1. El documento describe las Diligencias Preliminares como los actos iniciales urgentes e inaplazables que debe efectuar el Ministerio Público ante una noticia criminal para determinar si debe formalizar una Investigación Preparatoria.
2. Se diferencian de las diligencias de urgencia e imprescindibles que realiza la Policía al tomar conocimiento de la noticia criminal con el fin de impedir consecuencias, individualizar autores y reunir pruebas.
3. Las Diligencias Preliminares tienen como finalidad inmediata determinar si se cometió un delito