Concejalía de Educación
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CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS QUE OTORGA LA CONCEJALÍA
DE EDUCACIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO PARA EL
CURSO ACADÉMICO 2015-2016
La Concejalía de Educación del Excmo. Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix
convoca, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la adquisición de libros de
texto para los alumnos del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria,
Educación Secundaria y Bachillerato empadronados en San Agustín del Guadalix, y
matriculados en los centros públicos del municipio.
BASES REGULADORAS
BASE 1ª.- OBJETO Y CONDICIONES.
Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas con una cuantía total de
veinticuatro mil doscientos (24.200,00) euros.
La cuantía de la ayuda será de máximo 100 euros por alumno para el segundo ciclo de
educación infantil y primaria y 150 para secundaria y bachillerato.
La concesión de estas ayudas por el Ayuntamiento será incompatible con cualquier otro
tipo de subvención, ayudas, ingresos o recursos, para la misma finalidad, procedentes de
cualquiera Administración o Entes Públicos, tanto nacionales, como de la Unión Europea o de
Organismos Internacionales (excepto el préstamo de libros por parte de los centros
educativos)
No podrán adquirirse con estas ayudas materiales de oficina, de papelería o
equipamiento de cualquier tipo.
BASE 2ª.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA
Los créditos presupuestarios máximos destinados a la presente convocatoria están
contemplados en la aplicaciones presupuestarias que a continuación se especifican del
Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015, sin perjuicio de que se incrementen las
cantidades señaladas previa modificación presupuestaria, no siendo necesario en éstos casos
que se proceda a la modificación de las presente convocatoria:
Aplicación presupuestaria 326-481.01. 24.200,00 euros
BASE 3ª.- DESTINATARIOS Y REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS
Podrán solicitar las ayudas a que se refiere la presente convocatoria el padre, madre o
tutor del beneficiario (interesado-solicitante) que esté empadronado en San Agustín del
Concejalía de Educación
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Guadalix y que esté cursando segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria,
Educación Secundaria o Bachillerato en centros públicos del Municipio de San Agustín del
Guadalix, debiendo aportar la documentación que se indica en la BASE 9.
El/la solicitante de la ayuda deberá reunir, además de los criterios establecidos con carácter
general en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
los siguientes requisitos:
a) En el caso de unidad familiar formada por dos miembros, madre o padre o tutor legal
e hijo, que el cómputo total de sus ingresos obtenidos durante el ejercicio 2014 no
supere el 175% del Salario Mínimo Interprofesional vigente (SMI), para el ejercicio
2014.
b) En el caso de unidad familiar que cuente con tres o más miembros, madre, padre o
tutores legales y un hijo o más, el solicitante podrá ser beneficiario si los ingresos de
dicha unidad familiar no superen el 175% del Salario Mínimo Interprofesional vigente
(SMI), para el ejercicio 2014, incrementándose el cómputo un 25% más por cada
menor o por cada discapacitado con un grado igual o superior al 33%.
A efectos informativos, y según lo previsto en el RD 1046/2013, de 27 de diciembre de
2013, los importes de referencia serian los siguientes:
SMI 2014: 9.034,20 euros anuales
SMI 2014 X 175%: 15.809,85 euros anuales
Al importe anterior (15.809,85 euros anuales) se añadirán 3.952,46 euros por cada menor
o discapacitado con un grado igual o superior al 33%)
c) Que el solicitante y todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años se
encuentren al corriente de pago de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de
San Agustín del Guadalix.
d) Que el solicitante y todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años se
encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, y con
la Tesorería General de la Seguridad Social.
BASE 4ª.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las solicitudes se
cumplimentarán en el modelo ANEXO a estas bases y se presentarán por duplicado, en el
Registro Municipal del Ayuntamiento, Plaza de la Constitución 1, de 08,30 a 13,30 horas, de
Concejalía de Educación
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lunes a viernes. Deberán formularse por los interesados o personas que acrediten su
representación por cualquier medio válido en derecho. El Registro Municipal fechará y sellará
los dos ejemplares, devolviendo uno de ellos al solicitante.
BASE 5ª.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
El plazo de presentación de solicitudes será del 5 al 19 de Octubre de 2015 (ambas
fechas inclusive)
BASE 6ª.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria se adjudicarán por orden inverso de
magnitud de la renta de la unidad familiar del solicitante hasta agotar el presupuesto y siempre
que cumplan las condiciones establecidas en la base 3ª.
En caso de empate en la adjudicación se utilizará como criterio de prioridad para la
concesión de la ayuda la existencia de algún miembro de la unidad familiar que esté afectado
por un grado de minusvalía igual o superior al 33%, y en caso de resultar necesario, como
siguiente criterio de prioridad para el desempate, la fecha de registro de la solicitud totalmente
cumplimentada. Para los casos de empate no previstos anteriormente se utilizará el sorteo.
BASE 7ª.- COMPUTO TOTAL DE LOS INGRESOS DE LA UNIDAD FAMILIAR
La renta de la unidad familiar (entendiéndose esta la formada por el padre, madre o
tutores legales e hijos que convivan con la familia), a efectos de esta Convocatoria, se
obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio del año 2014 de todos sus miembros que
obtengan ingresos de cualquier naturaleza. En todo caso, se excluirán los saldos negativos de
ganancias y pérdidas patrimoniales correspondientes a ejercicios anteriores
Si ninguno de los miembros de la unidad familiar genera ingresos con deducción de
IRPF, la situación económica deberá acreditarse, de alguna de las siguientes formas:
- Mediante informe de vida laboral positivo o negativo de la Seguridad Social
acompañado del correspondiente certificado del empleador en el que se determinen
los ingresos del trabajador.
- Mediante documento expedido por los servicios sociales municipales, debidamente
firmado y sellado, en el que conste la intervención de dichos servicios sociales y, si
fuera posible, la cantidad estimada de ingresos anuales de que dispone la unidad
familiar.
En caso de no poder demostrar los ingresos generados durante el año 2014 de ninguna de las
maneras indicadas anteriormente, el solicitante quedará excluido.
Concejalía de Educación
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BASE 8ª.- INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
El órgano instructor del procedimiento será la Concejalía de Educación del
Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix que procederá a la tramitación de las solicitudes
presentadas en tiempo y forma conforme a los criterios establecidos en las presentes Bases.
BASE 9ª.- DOCUMENTACIÓN
Las solicitudes se ajustarán al modelo establecido y estarán a disposición de los
interesados en el Registro Municipal del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix y en su
página Web: www.sanagustindelguadalix.net
La solicitud será firmada por el padre y madre o tutor o persona/s encargadas de la
guarda y protección del alumno, excepto en los supuestos de separación o divorcio en los que
podrá ser firmado únicamente por el progenitor que tenga la custodia del menor.
Se adjuntará la siguiente documentación:
- Fotocopia del D.N.I. del solicitante, si es mayor de 14 años, y de todos los
miembros computables de la unidad familiar mayores de 14 años, que convivan en
el mismo domicilio.
- Fotocopia compulsada (en caso de no haberla presentado telemáticamente) de la
declaración completa de la renta del año 2014 (de todos los miembros
computables de la unidad familiar) con su justificante de presentación. En el
caso de que el beneficiario no tenga obligación de presentar la declaración, deberá
aportar certificado de imputaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas (IRPF) correspondiente al año 2014.
- Fotocopia del libro de familia completo o documentación oficial acreditativa de los
miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento. Si los miembros de la
unidad familiar que figuran no fueran los mismos que constan en la citada
documentación, deberá justificarse mediante sentencia de separación o divorcio o
convenio regulador donde conste la custodia del menor, certificado de defunción o
cualquier otro documento o justificante que se estime pertinente como medio de
prueba de su situación familiar.
- En caso de que algún miembro de la unidad familiar tenga un grado de minusvalía,
igual o superior al 33%, fotocopia compulsada del certificado de dicha
discapacidad.
- Justificante bancario del interesado-solicitante y titular de la cuenta, en la que se
realizará el abono, con el número de cuenta (24 dígitos).
En todo caso la documentación que se presente deberá estar en vigor en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Concejalía de Educación
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BASE 10ª.- RELACIONES PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.
SUBSANACIONES
Finalizada la tramitación prevista en la base anterior, se elaborarán las listas
provisionales de admitidos y excluidos, que se expondrán en los tablones de anuncios de los
Centros Docentes del Municipio, en los del Ayuntamiento y en su página Web:
www.sanagustindelguadalix.net el 29 de octubre de 2015.
Figurar en el listado provisional de admitidos no supondrá necesariamente adquirir la
condición de beneficiario de la convocatoria, condición que se obtendrá únicamente en
aplicación de lo estipulado en la base 12ª.
En las relaciones provisionales de excluidos figurará la causa de exclusión.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir
del siguiente al de inserción de las listas en los tablones de anuncios de los centros de
educación públicos del Municipio, los del Ayuntamiento y en su página Web:
www.sanagustindelguadalix.net, para subsanar los defectos observados mediante la
aportación de la documentación que estimen oportuna en el registro municipal del
Ayuntamiento, teniéndolos por desistidos de su petición si así no lo hicieren.
BASE 11ª.- COMISIÓN DE VALORACIÓN
La evaluación de las solicitudes presentadas, será efectuada por una Comisión creada
al efecto integrada por el Concejal de Educación, los Directores de los centros públicos del
Municipio y un trabajador del Ayuntamiento designado por la Concejalía de Educación que
actuará como secretario con voz pero sin voto.
BASE 12ª.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA
La concesión o denegación de estas ayudas se efectuará por la Concejalía de
Educación previa propuesta de resolución presentada por la Comisión de Valoración.
La resolución de la convocatoria expresará el nombre y apellidos de los alumnos
beneficiarios y el importe de la ayuda.
La resolución detallará, asimismo, las solicitudes de becas denegadas, en cuya relación
figurará la causa que haya motivado la no obtención de la misma.
La resolución y listados definitivos de beneficiarios, no beneficiarios y de excluidos
se harán públicos en los tablones de anuncios de los Centros Docentes del Municipio, en los
del Ayuntamiento y en la página Web del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix
Concejalía de Educación
6
www.sanagustindelguadalix.net, el 30 de noviembre de 2015 y contra la misma resolución,
en el plazo de un mes, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Concejalía
de Educación.
BASE 13ª.- EXCLUSIÓN DE LOS LISTADOS
Cuando el solicitante tenga la condición de víctima de violencia de género y
únicamente a los efectos de evitar que el nombre figure en los listados provisionales y
definitivos, deberá indicarse expresamente en la solicitud.
Esta situación se acreditará mediante orden de protección o cualquier otro de los
medios previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la
Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.
BASE 14ª- ABONO Y JUSTIFICACIÓN.
El abono se realizará mediante transferencia bancaria.
Los beneficiarios acreditarán el destino de la subvención concedida, mediante la
presentación de la siguiente documentación:
Originales o fotocopias compulsadas de todos los gastos realizados. Los gastos se
justificarán mediante facturas.
Las facturas contendrán al menos los siguientes datos: Nº factura, fecha, nombre
y NIF del proveedor, domicilio, nombre y NIF del cliente, concepto por el que se factura,
IVA aplicado e importe total. Deberán estar fechadas hasta el 19 de octubre del año
2015 (fecha en que finaliza el plazo para presentar las solicitudes de las ayudas) y selladas.
BASE 15ª.- RÉGIMEN JURÍDICO
Las subvenciones se someterán a lo previsto en estas Bases y para lo no previsto se
estará a lo dispuesto en la legislación de carácter general y en la normativa de régimen local.
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y en su
defecto las normas de derecho privado.
En San Agustín del Guadalix, a 15 de julio de 2015
Fdo. Dña. Rocío Espinosa Riquelme
Concejal de Educación
Concejalía de Educación
1
ALUMNO 2
¿Padece discapacidad superior al 33%?
SI NO
Estudios que cursará en 2015/2016
Curso Etapa
Nombre del centro en el que cursará el curso 2015/2016 Nombre del centro y estudios que cursó en 2014/2015
Primer Apellido Segundo Apellido Nombre
Fecha de nacimiento
ALUMNO 3
¿Padece discapacidad superior al 33%?
SI NO
Estudios que cursará en 2015/2016
Curso Etapa
Nombre del centro en el que cursará el curso 2015/2016 Nombre del centro y estudios que cursó en 2014/2015
Primer Apellido Segundo Apellido Nombre
Fecha de nacimiento
ALUMNO 4
¿Padece discapacidad superior al 33%?
SI NO
Estudios que cursará en 2015/2016
Curso Etapa
Nombre del centro en el que cursará el curso 2015/2016 Nombre del centro y estudios que cursó en 2014/2015
Primer Apellido Segundo Apellido Nombre
Fecha de nacimiento
SOLICITUD BECAS DE LIBROS DE TEXTO 2015-2016
ALUMNO 1
¿Padece discapacidad superior al 33%?
SI NO
Estudios que cursará en 2015/2016
Curso Etapa
Nombre del centro en el que cursará el curso 2015/2016 Nombre del centro y estudios que cursó en 2014/2015
Primer Apellido Segundo Apellido Nombre
Fecha de nacimiento
A) DATOS DE ALUMNOS PARA LOS QUE SE SOLICITA LA BECA
Concejalía de Educación
2
B) DATOS FAMILIARES
Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones
o ayudas públicas.
Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento,
hallarse declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley
Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
Haber dado lugar, por causa de la que hubiera sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier
contrato celebrado con la Administración.
Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades o aquellos que ostenten la representación
legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de
Incompatibilidades con los Miembros de Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración
General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones públicas, o de tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica
5/1985, de 19 de junio, de Régimen General Electoral, en los términos establecidos en la misma o en la
normativa de la Comunidad Autónoma Canaria.
Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
No hallarse al corriente de las obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. (la presente declaración responsable,
se emite a los efectos del artículo 24 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, y sustituye a las certificaciones administrativas positivas
emitidas por los órganos competentes).
¿Percibe la familia la renta mínima de inserción (RMI) o está intervenida por los servicios sociales municipales? S I NO
MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR DISTINTOS DE LOS ALUMNOS DEL EPÍGRAFE A
Tipo de vía Nombre de la vía Número Escalera Piso Letra
Municipio Código Postal Teléfono Móvil Otro teléfono de interés
DOMICILIO FAMILIAR Y TELÉFONO DE CONTACTO
Padre/madre
Hijo/a*
Ascendiente
padres
--/--/----Hijo/a*
--/--/----Hijo/a*
Nombre
* Se indicarán los datos de los hijos menores de 25 años, miembros de la unidad familiar, que no figuren entre los alumnos
para los que se solicita la ayuda en este centro, así como los mayores de 25 años discapacitados.
Hijo/a*
Cónyuge o
análogo
--/--/----
--/--/----
DNI o NIE Apellidos Discapacidad
33% SI/NO
Fecha
nacimiento
Ascendiente
padres
SEÑALAR CON UNA X AQUELLAS CIRCUNSTANCIAS QUE CONCURRAN EN EL SOLICITANTE
Concejalía de Educación
3
No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones anteriormente concedidas o no
haber justificado debidamente las mismas, en ambos casos, según resolución del órgano municipal competente.
No haber presentado la justificación de otras subvenciones concedidas por este Ayuntamiento en la fecha de
presentación de solicitudes.
No hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal.
Declaro, bajo mi responsabilidad que la subvención recibida ha sido invertida de forma íntegra en el objeto para el que se concedió, además,
declaro que para la financiación del gasto justificado no se han solicitado o recibido otras ayudas o subvenciones de cualesquiera
administraciones públicas o entidades públicas o privadas, así como que se ha cumplido con todos los requisitos recogidos en las BASES de
Subvención y que son ciertos los datos incluidos en esta justificación.
C) DOCUMENTACIÓN
NOTA: Cada solicitante presentará la documentación necesaria según su caso, una vez aplicadas las bases de esta convocatoria.
A firmar por todos los miembros computables de la familia que obtengan ingresos
Los abajo firmantes declaran bajo su responsabilidad que aceptan las bases de la convocatoria, que cumplen los requisitos
exigidos por la misma, que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y que son ciertos
todos los datos que constan en esta solicitud.
Expresan igualmente su compromiso de informar a la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de San Agustín del
Guadalix de cualquier otra ayuda pública o privada para la misma finalidad.
En____________________________________________________________________, a____________de_______________________2015
SOLICITANTE CONYUGE ASCENDIENTES PADRES OTROS HIJOS OTROS HIJOS
(padre, madre, tutor) (en su caso) (en su caso) (en su caso) (en su caso)
(firma) (firma) (firma) (firma) (firma)
Nº DNI o NIE del solicitante
SEÑALAR CON UNA X LA DOCUMENTACIÓN QUE PRESENTA Y AÑADIR A LA LISTA AQUELLOS QUE
EN ELLA NO APAREZCAN
Fotocopia de documento acreditativo de de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento.
Fotocopia de sentencia de separación o divorcio o convenio regulador donde conste la custodia del menor.
Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años que convivan en el mismo domicilio o menores si
son los titulares de la cuenta bancaria a la que se realizará la transferencia bancaria.
Fotocopia certificado de defunción.
Informe de los Servicios Sociales
Fotocopia de justificante bancario del titular y nº de cuenta (24 dígitos)
Fotocopia del libro de familia completo
Informe de la vida laboral del año 2014 positivo o negativo de la Seguridad Social acompañado del correspondiente certificado del
empleador. (En caso de no presentar la declaración de la renta)
En caso de que algún miembro de la unidad familiar tenga un grado de minusvalía, igual o superior al 33%, fotocopia compulsada del
certificado de dicha discapacidad.
Fotocopia compulsada (si no ha sido presentada telemáticamente) de la declaración completa de la renta del año, con su justificante de
presentación, 2014 o Fotocopia compulsada del certificado negativo de Hacienda del año 2014 (Todos los miembros computables de la
unidad familiar).
Concejalía de Educación
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D) JUSTIFICACIÓN
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17
18
NOTA: Las facturas contendrán al menos los siguientes datos: Número de factura, fecha, nombre y NIF del proveedor,
domicilio, nombre y NIF del cliente, concepto por el que se factura, IVA aplicado e importe total. Deberán estar fechadas antes
del 19 de octubre del año 2015 y selladas.
ORIGINALES O FOTOCOPIAS COMPULSADAS DE LAS FACTURAS DE LOS SIGUIENTES GASTOS
REALIZADOS:
PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “GESTIÓN ECONÓMICA Y CONTABLE”. Dicho fichero está
inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid
(www.madrid.org/apdcm) y el órgano responsable es la Concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix, donde el
interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, todo el cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

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Bases e impresos becas

  • 1. Concejalía de Educación 1 CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS QUE OTORGA LA CONCEJALÍA DE EDUCACIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO ACADÉMICO 2015-2016 La Concejalía de Educación del Excmo. Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix convoca, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la adquisición de libros de texto para los alumnos del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Bachillerato empadronados en San Agustín del Guadalix, y matriculados en los centros públicos del municipio. BASES REGULADORAS BASE 1ª.- OBJETO Y CONDICIONES. Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas con una cuantía total de veinticuatro mil doscientos (24.200,00) euros. La cuantía de la ayuda será de máximo 100 euros por alumno para el segundo ciclo de educación infantil y primaria y 150 para secundaria y bachillerato. La concesión de estas ayudas por el Ayuntamiento será incompatible con cualquier otro tipo de subvención, ayudas, ingresos o recursos, para la misma finalidad, procedentes de cualquiera Administración o Entes Públicos, tanto nacionales, como de la Unión Europea o de Organismos Internacionales (excepto el préstamo de libros por parte de los centros educativos) No podrán adquirirse con estas ayudas materiales de oficina, de papelería o equipamiento de cualquier tipo. BASE 2ª.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA Los créditos presupuestarios máximos destinados a la presente convocatoria están contemplados en la aplicaciones presupuestarias que a continuación se especifican del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015, sin perjuicio de que se incrementen las cantidades señaladas previa modificación presupuestaria, no siendo necesario en éstos casos que se proceda a la modificación de las presente convocatoria: Aplicación presupuestaria 326-481.01. 24.200,00 euros BASE 3ª.- DESTINATARIOS Y REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS Podrán solicitar las ayudas a que se refiere la presente convocatoria el padre, madre o tutor del beneficiario (interesado-solicitante) que esté empadronado en San Agustín del
  • 2. Concejalía de Educación 2 Guadalix y que esté cursando segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria o Bachillerato en centros públicos del Municipio de San Agustín del Guadalix, debiendo aportar la documentación que se indica en la BASE 9. El/la solicitante de la ayuda deberá reunir, además de los criterios establecidos con carácter general en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los siguientes requisitos: a) En el caso de unidad familiar formada por dos miembros, madre o padre o tutor legal e hijo, que el cómputo total de sus ingresos obtenidos durante el ejercicio 2014 no supere el 175% del Salario Mínimo Interprofesional vigente (SMI), para el ejercicio 2014. b) En el caso de unidad familiar que cuente con tres o más miembros, madre, padre o tutores legales y un hijo o más, el solicitante podrá ser beneficiario si los ingresos de dicha unidad familiar no superen el 175% del Salario Mínimo Interprofesional vigente (SMI), para el ejercicio 2014, incrementándose el cómputo un 25% más por cada menor o por cada discapacitado con un grado igual o superior al 33%. A efectos informativos, y según lo previsto en el RD 1046/2013, de 27 de diciembre de 2013, los importes de referencia serian los siguientes: SMI 2014: 9.034,20 euros anuales SMI 2014 X 175%: 15.809,85 euros anuales Al importe anterior (15.809,85 euros anuales) se añadirán 3.952,46 euros por cada menor o discapacitado con un grado igual o superior al 33%) c) Que el solicitante y todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años se encuentren al corriente de pago de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. d) Que el solicitante y todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, y con la Tesorería General de la Seguridad Social. BASE 4ª.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las solicitudes se cumplimentarán en el modelo ANEXO a estas bases y se presentarán por duplicado, en el Registro Municipal del Ayuntamiento, Plaza de la Constitución 1, de 08,30 a 13,30 horas, de
  • 3. Concejalía de Educación 3 lunes a viernes. Deberán formularse por los interesados o personas que acrediten su representación por cualquier medio válido en derecho. El Registro Municipal fechará y sellará los dos ejemplares, devolviendo uno de ellos al solicitante. BASE 5ª.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. El plazo de presentación de solicitudes será del 5 al 19 de Octubre de 2015 (ambas fechas inclusive) BASE 6ª.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria se adjudicarán por orden inverso de magnitud de la renta de la unidad familiar del solicitante hasta agotar el presupuesto y siempre que cumplan las condiciones establecidas en la base 3ª. En caso de empate en la adjudicación se utilizará como criterio de prioridad para la concesión de la ayuda la existencia de algún miembro de la unidad familiar que esté afectado por un grado de minusvalía igual o superior al 33%, y en caso de resultar necesario, como siguiente criterio de prioridad para el desempate, la fecha de registro de la solicitud totalmente cumplimentada. Para los casos de empate no previstos anteriormente se utilizará el sorteo. BASE 7ª.- COMPUTO TOTAL DE LOS INGRESOS DE LA UNIDAD FAMILIAR La renta de la unidad familiar (entendiéndose esta la formada por el padre, madre o tutores legales e hijos que convivan con la familia), a efectos de esta Convocatoria, se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio del año 2014 de todos sus miembros que obtengan ingresos de cualquier naturaleza. En todo caso, se excluirán los saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales correspondientes a ejercicios anteriores Si ninguno de los miembros de la unidad familiar genera ingresos con deducción de IRPF, la situación económica deberá acreditarse, de alguna de las siguientes formas: - Mediante informe de vida laboral positivo o negativo de la Seguridad Social acompañado del correspondiente certificado del empleador en el que se determinen los ingresos del trabajador. - Mediante documento expedido por los servicios sociales municipales, debidamente firmado y sellado, en el que conste la intervención de dichos servicios sociales y, si fuera posible, la cantidad estimada de ingresos anuales de que dispone la unidad familiar. En caso de no poder demostrar los ingresos generados durante el año 2014 de ninguna de las maneras indicadas anteriormente, el solicitante quedará excluido.
  • 4. Concejalía de Educación 4 BASE 8ª.- INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO El órgano instructor del procedimiento será la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix que procederá a la tramitación de las solicitudes presentadas en tiempo y forma conforme a los criterios establecidos en las presentes Bases. BASE 9ª.- DOCUMENTACIÓN Las solicitudes se ajustarán al modelo establecido y estarán a disposición de los interesados en el Registro Municipal del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix y en su página Web: www.sanagustindelguadalix.net La solicitud será firmada por el padre y madre o tutor o persona/s encargadas de la guarda y protección del alumno, excepto en los supuestos de separación o divorcio en los que podrá ser firmado únicamente por el progenitor que tenga la custodia del menor. Se adjuntará la siguiente documentación: - Fotocopia del D.N.I. del solicitante, si es mayor de 14 años, y de todos los miembros computables de la unidad familiar mayores de 14 años, que convivan en el mismo domicilio. - Fotocopia compulsada (en caso de no haberla presentado telemáticamente) de la declaración completa de la renta del año 2014 (de todos los miembros computables de la unidad familiar) con su justificante de presentación. En el caso de que el beneficiario no tenga obligación de presentar la declaración, deberá aportar certificado de imputaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al año 2014. - Fotocopia del libro de familia completo o documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento. Si los miembros de la unidad familiar que figuran no fueran los mismos que constan en la citada documentación, deberá justificarse mediante sentencia de separación o divorcio o convenio regulador donde conste la custodia del menor, certificado de defunción o cualquier otro documento o justificante que se estime pertinente como medio de prueba de su situación familiar. - En caso de que algún miembro de la unidad familiar tenga un grado de minusvalía, igual o superior al 33%, fotocopia compulsada del certificado de dicha discapacidad. - Justificante bancario del interesado-solicitante y titular de la cuenta, en la que se realizará el abono, con el número de cuenta (24 dígitos). En todo caso la documentación que se presente deberá estar en vigor en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • 5. Concejalía de Educación 5 BASE 10ª.- RELACIONES PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS. SUBSANACIONES Finalizada la tramitación prevista en la base anterior, se elaborarán las listas provisionales de admitidos y excluidos, que se expondrán en los tablones de anuncios de los Centros Docentes del Municipio, en los del Ayuntamiento y en su página Web: www.sanagustindelguadalix.net el 29 de octubre de 2015. Figurar en el listado provisional de admitidos no supondrá necesariamente adquirir la condición de beneficiario de la convocatoria, condición que se obtendrá únicamente en aplicación de lo estipulado en la base 12ª. En las relaciones provisionales de excluidos figurará la causa de exclusión. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de inserción de las listas en los tablones de anuncios de los centros de educación públicos del Municipio, los del Ayuntamiento y en su página Web: www.sanagustindelguadalix.net, para subsanar los defectos observados mediante la aportación de la documentación que estimen oportuna en el registro municipal del Ayuntamiento, teniéndolos por desistidos de su petición si así no lo hicieren. BASE 11ª.- COMISIÓN DE VALORACIÓN La evaluación de las solicitudes presentadas, será efectuada por una Comisión creada al efecto integrada por el Concejal de Educación, los Directores de los centros públicos del Municipio y un trabajador del Ayuntamiento designado por la Concejalía de Educación que actuará como secretario con voz pero sin voto. BASE 12ª.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA La concesión o denegación de estas ayudas se efectuará por la Concejalía de Educación previa propuesta de resolución presentada por la Comisión de Valoración. La resolución de la convocatoria expresará el nombre y apellidos de los alumnos beneficiarios y el importe de la ayuda. La resolución detallará, asimismo, las solicitudes de becas denegadas, en cuya relación figurará la causa que haya motivado la no obtención de la misma. La resolución y listados definitivos de beneficiarios, no beneficiarios y de excluidos se harán públicos en los tablones de anuncios de los Centros Docentes del Municipio, en los del Ayuntamiento y en la página Web del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix
  • 6. Concejalía de Educación 6 www.sanagustindelguadalix.net, el 30 de noviembre de 2015 y contra la misma resolución, en el plazo de un mes, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Concejalía de Educación. BASE 13ª.- EXCLUSIÓN DE LOS LISTADOS Cuando el solicitante tenga la condición de víctima de violencia de género y únicamente a los efectos de evitar que el nombre figure en los listados provisionales y definitivos, deberá indicarse expresamente en la solicitud. Esta situación se acreditará mediante orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid. BASE 14ª- ABONO Y JUSTIFICACIÓN. El abono se realizará mediante transferencia bancaria. Los beneficiarios acreditarán el destino de la subvención concedida, mediante la presentación de la siguiente documentación: Originales o fotocopias compulsadas de todos los gastos realizados. Los gastos se justificarán mediante facturas. Las facturas contendrán al menos los siguientes datos: Nº factura, fecha, nombre y NIF del proveedor, domicilio, nombre y NIF del cliente, concepto por el que se factura, IVA aplicado e importe total. Deberán estar fechadas hasta el 19 de octubre del año 2015 (fecha en que finaliza el plazo para presentar las solicitudes de las ayudas) y selladas. BASE 15ª.- RÉGIMEN JURÍDICO Las subvenciones se someterán a lo previsto en estas Bases y para lo no previsto se estará a lo dispuesto en la legislación de carácter general y en la normativa de régimen local. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto las normas de derecho privado. En San Agustín del Guadalix, a 15 de julio de 2015 Fdo. Dña. Rocío Espinosa Riquelme Concejal de Educación
  • 7. Concejalía de Educación 1 ALUMNO 2 ¿Padece discapacidad superior al 33%? SI NO Estudios que cursará en 2015/2016 Curso Etapa Nombre del centro en el que cursará el curso 2015/2016 Nombre del centro y estudios que cursó en 2014/2015 Primer Apellido Segundo Apellido Nombre Fecha de nacimiento ALUMNO 3 ¿Padece discapacidad superior al 33%? SI NO Estudios que cursará en 2015/2016 Curso Etapa Nombre del centro en el que cursará el curso 2015/2016 Nombre del centro y estudios que cursó en 2014/2015 Primer Apellido Segundo Apellido Nombre Fecha de nacimiento ALUMNO 4 ¿Padece discapacidad superior al 33%? SI NO Estudios que cursará en 2015/2016 Curso Etapa Nombre del centro en el que cursará el curso 2015/2016 Nombre del centro y estudios que cursó en 2014/2015 Primer Apellido Segundo Apellido Nombre Fecha de nacimiento SOLICITUD BECAS DE LIBROS DE TEXTO 2015-2016 ALUMNO 1 ¿Padece discapacidad superior al 33%? SI NO Estudios que cursará en 2015/2016 Curso Etapa Nombre del centro en el que cursará el curso 2015/2016 Nombre del centro y estudios que cursó en 2014/2015 Primer Apellido Segundo Apellido Nombre Fecha de nacimiento A) DATOS DE ALUMNOS PARA LOS QUE SE SOLICITA LA BECA
  • 8. Concejalía de Educación 2 B) DATOS FAMILIARES Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. Haber dado lugar, por causa de la que hubiera sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades con los Miembros de Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones públicas, o de tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen General Electoral, en los términos establecidos en la misma o en la normativa de la Comunidad Autónoma Canaria. Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones. No hallarse al corriente de las obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. (la presente declaración responsable, se emite a los efectos del artículo 24 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, y sustituye a las certificaciones administrativas positivas emitidas por los órganos competentes). ¿Percibe la familia la renta mínima de inserción (RMI) o está intervenida por los servicios sociales municipales? S I NO MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR DISTINTOS DE LOS ALUMNOS DEL EPÍGRAFE A Tipo de vía Nombre de la vía Número Escalera Piso Letra Municipio Código Postal Teléfono Móvil Otro teléfono de interés DOMICILIO FAMILIAR Y TELÉFONO DE CONTACTO Padre/madre Hijo/a* Ascendiente padres --/--/----Hijo/a* --/--/----Hijo/a* Nombre * Se indicarán los datos de los hijos menores de 25 años, miembros de la unidad familiar, que no figuren entre los alumnos para los que se solicita la ayuda en este centro, así como los mayores de 25 años discapacitados. Hijo/a* Cónyuge o análogo --/--/---- --/--/---- DNI o NIE Apellidos Discapacidad 33% SI/NO Fecha nacimiento Ascendiente padres SEÑALAR CON UNA X AQUELLAS CIRCUNSTANCIAS QUE CONCURRAN EN EL SOLICITANTE
  • 9. Concejalía de Educación 3 No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones anteriormente concedidas o no haber justificado debidamente las mismas, en ambos casos, según resolución del órgano municipal competente. No haber presentado la justificación de otras subvenciones concedidas por este Ayuntamiento en la fecha de presentación de solicitudes. No hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal. Declaro, bajo mi responsabilidad que la subvención recibida ha sido invertida de forma íntegra en el objeto para el que se concedió, además, declaro que para la financiación del gasto justificado no se han solicitado o recibido otras ayudas o subvenciones de cualesquiera administraciones públicas o entidades públicas o privadas, así como que se ha cumplido con todos los requisitos recogidos en las BASES de Subvención y que son ciertos los datos incluidos en esta justificación. C) DOCUMENTACIÓN NOTA: Cada solicitante presentará la documentación necesaria según su caso, una vez aplicadas las bases de esta convocatoria. A firmar por todos los miembros computables de la familia que obtengan ingresos Los abajo firmantes declaran bajo su responsabilidad que aceptan las bases de la convocatoria, que cumplen los requisitos exigidos por la misma, que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y que son ciertos todos los datos que constan en esta solicitud. Expresan igualmente su compromiso de informar a la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix de cualquier otra ayuda pública o privada para la misma finalidad. En____________________________________________________________________, a____________de_______________________2015 SOLICITANTE CONYUGE ASCENDIENTES PADRES OTROS HIJOS OTROS HIJOS (padre, madre, tutor) (en su caso) (en su caso) (en su caso) (en su caso) (firma) (firma) (firma) (firma) (firma) Nº DNI o NIE del solicitante SEÑALAR CON UNA X LA DOCUMENTACIÓN QUE PRESENTA Y AÑADIR A LA LISTA AQUELLOS QUE EN ELLA NO APAREZCAN Fotocopia de documento acreditativo de de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento. Fotocopia de sentencia de separación o divorcio o convenio regulador donde conste la custodia del menor. Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años que convivan en el mismo domicilio o menores si son los titulares de la cuenta bancaria a la que se realizará la transferencia bancaria. Fotocopia certificado de defunción. Informe de los Servicios Sociales Fotocopia de justificante bancario del titular y nº de cuenta (24 dígitos) Fotocopia del libro de familia completo Informe de la vida laboral del año 2014 positivo o negativo de la Seguridad Social acompañado del correspondiente certificado del empleador. (En caso de no presentar la declaración de la renta) En caso de que algún miembro de la unidad familiar tenga un grado de minusvalía, igual o superior al 33%, fotocopia compulsada del certificado de dicha discapacidad. Fotocopia compulsada (si no ha sido presentada telemáticamente) de la declaración completa de la renta del año, con su justificante de presentación, 2014 o Fotocopia compulsada del certificado negativo de Hacienda del año 2014 (Todos los miembros computables de la unidad familiar).
  • 10. Concejalía de Educación 4 D) JUSTIFICACIÓN 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 NOTA: Las facturas contendrán al menos los siguientes datos: Número de factura, fecha, nombre y NIF del proveedor, domicilio, nombre y NIF del cliente, concepto por el que se factura, IVA aplicado e importe total. Deberán estar fechadas antes del 19 de octubre del año 2015 y selladas. ORIGINALES O FOTOCOPIAS COMPULSADAS DE LAS FACTURAS DE LOS SIGUIENTES GASTOS REALIZADOS: PROTECCIÓN DE DATOS Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “GESTIÓN ECONÓMICA Y CONTABLE”. Dicho fichero está inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y el órgano responsable es la Concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix, donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, todo el cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.