3. Órgano …..
(facultad)
ÓRGANOS Y ORGANISMOS CON FACULTAD
RECAUDATORIA
Crear CONTRIBUCIONES
(LEY)
Estado Administración tributaria
(recaudar)
Facultad recaudadora es la
acción de realizar el cobro de
las diversas obligaciones
tributarias conforme a….
4. FACULTADES DEL EJECUTIVO
FEDERAL EN MATERIA FISCAL
En el ámbito estrictamente fiscal cabe decir que son competencia del Ejecutivo Federal
las siguientes facultades:
a) Presentar las iniciativas de leyes impositivas al Congreso de la Unión, por medio de la
Cámara de Diputados.
b) Formular la iniciativa de la Ley de Ingresos.
c) Preparar y presentar el proyecto del presupuesto de egresos federal.
d) Establecer la política fiscal que tiene que aplicar la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público.
5. SECRETARIA DE HACIENDA
Y CRÉDITO PÚBLICO
Por conducto de la SHCP, con fundamento en el art 31 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, disponer la realización de actividades, por lo tanto,
desempeñan un papel importante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el
Servicio de Administración Tributaria, en cuanto a:
1. La recaudación, comprobación y determinación de créditos fiscales;
2. La aplicación del procedimiento administrativo de ejecución y el conocimiento del
recurso de revocación y;
3. La defensa del interés fiscal en los juicios ante los tribunales.
6. Órganos Administrativos
DESCONCENTRADOS
… “Artículo 17° LOAPF. Para la más eficaz atención y eficiente despacho
de los asuntos de su competencia, las Secretarías de Estado podrán
contar con órganos administrativos desconcentrados que les estarán
jerárquicamente subordinados y tendrán facultades específicas para
resolver sobre la materia y dentro del ámbito territorial que se determine
en cada caso, de conformidad con las disposiciones legales
aplicables…”
7. Órganos
desconcentrados
EN MATERIA
FISCAL
SAT
(Secretaria de Administración Tributaria).
El SAT está regulado por la Ley del Servicio
de Administración Tributaria, en la que se
establece, en su art 1o, que es un órgano
desconcentrado de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, con carácter
de autoridad fiscal.
La desconcentración administrativa
consiste en una forma de organización en
la que los entes públicos, aun cuando
dependen jerárquicamente de un órgano
centralizado, gozando de cierta autonomía
técnica y funcional.
8. Ley del Servicio de
Administración
Tributaria
• Artículo 1o. El Servicio de Administración
Tributaria es un órgano desconcentrado de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el
carácter de autoridad fiscal, y con las atribuciones
y facultades ejecutivas que señala esta Ley.
• Artículo 2o. El Servicio de Administración
Tributaria tiene la responsabilidad de aplicar la
legislación fiscal y aduanera con el fin de que las
personas físicas y morales contribuyan
proporcional y equitativamente al gasto público,
de fiscalizar a los contribuyentes para que
cumplan con las disposiciones tributarias y
aduaneras, de facilitar e incentivar el
cumplimiento voluntario de dichas disposiciones,
y de generar y proporcionar la información
necesaria para el diseño y la evaluación de la
política tributaria.
9. ATRIBUCIONES
DEL SAT
Artículo 7o. El Servicio de Administración
Tributaria tendrá las atribuciones siguientes:
I. Recaudar los impuestos, contribuciones
de mejoras, derechos, productos,
aprovechamientos federales y sus
accesorios de acuerdo a la legislación
aplicable;
VII.Vigilar y asegurar el debido
cumplimiento de las disposiciones
fiscales y aduaneras y, en su caso,
ejercer las facultades de comprobación
previstas en dichas disposiciones;
X. Fungir como órgano de consulta del
Gobierno Federal en las materias fiscal y
aduanera;
10. ¿Qué organismos forman parte de la
Administración pública paraestatal?
…”Artículo 3° LOAPF.- El Poder Ejecutivo de la Unión se auxiliará en los términos
de las disposiciones legales correspondientes, de las siguientes entidades de la
administración pública paraestatal:
I.- Organismos descentralizados;
II.- Empresas de participación estatal, instituciones nacionales de crédito,
organizaciones auxiliares nacionales de crédito e instituciones nacionales de
seguros y de fianzas, y
III.- Fideicomisos…”
Artículo 45° LOAPF .- Son organismos descentralizados las entidades creadas por
ley o decreto del Congreso de la Unión o por decreto del Ejecutivo Federal, con
personalidad jurídica y patrimonio propios, cualquiera que sea la estructura legal
que adopten.
11. ORGANISMOS
FISCALES
AUTÓNOMOS
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
1. Es un organismo público descentralizado,
con personalidad jurídica y patrimonio propios,
2. Integración operativa tripartita, debido a
que a la misma concurren los sectores
público, social y privado,
3. Tiene el carácter de organismo fiscal
autónomo, tal como se establece en el artículo
5° de la LSS.
4. Tiene por finalidad garantizar el derecho a
la salud, la asistencia médica, la protección de
los medios de subsistencia y los servicios
sociales necesarios para el bienestar
individual y colectivo (Art. 2° LSS).
12. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores (INFONAVIT)
El Infonavit es un organismo fiscal autónomo facultado para determinar,
en caso de incumplimiento, el importe de las aportaciones patronales y
las bases para su liquidación y cobro.
Articulo 3° Ley INFONAVIT
I.- Administrar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda;
II.- Establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los
trabajadores obtener crédito barato.
13. Procuraduría de la Defensa del Contribuyente
(PRODECON)
La PRODECON es el órgano descentralizado del que se auxilia el gobierno federal para garantizar el
derecho de los contribuyentes a recibir justicia en materia fiscal.
CODIGO FISCAL DE LA FEEDRACIÓN
Artículo 18-B.- La protección y defensa de los derechos e intereses de los contribuyentes en materia
fiscal y administrativa, estará a cargo de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente,
correspondiéndole la asesoría, representación y defensa de los contribuyentes que soliciten su
intervención, en todo tipo de asuntos emitidos por autoridades administrativas y organismos federales
descentralizados, así como, determinaciones de autoridades fiscales y de organismos fiscales
autónomos de orden federal.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente se establece como organismo autónomo, con
independencia técnica y operativa. La prestación de sus servicios será gratuita y sus funciones,
alcance y organización se contienen en la Ley Orgánica respectiva.
14. BIBLIOGRAFÍA
• Carrasco Iriate, H. (2017). Derecho fiscal I: (7 ed.). México, D.F,
Mexico: IURE Editores.
• Dorantes Chávez, L. F. (2015). Derecho fiscal: ( ed.). México D.F,
Mexico: Grupo Editorial Patria.