Este documento resume la regulación de varias cuestiones relacionadas con los escoltas privados en España. Explica que las empresas deben comunicar las altas y bajas de su personal de seguridad a la policía, pero que los contratos laborales se rigen por la legislación laboral, no de seguridad privada. También aclara que los escoltas privados deben realizar ejercicios de tiro trimestrales de acuerdo a normativas específicas. Otras consultas sobre funciones laborales deben dirigirse al ministerio correspondiente.