1. MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
PARA EL ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE
MINERALES NO METÁLICOS ADSCRITA A LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN
DE INGRESOS TRIBUTARIOS
3. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN Y CONTROL DE LAS
FINANZAS PÚBLICAS
MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL ÁREA DE
FISCALIZACIÓN DE MINERALES NO METÁLICOS ADSCRITA
A LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN
DE INGRESOS TRIBUTARIOS
Autora: Lcda. María Alejandra Fumero B.
Tutor: Esp. Maviexon David Guerra.
San Diego, Agosto de 2016
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4. iii
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN Y CONTROL DE LAS
FINANZAS PÚBLICAS
MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL ÁREA DE
FISCALIZACIÓN DE MINERALES NO METÁLICOS ADSCRITA
A LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN
DE INGRESOS TRIBUTARIOS
Autora: Lcda. María Alejandra Fumero B.
Tutor: Esp. Maviexon David Guerra.
Trabajo de Grado presentado para optar al título de Especialista en Gestión y Control de las
Finanzas Publicas
San Diego, Agosto de 2016
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5. iv
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN Y CONTROL DE LAS
FINANZAS PÚBLICAS
AUTORIZACIÓN DEL TUTOR
Quien suscribe, Maviexon David Guerra, titular de la Cédula de Identidad No. V–
11.147.657, en mi condición de tutor del Trabajo Especial de Grado/Trabajo de Grado
titulado (a) “Manual de Normas y Procedimientos para el Área de Fiscalización de
Minerales No Metálicos adscrita a la Dirección General de Recaudación de Ingresos
Tributarios”, adscrita a la línea de investigación Gestión de las Finanzas Públicas elaborado
por la ciudadanaMaría Alejandra Fumero Blandin, titular de la Cédula de Identidad No. V-
12.525.087, hago constar que he dirigido el proceso de investigación correspondiente, leído el
contenido del informe escrito y considero que el mismo reúne los requisitos exigidos para ser
evaluado por el jurado que se designe, por lo cual autorizo la entrega de un ejemplar
provisional ante la Coordinación del Programa de Especialización / Maestría en Gestión y
Control de las Finanzas Públicas.
En San Diego, a los 24 días del mes de Agosto de 2016.
Firma del tutor
_____________________
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6. iv
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN Y CONTROL DE LAS
FINANZAS PÚBLICAS
APROBACIÓN DEL TUTOR ESPECIALISTA
Quien suscribe, Maviexon David Guerra, portador de la Cedula de Identidad V-
11.147.657, en mi carácter de tutor del trabajo de grado presentado por la ciudadana María
Alejandra Fumero Blandin, portador de la Cedula de Identidad N º V-
12.525.087,“Manual de Normas y Procedimientos para el Área de Fiscalización de
Minerales No Metálicos adscrita a la Dirección General de Recaudación de Ingresos
Tributarios”, presentado como requisito parcial para optar al título de Especialista en
Gestión y Control de las Finanzas Públicas, adscrito a la línea de investigación Gestión de las
Finanzas Públicas considero que dicho trabajo reúne los requisitos y méritos suficientes para
ser sometido a la presentación pública y evaluación por parte del jurado examinador que se
designe.
En San Diego, a los 24 días del mes de Agosto del año dos mil dieciséis.
____________________________
Lcdo. Maviexon David Guerra.
Especialista en Gestión y Control de Las Finanzas Púbicas.
Profesor Universitario
C.I. Nº V – 11.147.657
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7. v
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DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN Y CONTROL DE LAS
FINANZAS PÚBLICAS
CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN DEL TUTOR DE METODOLOGÍA
Por la presente hago constar que he leído el Proyecto de Trabajo Especial de Grado,
presentado por la ciudadana MaríaAlejandra Fumero Blandin, portador de la Cedula de
Identidad Nº V- 12.525.087, titulado “Manual de Normas y Procedimientos para el Área
de Fiscalización de Minerales No Metálicos adscrita a la Dirección General de
Recaudación de Ingresos Tributarios”, presentado como requisito parcial para optar al
Grado de Especialista en Gestión y Control de las Finanzas Públicas adscrita a la línea de
investigación, Gestión de las Finanzas Públicas y acepta la Tutoría del mencionado Trabajo
Especial de Grado durante su etapa de desarrollo hasta su elaboración, según las condiciones
de la Dirección General de estudios de Postgrado de la Universidad José Antonio Páez.
En San Diego, a los 24 días del mes de Agosto del año dos mil dieciséis.
_____________________________________
Lcda. Marielbia Quiñones Tortolero.
Especialista en Gestión y Control de Las Finanzas Públicas.
Profesor Universitario
C.I. Nº V – 12.032.002
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8. vi
DEDICATORIA
Hoy he logrado una de mis proyectos más importante, dedico este triunfo: En primer lugar a
Dios, por darme la vida, por ser mi guía, mi protector, por darme la fuerza para seguir adelante en cada
una de las etapas de mi vida, en los buenos y malos momentos siempre enseñándome que nuestra Fe en
Dios, siempre Él está allí.
A mis Padres Henry (+) y Milagros, por darme la vida, por haberme educado, por estar en todo
momento siempre conmigo en mis mejores y peores momentos con sus palabras de aliento y amor, sin
ustedes que siempre han sido mi ejemplo a seguir no lo hubiera logrado…Mamá, Papá….No hay
palabras! Gracias!
A mi Tío Freddy por su incondicional apoyo en todo mí transcurrir, un modelo a seguir y mi otro
Papa…Gracias Tío sin ti no lo hubiese logrado….
A mi hijo Guillermo Alejandro, mi príncipe gracias por haber llegado a mi vida, eres el mejor
regalo que Dios me ha dado, eres mi luz y mi razón de vida, a ti te dedico este triunfo porque contigo
he aprendido de las sonrisas, los besos y nuestro tiempo juntos, me has enseñado como ser nuevamente
una niña otra vez….
A mis hermanos Joan y Henry, por sus apoyos incondicional, por sus constantes estímulos y
estar presente en cada momento de mi vida.
A mis sobrinas Génesis y Valeria, por ser mis princesas y las hijas que la vida me ha dado, por
todo su amor.
A mis amigos y amigas, porque en cada uno de ellos siempre conseguí una palabra de aliento y
motivación para seguir adelante.
A mi apreciado y buen amigo David Guerra, porque siempre has sido un apoyo incondicional
para lograr esta metas que ambos comenzamos juntos, tanto en el campo profesional como en el
personal, siempre me apoyaste en momentos muy difíciles y hoy no me queda sino darte las gracias
amigo porque sin ti no lo hubiera logrado.
María Alejandra Fumero Blandin.
9. vii
AGRADECIMIENTO
Al más especial de todos, a Dios Todopoderoso, porque hiciste realidad este sueño, con
tu ayuda y guía me diste la oportunidad de demostrarme que sí se puede alcanzar las metas.
A la Universidad de Carabobo por ser mi primera casa de estudio, así como la
“Universidad José Antonio Páez”, por formarme como Especialista.
Al profesor Julio Aquino, por su tutoría, por brindarme todo su apoyo y orientación, sus
conocimientos y estar siempre dispuesto a prestarme su colaboración, para que esta
investigación cumpliese con todos los requisitos exigidos. Gracias!
A mi profesora Marielbia Quiñones, por su gran apoyo y orientación durante toda la
carrera y en esta etapa para concluir con éxito esta investigación.
A la Prof. ElbiaTortolero encargada de Coordinación y los profesionales de la
Universidad José Antonio Páez, dispuestos para dictar la Especialización en Gestión y Control
de las Finanzas Públicas, por su organización y esmero.
A mi compañera de trabajo y amiga Abog. Milagros Martínez, quien me apoyado en
todo lo que fue la investigación de esta Investigación.
A la Secretaría de Hacienda y Finanzas de la Gobernación del Estado Carabobo, en
especial a la División General de Recaudación de Ingresos Tributarios, por todo el apoyo
brindado en el momento que lo necesité.
A todas las personas que de una u otra forma aportaron un granito de arena en la
construcción de este trabajo.
María Alejandra Fumero Blandin.
10. viii
ÍNDICE GENERAL
pp.
LISTA DE CUADROS ……………………..……………………………… x
LISTA DE GRÁFICOS………………….………………………………….. xi
RESUMEN…………………………………………………………………. xii
ABSTRACT………………………………………………………………… xiii
INTRODUCCIÓN………………………………………………………….. 1
CAPÍTULO
I EL PROBLEMA 3
Planteamiento del Problema………………………………………………… 3
Objetivos de la Investigación……………………………………………….. 6
Objetivo General……………………………………………….………… 6
Objetivos Específicos…………………………………………….………. 6
Justificación de la Investigación…………………………………………….. 7
IIMARCO TEÓRICO 9
Antecedentes de la Investigación…………………………………..………. 9
Bases Legales……………………………………………………….………. 11
Bases Teóricas…………………………………………………...…………… 16
III MARCO METODOLÓGICO 29
Tipo de la Investigación…………..…………………………….…………… 29
Modalidad de la Investigación………...……………………….……….……. 30
Fases metodológicas………………………………………….………………. 31
Población Y Muestra…..…………………………………….……….………. 33
Técnicas e instrumentos de Recolección de Datos……………..….………… 34
Validez y Confiabilidad del Instrumento………………………….…………. 35
Técnicas de Análisis de Datos……………………………………………….. 36
IV ANÁLISIS DE LOS RESULTADOSDEL DIAGNÓSTICO 37
Análisis e Interpretación de la Entrevista…………………………………… 37
Discusión……………………………….…………………………………… 51
Conclusión…………………………………………………………………… 52
11. ix
V PROPUESTA 54
Presentación de la Propuesta………………………………………………… 54
Factibilidad de la Propuesta………………………………..………………… 131
Recomendaciones.…………………………………………………………… 132
BIBLIOGRÁFIA…………………………………………………………….. 133
ANEXOS 137
A Entrevista Estructurada…………………………………………… 138
B Instrumento De Validación………………………………………… 140
C Instrumento De Validación………………………………………… 141
D Instrumento De Validación………………………………………… 142
12. x
LISTA DE CUADROS
CUADRO pp.
1 Tabla de Especificaciones 32
2 Distribución de la pregunta 1 de la entrevista 37
3 Distribución de la pregunta 2 de la entrevista 38
4 Distribución de la pregunta 3 de la entrevista 39
5 Distribución de la pregunta 4 de la entrevista 40
6 Distribución de la pregunta 5 de la entrevista 41
7 Distribución de la pregunta 6 de la entrevista 42
8 Distribución de la pregunta 7 de la entrevista 44
9 Distribución de la pregunta 8 de la entrevista 45
10 Distribución de la pregunta 9 de la entrevista 46
11 Distribución de la pregunta 10 de la entrevista 47
12 Distribución de la pregunta 11 de la entrevista 48
13 Distribución de la pregunta 12 de la entrevista 49
14 Distribución de la pregunta 13 de la entrevista 50
15 Presupuesto 131
13. xi
LISTA DE GRÁFICOS
GRÁFICOS pp.
1 Acceso a la información necesaria para ejecutar labores 37
2 Formatos necesarios para ejecutar labores 38
3 Manual interno en el área de fiscalización 39
4 Manual de normas y procedimientos 40
5 Manuales que desearía dentro del área 41
6 Problema considera que existe 43
7 Normas generales existentes 44
8 Normas establecidas para los procesos 45
9 Cumplimiento adecuado de las normas 46
10 Método o sistema para la búsqueda de información 47
11 Trámite debe seguir un Fiscal de Rentas 49
12 Control Interno 50
13 Evaluación del Desempeño 51
14. xii
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN Y CONTROL DE LAS
FINANZAS PÚBLICAS
MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL ÁREA DE
FISCALIZACIÓN DE MINERALES NO METÁLICOS
ADSCRITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE
RECAUDACIÓN DE INGRESOS
Autora: Lcda. MaríaAlejandraFumero B
Tutor: Esp. Maviexon David Guerra.
Fecha: San Diego, Agosto 2016
RESUMEN
El presente trabajo grado es una investigación tecnicista enmarca en la modalidad de proyecto
factible y apoya en la investigación descriptiva de campo no experimental con el propósito
general de elaborar un manual de normas y procedimientos para el área de fiscalización de
minerales no metálicos adscrita a la Dirección General de Recaudación de Ingresos
Tributarios, con el fin de aumentar la eficiencia de los funcionarios o empleados a través de
las indicaciones de que hacer y cómo hacerlo permitiendo facilitar y simplificar las labores
diarias, auditoría, evaluación, control interno, la vigilancia del proceso y el desempeño de las
funciones. El desarrollo de este estudio conto con una población comprendida por cinco (5)
funcionarios públicos conformados por: un Director y cuatro (4) Fiscales de Rentas, motivo
por el cual se tomó una Muestra Censal. Igualmente, se utilizó como instrumentos para la
recolección de datos Entrevista estructurada constituidas por trece (13) ítems de naturaleza
mixta y validada a través de juicio de tres expertos. Los datos fueron analizados y
representados por gráficos circulares, obteniendo como resultado un manual de normas y
procedimientos en donde se señalan los contenidos relevantes para el funcionamiento de la
fiscalización de minerales no metálico, como solución a los inconvenientes presentados
durante el diagnostico en el cual se encontró desconocimiento de las normas generales y
evidencia deque los Fiscales de Rentas no disponen del material, leyes o formatos para
ejecutar sus labores.Línea de Investigación: Gestión y Control de las Finanzas Públicas.
Palabras claves:Manual de Normas y Procedimientos, Gestión y Control Interno.
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15. xiii
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN Y CONTROL DE LAS
FINANZAS PÚBLICAS
MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL ÁREA DE
FISCALIZACIÓN DE MINERALES NO METÁLICOS
ADSCRITA A LADIRECCIÓN GENERAL
DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS
Author: Lcda.MaríaAlejandraFumero B.
Tutor: Esp. Maviexon David Guerra
Date: San Diego, Agust 2016
SUMMARY
The present work degree is a technicist research framed in the modality of feasible project and
supports in the descriptive research of non-experimental field with the general purpose of
make a manual of norms and procedures for the area of control of nonmetallic minerals
attached to the Direction Tax Administration, in order to increase the efficiency of the public
officials, through the indications of what to do and how to do it, facilitating and simplifying
daily tasks, auditing, evaluation, internal control, process monitoring and performance of
functions. The development of this study has a population comprised of five (5) public
officials made up of: one Director and four (4) Public prosecutors in tax revenue, which is
why a Census Sample was taken. Also used as instruments for the collection of data structured
interview made up of thirteen (13) items of mixed nature and validated through the judgment
of three experts. The data were analyzed and represented by pie charts, resulting in a manual
of norms and procedures in which the relevant contents for the operation of the control of
nonmetallic minerals are indicated, as a solution to the disadvantages presented during the
diagnosis in which Found ignorance of the general norms and evidence that the Public
prosecutors in tax revenue do not have the material, laws or formats to carry out their
work.Research Line: Management and Control of Public Finances.
Keywords:Manual of Norms and Procedures, Management and Internal Control.
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17. 1
INTRODUCCIÓN
Toda actividad administrativa enfrenta constantemente el problema de cómo hacer el
trabajo lo mejor posible; con un mínimo de tiempo y esfuerzo, y desde luego, al menor costo.
Ni las organizaciones en general, ni las condiciones económicas o sociales, permanecen
estáticas; por lo que, las políticas, la estructura organizativa o los sistemas y procedimientos
que en elpasado fueron satisfactorios, pueden ser hoy obsoletos o ineficientes, debidoa los
rápidos cambios y nuevas tendencias que surgen constantemente debido al progreso y
desarrollo.
La Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributario (DGRIT) de la Secretaria
de Hacienda y Finanzas (SHF) no escapa a esta realidad, en consecuencia necesita adaptar sus
procesos administrativos a las exigencias actuales. El presente estudio tiene como finalidad
presentar un de un manual de Normas y Procedimientos, del Control Interno en el área de
fiscalización de renta minera.
A su vez el control interno comprende el plan de organización y la coordinación de
todos los métodos y medidas adoptadas por una instituciónpara proteger sus activos, verificar
la exactitud y confiabilidad de sus datos contables, así como promover la eficiencia operativa
y estimular la adhesión a las políticas administrativas prescritas por la dirección de la
institución.
La dirección depende del sistema de control interno administrativo y contable para la
obtención de los datos financieros y operativos en los cuales pueda basar sus planes y
decisiones operativas, tanto a largo plazo como cotidianos. Los mecanismos de control interno
deben estar diseñados para garantizar el funcionamiento de las diferentes áreas de una
institución, entre ellas tenemos el área de fiscalización de renta minera de la DGRIT.
Resulta pertinente además mencionar que el Manual de Normas y Procedimientos viene
a ser en toda organización una herramienta mediante el cual se da a conocer a sus usuarios la
forma de ejecutar una acción determinada, así como las normativas y leyes que deben
cumplirse al respecto, y de igual manera permite a su vez realizar mecanismos de control
sobre el procedimiento en cuestión, lo cual resulta realmente importante para el presente
trabajo investigativo, tomando en consideración que los procesos establecidos en el área de
estudio deben ser ejecutados apegado a las leyes que rigen los aspectos administrativos.
18. 2
Para cumplir con la finalidad antes citada, se requirió la aplicación de una metodología
para el análisis, que permitiese conocer amplia y suficientemente lo que está sucediendo en el
área de fiscalización de renta minera adscrita a la Secretaria de Hacienda y Finanzas (SHF) del
estado Carabobo, a fin de tener una visión más amplia de la problemática y poder formular
con exactitud las mejoras requeridas.
El trabajo de investigación, se estructura capítulos: Capítulo I, El Problema está referido
al planteamiento del problema, junto con el objetivo general y específicos, formulados para el
alcance de los mismos; además de la justificación de la investigación.
Seguidamente, el Capítulo II, el Marco Teórico donde se presenta la revisión de trabajos
previos sobre el tema de estudio, enunciados de los antecedentes de la investigación, así como
las bases legales y teóricas que fundamentan al estudio.
En el Capítulo III, el Marco Metodológico está reseñado a la aplicación de métodos,
reglas y procedimientos, así como, el tipo, niveles y diseño de la investigación, seguidamente,
de los instrumentos técnicos de recolección de datos y utilización de herramientas en el
análisis de la validez y confiabilidad que son aplicadas en el trabajo respectivo.
Consecutivamente, en el Capítulo IV, el cual está dirigido al análisis e interpretación de
los resultados obtenidos de la aplicación del instrumento de recolección de datos, por el cual
se presentan tablas de frecuencias y porcentajes con sus gráficos respectivos.
Posteriormente en el Capítulo V, se evidencia la Propuesta, la cual está constituida por la
estructura, fundamentación, objetivos y diseño para el control interno del área de fiscalización
de Renta minera de la DGRIT.
Y para finalizar se presentan las referencias bibliográficas y los anexos.
19. 3
CAPÍTULO I
EL PROBLEMA
Planteamiento del Problema
Actualmente, las organizaciones gubernamentales se encuentran en una constante
búsqueda de métodos y herramientas que les permita perfeccionar sus procesos y alcanzar sus
metas, para evitar las ineficiencias y fallas en cada uno de los procedimientos que la
conforman y que son de vital importancia para que la organización se desarrolle y satisfaga las
necesidades a las cuales está enfocado sus labores. Así, la administración busca alcanzar la
óptima utilización de los recursos, para el cumplimiento de los objetivos propuestos en cada
uno de los procesos que conforman el todo funcional y operativo de la institución.
A nivel mundial, la estructura organizacional es fundamental para el éxito o el fracaso de
cualquier entidad, principalmente las instituciones públicas debido a la complejidad de
sudistribución,ya quelos niveles de jerarquización permiten el cumplimiento de los objetivos y
leyes establecidos a nivel nacional junto a la posibilidad de reaccionar a situaciones
inesperadas. De allí, que esos niveles jerárquicos dependa totalmente el alto desempeño de la
institución, ya que gracias a la disposición y capacidad de los niveles superiores a la hora de
dirigir el personal a su cargo, podrá emplear herramientas que facilite la evaluación y control
en el desempeño interno de las distintas áreas que la conforma, propiciando un elevado
cumplimiento de las actividades asignadas.
Desde este contexto, Chiavenato (2003) define que el control es “la fase del proceso
administrativo que mide y evalúa el desempeño y toma la acción correctiva cuando se necesita, de
este modo, el control es un proceso esencialmente regulador” (p.78). Con el control
administrativo, se puede comprobar, verificar, medir, regular, frenar e impedir la existencia de
desviaciones en el uso de recursos.
En ese sentido, el control se suela enfocar en evaluar y corregir el desempeño de las
actividades internas para asegurar que los objetivos y planes de la organización se
estánllevando a cabo, pues es solo a través de estos controles que se logra precisar si lo realizado
se
20. 4
ajusta a lo propuesto y en caso de existir desviaciones, aplicar soluciones inmediatas que bien
pueden haber sido diseñadas con anterioridad.
Tomando en cuenta lo antes expuesto, en Venezuela, el control administrativo de las
entidades públicas se encuentra argumentado en el artículo N° 131 de la Ley Orgánica de la
Administración Financiera del Sector Público, el cual tiene por objeto:
asegurar el acatamiento de las normas legales, salvaguardar los recursos y bienes
que integran el patrimonio público, asegurar la obtención de información
administrativa, financiera y operativa útil, confiable y oportuna para la toma de
decisiones, promover la eficiencia de las operaciones y lograr el cumplimiento de
los planes, programas y presupuestos, en concordancia con las políticas prescritas
y con los objetivos y metas propuestas, así como garantizar razonablemente la
rendición de cuentas
Del mismo modo, el control interno según la ley de la Contraloría General de la República,
en su Artículo Nº 5 establece que el control interno es un sistema que comprende el plan de
organización, las políticas, normas así como los métodos y procedimientos, adoptados para la
autorización, procesamiento, clasificación, registro, verificación, evaluación, seguimiento y
seguridad de las operaciones y actividades atribuidas a los órganos y entes sujetos a la presentes
normas; y a la protección de los recursos y bienes públicos, incorporados en los procesos
administrativos y operativos para alcanzar sus objetivos generales.
En referencia a esto, se evidencia que la Gobernación del Estado Carabobo, a través de
la Secretaria de Hacienda y Finanzas del Estado Carabobo (SHAF), institución creada con la
finalidad de coordinar y ejecutar las actividades del Ejecutivo Regional en materia fiscal,
financiera y administrativa, deberá apegarse estrictamente al acatamiento de las normas
legales sobre control administrativo e interno, con el fin de salvaguardar los recursos y bienes
que integran el patrimonio público.
Por consiguiente, deberán atenerse a los mismos controles internos y administrativos todas
las subdirecciones adscritas a la Secretaria de Hacienda y Finanzas (SHAF). En donde,
encontramos a la Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios (DGRIT), la cual
se encarga de planificar, dirigir, coordinar y controlar la recaudación, inspección y
fiscalización de las actividades de los ingresos por concepto de renta de Timbres Fiscales y
Explotación de Minerales no Metálicos, a objeto de fortalecer el nivel de cumplimiento
tributario y el desarrollo económico del estado Carabobo. Desde esta Dirección, se encuentra
21. 5
adjunta la Dirección de Fiscalización de Ingresos Tributarios, la cual tiene como finalidad la
inspección, control y fiscalización de los tributos que le corresponde percibir al estado
Carabobo por concepto de Timbre Fiscal, Papel Sellados y los derivados de la Explotación de
Minerales no Metálicos en el estado Carabobo.
En consecuencia, la Dirección de Fiscalización de Ingresos Tributarios, como cualquier
ente gubernamental, se encuentra en la obligación y la necesidad de recurrir a herramientas
que plasmen las políticas prescritas por la ley en referencia a sus actos administrativos junto a
su control interno, en función de lograr el cumplimiento de la visión, objetivo o metas
nacionales y en búsqueda de la excelencia. En donde, estas dependencias proporcionan
información oportuna y relevante para la toma de decisiones en los diferentes niveles de la
Administración Pública y tienen como finalidad velar por el normal cumplimiento a través la
creación de herramientas eficientes.
Teniendo en cuenta la situación planteada, la Dirección de Fiscalización de Ingresos
Tributarios, en busca de mejor las actividades tanto por parte del personal como para facilitar las
auditorías realizadas como medida de control interno para velar por la transparencia de las
operaciones de recaudación tributaria, ha percibido la necesidad de crear herramientas que
faciliten el manejo de sus funciones y permitan evaluar los procedimientos. Es por estas
circunstancias, que sea convencional el uso de herramientas como los manuales administrativos
dentro del control interno público, ya que se encarga de transmitir las políticas y
procedimientos establecidos facilitando la aplicación de procesos estandarizados y un efectivo
control de las actividades.
Por ello, que la importancia de los manuales de normas y procedimientos incrementara
con el tiempo y se reforzara lo indispensable que se han vuelto para la gestión y control
empresarial. En particular, porque es imposible olvidar que esta relevancia se debe a que estos
instrumentos concentrar una serie de elementos administrativos cuyo propósito radica en
servir como medio de comunicación y coordinación de la conducta de los integrantes de la
empresa, así como, para registrar y transmitir en forma ordenada las instrucciones y
lineamientos necesarios para unificar los criterios a la hora de realizar una o varias tareas, que
a su vez, aporta estabilidad en las funciones internas de una organización.
Ahora bien, al faltar de una herramienta formal o de manuales que sean accesibles a todos
los interesados, suele originar diversos inconvenientes, siendo el más resaltante la pérdida de
22. 6
tiempo, que se traduce en la demora en los procesos administrativos-financieros que en dicha área
se ejecutan. Como consecuencia, dentro entidades como la Dirección de Fiscalización de
Ingresos Tributarios, obstruiría la realización adecuada de las operaciones y los reportes
oportunos que allí se manejan, lo que origina dificultad en el control interno, ya que no se
establecen prioridades ni responsabilidades en el manejo de sus procesos.
Ante esta situación, se amerita un manual de normas y procedimientos para mejorar y
generar una optimización en las operación que se realizan dentro de la división fiscalización
de renta minera, para así aprovechar al máximo el tiempo, mejorando la efectividad con
relación al personal, mejorando el rendimiento y desarrollo productivo de la institución, y por
último, facilitar la evaluación del desempeño real del área de fiscalización en el área de renta
minera. Tomando en cuenta los aspectos presentados, se plantea las siguientes interrogantes:
¿Qué normas y procedimientos se emplean dentro del área de fiscalización de minerales
no metálicos? ¿Qué procesos son más eficientes y relevantes dentro del área de fiscalización
de minerales no metálicos? ¿Sería viable el uso de un manual de normas y procedimientos
dentro del área de fiscalización de minerales no metálicos?
Objetivos de la Investigación
Objetivo General
Proponer un manual de normas y procedimientos para el área de fiscalización de
minerales no metálicos adscrita a la Dirección General de Recaudación de Ingresos
Tributarios.
Objetivos Específicos
Diagnosticar la situación actual del uso de normas y procedimientos manejados
dentro del área de fiscalización de minerales no metálicos adscrita a la Dirección General
de Recaudación de Ingresos Tributarios.
Establecer la factibilidad del uso de un manual que especifique las normas y
procedimientos relevantes para el desarrollo adecuado del área de fiscalización de
23. 7
minerales no metálicos adscrita a la Dirección General de Recaudación de Ingresos
Tributarios.
Diseñar un manual de normas y procedimientos para el área de fiscalización de
minerales no metálicos adscrita a la Dirección General de Recaudación de Ingresos
Tributarios.
Justificación de la Investigación
En la actualidad, los entes y organismos viven en una constante búsqueda de métodos y
técnicas con el fin de desarrollar procesos administrativos que sean óptimos para cumplir con sus
objetivos estratégicos, siendo de vital importancia, para que los procesos administrativos
funcionen de manera eficiente, es decir, sin desperdicio de tiempo y de recursos.Una de los
métodos que es más fácil y poco costoso para evitar esta pérdida, es el documentar de manera
formal los lineamientos o pasos para realizar un procedimiento administrativo, es decir un manual,
ya que esta herramienta permite exponer de forma clara y concisa cual es la actividad a desarrollar
dentro del proceso específico. En particular, porque en ella se puede presentar todos los elementos
administrativos que se desea transmitir para unificar los criterios de una o varias actividades
internas de una organización.
Además, este instrumento tiene otras ventajas ya que con ella, se puede aumentar la
eficiencia de los funcionarios y/o empleados, indicándoles lo que deben hacer y cómo deben
hacerlo. Igualmente, puede simplificar otras posibles labores, como por ejemplo, ayudar en la
revisión de procedimientos del sistema, la simplificación de trabajos como análisis de tiempos,
delegación de autoridad, la ayuda en el establecimiento de un sistema de información o bien
modificación del ya existente. Aunque es de fácil elaboración y de gran utilidad para las
organizaciones, existe un gran número de organismos y entes gubernamentales que no posee ni
crean este tipo de herramientas de apoyo para sus empleados, en muchos casos sólo se le describe
cuáles son sus funciones al momento de ingresar en la organización o de tomar las riendas del
procedimiento que debe realizar. A esta situación muchas veces se le debe el fracaso y la
ineficiencia de actividades administrativas.
Por lo expuesto anteriormente, en esta investigación se propuso diseñar un manual de
normas y procedimientos del área de fiscalización de minerales no metálicos adscrita a la
24. 8
Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios. A los fines de garantizar el orden
administrativo, la organización y los resultados esperados en este proceso, partiendo del análisis de
resultados del diagnóstico situacional y el análisis de resultados que permitieron la selección
alternativas de solución a la problemática planteada.
Siguiendo los criterios de investigación, se motivó en razones de utilidad para la Dirección
en estudio, específicamente en lo siguiente; en proponer un manual de normas y procedimientos
del control administrativo del proceso de fiscalización de minerales no metálicos que permita
detectar con prontitud cualquier desviación en el logro de las metas y objetivos programados.
Sirvió además para facilitar las labores de auditoría, evaluación, control interno y vigilancia del
proceso y el desempeño de las funciones.
Con relación a sus implicaciones prácticas generó un espacio de indagación y análisis de una
problemática existente, generando soluciones, tras el diseño de manual de control administrativo,
que es información relevante tanto para la institución como a los funcionarios que allí laboran y
nuevos investigadores quienes se interesarán por ahondar en el tema tratado. Brindando la
oportunidad a la investigadora de contribuir con la gestión desarrollada por la Dirección General
de recaudación de Ingresos Tributarios.
Como valor teórico, se buscó una fundamentación documental, para el conocimiento
general, de las diferentes teorías y aspectos de la temática a estudiar, que permitirá establecer
criterios teóricos con respecto a los ejes temáticos sobre el control administrativo del proceso,
además de diagnosticar causalidades de una situación problemática administrativa a los fines de
reconocer alternativas de solución y plantear un propuesta viable.
A manera de resumen final, el presente caso de estudio estuvo desarrollado en la línea de
investigación: Gestión y Control de las Finanzas Públicas, aplicando los conocimientos adquiridos
en los estudios de postgrado de la Universidad José Antonio Páez cuyo aporte, pueda ser utilizado
como antecedentes para el inicio de nuevas propuestas metodológicas, referentes al tema.
25. 9
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO
Antecedentes de la Investigación
A fin de lograr el desarrollo de la investigación es necesario tomar en cuenta los estudios
que anteriormente hayan sido realizados y que guarden relación directa e indirecta con la
presente investigación. Tomando en consideración a Hernández Sampieri, Fernández, y
Baptista (2003), estos pueden ser: trabajos de grado, postgrado, trabajos de ascenso, resultados
de investigaciones institucionales, ponencias, conferencias, congresos, revistas especializadas.
Coraspe (2012), en su estudio titulado Manual de Procedimientos Administrativos en la
Dirección de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio José Tadeo Monagas.
Altagracia de Orituco Estado Guárico. Año 2011. Cuyo objetivo es el de suministrar
información de manera metódica de los pasos y operaciones que deben seguirse para la
realización de las funciones de una unidad administrativa, describe además, los diferentes
puestos o unidades que intervienen en los procedimientos, precisando su responsabilidad y
participación.
El desarrollo de la investigación, se apoya en una metodología de proyecto factible. La
población que representa la investigación es de ocho (8) procesos, destacando que las técnicas
empleadas para la obtención de información son de tipo operacional y se sustentan en la
observación directa donde “el investigador pasa a formar parte de la comunidad o medio
donde se desarrolla el estudio”, además se aplicó la entrevista no estructurada, lo cual permitió
adquirir un conocimiento detallado de todos los aspectos que forman parte integral de ésta, y
por consiguiente apoyó en gran medida al desarrollo del presente estudio.
Entre los resultados, se obtuvo que la Dirección de Recursos Humanoscarece de un
Manual de Procedimientos Administrativos para el desempeño de las operaciones funciones
inherentes a la misma. Se recomienda que la mencionada Dirección ponga en práctica el
documento elaborado por la pasante, en este caso el Manual de
ProcedimientosAdministrativos en la Dirección de Recursos Humanos de la Alcaldía del
Municipio José
26. 10
Tadeo Monagas, Altagracia de Orituco, Estado Guárico. Conforme a lo antes
mencionado, este antecedente aporto información y conocimientos sobre las carencias
existentes en las entidades municipales y la importancia de contar con una herramienta
informativa sobre los procesos internos.
De igual manera, Sevilla (2015), quien en su Investigación tecnicista para optar a la
especialización de gestión y control de finanzas públicas, propone el Diseño de un Manual de
Normas y Procedimientos del Proceso de Auditoria para Mejorar la Eficiencia en la Unidad de
Auditoría Interna de la Alcaldía del Municipio Miranda Estado Carabobo. Debido a que se
pretende mejorar la gestión de control, así como, el cumplimiento del ordenamiento jurídico que
regula y salvaguarda el patrimonio público, permitiendo una transparencia en las cuentas
municipales. También se busca brindar una evaluación de la efectividad y eficiencia de las
operaciones internas del ayuntamiento.
Este estudio, se apoya en una metodología de proyecto factible, contando con una población
de una (1) persona, que representa una muestra censal, destacando que el instrumento empleado
para la obtención de información fue un cuestionario al cual se le aplico Alfa de Cronbach y una
validación por juicio de experto. Dentro de las conclusiones, se percibió la necesidad de elaborar
un manual, ya que no cuentan con un instrumento que facilite los mecanismos de control interno y
que estandarice las funciones para que las normas planteadas se cumplan adecuadamente. De esta
manera, se pretende evitar el tiempo empleado para los resultados de auditoría, evita
interpretaciones inexactas, mejora la actuación del personal y evita errores importantes.
Conforme a lo antes mencionado, este antecedente aporto dada su semejanza con esta
investigación la importancia de los manuales de normas y procedimientos, así como, la
relevancia de su uso, ideas y orientación para el diagnóstico.
Como otro antecedente, se menciona a García (2016); su Trabajo Grado titulado Manual
de Normas y Procedimientos para el Departamento de Recursos Humanos de la Empresa
Cygne C.A, es una investigación tecnicista con carácter descriptivo y apoyada en un diseño de
campo no experimental, con el propósito de plantear una solución a los inconvenientes
ocasionados por ambigüedades en la ejecución de actividades diarias de dicho departamento,
como también el desconocimiento formal por parte de los gerentes y trabajadores de los
procesos que esta unidad maneja, lo que evita un control adecuado de su eficiencia.
27. 11
El desarrollo de este trabajo conto con una población comprendida por dos (2)
trabajadores, utilizando como instrumentos para la recolección de datos: la observación directa
y el cuestionario, compuesto por preguntas mixtas, constituidas por siete (7) ítems y validados
a través de juicio de 03 expertos. Los datos fueron analizados y representados por gráficos
circulares, obteniendo como resultado inconsistencias en algunas actividades debido a que no
existía ningún documento o herramienta que facilitara o indicara los procedimientos que se
realizan dentro del departamento, el único medio de información es el manual de cargos donde
solo indica las responsabilidades mas no especifica las acciones o pautas a realizar para llevar
acabo algunas de las actividades internas. De todo lo anterior, se puede decir que este
antecedente aportó ideas, teóricos y ayuda general para la realización del presente estudio.
Como lo demuestra lo antes citado, todos los antecedentes permitieron visualizar la
importancia y elaboración adecuada de un manual de Normas y Procedimientos, así mismo,
facilito información y conocimientos sobre las carencias existentes en las entidades
municipales y la necesidad de contar con una herramienta informativa que permita ejecutar los
controles internos oportunos sobre el desempeño de los empleados sobre los procesos internos.
Bases Legales
Para lograr la eficacia de la gestión pública y fortalecer el control del Estado, se requiere
que los órganos y entes de la Administración Pública, establezcan y manejen adecuados
controles internos, coordinando y unificando su actuación a los objetivos comunes
correspondientes a la administración activa.
La Contraloría General de la República, tiene como potestad evaluar periódicamente los
órganos y entes que incumben en el ejercicio del poder público tanto Nacional, estadal y
municipal. Por ello la Secretaria de Hacienda y Finanzas del estado Carabobo, está sujeto al
control y examen por parte de la Contraloría General de la República, para evaluar su gestión
administrativa y financiera, establecida en el presupuesto anual a objeto de salvaguardar los
Recursos del estado. Por lo cual se nombran algunas normativas relacionadas con la
investigación:
Como norma fundamental, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 5.453 del 24 de Marzo del 2000, consagraen
28. 12
el Artículo 141,los principios rectores a los cuales está sometida la Administración Pública,
redactado en los siguientes términos:
Artículo 141.La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y
ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad, participación,
celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y
responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la
ley y al derecho.
Partiendo de éste principio, el manual de normas y procedimientos constituirá un
instrumento para que los funcionarios involucrados en el área, ejecuten a cabalidad sus
actividades, basados en la eficacia, eficiencia y responsabilidad en las normas y procesos allí
establecidos.
Como norma rectora de rango legislativo del sistema de control interno, la Ley
Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal
(2010), ordena a los entes del sector público sujetos a la presente Ley, la elaboración de
diferentes instrumentos, destacando en el artículo 37, el siguiente enunciado:
Artículo 37. Cada entidad del sector público elaborará, en el marco de las normas
básicas dictadas por la Contraloría General de la República, las normas, manuales
de procedimientos, indicadores de gestión, índices de rendimiento y demás
instrumentos o métodos específicos para el funcionamiento del sistema de control
interno.
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de
Control Fiscal en Gaceta Oficial No. 6.013 Extraordinario del 23 de diciembre de 2010, en
su Artículo 7, Los entes y organismos del sector público, los servidores públicos y los
particulares están obligados a colaborar con los órganos que integran el Sistema Nacional de
Control Fiscal, y a proporcionarles las informaciones escritas o verbales, los libros, los
registros y los documentos que les sean requeridos con motivo del ejercicio de sus
competencias. Asimismo, deberán atender las citaciones o convocatorias que les sean
formuladas.
En la misma ley en su Artículo 24; A los fines de esta Ley, integran el Sistema Nacional
de Control Fiscal:
1. Los órganos de control fiscal indicados en el artículo 26 de esta Ley.
29. 13
2. La Superintendencia Nacional de Auditoría Interna.
3. Las máximas autoridades y los niveles directivos y gerenciales de los órganos y
entidades a los que se refiere el artículo 9, numerales 1 al 11, de la presente
Ley.
4. Los ciudadanos y ciudadanas, en el ejercicio de su derecho a la participación en
la función de control de la gestión pública.
Parágrafo único: Constituyen instrumentos del Sistema Nacional de Control Fiscal las
políticas, leyes, reglamentos, normas, procedimientos e instructivos, adoptados para
salvaguardar los recursos de los entes sujetos a esta Ley; verificar la exactitud y veracidad de
su información financiera y administrativa; promover la eficiencia, economía y calidad de sus
operaciones, y lograr el cumplimiento de su misión, objetivos y metas, así como los recursos
económicos, humanos y materiales destinados al ejercicio del control.
El Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración
Financiera del Sector Público (2014), en su artículo 140, ratifica el contenido de la Ley
rectora en materia de control fiscal, al indicar:
Artículo 140. Corresponde a la máxima autoridad de cada órgano o ente la
responsabilidad de establecer y mantener un sistema de control interno adecuado a
la naturaleza, estructura y fines de la organización. Dicho sistema incluirá los
elementos de control previo y posterior incorporados en el plan de organización y
en las normas y manuales de procedimientos de cada órgano o ente, así como la
auditoría interna.
En la Resolución N° 01-00-000619, emanada de la Contraloría General de la República
(2015), se dictan las Normas Generales de Control Interno, incluyéndose en el Capítulo IV
Actividades de control, la figura de los Manuales, expresando textualmente:
Artículo 34.- La máxima autoridad jerárquica, los gerentes, jefes o autoridades
administrativas de cada órgano o ente son responsables de que existan manuales,
su divulgación y capacitación al personal, para su adecuada implementación y
aplicación. Dichos manuales, deben incluir los diferentes pasos y condiciones de
las operaciones a ser autorizadas, aprobadas, revisadas y registradas, así como lo
relativo al archivo de la documentación informativa que le sirva de soporte; y ser
aprobados por la máxima autoridad jerárquica del órgano o ente.
30. 14
En este aspecto, se tendrá presente la elaboración de los instrumentos normativos
siguientes:
1. Manual de Normas y Procedimientos: Documento de expresión analítica de los
procedimientos administrativos a través de los cuales se canaliza la actividad
operativa de un órgano o ente, así como también la enunciación de normas de
funcionamiento básico a las que deberán adaptarse los miembros del mismo.
2. Manual de Organización:Documento que contiene en forma ordenada y
sistemática la información relativa al marco jurídico, organización, funciones y
atribuciones de un órgano o ente, constituyéndose en un instrumento de apoyo
administrativo, que describe las relaciones orgánicas que se dan entre los
elementos de la estructura organizativa.
3. Manual de Descripción de Cargos:Documento en el cual se establecen las
funciones, complejidad, requisitos y líneas de autoridad, así como la
responsabilidad de cada uno de los cargos, entendiéndose estos, como el
conjunto de operaciones, cualidades y condiciones que forman una unidad de
trabajo específica e impersonal.
Por su parte, la Ley Organica de Contraloria General de la Republica y del Sistema
nacvional de Control Fiscal en su capitulo II, nos habla del Control Interno en:
Art. 35 El Control Interno, es un sistema que comprende el plan de organización,
las politicas, normas, asi como los metodos y procedimientos adoptados dentro de
un organismos sujeto de esta ley, para salvaguadar los recursos, verificar la
exactitud y veracidad de la informacion financiera ya dministrativa, promover la
eficiencia, economia y calidad, estimular la obsercvacia de las politicas prescritas.
Por su parte, las Normas Generales de Control Interno establecido por la
Contraloría General de la República en su Artículo 3, establece que el control interno de
cada organismo o entidad debe organizarse con arreglo a conceptos y principios, generalmente
aceptados de sistema y estar constituido por las políticas y normas formalmente dictadas, los
métodos y procedimientos efectivamente implantados y los recursos humanos, financieros y
materiales, cuyo funcionamiento coordinado debe orientarse al cumplimiento de los objetivos
siguientes:
31. 15
a) Salvaguardar el patrimonio público.
b) Garantizar la exactitud, cabalidad, veracidad y oportunidad de la información
presupuestaria, financiera, administrativa y técnica.
c) Procurar la eficiencia, eficacia, economía y legalidad de los procesos y operaciones
institucionales y el acatamiento de las políticas establecidas por las máximas
autoridades del organismo o entidad.
De igual manera en Artículo 4, de la misma norma establece que los objetivos del
control interno deben ser establecidos para cada área o actividad del organismo o entidad, y
caracterizarse por ser aplicables, completos, razonables, integrados y congruentes con los
objetivos generales de la institución. Igualmente en su Artículo 5, establece que el control
interno administrativo lo conforman las normas, procedimientos y mecanismos que regulan los
actos de administración, manejo y disposición del patrimonio público y los requisitos y
condiciones que deben cumplirse en la autorización de las transacciones presupuestarias y
financieras.
En este orden de ideas el Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General
de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal en Gaceta Oficial No. 30.240
Extraordinario del 26 de Mayo de 2009 en su Artículo 1, establece que el Reglamento tiene
por objeto desarrollar los principios y disposiciones de la Ley Orgánica de la Contraloría
General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, destinados a regular el
ejercicio de las competencias en materia de control, vigilancia y fiscalización de los ingresos,
gastos y bienes públicos, el Sistema Nacional de Control Fiscal y la participación de los
ciudadanos en el ejercicio de la función contralora.En su Artículo 2, a los efectos del presente
Reglamento se definen como:
1. Auto de inicio o de apertura: acto dictado por la autoridad competente que da inicio al
procedimiento administrativo para la determinación de responsabilidades.
2. Auto de proceder: acto dictado por la autoridad competente a través del cual se
formaliza el ejercicio de la potestad de investigación.
3. Control de gestión: modalidad de control que se realiza en ejercicio del control interno
con el objeto de verificar el cumplimiento o desempeño de las actividades, tareas y
32. 16
acciones ejecutadas por los órganos y entes, que permite medir e informar,
oportunamente, a los responsables de la toma de decisiones sobre la eficiencia,
eficacia, economía, calidad e impacto de su gestión, con acatamiento de las normas que
la regulan.
4. Control perceptivo: modalidad de control que permite captar la veracidad, exactitud y
calidad de obras, bienes y servicios, entre otros, para comprobar la sinceridad, y
correcta realización de las operaciones y se aplica a través de la comprobación in situ.
5. Indicador de gestión: relación de variables que permite medir desempeño en un órgano
o ente.
6. Índice de rendimiento referencial: expresión numérica que indica la proporción entre
variables escogidas para medir desempeño en un órgano o ente.
7. Informe de resultados: es el documento mediante el cual el funcionario competente
deja constancia de los resultados de las actuaciones realizadas por el órgano de control
fiscal en ejercicio de la potestad de investigación.
8. Proceso medular: conjunto de procedimientos ordenados de forma lógica que conducen
a la producción de bienes o la prestación de servicios que son considerados de
importancia estratégica para el órgano o ente que los ejecuta.
Bases Teóricas
En relación con las bases teóricas de la investigación, Arias (2006) señala: “las bases
teóricas implican un desarrollo amplio de los conceptos y preposiciones que conforman el
punto de vista o enfoque adoptado, para sustentar o explicar el problema planteado” (p. 107).
A continuación, se detallan las bases teóricas que fundamentan la presente investigación.
Administración Pública
33. 17
La administración pública, para autores como Cortina (1996), es aquella que cuenta con
estrategas que pueden crear una gran variedad de acciones para llevar con éxito el rumbo de
una nación, asimismo, cuenta con un grupo de personas de distintas características y creencias
cuyo propósito principal es garantizar la prosperidad de su país. Muchos autores, concuerdan
que la administración pública o privada debe contar con líderes sólidos, capaces, que posean
formación adecuada, junto a unos principios y valores que fundamenten sus decisiones.
Por su parte, Stoner (2006) plantea que la administración es equivalente a la gestión y se
encarga del proceso de planificación, organización, dirección y control de todo lo referente a
la organización, sus miembros y recursos que permitirá a la misma alcanzar sus metas
establecidas, sin importar la naturaleza de dicha institución.Por lo cual, los gobiernos
(Cortada, Dijkstra, Mooney y Ramsey, 2008) deben conocer con exactitud sus objetivos para
poder tomar decisiones que les permitan enfrentar los cambios globales junto a una estructura
gubernamental sólida. Los autores resaltan que esta área administrativa requiere que la gestión
pública maneje y manipule los cambios planteados por globalización para aprovechar sus
aportes sin olvidar sus riesgos.
Sin embargo, Palacios (2008) presenta su opinión sobre la gestión pública venezolana,
considera que existe un nivel bajo entre las estrategias planteadas y sus líderes. Con respecto a
eso, Piñeiro y otros (2007) aportan que en Venezuela la visión gerencial carece de una perspectiva
a largo plazo, generando un deterioro continuo a diversos niveles organizacionales, incluyendo la
veracidad pública, la capacidad técnico-gerencial, corporaciones gubernamentales, sistemas de alta
calidad, entre otros.
Gerencia
En relación al concepto de gerencia, varios autores coinciden en que es la dirección de
una organización, en donde las responsabilidades de un gerente requieren de un desempeño
eficiente y eficaz. Sisk y Sverdlik (2010) expresan que el término es difícil de definir porque
es polisémico; significa cosas distintas, para personas diferentes. Algunos lo identifican con
funciones realizadas por empresarios, gerentes o supervisores y otros lo refieren a un grupo
particular de personas.
34. 18
Por su parte, Sequera (2012) resume como el proceso que implica la coordinación de
todos los recursos disponibles en una organización (humano, físico, tecnológico, financiero),
para que a través de los distintos procesos de: Planificación, Organización, Dirección y control
se logren los objetivos trazados previamente. Esto implica la necesidad de que los gerentes
sean capaces de pensar de forma integral; es decir, como si fuesen gerentes generales de una
organización, pudiendo así tomar decisiones óptimas para la misma, lo que le permitirá
adaptarse ante cualquier situación y obtener la flexibilidad necesaria para poder cumplir todas
las actividades u operaciones encomendadas.
Así mismo, Terry y Franklin (1997) consideran que “los gerentes asumen papeles
gerenciales o funciones interpersonales, informativos y de decisiones que representan un conjunto
organizado de comportamientos” (p. 298). Así, el control interno no puede existir si previamente
no existen objetivos, metas e indicadores de rendimiento, Si no se conocen los resultados que
deben lograrse, es imposible definir las medidas necesarias para alcanzarlos y evaluar su grado de
cumplimiento en forma periódica; así como minimizar la ocurrencia de sorpresas en el curso de las
operaciones.
Gestión Organizacional
Marchesnay (1993) considera a la gestión organizacional como un proceso,Porque todos
los encargados de ella, prescindiendo de sus habilidades y actitudes, realizaron ciertas
actividades interrelacionadas con el fin de lograr los fines y objetivos organizacionales
deseados para estas organizaciones. Esto se hizo bien sea en función de los objetivos
estratégicos (visión) y/o de los objetivos tácticos (misión), o buscando cumplir los propósitos
cooperativos. (p.136)
Una excelente gestión está asumida directamente a la responsabilidad de los
administradores y, a pesar de que para muchos los indicadores de gestión en el desarrollo
organizacional fueron perdiendo relevancia, se ha demostrado con el paso del tiempo lo
indispensable que es para el crecimiento y desarrollo exitoso de las empresas. Desde este
punto de vista, la Gestión Pública cuenta con una enorme limitación, dada su dependencia a
entidades superiores o según su nivel de maniobra; igualmente, su relevancia se entrelaza con
su labor, ya que su base es satisfacer objetivos sociales y debe contar con altos niveles de
35. 19
competencia y aplicación técnicas para poder ser efectivos a la hora de cumplir con su papel
dentro de la economía nacional.
Todo gerente, administrador o supervisor depende del nivel de gestión que posea dentro
de la organización, especialmente, dentro del área gubernamental; recordando que este
proceso se ha transformado en el soporte que necesita para garantizar el buen funcionamiento
de todas las operaciones y finanzas internas para alcanzar los objetivos.
Por ello, Salgado y Calderón (2014) resaltan la importancia del control de gestión,
afirman que éste tiene que acoplarse con las estrategias planteadas.Otro punto de vista, según
estos autores, es que los sistemas de control de gestión se relacionan con la estrategia, con su
diseño, implementación y con los procesos que retroalimentan y dictan las acciones necesarias
de mejora, considerando que los controles de gestión y sus esquemas aplicados son
herramientas que tienen los administradores para implantar las estrategias esperadas.
Normas y Procedimientos
Las normas son los principios básicos que orientan la naturaleza y extensión de una
actividad, siendo necesario en cada análisis o indagación de dicha acción; es aquella regla de
conducta, que debe cumplirse de manera obligatoria, en el caso de la Administración Pública
es la que rige y determina el comportamiento de los servidores públicos.En materia de normas
administrativas, Bunge (2004) expresa que son decretos ejecutivos o instrucciones que rigen
un acto dirigidas a personas especificas o a una comunidad, así mismo, aclara que “es
costumbre reservar el término "norma" para referirse a los actos administrativos de carácter
general, y el término "acto" para los actos administrativos de carácter singular” (p.1).
En este aspecto, especifica que se podría intercambiar los términos sin inconveniente ya
que las normas o actos administrativos en ellos se contempla las pautas constitutivas de una
institución o nación. Por su parte, los procedimientos son los actos o pasos detallados que
integran un trabajo. Gómez (1993) define a un procedimiento como “un plan de trabajo,
preciso y minuciosos previamente, elaborados y verificados en la práctica,
experimentalmente” (pp.3-4). En caso de los procedimientos administrativos, para Lázaro
(1994):
Son aquellos que señalan las maneras de ejecutar las diferentes tareas de una
organización; así como los medios que han de emplearse para realizar las mismas,
36. 20
se identifican con la función administrativa en su sentido más amplio, quedando
comprendidos en este grupo aquellos generalmente identificados como
operaciones de oficinas, tales como manejo de documentación, teneduría de
libros., contabilidad, informes, proyectos, programas de trabajo, presupuestos,
dibujos, ingeniería (de oficina no de fábrica), normas de trabajo, control de
producción y asuntos similares, ya sea que, de hecho, se ejecuten en la oficina o en
la fábrica. Los procedimientos de oficina pueden ser ejecutados manualmente o
por máquinas y empleados. (p. 22)
Manuales
Para González Sánchez (2010), el manual lo define como:
Un instrumento o herramienta de trabajo que contiene el conjunto de normas y
tareas que desarrolla cada funcionario en sus actividades cotidianas y será elaborado
técnicamente basados en los respectivos procedimientos, sistemas, normas y que
resumen el establecimiento de guías y orientaciones para desarrollar las rutinas o
labores cotidianas. (p. 1)
Por tanto, se concibe al manual como un documento, libro o una obra que permite
comunicar las decisiones referentes a lo más sustancial y elemental de una materia o disciplina
interna de una organización, así mismo, facilita las actividad, comunicación administrativa las
instrucciones oficiales, ayuda al control interno, entre otros. Por su parte, otros autores, lo
consideran como el encargado de presentar sistemas y técnicas específicas para lograr el trabajo de
todo el personal de oficina o de cualquier otro grupo de trabajo que desempeña responsabilidades
específicas.
Complementando estas opiniones, DuhatKizatus (2002) señala que es “un documento
que contiene, en forma ordenada y sistemática, información y/o instrucciones sobre historia,
organización, política y procedimientos de una empresa, que se consideran necesarios para la
menor ejecución del trabajo” (p. 20). Mientras que Munch (2010), considera que “Los
manuales son documentos que contienen en forma sistemática, información acerca de la
organización”. (p. 71). Y plantea que algunas de sus ventajas son:
Son un medio para lograr que se observen y se respeten la estructura formal y los
procesos.
Promueven la eficiencia de los empleados, ya que indican lo que debe hacerse y cómo
debe hacerse.
37. 21
Son una fuente de información y capacitación.
Evitan la duplicidad y las fugas de responsabilidad.
Son una base para el mejoramiento de sistemas, procesos y operaciones.
Acevedo (2006), señala que dentro de la utilidad de los manuales encontramos que
permite conocer el funcionamiento interno por lo que respecta a descripción de tareas,
ubicación requerimientos y a los puestos responsables de su ejecución. Por otro lado, auxilian
en la inducción del puesto, al adiestramiento y capacitación del personal, ya que describe en
forma detallada las actividades de cada puesto, así mismo, sirve para el análisis o revisión de
los procedimientos de un sistema.
En este sentido, el autor señala que para que este instrumento funcione adecuadamente
es necesario el seguimiento y control de los Manuales lo que permitirá verificar la calidad del
mismo, vigilar su cumplimiento y evaluar su aplicabilidad, así como, determinar si está
cubriendo las expectativas y requerimientos que se plantearon al momento de su elaboración
Manuales Administrativos
Rodríguez Valencia (1990) menciona que los manuales administrativos son instrumentos
"…para registrar y transmitir, sin distorsiones, la información referente a la organización y
funcionamiento de una empresa u organismo público, así como de las unidades
administrativas que lo constituyen". (p. 224). Así mismo, varios autores señalan que son
registros escritos de información que concierne al empleado y pueden ser utilizados para
orientar los esfuerzos de un trabajador en una empresa.
Como complemento, Benjamín y Fincowsky (2009) consideran que los Manuales, son
indispensables para toda empresa debido a la complejidad que la estructura organizacional
suele poseer, ya que ayuda a los que aceres diarios. De allí que los autores lo denominen como
aquellos
Documentos que sirven como medios de comunicación y coordinación para
registrar y transmitir en forma ordenada y sistemática tanto la información de una
organización (antecedentes, legislación, estructura, objetivos, políticas, sistemas,
procedimientos, elementos de calidad, etc.), como las instrucciones y lineamientos
necesarios para que desempeñe mejor sus tareas. (p. 244)
38. 22
Dicho de manera sencilla, los manuales son documentos que transmiten de forma,
sencilla, ordenada y sistemática la información de una organización, donde se indican las
actividades y como deberán ser realizadas por cada miembro de la organización. Por su parte,
Krauss (1977) los define como “un documento que contiene, en forma ordenada y sistemática,
información y/ o instrucciones sobre historia, organización, política y/o procedimientos de una
empresa, que se consideran necesarias para la mejor ejecución del trabajo” (p. 20).
Los manuales administrativos, para Ortega Vindas (2009), pueden ser elaborados para
toda la organización, un área, una dirección, un departamento, o una unidad, según los
diferentes requerimientos de estas unidades organizacionales, de esta forma, se pueden
clasificar en diferentes tipos, ya sea según la información que sea requerida, el propósito y la
necesidad que presente la empresa. Para el autor, se puede englobar en los siguientes tipos:
a) Manual de Normas. Detalla información sobre un conjunto de leyes, normas e
instructivos de aplicación institucional. Por lo general, son las más relevantes y poseen
mayor plazo de vigencia.
b) Manual de Procedimientos. Es una guía de trabajo para los funcionarios de cómo hacer
las tareas y es muy valiosa para orientar al personal de nuevo ingreso. Sirve para
aumentar la certeza de que el personal utiliza los sistemas y procedimientos
administrativos establecidos para realizar su trabajo.
c) Manual de Procedimientos de una Unidad Administrativa. Consiste en elaborar los
procedimientos en el orden de importancia de una unidad administrativa específica, a
fin de capitalizar las oportunidades naturales de secuencia de pasos en el trabajo.
Otra perspectiva, se presenta para Brito (2005) quien los refleja en general según la
organización que posea la Dependencia o Entidad, y de acuerdo a su alcance:
Manual de Organización.
Manual de Procedimientos.
Manual de Servicios al Público.
Manual de Normas y Procedimientos
39. 23
Según Continolo (1973), un manual de normas y procedimientos es “una expresión
formal de todas las informaciones e instrucciones necesarias para operar en un determinado
sector; es una guía que permite encaminar en la dirección adecuada los esfuerzos del personal
operativo” (p.18). La Escuela de Bibliotecología y Archivología de la Universidad Central de
Venezuela (2010) define a este tipo de manual como
Documentos de carácter informativo e inclusive instructivo, que poseen la
descripción de las actividades que deben realizar dentro de una unidad
administrativa; y sirven como medios de comunicación y coordinación en las
decisiones administrativas a tomar, por ello se relaciona y atañen al empleado
directamente, es decir, orientando a los miembros de la organización. Por lo tanto
los manuales reflejan las funciones administrativas que realiza y debe ejecutar la
institución, por ende cumplen con el propósito de registrar y señalar en forma
sistemática la información administrativa de una organización. (Definición de
Manuales, ¶5)
Igualmente, el Instituto Hacendario del Estado de México (IHAEM, 2004) denomina al
manual de procedimientos como “un instrumento administrativo que apoya el quehacer
institucional, está considerado como elemento fundamental para la coordinación, dirección,
evaluación y control administrativo de las funciones del ente” (p.21). Dichos instrumentos,
son conocidos también como Manuales de Normas y Procedimientos, por esta razón,
contienen una serie de directrices, pautas y lineamientos para guiar el curso de acción de las
actividades internas de una organización, asimismo, se podría resaltar que debe contar con las
reglas o pautas del conjunto de acciones a realizar una persona para obtener siempre el mismo
resultado bajo las mismas circunstancias.
Por su parte, Nájera (2003) considera que dicho documento establece lo más relevante
sobre una operación o área para un fin determinado, presentado de manera particular lo más
elemental de una materia, el cual facilita el ejecutar o aprender alguna disciplina interna de
una organización.
Ortega Vindas (2009) amplía que este tipo de Manual se orienta a especificar detalles de
la ejecución de actividades organizacionales, con el fin de unificar criterios a lo interno de la
institución sobre la manera correcta en que deben ser realizadas, es por ello que deben
especificar: Quién debe hacer una actividad; Qué debe hacerse en esa actividad; Cómo debe
hacerse la actividad; Dónde debe hacerse; y Cuándo debe hacerse la actividad. Para Brito
(2005), los Manuales de Procedimientos por el alcance de su información se clasifican en:
40. 24
1. Manual General de Procedimientos.- Contiene la descripción de los procedimientos de
toda Dependencia o Entidad.
2. Manual Específico de Procedimientos.- Comprende las actividades a realizarse en un área
en especial de la Dependencia o Entidad, por ejemplo: Subsecretaría, Dirección General,
Dirección, Subdirección, Departamento, otros.
Dado a que el contenido dependerá del departamento, actividades o la empresa en sí, se
hace difícil determinar que colocar dentro de estos instrumentos, sin embargo, para Benjamín
y Fincowsky (2009), es de gran relevancia reflejar o respetar algunos contenidos básicos
indispensable:
Logotipo de la organización.
Nombre de la organización.
Denominación y extensión del manual (general o específico). Si corresponde a una
unidad en particular, debe anotarse el nombre de ésta.
Lugar y fecha de elaboración.
Numeración de páginas.
Sustitución de páginas (actualización de información).
Unidades responsables de su elaboración, revisión y/o autorización.
Clave del formulario; en primer término se deben escribir las siglas de la organización;
en segundo, las de la unidad administrativa responsable de elaborar o utilizar la forma; en
tercero, el número consecutivo del formulario y, en cuarto, el año. Para leerla con facilidad,
entre las siglas y los números debe colocarse un punto, un guion o una diagonal, v. gr.,
ONU.DSI.002.09 (corresponde a Organización de las Naciones Unidas; Dirección General de
Información; formulario número 2, y año 2009.
Importancia de Contar con un Manual
El propósito fundamental de los manuales, es el de regularizar las operaciones de la
organización, en tal sentido, los manuales representan un medio de comunicar las decisiones
de la administración concerniente a organización políticas y procedimientos. Las empresas
progresistas han llegado a considerar sus estructuras organizativas, planteamiento de políticas
41. 25
y prácticas de procedimientos simplemente como elementos de administración, que pueden y
deben cambiar tan a menudo como se requiere para capitalizar nuevas oportunidades y
enfrentar la competencia. En la actualidad, se pone empeño en el uso de manuales para
comunicar la información relativa a cambios, diseñados con vista a su legibilidad, sencillez y
flexibilidad.
Cepeda, G (1997, pág. 87), Define el control interno de la siguiente manera: Es el
conjunto de planes, métodos y procedimientos adoptados por una organización, con el fin de
asegurar que los activos están debidamente protegidos, que los registros contables son
fidedignos y que las actividades de la entidad se desarrollan eficazmente de acuerdo con las
políticas trazadas por la gerencia, en atención a las metas y objetivos previstos.
Galicia, A. (2005, Pág. 47), Señala con respecto a la importancia del control interno: el
control interno es de vital importancia para la optimización de las operaciones y el crecimiento
del negocio tanto en lo administrativo como en la operación; beneficiando así desde el
accionista hasta el propio cliente ya tendrá este un grado de confianza sobre la entidad y
prevalecerá en el tiempo generando utilidades y crecimiento interno en la entidad.
En otro sentido el COSO se define como el conjunto de acciones, actividades, planes,
políticas, normas, registros, procedimientos y métodos, incluido el entorno y actitudes que
desarrollan autoridades y su personal a cargo, con el objetivo de prevenir posibles riesgos que
afectan a una entidad pública. Se fundamenta en una estructura basada en cinco componentes
funcionales:
Ambiente de control.
Evaluación de riesgos.
Actividades de control gerencial.
Información y comunicación.
Supervisión.
Secretaría de Hacienda y Finanzas de la Gobernación del Estado Carabobo
La Secretaría de Hacienda, Administración y Finanzas fue creada, según Gaceta Oficial
Extraordinaria Nº 382, el 25 de enero de 1991 y reformada en su denominación mediante la
Ley de Organización de la Administración Pública del estado Carabobo publicado en Gaceta
42. 26
Oficial extraordinaria N° 1.952 de fecha 16 de Diciembre del 2005, para coordinar y ejecutar
las actividades el Ejecutivo Regional en materia fiscal, financiera y administrativa. Ella se
basa en los siguientes fines:
Visión: Ser un Organismo ejecutor de las actividades inherentes a la recaudación,
administración y percepción de todos los conceptos de rentas que conforman el Tesoro
Estadal, contribuyendo por una parte, con el desarrollo económico de la región y por la otra,
con la consolidación de políticas financieras que coadyuven a la inversión social del Estado.
Misión: Coordinar las políticas administrativas y financieras del estado, de acuerdo a los
lineamientos emanados del Ejecutivo Regional, fundamentados en los preceptos
Constitucionales vigentes y en los principios que rigen el funcionamiento de la Administración
Pública Nacional, mediante el uso adecuado de los recursos y bienes disponibles, en aras de
obtener el fortalecimiento Institucional y en pro de satisfacerlas necesidades básicas de la
Comunidad Carabobeña.
La Secretaría de Hacienda y Finanzas posee una estructura organizacional que cuenta
con un Despacho, una Dirección Ejecutiva, seis (6) Direcciones Generales, ocho (8)
Direcciones de Línea y 12 Jefaturas, todas ellas distribuidas conforme al Reglamento
Orgánico en su artículo 1, denominadas de la siguiente forma: Despacho del Secretario,
Dirección de General Consultoría Jurídica, Dirección General de Informática, Tesorería
General del Estado, Jefatura de Seguros y Pólizas, Dirección Ejecutiva de Administración,
División de Control Administrativo, Dirección General de Adquisiciones y Servicios,
Dirección General de Contabilidad y Presupuesto, Dirección General de Bienes del Estado,
Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios y, por último, Dirección de
Ingresos.
Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios del Estado Carabobo
Es la encargada de planificar, dirigir, coordinar y controlar la recaudación, inspección y
fiscalización de las actividades de los ingresos por concepto de renta de Timbres Fiscales y
Explotación de Minerales no Metálicos, establecido con la Ley de Reforma Parcial de Timbre
Fiscal del Estado Carabobo (6 de Octubre de 2003) y de la Ley de Minerales no Metálicos del
43. 27
Estado Carabobo (Agosto de 2013), a objeto de fortalecer el nivel de cumplimiento tributario
y el desarrollo económico del estado Carabobo.
Además, comprueba el cumplimiento de las normas establecidas en las leyes estadales
por parte de los sujetos pasivos, en concordancia con lo establecido en la Ley de Organización
de la Administración Pública del Estado Carabobo y la Ley de Hacienda Pública del Estado
Carabobo, todo ello de acuerdo con los principios de legalidad, no confiscatoriedad y
progresividad a objeto de garantizar un sistema eficaz de recaudación y control de los ingresos
propios del estado Carabobo. Es por esta razón que cuenta con los siguientes fundamentos:
Misión: Organizar, recaudar y controlar los ingresos por concepto de Timbre Fiscal y
Renta Minera, con el fin de fortalecer el nivel de cumplimiento de los tributos estadales.
Objetivo Táctico: Fiscalización y Recaudación oportuna de los Impuestos establecidos
en la Ley de Timbre fiscal y en la Ley de Minerales No Metálicos del estado Carabobo.
De lo antes mencionado, los objetivos generalesde la Dirección de Fiscalización de
Ingresos Tributarios se plantean de la siguiente manera:
1. Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar el desarrollo de las
actividades y procedimientos de recaudación, verificación, fiscalización y
determinación de las obligaciones tributarias y sus accesorios, en las materias de su
competencia, así como las relacionadas con los estudios económicos y las estadísticas
tributarias de su competencia y realizar su divulgación.
2. Conocer y tramitar todas las solicitudes, reclamaciones y recursos administrativos que
interpongan los contribuyentes y evacuar las consultas en materia de su competencia,
de conformidad con las normas vigentes.
3. Diseñar e implementar mecanismos a través de los cuales se precisen en forma
mensual, los ingresos recaudados por concepto de impuestos y tasas del estado
Carabobo.
4. Velar por la correcta y oportuna inspección y fiscalización a los distintos sujetos
pasivos tributarios y agentes de retención y percepción, en cuanto al cumplimiento de
los deberes formales.
44. 28
5. Coordinar la asistencia y apoyo en materia tributaria tanto a los órganos del Poder
Público Estadal competentes, como a los distintos contribuyentes.
6. Ordenar la apertura de los procedimientos administrativos, cuando se presuma el
incumplimiento de las Leyes tributarias del Estado Carabobo.
7. Emitir solvencias y demás autorizaciones.
8. Dirigir las actividades de verificación y fiscalización a los contribuyentes de timbres
fiscales así como de impuestos provenientes del aprovechamiento de minerales no
metálicos ubicados en el estado Carabobo, en acuerdo a la programación y
lineamientos de la Secretaría de Hacienda y Finanzas.
Cabe destacar, que las funciones que deberán cumplirse dentro de la Dirección de
Fiscalización de Ingresos Tributarios son:
1. Supervisar los procedimientos de verificación y Fiscalización para velar por el
cumplimiento de los deberes tributarios por parte de los contribuyentes y/o
responsables.
2. Sustanciar los expedientes que se instruyan, en virtud de la apertura de los
procedimientos administrativos, cuando se presuma el incumplimiento de las Leyes
Tributarias del estado Carabobo.
3. Supervisar los proyectos para los actos y resoluciones que se vayan a aplicar.
4. Suscribir la planilla de liquidación para el pago de la multa impuesta por la Secretaría
de Hacienda y Finanzas y por otros organismos del sector público del Estado Carabobo
con competencia para los actos normativos.
5. Supervisar las investigaciones de fiscalización que se realicen a los contribuyentes que
desarrollen actividades relacionadas con la explotación de minerales no metálicos en el
estado Carabobo.
45. 29
6. Dirigir la elaboración de las resoluciones multas por incumplimiento de la Ley de
Timbre Fiscal, Ley de Minerales No Metálicos del Estado Carabobo y demás
disposiciones de carácter tributario aplicables.
46. 30
CAPÍTULO III
MARCO METODOLÓGICO
El marco o momento metodológico de la investigación es la fase donde se perfilan y
concretan los pasos específicos que dará el investigador a fin de constatar los hechos con las
teorías; en otras palabras, es la estrategia o plan general que determina las operaciones
necesarias para llevar a la investigación a la práctica. Por lo tanto, Balestrini (1997) señala
que:
El marco metodológico está referido al momento que alude al conjunto de
procedimientos lógicos, tecno-operacionales implícitos en todo proceso de
investigación, con el objeto de ponerlos de manifiesto y sistematizarlos; a
propósito de permitir descubrir y analizar los supuestos del estudio y de reconstruir
los datos, a partir de los conceptos teóricos convencionalmente operacionalizados.
(p. 113)
De allí que se describa a continuación de manera detallada la estructura que se empleó
por el investigador, basada en lo planteado previamente y caracterizada por ser una
investigación aplicada, tecnicista o tecnológica en la modalidad de Proyecto Factible con
apoyo en un estudio diagnóstico con carácter descriptivo apoyado en un diseño de campo no
experimental.
Tipo de Investigación
El presente estudio, se encuentra enmarcado en una investigación tecnicista o
tecnológica, teniendo en cuenta las características descritas por Orozco, Labrador y Palencia
(2002), se define como “un proyecto para resolver problemas o satisfacer necesidades
fundamentadas en la experiencia del investigador. Es producto de expertos y fruto de la
planificación ejecutiva sin diagnóstico sistemático ni participación de los entes involucrados”
(p. 78). Por su parte, Corral (2014a):
Las Investigaciones proyectivas, tecnicistas o tecnológicas son investigaciones
aplicadas que se encuentran dirigidas a encontrar soluciones a problemas prácticos
47. 31
de orden educativo, social, socioeconómico, cultural o para satisfacer una
necesidad sentida por una institución, un grupo o una organización; ya sea a través
de la elaboración de un plan, programa, diseño, estrategia o tecnología producto
original del/los investigador/es o de una adaptación concebida para dar solución a
la situación problemática. Cumple con el ciclo planificación-producción-función…
Para Trabajos de Grado contemplan tres fases: (a) diagnóstico y/o establecimiento
de la necesidad, (b) estudio de factibilidad operativa, técnica y económica (costo
beneficio y/o mercadeo) y (c) desarrollo de la propuesta. (pp. 16-17)
Modalidad de la Investigación
En cuanto a la investigación, se enmarca en la modalidad de proyecto factible, que tal
como lo reseña la Universidad Pedagógica Experimentar Libertador (UPEL, 2011), se define
como:
El Proyecto Factible consiste en la investigación, elaboración y desarrollo de una
propuesta de un modelo operativo viable para solucionar problemas,
requerimientos o necesidades de organizaciones o grupos sociales; puede referirse
a la formulación de políticas, programas, tecnologías, métodos o procesos. El
Proyecto debe tener apoyo en una investigación de tipo documental, de campo o
un diseño que incluya ambas modalidades. (p. 21)
Igualmente, la Universidad José Antonio Páez (UJAP, 2007, pp. 4-5) específica que
deberá contar con las siguientes etapas generales:
Primero: diagnóstico, planteamiento y fundamentación teórica de la propuesta;
procedimiento metodológico, actividades y recursos necesarios para su ejecución,
análisis y conclusiones sobre la viabilidad y realización del proyecto; segundo: en
caso de su desarrollo, la ejecución de la propuesta y la evaluación tanto del
proceso como sus resultados.
A su vez, para realizar el diagnóstico de la necesidad de la propuesta se apoya en una
investigación descriptiva bajo un diseño de campo no experimental, dentro del paradigma
cuantitativo; esto debido a que se recurrió a fuentes primarias de investigación, que según
Hernández Sampieri, Fernández y Baptista (2010) dichos estudios pretenden “…medir o
recoger información de manera independiente o conjunta sobre los conceptos o las variables a
los que se refieren” (p. 80).
Para Arias (2006), “la investigación descriptiva, consiste en la caracterización de un
hecho, con el fin de establecer su comportamiento” (p. 24). Ahora bien, en cuanto a los
diseños no experimentales transeccionales; Corral (2014a) señala que son diseños que toman
48. 32
los datos en una sola oportunidad u ocasión.
Mientras que, según Bernal (2010), el enfoque cuantitativo “… es aquel que se
fundamenta en la medición de las características de los fenómenos sociales, lo cual supone
derivar de un marco conceptual pertinente al problema analizado” (p. 37), específicamente, la
falta de un manual de normas y procedimientos para el área de fiscalización de minerales no
metálicos adscrita a la dirección general de recaudación de ingresos tributarios (DGRIT).
Fases de Diagnóstico de la Necesidad de la Propuesta
Fase I. Diagnóstico. En esta fase se aplicará un diagnóstico, a través de una entrevista
realizada a los funcionarios públicos que trabajan en el área de fiscalización, se empleó para
ello un protocolo de entrevista cerrado, compuesto por preguntas mixtas debido a que da una
información más detallada sobre la necesidad de la propuesta. Para el instrumento diagnóstico,
se aplicó lo que se denomina Sistemas de Variable, en la cual se identificó la siguiente
variable:
Categoría o Variable: Normas y Procedimientos manejados dentro del área de
fiscalización de minerales no metálicos adscrita a la Dirección General de Recaudación de
Ingresos Tributarios
Definición Conceptual: Las normas y procedimientos, son aquellas reglas o principios
básicos que rigen un acto administrativo, plasmado en las diferentes tareas u operaciones que
debe cumplir los miembros dentro de una organización, con el propósito de cumplir con los
objetivos propuestos.
Definición Operacional: Información relevante para la ejecución de determinadas
actividades (Manual y Control), así mismo, se consideró la estructura del área de fiscalización
de minerales no metálicos (Gestión Interna, Métodos y Tramitaciones) de la dirección general
de recaudación de ingresos tributarios para facilitar los procesos internos.
Una vez definida la categoría o variable, se presenta a continuación la Operacionalización de
Variables siguiendo lo expresado por Morán Delgado y Alvarado Cervantes (2010), los cuales
enfatizan que “para definir operacionalmente una variable se debe elegir la que proporcione mayor
información, capte mejor la esencia, se adecúe más a su contexto y sea más precisa o amplia según
sea el caso” (p. 42).
49. 33
Cuadro 1
Tabla de Especificaciones
Objetivo de Diagnóstico: Diagnosticar la situación actual del uso de normas y
procedimientos manejados dentro del área de fiscalización de minerales no
metálicos adscrita a la Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios.
Categorías Dimensiones Indicadores Ítems
Normas y
Procedimientos
Normas
Manual 3,4,5
Control 12,13
Procedimientos para la
fiscalización de
minerales no metálicos
Gestión Interna 1,2,6,7,8,9
Método 10
Tramitaciones 11
En este caso, dicha información permite analizar la situación del área seleccionada para
el estudio, permitirá verificar la efectividad de sus procesos y se obtendrá los datos necesarios
para realizar el manual planteado. Sobre esta base, se inicia la Fase I del estudio, partiendo con
la aplicación del diagnóstico la situación actual de los procedimientos empleados de manera
directa en el campo de estudio.
Fase II. Estudio de Factibilidad. Se refiere a los recursos necesarios para la realización
de lo planteado en el estudio, así como, determinará si se cuenta con los recursos para su
aplicación dentro de la institución. Esta contendrá una parte técnica, que consiste en unidades
tales como herramientas, equipos y materiales que serán necesarios para llevar a cabo la
propuesta, así como el capital intelectual que ejecutara el proyecto. Por otro lado, se cuenta
adicionalmente con una parte operativa, que cuenta con los conocimientos, destrezas y
habilidades para poder realizar los diferentes componentes.
A través de esta fase, se evaluó la viabilidad de tener un manual de normas y
procedimientos para el área de fiscalización de minerales no metálicos adscrita a la dirección
general de recaudación de ingresos tributarios la cual contendrá información relevante y
precisa para cada empleado a cargo de ejecutar dicha área.
Fase III. Diseño de la Propuesta. El diseño de la propuesta, representa la etapa más
importante de la investigación, pues en esta se procederá a elaborar el manual de normas y
50. 34
procedimientos para el área de fiscalización de minerales no metálicos adscrita a la dirección
general de recaudación de ingresos tributarios, con los contenidos relevantes ubicados de
manera cronológica, precisa y sencilla según se ejecuta día a día dentro de la institución, para
facilitar el trabajo de los funcionarios, permitiendo a su vez, demostrar la importancia o
necesidad de la misma.
Población y Muestra
Población
Señala Sierra (2004) que “la población se refiere a la delimitación espacial del estudio,
es decir, hasta donde puede alcanzar la generalización de los resultados” (p. 64). De acuerdo a
Arias (2006), se entiende que “…es un conjunto finito o infinito de elementos con
características comunes para los cuales serán extensivas las conclusiones de la investigación.
Ésta queda delimitada por el problema y los objetivos del estudio” (p. 81).
Como soporte, Ramírez (1999) la define como “el conjunto infinito de unidades
observacionales cuyas características esenciales los homogenizan como conjunto” en base a
esto, la población tomada en consideración para el presente trabajo de grado, está conformada
por cinco (5) funcionarios públicos conformados por: un Director y cuatro (4) Fiscales de
Rentas, lo que viene a ser una población finita, a lo que Silva (2006) dice: “cuando se conoce
el número elementos que conforman la población” (p. 98). Por tanto, las unidades que
conforman la población quedan ya descritas.
Muestra
De acuerdo a Hernández Sampieri y otros (2003), la muestra es “…un subgrupo de la
población. Digamos que es un subconjunto de elementos que pertenecen a ese conjunto
definido en sus características a que llamamos población” (p.175). Sin embargo, Franco Corral
(2010) describe a la muestra como:
Una parte o subconjunto de la población, la cual deberá poseer las
características de la misma, la selección de sus elementos se denomina
muestreo y los más utilizados son el aleatorio o al azar. Por esta razón, es
51. 35
recaudada mediante técnicas estadísticas cuya justificación se basa en la
dificultad que representa realizar la investigación tomando como objeto de
estudio a toda la población. (p.13)
Dentro de esta perspectiva, debido al número que contiene la población en el presente
estudio, se tomó una muestra censal que, según Méndez (2001), “… es aquella donde todas las
unidades de investigación son consideradas como muestra” (p. 56), dejando como resultado un
conjunto conformado por cinco (5) personas, que integran el equipo de trabajadores del área
investigada.
Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos
Para el desarrollo de la investigación, se emplean técnicas e instrumentos que sirvieran
para la recolección y análisis de datos, elementos que harán posible la obtención y
organización de los resultados derivados de la misma. Según establece Sabino (2002), “un
instrumento de recolección de datos es en principio, cualquier recurso de que se vale el
investigador para acercarse a los fenómenos y extraer de ellos información” (p. 65). En la
presente investigación se utilizó para la recolección de la información la técnica de la
entrevista estructurada y como instrumento un guion de entrevista.
En tal sentido, Corral (2014b) indica que en trabajos cuantitativos, una de las técnicas
más empleadas es la entrevista estructurada o semiestructurada y se recomienda en estudios
cuantitativos cuando la población es muy pequeña. Por tanto, se establece para la recolección
de datos una Entrevista estructurada, la cual según Arias (2006) se caracteriza como “…una
técnica basada en un diálogo o conversación ‘cara a cara’, entre el entrevistador y el
entrevistado acerca de un tema previamente determinado, de tal manera que el entrevistador
pueda obtener la información requerida” (p. 73).
Señala Corral (2014b) que en la entrevista estructurada o formal se emplea “…un guion
o un protocolo de entrevista, conformado por preguntas previamente establecidas” (p. 17).
Igualmente, Arias (2006) indica que la entrevista estructurada “…se realiza a partir de una
guía prediseñada que contiene las preguntas formuladas al entrevistado” (ibídem). Añade
Corral que el guion puede ser “…estandarizado abierto, cuando el listado de preguntas es igual
para todos los entrevistados y son de respuesta libre o abierta. O puede ser estandarizada
52. 36
cerrada, cuando el listado de preguntas es igual para todos los entrevistados y son de respuesta
cerrada” (ibídem).
En tal sentido, Corral (2014b) afirma que podría utilizarse guiones de entrevistas tanto
de respuestas abiertas como cerradas o de respuestas mixtas. A razón de esto, el instrumento
utilizado durante la entrevista a la muestra (cinco personas) es un guión con un formato
estandarizado que combina preguntas de respuesta cerrada y de respuesta abierta a realizar de
manera similar a todos los integrantes de la muestra. Por consiguiente, el guión cuenta con 13
preguntas de naturaleza mixtas.
Validez y Confiabilidad del Instrumento
En estudios cuantitativos, Corral (2014b) declara que la calidad de los resultados que
arroja una investigación se relaciona directamente con la validez y confiabilidad de los
instrumentos de recolección de la data. Añade esta autora que se entiende por validez al grado
“…en que el instrumento proporciona datos apropiados, relevantes y pertinentes” (p. 41). Así
mismo, la confiabilidad de los instrumentos cuantitativos “se refiere al grado en que su
aplicación repetida al mismo sujeto, produce iguales resultados” (Sierra, 2004, p. 82).
Sin embargo, Corral (2014b) indica que cuando se utiliza un guion de entrevista,
“…cuando la población es pequeña – en investigaciones conducentes a trabajo de grado-, sólo
se le estimará la validez de contenido, a través del juicio de expertos. No se calculará
coeficiente de confiabilidad alguno” (p.42).
Por lo cual, al guion de entrevista construido para realizar el diagnóstico de la presente
investigación, sólo se comprobó la validez de contenido empleando el método de agregados
individuales, a través de tres juicios de expertos (Corral, 2014b). A quienes se les entregó el
guion, el instrumento de validación, los objetivos de la investigación y la tabla de
operacionalización de variables.
Los expertos determinaron el grado en que las preguntas del guion son representativas
de los contenidos a medir. Certificaron que los reactivos estaban redactados adecuadamente,
sin sesgos y que el número de preguntas era adecuado.
53. 37
Técnicas de Análisis de Datos
En este punto, se describen las distintas operaciones a las que serán sometidos los datos
que se obtengan: clasificación, registro, tabulación y codificación si fuere el caso. Con
relación a este aspecto, Méndez (2001) considera que “el análisis de los resultados como
proceso implica el manejo de los datos obtenidos y contenidos en cuadros, gráficos y tablas.
Una vez dispuestos, se inicia su compresión teniendo como único referente al marco teórico…
y por tanto parte de allí para responder a los objetivos” (p. 220).
Se organizaron los datos en tablas de frecuencia y gráficos, para visualizar mejor los
resultados. Cabe resaltar que para analizar las preguntas de respuesta libre, Martínez López
(2004) señala que se analiza el contenido de las respuestas, se codifican y agrupan en
contenidos comunes, luego “se organiza, analizan y grafican los datos obtenidos” (p. 266).
54. 38
CAPÍTULO IV
ANÁLISIS DE LOS RESULTADOSDEL DIAGNÓSTICO
Análisis e Interpretación de la Entrevista
A continuación, se realiza la interpretación de resultados de la entrevista aplicada a la
población objeto de estudio, se exhibiera en relación a las preguntas establecidas, a través del
cual fue posible dar respuesta a dos (2) de los objetivos específicos propuestos y del que se
considerará su contenido para la elaboración del manual de normas y procedimientos:
Cuadro 2
Distribución de frecuencias y porcentual de las respuestas dadas a la pregunta 1 de la
entrevista
Pregunta
Sí A veces No
f % f % f %
¿Considera que tiene fácil acceso a la
información necesaria para ejecutar sus
labores?
0 0 3 60 2 40
Gráfico 1. Acceso a la información necesaria para ejecutar labores
55. 39
Análisis e Interpretación del GráficoN°1
De acuerdo a los resultados de la entrevista, los datos evidencian que un sesenta por
ciento (60%) de los empleados consideran que a veces tienen fácil acceso a la información
necesaria para ejecutar sus labores (ítem 1). Atendiendo a estos resultados, solo una minoría
(40%) se encuentra inconforme o niega contar con un acceso fácil, permitiendo concluir que
no todo el personal cuenta con toda la información necesaria para sus labores ya que no todos
los funcionarios disponen con el impreso de las normativas o leyes a utilizar, así mismo, en
algunos casos se solicita apoyo o respaldo de sus compañeros.
Cuadro 3
Distribución de frecuencias y porcentual de las respuestas dadas a la pregunta 2 de la
entrevista
Pregunta
Sí A veces No
f % f % f %
¿Cuenta con todos los formatos
necesarios para ejecutar sus labores?
1 20 1 20 3 60
Gráfico 2. Formatos necesarios para ejecutar labores
56. 40
Análisis e Interpretación del Gráfico N°2
En los datos aportados por la muestra, se puede observar que un sesenta por ciento
(60%) considera que no cuenta con todos los formatos necesarios para ejecutar sus labores
(ítem 2), sin embargo, el resto de la población discrepa, por lo cual se interpreta que en
algunas oportunidades se omiten la aplicación por algunos funcionarios que obvian o
desconocen el uso de las actas existentes.
Cuadro 4
Distribución de frecuencias y porcentual de las respuestas dadas a la pregunta 3 de la
entrevista
Pregunta
Sí A veces No
f % f % f %
¿Existe algún manual interno en el área
de fiscalización?
0 0 0 0 5 100
Gráfico 3. Manual interno en el área de fiscalización
57. 41
Análisis e Interpretación del Gráfico N°3
En los datos aportados por la muestra, se puede observar que un cien por ciento (100%)
afirmo que no existe un manual interno del área de fiscalización de renta minera (ítem 3), lo
cual apoya la problemática planteada en la dirección de fiscalización de la Dirección General
de Recaudación de Ingresos Tributaria.
Cuadro 5
Distribución de frecuencias y porcentual de las respuestas dadas a la pregunta 4 de la
entrevista
Pregunta
Sí A veces No
f % f % f %
¿Considera usted que un manual de
normas y procedimientos en el área de
fiscalización agilizaría las labores del
personal?
5 100 0 0 0 0
Gráfico 4. Manual de normas y procedimientos
59. 43
Análisis e Interpretación del Gráfico N°4
En los datos aportados por la muestra, se puede observar que un cien por ciento (100%)
afirmo que un manual de normas y procedimientos en el área de fiscalización agilizaría las
labores del personal (ítem 4), lo cual apoya la viabilidad de emplear un manual interno
planteado para el uso de la Dirección de Fiscalización.
Cuadro 6
Distribución de frecuencias y porcentual de las respuestas dadas a la pregunta 5 de la
entrevista
Preguntas Alternativas f %
¿Qué manuales desearía existiera dentro
del área de fiscalización que ayude en las
labores internas?
Normas y Procedimientos 3 60
Descripción de cargos 1 20
Ni Idea 1 20
Gráfico 5. Manuales que desearía dentro del área
61. 45
Análisis e Interpretación del Gráfico N°5
Analizando los resultados obtenidos, los datos evidencian que la muestra desearía que
existiera dentro del área de fiscalización dos manuales básicos que ayude en las labores
internas (ítem 5), casi la totalidad (60%) postularon a favor del uso y elaboración de un
Manual de procedimiento internos del departamento indicando la necesidad de contar con un
medio que facilite la transmisión de las normas e información pertinente de manera no verbal
al cual acudir en caso de ser requerido.
Por otro lado, uno (20%) de los entrevistados expreso que adicionalmente se
consideraría pertinente contar con un Manual de Cargo que indique las labores exactas que
debe ejecutar cada funcionario o administrativo, mientras que otros una minoría (20%) no
supo expresar que manuales seria necesarios para agilizar o mejorar las labores internas.
Cuadro 7
Distribución de frecuencias y porcentual de las respuestas dadas a la pregunta 6 de la
entrevista
Preguntas Alternativas f %
¿Qué problema considera que existe
dentro del área de fiscalización debido
a la falta de un manual que facilite los
procesos?
Se carece de:
Control de la Información 1 20
Sistema y Normas Independientes
del Proceso
1 20
Sistema computarizado para
sanciones o actas administrativas
1 20
Alcance de responsabilidades e
indicación de funciones
2 40
62. 46
Gráfico 6. Problema considera que existe
Análisis e Interpretación del Gráfico N°6
Analizando los resultados obtenidos, los datos evidencian que cada uno (1) de los
entrevistados de la muestra manifestó diversas problemáticas existentes dentro del área de
fiscalización (ítem 6), debido a la falta de un manual que facilite los procesos, en donde se
platearon:
Carecía o falta de Control de la Información (20%), falta de Sistemas y normas
independientes del proceso (20%), falta de un Sistema computarizado o sistemático de los
procesos que lleven a cabo acciones tales como las sanciones o actas realizadas para cada acto
administrativo (20%) y por último, éxito una concordancia por parte del cuarenta por ciento
(40%) en relación con la falta de Alcance de responsabilidades e indicación de funciones aun
cuando uno de ellos indico adicionalmente la Pérdida de tiempo.
Lo que permitió concluir, que aun cuando existen inconvenientes dentro del
departamento no existe unanimidad de criterios que permite solventar las dificultades más
apremiantes y de manera concisa. Sin embargo, se podría agrupar como las principales
63. 47
carecías la ausencia de un sistema, norma y control interno que facilite el contenido e
información manejado en los procesos habituales administrativos pero a su vez que facilite las
acciones de sanción para evitar la pérdida de tiempo. Otro factor, que sigue resaltando a través
de la entrevista es la falta de indicativos en el que se estipule el alcance de responsabilidades
que posee cada funcionario o cargo.
Cuadro 8
Distribución de frecuencias y porcentual de las respuestas dadas a la pregunta 7 de la
entrevista
Pregunta
Sí A veces No
f % f % f %
¿Existe normas generales por parte de
la DGRIT para las gestiones
administrativas en el área de
fiscalización de renta minera?
4 80 0 0 1 20
Gráfico 7. Normas generales existentes
Análisis e Interpretación del Gráfico N°7
64. 48
En los datos aportados por la muestra, se puede observar que el ochenta por ciento
(80%) afirmo que existen normas generales para las gestiones administrativas en el área de
fiscalización de renta minera (ítem 7), mientras que otros una minoría (20%) no supo la
existencia de dichas normas generales que regula las gestiones administrativas dentro de su
área de trabajo.
Cuadro 9
Distribución de frecuencias y porcentual de las respuestas dadas a la pregunta 8 de la
entrevista
Pregunta
Sí A veces No
f % f % f %
¿Conoce cada una de las normas
establecidas DGRIT para los
procesos que realiza?
0 0 3 60 2 40
Gráfico 8. Normas establecidas para los procesos
Análisis e Interpretación del Gráfico N°8
Analizando los resultados obtenidos, los datos aportados por la muestra se puede
observar que el cuarenta por ciento (40%) afirmo que a veces conoce cada una de las normas
65. 49
establecidas para los procesos (ítem 8), mientras que la mayoría (60%) reconoce no saber la
existencia de todas las normas establecidas para los procesos de su área de trabajo. Resaltando
ciertas dudas sobre las afirmaciones previas (ítem 7), donde un gran porcentaje (80%)
afirmo conocer la existe de normas generales para las gestiones administrativas de las
actividades y procesos que rigen sus labores en DGRIT, mientras que ahora solo una minoría
(40%) indica conocer ocasionalmente las normas establecidas para los procesos.
Cuadro 10
Distribución de frecuencias y porcentual de las respuestas dadas a la pregunta 9 de la
entrevista
Pregunta
Sí A veces No
f % f % f %
¿Conoce que cumple adecuadamente con
dichas normas?
1 20 3 60 1 20
Gráfico 9. Cumplimiento adecuado de las normas
Análisis e Interpretación del Gráfico N° 9
66. 50
Analizando los resultados obtenidos, los datos evidencian que cada un sesenta por ciento
(60%) de los entrevistados considera que a veces se cumplen adecuadamente con las normas
de los procesos defiscalización (ítem 9), mientras que el resto se divide en un veinte por ciento
(20%) que afirma que si se cumplen adecuadamente y otro veinte por ciento (20%) que niega
el cumplimiento adecuado de las normas tanto de los procesos como de la gestión
administrativa.
Cuadro 11
Distribución de frecuencias y porcentual de las respuestas dadas a la pregunta 10 de la
entrevista
Preguntas Alternativas f %
¿Qué método o sistema emplea usted para
la búsqueda de información a la hora de
llevar a cabo una Fiscalización de
Minerales no Metálicos?
Ninguno Método 5 100
Sistema Manual 4 80
Ninguno Sistema 1 20
Gráfico 10. Método o sistema para la búsqueda de información
Análisis e Interpretación del Gráfico N°10
67. 51
Analizando los resultados obtenidos, los datos evidencian que un cien por ciento (100%)
de los entrevistados de la muestra manifestó que no emplean ningún método para la búsqueda
de información a la hora de llevar a cabo una verificación o asistencia a contribuyentes de
Minerales no Metálicos (ítem 10).Por otro lado, en relación a la aplicación de un sistema se
platearon: un veinte por cierto (20%), afirma no emplear ningún sistema o método en general,
mientras que ochenta por ciento (80%) afirma el empleo de un método manual o de forma
manual realizan la búsqueda de información a la hora de llevar a cabo una verificación o
asistencia a contribuyentes de Minerales no Metálicos.
Lo que permitió concluir, que no existe un sistema fácil y practico que permita buscar
información o contenidos relevantes en caso de necesitar buscar una información para poder
asistir, verificar o evaluar a un contribuyente, igualmente, se coincide que de manera manual
se puede buscar la información a través de las leyes que disponen algunos de los funcionarios
de la DGRIT.
Cuadro 12
Distribución de frecuencias y porcentual de las respuestas dadas a la pregunta 11 de la
entrevista
Preguntas Alternativas f %
¿Qué trámite debe seguir un Fiscal de
Rentas para ejecutar sus actividades de
Fiscalización de Minerales no
Metálicos?
Lo establecido por: CN, LHP,
LMNM, COT.
1 20
Ley de Minerales no Metálicos 1 20
Ordenamiento Jurídico existente 3 60
Análisis e Interpretación del Gráfico N°11
Analizando los resultados obtenidos, los datos evidencian que cada un sesenta por ciento
(60%) de los entrevistados considera que los trámites que deben seguir como un Fiscal de
68. 52
Rentas para ejecutar sus actividades de Fiscalización de Minerales no Metálicos (ítem 11) es la
que corresponde al Ordenamiento Jurídico existente.
Gráfico 11. Trámite debe seguir un Fiscal de Rentas
Por su parte, un veinte por cierto (20%), indica que debe seguir lo establecido en la Ley
de Minerales no Metálicos, mientras que el otro veinte por cierto (20%) indica seguir lo
estipulado por la Constitución Nacional, la Ley de hacienda Pública del Estado Carabobo, la
Ley de Minerales no Metálicos y el Código Orgánico Tributario.
Cuadro 13
Distribución de frecuencias y porcentual de las respuestas dadas a la pregunta 12 de la
entrevista
Pregunta
Sí A veces No
f % f % f %
¿Se realiza frecuentemente algún control
interno del área de fiscalización de renta
minera?
0 0 0 0 5 100
69. 53
Gráfico 12. Control Interno
Análisis e Interpretación del Gráfico N°12
Los datos evidencian, que un cien por ciento (100%) de los entrevistados de la muestra
afirma que no se realiza frecuentemente algún control interno del área de fiscalización de renta
minera (ítem 12), de lo cual se puede concluir que no existen auditorías internas continuas
sobre la gestión de la DGRIT.
Cuadro 14
Distribución de frecuencias y porcentual de las respuestas dadas a la pregunta 13 de la
entrevista
Pregunta
Sí A veces No
f % f % f %
¿Conoce usted si se evaluación el
desempeño de los funcionarios del
área de fiscalización de renta minera?
0 0 0 0 5 100
70. 54
Gráfico 13. Evaluación del Desempeño
Análisis e Interpretación del Gráfico N°13
Los datos evidencian, que un cien por ciento (100%) de los entrevistados de la muestra
manifestó no conocer que se realice una evaluación del desempeño de los funcionarios dentro
del área de fiscalización de renta minera (ítem 13), de lo cual se puede concluir que no existen
auditorías o controles internos sobre el desempeño de los altos mandos del DGRIT y sus
funcionarios.
Discusión
Esta investigación tuvo como propósito presentar una propuesta de un Manual de
Normas y Procedimientos para el área de fiscalización de minerales no metálicos adscrita a la
Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributario, para ello se hizo necesario
identificar y describir aquellas insuficiencias expuestas por las necesidades que se presentan
en la Área en cuestión, donde a través de estos resultados se descubrieron las fallas que se
presentan el área en estudio. En cuanto a la muestra seleccionada para aplicar la entrevista es
importante señalar que todos los funcionarios concuerdan con que es necesaria la creación del
Manual de Normas y Procedimientos.
71. 55
En tal sentido, los resultados correspondientes de la pregunta de la uno (1) a la trece
(13) de la entrevista aplicado a los funcionarios, se observaron las ventajas y desventajas que
representa el tenerun Manual de Normas y Procedimientos en la Dirección de Fiscalización de
Renta Minera, los funcionarios del área en estudio consideran que el margen de error es
elevado, deberían existir criterios unificados, tener mejor documentación y comunicación en el
entorno y los funcionarios consideran que al tenerun Manual de Normas y Procedimientos se
obtendrán más ventajas en cuanto a la mejora de los procesos del área.
Por otra parte, el cien por cien (100%) de la muestra seleccionada para aplicarle la
entrevista, considera y desarrolla porqué consideran que es necesario la implementación del
Manual de Normas y Procedimientos para la mejora de la Organización, los funcionarios
explican que toda organización necesita un Manual de Normas y Procedimientos adecuado a
los procesos que se realizan en dicha área y que este apegada a Ley, para disminuir las faltas
de control interno.
Conclusiones
Dentro de lo diagnosticado y respondiendo a uno de los objetivos específicos, se
presenta dentro de la situación actual del área de fiscalización de minerales no metálicos
adscrita a la Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios (DGRIT), que no todo
el personal cuenta con la información necesaria para sus labores debido a que un alto
porcentaje (60%) de los funcionarios no disponen con el impreso de las normativas o leyes a
utilizar, asimismo, no cuenta, obvian o desconocen con todos los formatos necesarios para
ejecutar sus labores.
Por otro lado, los datos evidencian que la muestra desearía que existiera dentro del área
de fiscalización dos manuales básicos que ayude en las labores por un lado un Manual de
procedimiento internos y un Manual de Cargo, que permita determinar, indicar y comunicar
los procesos y funciones a realizar dentro de la Dirección General de Recaudación de Ingresos
Tributarios. Así mismo, se pudo determinar que existen la carecía de un sistema fácil y
practico que permita buscar información o contenidos relevantes a la hora de asistir, verificar
o evaluar a un contribuyente, igualmente, la falta de normas independientes del proceso y
72. 56
control de la información interna que facilite los procesos habituales y que a su vez facilite la
aplicación de sanciones, para evitar la pérdida de tiempo.
Sin embargo, se pudo determinar una incongruente con lo antes expuesto, ya que el
ochenta por ciento (80%) afirmo que existen normas generales para las gestiones
administrativas en el área de fiscalización de renta minera, junto a las afirmaciones de un
porcentaje (40%) que indica solo a veces las conoce y la mayoría (60%) reconoce no saber la
existencia de todas las normas establecidas para los procesos de su área de trabajo. Resaltando
la afirmación de los entrevistados que a veces cumplen adecuadamente con las normas de los
procesos de fiscalización.
Otro factor, que los datos aportaron es que los entrevistados consideran que los trámites
quedeben seguir como un Fiscal de Rentas para ejecutar sus actividades corresponde
alOrdenamiento Jurídico existente dentro de la cual encontramos a la Constitución Nacional,
la Ley de hacienda Pública del Estado Carabobo, la Ley de Minerales no Metálicos y el
Código Orgánico Tributario. Para finalizar los datos diagnosticados, se manifestó por la
muestra que no se realiza frecuentemente algún control internoo unaevaluación del desempeño
del área de fiscalización de renta minera, de lo cual se puedo concluir que no existen
auditorías internas continuas sobre la gestión, el desempeño de los altos y los funcionarios
bajo el mando de la Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios (DGRIT).
En relación con la factibilidad y respondiendo a uno de los objetivos específicos, en
concordancia con el uso de un manual que especifique las normas y procedimientos relevantes
para el desarrollo adecuado del área de fiscalización de minerales no metálicos adscrita a la
DGRIT, se puedo observar y constatar que todo el personal considera que un manual de
normas y procedimientos en el área de fiscalización agilizaría las labores del personal lo cual
apoya la viabilidad de emplear un manual interno planteado para el uso del área de
fiscalización de minerales no metálicos. Una vez analizado todos los resultados, se concluye
de manera general que los datos resaltan la importancia y necesidad de proponer y diseñar un
manual de normas y procedimientos para el área de fiscalización de minerales no metálicos
adscrita a la Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios.
73. 57
CAPÍTULO V
LA PROPUESTA
Presentación de la Propuesta
A continuación se presentará la propuesta planteada al inicio de este estudio, el cual
busca crear un manual de normas y procedimientos para el área de fiscalización de minerales
no metálicos adscrita a la Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios con el
propósito de facilitar y mejorar la eficiencia en los procesos internos del departamento, así
como, dejar oficialmente establecido a través de esta herramienta que hacer en cada uno de los
procedimientos y que indicaciones seguir.
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Secretaria de Hacienda y Finanzas
Dirección General de Recaudación
de Ingresos Tributarios
MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE MINERALES
NO METÁLICOS
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Y Finanzas
DIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN
DE INGRESOS TRIBUTARIOS
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIETOS
FISCALIZACIÓN DE MINERALES
NO METÁLICOS
Página:
01
INDICE
• Objetivo General 02
• Objetivos Específicos 02
• Introducción 03
• Alcance 04
I.- Dirección General De Recaudación De Ingresos Tributarios Del
Estado Carabobo
05
II.- Fundamentos 09
III.- Procedimiento De Verificación Tributaria 11
IV.- Procedimiento De Fiscalización Tributaria 41
VI.- Procedimiento De Resolución De Multa 52
VII.- Procedimiento De Resolución De Intimación Al Pago 58
VIII.- Flujogramas 63
• Fiscalización Del Impuesto Minero
• Información Del Procedimiento B, C, D
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Lcda. María A. Fumero
Revisado y Autorizado por: Firma:
75. 59
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DE INGRESOS TRIBUTARIOS
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIETOS
FISCALIZACIÓN DE MINERALES
NO METÁLICOS
Página:
03
OBJETIVO GENERAL
Proponer un manual de normas y procedimientos para el área de
fiscalización de minerales no metálicos adscrita a la Dirección General de
Recaudación de Ingresos Tributarios del Estado Carabobo.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
• Plasmar oficialmente los procedimientos de inspección y fiscalización de
los tributos establecidos en la Ley de Timbre Fiscal del Estado Carabobo y
en la Ley de Minerales No Metálicos del Estado Carabobo.
• Garantizara la efectiva planificación, ejecución y control de los
procedimientos de inspección y fiscalización de los tributos establecidos
en la Ley de Timbre Fiscal del Estado Carabobo y en la Ley de Minerales
No Metálicos del Estado Carabobo.
• Elaborar un manual que facilite la información a todo el que requiera
conocer sobre los procesos internos de fiscalización de minerales no
metálicos adscrita a la Dirección General de Recaudación de Ingresos
Tributarios del Estado Carabobo.
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Revisado y Autorizado por: Firma:
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FISCALIZACIÓN DE MINERALES
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Página:
04
INTRODUCCIÓN
El presente Manual de Normas y Procedimientos para el área de
fiscalización de minerales no metálicos adscrita a la Dirección General de
Recaudación de Ingresos Tributarios (DGRIT), específicamente, a la
Dirección de Fiscalización y Determinación de Ingresos Tributarios,
constituye un documento que presenta y pone a disposición del Recurso
Humano que integran esta Dirección, de la Secretaria de Hacienda y Finanzas
y de las instancias administrativas que requieran, la información ordenada y
concisa acerca de los actividades relacionadas con el proceso de Fiscalización
de Ingresos Tributarios, tanto en la Ley de Timbre Fiscal del Estado
Carabobo como en la Ley de Minerales no Metálicos del Estado Carabobo.
En este sentido, este manual servirá de apoyo en el proceso
administrativo, por cuanto a que busca sistematizar las actividades con el fin
de eliminar la duplicidad de tareas, tener un uso racional de recursos, contar
con información oportuna y claridad en la ejecución de las actividades. Es
por ello, que con el presente manual se espera contribuir al mejoramiento
administrativo y operativo en aras del logro de los objetivos y metas de la
Dirección General de Ingresos Tributarios de la Secretaría de Hacienda y
Finanzas, así como, recomendar su actualización constante según las
necesidades existentes y de acuerdo a los cambios que se originen en el
entorno que influyan directamente en las actividades internas.
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FISCALIZACIÓN DE MINERALES
NO METÁLICOS
Página:
05
ALCANCE
Este manual está dirigido a la Dirección General de Recaudación de Ingresos
Tributarios (DGRIT) y Unidades de usuarios en general, las cuales intervienen en
los procesos inherentes a la Recaudación y Fiscalización. Abarca la descripción
ordenada de todas las Direcciones de Líneas dependientes de la Dirección General,
definiendo sus objetivos y funciones correspondientes, que requiere la Institución
para su funcionamiento.
Este Manual es un documento fundamental de consulta en materia de normas y
procedimientos elaboradas con el fin de definir las distintas actividades que se
llevan a cabo en la Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios, con
la finalidad de alcanzar los indicadores de eficacia y eficiencia deseados que
generen un nivel de recaudación y fiscalización de los ramos de Timbre Fiscal y
explotación Minera que se han establecidos como competencias exclusiva de las
entidades federales fortaleciendo así la Hacienda Pública estadal, en desarrollo de la
previsión constitucional establecida en los Artículos 164 numeral 4 y 5 y en el
Artículo 167 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela.
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Página:
06
I.- DIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS TRIBUTARIOS
DEL ESTADO CARABOBO
Es la encargada de planificar, dirigir, coordinar y controlar la recaudación,
inspección y fiscalización de las actividades de los ingresos por concepto de renta
de Timbres Fiscales y Explotación de Minerales no Metálicos, establecido con la
Ley de Reforma Parcial de timbre Fiscal del Estado Carabobo (6 de Octubre de
2003) y de la Ley de Minerales no Metálicos del Estado Carabobo (Agosto de
2013), a objeto de fortalecer el nivel de cumplimiento tributario y el desarrollo
económico del estado Carabobo.
Además, comprueba el cumplimiento de las normas establecidas en las leyes
estadales por parte de los sujetos pasivos, en concordancia con lo establecido en la
Ley de Organización de la administración pública del Estado Carabobo y la ley de
Hacienda Pública del Estado Carabobo, todo ello de acuerdo con los principios de
legalidad, no confiscatoriedad y progresividad a objeto de garantizar un sistema
eficaz de recaudación y control de los ingresos propios del estado Carabobo.
MISIÓN
Organizar, recaudar y controlar los ingresos por concepto de Timbre Fiscal y Renta
Minera, con el fin de fortalecer el nivel de cumplimiento de los tributos estadales.
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Página:
07
I.- DIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS TRIBUTARIOS
DEL ESTADO CARABOBO
OBJETIVO TÁCTICO
Fiscalización y Recaudación oportuna de los Impuestos establecidos en la Ley de
Timbre fiscal y en la Ley de Minerales No Metálicos del estado Carabobo. De lo
antes mencionado, los objetivos generales de la Dirección de Fiscalización de
Ingresos Tributarios se plantean de la siguiente manera:
1. Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar el desarrollo
de las actividades y procedimientos de recaudación, verificación,
fiscalización y determinación de las obligaciones tributarias y sus
accesorios, en las materias de su competencia, así como las relacionadas con
los estudios económicos y las estadísticas tributarias de su competencia y
realizar su divulgación.
2. Conocer y tramitar todas las solicitudes, reclamaciones y recursos
administrativos que interpongan los contribuyentes y evacuar las consultas
en materia de su competencia, de conformidad con las normas vigentes.
3. Diseñar e implementar mecanismos a través de los cuales se precisen en forma
mensual, los ingresos recaudados por concepto de impuestos y tasas del estado
Carabobo.
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08
I.- DIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS TRIBUTARIOS
DEL ESTADO CARABOBO
OBJETIVO TÁCTICO
1. Velar por la correcta y oportuna inspección y fiscalización a los distintos
sujetos pasivos tributarios y agentes de retención y percepción, en cuanto al
cumplimiento de los deberes formales.
2. Coordinar la asistencia y apoyo en materia tributaria tanto a los órganos del
Poder Público Estadal competentes, como a los distintos contribuyentes.
3. Ordenar la apertura de los procedimientos administrativos, cuando se
presuma el incumplimiento de las Leyes tributarias del Estado Carabobo.
4. Emitir solvencias y demás autorizaciones.
5. Dirigir las actividades de verificación y fiscalización a los contribuyentes de
timbres fiscales así como de impuestos provenientes del aprovechamiento
de minerales no metálicos ubicados en el estado Carabobo, en acuerdo a la
programación y lineamientos de la Secretaría de Hacienda y Finanzas.
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Página:
09
I.- DIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS TRIBUTARIOS
DEL ESTADO CARABOBO
FUNCIONES
1. Supervisar los procedimientos de verificación y Fiscalización para velar por
el cumplimiento de los deberes tributarios por parte de los contribuyentes
y/o responsables.
2. Sustanciar los expedientes que se instruyan, en virtud de la apertura de los
procedimientos administrativos, cuando se presuma el incumplimiento de
las Leyes Tributarias del estado Carabobo.
3. Supervisar los proyectos para los actos y resoluciones que se vayan a
aplicar.
4. Suscribir la planilla de liquidación para el pago de la multa impuesta por la
Secretaría de Hacienda y Finanzas y por otros organismos del sector público
del Estado Carabobo con competencia para los actos normativos.
5. Supervisar las investigaciones de fiscalización que se realicen a los
contribuyentes que desarrollen actividades relacionadas con la explotación
de minerales no metálicos en el estado Carabobo.
6. Dirigir la elaboración de las resoluciones multas por incumplimiento de la
Ley de Timbre Fiscal, Ley de Minerales No Metálicos del Estado Carabobo
y demás disposiciones de carácter tributario aplicables.
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Revisado y Autorizado por: Firma:
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II.- FUNDAMENTOS
• Definición de entes Públicos, Nacionales, Estadales y Municipales:
A los fines de lo previsto en el Decreto, se entiende por entes y órganos del sector
público nacional, estadal y municipal entre otros, los siguientes: Los órganos y
entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Nacional, Estadal y
Municipal, los institutos autónomos, las universidades públicas, los servicios
autónomos, las Fundaciones, Asociaciones y Sociedades Civiles nacionales, estadales
y municipales, los entes descentralizados y en general la totalidad de las personas de
derecho público nacionales, estadales y municipales, tanto de naturaleza pública como
de naturaleza privada que se encuentren ubicadas en jurisdicción del Estado Carabobo.
• Exploración Minera:
Fase donde se efectúan todos los estudios técnicos preliminares y preparatorios,
mediante el reconocimiento del terreno, tales como cateo y calicata, para la
verificación de minerales no metálicos y subsiguiente explotación.
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II.- FUNDAMENTOS
• Minerales No Metálicos:
Piedras de construcción y de adorno o de cualquier otra especie, que no sean preciosas,
el mármol, pórfido, caolín, magnesita, las arenas, pizarra, arcilla, caliza, yeso,
puzolana, turba, gravas, cantos rodados, arena cuarzosa, arena silícea, ópalo, lutitas,
filitas laja, sustancias terrosas y cualquier otro mineral clasificado como no metálico y
que no sea reservado al Poder Público Nacional.
• Renta de Timbre Fiscal
Comprende los ramos de ingresos siguientes: El de estampillas, constituido por los
tributos recaudables por timbres móviles u otros medios previstos en la Ley, y El del
papel sellado, constituido por los tributos recaudables mediante timbre fijo.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
Establecer los lineamientos que deberán seguir los fiscales de rentas, pertenecientes a
la Dirección de Fiscalización y Determinación de Ingresos Tributarios, para la
constatación del cumplimiento de deberes formales, la comprobación de errores de
cálculo o materiales en la determinación realizada por el contribuyente en su
declaración de impuesto y el cumplimiento de las obligaciones de los agentes de
retención y de percepción, de los tributos establecidos en la Ley de Timbre Fiscal del
Estado Carabobo y en la Ley de Minerales No Metálicos del Estado Carabobo, según
el procedimiento previsto en el Código Orgánico Tributario vigente.
PREÁMBULO
El proceso de verificación fiscal comienza por iniciativa del Director de
Fiscalización y Determinación de Ingresos Tributarios
PLAN DE VERIFICACIÓN FISCAL
En cualquier caso se debe elaborar previamente el correspondiente Plan de
Verificación Fiscal, el mismo deberá ser realizado en función de la zona a objeto de
verificación o del contribuyente que se tenga previsto verificar. Dicho plan deberá
contener:
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85. 69
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
PLAN DE VERIFICACIÓN FISCAL
ü Motivación.
ü La verificación podrá hacerse para un grupo de contribuyentes utilizando,
entre otros, criterios de ubicación geográfica o actividad económica.
ü Cronograma de la(s) verificación(es).
ü Zona a verificar (si es el caso), en tal sentido se debe especificar el
Municipio.
ü Domicilio Fiscal del Contribuyente o Responsable (en caso de que se tenga
previsto el contribuyente a verificar).
ü Período(s) a verificar.
ü Fiscal(es) Actuante(s).
ü Fecha pautada para la actuación (notificación).
ü Tiempo pautado para que el fiscal actuante realice la sustentación del
expediente.
ü Insumo de materiales y humanos necesarios para su ejecución.
ü Firma autógrafa del Secretario(a) de Hacienda y Finanzas.
ü Visto bueno del Director General de Recaudación de Ingresos Tributarios; del
Director de Fiscalización y Determinación de Ingresos Tributarios, cuando
ello aplique, con sello húmedo de la Dirección.
El Plan será llevado en un cuaderno separado del expediente que al efecto se abra,
una vez dictada la respectiva Autorización (Providencia) Administrativa.
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Lcda. María A. Fumero
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
PLAN DE VERIFICACIÓN FISCAL
v Elaboración De La Resolución Autorizatoria (Providencia Administrativa),
Resolución De Imposición De Sanción Y De Conformidad
La Resolución Autorizatoria (Providencia Administrativa) y las Resoluciones tanto
de Imposición de Sanción como de Conformidad, deberán ser elaboradas por la
persona que designe Director(a) de fiscalización y Determinación de Ingresos
Tributarios.
La Resolución Autorizatoria (Providencia Administrativa) debe indicar
ü Formato de Encabezamiento.
ü Año de Independencia y Federación.
ü Lugar y fecha de emisión del acto.
ü Datos de identificación del Secretario(a) de Hacienda y Finanzas y titularidad
con la que actúa.
ü Identificación y designación del Funcionario(s) Actuante(s).
ü Tributos a verificar.
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Lcda. María A. Fumero
Revisado y Autorizado por: Firma:
87. 71
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
PLAN DE VERIFICACIÓN FISCAL
La Resolución Autorizatoria (Providencia Administrativa) debe indicar
ü Elemento constitutivo de la Base Imponible a verificar.
ü Identificación del sujeto Pasivo o Contribuyente.
ü Domicilio del Sujeto Pasivo.
ü Base legal: debe indicar las facultades del Secretario(a) de Hacienda y
Finanzas y las del fiscal actuante para fiscalizar y determinar la obligación
tributaria establecida en los artículos 182 y siguientes del COT.
ü Período(s) a verificar.
ü Sello del Despacho de la Secretaría.
ü Firma autógrafa del Secretario(a) de Hacienda y Finanzas en los ejemplares
originales de la autorización (Providencia).
ü Cualquier otra información que individualice las actuaciones fiscales a ser
realizadas.
La Resolución de Imposición de Sanción debe indicar
ü Formato de Encabezamiento.
ü Año de Independencia y Federación.
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Lcda. María A. Fumero
Revisado y Autorizado por: Firma:
88. 72
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
PLAN DE VERIFICACIÓN FISCAL
ü Datos de identificación del expediente y del Sujeto Pasivo.
-Número de Expediente.
-Nombre del contribuyente, RIF y domicilio fiscal.
-Tributo fiscalizado.
-Período fiscalizado.
ü Lugar y fecha de emisión del acto administrativo.
ü Datos de identificación del Secretario(a) de Hacienda y Finanzas y titularidad
con la que actúa.
ü Identificación y designación del Funcionario(s) Actuante(s).
ü Tributos objeto de verificación fiscal.
ü Base legal: debe indicar las facultades del Secretario(a) de Hacienda y
Finanzas, las cuales delega al fiscal actuante para determinar la obligación
tributaria establecida en los artículos 131, 182 y siguientes del COT.
La Resolución de Imposición de Sanción debe indicar
ü Determinación del impuesto omitido o diferencias encontradas en el tributo.
ü Monto a cancelar por el impuesto omitido o diferencias encontradas, tanto en
unidades tributarias como su equivalente en bolívares.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
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ü Multa del diez por cientos (10%) por el tributo omitido.
ü Especificación al contribuyente de la obligación a la que está sometido de
pagar intereses moratorio desde el vencimiento del plazo establecido para la
autoliquidación del tributo hasta la extinción total de la deuda, así como la
sanción equivalente al diez por ciento (10%) del tributo omitido y las
sanciones que corresponda por la comisión de ilícitos formales.
ü Exposición de los artículos 252, 253, 266 y 269 establecido en el COT que el
contribuyente puede interponer en caso de disconformidad del acto
administrativo.
ü Plazo de veinticinco (25) días que el contribuyente tiene para cancelar el
tributo omitido, intereses moratorios y multa; ó interponer recursos
mencionados en los artículos del ítem anterior.
ü Sello del Despacho de la Secretaría.
La Resolución de Imposición de Sanción debe indicar
ü Firma autógrafa del Secretario(a) de Hacienda y Finanzas en los ejemplares
originales de la Resolución.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
PLAN DE VERIFICACIÓN FISCAL
La Resolución de Conformidad debe contener
ü Formato de Encabezamiento.
ü Año de Independencia y Federación.
ü Datos de identificación del expediente y del Sujeto Pasivo.
-Número de Expediente.
-Nombre del contribuyente, RIF y domicilio fiscal.
-Tributo fiscalizado.
-Período fiscalizado.
ü Lugar y fecha de emisión del acto administrativo.
ü Datos de identificación del Secretario(a) de Hacienda y Finanzas y titularidad
con la que actúa.
La Resolución de Conformidad debe contener
ü Identificación y designación del Funcionario(s) Actuante(s).
ü Tributos objeto de verificación fiscal.
ü Base legal: debe indicar las facultades del Secretario(a) de Hacienda y
Finanzas, las cuales delega al fiscal actuante para determinar la obligación
tributaria establecida en los artículos 131, 182 y siguientes del COT.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
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ü Determinación de conformidad acerca de la obligación tributaria.
ü Sello del Despacho de la Secretaría.
ü Firma autógrafa del Secretario(a) de Hacienda y Finanzas en los ejemplares
originales de la Resolución.
v Emisión del Acto Administrativo
Aprobado el Plan de Verificación por el (la) Secretario(a) de Hacienda y Finanzas, el
mismo emitirá la respectiva Providencia Administrativa y Resoluciones en dos (2)
ejemplares originales, debidamente firmados; uno de los cuales será entregado al
contribuyente en prueba de notificación, y el otro ejemplar se anexará al expediente
administrativo respectivo.
v Otros Actos
El Director de Fiscalización y Determinación de Ingresos Tributarios instruirá al
fiscal designado, a fin que éste prepare la documentación necesaria para el desarrollo
del proceso de verificación, es decir: Acta de Verificación, Acta de Requerimiento,
Acta de Recepción, Acta Constancia, etc.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
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v Notificación De La Resolución Autorizatoria (Providencia Administrativa)
El procedimiento de verificación se inicia con la notificación de la Autorización
(Providencia Administrativa); la cual se deberá entregar en primera instancia al
Representante Legal de la empresa o quien debidamente autorizado o haga sus veces,
en su defecto al Gerente General; en segunda instancia al encargado del
establecimiento o cualquier otra persona que labore en el mismo. Es de obligatorio
cumplimiento agotar todos los medios necesarios para dar por notificado al Sujeto
Pasivo, debiéndose observar al efecto lo que establece el artículo 172 del COT.
v Entrega del Acta de Requerimiento Inicial
Realizada la notificación de la Autorización Administrativa (Providencia
Administrativa), se debe solicitar mediante Acta de Requerimiento Inicial, la copia
fotostática de los documentos que se especifican a continuación:
1. Acta Constitutiva de la empresa debidamente protocolizada y sus dos (2) últimas
modificaciones.
2. Registro Único de Información Fiscal (RIF).
3. Cédula de Identidad del Representante Legal.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
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v Acta de Requerimiento Complementaria
Toda documentación solicitada en el Acta de Requerimiento Inicial que no fue
consignada en ese momento, o cualquier otro tipo de información o dato que se
considere necesario en el procedimiento de verificación, deberá ser solicitada por
medio del Acta de Requerimiento Complementaria, a los fines de anexarla
posteriormente en el expediente administrativo.Se establece un plazo máximo de tres
(3) días hábiles para que el contribuyente o responsable presente los documentos
solicitados por el Fiscal Actuante mediante Acta de Requerimiento Complementaria.
v Acta de Recepción Inicial
La documentación solicitada mediante Acta de Requerimiento Inicial debe ser
entregada en el momento en que ésta sea requerida, por tratarse de una verificación
en sitio, a excepción del Acta Constitutiva, fotocopia de la cédula de identidad del
representante legal; es por ello que el fiscal actuante al recibir la documentación
conforme a lo solicitado, procederá a realizar una revisión exhaustiva de dicha
información, en especial del Acta Constitutiva de la empresa en atención a su(s)
última(s) modificación(es) y levantará la respectiva Acta de Recepción Inicial a los
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
PLAN DE VERIFICACIÓN FISCAL
fines de dejar constancia de la documentación recibida. En caso de que el
contribuyente no entregue alguna documentación requerida, se deberá solicitar la
misma mediante Acta de Requerimiento Complementaria.
v Acta de Recepción Complementaria
Una vez transcurrido los tres (3) días hábiles, el Fiscal Actuante acudirá a la sede del
organismo o persona natural y/o jurídica objeto de verificación a los efectos de
consignar la documentación que fue requerida en el Acta de Requerimiento
Complementaria, para ello deberá hacer uso del formato denominado Acta de
Recepción Complementaria. Consignada toda la documentación requerida, el fiscal
procederá a realizar la correspondiente revisión de dicha información, a los fines de
anexar la misma en el expediente.
v Análisis de la Información Obtenida
Levantada la información referente al Acta de Verificación y obtenidos los
documentos solicitados mediante Acta de Requerimiento Inicial, se deberá relacionar
la información obtenida en ambos instrumentos, en tal sentido el Fiscal Actuante
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
PLAN DE VERIFICACIÓN FISCAL
deberá realizar la determinación de la obligación tributaria correspondiente,
pudiendo encontrar dos casos, conformidad o reparo.
v Emisión de la Resolución
En los casos en que la Administración Tributaria (Dirección de Fiscalización y
Determinación de Ingresos Tributarios), al momento de las verificaciones practicadas
a las declaraciones, determine conformidad en el tributo verificado, la Secretaría
deberá emitir la correspondiente Resolución de Conformidad que ponga fin al
procedimiento. En los casos de determinar diferencias en los tributos autoliquidados
o en las cantidades pagadas a cuenta de tributos, realizará los ajustes respectivos
mediante Resolución de Imposición de Sanción que se notificará conforme a las
normas previstas en el COT.
v Resolución de Conformidad
Debe emitirse en caso de que el Fiscal Actuante haya comprobado la situación
correcta utilizando para ello el formato de Resolución de Conformidad previamente
firmado por el (la) Secretario(a).
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
PLAN DE VERIFICACIÓN FISCAL
v Resolución deImposición de Sanción
En caso de haber comprobado diferencias en los tributos, se deberá levantar la
Resolución de Imposición de Sanción, según lo establecido en el artículo 185 del
COT, en dicha Resolución se calculará y ordenará la liquidación de los tributos
resultante de los ajustes, o las diferencias de las cantidades pagadas a cuenta del
tributo y el cálculo de la multa correspondiente al veinte por ciento (20%) de tributo
omitido. Se debe dejar claro al contribuyente que la Resolución de Imposición no
contempla los intereses moratorios, por lo que debe dirigirse a la Dirección de
Fiscalización y Determinación de Ingresos Tributarios adscrita a la Dirección
General de Recaudación de Ingresos Tributarios de la Secretaría deHacienda
yFinanzas del Estado Carabobo, con la finalidad de que le sea entregada la
respectiva planilla de liquidación donde estarán discriminados los intereses
moratorios calculados a la fecha de emisión de la misma y las sanciones que
correspondan por la comisión de ilícitos formales, si hubiere.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
PLAN DE VERIFICACIÓN FISCAL
v Emisión de la Planilla de Liquidación del Tributo Omitido
Realizado los cálculos necesarios para la liquidación del tributo y emitida la
Resolución reimposición de Sanción, se deberá emitir la correspondiente Planilla de
Liquidación del Tributo Omitido, donde se detalla los montos que debe cancelar el
Sujeto Pasivo y la base legal correspondiente.
v Cálculo de Intereses Moratorio
La falta de pago de la obligación tributario dentro del plazo establecido, hace surgir,
de pleno derecho y sin necesidad de requerimiento previo, la obligación de pagar
intereses moratorios desde el vencimiento del plazo establecido para la
autoliquidación y pago del tributo hasta la extinción total de la deuda,equivalentes a
(1,2) veces la tasa activa bancaria aplicable, respectivamente, por cada uno de los
períodos en que dichas tasas estuvieron vigente. A los efectos indicados, la tasa será
la activa promedio de los seis (6) principales bancos comerciales y universales del
país, fijada por el Banco Central de Venezuela para el mes calendario inmediato
anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 del COT.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
PLAN DE VERIFICACIÓN FISCAL
v Emisión de la Planilla de Liquidación de Intereses Moratorio e Ilícitos de
Deberes Formales
Cancelado efectivamente el tributo omitido y la multa correspondiente, la Dirección
de Fiscalización y Determinación de Ingresos Tributarios adscrita a la Dirección
General de Recaudación de Ingresos Tributarios de la Secretaría de Hacienda y
Finanzas del Estado Carabobo, deberá emitir la Planilla de Liquidación que refleje
los intereses moratorios calculado desde la omisión del pago del tributo hasta la
fecha en que efectivamente haya sido cancelado, lo cual es comprobado con la
verificación de la Planilla de depósito bancario a favor de las cuentas del Tesoro del
Estado Carabobo.
v Emisión de la Resolución Culminatoria
Determinada la cancelación efectiva del tributo omitido la multa a las Arcas del
Tesoro del Estado Carabobo por parte del Sujeto Pasivo, la Administración
Tributaria del Estado Carabobo deberá emitir la correspondiente Resolución
Culminatoria, para dar por terminado el Procedimiento Administrativo.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
NORMAS
v Competencia
Es de competencia exclusiva de los Estados la organización, recaudación, control y
administración de los ramos tributarios propios, según las disposiciones de las leyes
nacionales y estadales.
v Facultades Generales de la Administración Tributaria
La Administración Tributaria tendrá las facultades, atribuciones y funciones que
establezcan la Ley de Timbre Fiscal, el Código Orgánico Tributario y demás leyes y
reglamentos, en tal sentido podrá ejecutar los procedimientos de verificación,
fiscalización y determinación, para constatar el cumplimiento de las leyes y demás
disposiciones de carácter tributario por parte de los sujetos pasivos del tributo.
v Colaboración a la Administración Tributaria
Las autoridades civiles, políticas, administrativas y militares de la República de los
Estados y Municipios, los Colegios Profesionales, Asociaciones Gremiales,
Asociaciones de Comercio y Producción, Sindicatos, Bancos, Instituciones
Financieras de Seguros y de intermediación en el mercado de capitales, los
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
NORMAS
contribuyentes, responsables, terceros y en general cualquier particular u
organización, están obligados a prestar su colaboración a todos los órganos y
funcionario de la Administración Tributaria y suministrar, eventual o periódicamente
las informaciones que con carácter general o particular se requiera. Asimismo, los
sujetos mencionados deberán denunciar los hechos de que tuvieran conocimientos
que impliquen infracciones a las Normas del COT, la Ley de Timbre Fiscal del
Estado Carabobo y demás disposiciones de carácter tributario. No podrán ampararse
en el secreto profesional los sujetos que se encuentren en relación de dependencia
con el contribuyente o responsable.
v Carácter Reservado de la Informaciones y Documentos Obtenidos por la
Administración Tributaria
La información y documentos que la Administración Tributaria obtenga por
cualquier medio, tendrán carácter reservado y solo serán comunicados a la autoridad
judicial o cualquier otra autoridad en los casos que establezcan las leyes. El uso
indebido de información reservada dará lugar a la aplicación de las sanciones
respectivas.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
NORMAS
v Facultades de Verificación
La Administración Tributaria podrá verificar las declaraciones presentadas por los
contribuyentes o responsables a los fines de realizar los ajustes respectivos y liquidar
las diferencias a que hubiere lugar. Asimismo, la Administración Tributaria podrá
verificar el cumplimiento de los deberes formales previstos en el COT y demás
disposiciones de carácter tributario, e imponer las sanciones a que haya lugar.
v Lugares para efectuar la Verificación
La verificación fiscal podrá efectuarse:
a) En la sede de la Administración Tributaria (Secretaria de Hacienda y Finanzas).
b) En el establecimiento del contribuyente o responsable. En este último caso, deberá
existir autorización expresa emanada de la Administración Tributaria respectiva.
Dicha autorización podrá hacerse para un grupo de contribuyente utilizando, entre
otros, criterios de ubicación geográfica o actividad económica.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
NORMAS
v Imposición de Sanciones
En los casos en que se verifique el incumplimiento de deberes formales, la
Administración Tributaria impondrá la sanción respectiva mediante Resolución que
se notificará al contribuyente o responsable conforme a las disposiciones del COT.
v Medios utilizados para el Desarrollo de la Verificación
Las verificaciones a las declaraciones presentadas por los contribuyentes o
responsables, se efectuarán con fundamento exclusivo en ellas contenidos y en los
documentos que hubieren acompañado a la misma y sin perjuicio que la
Administración Tributaria pueda utilizar sistemas de información automatizada para
constatar la veracidad de las informaciones y documentos suministrados por los
contribuyentes.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
NORMAS
v Ámbito De Aplicación Del Tributo
El ámbito de aplicación será la jurisdicción del Estado Carabobo:
a) Municipio Bejuma.
b) Municipio Carlos Arvelo.
c) Municipio Diego Ibarra.
d) Municipio Guacara.
e) Municipio Juan José Mora.
f) Municipio Libertador.
g) Municipio Los Guayos.
h) Municipio Miranda.
i) Municipio Montalbán.
j) Municipio Naguanagua.
k) Municipio Puerto Cabello.
l) Municipio San Diego.
m) Municipio San Joaquín.
n) Municipio Valencia.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
NORMAS
v Del Procedimiento
Las Normas contenidas en este capítulo serán aplicables a los procedimientos que en
adelante la Dirección de Fiscalización y Determinación de Ingresos Tributarios,
adscrita a la Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios de la
Secretaría de Hacienda y Finanzas del Estado Carabobo, utilizará para las
verificaciones, relativas a las obligaciones tributarias derivadas de la aplicación de la
Ley de Timbre Fiscal del Estado Carabobo y la Ley de Minerales No Metálicos del
Estado Carabobo y el Código Orgánico Tributario, sin menoscabo de las normas
establecidas en las leyes y demás fuentes del derecho Tributario.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
v Del Llenado De La Autorización (Providencias), Actas Y Otros Documentos
Legales
a) Las Resoluciones Autorizatorias (Providencias) y Actas deberán ser llevadas en
formatos originales, con letra de imprenta y legible por el funcionario fiscal actuante
y en ningún caso por el sujeto pasivo, esto con la finalidad de evitar que se comentan
errores en el llenado de dicho formatos. El sujeto pasivo sólo deberá colocar su firma
en el campo correspondiente a dicho ítem, en señal de notificación.
b) Cada una de las Actas Fiscales tienen un objeto y función específica, por ello la
información que se reciba o transmita a través de las mismas debe quedar plasmada
de forma clara y específica, de acuerdo a las formalidades de Ley.
c) En el caso de que los documentos recibidos por el Fiscal Actuante incumplan
con las formalidades de Ley, se debe especificar en el Acta de Recepción cuáles son
los requisitos de los que carece el documento recibido.
d) Se debe colocar el sello de la Dirección de Fiscalización y Determinación de
Ingresos Tributarios, en la parte superior derecha de todas las páginas de las Actas, y
demás documentos legales emitidos, en el caso de la Resolución Autorizatoria deben
tener el sello del Despacho de la Secretaría de Hacienda y Finanzas y de la Dirección
de Fiscalización y Determinación de Ingresos Tributarios.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
v Del La Numeración De Las Resoluciones Autorizatorias (Providencias), Actas Y
Demás Documentos
1. Cada una de las actas y documentos emitidos por la Dirección de
fiscalización y Determinación de Ingresos Tributarios, deberán ser
enumerados manteniendo un orden correlativo y creciente por tipo de
documento; asignándosele un código alfanumérico, el cual está comprendido
por las siglas del tipo de acta, sector al que va dirigido el tributo, año en
curso, y numero correlativo interno. En caso de actas subsiguientes serán
identificadas de forma correlativa ascendente según orden alfabético en letra
mayúscula, de manera que puedan ser diferenciadas, tal es el caso de las
actas de requerimiento y recepción. Al efecto, se pautan los siguientes
códigos:
Nombre del Acta
Código Establecido (DGI-
)
Leyenda
Resolución Autorizatoria
(Providencia Administrativa)
RATF-201_-0000
RARM
Resolución Autorizatoria (Providencia
Adm.) Timbre Fiscal o Renta Minera,
según sea el caso
Acta de Verificación
AVTF-201_-0000
AVRM
Acta de Verificación timbre Fiscal o Renta
Minera, según sea el caso
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
Nombre del Acta Código Establecido (DGI-) Leyenda
Acta de Requerimiento R--201_-0000
Requerimiento Verificación, timbre Fiscal o
Renta Minera, según sea el caso
Acta de Recepción AR--201_-0000 Recepción, timbre fiscal o renta minera
Acta de Requerimiento
Complementaria
ARC--201_-0000
Requerimiento Complementaria, timbre
fiscal o renta minera
Acta de Recepción
Complementaria
RC-201_-0000
Recepción Complementaria, timbre fiscal o
renta minera
Resolución de Imposición de
Sanción
RS---201_-0000
Resolución Sanción, timbre fiscal o renta
minera
Resolución de Conformidad AdC-201_-0000
Resolución Conformidad, timbre fiscal o
renta minera
Boleta de Comparecencia BC--201_-0000
Boleta Comparecencia, timbre fiscal o renta
minera
Acta Constancia Notificación ACN--201_-0000
Acta Constancia Notificación, timbre fiscal o
renta minera
Acta Constancia AC-201_-0000 Acta Constancia, timbre fiscal o renta minera
Planilla de Liquidación (Impuesto
Omitido/Diferencias y Multas)
PLDS-201_-0000
Planilla Liquidación, timbre fiscal o renta
minera
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
Nombre del Acta Código Establecido (DGI-) Leyenda
Planilla de Liquidación de
Intereses
PLI-201--0000
Planilla Liquidación Intereses, timbre fiscal o
renta minera
Resolución Culminatoria RC-201--0000
Resolución Culminatoria, timbre fiscal o
renta minera
1. Es importante señalar que el código alfanumérico que contenga al Acta de
Requerimiento deberá coincidir con el código del Acta de recepción; es decir,
si el Acta de Requerimiento es: AR-2016-0000-A, el Acta de Recepción deberá
ser: ARC-2016-0000-A.
v Del Límite Máximo De Solicitud De Requerimientos
Se establece como límite máximo de Actas de Requerimiento Complementarias por
solicitud de una misma documentación, la cantidad de hasta dos (2) requerimientos.
El incumplimiento del presente dispositivo trae consigo la sanción prevista en el
artículo 105, numeral 1 del COT.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
v Documentos De Referencia
-Ley de Timbre Fiscal del Estado Carabobo.
-Reglamento de la Ley de Timbre Fiscal del Estado Carabobo
-Ley de Minerales No Metálicos del Estado Carabobo.
-Reglamento de la ley de Minerales No Metálicos del Estado Carabobo.
-Código Orgánico Tributario.
v Responsables
-Director(a) General de Recaudación de Ingresos Tributarios.
-Director(a) de Fiscalización y determinación de Ingresos Tributarios.
-Fiscal de Rentas.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
RESPONSABLE: Secretaría de Hacienda y Finanzas, Despacho del Secretario,
Dirección Ejecutiva de Administración, Dirección General de Recaudación de
Ingresos Tributarios, Dirección De Fiscalización y Determinación De Ingresos
Tributarios, Director(a)
a) Revisa la Resolución Autorizatoria para dar inicio al procedimiento de
verificación, coloca media firma en señal de aprobación.
b) Remite al Secretario/a de Hacienda y Finanzas, para su sello y firma.
RESPONSABLE: Organismo, Contribuyente y/o Responsable
a) Consigna la Documentación para dar cumplimiento al Acta de Requerimiento
la cual es recabada por el Fiscal Actuante.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
RESPONSABLE: Secretaría de Hacienda y Finanzas, Despacho del Secretario,
Dirección Ejecutiva de Administración, Dirección General de Recaudación de
Ingresos Tributarios, Dirección De Fiscalización y Determinación De Ingresos
Tributarios, Fiscal De Rentas
a) Elabora Resolución de Autorización para dar inicio al procedimiento de
verificación.
b) Remite al Director de Fiscalización y Determinación de Ingresos Tributarios
para su visto bueno.
c) Recibe la Resolución Autorizatoria para dar inicio al procedimiento de
verificación Tributaria.
d) Elabora, prepara, el Acta de Requerimiento, el Acta de Recepción y Acta
Constancia para solicitar al organismo, contribuyente y/o responsable la
documentación solicitada, que permita iniciar el procedimiento de
Verificación; cada documento se emite por duplicado (copia) y son selladas
por la Dirección de Fiscalización y Determinación de Ingresos Tributarios.
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
a) Entrega la Resolución Autorizatoria y el Acta de Requerimiento al
Organismo, donde se le notifica el Procedimiento a realizar, otorgándole un
lapso de cinco (05) días para recabar la información que se le solicita.
b) Una vez vencido el plazo se traslada al organismo a buscar la información
requerida para poder abrir el Expediente Administrativo del Organismo
verificado.
c) Recibe toda la documentación y/o información requerida para cotejar y
conciliar lo solicitado con lo que fue consignado por el Organismo
Responsable, de no estar completa la Información solicitada se emite Acta de
Requerimiento Complementaria.
d) Llena Acta de Recepción de documentos para dejar constancia en el
expediente de la Recepción de los documentos solicitados, se deja copia del
Acta de Recepción
e) Se realiza el proceso de Verificación para determinar si el periodo que se
solicitó verificar cumple con los deberes formales y materiales exigidos o si
hubo alguna omisión. Se determinan si existen inconsistencias (Omisiones,
Excesos, Faltantes, Etc.)
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III.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
a) Organiza cronológicamente toda la documentación utilizada en el proceso de
Verificación, si en la verificación no se observó incumplimiento de Deberes
Formales ni materiales se procede a elaborar el Acta de conformidad.
b) Elabora Acta de conformidad para dar fin al procedimiento y archivar el
expediente dejando constancia de que no hubo diferencias, Omisiones ni
Inconsistencias en el periodo que fue verificado el organismo.
c) Ordena el Expediente administrativo contentivo del procedimiento de
verificación realizado:
-Acta de Requerimiento
-Acta de Recepción
-Acta de Requerimiento Complementaria (si existe)
-Documentos Probatorios Consignado por el Organismo responsable.
-Acta Constancia.
d) Archiva el expediente.
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IV.- PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
El Procedimiento de fiscalización tiene por objeto esencial cuantificar el monto del
tributo que corresponde como obligación tributaria al contribuyente, o bien la
procedencia de las recuperaciones o devoluciones de tributos de las que se ha
beneficiado éste, aplicando para ello el examen de los factores que determinan la
base imponible del tributo, dicho procedimiento fiscal se encuentra establecido en
el Artículo 187 del Código Orgánico Tributario.
ALCANCE
Dirigido a toda persona natural y/o jurídica sujeta a la aplicación de la Ley de
Timbre Fiscal del Estado Carabobo y a la Ley de Minerales No Metálicos del
Estado Carabobo.
NORMAS
La fiscalización se encuentra regulada por los artículos 187 al 189 del Código
Orgánico Tributario, a diferencia de la verificación no está dirigida a determinar
meros ajustes devenidos de errores de cálculo u omisiones a partir de la
información contenida en la declaración y los soportes queeventualmente se anexen
a la misma, ni a la comprobación de la comisión de sólo ilícitos formales,
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IV.- PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
NORMAS
la fiscalización tiene por objeto esencial cuantificar el monto del tributo que
corresponde como obligación tributaria al contribuyente, o bien la procedencia de
las recuperaciones o devoluciones de tributos de las que se ha beneficiado éste,
aplicando para ello el examen de los factores que determinan la base imponible del
tributo.
Una fiscalización con intervención activa del contribuyente exige que se le
notifique previamente una Providencia Administrativa o también denominada
Autorización, en la que se indique el tributo, período fiscal, elementos constitutivos
de la base imponible a fiscalizar, identificación de los funcionarios actuantes, entre
otros elementos que permita individualizar la actuación fiscal. También le está
permitido a la Administración Tributaria realizar la fiscalización en sus propias
oficinas y con su propia base de datos previamente constituida, mediante el cruce o
comparación de los datos en ellas contenidos, con la información suministrada por
proveedores o compradores, prestadores o receptores de servicios, y cualquier
tercero cuya actividad se relacione con la del que es objeto de la fiscalización, en
cuyo caso no está obligada a emitir y notificar previamente la citada Autorización.
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IV.- PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
NORMAS
Sea en la sede del contribuyente con su participación activa, o realizada la
fiscalización en la sede de la Administración Tributaria, de determinar ésta
diferencias entre el impuesto declarado por el contribuyente y el determinado por la
fiscalización, se deberá notificar un Acta Fiscal que contenga el resultado de la
fiscalización.
El Acta Fiscal, que constituye un acto “de mero trámite”, emplazará al
contribuyente a allanarse a su contenido, rectificando o sustituyendo la declaración
de impuesto previamente realizada por él y pagando el tributo omitido con el
beneficio de una sanción del 10% de la diferencia o ajuste del tributo. De no
allanarse el contribuyente a la determinación hecha por el Acta Fiscal, se inicia el
proceso complementario en la determinación de oficio de la obligación tributaria,
denominado como el “Sumario Administrativo”. En el caso de que la fiscalización
estime correcta la situación tributaria del contribuyente o responsable, se deberá
levantar y notificar al contribuyente un “Acta de Conformidad”.
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IV.- PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
v Documentos De Referencia
-Ley de Timbre Fiscal del Estado Carabobo.
-Reglamento de la Ley de Timbre Fiscal del Estado Carabobo
-Decreto 954.
-Decreto 170.
-Ley de Minerales No Metálicos del Estado Carabobo
-Reglamento de la Ley sobre Régimen, Administración y Explotación de Minerales
No Metálicos del Estado Carabobo.
-Reglamento de la Ley de Timbre Fiscal del Estado Carabobo
v Responsables
-Director(a) General de Recaudación de Ingresos Tributarios.
-Director(a) de Fiscalización y determinación de Ingresos Tributarios.
-Coordinador de Timbres Fiscal
-Fiscal de Rentas.
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IV.- PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
RESPONSABLE: Secretaría de Hacienda y Finanzas, Despacho del Secretario,
Dirección Ejecutiva de Administración, Dirección General de Recaudación de
Ingresos Tributarios, Dirección De Fiscalización y Determinación De Ingresos
Tributarios, Director(a)
a) Revisan la Resolución de Reparo para cerciorarse de que el procedimiento
aplicado esta correcto antes de ser firmada y entregada al organismo
responsable. Se pueden hacer observaciones escritas y/o posibles
correcciones al acta presentada.
RESPONSABLE: Contribuyente/Organismo y/o agente responsable
a) Consigna la Documentación solicitada para cumplir con el Acta de
Requerimiento y su basamento legal la información es recabada por el Fiscal
Actuante.
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IV.- PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
RESPONSABLE: Secretaría de Hacienda y Finanzas, Despacho del Secretario,
Dirección Ejecutiva de Administración, Dirección General de Recaudación de
Ingresos Tributarios, Dirección De Fiscalización y Determinación De Ingresos
Tributarios, Fiscal De Rentas
a) Recibe Resolución Autorizatoria (Providencia Administrativa), del Director
de Fiscalización y Determinación de Ingresos Tributarios, firmada y sellada
por el Secretario (a) de Hacienda donde se le autoriza al funcionario actuante
a practicar la Fiscalización del Impuesto.
b) Emite Acta de Requerimiento, Acta de Recepción y Acta Constancia para
solicitar al organismo la documentación necesaria que permita iniciar el
proceso de Fiscalización; cada documento se emite con duplicado (copia) y
son selladas.
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IV.- PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
a) Concede un lapso de cinco (05) días hábiles, al contribuyente, organismo y/o
responsable, para entregar la documentación solicitada a través del acta de
requerimiento.
b) Una vez vencido el lapso se traslada al organismo a buscar la información
requerida, a los fines de su análisis.
c) Recibe toda la documentación y/o información requerida para cotejar y
conciliar lo solicitado con lo que fue consignado por el contribuyente,
organismo y/o agente responsable.
d) De no estar completa la Información solicitada, se emite Acta de
Requerimiento complementaria; se conceden tres (03) días hábiles. Se recibe
copia firmada y Sellada del Acta de Requerimiento Complementaria.
e) Ordena la documentación pertinente, saca copia a los soportes necesarios, crea
notas explicativas y la ordena cronológicamente, de encontrarse tributos
omitidos elabora acta de reparo fiscal.
f) Se continúa el procedimiento de reparo establecido en el artículo 194 y
siguientes del Código Orgánico Tributario vigente.
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IV.- PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
a) Entrega al Director de Fiscalización y Determinación de Ingresos Tributarios el
Acta de Reparo Definitiva impresa para que le haga las observaciones que
considere pertinente y las posibles correcciones.
b) Imprime la Resolución de Reparo Definitiva y se elabora la FORMA 03 para
poder entregar la Resolución Multa definitivo por la fiscalización realizada; se
emite la Resolución Final conjuntamente con la FORMA 03 por la sanción
cometida y los intereses causados.
c) Entrega la Resolución de Reparo Fiscal definitiva Para notificar e Informar al
organismo responsable de la sanción que le fue aplicada por el incumplimiento
de sus deberes.
d) Otorga el plazo establecido por Ley (15d + 25d) para cancelar y/u objetar el
procedimiento aplicado (podrá interponer el recurso jerárquico correspondiente
si así lo considera).
e) Traslada al organismo al vencerse el lapso establecido de pago. Para
cerciorarse de que la FORMA 03 por Sanción Fiscal e Intereses de Mora va a
ser cancelada y se están haciendo los trámites correspondientes.
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IV.- PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
a) Recibe tres copias (01 al expediente, 01 para contabilidad y 01 para
fiscalización). En caso de no haber pago de la Resolución de Reparo
definitiva, elabora oficio interno y entrega expediente a la Dirección de
Fiscalización para Intimar al Organismo Responsable.
b) Recibe el Acto Culminatorio de parte de la Dirección de Fiscalización para
completar y poder culminar el proceso de verificación.
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V.- PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN DE IMPUESTO
MINERO
DISPOSICIONES GENERALES
Sistematizar, Mecanizar y Documentar El Proceso de la Fiscalización de Minas que
Explotan Minerales No Metálicos en el Estado Carabobo. Fijar Responsabilidades y
las personas encargadas de ejecutar cada una de las Actividades fijadas dentro del
proceso de Fiscalización de Minas. Establecer procesos y medidas de control
interno que garanticen una fiscalización efectiva, oportuna y precisa.
DESCRIPCIÓN Y FRECUENCIA
Para Minas y Canteras Activa / con una frecuencia Mensual.
REFERENCIA
-Proveedor (es): Contribuyente de pago de impuesto minero
-Insumo (s): Orden de Depósito, Planilla de Liquidación, Declaración Jurada
(Trimestral)
-Proceso (s): Fiscalización de Impuestos Minero
-Cliente(s) Internos/Externos:*Interno.- Departamento de Recaudación de Renta
Minera. *Externo.- Empresas Mineras, Dirección de Minas
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V.- PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN DE IMPUESTO
MINERO
DISPOSICIONES GENERALES
-Impactos: Recaudación Oportuna del Tributo Minero, Asistencia en la Fijación de
Precios del Mineral Vendido, Afectación controlada sobre el medio Ambiente
-Efectos: Control y delimitación de La Actividad Minera en El Estado, Conservación
y sostenimiento del Medio Ambiente
COMPETIDORES
Se presenta limitación en la difícil accesibilidad a las minas y en la reiterada
explotación no controlada de los minerales no metálicos.
METAS ASOCIADAS AL PROCESO
Documentar y definir El Proceso adecuado de la Fiscalización de Minas de
Explotación de Minerales No Metálicos en el Estado Carabobo, Señalando de
manera clara y precisa las funciones que deben realizarse en el proceso de
Fiscalización.
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VI.- PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE MULTA
DISPOSICIONES GENERALES
Sancionar a las personas naturales y/o jurídicas por incumplimiento a la Ley de
Timbre Fiscal del Estado Carabobo o de la Ley de Minerales No Metálicos del
Estado Carabobo, y demás normativas de carácter sub-legal aplicables.
ALCANCE
Toda persona natural y/o jurídica, que actúe como contribuyente, o agente
responsable de la recaudación y enteramiento de los impuestos previstos en la Ley de
Timbre Fiscal y en la Ley de Minerales No Metálicos del Estado Carabobo.
v Documentos De Referencia
-Ley de Timbre Fiscal del Estado Carabobo.
-Reglamento de la Ley de Timbre Fiscal del Estado Carabobo
-Decreto 954.
-Decreto 170.
-Ley de Minerales No Metálicos del Estado Carabobo
-Reglamento de la Ley sobre Régimen, Administración y Explotación de Minerales
No Metálicos del Estado Carabobo.
-Código Orgánico Tributario.
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VI.- PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE MULTA
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsables
-Director(a) General de Recaudación de Ingresos Tributarios.
-Director(a) de Fiscalización y determinación de Ingresos Tributarios.
-Coordinador de Timbres Fiscal
-Fiscal de Rentas.
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
RESPONSABLE: Secretaría de Hacienda y Finanzas, Despacho del Secretario,
Dirección Ejecutiva de Administración, Dirección General de Recaudación de
Ingresos Tributarios, Dirección De Fiscalización y Determinación De Ingresos
Tributarios, Director(a)
a) Revisan Recibe y revisa el proyecto de Resolución Multa, firma y sella en
señal de aprobación, remite al Fiscal de Rentas.
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VI.- PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE MULTA
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
RESPONSABLE: Secretaría de Hacienda y Finanzas, Despacho del Secretario,
Dirección Ejecutiva de Administración, Dirección General de Recaudación de
Ingresos Tributarios, Dirección De Fiscalización y Determinación De Ingresos
Tributarios, Coordinación De Timbre Fiscal, Coordinador de Timbre Fiscal
a) Recibe y revisa el proyecto de Resolución Multa para cerciorarse que el
procedimiento aplicado es el correcto.
-Es correcto, le solicita al Fiscal de Renta que elabore la Planilla de Liquidación
FORMA 03.
-No es correcto realiza correcciones o devuelve al Fiscal de Rentas para que realice
las mismas.
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VI.- PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE MULTA
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
RESPONSABLE: Secretaría de Hacienda y Finanzas, Despacho del Secretario,
Dirección Ejecutiva de Administración, Dirección General de Recaudación de
Ingresos Tributarios, Dirección De Fiscalización y Determinación De Ingresos
Tributarios, Fiscal De Rentas
a) Recibe expediente del Organismo Responsable por parte del Coordinador de
Timbre Fiscal o Minerales No Metálicos, según sea el caso, para iniciar el
levantamiento y ejecución del Proyecto de Resolución Multa.
b) Elabora Proyecto Resolución Multa para preparar el documento que refleje
los tributos omitidos, intereses y multa respectiva por la diferencia en montos
presentada.
c) Se calculan los intereses de Mora según Ley de Hacienda del Estado
Carabobo y se calcula la multa según la Ley de Timbres Fiscales del Estado
Carabobo o Ley de Minerales No Metálicos, según sea el caso.
d) Entrega al coordinador el proyecto de Resolución Multa impresa para su revisión,
dos (02) Resoluciones, Uno para el Director y uno para el Coordinador.
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VI.- PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE MULTA
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
a) Elabora la planilla de Liquidación (FORMA 03) y entregar junto con el
proyecto de Resolución Multa al Director General de Recaudación de
Ingresos Tributarios. Se imprimen con dos (02) copias.
b) Recibe y procede a entregar el Proyecto de Resolución Multa al Organismo
Responsable del tributo omitido y aplicar las sanciones correspondientes. Se
otorga el plazo establecido por Ley (15 días + 25días) para cancelar y/u
objetar la resolución aplicada.
c) Recibe las planillas de Liquidación (FORMA 03) canceladas del
contribuyente para el control, registra y anexo al expediente del organismo
responsable. se reciben tres copias (01 al expediente, 01 para contabilidad y
01 para fiscalización). En caso de no haber pago de la Resolución Multa,
elabora oficio interno y entrega expediente a la Dirección de Ingresos para
Intimar al Organismo Responsable.
d) Elabora acta culminatoria del proceso, para complementar y poder culminar
el proceso de verificación. Se anexa acta culminatoria al expediente con copia
para el fiscal actuante.
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VI.- PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE MULTA
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
a) Ordena y procede a cerrar el Expediente Administrativo y el procedimiento
de verificación realizado con los siguientes documentos:
-Acta de Requerimiento
-Acta de Recepción
-Acta de Requerimiento Complementaria (si existe)
-Documentos Probatorios Consignado por el Organismo responsable.
-Acta Resolución Multa.
-Acta de Recurso de Reconsideración (si existe).
-Acta de Resolución Multa.
b) Archiva el expediente para guardar en archivo principal adecuadamente.
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VII.- PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE
INTIMACIÓN AL PAGO
El fin de este proceso es ejecutar los mecanismos de control sobre la recaudación de
los Derechos Pendientes por Tributos omitidos o multas no pagadas. Este proceso,
inicia una vez que vence el plazo otorgado en el Acto Administrativo notificado al
Sujeto Pasivo, que resuelve la multa o declara la omisión de tributos.
NORMAS
El Artículo 221 al 223 del Código Orgánico Tributario, define expresamente señala “
Al día siguiente del vencimiento del plazo legal o judicial para el cumplimiento
voluntario, se intimara al deudor a pagar las cantidades y el recargo previsto en el
artículo 290 de este código, dentro de los cinco (05) días continuos siguientes
contados a partir de su notificación.
DISPOSICIONES GENERALES
v Documentos De Referencia
-Ley de Timbre Fiscal del Estado Carabobo.
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VII.- PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE
INTIMACIÓN AL PAGO
DISPOSICIONES GENERALES
-Ley de Minerales No Metálicos del Estado Carabobo
-Reglamento de la Ley sobre Régimen, Administración y Explotación de Minerales
No Metálicos del Estado Carabobo.
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
RESPONSABLE: Secretaría de Hacienda y Finanzas, Despacho del Secretario,
Dirección Ejecutiva de Administración, Dirección General de Recaudación de
Ingresos Tributarios, Dirección De Fiscalización y Determinación De Ingresos
Tributarios, Director(a)
a) Recibe y revisa el proyecto de Resolución Multa para cerciorarse que el
procedimiento aplicado es el correcto.
-No requiere corrección coloca media firma en señal de revisión y remite al Director
General.
-Si requiere correcciones las realiza o remite al Fiscal de Rentas para que las realice.
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Revisado y Autorizado por: Firma:
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FISCALIZACIÓN DE MINERALES
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VII.- PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE
INTIMACIÓN AL PAGO
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
a) Firma la Resolución Intimación al Pago para aprobar su contenido.
b) Entrega la Resolución Intimación al Pago al Coordinador según sea el caso.
Para notificar al Contribuyente, a través de los Fiscales de Rentas. Artículo
221 del Código Orgánico Tributario.
RESPONSABLE: Secretaría de Hacienda y Finanzas, Despacho del Secretario,
Dirección Ejecutiva de Administración, Dirección General de Recaudación de
Ingresos Tributarios, Dirección De Fiscalización y Determinación De Ingresos
Tributarios, Fiscal de Rentas II
a) Recibe expediente del Director de Fiscalización y Determinación de Ingresos
Tributarios, para elaborar la Resolución de Intimación al Pago, cuando el
contribuyente no cancela la multa que le fue impuesta.
b) Verifica los documentos y asigna en el libro de control el número de la
Resolución a emitir, para el registro y control del número de Resoluciones de
Intimación al Pago elaboradas en el año.
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VII.- PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE
INTIMACIÓN AL PAGO
DISPOSICIONES GENERALES
v Responsabilidades Dentro Del Procedimiento
a) Elabora la Resolución Intimación al Pago, para su revisión por el Director de
Fiscalización y Determinación. Se imprimen 3 ejemplares.
b) Recibe la Resolución Intimación al Pago del Coordinador, firmada por el
Contribuyente. Para anotar en el libro de control la fecha de vencimiento del
pago de la multa.
c) Archiva la Resolución Intimación al Pago en el expediente del
Contribuyente. Para el control de archivo.
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VIII.- FLUJOGRAMAS
FISCALIZACION DEL IMPUESTO MINERO
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Registro/
Documento
Responsable/
Usuario
Procedimiento:
Flujograma
Registro/
Documento
Responsable/
Usuario
Procedimiento:
Flujograma
Inicio
1
Entrega plan de Trabajo y
Providencias Administrativas a
los Fiscales de Rentas.
1. Entrega Plan de Trabajo y
Providencias Administrativas
para informar a los fiscales del
cronograma de Actividades a
realizarse y preparar la
documentación respectiva.
1. Coordinador
de Rentas
1. Plan de trabajo
y Providencias
Administrativas.
2
Recibe Plan de Trabajo y
Providencia Administrativa.
2. Recibe Plan de Trabajo y
Providencia Administrativa para
verificar sus datos y prepara el
Acta de Requerimiento. 2. Fiscal de
Rentas
2. Plan de trabajo
y Providencias
Administrativas
3
Prepara material de Trabajo y se
traslada a la empresa a Fiscalizar
(Auditar).
3. Prepara material para
fiscalizar (Actas, Copias,
Sumadora, Engrapadora,
etc.)
3. Fiscal de
Rentas
4
Entrega Providencia y Acta de
Requerimiento a la empresa a
Fiscalizar
4. Fiscal de
Rentas
B
3. Material para
fiscalizar
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VIII.- FLUJOGRAMAS
FISCALIZACION DE IMPUESTO 1X1000
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Registro/
Documento
Responsable/
Usuario
Procedimiento:
Flujograma
Registro/
Documento
Responsable/
Usuario
Procedimiento:
Flujograma
5
Recibe copia firmada y sellada de
la documentación entregada.
5. Preparar e iniciar la Apertura
del Expediente Adm. Del
Organismo.
5. Fiscal de
Rentas
5. Copia de la
Documentación
6
Se traslada a la empresa a
fiscalizar.
6. Se traslada al organismo
público a fiscalizar para
verificar la documentación
solicitada e iniciar la
fiscalización.
6. Fiscal de
Rentas
6. Acta de
Recepción de
documentos.
7
Llena acta de Recepción de
documentos.
7. Deja constancia en el
expediente de la llena de acta de
Recepción de documentos para
dejar constancia en el
expediente.
7. Fiscal de
rentas
B
Acta de
Recepción de
Documentos
7. Acta de
Recepción de
documentos.
¿La documentación
solicitada es entregada en
su totalidad?
Si
Se emite el
acta
respectiva.
No
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VIII.- FLUJOGRAMAS
INFORMACIÓN DEL PROCEDIMIENTO B
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Registro/
Documento
Responsable/
Usuario
Procedimiento:
Flujograma
Registro/
Documento
Responsable/
Usuario
Procedimiento:
Flujograma
8
Culmina fiscalización del período
fijado y ordena el expediente.
Realiza fiscalización según lo
legalmente establecido.
8. Utilizando los
instrumentos para dicha
actividad se Estudian,
concilian, verifican y
analizan todas las
operaciones a que haya
lugar que determinen el
tributo declarado.
8. Fiscal de
Rentas
B
9
9. Fiscal de
Rentas
9. Ordena las cédulas de
fiscalización, saca copia a
los soportes necesarios, crea
notas explicativas y ordena
cronológicamente. Para
emitir la sanción
correspondiente.
¿Qué caso se ha
encontrado?
Conformidad
15
Reparo
C
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VIII.- FLUJOGRAMAS
INFORMACIÓN DELPROCEDIMIENTO C
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Registro/
Documento
Responsable/
Usuario
Procedimiento:
Flujograma
Registro/
Documento
Responsable/
Usuario
Procedimiento:
Flujograma
10
Entrega acta de Reparo Fiscal
para su revisión.
Elabora acta de Reparo Fiscal
con la información recabada.
10. Fijar y establecer los
tributos omitidos o
diferencias encontradas
mediante acta. Se establece
el plazo para cancelar u
objetar dicha acta.
10. Fiscal
de Rentas
C
11
11. Entrega Acta para
realizarle las observaciones
pertinentes y las posibles
correcciones.
D
10. Acta de
Reparo
Fiscal
Analiza y corrige de ser necesaria
el Acta de Reparo.
12
13. Imprime y hace firmar
el Acta de Reparo
definitiva.
12. Directo
Ingreso,
Tributos y
Timbres
Fiscales.
12. Acta de
Reparo
13
Imprime y hace firmar el Acta de
Reparo definitiva.
12. Analiza y corrige el
Acta de Reparo para hacer
posibles correcciones o
sugerencias al Acta presenta
antes de ser firmada.
13. Fiscal
de Rentas
13. Acta de
Reparo
Definitivo.
11. Fiscal
de Rentas
11. Acta de
Reparo
Fiscal
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VIII.- FLUJOGRAMAS
INFORMACIÓN DEL PROCEDIMIENTO D
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Registro/
Documento
Responsable/
Usuario
Procedimiento:
Flujograma
Registro/
Documento
Responsable/
Usuario
Procedimiento:
Flujograma
14
Elabora Acta de Conformidad.
Entrega Acta de Reparo Fiscal
Definitiva.
14. Anexar al
Expediente copia
firmada y sellada.
14. Fiscal
de Rentas
D
15
15. Fiscal
de Renta
15. Dejar constancia de
que no hubo diferencias,
omisiones ni
inconsistencias en el
período fiscalizado.
14. Acta de
Reparo Fiscal
Definitiva.
15. Acta de
Conformidad
Acta de
Conformidad
Fin del Proceso
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XII.- GLOSARIO
• Acto Administrativo
Es todo documento en el cual se expresa la voluntad unilateral de las dependencias
del proceso de Fiscalización y Liquidación, realizada en el ejercicio de la función
administrativa que produce efectos jurídicos a particulares.
• Actuación Administrativa
Se entiende por ésta, las diligencias adelantadas y los documentos proferidos por las
dependencias del proceso de Fiscalización y Liquidación, cuya finalidad sea impulsar
o finalizar una acción de fiscalización.
• Archivos de Gestión
Comprende toda la documentación que es sometida continua utilización y consulta
administrativa por las oficinas productoras u otras qua la soliciten. Su circulación o
trámite se realiza para dar respuesta o solución a los asuntos iniciados.
• Auditor / Liquidador
Empleado público con la competencia para llevar a cabo una auditoría; dependiendo
del subproceso y de las funciones que deba ejecutar, puede denominarse auditor o
liquidador.
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XII.- GLOSARIO
• Auditoría: Proceso sistemático, independiente y documentado para obtener
pruebas y/o evidencias y evaluarlas, con el objeto de que el auditor, liquidador o
empleado público competente se forme un juicio coherente con la materia
investigada.
• Capacidad Operativa: Es el máximo número de acciones de fiscalización que
puede realizar una dependencia o un empleado púbico, considerando los recursos con
los que cuenta y el tiempo disponible para su ejecución
• Carga de Trabajo: Se entiende como la cantidad de documentos y acciones de
fiscalización que tiene a su cargo una dependencia o un empleado público, en una
fecha determinada, que son verificables y susceptibles de seguimiento y medición.
• Cliente: Organización, persona o dependencia que recibe un producto o servicio
generado por el proceso de Fiscalización y Liquidación. Se tienen clientes externos
como contribuyentes, responsables, usuarios aduaneros, agentes de retención,
obligados, administrados, entidades privadas y públicas nacionales o intencionales y
la ciudadanía en general y clientes internos que corresponden a los otros procesos
internos o dependencias de la entidad, que reciben los productos o servicios
generados por el proceso de Fiscalización y Liquidación.
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XII.- GLOSARIO
• Competencia: Es la que ha sido asignada al servidor público mediante acto
administrativo teniendo en cuenta el perfil de una persona para desempeñar, en
diferentes contextos y con base en los requerimientos de calidad y resultados
esperados en el sector público, las funciones inherentes a un empleo; perfil que está
determinado por los conocimientos, destrezas, habilidades, valores, actitudes y
aptitudes que debe poseer y demostrar el empleado público.
• Conclusiones de la Auditoría: Resultado de la auditoría que proporciona el equipo
auditor tras considerar los objetivos do los hallazgos encontrados.
• Control Fiscal: Entiéndase por control fiscal el desarrollo de actividades de
investigación o acciones de fiscalización en materia tributaria, aduanara, cambiaria e
internacional.
• Criterios de Auditoría: Conjunto do normas, políticas, procedimientos o
requisitos, que se utilizan como una referencia frente a la cual se comparan las
pruebas y/o evidencias de la auditoría para obtener los hallazgos de la misma.
• Dependencias de la Dirección de Gestión de Fiscalización: Bajo este concepto se
incluyen las siguientes dependencias:
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XII.- GLOSARIO
• Documento
Información y su medio de soporte, el cual puede ser papel, medio magnético (discos
duros, ópticos, disquetes, cintas), fotografía o muestra patrón, o una combinación de
estos.
• EquipoAuditor
Uno o más auditores qua llevan a cabo una investigación con el apoyo, si es
necesario, de expertos técnicos.
• Evidencias de la Auditoría
Documentos, registros, declaraciones de hechos o cualquier otra información, que
son pertinentes para los criterios de auditoría y que son verificables.
• Expediente
Unidad documental formada por un conjunto de documentos generado orgánica y
funcionalmente por una oficina productora en la resolución de un mismo asunto.
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XII.- GLOSARIO
• Experto Técnico
Persona que aporta conocimientos o experiencia específicos al equipo auditor; el
conocimiento o experiencia específicos son los relacionados con la organización, el
proceso, el procedimiento o la actividad a auditar, el idioma o la orientación cultural.
• Hallazgos de la Auditoría
Resultados de la evaluación de las pruebas y/o evidencias de la auditoría recopiladas
frente a los criterios de auditoría. Los hallazgos pueden reflejar tanto la conformidad
como la no conformidad, frente al criterio de auditoría utilizado como referencia.
• Manual de Normas
Detalla información sobre un conjunto de leyes, normas e instructivos de aplicación
institucional. Por lo general, son las más relevantes y poseen mayor plazo de
vigencia.
• Manual de Procedimientos
Es una guía de trabajo para los funcionarios de cómo hacer las tareas y es muy
valiosa para orientar al personal de nuevo ingreso. Sirve para aumentar la certeza de
que el personal utiliza los sistemas y procedimientos administrativos establecidos
para realizar su trabajo.
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XII.- GLOSARIO
• Nivel Directivo
Los servidores públicos que dirigen y controlan el proceso de Fiscalización y
Liquidación. En el nivel central son los Directores de Gestión, los Subdirectores y los
Coordinadores; en las Direcciones Seccionales son el Director Seccional, los Jefes de
las Divisiones de Gestión de Fiscalización, Liquidación y Control Cambiario y los
Jefes de Grupo interno de Trabajo de dichas divisiones.
• No Conformidad
Incumplimiento de un requisito establecido, teniendo en cuenta los criterios de
auditoría considerados.
• Normas
Son instrucciones específicas que regulan la ejecución de las actividades que forman
un procedimiento con el fin de mantener al mismo dentro de los parámetros
establecidos.
• Obligaciones Fiscales
Bajo este concepto se agrupan las obligaciones formales y sustanciales de carácter
tributario, aduanero, cambiario, intencional, a cargo de los clientes.
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XII.- GLOSARIO
• Plan de Auditoría
Es el documento que describe el conjunto de actividades mediante las cuales se
establecen las pautas o lineamientos de tipo técnico, de tal forma que se precisen los
aspectos fundamentales sobre los cuales se debe centrar y desarrollar la auditoría.
• Procedimientos
Serie de actividades u operaciones ordenadas cronológicamente, el cual están
relacionadas entre sí, reguladas por un conjunto de normas y ejecutadas por un
grupo de personas para obtener un fin común.
• Proveedor
Organización, persona o dependencia que proporciona un insumo, producto o
servicio requerido por el proceso de Fiscalización y Liquidación. Se tienen
proveedores externos como contribuyentes, responsables, usuarios, agentes de
retención, obligados, administrados, entidades privadas y públicas nacionales o
intencionales y la ciudadanía en general; y proveedores internos que corresponden a
los otros procesos internos o dependencias de la entidad y que generan productos o
Servicios necesarios en el proceso de Fiscalización y Liquidación.
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XII.- GLOSARIO
• Prueba
Es la actividad necesaria que implica demostrar la verdad de un hecho, su existencia
o contenido, según los medios establecidos por la ley.
• Reparto
Es la entrega real y material del expediente o asunto a investigar al empleado público
que debe adelantar la acción de fiscalización.
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XIII.- MARCO LEGAL
• Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela de fecha 19 de febrero de 2009 Nº 5908
Extraordinario.
• Resolución Nº 001/2013 de fecha 17/04/13 Emanada de la Secretaría de Hacienda y
Finanzas del Ejecutivo del Estado Carabobo: Por medio de la cual se dictan las
normas que regulan el registro del libro de control de timbre fiscal.
•Código Orgánico Tributario, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela Nº 6.152 de fecha: 18/11/2015
•Decreto 954, publicado en la Gaceta Oficial del Estado Carabobo, N°2279 de fecha
16/02/2007.
•Decreto N° 222, de fecha 13/08/2013, mediante la cual se decreta la regulación,
distribución, comercialización y expendio de las Guías de Circulación, para la
movilización de los minerales no metálicos en la jurisdicción del Estado Carabobo,
fuera del sitio de extracción o yacimiento, minerales no metálicos, en su estado
original o de procesamiento primario.
•Decreto N°170, publicado en la Gaceta oficial Extraordinaria Nº 4515 de fecha 15
de mayo de 2013, mediante el cual se designan a las líneas aéreas, empresas handling
y navieras, ubicadas en la jurisdicción del estado Carabobo, como responsables de
percibir y enterar el impuesto establecido en el artículo 19 de la Ley de Timbre Fiscal
del Estado Carabobo.
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XIII.- MARCO LEGAL
•Decreto Nº 953 publicado en la Gaceta oficial del Estado Carabobo, extraordinaria
N° 2279, de fecha 16/02/2007, mediante el cual se elabora la Planilla de Liquidación
de Derechos de Registros (FORMA 01).
•Ley de Hacienda Pública del Estado Carabobo. Gaceta Oficial del Estado Carabobo
Extraordinaria Nº 725 de fecha 22 de julio de 1997.
•Ley De Minerales No Metálicos Del Estado Carabobo, Gaceta Oficial
Extraordinaria Nº 4599 De Fecha 01 De Agosto De 2013.
•Ley de Organización de la Administración Pública del Edo. Carabobo. Gaceta
Oficial del Estado Carabobo Extraordinaria Nº 1952, del 16 de diciembre de 2005.
•Ley de Timbre Fiscal del Estado Carabobo, Gaceta oficial extraordinaria N° 1536
de fecha: 06/10/2003.
•Ley Orgánica de la Administración Pública. Gaceta Oficial Nº 37.305 del 17 de
Octubre del 2001.
•Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Gaceta Oficial de la República de
Venezuela N° 2812 de fecha 01/06/1981.
•Reglamento de la Ley de Timbre Fiscal del Estado Carabobo. Gaceta Oficial del
Estado Carabobo, Extraordinaria Nº 1190 del 30 de enero de 2001
•Reglamento de la Ley Sobre Régimen, Administración y Explotación de Minerales
en el Estado Carabobo, publicado en la Gaceta Oficial del Estado Carabobo Ext N|
672 del 30/12/1996.
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Revisado y Autorizado por: Firma:
150. 134
Factibilidad de la Propuesta
Operativa: Se considera factible porque se cuenta con los Recursos Humanos,
Materiales e Institucionales para su implementación, ya que el departamento posee los
distintos aspectos que involucran la aceptación, ejecución y reproducción de los manuales para
dar solución a la dificultad planteada.
Técnica: Es alcanzable, ya que la empresa cuenta con la tecnología necesaria para este
proceso. Se utilizará materiales accesibles o que ya pertenecen a la institución, entre ellos
tenemos: papel, impresora, engrapadora, entre otros.
Financiamiento: La Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios, dispone
de la capacidad económica para la reproducción y distribución de manuales, yaque recae en su
gran mayoría de gastos administrativos (papelería, encuadernación, cartuchos de impresión) y
no se requieren una enorme cantidad de reproducciones.
Desde el punto de vista económico, la reproducción del Manual de Normas y
Procedimientos del área de fiscalización de minerales no metálicos dentro de la Dirección
General de Recaudación de Ingresos Tributarios, será necesaria aproximadamente la siguiente
inversión:
Cuadro 15
Presupuesto
Cantidad Producto Precio Unitario Presupuesto
1 Resma de papel 4.200 Bsf C/U 4.200 Bsf
5 Encuadernada 800 Bsf C/U 4.000 Bsf
TOTAL 8.200 Bsf
151. 135
Recomendaciones
En función de los resultados obtenidos en la investigación, se plantean importantes
recomendaciones, que se puntualizan a continuación:
Es Importante realizar la implementación del Manual de Normas y procedimientos de
la Dirección de Fiscalización de Renta Minera para hacer cumplir las normas legales
y sub legales vigentes y así minimizar los riesgos de control en cuanto a las
validaciones en el proceso.
Se le recomienda a la Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios
(DGRIT), mejorar su gestión a través del uso de herramientas administrativas,
formularios y otros sistemas que permitan solventar los diversos inconvenientes
encontrado dentro del departamento. Adicionalmente, se plantea facilitar estas
herramientas (manuales y formatos) a cada Fiscal de Rentas para que pueda cumplir
apropiadamente con sus funciones.
Igualmente, se les aconseja el uso de los manuales de procedimientos, normas y
funciones no solo empleado como una simple herramienta comunicativa, sino también
como un medio de verificación, capacitación, evaluación y control de los contenidos
empleados por los un Fiscal de Rentas, ya que facilitaría la evaluación de desempeño,
auditorías internas, capacitación, sustituciones temporales, entre otros, permitiendo
hacer cumplir el régimen interno y adecuado de la organización.
152. 136
BIBLIOGRÁFIA
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157. 141
ANEXO A
Entrevista Estructurada
Fecha de aplicación: ________
Ítems Preguntas Sí A Veces No
1
¿Considera que tiene fácil acceso a la información
necesaria para ejecutar sus labores? ¦ ¦ ¦
2
¿Cuenta con todos los formatos necesarios para ejecutar
sus labores? ¦ ¦ ¦
3 ¿Existe algún manual interno en el área de fiscalización? ¦ ¦ ¦
4 ¿Considera usted que un manual de normas y
procedimientos en el área de fiscalización agilizaría las
labores del personal?
¦ ¦ ¦
5
¿Qué manuales desearía existiera dentro del área de fiscalización que ayude en las
labores internas?
6 ¿Qué problema considera que existe dentro del área de fiscalización debido a la falta de
un manual que facilite los procesos?
158. 142
Ítems Preguntas Si A Veces No
7
¿Existe normas generales por parte de la DGRIT para
las gestiones administrativas en el área de fiscalización
de renta minera?
¦ ¦ ¦
8
¿Conoce cada una de las normas establecidas DGRIT
para los procesos que realiza? ¦ ¦ ¦
9
¿Considera que cumple adecuadamente con dichas
normas? ¦ ¦ ¦
10
¿Qué método o sistema emplea usted para la búsqueda de información a la hora de
llevar a cabo una verificación o asistencia a contribuyentes de Minerales no
Metálicos?
11 ¿Qué trámite debe seguir un empleado para ejecutar solicitudes, inspección o
reclamaciones de contribuyentes de Minerales no Metálicos?
12
¿Se realiza frecuentemente algún control interno del
área de fiscalización de renta minera? ¦ ¦ ¦
13
¿Conoce usted si se evaluación el desempeño de los
empleados del área de fiscalización de renta minera? ¦ ¦ ¦
Elaborado por: Fumero (2016)
159. 143
ANEXO B
Instrumento De Validación
Manual de Normas y Procedimientos para el Área de Fiscalización de Minerales No
Metálicos de la Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios”
Ítems
La relación de los
Ítems es clara
Los Ítems tiene
coherencia interna
El Ítems mide lo que
se pretende
Aspectos
relacionados
con los Ítems
SI NO SI NO SI NO
1 X X X
2 X X X
3 X X X
4 X X X
5 X X X
6 X X X
7 X X X
8 X X X
9 X X X
10 X X X
11 X X X
12 X X X
13 X X X
Aspectos generales SI NO Observaciones
El Instrumento contiene instrucciones para su solicitud X
El Numero de Ítems es Adecuado X
Los Ítems permiten el logro de los objetivos X
Los Ítems están presentados en forma lógica –
secuencial
X
El Nº de Ítems es suficiente para recoger la
información, en caso de ser negativa su respuesta
sugiera el ítems que falte
X
Observaciones: ______________________________________________________
___________________________________________________________________
Validado por: ________________________
VALIDEZ
No Aplica
Aplica X
VALIDADO POR:
Lcdo. Freddy José Pinto
C.I. V-7.066.167
Cel: 0412-4089191
Email: freddyjpinto@gmail.com
160. 144
ANEXO C
Instrumento De Validación
Manual de Normas y Procedimientos para el Área de Fiscalización de Minerales No
Metálicos de la Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios”
Ítems
La relación de los
Ítems es clara
Los Ítems tiene
coherencia interna
El Ítems mide lo que
se pretende
Aspectos
relacionados
con los Ítems
SI NO SI NO SI NO
1 X X X
2 X X X
3 X X X
4 X X X
5 X X X
6 X X X
7 X X X
8 X X X
9 X X X
10 X X X
11 X X X
12 X X X
13 X X X
Aspectos generales SI NO Observaciones
El Instrumento contiene instrucciones para su solicitud X
El Numero de Ítems es Adecuado X
Los Ítems permiten el logro de los objetivos X
Los Ítems están presentados en forma lógica –
secuencial
X
El Nº de Ítems es suficiente para recoger la
información, en caso de ser negativa su respuesta
sugiera el ítems que falte
X
Observaciones: ______________________________________________________
___________________________________________________________________
Validado por: ________________________
VALIDEZ
No Aplica
Aplica X
VALIDADO POR:
Abog. Milagros Martínez
C.I. V-11.798.953
Cel: 0414-4173245/Email: mcm3012@gmail.com
161. 145
ANEXO D
Instrumento De Validación
Manual de Normas y Procedimientos para el Área de Fiscalización de Minerales No
Metálicos de la Dirección General de Recaudación de Ingresos Tributarios”
Ítems
La relación de los
Ítems es clara
Los Ítems tiene
coherencia interna
El Ítems mide lo que
se pretende
Aspectos
relacionados
con los Ítems
SI NO SI NO SI NO
1 X X X
2 X X X
3 X X X
4 X X X
5 X X X
6 X X X
7 X X X
8 X X X
9 X X X
10 X X X
11 X X X
12 X X X
13 X X X
Aspectos generales SI NO Observaciones
El Instrumento contiene instrucciones para su solicitud X
El Numero de Ítems es Adecuado X
Los Ítems permiten el logro de los objetivos X
Los Ítems están presentados en forma lógica –
secuencial
X
El Nº de Ítems es suficiente para recoger la
información, en caso de ser negativa su respuesta
sugiera el ítems que falte
X
Observaciones: ______________________________________________________
___________________________________________________________________
Validado por: ________________________
VALIDEZ
No Aplica
Aplica X
VALIDADO POR:
Abog. HildiliaHernández
C.I. V-9.3282.497
Cel: 0414-4796657
Email: hildilia_hernandez@hotmail.com