El documento establece una serie de regulaciones sobre las instituciones financieras y cooperativas en Ecuador. Entre otras cosas, indica que el Superintendente de Bancos y Seguros debe publicar trimestralmente un boletín financiero y definir un programa anual de capacitación; prohíbe la congelación de depósitos en bancos e instituciones financieras; y establece que las cooperativas requieren al menos 11 socios para constituirse legalmente y que los socios deben tener capacidad civil para contratar.