El embargo de salario no es causal de despido según el Código Sustantivo del Trabajo, ya que las obligaciones del trabajador no incluyen la prohibición de tener deudas. Incluso si el contrato de trabajo menciona esta causal, sería considerada ineficaz y el despido resultante sería injusto. La inclusión de dicha cláusula en contratos laborales generalmente responde a la pereza del empleador para realizar los descuentos aplicables.