C.P.H.S.
INTRODUCCION
En la siguiente presentación veremos las funciones que cumple un comité
paritario de higiene y seguridad , sus responsabilidades ante accidentes o
incidentes y cual es su procedimiento , también la forma en que serán
elegidos los representantes .

ASPECTO LEGAL
NUMERO 54: Vistos: lo dispuesto por el Art. 66 de la Ley Nº 16.744 y la facultad
que otorga el Nº 2 del Art. 72 de la Constitución Política del Estado.
DECRETO
Apruébase el Reglamento para la constitución y funcionamiento de los Comités
Paritarios de Higiene y Seguridad.
¿ QUE ES UN COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y
SEGURIDAD ?
El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es el organismo
técnico de participación entre empresas y trabajadores, para
detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades
profesionales. Los Comités Paritarios son obligatorios en empresas
con más de 25 trabajadores y deben estar integrados por tres
representantes de la empresa y tres de los trabajadores
FUNCIONES DE UN COMITÉ PARITARIO
•

Instruir sobre la correcta
utilización de equipos de
protección personal.

•

Vigilar el cumplimiento de
medidas de prevención de
higiene y seguridad.

•

Investigar causas de
accidentes y enfermedades
profesionales en la
empresa.

•

Decidir negligencia
inexcusable.

•

Adoptar medidas de higiene
y seguridad para la
prevención de riesgos
profesionales.

•

Cumplir funciones
encomendadas por el
organismo administrador.

•

Promover la capacitación
FUNCIONES DEL COMITÉ PARITARIO
•

Asesorar

•

vigilar

•

Investigar

•

Decidir

•

Indicar

•

Cumplir

•

promover
QUIÉNES INTEGRAN EL COMITÉ PARITARIO?
Los Comités Paritarios son obligatorios en empresas con más de
25 trabajadores. Está compuesto por seis integrantes, tres
representantes de la empresa y tres representantes de los
trabajadores.
Por cada miembro titular deberá existir otro en carácter de
suplente, los que entrarán a reemplazar a los titulares en
caso de impedimento de éstos por cualquier causa o
vacancia del cargo.
COMO SE FORMA UN COMITÉ PARITARIO ?
•

•

•

Con la designación de los
representantes de la
empresa por la
administración superior.

Con la elección de los
representantes de los
trabajadores mediante
votación secreta y directa,
participando en ésta todos
los trabajadores de la
empresa, sucursal o
agencia.
El comité designará entre
sus miembros un presidente
y un secretario.

Los requisitos básicos que deben
cumplir los representantes de
la empresa son:
•

Persona vinculada a las
actividades técnicas que se
desarrollan en la industria,
sucursal o agencia.

•

Aunque no exigible, es
recomendable que haya
participado en un curso de
orientación en prevención de
riesgos.
LOS REQUISITOS BÁSICOS QUE DEBEN
CUMPLIR LOS REPRESENTANTES DE LOS
TRABAJADORES
•
•
•

•

Tener más de 18 años
de edad.
Saber leer y escribir.
Antigüedad en la
empresa no inferior a un
año, excepto en casos
calificados por la ley.
Acreditar haber asistido
a un curso de
orientación en
prevención de riesgos, o
haber prestado servicios
en esta área por un año
como mínimo.
CÓMO REALIZAN ESTOS SUS ACTIVIDADES?
El comité deberá reunirse en formo ordinario una vez al mes; pero
podrán hacerlo en formo extraordinaria a petición conjunta de un
representante de lo empresa y uno de los trabajadores.
•

En formo obligado el comité, deberá reunirse, cuando ocurre un
occidente del trabajo que cause lo muerte o uno o más trabajadores
o a juicio del presidente pudiera producirse una incapacidad de
ganancia superior al 40%
LOS REUNIONES SERÁN DIRIGIDOS POR EL
PRESIDENTE Y PODRÁN TRATARSE MATERIAS
COMO :
•
•
•
•

•
•

Revisión de los acuerdos
tomados lo reunión anterior.
Control y análisis del
programo de trabajo.
Análisis de los accidentes
ocurridos en el mes.
Presentación de los
problemas detectados en los
inspecciones de seguridad,
además de aquellos
comunicados por los
trabajadores o los miembros
del comité.
Estudio de campañas de
prevención o su desarrollo.
Otros temas de interés
relacionados con lo
prevención de riesgos.
FLUJO GRAMA ANTE UN ACCIDENTE
QUE HACER EN CASO DE ACCIDENTE O
ENFERMEDAD PROFESIONAL
• Inmediatamente de
tomado conocimiento del
siniestro, debe enviar al
trabajador al
establecimiento asistencial
en convenio (D.S. 101, art.
71 letra a).
• Excepcionalmente el
accidentado puede ser
trasladado en primera
instancia a un centro
asistencial fuera de
convenio (D.S. N 101, art.
71 letra e)

•

Presentar, en un plazo
no superior a las 24
horas, en la oficina del
IPS más cercana, la
correspondiente
“Denuncia Individual de
Accidente del Trabajo”,
debiendo mantener en
su poder una copia de la
misma.

•

La DIAT deberá
presentarse con la
información que
establece su formato.

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Como Potenciar las Emociones Positivas y Afrontar las Negativas Ccesa007.pdf

C.P.H.S.

  • 2. INTRODUCCION En la siguiente presentación veremos las funciones que cumple un comité paritario de higiene y seguridad , sus responsabilidades ante accidentes o incidentes y cual es su procedimiento , también la forma en que serán elegidos los representantes . ASPECTO LEGAL NUMERO 54: Vistos: lo dispuesto por el Art. 66 de la Ley Nº 16.744 y la facultad que otorga el Nº 2 del Art. 72 de la Constitución Política del Estado. DECRETO Apruébase el Reglamento para la constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.
  • 3. ¿ QUE ES UN COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD ? El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es el organismo técnico de participación entre empresas y trabajadores, para detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales. Los Comités Paritarios son obligatorios en empresas con más de 25 trabajadores y deben estar integrados por tres representantes de la empresa y tres de los trabajadores
  • 4. FUNCIONES DE UN COMITÉ PARITARIO • Instruir sobre la correcta utilización de equipos de protección personal. • Vigilar el cumplimiento de medidas de prevención de higiene y seguridad. • Investigar causas de accidentes y enfermedades profesionales en la empresa. • Decidir negligencia inexcusable. • Adoptar medidas de higiene y seguridad para la prevención de riesgos profesionales. • Cumplir funciones encomendadas por el organismo administrador. • Promover la capacitación
  • 5. FUNCIONES DEL COMITÉ PARITARIO • Asesorar • vigilar • Investigar • Decidir • Indicar • Cumplir • promover
  • 6. QUIÉNES INTEGRAN EL COMITÉ PARITARIO? Los Comités Paritarios son obligatorios en empresas con más de 25 trabajadores. Está compuesto por seis integrantes, tres representantes de la empresa y tres representantes de los trabajadores. Por cada miembro titular deberá existir otro en carácter de suplente, los que entrarán a reemplazar a los titulares en caso de impedimento de éstos por cualquier causa o vacancia del cargo.
  • 7. COMO SE FORMA UN COMITÉ PARITARIO ? • • • Con la designación de los representantes de la empresa por la administración superior. Con la elección de los representantes de los trabajadores mediante votación secreta y directa, participando en ésta todos los trabajadores de la empresa, sucursal o agencia. El comité designará entre sus miembros un presidente y un secretario. Los requisitos básicos que deben cumplir los representantes de la empresa son: • Persona vinculada a las actividades técnicas que se desarrollan en la industria, sucursal o agencia. • Aunque no exigible, es recomendable que haya participado en un curso de orientación en prevención de riesgos.
  • 8. LOS REQUISITOS BÁSICOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES • • • • Tener más de 18 años de edad. Saber leer y escribir. Antigüedad en la empresa no inferior a un año, excepto en casos calificados por la ley. Acreditar haber asistido a un curso de orientación en prevención de riesgos, o haber prestado servicios en esta área por un año como mínimo.
  • 9. CÓMO REALIZAN ESTOS SUS ACTIVIDADES? El comité deberá reunirse en formo ordinario una vez al mes; pero podrán hacerlo en formo extraordinaria a petición conjunta de un representante de lo empresa y uno de los trabajadores. • En formo obligado el comité, deberá reunirse, cuando ocurre un occidente del trabajo que cause lo muerte o uno o más trabajadores o a juicio del presidente pudiera producirse una incapacidad de ganancia superior al 40%
  • 10. LOS REUNIONES SERÁN DIRIGIDOS POR EL PRESIDENTE Y PODRÁN TRATARSE MATERIAS COMO : • • • • • • Revisión de los acuerdos tomados lo reunión anterior. Control y análisis del programo de trabajo. Análisis de los accidentes ocurridos en el mes. Presentación de los problemas detectados en los inspecciones de seguridad, además de aquellos comunicados por los trabajadores o los miembros del comité. Estudio de campañas de prevención o su desarrollo. Otros temas de interés relacionados con lo prevención de riesgos.
  • 11. FLUJO GRAMA ANTE UN ACCIDENTE
  • 12. QUE HACER EN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD PROFESIONAL • Inmediatamente de tomado conocimiento del siniestro, debe enviar al trabajador al establecimiento asistencial en convenio (D.S. 101, art. 71 letra a). • Excepcionalmente el accidentado puede ser trasladado en primera instancia a un centro asistencial fuera de convenio (D.S. N 101, art. 71 letra e) • Presentar, en un plazo no superior a las 24 horas, en la oficina del IPS más cercana, la correspondiente “Denuncia Individual de Accidente del Trabajo”, debiendo mantener en su poder una copia de la misma. • La DIAT deberá presentarse con la información que establece su formato.