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Lineamientos Operativos del Programa de Actualización de Datos de Pensionados
1. Introducción
La Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, de conformidad con las facultades
establecidas en los Artículos 5 y 81 del Reglamento Interior del instituto Mexicano del Seguro Social,
es el Órgano Normativo responsable de establecer la normatividad y dirigir la instrumentación de
planes y programas para el otorgamiento y control de las prestaciones económicas, en apego a las
disposiciones legales e institucionales.
En relación al control de las prestaciones económicas, en específico de las pensiones otorgadas al
amparo de la Ley del Seguro Social de 1973, se ha identificado la necesidad de fortalecer el
intercambio de información con entidades públicas y privadas que interactúan regularmente con los
pensionados. Este intercambio de información busca determinar la presunción de vida para la
continuidad del pago de las pensiones y detectar oportunamente la defunción para su suspensión.
Para garantizar que el intercambio de información sea efectivo, se debe contar con los datos
personales completos, correctos y actualizados de los pensionados y/o beneficiarios.
En este sentido, se ha identificado que la base de datos del Sistema de Pensiones (SPES), a partir
de la cual se genera la nómina mensual de pensionados al amparo del régimen obligatorio del Seguro
Social, tiene información incompleta o imprecisa en cuanto a los datos personales y de contacto de
los pensionados. En particular, existe un faltante en los registros de la Clave Única de Registro de
Población (CURP).
Dicha carencia responde a que, anteriormente, la CURP no era un dato determinante para el
otorgamiento de las prestaciones económicas por parte de este Instituto. No obstante, a partir del 1°
de enero de 2015 esta información es requerida en términos de lo establecido en el “Acuerdo
ACDO.SA2.HCT.270814/185.P.DPES y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a
aprobar los datos, documentos y formatos específicos que se deben proporcionar y presentar para
la gestión de los trámites en materia de prestaciones en dinero”, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 23 de octubre de 2014.
Asimismo, en términos de lo establecido en los artículos 3 fracción XIV inciso a), 20 fracciones I, II,
IV, V, VI y 23 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental,
los sujetos obligados, como es el Instituto Mexicano del Seguro Social respecto de sus pensionados
y/o beneficiarios, deben:
- Procurar que los datos sean exactos y actualizados;
- Adoptar los procedimientos adecuados para recibir la información, a fin de corregir sus
datos personales;
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- Sustituir, rectificar o completar, los datos personales que fueren inexactos, ya sea total
o parcialmente, o incompletos; y
- Garantizar la seguridad de los datos personales y evitar su alteración, pérdida,
transmisión y acceso no autorizado.
Al respecto, a partir del 7 de julio de 2015 se dará inicio al Programa de Actualización de Datos
de Pensionados.
2. Objetivos
2.1. Objetivo General
Fortalecer el intercambio de información con entidades públicas y privadas para determinar la
presunción de vida de los pensionados o su defunción.
2.2. Objetivo Específico
Actualizar la base de datos personales y de contacto de los pensionados con la finalidad de
fortalecer el intercambio de información con entidades públicas y privadas.
3. Población
3.1. Cobertura
El Programa tiene cobertura a nivel nacional en los 1,155 centros de comprobación de
supervivencia y 133 subdelegaciones.
3.2. Población Objetivo
Los pensionados al amparo de la Ley del Seguro Social de 1973 y pensionados al amparo de la
Ley del Seguro Social de 1997 que reciben su pensión a través de la nómina ordinaria del
Instituto, que cuentan con datos personales o de contacto incompletos o incorrectos y que
habitan en el territorio nacional.
Las delegaciones deberán focalizar esfuerzos para actualizar en una primera fase los datos de
los pensionados que no cuentan con Clave Única de Registro Poblacional (CURP) o ésta no sea
válida ante el Registro Nacional de Población e Identificación Personal (RENAPO).
En los casos en los que no comparezca físicamente el pensionado no se realizará la
actualización de datos. Por ejemplo, los que comprueban supervivencia a través de fe de vida,
nota médica o constancia de reclusión.
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El Programa deberá continuar hasta concluir la actualización de datos de toda la población
objetivo. Al respecto, la División de Pensiones publicará información que permita conocer el
grado de avance por Delegación.
4. Mecánica Operativa
4.1. Proceso de Difusión
En el informe de pago y en el comprobante de supervivencia aparecerá un mensaje indicando
a los pensionados que acudan a las ventanillas de Prestaciones Económicas a actualizar sus
datos.
Como parte de la primera fase, únicamente se enviará el mensaje a aquellos pensionados que
no cuenten con una CURP o ésta no sea válida ante el RENAPO. Posteriormente, se hará del
conocimiento de las delegaciones el mensaje para continuar con la actualización del resto de la
población objetivo.
Mensaje en informe de pago y comprobante de supervivencia
Acuda a actualizar sus datos para evitar problemas con el pago de su pensión. Deberá
presentar en la ventanilla de Prestaciones Económicas, los siguientes documentos: 1.Clave
Única de Registro de Población (CURP), 2.Registro Federal de Contribuyente (RFC) y 3.
Comprobante de domicilio. Asimismo deberá proporcionar un número telefónico y un correo
electrónico para recibir cualquier notificación relacionada con su pensión.
El personal de ventanilla de la oficina de control de prestaciones económicas de la Unidad
Médica Familiar (U.M.F.), del Departamento de Pensiones Subdelegacional o Departamento de
Supervisión de Prestaciones Económicas deberá identificar a aquellos pensionados para los que
se emita el mensaje y comunicarles lo siguiente:
El IMSS realiza un Programa de Actualización de Datos de Pensionados para mejorar la atención
que se les brinda y garantizar el correcto pago de su pensión.
Lamentablemente, identificamos que sus datos personales no están completos en las bases de
datos del Instituto, por lo que le solicitamos que a la brevedad acuda a esta ventanilla y presente
los siguientes documentos originales:
o Clave Única de Registro de Población (CURP)
o Registro Federal de Contribuyente (RFC)
o Comprobante de domicilio
Adicionalmente deberá proporcionar un número telefónico y un correo electrónico en el cual lo
podamos localizar para cualquier notificación relativa a su pensión.
El correo electrónico y el número telefónico no serán un requisito obligatorio para realizar la
actualización de datos.
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Los Servicios de Prestaciones Económicas delegacionales con la finalidad de dar cumplimiento
al Programa podrán establecer estrategias de difusión, en su ámbito de competencia, adicionales
a las que la Normativa establece en el presente.
4.2. Proceso de Operación
Los Servicios de Prestaciones Económicas delegacionales con fundamento en los artículos 8 y
22 párrafo primero y su fracción IV de la Ley del Seguro Social; 2 fracción IV inciso a), 138, 139,
144 fracción XVIII del Reglamento Interior del IMSS y el Acuerdo
ACDO.AS2.HCT.240210/26.P.DPES del H. Consejo Técnico publicado en el Diario Oficial de la
Federación del 13 de abril de 2010, deberán llevar a cabo el Programa de Actualización de
Datos de Pensionados, conforme a las actividades que a continuación se indican:
Responsable Actividades
Personal de ventanilla
de la oficina de
control de
prestaciones
económicas de la
Unidad Médica
Familiar (U.M.F.), del
Departamento de
Pensiones
Subdelegacional o
Departamento de
Supervisión de
Prestaciones
Económicas.
1. Recibe al pensionado y lo identifica mediante un documento oficial.
2. Ingresa el número de seguridad social en la Pantalla Única de
Actualización de Datos habilitada en el Sistema de Trámite de
Pensiones (SISTRAP).
3. Solicita al pensionado la siguiente documentación: CURP, RFC y
comprobante de domicilio. Asimismo, los siguientes datos: número
telefónico y correo electrónico (éstos últimos, en caso de que cuente
con ellos).
4. Verifica que el nombre del pensionado, en el documento de
identificación oficial coincida con la CURP y el RFC. En caso
contrario, devuelve la documentación proporcionada y comunica al
pensionado que deberá acudir con la autoridad competente a
regularizar su situación.
5. Registra en la Pantalla Única de Actualización de Datos la siguiente
información: CURP, RFC, domicilio, y en su caso, correo
electrónico y teléfono.
6. Una vez capturada la información, bajo su más estricta
responsabilidad verifica que los datos asentados coincidan con la
información de la documental proporcionada, incluyendo el nombre
de pensionado y/o beneficiario.
7. Imprime el “Comprobante de actualización de datos personales” y
el acuse de recibo.
8. Solicita al pensionado y/o beneficiario revise la información del
“Comprobante de actualización de datos personales”; y en caso, de
estar de acuerdo con su contenido, recabará su firma (o huella) en
el comprobante y en el acuse de recibo, mismos que indican la
siguiente leyenda:
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““Declaro bajo protesta de decir verdad que los datos
proporcionados por el suscrito y asentados en el
presente comprobante de actualización de datos SON
CORRECTOS. Hago constar mi consentimiento para
que dicha información sea difundida y distribuida a
entidades privadas para asegurar el pago de la
prestación económica a mi favor y cumplir con las
obligaciones inherentes a mi calidad de pensionado.
Asimismo, manifiesto como domicilio para oir y recibir
toda clase de notificaciones que deba hacerme el
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en relación
a mi pensión el que está asentado en este documento;
y autorizo que en el número telefónico y en el correo
electrónico proporcionados se realicen encuestas de
calidad y se envíen mensajes informativos.”
9. Firma el “Comprobante de actualización de datos personales”
emitido.
10. Hace entrega del “Comprobante de actualización de datos
personales” firmado y sellado al pensionado y/o beneficiario; y
devuelve la documentación proporcionada.
11. Archiva el acuse de recibo del “Comprobante de actualización de
datos personales” en la unidad administrativa donde se realizó la
actualización.
4.3. Proceso de Atención
Con la finalidad de facilitar al pensionado que actualice sus datos personales, se deberá
implementar el Programa en todas las ventanillas de prestaciones económicas en las que
actualmente se realizan comprobaciones de supervivencia.
Lo anterior, salvo que los Servicios de Prestaciones Económicas delegacionales determinen lo
contrario, lo cual deberán comunicar a la Normativa.
4.4. Persona que deberá solicitar la actualización de datos
4.4.1.Pensionados que deben comparecer físicamente a realizar el trámite
En pensiones de Invalidez, Incapacidad Permanente Parcial o Total, Cesantía en Edad
Avanzada o Vejez:
- La persona permitida para solicitar la actualización de los datos personales
será el afiliado (titular del grupo familiar). Adicionalmente sólo el afiliado podrá
solicitar la actualización de la información de los asignatarios registrados.
- En los segundos grupos familiares registrados deberá presentarse el titular del
grupo (demandante de pensión alimenticia).
En pensiones de Viudez, Viudez y Orfandad, Orfandad y Ascendientes:
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- La persona permitida para solicitar la actualización de los datos personales
será el titular del grupo familiar, quien a su vez presentará la información de
los demás pensionados asociados a la pensión (beneficiarios).
- En caso de que el titular no presente la información de todos los pensionados
asociados al grupo, podrá realizarlo en la siguiente ocasión en la que acuda a
la ventanilla.
4.5. Documentos
La documentación presentada en ventanilla deberá cumplir con lo establecido en el acuerdo
ACDO.SA2.HCT.270814/185.P.DPES, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a aprobar los
datos, documentos y formatos específicos que se deben proporcionar y presentar para la gestión
de los trámites en materia de prestaciones en dinero.
5. Pantalla Única de Actualización de Datos
La Pantalla Única de Actualización de Datos es la herramienta informática a través de la cual se
realizarán las modificaciones de los datos personales y de contacto de los pensionados.
Esta pantalla se encontrará en el Sistema de Trámite de Pensiones (SISTRAP), en el menú
denominado “Actualización de Datos Personales y de Contacto”.
La funcionalidad de esta herramienta permite que a partir del Número de Seguridad Social la
pantalla se presente la información de las personas a las cuales se debe realizar la actualización
de datos.
En caso de las pensiones de Invalidez, Incapacidad Permanente Parcial y Total, Cesantía y
Vejez al realizar la actualización de los datos del afiliado, se actualizarán automáticamente los
datos del titular del grupo principal.
Para las pensiones de Viudez, Viudez-Orfandad, Orfandad y Ascendientes al realizar la
actualización del componente, y éste tiene la marca de que es el titular de grupo, se actualizarán
automáticamente los datos del titular de grupo correspondiente.
En relación al domicilio, se debe proporcionar primero el código postal a partir del cual se
propone la colonia, con base a la información proporcionada por el Servicio Postal Mexicano
(SEPOMEX) y posteriormente permite la captura del municipio y los datos restantes relacionados
con el domicilio.
Al concluir la actualización de la información se emitirá un comprobante con los datos
registrados, el cual deberá ser firmado por el personal del Instituto que registró la información en
el sistema, así como por el interesado.
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El instructivo de operación de la pantalla será publicado en la Página de la Comunidad de
Pensiones y Rentas Vitalicias, en el apartado del Programa de Actualización de Datos de
Pensionados.
6. Información por Delegación
Para contribuir a la definición de estrategias delegacionales que permitan la actualización de
datos de la población objetivo y la consecución de las metas, la División de Pensiones publicará
en la Página de la Comunidad de Pensiones y Rentas Vitalicias la siguiente información:
- Archivo con los casos a actualizar por no contar con una CURP o esta no ser válida ante
el RENAPO.
Adicionalmente para dar seguimiento a los avances del Programa se publicarán los siguientes
reportes:
 Actualizaciones por centro de comprobación.
 Actualizaciones realizadas fuera de la Delegación de Control.
 Actualizaciones realizadas a pensionados de otra Delegación de Control.
 Actualizaciones en los que se identifica un cambio de nombre completo del pensionado.
7. Metas y Seguimiento
7.1. Metas
Con la finalidad de garantizar el cumplimiento del Programa se establecerán metas por
Delegación. Estas metas se establecieron con base en el número de comprobaciones de
supervivencia que se realizan por centro de comprobación.
Las metas se publicarán en la Página de la Comunidad de Pensiones y Rentas Vitalicias, y
son las que se presentan en el Anexo A “Metas sobre pensionados sin CURP validada”,
esta información se generó al corte de la primera quincena de junio.
7.2. Seguimiento
La División de Pensiones será la responsable de dar seguimiento a la actualización de datos
personales de pensionados.
La División de Estudios Técnicos será la responsable de publicar el avance en el boletín
semanal, considerando que la información será actualizada con cortes quincenales.
Delegación Casos
Promedio
Comprobaciones
Diarias
Act
Diarias
Duración
Actualización
en meses
2° Quin
Jul
%
Avance
1° Quin
Ago
%
Avance
2° Quin
Ago
%
Avance
1° Quin
Sep
%
Avance
2° Quin
Sep
Avance
sobre el
Total
AGUASCALIENTES 7,068 270 68 4.7 816 11.5% 1,632 23.1% 2,380 33.7% 3,060 43.3% 3,740 52.9%
BAJA CALIFORNIA NORTE 21,210 761 190 5.1 2,280 10.7% 4,560 21.5% 6,650 31.4% 8,550 40.3% 10,450 49.3%
BAJA CALIFORNIA SUR 2,853 119 30 4.3 360 12.6% 720 25.2% 1,050 36.8% 1,350 47.3% 1,650 57.8%
CAMPECHE 2,533 153 38 3.0 456 18.0% 912 36.0% 1,330 52.5% 1,710 67.5% 2,090 82.5%
COAHUILA 26,596 1,139 285 4.2 3,420 12.9% 6,840 25.7% 9,975 37.5% 12,825 48.2% 15,675 58.9%
COLIMA 2,540 165 41 2.8 492 19.4% 984 38.7% 1,435 56.5% 1,845 72.6% 2,255 88.8%
CHIAPAS 6,546 248 62 4.8 744 11.4% 1,488 22.7% 2,170 33.2% 2,790 42.6% 3,410 52.1%
CHIHUAHUA 22,788 1,141 285 3.6 3,420 15.0% 6,840 30.0% 9,975 43.8% 12,825 56.3% 15,675 68.8%
DURANGO 11,008 404 101 5.0 1,212 11.0% 2,424 22.0% 3,535 32.1% 4,545 41.3% 5,555 50.5%
GUANAJUATO 18,915 1,102 276 3.1 3,312 17.5% 6,624 35.0% 9,660 51.1% 12,420 65.7% 15,180 80.3%
GUERRERO 4,987 269 67 3.4 804 16.1% 1,608 32.2% 2,345 47.0% 3,015 60.5% 3,685 73.9%
HIDALGO 9,512 376 94 4.6 1,128 11.9% 2,256 23.7% 3,290 34.6% 4,230 44.5% 5,170 54.4%
JALISCO 48,016 1,758 440 5.0 5,280 11.0% 10,560 22.0% 15,400 32.1% 19,800 41.2% 24,200 50.4%
ESTADO DE MEXICO ORIENTE 51,054 1,893 473 4.9 5,676 11.1% 11,352 22.2% 16,555 32.4% 21,285 41.7% 26,015 51.0%
ESTADO DE MEXICO PONIENTE 25,227 844 211 5.4 2,532 10.0% 5,064 20.1% 7,385 29.3% 9,495 37.6% 11,605 46.0%
MICHOACAN 13,145 543 136 4.4 1,632 12.4% 3,264 24.8% 4,760 36.2% 6,120 46.6% 7,480 56.9%
MORELOS 9,769 476 119 3.7 1,428 14.6% 2,856 29.2% 4,165 42.6% 5,355 54.8% 6,545 67.0%
NAYARIT 6,360 127 32 9.0 384 6.0% 768 12.1% 1,120 17.6% 1,440 22.6% 1,760 27.7%
NUEVO LEON 48,423 1,865 466 4.7 5,592 11.5% 11,184 23.1% 16,310 33.7% 20,970 43.3% 25,630 52.9%
OAXACA 3,506 252 63 2.5 756 21.6% 1,512 43.1% 2,205 62.9% 2,835 80.9% 3,465 98.8%
PUEBLA 21,207 773 193 5.0 2,316 10.9% 4,632 21.8% 6,755 31.9% 8,685 41.0% 10,615 50.1%
QUERETARO 9,321 361 90 4.7 1,080 11.6% 2,160 23.2% 3,150 33.8% 4,050 43.5% 4,950 53.1%
QUINTANA ROO 2,409 137 34 3.2 408 16.9% 816 33.9% 1,190 49.4% 1,530 63.5% 1,870 77.6%
SAN LUIS POTOSI 12,179 579 145 3.8 1,740 14.3% 3,480 28.6% 5,075 41.7% 6,525 53.6% 7,975 65.5%
SINALOA 24,655 869 217 5.2 2,604 10.6% 5,208 21.1% 7,595 30.8% 9,765 39.6% 11,935 48.4%
SONORA 24,970 796 199 5.7 2,388 9.6% 4,776 19.1% 6,965 27.9% 8,955 35.9% 10,945 43.8%
TABASCO 4,379 130 32 6.2 384 8.8% 768 17.5% 1,120 25.6% 1,440 32.9% 1,760 40.2%
TAMAULIPAS 21,899 825 206 4.8 2,472 11.3% 4,944 22.6% 7,210 32.9% 9,270 42.3% 11,330 51.7%
TLAXCALA 4,556 157 39 5.3 468 10.3% 936 20.5% 1,365 30.0% 1,755 38.5% 2,145 47.1%
VERACRUZ NORTE 14,272 804 201 3.2 2,412 16.9% 4,824 33.8% 7,035 49.3% 9,045 63.4% 11,055 77.5%
VERACRUZ SUR 18,404 773 193 4.3 2,316 12.6% 4,632 25.2% 6,755 36.7% 8,685 47.2% 10,615 57.7%
YUCATAN 14,915 492 123 5.5 1,476 9.9% 2,952 19.8% 4,305 28.9% 5,535 37.1% 6,765 45.4%
ZACATECAS 5,203 166 42 5.6 504 9.7% 1,008 19.4% 1,470 28.3% 1,890 36.3% 2,310 44.4%
DFNORTE 41,626 1,402 351 5.4 4,212 10.1% 8,424 20.2% 12,285 29.5% 15,795 37.9% 19,305 46.4%
DFSUR 53,760 1,937 484 5.0 5,808 10.8% 11,616 21.6% 16,940 31.5% 21,780 40.5% 26,620 49.5%
Total general 615,811 24,106 6,026 4.6 72,312 11.7% 144,624 23.5% 210,910 34.2% 271,170 44.0% 331,430 53.8%

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Lineamientos operativos del programa de actualización de datos de pensionados del IMSS

  • 1. 1 Lineamientos Operativos del Programa de Actualización de Datos de Pensionados 1. Introducción La Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, de conformidad con las facultades establecidas en los Artículos 5 y 81 del Reglamento Interior del instituto Mexicano del Seguro Social, es el Órgano Normativo responsable de establecer la normatividad y dirigir la instrumentación de planes y programas para el otorgamiento y control de las prestaciones económicas, en apego a las disposiciones legales e institucionales. En relación al control de las prestaciones económicas, en específico de las pensiones otorgadas al amparo de la Ley del Seguro Social de 1973, se ha identificado la necesidad de fortalecer el intercambio de información con entidades públicas y privadas que interactúan regularmente con los pensionados. Este intercambio de información busca determinar la presunción de vida para la continuidad del pago de las pensiones y detectar oportunamente la defunción para su suspensión. Para garantizar que el intercambio de información sea efectivo, se debe contar con los datos personales completos, correctos y actualizados de los pensionados y/o beneficiarios. En este sentido, se ha identificado que la base de datos del Sistema de Pensiones (SPES), a partir de la cual se genera la nómina mensual de pensionados al amparo del régimen obligatorio del Seguro Social, tiene información incompleta o imprecisa en cuanto a los datos personales y de contacto de los pensionados. En particular, existe un faltante en los registros de la Clave Única de Registro de Población (CURP). Dicha carencia responde a que, anteriormente, la CURP no era un dato determinante para el otorgamiento de las prestaciones económicas por parte de este Instituto. No obstante, a partir del 1° de enero de 2015 esta información es requerida en términos de lo establecido en el “Acuerdo ACDO.SA2.HCT.270814/185.P.DPES y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a aprobar los datos, documentos y formatos específicos que se deben proporcionar y presentar para la gestión de los trámites en materia de prestaciones en dinero”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2014. Asimismo, en términos de lo establecido en los artículos 3 fracción XIV inciso a), 20 fracciones I, II, IV, V, VI y 23 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, los sujetos obligados, como es el Instituto Mexicano del Seguro Social respecto de sus pensionados y/o beneficiarios, deben: - Procurar que los datos sean exactos y actualizados; - Adoptar los procedimientos adecuados para recibir la información, a fin de corregir sus datos personales;
  • 2. 2 - Sustituir, rectificar o completar, los datos personales que fueren inexactos, ya sea total o parcialmente, o incompletos; y - Garantizar la seguridad de los datos personales y evitar su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado. Al respecto, a partir del 7 de julio de 2015 se dará inicio al Programa de Actualización de Datos de Pensionados. 2. Objetivos 2.1. Objetivo General Fortalecer el intercambio de información con entidades públicas y privadas para determinar la presunción de vida de los pensionados o su defunción. 2.2. Objetivo Específico Actualizar la base de datos personales y de contacto de los pensionados con la finalidad de fortalecer el intercambio de información con entidades públicas y privadas. 3. Población 3.1. Cobertura El Programa tiene cobertura a nivel nacional en los 1,155 centros de comprobación de supervivencia y 133 subdelegaciones. 3.2. Población Objetivo Los pensionados al amparo de la Ley del Seguro Social de 1973 y pensionados al amparo de la Ley del Seguro Social de 1997 que reciben su pensión a través de la nómina ordinaria del Instituto, que cuentan con datos personales o de contacto incompletos o incorrectos y que habitan en el territorio nacional. Las delegaciones deberán focalizar esfuerzos para actualizar en una primera fase los datos de los pensionados que no cuentan con Clave Única de Registro Poblacional (CURP) o ésta no sea válida ante el Registro Nacional de Población e Identificación Personal (RENAPO). En los casos en los que no comparezca físicamente el pensionado no se realizará la actualización de datos. Por ejemplo, los que comprueban supervivencia a través de fe de vida, nota médica o constancia de reclusión.
  • 3. 3 El Programa deberá continuar hasta concluir la actualización de datos de toda la población objetivo. Al respecto, la División de Pensiones publicará información que permita conocer el grado de avance por Delegación. 4. Mecánica Operativa 4.1. Proceso de Difusión En el informe de pago y en el comprobante de supervivencia aparecerá un mensaje indicando a los pensionados que acudan a las ventanillas de Prestaciones Económicas a actualizar sus datos. Como parte de la primera fase, únicamente se enviará el mensaje a aquellos pensionados que no cuenten con una CURP o ésta no sea válida ante el RENAPO. Posteriormente, se hará del conocimiento de las delegaciones el mensaje para continuar con la actualización del resto de la población objetivo. Mensaje en informe de pago y comprobante de supervivencia Acuda a actualizar sus datos para evitar problemas con el pago de su pensión. Deberá presentar en la ventanilla de Prestaciones Económicas, los siguientes documentos: 1.Clave Única de Registro de Población (CURP), 2.Registro Federal de Contribuyente (RFC) y 3. Comprobante de domicilio. Asimismo deberá proporcionar un número telefónico y un correo electrónico para recibir cualquier notificación relacionada con su pensión. El personal de ventanilla de la oficina de control de prestaciones económicas de la Unidad Médica Familiar (U.M.F.), del Departamento de Pensiones Subdelegacional o Departamento de Supervisión de Prestaciones Económicas deberá identificar a aquellos pensionados para los que se emita el mensaje y comunicarles lo siguiente: El IMSS realiza un Programa de Actualización de Datos de Pensionados para mejorar la atención que se les brinda y garantizar el correcto pago de su pensión. Lamentablemente, identificamos que sus datos personales no están completos en las bases de datos del Instituto, por lo que le solicitamos que a la brevedad acuda a esta ventanilla y presente los siguientes documentos originales: o Clave Única de Registro de Población (CURP) o Registro Federal de Contribuyente (RFC) o Comprobante de domicilio Adicionalmente deberá proporcionar un número telefónico y un correo electrónico en el cual lo podamos localizar para cualquier notificación relativa a su pensión. El correo electrónico y el número telefónico no serán un requisito obligatorio para realizar la actualización de datos.
  • 4. 4 Los Servicios de Prestaciones Económicas delegacionales con la finalidad de dar cumplimiento al Programa podrán establecer estrategias de difusión, en su ámbito de competencia, adicionales a las que la Normativa establece en el presente. 4.2. Proceso de Operación Los Servicios de Prestaciones Económicas delegacionales con fundamento en los artículos 8 y 22 párrafo primero y su fracción IV de la Ley del Seguro Social; 2 fracción IV inciso a), 138, 139, 144 fracción XVIII del Reglamento Interior del IMSS y el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.240210/26.P.DPES del H. Consejo Técnico publicado en el Diario Oficial de la Federación del 13 de abril de 2010, deberán llevar a cabo el Programa de Actualización de Datos de Pensionados, conforme a las actividades que a continuación se indican: Responsable Actividades Personal de ventanilla de la oficina de control de prestaciones económicas de la Unidad Médica Familiar (U.M.F.), del Departamento de Pensiones Subdelegacional o Departamento de Supervisión de Prestaciones Económicas. 1. Recibe al pensionado y lo identifica mediante un documento oficial. 2. Ingresa el número de seguridad social en la Pantalla Única de Actualización de Datos habilitada en el Sistema de Trámite de Pensiones (SISTRAP). 3. Solicita al pensionado la siguiente documentación: CURP, RFC y comprobante de domicilio. Asimismo, los siguientes datos: número telefónico y correo electrónico (éstos últimos, en caso de que cuente con ellos). 4. Verifica que el nombre del pensionado, en el documento de identificación oficial coincida con la CURP y el RFC. En caso contrario, devuelve la documentación proporcionada y comunica al pensionado que deberá acudir con la autoridad competente a regularizar su situación. 5. Registra en la Pantalla Única de Actualización de Datos la siguiente información: CURP, RFC, domicilio, y en su caso, correo electrónico y teléfono. 6. Una vez capturada la información, bajo su más estricta responsabilidad verifica que los datos asentados coincidan con la información de la documental proporcionada, incluyendo el nombre de pensionado y/o beneficiario. 7. Imprime el “Comprobante de actualización de datos personales” y el acuse de recibo. 8. Solicita al pensionado y/o beneficiario revise la información del “Comprobante de actualización de datos personales”; y en caso, de estar de acuerdo con su contenido, recabará su firma (o huella) en el comprobante y en el acuse de recibo, mismos que indican la siguiente leyenda:
  • 5. 5 ““Declaro bajo protesta de decir verdad que los datos proporcionados por el suscrito y asentados en el presente comprobante de actualización de datos SON CORRECTOS. Hago constar mi consentimiento para que dicha información sea difundida y distribuida a entidades privadas para asegurar el pago de la prestación económica a mi favor y cumplir con las obligaciones inherentes a mi calidad de pensionado. Asimismo, manifiesto como domicilio para oir y recibir toda clase de notificaciones que deba hacerme el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en relación a mi pensión el que está asentado en este documento; y autorizo que en el número telefónico y en el correo electrónico proporcionados se realicen encuestas de calidad y se envíen mensajes informativos.” 9. Firma el “Comprobante de actualización de datos personales” emitido. 10. Hace entrega del “Comprobante de actualización de datos personales” firmado y sellado al pensionado y/o beneficiario; y devuelve la documentación proporcionada. 11. Archiva el acuse de recibo del “Comprobante de actualización de datos personales” en la unidad administrativa donde se realizó la actualización. 4.3. Proceso de Atención Con la finalidad de facilitar al pensionado que actualice sus datos personales, se deberá implementar el Programa en todas las ventanillas de prestaciones económicas en las que actualmente se realizan comprobaciones de supervivencia. Lo anterior, salvo que los Servicios de Prestaciones Económicas delegacionales determinen lo contrario, lo cual deberán comunicar a la Normativa. 4.4. Persona que deberá solicitar la actualización de datos 4.4.1.Pensionados que deben comparecer físicamente a realizar el trámite En pensiones de Invalidez, Incapacidad Permanente Parcial o Total, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez: - La persona permitida para solicitar la actualización de los datos personales será el afiliado (titular del grupo familiar). Adicionalmente sólo el afiliado podrá solicitar la actualización de la información de los asignatarios registrados. - En los segundos grupos familiares registrados deberá presentarse el titular del grupo (demandante de pensión alimenticia). En pensiones de Viudez, Viudez y Orfandad, Orfandad y Ascendientes:
  • 6. 6 - La persona permitida para solicitar la actualización de los datos personales será el titular del grupo familiar, quien a su vez presentará la información de los demás pensionados asociados a la pensión (beneficiarios). - En caso de que el titular no presente la información de todos los pensionados asociados al grupo, podrá realizarlo en la siguiente ocasión en la que acuda a la ventanilla. 4.5. Documentos La documentación presentada en ventanilla deberá cumplir con lo establecido en el acuerdo ACDO.SA2.HCT.270814/185.P.DPES, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a aprobar los datos, documentos y formatos específicos que se deben proporcionar y presentar para la gestión de los trámites en materia de prestaciones en dinero. 5. Pantalla Única de Actualización de Datos La Pantalla Única de Actualización de Datos es la herramienta informática a través de la cual se realizarán las modificaciones de los datos personales y de contacto de los pensionados. Esta pantalla se encontrará en el Sistema de Trámite de Pensiones (SISTRAP), en el menú denominado “Actualización de Datos Personales y de Contacto”. La funcionalidad de esta herramienta permite que a partir del Número de Seguridad Social la pantalla se presente la información de las personas a las cuales se debe realizar la actualización de datos. En caso de las pensiones de Invalidez, Incapacidad Permanente Parcial y Total, Cesantía y Vejez al realizar la actualización de los datos del afiliado, se actualizarán automáticamente los datos del titular del grupo principal. Para las pensiones de Viudez, Viudez-Orfandad, Orfandad y Ascendientes al realizar la actualización del componente, y éste tiene la marca de que es el titular de grupo, se actualizarán automáticamente los datos del titular de grupo correspondiente. En relación al domicilio, se debe proporcionar primero el código postal a partir del cual se propone la colonia, con base a la información proporcionada por el Servicio Postal Mexicano (SEPOMEX) y posteriormente permite la captura del municipio y los datos restantes relacionados con el domicilio. Al concluir la actualización de la información se emitirá un comprobante con los datos registrados, el cual deberá ser firmado por el personal del Instituto que registró la información en el sistema, así como por el interesado.
  • 7. 7 El instructivo de operación de la pantalla será publicado en la Página de la Comunidad de Pensiones y Rentas Vitalicias, en el apartado del Programa de Actualización de Datos de Pensionados. 6. Información por Delegación Para contribuir a la definición de estrategias delegacionales que permitan la actualización de datos de la población objetivo y la consecución de las metas, la División de Pensiones publicará en la Página de la Comunidad de Pensiones y Rentas Vitalicias la siguiente información: - Archivo con los casos a actualizar por no contar con una CURP o esta no ser válida ante el RENAPO. Adicionalmente para dar seguimiento a los avances del Programa se publicarán los siguientes reportes:  Actualizaciones por centro de comprobación.  Actualizaciones realizadas fuera de la Delegación de Control.  Actualizaciones realizadas a pensionados de otra Delegación de Control.  Actualizaciones en los que se identifica un cambio de nombre completo del pensionado. 7. Metas y Seguimiento 7.1. Metas Con la finalidad de garantizar el cumplimiento del Programa se establecerán metas por Delegación. Estas metas se establecieron con base en el número de comprobaciones de supervivencia que se realizan por centro de comprobación. Las metas se publicarán en la Página de la Comunidad de Pensiones y Rentas Vitalicias, y son las que se presentan en el Anexo A “Metas sobre pensionados sin CURP validada”, esta información se generó al corte de la primera quincena de junio. 7.2. Seguimiento La División de Pensiones será la responsable de dar seguimiento a la actualización de datos personales de pensionados. La División de Estudios Técnicos será la responsable de publicar el avance en el boletín semanal, considerando que la información será actualizada con cortes quincenales.
  • 8. Delegación Casos Promedio Comprobaciones Diarias Act Diarias Duración Actualización en meses 2° Quin Jul % Avance 1° Quin Ago % Avance 2° Quin Ago % Avance 1° Quin Sep % Avance 2° Quin Sep Avance sobre el Total AGUASCALIENTES 7,068 270 68 4.7 816 11.5% 1,632 23.1% 2,380 33.7% 3,060 43.3% 3,740 52.9% BAJA CALIFORNIA NORTE 21,210 761 190 5.1 2,280 10.7% 4,560 21.5% 6,650 31.4% 8,550 40.3% 10,450 49.3% BAJA CALIFORNIA SUR 2,853 119 30 4.3 360 12.6% 720 25.2% 1,050 36.8% 1,350 47.3% 1,650 57.8% CAMPECHE 2,533 153 38 3.0 456 18.0% 912 36.0% 1,330 52.5% 1,710 67.5% 2,090 82.5% COAHUILA 26,596 1,139 285 4.2 3,420 12.9% 6,840 25.7% 9,975 37.5% 12,825 48.2% 15,675 58.9% COLIMA 2,540 165 41 2.8 492 19.4% 984 38.7% 1,435 56.5% 1,845 72.6% 2,255 88.8% CHIAPAS 6,546 248 62 4.8 744 11.4% 1,488 22.7% 2,170 33.2% 2,790 42.6% 3,410 52.1% CHIHUAHUA 22,788 1,141 285 3.6 3,420 15.0% 6,840 30.0% 9,975 43.8% 12,825 56.3% 15,675 68.8% DURANGO 11,008 404 101 5.0 1,212 11.0% 2,424 22.0% 3,535 32.1% 4,545 41.3% 5,555 50.5% GUANAJUATO 18,915 1,102 276 3.1 3,312 17.5% 6,624 35.0% 9,660 51.1% 12,420 65.7% 15,180 80.3% GUERRERO 4,987 269 67 3.4 804 16.1% 1,608 32.2% 2,345 47.0% 3,015 60.5% 3,685 73.9% HIDALGO 9,512 376 94 4.6 1,128 11.9% 2,256 23.7% 3,290 34.6% 4,230 44.5% 5,170 54.4% JALISCO 48,016 1,758 440 5.0 5,280 11.0% 10,560 22.0% 15,400 32.1% 19,800 41.2% 24,200 50.4% ESTADO DE MEXICO ORIENTE 51,054 1,893 473 4.9 5,676 11.1% 11,352 22.2% 16,555 32.4% 21,285 41.7% 26,015 51.0% ESTADO DE MEXICO PONIENTE 25,227 844 211 5.4 2,532 10.0% 5,064 20.1% 7,385 29.3% 9,495 37.6% 11,605 46.0% MICHOACAN 13,145 543 136 4.4 1,632 12.4% 3,264 24.8% 4,760 36.2% 6,120 46.6% 7,480 56.9% MORELOS 9,769 476 119 3.7 1,428 14.6% 2,856 29.2% 4,165 42.6% 5,355 54.8% 6,545 67.0% NAYARIT 6,360 127 32 9.0 384 6.0% 768 12.1% 1,120 17.6% 1,440 22.6% 1,760 27.7% NUEVO LEON 48,423 1,865 466 4.7 5,592 11.5% 11,184 23.1% 16,310 33.7% 20,970 43.3% 25,630 52.9% OAXACA 3,506 252 63 2.5 756 21.6% 1,512 43.1% 2,205 62.9% 2,835 80.9% 3,465 98.8% PUEBLA 21,207 773 193 5.0 2,316 10.9% 4,632 21.8% 6,755 31.9% 8,685 41.0% 10,615 50.1% QUERETARO 9,321 361 90 4.7 1,080 11.6% 2,160 23.2% 3,150 33.8% 4,050 43.5% 4,950 53.1% QUINTANA ROO 2,409 137 34 3.2 408 16.9% 816 33.9% 1,190 49.4% 1,530 63.5% 1,870 77.6% SAN LUIS POTOSI 12,179 579 145 3.8 1,740 14.3% 3,480 28.6% 5,075 41.7% 6,525 53.6% 7,975 65.5% SINALOA 24,655 869 217 5.2 2,604 10.6% 5,208 21.1% 7,595 30.8% 9,765 39.6% 11,935 48.4% SONORA 24,970 796 199 5.7 2,388 9.6% 4,776 19.1% 6,965 27.9% 8,955 35.9% 10,945 43.8% TABASCO 4,379 130 32 6.2 384 8.8% 768 17.5% 1,120 25.6% 1,440 32.9% 1,760 40.2% TAMAULIPAS 21,899 825 206 4.8 2,472 11.3% 4,944 22.6% 7,210 32.9% 9,270 42.3% 11,330 51.7% TLAXCALA 4,556 157 39 5.3 468 10.3% 936 20.5% 1,365 30.0% 1,755 38.5% 2,145 47.1% VERACRUZ NORTE 14,272 804 201 3.2 2,412 16.9% 4,824 33.8% 7,035 49.3% 9,045 63.4% 11,055 77.5% VERACRUZ SUR 18,404 773 193 4.3 2,316 12.6% 4,632 25.2% 6,755 36.7% 8,685 47.2% 10,615 57.7% YUCATAN 14,915 492 123 5.5 1,476 9.9% 2,952 19.8% 4,305 28.9% 5,535 37.1% 6,765 45.4% ZACATECAS 5,203 166 42 5.6 504 9.7% 1,008 19.4% 1,470 28.3% 1,890 36.3% 2,310 44.4% DFNORTE 41,626 1,402 351 5.4 4,212 10.1% 8,424 20.2% 12,285 29.5% 15,795 37.9% 19,305 46.4% DFSUR 53,760 1,937 484 5.0 5,808 10.8% 11,616 21.6% 16,940 31.5% 21,780 40.5% 26,620 49.5% Total general 615,811 24,106 6,026 4.6 72,312 11.7% 144,624 23.5% 210,910 34.2% 271,170 44.0% 331,430 53.8%