, la siguiente información: A) Información general del prestador de servicios o generador que maneja desechos peligrosos. a) Nombre, denominación o registro único de contribuyentes, domicilio, b) Actividad productiva principal c) Sector Industrial o Servicios d) Nombre del representante legal y técnico. e) Fecha de inicio de operaciones B) Información específica de manejo de desechos peligrosos a) Clasificación y modalidad de manejo de los desechos peligrosos b) Generación y recepción de desechos.
  • 39. c) Almacenamiento temporal d) Método de manejo e) Generación de desechos peligrosos debido al manejo f) Manejo fuera de la instalación g) Disposición final Para el ingreso de la información de los incisos a y b se anexa el formulario MA-SGD-HG-LP-01 C) Solicitud de manejo de desechos peligrosos dependiendo de la modalidad del interesado. Modalidad Clave A Reciclaje SGD-SM-REC-01 B Reuso SDG-SM-REU-01 C Tratamiento SGD-SM-TR-01 D Incineración SGD-SM-INC-01 E Coprocesamiento SGD-SM-COP-01 F Disposición final SGD-SM-DF-01 D) Información complementaria • Informe de regulación municipal actualizado y si cuenta con licencia ambiental derivada de la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial. • Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado. Una vez que el prestador de servicios o generador de desechos peligrosos presente su hoja general de información y formulario de manejo como prestador de desechos peligrosos (formulario No MA-SGD-HG-LP-01), su solicitud de manejo de desechos peligrosos y la información complementario ante el Ministerio del Ambiente o a la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable o se incorpore en el portal del Ministerio del Ambiente se deberá verificar: • El llenado correcto de los formularios. Asegurarse de que el formulario se llene en forma legible y que los campos 1,2,3, 4, 5 y 7 se encuentren llenos. • Se presente la solicitud de la modalidad de manejo correspondiente que podrá ser para: reuso, reciclaje, tratamiento, incineración, coprocesamiento, transporte o disposición final. La solicitud deberá contar con toda la información requerida. La información complementaria satisfaga con los requisitos establecidos por Ministerio del Ambiente y la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable.
  • 40. La revisión de los formularios de registro debidamente llenados se efectuará a través del personal de la Autoridad Ambiental Nacional o la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable Acreditado. Una vez que se verifica que se cumple con los requisitos de entrega de formularios y solicitud el Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable asignará un Número de trámite del procedimiento para la emisión de la Licencia Ambiental. El número de trámite se podrá otorgar al proponente para el seguimiento de su trámite. Si las solicitudes de registro son recibidas directamente en el Ministerio del Ambiente en Quito o Guayaquil se procederá al ingreso de la información a la base de datos del sistema de gestión de desechos peligrosos. Las solicitudes de registros las podrán realizar el prestador de servicios a través del portal electrónico del Ministerio del Ambiente en donde en forma automática procederán las solicitudes que cumplan con el llenado de campos obligatorios y de acuerdo a criterios establecidos entre el Ministerio del Ambiente y la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable. 6.2 Emisión de la licencia ambiental El licenciamiento ambiental comprenderá, entre otras condiciones, la revisión de hoja general de información, formulario y solicitud de manejo presentada y de la capacidad del prestador de servicios o el generador para un adecuado manejo de desechos peligrosos para cumplir con lo establecido en el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligroso y los procedimientos para la emisión de la licencia ambiental Ministerio del Ambiente Para la autorización de la Licencia Ambiental se considerarán las siguientes acciones: • Análisis de hoja general de información, formulario y solicitud de manejo y de los estudios complementarlos que se crea conveniente solicitar verificando que cumplan con los criterios técnicos: datos de diseño, eficiencias requeridas, manejo seguro de sustancias químicas, disposición segura de residuos resultantes, minimización de riesgos al ambiente, cumplimiento de los parámetros de control vigentes para los efluentes y otros que resulten del análisis caso por caso. • Cumplir con lo establecido con los procedimientos para la emisión de la licencia ambiental del Ministerio del Ambiente
  • 41. Aprobación Si el Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable considera que la información proporcionada por el proponente satisface y cumple los requerimientos previstos en su sub-sistema de gestión de desechos peligrosos, lo aprobará. Si la solicitud manejo como prestador de servicios o generador que maneja desechos fuese observada, la autoridad ambiental de aplicación deberá fijar las condiciones o requisitos que el promotor deberá cumplir, en un término de 30 días, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de licenciamiento. Preparación de la Resolución de la Licencia Ambiental. El Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable notificará la aprobación de registro y licenciamiento de manejo de desechos peligrosos mediante la emisión de una resolución. o No. de licencia ambiental como prestador de servicio. o Autorización para reciclaje, reuso, tratamiento, incineración y/o co- procesamiento. En donde se especifique las actividades autorizadas, tecnología y procesos empleados. o La especificación de cuales son los Desechos peligrosos amparados por la licencia. o Los términos en los que se otorga la licencia en donde se especifique las obligaciones a las que quedará sujeto el prestador de servicio para un adecuado control en el manejo de desechos peligrosos. o El código para la declaración anual de desechos peligrosos. o Los términos en los que se otorga el registro en donde se especifique las obligaciones a las que quedará sujeto el regulado para un adecuado control sobre la generación de desechos peligrosos. La licencia ambiental contendrá entre otros: el señalamiento de todos y cada uno de los demás requisitos, condiciones y obligaciones aplicables para llevar a cabo la actividad de manejo de desechos peligrosos. En el caso de que la autoridad ambiental de aplicación determine que la información presentada por el proponente no satisface las exigencias y requerimientos mínimos previstos en su sub-sistema acreditado procederá a no otorgar la licencia ambiental de gestión de desechos peligrosos y, acto seguido, comunicará esta decisión al promotor, mediante la resolución correspondiente. El promotor podrá presentar, cuantas veces estime conveniente, nuevas solicitudes de registro y manejo que satisfagan todas las condiciones técnicas y legales, del sub-sistema de gestión de desechos peligrosos acreditado de la Autoridad Ambiental de Aplicación haciendo referencia a las observaciones que dieron lugar a la resolución desfavorable y la denegación de la licencia.
  • 42. El Ministerio del Ambiente otorgará o denegará la licencia ambiental en un plazo no mayor a sesenta (60) días, contados desde la presentación de la solicitud de registro y la totalidad de sus requisitos. 6.3 Emisión de la orden de pago de licencia ambiental para prestadores de servicio o generadores que manejen desechos peligrosos. (Artículo 11 del Libro IX del Texto Unificado de Legislación Ambiental, “Emisión de licencia de gestión de desechos peligrosos-Licencia”) Una vez verificados los requisitos mencionados la Dirección de Control y Prevención de la Contaminación o las instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión ambiental extenderá las ordenes de pago correspondientes de acuerdo al Procedimiento para la Emisión de Licencias Ambientales del Ministerio del Ambiente. 6.4 Pólizas y Garantías El Proponente se deberá sujetar a lo establecido en el Procedimiento para la Emisión de Licencias Ambientales del Ministerio del Ambiente 6.5 Temporalidad de la licencia La licencia para el prestador de servicios tendrá una vigencia indefinida condicionada a que el licenciatario presente una declaración anual de manejo de desechos juramentada, la auditoria ambiental de cumplimiento y no incurra en los incumplimientos causales de la suspensión temporal o definitiva que se establecen en el punto 6.6 y 6.7 de este procedimiento. 6.6 Suspensión de la licencia ambiental (Art. 27) La autoridad ambiental de aplicación suspenderá, mediante resolución motivada, la licencia ambiental, hasta que los hechos que causaron la suspensión sean subsanados si se presenta a) Modificación de las condiciones bajo las cuales fue otorgada, validándose nuevamente una vez que el licenciatario justifique técnicamente a satisfacción de la Autoridad Ambiental los cambios realizados. b) Incumplimientos en la normatividad ambiental vigente, comprobadas mediante las actividades de control, seguimiento y/o auditorias ambientales. c) En caso de no presentar declaración anual de manejo de desechos peligrosos en el tiempo establecido o de presentar inconsistencias en ésta.
  • 43. 6.7 Revocatoria de la licencia ambiental (Art. 28) En los siguientes casos de no conformidades mayores, comprobadas mediante actividades de control, seguimiento y/o auditorias ambientales, la autoridad ambiental de aplicación podrá revocar, mediante resolución motivada, una licencia ambiental: a) No presentación en dos años consecutivos de la declaración anual de manejo de desechos peligrosos. b) Incumplimiento grave de la normatividad ambiental vigente aplicable a generación y manejo de desechos peligrosos que a criterio de la autoridad ambiental de aplicación no es subsanable. c) Daño ambiental flagrante debido a la generación y manejo de desechos peligrosos. d) El no cumplimiento con las disposiciones dadas en el SUMA Para el efecto la autoridad ambiental de aplicación comunicará al promotor la naturaleza del incumplimiento o de la no-conformidad y le otorgará un plazo que no podrá ser menor a 15 días para que remedie el incumplimiento o lo justifique demostrando que el daño ambiental no es imputable a su responsabilidad ya sea por ser un pasivo ambiental anterior a su actividad o por que el mismo fue causado por un tercero. Agotado el plazo otorgado, la autoridad ambiental de aplicación resolverá sobre la revocatoria de la licencia ambiental o el archivo del expediente administrativo. La autoridad de aplicación resolverá sobre la revocatoria de la licencia ambiental de acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 del Capítulo V, libro VI de la Calidad Ambiental del Texto Unificado de Legislación Ambiental. 6.8 Licencia ambiental de actividades y proyectos en funcionamiento. ( tercera disposición transitoria SUMA) Las actividades y proyectos en funcionamiento que cuentan con una licencia o autorización para el manejo de desechos peligrosos otorgada por una Autoridad ambiental de aplicación, luego de acreditada ésta ante el Sistema Único de Manejo Ambiental, obtendrán la ratificación de la correspondiente licencia ambiental previa solicitud en función de: a) Términos de la aprobación de la correspondiente licencia o autorización; y b) Condiciones establecidas para la autoridad ambiental de aplicación en función de sus registros históricos de actividades de control, seguimiento y/o auditorias ambientales. Una vez vencido el plazo de acreditación del sub-sistema de gestión de desechos peligrosos de acuerdo a lo establecido en la Primera Disposición transitoria del Capítulo V, libro VI de la Calidad Ambiental del Texto Unificado de Legislación Ambiental, en el caso de aquellas actividades o proyectos que siendo de competencia de una autoridad ambiental de aplicación que no se ha acreditado todavía ante el Sistema Único de Manejo Ambiental, un promotor puede someter su actividad o proyecto en ejecución a
  • 44. licenciamiento ambiental ante cualquiera de las autoridades ambientales de aplicación acreditadas o ante la autoridad ambiental nacional. Para el efecto deberá presentar su registro y/o solicitud de manejo de desechos peligrosos. En los casos que, luego de cumplido el período previsto como de ajuste, posterior al de acreditaciones, la autoridad ambiental de aplicación a través de sus actividades de control, seguimiento y/o auditorias ambientales identifique actividades o proyectos en ejecución que no cuenten con la licencia ambiental respectiva de conformidad con su sub-sistema de gestión de desechos peligrosos, procederá a determinar las condiciones para que la actividad o proyectos se enmarque en la normativa ambiental aplicable a generación y manejo de desechos peligrosos en un plazo razonable a través de la presentación de auditorias ambientales o la presentación de los requerimientos establecidos por su sub-sistema de gestión de desechos peligrosos, los cuáles consisten en primera instancia en el registro y/o solicitud de manejo de desechos peligrosos, a fin de obtener la correspondiente licencia ambiental, sin perjuicio de las sanciones aplicables de conformidad con la legislación vigente. 6.9 Formularios para la solicitud de licenciamiento ambiental para el prestador de servicios de manejo de desechos peligrosos. El Ministerio del Ambiente a través de la Dirección de Prevención y Control de la Contaminación y la Subsecretaria de Gestión Ambiental Costera proporcionará los formularios de solicitud de manejo para prestadores de servicios a las Autoridad Ambiental Aplicación y a los prestadores de servicios o generadores para la aplicación del presente procedimiento Se anexan los documentos siguientes: • Hoja general de información y formulario de manejo (MA-SGD-HG-LP-01) • Formulario de declaración anual manejo de desechos peligrosos (MA-SGD-DA) • Formularios de solicitudes de manejo de desechos peligrosos Modalidad Clave A Reciclaje SGD-SM-REC-01 B Reuso SDG-SM-REU-01 C Tratamiento SGD-SM-TR-01 D Incineración SGD-SM-INC-01 E Coprocesamiento SGD-SM-COP-01 F Disposición final SGD-SM-DF-01
  • 45. ANEXO B MINISTERIO DEL AMBIENTE SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA REGISTRO GENERAL PARA LOS TRÁMITES DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE O DE LA INSTITUCION INTEGRANTE DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTION AMBIENTAL (MA-SGD-HGR-01) PARA SER LLENADO POR EL MAE O INSTITUCIONES INTEGRANTES DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTIÓN AMBIENTAL 1) SOLICITUD NÚMERO: 2) REGISTRO PARA: (Si el generador pretende realizar actividades de reuso, reciclaje, transporte y/o tratamiento deberá indicarlo marcando las dos opciones) GENERADOR ( ) PRESTADOR DE SERVICIOS PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS: Reciclaje ( ) Reuso ( ), Transporte ( ),Tratamiento: físico, químico o biológico ( ); Coprocesamiento ( ), Incineración ( ), Disposición final ( ) 3) NÚMERO DE LICENCIA AMBIENTAL: (Si cuenta con este número, derivado de la evaluación de impacto ambiental presentar la Constancia de Registro u oficio resolutivo) 4) RECIBIDO POR: Nombre y firma (Sello con fecha de recibido) 5) ENVIAR A (Marcar con una X) Ministerio del Ambiente. Subsecretaría de calidad ambiental. Institución integrante del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental PARA SER LLENADO POR EL SOLICITANTE 6) NOMBRE DE LA EMPRESA Nombre y firma del representate legal Declaramos que la información contenida en esta solicitud y sus anexos es fidedigna y que puede ser verificada por el MAE, la que en caso de omisión o falsedad, podrá invalidar el trámite y/o aplicar las sanciones correspondientes. Nombre y firma del responsable técnico
  • 46. DATOS DE REGISTRO 1) NOMBRE DE LA EMPRESA QUE SOLICITA EL TRÁMITE RUC: 2) ACTIVIDAD PRODUCTIVA PRINCIPALDEL ESTABLECIMIENTO 3) DOMICILIO DE SOLICITANTE Calle: Número: Provincia: Parroquia: Teléfonos: Fax: Correo electronico: 4) DOMICILIO DEL ESTABLECIIENTO (En caso de que el establecimiento o instalación generadora de desechos peligrosos tenga otra dirección a la del domicilio manifestada en el apartado anterior, indicarla en esta sección. Calle: Número: Provincia: Parroquia: Teléfonos: Fax: Correo electronico: 5) SECTOR AL QUE PERTENECE EL SOLICITANTE Extracción de petróleo y Gas Natural Coque y productos de refinación del petróleo Fabricación de sustancias y productos químicos Papel y productos de papel Productos de caucho y plástico Textiles Vehículos automotores Producción de madera Maquinaria y equipo Explotación de minas y extracción de minas y canteras Alimentos y bebidas Transporte Comunicaciones Electricidad, gas o agua. Agricultura, horticultura, floricultura, acuacultura, forestería, Pinturas, barnices y productos y servicios relacionados. Otros 6) FECHA DE INICIO DE OPERACIÓN: DIA MES ANO 7)Documentos que debe anexar para inicio del trámite: Informe de regulación municipal(uso de suelo)
  • 47. ANEXO A MINISTERIO DEL AMBIENTE. SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA SISTEMA DE GESTION DE DESECHOS PELIGROSOS Pag AVISO DE REGISTRO COMO EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS MA-SGD-RP-01 1. LLENAR LA HOJA GENERAL DE REGISTRO, QUE CONTIENE LOS DATOS GENERALES DE LA EMPRESA. 2. REGISTRO COMO PRESTADOR DE SERVICIOS. Indicar la modalidad de manejo para la cual se pretende prestar el servicio MODALIDAD DE MANEJO DE DESECHO NOMBRE DE DESECHO DE ACUERDO A CLAVE DE CLAVE DE MANEJO DE LISTADO NACIONAL DE DESECHOS (1) DESECHO (2) DESECHO (9) 3. DATOS DE GENERACION-RECEPCION DE DESECHOS PELIGROSO 3.1 GENERACION DEL DESECHO PELIGROSO NOMBRE DE DESECHO DE ACUERDO A NOMBRE DE EMPRESA NO. REGISTRO DE CLAVE (2) CATEGORIA (3) LISTADO NACIONAL DE DESECHOS (1) GENERADORA EMPRESA GENERADORA 3.2 RECEPCION DEL DESECHO PELIGROSO NOMBRE DE LA EMPRESA LICENCIA DE EMPRESA DEL NOMBRE DE DESECHO DE ACUERDO A CLAVE (2) PRESTADORA DEL SERVICIO DE SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y LISTADO NACIONAL DE DESECHOS (1) RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE TRANSPORTE Nota: Si la solicitud de licencia es para transporte de desechos no se deberá llenar tabla 3.2
  • 48. ANEXO A 4. ALMACENAMIENTO TEMPORAL EN EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO DE MANEJO DE DESECHOS ALMACENAMIENTO TEMPORAL DE DESECHOS PELIGROSOS ALMACENAMIENTO IDENTIFICA CION DE CLAVE DEL DESECHO (2) Carácterísticas del almacén (8) Capacidad total por almacén ALMACEN Local(8.1) Material(8.2) Ventilación (8.3) Iluminación (8.4) Cantidad Unidad (4) ALMACENAMIENTO TEMPORAL DE DESECHOS PELIGROSOS CUENTA CON CUENTA CON CUENTA CUENTA CON IDENTIFICA CUENTA CON FOSAS DE CAPACIDAD DE FOSAS TRINCHERAS O SEÑALAMIENTOS Y CON SISTEMAS DE CION DE RETENCIÓN O MUROS DE DE RETENCIÓN DE CANALETAS LETREROS DE SISTEMA DE EXTINCIÓN DE ALMACEN CONTENCIÓN DERRAMES PARA CONDUCIR COMUNICACIÓN DE DETECCION INCENDIO DERRAMES RIESGOS Y ALARMA Tipo de almacén (marcar con X) Dimensiones (m) Abierto Largo: Ancho: Cerrado Largo: Ancho: Altura: 5. METODO DE MANEJO DEL DESECHO PELIGROSO METODOS DE MANEJO DEL DESECHO PELIGROSO IDENTIFICACIÓN DEL RESIDUO MÉTODO DE MANEJO DE DESECHO PELIGROSO CLAVE DE CAPACIDAD CLAVE DEL TIPO DE CLAVE DEL DESECHO CLASIFICACION DE MANEJO (9) CANTIDAD UNIDAD (3) MANEJO (10)
  • 49. 6. GENERACION DE DESECHOS PELIGROSOS DEBIDOS A LA PRESTACION DEL SERVICIO ANEXO A En caso de generación de desechos peligrosos debido a las operariones por la prestacion del servicio indicarlo en la siguiente tabla. GENERACION DE DESECHOS PELIGROSO DEBIDOS AL MANEJO GENERACIÓN DE DESECHO O DESECHO RESIDUAL POR MANEJO O TRATAMIENTO CLAVE DEL TIPO DE CLAVE DEL DESECHO NOMBRE DE DESECHO DE MANEJOO (9) ACUERDO A LISTADO CLAVE DEL NACIONAL DE DESECHOS DESECHO (2) (1) 7. DISPOSICION FINAL En caso de pretender otorgar el servicio para la disposición final de desechos peligrosos indicarlo en la siguiente tabla DISPOSICION FINAL NOMBRE DEL SITIO DE COORDENADAS CLAVE DEL DESECHO ORIGEN DEL DESECHO UBICACIÓN DEL SITIO DE DISPOSICION FINAL DISPOSICIÓN GEOGRAFICAS PROVINCIA CANTON PROVINCIA CANTON Los números entre parentesis indican la clave correspondiente al catalogo de claves.
  • 50. AVISO DE INSCRIPCIÓN COMO EMPRESA GENERADORA DE RESIDUOS PELIGROSOS CLAVES PARA EL LLENADO DEL FORMATO ANEXO A NOMBRE DE DESECHO DE ACUERDO A LISTADO NACIONAL DE DESECHOS (1) Indicar el nombre del desecho peligroso de acuerdo al listado nacional de desechos. Si el residuo no aparece en el listado se deberá indicar el nombre genérico y sus características CRTIB. CLAVE (2) Indicar clave del desechos de acuerdo al listado naciondal de desechos. CLAVE DE CATEGORÍA (3) Indicar clave de la categoría del desecho peligroso de acuerdo a la tabla siguiente. CATEGORÍA TIPO CLAVE CATEGORÍA TIPO CLAVE DIELÉCTRICOS O5 LODOS ACEITOSOS L6 LUBRICANTES O1 GALVANOPLASTÍA L3 HIDRÁULICOS O3 PROCESO DE PINTURAS L5 ACEITES GASTADOS SOLUBLES O2 TEMPLADO DE METALES L4 TEMPLADO DE METALES O6 LODOS PROVENIENTES DE: TRATAMIENTO DE AGUAS DE L2 PROCESO TRATAMIENTO DE AGUAS OTROS (ESPECIFIQUE) O4 L1 NEGRAS CATALÍTICAS B1 OTROS (ESPECIFIQUE) L7 TELAS, PIELES O ASBESTO BREAS DE DESTILACIÓN B2 SO1 ENCAPSULADO OTRAS (ESPECIFIQUE) B3 DE MANTENIMIENTO AUTOMOTRIZ SO2 SÓLIDOS CULTIVOS Y CEPAS BI1 CON METALES PESADOS SO5 OBJETOS PUNZOCORTANTES BI2 TORTAS DE FILTRADO SO3 BIOLÓGICO-INFECCIOSOS RESIDUOS PATOLÓGICOS BI3 OTROS (ESPECIFIQUE) SO4 RESIDUOS NO ANATÓMICOS BI4 ORGÁNICOS S1 SOLVENTES SANGRE BI5 ORGANOCLORADOS S2 ESCORIAS CON METALES FINAS E1 ACIDOS C1 SUSTANCIAS CORROSIVAS PESADOS GRANULARES E2 ALCALIS C2 LÍQUIDOS RESIDUALES DE CORROSIVOS LR1 OTROS RESIDUOS PELIGROSOS (ESPECIFÍQUE) O PROCESO NO CORROSIVOS LR2 UNIDAD (4) La unidad se deberá expresar con el siguiente catálogo: CLAVE UNIDAD CLAVE UNIDAD 1 TONELADAS 3 METROS CÚBICOS 2 LITROS 4 PIEZAS 5 KILO CLAVE (5) Punto de generación PUNTO DE GENERACION CLAVE PUNTO DE GENERACIO CLAVE TRANSPORTE DE INSUMO TI DESCARGA DEL DP PRODUCTO ALMACENAMIENTO DE AMI SERVICIOS AUXLIARES SAX INSUMO PROCESO PRODUCTIVO PP MANTENIMIENTO MN ALMACENAMIENTO DE AMP SUBPRODUCTO SP PRODUCTO CONTROL DE CALIDAD CC OTROS OT TRANSPORTE DEL TP PRODUCTO
  • 51. CLAVE (6) El tipo de envase se deberá expresar de acuerdo al siguiente catálogo. TIPO CLAVE TANQUE DE 55 Gal 1 CANECA 2 SACO O COSTAL 3 A GRANEL BAJO TECHO 4 A GRANEL A LA INTEMPERIE 5 EN TOLVA 6 CONTENEDOR METALICO 7 CONTENEDOR PLASTICO 8 BOLSA PLASTICA 9 EMBALAJE DE CARTON 10 OTRO 11 Nota: Todos los envases deberán contar con una etiqueta de comunicación de riesgos en base al rombo NFPA ANEXO A CLAVE (7) El formato de etiqutado se deberá expresar de acuerdo al siguiente catálogo TIPO CLAVE ETIQUETA ADHERIBLE 1 PLACA 2 MARCADO 3 OTRO 4 CLAVE (8) CARACTERISTICAS DEL ALMACEN 8.2 MATERIAL DE 8.1 LOCAL CLAVE CONSTRUCCION CLAVE CERRADO LC INFLAMABLE MI ABIERTO LA NO INFLAMABLE NI 8.3 VENTILACION 8.4 ILUMINACION NATURAL VN ILUMINACION NATURAL IN A PRUEBA DE FORZADA VF EXPLOSIONES SE NO ES A PRUEBA DE EXPLOSIONES NE
  • 52. CLAVE (9) Clave de recuperación, tratamiento o disposición final de acuerdo a las siguiente tabla: CLASIFICACIÓN OPERACIÓN CLAVE CLASIFICACIÓN OPERACIÓN CLAVE CENTRIFUGACIÓN TF4 REUTILIZACION RA1 COAGULACIÓN TF5 CALDERAS RE1 CRIBADO TF6 HORNOS ROTATORIOS RE2 DESTILACIÓN TF7 RECUPERACION DE ENERGIA OTROS HORNOS (ESPECIFIQUE) RE3 DIÁLISIS TF8 OTRAS FORMAS (ESPECIFIQUE) RE4 ELECTRODIÁLISIS TF9 ALTA TEMPERATURA RM1 ENCAPSULACIÓN TF10 ELECTROLÍTICO RM2 TRATAMIENTO FISICO ESPESADO DE LODOS TF11 FUNDICIÓN SECUNDARIA RM3 EVAPORACIÓN TF12 Reciclado RECUPERACIÓN DE METALES INTERCAMBIO IÓNICO RM4 EXTRACCIÓN CON DISOLVENTE TF14 Tratamiento LIXIVIADO ÁCIDO RM5 FILTRACIÓN TF15 ÓSMOSIS INVERSA RM6 FLOTACIÓN TF16 OTROS MÉTODOS (ESPECIFIQUE) RM7 ÓSMOSIS INVERSA TF17 DESTILACIÓN RS1 SEDIMENTACIÓN TF18 EVAPORACIÓN RS2 ULTRAFILTRACIÓN TF19 RECUPERACIÓN DE SOLVENTES Y COMPUESTOS ORGÁNICOS ESTABILIZACIÓN O EXTRACCIÓN CON SOLVENTES RS3 TQ1 SOLIDIFICACIÓN OTROS MÉTODOS (ESPECIFIQUE) RS5 NEUTRALIZACIÓN TQ2 RECUPERACION DE CATALIZADORES RC 1 OXIDACIÓN QUIMICA TQ3 OBTENCIÓN DE ENERGÍA CP1 PRECIPITACIÓN TQ4 TRATAMIENTO QUÍMICO OBTENCIÓN DE MATERIAS PRIMAS CP2 REDUCCIÓN TQ5 COPROCESAMIENTO OBTENCIÓN DE ENERGÍA Y DE CP3 COAGULACION-FLOCULACION TQ6 MATERIAS PRIMAS OTROS CP4 ABSORCION TQ7 ESTERILIZACION (AUTOCLAVE) TDB1 TRATAMIENTO BIOLOGICO DESECHOS TRATAMIENTO TERMICO TDB2 DESINFECCION QUIMICA TDB3 OTROS TDB4 DIGESTIÓN ANAEROBIA TB1 RELLENO DE SEGURIDAD DF1 REINYECCION CONTROLADA EN FILTROS ANAEROBIOS TB2 DF2 TRATAMIENTO BIOLÓGICO DISPOSICION FINAL POZO PROFUND LAGUNAS AIREADAS MECÁNICAMENTE TB3 OTROS DF3 Tratamiento BIOTRATAMIENTO IN SITU INCINERACION (OXIDACION TT1 TERMICA) OTROS MÉTODOS DE RECUPERACIÓN (Especifique) OR1 PIRÓLISIS TT2 TRATAMIENTO TÉRMICO GASIFICACION TT3 PLASMA TT4 OTROS MÉTODOS DE TRATAMIENTO OMT1 DESORCION TERMICA DIRECTA TT5 DESORCION TERMICA INDIRECTA TT6 ANEXO A CLAVE (10) Indicar el destino de acuerdo a la siguiente tabla CLASIFICACIÓN CLAVE RECUPERACIÓN DE MATERIALES RM REMOCIÓN DE IMPUREZAS RI REUSO RU RECUPERACIÓN DE ENERGIA Y CO MATERIALES (CO-PROCESAMIENTO) TRATAMIENTO BIOLOGICO TB TRATAMIENTO TERMICO TT TRATAMIENTO FISICO TF TRATAMIENTO QUIMICO TQ DISPOSICION FINAL DF OTROS METODOS DE OT TRATAMIENTO
  • 53. MINISTERIO DEL AMBIENTE. SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA SOLICITUD DE AUTORIZACION PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS Modalidad A.- RECICLAJE DE DESECHOS PELIGROSOS SGD-SM-REC-01 Instrucciones: El proponente deberá presentar la información requerida en esta solicitud siguiendo el orden establecido por los numerales para distinguir claramente lo que corresponde a cada apartado. Esto permitirá que durante la recepción y evaluación de su trámite no se pierda tiempo en la ordenación de su expediente y así la resolución del mismo sea más expedita. 1. DATOS GENERALES Llenar la Hoja General de Información que contiene los datos generales de la empresa y formulario de manejo (MA-SGD-HG-LP-01). 2. DOCUMENTOS ANEXOS En anexo deberá presentar copia de los siguientes documentos: 2.1 Informe de regulación municipal actualizado y si cuenta con licencia ambiental derivada de la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial. 2.2Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado. 2.3Términos de Referencia 3. MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS. 3.1. Recolección de los desechos. Describir la forma en que se recolectan y reciben los desechos peligrosos en la instalación de reciclaje, indicando si se utilizara transporte propio o de una empresa autorizada. 3.2. Almacenamiento de los desechos peligrosos antes de su reciclaje. 3.2.1. Presentar el plano de planta de conjunto, incluyendo el almacén de desechos peligrosos y el área de reciclaje. 3.2.2. En el anexo se deberá describir detalladamente la forma en que se almacenarán los desechos, la capacidad de almacenamiento y el tipo de envasado. 3.2.3. Describir las especificaciones técnicas y capacidades de los tanques, tambores, o recipientes utilizados para el almacenamiento
  • 54. 3.2.4. Presentar una descripción detallada del manejo de los desechos peligrosos al llegar a la instalación de reciclaje, considerando la descarga, caracterización e identificación de los mismos y los movimientos de entrada y salida de la zona de almacén. 3.2.5. Describir detalladamente los desechos generados durante la operación y su disposición. 3.2.6. Describir detalladamente la forma en que al final del reciclaje se almacenan los productos y subproductos obtenidos, así como los desechos finales. 3.2.7. Presentar copia de los planos del proyecto del almacén, que cumpla en estricto apego lo establecido en el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos y demás disposiciones del Ministerio del Ambiente. 3.2.8. Describir las medidas de seguridad implementadas en la zona de almacenamiento. 3.3. Reciclaje de los desechos peligrosos. 3.3.1. Indicar cual es el tipo de manejo se le otorga a los desechos: 1. Reciclaje del residuo en el proceso ( ) 2. Recuperación de un material secundario del residuo. Ej. metal de un lodo. ( ) 3.3.2. Presentar una descripción detallada del proceso que realiza la empresa para reciclar los desechos (mencionando la capacidad anual de proceso a instalar y la estimada del sistema), incluyendo el desarrollo del proceso a través de la cinética de la reacción y balance de materia. 3.3.3. Presentar plano detallado del área de reciclaje incluyendo el equipo de proceso. 3.3.4. Describir el manejo de los desechos del área de almacenamiento a la zona de reciclaje. 3.3.5. Presentar el diagrama de flujo de las operaciones efectuadas indicando los puntos donde se generen emisiones a la atmósfera, descargas de agua contaminada, subproductos, desechos o contaminantes, incluyendo sus volúmenes de generación. 3.3.6. Presentar la relación y las especificaciones técnicas de los equipos, instrumentos y maquinaria empleada en el reciclaje de los desechos peligrosos, indicando las características generales de cada uno de ellos. 3.3.7. Detallar todos los sistemas de operación y mantenimiento de los equipos y las medidas de seguridad implementadas y de prevención de la contaminación en aire, agua y suelo. 3.3.8. Presentar copia de los manuales de operación y mantenimiento de todos los equipos que conforman el sistema de reciclaje.
  • 55. 3.3.9. Describir las características técnicas del producto reciclado, en el que se incluya en su caso el poder calorífico del mismo, así como los procesos productivos en los cuales serán utilizados. 3.3.10. Describir el manejo de los desechos que se obtienen durante el proceso, características de los mismos y su disposición. NOTA: El presente formato debe presentarse en original, copia y en CD en formato Word. El Ministerio del Ambiente o las Autoridades Ambientales de Aplicación responsable, podrá realizar visitas de verificación para corroborar la información presentada. Toda información que sea considerada como confidencial para la empresa deberá ser presentada con un sello que indique "Información Confidencial".
  • 56. MINISTERIO DEL AMBIENTE. SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA SOLICITUD DE AUTORIZACION PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS Modalidad B.- REUSO DE DESECHOS PELIGROSOS SDG-SM-REU-01 Instrucciones: El proponente deberá presentar la información requerida en esta solicitud siguiendo el orden establecido por los numerales para distinguir claramente lo que corresponde a cada apartado. Esto permitirá que durante la recepción y evaluación de su trámite no se pierda tiempo en la ordenación de su expediente y así la resolución del mismo sea más expedita. 1. DATOS GENERALES Llenar la Hoja General de Información que contiene los datos generales de la empresa y formulario de manejo (MA-SGD-HG-LP-01). 2. DOCUMENTOS ANEXOS En anexo deberá presentar copia de los siguientes documentos: 2.1 Informe de regulación municipal actualizado y si cuenta con licencia ambiental derivada de la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial. 2.2Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado. 2.3 Términos de Referencia 3. MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS. 3.1. Recolección de los desechos. 3.2. Describir la forma en que se recolectan y reciben los desechos peligrosos en la instalación de reuso, indicando si se utilizará transporte propio o de una empresa autorizada. 3.3. Almacenamiento de los desechos peligrosos antes de su reuso. 3.3.1. Presentar el plano de planta de conjunto, incluyendo el almacén de desechos peligrosos y el área de reuso. 3.3.2. En el anexo deberá describir detalladamente la forma en que se almacenarán los desechos, capacidad de almacenamiento y tipo de envasado.
  • 57. 3.3.3. Describir las especificaciones técnicas y capacidades de los tanques, tambores, o recipientes utilizados para el almacenamiento 3.3.4. Presentar una descripción detallada del manejo de los desechos peligrosos al llegar a la instalación de reuso, considerando la descarga, caracterización e identificación de los mismos, movimientos de entrada y salida de la zona de almacén. 3.3.5. Describir detalladamente los desechos generados durante la operación y su disposición. 3.3.6. Describir detalladamente la forma en que al final del reuso se almacenan los productos y subproductos obtenidos, así como los desechos finales. 3.3.7. Presentar copia del plano del proyecto ejecutivo del almacén, que cumpla en estricto apego lo establecido en el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos y demás disposiciones del Ministerio del Ambiente. 3.3.8. Describir las medidas de seguridad implementadas en la zona de almacenamiento. 3.4. Reuso de los desechos peligrosos. 3.4.1. Indicar cuál es el tipo de manejo que se le otorga a los desechos: 1. Uso directo o reuso de los desechos en otro proceso ( ) 2. Remoción de impurezas de un desechos para obtener una sustancia reusable ( ) 3.4.2. Presentar una descripción detallada del proceso que realiza la empresa para transformar los desechos (mencionando la capacidad anual de proceso a instalar y la estimada del sistema), incluyendo el desarrollo del proceso a través de la cinética de la reacción y balance de materia. 3.4.3. Presentar plano detallado del área de reuso incluyendo el equipo de proceso. 3.4.4. Describir el manejo de los desechos del área de almacenamiento a la zona de reuso. 3.4.5. Presentar el diagrama de flujo de las operaciones efectuadas indicando los puntos donde se generen emisiones a la atmósfera, descargas de agua contaminada, subproductos, desechos o contaminantes, incluyendo sus volúmenes de generación. 3.4.6. Presentar la relación y las especificaciones técnicas de los equipos, instrumentos y maquinaria empleada en el reciclaje de los desechos peligrosos, indicando las características generales de cada uno de ellos. 3.4.7. Detallar todos los sistemas de operación y mantenimiento de los equipos y las medidas de seguridad implementadas y de prevención de la contaminación en aire, agua y suelo.
  • 58. 3.4.8. Presentar copia de los manuales de operación, de todos los equipos que conforman el sistema de reuso. 3.4.9. Describir las características técnicas del producto reciclado, en el que se incluya en su caso el poder calorífico del mismo, así como los procesos productivos en los cuales serán utilizados. 3.4.10. Describir el manejo de los desechos que se obtienen durante el proceso, características de los mismos y su disposición. NOTA: El presente formato debe presentarse en original, copia y en CD en formato Word. La Secretaría técnica podrá realizar visitas de verificación para corroborar la información presentada. Toda información que sea considerada como confidencial para la empresa deberá ser presentada con un sello que indique "Información Confidencial".
  • 59. MINISTERIO DEL AMBIENTE. SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA SOLICITUD DE AUTORIZACION PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS Modalidad C.- TRATAMIENTO DE DESECHOS PELIGROSOS SGD-SM-TR-01 Instrucciones: El proponente deberá presentar la información requerida en esta solicitud siguiendo el orden establecido por los numerales para distinguir claramente lo que corresponde a cada apartado. Esto permitirá que durante la recepción y evaluación de su trámite no se pierda tiempo en la ordenación de su expediente y así la resolución del mismo sea más expedita. 1. DATOS GENERALES Llenar la Hoja General de Información que contiene los datos generales de la empresa y formulario de manejo (MA-SGD-HG-LP-01). 2. DOCUMENTOS ANEXOS. En anexo deberá presentar copia de los siguientes documentos: 2.1 Informe de regulación municipal actualizado y si cuenta con licencia ambiental derivada de la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial. 2.2 Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado. 2.3 Términos de Referencia 3. PROGRAMA DE ATENCIÓN A CONTINGENCIAS Presentar la descripción detallada de las acciones, medidas, obras, equipos, instrumentos o materiales con que cuenta para controlar contingencias ambientales debidas a emisiones descontroladas, fugas, derrames, explosiones, incendios que se puedan presentar en todas las operaciones que realiza la empresa como resultado del manejo de los desechos peligrosos. 4. PROGRAMA DE CAPACITACIÓN. Presentar el programa de capacitación al personal que intervendrá en el manejo de los desechos peligrosos. 5. MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS (Si va a tratar desechos biológico-infecciosos ir al punto 6) a. Recolección de desechos peligrosos. Describir la forma en que se recolectan y reciben los desechos peligrosos, indicando si se utilizará transporte propio o el de una empresa autorizada.
  • 60. b. Almacenamiento de los desechos peligrosos antes de su tratamiento. i. Relación de desechos peligrosos a recibir, indicando sus características y estado físico. ii. Presentar el plano de planta de conjunto, incluyendo el almacén de desechos peligrosos y el área de tratamiento. iii. En el anexo se deberá describir detalladamente la forma en que se almacenarán los desechos, la capacidad de almacenamiento y tipo de envasado. iv. Describir las especificaciones técnicas y capacidades de los tanques, tambores, o recipientes utilizados para el almacenamiento v. Presentar una descripción detallada del manejo de los desechos al llegar a la instalación de tratamiento, considerando la descarga e identificación de los mismos, movimientos de entrada y salida de la zona de almacén. vi. Describir detalladamente los desechos generados durante esta operación y su disposición. vii. Presentar copia del plano del proyecto ejecutivo del almacén, que cumpla en estricto apego lo establecido en el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos y demás disposiciones del Ministerio del Ambiente. viii. Describir las medidas de seguridad implementadas en la zona de almacenamiento. c. Tratamiento de desechos peligrosos i. Presentar plano detallado del área de tratamiento incluyendo el equipo de proceso. ii. Describir el manejo de los desechos del área de almacenamiento a la zona de tratamiento. iii. Presentar una descripción detallada del proceso que realiza la empresa para tratar los desechos peligrosos (mencionando la capacidad anual de proceso a instalar y la estimada del sistema), incluyendo el desarrollo del proceso a través de la cinética de reacción y balance de materia. iv. Presentar diagrama de flujo de las operaciones efectuadas señalando los puntos donde se generen emisiones a la atmósfera, descargas de agua contaminada, subproductos, desechos o contaminantes. v. Presentar la relación y las especificaciones técnicas de los equipos, instrumentos y maquinaria empleada en el reciclaje de los desechos peligrosos, indicando las características generales de cada uno de ellos.
  • 61. vi. Detallar todos los sistemas de operación y mantenimiento de los equipos y las medidas de seguridad implementadas y de prevención de la contaminación en aire, agua y suelo. vii. Presentar copia de los manuales de operación y mantenimiento de todos los equipos que conforman el sistema de reciclaje. viii. Describir el producto final obtenido como resultado del tratamiento y su disposición. ix. Describir el manejo de subproductos y desechos que se obtengan durante el proceso, las características de los mismos y su disposición. 6. TRATAMIENTO DE DESECHOS PELIGROSOS BIOLÓGICO-INFECCIOSOS (Llenar únicamente en el caso de tratamiento de desechos peligrosos biológico infecciosos) a. Describir brevemente el tratamiento que dará a los desechos peligrosos biológico- infecciosos, indicando el tipo de tecnología que se empleará y las condiciones de diseño para la operación. 7. PROTOCOLO DE PRUEBAS El objetivo del protocolo de pruebas es establecer los criterios específicos para el desarrollo del protocolo de pruebas preoperativas de un sistema de tratamiento de desechos peligrosos, incluyendo los desechos biológico-infecciosos, que demuestren la eficiencia del mismo. a. Descripción del protocolo de pruebas La información que el responsable del establecimiento debe presentar al MAE en su solicitud de autorización es la siguiente: i. Presentar un resumen ejecutivo de la forma en la que se llevará a cabo el protocolo de pruebas, indicando las características técnicas bajo las cuales se desarrollará. ii. Presentar una descripción de los desechos a tratar incluyendo las características físico-químicas de la muestra a ser alimentada tales como: composición química, flash point, punto de ebullición, densidad, viscosidad; % de humedad, % de cloro, metales pesados 1. En caso de formulación anexar el procedimiento del mismo, indicando que tipo de desechos compone la formulación, % de cloro, % de humedad y poder calorífico. iii. Presentar un listado de todas las materias primas a ser manejadas durante el protocolo de pruebas, así como sus cantidades en toneladas, estableciendo la relación de alimentación para cada una de ellas. En este punto se debe considerar el combustible empleado, los subrogados, el agua, etc. 1 Las características físico-químicas en cursivas no aplican a los desechos biológico infecciosos.
  • 62. iv. Especificar la cantidad máxima en toneladas de desechos requeridos para la realización del protocolo de pruebas, la cual no deberá exceder la capacidad máxima del almacén. v. Presentar un diagrama de bloques en el que se describa cada una de las actividades específicas en secuencia lógica de las acciones para el desarrollo del protocolo de pruebas. vi. Describir la forma y métodos nacionales o internacionales a utilizar para llevar a cabo las pruebas de laboratorio para el muestreo y caracterización de los desechos peligrosos a tratar. vii. Describir detalladamente el tipo de emisiones a la atmósfera que son esperadas como resultado de la implementación del protocolo de pruebas en (l/h o m3/h), así como las concentraciones asociadas a cada una de dichas emisiones en (mg/m3). viii. Describir la forma y métodos nacionales o internacionales a utilizar para llevar a cabo las pruebas de laboratorio para la caracterización de los efluentes resultantes del tratamiento de los desechos peligrosos. ix. Describir el tipo de disposición propuesta para los efluentes resultantes del tratamiento (agua, sólidos). b. Desarrollo del protocolo de pruebas Los lineamientos bajo los cuales el responsable del establecimiento debe realizar el protocolo de pruebas son los siguientes: i. El protocolo de pruebas se deberá llevar a cabo realizando muestreos en series de tres, de cada una de las siguientes etapas: A) En blanco (operación del sistema sin carga). B) Con subrogados (materiales no peligrosos como arena limpia, aserrín, etc.) 2 C) Con desechos peligrosos al 85% de la capacidad de diseño del sistema. D) Con desechos peligrosos al 100% de la capacidad del diseño del sistema. ii. En el caso de que el tratamiento sea por autoclave el protocolo se deberá realizar con Bacillus stearothemophilus en una concentración mínima de un vial con una población de 5 x 108 microorganismos. También se realizara un control positivo para determinar el factor de dilución en el caso que no se recupere el inóculo integro. En caso de utilizar otras concentraciones de inóculo, se deberán fundamentar las razones del cambio. 2 Este inciso no aplica para los tratamientos de desechos biológico-infecciosos.
  • 63. iii. En el caso de que el protocolo de pruebas sea para desinfección química, este se deberá realizar con Bacillus subtillus en una concentración mínima de 1 x 108 microorganismos. También se realizará un control positivo para determinar el factor de dilución en el caso que no se recupere el inóculo integro. En caso de utilizar otras concentraciones de inóculo, se deberán fundamentar las razones del cambio. iv. Para cada una de las operaciones mencionadas en el punto anterior, se deberá desarrollar un programa de trabajo calendarizado siguiendo el formato descrito en la Tabla No. 1 v. Para cada una de las operaciones mencionadas anteriormente, desarrollar el balance de masa y energía siguiendo el formato descrito en la Tabla No. 2. vi. Desarrollar el cálculo teórico de la eficiencia del sistema de tratamiento de los desechos peligrosos procesados, con base en el balance de materia y energía presentado en el formato de la Tabla No. 2. NOTA.- Las tomas de muestras, cadena de custodia, reportes de pruebas de caracterización de desechos peligrosos y determinación de emisiones, así como las pruebas de caracterización de los efluentes, deberán ser efectuadas por laboratorios acreditados ante el Instituto Ecuatoriano de Normalización. c. Reporte de resultados Cumplido el periodo de seis meses a partir del inicio de operaciones, dentro de los quince días hábiles siguientes, el responsable del establecimiento entregará al Ministerio del Ambiente o la institución integrante del sistema nacional descentralizado de gestión ambiental en los términos legales aplicables. Los informes de los resultados del protocolo deberán contener lo siguiente: i. Presentar un resumen ejecutivo del protocolo de pruebas efectuado en el cual se indiquen los tiempos reales de cada una de las actividades mencionadas en la Tabla No. 2, incluyendo la descripción de aquellos paros y eventualidades que se hubieren presentado durante el mismo, así como las acciones implementadas para su restablecimiento. ii. Presentar copia de la acreditación otorgada por el Instituto Ecuatoriano de Normalización al laboratorio de prueba que efectuó los muestreos y evaluaciones analíticas durante el protocolo de pruebas, incluyendo los documentos de acreditación de los parámetros y métodos. iii. Presentar el resumen ejecutivo del laboratorio de pruebas que realizó el muestreo y análisis que incluya: A) Copia de los métodos empleados para el muestreo y análisis de los componentes del protocolo. B) Hojas de cadena de custodia.
  • 64. C) Resultados de la caracterización de los desechos peligrosos antes del tratamiento incluyendo la interpretación de los resultados del laboratorio. D) Resultados de la caracterización de los efluentes resultantes del tratamiento incluyendo la interpretación de los resultados del laboratorio. E) Resultados de los muestreos de gases para cada uno de las corridas indicadas en el numeral 7.2.1, incluyendo la interpretación de los cromatogramas 3. F) Presentar el desarrollo del cálculo de la eficiencia de destrucción del sistema (por el laboratorio), con base en los resultados obtenidos. NOTA: El presente formato debe presentarse en original, copia y en CD” en formato Word. El Ministerio del Ambiente o la institución integrante del sistema nacional descentralizado de gestión ambiental podrá realizar visitas de verificación para corroborar la información presentada. Toda información que sea considerada como confidencial para la empresa deberá ser presentada con un sello que indique "Información Confidencial". 3 Este inciso no aplica al tratamiento de biológico-infecciosos.
  • 66. TABLA 1. Programa calendarizado de actividades a realizar durante el protocolo de pruebas No. Actividad Horas / Turno Horas / Turno Horas / Turno 1 2 3 4 5 6 7 8 1 2 3 4 5 6 7 8 1 2 3 4 5 6 7 8 1 Manejo de los desechos del área de almacén a la zona de tratamiento 2 Acondicionamiento del equipo de tratamiento previo a la alimentación 3 Pretratamiento de los desechos previo a la alimentación 4 Muestreo de los desechos antes de su tratamiento 5 Alimentación de los desechos y materias primas 6 Control del equipo durante la prueba 7 Etapa de tratamiento 8 Operación y control del monitoreo de emisiones 9 Descarga de materiales y/o desechos 10 Muestreo de materiales y/o desechos posterior a su tratamiento 11 Manejo de los materiales y/o desechos después del tratamiento NOTA: Considere tiempos y movimientos
  • 68. TABLA 2. Balance de materia y energía para el protocolo de pruebas Número de corrientes del sistema Parámetro ← ↑ → ↓ ° ± ″ 4 W (kg o ton) Q (l o m3) 5 Presión (atm o kg/cm2) Temperatura (ºC) % componente x % componente y % componente z Estado físico S/L/G H (BTU/LB o Kcal/kg) % Cloro 6 4 Para el caso de desechos peligrosos en estado sólido. 5 Para el caso de desechos peligrosos en estado líquido o gaseoso. 6 En su caso NOTA: AGREGUE EL NÚMERO DE CORRIENTES QUE SEA NECESARIO PARA SU CASO PARTICULAR
  • 69. MINISTERIO DEL AMBIENTE. SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA SOLICITUD DE AUTORIZACION PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS Modalidad D.- INCINERACIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS SGD-SM-INC-01 Instrucciones: El proponente deberá presentar la información requerida en esta solicitud siguiendo el orden establecido por los numerales para distinguir claramente lo que corresponde a cada apartado. Esto permitirá que durante la recepción y evaluación de su trámite no se pierda tiempo en la ordenación de su expediente y así la resolución del mismo sea más expedita. 1. DATOS GENERALES Llenar la Hoja General de Información que contiene los datos generales de la empresa y formulario de manejo (MA-SGD-HG-LP-01). 2. DOCUMENTOS ANEXOS En anexo deberá presentar copia de los siguientes documentos: 2.1 Informe de regulación municipal actualizado y si cuenta con licencia ambiental derivada de la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial. 2.2 Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado. 2.3 Términos de Referencia 3. MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS (Presentar los siguientes análisis, descripciones y documentos únicamente para el caso de incineración de desechos industriales peligrosos) 3.1. Recolección de desechos peligrosos. Describir la forma en que se recolectan y reciben los desechos peligrosos, indicando si se utilizará transporte propio o de una empresa autorizada. 3.2 Almacenamiento de los desechos peligrosos antes de su incineración. 3.2.1 Relación de desechos peligrosos a recibir, indicando sus características y estado físico. 3.2.2 Presentar el plano de planta de conjunto, incluyendo el almacén de desechos peligrosos y el área de incineración.
  • 70. 3.2.3 En el anexo se deberá describir detalladamente la forma en que se almacenarán los desechos, la capacidad de almacenamiento y el tipo de envasado. 3.2.4 Describir las especificaciones técnicas y capacidades de los tanques, tambores, o recipientes utilizados para el almacenamiento 3.2.5 Presentar una descripción detallada del manejo de los desechos al llegar a la instalación de incineración, considerando la descarga e identificación de los mismos, movimientos de entrada y salida de la zona de almacén. 3.2.6 Describir detalladamente los desechos generados durante esta operación y su disposición. 3.2.7 Presentar copia del plano del proyecto ejecutivo del almacén. 3.2.8 Describir las medidas de seguridad implementadas en la zona de almacenamiento. 3.3 Incineración de desechos peligrosos. 3.3.1 Presentar plano detallado del área del equipo de proceso. 3.3.2 Describir el manejo de los desechos del área de almacenamiento a la zona de incineración. 3.3.3 Deberá presentar una descripción detallada del sistema de alimentación de desechos, así como las operaciones realizadas en esta actividad. 3.3.4 Indicar el tipo de combustibles utilizados para la incineración de desechos, incluyendo su almacenamiento y alimentación durante la operación a realizar. 3.3.5 Presentar una descripción detallada del proceso que realiza la empresa para incinerar desechos peligrosos (mencionando la capacidad anual de proceso a instalar y la estimada del sistema), incluyendo el desarrollo del proceso a través de la cinética de la reacción y balance de materia y energía. 3.3.6 Presentar diagrama de flujo de las operaciones efectuadas y los puntos donde se generen emisiones a la atmósfera, descargas de agua contaminada, subproductos, desechos o contaminantes. 3.3.7 Describir el sistema de monitoreo de gases, incluyendo su operación, control y puntos de muestreo. 3.3.8 Presentar un cuadro que indique las temperaturas de proceso, así como la eficiencia del equipo, la eficiencia de destrucción de los desechos que puede alcanzar el sistema, el tiempo de residencia de los mismos y los límites de emisiones que genera el equipo.
  • 71. 3.3.9 Presentar la relación de los equipos, instrumentos y maquinaria empleada en la incineración de desechos peligrosos, indicando las características generales de cada uno de ellos. 3.3.10 Detallar todos los sistemas de control de los equipos y las medidas de seguridad implementadas para su operación y prevención de la contaminación en aire, agua y suelo. 3.3.11 Presentar copia de los manuales de operación, de todos los equipos que conforman el sistema de incineración. 3.3.12 Describir el manejo de los materiales y desechos al final del proceso de incineración. 4. INCINERACIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS BIOLÓGICO-INFECCIOSOS (Llenar únicamente en el caso de incineración de desechos peligrosos biológico infecciosos) 4.1 Describir brevemente la incineración que se dará a los desechos peligrosos biológico- infecciosos, indicando el tipo de tecnología que se empleará y las condiciones de diseño para la operación. 4.2 En anexo deberá presentar la propuesta del protocolo de pruebas específico para la incineración propuesta. 4.3 Una vez realizado el protocolo de pruebas, se deberá presentar ante el Ministerio del Ambiente o la institución integrante del sistema nacional descentralizado de gestión ambiental los resultados obtenidos. 5. PROTOCOLO DE PRUEBAS El objetivo del protocolo de pruebas es establecer los criterios específicos para el desarrollo del protocolo de pruebas preoperativas de un sistema de tratamiento térmico de desechos peligrosos, incluyendo los desechos biológico-infecciosos, que demuestre la eficiencia del mismo. 5.1 Descripción del protocolo de pruebas La información que el responsable del establecimiento debe presentar al Ministerio del Ambiente o a la institución integrante del sistema nacional descentralizado de gestión ambiental en su solicitud de autorización es la siguiente: 5.1.1. Presentar un resumen ejecutivo de la forma en la que se llevará a cabo el protocolo de pruebas, indicando las características técnicas bajo las cuales se desarrollará. 5.1.2. Presentar una descripción de los desechos peligrosos a tratar incluyendo las características físico-químicas de la muestra a ser alimentada como composición química, flash point, punto de ebullición, densidad, viscosidad; % de humedad, % de cloro, metales pesados. En el caso de formulación de la carga, anexar el procedimiento del mismo, indicando que tipo de desechos componen la
  • 72. formulación, así como el poder calorífico de la formulación, % de cloro (en su caso), % de humedad. 5.1.3. Presentar un listado de todas las materias primas a ser manejadas durante el protocolo de pruebas, así como sus cantidades en toneladas, estableciendo la relación de alimentación para cada una de ellas. En este punto se debe considerar el combustible empleado, subrogados, agua, soluciones de neutralización y % de exceso de oxígeno (en su caso). 5.1.4. Especificar la cantidad máxima en toneladas de desechos requeridos para la realización del protocolo de pruebas, la cual no deberá exceder la capacidad máxima del almacén. 5.1.5. Presentar un diagrama de bloques en el que se describa cada una de las actividades específicas en secuencia lógica de las acciones para el desarrollo del protocolo de pruebas. 5.1.6. Describir la forma y métodos nacionales o internacionales a utilizar para llevar a cabo las pruebas de laboratorio para el muestreo y caracterización de los desechos peligrosos a tratar. 5.1.7. Describir detalladamente el tipo de emisiones a la atmósfera que son esperadas como resultado de la implementación del protocolo de pruebas en (l/h o m3/h), así como las concentraciones asociadas a cada una de dichas emisiones en (mg/m3). 5.1.8. Describir la forma y métodos nacionales o internacionales a utilizar para llevar a cabo las pruebas de laboratorio para la caracterización de los efluentes resultantes del tratamiento de los desechos peligrosos. 5.1.9. Describir el tipo de disposición propuesta para los efluentes resultantes del tratamiento (agua, sólidos). 5.2 Desarrollo del protocolo de pruebas Los lineamientos bajo los cuales el responsable del establecimiento debe realizar el protocolo de pruebas son los siguientes: 5.2.1 El protocolo de pruebas se deberá llevar a cabo realizando muestreos en series de tres, de cada una de las siguientes etapas: A) En blanco (operación del sistema sin carga) B) Con subrogados (materiales no peligrosos como arena limpia, aserrín, etc.) C) Con desechos peligrosos al 85% de la capacidad de diseño del sistema D) Con desechos peligrosos al 100% de la capacidad del diseño del sistema
  • 73. Los valores a medir para cada una de las pruebas anteriores están descritos en la Tabla No. 1, tomando en consideración los límites máximos permisibles para procesos de incineración y que se describen en dicha tabla. 5.2.2 Para cada una de las operaciones mencionadas en el punto anterior, se deberá desarrollar un programa de trabajo calendarizado siguiendo el formato descrito en la Tabla No. 2. 5.2.3 Para cada una de las operaciones mencionadas anteriormente, desarrollar el balance de masa y energía siguiendo el formato descrito en la Tabla No. 3. NOTA.- Las tomas de muestras, cadena de custodia, reportes de pruebas de caracterización de desechos peligrosos y determinación de emisiones, así como las pruebas de caracterización de efluentes, deberán ser efectuadas por laboratorios acreditados ante el Instituto Ecuatoriano de Normalización. 5.3 Reporte de resultados Cumplido el periodo de seis meses a partir del inicio de operaciones, dentro de los quince días hábiles siguientes, el responsable del establecimiento entregará al Ministerio del Ambiente o la institución integrante del sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, en los términos legales aplicables, los informes de los resultados del protocolo que deberán contener lo siguiente: 5.3.1 Presentar un resumen ejecutivo del protocolo de pruebas efectuado en el cual se indiquen los tiempos reales de cada una de las actividades mencionadas en la Tabla No. 2, incluyendo la descripción de aquellos paros y eventualidades que se hubieren presentado durante el mismo, así como las acciones implementadas para su restablecimiento. 5.3.2 Presentar copia de la acreditación otorgada por el Instituto Ecuatoriano de Normalización al laboratorio de prueba que efectuó los muestreos y evaluaciones analíticas durante el protocolo de pruebas, incluyendo los documentos de acreditación de los parámetros y métodos. 5.3.3 Presentar el resumen ejecutivo del laboratorio de pruebas que realizó el muestreo y análisis que incluya: A) Copia de los métodos empleados para el muestreo y análisis de los componentes del protocolo. B) Hojas de cadena de custodia. C) Resultados de la caracterización de los desechos peligrosos antes del tratamiento incluyendo la interpretación de los cromatogramas. D) Resultados de la caracterización de los efluentes resultantes del tratamiento térmico incluyendo la interpretación de los cromatogramas. E) Resultados de los muestreos de gases para cada uno de las corridas indicadas en el numeral 5.1.2, incluyendo la interpretación de los cromatogramas.
  • 74. F) Presentar el desarrollo del cálculo de la eficiencia de destrucción del sistema con base en los resultados obtenidos (por el laboratorio). 5.3.4 Presentar el resumen de los valores de emisiones detectadas para cada una de las corridas descritas en el numeral 5.1.2 de acuerdo con la Tabla No. 1. NOTA: El presente formato debe presentarse en original, copia y en CD en formato Word. El Ministerio del Ambiente o la institución integrante del sistema nacional descentralizado de gestión ambiental podrá realizar visitas de verificación para corroborar la información presentada. Toda información que sea considerada como confidencial para la empresa deberá ser presentada con un sello que indique "Información Confidencial".
  • 75. Tabla 1. Resultados de emisiones a la atmósfera Elementos Prueba en blanco Prueba con subrogados Prueba con desechos al Prueba con desechos al Límites máximos (a) (b) 85% (c) 100% (d) permisibles PST 30 mg/m3 CO 63 mg/m3 NOX 300 mg/m3 SO2 80 mg/m3 HCl 15 mg/m3 HCt 10 mg/m3 Pb+ Crtotal+ Cu+ Zn 0.7 mg/m3 As+ Co+ Se+ Ni+ Mn+ Sn 0.7 mg/m3 Cd 0.07 mg/m3 Hg 0.07 mg/m3 Dioxinas y Furanos 0.5 ng/m3 EQT
  • 76. TABLA 2. Programa calendarizado de actividades a realizar durante el protocolo de pruebas No. Actividad Horas / Turno Horas / Turno Horas / Turno 1 2 3 4 5 6 7 8 1 2 3 4 5 6 7 8 1 2 3 4 5 6 7 8 1 Acondicionamiento del equipo de tratamiento previo al inicio del protocolo de pruebas 2 Caracterización de los desechos antes del protocolo 3 Tratamiento previo de los desechos (secado, cribado, peletizado, etc.) 4 Alimentación de los desechos por carga o lote 5 Monitoreo de emisiones a la atmósfera 6 Monitoreo perimetral de contaminantes 7 Descarga de agua residual, sólidos y/o cenizas 8 Muestreo y caracterización de los efluentes (Agua, sólidos y cenizas) NOTA: Considere tiempos y movimientos
  • 77. TABLA 3. Balance de materia y energía para el protocolo de pruebas Número de corrientes del sistema Parámetro ← ↑ → ↓ ° ± ″ 7 W (kg o ton) Q (l o m3) 8 Presión (atm o kg/cm2) Temperatura (ºC) % componente x % componente y % componente z Estado físico S/L/G H (BTU/LB O Kcal/kg % Cloro 9 % de O2 en exceso 7 Para el caso de desechos peligrosos en estado sólido. 8 Para el caso de desechos peligrosos en estado líquido. 9 En su caso NOTA: AGREGUE EL NÚMERO DE CORRIENTES QUE SEA NECESARIO PARA SU CASO PARTICULAR
  • 78. MINISTERIO DEL AMBIENTE. SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA SOLICITUD DE AUTORIZACION PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS Modalidad E.- COPROCESAMIENTO DE DESECHOS PELIGROSOS SGD-SM-COP-01 Instrucciones: El proponente deberá presentar la información requerida en esta solicitud siguiendo el orden establecido por los numerales para distinguir claramente lo que corresponde a cada apartado. Esto permitirá que durante la recepción y evaluación de su trámite no se pierda tiempo en la ordenación de su expediente y así la resolución del mismo sea más expedita. 1. DATOS GENERALES Llenar la Hoja General de Información que contiene los datos generales de la empresa y formulario de manejo (MA-SGD-HG-LP-01). 2. DOCUMENTOS ANEXOS En anexo deberá presentar copia de los siguientes documentos: 2.1 Informe de regulación municipal actualizado y si cuenta con licencia ambiental derivada de la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial. 2.2 Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado. 2.3Términos de Referencia 3. MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS (Presentar los siguientes análisis, descripciones y documentos únicamente para el caso de incineración de desechos industriales peligrosos) 3.1 Recolección de desechos peligrosos. Describir la forma en que se recolectan y reciben los desechos peligrosos, indicando si se utilizará transporte propio o de una empresa autorizada. 3.2 Almacenamiento de los desechos peligrosos antes de su incineración. 3.2.1 Relación de desechos peligrosos a recibir, indicando sus características y estado físico.
  • 79. 3.2.2 Presentar el plano de planta de conjunto, incluyendo el almacén de desechos peligrosos y el área de coprocesamiento. 3.2.3 En el anexo se deberá describir detalladamente la forma en que se almacenarán los desechos, la capacidad de almacenamiento y el tipo de envasado. 3.2.4 Describir las especificaciones técnicas y capacidades de los tanques, tambores, o recipientes utilizados para el almacenamiento 3.2.5 Presentar una descripción detallada del manejo de los desechos al llegar a la instalación de coprocesamiento, considerando la descarga e identificación de los mismos, movimientos de entrada y salida de la zona de almacén. 3.2.6 Describir detalladamente los desechos generados durante esta operación y su disposición. 3.2.7 Presentar copia del plano del proyecto ejecutivo del almacén. 3.2.8 Describir las medidas de seguridad implementadas en la zona de almacenamiento. 3.3 Coprocesamiento de desechos peligrosos. 3.3.1 Presentar plano detallado del área del equipo de proceso. 3.3.2 Describir el manejo de los desechos del área de almacenamiento a la zona de coprocesamiento. 3.3.3 Deberá presentar una descripción detallada del sistema de alimentación de desechos, así como las operaciones realizadas en esta actividad. 3.3.4 Presentar una descripción detallada del proceso de coprocesamiento de desechos peligrosos que realiza la empresa (mencionando la capacidad anual de proceso a instalar o en funcionamiento y la estimada del sistema, desechos a coprocesar, desechos formulados, desechos empleados directamente, porcentaje de sustitución de combustibles convencionales, análisis de laboratorio), incluyendo el desarrollo del proceso a través de la cinética de la reacción y balance de materia y energía. 3.3.5 Presentar diagrama de flujo de las operaciones efectuadas y los puntos donde se generen emisiones a la atmósfera, descargas de agua contaminada, subproductos, desechos o contaminantes. 3.3.6 Describir el sistema de monitoreo de gases, incluyendo su operación, control y puntos de muestreo. 3.3.7 Presentar un cuadro que indique las temperaturas de proceso, así como la eficiencia del equipo, la eficiencia de destrucción de los desechos que puede alcanzar el sistema, el tiempo de residencia de los mismos y los límites de emisiones que genera el equipo.
  • 80. 3.3.8 Presentar la relación de los equipos, instrumentos y maquinaria empleada en el coprocesamiento de desechos peligrosos, indicando las características generales de cada uno de ellos. 3.3.9 Detallar todos los sistemas de control de los equipos y las medidas de seguridad implementadas para su operación y prevención de la contaminación en aire, agua y suelo. 3.3.10 Describir el manejo desechos al final del proceso de coprocesamiento. 4. PROTOCOLO DE PRUEBAS El objetivo del protocolo de pruebas es establecer los criterios específicos para el desarrollo de pruebas preoperativas de un sistema de tratamiento térmico de desechos peligrosos, que demuestre la eficiencia del mismo. Descripción del protocolo de pruebas La información que el responsable del establecimiento debe presentar al Ministerio del Ambiente o a la institución integrante del sistema nacional descentralizado de gestión ambiental en su solicitud de autorización es la siguiente: 4.1.1 Presentar un resumen ejecutivo de la forma en la que se llevará a cabo el protocolo de pruebas, indicando las características técnicas bajo las cuales se desarrollará. 4.1.2 Presentar una descripción de los desechos peligrosos a tratar incluyendo las características físico-químicas de la muestra a ser alimentada como composición química, flash point, punto de ebullición, densidad, viscosidad; % de humedad, % de cloro, metales pesados. En el caso de formulación de la carga, anexar el procedimiento del mismo, indicando que tipo de desechos compone la formulación, así como el poder calorífico de la formulación, % de cloro (en su caso), % de humedad. 4.1.3 Presentar un listado de todas las materias primas a ser manejadas durante el protocolo de pruebas, así como sus cantidades en toneladas, estableciendo la relación de alimentación para cada una de ellas. En este punto se debe considerar el combustible empleado, subrogados, agua, soluciones de neutralización y % de exceso de oxígeno en su caso. 4.1.4 Especificar la cantidad máxima en toneladas de desechos requeridos para la realización del protocolo de pruebas, la cual no deberá exceder la capacidad máxima del almacén. 4.1.5 Presentar un diagrama de bloques en el que se describa cada una de las actividades específicas en secuencia lógica de las acciones para el desarrollo del protocolo de pruebas. 4.1.6 Describir la forma y métodos nacionales o internacionales a utilizar para llevar a cabo las pruebas de laboratorio para el muestreo y caracterización de los desechos peligrosos a tratar. 4.1.7 Describir detalladamente el tipo de emisiones a la atmósfera que son esperadas como resultado de la implementación del protocolo de pruebas en (l/h o m3/h),
  • 81. así como las concentraciones asociadas a cada una de dichas emisiones en (mg/m3). 4.1.8 Describir la forma y métodos nacionales o internacionales a utilizar para llevar a cabo las pruebas de laboratorio para la caracterización de los efluentes resultantes del tratamiento de los desechos peligrosos. 4.1.9 Describir el tipo de disposición propuesta para los efluentes resultantes del tratamiento (agua, sólidos). Desarrollo del protocolo de pruebas Los lineamientos bajo los cuales el responsable del establecimiento debe realizar el protocolo de pruebas son los siguientes: El protocolo de pruebas se deberá llevar a cabo realizando muestreos en series de tres, de cada una de las siguientes etapas: a) En blanco (operación del sistema sin carga) b) Con subrogados (materiales no peligrosos como arena limpia, aserrín, etc.) c) Con desechos peligrosos al 85% de la capacidad de diseño del sistema d) Con desechos peligrosos al 100% de la capacidad del diseño del sistema Los valores a medir para cada una de las pruebas anteriores están descritos en la Tabla No. 1, tomando en consideración los límites máximos permisibles para procesos de incineración y que se describen en dicha tabla. Para cada una de las operaciones mencionadas en el punto anterior, se deberá desarrollar un programa de trabajo calendarizado siguiendo el formato descrito en la Tabla No. 2. Para cada una de las operaciones mencionadas anteriormente, desarrollar el balance de masa y energía siguiendo el formato descrito en la Tabla No. 3. NOTA.- Las tomas de muestras, cadena de custodia, reportes de pruebas de caracterización de desechos peligrosos y determinación de emisiones, así como las pruebas de caracterización de efluentes, deberán ser efectuadas por laboratorios acreditados ante el Instituto Ecuatoriano de Normalización. Reporte de resultados Cumplido el periodo de seis meses a partir del inicio de operaciones, dentro de los quince días hábiles siguientes, el responsable del establecimiento entregará al Ministerio del Ambiente o a las instituciones integrantes del sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, en los términos legales aplicables, los informes de los resultados del protocolo que deberán contener lo siguiente: 4.3.1 Presentar un resumen ejecutivo del protocolo de pruebas efectuado en el cual se indiquen los tiempos reales de cada una de las actividades mencionadas en la Tabla No. 2, incluyendo la descripción de aquellos paros y eventualidades que se hubieren presentado durante el mismo, así como las acciones implementadas para su restablecimiento.
  • 82. 4.3.2 Presentar copia de la acreditación otorgada por el Instituto Ecuatoriano de Normalización al laboratorio de prueba que efectuó los muestreos y evaluaciones analíticas durante el protocolo de pruebas, incluyendo los documentos de acreditación de los parámetros y métodos. 4.3.3 Presentar el resumen ejecutivo del laboratorio de pruebas que realizó el muestreo y análisis que incluya: A) Copia de los métodos empleados para el muestreo y análisis de los componentes del protocolo. B) Hojas de cadena de custodia. C) Resultados de la caracterización de los desechos peligrosos antes del tratamiento incluyendo la interpretación de los cromatogramas. D) Resultados de la caracterización de los efluentes resultantes del tratamiento térmico incluyendo la interpretación de los cromatogramas. E) Resultados de los muestreos de gases para cada uno de las corridas indicadas en el numeral 4.1.2, incluyendo la interpretación de los cromatogramas. F) Presentar el desarrollo del cálculo de la eficiencia de destrucción del sistema con base en los resultados obtenidos (por el laboratorio). 4.3.4 Presentar el resumen de los valores de emisiones detectadas para cada una de las corridas descritas en el numeral 4.1.2 de acuerdo con la Tabla No. 1. NOTA: El presente formato debe presentarse en original, copia y en CD en formato Word. El Ministerio del Ambiente o a la institución integrante del sistema nacional descentralizado de gestión ambiental podrá realizar visitas de verificación para corroborar la información presentada. Toda información que sea considerada como confidencial para la empresa deberá ser presentada con un sello que indique "Información Confidencial".
  • 83. Tabla 1. Resultados de emisiones a la atmósfera Prueba con Elementos Prueba en blanco Prueba con desechos Prueba con desechos subrogados (a) al 85% (c) al 100% (d) (b) PST CO NOX SO2 HCl HCt Pb+ Crtotal+ Cu+ Zn As+ Co+ Se+ Ni+ Mn+ Sn Cd Hg Dioxinas y Furanos
  • 84. TABLA 2. Programa calendarizado de actividades a realizar durante el protocolo de pruebas No. Actividad Horas / Turno Horas / Turno Horas / Turno 1 2 3 4 5 6 7 8 1 2 3 4 5 6 7 8 1 2 3 4 5 6 7 8 1 Acondicionamiento del equipo de tratamiento previo al inicio del protocolo de pruebas 2 Caracterización de los desechos antes del protocolo 3 Tratamiento previo de los desechos (Formulado, secado, cribado, peletizado, etc.) 4 Alimentación de los desechos por carga o lote 5 Monitoreo de emisiones a la atmósfera 6 Monitoreo perimetral de contaminantes 7 Descarga de agua residual, sólidos y/o cenizas 8 Muestreo y caracterización de los efluentes (Agua, sólidos y cenizas) NOTA: Considere tiempos y movimientos
  • 85. TABLA 3. Balance de materia y energía para el protocolo de pruebas Número de corrientes del sistema Parámetro ← ↑ → ↓ ° ± ″ W (kg o ton) 10 Q (l o m3) 11 Presión (atm o kg/cm2) Temperatura (ºC) % componente x % componente y % componente z Estado físico S/L/G H (BTU/LB O Kcal/kg % Cloro 12 % de O2 en exceso 10 Para el caso de desechos peligrosos en estado sólido. 11 Para el caso de desechos peligrosos en estado líquido. 12 En su caso NOTA: AGREGUE EL NÚMERO DE CORRIENTES QUE SEA NECESARIO PARA SU CASO PARTICULAR
  • 87. MINISTERIO DEL AMBIENTE. SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA SOLICITUD DE AUTORIZACION PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL PARA EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS Modalidad F.- DISPOSICION FINAL (RELLENO DE SEGURIDAD) SGD-SM-DF-01 Instrucciones: El proponente deberá presentar la información requerida en esta solicitud siguiendo el orden establecido por los numerales para distinguir claramente lo que corresponde a cada apartado. Esto permitirá que durante la recepción y evaluación de su trámite no se pierda tiempo en la ordenación de su expediente y así la resolución del mismo sea más expedita. 1. DATOS GENERALES Llenar la Hoja General de Información que contiene los datos generales de la empresa y formulario de manejo (MA-SGD-HG-LP-01). 2. DOCUMENTOS ANEXOS En anexo deberá presentar copia de los siguientes documentos: 2.1 Informe de regulación municipal actualizado y si cuenta con licencia ambiental derivada de la evaluación de impacto ambiental presentar la resolución ministerial. 2.2 Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado. 2.3 Términos de Referencia 3. MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS. 3.1. Recolección de los desechos. Describir la forma en que se recolectan y reciben los desechos peligrosos en la instalación de reciclaje, indicando si se utilizara transporte propio o de una empresa autorizada. 3.2. Disposición final de los desechos peligrosos (rellenos de seguridad) A) Presentar la información siguiente.
  • 88. 3.2.1. La capacidad estimada del confinamiento. 3.2.2. La relación y cantidad de materias primas necesarias para la operación del confinamiento. 3.2.3. La capacidad total de almacenamiento de materias primas; 3.2.4. La capacidad estimada de disposición de desechos peligrosos por día; 3.2.5. Las instalaciones y las condiciones de operación involucradas en el confinamiento; 3.2.6. Las tecnologías de tratamiento empleadas previas a su disposición final; 3.2.7. Los métodos de análisis aplicables y el plan de muestreo para confirmar la reducción de la peligrosidad de los Desechos que se confinan; 3.2.8. La forma en que se almacenarán los desechos previamente a su disposición final: a granel o envasado y la ubicación del área de almacenamiento temporal con respecto a las otras áreas de la instalación; 3.2.9. La forma que se propone para disponer los desechos peligrosos en las celdas de confinamiento o almacenarlos o acomodarlos en las cavidades geológicamente estables; y 3.2.10. Las operaciones previas al confinamiento de los desechos, así como el diagrama de flujo correspondiente. 3.2.11. Presentar la relación y las especificaciones técnicas de los equipos, instrumentos y maquinaria empleada para el relleno de seguridad. 3.2.12. Detallar todos los sistemas de operación y mantenimiento de los equipos y las medidas de seguridad implementadas y de prevención de la contaminación en aire, agua y suelo. 3.2.13. Presentar copia de los manuales de operación y mantenimiento de todos los equipos que se emplearán en el relleno de seguridad. Anexar estudio de vulnerabilidad del sitio, el cual contendrá: a) La geología regional y local del sitio; b) La climatología e hidrología superficial del sitio; c) El estudio de hidrología del sitio; d) El estudio de geofísica del sitio; e) La estimación de la migración potencial de los contaminantes al agua subterránea; f) La determinación del grado de protección del acuífero; g) La determinación de los riesgos asociados a los desechos y materiales presentes en la operación del confinamiento controlado, probabilidades de ocurrencia de accidentes, los radios potenciales de afectación y las zonas de seguridad; h) La definición de recomendaciones para disminuir el riesgo asociado a la operación del confinamiento controlado; i) La determinación del riesgo a instalaciones e infraestructura del confinamiento y de las zonas vecinas por fugas, incendios y explosión;
  • 89. j) La determinación del riesgo hidrológico por precipitación, inundación y corrientes superficiales; k) El estudio y los resultados de mecánica de suelo y subsuelo del sitio; l) La determinación del riesgo geológico por fallas, sismos y deslizamientos; m) La determinación de lixiviados de los desechos estabilizados; n) La determinación, movilidad, persistencia y toxicidad de los contaminantes o componentes críticos de los desechos estabilizados para los ecosistemas; o) La determinación de los factores específicos al sitio que influyen en la exposición y dispersión de los contaminantes en aire, agua y suelo; p) La determinación y categorización de los puntos, rutas y vías de exposición presentes y futuras; q) La determinación de las poblaciones receptoras más vulnerables; r) La determinación de los valores de las dosis de referencia para los contaminantes o componentes críticos no cancerígenos y de los índices de riesgo para el caso de efectos adversos cancerígenos; s) La determinación de los índices de peligrosidad para el caso de efectos adversos no cancerígenos y los índices de riesgo para el caso de efectos adversos cancerigenos; t) El cálculo de la exposición total para los grupos poblacionales presentes más vulnerables para las distintas rutas y vías de exposición, y u) La determinación de las posibles consecuencias o efectos adversos a la salud humana y al medio ambiente de los riesgos evaluados que se desprenden de la presencia de los contaminantes o componentes críticos. NOTA: El presente formato debe presentarse en original, copia y en CD en formato Word. La Secretaría técnica podrá realizar visitas de verificación para corroborar la información presentada. Toda información que sea considerada como confidencial para la empresa deberá ser presentada con un sello que indique "Información Confidencial".
  • 90. “Logo y razón social de la empresa de tratamiento de desechos peligrosos en el encabezado” CERTIFICADO DE DESTRUCCIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS No.__(1)____ Fecha:___(2)_____ Recibi:______(3)___ (4) de ( 5) MINISTERIO DEL AMBIENTE: Se extiende la presente como comprobante de que _(3)____ (4) de________(5)________ catalogado como desecho peligrosos, fueron transportados por (6)_________________________ a __________(7)________________________________________________ en donde se le dio tratamiento_________(8)__________________________de acuerdo a la Licencia ambiental No.____(9)____________________ de fecha____(10)_____. Generador Razón social Numero de Responsable Teléfono Cantidad Registro (11) (12) (13) (14) (15) Transportista Nombre o razón social (6) Numero de Licencia ambiental (16) Dirección y teléfono (17) Nombre del conductor (18) Disposición final Fecha de recepción: (19) Recibido por: (20) Nombre y firma del responsable (21)
  • 91. INSTRUCCIONES DE LLENADO (1) Numero consecutivo de la empresa de tratamiento de desechos peligrosos (2) Fecha día, mes y año (3) Cantidad en peso de desechos peligrosos (4) Unidades Kg, Litros, etc. (5) Nombre del desecho peligrosos como viene manifestado en el manifiesto único (6) Razón social de la empresa transportista autorizada (7) Dirección de la empresa de tratamiento de desechos peligrosos (8) Nombre del tratamiento autorizado (9) Número de licencia ambiental otorgado empresa de tratamiento de desechos peligrosos. (10) fecha de otorgamiento de licencia ambiental (11) Nombre de la empresa generadora de desechos peligrosos (12) Numero de registro como empresa generadora de desechos peligrosos (13) Nombre del responsable de desechos peligrosos (14) Numero telefónico (15) Cantidad entregada con unidades (16) Numero de licencia ambiental de la empresa transportista (17) Dirección de la empresa de transportista de desechos peligrosos (18) Nombre del conductor de la empresa transportista (19) Fecha de recepción de los desechos peligrosos (20) Nombre de la persona que recibió los desechos (21) Nombre y firma del responsable de la instalación de tratamiento de desechos peligrosos “Dirección de la empresa de tratamiento de desechos peligrosos en el pie página”
  • 92. ANEXO C PROCEDIMIENTO PREVIO PARA EL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL DE TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS RESUMEN Este procedimiento describe la forma en que se llevará a cabo la gestión al interior del Ministerio del Ambiente o en las instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental para el licenciamiento de transporte de materiales peligrosos. Incluye los procedimientos para la emisión de la licencia ambiental, los criterios para la resolución, emisión, suspensión, revocatoria y sanción de licencia, así como los requisitos que deberá cumplir el prestador de servicios para la obtención de la licencia. HOJA DE AUTORIZACIÓN REVISADO / APROBADO POR: CONTROL DE COPIA NOMBRE FIRMA FECHA ELABORADO POR: FECHA DE APLICACIÓN NOMBRE: FIRMA FECHA ESTE PROCEDIMIENTO CONSTA DE: PAGINAS: COMENTARIOS:
  • 93. 1. OBJETIVOS 1.1. Contar con un instrumento de aplicación del Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación Desechos Peligrosos (RPCCD) en lo referente al licenciamiento ambiental de prestadores de servicios de transporte de materiales peligrosos. Así mismo contribuir al cumplimiento del Artículo 50 (literal d) del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. 1.2. Contar con elementos para el cumplimiento de lo establecido en los artículos 156, 202 y 203 del Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos 1.3 Contar con elementos para el cumplimiento de lo establecido en los artículos 228, 231 del Régimen Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos. 1.4 Homologar la gestión para el Transporte de Materiales Peligrosos a aplicarse por todos integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental (Reguladores ambientales sectoriales o seccionales, municipalidades y/o consejos provinciales, Autoridades Ambientales de Aplicación (AAA) y Autoridades Ambientales de Aplicación Responsable (AAAr). 1.5 Establecer los criterios para la emisión de la licencia ambiental de prestadores de servicio de Transporte de Materiales Peligrosos. 2. ALCANCE 2.1 Este procedimiento es de aplicación nacional para todas las Autoridades Ambientales de Aplicación. 2.2 El procedimiento se aplica para la obtención de la Licencia de Materiales Peligrosos determinados en: Listados Nacionales de Productos Químicos Prohibidos Peligrosos y de Uso Severamente Restringido que se utilicen en el Ecuador, Norma Técnica INEN 2- 266:2000 Anexo J y Listado Nacional de Desechos Peligrosos o que estén caracterizados como tales de acuerdo con las normas establecidas para tal efecto y que rebasen las cantidades mínimas definidas en la guía del Listado Nacional de Desechos Peligrosos. 3. REFERENCIAS NORMATIVAS 3.1 Ley de Gestión Ambiental. 3.2 Ley de la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental 3.3 Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente. Libro VI: De la calidad ambiental
  • 94. Titulo IV. Reglamento de la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. (Artículo 50) Titulo V. Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos. (Artículos: 156, apartado b); 168; 171 apartado g); 202; 205; 206; 211; 215; 222 y 223). . Título VI. Régimen Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos (Artículos 228, 231). Titulo IX. Del Sistema de Derechos o Tasas por los Servicios que presta el Ministerio del Ambiente y por el uso y aprovechamiento de bienes nacionales que se encuentren bajo su cargo y protección. 4. DEFINICIONES ALMACENAMIENTO: Acción de guardar temporalmente los productos químicos peligrosos y desechos peligrosos en tanto se procesan para su aprovechamiento, se entrega al servicio de recolección, o se disponen de ellos. CERTIFICADO DEL CURSO BASICO DE CAPACITACION PARA CONDUCTORES DE VEHICULOS QUE TRANSPORTAN PRODUCTOS QUIMICOS PELIGROSOS Y/O DESECHOS PELIGROSOS : Es la preparación que los conductores deben recibir para operar vehículos destinados al transporte de materiales peligrosos, con el fin de adquirir conocimientos necesarios para la manipulación de estos. CONFINAMIENTO CONTROLADO O RELLENO DE SEGURIDAD: Obra de ingeniería para la disposición final de desechos peligrosos que garanticen su aislamiento definitivo y seguro. CONTINGENCIA AMBIENTAL.- Situación de riesgo, derivada de actividades humanas o fenómenos naturales que pueden poner en peligro la integridad de uno varios ecosistemas. DESECHOS PELIGROSOS: Son aquellos desechos sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje, utilización o consumo y que contengan algún compuesto que tenga características reactivas, inflamables, corrosivas, infecciosas, o tóxicas, que represente un riesgo para la salud humana, los recursos naturales y el ambiente de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. ETIQUETADO: Acción de etiquetar con la información impresa en la etiqueta.
  • 95. GENERADOR: se entiende toda persona natural o jurídica, cuya actividad produzca desechos peligrosos u otros desechos, si esa persona es desconocida, será aquella persona que éste en posesión de esos desechos y/o los controle. GENERACIÓN: Cantidad de desechos originados por una determinada fuente en un intervalo de tiempo dado. GESTIÓN: Es la actividad o conjunto de actividades realizadas por las distintas personas naturales o jurídicas, que comprenden todas las fases del ciclo de vida de los productos químicos peligrosos GESTION AMBIENTAL: Conjunto de políticas, normas, actividades operativas y administrativas de planeamiento, financiamiento y control estrechamente vinculadas, que deben ser ejecutadas por el Estado y la sociedad para garantizar el desarrollo sustentable y una óptima calidad de vida. HOJA DE SEGURIDAD: Es el documento que describe los riesgos de un material peligroso y suministra información sobre como se puede manipular, usar y almacenar el material con seguridad. LICENCIA AMBIENTAL: Es la autorización que otorga la autoridad competente a una persona natural o jurídica, para la ejecución de un proyecto, obra o actividad. En ella se establecen los requisitos, obligaciones y condiciones que el beneficiario debe cumplir para prevenir, mitigar o corregir los efectos indeseables que el proyecto, obra o actividad autorizada pueda causar en el ambiente. MANEJO: Se entiende por manejo las operaciones de recolección, envasado, etiquetado, almacenamiento, reuso Y/o reciclaje, transporte, tratamiento y disposición final de los desechos, incluida la vigilancia de los lugares de disposición final. MATERIALES PELIGROSOS: Elementos, sustancias, compuestos, residuos o mezclas de ellos que, independientemente de su estado físico, representen un riesgo para el ambiente, la salud o los recursos naturales, por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas. NUMERO ONU: Es un código especifico o número de serie para cada mercancía peligrosa (Producto Químico Peligroso y/o Desecho Peligroso) asignado por el sistema de la organización de las Naciones Unidas (ONU), y que permite identificar el producto sin importar el país del cual provenga. MANIFIESTO: Documento Oficial, por el que la autoridad ambiental competente y el generador mantienen un estricto control sobre el transporte y destino de los desechos peligrosos producidos dentro del territorio nacional. MANEJO AMBIENTALMENTE RACIONAL: se entiende la adopción de todas las medidas posibles para garantizar que los desechos peligrosos y otros desechos se
  • 96. manejen de manera que queden protegidos el medio ambiente y la salud humana contra los efectos nocivos que pueden derivarse de tales desechos. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL.- Documento que establece en detalle y orden cronológico las acciones que se requieren para evitar, mitigar, controlar, corregir y compensar los diferentes impactos ambientales negativos, o acentuar los impactos positivos causados en el desarrollo de una acción propuesta. Por lo general, el plan de manejo ambiental consiste de varios sub-planes dependiendo de las características de la actividad o proyecto propuesto. PLAN DE EMERGENCIA.- diseño y ejecución de obras o actividades encaminadas a evitar los posibles impactos y efectos negativos por la generación de desechos peligrosos que un proyecto, obra o actividad pueda generar sobre el entorno humano y/o natural. PREVENCIÓN.- Conjunto de medidas y acciones respuestas con anticipación con el fin de evitar la ocurrencia de un evento o de reducir sus consecuencias sobre la población, los bienes, servicios y medio ambiente. PLAN DE CONTINGENICA.- Programa de tipo preventivo y reactivo con una estructura estratégica, operativa e informática desarrollada por la empresa, industria, o algún sector de la cadena de transporte, para el control de una emergencia que se produzca durante el manejo, transporte y almacenamiento de materiales peligrosos, con el propósito de mitigar las consecuencias y reducir los riesgos de empeoramiento de la situación y acciones inapropiadas. PRODUCTO QUÍMICO (PQ): Toda sustancia orgánica o inorgánica obtenida a través de procesos de transformación físicos y/o químicos y utilizada en actividades industriales, comerciales de servicios o domésticas. PRODUCTO QUÍMICO PROHIBIDO: Todo aquel cuyos usos, por razones sanitarias o ambientales, haya sido prohibido por decisión gubernamental ecuatoriana o por convenios internaciones suscritos o ratificados por el gobierno nacional. PRODUCTO QUÍMICO PELIGROSO: Es todo aquel que por sus características físico-químicas presenta riesgo de afectación a la salud, el ambiente o destrucción de bienes, lo cual obliga a controlar su uso y limitar la exposición a él. PRODUCTO QUÍMICO RIGUROSAMENTE RESTRINGIDO.- Es todo aquel cuyos usos, por razones sanitarias o ambientales, haya sido prohibido prácticamente en su totalidad, pero del que se siguen autorizando, de manera restringida, algunos usos específicos. RECICLAJE: Proceso de utilización de un material recuperado en el ciclo de producción en el que ha sido generado.
  • 97. RIESGO AMBIENTAL.- Peligro potencial que afecta al medio ambiente, los ecosistemas, la población y/o sus bienes derivado de la probabilidad de ocurrencia y severidad del daño causado por accidentes o eventos extraordinarios asociados con la implementación y ejecución de una actividad o proyecto propuesto. RECOLECCIÓN: Acción de transferir los desechos al equipo destinado a transportarlo a las instalaciones de almacenamiento, tratamiento o reciclaje, o a los sitios de disposición final. SIMULACRO.- Ejercicio de juego de roles que se lleva a cabo en un escenario real o construcción en forma posible para asemejarlo. TARJETA DE EMERGENCIA.- Es el documento que contiene información básica sobre la identificación del material peligroso y datos del fabricante, identificación de peligros, protección personal y control de exposición, medidas de primeros auxilios, medidas para extinción de incendios, medidas de revertido accidental, estabilidad y reactividad e información sobre el transporte. TRANSPORTE: Cualquier movimiento de productos químicos peligrosos y desechos peligrosos a través de cualquier medio de transportación, efectuado conforme a lo dispuesto en este reglamento, dentro del territorio nacional. TRATAMIENTO: Acción de transformar los desechos por medio de la cual se cambian sus características. VULNERABILIDAD.- factor de riesgo de un sujeto o sistema expuesto a una amenaza, correspondiente a su predisposición intrínseca a ser afectado o de ser susceptible a sufrir una perdida. 5. RESPONSABILIDADES Los funcionarios del Ministerio del Ambiente y del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental tienen la responsabilidad de conocer este procedimiento, así como de aplicar los criterios establecidos para el otorgamiento de la Licencia Ambiental para el Transporte de Materiales Peligrosos. Es responsabilidad de los funcionarios verificar que las solicitudes y formularios se encuentren debidamente llenados para proceder a la verificación del cumplimiento de requisitos y el proceso de otorgamiento de la licencia. 6. DESARROLLO 6.1. El interesado en obtener la Licencia Ambiental para Transporte de Materiales Peligrosos deberá presentar la respectiva solicitud de licenciamiento, la misma que deberá incluir todos los requisitos establecidos en los formularios MA-R-LAT-01 y MA-HDG-LAT-01.
  • 98. 6.2 Papeleta de depósito en la Cuenta Corriente del Ministerio del Ambiente No. 0010000793 en el Banco Nacional de Fomento, de la tasa correspondiente de USD 100.00, de conformidad con dispuesto en el Art. 11 del Libro IX del Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria (TULAS). 6.3. Los funcionarios del Ministerio del Ambiente o de las Autoridades Ambientales de Aplicación Responsables iniciará la revisión y análisis de los requisitos presentados, para lo cual se dispondrá de quince días calendario. Luego de este tiempo se notificara al interesado sobre el resultado de su solicitud. 6.4 En caso de que el Ministerio del Ambiente ó las Autoridades Ambientales de Aplicación determinen que la información presentada por el proponente fuese observada, o no satisfaga las exigencias y requerimientos mínimos previstos, comunicará esta decisión al promotor y fijará las condiciones o requisitos que el promotor deberá presentar hasta lograr su aprobación, se da un plazo de 30 días laborables para que el promotor cumpla lo solicitado, caso contrario se archiva el trámite. 6.5 El MAE otorgará o denegará la licencia ambiental en un plazo no mayor a sesenta (60) días laborables, contados desde la presentación de la totalidad de los requisitos. 6.6 El proponente deberá presentar el cronograma valorado de ejecución del plan de manejo ambiental anual, incluidas las responsabilidades. 6.7 El proponente deberá presentar el certificado del costo del valor de la inversión total para prestar el servicio de transporte. 6.8 El Ministerio del Ambiente o la Autoridades Ambientales de Aplicación Responsables notificarán al proponente el valor de la tasa por emisión de la Licencia Ambiental, que corresponde al 1 por mil del valor de la inversión total para prestar el servicio de transporte y la tasa del primer año por seguimiento y monitoreo al plan de manejo ambiental según lo establecido en el Libro IX del TULAS y extenderá las ordenes de pago correspondientes. 6.9 El proponente deberá remitir al Ministerio del Ambiente o a las Autoridades Ambientales de Aplicación Responsables lo siguiente: • Papeleta de depósito en la Cuenta Corriente del Ministerio del Ambiente No, 0010000793 en el Banco de Fomento , de las tasas correspondientes a la emisión del Licencia Ambiental y Seguimiento y Monitoreo, • Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan Anual de Manejo Ambiental, equivalente al 100% del Cronograma Anual Valorado, a nombre del Ministerio del Ambiente o a nombre de las Autoridades Ambientales de Aplicación Responsables
  • 99. Si la Autoridad Ambiental de Aplicación considera que la documentación proporcionada por el proponente cumple los requerimientos previstos, dispondrá la preparación de la resolución. 6.10 Preparación de la Resolución de la Licencia Ambiental El Ministerio del Ambiente o la Autoridades Ambientales de Aplicación Responsables notificara la aprobación de licenciamiento ambiental mediante la emisión de la resolución y acuerdo ministerial correspondiente, que contendrá: o No. de licencia ambiental como prestador de servicio. o La especificación de cuales son los materiales peligrosos, amparados por la licencia. o Los términos en los que se otorga la licencia en donde se especifique las obligaciones a las que quedará sujeto el prestador de servicio para un adecuado control del transporte de materiales peligrosos. o El código para la declaración anual de transporte de materiales peligrosos. La licencia ambiental contendrá entre otros: el señalamiento de las condiciones, obligaciones, requisitos aplicables para llevar a cabo la actividad de transporte de materiales peligrosos. La Subsecretaria de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente inscribirá la Licencia Ambiental en el Registro de Licencias Ambientales y notificará y entregará el proponente el original de la Licencia Ambiental emitida por el Ministerio del Ambiente, que rige desde la fecha de la Resolución Ministerial, la cual contiene todas las obligaciones y responsabilidades que el Proponente asume en materia ambiental por el tiempo de vigencia de la Licencia. 7. TEMPORALIDAD DE LA LICENCIA La licencia para el prestador de servicios de transporte tendrá una vigencia de tres años condicionada a que el licenciatario presentará una Auditoria Ambiental que contendrá la declaración anual de manejo de los materiales peligrosos juramentada, plan de manejo ambiental y no incurra en los incumplimientos causales de la suspensión temporal o definitiva que se establecen en los puntos 8. 9 y 10. de este procedimiento. 8. SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA AMBIENTAL (Art. 27 del SUMA) 9. REVOCATORIA DE LA LICENCIA AMBIENTAL (Art. 28 del SUMA)
  • 100. 10. DE LAS SANCIONES La Autoridad ambiental de aplicación, sancionará mediante lo establecido en los Arts. 222, 223, 224, 225, del Reglamento de Prevención y Control de la Contaminación por desechos peligrosos. 11. FORMULARIOS PARA EL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL PARA EL PRESTADOR DE SERVICIOS PARA EL TRANSPORTE MATERIALES PELIGROSOS El Ministerio del Ambiente a través de la Dirección de Prevención y Control de la Contaminación y la Subsecretaria de Gestión Ambiental Costera, proporcionará los formularios para el licenciamiento de prestadores de servicios de transporte a la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable para la aplicación del presente procedimiento Se anexan los documentos siguientes: • Hoja general de información (MA-HDG-LAT-01) • Formulario de declaración anual de transporte de productos químicos peligrosos (MA-PQP-DA) • Formulario de declaración anual de desechos peligrosos (MA-SGD-DA) • Formularios de requisitos específicos para el otorgamiento de la licencia ambiental de transporte de materiales peligrosos. (MA-R-LAT-01)
  • 101. MINISTERIO DEL AMBIENTE. SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL COSTERA REQUISITOS ESPECIFICOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA AMBIENTAL PARA EL TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS MAE-R-LAT-01 Instrucciones: El proponente deberá presentar la información requerida siguiendo el orden establecido por los numerales para distinguir claramente lo que corresponde a cada apartado. Esto permitirá que durante la recepción y evaluación de su trámite no se pierda tiempo en la ordenación de su expediente y así la resolución del mismo sea más expedita. 1. INFORMACIÓN GENERAL Llenar la Hoja de Información General que contiene los datos generales de la persona natural o jurídica (MAE-HDG-LAT-01), 2. REQUISITOS PARA EL VEHICULO Descripción general por vehículo Número Número Número Clase Tipo Año de Cilindraje Tonelaje Peso de de de fabricación bruto placa motor chasis vehicular (PBV) PBV = Capacidad de arrastre de la unidad de acuerdo al fabricante (ficha técnica del fabricante) 2.2. Descripción especifica por vehículo • Archivo fotográfico
  • 102. 2.3. Documentos de respaldo • Copia del Certificado de revisión vehicular para el o municipios que así lo exijan • Copia de matricula actualizado 3. REQUISITOS PARA EL CONDUCTOR • Licencia de conducir tipo E vigente • Certificado del curso básico obligatorio de capacitación para conductores de vehículos que transporten materiales peligrosos, avalado por el Ministerio del Ambiente. 4. DETALLE DEL TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS Indicar los materiales peligrosos para las cuáles se cuenta con la capacidad y la infraestructura para el transporte seguro. Productos Químicos Peligrosos Nombre del Número Capacidad Tipo de Número Tipo de embalaje / Producto ONU de vehículo de envases Químico transporte vehículo Peligroso (ton) Desechos Peligrosos Nombre del Número Clave de los Capacidad de Tipo de Tipo de desechos ONU desechos de recolección y vehículo Embalaje / peligrosos de acuerdo al transporte (ton) envases acuerdo al listado listado Nacional Nacional de Desechos Peligrosos Indicar los puntos intermedios y de destino de los materiales peligrosos:
  • 103. Productos Químicos Peligrosos Provincia Cantones Provincia Clave de los productos Cantón s Cantón de intermedi de Otro País químicos peligrosos de origen intermedi destino os destino as Nota: en la columna otro, explicar el material peligroso es transportado fuera del país Desechos Peligrosos Clave de los desechos Cantones Provincia Cantón de Provincias Cantón de de acuerdo al listado intermedio de Otro País origen intermedias destino Nacional s destino Nota: en la columna otro, explicar el material peligroso es transportado fuera del país 5. RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE DESECHOS BIOLÓGICO INFECCIOSOS Llenar únicamente en el caso de recolección y transporte de Desechos Peligrosos Biológico Infecciosos 5.1 Descripción de los vehículos. Presentar en anexo una relación de los vehículos propuestos a emplear para el transporte de los Desechos Peligrosos, indicando el modelo, tipo, No. de serie, características y capacidades, de acuerdo a la siguiente tabla, (incluir fotografías que muestren el sistema mecanizado de carga y descarga, sistema de enfriamiento, sistema de captación de lixiviados y la caja hermética). Peso bruto Peso Tipo de / No. de No. de Vehicular Vehicular Modelo Tipo Cilindraje Embalaje/envasa placas Motor (PBV) (PV) Ton do Ton
  • 104. Donde: PBV = Capacidad de arrastre de la unidad de acuerdo al fabricante (ficha técnica del fabricante). PV = Peso vehicular de la unidad (peso del vehículo vacío) 5.2 Informar sobre el lugar donde se realizará el lavado de contenedores y vehículos, y si cuenta con algún tipo de tratamiento el agua. 6. RECOLECCIÓN DE DESECHOS BIFENILOS POLICLORADOS Y/O HEXACLORADOS Llenar únicamente en el caso de recolección de bifenilos policlorados (BPC’s) y/o Desechos hexaclorados (HEXA’s). 6.1. Descripción de las actividades de recolección A) Presentar una descripción de los trabajos de acondicionamiento in-situ que pretende realizar, detallando las actividades particulares para identificación de transformadores conteniendo BPC’s, así como su drenado, trasvasado, acondicionado de líquidos, empaque de capacitores y transformadores, sólidos, materiales contaminados, compactado de tanques, empacado, recolección y embarque a su destino final. B) Presentar una descripción del tipo de preparación previa del lugar en donde se realizarán las actividades anteriores. C) Presentar una descripción y especificaciones del tipo de tanques y contenedores que se usarán en las actividades descritas. D) Presentar el programa de capacitación impartido o por impartir al personal que manejará los bifenilos policlorados o desechos hexaclorados. 7. SEGUROS Presentar copia del seguro de responsabilidad civil contra daños a terceros y al ambiente durante las operaciones involucradas en el transporte de materiales peligrosos 8. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Se deberá presentar un Plan de Manejo Ambiental que cuente con: • Análisis de riesgo ambiental • Plan de contingencia para prevención y atención de accidentes • Programa de capacitación Presentar el cronograma valorado de las actividades detalladas en el plan de manejo ambiental que incluya: actividad, tiempo de ejecución, costo y responsables.
  • 105. 9. DOCUMENTACION ANEXA • Certificado de inspección técnica vehicular emitido por una compañía verificadora • Certificado de calibración de tanques cisterna, emitida por una compañía verificadora • Copia del Registro Único de Contribuyentes • Copia del acta de constitución para personas jurídicas • Copia del nombramiento de representante legal y documentos personales del representante legal para personas jurídicas • Copia de la Guía de remisión • Bitácora de las horas de viaje del conductor • Modelo de la Tarjeta de Emergencia • Modelo de la Hoja de Seguridad. • Manual de Procedimientos • Habilitar un registro de accidentes que permanecerá en el vehículo en el cual se registrarán los accidentes acaecidos durante las operaciones que realicen y que deberán ser reportados a la Autoridad Nacional Competente, la cual deberá contener la siguiente información: ♦ Fecha del accidente. ♦ Hora del accidente ♦ Ruta de transporte ♦ Ubicación geográfica. ♦ Identificación del vehículo. ♦ Materiales peligrosos involucrados ♦ Breve descripción del evento. ♦ Descripción de las medidas adoptadas ♦ Observaciones. ♦ Firma de persona responsable. 10. PAGO DE DERECHOS. La empresa, que cumpla con los requisitos técnicos y previos al otorgamiento de la licencia ambiental, deberá efectuar el pago de derechos correspondientes.
  • 106. REGISTRO GENERAL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LA INSTITUCION INTEGRANTE DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTION AMBIENTAL (MA-HDG-LAT-01) PARA SER LLENADO POR EL MAE O INSTITUCIONES INTEGRANTES DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTIÓN AMBIENTAL 1) SOLICITUD NÚMERO: 2) LICENCIA PARA TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS: Productos Químicos Peligrosos ( ) Transporte de Desechos Peligrosos ( ) 3) NÚMERO DE LICENCIA AMBIENTAL: (Si cuenta con este número, derivado de la evaluación de impacto ambiental presentar la Constancia de Registro u oficio resolutivo) 4) RECIBIDO POR: Nombre y firma (Sello con fecha de recibido) 5) ENVIAR A (marcar con una X) Ministerio del Ambiente. Subsecretaría de Calidad Ambiental. Institución integrante del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental PARA SER LLENADO POR EL SOLICITANTE NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL O JURIDICA Nombre y firma del representate legal Declaramos que la información contenida en esta solicitud y sus anexos es fidedigna y que puede ser verificada por el MAE, la que en caso de omisión o falsedad, podrá invalidar el trámite y/o aplicar las sanciones correspondientes. Nombre y firma del responsable técnico DATOS GENERALES 1) NOMBRE DE LA EMPRESA O PERSONA QUE SOLICITA EL TRAMITE RUC: 2) NUMERO DE VEHICULOS SUJETOS A LA LICENCIA 3) DOMICILIO DE SOLICITANTE Calle: Número: Provincia: Parroquia: Teléfonos: Fax: Correo electronico: 4) DOMICILIO DEL ESTABLECIIENTO (En caso de que el establecimiento o instalación para el transporte de materiales peligrosos tenga otra dirección a la del domicilio manifestada en el apartado anterior, indicarla en esta sección). Calle: Número: Provincia: Parroquia: Teléfonos: Fax: Correo electronico: 5) SECTOR AL QUE SE PRESTA SERVICIO Extracción de petróleo y Gas Natural Coque y productos de refinación del Fabricación de sustancias y Papel y productos de papel Productos de caucho y plástico Textiles Vehículos automotores Producción de madera Maquinaria y equipo Explotación de minas y extracción Alimentos y bebidas Transporte Comunicaciones Electricidad, gas o agua. Agricultura, horticultura, floricultura, Pinturas, barnices y productos y Otros 6) FECHA DE INICIO DE OPERACIÓN: DIA MES ANO
  • 107. DECLARACION ANUAL DE TRANSPORTE DE PRODUCTOS QUIMICOS PELIGROSOS (MA-PQP-DA) GUIAS DE REMISION IDENTIFICACION DEL PQP TRANSPORTADOS Nº (6) IDENTIFICACION DEL Nº ONU (2) CANTIDAD UNIDAD (3) ORIGEN (4) DESTINO (5) REMITENTE (1) Fecha de DESTINATARIO Fecha de inicio de terminación del traslado (7) traslado (8) OBSERVACIONES (1) Indicar el nombre del Producto Quimico Peligrosos (PQP) (2) Indicar el numero ONU (3) Indicar si son Toneladas, litros, kilogramos (4) Indique el punto de partida ( Provincia, Ciudad) (5) Indique el punto de destino ( Provincia, Ciudad) (6) Indicar el numero de guia de remisión (7) Indicar la fecha de inicio del embarque (8) Indicar la fecha del desembarque