SlideShare una empresa de Scribd logo
Universidad Paulo Freire
Facultad de Derecho
ETICA JURIDICA
TEMA “ENSAYO SOBRE EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS
SERVIDORES PUBLICOS DEL PODER JUDICIAL
Catedrático:
Carrera : Derecho II Carrera
Estudante: LIC: MARIA CECILIA GARCIA
Turno : SABATINO
Manágua, 19 de Septiembre Del 2015
INTRODUCCION
En el sistema democrático las instituciones del Estado y los Servidores públicos
del Poder Judicial tienen en sus manos garantizar la vigencia de los derechos
fundamentales de las personas que la Constitución señala, procurando el mayor
bienestar de la población mediante el servicio a la comunidad.
Por ello, los servidores públicos del poder judicial tienen una responsabilidad
profesional y ética que es inherente al ejercicio de sus funciones. Sin embargo, la
realidad sobre el desempeño de los Servidores públicos del Poder Judicial en
Nicaragua deja mucho que desear ya que existe una burocracia terrible y una
dilación en los trámites de procedimientos.
Para enfrentar esta situación, la ciudadanía debería exigir que todo funcionario o
servidor público del poder judicial sea honesto y competente. No debe existir
ninguna causa que los exima de esta responsabilidad, ni tampoco se pueden
justificar malas prácticas indicando que su actuación es un mal general de la
administración pública o que están “mal remunerados”.
La falta de ética de un funcionario o servidor público judicial no se da únicamente
Cuando existen actos de corrupción; es también la negligencia o las malas
prácticas en el cumplimiento de sus deberes de función, y la falta de eficiencia y
eficacia en las actuaciones y decisiones en el cargo que desempeña.
En esta perspectiva, mediante acuerdo número 193 del doce de septiembre del
año 2011, la Excelentísima Corte Suprema de Justicia aprobó el Código de Ética
de los Servidores Públicos del Poder Judicial .
Como parte de su compromiso con la vigencia de los derechos humanos y el
fortalecimiento de la institucionalidad democrática en el país, con la finalidad de
promover un conocimiento más preciso sobre las atribuciones y funciones de
diversos Servidores públicos del Poder Judicial, de modo que se pueda ejercer el
derecho ciudadano de participación y vigilancia de la función pública.
OBJETIVOS
Conocer e incursionar en el tema relacionado con la Ética del Juez y Operario
Público.
Analizar a profundidad los principios Éticos Judiciales contractándolos con la
aplicación del debido proceso de acuerdo a nuestra constitución política en los
derechos y garantías de los ciudadanos.
DESARROLLO
A - Consideraciones sobre los principios éticos judiciales, declarados en los
artículos 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, y 13 y la realidad apreciada en la conducta de los
órganos que administran justicia en Nicaragua. ¿Qué razones o causas, inciden
en que tales principios tengan una aplicación insuficiente?
Arto 6 de la independencia.
Arto 7 de la autonomía
Arto 8 de la imparcialidad
Arto 9 de la legalidad
Arto 10 de la objetividad
Arto 11 de la transparencia
Arto 12 de la confidencialidad y discreción
Arto 13 de la probidad.
En el siguiente ensayo me motiva hacer una reflexión honesta y apasionada de
cómo está la Ética en el poder judicial.
Los tres primeros artículos 6,7, y 8 tienen una relación directa con la calidad de
la ética porque puede contribuir a su desarrollo y consolidación. Esto se llama
(Imperio supremo de la ley), el derecho está llamado a dar una respuesta a esta
situación.
No obstante la corrupción Institucionalizada y los obstáculos que se derivan del
control burocrático y la partidización de todas las Instituciones del estado
incluyendo el poder judicial, no lo permiten.
Si en Nicaragua hubiese seguridad jurídica y verdadero estado de derecho, si la
justicia fuese Independiente, si el estado no estuviera confiscado por un partido
político autoritario que lo ha puesto al servicio de sus intereses.
El aporte de un poder judicial a la democracia es servir de límite ante la
arbitrariedad y garantizar los derechos de una sociedad.
Pero justamente por ser una contención contra el autoritarismo, es víctima de los
regímenes autoritarios.
Cabe mencionar como se explica que en nuestro país o poder judicial la corte
suprema de justicia emana sentencias como la que permitió la reelección
((partidización) o la del canal interoceánico que en poco tiempo sin cumplir con
el debido proceso y con todas las medidas que debían de tomarse para aprobar
una sentencia tan apresurada donde están en juego muchos factores tales como
medio ambiente, expropiación de propiedades etc.
El control que ejerce el régimen sobre el poder judicial viola nuestro derecho a una
administración de justicia independiente e imparcial, al despojarnos de la
oportunidad de defendernos de la arbitrariedad y no garantizar nuestro derechos
frente a los protegidos del régimen o del tráfico de influencia que se vive hoy en
día en nuestro país.
Actualmente, el ingreso, la permanencia y el acceso en el poder judicial no es
producto de las capacidades o competencias de sus funcionarios, sino de una
mezcla de corrupción, servilismo nepotismo y hasta acoso sexual que anula la
ética en la carrera judicial.
Frente a esa crisis de valores, hay dos opciones o caminos. Uno, el de la
conciencia cínica, con su secuela de corrupción y autoritarismo; la suplantación
cruda y llana de la política por el gansterismo. Y otro, el de la ética y el esfuerzo
por renovar las instituciones republicanas regresando a las raíces de la
democracia y recobrando la autonomía
En los artículos 9, 10, 11, 12.
Aquí se revela una política de Estado la actitud omisa del máximo tribunal ante
este hecho” los principios de la Ética” los funcionarios públicos también tienen
derecho a la libertad de expresión, transparencia, objetividad y el cuestionamiento
y actuación de las autoridades superiores.
Pero lo cierto es que la Corte Suprema de Justicia tiene la disyuntiva histórica de
administrar justicia con enfoque basado en principio de ética esto implica desde el
punto de vista normativo equipararse con otros estándares internacionales, pero
no se le puede pedir o exigir al poder judicial este enfoque ante su falta de
independencia e imparcialidad.
Esto sería una lucha a medias porque está de por medio la arbitrariedad de los
protegidos del régimen esto será contraproducente para el régimen ya que
evidencia la incongruencia entre su discurso y el accionar de él.
Es necesario retomar el respeto a la carta magna es necesario retomar el respeto
a la ley suprema ya que ahí está la base de todo sistema normativo, no solo
porque están los objetivos del estado sino también los derechos que tenemos
todos los ciudadanos.
B- Cómo se compatibiliza el principio de la División de Poderes contenidos en el
arto 44 del Código de Ética y el principio de colaboración entre los poderes
contenido en el arto 46 del mismo cuerpo normativo?.
La división de poderes es un reconocido principio básico de la democracia,
independencia de la justicia y la supremacía de la ley y aunque estén legitimados
en el arto 129 de nuestra carta magna no se acata en su independencia ya que
constantemente son atropellados de manera flagrante y sistemática con una
propensión a ejercitar arbitrariamente el mando en beneficio de la elite que lo
apoya.
El principio de colaboración entre los poderes tiende a confundirse con
injerencismo entre dichos poderes y estos están totalmente parcializados a favor
del poder ejecutivo o gobierno de turno y así actúan no en base a derecho sino a
interés políticos.
C-Cómo deben actuar los magistrados y funcionarios de carrera judicial en la que
se refiere a su relación con los medios de comunicación?
Al determinar cuando las autoridades judiciales se pronuncian sobre cuestiones de
interés público deben hacerlo constatando en forma razonable, aunque no
exhaustiva, los hechos fundamentales, sus opiniones, teniendo cautela en razón
de su investidura el amplio alcance de sus declaraciones y eventuales efectos que
pueden llegar a tener en determinados sectores de la población.
Deben evitar que se reciba una versión manipulada de los hechos ya que ellos
son garante de la libertad de expresión y demás derechos fundamentales, sus
declaraciones no pueden convertirse en una forma de injerencia directa e indirecta
o en una presión sobre los derechos de quienes pretenden contribuir a la
deliberación pública mediante la expresión y difusión de su pensamiento.
Qué obstáculos reales se aprecia en la relación concebida entre los órganos de
administración de justicia y el rol de los medios de comunicación?
La descalificación del ejercicio periodístico por parte de funcionarios públicos es
una forma antidemocrática de ejercer la función pública que distrae la atención del
principal problema la incapacidad de relacionarse entre las parte, a veces la corte
no se pronuncia en algunos casos de relevancia e interés público esto hace que
otros funcionarios (como el vocero de la corte vs. A P N) presente querella por
injurias y calumnias contra el vocero de la corte suprema de justicia quien es
acusado de “querer empañar el nombre y prestigio de la asociación”.
Una medida de prevención simple pero sumamente eficaz consiste en que la más
alta autoridad del estado y de justicia reconozcan de manera constante, clara,
publica y firme la legitimidad, el valor de la labor periodística aun cuando la
información difundida pueda resultar crítica, inconveniente e inoportuna para los
interés del gobierno.
Otro obstáculo real es que hay una versión vertical que impide que los
comunicadores y los órganos de justicia no hagan su propia planificación al brindar
información y entrevistas a periodistas de manera independiente y de acuerdo a
las funciones que les compete ya que toda información que emiten los órganos de
justicia tiene que pasar por un colador a la matriz central a través de medios
oficialistas.
D- Qué opinión le merece al ensayista, el procedimiento desarrollado para el
“juicio de valor por Responsabilidad Ética “ contenido del arto .66 al arto .78 del
Código de Ética? Se cumplen las reglas del debido proceso en ese ámbito? Tiene
el ciudadano suficientes espacios para concretar y ser parte de un proceso en el
que se denuncie la falta de un servidor público del poder judicial a los principios
contenidos en el Código de Ética?
Se puede considerar el marco regulatorio desde una perspectiva administrativa
,pero este podría estar mal aplicado por procedimientos burocráticos o personal
poco calificado.
La simplificación administrativa puede ser una herramienta eficaz para reducir y
mejorar la eficacia de las normas éticas y con esto aumentaría el cumplimiento de
ellas.
SE CUMPLEN LAS REGLAS DEL DEBIDO PROCESO EN ESTE ÁMBITO?
En los últimos meses hemos visto muchos casos que necesitan un análisis sobre
esas funciones judiciales por la notoria falta de justicia, cuando los casos se
califican como simulación de justicia y farsa judicial, cuando se dan argucias
procesales para reducir y desestimar las responsabilidades y a los coautores que
ameriten penas benignas.
Estas reglas del debido proceso son desafortunadamente desvirtuadas para
proteger a los funcionarios públicos que son también en algunos casos miembros
del partido de gobierno.
Estoy de acuerdo que no todo es negativo en los órganos que imparten justicia y
que ni todos los servidores públicos basan sus juicios de valor en la ilegitimidad o
violación de la ley ,pero si nos vamos a lo que dice nuestra constitución en su arto
27 que todas las personas son iguales ante la ley hay casos en donde el
procedimiento se puede entablar a la justicia publica ya que este es un derecho
según el arto 14 de ley orgánica del poder judicial y conforme al código civil que
los procedimientos no están al arbitrio de los jueces.
Me expandiré en este punto ya que el código de ética del arto 66 al 78 me da
todos los pasos y herramientas a seguir para la debida recepción de interponer
denuncia ante este tipo de casos.
Daré unos ejemplos claros en donde los “servidores públicos del poder judicial han
faltado al juicio de valor por responsabilidad ética.
El caso del ciudadano de generales Milton Arcia este señor fue beneficiado y
amparado bajo un acuerdo que emitió la procuraduría general de la República en
donde este señor sale beneficiado ya que el tenia inversiones legales en el
malecón de Managua.
Posterior mente de manera anómala mediante una resolución administrativa se le
revoca el beneficio que obtuvo el ciudadano dejando al ciudadano en estado de
indefensión y según nuestra constitución toda persona tiene derecho a la
propiedad privada y no puede ser expropiada por un decreto administrativo el
señor en mención fue detenido ilegalmente y demolido su edificio de forma ilegal
el ciudadano quiso hacer uso de sus derechos denunciando dichos atropellos pero
más bien a él se le impuso una multa por injurias y calumnias con un valor de 80
mil córdobas el cual después fue reducido a 10 córdobas.
Tiene el ciudadano suficiente espacios para concretar y ser parte en un
proceso en el que denuncie la falta de un servidor público del poder judicial
a los principios en el código de ética?
Con respeto a la pregunta marcada en negrita creo que si tenemos que mejorar
para aumentar la posibilidad de penalizar a todos los involucrados en autos de
corrupción, además podemos buscar soluciones para el cumplimiento de la ley
como aumentar la vigilancia e incrementar las sanciones para quienes infrinjan las
leyes ya que un sistema judicial creíble además de reducir la corrupción aumenta
la probabilidad del cumplimiento de las normas éticas.
CONCLUSIÓN
A modo de conclusión para cerrar mi ensayo y desde mi punto de vista concluyo
con lo siguiente.
 Los ciudadanos como don Milton Arcia y muchos más ven en la justicia lo
siguiente que los casos en su contra prosperan con mayor facilidad
que la denuncia que el presento en la fiscalía.
 Que la condena la recibió en menos de 30 días expeditamente
 Mientras que su caso de denuncia está ahí inerte en la fiscalía.
 Que la reafirmación de la sentencia contra el señor Arcia en un proceso que
nunca debió proceder.
 De acuerdo a lo antes expuesto en el acápite anterior creo que muchas
veces las denuncias son engavetadas, y otras veces toman otro rumbo
como en el caso del señor en mención
Bibliografía
CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER JUDICIAL

Más contenido relacionado

PPT
La relación jurídica
PPTX
Cuadro explicativo. Control difuso y Concentrado
PPTX
MÉTODOS DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO
PPTX
Organismo judicial
DOCX
Conclusiones de la Division de Poderes
PPTX
Etica del abogado
PPTX
Objeto de la sociologia juridica (3) para publicar
PPTX
Tecnicas juridicas
La relación jurídica
Cuadro explicativo. Control difuso y Concentrado
MÉTODOS DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO
Organismo judicial
Conclusiones de la Division de Poderes
Etica del abogado
Objeto de la sociologia juridica (3) para publicar
Tecnicas juridicas

La actualidad más candente (20)

DOCX
Diferencias entre Enmienda, Reforma y Constituyente.
PPTX
La organización politica 10°
PPT
Fases del sistema penal acusatorio
PPT
Interpretacion constitucional
PPTX
Principio de publicidad
PPT
Procedimiento de la Acción de Libertad
PPTX
PROCESOS CONSTITUCIONALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
PPT
Litigación oral (teoría del caso)
PPT
JURISPRUDENCIA
PPT
HABEAS DATA EN EL PERU
PPTX
Jurisprudencia de conceptos
PPTX
Poder legislativo
PDF
Retroactividad, Irretroactividad y Ultractividad
PPTX
Cuadro comparativo de la filosofia y ciencia del derecho
PPTX
Epistemologia juridica
DOCX
Sistema juridico
PPTX
Oratoria juridica
PPTX
El derecho adjetivo y sustantivo
PPT
El alma de la toga
PPTX
Diapositivas fin de la persona
Diferencias entre Enmienda, Reforma y Constituyente.
La organización politica 10°
Fases del sistema penal acusatorio
Interpretacion constitucional
Principio de publicidad
Procedimiento de la Acción de Libertad
PROCESOS CONSTITUCIONALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
Litigación oral (teoría del caso)
JURISPRUDENCIA
HABEAS DATA EN EL PERU
Jurisprudencia de conceptos
Poder legislativo
Retroactividad, Irretroactividad y Ultractividad
Cuadro comparativo de la filosofia y ciencia del derecho
Epistemologia juridica
Sistema juridico
Oratoria juridica
El derecho adjetivo y sustantivo
El alma de la toga
Diapositivas fin de la persona
Publicidad

Similar a Ensayo de etica (20)

PDF
Etica judicial
PDF
Ciej reformado 2014
PDF
Ciej reformado 2014
PDF
Ciej reformado 2014
PDF
Ética Judicial: Reflexione desde Jueces para la Democracia. Fundación Antonio...
PDF
Imparcialidad en la administración de justicia
DOCX
éTica judicial en el salvador
PDF
Etica Judicial
PPT
Bernardo final
PPT
Presentación código de conducta poder j.
PDF
58036318 herramientas-legales-contra-la-corrupcion-codigo-de-etica-de-la-func...
PPT
PPTX
La ética en el servicio público
PDF
Codigo de-etica
PPT
Presentación semana presencial de Curso Virtual Ética Judicial
PPT
ENJ-2-200 Dimensión Política Del Poder Judicial
 
PPTX
ETICA E INTEGRIDAD EN LA FUNCION PUBLICA RURAL.pptx
PPT
ENJ-100 Ética Judicial - General - Especialidad en Redacción Expositiva y Arg...
 
PPT
ENJ-100 Presentación del Curso Ética Judicial
 
PPTX
ETICA DEL SERVIDOR PUBLICO.pptx
Etica judicial
Ciej reformado 2014
Ciej reformado 2014
Ciej reformado 2014
Ética Judicial: Reflexione desde Jueces para la Democracia. Fundación Antonio...
Imparcialidad en la administración de justicia
éTica judicial en el salvador
Etica Judicial
Bernardo final
Presentación código de conducta poder j.
58036318 herramientas-legales-contra-la-corrupcion-codigo-de-etica-de-la-func...
La ética en el servicio público
Codigo de-etica
Presentación semana presencial de Curso Virtual Ética Judicial
ENJ-2-200 Dimensión Política Del Poder Judicial
 
ETICA E INTEGRIDAD EN LA FUNCION PUBLICA RURAL.pptx
ENJ-100 Ética Judicial - General - Especialidad en Redacción Expositiva y Arg...
 
ENJ-100 Presentación del Curso Ética Judicial
 
ETICA DEL SERVIDOR PUBLICO.pptx
Publicidad

Más de maria cecilia garcìa (16)

DOCX
Plan de agosto septiembre
DOCX
Derecho internacional privado
DOCX
Universidad pablo freile
PPTX
Universidad paulo freile
DOCX
Trabajo DERECHO BANCARIO Y BOLSA DE VALORES DE NICARAGUA
DOCX
PALO VS CODIGO PROCESAL DEL TRABAJO
DOC
Que es la psicología del aprendizaje
DOC
Propuesta de planificacion de unidad de ensenanza y aprendizaje
DOCX
Causas de la Deserción e Inasistencia en los niños y niñas de II nivel de Edu...
DOC
DIAGNOSTICO CURRICULAR SOBRE ALTERACIONES EN EL DESARROLLO DEL APRENDIZAJE DE...
DOCX
Compendio de adivinanzas para trabajar con niños y niñas de 2 a 3 años.
DOC
Diagnóstico Socioeducativo del Centro de Desarrollo Infantil Sol de Libertad ...
DOCX
Desarrollo de la motricidad fina en niños y niñas de 3y 4 años en el C D I C...
PPTX
Estrategias para el desarrollo de la motricidad fina en niños y niñas de 4 a...
DOC
estrategias metodologicas en el rendimiento academico
Plan de agosto septiembre
Derecho internacional privado
Universidad pablo freile
Universidad paulo freile
Trabajo DERECHO BANCARIO Y BOLSA DE VALORES DE NICARAGUA
PALO VS CODIGO PROCESAL DEL TRABAJO
Que es la psicología del aprendizaje
Propuesta de planificacion de unidad de ensenanza y aprendizaje
Causas de la Deserción e Inasistencia en los niños y niñas de II nivel de Edu...
DIAGNOSTICO CURRICULAR SOBRE ALTERACIONES EN EL DESARROLLO DEL APRENDIZAJE DE...
Compendio de adivinanzas para trabajar con niños y niñas de 2 a 3 años.
Diagnóstico Socioeducativo del Centro de Desarrollo Infantil Sol de Libertad ...
Desarrollo de la motricidad fina en niños y niñas de 3y 4 años en el C D I C...
Estrategias para el desarrollo de la motricidad fina en niños y niñas de 4 a...
estrategias metodologicas en el rendimiento academico

Último (20)

PDF
Unidad 1 Tema 4. Jurisdiccion Parte II.pdf
PDF
apuntes-de-derecho-penal-boliviano-1966.pdf
PPTX
8.- Recursos retóricos de la argumentación (7).pptx
PDF
AMENAZAS CONTRA EL CRISTIANISMO - JORGE DE LAMA.pdf
PPTX
§ 1.3 - Autoria y participación (s sgarcia).pptx
PPTX
CLASE ONCE DR. EDWIN SOVERO PEÑALOZA CONTESTACIÓN Y RECONVENCIÓN PROCESAL CIV...
PDF
COMPENDIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL - GERMAN J. BIDART CAMPOS.pdf
PDF
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
DOCX
MEDIOS ALTERNATIVOS 2.docx ccccccccccccc
PDF
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
PPTX
SESION DERECHO DE LOS CONTRATOS JURIDICOS.pptx
PDF
Sistema-Universal-de-Proteccion-de-Derechos-Humanos - completo - compartido.pdf
PPTX
EXPOSICION FINAL CHICAS para descargar gratis
PDF
LA ENAJENACIÓN TEMPRANA EN EL PROCESO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO EN COLOMBIA
DOCX
Bloque 3 - ETICA PROFESIONAL.doccccccccx
PDF
GESTIÓN PÚBLICA CONTRALORÍA - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
PPTX
Etica profesional , concepto desde la escuela superior de leyes
PDF
MODELO RECURSO ADMINISTRATIVO DE APELACION - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
PPT
DT05_Analisis-PropuestasAutonomiaDescentralizacion.ppt
PDF
Linea_de_Tiempo_Derechos_Indigenas_Bonita.pdf
Unidad 1 Tema 4. Jurisdiccion Parte II.pdf
apuntes-de-derecho-penal-boliviano-1966.pdf
8.- Recursos retóricos de la argumentación (7).pptx
AMENAZAS CONTRA EL CRISTIANISMO - JORGE DE LAMA.pdf
§ 1.3 - Autoria y participación (s sgarcia).pptx
CLASE ONCE DR. EDWIN SOVERO PEÑALOZA CONTESTACIÓN Y RECONVENCIÓN PROCESAL CIV...
COMPENDIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL - GERMAN J. BIDART CAMPOS.pdf
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
MEDIOS ALTERNATIVOS 2.docx ccccccccccccc
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
SESION DERECHO DE LOS CONTRATOS JURIDICOS.pptx
Sistema-Universal-de-Proteccion-de-Derechos-Humanos - completo - compartido.pdf
EXPOSICION FINAL CHICAS para descargar gratis
LA ENAJENACIÓN TEMPRANA EN EL PROCESO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO EN COLOMBIA
Bloque 3 - ETICA PROFESIONAL.doccccccccx
GESTIÓN PÚBLICA CONTRALORÍA - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
Etica profesional , concepto desde la escuela superior de leyes
MODELO RECURSO ADMINISTRATIVO DE APELACION - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
DT05_Analisis-PropuestasAutonomiaDescentralizacion.ppt
Linea_de_Tiempo_Derechos_Indigenas_Bonita.pdf

Ensayo de etica

  • 1. Universidad Paulo Freire Facultad de Derecho ETICA JURIDICA TEMA “ENSAYO SOBRE EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL PODER JUDICIAL Catedrático: Carrera : Derecho II Carrera Estudante: LIC: MARIA CECILIA GARCIA Turno : SABATINO
  • 2. Manágua, 19 de Septiembre Del 2015 INTRODUCCION En el sistema democrático las instituciones del Estado y los Servidores públicos del Poder Judicial tienen en sus manos garantizar la vigencia de los derechos fundamentales de las personas que la Constitución señala, procurando el mayor bienestar de la población mediante el servicio a la comunidad. Por ello, los servidores públicos del poder judicial tienen una responsabilidad profesional y ética que es inherente al ejercicio de sus funciones. Sin embargo, la realidad sobre el desempeño de los Servidores públicos del Poder Judicial en Nicaragua deja mucho que desear ya que existe una burocracia terrible y una dilación en los trámites de procedimientos. Para enfrentar esta situación, la ciudadanía debería exigir que todo funcionario o servidor público del poder judicial sea honesto y competente. No debe existir ninguna causa que los exima de esta responsabilidad, ni tampoco se pueden justificar malas prácticas indicando que su actuación es un mal general de la administración pública o que están “mal remunerados”. La falta de ética de un funcionario o servidor público judicial no se da únicamente Cuando existen actos de corrupción; es también la negligencia o las malas prácticas en el cumplimiento de sus deberes de función, y la falta de eficiencia y eficacia en las actuaciones y decisiones en el cargo que desempeña. En esta perspectiva, mediante acuerdo número 193 del doce de septiembre del año 2011, la Excelentísima Corte Suprema de Justicia aprobó el Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Judicial . Como parte de su compromiso con la vigencia de los derechos humanos y el fortalecimiento de la institucionalidad democrática en el país, con la finalidad de promover un conocimiento más preciso sobre las atribuciones y funciones de diversos Servidores públicos del Poder Judicial, de modo que se pueda ejercer el derecho ciudadano de participación y vigilancia de la función pública.
  • 3. OBJETIVOS Conocer e incursionar en el tema relacionado con la Ética del Juez y Operario Público. Analizar a profundidad los principios Éticos Judiciales contractándolos con la aplicación del debido proceso de acuerdo a nuestra constitución política en los derechos y garantías de los ciudadanos.
  • 4. DESARROLLO A - Consideraciones sobre los principios éticos judiciales, declarados en los artículos 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, y 13 y la realidad apreciada en la conducta de los órganos que administran justicia en Nicaragua. ¿Qué razones o causas, inciden en que tales principios tengan una aplicación insuficiente? Arto 6 de la independencia. Arto 7 de la autonomía Arto 8 de la imparcialidad Arto 9 de la legalidad Arto 10 de la objetividad Arto 11 de la transparencia Arto 12 de la confidencialidad y discreción Arto 13 de la probidad. En el siguiente ensayo me motiva hacer una reflexión honesta y apasionada de cómo está la Ética en el poder judicial. Los tres primeros artículos 6,7, y 8 tienen una relación directa con la calidad de la ética porque puede contribuir a su desarrollo y consolidación. Esto se llama (Imperio supremo de la ley), el derecho está llamado a dar una respuesta a esta situación. No obstante la corrupción Institucionalizada y los obstáculos que se derivan del control burocrático y la partidización de todas las Instituciones del estado incluyendo el poder judicial, no lo permiten. Si en Nicaragua hubiese seguridad jurídica y verdadero estado de derecho, si la justicia fuese Independiente, si el estado no estuviera confiscado por un partido político autoritario que lo ha puesto al servicio de sus intereses.
  • 5. El aporte de un poder judicial a la democracia es servir de límite ante la arbitrariedad y garantizar los derechos de una sociedad. Pero justamente por ser una contención contra el autoritarismo, es víctima de los regímenes autoritarios. Cabe mencionar como se explica que en nuestro país o poder judicial la corte suprema de justicia emana sentencias como la que permitió la reelección ((partidización) o la del canal interoceánico que en poco tiempo sin cumplir con el debido proceso y con todas las medidas que debían de tomarse para aprobar una sentencia tan apresurada donde están en juego muchos factores tales como medio ambiente, expropiación de propiedades etc. El control que ejerce el régimen sobre el poder judicial viola nuestro derecho a una administración de justicia independiente e imparcial, al despojarnos de la oportunidad de defendernos de la arbitrariedad y no garantizar nuestro derechos frente a los protegidos del régimen o del tráfico de influencia que se vive hoy en día en nuestro país. Actualmente, el ingreso, la permanencia y el acceso en el poder judicial no es producto de las capacidades o competencias de sus funcionarios, sino de una mezcla de corrupción, servilismo nepotismo y hasta acoso sexual que anula la ética en la carrera judicial. Frente a esa crisis de valores, hay dos opciones o caminos. Uno, el de la conciencia cínica, con su secuela de corrupción y autoritarismo; la suplantación cruda y llana de la política por el gansterismo. Y otro, el de la ética y el esfuerzo por renovar las instituciones republicanas regresando a las raíces de la democracia y recobrando la autonomía En los artículos 9, 10, 11, 12. Aquí se revela una política de Estado la actitud omisa del máximo tribunal ante este hecho” los principios de la Ética” los funcionarios públicos también tienen derecho a la libertad de expresión, transparencia, objetividad y el cuestionamiento y actuación de las autoridades superiores. Pero lo cierto es que la Corte Suprema de Justicia tiene la disyuntiva histórica de administrar justicia con enfoque basado en principio de ética esto implica desde el
  • 6. punto de vista normativo equipararse con otros estándares internacionales, pero no se le puede pedir o exigir al poder judicial este enfoque ante su falta de independencia e imparcialidad. Esto sería una lucha a medias porque está de por medio la arbitrariedad de los protegidos del régimen esto será contraproducente para el régimen ya que evidencia la incongruencia entre su discurso y el accionar de él. Es necesario retomar el respeto a la carta magna es necesario retomar el respeto a la ley suprema ya que ahí está la base de todo sistema normativo, no solo porque están los objetivos del estado sino también los derechos que tenemos todos los ciudadanos. B- Cómo se compatibiliza el principio de la División de Poderes contenidos en el arto 44 del Código de Ética y el principio de colaboración entre los poderes contenido en el arto 46 del mismo cuerpo normativo?. La división de poderes es un reconocido principio básico de la democracia, independencia de la justicia y la supremacía de la ley y aunque estén legitimados en el arto 129 de nuestra carta magna no se acata en su independencia ya que constantemente son atropellados de manera flagrante y sistemática con una propensión a ejercitar arbitrariamente el mando en beneficio de la elite que lo apoya. El principio de colaboración entre los poderes tiende a confundirse con injerencismo entre dichos poderes y estos están totalmente parcializados a favor del poder ejecutivo o gobierno de turno y así actúan no en base a derecho sino a interés políticos. C-Cómo deben actuar los magistrados y funcionarios de carrera judicial en la que se refiere a su relación con los medios de comunicación? Al determinar cuando las autoridades judiciales se pronuncian sobre cuestiones de interés público deben hacerlo constatando en forma razonable, aunque no exhaustiva, los hechos fundamentales, sus opiniones, teniendo cautela en razón de su investidura el amplio alcance de sus declaraciones y eventuales efectos que pueden llegar a tener en determinados sectores de la población. Deben evitar que se reciba una versión manipulada de los hechos ya que ellos son garante de la libertad de expresión y demás derechos fundamentales, sus
  • 7. declaraciones no pueden convertirse en una forma de injerencia directa e indirecta o en una presión sobre los derechos de quienes pretenden contribuir a la deliberación pública mediante la expresión y difusión de su pensamiento. Qué obstáculos reales se aprecia en la relación concebida entre los órganos de administración de justicia y el rol de los medios de comunicación? La descalificación del ejercicio periodístico por parte de funcionarios públicos es una forma antidemocrática de ejercer la función pública que distrae la atención del principal problema la incapacidad de relacionarse entre las parte, a veces la corte no se pronuncia en algunos casos de relevancia e interés público esto hace que otros funcionarios (como el vocero de la corte vs. A P N) presente querella por injurias y calumnias contra el vocero de la corte suprema de justicia quien es acusado de “querer empañar el nombre y prestigio de la asociación”. Una medida de prevención simple pero sumamente eficaz consiste en que la más alta autoridad del estado y de justicia reconozcan de manera constante, clara, publica y firme la legitimidad, el valor de la labor periodística aun cuando la información difundida pueda resultar crítica, inconveniente e inoportuna para los interés del gobierno. Otro obstáculo real es que hay una versión vertical que impide que los comunicadores y los órganos de justicia no hagan su propia planificación al brindar información y entrevistas a periodistas de manera independiente y de acuerdo a las funciones que les compete ya que toda información que emiten los órganos de justicia tiene que pasar por un colador a la matriz central a través de medios oficialistas. D- Qué opinión le merece al ensayista, el procedimiento desarrollado para el “juicio de valor por Responsabilidad Ética “ contenido del arto .66 al arto .78 del Código de Ética? Se cumplen las reglas del debido proceso en ese ámbito? Tiene el ciudadano suficientes espacios para concretar y ser parte de un proceso en el que se denuncie la falta de un servidor público del poder judicial a los principios contenidos en el Código de Ética? Se puede considerar el marco regulatorio desde una perspectiva administrativa ,pero este podría estar mal aplicado por procedimientos burocráticos o personal poco calificado. La simplificación administrativa puede ser una herramienta eficaz para reducir y mejorar la eficacia de las normas éticas y con esto aumentaría el cumplimiento de ellas.
  • 8. SE CUMPLEN LAS REGLAS DEL DEBIDO PROCESO EN ESTE ÁMBITO? En los últimos meses hemos visto muchos casos que necesitan un análisis sobre esas funciones judiciales por la notoria falta de justicia, cuando los casos se califican como simulación de justicia y farsa judicial, cuando se dan argucias procesales para reducir y desestimar las responsabilidades y a los coautores que ameriten penas benignas. Estas reglas del debido proceso son desafortunadamente desvirtuadas para proteger a los funcionarios públicos que son también en algunos casos miembros del partido de gobierno. Estoy de acuerdo que no todo es negativo en los órganos que imparten justicia y que ni todos los servidores públicos basan sus juicios de valor en la ilegitimidad o violación de la ley ,pero si nos vamos a lo que dice nuestra constitución en su arto 27 que todas las personas son iguales ante la ley hay casos en donde el procedimiento se puede entablar a la justicia publica ya que este es un derecho según el arto 14 de ley orgánica del poder judicial y conforme al código civil que los procedimientos no están al arbitrio de los jueces. Me expandiré en este punto ya que el código de ética del arto 66 al 78 me da todos los pasos y herramientas a seguir para la debida recepción de interponer denuncia ante este tipo de casos. Daré unos ejemplos claros en donde los “servidores públicos del poder judicial han faltado al juicio de valor por responsabilidad ética. El caso del ciudadano de generales Milton Arcia este señor fue beneficiado y amparado bajo un acuerdo que emitió la procuraduría general de la República en donde este señor sale beneficiado ya que el tenia inversiones legales en el malecón de Managua. Posterior mente de manera anómala mediante una resolución administrativa se le revoca el beneficio que obtuvo el ciudadano dejando al ciudadano en estado de indefensión y según nuestra constitución toda persona tiene derecho a la propiedad privada y no puede ser expropiada por un decreto administrativo el señor en mención fue detenido ilegalmente y demolido su edificio de forma ilegal el ciudadano quiso hacer uso de sus derechos denunciando dichos atropellos pero más bien a él se le impuso una multa por injurias y calumnias con un valor de 80 mil córdobas el cual después fue reducido a 10 córdobas.
  • 9. Tiene el ciudadano suficiente espacios para concretar y ser parte en un proceso en el que denuncie la falta de un servidor público del poder judicial a los principios en el código de ética? Con respeto a la pregunta marcada en negrita creo que si tenemos que mejorar para aumentar la posibilidad de penalizar a todos los involucrados en autos de corrupción, además podemos buscar soluciones para el cumplimiento de la ley como aumentar la vigilancia e incrementar las sanciones para quienes infrinjan las leyes ya que un sistema judicial creíble además de reducir la corrupción aumenta la probabilidad del cumplimiento de las normas éticas.
  • 10. CONCLUSIÓN A modo de conclusión para cerrar mi ensayo y desde mi punto de vista concluyo con lo siguiente.  Los ciudadanos como don Milton Arcia y muchos más ven en la justicia lo siguiente que los casos en su contra prosperan con mayor facilidad que la denuncia que el presento en la fiscalía.  Que la condena la recibió en menos de 30 días expeditamente  Mientras que su caso de denuncia está ahí inerte en la fiscalía.  Que la reafirmación de la sentencia contra el señor Arcia en un proceso que nunca debió proceder.  De acuerdo a lo antes expuesto en el acápite anterior creo que muchas veces las denuncias son engavetadas, y otras veces toman otro rumbo como en el caso del señor en mención
  • 11. Bibliografía CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER JUDICIAL