El documento describe las facultades del poder legislativo mexicano en relación con los asuntos internacionales. Establece que el poder legislativo se deposita en el Congreso de la Unión, el cual se divide en dos cámaras. Mientras que dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales es responsabilidad del poder ejecutivo, el Senado tiene la facultad exclusiva de aprobar los tratados y convenciones internacionales suscritos por el ejecutivo. Los tratados internacionales aprobados por el presidente y el Senado se consideran ley suprema de toda