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CRC COMISION REGULADORA DE COMUNICACIONESDAVID ANDRES PARRA BETANCUR JHON JAIRO GOMEZ RAMIREZLEGISLACIONUNIVERSIDAD CATOLICA DE PEREIRA
COMISION REGULADORA DE COMUNICACIONESLa Comisión de Regulación de Comunicaciones es el órgano encargado de promover la competencia, evitar el abuso de posición dominante y regular los mercados de las redes y los servicios de comunicaciones; con el fin que la prestación de los servicios sea económicamente eficiente, y refleje altos niveles de calidad.
OBJETIVOAdoptar una regulación que incentive la construcción de un mercado competitivo que desarrolle los principios orientadores de la presente ley.
MISIONFundamentados en nuestros principios, valores, profesionalismo, imparcialidad, transparencia y altos estándares de calidad, promovemos la competencia y la inversión mediante la construcción de mercados competitivos en el sector de TIC, con el fin de generar condiciones que permitan que la población tenga acceso a la sociedad de la información y se apropie de sus beneficios.
VISIONEn el año 2014, seremos reconocidos como una agencia reguladora de vanguardia en la región, al haber generado un marco regulatorio convergente que contribuye al desarrollo del ecosistema digital en Colombia, en beneficio de la competitividad del país.
POLITICAS DE CALIDADEl compromiso de la CRC con la calidad se orienta al mejoramiento continuo de nuestros procesos y servicios, con el fin de atender con eficiencia, eficacia y efectividad, las necesidades del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, incluido el sector Postal, para promover la competencia y la inversión, mediante la construcción de mercados competitivos, con el fin de generar condiciones que permitan que la población tenga acceso a la sociedad de la información y se apropie de sus beneficios.
ORGANIGRAMA
FUNCIONESEstablecer el régimen de regulación que maximice el bienestar social de los usuarios.Promover y regular la libre competencia para la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones, y prevenir conductas desleales y prácticas comerciales restrictivas.Expedir toda la regulación de carácter general y particular en las materias relacionadas con el régimen de competencia, los aspectos técnicos y económicos relacionados con la obligación de interconexión y el acceso y uso de instalaciones esenciales, recursos físicos y soportes lógicos necesarios para la interconexión.Regular el acceso y uso de todas las redes y el acceso a los mercados de los servicios de telecomunicacionesDefinir las condiciones en las cuales podrán ser utilizadas infraestructuras y redes de otros servicios en la prestación de servicios de telecomunicaciones, bajo un esquema de costos eficientes.
FUNCIONESDefinir las instalaciones esenciales.Proponer al Gobierno Nacional la aprobación de planes y normas técnicas aplicables al sector de Tecnologías de la Información y las ComunicacionesDeterminar estándares y certificados de homologación internacional y nacional de equipos, terminales, bienes y otros elementos técnicos indispensables para el establecimiento de redes y la prestación de servicios de telecomunicaciones aceptables en el paísResolver las controversias, en el marco de sus competencias, que se susciten entre los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones.Imponer de oficio o a solicitud de parte, las servidumbres de acceso, uso e interconexión y las condiciones de acceso y uso de instalaciones esenciales, recursos físicos y soportes lógicos necesarios para la interconexión.
FUNCIONESSeñalar las condiciones de oferta mayorista y la provisión de elementos de red desagregados, teniendo en cuenta los lineamientos de política del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.Regular y administrar los recursos de identificación utilizados en la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones y cualquier otro recurso que actualmente o en el futuro identifique redes y usuarios.Administrar el uso de los recursos de numeración, identificación de redes de telecomunicaciones y otros recursos escasos utilizados en las telecomunicaciones, diferentes al espectro radioeléctrico.Definir por vía general la información que los proveedores deben proporcionar sin costo a sus usuarios o al público Dictar su reglamento interno, así como las normas y procedimientos para el funcionamiento de la Comisión.
FUNCIONESAdministrar y disponer de su patrimonio de conformidad con las normas legales y reglamentarias aplicables y manejar los equipos y recursos que se le asignen, los que obtenga en el desempeño de sus funcionesEmitir concepto sobre la legalidad de los contratos de los proveedores con los usuarios.Resolver recursos de apelación contra actos de cualquier autoridad que se refieran a la construcción, instalación u operación de redes de telecomunicaciones.Requerir para el cumplimiento de sus funciones información amplia, exacta, veraz y oportuna a los proveedores de redes y servicios de comunicaciones a los que esta ley se refiere.
REFERENCIAShttp://www.crcom.gov.co/index.php

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  • 1. CRC COMISION REGULADORA DE COMUNICACIONESDAVID ANDRES PARRA BETANCUR JHON JAIRO GOMEZ RAMIREZLEGISLACIONUNIVERSIDAD CATOLICA DE PEREIRA
  • 2. COMISION REGULADORA DE COMUNICACIONESLa Comisión de Regulación de Comunicaciones es el órgano encargado de promover la competencia, evitar el abuso de posición dominante y regular los mercados de las redes y los servicios de comunicaciones; con el fin que la prestación de los servicios sea económicamente eficiente, y refleje altos niveles de calidad.
  • 3. OBJETIVOAdoptar una regulación que incentive la construcción de un mercado competitivo que desarrolle los principios orientadores de la presente ley.
  • 4. MISIONFundamentados en nuestros principios, valores, profesionalismo, imparcialidad, transparencia y altos estándares de calidad, promovemos la competencia y la inversión mediante la construcción de mercados competitivos en el sector de TIC, con el fin de generar condiciones que permitan que la población tenga acceso a la sociedad de la información y se apropie de sus beneficios.
  • 5. VISIONEn el año 2014, seremos reconocidos como una agencia reguladora de vanguardia en la región, al haber generado un marco regulatorio convergente que contribuye al desarrollo del ecosistema digital en Colombia, en beneficio de la competitividad del país.
  • 6. POLITICAS DE CALIDADEl compromiso de la CRC con la calidad se orienta al mejoramiento continuo de nuestros procesos y servicios, con el fin de atender con eficiencia, eficacia y efectividad, las necesidades del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, incluido el sector Postal, para promover la competencia y la inversión, mediante la construcción de mercados competitivos, con el fin de generar condiciones que permitan que la población tenga acceso a la sociedad de la información y se apropie de sus beneficios.
  • 8. FUNCIONESEstablecer el régimen de regulación que maximice el bienestar social de los usuarios.Promover y regular la libre competencia para la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones, y prevenir conductas desleales y prácticas comerciales restrictivas.Expedir toda la regulación de carácter general y particular en las materias relacionadas con el régimen de competencia, los aspectos técnicos y económicos relacionados con la obligación de interconexión y el acceso y uso de instalaciones esenciales, recursos físicos y soportes lógicos necesarios para la interconexión.Regular el acceso y uso de todas las redes y el acceso a los mercados de los servicios de telecomunicacionesDefinir las condiciones en las cuales podrán ser utilizadas infraestructuras y redes de otros servicios en la prestación de servicios de telecomunicaciones, bajo un esquema de costos eficientes.
  • 9. FUNCIONESDefinir las instalaciones esenciales.Proponer al Gobierno Nacional la aprobación de planes y normas técnicas aplicables al sector de Tecnologías de la Información y las ComunicacionesDeterminar estándares y certificados de homologación internacional y nacional de equipos, terminales, bienes y otros elementos técnicos indispensables para el establecimiento de redes y la prestación de servicios de telecomunicaciones aceptables en el paísResolver las controversias, en el marco de sus competencias, que se susciten entre los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones.Imponer de oficio o a solicitud de parte, las servidumbres de acceso, uso e interconexión y las condiciones de acceso y uso de instalaciones esenciales, recursos físicos y soportes lógicos necesarios para la interconexión.
  • 10. FUNCIONESSeñalar las condiciones de oferta mayorista y la provisión de elementos de red desagregados, teniendo en cuenta los lineamientos de política del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.Regular y administrar los recursos de identificación utilizados en la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones y cualquier otro recurso que actualmente o en el futuro identifique redes y usuarios.Administrar el uso de los recursos de numeración, identificación de redes de telecomunicaciones y otros recursos escasos utilizados en las telecomunicaciones, diferentes al espectro radioeléctrico.Definir por vía general la información que los proveedores deben proporcionar sin costo a sus usuarios o al público Dictar su reglamento interno, así como las normas y procedimientos para el funcionamiento de la Comisión.
  • 11. FUNCIONESAdministrar y disponer de su patrimonio de conformidad con las normas legales y reglamentarias aplicables y manejar los equipos y recursos que se le asignen, los que obtenga en el desempeño de sus funcionesEmitir concepto sobre la legalidad de los contratos de los proveedores con los usuarios.Resolver recursos de apelación contra actos de cualquier autoridad que se refieran a la construcción, instalación u operación de redes de telecomunicaciones.Requerir para el cumplimiento de sus funciones información amplia, exacta, veraz y oportuna a los proveedores de redes y servicios de comunicaciones a los que esta ley se refiere.

Notas del editor

  • #7: Lo anterior se logra mediante la participación de personal competente, capaz de desarrollar proyectos y actividades con calidad y oportunidad, comprometido con los objetivos de calidad, los principios, valores, profesionalismo, imparcialidad y transparencia de la Entidad, los planes de desarrollo internos, el Plan Estratégico vigente, así como a través del adecuado uso de las herramientas de gestión establecidas.
  • #9: 2. mediante regulaciones de carácter general o medidas particulares, pudiendo proponer reglas de comportamiento diferenciales según la posición de los proveedores, previamente se haya determinado la existencia de una falla en el mercado.3. así como la remuneración por el acceso y uso de redes e infraestructura, precios mayoristas, las condiciones de facturación y recaudo; el régimen de acceso y uso de redes; los parámetros de calidad de los servicios; los criterios de eficiencia del sector y la medición de indicadores sectoriales para avanzar en la sociedad de la información; y en materia de solución de controversias entre los proveedores de redes y servicios de comunicaciones.4. con excepción de las redes destinadas principalmente para servicios de televisión radiodifundida y radiodifusión sonora, hacia una regulación por mercados.
  • #10: 7. atendiendo el interés del país, según las normas y recomendaciones de organismos internacionales competentes y administrar dichos planes.8. así como señalar las entidades o laboratorios nacionales autorizados para homologar bienes de esta naturaleza.9. Ningún acuerdo entre proveedores podrá menoscabar, limitar o afectar la facultad de intervención regulatoria, y de solución de controversias de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, así como el principio de la libre competencia.10 y señalar la parte responsable de cancelar los costos correspondientes, así como fijar de oficio o a solicitud de parte las condiciones de acceso, uso e interconexión. Así mismo, determinar la interoperabilidad de plataformas y el interfuncionamiento de los servicios y/o aplicaciones.
  • #11: 11 garantizando la remuneración de los costos eficientes de la infraestructura y los incentivos adecuados a la inversión, así como el desarrollo de un régimen eficiente de comercialización de redes y servicios de telecomunicación.14 y, cuando no haya acuerdo entre el solicitante y el respectivo proveedor, señalar en concreto los valores que deban pagarse por concepto de información especial, todo ello sin perjuicio de la información calificada como reservada por la ley como privilegiada o estratégica.
  • #12: 19 Aquellos que no proporcionen la información antes mencionada a la CRC, podrán ser sujetos de imposición de multas diarias por parte de la CRC hasta por 250 salarios mínimos legales mensuales, por cada día en que incurran en esta conducta, según la gravedad de la falta y la reincidencia en su comisión.