La regulación de alquileres en el
conjunto de la Unión Europea: una
mirada social y jurídica
21 Octubre 2022
Maria J. Aldanas, FEANTSA
ENFOQUE DE DERECHOS Y
PERSONAS SIN HOGAR
• FEANTSA en colaboración con la
Fundación Abbé Pierre
– Informe anual sobre la exclusión
residencial (EU SILC)
– Capítulo legal temático
• Proyecto Housing Rights Watch :
– Compromiso de promover el derecho a
la vivienda para todos. (difusión,
formación, estudios, incidencia y litigio
estratégico)
– Red europea multidisciplinar
ALQUILERES vs INGRESOS UE
• Aumento de la renta de alquiler en el mercado privado, en
especial en las ciudades con un mercado de alquiler
tensionado
• Esfuerzo financiero creciente para los ciudadanos europeos
– 1/3 de los residentes en el parque privado de alquiler
– 1/ 10 gasta más del 40% de sus ingresos en la vivienda
• Los hogares pobres se enfrentan a una tasa de esfuerzo
excesivo 8 veces mayor (37,1% en 2019) que los hogares no
pobres (4,6%).
• Desconexión entre los alquileres y los ingresos de los hogares
• Los gobiernos mecanismos para regular el mercado del
alquiler y garantizar acceso a una vivienda asequible
VIVIENDA ASEQUIBLE Y ESTABLE
• Asequibilidad componente clave del derecho a la vivienda
• Artículo 11(1) del Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales. Derecho a un nivel de vida
adecuado -vivienda adecuada-
• Observación general nº 4 del Comité DESC:
– "Los costes de la vivienda deben estar a un nivel que no amenace o
comprometa las demás necesidades básicas de las personas".
– "Los Estados deben garantizar que los costes de la vivienda no sean
desproporcionados con respecto a los niveles de ingresos”
• Los gobiernos cuentan con una amplia gama de medidas para
remediar los fallos del mercado, incluido el control de los
alquileres.
EQUILIBRIO ENTRE LOS DERECHOS DE
PROPIETARIOS E INQUILINOS
• Regulación alquiler búsqueda de un equilibrio entre las partes.
• Limites de rentas tienes un doble objetivo: preservar la oferta
de viviendas asequibles, garantizar la seguridad de la tenencia
para los ocupantes (limitar posibles desahucios)
• Temor de que los propietarios decidan no alquilar sus
propiedades o considerar otros usos (alquiler turístico)
• Evolución del derecho a la propiedad: la noción de función
social de la vivienda:
– Derecho a propiedad / Constituciones: Italia, Alemania. España
• “el fructus” la facultad de obtener un beneficio de la propiedad -
lo que se limita en el caso de los controles de alquileres
JURISPRUDENCIA TEDH
• Convención de DDHH no garantiza el derecho a la vivienda
(articulo 1 Protocolo 1: derecho propiedad)
• El TEDH sostiene que el legislador dispone de un amplio margen de
maniobra para llevar a cabo la política económica y social, en aras del
"interés público".
• El TEDH reconoció que el legislador disponía de un amplio margen de
apreciación y actuación en relación con un problema de “interés
público”: el acceso a la vivienda.
– Las consideraciones de justicia social exigían una reducción de los alquileres y
estas no suponían una carga excesiva para los propietarios.
• El TEDH no se opone a los controles de alquileres, pero se debe lograr
un equilibrio entre el interés general y el derecho del propietario.
– noción de "alquiler razonable y adecuado"
REGULACION DE ALQUILER:
GENERALIDADES
• 2ª Generación de regulación de rentas:
– Se limita revisión del alquiler de un contrato en curso según índice
referencia dinámico.
– No se limita el alquiler inicial (salvo caso Berlín)
– No congelación total de rentas
• Excepciones al control de rentas: trabajos de renovación e inversión.
• Derecho Civil/ Privado, diferente en los distintos países de Europa.
• Vivienda en alquiler frente a vivienda en propiedad (Alemania/ inquilinos)
• La vivienda social disminuye en toda Europa.
• Competencia de vivienda : Estado/ regiones
– UE más impacto: Airbnb, derechos del consumidor, etc.
– Municipios: preconizan un mayor papel.
CONTROL DE ALQUILER EN ALEMANIA
• Alemania: 55% inquilinos en el sector privado (+alto UE)
• (Mietspiegel) o Espejo de rentas: índice de referencia para
actualizar el alquiler de los arrendamientos existentes. Publica
los precios medios de alquiler.
• 2015: La Ley de Control de Alquileres (Mietpreisbremse)
permite limitar la cantidad de renta para nuevos alquileres:
– El alquiler al comienzo de un contrato de arrendamiento no puede
exceder el alquiler comparativo local en más del 10%.
– El inquilino puede impugnar el alquiler demasiado alto si el
arrendador no proporciona la información necesaria
• 2020: Ley congelación al alquiler Berlín (Mietpreisdeckel).
– Sentencia del Tribunal Constitucional de 25.03.2021. Inconstitucional
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL FEDERAL
DE ALEMANIA
• "Las disposiciones de regulación de la renta, como legislación
que define el contenido y los límites de la propiedad, son
admisibles por el derecho constitucional. En particular, la
interferencia con los derechos de propiedad es proporcionada".
• "Es de interés público evitar el desplazamiento de los sectores
económicamente más débiles de la población de las zonas donde
la demanda de alojamiento residencial es alta".
• "Por lo tanto, las regulaciones de alquiler son necesarias; no hay
otros medios que, con certeza, sean igualmente eficaces a corto
plazo. El legislador encontró un justo equilibrio entre los
intereses legítimos de los propietarios y el bien común".
• “La garantía de la propiedad privada no protege las expectativas
de los mayores ingresos posibles por alquiler”
CONTROL DE ALQUILER EN
FRANCIA
• Desde 2012: un decreto prohíbe las actualizaciones
de alquiler en 28 municipios por encima de la IRL
– Excepciones en el caso de grandes obras o alquileres
manifiestamente infravalorados
• 2018: la ley ELAN establece un sistema
experimental de control de alquileres durante 5
años en zonas tensionadas:
– Un observatorio de vivienda aprobado.
– Obligación de los propietarios de reembolsar al inquilino si
no se respeta
– En caso de incumplimiento: multas administrativas de hasta
5.000 €
• El Prefecto tiene que establecer alquileres de
referencia por metro cuadrado cada año para cada
categoría de vivienda y área geográfica.
• Las viviendas alquiladas no pueden superar en más
de un 20% la renta media conocida como renta de
referencia superior
CONCLUSIONES DEL ESTUDIO
• Es legitimo imponer condiciones y restricciones al derecho a la
propiedad para cumplir con la función social
• El control de alquiler se puede convertir en una medida clave a
corto plazo, siempre junto con otros instrumentos de política
pública.
• El derecho internacional y europeo de los derechos humanos ha
establecido que la plena garantía del derecho a la vivienda no es
compatible con un sistema desregulado en el que el Estado delega
su responsabilidad en los mercados privados sin garantías.
• La intervención en el mercado de vivienda sigue estando limitada
por consideraciones ideológicas.
• Aunque la pandemia ha legitimado la acción pública a gran escala,
las medidas siguen siendo modestas.
CONCLUSIONES DEL ESTUDIO
• Se requieren medidas más decisivas para garantizar la provisión de
vivienda adecuada y ayudas para los hogares de bajos ingresos:
– Buenas practicas: movilización del parque privado de viviendas privada con
uso social para moderar los alquileres y alojar a hogares con bajos ingresos.
• Legislación sobre el control de los alquileres a veces infrautilizada
en muchos países:
– Hay que tomar medidas para sensibilizar y dar a conocer a los inquilinos en las
medidas existentes
• El papel de las asociaciones de inquilinos es crucial especialmente
en países con tradición alquiler.
– Es importante reforzar el papel de los sindicatos de inquilinos en resto países
– Informar, organizar y defender a los inquilinos
– Proponer de nuevas medidas de protección de los inquilinos.

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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI

María José Aldanas

  • 1. La regulación de alquileres en el conjunto de la Unión Europea: una mirada social y jurídica 21 Octubre 2022 Maria J. Aldanas, FEANTSA
  • 2. ENFOQUE DE DERECHOS Y PERSONAS SIN HOGAR • FEANTSA en colaboración con la Fundación Abbé Pierre – Informe anual sobre la exclusión residencial (EU SILC) – Capítulo legal temático • Proyecto Housing Rights Watch : – Compromiso de promover el derecho a la vivienda para todos. (difusión, formación, estudios, incidencia y litigio estratégico) – Red europea multidisciplinar
  • 3. ALQUILERES vs INGRESOS UE • Aumento de la renta de alquiler en el mercado privado, en especial en las ciudades con un mercado de alquiler tensionado • Esfuerzo financiero creciente para los ciudadanos europeos – 1/3 de los residentes en el parque privado de alquiler – 1/ 10 gasta más del 40% de sus ingresos en la vivienda • Los hogares pobres se enfrentan a una tasa de esfuerzo excesivo 8 veces mayor (37,1% en 2019) que los hogares no pobres (4,6%). • Desconexión entre los alquileres y los ingresos de los hogares • Los gobiernos mecanismos para regular el mercado del alquiler y garantizar acceso a una vivienda asequible
  • 4. VIVIENDA ASEQUIBLE Y ESTABLE • Asequibilidad componente clave del derecho a la vivienda • Artículo 11(1) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Derecho a un nivel de vida adecuado -vivienda adecuada- • Observación general nº 4 del Comité DESC: – "Los costes de la vivienda deben estar a un nivel que no amenace o comprometa las demás necesidades básicas de las personas". – "Los Estados deben garantizar que los costes de la vivienda no sean desproporcionados con respecto a los niveles de ingresos” • Los gobiernos cuentan con una amplia gama de medidas para remediar los fallos del mercado, incluido el control de los alquileres.
  • 5. EQUILIBRIO ENTRE LOS DERECHOS DE PROPIETARIOS E INQUILINOS • Regulación alquiler búsqueda de un equilibrio entre las partes. • Limites de rentas tienes un doble objetivo: preservar la oferta de viviendas asequibles, garantizar la seguridad de la tenencia para los ocupantes (limitar posibles desahucios) • Temor de que los propietarios decidan no alquilar sus propiedades o considerar otros usos (alquiler turístico) • Evolución del derecho a la propiedad: la noción de función social de la vivienda: – Derecho a propiedad / Constituciones: Italia, Alemania. España • “el fructus” la facultad de obtener un beneficio de la propiedad - lo que se limita en el caso de los controles de alquileres
  • 6. JURISPRUDENCIA TEDH • Convención de DDHH no garantiza el derecho a la vivienda (articulo 1 Protocolo 1: derecho propiedad) • El TEDH sostiene que el legislador dispone de un amplio margen de maniobra para llevar a cabo la política económica y social, en aras del "interés público". • El TEDH reconoció que el legislador disponía de un amplio margen de apreciación y actuación en relación con un problema de “interés público”: el acceso a la vivienda. – Las consideraciones de justicia social exigían una reducción de los alquileres y estas no suponían una carga excesiva para los propietarios. • El TEDH no se opone a los controles de alquileres, pero se debe lograr un equilibrio entre el interés general y el derecho del propietario. – noción de "alquiler razonable y adecuado"
  • 7. REGULACION DE ALQUILER: GENERALIDADES • 2ª Generación de regulación de rentas: – Se limita revisión del alquiler de un contrato en curso según índice referencia dinámico. – No se limita el alquiler inicial (salvo caso Berlín) – No congelación total de rentas • Excepciones al control de rentas: trabajos de renovación e inversión. • Derecho Civil/ Privado, diferente en los distintos países de Europa. • Vivienda en alquiler frente a vivienda en propiedad (Alemania/ inquilinos) • La vivienda social disminuye en toda Europa. • Competencia de vivienda : Estado/ regiones – UE más impacto: Airbnb, derechos del consumidor, etc. – Municipios: preconizan un mayor papel.
  • 8. CONTROL DE ALQUILER EN ALEMANIA • Alemania: 55% inquilinos en el sector privado (+alto UE) • (Mietspiegel) o Espejo de rentas: índice de referencia para actualizar el alquiler de los arrendamientos existentes. Publica los precios medios de alquiler. • 2015: La Ley de Control de Alquileres (Mietpreisbremse) permite limitar la cantidad de renta para nuevos alquileres: – El alquiler al comienzo de un contrato de arrendamiento no puede exceder el alquiler comparativo local en más del 10%. – El inquilino puede impugnar el alquiler demasiado alto si el arrendador no proporciona la información necesaria • 2020: Ley congelación al alquiler Berlín (Mietpreisdeckel). – Sentencia del Tribunal Constitucional de 25.03.2021. Inconstitucional
  • 9. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL FEDERAL DE ALEMANIA • "Las disposiciones de regulación de la renta, como legislación que define el contenido y los límites de la propiedad, son admisibles por el derecho constitucional. En particular, la interferencia con los derechos de propiedad es proporcionada". • "Es de interés público evitar el desplazamiento de los sectores económicamente más débiles de la población de las zonas donde la demanda de alojamiento residencial es alta". • "Por lo tanto, las regulaciones de alquiler son necesarias; no hay otros medios que, con certeza, sean igualmente eficaces a corto plazo. El legislador encontró un justo equilibrio entre los intereses legítimos de los propietarios y el bien común". • “La garantía de la propiedad privada no protege las expectativas de los mayores ingresos posibles por alquiler”
  • 10. CONTROL DE ALQUILER EN FRANCIA • Desde 2012: un decreto prohíbe las actualizaciones de alquiler en 28 municipios por encima de la IRL – Excepciones en el caso de grandes obras o alquileres manifiestamente infravalorados • 2018: la ley ELAN establece un sistema experimental de control de alquileres durante 5 años en zonas tensionadas: – Un observatorio de vivienda aprobado. – Obligación de los propietarios de reembolsar al inquilino si no se respeta – En caso de incumplimiento: multas administrativas de hasta 5.000 € • El Prefecto tiene que establecer alquileres de referencia por metro cuadrado cada año para cada categoría de vivienda y área geográfica. • Las viviendas alquiladas no pueden superar en más de un 20% la renta media conocida como renta de referencia superior
  • 11. CONCLUSIONES DEL ESTUDIO • Es legitimo imponer condiciones y restricciones al derecho a la propiedad para cumplir con la función social • El control de alquiler se puede convertir en una medida clave a corto plazo, siempre junto con otros instrumentos de política pública. • El derecho internacional y europeo de los derechos humanos ha establecido que la plena garantía del derecho a la vivienda no es compatible con un sistema desregulado en el que el Estado delega su responsabilidad en los mercados privados sin garantías. • La intervención en el mercado de vivienda sigue estando limitada por consideraciones ideológicas. • Aunque la pandemia ha legitimado la acción pública a gran escala, las medidas siguen siendo modestas.
  • 12. CONCLUSIONES DEL ESTUDIO • Se requieren medidas más decisivas para garantizar la provisión de vivienda adecuada y ayudas para los hogares de bajos ingresos: – Buenas practicas: movilización del parque privado de viviendas privada con uso social para moderar los alquileres y alojar a hogares con bajos ingresos. • Legislación sobre el control de los alquileres a veces infrautilizada en muchos países: – Hay que tomar medidas para sensibilizar y dar a conocer a los inquilinos en las medidas existentes • El papel de las asociaciones de inquilinos es crucial especialmente en países con tradición alquiler. – Es importante reforzar el papel de los sindicatos de inquilinos en resto países – Informar, organizar y defender a los inquilinos – Proponer de nuevas medidas de protección de los inquilinos.