SALUD OCUPACIONAL   MAGISTERIO FEBRERO 2011 U.T. DEL SUR OCCIDENTE
ALBA YENNY CERON MD. MG SALUD OCUPACIONAL DEPARTAMENTO SALUD OCUPACIONAL COSMITET LTDA FEBRERO  2011
COSMITET  LTDA Corporación de servicios médicos internacionales THEM Y CIA LTDA Objeto social: prestación de servicios médicos asistenciales, elaboración y ejecución de programas de salud basados en sistema de garantía de calidad en salud para el sur occidente :  Valle, Cauca, Nariño, Caldas, Risaralda, Quindio.
 
CLINICA SANTA SOFIA DEL PACIFICO
SALUD OCUPACIONAL   La rama de la salud pública orientada a promover y mantener en el mayor grado posible el bienestar físico, mental y social de los trabajadores, protegiéndolos en su empleo de todos los agentes perjudiciales para la salud (OMS / OIT).
SALUD OCUPACIONAL HISTORIA
SALUD OCUPACIONAL NORMATIVIDAD Siglo XX –Primera Guerra Mundial: sustancias químicas peligrosas  y la propuesta de Taylor “organización científica del trabajo sentó las bases principios de la OIT Ley 9 /79: normas para preservar ,mejorar la salud  individuos ocupaciones. Resolución 1016/89:organización y funcionamiento del PSO empleador.
NORMATIVIDAD Ley 776/02:  organización ,administración y prestaciones  del  SGRP. Ley 812 del 2003: art. 81: régimen prestacional docentes oficiales: ley 100/93 y ley  797/03
PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL Consiste en la planeación, organización, ejecución y evaluación de actividades de medicina preventiva y del trabajo, higiene y seguridad industrial tendientes a mejorar la salud de la población trabajadora.
SUBPROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO Promoción, prevención  en  salud  ubicación del trabajador  Realizar exámenes médicos ocupacionales detección precoz de enfermedad profesional e intervención en accidente de trabajo (ATEP vigilancia epidemiológica  (  osteomuscular  y  salud mental). Seguimiento de incapacidades
SUBPROGRAMA DE HIGIENE INDUSTRIAL dirigidas a identificar evaluar y controlar oportunamente los riesgos físicos (ruido, iluminación, temperatura), químicos, ergonómicos, biológicos(virus, bacterias, hogos), psicosocial) que puedan afectar la salud de los trabajadores.
SUBPROGRAMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Investigación de accidentes de trabajo. Inspecciones de seguridad. Preparación para la emergencia. Verificación de las condiciones de seguridad y comportamientos seguros en el trabajo .
ACCIDENTE DE TRABAJO   decisión 584/2004 CAN literal N art 1 Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por  causa  o con  ocasión  del trabajo y que produzca  en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez  o la muerte.  Es también accidente de trabajo  aquel que se produce durante la ejecución  de ordenes del empleador  o durante la ejecución  de una  labor bajo su autoridad .aun fuera del lugar y horas del trabajo.  Sentencia C- 858/06 inexequible art 9.10 y 13 dec. 1295/94
CON OCASION cuando el trabajador se encuentra realizando sus labores propias, habituales u ordinarias y en ejercicio o desarrollo de su labor se accidenta, existiendo una relación directa con el trabajo.
POR CAUSA El accidente de trabajo es por causa, cuando el trabajador se encuentra realizando labores ocasionales, transitorias, accidentales, pasajeras, existiendo una relación indirecta con el trabajo.
SE CONSIDERA AT El que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo (siempre y cuando se relacione con sus actividades laborales). El que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa,  cuando el transporte lo suministre el empleador .
NO SE CONSIDERA AT El que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa , SI EL TRANSPORTE NO LO SUMINISTRA EL EMPLEADOR . El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como labores recreativas, deportivas o culturales
NO SE CONSIDERA AT El sufrido por el  trabajador durante los  permisos remunerados o sin remuneración,  así se trate de permisos sindicales .  Nota:  Los accidentes que se presenten durante cualquier clase de permiso no son accidentes de trabajo.
REPORTE DE AT Todo accidente de trabajo o enfermedad profesional deberá ser informado por el trabajador o el rector de la institcion educativa al departamento de salud ocupacional dentro de los 2 dias habiles siguientes a la ocurrencia del evento.  Se debe diligenciar el formato de presunto AT. Cra 40 # 5c-46 Centro Medico El Bosque- Cali
ENFERMEDAD PROFESIONAL(EP)  todo estado patológico  que sobrevenga como consecuencia  obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha  visto obligado  a trabajar.  ( CST art 200 numeral 1). Sentencia  C-1155/08 inexequible  art. 11 decreto 1295/94
PRESTACIONES  A QUE TIENE DEREHO EL TRABAJADOR ASISTENCIALES:art.14 Dec 3135/68 atención medica, farmacologica, qirurgica, hospitalaria, rehabilitacion. ECONOMICA: Auxilio por enf.  Comun. Profesional/AT  incapacidad:  estado de inhabilidad fisica o mental que impide desempeñar en forma temporal o permanente la profesión u oficio habitual del trabajo
INCAPACIDAD Clases: Ambulatoria hospitalaria Incapacidad temporal : aquella que según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presenta el afiliado  SGRP, le impida desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado.   Indemnizatoria: proporcional al daño sufrido.
PRESTACIONES  A QUE TIENE DEREHO EL TRABAJADOR Incapacidad permanente parcial : a  la persona que por  cualquier causa, de cualquier origen, presenta una pcl  menor del 75% ( entre el  5% -  <50 %.) Pensión de invalidez : la persona que por cualquier causa, de cualquier origen, no provocada intencionalmente hubiese perdido el 75% o mas (50% o mas) de su capacidad laboral. Pensión de sustitución.  por muerte.
CALIFICACION DE INVALIDEZ Luego de 180 dias de incapacidad continua . Debe haber finalizado el proceso de rehabilitacion. Realizada por el medico laboral y la junta de medicina laboral. Calificacion inicial- entidad de salud  se filiado el  Si hay discrepancia – calificacion  junta regional invalidez
PERDIDA DE LA CAPACIDAD LABORAL(PCL) UNA VEZ SE EXPIDA EL CERTIFICADO DE PERDIDA DE LA CAPACIDAD LABORAL NO SE EXPEDIRAN MAS INCAPACIDADES POR PARTE DE LA ENTIDAD MEDICA ,YAQUE ESTE CERTIFICADO CORRESPONDE A LA INCAPACIDAD PERMANENTE.
REUBICACION LABORAL La reubicación es la posibilidad  de ubicar al trabajador que ha sufrido cualquier enfermedad de origen común, accidente de trabajo o enfermedad profesional después de una incapacidad permanente parcial y que no está en condición de desarrollar satisfactoriamente su labor ordinaria y requiere un trabajo acorde a su condición física y psicológica .
REUBICACION LABORAL Los empleadores están obligados a ubicar al trabajador incapacitado parcialmente en el cargo que desempeñaba o a proporcionarle un trabajo compatible con sus capacidades y aptitudes( Artículo 4 y 8 de la Ley 776 de 2002  ) .
RESPONSABILIDAD DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Codigo civil. Art. 2341 a 2360. responsabilidad comun por los delitos y las culpas. Ley 115 de 1994. proyecto educativo institucional I.E Manual de Convivencia Codigo penal:art.109. homicidio culposo. Codigo disciplinario unico. Ley 734/02
RESPONSABILIDAD DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS RESPONSABILIDAD PENAL: art.109 CP: homicidio culposo. El que por culpa matare a otro incurrirá en prisión  de 2-6 años. Y multa de… Generadores de culpa:Negligencia Imprudencia Impericia:ignorancia, error, inhabilidad(falta de destreza para hacer las cosas.Violacion de reglamentos o normas.
CODIGO DISCIPLINARIO UNICO LEY 734/02 DISCIPLINARIA:Funcionarios públicos. Formas de realización del comportamiento. ART 27.  ACCIÓN Y OMISIÓN . Las faltas disciplinarias se realizan por acción u omisión en el cumplimiento de los deberes propios del cargo o función, o con ocasión de ellos, o por extralimitación de sus funciones.
Sanciones para el trabajador  Dec 1295/94:art. 91 sanciones. terminación del vinculo o relacion laboral por justa causa. grave incumplimiento de las instrucciones, reglamentos y determinaciones de prevención de riesgos adoptados en forma general y especifica
ACTIVIDADES DOCENTES EVALUADOS RECOMENDACIONES CALIFICACION PCL EAMEN DE RETIRO 20 7 1 4 PENDIENTE  CALIFICAR 1
“ Los hombres no viven juntos porque sí, sino para acometer juntos grandes empresas.” José Ortega y Gasset

Más contenido relacionado

PPTX
Expo higiene y seguridad industrial
PDF
Fundamentos teoricos de la seguridad y salud en el trabajo pdf
PPTX
Accidentes de trabajo (diapositivas) laboral
PPT
Legislacion en seguridad social y salud ocupacional 2012
PDF
Competencia en Seguridad y Salud Ocupacional modulo 1
PDF
Competencia en Seguridad y Salud Ocupacional modulo 2 (Parte 1)
PPT
PPS
Responsabilidad patronal en rp
Expo higiene y seguridad industrial
Fundamentos teoricos de la seguridad y salud en el trabajo pdf
Accidentes de trabajo (diapositivas) laboral
Legislacion en seguridad social y salud ocupacional 2012
Competencia en Seguridad y Salud Ocupacional modulo 1
Competencia en Seguridad y Salud Ocupacional modulo 2 (Parte 1)
Responsabilidad patronal en rp

La actualidad más candente (18)

PDF
Unidad iii enfermedades ocupacionales
PDF
NTC 3701 Guía para la clasificación, registro y estadísticas de accidentes de...
PDF
Diapositivas_ley de riesgo de trabajo
PPT
Presentacion Derecho Laboral
PPTX
Accidentes laborales
PDF
Anexo 8. inducción sst
PDF
Ley24557
PPT
Conceptos básicos
PPT
Enfermedad laboral y accidente de trabajo
PPTX
Riesgos laborales
PPTX
Ley 29783 diplomado.
PDF
Resumen ley de riesgo del trabajo(lic fores posadas)
PPT
Fundamentos teoricos de la seguridad y salud en
PPT
Fundamentos teoricos de la seguridad y salud en
DOC
Curso basico prevencion de riesgos
PPT
Ley de Responsabilidad Patronal Seguro Reiesgos de Trabajo
PPT
Accidentes deltrabajo
Unidad iii enfermedades ocupacionales
NTC 3701 Guía para la clasificación, registro y estadísticas de accidentes de...
Diapositivas_ley de riesgo de trabajo
Presentacion Derecho Laboral
Accidentes laborales
Anexo 8. inducción sst
Ley24557
Conceptos básicos
Enfermedad laboral y accidente de trabajo
Riesgos laborales
Ley 29783 diplomado.
Resumen ley de riesgo del trabajo(lic fores posadas)
Fundamentos teoricos de la seguridad y salud en
Fundamentos teoricos de la seguridad y salud en
Curso basico prevencion de riesgos
Ley de Responsabilidad Patronal Seguro Reiesgos de Trabajo
Accidentes deltrabajo
Publicidad

Similar a Charla (20)

PDF
Taller teórico práctico sobre Normatividad en Salud y Seguridad en el Trabajo
PPTX
Accidente de trabajo
PPTX
10.-PRESENTACION-ACCIDENTES-DE-TRABAJO-Y-ENFERMEDAD-LABORAL.pptx
PPTX
10.-PRESENTACION-ACCIDENTES-DE-TRABAJO-Y-ENFERMEDAD-LABORAL.pptx
PDF
10.-PRESENTACION-ACCIDENTES-DE-TRABAJO-Y-ENFERMEDAD-LABORAL.pdf
PPT
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO RIESGOS LABORALES.ppt
PPT
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - PREVENCION DE RIESGOS LABORALES.ppt
PPT
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PREVENCION DE RIESGOS LABORALES.ppt
PPTX
Salud Ocupacional en el Ambito Laboral
PPT
Deberes Y Derechos So Coopservir
PDF
Presentación 04 - DE LA INFORMALIDAD A LA FORMALIZACION LABORAL
PPT
Seguridad industrial-carraro
PPTX
ACTUALIZACION SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Agosto 2016, Carlos Ayala.pptx
PPT
Adm. personal mazzanti - seguridad e higiene industrial
DOCX
Derecho comparado trabajo 3
PPTX
Accidentes de trabajo y enfermedad profesional. Documentos laborales.pptx
PPTX
Clase II Medicina ocupacional cultura preventiva
PPT
salud ocupacional|estatutosycasosparticu
PDF
Presentación ley 1562 de 2012
PPTX
TRabajo Práctico MEDICINA LEGAL DEL TRABAJO
Taller teórico práctico sobre Normatividad en Salud y Seguridad en el Trabajo
Accidente de trabajo
10.-PRESENTACION-ACCIDENTES-DE-TRABAJO-Y-ENFERMEDAD-LABORAL.pptx
10.-PRESENTACION-ACCIDENTES-DE-TRABAJO-Y-ENFERMEDAD-LABORAL.pptx
10.-PRESENTACION-ACCIDENTES-DE-TRABAJO-Y-ENFERMEDAD-LABORAL.pdf
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO RIESGOS LABORALES.ppt
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - PREVENCION DE RIESGOS LABORALES.ppt
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PREVENCION DE RIESGOS LABORALES.ppt
Salud Ocupacional en el Ambito Laboral
Deberes Y Derechos So Coopservir
Presentación 04 - DE LA INFORMALIDAD A LA FORMALIZACION LABORAL
Seguridad industrial-carraro
ACTUALIZACION SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Agosto 2016, Carlos Ayala.pptx
Adm. personal mazzanti - seguridad e higiene industrial
Derecho comparado trabajo 3
Accidentes de trabajo y enfermedad profesional. Documentos laborales.pptx
Clase II Medicina ocupacional cultura preventiva
salud ocupacional|estatutosycasosparticu
Presentación ley 1562 de 2012
TRabajo Práctico MEDICINA LEGAL DEL TRABAJO
Publicidad

Último (20)

PDF
Didáctica de las literaturas infantiles.
DOCX
Fisiopatologia bdjdbd resumen de cierta parte
PDF
KOF-2022-espanol-mar-27-11-36 coke.pdf tv
PDF
Texto Digital Los Miserables - Victor Hugo Ccesa007.pdf
PDF
El Genero y Nuestros Cerebros - Gina Ripon Ccesa007.pdf
PDF
ciencia_tecnologia_sociedad Mitcham Carl. (1994)..pdf
DOCX
TEXTO DE TRABAJO DE EDUCACION RELIGIOSA - CUARTO GRADO.docx
PDF
Estadística Aplicada a la Psicología y Ciencias de la Salud Ccesa.pdf
DOC
4°_GRADO_-_SESIONES_DEL_11_AL_15_DE_AGOSTO.doc
PDF
Mi Primer Millon - Poissant - Godefroy Ccesa007.pdf
PDF
ACERTIJO EL CONJURO DEL CAZAFANTASMAS MATEMÁTICO. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
PDF
La Inteligencia Emocional - Fabian Goleman TE4 Ccesa007.pdf
PDF
Como Potenciar las Emociones Positivas y Afrontar las Negativas Ccesa007.pdf
PDF
RM2025 - FUNDAMENTOS TEÓRICOS - PEDIATRÍA.pdf
PDF
E1 Guía_Matemática_5°_grado.pdf paraguay
PDF
Aumente su Autoestima - Lair Ribeiro Ccesa007.pdf
PDF
MODULO I ENFERMERIA BASICA.pdf HIstoria en enfermeria
PDF
Cuaderno_Castellano_6°_grado.pdf 000000000000000001
PDF
Manual del Gobierno Escolar -MINEDUC.pdf
DOCX
TEXTO DE TRABAJO DE EDUCACION RELIGIOSA - TERCER GRADO.docx
Didáctica de las literaturas infantiles.
Fisiopatologia bdjdbd resumen de cierta parte
KOF-2022-espanol-mar-27-11-36 coke.pdf tv
Texto Digital Los Miserables - Victor Hugo Ccesa007.pdf
El Genero y Nuestros Cerebros - Gina Ripon Ccesa007.pdf
ciencia_tecnologia_sociedad Mitcham Carl. (1994)..pdf
TEXTO DE TRABAJO DE EDUCACION RELIGIOSA - CUARTO GRADO.docx
Estadística Aplicada a la Psicología y Ciencias de la Salud Ccesa.pdf
4°_GRADO_-_SESIONES_DEL_11_AL_15_DE_AGOSTO.doc
Mi Primer Millon - Poissant - Godefroy Ccesa007.pdf
ACERTIJO EL CONJURO DEL CAZAFANTASMAS MATEMÁTICO. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
La Inteligencia Emocional - Fabian Goleman TE4 Ccesa007.pdf
Como Potenciar las Emociones Positivas y Afrontar las Negativas Ccesa007.pdf
RM2025 - FUNDAMENTOS TEÓRICOS - PEDIATRÍA.pdf
E1 Guía_Matemática_5°_grado.pdf paraguay
Aumente su Autoestima - Lair Ribeiro Ccesa007.pdf
MODULO I ENFERMERIA BASICA.pdf HIstoria en enfermeria
Cuaderno_Castellano_6°_grado.pdf 000000000000000001
Manual del Gobierno Escolar -MINEDUC.pdf
TEXTO DE TRABAJO DE EDUCACION RELIGIOSA - TERCER GRADO.docx

Charla

  • 1. SALUD OCUPACIONAL MAGISTERIO FEBRERO 2011 U.T. DEL SUR OCCIDENTE
  • 2. ALBA YENNY CERON MD. MG SALUD OCUPACIONAL DEPARTAMENTO SALUD OCUPACIONAL COSMITET LTDA FEBRERO 2011
  • 3. COSMITET LTDA Corporación de servicios médicos internacionales THEM Y CIA LTDA Objeto social: prestación de servicios médicos asistenciales, elaboración y ejecución de programas de salud basados en sistema de garantía de calidad en salud para el sur occidente : Valle, Cauca, Nariño, Caldas, Risaralda, Quindio.
  • 4.  
  • 5. CLINICA SANTA SOFIA DEL PACIFICO
  • 6. SALUD OCUPACIONAL La rama de la salud pública orientada a promover y mantener en el mayor grado posible el bienestar físico, mental y social de los trabajadores, protegiéndolos en su empleo de todos los agentes perjudiciales para la salud (OMS / OIT).
  • 8. SALUD OCUPACIONAL NORMATIVIDAD Siglo XX –Primera Guerra Mundial: sustancias químicas peligrosas y la propuesta de Taylor “organización científica del trabajo sentó las bases principios de la OIT Ley 9 /79: normas para preservar ,mejorar la salud individuos ocupaciones. Resolución 1016/89:organización y funcionamiento del PSO empleador.
  • 9. NORMATIVIDAD Ley 776/02: organización ,administración y prestaciones del SGRP. Ley 812 del 2003: art. 81: régimen prestacional docentes oficiales: ley 100/93 y ley 797/03
  • 10. PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL Consiste en la planeación, organización, ejecución y evaluación de actividades de medicina preventiva y del trabajo, higiene y seguridad industrial tendientes a mejorar la salud de la población trabajadora.
  • 11. SUBPROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO Promoción, prevención en salud ubicación del trabajador Realizar exámenes médicos ocupacionales detección precoz de enfermedad profesional e intervención en accidente de trabajo (ATEP vigilancia epidemiológica ( osteomuscular y salud mental). Seguimiento de incapacidades
  • 12. SUBPROGRAMA DE HIGIENE INDUSTRIAL dirigidas a identificar evaluar y controlar oportunamente los riesgos físicos (ruido, iluminación, temperatura), químicos, ergonómicos, biológicos(virus, bacterias, hogos), psicosocial) que puedan afectar la salud de los trabajadores.
  • 13. SUBPROGRAMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Investigación de accidentes de trabajo. Inspecciones de seguridad. Preparación para la emergencia. Verificación de las condiciones de seguridad y comportamientos seguros en el trabajo .
  • 14. ACCIDENTE DE TRABAJO decisión 584/2004 CAN literal N art 1 Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de ordenes del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad .aun fuera del lugar y horas del trabajo. Sentencia C- 858/06 inexequible art 9.10 y 13 dec. 1295/94
  • 15. CON OCASION cuando el trabajador se encuentra realizando sus labores propias, habituales u ordinarias y en ejercicio o desarrollo de su labor se accidenta, existiendo una relación directa con el trabajo.
  • 16. POR CAUSA El accidente de trabajo es por causa, cuando el trabajador se encuentra realizando labores ocasionales, transitorias, accidentales, pasajeras, existiendo una relación indirecta con el trabajo.
  • 17. SE CONSIDERA AT El que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo (siempre y cuando se relacione con sus actividades laborales). El que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador .
  • 18. NO SE CONSIDERA AT El que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa , SI EL TRANSPORTE NO LO SUMINISTRA EL EMPLEADOR . El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como labores recreativas, deportivas o culturales
  • 19. NO SE CONSIDERA AT El sufrido por el trabajador durante los permisos remunerados o sin remuneración, así se trate de permisos sindicales . Nota: Los accidentes que se presenten durante cualquier clase de permiso no son accidentes de trabajo.
  • 20. REPORTE DE AT Todo accidente de trabajo o enfermedad profesional deberá ser informado por el trabajador o el rector de la institcion educativa al departamento de salud ocupacional dentro de los 2 dias habiles siguientes a la ocurrencia del evento. Se debe diligenciar el formato de presunto AT. Cra 40 # 5c-46 Centro Medico El Bosque- Cali
  • 21. ENFERMEDAD PROFESIONAL(EP) todo estado patológico que sobrevenga como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar. ( CST art 200 numeral 1). Sentencia C-1155/08 inexequible art. 11 decreto 1295/94
  • 22. PRESTACIONES A QUE TIENE DEREHO EL TRABAJADOR ASISTENCIALES:art.14 Dec 3135/68 atención medica, farmacologica, qirurgica, hospitalaria, rehabilitacion. ECONOMICA: Auxilio por enf. Comun. Profesional/AT incapacidad: estado de inhabilidad fisica o mental que impide desempeñar en forma temporal o permanente la profesión u oficio habitual del trabajo
  • 23. INCAPACIDAD Clases: Ambulatoria hospitalaria Incapacidad temporal : aquella que según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presenta el afiliado SGRP, le impida desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado. Indemnizatoria: proporcional al daño sufrido.
  • 24. PRESTACIONES A QUE TIENE DEREHO EL TRABAJADOR Incapacidad permanente parcial : a la persona que por cualquier causa, de cualquier origen, presenta una pcl menor del 75% ( entre el 5% - <50 %.) Pensión de invalidez : la persona que por cualquier causa, de cualquier origen, no provocada intencionalmente hubiese perdido el 75% o mas (50% o mas) de su capacidad laboral. Pensión de sustitución. por muerte.
  • 25. CALIFICACION DE INVALIDEZ Luego de 180 dias de incapacidad continua . Debe haber finalizado el proceso de rehabilitacion. Realizada por el medico laboral y la junta de medicina laboral. Calificacion inicial- entidad de salud se filiado el Si hay discrepancia – calificacion junta regional invalidez
  • 26. PERDIDA DE LA CAPACIDAD LABORAL(PCL) UNA VEZ SE EXPIDA EL CERTIFICADO DE PERDIDA DE LA CAPACIDAD LABORAL NO SE EXPEDIRAN MAS INCAPACIDADES POR PARTE DE LA ENTIDAD MEDICA ,YAQUE ESTE CERTIFICADO CORRESPONDE A LA INCAPACIDAD PERMANENTE.
  • 27. REUBICACION LABORAL La reubicación es la posibilidad de ubicar al trabajador que ha sufrido cualquier enfermedad de origen común, accidente de trabajo o enfermedad profesional después de una incapacidad permanente parcial y que no está en condición de desarrollar satisfactoriamente su labor ordinaria y requiere un trabajo acorde a su condición física y psicológica .
  • 28. REUBICACION LABORAL Los empleadores están obligados a ubicar al trabajador incapacitado parcialmente en el cargo que desempeñaba o a proporcionarle un trabajo compatible con sus capacidades y aptitudes( Artículo 4 y 8 de la Ley 776 de 2002 ) .
  • 29. RESPONSABILIDAD DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Codigo civil. Art. 2341 a 2360. responsabilidad comun por los delitos y las culpas. Ley 115 de 1994. proyecto educativo institucional I.E Manual de Convivencia Codigo penal:art.109. homicidio culposo. Codigo disciplinario unico. Ley 734/02
  • 30. RESPONSABILIDAD DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS RESPONSABILIDAD PENAL: art.109 CP: homicidio culposo. El que por culpa matare a otro incurrirá en prisión de 2-6 años. Y multa de… Generadores de culpa:Negligencia Imprudencia Impericia:ignorancia, error, inhabilidad(falta de destreza para hacer las cosas.Violacion de reglamentos o normas.
  • 31. CODIGO DISCIPLINARIO UNICO LEY 734/02 DISCIPLINARIA:Funcionarios públicos. Formas de realización del comportamiento. ART 27. ACCIÓN Y OMISIÓN . Las faltas disciplinarias se realizan por acción u omisión en el cumplimiento de los deberes propios del cargo o función, o con ocasión de ellos, o por extralimitación de sus funciones.
  • 32. Sanciones para el trabajador Dec 1295/94:art. 91 sanciones. terminación del vinculo o relacion laboral por justa causa. grave incumplimiento de las instrucciones, reglamentos y determinaciones de prevención de riesgos adoptados en forma general y especifica
  • 33. ACTIVIDADES DOCENTES EVALUADOS RECOMENDACIONES CALIFICACION PCL EAMEN DE RETIRO 20 7 1 4 PENDIENTE CALIFICAR 1
  • 34. “ Los hombres no viven juntos porque sí, sino para acometer juntos grandes empresas.” José Ortega y Gasset