NORMATIVAS Y
  PROCEDIMIENTOS PARA EL
FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO
     DIRECTIVO ESCOLAR
      EDUCACIÓN (CDE).
INDICE




DOCUMENTO 1 _______________________________________________________3
I. PASO A PASO PARA LA INTEGRACION, LEGALIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR (CDE). __________3


DOCUMENTO 2 ______________________________________________________70
II. PASO A PASO PARA LA PLAINIFICAION ESCOLAR ANUAL POR LA
MODADLIDADES DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR ______________________70


DOCUMENTO 3 ______________________________________________________92
III. PASO A PASO PARA LA INTEGRACION, LEGALIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA EDUCACIÓN
(ACE). _______________________________________________________________92


DOCUMENTO 4 _____________________________________________________135
IV. PASO A PASO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS
FINANCIEROS ______________________________________________________135


DOCUMENTO 5 _____________________________________________________193
V.   PASO A PASO PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE LOS BIENES:
LIBROS, MUEBLES E INMUEBLES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS ______193


DOCUMENTO 6 _____________________________________________________216
VI. PASO A PASO PARA EL MANTENIMIENTO Y/O CONSTRUCCIÓN DE LA
INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, MOBILIAARIO Y EQUIPO ____________216
DOCUMENTO 1

 I.    PASO A PASO PARA LA INTEGRACION,
       LEGALIZACIÓN   Y   FUNCIONAMIENTO DEL
       CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR (CDE).

INTRODUCCIÓN

El Ministerio de Educación, con el propósito de orientar a la Comunidad Educativa para
la integración y legalización del Consejo Directivo Escolar (CDE), presenta las normas y
procedimientos derivadas de los principios establecidos en la Ley de la Carrera Docente
y su Reglamento y otros procedimientos que tiene su base en instructivos internos del
MINED.

Se espera que las Modalidades de Administración Escolar Local, realicen su mejor
esfuerzo para cumplir con los procedimientos establecidos.

En este documento se presentan los aspectos legales de los Consejos Directivos
Escolares, en torno a sus funciones, atribuciones, quienes lo integran y los requisitos
que deben cumplir sus miembros y las normas a seguir para su integración, legalización
y funcionamiento. De ello se derivan los Procedimientos relacionados con:

       Integración de Nuevo Consejo Directivo Escolar (CDE)

       Legalización del CDE.

       Sustitución de Miembros

       Vencimiento de Miembros

       Acuerdo Ejecutivo para modificar la Personalidad Jurídica por cambio de nivel
       educativo.

       Acuerdo Ejecutivo para dejar sin efecto la Personalidad Jurídica de los CDE.

       Legalización de Cambio de Modalidad en el Centro Educativo Administrativo por
       un CDE.
I. ¿QUÉ ES UN CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR?

Conforme a la Ley de La Carrera Docente y su Reglamento, el Consejo Directivo
Escolar es una organización interna de las instituciones educativas oficiales que integra
al Director o Directora, a representantes de los educadores, de los padres o madres de
familia y los alumnos, para la toma de decisiones en la administración de los servicios
educativos./1.

El Consejo Directivo Escolar existe como un organismo colegiado, por lo que sus
decisiones serán tomadas en conjunto. Ninguno tiene autoridad especial o individual por
formar parte de él, salvo en aquellos casos que tenga delegación especial por escrito./2.

Cada miembro del Consejo es vital para desarrollar una misión compartida, que
conduzca al mejoramiento de la calidad y ampliación de cobertura de los servicios
educativos.

En cada Centro Educativo oficial deberá existir un solo Consejo Directivo Escolar con su
Personalidad Jurídica.


II. ¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES                         Y     COMPETENCIAS           DEL
    CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR?

El Consejo Directivo Escolar tendrá como funciones y competencias las siguientes./3.

A.     Planificar las actividades y recursos del centro educativo

       Conocer y discutir la problemática del centro educativo y buscar soluciones en
       conjunto.
       Conocer, aprobar y divulgar el Plan Escolar Anual.
       Conocer y aprobar el presupuesto del centro educativo con base en el Programa
       Escolar Anual.
       Gestionar y suscribir los proyectos que fueren necesarios para apoyar el
       desarrollo del centro educativo.
       Hacer uso óptimo de los recursos.

B.     Administrar los recursos humanos.

       Aprobar la cantidad del personal docente y administrativo necesario para el
       cumplimiento de las metas del centro educativo.

1/ Art. 48 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente
2/ Art. 70 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente
3/ Art. 50 de la Ley de la Carrera Docente
Seleccionar o solicitar la selección del personal docente de conformidad a la Ley
     de la Carrera Docente.
     Dar seguimiento al desempeño del recurso humano asignado al centro
     educativo, de acuerdo con las regulaciones que establece la Ley de la Carrera
     Docente.
     Solicitar al Tribunal Calificador su intervención en aquellos casos que de
     acuerdo con la Ley sea necesario.
     Iniciar ante la Junta de la Carrera Docente correspondiente los procesos
     necesarios para la aplicación de sanciones y cumplir con los requisitos que
     aquella le hagan.
     Ejercer las acciones correspondientes en la jurisdicción contencioso
     administrativo una vez agotada la vía administrativa prevista en la Ley de la
     Carrera Docente.
     Asignar las plazas de acuerdo al fallo del Tribunal Calificador.
     Promover incentivos al desempeño de los miembros de la Comunidad Educativa
     en el centro escolar.
     Facilitar las auditorias de personal.
     Las otras que determine la Ley.

C.   Administrar los recursos físicos y materiales.

     Velar porque los recursos existentes sean los necesarios para el buen
     funcionamiento del centro educativo.
     Adquirir bienes y contratar los servicios que sean necesarios para el
     cumplimiento de sus objetivos.
     Celebrar actos y contratos de conformidad con la Ley.
     Dar seguimiento a la recepción y distribución de los nuevos recursos (textos,
     materiales, otros).
     Garantizar el debido mantenimiento de la infraestructura, así como el cuido y
     resguardo del mobiliario y equipo del centro educativo.
     Custodiar los bienes adquiridos antes y durante su gestión, los cuales pasarán a
     ser patrimonio del Estado.
     Autorizar el uso de las instalaciones educativas para actividades culturales,
     recreativas y educativas

D.   Administrar los recursos financieros.

     Manejar los fondos en cuenta bancaria mancomunadamente por el Presidente,
     Tesorero y un Concejal de los educadores en el Consejo.
     Hacer uso racional de los recursos y cumplir con los compromisos financieros
     adquiridos.
     Velar por la efectiva transferencia de los recursos por el nivel departamental y
     central, para cumplir con la programación anual de trabajo.
     Autorizar, administrar y decidir sobre la totalidad de los fondos que ingresan o
     egresan en el centro educativo.
     Regular las actividades que generen ingresos financieros.
Facilitar las auditorias financieras, proporcionando la información necesaria.
          La administración de todos los recursos financieros será responsabilidad
          exclusiva del Consejo Directivo Escolar, por intermedio del tesorero; y no
          deberán abrirse bajo ninguna circunstancia, cuentas personales o individuales o
          por sectores.


III.      ¿QUIÉNES FORMAN EL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR?

          De acuerdo con la Ley de la Carrera Docente, en su artículo 49, establece que
          cada institución educativa debe constituir un Consejo Directivo Escolar,
          integrado por los siguientes miembros:

          El Director del Centro Educativo, quien será el Presidente y representante legal
          del Consejo Directivo Escolar. En ausencia del Director, Subdirector será el
          Suplente.
          Tres representantes de los padres/madres de familia, uno de ellos, será el
          Tesorero del Consejo Directivo Escolar y los demás, Concejales; cada uno con
          su respectivo suplente.

          Dos representantes del Consejo de Maestros, uno de ellos será el Secretario y el
          otro el Concejal docente con firma autorizada. Cada uno con un suplente.


          Dos representantes del Sector de alumnos, de 12 años cumplidos o más. Cada
          uno tendrá su suplente.

          En las instituciones educativas, donde por necesidad del servicio, haya más de
          un subdirector, el suplente será electo por el Consejo de Profesores, en votación
          secreta.

          En los centros de educación parvularia y especial, el Consejo Directivo Escolar,
          estará integrado por el Director, sector docente y sector de padres y madres de
          familia En los Centros Escolares en donde laboran menos de tres profesores, el
          Consejo Directivo Escolar se integrara proporcionalmente.


IV.  ¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR LOS MIEMBROS DEL
   CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR?

       Para los representantes de los educadores, se requiere:
          Estar nombrado legalmente en el centro educativo.
          Haber sido electo por mayoría absoluta, en votación secreta y en ningún
          momento será inferior a las tres cuartas partes de los votos emitidos por los
          miembros del Consejo de Profesores.
Para los miembros representantes de los padres/ madres de familia:
      Tener hijos estudiando en el centro educativo.
      Haber sido electo en votación secreta por mayoría simple en Asamblea General
      de Padres/Madres de Familia, por votación secreta.

   Para los miembros representantes de los alumnos:
      Estar matriculado en el centro educativo.
      Tener doce años cumplidos o más.
      Haber sido electo por mayoría simple a través de una votación secreta, en
      Asamblea General de Alumnos.



V. ¿CUÁLES SON LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
   CONSEJO    DIRECTIVO ESCOLAR?

Atribuciones del Presidente:
        Gestionar por medio de la Dirección Departamental de Educación, la
        personalidad jurídica del Consejo ante el Ministerio.
        Representar legalmente al Consejo.
        Preparar una agenda escrita, incluyendo fecha, hora y temas a discutir, siendo
        distribuida en un periodo no menor de ocho días, salvo en reuniones de carácter
        urgente.
        Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias y notificar a los miembros de
        cualesquiera cambios en las diferentes reuniones programadas regularmente.
        Presidir las reuniones del Consejo, de acuerdo con los procedimientos
        establecidos, observando normas de respeto y confraternidad.
        Dar seguimiento y cumplimiento a los acuerdos tomados y tareas asignadas en
        el Consejo.
        Firmar los documentos necesarios después de que hayan sido aprobados.
        Promover la participación activa de los miembros del Consejo y otros en las
        reuniones de trabajo.
        Moderar el desarrollo de las reuniones de tal manera que facilite la discusión y la
        toma de decisiones.
        Responder solidariamente del manejo de fondos asignados al centro educativo.
        Coordinar la utilización eficiente de los recursos financieros, físicos y materiales.
        Asistir puntualmente a todas las reuniones ordinarias y extraordinarias del
        Consejo.

Atribuciones del Secretario:
        Levantar y registrar las actas de las reuniones ordinarias y extraordinarias del
        Consejo.
        Asegurarse de que las actas tengan el nombre y la dirección de la escuela,
        lugar, día y hora cuando se abrió la sesión, los miembros del Consejo presentes
        o ausentes y los no miembros convocados que asistieron.
Preparar con el Presidente, la agenda a desarrollar en las reuniones ordinarias y
       extraordinarias del Consejo.
       Organizar y mantener al día el archivo del Consejo.
       Manejar copia del inventario actualizado de los recursos existentes en el centro
       educativo.
       Recibir, registrar y archivar la correspondencia del Consejo.
       Preparar la correspondencia del Consejo y notificar a quienes corresponda los
       acuerdos tomados.
       Asistir puntualmente a todas las reuniones ordinarias y extraordinarias del
       Consejo.

Son atribuciones del Tesorero:
       Ser depositario de los fondos que administra el Consejo en forma mancomunada
       con el Presidente y un Concejal representante de los educadores.
       Llevar los registros de ingreso y gastos de las operaciones financieras
       efectuadas por el Consejo en libros contables debidamente autorizados por el
       Ministerio, por intermedio de la Dirección Departamental de Educación.
       Efectuar los pagos aprobados por el Consejo y autorizados por el Presidente del
       mismo.
       Asistir puntualmente a todas las reuniones ordinarias y extraordinarias del
       Consejo.

Atribuciones de todos los miembros del Consejo:
        Presentar necesidades y problemas del sector que representa, para su estudio y
        solución.
        Apoyar el cumplimiento de los acuerdos tomados en Consejo.
        Participar de manera responsable en el análisis y toma de decisiones.
        Asistir puntualmente a todas las reuniones ordinarias y extraordinarias del
        Consejo.
        Establecer y mantener un sistema de comunicación eficiente, con el sector que
        representa.
        Coordinar el desarrollo de las actividades con el sector que representa.




VI.   ¿QUÉ NORMAS DEBE TENER EN CUENTA EL CONSEJO
   DIRECTIVO PARA SU  INTEGRACIÓN, LEGALIZACIÓN Y
   FUNCIONAMIENTO?

Normas de Integración.
      El Director del Centro Educativo velara por la integración y funcionamiento del
      Consejo Directivo Escolar.
      Cada sector de la comunidad educativa, en asamblea general elige a sus
      representantes propietarios y suplentes, por mayoría simple y por votación
      secreta.
En las instituciones educativas donde se labore más de una jornada con
       diferentes alumnos y educadores se considerará esta circunstancia para la
       integración del Consejo.

Normas de Legalización.
      La personalidad jurídica será otorgada por una sola vez y posteriormente cuando
      ocurran cambios entre los integrantes del Consejo, bastará que se emita una
      Resolución por el Director Departamental de Educación, para su reconocimiento
      legal.

Normas de funcionamiento.
      El Consejo deberá integrarse normalmente en los primeros treinta días del año
      lectivo. Pero si el vencimiento de los miembros se produjera en otra fecha,
      deberán realizarse las asambleas por sector para su estructuración por lo menos
      un mes antes de la fecha que finalice.
      Todas las discusiones, votaciones y acuerdos deben registrarse en un acta, que
      debe ser aprobada y firmada por miembros del consejo presentes, para que
      tenga efecto legal.
      Las resoluciones dentro del Consejo se tomaran por mayoría simple, y en caso
      de empate el Presidente tendrá doble voto.
      Cada Consejo dispondrá de un sello para autorizar toda clase de documento en
      el ejercicio de sus atribuciones.
      Cuando cambie uno o más miembros, el nuevo solamente completara el tiempo
      que falte para que el Consejo finalice su período.
      Los miembros del Consejo Directivo Escolar no devengarán salario, viáticos,
      dietas, ni emolumento por cumplir sus funciones cuando asistan a reuniones o
      por realizar actividades propias del Consejo.
      Los miembros del Consejo no podrán ser parientes entre sí hasta el cuarto grado
      de consanguinidad o segundo de afinidad.
      En cada centro educativo, los padres/madres de familia deberán organizarse en
      Comités de Desarrollo Educativo. Cada Comité determinará sus funciones y
      formulará su Plan de Trabajo, bajo la coordinación del Consejo Directivo Escolar.
      Dicho Comité, se organizará en una Directiva integrada por un Presidente,
      Secretario, Síndico y los vocales que estimen necesarios. Los Consejos
      Directivos Escolares promoverán en Asambleas Generales la organización de
      estos Comités.
      El Consejo sesionará una vez al mes en forma ordinaria y extraordinariamente
      las veces que sean necesarias Las reuniones serán convocadas por el
      Presidente o por dos miembros a través del Presidente. Por cualquier motivo
      cuando el Presidente del Consejo no convoque a reunión podrán hacerlo dos
      miembros representantes de diferente sector.
      Una reunión del Consejo es válida cuando asistan la mitad más uno de sus
      miembros y las resoluciones se tomaran por mayoría simple.
VII. ¿CUÁLES SON LOS PASOS A SEGUIR PARA INTEGRAR UN
   CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR?

A continuación encontrará los pasos a seguir para integrar por primera vez el Consejo
Directivo Escolar con los representantes de cada sector de la comunidad educativa:


PASO            RESPONSABLE                               ACTIVIDAD
        Director(a) del Centro Escolar   Promueve la integración y funcionamiento
                                         del Consejo Directivo Escolar, invitando a la
  1.                                     comunidad educativa, considerando el Art.
                                         48 Ley de la Carrera Docente y 48 del
                                         Reglamento. (Anexo 1).
        Director(a) del Centro Escolar   Invita en forma separada a Consejo de
                                         Profesores, a los Padres de Familia y de los
                                         Alumnos de cada una de las diferentes
                                         jornadas o turnos, si los hubiere, a
  2.                                     Asambleas Generales, para informarles
                                         sobre la necesidad de integrar el Consejo
                                         Directivo Escolar. Art. 48 y 49, inciso final
                                         Ley de la Carrera Docente y Reglamento.
                                         (Anexo 2).
        Director(a) del Centro Escolar   Elabora Acta que contiene los resultados de
                                         la Asamblea informativa y la asienta en el
                                         Libro de
                                         Actas del Centro Educativo. (Anexo 3).
  3.
                                         NOTA: En caso de decidirlo, tanto los padres
                                         de familia, los alumnos y los profesores,
                                         pueden realizar la elección el mismo día. Art.
                                         50 Reglamento.
        Director(a) del Centro Escolar   En caso de no realizarse la elección el día
                                         de la Asamblea informativa, se convocará a
                                         Asambleas Generales a realizarse dentro de
                                         los primeros cinco días hábiles siguientes de
                                         la reunión informativa a los padres de
  4.
                                         familia, alumnos y Consejo de Profesores
                                         para elegir representantes, propietarios y
                                         suplentes y sus respectivos cargos,
                                         utilizando hojas de votación. Art. 48 y 50
                                         Reglamento. (Anexos 4 y 5).
        Director(a) del Centro Escolar   Organiza con el Consejo de Maestros el
                                         proceso de elección de los miembros del
  5.                                     CDE, prepara Agenda, verifica quórum y
                                         estimula la participación de los sectores de
                                         la comunidad educativa.
        Director(a) del Centro Escolar   Elabora Acta en la que se registra la elección
  6.
                                         de los representantes de cada Sector al
Consejo Directivo Escolar y la asienta en el
                                       Libro de Actas del Centro Educativo. Art. 52,
                                       Inciso 2, Reglamento. (Anexo 6A y 6B).
                                               Elabora Acta de Integración del
                                               Consejo Directivo Escolar y la asienta
                                               en el Libro de Actas del Centro
                                               Educativo. Art. 52, Inciso 2,
      Presidente(a) y Secretario(a)
7.                                             Reglamento. (Anexo 7).
      del Consejo Directivo Escolar.
                                               Certifica el Acta de Integración
                                               (Anexo 8).
                                               Transcribe Acta en el Cuadro del
                                               Anexo 9).
                                       Convoca a Asamblea General para realizar
      Presidente(a) del Consejo
8.                                     la toma de protesta de los miembros electos.
      Directivo Escolar.
                                       Art. 53 Reglamento. (Anexo 10).
                                               Elabora Acta de Toma de Protesta y
                                               la registra en el Libro de Actas del
      Presidente(a) del Consejo                Centro      Educativo.    Art.      53
9.
      Directivo Escolar.                       Reglamento. (Anexo 11).
                                               Certifica dicha Acta, adaptándola
                                               según Anexo 8.
                                       Elabora el Reglamento de Funcionamiento
                                       de dicho Consejo, el cual deberá ser firmado
10.   Consejo Directivo Escolar.
                                       por los miembros del Consejo Directivo
                                       Escolar. Art. 58 Reglamento. (Anexo 12).
ANEXO 1



MODELO DE CIRCULAR Nº_________


__________________________________
      Lugar y Fecha


A la Comunidad Educativa:

Atentamente se les hace de su conocimiento que en nuestro Centro Educativo:
______________________________________________________________________
deberá conformarse el Consejo Directivo Escolar, organismo que de acuerdo a la Ley
de la Carrera Docente debe estar integrado por representantes de los maestros, padres
de familia y alumnos.

Ha llegado el momento de que te integres con tu comunidad en el desarrollo del
proceso educativo, y es por esa razón, que se te hace una cordial invitación para que
participes en una Asamblea General que próximamente se llevará a cabo con cada uno
de los sectores representantes de la comunidad educativa en la que se informará más
ampliamente sobre la misión que le corresponderá realizar al Consejo Directivo Escolar;
al mismo tiempo, se dará a conocer el proceso de integración del mismo.



F: ____________________________         SELLO
             Director(a)
ANEXO 2


MODELO DE INVITACIÓN A ASAMBLEA INFORMATIVA SOBRE
LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS
DIRECTIVOS ESCOLARES

___________________________
      Lugar y Fecha

Estimado_______________________________________________________
                              (Padre de Familia, Alumno(a) o Profesor(a)
Presente.
En base a los Artículos 48 y 49 de la Ley de la Carrera Docente y 48 del Reglamento
de    la     misma,      me      permito      invitarlo  a     una     Asamblea     de
______________________________________________________________________
                     (Padres de Familia, Alumnos(as) o Profesores(as)


En la cual se informará sobre la conformación del Consejo Directivo Escolar.
Lugar:
___________________________________________________________________
Hora:
___________________________________________________________________
Fecha:
__________________________________________________________________

F: _____________________ SELLO
       Director(a)

       AGENDA PARA REUNIÓN INFORMATIVA

1.     Verificación del quórum.
2.     Lectura del Acta anterior (sólo para Consejo de Profesores (as)).
3.     Aprobación de Agenda.
4.     Explicación sobre el Consejo Directivo Escolar y su marco legal.
5.     Perfil de los representantes (según el Sector convocado).
6.     Entrega de material por escrito referente al Consejo Directivo Escolar (Si lo
tuvieren).
7.     Funciones del Padre de Familia, Alumnos y Maestros del Consejo Directivo
Escolar.
8.     Presentación del cronograma de actividades para constituir el Consejo Directivo
       Escolar.
9.     Convocatoria para próxima reunión.
10.    Varios.
ANEXO 3

MODELO DE                    ACTA(S)            DE        RESULTADOS                     DE        REUNIÓN
INFORMATIVA

                                      ACTA No._____________

En el Centro Escolar _____________________________________________________
de la localidad de ____________________________________________ del Municipio
de _______________________ Departamento de _____________________________
a     las________________       horas,    del     día _________________   del
mes____________________ del año ________. Siendo este el lugar, día y hora
señalados       para     realizar      la     reunión  informativa   a    los
_______________________________________
       (Padres de Familia, Alumnos(as) o Profesores(as)
sobre la integración y funcionamiento de los Consejos Directivos Escolares se procedió
por parte del suscrito Director(a)___________________________________________a
explicar el proceso de integración del Consejo, seguidamente se formuló una invitación
a cada uno de los miembros presentes a elegir sus representantes propietarios y
suplentes y sus respectivos cargos finalmente se acordó llevar a cabo la Asamblea
General      para    realizar   la    elección   el    día__________________       del
mes________________ del año ________
       (5 días hábiles siguientes)
en las instalaciones de____________________________________________________
                                     (Centro Educativo o el local que reúne las condiciones necesarias)
Y no habiendo más que hacer constar, doy por terminada la presente Acta a las
__________ horas, del día ________ del año ________ y para constancia, firmo.




______________________________                            SELLO
       Director (a)
ANEXO 4

MODELO DE CONVOCATORIA                                            PARA          ELECCIÓN             DE
REPRESENTANTES

____________________
      Lugar y Fecha

Estimado _____________________________________________________
                         (Padre de Familia, Alumno(a) o Profesor(a)
Presente.

En base a los Artículos 48, 49 y 50 de la Ley de la Carrera Docente y 50 del
Reglamento de la Ley, me permito convocar a: _________________________
       (Asamblea General de Padres de Familia, Asamblea General de Alumnos, Consejo de Profesores)
para elegir a los representantes propietarios y suplentes y sus respectivos cargos de los
(padres de familia, alumnos, profesores) que integrarán el Consejo Directivo Escolar.

Lugar: ________________________________________________________
Hora: _________________________________________________________
Fecha: ________________________________________________________


F: _____________________ SELLO
       Director(a)

AGENDA DE ASAMBLEA DE ELECCIÓN DE REPRESENTANTES

1.     Verificación del quórum
2.     Saludo
3.     Objetivo de la reunión
4.     Lectura de Acta anterior (Reunión de Asamblea Informativa)
5.     Elección de Candidatos
       a. Propuesta de Candidatos.
       b. Presentación de Candidatos
       c. Votación
       d. Conteo de votos
       e. Resultados
6.     Convocatoria a reunión de integración y juramentación del Consejo
       Directivo Escolar.
7.     Cierre.
ANEXO 5

MODELO DE HOJA DE VOTACIÓN




    ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE _______________________________


    EN EL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR.

    CENTRO ESCOLAR: _______________________________________________
    ________________________________________________________________

    VOTO POR: ______________________________________________________
    LUGAR Y FECHA: _________________________________________________

    SELLO DEL CENTRO EDUCATIVO
ANEXO 6-A

MODELO DE ACTA DE REGISTRO DE LA ELECCIÓN DE LOS
MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR

(Para cada sector: Padres de Familia, Profesores(as) y Alumnos(as) )

                                           ACTA No. __________

En el __________________________________________________________________
                   (Centro Escolar, Instituto Nacional, Escuela de Educación Parvularia, Complejo Educativo)
del     Caserío      _______________,     Cantón   ______________      Municipio
de______________, Departamento de________________a las ____ horas del día
_______del mes de __________ del año ____________. Habiendo sido convocados
por el Director(a) señor(a) _____________________________ a la Asamblea General
de _____________________________________________ para efecto de proceder a la
         (Padres de familia, Profesores/as y Alumnos/as)
elección de sus representantes ante el Consejo Directivo Escolar de este centro
educativo, se procedió a ello de la manera que indica la Ley y el Reglamento de la
Carrera Docente; habiéndose dado los resultados siguientes:

En calidad de Propietarios:
________________________________, _________________________________,
y _______________________________   _______________________________
                             (Nombres del padre de familia, profesor/a y alumno/a)
resultando electo como______________________, el __________________________
                   (Secretario/a o Tesorero/a, Consejal)   (Nombre del padre de familia, profesor/a, alumno(a).
_________________________________________________ y en calidad de Suplentes:
______________________________, __________________________________
                             (Nombre del padre de familia, profesor/a y alumno/a)
y _____________________________________________________________________
como_________________________________el _______________________________
(Secretario/a Suplente o Tesorero/a Suplente, Consejal)    (Nombre del padre de familia o Profesor/a, alumno(a))


En fe de lo cual y para constancia firmamos la presente Acta.

NOTA: Este modelo se utilizará para elegir a los representantes de los tres
sectores: padres, profesores/as y alumnos/as. En elección de padres indicar
quién resultó electo Tesorero/a y en la de profesores, quién será el Secretario/a.
ANEXO 6-B

MODELO DE ACTA DE ELECCIÓN DEL SUBDIRECTOR COMO
SUPLENTE DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO
ESCOLAR EN EL CASO DE HABER DOS O MÁS
SUBDIRECTORES


ACTA No. _____________

En
el_____________________________________________________________________
       (Centro Escolar, Instituto Nacional, Escuela de Educación Parvularia, Complejo Educativo)
del Caserío ____________________, Cantón ______________, Municipio de________
Departamento de_____________, a las ________ horas del día _________ del mes de
__________ del año _______________________. Los infrascritos Presidente/a y
Secretario/a del Consejo de Profesores de este centro educativo, HACEMOS
CONSTAR: Que en Consejo de Profesores efectuado el día _________ del mes
___________ del presente año, y dado que en este centro educativo hay más de un
Subdirector, con base a lo dispuesto en el Art. 51 del Reglamento de la Ley de la
Carrera Docente, se procedió a elegir mediante votación secreta al Suplente de
Presidente(a) del Consejo Directivo Escolar, habiendo resultado electo el(la) Profesor(a)
o Licenciado(a) __________________________________________________
_____________________________. En fe de lo cual extendemos y firmamos la
presente Acta en el lugar, día y hora de su fecha.



________________________________                        ________________________________
Presidente(a) del Consejo de Profesores                 Secretario(a) del Consejo de Profesores

SELLO DEL CDE
ANEXO 7

MODELO DE ACTA DE INTEGRACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR

                          ACTA No._______________
Reunidos en el__________________________________________________________
              (Centro Escolar, Instituto Nacional, Escuela de Educación Parvularia, Complejo Educativo)
del       Caserío_______________,      Cantón______________,         Municipio
de____________Departamento ___________________ a las _______________horas
del día_____________ del mes de
____________año ______; en sesión__________________ contando con la asistencia
                                           (Ordinaria o Extraordinaria)
de los señores: _________________________________________________________
______________________________________________________________________
elegidos en Asambleas Generales de nuestros respectivos sectores, todas del
presente año; como representantes propietarios y suplentes ante el Consejo Directivo
Escolar; del Consejo de Profesores efectuada el día __________ del mes de
__________; del Sector de Padres de Familia, efectuada el día ________ del mes
_________; y del Sector de Alumnos, efectuada el día ________ de __________, en
base a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley de la Carrera Docente, y al inciso
segundo del artículo 52, y artículo 142 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente;
con el propósito de Integrar el CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR que fungirá durante
de dos años contados a partir de la fecha en que se emita el Acuerdo Ejecutivo que
otorga Personalidad Jurídica, al Consejo Directivo Escolar; el cual queda integrado por
las siguientes personas:
(NOTA: A continuación los miembros deberán colocar; a renglón seguido: cargo,
nombre, documento de identidad excepto los menores de 18 años, lugar y fecha de
expedición, ocupación y domicilio)
Y no habiendo más que hacer constar, se cierra la presente Acta a las ________ horas
de la fecha arriba relacionada; en fe de lo cual y para constancia firmamos la presente
Acta, en el orden del cargo respectivo.
ANEXO 8

MODELO DE CERTIFICACIÓN DEL ACTA

El (la) Infrascrito(a) Secretario(a) del Consejo Directivo Escolar, CERTIFICA: Que la
copia fotostática del ACTA DE INTEGRACIÓN número ______ , de los miembros del
Consejo Directivo Escolar ________________________________________________
                                    (Nombre del Centro Educativo)
con código _______, ubicado en el Caserío_______, Cantón_______, Municipio de
_______________, Departamento de________________; con fecha _________ , es
conforme y fidedigna con su original con la cual fue debidamente confrontada.

Y para los usos que el interesado estime conveniente, se extiende la presente
certificación, en la ciudad de__________________, a los __________días del mes
de_______________ del año dos mil______________.



F:________________________________________________                  (SELLO)
Nombre y Firma del Secretario(a) del Consejo Directivo Escolar.


NOTA:
        La fotocopia del Acta debe ser clara y legible.
        La certificación debe escribirse al reverso de la página o de la última copia,
        si son más de 2 páginas.
        Este modelo de certificación, puede adaptarse para certificar cualquier
        Acta registrada en el Libro.
ANEXO 9

MODELO DE CUADRO DE TRANSCRIPCIÓN DEL ACTA DE
INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR
ANEXO 10

MODELO DE CONVOCATORIA A ASAMBLEA DE TOMA DE
PROTESTA

Estimado
__________________________________________________________________
                      (Padre de Familia, Alumno/a, Profesor/a)
Presente.

Atentamente se le invita a participar en la Asamblea General en la que se desarrollará el
acto especial de firma del Acta de Integración y Juramentación del Consejo Directivo
Escolar.

Día: ________________

Hora: _______________

Lugar:
___________________________________________________________________

Objetivo de la Reunión: ___________________________________________________

______________________________________________________________________


AGENDA

1.     Himno Nacional.

2.     Presentación de la mesa de Honor.

3.     Presentación de los miembros del CDE.

4.     Firma del Acta de Integración.

5.     Juramentación del Consejo Directivo Escolar.

6.     Palabras del Presidente(a) del Consejo Directivo Escolar.
ANEXO 11

MODELO DE ACTA DE TOMA DE PROTESTA DEL CONSEJO
DIRECTIVO ESCOLAR

ACTA No.____________
Reunidos en el _________________________________________________________
                     (Centro Escolar, Instituto Nacional, Escuela Parvularia, Complejo Educativo)
del Caserío ____________Cantón__________, Municipio de_____________,
Departamento de____________ a las ________horas del día ___________ de
__________ del año _______. Habiendo sido integrado el Consejo Directivo Escolar de
este Centro Educativo, según Acta Nº ________ de fecha _____________________ el
Suscrito Presidente(a) de dicho Consejo y con la presencia de los miembros
Propietarios y Suplentes, procedió a tomarles la Protesta de Ley de la siguiente manera:
“PROTESTAÍS BAJO VUESTRA PALABRA DE HONOR, SER FIEL A LA REPÚBLICA,
CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA CONSTITUCIÓN, ATENDIÉNDOSE A SU TEXTO
CUALESQUIERA QUE FUEREN LAS LEYES, DECRETOS, ÓRDENES O
RESOLUCIONES QUE LA CONTRARIEN, PROMETIENDO ADEMÁS, EL EXACTO
CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DEL CARGO QUE LES HA SIDO CONFERIDO
CONFORME A LA LEY DE LA CARRERA DOCENTE Y SU REGLAMENTO, POR
CUYA INFRACCIÓN SEREÍS RESPONSABLES CONFORME A LAS LEYES”. Acto
continuo los miembros juramentados respondieron: “SI PROTESTAMOS”. En fe de lo
cual y para constancia firmamos la presente acta todos los miembros integrantes del
citado Consejo Directivo Escolar.
ANEXO 12

MODELO DE REGLAMENTO                                          INTERNO                DEL          CONSEJO
DIRECTIVO ESCOLAR

______________________________________________________________________
        (Anotar nombre del Centro Escolar, Instituto Nacional, Escuela Parvularia o Complejo Educativo)
del Caserío ___________________________,Cantón __________________________,
Municipio de____________________________, Departamento de_________________


CAPÍTULO I

NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETIVOS

Art.1   Créase en el______________________________________________________
                                     (Centro Escolar, Instituto Nacional, Escuela Parvularia, Complejo Educativo)
el Consejo Directivo Escolar, como una entidad eminentemente educativa, apolítica, no
lucrativa, ni religiosa, que en el presente Reglamento Interno, se denominará el
“CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR” (CDE).

Art.2 El CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR tendrá como domicilio la sede del
mencionado centro educativo.

Art.3 La personalidad jurídica del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR se constituye por
tiempo indefinido.

Art.4   El CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR tendrá como objetivos los siguientes:
        a.    Promover la integración de la Escuela con la Comunidad.
        b.    Crear condiciones que favorezcan una autogestión administrativa y
              financiera del centro educativo.
        c.    Adoptar instrumentos que posibiliten una gestión democrática en la
              enseñanza pública.
        d.    Velar por la conservación de los bienes que pertenecen al patrimonio del
              centro educativo.
        e.    Fomentar en la comunidad educativa la participación de todos los
              sectores que la involucra en el fortalecimiento del centro educativo.
        f.    Promover constantemente la integración de los Comités de apoyo
              educativo, artístico, cultural, deportivo y otros que favorezcan el
              desarrollo de la integridad personal del educando.
        g.    Establecer comunicaciones con instituciones oficiales o privadas, con el
              objeto de dar impulso a la educación de esta localidad.
CAPÍTULO II

DE LOS MIEMBROS

Art.5 Podrán ser miembros del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR las personas que
representan a los padres de familia, maestros y alumnos conforme a la Ley de la
Carrera Docente y su Reglamento.

Art.6   Son Derechos de los miembros:

        a)    Participar en la administración y fiscalización del Consejo Directivo
              Escolar.

        b)    Emitir opinión y hacer sugerencias encaminadas al mejoramiento de la
              actividad del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR.



        c)    Ejercer el voto en las sesiones ordinarias y extraordinarias para las que
              hubiere sido convocada, correspondiendo un voto a cada miembro.
        d)    Participar en las actividades del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR a fin
              de colaborar en el logro de sus objetivos.
        e)    Los demás que establezcan la Ley y el Reglamento de la Carrera
              Docente.

Art.7 La calidad de miembro del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR termina por las
causas a las que se refiere el Reglamento de la Ley de Carrera Docente y además por
el no cumplimiento de las obligaciones que le sean encomendadas por el CONSEJO
DIRECTIVO ESCOLAR.

Art. 8 Son obligaciones de los miembros:

        a)    Aportar su trabajo personal en forma responsable y directa.

        b)    Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias o extraordinarias para
              las que fuere convocadas.

        c)    Desempeñar el cargo para el que fue electo o nombrado con
              responsabilidad, eficiencia y honorabilidad y cumplir con las comisiones
              que se les encomienden.

        d)    Contribuir con su esfuerzo personal al desarrollo y perfeccionamiento del
              CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR.

        e)    Abstenerse de acciones u omisiones que puedan afectar la armonía, la
              estabilidad económica o financiera, las actividades, los intereses o el
              prestigio del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR.
f)      Conservar los bienes del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR.

       g)      Responder de manera solidaria, como órgano colegiado ante cualquier
               reclamo que le hagan al Consejo Directivo Escolar de cualquier
               institución u organismo.

       h)      Cumplir y velar por el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley y el
               Reglamento de la Carrera

Docente y los acuerdos tomados por el CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR.

CAPÍTULO III

DEL GOBIERNO

Art.9 El CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR estará integrado por el número de
miembros que indica la Ley y el Reglamento de la Carrera Docente y serán electos en la
forma y para el período que se indica en tales instrumentos. No obstante que en el Art.
48 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente se dispone que los miembros no
podrán ser reelectos, éstos podrán optar a nuevos períodos, siempre y cuando sean en
forma alterna y no continúa.

Art.10 El CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR convocará a Asamblea General de todos
los miembros que conforman los sectores que representan, en sesión ordinaria una vez
cada seis meses, por lo menos, o cuando sea necesario en sesión extraordinaria.

Art. 11 El CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR sesionará ordinariamente _____________
al mes y extraordinariamente las veces que se estimen necesarias. (una o dos o más veces)


CAPÍTULO IV

ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR

Art.12 Son atribuciones de cada uno de los miembros del CONSEJO DIRECTIVO
ESCOLAR las establecidas en la Sección “C” del Capítulo V del Reglamento de la Ley
de la Carrera Docente y en el Art. 50 de la Ley de la Carrera Docente.

CAPÍTULO V

DEL PATRIMONIO

Art.13 El Patrimonio del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR estará constituido por:

       a)      Los recursos financieros destinados al centro educativo por el Gobierno.
b)     Las donaciones de instituciones públicas o privadas.

       c)     Las utilidades provenientes de la tienda escolar.

       d)     Las utilidades provenientes de actividades desarrolladas por los Comités
              de apoyo o por otros.

CAPÍTULO VI

DISPOSICIONES GENERALES

Art.14 Término de las funciones: La calidad de miembro del Consejo termina, por las
causas que el Reglamento de la Ley de la Carrera Docente establece en el Art. 74.
Siendo estas:
       a)     Por fallecimiento;
       b)     Por renuncia voluntaria justificada presentada por escrito;
       c)     Por expulsión acordada en asamblea general de los miembros a quienes
              representen, por comisión de falta; y
       d)     Por haber transcurrido el período para el cual fueron electos.

Art.15 El presente Reglamento podrá ser reformado o modificado parcial o totalmente
por acuerdo tomado con el voto favorable de la mayoría simple de los miembros del
Consejo. Asimismo, podrá ser sustituido por otro, si los miembros de un nuevo Consejo
electo así lo acordaren.

Art.16 El Director del centro educativo tiene la obligación de enviar a la Unidad de
Recursos Humanos de la Dirección Departamental, la nómina de los miembros que
integran el Consejo a través de la respectiva Acta de Integración y Protesta, así como el
presente Reglamento, dentro de los cinco días hábiles siguientes de la integración.

Art.17 El presente Reglamento entrará en vigencia _______________________

NOTAS: El Reglamento contendrá FIRMA, NOMBRE, CARGO Y SECTOR de los
miembros del Consejo.
El presente Modelo de Reglamento Interno del Consejo Directivo Escolar, constituye
UNA PROPUESTA, para facilitar su elaboración, no obstante cada Consejo tiene
libertad de redactar su propio Reglamento atendiendo a los intereses y necesidades
propias, que su medio y realidad exigen, siempre que se respete el marco jurídico
establecido en la Ley de la Carrera Docente, su Reglamento y la Constitución de la
República.
VIII. ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA                              LEGALIZAR EL
   CONSEJO?

El Consejo Directivo Escolar es una organización destinada a administrar todos los
recursos asignados a un Centro Educativo, es necesario que el Ministerio de Educación
legalice dicho Consejo, mediante un Acuerdo de Personalidad Jurídica, el cual le
permite contraer obligaciones y gozar de los derechos que las Leyes, Reglamentos,
Normativas y Resoluciones le otorgan.

A continuación se presenta los pasos a seguir para obtener el Acuerdo Ejecutivo de la
Personalidad jurídica:

PASO       RESPONSABLE                                ACTIVIDAD
        Presidente(a) y        Legalizan Libro de Registro de Actas del CDE (Anexo
  1.
        Secretario(a) del CDE. 13).
                               Transcribe Acta de Integración y Toma de Protesta
  2.    Secretario(a) del CDE. que están asentadas en el Libro de Actas del Centro
                               Educativo.
                               Se presenta a Gestión Educativa Departamental,
                               presentando los siguientes documentos, incluyendo
                               Libro de Actas para confrontar Actas.
                                       Solicitud de otorgamiento de Personalidad
                                       Jurídica (Anexo 14),
                                       Certificación de las Actas de Integración
                                       (Anexo 8).
  3.    Presidente(a) del CDE          Cuadro de Trascripción del Acta de Integración
                                       (Anexo 9).
                                       Certificación de Toma de Protesta
                                       Reglamento de funcionamiento del CDE. Art.
                                       58 del Reglamento de la Ley de la Carrera
                                       Docente (Anexo 12).
                                       Copia del Acuerdo de creación del Centro
                                       Educativo.
        Coordinación        de
        Gestión                Recibe y analiza la documentación presentada para
  4.
        Educativa              legalizar el Consejo Directivo Escolar.
        Departamental
                                       Si la documentación está correcta ingresa
        Coordinación        de
                                       información a la base de datos.
        Gestión
  5.                                   Emite Acuerdo de Personalidad Jurídica del
        Educativa
                                       Consejo Directivo Escolar y 2 Trascripciones,
        Departamental
                                       (Anexo 15 A y 15-B).
                               Firma las 2 Transcripciones del Acuerdo, para
        Director(a)
  6.                           ser distribuida de la manera siguiente:
        Departamental
                                       Una para el expediente Departamental
respectivo del CDE.
                                         Una para el CDE (Esta será entregada hasta
                                         que la Departamental reciba copia del Acuerdo
                                         firmado por el Despacho).
                                 Envía a la Unidad de Administración Local para su
                                 legalización el Acuerdo de la Personalidad Jurídica,
                                 acompañado de la siguiente documentación:
                                         Trascripción original firmada por el Director(a)
                                         Departamental.
                                         Solicitud de otorgamiento de la Personalidad
      Coordinación          de           Jurídica por parte del Director(a) del Centro
      Gestión                            Educativo.
7.
      Educativa
                                         Certificación del Acta de Integración
      Departamental
                                         Certificación del Acta de Toma de Protesta.
                                         Reglamento Interno
                                         Copia del Acuerdo de creación del Centro
                                         Educativo.
                                         Saca copia de toda esta documentación y abre
                                         expediente del CDE
      Unidad                de   Recibe y revisa toda la documentación y si todo está
8.    Administración             correcto lo pasa para su correspondiente legalización
      Local                      a la Unidad de Asesoría Jurídica.
                                         Recibe      y   revisa    información,    si    la
                                         documentación es correcta envía el Acuerdo a
                                         firma de los Titulares.
      Unidad de Asesoría                 Recibe Acuerdo de Personalidad Jurídica
9.
      Jurídica del MINED.                firmado por el Titular del Ramo de Educación y
                                         lo remite     a la Subgerencia de Recursos
                                         Humanos,        con     su     Trascripción      y
                                         documentación de respaldo
                                         Saca 2 copias del Acuerdo firmado por el
                                         Despacho para ser remitidos a: una copia a la
                                         Unidad de Administración Local del Nivel
                                         Central y otra para la Oficina Jurídica y ser
      Subgerencia           de                   remitida posteriormente al Diario Oficial.
10.   Recursos                           Registra en el Libro de control correspondiente
      Humanos                            y envía el original del Acuerdo para su rúbrica
                                         a Casa Presidencial.
                                         Con la rúbrica de la Casa Presidencial lo
                                         remite al Archivo General del Ministerio de
                                         Educación.
      Dirección                          Recibe documentación y resguarda en el
11.   Departamental         de           expediente respectivo.
      Educación                          Entrega Trascripción del Acuerdo al CDE.
                                 Recibe Trascripción para ser resguardada en el
12.   Presidente del CDE
                                 archivo correspondiente de la Modalidad.
ANEXO 13

INSTRUCCIONES PARA LA AUTORIZACIÓN Y USO DEL LIBRO
DE REGISTRO DE ACTAS


1.   El Libro de Registro de Actas deberá ser autorizado, firmándolo todos los
     miembros del Consejo para que tenga efecto legal.

2.   El libro deberá estar debidamente foliado y sellado en cada una de sus páginas.

3.   Se propone como redacción para la autorización del Libro de Registro de Actas,
     la siguiente:

LOS INFRASCRITOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR DEL
CENTRO ESCOLAR _______________________________________ AUTORIZAN EL
PRESENTE LIBRO DE REGISTRO DE ACTAS, COMPUESTO DE ______ HOJAS
ÚTILES, EN EL CUAL SE ASENTARAN LOS PUNTOS Y TEMAS TRATADOS EN
CADA REUNIÓN, LOS ACUERDOS TOMADOS Y TODOS AQUELLOS ACTOS QUE
DE ACUERDO A LA LEY DE LA CARRERA DOCENTE Y SU REGLAMENTO SE
EFECTUARÁN POR EL CONSEJO.

4.   En las Actas No. 1 y 2 deberán constar la trascripción de las Actas de
     Integración y Toma de Protesta respectivamente, que fueron asentadas en el
     Libro de Actas del Centro Educativo.

5.   El sello del Consejo Directivo Escolar, deberá contener el nombre del Centro
     Educativo otorgado por la Unidad de Acreditación del MINED y del
     Departamento, al centro la leyenda “Consejo Directivo Escolar”, y el número del
     código de infraestructura.
ANEXO 14

MODELO DE SOLICITUD DE PERSONALIDAD JURÍDICA
DIRIGIDA AL DIRECTOR DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN

Lugar y Fecha

Señor(a)
__________________________
Director(a) Departamental de Educación
Departamento de _________________


Por medio de la presente hago de su conocimiento que el día ______________ de
____________del año en curso, se constituyó el Consejo Directivo Escolar del Centro
Educativo______________ Código_________ ubicado en ___________ del Municipio
de ___________ del Departamento de ________________ por lo que atentamente
SOLICITO se realicen las diligencias necesarias para que se otorgue la Personalidad
Jurídica tal como lo establece el Art. 49, inciso final de la Ley de la Carrera Docente.
Asimismo, en cumplimiento de los requisitos señalados en el Art. 58 del Reglamento de
la Ley de la Carrera Docente, adjunto a la presente:

       Certificación del Acta de Integración del Consejo Directivo Escolar.
       Cuadro de trascripción del Acta de Integración.
       Certificación del Acta de Toma de Protesta de los miembros del Consejo y
       Reglamento Interno del Consejo Directivo Escolar.

En espera de una resolución favorable a esta solicitud, le anticipamos nuestro
agradecimiento.

_____________ a los ______ días del mes de _______ del año _______.

_______________________________________
Nombre y Firma Director(a) del Centro Educativo
ANEXO 15-B

FORMATO    DE  TRANSCRIPCIÓN  DEL   ACUERDO   DE
OTORGAMIENTO DE PERSONALIDAD JURÍDICA AL CONSEJO
DIRECTIVO ESCOLAR




MINISTERIO DE EDUCACIÓN
REPÚBLICA DE EL SALVADOR

San Salvador, 30 de enero de 2001

HOY SE HA EMITIDO EL ACUERDO QUE LITERALMENTE DICE:

“ACUERDO No. 01-0003. EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPÚBLICA DE EL
SALVADOR, EN EL RAMO DE EDUCACIÓN: Vistos el Reglamento Interno, el Acta de
Integración y el Acta de Toma de Protesta, de los Miembros que conforma el Consejo
Directivo Escolar del Centro Educativo del Departamento de AHUACHAPÁN que más
adelante se detalla, y no encontrando ninguna disposición contraria a las Leyes del
país, al orden público, ni a las buenas costumbres, conforme al Art. 49 de la Ley de la
Carrera Docente, y los Artículos 58 y 59 del Reglamento de la Ley de la Carrera
Docente, ACUERDA: I) Aprobar en todas y cada una de sus partes su Reglamento
Interno; II) Declárese integrado el Consejo Directivo Escolar por los miembros, en los
cargos y nombres que aparecen en cada una de las actas , por un período de dos años,
comprendidos desde el 30 de enero de 2001 hasta el 30 de enero de 2003; III)
Confiéresele a partir de esta fecha la Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar
integrado en el CENTRO ESCOLAR "COMUNIDAD EL PARAÍSO", ubicado en Colonia
El Paraíso, Jurisdicción de Turín, Departamento de Ahuachapán, código 14863.
COMUNIQUESE”. (Rubricado por el Señor Presidente de La República). EL
MINISTRO O MINISTRA DE EDUCACIÓN. (f) Rúbrica del Titular de Educación.

El que transcribo para su conocimiento y efectos legales consiguientes.

DIOS UNIÓN Y LIBERTAD

Firma y Nombre de el(la) Director(a) Departamental de Educación.
DIRECTOR(A) DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN


LEPdeR/aasl.
IX.  ¿QUÉ HACER CUANDO HAY CAMBIO DE MIEMBROS EN EL
   CONSEJO     DURANTE EL PERÍODO DE DOS AÑOS PARA EL
   CUAL FUE ELECTO?

Durante el período de los dos años, para el que ha sido electo el Consejo Directivo
Escolar, puede suceder que uno o varios de sus miembros sean sustituidos, por las
razones establecidas en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente.

En estos casos el Presidente, deberá promover y facilitar con el sector al que pertenece
el miembro sustituido, la elección del nuevo representante, siguiendo los requisitos
establecidos en el artículo 49 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente.

Para justificar cada una de las causales de sustitución de miembros, deberá
presentarse la documentación siguiente:

       Por fallecimiento: copia de la partida de defunción.
       Por renuncia voluntaria: carta de renuncia.
       Por expulsión: certificación del Acta en la cual se acordó expulsar al miembro, la
       cual deberá corresponder al sector que el miembro representa.

Es importante considerar, que el Consejo no podrá funcionar sin sus miembros
completos y debidamente legalizados mediante Resolución de Reconocimiento de
Miembros firmada y sellada por el Director Departamental de Educación respectivo, de
acuerdo al art. 59 inc. 2º del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, reformado,
por Decreto No 99 publicado en Diario Oficial número 239 Tomo 357 del dieciocho de
diciembre de 2002.

Si la persona que se retira, tiene firma mancomunada en el Banco, hay que presentar,
la autorización de la Dirección Departamental de Educación, al Banco, para que
registren la nueva firma, y así no se detengan las actividades financieras del Centro
Educativo.

A continuación se encuentra el procedimiento para legalizar dichos cambios:



PASO      RESPONSABLE                                ACTIVIDAD
        Presidente(a)    del Convoca a reunión extraordinaria del sector donde se
        CDE.                 produce la sustitución del miembro para elegir al nuevo
  1.                         sustituto (Propietario o Suplente) conforme lo establece
                             el Art. 59 del Reglamento de la Ley de la Carrera
                             Docente..
        Consejo    Directivo Desarrolla Asamblea General, cuidando de respetar las
  2.    Escolar.             normas establecidas en la Ley de la Carrera Docente. El
                             Secretario prepara las Actas y Certificaciones
correspondientes.
                          Prepara la siguiente documentación para ser presentada
                          a Gestión Educativa Departamental, para la legalización
                          de los nuevos miembros del CDE
                                  Copia de renuncia, acta de defunción o
                                  certificación de acta donde se exprese la causal
     Consejo Directivo            de expulsión, según el caso. (Anexo 16).
3.
     Escolar.                     Solicitud de legalización de nuevos miembros
                                  (Anexo 17).
                                  Copia Certificada del Acta de Enmienda, Ver
                                  modelo de Acta (Anexos 18 y 19).
                                  Trascripción del Acta en el cuadro presentado en
                                  el Anexo 20.
                                  Recibe y revisa documentación presentada para
                                  reconocer nuevos miembros del CDE.
                                  Si todo esta correcto, ingresa información en la
     Gestión Educativa
4.                                base de datos y emite 2 Resoluciones de
     Departamental.
                                  Reconocimiento de Miembros por Sustitución
                                  (Anexo 21) y Nota para cambio de firma en el
                                  banco, si aplica (Anexo 22).
     Director             Firma Resoluciones y Nota para cambio de firmas y
5.
     Departamental.       entrega a Gestión Educativa.
                                  Guarda una Resolución en el expediente
     Gestión Educativa            Departamental respectivo de la Modalidad y la
6.
     Departamental                otra la entrega al CDE junto con la nota para
                                  cambiar firma en el Banco (si aplica).
                                  Recibe Resolución de Reconocimiento de
                                  Miembros para su expediente y la nota del
     Consejo    Directivo         Banco para cambio de firmas.
7.
     Escolar.
                                  Realiza cambios de firma(s) en el banco (si
                                  aplica).
ANEXO 16

MODELO DE RENUNCIA
ANEXO 17

SOLICITUD DE LEGALIZACIÓN DE MIEMBROS AL DIRECTOR
DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN
ANEXO 18

MODELO DE ACTA DE ENMIENDA
ANEXO 19

MODELO DE CERTIFICACIÓN DEL ACTA DE ENMIENDA DE
LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR
ANEXO 20

MODELO DE CUADRO DE TRANSCRIPCIÓN DEL ACTA DE
ENMIENDA
ANEXO 21

MODELO DE RESOLUCIÓN                         DE      RECONOCIMIENTO                DE
MIEMBROS POR SUSTITUCIÓN




MINISTERIO DE EDUCACIÓN
REPÚBLICA DE EL SALVADOR

RESOLUCIÓN No _____.

Dirección Departamental de Educación de San Vicente, a los dieciséis días del mes de
septiembre de dos mil dos.

CONSIDERANDO:

      I.      Que mediante Decreto Ejecutivo No. 99, de fecha 18 de noviembre de
              2002, publicado en el Diario Oficial No. ____, Tomo No. ___, de fecha
              ___________; se reformó el Art. 59 del Reglamento de la Ley de la
              Carrera Docente, en el sentido que cuando ocurran cambios de
              miembros en los Consejos Directivos Escolares, bastará que se emita
              una Resolución firmada por el funcionario designado por el Titular de
              Educación.

      II.    Que mediante el Acuerdo Ejecutivo número 10-0058 de fecha 7 de
             marzo de 1997, se confirió Personalidad Jurídica a varios Consejos
             Directivos Escolares, entre ellos: CENTRO ESCOLAR "CANTÓN EL
             REBELDE" de la Jurisdicción de San Vicente, Departamento de San
             Vicente, código 12415.

      III.    Que el referido Consejo fue integrado en la forma que indica el Art. 49
              antes señalado y de conformidad al Artículo 74 del Reglamento de La
              Ley de la Carrera Docente, por haber renunciado JUSTO PASTOR
              LAZO Tesorero Propietario, Padre de Familia; JULIO GÁMEZ Consejal
              Suplente, Padre de Familia.

      IV.     Que según las Actas de elección de los sustitutos correspondientes para
              que finalizarán el respectivo período, el Consejo Directivo Escolar queda
              reestructurado así: LUIS ADRIÁN VENTURA Presidente Propietario,
              Director; JOSÉ ROBERTO LAZO RODRÍGUEZ Tesorero Propietario,
              Padre de Familia; RAFAEL ANTONIO RAMOS Consejal Propietario,
              Profesor; WINALL ERNESTO VELÁSQUEZ Secretario Propietario,
              Profesor; EFRAÍN       LAZO Consejal Propietario, Padre de Familia;
              EFRAÍN VALENCIA Consejal Propietario, Padre de Familia; RENÉ
RAÚL OSTORGA Consejal Propietario, Alumno; DANIEL ARISTIDES
              VALENCIA Consejal Propietario, Alumno; ROBERTO CARLOS
              MERCADO Secretario Suplente, Profesor; JOSÉ ROBERTO VENTURA
              Tesorero Suplente, Padre de Familia; JOSÉ LUIS VALENCIA Consejal
              Suplente, Padre de Familia; HUGO ADALBERTO VALENCIA Consejal
              Suplente, Padre de Familia; EVILA EDELMIRA CORTEZ Consejal
              Suplente, Alumna; LAURA ESTELA AGUILLÓN Consejal Suplente
              Alumna.

POR TANTO:

Con base en los CONSIDERANDOS anteriores y disposiciones legales citadas,
RESUELVE:

Reconocer como miembros del Consejo Directivo Escolar del CENTRO ESCOLAR
"CANTÓN EL REBELDE" de la Jurisdicción de San Vicente, código 12415, a partir de
esta fecha, a las personas mencionadas en la presente Resolución, que han sido
electos para reestructurar el Consejo Directivo Escolar que venía fungiendo en dicho
Centro Educativo, cuyos integrantes durarán en sus funciones hasta el 15 de mayo de
2003.

DIOS UNIÓN LIBERTAD

FREDESVINDA ANA EMMA CORNEJO DE CAÑAS
DIRECTORA DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN

FAECdeC/jap
ANEXO 22

FORMATO DE NOTA AL BANCO PARA CAMBIO DE FIRMAS EN
LA CUENTA BANCARIA
X. ¿QUÉ DEBE HACERSE PARA RECONOCER A LOS NUEVOS
   MIEMBROS DEL CONSEJO CUANDO HA FINALIZADO EL PERÍODO
   DE LOS DOS AÑOS?

Para garantizar que el centro educativo, tenga un Consejo y que las actividades no
pierdan su continuidad, es necesario que un mes antes de finalizar el período de dos
años para el que fueron electos que el Director promueva la estructuración del nuevo
Consejo, y tramite el Acuerdo de legalización de sus miembros, con una semana de
anticipación.

El Consejo Directivo Escolar saliente, al finalizar su período de 2 años tiene ciertas
obligaciones:

1.     Elaborar el Informe final y documentación de soporte de los recursos asignados
       durante su administración, para su entrega a los nuevos miembros que
       integrarán al nuevo Consejo. Dicho Informe deberá contener los siguientes
       documentos:

       Inventario de Bienes del Centro Educativo.
       Entrega del Archivo general, que contenga: Documentación legal (Leyes,
       Normativas, Documentos de Paso a Paso, Acuerdos Ministerial de Personalidad
       Jurídica); Documentos financieros (Convenios, recibos, facturas, planillas,
       chequeras, estados de cuentas, conciliaciones bancarias, Libro de Ingreso y
       Gastos, chequera, Liquidaciones, etc.); Documentos administrativos (Libro de
       Actas, Contratos, Plan de Trabajo, etc).
       Cierre del período con su respectivo saldo.

2.     Elaborar el Acta de Finalización del Período la cual deberá ser firmada por los
       directivos salientes y los nuevos miembros del Consejo.

Para ello, se presenta a continuación el procedimiento para legalizar miembros cuando
ha finalizado el período de dos años.
Convoca a reunión extraordinaria a los sectores que
                                integran el CDE para informar y elegir a los nuevos
                                miembros, por lo menos un mes antes de que
     Director(a) del Centro     finalicen las funciones los actuales miembros,
1.
     Educativo.                 procurando no dejar ningún período de la
                                administración sin CDE, para ello se podrá apoyar
                                en el Art. 49 de la Ley de la Carrera Docente y Art.
                                48, 49, 50, 51, 52 y 53 del Reglamento de la Ley.
                                Desarrolla Asambleas parciales por Sector, apoyado
                                por el CDE actual cuidando de respetar las normas
                                establecidas en la Ley de la Carrera Docente y su
     Director(a) del Centro     Reglamento.
2.
     Educativo                  (Deberá seguirse el procedimiento establecido
                                anteriormente en la integración del CDE, con la
                                diferencia de que las actas serán asentadas en el
                                Libro de Actas del CDE).
                                Levanta y asienta las Actas de Integración y de
     Secretario   del     CDE
3.                              Toma de Protesta en el libro de actas del CDE
     Actual
                                (Ver Modelos en anexos anteriores).
                                Prepara el cierre de funciones del ejercicio y de
     Consejo        Directivo   traspaso de Bienes, Muebles e Inmuebles y archivos
4.
     Anterior                   legales, financieros y administrativos para hacer la
                                entrega al CDE actual.
                                        Una vez toma posesión del cargo del CDE
                                        actual, recibe y revisa el Acta de Traspaso
                                        de Bienes del Centro Educativo (Anexo 23) y
                                        Acta de Cierre de funciones del ejercicio del
5.   Consejo Directivo Actual
                                        CDE anterior (Anexos 24)
                                        Si    no     hay    observaciones    en     la
                                        documentación,         firman    las    actas
                                        respectivas.
     Secretario del CDE
6.                              Certifica Actas mencionada en el paso anterior.
     anterior
                                       Prepara la siguiente documentación:
                                       Solicitud de legalización de miembros.
                                       (Anexo 25)
                                       Acta de Cierre de funciones del ejercicio (del
                                       CDE saliente).
                                       Certificación de Acta de Traspaso de Bienes
7.   Presidente(a) del CDE             del Centro Educativo.
                                       Certificación de Acta de Integración (nuevos
                                       miembros).
                                       Certificación de Acta de Toma de Protesta
                                       (nuevos miembros).
                                       Reglamento Interno del CDE (si hay
                                       modificación).
Presenta      documentación      a    Gestión
                                     Educativa Departamental (incluyendo Libro
                                     de Actas para confrontarlas).
                                     Recibe y revisa documentación presentada
                                     para reconocer nuevos miembros del CDE.
                                     Si todo esta correcto, ingresa información en
      Gestión Educativa
8.                                   la base de datos y emite 2 Resoluciones de
      Departamental.
                                     Reconocimiento de Miembros por finalización
                                     del ejercicio (Anexo 26) y Nota para cambio
                                     de firma en el banco. (Anexo 22).
      Director(a)             Firma Resoluciones y Nota para cambio de firmas y
9.
      Departamental           entrega a Gestión Educativa.
                                     Guarda una Resolución en el expediente
      Gestión       Educativa        Departamental respectivo de la Modalidad y
10.
      Departamental                  la otra la entrega al CDE junto con la nota
                                     para cambiar firma en el Banco (Si aplica).
                                     Recibe Resolución de Reconocimiento de
                                     Miembros para su expediente y la nota del
      Consejo Directivo
11.                                  Banco para cambio de firmas.
      Escolar.
                                     Realiza cambios de firma(s) en el banco (si
                                     aplica).
ANEXO 23

MODELO PARA ELABORAR EL ACTA DE TRASPASO DE LOS
BIENES DEL CENTRO EDUCATIVO
Normas Cde
ANEXO 24

MODELO DE ACTA DE CIERRE DE FUNCIONES DEL EJERCICIO
(2 AÑOS)
ANEXO 25

MODELO DE SOLICITUD PARA RECONOCER A LOS NUEVOS
MIEMBROS POR VENCIMIENTO DE PERÍODO (2 AÑOS)
ANEXO 26

MODELO DE RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE
MIEMBROS PORFINALIZACIÓN DEL EJERCICIO




MINISTERIO DE EDUCACIÓN
REPÚBLICA DE EL SALVADOR

RESOLUCIÓN No_____

Dirección Departamental de Educación de San Vicente, a los dieciséis días del mes de
septiembre de dos mil dos.

CONSIDERANDO:

I.     Que mediante Decreto Ejecutivo No. 99, de fecha 18 de noviembre de 2002,
       publicado en el Diario Oficial No.____, Tomo No.___, de fecha______________;
       se reformó el Art. 59 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, en el
       sentido que cuando ocurran cambios de miembros en los Consejos Directivos
       Escolares, bastará que se emita una Resolución firmada por el funcionario
       designado por el Titular de Educación.

II.    Que mediante el Acuerdo Ejecutivo número 10-0058 de fecha 7 de marzo de
       1997, se confirió Personalidad Jurídica a varios Consejos Directivos Escolares,
       entre ellos: CENTRO ESCOLAR "CANTÓN EL REBELDE" de la Jurisdicción de
       San Vicente, Departamento de San Vicente, código 12415.

III.   Que el referido Consejo fue integrado en la forma que indica el Art. 49 antes
       señalado y de conformidad al Artículo 74 del Reglamento de La Ley de la
       Carrera Docente, por haber transcurrido el período para lo cual fueron electos.

IV.    Que se procedió a la elección de los nuevos miembros y teniendo a la vista las
       Actas de Integración y de toma de Protesta como resultado de las elecciones, el
       Consejo Directivo Escolar queda reestructurado de la siguiente manera: LUIS
       ADRIÁN VENTURA Presidente Propietario, Director; JOSÉ ROBERTO LAZO
       RODRÍGUEZ Tesorero Propietario, Padre de Familia; RAFAEL ANTONIO
       RAMOS Consejal Propietario, Profesor; WINALL ERNESTO VELÁSQUEZ
       Secretario Propietario, Profesor; EFRAÍN LAZO Consejal Propietario, Padre de
       Familia; EFRAÍN VALENCIA Consejal Propietario, Padre de Familia; RENÉ
       RAÚL OSTORGA Consejal Propietario, Alumno; DANIEL ARISTIDES
       VALENCIA Consejal Propietario, Alumno; ROBERTO CARLOS MERCADO
       Secretario Suplente, Profesor; JOSÉ ROBERTO VENTURA Tesorero Suplente,
       Padre de Familia; JOSÉ LUIS VALENCIA Consejal Suplente, Padre de Familia;
HUGO ADALBERTO VALENCIA Consejal Suplente, Padre de Familia; EVILA
       EDELMIRA CORTEZ Consejal Suplente, Alumna; LAURA ESTELA AGUILLÓN
       Consejal Suplente Alumna.

POR TANTO:

Con base en los CONSIDERANDOS anteriores y disposiciones legales citadas,
RESUELVE: Reconocer como miembros del Consejo Directivo Escolar del CENTRO
ESCOLAR "CANTÓN EL REBELDE" de la Jurisdicción de San Vicente, código 12415,
a partir de esta fecha, a las personas mencionadas en la presente Resolución, que han
sido electos para reestructurar el Consejo Directivo Escolar que venía fungiendo en
dicho Centro Educativo, cuyos integrantes durarán en sus funciones hasta el 16 de
septiembre de 2004.

DIOS UNIÓN LIBERTAD

FREDESVINDA ANA EMMA CORNEJO DE CAÑAS
DIRECTORA DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN
FAECdeC/jap



XI.  ¿CÓMO     MODIFICAR    LA    DENOMINACIÓN   DE                                 LA
   PERSONALIDAD JURÍDICA DEL CONSEJO CUANDO                                        HAY
   AMPLIACIÓN O DISMINUCIÓN DEL NIVEL EDUCATIVO?

Si después de otorgada la Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar, el centro
educativo solicita el incremento de un nivel educativo, por ejemplo, el nivel de Media, o
en caso contrario si se produce una disminución de nivel; la denominación del centro
escolar debe variar y con ello la denominación de la Personalidad Jurídica otorgada.

Lo anterior se debe que desde noviembre de 1997 se oficializó e implementa la
denominación de los centros educativos oficiales según los niveles que atienda, con las
expresiones:

       a)     Complejo Educativo, si la institución atiende desde el Nivel de Parvulario
              hasta el Nivel Medio.
       b)     Centro Escolar, cuando en el mismo nivel se atiende desde Parvularia
              y/o Primero a Sexto grado o de Parvularia y/o Primero hasta Noveno
              grado o desde el Primer grado hasta Bachillerato o desde Tercer ciclo a
              Bachillerato.
       c)     Los Institutos Nacionales, las Escuelas de Educación Parvularia y las
              Escuelas de Educación Especial, se identificarán como tales.

A continuación se describen los pasos a seguir para el cambio de denominación de la
personalidad jurídica del CDE:
PASO       RESPONSABLE                               ACTIVIDAD
                                  Solicita a la Dirección Departamental de
       Director(a) del
 1.                               Educación ampliación o disminución de los niveles
       Centro Educativo
                                  educativos que atiende.
       Director(a)
                                  Investiga la petición y si aplica envía información y
 2.    Departamental de
                                  solicitud a la Dirección de Acreditación
       Educación
                                 Recibe e investiga la ampliación o disminución del
       Dirección de              nivel educativo, si cumple los requisitos, tramita
 3.
       Acreditación              Acuerdo Ejecutivo de modificación a la nominación
                                 del Centro Educativo.
       Dirección                 Recibe Acuerdo Ejecutivo de la nueva nominación
 4.    Departamental de          del Centro Educativo y entrega copia al Director(a)
       Educación                 de la institución educativa.
       Gestión         Educativa Emite Acuerdo Modificativo a la denominación y
 5.
       Departamental             dos Transcripciones (Anexo 27 y 28).
                                 Firma las 2 Transcripciones del Acuerdo, para
                                 ser distribuidas de la manera siguiente:
       Director(a) Departamental         Una para el expediente respectivo del CDE
 6.
       de Educación                      Una para el CDE (Esta será entregada
                                         hasta que la Departamental reciba el
                                         Acuerdo firmado por el Despacho).
                                 Para su legalización envía a la Coordinación de
                                 Administración Local el Acuerdo con los siguientes
                                 documentos:
                                         Transcripciones del Acuerdo Modificado a
                                         la Denominación de la Personalidad
       Gestión         Educativa         Jurídica.
 7.
       Departamental                     Copia de Acuerdo de Personalidad Jurídica
                                         del CDE.
                                         Copia del Acuerdo Modificativo a la
                                         Denominación de la Personalidad Jurídica.
                                         Copia del nuevo Acuerdo de Nominación,
                                         ejecutado por la Dirección de Acreditación
       Coordinación           de Recibe y revisa Acuerdo y trascripción del mismo,
 8.    Administración            y la documentación anexa y lo envía a la Unidad
       Local                     de Asesoría Jurídica del MINED.
                                         Recibe y revisa información, si la
                                         documentación es correcta envía el
                                         Acuerdo a firma de los Titulares.
       Unidad de Asesoría                Recibe Acuerdo de Personalidad Jurídica
 9.
       Jurídica del MINED.               firmado por el Ministro o Ministra de
                                         Educación y lo remite a la Subgerencia de
                                         Recursos Humanos, con su Trascripción y
                                         documentación de respaldo
Saca 2 copias del Acuerdo firmado por el
                                       Despacho para ser remitidos a: Una para la
                                       Unidad de Administración Local y una para
                                       la Oficina Jurídica para su respectiva
                                       rúbrica y ser remitido al Diario Oficial.
      Subgerencia de                   Registra en el Libro de control
10.
      Recursos Humanos                 correspondiente y envía el original del
                                       Acuerdo para su rubrica a Casa
                                       Presidencial.
                                       Con la rubrica de la Casa Presidencial lo
                                       remite al Archivo General del Ministerio de
                                       Educación.
                                       Recibe trascripción y resguarda en su
      Dirección Departamental
11.                                    expediente respectivo.
      de Educación
                                       Entrega Trascripción del Acuerdo al CDE.
                                Recibe Trascripción para ser resguardada en el
12.   Presidente del CDE
                                archivo correspondiente de la Modalidad.
ANEXO 27

EJEMPLO DE ACUERDO MODIFICATIVO A LA DENOMINACION
DEL ACUERDO DE PERSONALIDAD JURÍDICA




MINISTERIO DE EDUCACIÓN
REPÚBLICA DE EL SALVADOR

San Salvador, 27 de febrero de 2002

ACUERDO No. XX-XXXX El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el
Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.15-
2338, de fecha 1 de noviembre de 1997, con base a lo dispuesto en el Art. 111 de la
Ley de la Carrera Docente, se oficializa e implementa la denominación de los Centros
Educativos Oficiales con las expresiones: “Complejo Educativo y Centro Escolar” y
conservaran la expresión Instituto Nacional, Escuela de Educación Especial y/o
Parvularia si funciona independientemente sin compartir infraestructura con otros
centros educativos; II) Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.06-0010, de fecha 9 de
febrero de 1999, se determinó: Ratificar la denominación del Centro Educativo CENTRO
ESCOLAR “DELGADO”, con, ubicado en 6ª. Avenida Norte No. 14, Municipio de Ciudad
Delgado, Departamento de San Salvador; así como la Personalidad Jurídica de su
Consejo Directivo Escolar; III) Que al Centro Educativo Centro Escolar “Delgado”,
código 11779, mediante Acuerdo No. 15-0390 de fecha 3 de abril de 2001, se le
ampliaron los Servicios Educativos del nivel de Educación Media, por consiguiente se le
modificó la denominación de este Centro Educativo oficial a Complejo Educativo
“Delgado”, ubicado en 6ª. Avenida Norte No. 14, Municipio de Ciudad Delgado,
Departamento de San Salvador, código 11779. POR TANTO, ACUERDA: I) Autorizar
como nueva denominación del Centro Educativo que aparece en el considerando II con
la expresión COMPLEJO EDUCATIVO “DELGADO”. Asimismo, se ratifica la
Personalidad Jurídica de su Consejo Directivo Escolar, por tratarse del mismo Centro
Educativo al que se le confirió según Acuerdo No.06-0010, de fecha 9 de febrero de
1999. II) En todo lo demás, los citados Acuerdos quedan igual y sin ninguna
modificación. COMUNÍQUESE.


DIOS UNIÓN LIBERTAD


RM/FUP/va
ANEXO 28

EJEMPLO DE TRANSCRIPCIÓN DEL ACUERDO MODIFICATIVO
A LA DENOMINACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA




Ministerio de Educación
República de El Salvador

San Salvador, 27 de febrero de 2002

HOY SE HA EMITIDO EL ACUERDO QUE LITERALMENTE DICE:

"ACUERDO No. XX-XXXX El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el
Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.15-
2338, de fecha 1 de noviembre de 1997, con base a lo dispuesto en el Art. 111 de la
Ley de la Carrera Docente, se oficializa e implementa la denominación de los Centros
Educativos Oficiales con las expresiones: “Complejo Educativo y Centro Escolar” y
conservaran la expresión Instituto Nacional, Escuela de Educación Especial y/o
Parvularia si funciona independientemente sin compartir infraestructura con otros
centros educativos; II) Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.06-0010, de fecha 9 de
febrero de 1999, se determinó: Ratificar la denominación del Centro Educativo CENTRO
ESCOLAR “DELGADO”, ubicado en 6ª. Avenida Norte No. 14, Municipio de Ciudad
Delgado, Departamento de San Salvador; así como la Personalidad Jurídica de su
Consejo Directivo Escolar. III) Que al Centro Educativo Centro Escolar “Delgado”,
código 11779, mediante Acuerdo No. 15-0390 de fecha 3 de abril de 2001, se le
ampliaron los Servicios Educativos del nivel de Educación Media, por consiguiente se le
modificó la denominación de este Centro Educativo oficial a Complejo Educativo
“Delgado”, ubicado en 6ª. Avenida Norte No. 14, Municipio de Ciudad Delgado,
Departamento de San Salvador, código 11779. POR TANTO, ACUERDA: I) Autorizar
como nueva denominación del Centro Educativo que aparece en el considerando II con
la expresión COMPLEJO EDUCATIVO “DELGADO”. Asimismo, se ratifica la
Personalidad Jurídica de su Consejo Directivo Escolar, por tratarse del mismo Centro
Educativo al que se le confirió según Acuerdo No. 06-0010, de fecha 9 de febrero de
1999. II) En todo lo demás, los citados Acuerdos quedan igual y sin ninguna
modificación. COMUNÍQUESE". (Rubricado por el Señor Presidente
de La República). EL MINISTRO O MINISTRA DE EDUCACIÓN. (f) Rúbrica del Titular
de Educación.

DIOS UNIÓN LIBERTAD

FRANCISCO UBILFREDO PANAMEÑO
DIRECTOR DEPARTAMENTAL DE EDUCACION
FUP/va
XII. ¿QUÉ PROCEDIMIENTOS SE DEBEN REALIZAR PARA DEJAR
   SIN EFECTO LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE UN CONSEJO
   DIRECTIVO ESCOLAR?

La Personalidad Jurídica de un Consejo Directivo Escolar, se puede dejar sin efecto por
las siguientes razones:

A)        Cuando la Comunidad Educativa decide que el Centro Educativo sea
          administrado por otra Modalidad de Administración Escolar Local, previa
          autorización del MINED.

B)        Porque se cierra definitivamente el CDE por baja matrícula, por desplazamiento
          de la población, o por reordenamiento administrativo por coexistir dos
          modalidades en una misma infraestructura.

A continuación se describen los pasos a seguir para cada una de las causales.


PASO            RESPONSABLE                                ACTIVIDAD
                                               En Coordinación con la Junta Directiva
           Asamblea General de la              de la ACE, analiza el cambio de
     1.
           Comunidad                           modalidad de Administración Escolar
                                               Local para el centro educativo.
                                               Levantan Acta sobre la decisión de la
                                               comunidad del cierre del CDE, y dejar sin
                                               efecto su personalidad jurídica. Dicha
                                               Acta deberá ser firmada por los
                                               presentes, registrando su número de
                                               DUI.
     2.    Secretario del CDE
                                               Elabora solicitud de cierre del CDE
                                               dirigida al Director(a) Departamental de
                                               Educación correspondiente, la cual debe
                                               ser firmada por el Presidente del CDE.
                                               Presenta solicitud anexando original del
                                               acta.
           Director(a)                         Delega a un representante de la
     3.    Departamental de                    Departamental de Educación para
           Educación                           estudiar y verificar la solicitud.
           Representante de la
                                               Verifica la causal, informa y recomienda
     4.    Dirección Departamental de
                                               a la Departamental de Educación.
           Educación
                                               Recibe el informe y la solicitud, y de estar
           Director (a)
                                               de conformidad, solicita a la Dirección
     5.    Departamental de
                                               Nacional     de     Gestión       Educativa
           Educación
                                               aprobación para cerrar el CDE y cambiar
de modalidad.
                                    Analiza la decisión tomada por la
                                    Comunidad y las justificaciones para que
                                    el    Centro     Educativo     cambie     de
                                    modalidad.
                                    En base al análisis la Dirección aprueba
                                    o desaprueba el cambio de modalidad
     Dirección Nacional de
6.                                  Si el cambio es aprobado informa por
     Gestión Educativa
                                    escrito a la Dirección Departamental de
                                    Educación.
                                    Si el cambio es desaprobado, informa y
                                    devuelve la documentación presentada a
                                    la         Dirección          Departamental
                                    correspondiente.
                             Comunica por escrito al Consejo Directivo
                             Escolar, que se ha autorizado la solicitud de la
     Director (a)            Comunidad Educativa, para cambio de
7.   Departamental de        Modalidad de Administración Escolar Local, y
     Educación               que por lo tanto se inicie el proceso de cierre de
                             operaciones del CDE para dejar sin efecto la
                             personalidad jurídica
                                    Procede a liquidar fondos de bonos
                                    recibidos, que estén pendientes.
                                    Revisa y actualiza inventario de bienes
                                    muebles y libros.
                                    Si tiene fondos de otros ingresos,
     Consejo Directivo              prepara Informe de Rendición de
8.
     Escolar                        Cuentas.
                                    Prepara documentos a entregar a la
                                    Dirección Departamental de Educación.
                                    Procede al traspaso de bienes y
                                    documentos          a      la     Dirección
                                    Departamental de Educación.
                                    Elabora Acta de traspaso de bienes
                                    (Anexo 29) la cual debe ser firmada y
                                    sellada por todos los miembros del CDE;
                                    y por el o los representantes de la
                                    Dirección Departamental de Educación,
                                    que recibe los bienes.
9.   Secretario del CDE             Elabora Acta de cierre de operaciones
                                    (Anexo 30) en el Libro de Actas del CDE,
                                    la cual debe ser firmada por todos los
                                    miembros.
                                    Elabora Informe de Rendición de
                                    Cuentas de Otros Ingresos.
                                    Prepara nota de solicitud para Dejar sin
efecto la Personería Jurídica del CDE,
                                           anexando:
                                           Certificación del Acta de traspaso de
                                           bienes del Centro Educativo
                                           Copia del inventario
                                           Copia de Hoja de liquidación de bonos.
                                           Certificación del Acta de cierre de
                                           operaciones.
                                           Informe de Rendición de Cuentas de
                                           otros ingresos.
                                           Copia del Acuerdo de Personería
                                           Jurídica.
                                           Firma nota de solicitud y envía con
 10.       Presidente del CDE              anexos a la Dirección Departamental de
                                           Educación correspondiente.
                                           Recibe, revisa y pasa a la Coordinación
           Director(a)
                                           de Gestión Educativa para que se emita
 11.       Departamental de
                                           el Acuerdo para dejar sin efecto la
           Educación
                                           personalidad jurídica.
                                           Recibe y revisa documentación.
                                           Ingresa datos al sistema y emite el
           Coordinación de                 Acuerdo Ejecutivo para Dejar sin efecto
 12.       Gestión Educativa               la personalidad jurídica con una
           Departamental                   Trascripción (Anexo 31 y 32).
                                           Pasa a firma la trascripción al Director
                                           Departamental.
           Director Departamental          Firma y sella trascripción.
 13.
           de Educación                    Devuelve a Gestión Educativa.
                                    Continua los pasos del 4 al 7 del procedimiento
           Coordinación de
                                    para Legalizar Cambio de modalidad en un
 14.       Gestión Educativa
                                    Centro Educativo administrado por un CDE; de
           Departamental
                                    este documento.


B.        PROCEDIMIENTO PARA DEJAR SIN EFECTO LA PERSONALIDAD JURÍDICA
          DEL CDE POR CIERRE DEFINITIVO.



PASO          RESPONSABLE                          ACTIVIDAD
                                       En coordinación con el CDE, analiza la
                                       continuidad del servicio por las siguientes
                                       razones:
     1.    Comunidad Educativa
                                       Baja matrícula a la establecida para
                                       secciones de Parvularia, Básica y Especial.
                                       Reordenamiento administrativo al coexistir
dos modalidades en la misma infraestructura
                                     educativa.
                                     Desplazamiento de la población a otro lugar.
                                     Levantan Acta sobre la decisión de la
                                     comunidad del cierre del CDE, y dejar sin
                                     efecto su personalidad jurídica. Dicha Acta
                                     deberá ser firmada por los presentes,
                                     registrando su número de DUI.
2.   Secretario del CDE
                                     Elabora solicitud del cierre del CDE, dirigida
                                     al Director(a) Departamental de Educación
                                     correspondiente, la cual debe ser firmada por
                                     el Presidente del CDE.
                                     Presenta solicitud anexando original del acta.
     Director(a)
                              Delega a un representante de la Departamental de
3.   Departamental de
                              Educación para estudiar y verificar la solicitud.
     Educación
     Representante de la
     Dirección                       Verifica la causal, informa y recomienda a la
4.
     Departamental                   Dirección Departamental de Educación.
     de Educación
                              Envía solicitud a la Dirección Nacional de Gestión
     Director Departamental
5.                            Educativa, para cerrar la modalidad, anexando copia
     de Educación
                              de la solicitud de la comunidad y del informe técnico.
     Director Nacional de             Analiza y verifica solicitud.
6.
     Gestión Educativa                Si procede el cierre, autoriza por escrito.
                              Con la autorización recibida, solicita al CDE, lo
                              siguiente:
                                      Liquidar los bonos pendientes.
                                      Actualizar el inventario de bienes muebles y
                                      libros.
     Director (a)
                                      Elaborar el Acta de traspaso de bienes del
7.   Departamental de
                                      Centro      Educativo      a    la    Dirección
     Educación
                                      Departamental (Anexo 29)
                                      Elabore el Acta de Cierre de Operaciones
                                      (Anexo 30)
                                      Elaborar Informe de Rendición de Cuentas
                                      de Otros Ingresos.
                              Presenta a la Dirección Departamental:
                                      Hoja de liquidación de bonos
                                      Certificación del Acta de Cierre de
                                      operaciones del CDE.
     Consejo Directivo
8.                                    Certificación del Acta de Traspaso.
     Escolar
                                      Informe de Rendición de Cuentas de Otros
                                      Ingresos.
                                      Solicitud de cierre del CDE firmada por el
                                      Presidente del mismo.
Recibe y revisa la documentación.
                                       Ordena cierre de la cuenta bancaria del
                                       CDE.
      Coordinación de
                                       Ingresa información a la base de datos y
      Gestión
9.                                     emite Acuerdo para Dejar sin efecto la
      Educativa
                                       Personería Jurídica (Anexo 31) y 1
      Departamental
                                       Trascripción, (Anexo 32).
                                       Registra en el sistema justificación y fecha
                                       del cierre
                                       Firma la Trascripción y la sella.
      Director(a)
                                       Devuelve a Gestión Educativa para ser
10.   Departamental de
                                       agregada en el expediente departamental
      Educación
                                       respectivo del CDE.
                               Envía Acuerdo Ejecutivo para dejar sin efecto la
                               Personalidad Jurídica del CDE y Trascripción del
                               mismo a la Coordinación de Administración Escolar
                               Local, con la siguiente documentación:
                                       Acta de decisión de la comunidad
                                       solicitando el cierre de la Personalidad
                                       Jurídica del CDE.
                                       Copia del Informe y recomendación de
      Coordinación de
                                       Cierre     del    CDE      realizada  por    el
      Gestión
11.                                    Representante         de        la   Dirección
      Educativa
                                       Departamental de Educación.
      Departamental
                                       Copia del Acuerdo de Personalidad Jurídica
                                       del CDE.
                                       Hoja de liquidación de bonos.
                                       Copia Certificada del Acta de cierre de
                                       operaciones del CDE
                                       Certificación del Acta de Traspaso de Bienes
                                       del Centro Educativo y la respectiva
                                       documentación de respaldo.
                               Recibe y revisa el Acuerdo Ejecutivo para dejar sin
      Coordinación de
                               efecto la Personalidad Jurídica del CDE y su
12.   Administración Escolar
                               documentación. Si todo está correcto lo envía a la
      Local.
                               Oficina de Asesoría Jurídica.
                                       Recibe y revisa el Acuerdo Ejecutivo para
                                       dejar sin efecto la Personalidad Jurídica y
                                       sus documentos. Si todo está correcto envía
      Oficina de Asesoría
13.                                    el original para firma del despacho
      Jurídica del MINED
                                       Una vez firmado por el Despacho, el Acuerdo
                                       se envía a la Subgerencia de Recursos
                                       Humanos para su distribución.
                                       Saca 2 copias del Acuerdo firmado por el
      Subgerencia de
14.                                    Despacho para ser remitidos a: La unidad de
      Recursos Humanos
                                       Administración Escolar Local con su
documentación de respaldo y la otra a la
                       oficina de Asesoría Jurídica para su
                       respectiva rúbrica y ser remitido al Diario
                       Oficial.
                       Registra    en     el   Libro    de   control
                       correspondiente y envía el original del
                       Acuerdo para su           Rubrica a Casa
                       Presidencial.
                       Con la rúbrica de la Casa Presidencial lo
                       remite a Microfilm del MINED.
                       Recibe copia del Acuerdo con los
                       documentos de respaldo.
      Unidad de        Saca copia del Acuerdo para su respectivo
15.   Administración   archivo.
      Escolar Local    Entrega     copia      de     acuerdo    con
                       documentación a la Dirección Departamental
                       de Educación.
      Dirección
                       Archiva copias de Acuerdo en el expediente
16.   Departamental
                       departamental de la modalidad.
      de Educación
ANEXO 29

MODELO PARA ELABORAR EL ACTA DE TRASPASO DE LOS
BIENES DEL CENTRO EDUCATIVO
Normas Cde
ANEXO 30

MODELO DE ACTA DE CIERRE DE OPERACIONES DEL
CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR
ANEXO 31

MODELO DE ACUERDO PARA DEJAR SIN EFECTO EL
ACUERDO DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA




MINISTERIO DE EDUCACIÓN
REPÚBLICA DE EL SALVADOR

San Salvador, 3 de septiembre de 2002.

ACUERDO No. 05-0869. EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE EDUCACIÓN,
CONSIDERANDO : I) Que de conformidad al Artículo 49 de la Ley de la Carrera
Docente, el Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Educación conferirá
Personalidad Jurídica a los Consejos Directivos Escolares. II) Que con fecha 11 de
julio de 1997 se emitió el Acuerdo Ejecutivo No. 05-0250 mediante el cual se confirió
Personalidad Jurídica a varios Consejos Directivos Escolares, entre ellos al CENTRO
ESCOLAR "CANTÓN SITIO GRANDE" Jurisdicción de San Juan Opico, Departamento
de La Libertad, código 11237. III) Que la comunidad educativa considera necesario el
cierre de esta modalidad y que el Centro Educativo sea administrado por la Asociación
Comunal para la Educación (ACE). IV) Que este Ministerio considera necesario dejar
sin efecto la Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar del CENTRO
ESCOLAR "CANTÓN SITIO GRANDE", código 11237, emitido en el Acuerdo Ejecutivo
No. 05-0250 con fecha 11 de julio de 1997. POR TANTO con base en lo anterior
expuesto, ACUERDA: I) Dejar sin efecto la Personalidad Jurídica al Consejo Directivo
Escolar del CENTRO ESCOLAR "CANTON SITIO GRANDE" Jurisdicción de San Juan
Opico, Departamento de La Libertad, código 12237 emitido en el Acuerdo Ejecutivo No.
05-0250 de fecha 11 de julio de .II) En todo lo demás queda igual y sin ninguna
modificación el Acuerdo No. 05-0250. COMUNÍQUESE.

DIOS UNIÓN LIBERTAD

RM/ CMAT/ecam
ANEXO 32

MODELO DE LA TRANSCRIPCIÓN DEL ACUERDO PARA DEJAR
SIN EFECTO LA PERSONALIDAD JURÍDICA




Ministerio de Educación
República de El Salvador

San Salvador, 3 de septiembre de 2002

HOY SE HA EMITIDO EL ACUERDO QUE LITERALMENTE DICE:

“ACUERDO No. 05-0869. EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE EDUCACIÓN,
CONSIDERANDO: I) Que de conformidad al Artículo 49 de la Ley de la Carrera
Docente, el Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Educación conferirá
Personalidad Jurídica a los Consejos Directivos Escolares. II) Que con fecha 11 de
julio de 1997 se emitió el Acuerdo Ejecutivo No. 05-0250 mediante el cual se confirió
Personalidad Jurídica a varios Consejos Directivos Escolares, entre ellos al Centro
Escolar "CANTÓN SITIO GRANDE" Jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de
La Libertad, código 11237. III) Que la comunidad educativa considera necesario el
cierre de esta modalidad y que el Centro Educativo sea administrado por la Asociación
Comunal para la Educación (ACE). IV) Que este Ministerio considera necesario dejar
sin efecto la Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar del "CANTÓN SITIO
GRANDE", código 11237, emitido en el Acuerdo Ejecutivo No. 05-0250 con fecha 11 de
julio de 1997. POR TANTO con base en lo anterior expuesto, ACUERDA: I) Dejar sin
efecto la Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar del "CANTÓN SITIO
GRANDE" Jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, código 12237
emitido en el Acuerdo Ejecutivo No. 05-0250 de fecha 11 de julio de 1997. II) En todo lo
demás queda igual y sin ninguna modificación el Acuerdo No. 05-0250.
COMUNÍQUESE". (Rubricado por el Señor Presidente de La República). EL MINISTRO
O MINISTRA DE EDUCACIÓN. (f) Rúbrica del Titular de Educación.

DIOS UNIÓN LIBERTAD


CARLOS MAURICIO ARIAS TORRES
DIRECTOR DE PARTAMENTAL DE EDUCACIÓN

CMAT/eca
XIII. ¿CUAL ES EL PROCEDIMIENTO PARA LEGALIZAR CAMBIO DE
   MODALIDAD EN UN CENTRO EDUCATIVO ADMINISTRADO POR
   UN CDE?

Cuando el Centro Educativo esta siendo administrado por un CDE y la comunidad
decide cambiar de Modalidad de Administración Escolar para convertirse en una ACE,
el procedimiento que deberá realizarse es el siguiente:

PASO     RESPONSABLE                                 ACTIVIDAD
        Coordinación de     Emite Acuerdo para Dejar sin efecto la Personería
  1.    Gestión Educativa   Jurídica del CDE y registra en el sistema la justificación de
        Departamental       este cierre, y la fecha de creación de la ACE.
                            Recibe a través del sistema mecanizado, notificación del
                            cierre de la modalidad.
                                    Da seguimiento al caso y solicita una nota firmada
                                    por la Dirección Departamental de Educación con
                                    la debida justificación, a la cual deberán anexar
                                    autorización de los fondos por la Dirección
                                    Nacional de Gestión Educativa.
                                    Determina el cambio de código del Centro
        Dirección de
  2.                                Educativo con base a los rangos establecidos para
        Acreditación
                                    cada tipo de modalidad en el sistema
                                    Emite Resolución y Acuerdo de cambio de código.
                                    Entrega copia a Gestión Educativa Departamental
                                    de la Resolución cambio de código; mientras está
                                    en firma del Titular del Ramo, el Acuerdo
                                    respectivo.
                                    Envía Acuerdo de cambio de código para trámite al
                                    Departamento Jurídico.
                                    Con la Resolución del cambio de código y con
                                    todos los requisitos establecidos para crear la
        Coordinación de
                                    nueva Modalidad emite Acuerdo de Personería
  3.    Gestión Educativa
                                    Jurídica del CDE y 2 Transcripciones del mismo.
        Departamental
                                    Anexa documentación de respaldo de Acuerdo
                                    Original de Personería Jurídica de la ACE.
                            Prepara expediente que será remitido a la Educativa
                            Departamental Coordinación de Administración Local
                            conteniendo lo siguiente:
                                    Acuerdo original para Dejar sin efecto la
                                    personería jurídica del CDE con sus documentos
  4.
                                    de respaldo.
                                    Acuerdo original de Personería Jurídica de la ACE,
                                    con sus documentos de respaldo.
                                    Copia de la Resolución de cambio de código
                                    mientras está en firma del Titular del Ramo, el
Acuerdo respectivo.
            Solicitud de trámite de cambio de modalidad
            firmada por el Director Departamental de
            Educación.
            Recibe y revisa documentación proveniente de la
            Dirección Departamental de Educación.
5.          Analiza toda la documentación proveniente y de
            estar de conformidad, envía a la Unidad de
            Asesoría Jurídica.
            Revisa, analiza y de estar de conformidad pasa a
            firma del Titular del Ministerio de Educación.
6.          Una vez firmados los Acuerdos entrega toda la
            documentación a Recursos Humanos para su
            distribución.
     Recibe documentación y la distribuye de conformidad a lo
7.
     establecido.
Normas Cde
DOCUMENTO 2

 II. PASO A PASO PARA LA PLAINIFICAION ESCOLAR
     ANUAL    POR    LA    MODADLIDADES     DE
     ADMINISTRACIÓN ESCOLAR
INTRODUCCIÓN
El trabajo de las Instituciones Educativas, debe estar orientado y dirigido por una
Planificación Estratégica Institucional (PEI), que durante 5 años guíe las grandes
acciones de la comunidad educativa, acciones derivadas de una participación activa de
los sectores y de un Diagnóstico Institucional, dándole al Centro Escolar una visión a
largo plazo que se hace operativo cada año, por medio del Plan Escolar Anual (PEA).

Precisamente, es sobre el Plan Escolar Anual que este documento pretende orientar a
los Directores y las Modalidades de Administración Escolar Local (CDE, ACE y CECE),
para que de acuerdo a sus recursos, limitantes y prioridades haga realidad la ejecución
de este.

El Plan Escolar Anual, como un instrumento de planificación de corto plazo, concretiza
las acciones del Proyecto Educativo Institucional (PEI), otorgando sentido y dirección al
presupuesto y a los proyectos complementarios que se desarrollan en los procesos
educativos, administrativos, organizativos y comunitarios de los centros escolares.

Este documento está dirigido prioritariamente a los miembros de las modalidades, a su
personal directivo, docente y técnicos de las Oficinas Departamentales, que orientan,
apoyan, verifican y coordinan el trabajo de las modalidades.

   II. OBJETIVOS:
       General:

        Orientar a las Modalidades de Administración Escolar Local, sobre la
elaboración del Plan Anual, como estrategia y guía de las actividades educativas, que
planifica, organiza y coordina durante el año escolar.

       Objetivos específicos:

       1.     Promover el Plan Escolar Anual como un instrumento de trabajo a los
              miembros de las Modalidades de Administración Escolar Local.

       2.     Elaborar el Plan Escolar Anual en la lógica de concreción del Proyecto
              Educativo Institucional.
3.   Facilitar el trabajo, funciones y actividades que desarrollan los miembros
     de las Modalidades, Comités de Apoyo y los docentes.

4.   Aportar conceptos y reflexiones sobre la planificación operativa e
     instrumentos que apoyen este proceso.
III. ¿QUÉ ES LA PLANIFICACIÓN?
La planificación es el proceso de conducir una organización desde donde se encuentra
actualmente hasta donde queremos que esté en el futuro. Este futuro, para los centros
educativos es la autonomía escolar, es decir, que los miembros de las Modalidades de
Administración Escolar Local, tengan la capacidad y responsabilidad para decidir sobre
lo que conviene hacer y fortalecer la gestión de los recursos que se les asignen, no sólo
los económicos, humanos y materiales, sino también los pedagógicos. Para alcanzar
esta autonomía es importante la elaboración del Proyecto Educativo Institucional, ya
que éste no es responsabilidad ni patrimonio de una sola persona o grupo de personas,
sino que es el compromiso de todos los miembros de una Comunidad Educativa.

El Plan Escolar Anual, es el instrumento de gestión que contiene un conjunto de
acciones o actividades organizadas cronogramadas, que la comunidad educativa debe
realizar para lograr los objetivos propuestos en período anual del trabajo.

  IV. ¿PORQUÉ ES IMPORTANTE LA PLANIFICACIÓN?

       Propicia el desarrollo de la Modalidad y de la Institución, al establecer métodos
       de utilización racional de los recursos.
       Reduce los niveles de incertidumbre que se pueden presentar en el futuro.
       Mantiene una mentalidad futurista teniendo más visión del porvenir y un afán de
       lograr y mejorar las cosas.
       Reduce al mínimo los riesgos y aprovecha al máximo las oportunidades.
       Permite aprovechar la experiencia y los recursos de las personas e instituciones
       que colaboran con el Centro Educativo.
       Promueve la eficiencia al eliminar la improvisación.
       Al establecerse un Plan, suministra las bases a través de las cuales operará el
       Centro Educativo.
       Disminuye al mínimo los problemas potenciales y proporciona a las
       modalidades, magníficos rendimientos de su tiempo y esfuerzo.
       Permite a las modalidades, evaluar alternativas antes de tomar una decisión.
       Permite establecer las prioridades con base a las necesidades y los recursos.
       Permite el logro de los objetivos y metas institucionales.
       Fomenta el trabajo en equipo.
       Se invierte en esfuerzos y recursos.

Dentro de las organizaciones, planear es tan importante como organizar, dirigir y
controlar, porque la eficiencia no se logra con la improvisación, y si administrar es
"hacer las cosas a través de otros", es necesario, primero hacer planes sobre la forma
como esa acción se habrá de coordinar.
En el campo de la administración educativa, la planificación ocupa un lugar importante,
ya que a partir de ella y con base a un diagnóstico situacional previo, que se evidencia
en el PEI, se ejecuten las acciones que tienen que ver con el logro de objetivos y metas
referidas al proceso educativo.

Por lo anterior es importante el Plan Escolar Anual, ya que contribuye a conducir la
labor propuesta de la comunidad educativa y orienta la organización que se necesita
para la consecución de los objetivos y acciones establecidas para un año.

       V. ¿CUÁLES SON LOS RIESGOS DE NO PLANIFICAR?
El no planificar, conlleva una serie de riesgos para una organización, veamos algunos:


2.       No se logran los propósitos educativos definidos para el Centro Educativo.

3.       Se realizan acciones aisladas, y no integradas a un sólo fin.


5.       No existe seguimiento ni control de objetivos y resultados esperados.

6.       Se gastan esfuerzos y recursos.

7.       Los logros anuales no responden a una planificación estratégica.

Dado que no es posible señalar una secuencia única para el proceso de planificación,
es posible sugerir dicho proceso siguiendo la lógica que indican las fases siguientes:

I.       Identificación de fortalezas (recursos que se controlan, capacidades y
         habilidades que se poseen), oportunidades (factores externos, que son
         positivos, favorables, explotables), amenazas (factores negativos externos) y
         debilidades para actuar (recursos de los que se carece, habilidades que no se
         poseen, actividades que no se desarrollan).


III.     Identificar claramente el objetivo u objetivos que se buscan.


     VI. ¿QUIÉNES PLANIFICAN AL INTERIOR DE LAS MODALIDADES
         DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR LOCAL?
La atribución de planificar es de los miembros de las Modalidades, la cual está
contenida en las Leyes y Reglamentos que las rigen, a los Consejos Directivos
Escolares, esta atribución se la asigna el artículo 50 numeral 1 de la Ley de la Carrera
Docente. Para el caso de las Asociaciones Comunales para la Educación, en el artículo
15 del Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación,
corresponde a la Junta Directiva de la Asociación, esta labor; y para los Consejos
Educativos Católicos Escolares, en el artículo 13 del Reglamento de los Centros de
Educación Católica de El Salvador, se involucra a todos los sectores de la comunidad
educativa en la planificación.

Toda la acción de la planificación de las instancias de la comunidad educativa debe
estar orientada y concretizada en el Proyecto Educativo Institucional (PEI).

Para ello los componentes que integran el Proyecto Educativo Institucional, como el
Proyecto Curricular del Centro; el Proyecto de Gestión Organizativa y Administrativa, los
Proyectos Complementarios y el Plan Escolar Anual, deben responder a los ámbitos
que conforman el PEI, como son: Pedagógico, Administrativo, Organizativo y
Comunitario.

En este sentido, se generara un trabajo cooperativo al interior de los centros educativos,
que debe tener un equipo Coordinador y equipos dinamizadores en cada uno de los
componentes del PEI, que deberán involucrar a la comunidad educativa, en Comités de
Apoyo, y con ello se fortalecerá el proceso de planificación al compartir todos la visión
del rumbo de la institución, y no solo en los miembros de las Modalidades.

La participación y el trabajo en equipo y la planificación estratégica son las premisas
básicas para lograr un cambio en el trabajo actual de las escuelas. Se debe ir
construyendo una nueva filosofía de gestión, donde la visión deseada de la escuela, la
programación de las estrategias y el mejoramiento de los procesos, son tareas
colectivas que requieren el compromiso de toda la Comunidad Educativa.




 VII. ¿CUÁNDO PLANIFICAR?
En un modelo de gestión educativa, donde se incorporan metas fijadas de manera
participativa, y establecidas sobre la base de un Proyecto Educativo Institucional, que
contiene objetivos de largo plazo, es prudente revisar y ajustar lo planificado al inicio del
año escolar, cuando ya se tienen algunos insumos, entre ellos: Memoria de Labores,
Calendario Escolar, Proyectos aprobados, Presupuestos de Ingresos y Gastos
ajustados, etc., lo que permite tener una visión mas acertada sobre la marcha del centro
educativo y de los resultados que se pueden obtener.

Este proceso de planificación en el corto plazo, debe conllevar a la Modalidad a elaborar
el Plan Escolar Anual, el Presupuesto Estimado de Ingresos y Egresos, el Proyecto
Curricular del Centro y los Proyectos Complementarios; durante el último trimestre del
año lectivo, para ser presentados en la Asamblea de Padres y Madres de familia. En el
caso de la aprobación de las Contribuciones de Apoyo Económico Voluntario y Otros
Ingresos programados para el año siguiente en los centros educativos de Parvularia,
Básica y Especial, se deben aprobar durante el último trimestre del año lectivo y la
aprobación de las Cuotas de Escolaridad u otros ingresos de los Centro Educativos con
niveles de media, se deben realizar tres meses antes de que finalice el año lectivo.
Después de aprobadas las contribuciones o cuotas voluntarias u otros ingresos
previstos, se debe presentar a la comunidad educativa el Plan Escolar Anual, revisarlo y
ajustarlo al inicio del próximo año escolar, cuando ya terminó el período de matrícula y
ya se pueden tener datos exactos y no estimados de los recursos de los que dispondrá
la institución proveniente del Ministerio de Educación o de otras fuentes previstas en el
presupuesto. Durante el año escolar se deberán ajustar las metas y actividades, en
función al logro de objetivos que se tenga u otras prioridades que se operen; dado que
las cuotas de escolaridad y contribuciones de apoyo voluntario se pueden pagar
mensualmente o en cualquier época del año escolar.


VIII. ¿CUÁL ES LA LÓGICA DE LA PLANIFICACIÓN?
La planificación funciona de acuerdo a una lógica muy simple y concreta que resumimos
en la siguiente manera:

       Situación                                           Situación
       Inicial                                             Futura



       Estrategias,                                        Situación
       Planes,                                             Deseada
       Programas,
       Proyectos.


                       La planificación siempre parte de una situación inicial, la cual
 PARTICIPACIÓN         incluye tanto la realidad interna del centro educativo como de la
                       comunidad donde está inmersa; esta situación se puede conocer
                       mediante un diagnóstico.

                       Si analizamos el diagnóstico podemos establecer un pronóstico
 REALISMO              hacia una nueva realidad en un futuro cercano, si no actuamos
                       sobre esa realidad.

                       La situación deseada es el cambio de rumbo que queremos
 FLEXIBILIDAD          introducir en la evolución general de la realidad. Alcanzar este
                       objetivo es el propósito de la Planificación.

                         IX. PRINCIPIOS DE LA PLANIFICACIÓN
 UNIDAD
                       La participación significa que los diferentes actores que se
                       involucran en ella, tanto internos como externos al centro
                       educativo, tienen injerencia en la toma de decisiones y por ende
 PRECISIÓN             son responsables de los resultados y consecuencias que dichas
decisiones tienen. Todo Plan debe ser aprobado por la Modalidad.

Debe de adaptarse a la realidad del medio donde funciona la Institución. La Modalidad
debe pensar en primer lugar con qué recursos cuentan y ajustar los Planes, Programas
y Proyectos a la disponibilidad de esos recursos.

Debe de facilitar la adecuación a las circunstancias que se presentan, la Modalidad
debe de prever varias alternativas de acción y establecer sistemas de seguimiento y
evaluación durante el desarrollo de las actividades planificadas.

Los planes deben de integrar los intereses tanto de la institución como de las personas
que van a participar en la ejecución de las actividades y de los/as beneficiarios/as.

Se debe planificar con claridad. Para asegurar que la planificación sea precisa, es
necesario que las Modalidades, tenga respuestas a las preguntas:

              ¿Qué se quiere hacer?              ¿Dónde debe hacerse?
              ¿Quién va a ejecutar la tarea?     ¿Con qué recursos?
              ¿Cómo se va a desarrollar el plan? ¿Cuál es el objetivo?
              ¿Cuándo se va a realizar?

  X. ¿CUÁLES SON LOS INSTRUMENTOS DEL PROCESO DE
     PLANIFICACIÓN?
Dentro del proceso de planificación de los Centros Educativos, se van desarrollando
una serie de instrumentos:

       a.     PEI
       b.     PEA
       c.     Presupuesto de los Centros Educativos
       d.     Proyectos Complementarios

El Plan Escolar Anual, es el instrumento de planificación operativa a corto plazo (un
año). Este Plan es la concreción del Proyecto Educativo Institucional, que es el
instrumento estratégico de desarrollo educativo de mediano y largo plazo dentro del
Centro Escolar.

Este se nutre y retoma las actividades contempladas en las políticas y programas del
Ministerio de Educación, y además define sus prioridades en función a sus problemas,
necesidades e intereses detectadas por la Comunidad Educativa. Para ello es
necesario:

       Contar con un mínimo de            información,   proveniente   de   diagnósticos,
       evaluaciones, estadísticas, etc.

       Tomar en cuenta las condiciones económicas, sociales, culturales, etc. de la
       institución y del medio ambiente.
El recurso humano debe contar con un mínimo de capacidad técnica en materia
       de planificación.

       La actitud de los miembros de las modalidades, respecto a la planificación, es
       vital para motivar a la comunidad educativa a participar en Comités de Apoyo.

Todo Plan Escolar Anual debe ser acompañado del PRESUPUESTO DE INGRESOS Y
EGRESOS y de los PROYECTOS COMPLEMENTARIOS a realizarse en el año
escolar.

Es necesario aclarar que las modalidades deben priorizar las necesidades por áreas de
gestión: Pedagógico, Administrativo, Organizativo y Comunitario; desde la elaboración
del Proyecto Educativo Institucional, para luego retomar los objetivos estratégicos en el
Plan Escolar Anual. De estos objetivos estratégicos del PEI surgen los Programas de
Acción. Estos Programas de Acción deben concretarse en un conjunto de Proyectos
que deben contener las actividades, recursos y responsables de ellos en el corto plazo.
Estos Proyectos servirán de base para elaborar el Plan de Compras, es decir, con
fondos provenientes del Ministerio de Educación, Otros Ingresos (Fondos Propios) y de
otras fuentes, tomando como referencia el presupuesto.

  XI. ¿QUÉ ES EL PLAN ESCOLAR ANUAL?
Es un instrumento operativo que contiene un conjunto de acciones o actividades
organizadas y cronogramadas, que la comunidad educativa debe realizar para lograr los
objetivos propuestos en un periodo anual de trabajo.

 XII. ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE EL PLAN ESCOLAR ANUAL?
Contribuye a conducir la labor propuesta de la comunidad educativa y orienta la
organización que se necesita para la consecución de los objetivos y acciones
establecidas para un año.
XIII. ¿QUÉ ELEMENTOS TIENE UN PLAN ESCOLAR ANUAL?
El Plan Escolar Anual (PEA), deberá considerar los componentes básicos siguientes:


PASO       RESPONSABLE                         ACTIVIDAD
        DIAGNÓSTICO     Este apartado se refiere al diagnóstico que respalda el
                        Plan, el cual permite un uso efectivo y eficiente de los
                        recursos existentes. Es decir, el diagnóstico es un
                        análisis objetivo de la situación educativa y social que
  1.
                        se intenta modificar y de los problemas a enfrentar,
                        con el fin de establecer las prioridades que la
                        institución educativa esta en condiciones de
                        desarrollar para resolverlos.
        OBJETIVOS       Se deberá describir los que se desea obtener al final
  2.                    del período de duración del Plan, mediante la
                        ejecución de las actividades y los recursos asignados.
        METAS           Las metas son los objetivos cuantitativamente
                        dimensionados. Expresan lo que se logrará en un
  3.
                        plazo determinado (las metas deberán estar en
                        función de los procesos institucionales).
        ACTIVIDADES     Son acciones que permiten alcanzar los objetivos
                        previstos establecidos para un período determinado
  4.
                        que se plasman en un Cronograma. Deben
                        corresponder a una o varias metas.
        RECURSOS        Es la cantidad de recursos (humanos, materiales y
                        financieros) que se ha previsto para la realización de
                        una actividad, con la que se espera obtener
  5.
                        determinados productos y alcanzar los objetivos del
                        Plan. Para ello es necesario elaborar el Presupuesto
                        de Ingresos y Gastos que más adelante se detalla.
        PRESUPUESTO     En este cuadro se anotaran los rubros contemplados
                        en cada Meta o Proyecto a desarrollar, la cantidad o
  6.                    número de bienes o servicios, el precio unitario del
                        bien o servicio y el Total (que se obtiene de multiplicar
                        cantidad por precio unitario).
                        Los proyectos son acciones definidas para atender
        PROYECTOS
  7.                    necesidades o problemas detectados en el
        COMPLEMENTARIOS
                        diagnóstico, para un período de tiempo establecido.
                        En el cronograma, se deberá indicar las semanas del
                        mes en que se realizara la actividad. Por ejemplo si la
        CRONOGRAMA DE
  8.                    actividad en la segunda semana de junio, se indicara
        ACTIVIDADES
                        con el número 2, si se realizara en las cuatro semana
                        de un mes, se indicara 1, 2, 3, 4.
                        Se comparará resultados (Metas y Objetivos) sobre
  9.    EVALUACIÓN
                        las actividades propuestas y los logros obtenidos.
XIV. ¿QUÉ PASOS SEGUIR PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN
     ESCOLAR ANUAL?
1.    Identificar las necesidades prioritarias, evaluación diagnóstica.
2.    Definir los objetivos anuales.
3.    Precisar objetivos según las áreas específicas.
4.    Determinar las metas Institucionales.
5.    Determinar las actividades.
6.    Asignar recursos.
7.    Elaborar el Presupuesto.
8.    Definir los responsables para cada actividad.
9.    Elaborar cronograma.
10.   Definir Plan de Evaluación.
11.   Elaborar el documento final.

El esquema desagregado para elaborar el Plan Escolar Anual se encuentra en el Anexo
1.

 XV. ¿QUÉ ES EL PRESUPUESTO?
Es una estimación de ingresos y gastos futuros, que la Modalidad debe preparar
anticipadamente para cada año en el PEA, pudiéndolo subdividir en semestres,
trimestres o meses, para indicar los resultados esperados.

El Presupuesto puede ser modificado o reajustado en base a resultados esperados,
previa aprobación de los miembros de la Modalidad.

XVI. ¿PARA QUÉ SIRVE EL PRESUPUESTO?

      Proyectar los ingresos y egresos del centro educativo.
      Garantizar la disponibilidad financiera para las actividades prioritarias del centro
      escolar.
      Tomar medidas correctivas.
      Identificar posibles problemas financieros antes de que se presenten.
      Decidir sobre las inversiones que la Modalidad podrá o no efectuar.
      Identificar y evitar inconsistencias en la planificación.
      Para dar respuestas a observaciones o hallazgos de auditorias internas o
      externas.

XVII. ¿CUÁLES SON SUS CARACTERÍSTICAS?

      Debe estar organizado en función a las actividades y proyectos identificados en
      el Plan Escolar Anual y orientados a mejorar la calidad de la educación.
      Debe reflejar costos razonables dentro del mercado nacional
      Debe estar en función al logro de los objetivos del Plan Escolar
      Debe estar acorde a la capacidad institucional para poder ejecutarlo.
Debe balancear el aporte del MINED, los recursos propios y de otras fuentes de
      financiamiento.

XVIII. ¿CUÁLES SON LAS NORMAS A SEGUIR PARA ELABORAR EL
       PRESUPUESTO?
1.   Presupuestar todo gasto en concepto de pago de salarios, compra de material
     educativo, servicios básicos como: agua, energía eléctrica, teléfono,
     arrendamiento y demás rubros críticos deberán programarse en forma prioritaria y
     se deberá observar racionalidad en su estimación y uso.

2.   En todo Proyecto ya sea financiado por el Ministerio de Educación o de Otros
     Ingresos, deberán establecerse explícitamente los rubros, los montos y fuentes de
     financiamiento, los cuales deben estar aprobados por la Modalidad.

3.   Las modalidades deberán incluir dentro de su presupuesto anual las asignaciones
     por diferentes fuentes de financiamiento, como por ejemplo: monto que el MINED
     en concepto de pago de salarios de docentes o personal administrativo y/o de
     servicio, servicios básicos, transferencias (Bono de la Calidad u otros) y pago de
     alquiler, así como los Ingresos propios que reciba; por diferentes conceptos, tales
     como: contribuciones de apoyo económico voluntarias o cuotas de escolaridad de
     padres de familia u otros ingresos propios (Tiendas escolares, rentas de cafetines,
     actividades extracurriculares no obligatorias, etc.), donaciones (en valores y/o
     especies) y otros rubros generadores de ingreso.
ANEXO 1
PLAN ESCOLAR ANUAL

Contenido

I.      DIAGNÓSTICO
        A.   Problemática priorizada
        B.   Causas de la problemática
        C.   Recomendaciones

II.     OBJETIVOS
        -    Objetivo general
        -    Objetivos específicos

II.     METAS O PROYECTOS

IV.     ACTIVIDADES:
        A.    Actividades
        B.    Cronograma
        C.    Responsable

V.      RECURSOS
        A.   Humanos
        B.   Materiales
        C.   Financieros

VI.     PRESUPUESTO

VII.    PROYECTOS COMPLEMENTARIOS

VIII.   CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

IX.     EVALUACIÓN
DESCRIPCIÓN DEL ESQUEMA DE PRESENTACIÓN DEL PLAN
ESCOLAR ANUAL
Normas Cde
Normas Cde
Normas Cde
Normas Cde
Normas Cde
Normas Cde
Normas Cde
Normas Cde
DOCUMENTO 3

 III. PASO A PASO PARA LA INTEGRACION,
      LEGALIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA
      ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA EDUCACIÓN
      (ACE).


INTRODUCCIÓN

El Ministerio de Educación con el propósito de lograr una gestión más participativa y
democrática en la prestación de los servicios educativos, promoverá la organización de
las Modalidades de Administración Escolar Local, incentivando la participación de
directores, alumnos y padres de familia en la toma de decisiones en el quehacer
educativo.

Las Modalidades de Administración Escolar Local, deberán coordinar con los demás
organismos para
la administración de los recursos humanos que establecen las Leyes correspondientes.

El propósito de este documento es proporcionar a las Modalidades de Administración
Escolar Local, normas y procedimientos necesarios en el manejo de los recursos
humanos, a partir del Centro Educativo, fortaleciendo la operatividad del nivel local, para
lograr la agilización de los trámites de movimiento de personal.
I. ¿QUÉ ACCIONES DEBE TOMAR EL CONSEJO DIRECTIVO
   ESCOLAR    CON     OTROS   ORGANISMOS   PARA LA
   ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS?

Una de las funciones que se le otorga al Consejo Directivo Escolar, es la administración
del recurso humano que labora en el Centro Educativo.

Para ello, el Consejo coordinará conjuntamente las siguientes acciones con los
organismos de la administración de la Carrera Docente:

1.     Dirección del Centro Educativo:

       Valorar la tarea del Director o Directora
       Coordinar actividades del Centro Educativo.
       Definir plazas subutilizadas.
       Establecer necesidades de personal docente y administrativo.

2.     Unidad de Recursos Humanos de la Dirección Departamental de Educación:

       Comunicación respecto a la disponibilidad de plazas y partidas.
       Nombramientos.
       Traslados.
       Renuncias.
       Nombramiento interino.
       Asignación de sobresueldo, horas clases.
       Permuta entre educadores y
       Asignación de partidas compatibles.

3.     Tribunal Calificador:

       Solicitar la selección de candidatos para ocupar plazas vacantes en los
       siguientes casos:
       Cargos de Director y Subdirector.
       Nombramientos de Maestros (Traslados, nuevo ingreso, reingreso).

4.     Juntas de la Carrera Docente

       Denuncia comisión de infracciones.
       Interposición de recursos sobre resoluciones emitidas por el Tribunal Calificador.
       Aplicación de la suspensión previa (Art. 60 de la Ley de la Carrera Docente y 92
       del Reglamento).

5.     Tribunal de la Carrera Docente
       Interposición del recurso de apelación de las resoluciones emitidas por las
       Juntas de la Carrera Docente.
II. ¿CUÁLES SON LAS NORMATIVAS QUE REGULAN                                           LA
    ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS EN                                        EL
    FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR?

Puesto que el Consejo Directivo Escolar administrará el Recurso Humano del Centro
Educativo correspondiente, el Ministerio de Educación presenta a continuación las
siguientes orientaciones o normas que deben ser consideradas para su administración:

A.    Todo movimiento de personal (Nombramiento, traslado, reingreso, asignación de
      horas clase, sobresueldos, etc.), estará sujeto a lo que establece la Ley de
      Salarios y Reglamento de la Ley de la Carrera Docente y Disposiciones
      Generales de Presupuesto y deberá ser canalizada por el Presidente del
      Consejo Directivo Escolar (CDE).

B.    La Unidad de Recursos Humanos Departamental, será la responsable de velar
      por la custodia de los expedientes del personal que labora en los centros
      educativos. (Art. 8 Reglamento de la Ley de la Carrera Docente) y el Director del
      centro educativo, será el responsable de velar por el expediente del desempeño
      profesional.

C.    Todo movimiento de personal (Nombramiento, traslado, permuta, reingreso, etc.)
      excepto licencias y ascensos escalafonarios, deberá suspenderse en el mes de
      septiembre, por motivos de cierre de las actividades en las unidades externas
      del Ministerio de Educación y el inicio del proceso de refrenda del personal.

D.    Para que una permuta entre educadores proceda, deberá respetarse la
      formación profesional y el nivel educativo donde se presten los servicios, (Art. 30
      de la Ley de la Carrera Docente y 35 del Reglamento de la Ley de la Carrera
      Docente).

E.    Los sobresueldos por doble sección y las horas clase caducan el 31 de
      diciembre de cada año y su renovación dependerá de la persistencia de la
      necesidad, (Art. 32, inciso segundo del Reglamento de la Ley de la Carrera
      Docente). El Consejo Directivo Escolar podrá solicitar a Recursos Humanos
      Departamental dejarlos sin efecto, por las causas señaladas en el Art. 33 del
      Reglamento de la Ley de la Carrera Docente.

F.    El reingreso del educador podrá darse por: renuncia por causa justificada,
      despido conforme a los procedimientos que establece la Ley (art. 18 Ley de la
      Carrera Docente y Capitulo IV, art. 18 Reglamento de la Ley de la Carrera
      Docente); y por inhabilitación para el ejercicio de la docencia. En el primer caso
      el educador deberá anexar el acuerdo de aceptación de renuncia emitido por el
      Ministerio de Educación y en los otros casos adjuntar además, constancia de la
      Junta de la Carrera Docente. Por motivo de enfermedad sólo agregará la
      certificación médica que lo habilita nuevamente para el ejercicio de la profesión.
G.     Por ningún motivo el Consejo Directivo Escolar podrá limitar el término para la
       recepción de solicitudes de ingreso y reingreso en el proceso de selección de
       concursos de plazas vacantes de docentes, subdirectores o directores con
       relación al plazo que señala la Ley.

H.     En todo proceso de ingreso de personal docente al centro educativo será
       necesario:

       Verificación de la necesidad del recurso humano por personal técnico y la
       disponibilidad de plaza por Recursos Humanos Departamental
       Recepción de documentos de los maestros aspirantes en el término que señala
       la Ley.
       Selección del personal docente por el Tribunal Calificador y emisión de fallo.
Legalización del nombramiento por Recursos Humanos Departamental.


I.     El Consejo Directivo Escolar podrá contratar servicios profesionales, docentes
       y/o administrativos y pagarlos con otros ingresos, siempre y cuando no existan
       recursos para cubrir dichas necesidades; por parte del Ministerio de Educación.

J.     El Consejo Directivo Escolar previa autorización de la Unidad de Recursos
       Humanos Departamental, podrá nombrar educadores interinos en los casos de
       vacante generadas por licencia sin goce de sueldo y de suspensión, conforme a
       los procesos contemplados en la Ley de la Carrera Docente (Art. 40 Ley de la
       Carrera Docente).

K.     No se deberá contratar personal docente que no esté escalafonado y que no
       reúna los requisitos que estipula la Ley de la Carrera Docente (Art. 12 de la Ley
       General de Educación).

L.     El Ministerio de Educación a través de la Unidad Técnica correspondiente
       normará el proceso de Evaluación del ejercicio de la docencia y su aplicación
       será responsabilidad de la Modalidad que administre el centro educativo.

M.     No se podrá destacar personal docente a Oficinas Departamentales.

N.     La estabilidad laboral del personal contratado por la Modalidad de
       Administración Escolar Local, ya sea profesionales, docentes y/o
       administrativos, en ningún momento será responsabilidad del Estado.


III.  ¿CUÁLES SON LOS PASOS A SEGUIR EN LOS DIFERENTES
    PROCESOS PARA ADMINISTRAR EL RECURSO HUMANO?

En este apartado se describen los diferentes procedimientos que deberá seguir el
Consejo Directivo Escolar para la administración del Recurso Humano del centro
educativo, ya sea pagado por el Ministerio de Educación o por el CDE.
A.        NOMBRAMIENTO DE PERSONAL DOCENTE CON UNO O VARIOS
          CANDIDATOS. (Art. 18 de la Ley y Art. 24 del Reglamento de la Carrera
          Docente).

          Cuando se declare una plaza vacante.

 PASO              RESPONSABLE                              ACTIVIDAD
                                         Determina la necesidad de docentes de
                                         acuerdo a la matrícula, nómina de personal
     1.       Consejo Directivo Escolar docente y número de secciones por turno. (Art.
                                         95 numeral 3 de las Disposiciones Generales
                                         del Presupuesto).
                                         Previa consulta al Consejo Directivo Escolar.
              Director(a) del Centro presenta a la Unidad de Recursos Humanos
     2.
              Educativo.                 Departamental, necesidades de docentes del
                                         Centro Educativo
              Unidad de Recursos         Analiza las necesidades presentadas de
     3.       Humanos                    acuerdo a la disponibilidad de partidas y lo
              Departamentales.           comunica al Consejo Directivo Escolar.
                                         Publica la existencia de plazas (Anexo 1) en
                                         las Oficinas Departamentales, en las sedes de
     4.       Consejo Directivo Escolar. Asesoría Pedagógica y en lugares visibles
                                         dentro del centro educativo, (Art. 22
                                         Reglamento de la Ley de la Carrera Docente).
                                                 Retira       en Recursos Humanos
                                                 Departamental y Tribunal Calificador
                                                 la(s) hoja(s) de Solicitud para aspirante
                                                 a Plaza Vacante Docente (Anexo 2).
                                                 Presenta la siguiente documentación al
                                                 Presidente o a la persona que se
                                                 delegue en el Centro Educativo: (Art.
                                                 18, inciso 1 de la Ley y Art. 24 del
                                                 Reglamento de la Ley de la Carrera
                                                 Docente):
                                                     o Solicitud para aspirante a Plaza
     5.       Docente
                                                         Vacante Docente.
                                                     o Fotocopia de NIP.
                                                     o Fotocopia DUI.
                                                     o Curriculum vitae.
                                                     o Fotocopia           de       Título
                                                         debidamente registrado por el
                                                         Ministerio de Educación.
                                                     o Constancia          de     servicio
                                                         extendida por la Unidad de
                                                         Recursos               Humanos
                                                         Departamental (sí aplica).
o     Constancia de la Junta de la
                                           Carrera docente que no ha sido
                                           sancionado en los últimos 5
                                           años. (Solo en caso de
                                           ascensos al cargo de director o
                                           subdirector).
                                      o Copia de acuerdo de retiro y
                                           constancia de la Junta de la
                                           Carrera Docente en caso de
                                           reingreso.
                                  Revisa y verifica si la documentación
                                  está de acuerdo a los requerimientos
                                  de la plaza(s) sometida(s) a concurso.
                                  Firmará las copias confrontadas con
     El Presidente del CDE o
6.                                sus originales y las enumerará.
     quien lo sustituya
                                  Entregar      al    docente   la   parte
                                  desprendible de la solicitud firmada y
                                  sellada, señalando la documentación
                                  recibida.
                                  Levanta acta de cierre de concurso
                                  (Anexo 3), en el Libro de Actas de
                                  CDE, transcurridos 5 días de la
                                  publicación de la vacante y envía con
                                  nota de remisión (Anexo 7) la
                                  certificación (Anexo 5) de la misma al
7.   Consejo Directivo Escolar.
                                  Tribunal Calificador.
                                  Y anexa una certificación (Anexo 5) del
                                  acta a la Unidad de Recursos
                                  Humanos Departamental, en un plazo
                                  no mayor de 3 días posteriores al cierre
                                  del concurso.
                                  Si el aspirante reúne los requisitos
                                  legales exigidos:

                                     a. Comunica al educador que la
                                        plaza le ha sido asignada para
                                        que se presente a tomar
                                        posesión, en un plazo no mayor
                                        de tres días.
8.   Consejo Directivo Escolar.
                                     b. Levanta Acta de Toma de
                                        Posesión. (Anexo 4). Y notifica
                                        al Tribunal Calificador y a la
                                        Unidad de Recursos Humanos
                                        departamental         mediante
                                        certificación (Anexo 5) de la
                                        misma.
c. Envía a la Unidad de Recursos
                                                       Humanos Departamental hoja
                                                       de remisión (Anexo 6) y notifica
                                                       al Tribunal Calificador.

                                          De lo contrario levanta una Acta en el Libro de
                                          CDE donde se declara desierta la plaza e
                                          informa al Tribunal Calificador y Unidad de
                                          Recursos Humanos Departamental, para
                                          someter nuevamente a concurso la plaza,
                                          anexando Certificación del Acta.
Dependiendo del número de solicitudes que reciba el Consejo Directivo Escolar de la
plaza vacante, después de transcurridos cinco días hábiles contados a partir del
siguiente a la fecha de haberse publicado su existencia (Art. 18 de la Ley de La Carrera
Docente), realizará los siguientes pasos:
                         EN CASO DE UN SOLO CANDIDATO
                                          Elabora Acta de Cierre de Concurso de plaza
                                          vacante (Anexo 3) en el Libro de Actas del
                                          CDE.
                                          Envía al Tribunal Calificador la siguiente
                                          documentación:
                                                 3 Notas de remisión (Anexo 7) con la
9.           Consejo Directivo Escolar.          nómina de docentes que aspiran a la
                                                 plaza,     más     la   documentación
                                                 respectiva (Anexo 5) en un plazo no
                                                 mayor de tres días hábiles (Art. 18,
                                                 inciso 3).
                                                 Nómina de docentes ofertantes y su
                                                 documentación respectiva.
             Secretario (a) del CDE              Elabora en original y dos copias de las
                                                 notas de remisión de nómina de
10.
                                                 docentes aspirantes a plazas (Anexo
                                                 7).
             Presidente del CDE                  Prepara la siguiente documentación
                                                 para ser presentada al Tribunal
                                                 Calificador.
11.
                                                 Nota de remisión en original y dos
                                                 copias (Anexo 7).
                                                 Los expedientes de cada Docente.
             Tribunal Calificador.               Recibe y analiza documentación,
                                                 suministra pruebas de selección y
                                                 emite dictamen final en un plazo no
12.
                                                 mayor de 30 días hábiles, (Art. 52
                                                 inciso 3º. de la Ley de la Carrera
                                                 Docente).
Remite fallo al Consejo Directivo
                                         Escolar y a la Unidad de Recursos
                                         Humanos Departamental (Art. 19 del
                                         Reglamento de la Ley de la Carrera
                                         Docente).
      El Presidente (a) del CDE Notifica al docente que ha sido seleccionado
13.                              para la plaza respectiva y a todos los
                                 participantes.
14.   Docente.                   Se presenta al centro educativo.
      Consejo Directivo Escolar.         Levanta el Acta de toma posesión del
15.                                      cargo (Anexo 4).
                                         Certifica dicha Acta (Anexo 5).
      Secretario(a) del CDE      Elabora nota de remisión de documentación a
16.                              Unidad de Recursos Humanos Departamental
                                 (Anexo 6).
                                 Envía a la Unidad de Recursos Humanos
                                 Departamental:
                                         Certificación del Acta de Toma de
                                         Posesión
      Presidente del Consejo             (Anexo 5) del docente seleccionado.
17.
      Directivo Escolar                  Fallo     respectivo     del    Tribunal
                                         Calificador.
                                         Documentación Legal: DUI, NIT, NUP,
                                         (AFP) y cuenta bancaria (si es nuevo
                                         ingreso)
      Unidad de Recursos         Recibe documentación, elabora Acuerdo y
18.   Humanos                    actualiza base de datos (Art. 19 del
      Departamentales.           Reglamento de la Ley de la Carrera Docente).
                                 Distribuye copias de Acuerdo (Art. 19, inciso
      Unidad de Recursos
19.                              3º. del Reglamento de la Ley de la Carrera
      Humanos Departamental.
                                 Docente).
                                 Recibe copia de Acuerdo y archiva en
20.   Consejo Directivo Escolar. expediente del docente (Art. 8 del Reglamento
                                 de la Ley de la Carrera Docente).
                                 Si el docente no se presenta a laborar en un
                                 plazo de cinco días, se comunica al Tribunal
21.   Consejo Directivo Escolar.
                                 Calificador; se declara desierta y se inicia el
                                 proceso de nombramiento del sustituto.
ANEXO 1

AVISO DE VACANTE

El Consejo Directivo Escolar del Centro Educativo ______________________________
______________________________________________________________________,
Código No. __________ del Caserío _____________________, Cantón __________,
Municipio ______________________, del Departamento de ________________ en
cumplimiento de lo establecido en el Art. 18 de la Ley y 22 del Reglamento de la Ley de
la Carrera Docente, por este medio hace SABER: Que en este Centro Educativo existe
la vacante de Docente para el Nivel_______Grado________________________
Especialidad________________

Por lo que se convoca a todos los Docentes interesados a que presenten su solicitud
para optar a dicho cargo en la sede del Centro Educativo a partir del________________
_______________________________al______________________________________


Lugar y Fecha ____________________________________

                                                                               SELLO

F: _______________________________
Nombre: __________________________________________
Presidente del Consejo Directivo Escolar
ANEXO 2
Normas Cde
Espacio reservado que será completado por el Representante Legal del Consejo
Directivo Escolar




           “CALIDAD DE LA EDUCACIÓN: UN DESAFÍO DE TODOS”
ANEXO 4


MODELO DE ACTA DE TOMA DE POSESIÓN DE PLAZA
VACANTE DE DOCENTE
ANEXO 5

MODELO DE CERTIFICACIÓN DE ACTA 1

Este es un modelo por lo cual deberá ser adaptado de acuerdo al tipo de acta que se
vaya a certificar.


Para efectos de CERTIFICACIÓN DE ACTA, el Secretario(a) del Consejo Directivo
Escolar, podrá extenderla de la siguiente manera:

El (la) Infrascrito (a) Secretario (a) del Consejo Directivo Escolar, HACE CONSTAR:
Que la anterior copia fotostática del Acta número _______ de fecha_________ por
medio del cual SE CERTIFICA el acta de _____________________________________
es conforme y fidedigna con su original con la cual fue debidamente confrontada y para
ser presentada a _____________________________, se extiende la presente que
firmo, a los _____________ días del mes de ____________ del año ________.



____________________________________                            SELLO
              Firma y Nombre
Secretario(a) del Consejo Directivo Escolar




1 Este es un modelo por lo cual deberá ser adaptado de acuerdo al tipo de acta que se
vaya a certificar.
ANEXO 6

MODELO DE REMISIÓN DE DOCUMENTACIÓN A LA UNIDAD DE

RECURSOS HUMANOS DEPARTAMENTAL



_______________________________
          Lugar y Fecha

Señor(a)
Unidad de Recursos Humanos
Departamento de ______________________
Presente.

El CDE de ____________________________________________________________
                              (Nombre del Centro Educativo según acuerdo de acreditación y código)
de la Jurisdicción ______________________________________________________
                                        (Caserío, Cantón, Municipio y Departamento)
Se permite hacer de su conocimiento, que luego de haber realizado el proceso de
selección de personal docente, para ocupar la plaza vacante _____________________
                                                                                         (Nivel y Especialidad)
en la Ley de la Carrera Docente, se ha seleccionado al (a) profesor (a): ____________
_______________________________________ NIP _________________________,
para ocupar dicha vacante, por lo que solicitamos a usted, se proceda a elaborar los
trámites de legalización respectiva.

Sin otro particular, nos suscribimos.


SELLO


_____________________________                             ____________________________
Presidente (a) del Consejo Directivo Escolar               Secretario (a) del Consejo Directivo Escolar


ANEXO:

          Fallo del Tribunal Calificador. (En caso que sean varios candidatos)
          Expediente del Educador seleccionado.
ANEXO 7

NOTA DE REMISIÓN DE DOCUMENTO CON SU NÓMINA DE
ASPIRANTES A LA PLAZA VACANTE DE DOCENTE.

_________________________
     Lugar y Fecha

Señores Miembros Propietarios
Del Tribunal Calificador
Presente

El Consejo Directivo Escolar ___________________________________________
                                     (Nombre del Centro Educativo y código)
del Distrito _______________, Zona _________________Caserío______________
Cantón_______________ Municipio _______________Departamento___________
Con base al artículo 18, numeral 3 de la Ley de la Carrera Docente, y de acuerdo al
libro de actas que lleva este centro educativo, donde se encuentra el acta de cierre bajo
el número ________ de fecha __________ a partir del folio____________al
folio_________________, de la cual remitimos la nómina con los expedientes de
educadores(as) que aspiran a la(s) plaza(s) vacante (s) siguiente(s), especialidad (es)
_______________________________________
siendo ellos(as) los siguientes:




SELLO

Nombre ___________________________ F: ________________________
     Presidente (a) del C.D.E.
Nombre: _________________________  F: _______________________
     Tesorero(a) del C.D.E.
Nombre:___________________________ F:________________________
     Secretario (a) del C.D.E.

Dirección particular y teléfono del (la) Director (a)_______________________________

Presentar expedientes conforme a la nómina en el siguiente orden: traslado, reingreso y
nuevo ingreso.
*años de graduación del 1er. Título del Docente
B.        PERMUTA ENTRE EDUCADORES
          (Art. 30 de la Ley y Art. 35 del Reglamento de la Carrera Docente).

Los docentes, que deseen permutar, deberán laborar en el mismo nivel educativo o
tener ambos la preparación profesional para desempeñarse en niveles educativos
diferentes.

No podrán ser objeto de permuta, los cargos de Director y Subdirector, en consecuencia
los docentes que ostenten estos cargos y deseen permutar deberán renunciar a los
mismos (Art. 35 Reglamento de la Ley de la Carrera Docente).

A continuación se presenta paso a paso los procedimientos a seguir para realizar una
permuta:


PASO            RESPONSABLE                                  ACTIVIDAD
           Educador (a).                    Presenta Solicitud de Permuta (Anexo 8) con
                                            la información requerida a los Directores de
                                            centros educativos correspondientes, Art. 35
     1.
                                            del Reglamento de la Ley de la Carrera
                                            Docente).

           Director de Centro Educativo.    Recibe solicitud de Permuta de los
                                            educadores, la analiza de acuerdo a la Ley y
                                            notifica al Consejo Directivo Escolar y si reúne
     2.
                                            estos requisitos, el Director da su “es
                                            conforme”, a dicha solicitud.

           Director de Centro Educativo.    Notifica al educador y procede a levantar Acta
                                            de Toma de Posesión en el libro del centro
                                            educativo.(Anexo 9),
                                                    Envía con nota de remisión (Anexo 10)
                                                    la siguiente documentación a la Unidad
                                                    de Recursos Humanos Departamental
                                                    para su legalización, (Art. 19 del
     3.                                             Reglamento de la Ley de la Carrera
                                                    Docente).
                                                     Solicitud de permuta con es conforme
                                                    del Director.
                                                     Expediente del Educador seleccionado
                                                      Certificación de Acta de Toma de
                                                    Posesión.       (Anexo 5).

           Unidad de Recursos               Recibe, revisa documentación, actualiza base
           Humanos Departamental.           de datos y procede a elaborar y legalizar el
     4.
                                            Acuerdo respectivo (Art. 19 del Reglamento de
                                            la Carrera Docente).
Unidad de Recursos              Distribuye copias de Acuerdos, (Art. 19, inciso
     Humanos Departamental.          3 del Reglamento de la Ley de la Carrera
5.
                                     Docente).

     Director de Centro Educativo.   Recibe copia de Acuerdo y archiva en el
6.                                   expediente del educador (Art. 8 Reglamento
                                     de la Ley de la Carrera Docente).
ANEXO 8

SOLICITUD DE PERMUTA




PARA USO DE RECURSOS HUMANOS:
RESOLUCIÓN:
______________________________________________________________________
______________________________________________________________________
Firma: _________________________

ANEXAR: CERTIFICACION DE ACTA DE TOMA DE POSESIÓN
ANEXO 9

MODELO DE ACTA DE TOMA DE POSESIÓN POR PERMUTA


                               ACTA NÚMERO_________



En el local: ____________________________________________________________
                     (Nombre del centro educativo según acuerdo de acreditación y código)
De la Jurisdicción de ____________________________________________________
                                        (Caserío, Cantón, Municipio, Departamento)
a las ____________horas del día________del mes______del año__________. Luego
de cumplir con los requisitos estipulados (art. 30 numeral 11en la Ley de la Carrera
Docente y art. 35 en el Reglamento de la Ley de la Carrera Docente); se procede a
dar posesión del cargo a el(la) docente______________________________________,
con NIP_______________________, para prestar sus servicios en el grado _________
sección ___________en el turno de ______, por haber efectuado permuta con el (la)
docente_______________________________________________________; dejando
constancia que a partir de esta fecha formará parte del equipo docente de este Centro
Educativo. Y no habiendo más que hacer constar, suscribimos la presente acta que
firmamos.


Sello


F: ___________________________                             F: __________________________
       Nombre y firma                                               Nombre y firma
Director (a) del Centro Educativo                                      Docente
ANEXO 10

MODELO DE REMISIÓN DE DOCUMENTACIÓN A LA UNIDAD DE
RECURSOS HUMANOS DEPARTAMENTAL EN CASO DE
PERMUTA


_________________
Lugar y fecha



Señor(a)
Unidad de Recursos Humanos
Departamento de _____________
Presente.

El Director(a) del ______________________________________________________,
                      (Nombre del Centro Educativo según acuerdo de acreditación y código)
_______________________, de la Jurisdicción de ____________________________.
                                                            (Caserío, cantón, municipio y Departamento)
Hace de su conocimiento que luego de haber realizado el proceso de permuta entre
docentes para ocupar la plaza de _________________________y cumplido los
requisitos establecidos en el Art. 30 numeral      (grado ,sección, turno) 11 la Ley de la
Carrera Docente y art. 35 de El Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, se ha
dado toma de posesión al (la) profesor (a): __________________NIP_____________.

Por lo que solicitamos a usted, se proceda a elaborar los trámites de legalización
respectiva.

Sin otro particular, me suscribo atentamente

F: ______________________________
       Director(a) del Centro Educativo

ANEXAR:

       Expediente del educador seleccionado.
       Certificación de Acta de Toma de Posesión.
C.        Asignación de Sobresueldos por doble sección y Horas Clase
          (Art. 33 de la Ley y Art. 32 y 33 del Reglamento de la Ley de la Carrera
          Docente).

Los sobresueldos por doble sección y las horas-clase es un proceso especial
consignado en la Ley de la Carrera Docente para cubrir necesidades de servicios
educativos en los siguientes casos:

          Cuando el Ministerio de Educación no pueda nombrar profesores de planta con
          sueldo base por no haber disponibilidad de las partidas correspondientes.
          Cuando las horas a asignar sea tal, que no amerite el nombramiento de una
          plaza.

Los sobresueldos por doble sección y las horas-clase son un recurso de apoyo a la
docencia y de carácter emergente que caduca el 31 de diciembre de cada año y su
renovación dependerá de la necesidad que originó su asignación.

Los pasos a seguir para la Asignación de Sobresueldos por doble sección y Horas
Clase se describen a continuación:

PASO             RESPONSABLE                                ACTIVIDAD
           Consejo Directivo Escolar.    Determina la necesidad de horas clase y
                                         sobresueldo por doble sección de acuerdo a la
                                         matrícula, nómina de personal docente y
     1.                                  número de secciones por turno (Art. 32 del
                                         Reglamento de la Ley de la Carrera Docente y
                                         Art. 95, numeral 3 de las Disposiciones
                                         Generales de Presupuesto).
           Director(a) del Centro        Elabora Declaración Jurada de la necesidad y
     2.    Educativo.                    la presenta a la Unidad de Recursos Humanos
                                         Departamental.
           Recursos Humanos              Recibe documentación sobre necesidades de
           Departamental.                Horas Clases o sobresueldo por doble
                                         sección,     analiza,   verifica,   certifica    la
     3.
                                         disponibilidad y remite la certificación de
                                         disponibilidad de horas clases al Presidente
                                         del Consejo (Anexo 11).
           Consejo Directivo Escolar.    Realiza proceso de selección del educador y
                                         considerando la carga académica, turno,
     4.                                  jornada de trabajo, y la especialidad en que se
                                         desempeñara al (Art. 29 y 32 del Reglamento
                                         de Ley de la Carrera Docente).
           Consejo Directivo Escolar.    Comunica al educador seleccionado, levanta
                                         acta de toma de posesión (Anexo 4) y remite a
     5.
                                         la    Unidad       de    Recursos       Humanos
                                         Departamental.
     6.    Recursos Humanos              Recibe      documentación,      revisa,     asigna
Departamental.            recursos y remite certificación al Consejo
                               Directivo Escolar, elabora el      acuerdo de
                               asignación y distribuye copias del mismo.
     Director (a) del centro   Recibe copia de acuerdo y archiva
     educativo.                documentación en expediente del educador
7.
                               (Art. 8 del Reglamento de la Ley de la Carrera
                               Docente).
ANEXO 11




                                    MINISTERIO DE EDUCACION
                                   REPÚBLICA DE EL SALVADOR


CERTIFICACIÓN DE DISPONIBILIDAD DE HORAS CLASES

Señor     Presidente    del     Consejo     Directivo    Escolar    de:
______________________________________________________________________
______________________________________________________________________
                  (Nombre del Centro Educativo según acuerdo de acreditación y código)
Por la presente hago de su conocimiento que, con la finalidad de iniciar el proceso de
adjudicación de horas clases de educación ________________ a ese centro educativo,
certifico que: de la Partida: ________________, se le asignan, _________, de la unidad
presupuestaria: ___________, línea de trabajo__________, las que están disponibles a
partir de: (fecha): ________________del mes de________________ del año
________________.
(Nombre del departamento, fecha mes y año)




F: _______________________________________
Nombre y firma del Jefe de Recursos Humanos
del Departamento de_______________________.
D.        Nombramiento de Directores y/o Subdirectores (Arts. 18, 44, 45, 46 y 47 de la
          ley y Art. 90 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente).



PASO           RESPONSABLE                                    ACTIVIDAD
           Consejo Directivo Escolar.   Solicita certificación de disponibilidad de plaza
                                        vacante de Director o Subdirector a la Unidad de
     1.                                 Recursos Humanos del Departamento (Art. 26
                                        del Reglamento de la Ley de la Carrera
                                        Docente).
           Unidad de Recursos           Verifica la necesidad y disponibilidad de plaza
           Humanos Departamental.       vacante y comunica a la Oficina de Recursos
     2.
                                        Humanos del nivel Central para su publicación
                                        en los periódicos de mayor circulación.
           Consejo Directivo Escolar.   Publica la existencia de plazas en las Oficinas
                                        Departamentales,         Sedes      de     Asesoría
     3.                                 Pedagógica y en lugares visibles dentro de la
                                        institución (Anexo 1), (Art. 22 del Reglamento de
                                        la Ley de la Carrera Docente).
           Docente interesado           Retira en la Unidad de Recursos Humanos
                                        Departamental Solicitud para Concursar a Plaza
                                        vacante de Director o Subdirector (Anexo 12)
     4.
                                                 Prepara la siguiente documentación:
                                                 Solicitud llena con toda la información

           Consejo Directivo Escolar.   Realiza valoración de la labor del director o
                                        subdirector conjuntamente con la valoración del
                                        Consejo de profesores y Consejo de alumnos
                                        (En caso de que el Director o Subdirector haya
                                        cumplido 5 años en el cargo y desea reelegirse),
     5.
                                        ya sea que la valoración sea favorable o no,
                                        dicha acta se remitirá acompañada de la nómina
                                        de aspirantes y su respectiva documentación
                                        para optar al cargo (Art.65 literal D del
                                        reglamento de la Ley de la Carrera Docente).
           Consejo Directivo Escolar.   Remite (Anexo 13) al Tribunal Calificador
     6.                                 anexando una certificación de acta (Anexo 5)
                                        para que éste emita su fallo.
           Tribunal Calificador.        Revisa y analiza documentación recibida, y en
                                        caso que exista más de un candidato que reúna
                                        los requisitos del cargo, podrá mediante la
                                        contratación de servicios realizar las pruebas de
     7.
                                        selección que señala el Art. 18 de la Ley de la
                                        Carrera Docente y en base a este emite su fallo.
Tribunal Calificador.        Comunica al Consejo Directivo Escolar del fallo
                                     emitido y a la Unidad de Recursos Humanos
  8.
                                     Departamental.

        Consejo Directivo Escolar.   Recibe fallo del Tribunal Calificador y comunica
                                     al educador seleccionado, además procede a
                                     levantar Acta de Toma de Posesión (Anexo 4) y
  9.                                 remite copia certificada (Anexo 5) a la Unidad de
                                     Recursos Humanos Departamental, para que se
                                     realice el trámite de nombramiento.

        Unidad de Recursos           Recibe Certificación de Acta de Toma de
        Humanos Departamental.       Posesión y fallo del tribunal Calificador y
                                     procede a nombrar al Director y/o Subdirector de
 10.
                                     acuerdo a las especificaciones y partidas
                                     asignadas en la Ley respectiva.

        Recursos Humanos
 11.    Departamental                Emite, legaliza y distribuye acuerdos.

        Director(a) del centro       Recibe acuerdo y archiva en expediente del
 12.    educativo.                   educador.




“Si se presenta algún reclamo del o de los docentes a la Junta de la Carrera Docente
durante el período establecido por la Ley se procede a suspender el proceso hasta que
el organismo competente emita fallo.”
ANEXO 12
Normas Cde
ANEXO 13A

MODELO DE NOTA DE REMISIÓN DE DOCUMENTOS CON SU
NOMINA DE ASPIRANTES A SUBDIRECTOR


_________________________
     Lugar y Fecha

Señores Miembros Propietarios
del Tribunal Calificador
Presente

El Consejo Directivo Escolar_______________________________________________
                                     (Nombre del Centro Educativo y código)
del Distrito _____________, Zona____________Caserío________ del Municipio
__________________ Departamento __________________
Con base al artículo 18, numeral 3 de la Ley de la Carrera Docente, y de acuerdo al
libro de actas que lleva este centro educativo, donde se encuentra el acta de cierre bajo
el número ___________________ de fecha________________ a partir del
folio____________al folio________________________, de la cual remitimos la nómina
con los expedientes de educadores(as) que aspiran a la(s) plaza(s) vacante (s) de
SUBDIRECTOR (A) del turno_____________con sus respectivos expedientes siendo
ellos(as) los siguientes:




SELLO

Nombre ___________________________                      F: __________________________
            Presidente (a) del C.D.E.
Nombre: _______________________                         F:   __________________________
            Tesorero(a) del C.D.E.
Nombre: ________________________                        F: __________________________
            Secretario (a) del C.D.E.

Dirección particular y teléfono del (la) Director (a) ______________________________
______________________________________________________________________
ANEXO 13B

NOTA: ELABORAR UNA POR CADA TURNO

MODELO DE NOTA DE REMISIÓN DE DOCUMENTOS CON SU
NOMINA DE ASPIRANTES A LA DIRECCIÓN ÚNICA

_________________________
     Lugar y Fecha

Señores Miembros Propietarios
Del Tribunal Calificador
Presente

El Consejo Directivo Escolar _______________________________________________
                                     (Nombre del Centro Educativo y código)
del Distrito __________________, Zona__________________Caserío_____________
del Municipio ______________________ Departamento ________________________
Con base al artículo 18, numeral 3 de la Ley de la Carrera Docente, y de acuerdo al
libro de actas que lleva este centro educativo, donde se encuentra el acta de cierre bajo
el número _______________________ de fecha________________ a partir del
folio____________al folio________________________, de la cual remitimos la nómina
de educadores(as) que aspiran a la plaza vacante de DIRECTOR (A) con sus
respectivos expedientes siendo ellos(as) los siguientes:




SELLO
Nombre ___________________________ F: _________________________
            Presidente (a) del C.D.E.
Nombre: ___________________________ F:_______________________
            Tesorero(a) del C.D.E.
Nombre: ___________________________ F:_________________________
            Secretario (a) del C.D.E.

Dirección particular y teléfono del (la) Director (a) ______________________________
______________________________________________________________________
E.        Licencias con o sin goce de sueldo


PASO        RESPONSABLE                                   ACTIVIDAD
          Educador(a).             Elabora solicitud de licencia con o sin goce de sueldo
     1.                            (Anexo 14), según sea el caso y entrega al Director
                                   del centro educativo.
          Director(a) del centro   Recibe solicitud de licencia, revisa y en caso de
          educativo.               proceder dicha solicitud comunica al Consejo Directivo
     2.
                                   Escolar y tramita ante la Unidad de Recursos
                                   Humanos Departamental.
          Recursos Humanos         Recibe documentación, revisa y analiza con base en
          Departamental.           el tiempo de servicio y de conformidad a lo dispuesto
                                   en la Ley de Asuetos, Vacaciones y Licencias de los
     3.
                                   Empleados Públicos y a la Ley de la Carrera Docente
                                   y comunica al Director del centro educativo en un
                                   plazo no mayor de 3 días, si ésta no procede.
          Recursos Humanos         Actualiza expediente en la parte que se refiere al
     4.
          Departamental.           control de las licencias y emite acuerdo.
          Recursos Humanos
     5.                            Legaliza, archiva y distribuye acuerdos.
          Departamental.
          Director(a) centro
     6.                            Recibe copia y archiva en el expediente del educador.
          educativo.
ANEXO 14

SOLICITUD DE LICENCIAS



       (Más de 5 días)

       (Menos de 5 días)

__________________________________
            Lugar y Fecha


Nombre del Solicitante: _____________________________________________ con
NIP No. __________________, Centro Educativo _______________________ Cargo:
_________________________, Partida: _________, Subnúmero: __________, Nivel:
______________________, Especialidad: __________________________. Por este
medio solicito a usted concederme licencia: a) Con goce de sueldo: __, b) Sin goce de
sueldo: _______, por ________ días ______.

Por motivo de: ________________________________________________________
____________________________________________________________________.

Tiempo solicitado: Desde _________________ Hasta _____________


____________________________________________________________________
OBSERVACIONES: ____________________________________________________


F: ___________________________            F: ____________________________
       Docente (solicitante)                     Director Centro Educativo

Nota: Si la licencia por enfermedad pasa de 5 días, deberá presentar documento
probatorio.
F.         Dejar sin Efecto el Nombramiento

1.         Por Renuncia y/o Fallecimiento

 PASO              RESPONSABLE                                    ACTIVIDAD
              Educador(a) Interesado(a).        Presenta renuncia en original y copia (Anexo
                                                15), y en caso de fallecimiento el familiar
      1.
                                                autorizado, agrega documentación probatoria
                                                (partida de defunción).
              Educador(a) Interesado(a).        Recibe renuncia o partida de defunción y
      2.                                        comunica al Consejo Directivo Escolar para
                                                su, “Es Conforme”.
              Director(a) del centro            Remite renuncia o partida de defunción y
              educativo.                        documentación probatoria a la Unidad de
      3.
                                                Recursos Humanos Departamental para
                                                emisión y legalización de movimiento.
              Unidad de Recursos                Recibe, revisa, analiza y legaliza la renuncia o
              Humanos Departamental.            defunción; emite Acuerdo y distribuye copias
                                                respectivas.
      4.
                                                Comunica al Presidente del CDE para dejar
                                                sin efecto el nombramiento. (Renuncia o
                                                Fallecimiento) (Anexo 16).
              Director(a) del centro            Archiva acuerdo en el expediente del educador
      5.      educativo.                        (Art. 8, Reglamento de la Ley de la Carrera
                                                Docente).



2.         Por Abandono del Cargo


PASO                RESPONSABLE                                   ACTIVIDAD
 1.         Director(a) del centro educativo.    En caso de la inasistencia del educador sin
                                                 causa justificada en un período de ocho días
                                                 consecutivos o diez hábiles no consecutivos
                                                 en el mismo mes calendario, informará al
                                                 Consejo Directivo Escolar de dicha falta (Art.
                                                 61, numeral 3, Ley de la Carrera Docente y
                                                 Art. 99 , numeral 5 de las Disposiciones
                                                 General de Presupuesto).
     2.     Consejo Directivo Escolar.           Reciben, analizan documentación probatoria
                                                 de inasistencias del educador, elaboran
                                                 expediente y remiten ante la Junta de la
                                                 Carrera Docente dentro de los cinco días
                                                 hábiles siguientes.
     3.     Junta de la Carrera Docente.         Inicia proceso abriendo expediente por la
                                                 causal de abandono y se realiza el trámite
respectivo, hasta pronunciar sentencia. La
                                  notifica al Consejo Directivo y si no apela el
                                  educador en el período legal establecido,
                                  comunica el dictamen a la Unidad de
                                  Recursos Humanos Departamental.
4.   Consejo Directivo Escolar.   Recibe       sentencia    y     prepara     la
                                  documentación probatoria y la envía a la
                                  Unidad        de      Recursos      Humanos
                                  Departamental.

5.   Recursos Humanos             Recibe y revisa documentación y si todo está
     Departamental.               en orden elabora, legaliza y distribuye
                                  Acuerdo, actualiza base de datos y archiva
                                  en el expediente del educador.
     Directora(a) del centro
6.                                Recibe copia de acuerdo y archiva.
     educativo.
ANEXO 15

MODELO   DE              RENUNCIA           PARA        SUELDO          BASE         Y
SOBRESUELDO

_________________________
      Lugar y Fecha


Señor(a)
Director(a) del Centro Educativo
Presente.

Yo, ____________________________con NIP No. ____________, nombrado en
Centro Educativo ________________________________ Código ______________ en
el Nivel de Educación: a) Parvularia _________, b) Básica __________, c) Media
___________, d) Otros (Especifique) ____________________.
Interpongo a usted mi renuncia irrevocable a la(s) plaza(s) que detallo a continuación:

Sueldo Base en: _____________________________________________________
Código: __________, Partida: ______,  Subnúmero: ________
Sobresueldo en: _____________________________________________________
Código: __________, Partida: ______,  Subnúmero: ________
Horas Clase en: _____________________________________________________
Código: __________, Partida: ______,  Número de horas clase: _______________
Otros: _____________________________________________________________

Ya que por motivos de: _____________________________________, se me hace
imposible seguir atendiendo dicho cargo.

La renuncia surtirá efecto a partir de: _____________________________________.

Atentamente,

F: ________________________
       Firma del docente
ANEXO 16

COMUNICACIÓN DE DEJAR SIN EFECTO NOMBRAMIENTO


_____________________________
      Lugar y Fecha

Señor(a)
Unidad de Recursos Humanos
Departamento de _______________
Presente.

Comunico a usted que a partir de __________________________________________
                                                 (Fecha)
ha dejado de prestar sus servicios en el Centro Educativo _______________________
_________________________ Código _______, el (la) Profesor(a) _______________
____________________________ NIP _______________________, nombrado con
Partida ______ Subnúmero _______ y con el cargo de: __________________ por el
motivo siguiente: a) Renuncia _________________, b) Abandono de Trabajo ______,
c) Fallecimiento ______, e) Otros: _______________ (especificar)

Por lo que rogamos se efectúen los trámites del caso a fin de dejar sin efecto dicho
nombramiento.

Atentamente.

F: __________________________________
Presidente (a) del Consejo Directivo Escolar
ANEXOS:
_____ Renuncia
_____ Certificación de Abandono de Trabajo
_____ Partida de Defunción
_____ Resolución de la Junta o Tribunal
_____ Otros:_________________________________________________
        (Especificar)

c.c. Junta de la Carrera Docente del Departamento (SOLAMENTE EN CASO DE
ABANDONO DE CARGO).
G.        Nombramiento de Personal Docente Interino



PASO           RESPONSABLE                                  ACTIVIDAD
 1.        Consejo Directivo Escolar    Solicita autorización de nombramiento interino a
                                        la Unidad de Recursos Humanos Departamental.
     2.    Unidad de Recursos           Analiza necesidad y verifica disponibilidad.
           Humanos Departamental
     3.    Unidad de Recursos           Notifica la disponibilidad al CDE.
           Humanos Departamental
     4.    Consejo Directivo Escolar    Comunica a la comunidad educativa, mediante
                                        carteles la existencia de plazas vacantes para
                                        nombrar docente interino (Art. 40 Ley de la
                                        Carrera Docente)
     5.    Consejo Directivo Escolar    Procede a la selección a través de la revisión de
                                        curriculums y elabora acta de selección.
     6.    Director                     Comunica al docente y elabora acta de toma de
                                        posesión.
     7.    Director                     Remite a la Unidad de Recursos Humanos
                                        Departamental. la certificación del acta de
                                        selección. Certificación de acta de posesión.
                                        Expediente del docente seleccionado.
     8.    Unidad de Recursos           Recibe y revisa documentación y si toda esta en
                                        orden elabora, legaliza, distribuye acuerdo y
                                        actualiza base de datos.

     9.    Humanos                      Recibe copia de acuerdo y archiva en el
                                        expediente del docente.




H.        Contratación de servicios profesionales de Docentes pagados con otros ingresos
          por el Consejo Directivo Escolar



PASO             RESPONSABLE                               ACTIVIDAD
 1.        Director(a) del centro       Presenta a aprobación del Consejo Directivo
           educativo.                   Escolar la(s) necesidad(es) de contratación de
                                        personal administrativo para el año lectivo.
     2.    Consejo Directivo Escolar.   Coloca aviso de la existencia de plazas en las
                                        Oficinas Departamentales, Sedes de Asesoría
                                        Pedagógica y en lugares visibles dentro de la
                                        institución (Anexo 1).
3.    Educador(a).                  Presenta solicitud de Ingreso (Anexo 2) y
                                         documentación que la acredite como docente, al
                                         Presidente del Consejo Directivo Escolar o a
                                         quien lo sustituya.
     4.    Consejo Directivo Escolar.    Revisa solicitudes de empleo y verifica si la
                                         documentación está de acuerdo a los
                                         requerimientos de la plaza.
     5.    Consejo Directivo Escolar.    Selecciona y elabora acta del docente a
                                         contratar.
     6.    Docente seleccionado.         Se presenta al centro educativo a tomar
                                         posesión de su cargo y firma contrato. (Anexo
                                         17).
     7.    Consejo Directivo Escolar.    Archiva certificación de acta de toma de
                                         posesión (Anexo 4) y copia de contrato en el
                                         expediente del docente.




I.        Contratación de Servicios profesionales de Docentes y/o personal administrativo
          pagados con Otros Ingresos por el Consejo Directivo Escolar


PASO             RESPONSABLE                                 ACTIVIDAD
           Director(a) del centro        Presenta a aprobación del Consejo Directivo
     1.    educativo.                    Escolar la(s) necesidad(es) de contratación de
                                         personal administrativo para el año lectivo.
           Consejo Directivo Escolar.    Coloca aviso de la existencia de plazas en las
                                         Oficinas      Departamentales,       Supervisoras
     2.
                                         Distritales y en lugares visibles dentro de la
                                         institución (Anexo 1).
           Candidato(a).                 Presenta documentación que lo acredite con los
                                         conocimientos que requiere la plaza al
     3.
                                         Presidente del Consejo Directivo Escolar o a
                                         quien lo sustituya.
           Director (a) del centro       Revisa solicitudes de empleo y verifica que la
     4.    educativo.                    documentación este de acuerdo a los
                                         requerimientos de la plaza.
           Consejo Directivo Escolar.    Selecciona y aprueba contratación y comunica al
     5.
                                         candidato seleccionado.
           Candidato(a)                  Se presenta al centro educativo a tomar
     6.    seleccionado(a).              posesión de su cargo y firma contrato (Anexo
                                         18).
           Consejo Directivo Escolar.    Remite copia de contrato firmado a la Unidad de
     7.                                  Recursos Humanos Departamental y Ministerio
                                         de Trabajo.
ANEXO 17

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES DE DOCENTES
PAGADO CON FONDOS DE LA INSTITUCIÓN

Yo, ________________________________________________, mayor de edad con
Documento Único de Identificación número _____________________, extendido en el
municipio de ____________________ Departamento de______________, en calidad
de Representante Legal del Consejo Directivo Escolar del Centro Escolar
___________________________ ubicado en _______________________________
_________________________________________________________________
                                (Caserío, cantón, colonia, Barrio)
Municipio de __________________Departamento de __________________________,
quien se denominará “el Contratante”; y _______________________________ mayor
de edad, _________________ con _________________________________________
              (Nombre del empleado)                            (Profesión u oficio)
Documento Único de Identificación número __________________________, extendido
en el municipio de ______________________Departamento de___________________
quien se denominará “el Contratista” o el Docente” convenimos otorgar el presente
Contrato de Trabajo, el cual iniciará el día _________ del mes de ___________ del año
____________, y finalizará el día _______ del mes de__________del año ______, y
contendrá las cláusulas siguientes

Cláusula Primera: RESPONSABILIDADES DEL CONTRATANTE

       Pagar _____________ al Docente la cantidad de ____________(US$)
              (Quincenal, mensual)
       mediante fondos provenientes de la cuenta bancaria del CDE.
       Efectuar la deducción correspondiente al 10% del Impuesto sobre la renta
       correspondiente.
       Proporcionar el material y/o herramientas de trabajo necesario para el desarrollo
       de las actividades que el Docente ejecute.
       Respetar al contratante y velar por un ambiente de trabajo armonioso.
       Autorizar permisos para asistir a capacitaciones y actualizaciones.
       Proporcionar las prestaciones laborales establecidas por la Ley.

Cláusula Segunda: RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA

       Cumplir con la jornada laboral que le ha establecido la Institución Educativa.
       Desempeñar el trabajo convenido con diligencia y eficacia en beneficio de la
       Institución Educativa.
       Respetar las autoridades de la Institución.
       No manejar fondos económicos de la Institución, excepto si está autorizada por
       el CDE, y dicha autorización conste en acta.
       Cuidar el material, e instalaciones de la Institución.
       Cumplir con las demás obligaciones que le establecen las leyes en materia
       laboral
Cláusula Tercera: FINALIZACION DE CONTRATO SIN RESPONSABILIDAD PARA
LAS PARTES.

El contrato podrá darse por finalizado:
A) Por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato, por
cualquiera de las partes;
B) Por cumplimiento de plazo de vigencia del presente contrato

Cláusula Cuarta: SANCIONES

El Consejo Directivo Escolar, se reserva el derecho de aplicar las sanciones necesarias
o presentar ante las instancias correspondientes la denuncia respectiva en caso de que
el docente incumpliere con alguna de sus obligaciones establecidas en el presente
contrato o en las que establezcan las leyes.

Las partes contratantes aceptamos y nos damos por enteradas de las obligaciones
establecidas en el presente Contrato, y firmamos a los _____________ del mes de
_____________ del año ___________.

F: _____________________________           F: _______________________________
       Presidente del CDE                               Empleado (a)
ANEXO 18

CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIOS PROFESIONALES
ADMINISTRATIVOS
Yo, ________________________________________________, mayor de edad con
Documento Único de Identificación número ___________________, extendido en el
municipio de _________________ Departamento de___________, en calidad de
Representante Legal del Consejo Directivo Escolar del Centro Escolar _______ubicado
en __________________________________________________________________
____________________________________________________________________
                                     (Caserío, cantón, colonia, Barrio)
Municipio de ___________________Departamento de ____________________, que se
denominará “el Contratante” y _________________________________ mayor de edad,
__________________ con                   (Nombre del empleado)
   (Profesión u oficio)
Documento Único de Identificación número __________________________________,
extendido en el municipio de __________________________________ Departamento
de_________________________ quien se denominará “el Contratista”, convenimos
otorgar el presente Contrato de Trabajo, de Presentación de servicios Profesionales, el
cual iniciará el día __________ del mes de _____________ del año _____________, y
finalizará el día ________ del mes de _________ del año ___________, y contendrá las
cláusulas siguientes.

Cláusula Primera: RESPONSABILIDAD DEL PATRONO
      Pagar ______________ al Docente la cantidad de ____________(US$)
                   (Quincenal, mensual)
        mediante fondos provenientes de la cuenta bancaria del CDE.
        Efectuar la deducción correspondiente al 10% del Impuesto sobre la renta
        correspondiente.
        Proporcionar el material y/o herramientas de trabajo necesario para el desarrollo
        de las actividades que el Docente ejecute.
        Respetar al contratante y velar por un ambiente de trabajo armonioso.
        Autorizar permisos para asistir a capacitaciones y actualizaciones.
        Proporcionar las prestaciones laborales establecidas por la Ley.

Cláusula Segunda: RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
      Cumplir con la jornada laboral de ocho horas establecidas por la Institución
      Educativa.
      Desempeñar el trabajo convenido con diligencia y eficacia en beneficio de la
      Institución Educativa.
      Respetar las autoridades de la Institución.
      No manejar fondos económicos de la Institución, excepto si está autorizada por
      el CDE, y dicha autorización conste en acta.
      Cuidar el material, e instalaciones de la Institución.
      Cumplir con las demás obligaciones que le establecen las leyes en materia
      laboral.
Cláusula Tercera: FINALIZACIÓN DE CONTRATO SIN RESPONSABILIDAD PARA
LAS PARTES.

El contrato podrá darse por finalizado:
A) Por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato, por
cualquiera de las partes;
B) Por cumplimiento de plazo de vigencia del presente contrato

Cláusula Cuarta: SANCIONES

El Consejo Directivo Escolar, se reserva el derecho de aplicar las medidas correctivas o
sanciones necesarias en caso de que el contratista incumpliere con alguna de sus
obligaciones establecidas en el presente contrato o en las que establecen las leyes.

Las partes contratantes aceptamos y nos damos por enteradas de las obligaciones
establecidas en el presente Contrato, y firmamos a los_____ días del mes de
__________ del año _________.



F: ______________________________                  F: __________________________
       Presidente del CDE                                 Empleado (a)
Normas Cde
DOCUMENTO 4

 IV. PASO A PASO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LOS
     RECURSOS FINANCIEROS

INTRODUCCIÓN

El propósito de este documento es que todas las Modalidades de Administración
Escolar Local: Consejo Directivo Escolar (CDE), Asociación Comunal para la Educación
(ACE) y Consejo Educativo Católico Escolar (CECE), conozcan las Normas y
Procedimientos Administrativos Financieros para la ejecución de los recursos
financieros que ingresan a los centros educativos en concepto de transferencias del
MINED y de otros ingresos generados por contribuciones voluntarias y/o cuotas de
escolaridad aportadas por los padres y madres de familia, tiendas escolares, actos de
graduación y otros.

Con ello se pretende fomentar sanas prácticas administrativas al interior de las
Modalidades de Administración Escolar Local y en esa medida se espera que los
recursos se inviertan en la satisfacción de las necesidades prioritarias de la población
estudiantil.

Estas normas y procedimientos tienen su base legal principalmente en la Ley General
de Educación, la Ley de la Carrera Docente y su Reglamento, Reglamento Especial de
las Asociaciones Comunales para la Educación, Convenio de Cooperación
Administrativa entre el Gobierno de El Salvador por medio del Ministerio de Educación y
la Iglesia Católica a través de la Conferencia Episcopal de El Salvador. Por otro lado las
modalidades deben considerar las otras leyes y normas aplicables a la administración
de fondos.
I. NORMATIVA GENERAL DEL FUNCIONAMIENTO

A.     ADMINISTRATIVA:

1.     Los fondos que administren las Modalidades de Administración Escolar Local se
       invertirán en las actividades de los centros educativos respectivos y se
       destinarán prioritariamente para el mejoramiento de la calidad de la educación.

2.     Para recibir transferencias del MINED y administrar los centros educativos las
       modalidades deberán estar debidamente legalizadas:

CDE: contar con su Personería Jurídica otorgada por el Ministerio de Educación
mediante Acuerdo Ejecutivo y sus miembros reconocidos debidamente mediante
Resolución Departamental de reconocimiento de miembros.

ACE: contar con su Personería Jurídica otorgada por el Ministerio de Educación,
mediante Acuerdo Ejecutivo y sus miembros registrados en acta.

CECE: para administrar los recursos que el Ministerio de Educación les asigna, deberá
estar Acreditado mediante Resolución firmada por el Director Departamental de
Educación y sus miembros registrados en acta.

3.     Las decisiones en la administración de los recursos de los centros educativos
       deberán tomarse colegiadamente y asentarse en el libro de Actas de la
       Modalidad.

4.     Cuando haya cambios de alguno de los miembros propietarios de la Modalidad
       que registra y/o controla bienes del centro educativo deberá levantarse el Acta
       de Traspaso correspondiente.

B.     TRANSFERENCIAS DE FONDOS:

1.     Las Modalidades para recibir fondos del Ministerio de Educación, deberán
       suscribir Convenio entre el MINED y los miembros con firma mancomunada,
       suscribir recibo, haber liquidado los fondos recibidos anteriormente, contar con
       los registros actualizados y no tener hallazgos de auditoría ya notificadas
       pendientes de superar.

2.     Las Modalidades de Administración Escolar Local deberán atender las
       condiciones establecidas en los diferentes convenios celebrados con el
       Ministerio de Educación u otras entidades y serán responsables de la liquidación
       de los fondos recibidos.

C.     OTROS INGRESOS DEL CENTRO EDUCATIVO: (SÓLO PARA CDE Y ACE)
1.     Se consideran otros ingresos de los Consejos Directivos Escolares y
       Asociaciones Comunales para la Educación los provenientes de las
       contribuciones de apoyo voluntario y las cuotas de escolaridad de los padres de
       familia, administraciones de tiendas escolares, cafetines, donaciones y otros; en
       cumplimiento al Art. 77 de la Ley General de Educación.

2.     La utilización de estos ingresos serán para beneficio de la institución educativa
       para el mejoramiento de la calidad de la educación, sustentados en Art. 77 de la
       Ley General de Educación y Art. 8 del Reglamento Especial de las Asociaciones
       Comunales para la Educación.


3.     Para el control de los Otros Ingresos que perciba el Consejo Directivo Escolar,
       deberán imprimirse dos series de recibos de ingresos prenumerados, una para
       el control exclusivo de las contribuciones voluntarias o cuotas de escolaridad de
       los padres de familia y la otra para el control de los demás ingresos que se
       perciban. En el caso de las ACE únicamente la serie para el control de los
       ingresos por cafetines, tiendas escolares, donaciones y otros.

4.     Todos los ingresos percibidos deberán ser depositados en forma integra, en las
       siguientes 24 horas hábiles a su recepción.

5.     Las modalidades podrán modificar el Plan Escolar Anual y su presupuesto, de
       acuerdo a las necesidades e ingresos reales que perciba el centro educativo,
       debiéndolas registrar en acta en el libro correspondiente.

6.     Si los ingresos percibidos son mayores o menores a los presupuestados, la
       modalidad podrá modificar su Plan Escolar Anual y Presupuesto, asignando los
       recursos en actividades prioritarias del centro educativo.

7.     Cuando se realicen actividades especiales en beneficio de la comunidad
       educativa, aprobadas por el Consejo Directivo Escolar u otra modalidad de
       administración escolar, no deberá limitarse a registrar únicamente los resultados
       de dicha actividad, si no que deberán anotarse todos los documentos, que
       respalden legalmente los egresos y/o ingresos, los cuales deberán registrarse
       detalladamente en los libros respectivos.

Si para alguna actividad se emiten tarjetas, vales, recibos, ticket, listas etc., deberán
resguardar los que no se utilicen o los sobrantes, en el tiempo que determine la ley para
su revisión posterior.

D.     MANEJO DE LOS FONDOS:

1.     Las Modalidades deberán aperturar en cualquier Banco del sistema financiero,
       una cuenta corriente específica para manejar los fondos que perciban por
       transferencias del MINED y otra, para los otros ingresos.
2.    Para los centros educativos que no perciban ingresos suficientes para aperturar
      una cuenta corriente, se manejarán en efectivo y sus registros se llevarán en el
      libro de ingresos y gastos correspondientes junto con sus respectivos archivos,
      siéndoles aplicables las demás regulaciones.

3.    Las cuentas bancarias de los Consejos Directivos Escolares y Consejos
      Educativos Católicos Escolares serán aperturadas a nombre de la Modalidad y
      Centro Educativo; en el caso de las Asociaciones Comunales para la Educación
      según Acuerdo de Personería Jurídica, ejemplos: Consejo Directivo Escolar del
      Centro Escolar “José Matías Delgado”, Asociación Comunal para la Educación
      del Caserío Tres Amates, Cantón Ojos de Agua, Municipio de Aguilares,
      Departamento de San Salvador.

4.    Las cuentas bancarias deberán ser administradas mancomunadamente de
      acuerdo a lo siguiente: CDE = Presidente, Tesorero y Consejal Representante
      de los Maestros; ACE = Presidente y Tesorero; CECE = Director y Tesorero.

5.    La chequera deberá ser administrada por el Tesorero(a) de la Modalidad de
      Administración Escolar Local y nadie deberá firmar cheques en blanco, no
      obstante la chequera deberá resguardarse en el Centro Educativo.

6.    Todo cheque emitido a cargo de los fondos asignados por el MINED y Otros
      Ingresos, deberá ser firmado por los miembros de las Modalidades que tienen
      firma mancomunada. Los cheques anulados deberán ser engrapados en el taco
      de la chequera.

E.    CAJA CHICA:

1.    Con cargo a los fondos transferidos por el MINED y de otros ingresos que
      genere el Centro Educativo las Modalidades de Administración Escolar Local;
      podrán en caso necesario crear una Caja Chica por tipo de transferencia hasta
      por un monto de $57.14 equivalente a ¢ 500.00; siendo reembolsable su valor
      por la cantidad gastada.

2.    Los gastos pagados por Caja Chica, no podrán ser mayores de US$ 22.86,
      equivalentes a ¢200.00.

3.    Para el registro de los gastos por Caja Chica, llevarán un Libro Auxiliar.

F.    ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES:

1.    Las adquisiciones y contrataciones de bienes, obras civiles, servicios y
      consultorías, deberán ser realizadas por un Encargado de Compras, el cual
      será:

Para los CDE = Consejal Padre de Familia (que no sea el Tesorero); ACE = Secretario
(a); CECE = Secretario (a).
2.   La recepción de las adquisiciones y contrataciones de bienes, obras civiles y
     consultorías, será responsabilidad de: CDE = Presidente (a); ACE = Presidente
     (a); CECE = Director (a).

3.   El pago de bienes y servicios deberá efectuarse con cheque emitido a nombre
     del Proveedor o Suministrante, los cuales deberán respaldarse con factura o
     recibo de conformidad a la Ley del IVA o en efectivo según lo normado en el
     apartado de caja chica; en el caso de pago de bienes y servicios deberá
     considerarse la ley del impuesto sobre la renta.

4.   En las suscripciones de contratos de bienes y servicios las diferentes
     Modalidades de Administración Escolar Local no podrán comprometer recursos
     de la institución a períodos mayores del ejercicio fiscal vigente cuando se trate
     de fondos de los otros ingresos; con los fondos de las transferencias deberán
     respetar la vigencia y el monto de la ejecución de éstas.

5.   Para respaldar la adquisición de bienes y/o servicios para actividades culturales,
     educativas y recreativas deberán evidenciar la recepción de las mismas
     mediante un listado que contenga el nombre de la actividad, lugar, fecha,
     nombre, DUI y firma de los participantes.

6.   Para que la factura que respalda la adquisición de bienes y servicios tenga
     validez deberá reunir las siguientes condiciones:

     No deberá tener borrones, testaduras ni enmendaduras.
     Deberán de ser documentos originales, no fotocopias.
     Cuando se refiera a gastos por reparaciones y/o mantenimiento de inmuebles
     será indispensable escribir las características particulares de cada bien mueble a
     reparar, por ejemplo: clase de bienes, marca, serie; el número de inventario
     correspondiente y los aspectos a considerar de las reparaciones o
     mantenimiento correspondiente.
     En el caso de reparaciones con los inmuebles se deberá especificar la clase de
     daño a reparar su ubicación, tamaño, área, descripción y cantidad de material
     utilizado (justificado con facturas según ley) y además las causas que generaron
     los daños mencionados.
     A todos los documentos de egresos deberán estamparles un sello de pagado
     que contenga la siguiente información: fecha, No. de cheque, valor pagado,
     nombre del Banco y No. de cuenta.

G.   REGISTRO DE LOS FONDOS:

1.   Las Modalidades deberán llevar un libro de ingresos y gastos para las
     transferencias del MINED, en un libro foliado de tres columnas autorizado por la
     Dirección Departamental del Ministerio de Educación; separando los folios
     necesarios para el registro de cada transferencia. Al inicio del registro de cada
     transferencia, deberán anotar el nombre de la misma.
2.   Los otros ingresos deberán registrarlos en un libro de ingresos y gastos
     separado de las transferencias del MINED, en un libro de tres columnas
     autorizado por la Dirección Departamental del Ministerios de Educación. El
     nombre del libro será “Registro de Otros Ingresos y Egresos de Fondos”.

3.   Las modalidades deberán llevar también un Libro de Banco para la cuenta
     bancaria de las transferencias del MINED.

4.   Los registros en los libros de ingresos y egresos deberán reunir las siguientes
     características:

     No deberán dejarse espacios entre líneas ni paginas en blanco.
     Todas las anotaciones deberán hacerse en orden cronológico y a tinta azul o
     negra nunca a lápiz.
     El libro no deberá tener borrones, testaduras ni enmendaduras, y si los hubiere
     deberán hacerse del conocimiento de la Administración Escolar para registrarlo y
     autorizarlas en el libro de actas respectivas.
     Los centros educativos que tengan mecanizados los registros de ingresos y
     gastos deberán numerar y legalizar las hojas en blanco correspondientes en la
     Dirección Departamental, para que registren las operaciones mensualmente. La
     Dirección Departamental llevará un registro para el control de los libros u hojas
     legalizadas a los Centros Educativos.

5.   Las modalidades deberán tomar en cuenta las Normas Técnicas de Control
     Interno (NTCI) 1-18-01 Capítulo 1 Normas Generales Documentación de
     Soporte.

     “Las operaciones que realicen las entidades públicas, cualquiera que sea su
     naturaleza, deberán contar con la documentación necesaria que las soporte y
     demuestre, ya que con ésta se justifica e identifica la naturaleza, finalidad y
     resultado de la operación; asimismo, contiene datos y elementos suficientes que
     facilitan su análisis. La documentación debe estar debidamente custodiada y
     contar con procedimientos para su actualización oportuna.”

6.   Las Modalidades deberán mantener actualizado un archivo mensual y anual por
     fuente de financiamiento y bono ordenando cronológicamente los documentos
     legales que respaldan los ingresos y egresos de la manera siguiente:

            6.1    Convenio y Contrato de Apertura de Cuenta Corriente;
            6.2    Recibos de los ingresos;
            6.3    Documentos de egresos respaldados por las cotizaciones,
                   facturas y/o recibos con el No. de cheque y fecha en que fueron
                   pagados y otros documentos que respalden el proceso de
                   compra.
            6.4    Libro de Ingresos y Gastos; Libro de Banco y Libro Auxiliar de
                   Caja Chica.
6.5    Chequeras, estados de cuenta del banco y conciliaciones
                     bancarias;
              6.6    Informe de Rendición de cuentas anual y de los otros ingresos,
                     liquidación anual y otros.

H.     RENDICIÓN DE CUENTAS:

1.     Las Modalidades de Administración Escolar Local deberán presentar un informe
       de rendición de cuentas por cada transferencia recibida, conjuntamente con la
       liquidación respectiva.

2.     Los fondos que administran las diferentes Modalidades, serán objeto de
       auditoria por el MINED y por las instituciones interventoras del Estado.

3.     Las Modalidades de Administración Escolar Local presentarán al Ministerio de
       Educación o a las instituciones interventoras del Estado, toda información
       relacionada al manejo de los fondos cuando éstas lo requieran.

4.     El Consejo Directivo Escolar deberá convocar como mínimo a dos reuniones con
       toda la Comunidad Educativa durante el año, con la finalidad de presentar el
       Plan Escolar Anual de la institución, la planificación presupuestaria y los logros
       obtenidos en su ejecución.

La Junta Directiva de la Asociación Comunal para la Educación deberá presentar
informes financieros y de operación a la Asamblea General y autoridades competentes
del Ministerio de Educación cuando éstas lo requieran.

ESPECÍFICA PARA CECE:

A.     Esta normativa para los Consejos Educativos Católicos Escolares se aplica
       únicamente a los fondos asignados o transferidos por el Ministerio de Educación.


II. PROCEDIMIENTOS    PARA   GESTIONAR                         LOS       RECURSOS
    FINANCIEROS DEL CENTRO EDUCATIVO

En este apartado se detallan las actividades y responsables de los pasos a seguir por
las modalidades de administración escolar local en la gestión de los fondos que el
MINED les transfiere y de aquellos que se generan con el apoyo de la comunidad
educativa.

La aplicación de estos procedimientos les permitirá una utilización racional y ordenada
de los recursos; así como demostrar transparencia en el manejo de los mismos.
A.        APERTURA DE CUENTA BANCARIA


PASO             RESPONSABLE                        ACTIIVIDAD
                                  Se presentan al banco comercial de su
                                  preferencia para aperturar las cuentas
                                  corrientes correspondientes al manejo de las
                                  transferencias del MINED y de los otros
                                  ingresos; con la siguiente documentación:
          Miembros
                                          Para la ACE deberán presentar copia
          responsables con
                                          del Acuerdo de Personería Jurídica.
          firma mancomunada:
                                          Para los CDE, Acuerdo Modificativo a
          CDE: Presidente,
                                          la Personería Jurídica por cambio de
          Tesorero y Consejal
                                          denominación del centro educativo, si
     1.   Representante de los
                                          es nuevo CDE Acuerdo de Personería
          Maestros.
                                          Jurídica.
          ACE: Presidente y
                                          Para los CECE, Constancia de
          Tesorero.
                                          acreditación con Vo. Bo. del Titular del
          CECE Director y
                                          Ramo,        o      Resolución       de
          Tesorero.
                                          Reconocimiento de CECE firmada por
                                          el Director Departamental, si es de
                                          reciente creación.
                                          Originales y fotocopias del DUI de los
                                          responsables de la cuenta.
                                  Recibe y revisa documentos.

                                  Elabora contrato de cuenta corriente a nombre
     2.   Institución Bancaria.
                                  de la modalidad y centro educativo, lo pasa a
                                  firma de los miembros con firma
                                  mancomunada.
          Miembros con firma      Reciben y revisan documento, si todo esta
     3.
          mancomunada             correcto lo firman.
                                  Entrega una copia del contrato a los miembros
     4.   Institución Bancaria
                                  con firma mancomunada.
                                  Mensualmente remitirá el original del Estado
                                  de Cuenta a la Modalidad de Administración
                                  Escolar Local.
     5.   Institución Bancaria
                                  En aquellos casos en que no llega
                                  correspondencia a la Modalidad, ésta deberá
                                  presentarse al Banco cada mes a reclamar el
                                  Estado de Cuenta.
B.    SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO Y  RECIBO DE TRANSFERENCIA DE
FONDOS ENTRE MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR LOCAL Y EL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.



PASO         RESPONSABLE                        ACTIVIDAD
                             Envía convocatoria al Presidente de la
       Director
                             modalidad, para que los miembros con firma
 1.    Departamental de
                             mancomunada se presenten a legalizar el
       Educación.
                             convenio de transferencia del bono.
       Presidente de la      Convoca a reunión extraordinaria a los
       Modalidad de          miembros de la modalidad, para informarles
 2.
       Administración        sobre la transferencia del bono y del inicio de
       Escolar Local.        los trámites de legalización.
                             Preparan la siguiente documentación:
                                     Fotocopia del Contrato de la cuenta
                                     bancaria (si es nueva).
       Miembros con firma            Fotocopia de la liquidación del(los)
       mancomunada de la             bono(s) recibidos el año anterior.
 3.    Modalidad de                  Fotocopia de los DUI, si hay cambio de
       Administración                miembros con firma mancomunada.
       Escolar Local.                Acta de Enmienda, si hay cambio de
                                     miembros con firma mancomunada o
                                     Acta de Integración si ha vencido el
                                     período de los miembros del CDE.
                             Se presentan ante el encargado(a) de
                             Administración Escolar Local de la Dirección
                             Departamental de Educación que les
                             corresponda, con los siguientes documentos:
                                     Fotocopia de la Liquidación de los
                                     fondos de Bonos del año anterior,
       Miembros con firma
                                     Fotocopias de los Documentos de
       mancomunada de la
                                     Identidad Personal, si son nuevos
 4.    Modalidad de
                                     miembros.
       Administración
       Escolar Local.                Fotocopia del contrato de apertura de
                                     la cuenta corriente.
                                     Acta de Enmienda, si hay cambio de
                                     miembros con firma mancomunada o
                                     Acta de Integración si ha vencido el
                                     período del Consejo, para su
                                     legalización.
       Encargado(a) de
       Administración
                             Recibe y revisa documentos presentados por
 5.    Escolar Local de la
                             los miembros de la modalidad.
       Dirección
       Departamental de
Educación.
                                      Si hay cambio de miembros, emitirá antes que
                                      los documentos para legalizar la transferencia,
                                      los siguientes:
                                              Resolución de Reconocimiento de
                                              Miembros,
      Encargado(a) de                         Nota de autorización para cambio de
      Administración Escolar Local            firmas          dirigida al Banco de la
6.
      de la Dirección Departamental           modalidad. (Anexo 1)
      de Educación.                           Estos    documentos        deberán   ser
                                              firmados y sellados por el Director
                                              Departamental de Educación.
                                      A la modalidad deberá entregar la trascripción
                                      del Acuerdo y la nota dirigida al banco, para
                                      cambio de las firmas autorizadas.
                                      Si la modalidad no tiene problemas de
                                      vencimiento de miembros, de liquidación o
                                      auditorias     notificadas      con    hallazgos
                                      pendientes, emitirá lo siguiente:
      Encargado de
                                              Convenio General (Anexo 2),
      Administración
                                              Recibo de transferencia de fondos
      Escolar Local de la
7.                                            (Anexo 3).
      Dirección
                                              Nota de autorización al Banco para que
      Departamental de
                                              el MINED pueda congelar los fondos
      Educación.
                                              de la modalidad.(Anexo 4)
                                              Estos documentos deberá entregarlos
                                              a la modalidad para su lectura, revisión
                                              y firma.
      Miembros con firma              Reciben, leen, revisan documentos, si están
      mancomunada de la               de acuerdo con su contenido, los firman y
8.    modalidad de                    sellan.
      Administración                  Devuelven los documentos al encargado de
      Escolar Local.                  administración escolar local.
      Encargado de                    Una vez revisados, firmados y sellados por la
      Administración                  modalidad el Convenio, Recibo y nota de
      Escolar Local de la             autorización para que el MINED pueda
9.
      Dirección                       congelar los fondos transferidos, los pasa a
      Departamental de                firma y sello del Director Departamental de
      Educación.                      Educación.
                                      Recibe, revisa y de estar todo en orden firma y
      Director
                                      sella Convenio.
10.   Departamental de
                                      Devuelve los documentos al encargado de
      Educación.
                                      administración escolar local.
      Encargado de
                                      Entrega una copia del Convenio y una del
11.   Administración
                                      recibo a los miembros de la modalidad.
      Escolar Local.
12.   Encargado de                    Prepara expediente de la Modalidad de
Administración         Administración Escolar Local, conteniendo:
      Escolar Local.                 Originales del Convenio y Recibo,
                                     Copia del contrato de apertura de
                                     cuenta corriente. (Si es nueva).
                                     Fotocopias de los DUI (cuando hay
                                     cambio de miembros con firma
                                     mancomunada).
                                     Hoja de Liquidación de Bono(s)
                                     anteriores.
                                     Nota de autorización al Banco para que
                                     el MINED pueda congelar los fondos
                                     de la transferencia.
                                     Envía expediente a la Pagaduría
                                     Auxiliar Departamental.
                             Recibe el fólder con los documentos
      Pagador Auxiliar
13.                          anteriores, revisa documentos y si todo esta
      Departamental.
                             correcto, elabora requerimiento de fondos.
      Pagadora Auxiliar      Remite requerimiento de fondos a la Gerencia
14.
      Departamental.         Financiera.
                             Gestiona los fondos ante el Ministerio de
                             Hacienda.
                             Transfiere los fondos a la cuenta de la
15.   Gerencia Financiera.
                             Pagaduría Auxiliar Departamental.
                             Comunica del depósito a la Pagaduría Auxiliar
                             Departamental.
                             Elabora planilla de transferencia de fondos
      Pagador Auxiliar
16.                          para las cuentas de las modalidades por
      Departamental.
                             banco.
      Encargado de
                             Comunica a la Modalidad sobre el depósito de
17.   Administración
                             fondos.
      Escolar Local.
ANEXO 1

NOTA DE AUTORIZACIÓN PARA CAMBIO DE FIRMAS DIRIGIDA
AL BANCO DE LA MODALIDAD
ANEXO 2

CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE FONDOS ENTRE EL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR
(CDE)



MINISTERIO DE EDUCACIÓN
REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Nosotros, FRANCISCO UBILFREDO PANAMEÑO, mayor de edad, PROFESOR, del
domicilio de SAN SALVADOR, actuando en carácter de Director Departamental de
Educación y que en adelante se llamará Ministerio de Educación; y por otra parte
los(as) señores(as):

1)    DANIEL PÉREZ
      Mayor de edad y de ocupación MAESTRO
      del domicilio de Col. LOS SANTOS No. 1 SOYAPANGO
      con Documento Único de Identidad No.
      extendida en SOYAPANGO
      con fecha 01/01/2000

2)    MIEMBRO 2 DE PRUEBA
      Mayor de edad y de ocupación SDF
      del domicilio SDFDFD
      con Documento Único de Identidad No.
      extendida en SAN SALVADOR
      con fecha 01/01/2002

3)    SANDRA MARIBEL MONGE
      Mayor de edad y de ocupación PROFESORA
      del domicilio de CTN SAN JERÓNIMO KM 30 GUAZAPA
      con Documento Único de Identidad No.
      extendida en AGUILARES
      con fecha 18/03/1998

Quienes actúan mancomunadamente en representación del CONSEJO DIRECTIVO
ESCOLAR (CDE), que administra el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR "ROQUE
DALTON" con código No.11306, ubicado en: AVENIDA FRANCISCO SALINAS No.8,
AGUILARES, SAN SALVADOR, Jurisdicción: AGUILARES Departamento: SAN
SALVADOR celebran el presente Convenio de transferencia de fondos.
I.     MARCO LEGAL:
Para el presente Convenio entre el Ministerio de Educación y el CONSEJO DIRECTIVO
ESCOLAR (CDE), se tomará como base:

-      El Artículo 50, numeral 1 de la Ley de La Carrera Docente.
-      Los Artículos 65 y 77 de la Ley General de Educación.
-      El Artículo 61, literal b); 63 literal a); 71 y 72 del Reglamento de la Ley de la
       Carrera Docente.

II.     OBJETO:
        El objeto del presente Convenio es establecer los términos y condiciones en que
el Ministerio de Educación transferirá al Consejo Directivo Escolar, recursos financieros
provenientes del Presupuesto General del Ministerio de Educación y de Cooperación de
Organismos e Instituciones Nacionales e Internacionales.

III.   OBJETIVOS DEL CONVENIO:

El presente Convenio regulará las acciones tendientes a lograr los objetivos siguientes:

A)     Que el Consejo Directivo Escolar reciba fondos para apoyar el desarrollo de su
       Proyecto Educativo Institucional, orientado al mejoramiento de la calidad de los
       servicios educativos.

B)     Fortalecer en el Consejo Directivo Escolar su capacidad de administración y
       gestión al utilizar procesos democráticos de funcionamiento al interior del centro
       educativo.

C)     Promover programas para el desarrollo integral de los alumnos y alumnas.

IV.    RESPONSABILIDAD DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEL CONSEJO
       DIRECTIVO ESCOLAR:

A.     Del Ministerio de Educación:

1.     Determinar y transferir fondos al Consejo Directivo Escolar, las veces que estime
       conveniente, debiendo justificarse y definiendo objetivos claros, para la
       ejecución de acciones que conlleven al mejoramiento de la calidad de los
       servicios educativos en el nivel de EDUCACIÓN BÁSICA

2.     Proporcionar y/o gestionar capacitación, asistencia técnica a los miembros del
       Consejo Directivo Escolar a fin de que éste cumpla con lo estipulado en el
       presente Convenio y los objetivos institucionales.

3.     Emitir las normas, especificaciones técnicas,          condiciones    específicas,
       instructivos para la administración de fondos.
4.   Congelar los fondos, todo o en parte cuando las instancias correspondientes
     adviertan cualquier irregularidad en la administración de estos fondos o cuando
     así convenga a los intereses del Estado. El Ministerio de Educación hará la
     comunicación respectiva al Banco donde se encuentren depositados tales
     fondos y también lo hará del conocimiento a los miembros de la Modalidad.

5.   Definir los mecanismos, procesos, períodos e instrumentos sobre como el
     Consejo Directivo Escolar liquidará dichos fondos.

6.   Brindar el seguimiento respectivo para verificar el cumplimiento de las normas
     establecidas en este Convenio y otros que el Ministerio de Educación disponga,
     determine o establezca.

7.   Establecer el monto de la transferencia a cada institución educativa de acuerdo
     a criterios que se establezcan por cada transferencia.

B.   Del Consejo Directivo Escolar, que en adelante se denominará Modalidad:

1.   La Modalidad, queda formalmente obligada a utilizar los fondos exclusivamente
     para el desarrollo de acciones que conlleven el mejoramiento de la calidad de la
     educación y cumplir con los requerimientos establecidos en el presente
     Convenio; así como el cumplimiento de las normas administrativas e instructivos
     dados por este Ministerio y otras regulaciones del Estado.

2.   La Modalidad, llevará los libros de control de los ingresos y gastos debidamente
     autorizados por la Dirección Departamental de Educación, en donde reflejen los
     ingresos percibidos, los gastos efectuados y los saldos correspondientes
     actualizados.

3.   La Modalidad, deberá tener los comprobantes de gastos y/o ingresos
     efectuados, así como los documentos de liquidación de fondos, que deberán
     estar disponibles para las auditorias correspondientes cuando el Ministerio de
     Educación y/o alguna institución fiscalizadora o interventora del Estado lo
     requiera y deberá tener por un período de diez años los libros de ingresos y
     gastos y por cinco años la documentación de respaldo.

4.   La Modalidad, autorizará por escrito al Ministerio de Educación para congelar los
     fondos según lo estipulado en el numeral 4 literal A del romano IV, de las
     responsabilidades del Ministerio de Educación.

5.   Para los desembolsos de fondos que perciba la Modalidad, ésta deberá
     presentar al funcionario que designe el Ministerio de Educación, el
     correspondiente recibo por tipo de Bono debidamente firmado por el Presidente,
     Tesorero y Consejal Propietario Profesor.
6.     La Modalidad deberá tomar las medidas para conservar su capacidad operativa
       para adquirir y retener todos los derechos y obligaciones que le asigna el
       presente Convenio y lograr así una eficiencia mayor en el ejercicio.


C.     Responsabilidades Conjuntas:

1.     Mantener comunicación constante de acuerdo a las necesidades de cada una de
       las partes y por los canales respectivos.

2.     Garantizar el fiel cumplimiento de lo estipulado en este Convenio e Instructivo
       para la ejecución de los gastos.

3.     Este Convenio tendrá vigencia a partir de la fecha de su suscripción y finalizará
       cuando la Modalidad liquide adecuadamente dichos fondos, ante la instancia y el
       período que designe el Ministerio de Educación.

4.     Ambas partes aceptan que este Convenio se regirá por las normas y
       procedimientos administrativos-financieros que para tal efecto ha emitido el
       Ministerio de Educación; ambas partes declaran que conocen, aceptan y se
       obligan a cumplir en todas sus partes.

V.     MONTO DEL CONVENIO:

El monto del Convenio, estará determinado por las disponibilidades financieras del
Ministerio de Educación, de los Organismos e Instituciones de Cooperación Nacionales
e Internacionales, de acuerdo a las políticas de montos, desembolso y fines que
establezcan las mismas, para lo cual presentarán recibo, él cual describirá información
concerniente del monto a transferir, destino y fuente de financiamiento.

VI.    DE LO NO PREVISTO:

Las partes convienen en que lo No. Previsto en este Convenio, será resuelto entre la
Modalidad y la instancia respectiva del Ministerio de Educación y si es necesario se
tendrá por incorporado a éste en forma de Adenda al mismo o por Resolución
Departamental.

En fe de lo anterior, firmamos el presente Convenio en la ciudad de SAN SALVADOR, a
los DIECISIETE días del mes de enero del DOS MIL TRES.

 ___________________________________              ___________________________________

 FRANCISCO UBILFREDO PANAMEÑO                                    DANIEL PÉREZ
 DIRECTOR DEPARTAMENTAL                                   Presidente Propietario, Director
 DE EDUCACIÓN


 _____________________________________              _________________________________

 MIEMBRO 2 DE PRUEBA                                        SANDRA MARIBEL MONGE
 Tesorero Propietario, Padre de Familia                     Consejal Propietaria, Profesora
ANEXO 3

MODELO DE RECIBO DE TRANSFERENCIA
ANEXO 4

MODELO DE NOTA DE AUTORIZACIÓN AL BANCO PARA QUE
EL MINED PUEDA CONGELAR LOS FONDOS DE LA
MODALIDAD
III.   IPROCEDIMIENTOS DE ADMINISTRACIÒN DE LOS RECURSOS
    FINANCIEROS DEL CENTRO EDUCATIVO.

A.        ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS.

PASOS            RESPONSABLE                          ACTIVIDAD
                                    Mantendrá en la institución una lista de
                                    proveedores actualizados y sus antecedentes
            Secretario de la
                                    clasificados según la naturaleza del bien o
            Modalidad de
     1.                             servicio que ofrezcan, con el objeto de
            Administración
                                    disponer de la información oportuna para
            Escolar Local.
                                    realizar nuevas adquisiciones (donde se
                                    amerite).
                                    Elabora Plan de Compras (Anexo 5) de
                                    conformidad al Presupuesto del centro
                                    educativo, a fin de cumplir con los objetivos y
            Modalidad de
                                    metas trazadas por la entidad en el Plan
     2.     Administración
                                    Escolar Anual.
            Escolar Local.
                                    Define las características de los bienes o
                                    servicios que requieren.
            Encargado de
            Compras:                Para realizar la compra deberán observar las
            CDE Consejal            formas de contratación establecidas por la Ley
     3.
            Padre de Familia        de Adquisiciones y Contrataciones de la
            ACE Secretario (a)      Administración Pública (Anexo 6).
            CECE Secretario (a)
                                    Elabora solicitud de cotización (Anexo 7) y
                                    envía a proveedores que pueden suministrar el
                                    tipo de bien o servicio requerido, estableciendo
                                    el tiempo de entrega de los bienes o servicios.
            Encargado de
            Compras:                Cuando se trate de     equipo y mobiliario
            CDE Consejal            escolar; se deben adquirir eminentemente
     4.
            Padre de Familia        nuevos y con garantía.
            ACE Secretario (a)
            CECE Secretario (a)     Cuando se trate de equipo de cómputo deberá
                                    adquirirse con garantía y el software con su
                                    respectiva licencia; cuidando que el software
                                    sea de las últimas versiones y equipo
                                    actualizado.
                                    Recibe solicitud y prepara por escrito la
                                    cotización, para entregarla o enviarla al
     5.     Empresa o Proveedor.
                                    Encargado de Compras de la Modalidad de
                                    Administración Escolar Local.
     6.     Encargado de Compras:   Recibe cotizaciones por escrito, la cual
CDE Consejal             entrega a la modalidad para su respectivo
      Padre de Familia         análisis.
      ACE Secretario (a)
      CECE Secretario (a)
                               En reunión ordinaria o extraordinaria hacen los
                               análisis:
                                       Técnico (revisión de las características
                                       técnicas de los bienes o servicios, la
      Modalidad de
                                       garantía del bien o servicio, tiempos de
7.    Administración Escolar
                                       entrega). (Anexo 8)
      Local.
                                       Económico (precios de los bienes o
                                       servicios) (Anexo 9)
                               Seleccionan al proveedor, dejando asentado
                               en acta tal decisión.(Anexo 10).
      Encargado de             CDE: Consejal Padre de Familia; ACE:
      Compras:                 Secretario(a); CECE: Secretario(a).
      CDE: Consejal Padre
8.
      de Familia;              Procede a elaborar Orden de Compra de
      ACE: Secretario (a);     Bienes y Servicios con numeración correlativa
      CECE: Secretario (a)     (Anexo 11).
                               Entrega los bienes o servicios y factura de
                               consumidor final (Anexo 12) o Recibo a favor
                               de la Modalidad de la Administración Escolar
9.    Empresa o Proveedor.
                               local (Anexo 13) en casos eventuales, al
                               Representante      de    la   Modalidad    de
                               Administración Escolar Local.
                               Recibe y revisa los bienes y/o servicios y
                               factura o recibo, debiendo:

                               Levantar un Acta de Recepción numerada
      Encargado de la          correlativamente (Anexo 14) para dejar
      recepción de los         constancia de que se recibe a entera
      bienes por Modalidad:    satisfacción.
10.
      CDE Presidente
      ACE Presidente y         Cuando fueren bienes y/o servicios para
      CECE Director.           actividades culturales, educativas y recreativas
                               deberán evidenciar la recepción de los mismos
                               mediante un listado que contenga el nombre
                               de la actividad, lugar, fecha, nombre, número
                               de DUI. y firma de los participantes.
                               Recibe factura, Orden de Compra, Acta de
                               Recepción y/o listado de asistentes cuando
      Tesorero(a) de la
                               corresponda.
      Modalidad de
11.
      Administración
                               Emite cheque a favor de la empresa o
      Escolar Local.
                               proveedor firmándolo, obtiene firma del
                               Presidente y del Consejal Representante de
los Maestros y entrega al Proveedor.

                              Estampa el sello de pagado a la factura,
                              llenando la información requerida en él.

                              Registra en el libro de ingresos y gastos y en
                              el de Banco.

                              Archiva en el expediente correspondiente la
                              documentación.
     Modalidad de
                              Será el responsable de su registro y control,
12   Administración Escolar
                              donde podrán demostrar su utilización.
     Local.
ANEXO 5

MODELO DE PLAN DE COMPRAS
ANEXO 6

FORMAS DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS


                   TIPOS DE         FORMAS DE
 MONTO US$       ADQUISICIONE     CONTRATACIÓ           OBSERVACIONES
                       S                 N
De 0 a 10                         Libre Gestión
salarios
mínimos          Obras, bienes,
urbanos1/ o      servicios y                      Basta una sola cotización.
sea              Consultorías.
De US$ 0.0011
a US$ 1,440.00
                                  Libre Gestión   Deberá contener como mínimo
                                                  3 cotizaciones de ofertantes.
                                                  Se debe realizar comparación
                                                  de calidad y precios.
                                                  Cuando se trataré de ofertante
                                                  único o marcas específicas, en
                                                  que bastará un solo ofertante,
                                                  para lo cual se debe emitir una
Arriba de 10                                      resolución razonada (Anexo 6-
salarios                                          A). (Art. 13 que reforma el
mínimos                                           literal c) del Art. 40 de la Ley de
urbanos hasta                                     Adquisiciones y Contrataciones
por un monto                                      y Art. 14 que reforma el literal
                 Obras, bienes,
inferior a 80                                     c) del Art. 41 de la Ley de
                 servicios y
salarios                                          Adquisiciones y
                 consultorías.
mínimos                                           Contrataciones. 2/
urbanos                                           “No podrá adjudicarse la
De                                                adquisición o contratación al
US$ 1,440.01 a                                    mismo ofertante o contratista
US$ 11,520.01                                     cuando el monto acumulado de
                                                  un mismo bien o servicio
                                                  asignado por Libre Gestión,
                                                  supere el equivalente a 80
                                                  salarios mínimos urbanos,
                                                  dentro de un período de tres
                                                  meses, so pena de nulidad”.
                                                  Art. 17 que reforma el Art. 70
                                                  de la Ley.
Arriba de 80                                      Es la forma de selección de
                 Obras, bienes,
salarios                          Licitación      contratistas en la que se
                 servicios y
mínimos                           Pública.        elabora una lista de ofertantes,
                 consultorías.
urbanos                                           con un mínimo de cuatro
US$ 11,520.01                                       invitaciones a personas
                                                    naturales o jurídicas,
                                                    nacionales o extranjeras a las
                                                    que se invita públicamente a
                                                    participar a fin de asegurar
                                                    precios competitivos 3/ (Art. 16
                                                    que reforma al Art. 66 de la Ley
                                                    de Adquisiciones y
                                                    Contrataciones.


1/    Considerando que el salario mínimo urbano actual es de US$ 144.00;
      modificándose los techos automáticamente si se modifica el salario mínimo
      urbano.
2/    Para aplicación de estos contenidos, referirse al Decreto No. 868, Ley de
      Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, publicada en el
      Diario Oficial, Tomo No. 347, del 15 de mayo del 2001 y reformas a la Ley
      mediante Decreto No. 244, publicado en el Diario Oficial No. 11, Tomo No. 350
      del 15 de enero del 2001.
3/    Cuando existan convenios especiales que regulen de diferente manera las
      formas de contratación de bienes y servicios, el MINED podrá emitir una
      resolución modificativa específica.
ANEXO 6-A

MODELO DE FORMATO DE RESOLUCIÓN RAZONADA
ANEXO 7

MODELO DE SOLICITUD DE COTIZACIÓN
ANEXO 8

MODELO DE ANÁLISIS TÉCNICO
ANEXO 9

MODELO DE ANÁLISIS ECONÓMICO
ANEXO 10

MODELO DE ACTA DE ADJUDICACIÓN DE UN BIEN O
SERVICIO
ANEXO 11

MODELO DE ORDEN DE COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS
ANEXO 12

MODELO DE FACTURA
ANEXO 13

MODELO DE RECIBO

(SI NO ES CONTRIBUYENTE OBLIGADO DEL IVA)
ANEXO 14

MODELO DE FORMULARIO DE ACTA DE RECEPCIÓN DE
BIENES Y SERVICIOS
B.   REGISTRO Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN                          DE   LOS   FONDOS
TRANSFERIDOS POR EL MINED O DE OTROS INGRESOS.

PASO      RESPONSABLE                               ACTIVIDAD
                                En reunión de la modalidad acuerdan:
                                       Autorizar el Libro de Banco de la cuenta
                                       bancaria de las transferencias en la primera
       Modalidad de                    pagina del libro, debiendo firmar todos los
 1.    Administración                  miembros de la modalidad, y
       Escolar Local                   Llevar    a   legalizar  a    la   Dirección
                                       Departamental el libro de Ingresos y Gastos
                                       de las transferencias y el de los otros
                                       ingresos, según corresponda.
       Presidente de la
                                Se presenta a la Dirección Departamental
       Modalidad de
 2.                             correspondiente a legalizar el Libro de Ingresos y
       Administración Escolar
                                Gastos de las operaciones financieras a efectuarse.
       Local.
       Director (a)             Legaliza el Libro de Ingresos y Gastos de las
 3.    Departamental de         operaciones financieras a efectuarse.
       Educación.               Lleva control de la autorización de los mismos.
       Director (a)
                                Una vez legalizado el libro lo entrega al Presidente
 4.    Departamental de
                                de la modalidad.
       Educación.
                                Entrega Libro de Ingresos y Gastos de las
       Presidente de la
                                transferencias y el de los otros ingresos, así como el
       Modalidad de
 5.                             Libro de Banco de la cuenta bancaria de las
       Administración
                                transferencias al Tesorero para que inicie el registro
       Escolar Local.
                                de las operaciones financieras.
       Tesorero de la
       Modalidad de
 6.                             Recibe los libros legalizados.
       Administración
       Escolar Local.
       Tesorero de la
       Modalidad de             Confirma en el banco la disponibilidad financiera de
 7.
       Administración           las cuentas.
       Escolar Local.
                                En la parte superior del primer folio a utilizar por
                                cada transferencia o de otros ingresos del libro de
                                ingresos y gastos correspondiente, debe anotar el
       Tesorero de la
                                nombre y año de los fondos a registrar.
       Modalidad de
 8.
       Administración
                                De igual forma en el Libro de Banco de la cuenta de
       Escolar Local.
                                las transferencias, deberá anotar el número de la
                                cuenta a que corresponde el Libro, el nombre del
                                banco y el año.
       Tesorero de la           Registra la cantidad de los fondos recibidos, en la
 9.
       Modalidad de             columna referente a Ingresos y también en la de
Administración      saldos del Libro de Ingresos y Gastos (Anexo 15) y
      Escolar Local.      de igual manera en el Libro de Banco
                          correspondiente (Anexo 16).
                          Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar
                          Local.
                          Todo gasto debe pagarse mediante cheque (Anexo
                          17).

                          Cada vez que emita un cheque de pago, el Tesorero
      Tesorero de la      debe:
      Modalidad de                Considerar la aplicación de la Ley del
10.
      Administración              Impuesto sobre la Renta, principalmente el
      Escolar Local.              Capítulo II, Art. 66.
                          Registrar en el Libro de Ingresos y Gastos y en el
                          Libro de Banco, los movimientos efectuados, en la
                          parte que corresponde a los Gastos ; llevando así el
                          control de todos los gastos y saldos realizados en
                          forma periódica, incluyendo cheques emitidos a
                          favor del Encargado de Caja Chica.
      Tesorero(a) de la
                          Sella de pagado cada factura o recibo cancelado,
      Modalidad de
11.                       indica la fecha, cheque No., por el valor (US$),
      Administración
                          Banco y No. de cuenta (Anexo 18).
      Escolar Local.
                          Totaliza los ingresos, los gastos y el saldo al finalizar
                          cada página del Libro de Ingresos y Gastos,
      Tesorero de la      indicando que pasa a la siguiente página, y en la
      Modalidad de        siguiente indicará que vienen totales de la página
12.
      Administración      anterior.
      Escolar Local.
                          Mensualmente debe establecer el saldo; así como
                          también el acumulado anual.
      Tesorero de la
      Modalidad de        Al final de cada mes, deberá hacer un resumen de
13.
      Administración      los egresos por concepto.
      Escolar Local.
                          Deberá integrar un archivo por fuente de
      Tesorero de la
                          financiamiento, ordenando cronológicamente los
      Modalidad de
14.                       documentos legales que respaldan los ingresos y
      Administración
                          egresos (Ver numeral 3 del literal G de la
      Escolar Local.
                          Normativa).
      Tesorero de la      Archiva    documentos      legales    y    financieros
      Modalidad de        (resguardando por cinco años los documentos de
15.
      Administración      respaldo y por diez años los libros) para la rendición
      Escolar Local.      de cuentas correspondiente.
ANEXO 15

MODELO DE REGISTRO EN EL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS
ANEXO 16

MODELO DE REGISTRO EN EL LIBRO DE BANCO
ANEXO 17

MODELO DE CHEQUE




                   ANEXO 18

MODELO DE SELLO
C.   REGISTRO Y CONTROL DE LOS DOCUMENTOS DE LOS OTROS
INGRESOS DEL CENTRO EDUCATIVO.


PASO    RESPONSABLE                                ACTIVIDAD
       Modalidad de         En reunión ordinaria acuerdan realizar los trámites para
 1.    Administración       la impresión de los talonarios de recibos de ingresos,
       Escolar Local        antes de que inicie el año escolar.
                            Manda a una imprenta a elaborar los recibos
                            prenumerados de ingresos, (sólo para CDE y ACE) en
       Modalidad de
                            dos series:
 2..   Administración
                                   Una para las contribuciones voluntarias o cuotas
       Escolar Local
                                   de escolaridad (Anexo 19-A), otra para las
                                   demás fuentes de ingresos. (Anexo 19-A)
       Modalidad de         Una vez impresos los recibos, entregan talonarios de las
 3.    Administración       dos series, mediante control de numeración al Tesorero
       Escolar Local        de la modalidad.
       Tesorero de la
 4.                         Recibe, firma control y resguarda los talonarios.
       Modalidad
                            Emite recibo correspondiente por cada ingreso.

                            Registra detalladamente en el libro de ingresos y gastos,
                            en la columna de ingresos y en orden cronológico el
       Tesorero o persona
                            concepto y el monto recibido.
 5.    designada por la
       modalidad
                            Remesa      íntegramente en las 24 horas hábiles
                            siguientes a la recepción de los fondos a la cuenta
                            corriente de la modalidad, dejando copia del
                            comprobante de remesa.
       Tesorero o persona
                            Al finalizar cada mes hará un resumen de los ingresos
 6.    designada por la
                            percibidos de cada concepto
       modalidad
       Tesorero o persona   En caso de perdida de recibos, la Administración
 7.    designada por la     Escolar deberá registrar en acta oportunamente la
       modalidad            numeración de los recibos prenumerados extraviados.
                            Para el registro y control de los gastos de estos fondos,
       Tesorero o persona
                            deberá aplicar la normativa y procedimientos
 8.    designada por la
                            establecidos para la ejecución de las transferencias; así
       modalidad
                            como aperturar caja chica.
ANEXO 18

MODELO DERECIBO DE INGRESOS

(CONTRIBUCIONES   VOLUNTARIAS   Y/O   CUOTAS   DE
ESCOLARIDAD)
ANEXO 19

MODELO DE RECIBO DE INGRESOS (OTROS INGRESOS)
D.        MANEJO DEL LIBRO AUXILIAR DE CAJA CHICA


PASO        RESPONSABLE                                 ACTIVIDAD
                               En reunión ordinaria acuerdan la creación de Caja Chica,
           Modalidad de
                               por un monto no mayor de US$ 57.14, equivalente a
     1.    Administración
                               ¢500.00, para efectuar gastos menores de hasta US
           Escolar Local
                               $22.85, equivalentes a ¢ 200.00.
           Secretario de la    Registra este acuerdo en el Libro de Actas de la
     2.
           Modalidad           modalidad, indicando la finalidad de uso de los fondos.
                               Ordenan la impresión de vales prenumerados para el
                               control de la caja chica (ver anexo 20).

           Modalidad de        Autorizan en el primer folio, el libro auxiliar que tendrá que
     3.    Administración      llevar para el registro de los ingresos y gastos por el fondo
           Escolar Local       que de caja chica.

                               Hacen entrega del libro auxiliar al Tesorero para que lleve
                               los registros correspondientes al uso de los fondos.
           Tesorero(a) de la   Elabora cheque a su favor por el valor de US$ 57.14
           Modalidad de
     4.
           Administración      Solicita a los miembros que tienen firma mancomunada,
           Escolar Local.      que firmen el cheque.
           Tesorero(a) de la   Elabora recibo por el valor del cheque especificando la
           Modalidad de        finalidad de uso de los fondos.
     5.
           Administración
           Escolar Local.      Hace efectivo el valor del cheque.
           Presidente(a) o
           Director(a) de la
     6.    Modalidad de        Aprueba compra por Caja Chica y comunica al Tesorero.
           Administración
           Escolar Local.
           Encargado de
           Compras:
           CDE Consejal
           Padre de Familia
     7.                        Solicita fondos al Tesorero para realizar la compra.
           ACE Secretario
           (a)
           CECE Secretario
           (a)
           Tesorero(a) de la   Elabora vale prenumerado especificando el uso del dinero
           Modalidad de        y la cantidad en letras y números.
     8.
           Administración
           Escolar Local.      Solicita al Encargado de Compras que firme el vale.
           Encargado de
     9.    Compras:            Firma vale prenumerado y se lo devuelve al Tesorero.
           CDE Consejal
Padre de Familia
      ACE Secretario
      (a)
      CECE Secretario
      (a)
      Tesorero de la
      Modalidad de
10.                      Entrega el dinero y archiva el vale.
      Administración
      Escolar Local.
      Encargado de
      Compras:
      CDE Consejal
                         Efectúa la compra y pide factura de consumidor final o
      Padre de Familia
11.                      recibo en casos eventuales debidamente firmado por
      ACE Secretario
                         quién recibe el pago.
      (a)
      CECE Secretario
      (a)
      Encargado de
      Compras:
      CDE Consejal
      Padre de Familia   Entrega factura o recibo al Tesorero como comprobante
12.
      ACE Secretario     de la compra.
      (a)
      CECE Secretario
      (a)
      Tesorero de la
                         Sella la factura o recibo con el sello de PAGADO, escribe
      Modalidad de
13.                      cancelado en el vale, se lo anexa a la factura y los
      Administración
                         archiva.
      Escolar Local.
                         Al acumular el 80% o más en facturas y/o recibos
      Tesorero de la
                         pagados, elabora solicitud de liquidación de caja chica
      Modalidad de
14.                      (Anexo 21) anexando comprobantes de gasto.
      Administración
      Escolar Local.
                         Solicita a la Modalidad la reposición de dichos fondos.
      Modalidad de       Si la modalidad autoriza la reposición del 80% de los
15.   Administración     fondos para caja chica, de nuevo se siguen los pasos del
      Escolar Local.     4 al 14.
      Tesorero de la
                         Para la liquidación final de los saldos de los fondos no
      Modalidad de
16.                      habrá reintegro a Caja Chica, sólo comprobación de los
      Administración
                         gastos.
      Escolar Local.
ANEXO 20

MODELO DE VALE
ANEXO 21

MODELO DE LIQUIDACIÓN DE CAJA CHICA
E.        ELABORACIÓN DE CONCILIACIÓN BANCARIA

PASO          RESPONSABLE                           ACTIVIDAD
                                       Solicita oportunamente cada mes al banco
                                       los estados de las cuentas bancarias.
                                       Cuando se trate de la cuenta de las
                                       transferencias, debe verificar contra el Libro
                                       de Banco y la chequera para revisar los
                                       cheques emitidos y concilia ambos saldos.
           Modalidad de
                                       Suma los saldos del libro de ingresos y
     1.    Administración
                                       gastos de las diferentes transferencias,
           Escolar Local.
                                       cantidad que debe coincidir con el saldo del
                                       libro de banco.
                                       Cuando se trate de la cuenta de los otros
                                       ingresos, debe verificar contra el libro de
                                       ingresos y gastos de esta fuente y la
                                       chequera y concilia ambos saldos.
           Tesorero(a) de la
     2.    Administración       Elabora informe de conciliación bancaria (Anexo 22).
           Escolar.
           Presidente (a) o     De no estar de acuerdo con el Estado Bancario,
           Tesorero (a) de la   deberá reclamar las inconsistencias ante el banco
     3.
           Administración       en un período no mayor de 10 días de haberse
           Escolar.             recibido el informe por parte del banco.
ANEXO 22

MODELO DE CONCILIACIÓN BANCARIA
F.   RENDICIÓN DE CUENTAS      Y                LIQUIDACIÓN DE LOS RECURSOS
FINANCIEROS DEL CENTRO EDUCATIVO.

Las modalidades de administración escolar local deberán elaborar un informe anual de
rendición de cuentas y presentar la liquidación de fondos cuando se trate de las
transferencias por el Ministerio de Educación, ante la comunidad educativa y la
Dirección Departamental de Educación correspondiente.

Para los otros ingresos deben únicamente rendir un informe anual a la comunidad
educativa.

El informe anual de rendición de cuentas deberá contener los objetivos y metas
alcanzadas, el número de niños, niñas y jóvenes beneficiados, los ingresos recibidos,
los gastos realizados y saldo a la fecha del informe; todo lo anterior en función del Plan
Escolar Anual y presupuesto de la institución educativa.

A continuación, se presenta el procedimiento que las modalidades deben seguir para
elaborar y presentar la liquidación de los fondos transferidos por el MINED, detallando
paso a paso las actividades y responsables; así como el formato a utilizar:

PASO         RESPONSABLE                                 ACTIVIDAD
                                      Cuando se han agotado los fondos de una
                                      transferencia, convoca a reunión a la modalidad
                                      para:
        Presidente de la
  1.                                         Informar que se agotaron los fondos y
        Modalidad
                                             Que conjuntamente con los otros miembros
                                             con firma mancomunada prepararan la
                                             liquidación y la presentaran a la Dirección
                                                     Departamental correspondiente.
        Miembros con firma
                                      Ordenan toda la documentación de respaldo y de
        mancomunada de la
                                      registro financiero por cada transferencia recibida
  2.    Modalidad de
                                      de acuerdo a los lineamientos contenidos en el
        Administración
                                      formulario de liquidación.(Anexo 23)
        Escolar Local.
                                      Llenan el formato de liquidación (Anexo 23).
        Miembros con firma
        mancomunada de la
                                      Elaboran el informe de rendición de cuentas, en el
  3.    modalidad de
                                      que se demuestre el cumplimiento de los objetivos
        Administración
                                      y metas, número de beneficiarios atendidos y otros
        Escolar Local.
                                      indicadores.
                                      Presentan a la Dirección Departamental:
        Miembros con firma
                                             El formato de liquidación en original y copia
        mancomunada de la
                                             debidamente lleno, firmado y sellado,
  4.    Modalidad de
                                             Toda la documentación de respaldo en
        Administración
                                             original, y
        Escolar Local.
                                             Adjuntan el Informe de Rendición de
Cuentas en original.
                               Revisa y sella toda la documentación que respalda
                               la liquidación, registra en el sistema la información
                               correspondiente;

                               SI NO HAY OBSERVACIONES:
                                     Firma y sella de recibido el formulario de
                                     liquidación,
                                     Archiva una copia del formulario de la auto
                                     liquidación y el informe original de
                                     rendición de cuentas en el expediente de la
                                     modalidad,
                                     Devuelve original del formulario de
                                     liquidación sellado y con firma de recibido;
                                     así como el resto de la documentación
                                     presentada a los miembros de la
                                     modalidad.
     Técnico de la Unidad de
     Administración de la
5.                             SI HUBIERAN OBSERVACIONES:
     Dirección Departamental
                                     Imprime hoja de observaciones y
     de Educación.
                                     determina en ella la fecha de nueva
                                     presentación de la liquidación,
                                     Entrega la hoja original a los miembros de
                                     la modalidad,
                                     Guarda copia de la hoja de observaciones
                                     en el expediente de la modalidad.

                               SI LA MODALIDAD DEBE REEMBOLSAR O
                               REINTEGRAR FONDOS:
                                      Archiva el cheque y copia de remesa de
                                      reintegro y reembolso en el expediente de
                                      la modalidad
                                      Orienta a que número de cuenta debe
                                      elaborarse el cheque de devolución de
                                      fondos e indica a donde deben
                                      depositarlos.
     Modalidad de              Archiva la documentación de respaldo por un
6.   Administración            período de cinco años y los libros por un mínimo
     Escolar Local.            de 10 años.
     Técnico de la Unidad de
                               Envía copia de formato de la autoliquidación y
     Administración de la
7.                             cheques o remesas si lo hubieran al Pagador
     Dirección Departamental
                               Auxiliar Departamental
     de Educación.
                               Recibe y concilia la información para preparar su
     Pagador Auxiliar          informe de caja y enviarlo junto con un listado de
8.
     Departamental.            los centros educativos que ha reembolsado o
                               reingresado anexando copia de cheque o remesa
a la Gerencia Financiera.
                                Recibe cheques y remesas y realiza depósitos y
                                anotaciones correspondientes a las Direcciones
                                Departamentales de Educación.

9.    Gerencia Financiera       Realiza, conciliaciones de las cuentas según la
                                fuente de financiamiento

                                Registra información de las 14 Direcciones
                                Departamentales de Educación.
      Dirección Departamental   Considera información para transferir el próximo
10.
      de Educación              año.
ANEXO 23

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA A LAS MODALIDADES PARA
LIQUIDAR TRANSFERENCIAS



MINISTERIO DE EDUCACIÓN
REPÚBLICA DE EL SALVADOR

1.    Formato de Liquidación debidamente lleno, firmado y sellado.

2.    Convenio.

3.    Recibo o recibos cuando tienen recibos complementarios.

4.    Libro de Actas

5.    Plan Escolar Anual y Plan de Compras (por Bono).

6.    Libro de Ingresos y Gastos y Libro de Banco de la cuenta de las transferencias.

7.    Chequera (s).

8.    Ultima Conciliación Bancaria.

9.    Ultimo Estado de Cuentas.

10.   Cotizaciones firmadas y selladas por el Proveedor.

11.   Cuadros de Análisis Económico y Técnico (compra después de US$ 1,440.00).

12.   Orden de Compra de Bienes y Servicios.

13.   Actas de Recepción de Bienes y Servicios.

14.   Comprobantes de Gasto (Facturas de Consumidor Final y/o Recibo con sello de
      pagado).

15.   Contratos de Bienes y/o Servicios.

16.   Si han constituido Caja Chica deberán presentar el libro auxiliar correspondiente,
      los comprobantes de ingreso y gasto y demás documentos que señala el
      Documento Paso a Paso 4.

17.   Inventario (cuando haya compra de mobiliario y/o equipo).
18.   Cuando fueren bienes y/o servicios utilizados para actividades culturales y
      educativas, deberán evidenciar la recepción de los mismos mediante un listado
      que contenga el nombre de la actividad, lugar, fecha, nombre, número de DUI. y
      firma de los participantes.

19.   Para el Bono de Alimentación el Informe Mensual de alimentos.

20.   Para el Bono de Asistencia Administrativa contrato de servicios, informe mensual
      de asistencia técnica.

21.   Adjunto a la liquidación de gastos, deberán presentar un Informe de Rendición
      de Cuentas que contenga los beneficios alcanzados con cada Bono,
      cumplimiento del objetivo, la población beneficiada.
DOCUMENTOS QUE DEBERÁ CONSIDERAR EL TÉCNICO

QUE LIQUIDARÁ TRANSFERENCIAS 2001




MINISTERIO DE EDUCACIÓN
REPÚBLICA DE EL SALVADOR

                         INSTANCIA DEPARTAMENTAL


1.   Convenio General y Recibos por financiamiento firmado y sellado.

2.   Documento 4, Paso a Paso en la Administración y rendición de cuentas de las
     transferencias financieras del estado y otros ingresos incluidos provenientes de
     las contribuciones voluntarias de los padres de familia y/o cuotas de escolaridad;
     y otros documentos específicos que respalden los diferentes bonos.

3.   Instructivo MINED No. 001/2001.

4.   Resoluciones vigentes que modifican al Instructivo MINED No. 001/2001.

5.   Proyectos para Bono: Juventud para Escuelas Abiertas, Alegría, CRA y Planes
     de Desarrollo Profesional Docente.

6.   Listado de centros educativos beneficiados por cada una de las diferentes
     transferencias, especificando el nombre correcto de la transferencia, que incluya
     código, tipo de modalidad, nombre del centro educativo, monto transferido,
     fuente de financiamiento.

7.   Listado de Bonos codificados nombre, fuente de financiamiento.

8.   Expedientes de las modalidades para confrontar documentos e información.

9.   Nombre y número de las cuentas a las cuales deberán hacerse los reintegros y
     reembolsos de los diferentes bonos.
Normas Cde
Normas Cde
Normas Cde
MINISTERIO DE EDUCACION

GERENCIA ADMINISTRATIVA

CUADRO RESUMEN DEL GASTO DE LOS FONDOS RECIBIDOS

AÑO______
Normas Cde
DOCUMENTO 5

   V.     PASO A PASO PARA EL REGISTRO Y CONTROL
          DE LOS BIENES: LIBROS, MUEBLES E
          INMUEBLES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS


INTRODUCCIÓN
El documento Paso a Paso en el Registro y Control de los Bienes: Libros, Muebles e
Inmuebles de los Centros Educativos, contiene las normas y procedimientos que se
deberán aplicar, cuando por cualquier circunstancia se tengan que efectuar “cargos,
traslados, descargo de bienes y codificación de libros, muebles, equipo y otros”.

Estos procedimientos les permitirán un mejor control de los bienes del Centro
Educativo; así como también mantener actualizado sus inventarios.

A manera de “Consejo”, no olvides hacer uso de estos instrumentos siempre que
amplíen o reduzcan los bienes que administra la Modalidad correspondiente.
Normas Cde
I. NORMATIVA GENERAL DE FUNCIONAMIENTO


A. Las Modalidades de Administración Escolar Local están obligadas a administrar el
   mobiliario, equipo, libros e inmuebles del centro educativo, que adquieran bajo
   cualquier concepto. En el caso de los CECE se aplica únicamente a los bienes
   adquiridos a través del Ministerio de Educación o con fondos de las Transferencias
   que el MINED hace a las Modalidades de Administración Escolar Local.

B. Los Consejos Directivos Escolares y/o Asociaciones Comunales para la Educación
   deben recibir y entregar conforme inventario, el mobiliario, equipo, libros de la
   institución educativa, cuando el Director(a) Presidente(a) o la Modalidad asuma o
   cesen en sus funciones (Art. 36, literal n del Reglamento de la Ley de la Carrera
   Docente, Instructivo del Sistema de Registro y Control de los Bienes del Ministerio de
   Educación y Art. 23 del Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la
   Educación); debiéndose constar en el Libro de Actas del centro escolar. Para
   registrar y actualizar el inventario deberán utilizarse los formularios Anexos AF-11 y/o
   AF-13.

C. Al finalizar cada año calendario, las Modalidades de Administración Escolar Local,
   deberán reportar sus inventarios actualizados a la Dirección Departamental
   correspondiente.

D. En el caso de que en un centro educativo haya disolución de una modalidad y se
   organice otra, los bienes serán transferidos a la nueva modalidad o al MINED
   mediante acta de traspaso, mientras se legaliza la nueva modalidad, en las
   condiciones en que se encuentren a ese momento.

E. La infraestructura de los centros educativos oficiales no podrá utilizarse para ninguna
   actividad ajena a la labor educativa y que no sea organizado por el Consejo Directivo
   Escolar o por la Asociación Comunal para la Educación, salvo en aquellos casos
   donde por Decreto Legislativo se autorice su uso.

F. Para codificar el mobiliario, libros y equipo del centro educativo, se utilizará el Manual
   de Codificación de Bienes del MINED.

G. Para una mejor administración de los bienes, los Consejos y/o Asociaciones
   Comunales, deberán cumplir con lo estipulado en el Instructivo del Sistema de
   Registro y Control de los Bienes del Ministerio de Educación, para el nivel Local.
II. LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DE LOS BIENES, LIBROS, MUEBLES
    E INMUEBLES

Las Modalidades de Administración Escolar Local Consejo Directivo Escolar (CDE),
Asociación Comunal para la Educación (ACE) y Consejo Educativo Católico Escolar
(CECE); esta última cuando sea favorecido con bienes proporcionados directamente por
el MINED o adquieran bienes por medio de una transferencia de fondos del MINED;
administraran los bienes de las instituciones educativas debiendo entregar los
inventarios al final de cada año calendario, los cuales serán enviados al Técnico
responsable de activo fijo en la Dirección Departamental correspondiente, este reporte
se acompañará de copias de los documentos de traslados y descargos realizados en el
transcurso del año; además, las modalidades deben quedarse con las originales en su
archivo, como respaldo.

A continuación se describen paso a paso los procedimientos para el registro de los
cargos, traslados y descargos de bienes libros, muebles y equipo:

A.        CARGO DEL MOBILIARIO, EQUIPO Y LIBROS




PASO             RESPONSABLE                                 ACTIVIDAD
                                          En reunión de la modalidad, informa a la
           Presidente o Director de la
                                          Modalidad de Administración Escolar Local, la
     1.    Modalidad de Administración
                                          existencia física y/o documento de adquisición
           Escolar Local.
                                          de bienes, el cuál será inventariado.
                                          Verifica existencia, codifica en base al Manual
                                          de Codificación de Bienes del MINED
     2.    Director del Centro Educativo.
                                          (apéndice 2 del Instructivo) y actualiza el
                                          inventario (Formulario AF-11 y/o F-13).
           Presidente o Director de la
                                          En reunión de la modalidad, presenta para
     3.    Modalidad de Administración
                                          aprobación y firma el inventario actualizado.
           Escolar Local.
           Modalidad de Administración Firman la actualización del inventario
     4.
           Escolar Local.                 (Formulario AF-11 y/o F-13).
                                          Remite copia del inventario actualizado al
           Presidente o Director de la
                                          Técnico de Activo Fijo Departamental
           Modalidad de Administración
     5.                                   correspondiente para su registro.
           Escolar Local CDE, ACE o
                                          Entrega el inventario al Secretario para su
           CECE.
                                          archivo.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN                    FORM. AF-11
ACTIVO FIJO

MODELO DE INVENTARIO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE LA
INSTITUCIÓN
INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO DONDE SE REGISTRA EL
INVENTARIO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: Se anotará tal como está nombrada
oficialmente la institución.

CÓDIGO DE LA INFRAESTRUCTURA: se pondrá el número que ha sido asignado a la
institución educativa.

TIPO DE CARGO: se especificará la clase de cargo, según como fue adquirido el bien
por la institución educativa en la forma siguiente:

Entrega del Ministerio.......................................1-1
Donaciones.......................................................1-2
Compra con actividades de la escuela.............1-3
Bonos................................................................1-4

CÓDIGO Y CORRELATIVO: se anotarán los cuatro dígitos de la clase del bien según
instructivo y su correlativo según la cantidad de bienes adquiridos.

CARACTERÍSTICAS: Se especificarán los detalles tales como: tipo de bien, marca,
serie, modelo u otros que identifiquen el bien.

ESTADO FÍSICO: se anotará la cantidad de muebles de conformidad al estado en que
se encuentren:

BUENO                (B)
REGULAR              (R)

FECHA DE ADQUISICIÓN: se anotará el día, mes y año en que la institución adquirió el
bien.

CANTIDAD: se anotará el número de unidades de una sola clase de bienes.

VALOR UNITARIO: se anotará el precio del bien.

VALOR TOTAL: se obtendrá de multiplicar el precio unitario por la cantidad de
determinado tipo de bienes.

CLAVE: se marcará con la letra (R) si el valor es real y con la letra (E) si el valor es
estimado.

FIRMA: en este espacio firmarán todos los miembros representantes de la institución
educativa.

NOMBRE: aquí se anotará el nombre completo de la persona a quien le corresponde la
firma del espacio superior; en caso del CDE, será el Tesorero y de la ACE el Presidente
(en el espacio sector padre de familia); en el caso del sector alumno se ubicará si existe
representante de éste.

SELLO: deberá estamparse el sello correspondiente de la institución educativa, que ha
sido anotado al inicio del presente.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN              FORM. AF-13
ACTIVO FIJO


MODELO DE INVENTARIO BIBLIOGRÁFICO
INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR EL INVENTARIO

NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: se anotará tal como está nombrada
oficialmente la institución.

CÓDIGO DE LA INTITUCIÓN: se pondrá el número que ha sido asignado a la
institución.

TIPO DE CARGO: se especificará la clase de cargo, según como fue adquirido el bien
por la institución educativa en la forma siguiente:
Entrega del Ministerio................................................1-1
Donaciones................................................................1-2
Compra con actividades de la Escuela......................1-3
Bonos.........................................................................1-4
CÓDIGO DEL LIBRO Y CORRELATIVO: se anotarán los tres dígitos de la clasificación
del libro de acuerdo a la materia que trate, según Manual de Codificación y su
correlativo, según la cantidad de libros adquiridos.

TÍTULO: anotar el nombre del libro asignado por el o los autor(es), identificando en la
portada o su reverso.

AUTOR: anotar el nombre de la institución o persona(s) responsable de la obra. En
caso sean más de dos autores, se anote el primer nombre, más la frase; y otros.

ESTADO FÍSICO: se anotará la cantidad de libros de conformidad al estado en que se
encuentren: Bueno (B) Regular (R)

FECHA DE ADQUISICIÓN: se anotará el día, mes y año en que la institución adquiere
el bien.

VALOR UNITARIO: valor de adquisición de los libros.

CANTIDAD: se anotará el número de unidades de un mismo libro, según su
clasificación.

VALOR TOTAL: se obtendrá de multiplicar el precio unitario por la cantidad de
determinado libro.

CLAVE: se marcará con la letra (R) si el valor es real y con la letra (E) si es estimado.

NOMBRE: aquí se anotará el nombre completo de la persona a quien le corresponde la
firma del espacio superior, en caso de CDE, será el Tesorero y de la ACE el Presidente
(en el espacio sector Padre de Familia); en el caso del sector Alumno se ubicará si
existe representante de éste.

SELLO: deberá estamparse el sello correspondiente de la institución educativa, que ha
sido anotado al inicio del presente.
B.        TRASLADO DEL MOBILIARIO, EQUIPO Y LIBROS

PASO             RESPONSABLE                                ACTIVIDAD
           Modalidad de Administración
     1.                                    Envía nota de solicitud de traslado de bienes.
           Escolar Local, solicitante
                                           Recibe solicitud y en reunión colegiada
           Modalidad de Administración     acuerdan traslado de bienes; y autorizan al
     2.
           Escolar Local, otorgante.       Presidente o Director, al Tesorero y al
                                           Secretario, para firmar el Formulario AF-9.
                                           Registra este acuerdo en el acta de la reunión,
           Secretario de la Modalidad de
     3.                                    la cual deben firmar todos los presentes
           Administración Escolar Local.
                                           (Anexo 11).
                                           Reciben Bienes y si todo corresponde a lo
           Modalidad de Administración
     4.                                    especificado en el Formulario AF-9, lo firma el
           Escolar Local receptora.
                                           Presidente de la institución receptora.
                                           Remite copia de autorización de traslado
                                           (Formulario AF-9) al Técnico de Activo Fijo
           Presidente o Director de
                                           Departamental.
     5.    Modalidad de Administración
           Escolar Local, otorgante.
                                           Entrega el original al Secretario para su
                                           archivo correspondiente.
           Técnico de Activo Fijo          Procede a realizar el cargo y descargo
     6.
           Departamental.                  respectivo.
ANEXO 1

ACTA DE TRASPASO DEL MOBILIARIO, EQUIPO Y LIBROS

(Libro de Actas del Centro Escolar)
MINISTERIO DE EDUCACIÓN                 AF-9
ACTIVO FIJO                       No. _________


TRASLADO DE MOBILIARIO Y EQUIPO
INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO DE

TRASLADO DE MOBILIARIO


I.     GENERALES:

       1.     Número Correlativo: el formulario deberá ser numerado en orden
              subsiguiente.

       2.     Procedencia: deberá anotarse el nombre de la dependencia o institución
              que posee el bien(es).

       3.     Destino: deberá anotarse el nombre de la dependencia o institución
              educativa hacia donde se traslada el bien(es).

       4.     Tipo de movimiento: deberá de marcarse con una “X” en el espacio que
              identifica el tipo de traslado.


II.    CARACTERÍSTICAS:

       Clase de Bien: deberá anotarse el nombre del bien.

       Número de Inventario: deberá anotarse el código que posee el bien.

       Marca: deberá anotarse la marca del bien si la posee.

       Serie: se coloca el número de serie del bien si lo posee.



NOTA: para las Modalidades de Administración Escolar Local, sólo se llenará un
original y dos copias, el original quedará en poder de la dependencia que entrega y las
copias, una para quien recibe y la otra para la Departamental.

Para las Unidades Administrativas Centrales y Departamentales, este formulario
constará de un original y tres copias, que serán distribuidas así. Original para quien
autoriza el traslado y las copias para el Departamento y/o Unidad de Activo Fijo,
personal de vigilancia y personal que retira el bien.
C.     DESCARGO DEL MOBILIARIO, EQUIPO Y LIBROS

PASO           RESPONSABLE                              ACTIVIDAD
                                        Determina la utilidad del bien(es).
       Presidente o Director de la
 1.    Modalidad de Administración      Si se trata de pérdida de un bien, investiga
       Escolar Local.                   el faltante y denuncia a la Policía Nacional
                                        Civil.
                                        Convoca a reunión extraordinaria a los
                                        miembros de la Modalidad para informar
       Presidente o Director de la
                                        ya sea sobre la utilidad de un bien (es) o
 2.    Modalidad de Administración
                                        sobre la pérdida.       Acuerdan     reunirse
       Escolar Local.
                                        posteriormente para tomar decisión sobre
                                        el descargo.
                                        Verifican físicamente el estado del
                                        bien(es), si se trata de bienes inservibles;
       Modalidad de Administración
 3.                                     Si se trata de una pérdida, investigan el
       Escolar Local.
                                        faltante y le dan seguimiento a la denuncia
                                        a la Policía Nacional Civil, para determinar
                                        responsabilidades.
                                        En reunión acuerdan descargar el bien,
       Modalidad de Administración      dejando tal decisión asentada en acta
 4.
       Escolar Local.                   correspondiente, la cual firman todos los
                                        presentes.
                                        Firman solicitud de descargo por inservible
       Modalidad de Administración      o      pérdida       (formulario     AF-12),
 5.
       Escolar Local.                   describiéndose      en    él     todas    las
                                        características del bien(es) a descargar.
                                        Envía copia de solicitud de descargo (AF-
                                        12) a la Dirección Departamental de
       Presidente(a) o Director(a) de
                                        Educación correspondiente.
 6.    Modalidad de Administración
       Escolar.
                                        Entrega original al Secretario para su
                                        archivo correspondiente.
                                        Recibe solicitud de descargo y la margina
 7.    Dirección Departamental
                                        al Técnico de Activo Fijo Departamental.
                                        Recibe solicitud, la ratifica y procede a
                                        realizar trámite ante la Comisión de
                                        descargo Departamental.
       Técnico de Activo Fijo
 8.
       Departamental.                   Informa a la modalidad por escrito sobre la
                                        resolución tomada.

                                        Actualiza inventario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN                        FORM. AF-12
ACTIVO FIJO


SOLICITUD    DE   DESCARGO   DE   MOBILIARIO   Y   EQUIPO
ESCOLAR
INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO DE                             DESCARGO       DE
MOBILIARIO Y EQUIPO DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS




NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: se anotará tal como está nombrado
oficialmente la institución.

CÓDIGO DE LA INSTITUCIÓN: se pondrán los números que han sido asignados para
cada una de las instituciones educativas (según refrenda anterior).

TIPO DE DESCARGO: se especificará la clase de descargo, en la forma siguiente:

Inservible....................2-1
Robo...........................2-2

CÓDIGO Y CORRELATIVO: se anotarán los cuatro dígitos de la clase de bien, según
Manual de Codificación y su correlativo, según la cantidad de bienes adquiridos.

CARACTERÍSTICAS: se especificarán los detalles tales como: marca, serie, modelo,
color, medidas u otros que identifiquen el bien.

FECHA DE ADQUISICIÓN: se anotará el día, mes y año que la institución adquirió el
bien.

CANTIDAD: se anotará el número de unidades de una sola clase de bienes.

VALOR UNITARIO: se anotará el precio del bien.

VALOR TOTAL: se obtendrá de multiplicar el precio unitario por la cantidad de
determinado tipo de bienes.

FIRMA: en este espacio firmarán todos los miembros representantes de la institución
educativa.

NOMBRE: aquí se anotará el nombre completo de la persona a quien le corresponda la
firma del espacio superior; en caso del CDE, será el Tesorero y la ACE, el Presidente
(en el espacio sector padre de familia); en el caso del sector alumno se ubicará si existe
representante de éste.

SELLO: deberá estamparse el sello correspondiente de la institución educativa que ha
sido anotado al inicio del formulario.
III.  PROCEDIMIENTOS               DE    LEGALIZACIÓN            Y    REGISTRO          DE
    MUEBLES:

El Ministerio de Educación, podrá adquirir bienes inmuebles por medio de donaciones,
comodatos iguales o mayores a treinta y cinco años o por compra venta, los cuales
deben legalizarse y registrarse para su control.

A continuación se presentan los procedimientos para legalizar y registrar una donación,
un comodato o una compra venta de un inmueble.

A.        LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DE UNA DONACIÓN DE INMUEBLE AL RAMO
          DE EDUCACIÓN

Se entenderá por donación, a la acción de una persona natural o jurídica de dar
gratuitamente un inmueble de su propiedad al Ramo de Educación, para que ahí
funcione un centro educativo.
En lo que se refiere a la titulación del inmueble donado, esto se da cuando los
propietarios carecen de Escritura Pública que no esta inscrita en el Registro de la
Propiedad Raíz a su favor o presentan un documento privado, entonces se seguirá el
trámite de titulación a través de la Fiscalía General de la República, a efecto de tramitar
el respectivo título para su registro en el Registro de la Propiedad Raíz.



PASO               RESPONSABLE                                 ACTIVIDAD
                                              Gestiona con el propietario del inmueble la
                                              donación.
           Modalidad de Administración        Llenan la oferta de donación, anexando de
     1.
           Escolar Local                      acuerdo al propietario de que se trate, la
                                              documentación que se señala en el Anexo
                                              2 de este procedimiento.
                                              Presenta al Departamento de Asesoría
           Modalidad de Administración
     2.                                       Jurídica del MINED, la documentación
           Escolar Local
                                              para el trámite correspondiente.
                                              Revisa y si todo esta correcto la recibe.
                                              Elabora Acuerdo Ejecutivo en donde el
                                              MINED acepta el inmueble donado, para
                                              firma del Titular del Ministerio de
           Departamento de Asesoría
     3.                                       Educación
           Jurídica
                                              Una vez firmado el Acuerdo, procede a
                                              elaborar Escritura Pública y solicita la firma
                                              de la Escritura a la Fiscalía General de la
                                              República.
                                              Presenta para registro y control un
           Departamento de Asesoría
     4.                                       testimonio a:
           Jurídica
                                                      Fiscalía General de la República
Propietario del inmueble
                                      Oficina de Activo Fijo
                                      Asesoría Jurídica
                              Presenta un Testimonio de la Escritura al
                              Registro de la Propiedad Raíz, para ser
                              inscrita a favor del Estado de El Salvador,
                              en el Ramo de Educación.
                              Registra en el sistema el testimonio y
5.   Oficina de Activo Fijo   archiva         el documento para su
                              control.
ANEXO 2

DOCUMENTOS QUE RESPALDAN UN TRÁMITE DE DONACIÓN:

DONACIONES DE PERSONAS NATURALES:

     1.    Llenar la oferta de donación por él o los donantes.
     2.    Fotocopia de antecedentes de la donación.
     3.    Fotocopia de DUI.
     4.    Fotocopia de NIT.

DONACIONES POR ALCALDÍAS MUNICIPALES:

     1.    Certificación del Acuerdo del Concejo Municipal en el que acuerdan
           hacer la donación, dicho documento debe contener lo siguiente: medidas
           y colindancias de sus cuatro rumbos, ubicación, área, extensión, valúo y
           designar al señor Alcalde para que firme la escritura de donación a favor
           del Ministerio de Educación.
     2.    Fotocopia de antecedente de donación.
     3.    Fotocopia de la credencial del Alcalde.
     4.    Fotocopia de DUI.
     5.    Fotocopia de NIT de la Alcaldía.

DONACIONES DE LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS DE LA REFORMA
AGRARIA:

     1.    Certificación del Punto de Acta en donde la Asociación acuerda hacer la
           donación.
     2.    Dicho documento debe contener lo siguiente: ubicación, área de
           extensión y designar al Presidente de la Cooperativa para firmar la
           escritura de donación a favor del Ministerio de Educación.
     3.    Fotocopia del antecedente de donde se hará la desmembración.
     4.    Fotocopia de la DUI del Presidente de la Cooperativa.
     5.    Fotocopia de credencial extendida por el jefe del Departamento de
           Asociaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
     6.    Fotocopia de Estatutos de la Asociación Cooperativa.
     7.    Fotocopia del NIT de la Cooperativa.
     8.    Fotocopia de la personería jurídica de la Cooperativa, extendida por el
           Ministerio de Agricultura y Ganadería.
     9.    Fotocopia del Acuerdo del Acta del ISTA, en donde el ISTA autoriza a la
           Asociación Cooperativa la donación del inmueble al Ministerio de
           Educación, manifestando su ubicación, área, además el ISTA se
           compromete a desgravar la porción a donar y autorizar al Presidente
           para firme la escritura la Escritura de Desgravación.
     10.   Fotocopia de la escritura de desgravación de la porción a desgravar
           otorgada por el ISTA a favor de la Cooperativa donante.
DONACIONES DE PERSONAS JURÍDICAS O ASOCIACIONES:

      1.     Certificación del punto de acta donde la Sociedad donante acuerda la
             donación. Dicho punto de acta debe contener lo siguiente: medidas y
             colindancias de sus cuatro rumbos, ubicación, área de extensión y valuó
             del inmueble, designar al representante legal de la Sociedad para que
             firme la respectiva escritura pública de donación a favor del Ministerio de
             Educación.
      2.     Fotocopia de la escritura de constitución de la Sociedad.
      3.     Fotocopia de la credencial del Representante Legal de la Sociedad.
      4.     Fotocopia de DUI del Representante Legal.
      5.     Fotocopia del NIT de la Sociedad.
      6.     Fotocopia del antecedente de donde se desmembrará la porción a donar.

DONACIONES ESPECIALES: (No hay antecedente escrito)

1.    El donante debe comprobar que la posesión, uso y dominio del inmueble a donar
      la ha ejercido por más de diez años consecutivos de manera quieta.
B.   LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DEL COMODATO DE UN INMUEBLE A FAVOR
DEL RAMO DE EDUCACIÓN

Se entenderá por comodato, al préstamo gratuito de un inmueble que una Persona
Jurídica (Alcaldías Asociaciones o Sociedades) hace al Ramo de Educación, para que
ahí funcione un centro educativo, por un período no menor de treinta y cinco años.


PASO         RESPONSABLE                                ACTIVIDAD
                                   Gestiona con el propietario del inmueble el
                                   préstamo o comodato para que ahí funcione el
        Modalidad de               centro educativo.
  1.    Administración             Cuando ya existe acuerdo presentan la
        Escolar Local              documentación (que se cita en el anexo 2) al
                                   Departamento de Asesoría Jurídica para el trámite
                                   correspondiente.
                                   Revisa documentación y si todo esta correcto la
                                   recibe.
                                   Elabora Acuerdo Ejecutivo en donde se recibe en
                                   calidad de comodato el inmueble, del Titular del
        Departamento de
  2.                               Ministerio de Educación.
        Asesoría Jurídica
                                   Una vez firmado el Acuerdo, procede a elaborar
                                   Escritura Pública.
                                   Solicita firma de la Fiscalía General de la
                                   República.
                                   Presenta para archivo y control un Testimonio a:
                                           La Fiscalía General de la República
                                           Al propietario del inmueble
        Departamento de                    A la Oficina de Activo Fijo
  3.
        Asesoría Jurídica                  Al Departamento de Asesoría Jurídica
                                           Presenta también un Testimonio al
                                           Registro de la Propiedad Raíz, para su
                                           marginación.
                                           Registra en el sistema el testimonio y
  4.    Oficina de Activo Fijo
                                           archiva el documento para su control.
C.   LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DE LA COMPRAVENTA DE UN INMUEBLE A
FAVOR DEL RAMO DE EDUCACIÓN

Se entenderá por compra venta, a la adquisición de un inmueble mediante pago que
hace el Ramo de Educación, a una Persona Natural o Jurídica, para que ahí funcione
un centro educativo.

PASO         RESPONSABLE                                ACTIVIDAD
                                   Gestiona con el propietario del inmueble la compra
        Modalidad               de venta, para que ahí funcione el centro educativo.
  1.    Administración             Cuando ya existe acuerdo, y el propietario ha
        Escolar Local              fijado el precio de venta, presentan la oferta a los
                                   Titulares del Ramo de Educación.
        Titulares del Ramo de      Recibe oferta y margina a la Gerencia
  2.
        Educación de Educación     Administrativa para gestionar financiamiento.
                                   Verifica si hay posibilidad de financiamiento,
  3.    Gerencia Administrativa    Si hay, envía solicitud de valuó del inmueble a la
                                   Dirección de Infraestructura.
                                   Verifica si el inmueble reúne las condiciones
                                   necesarias para que funcione ahí un centro
        Dirección Nacional de educativo.
  4.
        Diseño e Infraestructura   Investiga precios de propiedades de zonas
                                   aledañas y en la Alcaldía de la jurisdicción del
                                   inmueble para determinar si el precio es justo.
                                   Si el inmueble reúne las condiciones y el precio es
                                   justo, pasa a la Gerencia Administrativa para el
                                   trámite correspondiente de gestión de fondos para
        Dirección Nacional de el pago.
  5.
        Diseño e Infraestructura   Si determina que el precio del inmueble no es
                                   justo, recomienda a la Gerencia Administrativa,
                                   para que solicite valuó a la Dirección General del
                                   Presupuesto.
                                   Si la modalidad de administración escolar local
                                   cuenta con fondos para el pago, emite Resolución
                                   autorizando la compra venta del inmueble.
                                   Si no se cuenta con fondos, elabora solicitud ante
                                   el Ministerio de Hacienda.
  6.    Gerencia Administrativa
                                   Una vez se cuenta con el financiamiento, pasa el
                                   caso al Departamento de Asesoría Jurídica para el
                                   correspondiente trámite de legalización y registro
                                   de la Escritura Pública. (Ver procedimiento de
                                   donación).
Normas Cde
DOCUMENTO 6

   VI.     PASO A PASO PARA EL MANTENIMIENTO Y/O
           CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA
           EDUCATIVA, MOBILIAARIO Y EQUIPO


INTRODUCCIÓN

El Centro Educativo es un lugar muy importante en la comunidad, en sus aulas se
aprende a leer y escribir, a conocer la historia y a encontrar explicaciones sobre los
fenómenos externos; en sus Instalaciones, también se socializa y se comparte con otros
seres humanos.

Pero con el correr de los años, esas instalaciones sufren desgaste y hasta deterioro si
no se les brinda el mantenimiento debido, lo cual impediría que otras generaciones
puedan beneficiarse de ellas.

Por lo que es necesario promover en los usuarios una cultura de conservación de los
Centros Educativos, fundamentada en un marco de valores orientados a desarrollar y
fortalecer el sentido de pertenencia mediante la participación creativa, responsable y
comprometida de la comunidad, para que a través del trabajo cooperativo se desarrollen
actividades innovadoras y permanentes de mantenimiento de la infraestructura.

En el presente documento se presentan las normas básicas y procedimientos que
deben considerar la comunidad educativa, en la ejecución de obras de mantenimiento
(preventivo y correctivo), rehabilitación y/o construcción de la infraestructura escolar.
I. MARCO CONCEPTUAL

Para poder referirnos al mantenimiento de la infraestructura, mobiliario y/o equipo
escolar, primero debemos precisar que se entiende por mantenimiento, su propósito y la
importancia de la participación de los actores principales desde el planeamiento hasta la
ejecución del mismo.

¿En qué consiste el mantenimiento de la infraestructura, mobiliario y equipo del centro
educativo?

Es el proceso que permite conservar el estado físico original de operación o
funcionamiento y del diseño del inmueble, instalaciones, equipo y mobiliario del centro
educativo.

¿En que consiste el mantenimiento preventivo?

Es un proceso continuo de tareas o acciones planificadas para mantener la
infraestructura escolar, mobiliario y equipo en buen estado de funcionamiento, en su
condición y apariencia original; así como prevenir las necesidades de reparación y
prevenir mayores daños en caso de desastres naturales, por ejemplo:

Tareas diarias: 1. Barrer y trapear; 2. Limpiar y lavar servicios sanitarios, urinarios,
bebederos; 3. Limpiar el terreno para evitar acumulación de basura; 4. Vaciar
recipientes de basura, hacer uso de composteras, prácticas de reciclaje de basura y el
resto enterrarla; 5. Limpiar ventanas; 6. Sacudir mobiliario y equipo, etc.

Tareas semanales: 1. Revisar pisos, paredes, techos; 2. Revisar cerraduras y bisagras;
3. Revisar el mobiliario: sillas desajustadas, clavos o tornillos en pizarras, pupitres,
estantes, mesas, etc.; 4. Revisar equipo: cables, focos, etc.; 5. Revisar tanque de agua,
cañerías, grifos; 6. Revisar tomas eléctricos, lámparas, focos, cajas oxidadas, falta de
tornillos, placas quebradas; 7. Revisar puertas, ventanas, etc. Para determinar
necesidades de mantenimiento.

Tarea quincenal: Mantenimiento a reservorios.

Tareas mensuales: 1. Revisar muros y canales de desagüe; 2. Revisar cercas
perimetrales; 3. Revisar cubiertas de techo; 4. Revisar cimentaciones y drenajes de
aguas lluvias; 5. Limpieza del equipo, etc., para determinar necesidades de
mantenimiento.

Tareas anuales: 1. Pintar el centro educativo; 2. Reparar y pintar mobiliario con barniz;
3. Fumigar paredes, pisos y techos; 4. Revisión de fosa séptica, pozo de absorción o
campo de riego.
¿En qué consiste el mantenimiento correctivo?

Son los trabajos de reparaciones mayores de la infraestructura, mobiliario y equipo, las
cuales requieren mayor tratamiento y especialización, trabajos orientados a la
corrección de fallas de los elementos constructivos para restablecerlos a sus
condiciones normales de funcionamiento.

¿Qué debe entenderse por construcción de infraestructura?

Construcción de las instalaciones educativas por reemplazo o ampliación de áreas de
una infraestructura educativa:

REEMPLAZO

Centros Educativos acreditados que carecen de infraestructura adecuada y necesitan la
construcción completa de las instalaciones físicas.

AMPLIACIÓN

Ampliar o extender las instalaciones físicas de un centro educativo acreditado.


II. NORMATIVA  GENERAL     PARA   EL  MANTENIMIENTO                                   Y
    CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA

El MINED velará por que las instituciones oficiales posean la infraestructura y el
mobiliario indispensable para desarrollar el proceso educativo.

Para la Construcción o Ampliación de la Infraestructura Educativa corresponde al
MINED, por medio de la Dirección de Diseño y Supervisión de Infraestructura, normar,
controlar, autorizar, evaluar, coordinar, ejecutar, monitorear, supervisar, brindar
asistencia técnica, todo lo relacionado con la infraestructura educativa (espacios
arquitectónicos de los centros educativos).

Los Consejos Directivos Escolares, las Asociaciones Comunales para la Educación y
los Consejos Educativos Católicos Escolares, son responsables de planificar,
presupuestar y administrar los recursos destinados al mantenimiento preventivo del
edificio escolar, los padres y madres de familia, alumnos, docentes deberán organizarse
en comités de mantenimiento preventivo escolar.
Las inversiones en obras de infraestructura física ejecutadas en los edificios escolares
públicos, constituyen “inversiones públicas” y se regirán por las normas técnicas de
control interno de la Corte de Cuentas de la República.
Las Modalidades de Administración Escolar Local (CDE, ACE y CECE) podrán invertir
en mantenimiento preventivo o correctivo de la infraestructura del edificio escolar previa
aprobación por el MINED y cuando el inmueble sea propiedad del Estado en el Ramo
de Educación, comodatos por 35 años o más a favor de éste o cuenten con ofertas de
donación o de comodatos y estén en trámite en el Departamento Jurídico del MINED.

Para la construcción de la infraestructura del edificio escolar deberá considerarse la
normativa del diseño del MINED, la legalidad del terreno, las condiciones físico-
ambientales, la orientación Norte-Sur de las edificaciones; así como también, deberá
respetarse los diseños tipos vigentes del MINED en los diferentes niveles educativos
(Parvularia, Básica, Media y Especial).

El color oficial de los edificios escolares públicos será azul bandera, a una altura de
repisa de ventana (1.40 mts.) y blanco la parte superior, en el caso del interior de las
aulas estas serán pintadas de color blanco totalmente, a la altura de repisa de ventanas
será de aceite y el resto de agua, salvo consideraciones especiales (patrimonio cultural,
inmuebles privados, etc.).

En el caso de la Educación Especial, los espacios siguen las normas generales
aplicables a los espacios de Educación Parvularia y Básica en cuanto a la forma,
dimensiones, iluminación, ventilación, etc., especificándose cambios en aspectos de
seguridad para el desplazamiento de los alumnos en aulas y zonas de circulación, así
como en el área de servicios sanitarios. También deben considerarse rampas en todas
las áreas de la escuela, deben evitarse las excesivas diferencias del nivel con los
demás espacios del centro educativo y con terrenos colindantes.

Ninguna de las Modalidades de Administración Escolar Local (CDE ACE y CECE)
pueden autorizar el uso de terrenos educativos para que instituciones públicas, privadas
u ONG´S instalen tuberías, drenajes tendidos eléctricos o de telefonía en general o
rótulos de publicidad, afectando la seguridad de la comunidad educativa y las
instalaciones del edificio escolar.

Para la construcción de espacios físicos recreativos, jardines, etc., deben considerarse
los porcentajes normados por el MINED para cada nivel educativo.

Los terrenos ofrecidos en donación o comodato deberán cumplir condiciones y áreas
mínimas y esto dependerá de la población escolar y el nivel educativo que se pretende
atender:

               90 alumnos    =      1,260 M2
               180 alumnos   =      2,520 M2
               360 alumnos   =      5,040 M2
               Otros =       consultar al MINED

Las modalidades de administración escolar local, deben destinar en su presupuesto
quinquenal y anual, fondos para el mantenimiento preventivo escolar, los cuales deben
ser invertidos exclusivamente en ello.
III.  PROCEDIMIENTOS     PARA   EL   MANTENIMIENTO                                      Y
    CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA   EDUCATIVA

A.        MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE INFRAESTRUCTURA Y MOBILIARIO

El mantenimiento preventivo escolar, tiene como objetivos prevenir el deterioro de la
infraestructura, mobiliario y/o equipo, a fin de conservarlo en óptimas condiciones de
funcionamiento, distribución adecuada de la infraestructura, higiene y ornato para
contribuir con la calidad de la educación; así como promover la participación
permanente y organizada de la comunidad educativa.

A continuación se presenta paso a paso el procedimiento a seguir:

PASO           RESPONSABLE                                  ACTIVIDAD
           Modalidad de                 Levanta un inventario de desperfectos o daños de
           Administración Escolar       las instalaciones, mobiliario y equipo del Centro
     1.
           Local                        Educativo elaborando ficha de inventario de daños
                                        (Anexo 1) apoyándose del mapa escolar.
           Modalidad de                 Organiza a la comunidad educativa en comité de
     2.    Administración Escolar       mantenimiento los cuales rotarán en el año escolar
           Local                        (Anexo 2).
                                        Priorizan y cuantifican de acuerdo a recursos
           Modalidad de
                                        disponibles las obras a realizar.
           Administración Escolar
                                        Elaboran el Plan Anual de Trabajo de
     3.    Local y Comité de
                                        Mantenimiento Preventivo del centro educativo
           Mantenimiento Preventivo
                                        (Anexo 3), el cual es incluido en el PEI y Plan
           Escolar
                                        Escolar Anual.
           Modalidad de
           Administración Escolar       Ejecuta actividades contempladas en el Plan
     4.    Local y Comité de            Anual de Trabajo de Mantenimiento Preventivo,
           Mantenimiento Preventivo     con calidad.
           Escolar
           Modalidad de                 Informa a la comunidad educativa de los avances
     5.    Administración Escolar       del Plan Anual de Trabajo de Mantenimiento
           Local                        Preventivo.
                                        Da seguimiento a las actividades establecidas en
           Dirección Departamental
                                        el Plan.
           de Educación, por medio
     6.                                 Informa de cualquier irregularidad a la Dirección
           de sus Técnicos de
                                        de Diseño y Supervisión de Infraestructura
           Enlace.
                                        Educativa.
                                        Da seguimiento y monitoreo a la ejecución de las
           Dirección de Diseño y
                                        actividades de mantenimiento establecidas en el
     7.    Supervisión de
                                        Plan Anual de Trabajo de Mantenimiento
           Infraestructura Educativa.
                                        Preventivo.
ANEXO 1

MODELO DE INVENTARIO DE DAÑOS
ANEXO 2

EQUIPOS DE TRABAJO
ANEXO 3

PLAN ANUAL DE TRABAJO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
B.        MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE INFRAESTRUCTURA Y MOBILIARIO.

El mantenimiento correctivo, tiene como objetivo corregir el deterioro ocasionado por el
uso y el paso del tiempo de la infraestructura, mobiliario y equipo; para prolongar su
vida útil.

A continuación se presenta paso a paso el procedimiento a seguir:



PASO             RESPONSABLE                                ACTIVIDAD
 1.        Modalidad de Administración   Identifican necesidades de mantenimiento
           Escolar Local y Comité de     correctivo de la infraestructura, mobiliario y/o
           Mantenimiento Escolar         equipo.
     2.                                  Priorizan y cuantifican de acuerdo a
           Modalidad de Administración   disponibilidad financiera y autogestión.
           Escolar Local y Comité de     Elaboran su Plan Anual de Trabajo de
           Mantenimiento Escolar         Mantenimiento Correctivo, y lo incorporan en
                                         el Plan Escolar Anual del Centro Educativo.
     3.                                  Solicita a la Dirección Departamental el trámite
           Modalidad de Administración   de autorización del Plan de mantenimiento
           Escolar Local                 correctivo a la Dirección de Diseño y
                                         Supervisión de Infraestructura Educativa.
     4.                                  Una vez autorizado el Plan, contrata los
                                         servicios de empresa, persona natural o
           Modalidad de Administración
                                         persona calificada y/o compra los materiales
           Escolar Local
                                         en base a lo estipulado en el procedimiento
                                         para la adquisición de bienes y servicios.
     5.                                  Ejecuta el plan informando semanalmente de
           Proveedor del servicio y
                                         avances y finalización (Anexo 4) de las obras o
           Modalidad de Administración
                                         reparaciones a la Modalidad de Administración
           Escolar Local
                                         Escolar Local.
     6.                                  Da seguimiento a la ejecución de las obras,
                                         informando a la modalidad de cualquier
           Comité de Mantenimiento
                                         irregularidad, para que tomen las medidas
                                         pertinentes.
     7.                                  Da seguimiento a la Administración del
                                         financiamiento del proyecto.
           Modalidad de Administración
                                         Informa de cualquier irregularidad a la
           Escolar Local
                                         Dirección de Diseño y Supervisión de la
                                         Infraestructura Educativa.
     8.    Dirección de Diseño y         Monitorea, da seguimiento y recepciona las
           Supervisión de la             obras ejecutadas del proyecto a fin de que sea
           Infraestructura Educativa     recibido a satisfacción.
ANEXO 4

PLAN ANUAL DE TRABAJO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO
C.        CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA (reemplazo o ampliación).



PASO              RESPONSABLE                                  ACTIVIDAD
                                            Identifica la necesidad de ampliar o construir
                                            la infraestructura educativa, considerando
                                            los siguientes criterios:
           Modalidad de Administración               Matrícula total
     1.    Escolar Local y Comité de                 Matrícula turno máximo
           Mantenimiento Escolar                     Espacios físicos con los que cuentan
                                                     Situación legal del terreno
                                                     Número de secciones
                                                     Número de docentes
                                            Presentan sus necesidades a la Unidad de
           Modalidad de Administración      Gestión      Educativa     de     la  Dirección
     2.
           Escolar Local                    Departamental             de         Educación
                                            correspondiente.
                                            Analiza las necesidades identificadas a nivel
           Gestión Educativa                departamental de los centros educativos a
     3.
           Departamental                    construir y prepara consolidado a la
                                            Dirección Departamental de Educación.
                                            Presenta       solicitud   acompañada       del
                                            consolidado de Centros Educativos con
           Dirección Departamental de
     4.                                     necesidades de reemplazo o ampliación a la
           Educación
                                            Dirección de Diseño y Supervisión de
                                            Infraestructura.
                                            Recibe solicitud y verifica propuesta para
                                            incorporar a los proyectos de infraestructura,
           Dirección de Diseño y
                                            de acuerdo a la factibilidad financiera
     5.    Supervisión de Infraestructura
                                            disponible.
           Educativa.
                                            Comunica         resolución       al   Director
                                            Departamental de Educación respectivo.
                                            Informa sobre resolución a las modalidades
           Dirección Departamental de
     6.                                     interesadas y a la Unidad de Gestión
           Educación.
                                            Educativa Departamental.

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Normas Cde

  • 1. NORMATIVAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR EDUCACIÓN (CDE).
  • 2. INDICE DOCUMENTO 1 _______________________________________________________3 I. PASO A PASO PARA LA INTEGRACION, LEGALIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR (CDE). __________3 DOCUMENTO 2 ______________________________________________________70 II. PASO A PASO PARA LA PLAINIFICAION ESCOLAR ANUAL POR LA MODADLIDADES DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR ______________________70 DOCUMENTO 3 ______________________________________________________92 III. PASO A PASO PARA LA INTEGRACION, LEGALIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA EDUCACIÓN (ACE). _______________________________________________________________92 DOCUMENTO 4 _____________________________________________________135 IV. PASO A PASO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS ______________________________________________________135 DOCUMENTO 5 _____________________________________________________193 V. PASO A PASO PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE LOS BIENES: LIBROS, MUEBLES E INMUEBLES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS ______193 DOCUMENTO 6 _____________________________________________________216 VI. PASO A PASO PARA EL MANTENIMIENTO Y/O CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, MOBILIAARIO Y EQUIPO ____________216
  • 3. DOCUMENTO 1 I. PASO A PASO PARA LA INTEGRACION, LEGALIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR (CDE). INTRODUCCIÓN El Ministerio de Educación, con el propósito de orientar a la Comunidad Educativa para la integración y legalización del Consejo Directivo Escolar (CDE), presenta las normas y procedimientos derivadas de los principios establecidos en la Ley de la Carrera Docente y su Reglamento y otros procedimientos que tiene su base en instructivos internos del MINED. Se espera que las Modalidades de Administración Escolar Local, realicen su mejor esfuerzo para cumplir con los procedimientos establecidos. En este documento se presentan los aspectos legales de los Consejos Directivos Escolares, en torno a sus funciones, atribuciones, quienes lo integran y los requisitos que deben cumplir sus miembros y las normas a seguir para su integración, legalización y funcionamiento. De ello se derivan los Procedimientos relacionados con: Integración de Nuevo Consejo Directivo Escolar (CDE) Legalización del CDE. Sustitución de Miembros Vencimiento de Miembros Acuerdo Ejecutivo para modificar la Personalidad Jurídica por cambio de nivel educativo. Acuerdo Ejecutivo para dejar sin efecto la Personalidad Jurídica de los CDE. Legalización de Cambio de Modalidad en el Centro Educativo Administrativo por un CDE.
  • 4. I. ¿QUÉ ES UN CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR? Conforme a la Ley de La Carrera Docente y su Reglamento, el Consejo Directivo Escolar es una organización interna de las instituciones educativas oficiales que integra al Director o Directora, a representantes de los educadores, de los padres o madres de familia y los alumnos, para la toma de decisiones en la administración de los servicios educativos./1. El Consejo Directivo Escolar existe como un organismo colegiado, por lo que sus decisiones serán tomadas en conjunto. Ninguno tiene autoridad especial o individual por formar parte de él, salvo en aquellos casos que tenga delegación especial por escrito./2. Cada miembro del Consejo es vital para desarrollar una misión compartida, que conduzca al mejoramiento de la calidad y ampliación de cobertura de los servicios educativos. En cada Centro Educativo oficial deberá existir un solo Consejo Directivo Escolar con su Personalidad Jurídica. II. ¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR? El Consejo Directivo Escolar tendrá como funciones y competencias las siguientes./3. A. Planificar las actividades y recursos del centro educativo Conocer y discutir la problemática del centro educativo y buscar soluciones en conjunto. Conocer, aprobar y divulgar el Plan Escolar Anual. Conocer y aprobar el presupuesto del centro educativo con base en el Programa Escolar Anual. Gestionar y suscribir los proyectos que fueren necesarios para apoyar el desarrollo del centro educativo. Hacer uso óptimo de los recursos. B. Administrar los recursos humanos. Aprobar la cantidad del personal docente y administrativo necesario para el cumplimiento de las metas del centro educativo. 1/ Art. 48 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente 2/ Art. 70 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente 3/ Art. 50 de la Ley de la Carrera Docente
  • 5. Seleccionar o solicitar la selección del personal docente de conformidad a la Ley de la Carrera Docente. Dar seguimiento al desempeño del recurso humano asignado al centro educativo, de acuerdo con las regulaciones que establece la Ley de la Carrera Docente. Solicitar al Tribunal Calificador su intervención en aquellos casos que de acuerdo con la Ley sea necesario. Iniciar ante la Junta de la Carrera Docente correspondiente los procesos necesarios para la aplicación de sanciones y cumplir con los requisitos que aquella le hagan. Ejercer las acciones correspondientes en la jurisdicción contencioso administrativo una vez agotada la vía administrativa prevista en la Ley de la Carrera Docente. Asignar las plazas de acuerdo al fallo del Tribunal Calificador. Promover incentivos al desempeño de los miembros de la Comunidad Educativa en el centro escolar. Facilitar las auditorias de personal. Las otras que determine la Ley. C. Administrar los recursos físicos y materiales. Velar porque los recursos existentes sean los necesarios para el buen funcionamiento del centro educativo. Adquirir bienes y contratar los servicios que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos. Celebrar actos y contratos de conformidad con la Ley. Dar seguimiento a la recepción y distribución de los nuevos recursos (textos, materiales, otros). Garantizar el debido mantenimiento de la infraestructura, así como el cuido y resguardo del mobiliario y equipo del centro educativo. Custodiar los bienes adquiridos antes y durante su gestión, los cuales pasarán a ser patrimonio del Estado. Autorizar el uso de las instalaciones educativas para actividades culturales, recreativas y educativas D. Administrar los recursos financieros. Manejar los fondos en cuenta bancaria mancomunadamente por el Presidente, Tesorero y un Concejal de los educadores en el Consejo. Hacer uso racional de los recursos y cumplir con los compromisos financieros adquiridos. Velar por la efectiva transferencia de los recursos por el nivel departamental y central, para cumplir con la programación anual de trabajo. Autorizar, administrar y decidir sobre la totalidad de los fondos que ingresan o egresan en el centro educativo. Regular las actividades que generen ingresos financieros.
  • 6. Facilitar las auditorias financieras, proporcionando la información necesaria. La administración de todos los recursos financieros será responsabilidad exclusiva del Consejo Directivo Escolar, por intermedio del tesorero; y no deberán abrirse bajo ninguna circunstancia, cuentas personales o individuales o por sectores. III. ¿QUIÉNES FORMAN EL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR? De acuerdo con la Ley de la Carrera Docente, en su artículo 49, establece que cada institución educativa debe constituir un Consejo Directivo Escolar, integrado por los siguientes miembros: El Director del Centro Educativo, quien será el Presidente y representante legal del Consejo Directivo Escolar. En ausencia del Director, Subdirector será el Suplente. Tres representantes de los padres/madres de familia, uno de ellos, será el Tesorero del Consejo Directivo Escolar y los demás, Concejales; cada uno con su respectivo suplente. Dos representantes del Consejo de Maestros, uno de ellos será el Secretario y el otro el Concejal docente con firma autorizada. Cada uno con un suplente. Dos representantes del Sector de alumnos, de 12 años cumplidos o más. Cada uno tendrá su suplente. En las instituciones educativas, donde por necesidad del servicio, haya más de un subdirector, el suplente será electo por el Consejo de Profesores, en votación secreta. En los centros de educación parvularia y especial, el Consejo Directivo Escolar, estará integrado por el Director, sector docente y sector de padres y madres de familia En los Centros Escolares en donde laboran menos de tres profesores, el Consejo Directivo Escolar se integrara proporcionalmente. IV. ¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR? Para los representantes de los educadores, se requiere: Estar nombrado legalmente en el centro educativo. Haber sido electo por mayoría absoluta, en votación secreta y en ningún momento será inferior a las tres cuartas partes de los votos emitidos por los miembros del Consejo de Profesores.
  • 7. Para los miembros representantes de los padres/ madres de familia: Tener hijos estudiando en el centro educativo. Haber sido electo en votación secreta por mayoría simple en Asamblea General de Padres/Madres de Familia, por votación secreta. Para los miembros representantes de los alumnos: Estar matriculado en el centro educativo. Tener doce años cumplidos o más. Haber sido electo por mayoría simple a través de una votación secreta, en Asamblea General de Alumnos. V. ¿CUÁLES SON LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR? Atribuciones del Presidente: Gestionar por medio de la Dirección Departamental de Educación, la personalidad jurídica del Consejo ante el Ministerio. Representar legalmente al Consejo. Preparar una agenda escrita, incluyendo fecha, hora y temas a discutir, siendo distribuida en un periodo no menor de ocho días, salvo en reuniones de carácter urgente. Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias y notificar a los miembros de cualesquiera cambios en las diferentes reuniones programadas regularmente. Presidir las reuniones del Consejo, de acuerdo con los procedimientos establecidos, observando normas de respeto y confraternidad. Dar seguimiento y cumplimiento a los acuerdos tomados y tareas asignadas en el Consejo. Firmar los documentos necesarios después de que hayan sido aprobados. Promover la participación activa de los miembros del Consejo y otros en las reuniones de trabajo. Moderar el desarrollo de las reuniones de tal manera que facilite la discusión y la toma de decisiones. Responder solidariamente del manejo de fondos asignados al centro educativo. Coordinar la utilización eficiente de los recursos financieros, físicos y materiales. Asistir puntualmente a todas las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo. Atribuciones del Secretario: Levantar y registrar las actas de las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo. Asegurarse de que las actas tengan el nombre y la dirección de la escuela, lugar, día y hora cuando se abrió la sesión, los miembros del Consejo presentes o ausentes y los no miembros convocados que asistieron.
  • 8. Preparar con el Presidente, la agenda a desarrollar en las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo. Organizar y mantener al día el archivo del Consejo. Manejar copia del inventario actualizado de los recursos existentes en el centro educativo. Recibir, registrar y archivar la correspondencia del Consejo. Preparar la correspondencia del Consejo y notificar a quienes corresponda los acuerdos tomados. Asistir puntualmente a todas las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo. Son atribuciones del Tesorero: Ser depositario de los fondos que administra el Consejo en forma mancomunada con el Presidente y un Concejal representante de los educadores. Llevar los registros de ingreso y gastos de las operaciones financieras efectuadas por el Consejo en libros contables debidamente autorizados por el Ministerio, por intermedio de la Dirección Departamental de Educación. Efectuar los pagos aprobados por el Consejo y autorizados por el Presidente del mismo. Asistir puntualmente a todas las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo. Atribuciones de todos los miembros del Consejo: Presentar necesidades y problemas del sector que representa, para su estudio y solución. Apoyar el cumplimiento de los acuerdos tomados en Consejo. Participar de manera responsable en el análisis y toma de decisiones. Asistir puntualmente a todas las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo. Establecer y mantener un sistema de comunicación eficiente, con el sector que representa. Coordinar el desarrollo de las actividades con el sector que representa. VI. ¿QUÉ NORMAS DEBE TENER EN CUENTA EL CONSEJO DIRECTIVO PARA SU INTEGRACIÓN, LEGALIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO? Normas de Integración. El Director del Centro Educativo velara por la integración y funcionamiento del Consejo Directivo Escolar. Cada sector de la comunidad educativa, en asamblea general elige a sus representantes propietarios y suplentes, por mayoría simple y por votación secreta.
  • 9. En las instituciones educativas donde se labore más de una jornada con diferentes alumnos y educadores se considerará esta circunstancia para la integración del Consejo. Normas de Legalización. La personalidad jurídica será otorgada por una sola vez y posteriormente cuando ocurran cambios entre los integrantes del Consejo, bastará que se emita una Resolución por el Director Departamental de Educación, para su reconocimiento legal. Normas de funcionamiento. El Consejo deberá integrarse normalmente en los primeros treinta días del año lectivo. Pero si el vencimiento de los miembros se produjera en otra fecha, deberán realizarse las asambleas por sector para su estructuración por lo menos un mes antes de la fecha que finalice. Todas las discusiones, votaciones y acuerdos deben registrarse en un acta, que debe ser aprobada y firmada por miembros del consejo presentes, para que tenga efecto legal. Las resoluciones dentro del Consejo se tomaran por mayoría simple, y en caso de empate el Presidente tendrá doble voto. Cada Consejo dispondrá de un sello para autorizar toda clase de documento en el ejercicio de sus atribuciones. Cuando cambie uno o más miembros, el nuevo solamente completara el tiempo que falte para que el Consejo finalice su período. Los miembros del Consejo Directivo Escolar no devengarán salario, viáticos, dietas, ni emolumento por cumplir sus funciones cuando asistan a reuniones o por realizar actividades propias del Consejo. Los miembros del Consejo no podrán ser parientes entre sí hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. En cada centro educativo, los padres/madres de familia deberán organizarse en Comités de Desarrollo Educativo. Cada Comité determinará sus funciones y formulará su Plan de Trabajo, bajo la coordinación del Consejo Directivo Escolar. Dicho Comité, se organizará en una Directiva integrada por un Presidente, Secretario, Síndico y los vocales que estimen necesarios. Los Consejos Directivos Escolares promoverán en Asambleas Generales la organización de estos Comités. El Consejo sesionará una vez al mes en forma ordinaria y extraordinariamente las veces que sean necesarias Las reuniones serán convocadas por el Presidente o por dos miembros a través del Presidente. Por cualquier motivo cuando el Presidente del Consejo no convoque a reunión podrán hacerlo dos miembros representantes de diferente sector. Una reunión del Consejo es válida cuando asistan la mitad más uno de sus miembros y las resoluciones se tomaran por mayoría simple.
  • 10. VII. ¿CUÁLES SON LOS PASOS A SEGUIR PARA INTEGRAR UN CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR? A continuación encontrará los pasos a seguir para integrar por primera vez el Consejo Directivo Escolar con los representantes de cada sector de la comunidad educativa: PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Director(a) del Centro Escolar Promueve la integración y funcionamiento del Consejo Directivo Escolar, invitando a la 1. comunidad educativa, considerando el Art. 48 Ley de la Carrera Docente y 48 del Reglamento. (Anexo 1). Director(a) del Centro Escolar Invita en forma separada a Consejo de Profesores, a los Padres de Familia y de los Alumnos de cada una de las diferentes jornadas o turnos, si los hubiere, a 2. Asambleas Generales, para informarles sobre la necesidad de integrar el Consejo Directivo Escolar. Art. 48 y 49, inciso final Ley de la Carrera Docente y Reglamento. (Anexo 2). Director(a) del Centro Escolar Elabora Acta que contiene los resultados de la Asamblea informativa y la asienta en el Libro de Actas del Centro Educativo. (Anexo 3). 3. NOTA: En caso de decidirlo, tanto los padres de familia, los alumnos y los profesores, pueden realizar la elección el mismo día. Art. 50 Reglamento. Director(a) del Centro Escolar En caso de no realizarse la elección el día de la Asamblea informativa, se convocará a Asambleas Generales a realizarse dentro de los primeros cinco días hábiles siguientes de la reunión informativa a los padres de 4. familia, alumnos y Consejo de Profesores para elegir representantes, propietarios y suplentes y sus respectivos cargos, utilizando hojas de votación. Art. 48 y 50 Reglamento. (Anexos 4 y 5). Director(a) del Centro Escolar Organiza con el Consejo de Maestros el proceso de elección de los miembros del 5. CDE, prepara Agenda, verifica quórum y estimula la participación de los sectores de la comunidad educativa. Director(a) del Centro Escolar Elabora Acta en la que se registra la elección 6. de los representantes de cada Sector al
  • 11. Consejo Directivo Escolar y la asienta en el Libro de Actas del Centro Educativo. Art. 52, Inciso 2, Reglamento. (Anexo 6A y 6B). Elabora Acta de Integración del Consejo Directivo Escolar y la asienta en el Libro de Actas del Centro Educativo. Art. 52, Inciso 2, Presidente(a) y Secretario(a) 7. Reglamento. (Anexo 7). del Consejo Directivo Escolar. Certifica el Acta de Integración (Anexo 8). Transcribe Acta en el Cuadro del Anexo 9). Convoca a Asamblea General para realizar Presidente(a) del Consejo 8. la toma de protesta de los miembros electos. Directivo Escolar. Art. 53 Reglamento. (Anexo 10). Elabora Acta de Toma de Protesta y la registra en el Libro de Actas del Presidente(a) del Consejo Centro Educativo. Art. 53 9. Directivo Escolar. Reglamento. (Anexo 11). Certifica dicha Acta, adaptándola según Anexo 8. Elabora el Reglamento de Funcionamiento de dicho Consejo, el cual deberá ser firmado 10. Consejo Directivo Escolar. por los miembros del Consejo Directivo Escolar. Art. 58 Reglamento. (Anexo 12).
  • 12. ANEXO 1 MODELO DE CIRCULAR Nº_________ __________________________________ Lugar y Fecha A la Comunidad Educativa: Atentamente se les hace de su conocimiento que en nuestro Centro Educativo: ______________________________________________________________________ deberá conformarse el Consejo Directivo Escolar, organismo que de acuerdo a la Ley de la Carrera Docente debe estar integrado por representantes de los maestros, padres de familia y alumnos. Ha llegado el momento de que te integres con tu comunidad en el desarrollo del proceso educativo, y es por esa razón, que se te hace una cordial invitación para que participes en una Asamblea General que próximamente se llevará a cabo con cada uno de los sectores representantes de la comunidad educativa en la que se informará más ampliamente sobre la misión que le corresponderá realizar al Consejo Directivo Escolar; al mismo tiempo, se dará a conocer el proceso de integración del mismo. F: ____________________________ SELLO Director(a)
  • 13. ANEXO 2 MODELO DE INVITACIÓN A ASAMBLEA INFORMATIVA SOBRE LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DIRECTIVOS ESCOLARES ___________________________ Lugar y Fecha Estimado_______________________________________________________ (Padre de Familia, Alumno(a) o Profesor(a) Presente. En base a los Artículos 48 y 49 de la Ley de la Carrera Docente y 48 del Reglamento de la misma, me permito invitarlo a una Asamblea de ______________________________________________________________________ (Padres de Familia, Alumnos(as) o Profesores(as) En la cual se informará sobre la conformación del Consejo Directivo Escolar. Lugar: ___________________________________________________________________ Hora: ___________________________________________________________________ Fecha: __________________________________________________________________ F: _____________________ SELLO Director(a) AGENDA PARA REUNIÓN INFORMATIVA 1. Verificación del quórum. 2. Lectura del Acta anterior (sólo para Consejo de Profesores (as)). 3. Aprobación de Agenda. 4. Explicación sobre el Consejo Directivo Escolar y su marco legal. 5. Perfil de los representantes (según el Sector convocado). 6. Entrega de material por escrito referente al Consejo Directivo Escolar (Si lo tuvieren). 7. Funciones del Padre de Familia, Alumnos y Maestros del Consejo Directivo Escolar. 8. Presentación del cronograma de actividades para constituir el Consejo Directivo Escolar. 9. Convocatoria para próxima reunión. 10. Varios.
  • 14. ANEXO 3 MODELO DE ACTA(S) DE RESULTADOS DE REUNIÓN INFORMATIVA ACTA No._____________ En el Centro Escolar _____________________________________________________ de la localidad de ____________________________________________ del Municipio de _______________________ Departamento de _____________________________ a las________________ horas, del día _________________ del mes____________________ del año ________. Siendo este el lugar, día y hora señalados para realizar la reunión informativa a los _______________________________________ (Padres de Familia, Alumnos(as) o Profesores(as) sobre la integración y funcionamiento de los Consejos Directivos Escolares se procedió por parte del suscrito Director(a)___________________________________________a explicar el proceso de integración del Consejo, seguidamente se formuló una invitación a cada uno de los miembros presentes a elegir sus representantes propietarios y suplentes y sus respectivos cargos finalmente se acordó llevar a cabo la Asamblea General para realizar la elección el día__________________ del mes________________ del año ________ (5 días hábiles siguientes) en las instalaciones de____________________________________________________ (Centro Educativo o el local que reúne las condiciones necesarias) Y no habiendo más que hacer constar, doy por terminada la presente Acta a las __________ horas, del día ________ del año ________ y para constancia, firmo. ______________________________ SELLO Director (a)
  • 15. ANEXO 4 MODELO DE CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ____________________ Lugar y Fecha Estimado _____________________________________________________ (Padre de Familia, Alumno(a) o Profesor(a) Presente. En base a los Artículos 48, 49 y 50 de la Ley de la Carrera Docente y 50 del Reglamento de la Ley, me permito convocar a: _________________________ (Asamblea General de Padres de Familia, Asamblea General de Alumnos, Consejo de Profesores) para elegir a los representantes propietarios y suplentes y sus respectivos cargos de los (padres de familia, alumnos, profesores) que integrarán el Consejo Directivo Escolar. Lugar: ________________________________________________________ Hora: _________________________________________________________ Fecha: ________________________________________________________ F: _____________________ SELLO Director(a) AGENDA DE ASAMBLEA DE ELECCIÓN DE REPRESENTANTES 1. Verificación del quórum 2. Saludo 3. Objetivo de la reunión 4. Lectura de Acta anterior (Reunión de Asamblea Informativa) 5. Elección de Candidatos a. Propuesta de Candidatos. b. Presentación de Candidatos c. Votación d. Conteo de votos e. Resultados 6. Convocatoria a reunión de integración y juramentación del Consejo Directivo Escolar. 7. Cierre.
  • 16. ANEXO 5 MODELO DE HOJA DE VOTACIÓN ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE _______________________________ EN EL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR. CENTRO ESCOLAR: _______________________________________________ ________________________________________________________________ VOTO POR: ______________________________________________________ LUGAR Y FECHA: _________________________________________________ SELLO DEL CENTRO EDUCATIVO
  • 17. ANEXO 6-A MODELO DE ACTA DE REGISTRO DE LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR (Para cada sector: Padres de Familia, Profesores(as) y Alumnos(as) ) ACTA No. __________ En el __________________________________________________________________ (Centro Escolar, Instituto Nacional, Escuela de Educación Parvularia, Complejo Educativo) del Caserío _______________, Cantón ______________ Municipio de______________, Departamento de________________a las ____ horas del día _______del mes de __________ del año ____________. Habiendo sido convocados por el Director(a) señor(a) _____________________________ a la Asamblea General de _____________________________________________ para efecto de proceder a la (Padres de familia, Profesores/as y Alumnos/as) elección de sus representantes ante el Consejo Directivo Escolar de este centro educativo, se procedió a ello de la manera que indica la Ley y el Reglamento de la Carrera Docente; habiéndose dado los resultados siguientes: En calidad de Propietarios: ________________________________, _________________________________, y _______________________________ _______________________________ (Nombres del padre de familia, profesor/a y alumno/a) resultando electo como______________________, el __________________________ (Secretario/a o Tesorero/a, Consejal) (Nombre del padre de familia, profesor/a, alumno(a). _________________________________________________ y en calidad de Suplentes: ______________________________, __________________________________ (Nombre del padre de familia, profesor/a y alumno/a) y _____________________________________________________________________ como_________________________________el _______________________________ (Secretario/a Suplente o Tesorero/a Suplente, Consejal) (Nombre del padre de familia o Profesor/a, alumno(a)) En fe de lo cual y para constancia firmamos la presente Acta. NOTA: Este modelo se utilizará para elegir a los representantes de los tres sectores: padres, profesores/as y alumnos/as. En elección de padres indicar quién resultó electo Tesorero/a y en la de profesores, quién será el Secretario/a.
  • 18. ANEXO 6-B MODELO DE ACTA DE ELECCIÓN DEL SUBDIRECTOR COMO SUPLENTE DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR EN EL CASO DE HABER DOS O MÁS SUBDIRECTORES ACTA No. _____________ En el_____________________________________________________________________ (Centro Escolar, Instituto Nacional, Escuela de Educación Parvularia, Complejo Educativo) del Caserío ____________________, Cantón ______________, Municipio de________ Departamento de_____________, a las ________ horas del día _________ del mes de __________ del año _______________________. Los infrascritos Presidente/a y Secretario/a del Consejo de Profesores de este centro educativo, HACEMOS CONSTAR: Que en Consejo de Profesores efectuado el día _________ del mes ___________ del presente año, y dado que en este centro educativo hay más de un Subdirector, con base a lo dispuesto en el Art. 51 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, se procedió a elegir mediante votación secreta al Suplente de Presidente(a) del Consejo Directivo Escolar, habiendo resultado electo el(la) Profesor(a) o Licenciado(a) __________________________________________________ _____________________________. En fe de lo cual extendemos y firmamos la presente Acta en el lugar, día y hora de su fecha. ________________________________ ________________________________ Presidente(a) del Consejo de Profesores Secretario(a) del Consejo de Profesores SELLO DEL CDE
  • 19. ANEXO 7 MODELO DE ACTA DE INTEGRACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR ACTA No._______________ Reunidos en el__________________________________________________________ (Centro Escolar, Instituto Nacional, Escuela de Educación Parvularia, Complejo Educativo) del Caserío_______________, Cantón______________, Municipio de____________Departamento ___________________ a las _______________horas del día_____________ del mes de ____________año ______; en sesión__________________ contando con la asistencia (Ordinaria o Extraordinaria) de los señores: _________________________________________________________ ______________________________________________________________________ elegidos en Asambleas Generales de nuestros respectivos sectores, todas del presente año; como representantes propietarios y suplentes ante el Consejo Directivo Escolar; del Consejo de Profesores efectuada el día __________ del mes de __________; del Sector de Padres de Familia, efectuada el día ________ del mes _________; y del Sector de Alumnos, efectuada el día ________ de __________, en base a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley de la Carrera Docente, y al inciso segundo del artículo 52, y artículo 142 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente; con el propósito de Integrar el CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR que fungirá durante de dos años contados a partir de la fecha en que se emita el Acuerdo Ejecutivo que otorga Personalidad Jurídica, al Consejo Directivo Escolar; el cual queda integrado por las siguientes personas: (NOTA: A continuación los miembros deberán colocar; a renglón seguido: cargo, nombre, documento de identidad excepto los menores de 18 años, lugar y fecha de expedición, ocupación y domicilio) Y no habiendo más que hacer constar, se cierra la presente Acta a las ________ horas de la fecha arriba relacionada; en fe de lo cual y para constancia firmamos la presente Acta, en el orden del cargo respectivo.
  • 20. ANEXO 8 MODELO DE CERTIFICACIÓN DEL ACTA El (la) Infrascrito(a) Secretario(a) del Consejo Directivo Escolar, CERTIFICA: Que la copia fotostática del ACTA DE INTEGRACIÓN número ______ , de los miembros del Consejo Directivo Escolar ________________________________________________ (Nombre del Centro Educativo) con código _______, ubicado en el Caserío_______, Cantón_______, Municipio de _______________, Departamento de________________; con fecha _________ , es conforme y fidedigna con su original con la cual fue debidamente confrontada. Y para los usos que el interesado estime conveniente, se extiende la presente certificación, en la ciudad de__________________, a los __________días del mes de_______________ del año dos mil______________. F:________________________________________________ (SELLO) Nombre y Firma del Secretario(a) del Consejo Directivo Escolar. NOTA: La fotocopia del Acta debe ser clara y legible. La certificación debe escribirse al reverso de la página o de la última copia, si son más de 2 páginas. Este modelo de certificación, puede adaptarse para certificar cualquier Acta registrada en el Libro.
  • 21. ANEXO 9 MODELO DE CUADRO DE TRANSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR
  • 22. ANEXO 10 MODELO DE CONVOCATORIA A ASAMBLEA DE TOMA DE PROTESTA Estimado __________________________________________________________________ (Padre de Familia, Alumno/a, Profesor/a) Presente. Atentamente se le invita a participar en la Asamblea General en la que se desarrollará el acto especial de firma del Acta de Integración y Juramentación del Consejo Directivo Escolar. Día: ________________ Hora: _______________ Lugar: ___________________________________________________________________ Objetivo de la Reunión: ___________________________________________________ ______________________________________________________________________ AGENDA 1. Himno Nacional. 2. Presentación de la mesa de Honor. 3. Presentación de los miembros del CDE. 4. Firma del Acta de Integración. 5. Juramentación del Consejo Directivo Escolar. 6. Palabras del Presidente(a) del Consejo Directivo Escolar.
  • 23. ANEXO 11 MODELO DE ACTA DE TOMA DE PROTESTA DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR ACTA No.____________ Reunidos en el _________________________________________________________ (Centro Escolar, Instituto Nacional, Escuela Parvularia, Complejo Educativo) del Caserío ____________Cantón__________, Municipio de_____________, Departamento de____________ a las ________horas del día ___________ de __________ del año _______. Habiendo sido integrado el Consejo Directivo Escolar de este Centro Educativo, según Acta Nº ________ de fecha _____________________ el Suscrito Presidente(a) de dicho Consejo y con la presencia de los miembros Propietarios y Suplentes, procedió a tomarles la Protesta de Ley de la siguiente manera: “PROTESTAÍS BAJO VUESTRA PALABRA DE HONOR, SER FIEL A LA REPÚBLICA, CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA CONSTITUCIÓN, ATENDIÉNDOSE A SU TEXTO CUALESQUIERA QUE FUEREN LAS LEYES, DECRETOS, ÓRDENES O RESOLUCIONES QUE LA CONTRARIEN, PROMETIENDO ADEMÁS, EL EXACTO CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DEL CARGO QUE LES HA SIDO CONFERIDO CONFORME A LA LEY DE LA CARRERA DOCENTE Y SU REGLAMENTO, POR CUYA INFRACCIÓN SEREÍS RESPONSABLES CONFORME A LAS LEYES”. Acto continuo los miembros juramentados respondieron: “SI PROTESTAMOS”. En fe de lo cual y para constancia firmamos la presente acta todos los miembros integrantes del citado Consejo Directivo Escolar.
  • 24. ANEXO 12 MODELO DE REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR ______________________________________________________________________ (Anotar nombre del Centro Escolar, Instituto Nacional, Escuela Parvularia o Complejo Educativo) del Caserío ___________________________,Cantón __________________________, Municipio de____________________________, Departamento de_________________ CAPÍTULO I NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETIVOS Art.1 Créase en el______________________________________________________ (Centro Escolar, Instituto Nacional, Escuela Parvularia, Complejo Educativo) el Consejo Directivo Escolar, como una entidad eminentemente educativa, apolítica, no lucrativa, ni religiosa, que en el presente Reglamento Interno, se denominará el “CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR” (CDE). Art.2 El CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR tendrá como domicilio la sede del mencionado centro educativo. Art.3 La personalidad jurídica del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR se constituye por tiempo indefinido. Art.4 El CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR tendrá como objetivos los siguientes: a. Promover la integración de la Escuela con la Comunidad. b. Crear condiciones que favorezcan una autogestión administrativa y financiera del centro educativo. c. Adoptar instrumentos que posibiliten una gestión democrática en la enseñanza pública. d. Velar por la conservación de los bienes que pertenecen al patrimonio del centro educativo. e. Fomentar en la comunidad educativa la participación de todos los sectores que la involucra en el fortalecimiento del centro educativo. f. Promover constantemente la integración de los Comités de apoyo educativo, artístico, cultural, deportivo y otros que favorezcan el desarrollo de la integridad personal del educando. g. Establecer comunicaciones con instituciones oficiales o privadas, con el objeto de dar impulso a la educación de esta localidad.
  • 25. CAPÍTULO II DE LOS MIEMBROS Art.5 Podrán ser miembros del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR las personas que representan a los padres de familia, maestros y alumnos conforme a la Ley de la Carrera Docente y su Reglamento. Art.6 Son Derechos de los miembros: a) Participar en la administración y fiscalización del Consejo Directivo Escolar. b) Emitir opinión y hacer sugerencias encaminadas al mejoramiento de la actividad del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR. c) Ejercer el voto en las sesiones ordinarias y extraordinarias para las que hubiere sido convocada, correspondiendo un voto a cada miembro. d) Participar en las actividades del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR a fin de colaborar en el logro de sus objetivos. e) Los demás que establezcan la Ley y el Reglamento de la Carrera Docente. Art.7 La calidad de miembro del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR termina por las causas a las que se refiere el Reglamento de la Ley de Carrera Docente y además por el no cumplimiento de las obligaciones que le sean encomendadas por el CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR. Art. 8 Son obligaciones de los miembros: a) Aportar su trabajo personal en forma responsable y directa. b) Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias o extraordinarias para las que fuere convocadas. c) Desempeñar el cargo para el que fue electo o nombrado con responsabilidad, eficiencia y honorabilidad y cumplir con las comisiones que se les encomienden. d) Contribuir con su esfuerzo personal al desarrollo y perfeccionamiento del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR. e) Abstenerse de acciones u omisiones que puedan afectar la armonía, la estabilidad económica o financiera, las actividades, los intereses o el prestigio del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR.
  • 26. f) Conservar los bienes del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR. g) Responder de manera solidaria, como órgano colegiado ante cualquier reclamo que le hagan al Consejo Directivo Escolar de cualquier institución u organismo. h) Cumplir y velar por el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley y el Reglamento de la Carrera Docente y los acuerdos tomados por el CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR. CAPÍTULO III DEL GOBIERNO Art.9 El CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR estará integrado por el número de miembros que indica la Ley y el Reglamento de la Carrera Docente y serán electos en la forma y para el período que se indica en tales instrumentos. No obstante que en el Art. 48 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente se dispone que los miembros no podrán ser reelectos, éstos podrán optar a nuevos períodos, siempre y cuando sean en forma alterna y no continúa. Art.10 El CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR convocará a Asamblea General de todos los miembros que conforman los sectores que representan, en sesión ordinaria una vez cada seis meses, por lo menos, o cuando sea necesario en sesión extraordinaria. Art. 11 El CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR sesionará ordinariamente _____________ al mes y extraordinariamente las veces que se estimen necesarias. (una o dos o más veces) CAPÍTULO IV ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR Art.12 Son atribuciones de cada uno de los miembros del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR las establecidas en la Sección “C” del Capítulo V del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente y en el Art. 50 de la Ley de la Carrera Docente. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO Art.13 El Patrimonio del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR estará constituido por: a) Los recursos financieros destinados al centro educativo por el Gobierno.
  • 27. b) Las donaciones de instituciones públicas o privadas. c) Las utilidades provenientes de la tienda escolar. d) Las utilidades provenientes de actividades desarrolladas por los Comités de apoyo o por otros. CAPÍTULO VI DISPOSICIONES GENERALES Art.14 Término de las funciones: La calidad de miembro del Consejo termina, por las causas que el Reglamento de la Ley de la Carrera Docente establece en el Art. 74. Siendo estas: a) Por fallecimiento; b) Por renuncia voluntaria justificada presentada por escrito; c) Por expulsión acordada en asamblea general de los miembros a quienes representen, por comisión de falta; y d) Por haber transcurrido el período para el cual fueron electos. Art.15 El presente Reglamento podrá ser reformado o modificado parcial o totalmente por acuerdo tomado con el voto favorable de la mayoría simple de los miembros del Consejo. Asimismo, podrá ser sustituido por otro, si los miembros de un nuevo Consejo electo así lo acordaren. Art.16 El Director del centro educativo tiene la obligación de enviar a la Unidad de Recursos Humanos de la Dirección Departamental, la nómina de los miembros que integran el Consejo a través de la respectiva Acta de Integración y Protesta, así como el presente Reglamento, dentro de los cinco días hábiles siguientes de la integración. Art.17 El presente Reglamento entrará en vigencia _______________________ NOTAS: El Reglamento contendrá FIRMA, NOMBRE, CARGO Y SECTOR de los miembros del Consejo. El presente Modelo de Reglamento Interno del Consejo Directivo Escolar, constituye UNA PROPUESTA, para facilitar su elaboración, no obstante cada Consejo tiene libertad de redactar su propio Reglamento atendiendo a los intereses y necesidades propias, que su medio y realidad exigen, siempre que se respete el marco jurídico establecido en la Ley de la Carrera Docente, su Reglamento y la Constitución de la República.
  • 28. VIII. ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA LEGALIZAR EL CONSEJO? El Consejo Directivo Escolar es una organización destinada a administrar todos los recursos asignados a un Centro Educativo, es necesario que el Ministerio de Educación legalice dicho Consejo, mediante un Acuerdo de Personalidad Jurídica, el cual le permite contraer obligaciones y gozar de los derechos que las Leyes, Reglamentos, Normativas y Resoluciones le otorgan. A continuación se presenta los pasos a seguir para obtener el Acuerdo Ejecutivo de la Personalidad jurídica: PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Presidente(a) y Legalizan Libro de Registro de Actas del CDE (Anexo 1. Secretario(a) del CDE. 13). Transcribe Acta de Integración y Toma de Protesta 2. Secretario(a) del CDE. que están asentadas en el Libro de Actas del Centro Educativo. Se presenta a Gestión Educativa Departamental, presentando los siguientes documentos, incluyendo Libro de Actas para confrontar Actas. Solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica (Anexo 14), Certificación de las Actas de Integración (Anexo 8). 3. Presidente(a) del CDE Cuadro de Trascripción del Acta de Integración (Anexo 9). Certificación de Toma de Protesta Reglamento de funcionamiento del CDE. Art. 58 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente (Anexo 12). Copia del Acuerdo de creación del Centro Educativo. Coordinación de Gestión Recibe y analiza la documentación presentada para 4. Educativa legalizar el Consejo Directivo Escolar. Departamental Si la documentación está correcta ingresa Coordinación de información a la base de datos. Gestión 5. Emite Acuerdo de Personalidad Jurídica del Educativa Consejo Directivo Escolar y 2 Trascripciones, Departamental (Anexo 15 A y 15-B). Firma las 2 Transcripciones del Acuerdo, para Director(a) 6. ser distribuida de la manera siguiente: Departamental Una para el expediente Departamental
  • 29. respectivo del CDE. Una para el CDE (Esta será entregada hasta que la Departamental reciba copia del Acuerdo firmado por el Despacho). Envía a la Unidad de Administración Local para su legalización el Acuerdo de la Personalidad Jurídica, acompañado de la siguiente documentación: Trascripción original firmada por el Director(a) Departamental. Solicitud de otorgamiento de la Personalidad Coordinación de Jurídica por parte del Director(a) del Centro Gestión Educativo. 7. Educativa Certificación del Acta de Integración Departamental Certificación del Acta de Toma de Protesta. Reglamento Interno Copia del Acuerdo de creación del Centro Educativo. Saca copia de toda esta documentación y abre expediente del CDE Unidad de Recibe y revisa toda la documentación y si todo está 8. Administración correcto lo pasa para su correspondiente legalización Local a la Unidad de Asesoría Jurídica. Recibe y revisa información, si la documentación es correcta envía el Acuerdo a firma de los Titulares. Unidad de Asesoría Recibe Acuerdo de Personalidad Jurídica 9. Jurídica del MINED. firmado por el Titular del Ramo de Educación y lo remite a la Subgerencia de Recursos Humanos, con su Trascripción y documentación de respaldo Saca 2 copias del Acuerdo firmado por el Despacho para ser remitidos a: una copia a la Unidad de Administración Local del Nivel Central y otra para la Oficina Jurídica y ser Subgerencia de remitida posteriormente al Diario Oficial. 10. Recursos Registra en el Libro de control correspondiente Humanos y envía el original del Acuerdo para su rúbrica a Casa Presidencial. Con la rúbrica de la Casa Presidencial lo remite al Archivo General del Ministerio de Educación. Dirección Recibe documentación y resguarda en el 11. Departamental de expediente respectivo. Educación Entrega Trascripción del Acuerdo al CDE. Recibe Trascripción para ser resguardada en el 12. Presidente del CDE archivo correspondiente de la Modalidad.
  • 30. ANEXO 13 INSTRUCCIONES PARA LA AUTORIZACIÓN Y USO DEL LIBRO DE REGISTRO DE ACTAS 1. El Libro de Registro de Actas deberá ser autorizado, firmándolo todos los miembros del Consejo para que tenga efecto legal. 2. El libro deberá estar debidamente foliado y sellado en cada una de sus páginas. 3. Se propone como redacción para la autorización del Libro de Registro de Actas, la siguiente: LOS INFRASCRITOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR DEL CENTRO ESCOLAR _______________________________________ AUTORIZAN EL PRESENTE LIBRO DE REGISTRO DE ACTAS, COMPUESTO DE ______ HOJAS ÚTILES, EN EL CUAL SE ASENTARAN LOS PUNTOS Y TEMAS TRATADOS EN CADA REUNIÓN, LOS ACUERDOS TOMADOS Y TODOS AQUELLOS ACTOS QUE DE ACUERDO A LA LEY DE LA CARRERA DOCENTE Y SU REGLAMENTO SE EFECTUARÁN POR EL CONSEJO. 4. En las Actas No. 1 y 2 deberán constar la trascripción de las Actas de Integración y Toma de Protesta respectivamente, que fueron asentadas en el Libro de Actas del Centro Educativo. 5. El sello del Consejo Directivo Escolar, deberá contener el nombre del Centro Educativo otorgado por la Unidad de Acreditación del MINED y del Departamento, al centro la leyenda “Consejo Directivo Escolar”, y el número del código de infraestructura.
  • 31. ANEXO 14 MODELO DE SOLICITUD DE PERSONALIDAD JURÍDICA DIRIGIDA AL DIRECTOR DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN Lugar y Fecha Señor(a) __________________________ Director(a) Departamental de Educación Departamento de _________________ Por medio de la presente hago de su conocimiento que el día ______________ de ____________del año en curso, se constituyó el Consejo Directivo Escolar del Centro Educativo______________ Código_________ ubicado en ___________ del Municipio de ___________ del Departamento de ________________ por lo que atentamente SOLICITO se realicen las diligencias necesarias para que se otorgue la Personalidad Jurídica tal como lo establece el Art. 49, inciso final de la Ley de la Carrera Docente. Asimismo, en cumplimiento de los requisitos señalados en el Art. 58 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, adjunto a la presente: Certificación del Acta de Integración del Consejo Directivo Escolar. Cuadro de trascripción del Acta de Integración. Certificación del Acta de Toma de Protesta de los miembros del Consejo y Reglamento Interno del Consejo Directivo Escolar. En espera de una resolución favorable a esta solicitud, le anticipamos nuestro agradecimiento. _____________ a los ______ días del mes de _______ del año _______. _______________________________________ Nombre y Firma Director(a) del Centro Educativo
  • 32. ANEXO 15-B FORMATO DE TRANSCRIPCIÓN DEL ACUERDO DE OTORGAMIENTO DE PERSONALIDAD JURÍDICA AL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR MINISTERIO DE EDUCACIÓN REPÚBLICA DE EL SALVADOR San Salvador, 30 de enero de 2001 HOY SE HA EMITIDO EL ACUERDO QUE LITERALMENTE DICE: “ACUERDO No. 01-0003. EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, EN EL RAMO DE EDUCACIÓN: Vistos el Reglamento Interno, el Acta de Integración y el Acta de Toma de Protesta, de los Miembros que conforma el Consejo Directivo Escolar del Centro Educativo del Departamento de AHUACHAPÁN que más adelante se detalla, y no encontrando ninguna disposición contraria a las Leyes del país, al orden público, ni a las buenas costumbres, conforme al Art. 49 de la Ley de la Carrera Docente, y los Artículos 58 y 59 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, ACUERDA: I) Aprobar en todas y cada una de sus partes su Reglamento Interno; II) Declárese integrado el Consejo Directivo Escolar por los miembros, en los cargos y nombres que aparecen en cada una de las actas , por un período de dos años, comprendidos desde el 30 de enero de 2001 hasta el 30 de enero de 2003; III) Confiéresele a partir de esta fecha la Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar integrado en el CENTRO ESCOLAR "COMUNIDAD EL PARAÍSO", ubicado en Colonia El Paraíso, Jurisdicción de Turín, Departamento de Ahuachapán, código 14863. COMUNIQUESE”. (Rubricado por el Señor Presidente de La República). EL MINISTRO O MINISTRA DE EDUCACIÓN. (f) Rúbrica del Titular de Educación. El que transcribo para su conocimiento y efectos legales consiguientes. DIOS UNIÓN Y LIBERTAD Firma y Nombre de el(la) Director(a) Departamental de Educación. DIRECTOR(A) DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN LEPdeR/aasl.
  • 33. IX. ¿QUÉ HACER CUANDO HAY CAMBIO DE MIEMBROS EN EL CONSEJO DURANTE EL PERÍODO DE DOS AÑOS PARA EL CUAL FUE ELECTO? Durante el período de los dos años, para el que ha sido electo el Consejo Directivo Escolar, puede suceder que uno o varios de sus miembros sean sustituidos, por las razones establecidas en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente. En estos casos el Presidente, deberá promover y facilitar con el sector al que pertenece el miembro sustituido, la elección del nuevo representante, siguiendo los requisitos establecidos en el artículo 49 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente. Para justificar cada una de las causales de sustitución de miembros, deberá presentarse la documentación siguiente: Por fallecimiento: copia de la partida de defunción. Por renuncia voluntaria: carta de renuncia. Por expulsión: certificación del Acta en la cual se acordó expulsar al miembro, la cual deberá corresponder al sector que el miembro representa. Es importante considerar, que el Consejo no podrá funcionar sin sus miembros completos y debidamente legalizados mediante Resolución de Reconocimiento de Miembros firmada y sellada por el Director Departamental de Educación respectivo, de acuerdo al art. 59 inc. 2º del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, reformado, por Decreto No 99 publicado en Diario Oficial número 239 Tomo 357 del dieciocho de diciembre de 2002. Si la persona que se retira, tiene firma mancomunada en el Banco, hay que presentar, la autorización de la Dirección Departamental de Educación, al Banco, para que registren la nueva firma, y así no se detengan las actividades financieras del Centro Educativo. A continuación se encuentra el procedimiento para legalizar dichos cambios: PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Presidente(a) del Convoca a reunión extraordinaria del sector donde se CDE. produce la sustitución del miembro para elegir al nuevo 1. sustituto (Propietario o Suplente) conforme lo establece el Art. 59 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente.. Consejo Directivo Desarrolla Asamblea General, cuidando de respetar las 2. Escolar. normas establecidas en la Ley de la Carrera Docente. El Secretario prepara las Actas y Certificaciones
  • 34. correspondientes. Prepara la siguiente documentación para ser presentada a Gestión Educativa Departamental, para la legalización de los nuevos miembros del CDE Copia de renuncia, acta de defunción o certificación de acta donde se exprese la causal Consejo Directivo de expulsión, según el caso. (Anexo 16). 3. Escolar. Solicitud de legalización de nuevos miembros (Anexo 17). Copia Certificada del Acta de Enmienda, Ver modelo de Acta (Anexos 18 y 19). Trascripción del Acta en el cuadro presentado en el Anexo 20. Recibe y revisa documentación presentada para reconocer nuevos miembros del CDE. Si todo esta correcto, ingresa información en la Gestión Educativa 4. base de datos y emite 2 Resoluciones de Departamental. Reconocimiento de Miembros por Sustitución (Anexo 21) y Nota para cambio de firma en el banco, si aplica (Anexo 22). Director Firma Resoluciones y Nota para cambio de firmas y 5. Departamental. entrega a Gestión Educativa. Guarda una Resolución en el expediente Gestión Educativa Departamental respectivo de la Modalidad y la 6. Departamental otra la entrega al CDE junto con la nota para cambiar firma en el Banco (si aplica). Recibe Resolución de Reconocimiento de Miembros para su expediente y la nota del Consejo Directivo Banco para cambio de firmas. 7. Escolar. Realiza cambios de firma(s) en el banco (si aplica).
  • 35. ANEXO 16 MODELO DE RENUNCIA
  • 36. ANEXO 17 SOLICITUD DE LEGALIZACIÓN DE MIEMBROS AL DIRECTOR DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN
  • 37. ANEXO 18 MODELO DE ACTA DE ENMIENDA
  • 38. ANEXO 19 MODELO DE CERTIFICACIÓN DEL ACTA DE ENMIENDA DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR
  • 39. ANEXO 20 MODELO DE CUADRO DE TRANSCRIPCIÓN DEL ACTA DE ENMIENDA
  • 40. ANEXO 21 MODELO DE RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE MIEMBROS POR SUSTITUCIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN REPÚBLICA DE EL SALVADOR RESOLUCIÓN No _____. Dirección Departamental de Educación de San Vicente, a los dieciséis días del mes de septiembre de dos mil dos. CONSIDERANDO: I. Que mediante Decreto Ejecutivo No. 99, de fecha 18 de noviembre de 2002, publicado en el Diario Oficial No. ____, Tomo No. ___, de fecha ___________; se reformó el Art. 59 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, en el sentido que cuando ocurran cambios de miembros en los Consejos Directivos Escolares, bastará que se emita una Resolución firmada por el funcionario designado por el Titular de Educación. II. Que mediante el Acuerdo Ejecutivo número 10-0058 de fecha 7 de marzo de 1997, se confirió Personalidad Jurídica a varios Consejos Directivos Escolares, entre ellos: CENTRO ESCOLAR "CANTÓN EL REBELDE" de la Jurisdicción de San Vicente, Departamento de San Vicente, código 12415. III. Que el referido Consejo fue integrado en la forma que indica el Art. 49 antes señalado y de conformidad al Artículo 74 del Reglamento de La Ley de la Carrera Docente, por haber renunciado JUSTO PASTOR LAZO Tesorero Propietario, Padre de Familia; JULIO GÁMEZ Consejal Suplente, Padre de Familia. IV. Que según las Actas de elección de los sustitutos correspondientes para que finalizarán el respectivo período, el Consejo Directivo Escolar queda reestructurado así: LUIS ADRIÁN VENTURA Presidente Propietario, Director; JOSÉ ROBERTO LAZO RODRÍGUEZ Tesorero Propietario, Padre de Familia; RAFAEL ANTONIO RAMOS Consejal Propietario, Profesor; WINALL ERNESTO VELÁSQUEZ Secretario Propietario, Profesor; EFRAÍN LAZO Consejal Propietario, Padre de Familia; EFRAÍN VALENCIA Consejal Propietario, Padre de Familia; RENÉ
  • 41. RAÚL OSTORGA Consejal Propietario, Alumno; DANIEL ARISTIDES VALENCIA Consejal Propietario, Alumno; ROBERTO CARLOS MERCADO Secretario Suplente, Profesor; JOSÉ ROBERTO VENTURA Tesorero Suplente, Padre de Familia; JOSÉ LUIS VALENCIA Consejal Suplente, Padre de Familia; HUGO ADALBERTO VALENCIA Consejal Suplente, Padre de Familia; EVILA EDELMIRA CORTEZ Consejal Suplente, Alumna; LAURA ESTELA AGUILLÓN Consejal Suplente Alumna. POR TANTO: Con base en los CONSIDERANDOS anteriores y disposiciones legales citadas, RESUELVE: Reconocer como miembros del Consejo Directivo Escolar del CENTRO ESCOLAR "CANTÓN EL REBELDE" de la Jurisdicción de San Vicente, código 12415, a partir de esta fecha, a las personas mencionadas en la presente Resolución, que han sido electos para reestructurar el Consejo Directivo Escolar que venía fungiendo en dicho Centro Educativo, cuyos integrantes durarán en sus funciones hasta el 15 de mayo de 2003. DIOS UNIÓN LIBERTAD FREDESVINDA ANA EMMA CORNEJO DE CAÑAS DIRECTORA DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN FAECdeC/jap
  • 42. ANEXO 22 FORMATO DE NOTA AL BANCO PARA CAMBIO DE FIRMAS EN LA CUENTA BANCARIA
  • 43. X. ¿QUÉ DEBE HACERSE PARA RECONOCER A LOS NUEVOS MIEMBROS DEL CONSEJO CUANDO HA FINALIZADO EL PERÍODO DE LOS DOS AÑOS? Para garantizar que el centro educativo, tenga un Consejo y que las actividades no pierdan su continuidad, es necesario que un mes antes de finalizar el período de dos años para el que fueron electos que el Director promueva la estructuración del nuevo Consejo, y tramite el Acuerdo de legalización de sus miembros, con una semana de anticipación. El Consejo Directivo Escolar saliente, al finalizar su período de 2 años tiene ciertas obligaciones: 1. Elaborar el Informe final y documentación de soporte de los recursos asignados durante su administración, para su entrega a los nuevos miembros que integrarán al nuevo Consejo. Dicho Informe deberá contener los siguientes documentos: Inventario de Bienes del Centro Educativo. Entrega del Archivo general, que contenga: Documentación legal (Leyes, Normativas, Documentos de Paso a Paso, Acuerdos Ministerial de Personalidad Jurídica); Documentos financieros (Convenios, recibos, facturas, planillas, chequeras, estados de cuentas, conciliaciones bancarias, Libro de Ingreso y Gastos, chequera, Liquidaciones, etc.); Documentos administrativos (Libro de Actas, Contratos, Plan de Trabajo, etc). Cierre del período con su respectivo saldo. 2. Elaborar el Acta de Finalización del Período la cual deberá ser firmada por los directivos salientes y los nuevos miembros del Consejo. Para ello, se presenta a continuación el procedimiento para legalizar miembros cuando ha finalizado el período de dos años.
  • 44. Convoca a reunión extraordinaria a los sectores que integran el CDE para informar y elegir a los nuevos miembros, por lo menos un mes antes de que Director(a) del Centro finalicen las funciones los actuales miembros, 1. Educativo. procurando no dejar ningún período de la administración sin CDE, para ello se podrá apoyar en el Art. 49 de la Ley de la Carrera Docente y Art. 48, 49, 50, 51, 52 y 53 del Reglamento de la Ley. Desarrolla Asambleas parciales por Sector, apoyado por el CDE actual cuidando de respetar las normas establecidas en la Ley de la Carrera Docente y su Director(a) del Centro Reglamento. 2. Educativo (Deberá seguirse el procedimiento establecido anteriormente en la integración del CDE, con la diferencia de que las actas serán asentadas en el Libro de Actas del CDE). Levanta y asienta las Actas de Integración y de Secretario del CDE 3. Toma de Protesta en el libro de actas del CDE Actual (Ver Modelos en anexos anteriores). Prepara el cierre de funciones del ejercicio y de Consejo Directivo traspaso de Bienes, Muebles e Inmuebles y archivos 4. Anterior legales, financieros y administrativos para hacer la entrega al CDE actual. Una vez toma posesión del cargo del CDE actual, recibe y revisa el Acta de Traspaso de Bienes del Centro Educativo (Anexo 23) y Acta de Cierre de funciones del ejercicio del 5. Consejo Directivo Actual CDE anterior (Anexos 24) Si no hay observaciones en la documentación, firman las actas respectivas. Secretario del CDE 6. Certifica Actas mencionada en el paso anterior. anterior Prepara la siguiente documentación: Solicitud de legalización de miembros. (Anexo 25) Acta de Cierre de funciones del ejercicio (del CDE saliente). Certificación de Acta de Traspaso de Bienes 7. Presidente(a) del CDE del Centro Educativo. Certificación de Acta de Integración (nuevos miembros). Certificación de Acta de Toma de Protesta (nuevos miembros). Reglamento Interno del CDE (si hay modificación).
  • 45. Presenta documentación a Gestión Educativa Departamental (incluyendo Libro de Actas para confrontarlas). Recibe y revisa documentación presentada para reconocer nuevos miembros del CDE. Si todo esta correcto, ingresa información en Gestión Educativa 8. la base de datos y emite 2 Resoluciones de Departamental. Reconocimiento de Miembros por finalización del ejercicio (Anexo 26) y Nota para cambio de firma en el banco. (Anexo 22). Director(a) Firma Resoluciones y Nota para cambio de firmas y 9. Departamental entrega a Gestión Educativa. Guarda una Resolución en el expediente Gestión Educativa Departamental respectivo de la Modalidad y 10. Departamental la otra la entrega al CDE junto con la nota para cambiar firma en el Banco (Si aplica). Recibe Resolución de Reconocimiento de Miembros para su expediente y la nota del Consejo Directivo 11. Banco para cambio de firmas. Escolar. Realiza cambios de firma(s) en el banco (si aplica).
  • 46. ANEXO 23 MODELO PARA ELABORAR EL ACTA DE TRASPASO DE LOS BIENES DEL CENTRO EDUCATIVO
  • 48. ANEXO 24 MODELO DE ACTA DE CIERRE DE FUNCIONES DEL EJERCICIO (2 AÑOS)
  • 49. ANEXO 25 MODELO DE SOLICITUD PARA RECONOCER A LOS NUEVOS MIEMBROS POR VENCIMIENTO DE PERÍODO (2 AÑOS)
  • 50. ANEXO 26 MODELO DE RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE MIEMBROS PORFINALIZACIÓN DEL EJERCICIO MINISTERIO DE EDUCACIÓN REPÚBLICA DE EL SALVADOR RESOLUCIÓN No_____ Dirección Departamental de Educación de San Vicente, a los dieciséis días del mes de septiembre de dos mil dos. CONSIDERANDO: I. Que mediante Decreto Ejecutivo No. 99, de fecha 18 de noviembre de 2002, publicado en el Diario Oficial No.____, Tomo No.___, de fecha______________; se reformó el Art. 59 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, en el sentido que cuando ocurran cambios de miembros en los Consejos Directivos Escolares, bastará que se emita una Resolución firmada por el funcionario designado por el Titular de Educación. II. Que mediante el Acuerdo Ejecutivo número 10-0058 de fecha 7 de marzo de 1997, se confirió Personalidad Jurídica a varios Consejos Directivos Escolares, entre ellos: CENTRO ESCOLAR "CANTÓN EL REBELDE" de la Jurisdicción de San Vicente, Departamento de San Vicente, código 12415. III. Que el referido Consejo fue integrado en la forma que indica el Art. 49 antes señalado y de conformidad al Artículo 74 del Reglamento de La Ley de la Carrera Docente, por haber transcurrido el período para lo cual fueron electos. IV. Que se procedió a la elección de los nuevos miembros y teniendo a la vista las Actas de Integración y de toma de Protesta como resultado de las elecciones, el Consejo Directivo Escolar queda reestructurado de la siguiente manera: LUIS ADRIÁN VENTURA Presidente Propietario, Director; JOSÉ ROBERTO LAZO RODRÍGUEZ Tesorero Propietario, Padre de Familia; RAFAEL ANTONIO RAMOS Consejal Propietario, Profesor; WINALL ERNESTO VELÁSQUEZ Secretario Propietario, Profesor; EFRAÍN LAZO Consejal Propietario, Padre de Familia; EFRAÍN VALENCIA Consejal Propietario, Padre de Familia; RENÉ RAÚL OSTORGA Consejal Propietario, Alumno; DANIEL ARISTIDES VALENCIA Consejal Propietario, Alumno; ROBERTO CARLOS MERCADO Secretario Suplente, Profesor; JOSÉ ROBERTO VENTURA Tesorero Suplente, Padre de Familia; JOSÉ LUIS VALENCIA Consejal Suplente, Padre de Familia;
  • 51. HUGO ADALBERTO VALENCIA Consejal Suplente, Padre de Familia; EVILA EDELMIRA CORTEZ Consejal Suplente, Alumna; LAURA ESTELA AGUILLÓN Consejal Suplente Alumna. POR TANTO: Con base en los CONSIDERANDOS anteriores y disposiciones legales citadas, RESUELVE: Reconocer como miembros del Consejo Directivo Escolar del CENTRO ESCOLAR "CANTÓN EL REBELDE" de la Jurisdicción de San Vicente, código 12415, a partir de esta fecha, a las personas mencionadas en la presente Resolución, que han sido electos para reestructurar el Consejo Directivo Escolar que venía fungiendo en dicho Centro Educativo, cuyos integrantes durarán en sus funciones hasta el 16 de septiembre de 2004. DIOS UNIÓN LIBERTAD FREDESVINDA ANA EMMA CORNEJO DE CAÑAS DIRECTORA DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN FAECdeC/jap XI. ¿CÓMO MODIFICAR LA DENOMINACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA DEL CONSEJO CUANDO HAY AMPLIACIÓN O DISMINUCIÓN DEL NIVEL EDUCATIVO? Si después de otorgada la Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar, el centro educativo solicita el incremento de un nivel educativo, por ejemplo, el nivel de Media, o en caso contrario si se produce una disminución de nivel; la denominación del centro escolar debe variar y con ello la denominación de la Personalidad Jurídica otorgada. Lo anterior se debe que desde noviembre de 1997 se oficializó e implementa la denominación de los centros educativos oficiales según los niveles que atienda, con las expresiones: a) Complejo Educativo, si la institución atiende desde el Nivel de Parvulario hasta el Nivel Medio. b) Centro Escolar, cuando en el mismo nivel se atiende desde Parvularia y/o Primero a Sexto grado o de Parvularia y/o Primero hasta Noveno grado o desde el Primer grado hasta Bachillerato o desde Tercer ciclo a Bachillerato. c) Los Institutos Nacionales, las Escuelas de Educación Parvularia y las Escuelas de Educación Especial, se identificarán como tales. A continuación se describen los pasos a seguir para el cambio de denominación de la personalidad jurídica del CDE:
  • 52. PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Solicita a la Dirección Departamental de Director(a) del 1. Educación ampliación o disminución de los niveles Centro Educativo educativos que atiende. Director(a) Investiga la petición y si aplica envía información y 2. Departamental de solicitud a la Dirección de Acreditación Educación Recibe e investiga la ampliación o disminución del Dirección de nivel educativo, si cumple los requisitos, tramita 3. Acreditación Acuerdo Ejecutivo de modificación a la nominación del Centro Educativo. Dirección Recibe Acuerdo Ejecutivo de la nueva nominación 4. Departamental de del Centro Educativo y entrega copia al Director(a) Educación de la institución educativa. Gestión Educativa Emite Acuerdo Modificativo a la denominación y 5. Departamental dos Transcripciones (Anexo 27 y 28). Firma las 2 Transcripciones del Acuerdo, para ser distribuidas de la manera siguiente: Director(a) Departamental Una para el expediente respectivo del CDE 6. de Educación Una para el CDE (Esta será entregada hasta que la Departamental reciba el Acuerdo firmado por el Despacho). Para su legalización envía a la Coordinación de Administración Local el Acuerdo con los siguientes documentos: Transcripciones del Acuerdo Modificado a la Denominación de la Personalidad Gestión Educativa Jurídica. 7. Departamental Copia de Acuerdo de Personalidad Jurídica del CDE. Copia del Acuerdo Modificativo a la Denominación de la Personalidad Jurídica. Copia del nuevo Acuerdo de Nominación, ejecutado por la Dirección de Acreditación Coordinación de Recibe y revisa Acuerdo y trascripción del mismo, 8. Administración y la documentación anexa y lo envía a la Unidad Local de Asesoría Jurídica del MINED. Recibe y revisa información, si la documentación es correcta envía el Acuerdo a firma de los Titulares. Unidad de Asesoría Recibe Acuerdo de Personalidad Jurídica 9. Jurídica del MINED. firmado por el Ministro o Ministra de Educación y lo remite a la Subgerencia de Recursos Humanos, con su Trascripción y documentación de respaldo
  • 53. Saca 2 copias del Acuerdo firmado por el Despacho para ser remitidos a: Una para la Unidad de Administración Local y una para la Oficina Jurídica para su respectiva rúbrica y ser remitido al Diario Oficial. Subgerencia de Registra en el Libro de control 10. Recursos Humanos correspondiente y envía el original del Acuerdo para su rubrica a Casa Presidencial. Con la rubrica de la Casa Presidencial lo remite al Archivo General del Ministerio de Educación. Recibe trascripción y resguarda en su Dirección Departamental 11. expediente respectivo. de Educación Entrega Trascripción del Acuerdo al CDE. Recibe Trascripción para ser resguardada en el 12. Presidente del CDE archivo correspondiente de la Modalidad.
  • 54. ANEXO 27 EJEMPLO DE ACUERDO MODIFICATIVO A LA DENOMINACION DEL ACUERDO DE PERSONALIDAD JURÍDICA MINISTERIO DE EDUCACIÓN REPÚBLICA DE EL SALVADOR San Salvador, 27 de febrero de 2002 ACUERDO No. XX-XXXX El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.15- 2338, de fecha 1 de noviembre de 1997, con base a lo dispuesto en el Art. 111 de la Ley de la Carrera Docente, se oficializa e implementa la denominación de los Centros Educativos Oficiales con las expresiones: “Complejo Educativo y Centro Escolar” y conservaran la expresión Instituto Nacional, Escuela de Educación Especial y/o Parvularia si funciona independientemente sin compartir infraestructura con otros centros educativos; II) Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.06-0010, de fecha 9 de febrero de 1999, se determinó: Ratificar la denominación del Centro Educativo CENTRO ESCOLAR “DELGADO”, con, ubicado en 6ª. Avenida Norte No. 14, Municipio de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador; así como la Personalidad Jurídica de su Consejo Directivo Escolar; III) Que al Centro Educativo Centro Escolar “Delgado”, código 11779, mediante Acuerdo No. 15-0390 de fecha 3 de abril de 2001, se le ampliaron los Servicios Educativos del nivel de Educación Media, por consiguiente se le modificó la denominación de este Centro Educativo oficial a Complejo Educativo “Delgado”, ubicado en 6ª. Avenida Norte No. 14, Municipio de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, código 11779. POR TANTO, ACUERDA: I) Autorizar como nueva denominación del Centro Educativo que aparece en el considerando II con la expresión COMPLEJO EDUCATIVO “DELGADO”. Asimismo, se ratifica la Personalidad Jurídica de su Consejo Directivo Escolar, por tratarse del mismo Centro Educativo al que se le confirió según Acuerdo No.06-0010, de fecha 9 de febrero de 1999. II) En todo lo demás, los citados Acuerdos quedan igual y sin ninguna modificación. COMUNÍQUESE. DIOS UNIÓN LIBERTAD RM/FUP/va
  • 55. ANEXO 28 EJEMPLO DE TRANSCRIPCIÓN DEL ACUERDO MODIFICATIVO A LA DENOMINACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA Ministerio de Educación República de El Salvador San Salvador, 27 de febrero de 2002 HOY SE HA EMITIDO EL ACUERDO QUE LITERALMENTE DICE: "ACUERDO No. XX-XXXX El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.15- 2338, de fecha 1 de noviembre de 1997, con base a lo dispuesto en el Art. 111 de la Ley de la Carrera Docente, se oficializa e implementa la denominación de los Centros Educativos Oficiales con las expresiones: “Complejo Educativo y Centro Escolar” y conservaran la expresión Instituto Nacional, Escuela de Educación Especial y/o Parvularia si funciona independientemente sin compartir infraestructura con otros centros educativos; II) Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.06-0010, de fecha 9 de febrero de 1999, se determinó: Ratificar la denominación del Centro Educativo CENTRO ESCOLAR “DELGADO”, ubicado en 6ª. Avenida Norte No. 14, Municipio de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador; así como la Personalidad Jurídica de su Consejo Directivo Escolar. III) Que al Centro Educativo Centro Escolar “Delgado”, código 11779, mediante Acuerdo No. 15-0390 de fecha 3 de abril de 2001, se le ampliaron los Servicios Educativos del nivel de Educación Media, por consiguiente se le modificó la denominación de este Centro Educativo oficial a Complejo Educativo “Delgado”, ubicado en 6ª. Avenida Norte No. 14, Municipio de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, código 11779. POR TANTO, ACUERDA: I) Autorizar como nueva denominación del Centro Educativo que aparece en el considerando II con la expresión COMPLEJO EDUCATIVO “DELGADO”. Asimismo, se ratifica la Personalidad Jurídica de su Consejo Directivo Escolar, por tratarse del mismo Centro Educativo al que se le confirió según Acuerdo No. 06-0010, de fecha 9 de febrero de 1999. II) En todo lo demás, los citados Acuerdos quedan igual y sin ninguna modificación. COMUNÍQUESE". (Rubricado por el Señor Presidente de La República). EL MINISTRO O MINISTRA DE EDUCACIÓN. (f) Rúbrica del Titular de Educación. DIOS UNIÓN LIBERTAD FRANCISCO UBILFREDO PANAMEÑO DIRECTOR DEPARTAMENTAL DE EDUCACION FUP/va
  • 56. XII. ¿QUÉ PROCEDIMIENTOS SE DEBEN REALIZAR PARA DEJAR SIN EFECTO LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE UN CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR? La Personalidad Jurídica de un Consejo Directivo Escolar, se puede dejar sin efecto por las siguientes razones: A) Cuando la Comunidad Educativa decide que el Centro Educativo sea administrado por otra Modalidad de Administración Escolar Local, previa autorización del MINED. B) Porque se cierra definitivamente el CDE por baja matrícula, por desplazamiento de la población, o por reordenamiento administrativo por coexistir dos modalidades en una misma infraestructura. A continuación se describen los pasos a seguir para cada una de las causales. PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD En Coordinación con la Junta Directiva Asamblea General de la de la ACE, analiza el cambio de 1. Comunidad modalidad de Administración Escolar Local para el centro educativo. Levantan Acta sobre la decisión de la comunidad del cierre del CDE, y dejar sin efecto su personalidad jurídica. Dicha Acta deberá ser firmada por los presentes, registrando su número de DUI. 2. Secretario del CDE Elabora solicitud de cierre del CDE dirigida al Director(a) Departamental de Educación correspondiente, la cual debe ser firmada por el Presidente del CDE. Presenta solicitud anexando original del acta. Director(a) Delega a un representante de la 3. Departamental de Departamental de Educación para Educación estudiar y verificar la solicitud. Representante de la Verifica la causal, informa y recomienda 4. Dirección Departamental de a la Departamental de Educación. Educación Recibe el informe y la solicitud, y de estar Director (a) de conformidad, solicita a la Dirección 5. Departamental de Nacional de Gestión Educativa Educación aprobación para cerrar el CDE y cambiar
  • 57. de modalidad. Analiza la decisión tomada por la Comunidad y las justificaciones para que el Centro Educativo cambie de modalidad. En base al análisis la Dirección aprueba o desaprueba el cambio de modalidad Dirección Nacional de 6. Si el cambio es aprobado informa por Gestión Educativa escrito a la Dirección Departamental de Educación. Si el cambio es desaprobado, informa y devuelve la documentación presentada a la Dirección Departamental correspondiente. Comunica por escrito al Consejo Directivo Escolar, que se ha autorizado la solicitud de la Director (a) Comunidad Educativa, para cambio de 7. Departamental de Modalidad de Administración Escolar Local, y Educación que por lo tanto se inicie el proceso de cierre de operaciones del CDE para dejar sin efecto la personalidad jurídica Procede a liquidar fondos de bonos recibidos, que estén pendientes. Revisa y actualiza inventario de bienes muebles y libros. Si tiene fondos de otros ingresos, Consejo Directivo prepara Informe de Rendición de 8. Escolar Cuentas. Prepara documentos a entregar a la Dirección Departamental de Educación. Procede al traspaso de bienes y documentos a la Dirección Departamental de Educación. Elabora Acta de traspaso de bienes (Anexo 29) la cual debe ser firmada y sellada por todos los miembros del CDE; y por el o los representantes de la Dirección Departamental de Educación, que recibe los bienes. 9. Secretario del CDE Elabora Acta de cierre de operaciones (Anexo 30) en el Libro de Actas del CDE, la cual debe ser firmada por todos los miembros. Elabora Informe de Rendición de Cuentas de Otros Ingresos. Prepara nota de solicitud para Dejar sin
  • 58. efecto la Personería Jurídica del CDE, anexando: Certificación del Acta de traspaso de bienes del Centro Educativo Copia del inventario Copia de Hoja de liquidación de bonos. Certificación del Acta de cierre de operaciones. Informe de Rendición de Cuentas de otros ingresos. Copia del Acuerdo de Personería Jurídica. Firma nota de solicitud y envía con 10. Presidente del CDE anexos a la Dirección Departamental de Educación correspondiente. Recibe, revisa y pasa a la Coordinación Director(a) de Gestión Educativa para que se emita 11. Departamental de el Acuerdo para dejar sin efecto la Educación personalidad jurídica. Recibe y revisa documentación. Ingresa datos al sistema y emite el Coordinación de Acuerdo Ejecutivo para Dejar sin efecto 12. Gestión Educativa la personalidad jurídica con una Departamental Trascripción (Anexo 31 y 32). Pasa a firma la trascripción al Director Departamental. Director Departamental Firma y sella trascripción. 13. de Educación Devuelve a Gestión Educativa. Continua los pasos del 4 al 7 del procedimiento Coordinación de para Legalizar Cambio de modalidad en un 14. Gestión Educativa Centro Educativo administrado por un CDE; de Departamental este documento. B. PROCEDIMIENTO PARA DEJAR SIN EFECTO LA PERSONALIDAD JURÍDICA DEL CDE POR CIERRE DEFINITIVO. PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD En coordinación con el CDE, analiza la continuidad del servicio por las siguientes razones: 1. Comunidad Educativa Baja matrícula a la establecida para secciones de Parvularia, Básica y Especial. Reordenamiento administrativo al coexistir
  • 59. dos modalidades en la misma infraestructura educativa. Desplazamiento de la población a otro lugar. Levantan Acta sobre la decisión de la comunidad del cierre del CDE, y dejar sin efecto su personalidad jurídica. Dicha Acta deberá ser firmada por los presentes, registrando su número de DUI. 2. Secretario del CDE Elabora solicitud del cierre del CDE, dirigida al Director(a) Departamental de Educación correspondiente, la cual debe ser firmada por el Presidente del CDE. Presenta solicitud anexando original del acta. Director(a) Delega a un representante de la Departamental de 3. Departamental de Educación para estudiar y verificar la solicitud. Educación Representante de la Dirección Verifica la causal, informa y recomienda a la 4. Departamental Dirección Departamental de Educación. de Educación Envía solicitud a la Dirección Nacional de Gestión Director Departamental 5. Educativa, para cerrar la modalidad, anexando copia de Educación de la solicitud de la comunidad y del informe técnico. Director Nacional de Analiza y verifica solicitud. 6. Gestión Educativa Si procede el cierre, autoriza por escrito. Con la autorización recibida, solicita al CDE, lo siguiente: Liquidar los bonos pendientes. Actualizar el inventario de bienes muebles y libros. Director (a) Elaborar el Acta de traspaso de bienes del 7. Departamental de Centro Educativo a la Dirección Educación Departamental (Anexo 29) Elabore el Acta de Cierre de Operaciones (Anexo 30) Elaborar Informe de Rendición de Cuentas de Otros Ingresos. Presenta a la Dirección Departamental: Hoja de liquidación de bonos Certificación del Acta de Cierre de operaciones del CDE. Consejo Directivo 8. Certificación del Acta de Traspaso. Escolar Informe de Rendición de Cuentas de Otros Ingresos. Solicitud de cierre del CDE firmada por el Presidente del mismo.
  • 60. Recibe y revisa la documentación. Ordena cierre de la cuenta bancaria del CDE. Coordinación de Ingresa información a la base de datos y Gestión 9. emite Acuerdo para Dejar sin efecto la Educativa Personería Jurídica (Anexo 31) y 1 Departamental Trascripción, (Anexo 32). Registra en el sistema justificación y fecha del cierre Firma la Trascripción y la sella. Director(a) Devuelve a Gestión Educativa para ser 10. Departamental de agregada en el expediente departamental Educación respectivo del CDE. Envía Acuerdo Ejecutivo para dejar sin efecto la Personalidad Jurídica del CDE y Trascripción del mismo a la Coordinación de Administración Escolar Local, con la siguiente documentación: Acta de decisión de la comunidad solicitando el cierre de la Personalidad Jurídica del CDE. Copia del Informe y recomendación de Coordinación de Cierre del CDE realizada por el Gestión 11. Representante de la Dirección Educativa Departamental de Educación. Departamental Copia del Acuerdo de Personalidad Jurídica del CDE. Hoja de liquidación de bonos. Copia Certificada del Acta de cierre de operaciones del CDE Certificación del Acta de Traspaso de Bienes del Centro Educativo y la respectiva documentación de respaldo. Recibe y revisa el Acuerdo Ejecutivo para dejar sin Coordinación de efecto la Personalidad Jurídica del CDE y su 12. Administración Escolar documentación. Si todo está correcto lo envía a la Local. Oficina de Asesoría Jurídica. Recibe y revisa el Acuerdo Ejecutivo para dejar sin efecto la Personalidad Jurídica y sus documentos. Si todo está correcto envía Oficina de Asesoría 13. el original para firma del despacho Jurídica del MINED Una vez firmado por el Despacho, el Acuerdo se envía a la Subgerencia de Recursos Humanos para su distribución. Saca 2 copias del Acuerdo firmado por el Subgerencia de 14. Despacho para ser remitidos a: La unidad de Recursos Humanos Administración Escolar Local con su
  • 61. documentación de respaldo y la otra a la oficina de Asesoría Jurídica para su respectiva rúbrica y ser remitido al Diario Oficial. Registra en el Libro de control correspondiente y envía el original del Acuerdo para su Rubrica a Casa Presidencial. Con la rúbrica de la Casa Presidencial lo remite a Microfilm del MINED. Recibe copia del Acuerdo con los documentos de respaldo. Unidad de Saca copia del Acuerdo para su respectivo 15. Administración archivo. Escolar Local Entrega copia de acuerdo con documentación a la Dirección Departamental de Educación. Dirección Archiva copias de Acuerdo en el expediente 16. Departamental departamental de la modalidad. de Educación
  • 62. ANEXO 29 MODELO PARA ELABORAR EL ACTA DE TRASPASO DE LOS BIENES DEL CENTRO EDUCATIVO
  • 64. ANEXO 30 MODELO DE ACTA DE CIERRE DE OPERACIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR
  • 65. ANEXO 31 MODELO DE ACUERDO PARA DEJAR SIN EFECTO EL ACUERDO DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA MINISTERIO DE EDUCACIÓN REPÚBLICA DE EL SALVADOR San Salvador, 3 de septiembre de 2002. ACUERDO No. 05-0869. EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE EDUCACIÓN, CONSIDERANDO : I) Que de conformidad al Artículo 49 de la Ley de la Carrera Docente, el Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Educación conferirá Personalidad Jurídica a los Consejos Directivos Escolares. II) Que con fecha 11 de julio de 1997 se emitió el Acuerdo Ejecutivo No. 05-0250 mediante el cual se confirió Personalidad Jurídica a varios Consejos Directivos Escolares, entre ellos al CENTRO ESCOLAR "CANTÓN SITIO GRANDE" Jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, código 11237. III) Que la comunidad educativa considera necesario el cierre de esta modalidad y que el Centro Educativo sea administrado por la Asociación Comunal para la Educación (ACE). IV) Que este Ministerio considera necesario dejar sin efecto la Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar del CENTRO ESCOLAR "CANTÓN SITIO GRANDE", código 11237, emitido en el Acuerdo Ejecutivo No. 05-0250 con fecha 11 de julio de 1997. POR TANTO con base en lo anterior expuesto, ACUERDA: I) Dejar sin efecto la Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar del CENTRO ESCOLAR "CANTON SITIO GRANDE" Jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, código 12237 emitido en el Acuerdo Ejecutivo No. 05-0250 de fecha 11 de julio de .II) En todo lo demás queda igual y sin ninguna modificación el Acuerdo No. 05-0250. COMUNÍQUESE. DIOS UNIÓN LIBERTAD RM/ CMAT/ecam
  • 66. ANEXO 32 MODELO DE LA TRANSCRIPCIÓN DEL ACUERDO PARA DEJAR SIN EFECTO LA PERSONALIDAD JURÍDICA Ministerio de Educación República de El Salvador San Salvador, 3 de septiembre de 2002 HOY SE HA EMITIDO EL ACUERDO QUE LITERALMENTE DICE: “ACUERDO No. 05-0869. EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE EDUCACIÓN, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad al Artículo 49 de la Ley de la Carrera Docente, el Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Educación conferirá Personalidad Jurídica a los Consejos Directivos Escolares. II) Que con fecha 11 de julio de 1997 se emitió el Acuerdo Ejecutivo No. 05-0250 mediante el cual se confirió Personalidad Jurídica a varios Consejos Directivos Escolares, entre ellos al Centro Escolar "CANTÓN SITIO GRANDE" Jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, código 11237. III) Que la comunidad educativa considera necesario el cierre de esta modalidad y que el Centro Educativo sea administrado por la Asociación Comunal para la Educación (ACE). IV) Que este Ministerio considera necesario dejar sin efecto la Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar del "CANTÓN SITIO GRANDE", código 11237, emitido en el Acuerdo Ejecutivo No. 05-0250 con fecha 11 de julio de 1997. POR TANTO con base en lo anterior expuesto, ACUERDA: I) Dejar sin efecto la Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar del "CANTÓN SITIO GRANDE" Jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, código 12237 emitido en el Acuerdo Ejecutivo No. 05-0250 de fecha 11 de julio de 1997. II) En todo lo demás queda igual y sin ninguna modificación el Acuerdo No. 05-0250. COMUNÍQUESE". (Rubricado por el Señor Presidente de La República). EL MINISTRO O MINISTRA DE EDUCACIÓN. (f) Rúbrica del Titular de Educación. DIOS UNIÓN LIBERTAD CARLOS MAURICIO ARIAS TORRES DIRECTOR DE PARTAMENTAL DE EDUCACIÓN CMAT/eca
  • 67. XIII. ¿CUAL ES EL PROCEDIMIENTO PARA LEGALIZAR CAMBIO DE MODALIDAD EN UN CENTRO EDUCATIVO ADMINISTRADO POR UN CDE? Cuando el Centro Educativo esta siendo administrado por un CDE y la comunidad decide cambiar de Modalidad de Administración Escolar para convertirse en una ACE, el procedimiento que deberá realizarse es el siguiente: PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Coordinación de Emite Acuerdo para Dejar sin efecto la Personería 1. Gestión Educativa Jurídica del CDE y registra en el sistema la justificación de Departamental este cierre, y la fecha de creación de la ACE. Recibe a través del sistema mecanizado, notificación del cierre de la modalidad. Da seguimiento al caso y solicita una nota firmada por la Dirección Departamental de Educación con la debida justificación, a la cual deberán anexar autorización de los fondos por la Dirección Nacional de Gestión Educativa. Determina el cambio de código del Centro Dirección de 2. Educativo con base a los rangos establecidos para Acreditación cada tipo de modalidad en el sistema Emite Resolución y Acuerdo de cambio de código. Entrega copia a Gestión Educativa Departamental de la Resolución cambio de código; mientras está en firma del Titular del Ramo, el Acuerdo respectivo. Envía Acuerdo de cambio de código para trámite al Departamento Jurídico. Con la Resolución del cambio de código y con todos los requisitos establecidos para crear la Coordinación de nueva Modalidad emite Acuerdo de Personería 3. Gestión Educativa Jurídica del CDE y 2 Transcripciones del mismo. Departamental Anexa documentación de respaldo de Acuerdo Original de Personería Jurídica de la ACE. Prepara expediente que será remitido a la Educativa Departamental Coordinación de Administración Local conteniendo lo siguiente: Acuerdo original para Dejar sin efecto la personería jurídica del CDE con sus documentos 4. de respaldo. Acuerdo original de Personería Jurídica de la ACE, con sus documentos de respaldo. Copia de la Resolución de cambio de código mientras está en firma del Titular del Ramo, el
  • 68. Acuerdo respectivo. Solicitud de trámite de cambio de modalidad firmada por el Director Departamental de Educación. Recibe y revisa documentación proveniente de la Dirección Departamental de Educación. 5. Analiza toda la documentación proveniente y de estar de conformidad, envía a la Unidad de Asesoría Jurídica. Revisa, analiza y de estar de conformidad pasa a firma del Titular del Ministerio de Educación. 6. Una vez firmados los Acuerdos entrega toda la documentación a Recursos Humanos para su distribución. Recibe documentación y la distribuye de conformidad a lo 7. establecido.
  • 70. DOCUMENTO 2 II. PASO A PASO PARA LA PLAINIFICAION ESCOLAR ANUAL POR LA MODADLIDADES DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR INTRODUCCIÓN El trabajo de las Instituciones Educativas, debe estar orientado y dirigido por una Planificación Estratégica Institucional (PEI), que durante 5 años guíe las grandes acciones de la comunidad educativa, acciones derivadas de una participación activa de los sectores y de un Diagnóstico Institucional, dándole al Centro Escolar una visión a largo plazo que se hace operativo cada año, por medio del Plan Escolar Anual (PEA). Precisamente, es sobre el Plan Escolar Anual que este documento pretende orientar a los Directores y las Modalidades de Administración Escolar Local (CDE, ACE y CECE), para que de acuerdo a sus recursos, limitantes y prioridades haga realidad la ejecución de este. El Plan Escolar Anual, como un instrumento de planificación de corto plazo, concretiza las acciones del Proyecto Educativo Institucional (PEI), otorgando sentido y dirección al presupuesto y a los proyectos complementarios que se desarrollan en los procesos educativos, administrativos, organizativos y comunitarios de los centros escolares. Este documento está dirigido prioritariamente a los miembros de las modalidades, a su personal directivo, docente y técnicos de las Oficinas Departamentales, que orientan, apoyan, verifican y coordinan el trabajo de las modalidades. II. OBJETIVOS: General: Orientar a las Modalidades de Administración Escolar Local, sobre la elaboración del Plan Anual, como estrategia y guía de las actividades educativas, que planifica, organiza y coordina durante el año escolar. Objetivos específicos: 1. Promover el Plan Escolar Anual como un instrumento de trabajo a los miembros de las Modalidades de Administración Escolar Local. 2. Elaborar el Plan Escolar Anual en la lógica de concreción del Proyecto Educativo Institucional.
  • 71. 3. Facilitar el trabajo, funciones y actividades que desarrollan los miembros de las Modalidades, Comités de Apoyo y los docentes. 4. Aportar conceptos y reflexiones sobre la planificación operativa e instrumentos que apoyen este proceso.
  • 72. III. ¿QUÉ ES LA PLANIFICACIÓN? La planificación es el proceso de conducir una organización desde donde se encuentra actualmente hasta donde queremos que esté en el futuro. Este futuro, para los centros educativos es la autonomía escolar, es decir, que los miembros de las Modalidades de Administración Escolar Local, tengan la capacidad y responsabilidad para decidir sobre lo que conviene hacer y fortalecer la gestión de los recursos que se les asignen, no sólo los económicos, humanos y materiales, sino también los pedagógicos. Para alcanzar esta autonomía es importante la elaboración del Proyecto Educativo Institucional, ya que éste no es responsabilidad ni patrimonio de una sola persona o grupo de personas, sino que es el compromiso de todos los miembros de una Comunidad Educativa. El Plan Escolar Anual, es el instrumento de gestión que contiene un conjunto de acciones o actividades organizadas cronogramadas, que la comunidad educativa debe realizar para lograr los objetivos propuestos en período anual del trabajo. IV. ¿PORQUÉ ES IMPORTANTE LA PLANIFICACIÓN? Propicia el desarrollo de la Modalidad y de la Institución, al establecer métodos de utilización racional de los recursos. Reduce los niveles de incertidumbre que se pueden presentar en el futuro. Mantiene una mentalidad futurista teniendo más visión del porvenir y un afán de lograr y mejorar las cosas. Reduce al mínimo los riesgos y aprovecha al máximo las oportunidades. Permite aprovechar la experiencia y los recursos de las personas e instituciones que colaboran con el Centro Educativo. Promueve la eficiencia al eliminar la improvisación. Al establecerse un Plan, suministra las bases a través de las cuales operará el Centro Educativo. Disminuye al mínimo los problemas potenciales y proporciona a las modalidades, magníficos rendimientos de su tiempo y esfuerzo. Permite a las modalidades, evaluar alternativas antes de tomar una decisión. Permite establecer las prioridades con base a las necesidades y los recursos. Permite el logro de los objetivos y metas institucionales. Fomenta el trabajo en equipo. Se invierte en esfuerzos y recursos. Dentro de las organizaciones, planear es tan importante como organizar, dirigir y controlar, porque la eficiencia no se logra con la improvisación, y si administrar es "hacer las cosas a través de otros", es necesario, primero hacer planes sobre la forma como esa acción se habrá de coordinar.
  • 73. En el campo de la administración educativa, la planificación ocupa un lugar importante, ya que a partir de ella y con base a un diagnóstico situacional previo, que se evidencia en el PEI, se ejecuten las acciones que tienen que ver con el logro de objetivos y metas referidas al proceso educativo. Por lo anterior es importante el Plan Escolar Anual, ya que contribuye a conducir la labor propuesta de la comunidad educativa y orienta la organización que se necesita para la consecución de los objetivos y acciones establecidas para un año. V. ¿CUÁLES SON LOS RIESGOS DE NO PLANIFICAR? El no planificar, conlleva una serie de riesgos para una organización, veamos algunos: 2. No se logran los propósitos educativos definidos para el Centro Educativo. 3. Se realizan acciones aisladas, y no integradas a un sólo fin. 5. No existe seguimiento ni control de objetivos y resultados esperados. 6. Se gastan esfuerzos y recursos. 7. Los logros anuales no responden a una planificación estratégica. Dado que no es posible señalar una secuencia única para el proceso de planificación, es posible sugerir dicho proceso siguiendo la lógica que indican las fases siguientes: I. Identificación de fortalezas (recursos que se controlan, capacidades y habilidades que se poseen), oportunidades (factores externos, que son positivos, favorables, explotables), amenazas (factores negativos externos) y debilidades para actuar (recursos de los que se carece, habilidades que no se poseen, actividades que no se desarrollan). III. Identificar claramente el objetivo u objetivos que se buscan. VI. ¿QUIÉNES PLANIFICAN AL INTERIOR DE LAS MODALIDADES DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR LOCAL? La atribución de planificar es de los miembros de las Modalidades, la cual está contenida en las Leyes y Reglamentos que las rigen, a los Consejos Directivos Escolares, esta atribución se la asigna el artículo 50 numeral 1 de la Ley de la Carrera Docente. Para el caso de las Asociaciones Comunales para la Educación, en el artículo 15 del Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación, corresponde a la Junta Directiva de la Asociación, esta labor; y para los Consejos
  • 74. Educativos Católicos Escolares, en el artículo 13 del Reglamento de los Centros de Educación Católica de El Salvador, se involucra a todos los sectores de la comunidad educativa en la planificación. Toda la acción de la planificación de las instancias de la comunidad educativa debe estar orientada y concretizada en el Proyecto Educativo Institucional (PEI). Para ello los componentes que integran el Proyecto Educativo Institucional, como el Proyecto Curricular del Centro; el Proyecto de Gestión Organizativa y Administrativa, los Proyectos Complementarios y el Plan Escolar Anual, deben responder a los ámbitos que conforman el PEI, como son: Pedagógico, Administrativo, Organizativo y Comunitario. En este sentido, se generara un trabajo cooperativo al interior de los centros educativos, que debe tener un equipo Coordinador y equipos dinamizadores en cada uno de los componentes del PEI, que deberán involucrar a la comunidad educativa, en Comités de Apoyo, y con ello se fortalecerá el proceso de planificación al compartir todos la visión del rumbo de la institución, y no solo en los miembros de las Modalidades. La participación y el trabajo en equipo y la planificación estratégica son las premisas básicas para lograr un cambio en el trabajo actual de las escuelas. Se debe ir construyendo una nueva filosofía de gestión, donde la visión deseada de la escuela, la programación de las estrategias y el mejoramiento de los procesos, son tareas colectivas que requieren el compromiso de toda la Comunidad Educativa. VII. ¿CUÁNDO PLANIFICAR? En un modelo de gestión educativa, donde se incorporan metas fijadas de manera participativa, y establecidas sobre la base de un Proyecto Educativo Institucional, que contiene objetivos de largo plazo, es prudente revisar y ajustar lo planificado al inicio del año escolar, cuando ya se tienen algunos insumos, entre ellos: Memoria de Labores, Calendario Escolar, Proyectos aprobados, Presupuestos de Ingresos y Gastos ajustados, etc., lo que permite tener una visión mas acertada sobre la marcha del centro educativo y de los resultados que se pueden obtener. Este proceso de planificación en el corto plazo, debe conllevar a la Modalidad a elaborar el Plan Escolar Anual, el Presupuesto Estimado de Ingresos y Egresos, el Proyecto Curricular del Centro y los Proyectos Complementarios; durante el último trimestre del año lectivo, para ser presentados en la Asamblea de Padres y Madres de familia. En el caso de la aprobación de las Contribuciones de Apoyo Económico Voluntario y Otros Ingresos programados para el año siguiente en los centros educativos de Parvularia, Básica y Especial, se deben aprobar durante el último trimestre del año lectivo y la aprobación de las Cuotas de Escolaridad u otros ingresos de los Centro Educativos con niveles de media, se deben realizar tres meses antes de que finalice el año lectivo.
  • 75. Después de aprobadas las contribuciones o cuotas voluntarias u otros ingresos previstos, se debe presentar a la comunidad educativa el Plan Escolar Anual, revisarlo y ajustarlo al inicio del próximo año escolar, cuando ya terminó el período de matrícula y ya se pueden tener datos exactos y no estimados de los recursos de los que dispondrá la institución proveniente del Ministerio de Educación o de otras fuentes previstas en el presupuesto. Durante el año escolar se deberán ajustar las metas y actividades, en función al logro de objetivos que se tenga u otras prioridades que se operen; dado que las cuotas de escolaridad y contribuciones de apoyo voluntario se pueden pagar mensualmente o en cualquier época del año escolar. VIII. ¿CUÁL ES LA LÓGICA DE LA PLANIFICACIÓN? La planificación funciona de acuerdo a una lógica muy simple y concreta que resumimos en la siguiente manera: Situación Situación Inicial Futura Estrategias, Situación Planes, Deseada Programas, Proyectos. La planificación siempre parte de una situación inicial, la cual PARTICIPACIÓN incluye tanto la realidad interna del centro educativo como de la comunidad donde está inmersa; esta situación se puede conocer mediante un diagnóstico. Si analizamos el diagnóstico podemos establecer un pronóstico REALISMO hacia una nueva realidad en un futuro cercano, si no actuamos sobre esa realidad. La situación deseada es el cambio de rumbo que queremos FLEXIBILIDAD introducir en la evolución general de la realidad. Alcanzar este objetivo es el propósito de la Planificación. IX. PRINCIPIOS DE LA PLANIFICACIÓN UNIDAD La participación significa que los diferentes actores que se involucran en ella, tanto internos como externos al centro educativo, tienen injerencia en la toma de decisiones y por ende PRECISIÓN son responsables de los resultados y consecuencias que dichas
  • 76. decisiones tienen. Todo Plan debe ser aprobado por la Modalidad. Debe de adaptarse a la realidad del medio donde funciona la Institución. La Modalidad debe pensar en primer lugar con qué recursos cuentan y ajustar los Planes, Programas y Proyectos a la disponibilidad de esos recursos. Debe de facilitar la adecuación a las circunstancias que se presentan, la Modalidad debe de prever varias alternativas de acción y establecer sistemas de seguimiento y evaluación durante el desarrollo de las actividades planificadas. Los planes deben de integrar los intereses tanto de la institución como de las personas que van a participar en la ejecución de las actividades y de los/as beneficiarios/as. Se debe planificar con claridad. Para asegurar que la planificación sea precisa, es necesario que las Modalidades, tenga respuestas a las preguntas: ¿Qué se quiere hacer? ¿Dónde debe hacerse? ¿Quién va a ejecutar la tarea? ¿Con qué recursos? ¿Cómo se va a desarrollar el plan? ¿Cuál es el objetivo? ¿Cuándo se va a realizar? X. ¿CUÁLES SON LOS INSTRUMENTOS DEL PROCESO DE PLANIFICACIÓN? Dentro del proceso de planificación de los Centros Educativos, se van desarrollando una serie de instrumentos: a. PEI b. PEA c. Presupuesto de los Centros Educativos d. Proyectos Complementarios El Plan Escolar Anual, es el instrumento de planificación operativa a corto plazo (un año). Este Plan es la concreción del Proyecto Educativo Institucional, que es el instrumento estratégico de desarrollo educativo de mediano y largo plazo dentro del Centro Escolar. Este se nutre y retoma las actividades contempladas en las políticas y programas del Ministerio de Educación, y además define sus prioridades en función a sus problemas, necesidades e intereses detectadas por la Comunidad Educativa. Para ello es necesario: Contar con un mínimo de información, proveniente de diagnósticos, evaluaciones, estadísticas, etc. Tomar en cuenta las condiciones económicas, sociales, culturales, etc. de la institución y del medio ambiente.
  • 77. El recurso humano debe contar con un mínimo de capacidad técnica en materia de planificación. La actitud de los miembros de las modalidades, respecto a la planificación, es vital para motivar a la comunidad educativa a participar en Comités de Apoyo. Todo Plan Escolar Anual debe ser acompañado del PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS y de los PROYECTOS COMPLEMENTARIOS a realizarse en el año escolar. Es necesario aclarar que las modalidades deben priorizar las necesidades por áreas de gestión: Pedagógico, Administrativo, Organizativo y Comunitario; desde la elaboración del Proyecto Educativo Institucional, para luego retomar los objetivos estratégicos en el Plan Escolar Anual. De estos objetivos estratégicos del PEI surgen los Programas de Acción. Estos Programas de Acción deben concretarse en un conjunto de Proyectos que deben contener las actividades, recursos y responsables de ellos en el corto plazo. Estos Proyectos servirán de base para elaborar el Plan de Compras, es decir, con fondos provenientes del Ministerio de Educación, Otros Ingresos (Fondos Propios) y de otras fuentes, tomando como referencia el presupuesto. XI. ¿QUÉ ES EL PLAN ESCOLAR ANUAL? Es un instrumento operativo que contiene un conjunto de acciones o actividades organizadas y cronogramadas, que la comunidad educativa debe realizar para lograr los objetivos propuestos en un periodo anual de trabajo. XII. ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE EL PLAN ESCOLAR ANUAL? Contribuye a conducir la labor propuesta de la comunidad educativa y orienta la organización que se necesita para la consecución de los objetivos y acciones establecidas para un año.
  • 78. XIII. ¿QUÉ ELEMENTOS TIENE UN PLAN ESCOLAR ANUAL? El Plan Escolar Anual (PEA), deberá considerar los componentes básicos siguientes: PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD DIAGNÓSTICO Este apartado se refiere al diagnóstico que respalda el Plan, el cual permite un uso efectivo y eficiente de los recursos existentes. Es decir, el diagnóstico es un análisis objetivo de la situación educativa y social que 1. se intenta modificar y de los problemas a enfrentar, con el fin de establecer las prioridades que la institución educativa esta en condiciones de desarrollar para resolverlos. OBJETIVOS Se deberá describir los que se desea obtener al final 2. del período de duración del Plan, mediante la ejecución de las actividades y los recursos asignados. METAS Las metas son los objetivos cuantitativamente dimensionados. Expresan lo que se logrará en un 3. plazo determinado (las metas deberán estar en función de los procesos institucionales). ACTIVIDADES Son acciones que permiten alcanzar los objetivos previstos establecidos para un período determinado 4. que se plasman en un Cronograma. Deben corresponder a una o varias metas. RECURSOS Es la cantidad de recursos (humanos, materiales y financieros) que se ha previsto para la realización de una actividad, con la que se espera obtener 5. determinados productos y alcanzar los objetivos del Plan. Para ello es necesario elaborar el Presupuesto de Ingresos y Gastos que más adelante se detalla. PRESUPUESTO En este cuadro se anotaran los rubros contemplados en cada Meta o Proyecto a desarrollar, la cantidad o 6. número de bienes o servicios, el precio unitario del bien o servicio y el Total (que se obtiene de multiplicar cantidad por precio unitario). Los proyectos son acciones definidas para atender PROYECTOS 7. necesidades o problemas detectados en el COMPLEMENTARIOS diagnóstico, para un período de tiempo establecido. En el cronograma, se deberá indicar las semanas del mes en que se realizara la actividad. Por ejemplo si la CRONOGRAMA DE 8. actividad en la segunda semana de junio, se indicara ACTIVIDADES con el número 2, si se realizara en las cuatro semana de un mes, se indicara 1, 2, 3, 4. Se comparará resultados (Metas y Objetivos) sobre 9. EVALUACIÓN las actividades propuestas y los logros obtenidos.
  • 79. XIV. ¿QUÉ PASOS SEGUIR PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN ESCOLAR ANUAL? 1. Identificar las necesidades prioritarias, evaluación diagnóstica. 2. Definir los objetivos anuales. 3. Precisar objetivos según las áreas específicas. 4. Determinar las metas Institucionales. 5. Determinar las actividades. 6. Asignar recursos. 7. Elaborar el Presupuesto. 8. Definir los responsables para cada actividad. 9. Elaborar cronograma. 10. Definir Plan de Evaluación. 11. Elaborar el documento final. El esquema desagregado para elaborar el Plan Escolar Anual se encuentra en el Anexo 1. XV. ¿QUÉ ES EL PRESUPUESTO? Es una estimación de ingresos y gastos futuros, que la Modalidad debe preparar anticipadamente para cada año en el PEA, pudiéndolo subdividir en semestres, trimestres o meses, para indicar los resultados esperados. El Presupuesto puede ser modificado o reajustado en base a resultados esperados, previa aprobación de los miembros de la Modalidad. XVI. ¿PARA QUÉ SIRVE EL PRESUPUESTO? Proyectar los ingresos y egresos del centro educativo. Garantizar la disponibilidad financiera para las actividades prioritarias del centro escolar. Tomar medidas correctivas. Identificar posibles problemas financieros antes de que se presenten. Decidir sobre las inversiones que la Modalidad podrá o no efectuar. Identificar y evitar inconsistencias en la planificación. Para dar respuestas a observaciones o hallazgos de auditorias internas o externas. XVII. ¿CUÁLES SON SUS CARACTERÍSTICAS? Debe estar organizado en función a las actividades y proyectos identificados en el Plan Escolar Anual y orientados a mejorar la calidad de la educación. Debe reflejar costos razonables dentro del mercado nacional Debe estar en función al logro de los objetivos del Plan Escolar Debe estar acorde a la capacidad institucional para poder ejecutarlo.
  • 80. Debe balancear el aporte del MINED, los recursos propios y de otras fuentes de financiamiento. XVIII. ¿CUÁLES SON LAS NORMAS A SEGUIR PARA ELABORAR EL PRESUPUESTO? 1. Presupuestar todo gasto en concepto de pago de salarios, compra de material educativo, servicios básicos como: agua, energía eléctrica, teléfono, arrendamiento y demás rubros críticos deberán programarse en forma prioritaria y se deberá observar racionalidad en su estimación y uso. 2. En todo Proyecto ya sea financiado por el Ministerio de Educación o de Otros Ingresos, deberán establecerse explícitamente los rubros, los montos y fuentes de financiamiento, los cuales deben estar aprobados por la Modalidad. 3. Las modalidades deberán incluir dentro de su presupuesto anual las asignaciones por diferentes fuentes de financiamiento, como por ejemplo: monto que el MINED en concepto de pago de salarios de docentes o personal administrativo y/o de servicio, servicios básicos, transferencias (Bono de la Calidad u otros) y pago de alquiler, así como los Ingresos propios que reciba; por diferentes conceptos, tales como: contribuciones de apoyo económico voluntarias o cuotas de escolaridad de padres de familia u otros ingresos propios (Tiendas escolares, rentas de cafetines, actividades extracurriculares no obligatorias, etc.), donaciones (en valores y/o especies) y otros rubros generadores de ingreso.
  • 82. PLAN ESCOLAR ANUAL Contenido I. DIAGNÓSTICO A. Problemática priorizada B. Causas de la problemática C. Recomendaciones II. OBJETIVOS - Objetivo general - Objetivos específicos II. METAS O PROYECTOS IV. ACTIVIDADES: A. Actividades B. Cronograma C. Responsable V. RECURSOS A. Humanos B. Materiales C. Financieros VI. PRESUPUESTO VII. PROYECTOS COMPLEMENTARIOS VIII. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES IX. EVALUACIÓN
  • 83. DESCRIPCIÓN DEL ESQUEMA DE PRESENTACIÓN DEL PLAN ESCOLAR ANUAL
  • 92. DOCUMENTO 3 III. PASO A PASO PARA LA INTEGRACION, LEGALIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA EDUCACIÓN (ACE). INTRODUCCIÓN El Ministerio de Educación con el propósito de lograr una gestión más participativa y democrática en la prestación de los servicios educativos, promoverá la organización de las Modalidades de Administración Escolar Local, incentivando la participación de directores, alumnos y padres de familia en la toma de decisiones en el quehacer educativo. Las Modalidades de Administración Escolar Local, deberán coordinar con los demás organismos para la administración de los recursos humanos que establecen las Leyes correspondientes. El propósito de este documento es proporcionar a las Modalidades de Administración Escolar Local, normas y procedimientos necesarios en el manejo de los recursos humanos, a partir del Centro Educativo, fortaleciendo la operatividad del nivel local, para lograr la agilización de los trámites de movimiento de personal.
  • 93. I. ¿QUÉ ACCIONES DEBE TOMAR EL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR CON OTROS ORGANISMOS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS? Una de las funciones que se le otorga al Consejo Directivo Escolar, es la administración del recurso humano que labora en el Centro Educativo. Para ello, el Consejo coordinará conjuntamente las siguientes acciones con los organismos de la administración de la Carrera Docente: 1. Dirección del Centro Educativo: Valorar la tarea del Director o Directora Coordinar actividades del Centro Educativo. Definir plazas subutilizadas. Establecer necesidades de personal docente y administrativo. 2. Unidad de Recursos Humanos de la Dirección Departamental de Educación: Comunicación respecto a la disponibilidad de plazas y partidas. Nombramientos. Traslados. Renuncias. Nombramiento interino. Asignación de sobresueldo, horas clases. Permuta entre educadores y Asignación de partidas compatibles. 3. Tribunal Calificador: Solicitar la selección de candidatos para ocupar plazas vacantes en los siguientes casos: Cargos de Director y Subdirector. Nombramientos de Maestros (Traslados, nuevo ingreso, reingreso). 4. Juntas de la Carrera Docente Denuncia comisión de infracciones. Interposición de recursos sobre resoluciones emitidas por el Tribunal Calificador. Aplicación de la suspensión previa (Art. 60 de la Ley de la Carrera Docente y 92 del Reglamento). 5. Tribunal de la Carrera Docente Interposición del recurso de apelación de las resoluciones emitidas por las Juntas de la Carrera Docente.
  • 94. II. ¿CUÁLES SON LAS NORMATIVAS QUE REGULAN LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS EN EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR? Puesto que el Consejo Directivo Escolar administrará el Recurso Humano del Centro Educativo correspondiente, el Ministerio de Educación presenta a continuación las siguientes orientaciones o normas que deben ser consideradas para su administración: A. Todo movimiento de personal (Nombramiento, traslado, reingreso, asignación de horas clase, sobresueldos, etc.), estará sujeto a lo que establece la Ley de Salarios y Reglamento de la Ley de la Carrera Docente y Disposiciones Generales de Presupuesto y deberá ser canalizada por el Presidente del Consejo Directivo Escolar (CDE). B. La Unidad de Recursos Humanos Departamental, será la responsable de velar por la custodia de los expedientes del personal que labora en los centros educativos. (Art. 8 Reglamento de la Ley de la Carrera Docente) y el Director del centro educativo, será el responsable de velar por el expediente del desempeño profesional. C. Todo movimiento de personal (Nombramiento, traslado, permuta, reingreso, etc.) excepto licencias y ascensos escalafonarios, deberá suspenderse en el mes de septiembre, por motivos de cierre de las actividades en las unidades externas del Ministerio de Educación y el inicio del proceso de refrenda del personal. D. Para que una permuta entre educadores proceda, deberá respetarse la formación profesional y el nivel educativo donde se presten los servicios, (Art. 30 de la Ley de la Carrera Docente y 35 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente). E. Los sobresueldos por doble sección y las horas clase caducan el 31 de diciembre de cada año y su renovación dependerá de la persistencia de la necesidad, (Art. 32, inciso segundo del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente). El Consejo Directivo Escolar podrá solicitar a Recursos Humanos Departamental dejarlos sin efecto, por las causas señaladas en el Art. 33 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente. F. El reingreso del educador podrá darse por: renuncia por causa justificada, despido conforme a los procedimientos que establece la Ley (art. 18 Ley de la Carrera Docente y Capitulo IV, art. 18 Reglamento de la Ley de la Carrera Docente); y por inhabilitación para el ejercicio de la docencia. En el primer caso el educador deberá anexar el acuerdo de aceptación de renuncia emitido por el Ministerio de Educación y en los otros casos adjuntar además, constancia de la Junta de la Carrera Docente. Por motivo de enfermedad sólo agregará la certificación médica que lo habilita nuevamente para el ejercicio de la profesión.
  • 95. G. Por ningún motivo el Consejo Directivo Escolar podrá limitar el término para la recepción de solicitudes de ingreso y reingreso en el proceso de selección de concursos de plazas vacantes de docentes, subdirectores o directores con relación al plazo que señala la Ley. H. En todo proceso de ingreso de personal docente al centro educativo será necesario: Verificación de la necesidad del recurso humano por personal técnico y la disponibilidad de plaza por Recursos Humanos Departamental Recepción de documentos de los maestros aspirantes en el término que señala la Ley. Selección del personal docente por el Tribunal Calificador y emisión de fallo. Legalización del nombramiento por Recursos Humanos Departamental. I. El Consejo Directivo Escolar podrá contratar servicios profesionales, docentes y/o administrativos y pagarlos con otros ingresos, siempre y cuando no existan recursos para cubrir dichas necesidades; por parte del Ministerio de Educación. J. El Consejo Directivo Escolar previa autorización de la Unidad de Recursos Humanos Departamental, podrá nombrar educadores interinos en los casos de vacante generadas por licencia sin goce de sueldo y de suspensión, conforme a los procesos contemplados en la Ley de la Carrera Docente (Art. 40 Ley de la Carrera Docente). K. No se deberá contratar personal docente que no esté escalafonado y que no reúna los requisitos que estipula la Ley de la Carrera Docente (Art. 12 de la Ley General de Educación). L. El Ministerio de Educación a través de la Unidad Técnica correspondiente normará el proceso de Evaluación del ejercicio de la docencia y su aplicación será responsabilidad de la Modalidad que administre el centro educativo. M. No se podrá destacar personal docente a Oficinas Departamentales. N. La estabilidad laboral del personal contratado por la Modalidad de Administración Escolar Local, ya sea profesionales, docentes y/o administrativos, en ningún momento será responsabilidad del Estado. III. ¿CUÁLES SON LOS PASOS A SEGUIR EN LOS DIFERENTES PROCESOS PARA ADMINISTRAR EL RECURSO HUMANO? En este apartado se describen los diferentes procedimientos que deberá seguir el Consejo Directivo Escolar para la administración del Recurso Humano del centro educativo, ya sea pagado por el Ministerio de Educación o por el CDE.
  • 96. A. NOMBRAMIENTO DE PERSONAL DOCENTE CON UNO O VARIOS CANDIDATOS. (Art. 18 de la Ley y Art. 24 del Reglamento de la Carrera Docente). Cuando se declare una plaza vacante. PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Determina la necesidad de docentes de acuerdo a la matrícula, nómina de personal 1. Consejo Directivo Escolar docente y número de secciones por turno. (Art. 95 numeral 3 de las Disposiciones Generales del Presupuesto). Previa consulta al Consejo Directivo Escolar. Director(a) del Centro presenta a la Unidad de Recursos Humanos 2. Educativo. Departamental, necesidades de docentes del Centro Educativo Unidad de Recursos Analiza las necesidades presentadas de 3. Humanos acuerdo a la disponibilidad de partidas y lo Departamentales. comunica al Consejo Directivo Escolar. Publica la existencia de plazas (Anexo 1) en las Oficinas Departamentales, en las sedes de 4. Consejo Directivo Escolar. Asesoría Pedagógica y en lugares visibles dentro del centro educativo, (Art. 22 Reglamento de la Ley de la Carrera Docente). Retira en Recursos Humanos Departamental y Tribunal Calificador la(s) hoja(s) de Solicitud para aspirante a Plaza Vacante Docente (Anexo 2). Presenta la siguiente documentación al Presidente o a la persona que se delegue en el Centro Educativo: (Art. 18, inciso 1 de la Ley y Art. 24 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente): o Solicitud para aspirante a Plaza 5. Docente Vacante Docente. o Fotocopia de NIP. o Fotocopia DUI. o Curriculum vitae. o Fotocopia de Título debidamente registrado por el Ministerio de Educación. o Constancia de servicio extendida por la Unidad de Recursos Humanos Departamental (sí aplica).
  • 97. o Constancia de la Junta de la Carrera docente que no ha sido sancionado en los últimos 5 años. (Solo en caso de ascensos al cargo de director o subdirector). o Copia de acuerdo de retiro y constancia de la Junta de la Carrera Docente en caso de reingreso. Revisa y verifica si la documentación está de acuerdo a los requerimientos de la plaza(s) sometida(s) a concurso. Firmará las copias confrontadas con El Presidente del CDE o 6. sus originales y las enumerará. quien lo sustituya Entregar al docente la parte desprendible de la solicitud firmada y sellada, señalando la documentación recibida. Levanta acta de cierre de concurso (Anexo 3), en el Libro de Actas de CDE, transcurridos 5 días de la publicación de la vacante y envía con nota de remisión (Anexo 7) la certificación (Anexo 5) de la misma al 7. Consejo Directivo Escolar. Tribunal Calificador. Y anexa una certificación (Anexo 5) del acta a la Unidad de Recursos Humanos Departamental, en un plazo no mayor de 3 días posteriores al cierre del concurso. Si el aspirante reúne los requisitos legales exigidos: a. Comunica al educador que la plaza le ha sido asignada para que se presente a tomar posesión, en un plazo no mayor de tres días. 8. Consejo Directivo Escolar. b. Levanta Acta de Toma de Posesión. (Anexo 4). Y notifica al Tribunal Calificador y a la Unidad de Recursos Humanos departamental mediante certificación (Anexo 5) de la misma.
  • 98. c. Envía a la Unidad de Recursos Humanos Departamental hoja de remisión (Anexo 6) y notifica al Tribunal Calificador. De lo contrario levanta una Acta en el Libro de CDE donde se declara desierta la plaza e informa al Tribunal Calificador y Unidad de Recursos Humanos Departamental, para someter nuevamente a concurso la plaza, anexando Certificación del Acta. Dependiendo del número de solicitudes que reciba el Consejo Directivo Escolar de la plaza vacante, después de transcurridos cinco días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha de haberse publicado su existencia (Art. 18 de la Ley de La Carrera Docente), realizará los siguientes pasos: EN CASO DE UN SOLO CANDIDATO Elabora Acta de Cierre de Concurso de plaza vacante (Anexo 3) en el Libro de Actas del CDE. Envía al Tribunal Calificador la siguiente documentación: 3 Notas de remisión (Anexo 7) con la 9. Consejo Directivo Escolar. nómina de docentes que aspiran a la plaza, más la documentación respectiva (Anexo 5) en un plazo no mayor de tres días hábiles (Art. 18, inciso 3). Nómina de docentes ofertantes y su documentación respectiva. Secretario (a) del CDE Elabora en original y dos copias de las notas de remisión de nómina de 10. docentes aspirantes a plazas (Anexo 7). Presidente del CDE Prepara la siguiente documentación para ser presentada al Tribunal Calificador. 11. Nota de remisión en original y dos copias (Anexo 7). Los expedientes de cada Docente. Tribunal Calificador. Recibe y analiza documentación, suministra pruebas de selección y emite dictamen final en un plazo no 12. mayor de 30 días hábiles, (Art. 52 inciso 3º. de la Ley de la Carrera Docente).
  • 99. Remite fallo al Consejo Directivo Escolar y a la Unidad de Recursos Humanos Departamental (Art. 19 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente). El Presidente (a) del CDE Notifica al docente que ha sido seleccionado 13. para la plaza respectiva y a todos los participantes. 14. Docente. Se presenta al centro educativo. Consejo Directivo Escolar. Levanta el Acta de toma posesión del 15. cargo (Anexo 4). Certifica dicha Acta (Anexo 5). Secretario(a) del CDE Elabora nota de remisión de documentación a 16. Unidad de Recursos Humanos Departamental (Anexo 6). Envía a la Unidad de Recursos Humanos Departamental: Certificación del Acta de Toma de Posesión Presidente del Consejo (Anexo 5) del docente seleccionado. 17. Directivo Escolar Fallo respectivo del Tribunal Calificador. Documentación Legal: DUI, NIT, NUP, (AFP) y cuenta bancaria (si es nuevo ingreso) Unidad de Recursos Recibe documentación, elabora Acuerdo y 18. Humanos actualiza base de datos (Art. 19 del Departamentales. Reglamento de la Ley de la Carrera Docente). Distribuye copias de Acuerdo (Art. 19, inciso Unidad de Recursos 19. 3º. del Reglamento de la Ley de la Carrera Humanos Departamental. Docente). Recibe copia de Acuerdo y archiva en 20. Consejo Directivo Escolar. expediente del docente (Art. 8 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente). Si el docente no se presenta a laborar en un plazo de cinco días, se comunica al Tribunal 21. Consejo Directivo Escolar. Calificador; se declara desierta y se inicia el proceso de nombramiento del sustituto.
  • 100. ANEXO 1 AVISO DE VACANTE El Consejo Directivo Escolar del Centro Educativo ______________________________ ______________________________________________________________________, Código No. __________ del Caserío _____________________, Cantón __________, Municipio ______________________, del Departamento de ________________ en cumplimiento de lo establecido en el Art. 18 de la Ley y 22 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, por este medio hace SABER: Que en este Centro Educativo existe la vacante de Docente para el Nivel_______Grado________________________ Especialidad________________ Por lo que se convoca a todos los Docentes interesados a que presenten su solicitud para optar a dicho cargo en la sede del Centro Educativo a partir del________________ _______________________________al______________________________________ Lugar y Fecha ____________________________________ SELLO F: _______________________________ Nombre: __________________________________________ Presidente del Consejo Directivo Escolar
  • 103. Espacio reservado que será completado por el Representante Legal del Consejo Directivo Escolar “CALIDAD DE LA EDUCACIÓN: UN DESAFÍO DE TODOS”
  • 104. ANEXO 4 MODELO DE ACTA DE TOMA DE POSESIÓN DE PLAZA VACANTE DE DOCENTE
  • 105. ANEXO 5 MODELO DE CERTIFICACIÓN DE ACTA 1 Este es un modelo por lo cual deberá ser adaptado de acuerdo al tipo de acta que se vaya a certificar. Para efectos de CERTIFICACIÓN DE ACTA, el Secretario(a) del Consejo Directivo Escolar, podrá extenderla de la siguiente manera: El (la) Infrascrito (a) Secretario (a) del Consejo Directivo Escolar, HACE CONSTAR: Que la anterior copia fotostática del Acta número _______ de fecha_________ por medio del cual SE CERTIFICA el acta de _____________________________________ es conforme y fidedigna con su original con la cual fue debidamente confrontada y para ser presentada a _____________________________, se extiende la presente que firmo, a los _____________ días del mes de ____________ del año ________. ____________________________________ SELLO Firma y Nombre Secretario(a) del Consejo Directivo Escolar 1 Este es un modelo por lo cual deberá ser adaptado de acuerdo al tipo de acta que se vaya a certificar.
  • 106. ANEXO 6 MODELO DE REMISIÓN DE DOCUMENTACIÓN A LA UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS DEPARTAMENTAL _______________________________ Lugar y Fecha Señor(a) Unidad de Recursos Humanos Departamento de ______________________ Presente. El CDE de ____________________________________________________________ (Nombre del Centro Educativo según acuerdo de acreditación y código) de la Jurisdicción ______________________________________________________ (Caserío, Cantón, Municipio y Departamento) Se permite hacer de su conocimiento, que luego de haber realizado el proceso de selección de personal docente, para ocupar la plaza vacante _____________________ (Nivel y Especialidad) en la Ley de la Carrera Docente, se ha seleccionado al (a) profesor (a): ____________ _______________________________________ NIP _________________________, para ocupar dicha vacante, por lo que solicitamos a usted, se proceda a elaborar los trámites de legalización respectiva. Sin otro particular, nos suscribimos. SELLO _____________________________ ____________________________ Presidente (a) del Consejo Directivo Escolar Secretario (a) del Consejo Directivo Escolar ANEXO: Fallo del Tribunal Calificador. (En caso que sean varios candidatos) Expediente del Educador seleccionado.
  • 107. ANEXO 7 NOTA DE REMISIÓN DE DOCUMENTO CON SU NÓMINA DE ASPIRANTES A LA PLAZA VACANTE DE DOCENTE. _________________________ Lugar y Fecha Señores Miembros Propietarios Del Tribunal Calificador Presente El Consejo Directivo Escolar ___________________________________________ (Nombre del Centro Educativo y código) del Distrito _______________, Zona _________________Caserío______________ Cantón_______________ Municipio _______________Departamento___________ Con base al artículo 18, numeral 3 de la Ley de la Carrera Docente, y de acuerdo al libro de actas que lleva este centro educativo, donde se encuentra el acta de cierre bajo el número ________ de fecha __________ a partir del folio____________al folio_________________, de la cual remitimos la nómina con los expedientes de educadores(as) que aspiran a la(s) plaza(s) vacante (s) siguiente(s), especialidad (es) _______________________________________ siendo ellos(as) los siguientes: SELLO Nombre ___________________________ F: ________________________ Presidente (a) del C.D.E. Nombre: _________________________ F: _______________________ Tesorero(a) del C.D.E. Nombre:___________________________ F:________________________ Secretario (a) del C.D.E. Dirección particular y teléfono del (la) Director (a)_______________________________ Presentar expedientes conforme a la nómina en el siguiente orden: traslado, reingreso y nuevo ingreso. *años de graduación del 1er. Título del Docente
  • 108. B. PERMUTA ENTRE EDUCADORES (Art. 30 de la Ley y Art. 35 del Reglamento de la Carrera Docente). Los docentes, que deseen permutar, deberán laborar en el mismo nivel educativo o tener ambos la preparación profesional para desempeñarse en niveles educativos diferentes. No podrán ser objeto de permuta, los cargos de Director y Subdirector, en consecuencia los docentes que ostenten estos cargos y deseen permutar deberán renunciar a los mismos (Art. 35 Reglamento de la Ley de la Carrera Docente). A continuación se presenta paso a paso los procedimientos a seguir para realizar una permuta: PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Educador (a). Presenta Solicitud de Permuta (Anexo 8) con la información requerida a los Directores de centros educativos correspondientes, Art. 35 1. del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente). Director de Centro Educativo. Recibe solicitud de Permuta de los educadores, la analiza de acuerdo a la Ley y notifica al Consejo Directivo Escolar y si reúne 2. estos requisitos, el Director da su “es conforme”, a dicha solicitud. Director de Centro Educativo. Notifica al educador y procede a levantar Acta de Toma de Posesión en el libro del centro educativo.(Anexo 9), Envía con nota de remisión (Anexo 10) la siguiente documentación a la Unidad de Recursos Humanos Departamental para su legalización, (Art. 19 del 3. Reglamento de la Ley de la Carrera Docente). Solicitud de permuta con es conforme del Director. Expediente del Educador seleccionado Certificación de Acta de Toma de Posesión. (Anexo 5). Unidad de Recursos Recibe, revisa documentación, actualiza base Humanos Departamental. de datos y procede a elaborar y legalizar el 4. Acuerdo respectivo (Art. 19 del Reglamento de la Carrera Docente).
  • 109. Unidad de Recursos Distribuye copias de Acuerdos, (Art. 19, inciso Humanos Departamental. 3 del Reglamento de la Ley de la Carrera 5. Docente). Director de Centro Educativo. Recibe copia de Acuerdo y archiva en el 6. expediente del educador (Art. 8 Reglamento de la Ley de la Carrera Docente).
  • 110. ANEXO 8 SOLICITUD DE PERMUTA PARA USO DE RECURSOS HUMANOS: RESOLUCIÓN: ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ Firma: _________________________ ANEXAR: CERTIFICACION DE ACTA DE TOMA DE POSESIÓN
  • 111. ANEXO 9 MODELO DE ACTA DE TOMA DE POSESIÓN POR PERMUTA ACTA NÚMERO_________ En el local: ____________________________________________________________ (Nombre del centro educativo según acuerdo de acreditación y código) De la Jurisdicción de ____________________________________________________ (Caserío, Cantón, Municipio, Departamento) a las ____________horas del día________del mes______del año__________. Luego de cumplir con los requisitos estipulados (art. 30 numeral 11en la Ley de la Carrera Docente y art. 35 en el Reglamento de la Ley de la Carrera Docente); se procede a dar posesión del cargo a el(la) docente______________________________________, con NIP_______________________, para prestar sus servicios en el grado _________ sección ___________en el turno de ______, por haber efectuado permuta con el (la) docente_______________________________________________________; dejando constancia que a partir de esta fecha formará parte del equipo docente de este Centro Educativo. Y no habiendo más que hacer constar, suscribimos la presente acta que firmamos. Sello F: ___________________________ F: __________________________ Nombre y firma Nombre y firma Director (a) del Centro Educativo Docente
  • 112. ANEXO 10 MODELO DE REMISIÓN DE DOCUMENTACIÓN A LA UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS DEPARTAMENTAL EN CASO DE PERMUTA _________________ Lugar y fecha Señor(a) Unidad de Recursos Humanos Departamento de _____________ Presente. El Director(a) del ______________________________________________________, (Nombre del Centro Educativo según acuerdo de acreditación y código) _______________________, de la Jurisdicción de ____________________________. (Caserío, cantón, municipio y Departamento) Hace de su conocimiento que luego de haber realizado el proceso de permuta entre docentes para ocupar la plaza de _________________________y cumplido los requisitos establecidos en el Art. 30 numeral (grado ,sección, turno) 11 la Ley de la Carrera Docente y art. 35 de El Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, se ha dado toma de posesión al (la) profesor (a): __________________NIP_____________. Por lo que solicitamos a usted, se proceda a elaborar los trámites de legalización respectiva. Sin otro particular, me suscribo atentamente F: ______________________________ Director(a) del Centro Educativo ANEXAR: Expediente del educador seleccionado. Certificación de Acta de Toma de Posesión.
  • 113. C. Asignación de Sobresueldos por doble sección y Horas Clase (Art. 33 de la Ley y Art. 32 y 33 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente). Los sobresueldos por doble sección y las horas-clase es un proceso especial consignado en la Ley de la Carrera Docente para cubrir necesidades de servicios educativos en los siguientes casos: Cuando el Ministerio de Educación no pueda nombrar profesores de planta con sueldo base por no haber disponibilidad de las partidas correspondientes. Cuando las horas a asignar sea tal, que no amerite el nombramiento de una plaza. Los sobresueldos por doble sección y las horas-clase son un recurso de apoyo a la docencia y de carácter emergente que caduca el 31 de diciembre de cada año y su renovación dependerá de la necesidad que originó su asignación. Los pasos a seguir para la Asignación de Sobresueldos por doble sección y Horas Clase se describen a continuación: PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Consejo Directivo Escolar. Determina la necesidad de horas clase y sobresueldo por doble sección de acuerdo a la matrícula, nómina de personal docente y 1. número de secciones por turno (Art. 32 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente y Art. 95, numeral 3 de las Disposiciones Generales de Presupuesto). Director(a) del Centro Elabora Declaración Jurada de la necesidad y 2. Educativo. la presenta a la Unidad de Recursos Humanos Departamental. Recursos Humanos Recibe documentación sobre necesidades de Departamental. Horas Clases o sobresueldo por doble sección, analiza, verifica, certifica la 3. disponibilidad y remite la certificación de disponibilidad de horas clases al Presidente del Consejo (Anexo 11). Consejo Directivo Escolar. Realiza proceso de selección del educador y considerando la carga académica, turno, 4. jornada de trabajo, y la especialidad en que se desempeñara al (Art. 29 y 32 del Reglamento de Ley de la Carrera Docente). Consejo Directivo Escolar. Comunica al educador seleccionado, levanta acta de toma de posesión (Anexo 4) y remite a 5. la Unidad de Recursos Humanos Departamental. 6. Recursos Humanos Recibe documentación, revisa, asigna
  • 114. Departamental. recursos y remite certificación al Consejo Directivo Escolar, elabora el acuerdo de asignación y distribuye copias del mismo. Director (a) del centro Recibe copia de acuerdo y archiva educativo. documentación en expediente del educador 7. (Art. 8 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente).
  • 115. ANEXO 11 MINISTERIO DE EDUCACION REPÚBLICA DE EL SALVADOR CERTIFICACIÓN DE DISPONIBILIDAD DE HORAS CLASES Señor Presidente del Consejo Directivo Escolar de: ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ (Nombre del Centro Educativo según acuerdo de acreditación y código) Por la presente hago de su conocimiento que, con la finalidad de iniciar el proceso de adjudicación de horas clases de educación ________________ a ese centro educativo, certifico que: de la Partida: ________________, se le asignan, _________, de la unidad presupuestaria: ___________, línea de trabajo__________, las que están disponibles a partir de: (fecha): ________________del mes de________________ del año ________________. (Nombre del departamento, fecha mes y año) F: _______________________________________ Nombre y firma del Jefe de Recursos Humanos del Departamento de_______________________.
  • 116. D. Nombramiento de Directores y/o Subdirectores (Arts. 18, 44, 45, 46 y 47 de la ley y Art. 90 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente). PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Consejo Directivo Escolar. Solicita certificación de disponibilidad de plaza vacante de Director o Subdirector a la Unidad de 1. Recursos Humanos del Departamento (Art. 26 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente). Unidad de Recursos Verifica la necesidad y disponibilidad de plaza Humanos Departamental. vacante y comunica a la Oficina de Recursos 2. Humanos del nivel Central para su publicación en los periódicos de mayor circulación. Consejo Directivo Escolar. Publica la existencia de plazas en las Oficinas Departamentales, Sedes de Asesoría 3. Pedagógica y en lugares visibles dentro de la institución (Anexo 1), (Art. 22 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente). Docente interesado Retira en la Unidad de Recursos Humanos Departamental Solicitud para Concursar a Plaza vacante de Director o Subdirector (Anexo 12) 4. Prepara la siguiente documentación: Solicitud llena con toda la información Consejo Directivo Escolar. Realiza valoración de la labor del director o subdirector conjuntamente con la valoración del Consejo de profesores y Consejo de alumnos (En caso de que el Director o Subdirector haya cumplido 5 años en el cargo y desea reelegirse), 5. ya sea que la valoración sea favorable o no, dicha acta se remitirá acompañada de la nómina de aspirantes y su respectiva documentación para optar al cargo (Art.65 literal D del reglamento de la Ley de la Carrera Docente). Consejo Directivo Escolar. Remite (Anexo 13) al Tribunal Calificador 6. anexando una certificación de acta (Anexo 5) para que éste emita su fallo. Tribunal Calificador. Revisa y analiza documentación recibida, y en caso que exista más de un candidato que reúna los requisitos del cargo, podrá mediante la contratación de servicios realizar las pruebas de 7. selección que señala el Art. 18 de la Ley de la Carrera Docente y en base a este emite su fallo.
  • 117. Tribunal Calificador. Comunica al Consejo Directivo Escolar del fallo emitido y a la Unidad de Recursos Humanos 8. Departamental. Consejo Directivo Escolar. Recibe fallo del Tribunal Calificador y comunica al educador seleccionado, además procede a levantar Acta de Toma de Posesión (Anexo 4) y 9. remite copia certificada (Anexo 5) a la Unidad de Recursos Humanos Departamental, para que se realice el trámite de nombramiento. Unidad de Recursos Recibe Certificación de Acta de Toma de Humanos Departamental. Posesión y fallo del tribunal Calificador y procede a nombrar al Director y/o Subdirector de 10. acuerdo a las especificaciones y partidas asignadas en la Ley respectiva. Recursos Humanos 11. Departamental Emite, legaliza y distribuye acuerdos. Director(a) del centro Recibe acuerdo y archiva en expediente del 12. educativo. educador. “Si se presenta algún reclamo del o de los docentes a la Junta de la Carrera Docente durante el período establecido por la Ley se procede a suspender el proceso hasta que el organismo competente emita fallo.”
  • 120. ANEXO 13A MODELO DE NOTA DE REMISIÓN DE DOCUMENTOS CON SU NOMINA DE ASPIRANTES A SUBDIRECTOR _________________________ Lugar y Fecha Señores Miembros Propietarios del Tribunal Calificador Presente El Consejo Directivo Escolar_______________________________________________ (Nombre del Centro Educativo y código) del Distrito _____________, Zona____________Caserío________ del Municipio __________________ Departamento __________________ Con base al artículo 18, numeral 3 de la Ley de la Carrera Docente, y de acuerdo al libro de actas que lleva este centro educativo, donde se encuentra el acta de cierre bajo el número ___________________ de fecha________________ a partir del folio____________al folio________________________, de la cual remitimos la nómina con los expedientes de educadores(as) que aspiran a la(s) plaza(s) vacante (s) de SUBDIRECTOR (A) del turno_____________con sus respectivos expedientes siendo ellos(as) los siguientes: SELLO Nombre ___________________________ F: __________________________ Presidente (a) del C.D.E. Nombre: _______________________ F: __________________________ Tesorero(a) del C.D.E. Nombre: ________________________ F: __________________________ Secretario (a) del C.D.E. Dirección particular y teléfono del (la) Director (a) ______________________________ ______________________________________________________________________
  • 121. ANEXO 13B NOTA: ELABORAR UNA POR CADA TURNO MODELO DE NOTA DE REMISIÓN DE DOCUMENTOS CON SU NOMINA DE ASPIRANTES A LA DIRECCIÓN ÚNICA _________________________ Lugar y Fecha Señores Miembros Propietarios Del Tribunal Calificador Presente El Consejo Directivo Escolar _______________________________________________ (Nombre del Centro Educativo y código) del Distrito __________________, Zona__________________Caserío_____________ del Municipio ______________________ Departamento ________________________ Con base al artículo 18, numeral 3 de la Ley de la Carrera Docente, y de acuerdo al libro de actas que lleva este centro educativo, donde se encuentra el acta de cierre bajo el número _______________________ de fecha________________ a partir del folio____________al folio________________________, de la cual remitimos la nómina de educadores(as) que aspiran a la plaza vacante de DIRECTOR (A) con sus respectivos expedientes siendo ellos(as) los siguientes: SELLO Nombre ___________________________ F: _________________________ Presidente (a) del C.D.E. Nombre: ___________________________ F:_______________________ Tesorero(a) del C.D.E. Nombre: ___________________________ F:_________________________ Secretario (a) del C.D.E. Dirección particular y teléfono del (la) Director (a) ______________________________ ______________________________________________________________________
  • 122. E. Licencias con o sin goce de sueldo PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Educador(a). Elabora solicitud de licencia con o sin goce de sueldo 1. (Anexo 14), según sea el caso y entrega al Director del centro educativo. Director(a) del centro Recibe solicitud de licencia, revisa y en caso de educativo. proceder dicha solicitud comunica al Consejo Directivo 2. Escolar y tramita ante la Unidad de Recursos Humanos Departamental. Recursos Humanos Recibe documentación, revisa y analiza con base en Departamental. el tiempo de servicio y de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Asuetos, Vacaciones y Licencias de los 3. Empleados Públicos y a la Ley de la Carrera Docente y comunica al Director del centro educativo en un plazo no mayor de 3 días, si ésta no procede. Recursos Humanos Actualiza expediente en la parte que se refiere al 4. Departamental. control de las licencias y emite acuerdo. Recursos Humanos 5. Legaliza, archiva y distribuye acuerdos. Departamental. Director(a) centro 6. Recibe copia y archiva en el expediente del educador. educativo.
  • 123. ANEXO 14 SOLICITUD DE LICENCIAS (Más de 5 días) (Menos de 5 días) __________________________________ Lugar y Fecha Nombre del Solicitante: _____________________________________________ con NIP No. __________________, Centro Educativo _______________________ Cargo: _________________________, Partida: _________, Subnúmero: __________, Nivel: ______________________, Especialidad: __________________________. Por este medio solicito a usted concederme licencia: a) Con goce de sueldo: __, b) Sin goce de sueldo: _______, por ________ días ______. Por motivo de: ________________________________________________________ ____________________________________________________________________. Tiempo solicitado: Desde _________________ Hasta _____________ ____________________________________________________________________ OBSERVACIONES: ____________________________________________________ F: ___________________________ F: ____________________________ Docente (solicitante) Director Centro Educativo Nota: Si la licencia por enfermedad pasa de 5 días, deberá presentar documento probatorio.
  • 124. F. Dejar sin Efecto el Nombramiento 1. Por Renuncia y/o Fallecimiento PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Educador(a) Interesado(a). Presenta renuncia en original y copia (Anexo 15), y en caso de fallecimiento el familiar 1. autorizado, agrega documentación probatoria (partida de defunción). Educador(a) Interesado(a). Recibe renuncia o partida de defunción y 2. comunica al Consejo Directivo Escolar para su, “Es Conforme”. Director(a) del centro Remite renuncia o partida de defunción y educativo. documentación probatoria a la Unidad de 3. Recursos Humanos Departamental para emisión y legalización de movimiento. Unidad de Recursos Recibe, revisa, analiza y legaliza la renuncia o Humanos Departamental. defunción; emite Acuerdo y distribuye copias respectivas. 4. Comunica al Presidente del CDE para dejar sin efecto el nombramiento. (Renuncia o Fallecimiento) (Anexo 16). Director(a) del centro Archiva acuerdo en el expediente del educador 5. educativo. (Art. 8, Reglamento de la Ley de la Carrera Docente). 2. Por Abandono del Cargo PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD 1. Director(a) del centro educativo. En caso de la inasistencia del educador sin causa justificada en un período de ocho días consecutivos o diez hábiles no consecutivos en el mismo mes calendario, informará al Consejo Directivo Escolar de dicha falta (Art. 61, numeral 3, Ley de la Carrera Docente y Art. 99 , numeral 5 de las Disposiciones General de Presupuesto). 2. Consejo Directivo Escolar. Reciben, analizan documentación probatoria de inasistencias del educador, elaboran expediente y remiten ante la Junta de la Carrera Docente dentro de los cinco días hábiles siguientes. 3. Junta de la Carrera Docente. Inicia proceso abriendo expediente por la causal de abandono y se realiza el trámite
  • 125. respectivo, hasta pronunciar sentencia. La notifica al Consejo Directivo y si no apela el educador en el período legal establecido, comunica el dictamen a la Unidad de Recursos Humanos Departamental. 4. Consejo Directivo Escolar. Recibe sentencia y prepara la documentación probatoria y la envía a la Unidad de Recursos Humanos Departamental. 5. Recursos Humanos Recibe y revisa documentación y si todo está Departamental. en orden elabora, legaliza y distribuye Acuerdo, actualiza base de datos y archiva en el expediente del educador. Directora(a) del centro 6. Recibe copia de acuerdo y archiva. educativo.
  • 126. ANEXO 15 MODELO DE RENUNCIA PARA SUELDO BASE Y SOBRESUELDO _________________________ Lugar y Fecha Señor(a) Director(a) del Centro Educativo Presente. Yo, ____________________________con NIP No. ____________, nombrado en Centro Educativo ________________________________ Código ______________ en el Nivel de Educación: a) Parvularia _________, b) Básica __________, c) Media ___________, d) Otros (Especifique) ____________________. Interpongo a usted mi renuncia irrevocable a la(s) plaza(s) que detallo a continuación: Sueldo Base en: _____________________________________________________ Código: __________, Partida: ______, Subnúmero: ________ Sobresueldo en: _____________________________________________________ Código: __________, Partida: ______, Subnúmero: ________ Horas Clase en: _____________________________________________________ Código: __________, Partida: ______, Número de horas clase: _______________ Otros: _____________________________________________________________ Ya que por motivos de: _____________________________________, se me hace imposible seguir atendiendo dicho cargo. La renuncia surtirá efecto a partir de: _____________________________________. Atentamente, F: ________________________ Firma del docente
  • 127. ANEXO 16 COMUNICACIÓN DE DEJAR SIN EFECTO NOMBRAMIENTO _____________________________ Lugar y Fecha Señor(a) Unidad de Recursos Humanos Departamento de _______________ Presente. Comunico a usted que a partir de __________________________________________ (Fecha) ha dejado de prestar sus servicios en el Centro Educativo _______________________ _________________________ Código _______, el (la) Profesor(a) _______________ ____________________________ NIP _______________________, nombrado con Partida ______ Subnúmero _______ y con el cargo de: __________________ por el motivo siguiente: a) Renuncia _________________, b) Abandono de Trabajo ______, c) Fallecimiento ______, e) Otros: _______________ (especificar) Por lo que rogamos se efectúen los trámites del caso a fin de dejar sin efecto dicho nombramiento. Atentamente. F: __________________________________ Presidente (a) del Consejo Directivo Escolar ANEXOS: _____ Renuncia _____ Certificación de Abandono de Trabajo _____ Partida de Defunción _____ Resolución de la Junta o Tribunal _____ Otros:_________________________________________________ (Especificar) c.c. Junta de la Carrera Docente del Departamento (SOLAMENTE EN CASO DE ABANDONO DE CARGO).
  • 128. G. Nombramiento de Personal Docente Interino PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD 1. Consejo Directivo Escolar Solicita autorización de nombramiento interino a la Unidad de Recursos Humanos Departamental. 2. Unidad de Recursos Analiza necesidad y verifica disponibilidad. Humanos Departamental 3. Unidad de Recursos Notifica la disponibilidad al CDE. Humanos Departamental 4. Consejo Directivo Escolar Comunica a la comunidad educativa, mediante carteles la existencia de plazas vacantes para nombrar docente interino (Art. 40 Ley de la Carrera Docente) 5. Consejo Directivo Escolar Procede a la selección a través de la revisión de curriculums y elabora acta de selección. 6. Director Comunica al docente y elabora acta de toma de posesión. 7. Director Remite a la Unidad de Recursos Humanos Departamental. la certificación del acta de selección. Certificación de acta de posesión. Expediente del docente seleccionado. 8. Unidad de Recursos Recibe y revisa documentación y si toda esta en orden elabora, legaliza, distribuye acuerdo y actualiza base de datos. 9. Humanos Recibe copia de acuerdo y archiva en el expediente del docente. H. Contratación de servicios profesionales de Docentes pagados con otros ingresos por el Consejo Directivo Escolar PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD 1. Director(a) del centro Presenta a aprobación del Consejo Directivo educativo. Escolar la(s) necesidad(es) de contratación de personal administrativo para el año lectivo. 2. Consejo Directivo Escolar. Coloca aviso de la existencia de plazas en las Oficinas Departamentales, Sedes de Asesoría Pedagógica y en lugares visibles dentro de la institución (Anexo 1).
  • 129. 3. Educador(a). Presenta solicitud de Ingreso (Anexo 2) y documentación que la acredite como docente, al Presidente del Consejo Directivo Escolar o a quien lo sustituya. 4. Consejo Directivo Escolar. Revisa solicitudes de empleo y verifica si la documentación está de acuerdo a los requerimientos de la plaza. 5. Consejo Directivo Escolar. Selecciona y elabora acta del docente a contratar. 6. Docente seleccionado. Se presenta al centro educativo a tomar posesión de su cargo y firma contrato. (Anexo 17). 7. Consejo Directivo Escolar. Archiva certificación de acta de toma de posesión (Anexo 4) y copia de contrato en el expediente del docente. I. Contratación de Servicios profesionales de Docentes y/o personal administrativo pagados con Otros Ingresos por el Consejo Directivo Escolar PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Director(a) del centro Presenta a aprobación del Consejo Directivo 1. educativo. Escolar la(s) necesidad(es) de contratación de personal administrativo para el año lectivo. Consejo Directivo Escolar. Coloca aviso de la existencia de plazas en las Oficinas Departamentales, Supervisoras 2. Distritales y en lugares visibles dentro de la institución (Anexo 1). Candidato(a). Presenta documentación que lo acredite con los conocimientos que requiere la plaza al 3. Presidente del Consejo Directivo Escolar o a quien lo sustituya. Director (a) del centro Revisa solicitudes de empleo y verifica que la 4. educativo. documentación este de acuerdo a los requerimientos de la plaza. Consejo Directivo Escolar. Selecciona y aprueba contratación y comunica al 5. candidato seleccionado. Candidato(a) Se presenta al centro educativo a tomar 6. seleccionado(a). posesión de su cargo y firma contrato (Anexo 18). Consejo Directivo Escolar. Remite copia de contrato firmado a la Unidad de 7. Recursos Humanos Departamental y Ministerio de Trabajo.
  • 130. ANEXO 17 CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES DE DOCENTES PAGADO CON FONDOS DE LA INSTITUCIÓN Yo, ________________________________________________, mayor de edad con Documento Único de Identificación número _____________________, extendido en el municipio de ____________________ Departamento de______________, en calidad de Representante Legal del Consejo Directivo Escolar del Centro Escolar ___________________________ ubicado en _______________________________ _________________________________________________________________ (Caserío, cantón, colonia, Barrio) Municipio de __________________Departamento de __________________________, quien se denominará “el Contratante”; y _______________________________ mayor de edad, _________________ con _________________________________________ (Nombre del empleado) (Profesión u oficio) Documento Único de Identificación número __________________________, extendido en el municipio de ______________________Departamento de___________________ quien se denominará “el Contratista” o el Docente” convenimos otorgar el presente Contrato de Trabajo, el cual iniciará el día _________ del mes de ___________ del año ____________, y finalizará el día _______ del mes de__________del año ______, y contendrá las cláusulas siguientes Cláusula Primera: RESPONSABILIDADES DEL CONTRATANTE Pagar _____________ al Docente la cantidad de ____________(US$) (Quincenal, mensual) mediante fondos provenientes de la cuenta bancaria del CDE. Efectuar la deducción correspondiente al 10% del Impuesto sobre la renta correspondiente. Proporcionar el material y/o herramientas de trabajo necesario para el desarrollo de las actividades que el Docente ejecute. Respetar al contratante y velar por un ambiente de trabajo armonioso. Autorizar permisos para asistir a capacitaciones y actualizaciones. Proporcionar las prestaciones laborales establecidas por la Ley. Cláusula Segunda: RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA Cumplir con la jornada laboral que le ha establecido la Institución Educativa. Desempeñar el trabajo convenido con diligencia y eficacia en beneficio de la Institución Educativa. Respetar las autoridades de la Institución. No manejar fondos económicos de la Institución, excepto si está autorizada por el CDE, y dicha autorización conste en acta. Cuidar el material, e instalaciones de la Institución. Cumplir con las demás obligaciones que le establecen las leyes en materia laboral
  • 131. Cláusula Tercera: FINALIZACION DE CONTRATO SIN RESPONSABILIDAD PARA LAS PARTES. El contrato podrá darse por finalizado: A) Por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato, por cualquiera de las partes; B) Por cumplimiento de plazo de vigencia del presente contrato Cláusula Cuarta: SANCIONES El Consejo Directivo Escolar, se reserva el derecho de aplicar las sanciones necesarias o presentar ante las instancias correspondientes la denuncia respectiva en caso de que el docente incumpliere con alguna de sus obligaciones establecidas en el presente contrato o en las que establezcan las leyes. Las partes contratantes aceptamos y nos damos por enteradas de las obligaciones establecidas en el presente Contrato, y firmamos a los _____________ del mes de _____________ del año ___________. F: _____________________________ F: _______________________________ Presidente del CDE Empleado (a)
  • 132. ANEXO 18 CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIOS PROFESIONALES ADMINISTRATIVOS Yo, ________________________________________________, mayor de edad con Documento Único de Identificación número ___________________, extendido en el municipio de _________________ Departamento de___________, en calidad de Representante Legal del Consejo Directivo Escolar del Centro Escolar _______ubicado en __________________________________________________________________ ____________________________________________________________________ (Caserío, cantón, colonia, Barrio) Municipio de ___________________Departamento de ____________________, que se denominará “el Contratante” y _________________________________ mayor de edad, __________________ con (Nombre del empleado) (Profesión u oficio) Documento Único de Identificación número __________________________________, extendido en el municipio de __________________________________ Departamento de_________________________ quien se denominará “el Contratista”, convenimos otorgar el presente Contrato de Trabajo, de Presentación de servicios Profesionales, el cual iniciará el día __________ del mes de _____________ del año _____________, y finalizará el día ________ del mes de _________ del año ___________, y contendrá las cláusulas siguientes. Cláusula Primera: RESPONSABILIDAD DEL PATRONO Pagar ______________ al Docente la cantidad de ____________(US$) (Quincenal, mensual) mediante fondos provenientes de la cuenta bancaria del CDE. Efectuar la deducción correspondiente al 10% del Impuesto sobre la renta correspondiente. Proporcionar el material y/o herramientas de trabajo necesario para el desarrollo de las actividades que el Docente ejecute. Respetar al contratante y velar por un ambiente de trabajo armonioso. Autorizar permisos para asistir a capacitaciones y actualizaciones. Proporcionar las prestaciones laborales establecidas por la Ley. Cláusula Segunda: RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA Cumplir con la jornada laboral de ocho horas establecidas por la Institución Educativa. Desempeñar el trabajo convenido con diligencia y eficacia en beneficio de la Institución Educativa. Respetar las autoridades de la Institución. No manejar fondos económicos de la Institución, excepto si está autorizada por el CDE, y dicha autorización conste en acta. Cuidar el material, e instalaciones de la Institución. Cumplir con las demás obligaciones que le establecen las leyes en materia laboral.
  • 133. Cláusula Tercera: FINALIZACIÓN DE CONTRATO SIN RESPONSABILIDAD PARA LAS PARTES. El contrato podrá darse por finalizado: A) Por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato, por cualquiera de las partes; B) Por cumplimiento de plazo de vigencia del presente contrato Cláusula Cuarta: SANCIONES El Consejo Directivo Escolar, se reserva el derecho de aplicar las medidas correctivas o sanciones necesarias en caso de que el contratista incumpliere con alguna de sus obligaciones establecidas en el presente contrato o en las que establecen las leyes. Las partes contratantes aceptamos y nos damos por enteradas de las obligaciones establecidas en el presente Contrato, y firmamos a los_____ días del mes de __________ del año _________. F: ______________________________ F: __________________________ Presidente del CDE Empleado (a)
  • 135. DOCUMENTO 4 IV. PASO A PASO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS INTRODUCCIÓN El propósito de este documento es que todas las Modalidades de Administración Escolar Local: Consejo Directivo Escolar (CDE), Asociación Comunal para la Educación (ACE) y Consejo Educativo Católico Escolar (CECE), conozcan las Normas y Procedimientos Administrativos Financieros para la ejecución de los recursos financieros que ingresan a los centros educativos en concepto de transferencias del MINED y de otros ingresos generados por contribuciones voluntarias y/o cuotas de escolaridad aportadas por los padres y madres de familia, tiendas escolares, actos de graduación y otros. Con ello se pretende fomentar sanas prácticas administrativas al interior de las Modalidades de Administración Escolar Local y en esa medida se espera que los recursos se inviertan en la satisfacción de las necesidades prioritarias de la población estudiantil. Estas normas y procedimientos tienen su base legal principalmente en la Ley General de Educación, la Ley de la Carrera Docente y su Reglamento, Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación, Convenio de Cooperación Administrativa entre el Gobierno de El Salvador por medio del Ministerio de Educación y la Iglesia Católica a través de la Conferencia Episcopal de El Salvador. Por otro lado las modalidades deben considerar las otras leyes y normas aplicables a la administración de fondos.
  • 136. I. NORMATIVA GENERAL DEL FUNCIONAMIENTO A. ADMINISTRATIVA: 1. Los fondos que administren las Modalidades de Administración Escolar Local se invertirán en las actividades de los centros educativos respectivos y se destinarán prioritariamente para el mejoramiento de la calidad de la educación. 2. Para recibir transferencias del MINED y administrar los centros educativos las modalidades deberán estar debidamente legalizadas: CDE: contar con su Personería Jurídica otorgada por el Ministerio de Educación mediante Acuerdo Ejecutivo y sus miembros reconocidos debidamente mediante Resolución Departamental de reconocimiento de miembros. ACE: contar con su Personería Jurídica otorgada por el Ministerio de Educación, mediante Acuerdo Ejecutivo y sus miembros registrados en acta. CECE: para administrar los recursos que el Ministerio de Educación les asigna, deberá estar Acreditado mediante Resolución firmada por el Director Departamental de Educación y sus miembros registrados en acta. 3. Las decisiones en la administración de los recursos de los centros educativos deberán tomarse colegiadamente y asentarse en el libro de Actas de la Modalidad. 4. Cuando haya cambios de alguno de los miembros propietarios de la Modalidad que registra y/o controla bienes del centro educativo deberá levantarse el Acta de Traspaso correspondiente. B. TRANSFERENCIAS DE FONDOS: 1. Las Modalidades para recibir fondos del Ministerio de Educación, deberán suscribir Convenio entre el MINED y los miembros con firma mancomunada, suscribir recibo, haber liquidado los fondos recibidos anteriormente, contar con los registros actualizados y no tener hallazgos de auditoría ya notificadas pendientes de superar. 2. Las Modalidades de Administración Escolar Local deberán atender las condiciones establecidas en los diferentes convenios celebrados con el Ministerio de Educación u otras entidades y serán responsables de la liquidación de los fondos recibidos. C. OTROS INGRESOS DEL CENTRO EDUCATIVO: (SÓLO PARA CDE Y ACE)
  • 137. 1. Se consideran otros ingresos de los Consejos Directivos Escolares y Asociaciones Comunales para la Educación los provenientes de las contribuciones de apoyo voluntario y las cuotas de escolaridad de los padres de familia, administraciones de tiendas escolares, cafetines, donaciones y otros; en cumplimiento al Art. 77 de la Ley General de Educación. 2. La utilización de estos ingresos serán para beneficio de la institución educativa para el mejoramiento de la calidad de la educación, sustentados en Art. 77 de la Ley General de Educación y Art. 8 del Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación. 3. Para el control de los Otros Ingresos que perciba el Consejo Directivo Escolar, deberán imprimirse dos series de recibos de ingresos prenumerados, una para el control exclusivo de las contribuciones voluntarias o cuotas de escolaridad de los padres de familia y la otra para el control de los demás ingresos que se perciban. En el caso de las ACE únicamente la serie para el control de los ingresos por cafetines, tiendas escolares, donaciones y otros. 4. Todos los ingresos percibidos deberán ser depositados en forma integra, en las siguientes 24 horas hábiles a su recepción. 5. Las modalidades podrán modificar el Plan Escolar Anual y su presupuesto, de acuerdo a las necesidades e ingresos reales que perciba el centro educativo, debiéndolas registrar en acta en el libro correspondiente. 6. Si los ingresos percibidos son mayores o menores a los presupuestados, la modalidad podrá modificar su Plan Escolar Anual y Presupuesto, asignando los recursos en actividades prioritarias del centro educativo. 7. Cuando se realicen actividades especiales en beneficio de la comunidad educativa, aprobadas por el Consejo Directivo Escolar u otra modalidad de administración escolar, no deberá limitarse a registrar únicamente los resultados de dicha actividad, si no que deberán anotarse todos los documentos, que respalden legalmente los egresos y/o ingresos, los cuales deberán registrarse detalladamente en los libros respectivos. Si para alguna actividad se emiten tarjetas, vales, recibos, ticket, listas etc., deberán resguardar los que no se utilicen o los sobrantes, en el tiempo que determine la ley para su revisión posterior. D. MANEJO DE LOS FONDOS: 1. Las Modalidades deberán aperturar en cualquier Banco del sistema financiero, una cuenta corriente específica para manejar los fondos que perciban por transferencias del MINED y otra, para los otros ingresos.
  • 138. 2. Para los centros educativos que no perciban ingresos suficientes para aperturar una cuenta corriente, se manejarán en efectivo y sus registros se llevarán en el libro de ingresos y gastos correspondientes junto con sus respectivos archivos, siéndoles aplicables las demás regulaciones. 3. Las cuentas bancarias de los Consejos Directivos Escolares y Consejos Educativos Católicos Escolares serán aperturadas a nombre de la Modalidad y Centro Educativo; en el caso de las Asociaciones Comunales para la Educación según Acuerdo de Personería Jurídica, ejemplos: Consejo Directivo Escolar del Centro Escolar “José Matías Delgado”, Asociación Comunal para la Educación del Caserío Tres Amates, Cantón Ojos de Agua, Municipio de Aguilares, Departamento de San Salvador. 4. Las cuentas bancarias deberán ser administradas mancomunadamente de acuerdo a lo siguiente: CDE = Presidente, Tesorero y Consejal Representante de los Maestros; ACE = Presidente y Tesorero; CECE = Director y Tesorero. 5. La chequera deberá ser administrada por el Tesorero(a) de la Modalidad de Administración Escolar Local y nadie deberá firmar cheques en blanco, no obstante la chequera deberá resguardarse en el Centro Educativo. 6. Todo cheque emitido a cargo de los fondos asignados por el MINED y Otros Ingresos, deberá ser firmado por los miembros de las Modalidades que tienen firma mancomunada. Los cheques anulados deberán ser engrapados en el taco de la chequera. E. CAJA CHICA: 1. Con cargo a los fondos transferidos por el MINED y de otros ingresos que genere el Centro Educativo las Modalidades de Administración Escolar Local; podrán en caso necesario crear una Caja Chica por tipo de transferencia hasta por un monto de $57.14 equivalente a ¢ 500.00; siendo reembolsable su valor por la cantidad gastada. 2. Los gastos pagados por Caja Chica, no podrán ser mayores de US$ 22.86, equivalentes a ¢200.00. 3. Para el registro de los gastos por Caja Chica, llevarán un Libro Auxiliar. F. ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES: 1. Las adquisiciones y contrataciones de bienes, obras civiles, servicios y consultorías, deberán ser realizadas por un Encargado de Compras, el cual será: Para los CDE = Consejal Padre de Familia (que no sea el Tesorero); ACE = Secretario (a); CECE = Secretario (a).
  • 139. 2. La recepción de las adquisiciones y contrataciones de bienes, obras civiles y consultorías, será responsabilidad de: CDE = Presidente (a); ACE = Presidente (a); CECE = Director (a). 3. El pago de bienes y servicios deberá efectuarse con cheque emitido a nombre del Proveedor o Suministrante, los cuales deberán respaldarse con factura o recibo de conformidad a la Ley del IVA o en efectivo según lo normado en el apartado de caja chica; en el caso de pago de bienes y servicios deberá considerarse la ley del impuesto sobre la renta. 4. En las suscripciones de contratos de bienes y servicios las diferentes Modalidades de Administración Escolar Local no podrán comprometer recursos de la institución a períodos mayores del ejercicio fiscal vigente cuando se trate de fondos de los otros ingresos; con los fondos de las transferencias deberán respetar la vigencia y el monto de la ejecución de éstas. 5. Para respaldar la adquisición de bienes y/o servicios para actividades culturales, educativas y recreativas deberán evidenciar la recepción de las mismas mediante un listado que contenga el nombre de la actividad, lugar, fecha, nombre, DUI y firma de los participantes. 6. Para que la factura que respalda la adquisición de bienes y servicios tenga validez deberá reunir las siguientes condiciones: No deberá tener borrones, testaduras ni enmendaduras. Deberán de ser documentos originales, no fotocopias. Cuando se refiera a gastos por reparaciones y/o mantenimiento de inmuebles será indispensable escribir las características particulares de cada bien mueble a reparar, por ejemplo: clase de bienes, marca, serie; el número de inventario correspondiente y los aspectos a considerar de las reparaciones o mantenimiento correspondiente. En el caso de reparaciones con los inmuebles se deberá especificar la clase de daño a reparar su ubicación, tamaño, área, descripción y cantidad de material utilizado (justificado con facturas según ley) y además las causas que generaron los daños mencionados. A todos los documentos de egresos deberán estamparles un sello de pagado que contenga la siguiente información: fecha, No. de cheque, valor pagado, nombre del Banco y No. de cuenta. G. REGISTRO DE LOS FONDOS: 1. Las Modalidades deberán llevar un libro de ingresos y gastos para las transferencias del MINED, en un libro foliado de tres columnas autorizado por la Dirección Departamental del Ministerio de Educación; separando los folios necesarios para el registro de cada transferencia. Al inicio del registro de cada transferencia, deberán anotar el nombre de la misma.
  • 140. 2. Los otros ingresos deberán registrarlos en un libro de ingresos y gastos separado de las transferencias del MINED, en un libro de tres columnas autorizado por la Dirección Departamental del Ministerios de Educación. El nombre del libro será “Registro de Otros Ingresos y Egresos de Fondos”. 3. Las modalidades deberán llevar también un Libro de Banco para la cuenta bancaria de las transferencias del MINED. 4. Los registros en los libros de ingresos y egresos deberán reunir las siguientes características: No deberán dejarse espacios entre líneas ni paginas en blanco. Todas las anotaciones deberán hacerse en orden cronológico y a tinta azul o negra nunca a lápiz. El libro no deberá tener borrones, testaduras ni enmendaduras, y si los hubiere deberán hacerse del conocimiento de la Administración Escolar para registrarlo y autorizarlas en el libro de actas respectivas. Los centros educativos que tengan mecanizados los registros de ingresos y gastos deberán numerar y legalizar las hojas en blanco correspondientes en la Dirección Departamental, para que registren las operaciones mensualmente. La Dirección Departamental llevará un registro para el control de los libros u hojas legalizadas a los Centros Educativos. 5. Las modalidades deberán tomar en cuenta las Normas Técnicas de Control Interno (NTCI) 1-18-01 Capítulo 1 Normas Generales Documentación de Soporte. “Las operaciones que realicen las entidades públicas, cualquiera que sea su naturaleza, deberán contar con la documentación necesaria que las soporte y demuestre, ya que con ésta se justifica e identifica la naturaleza, finalidad y resultado de la operación; asimismo, contiene datos y elementos suficientes que facilitan su análisis. La documentación debe estar debidamente custodiada y contar con procedimientos para su actualización oportuna.” 6. Las Modalidades deberán mantener actualizado un archivo mensual y anual por fuente de financiamiento y bono ordenando cronológicamente los documentos legales que respaldan los ingresos y egresos de la manera siguiente: 6.1 Convenio y Contrato de Apertura de Cuenta Corriente; 6.2 Recibos de los ingresos; 6.3 Documentos de egresos respaldados por las cotizaciones, facturas y/o recibos con el No. de cheque y fecha en que fueron pagados y otros documentos que respalden el proceso de compra. 6.4 Libro de Ingresos y Gastos; Libro de Banco y Libro Auxiliar de Caja Chica.
  • 141. 6.5 Chequeras, estados de cuenta del banco y conciliaciones bancarias; 6.6 Informe de Rendición de cuentas anual y de los otros ingresos, liquidación anual y otros. H. RENDICIÓN DE CUENTAS: 1. Las Modalidades de Administración Escolar Local deberán presentar un informe de rendición de cuentas por cada transferencia recibida, conjuntamente con la liquidación respectiva. 2. Los fondos que administran las diferentes Modalidades, serán objeto de auditoria por el MINED y por las instituciones interventoras del Estado. 3. Las Modalidades de Administración Escolar Local presentarán al Ministerio de Educación o a las instituciones interventoras del Estado, toda información relacionada al manejo de los fondos cuando éstas lo requieran. 4. El Consejo Directivo Escolar deberá convocar como mínimo a dos reuniones con toda la Comunidad Educativa durante el año, con la finalidad de presentar el Plan Escolar Anual de la institución, la planificación presupuestaria y los logros obtenidos en su ejecución. La Junta Directiva de la Asociación Comunal para la Educación deberá presentar informes financieros y de operación a la Asamblea General y autoridades competentes del Ministerio de Educación cuando éstas lo requieran. ESPECÍFICA PARA CECE: A. Esta normativa para los Consejos Educativos Católicos Escolares se aplica únicamente a los fondos asignados o transferidos por el Ministerio de Educación. II. PROCEDIMIENTOS PARA GESTIONAR LOS RECURSOS FINANCIEROS DEL CENTRO EDUCATIVO En este apartado se detallan las actividades y responsables de los pasos a seguir por las modalidades de administración escolar local en la gestión de los fondos que el MINED les transfiere y de aquellos que se generan con el apoyo de la comunidad educativa. La aplicación de estos procedimientos les permitirá una utilización racional y ordenada de los recursos; así como demostrar transparencia en el manejo de los mismos.
  • 142. A. APERTURA DE CUENTA BANCARIA PASO RESPONSABLE ACTIIVIDAD Se presentan al banco comercial de su preferencia para aperturar las cuentas corrientes correspondientes al manejo de las transferencias del MINED y de los otros ingresos; con la siguiente documentación: Miembros Para la ACE deberán presentar copia responsables con del Acuerdo de Personería Jurídica. firma mancomunada: Para los CDE, Acuerdo Modificativo a CDE: Presidente, la Personería Jurídica por cambio de Tesorero y Consejal denominación del centro educativo, si 1. Representante de los es nuevo CDE Acuerdo de Personería Maestros. Jurídica. ACE: Presidente y Para los CECE, Constancia de Tesorero. acreditación con Vo. Bo. del Titular del CECE Director y Ramo, o Resolución de Tesorero. Reconocimiento de CECE firmada por el Director Departamental, si es de reciente creación. Originales y fotocopias del DUI de los responsables de la cuenta. Recibe y revisa documentos. Elabora contrato de cuenta corriente a nombre 2. Institución Bancaria. de la modalidad y centro educativo, lo pasa a firma de los miembros con firma mancomunada. Miembros con firma Reciben y revisan documento, si todo esta 3. mancomunada correcto lo firman. Entrega una copia del contrato a los miembros 4. Institución Bancaria con firma mancomunada. Mensualmente remitirá el original del Estado de Cuenta a la Modalidad de Administración Escolar Local. 5. Institución Bancaria En aquellos casos en que no llega correspondencia a la Modalidad, ésta deberá presentarse al Banco cada mes a reclamar el Estado de Cuenta.
  • 143. B. SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO Y RECIBO DE TRANSFERENCIA DE FONDOS ENTRE MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR LOCAL Y EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN. PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Envía convocatoria al Presidente de la Director modalidad, para que los miembros con firma 1. Departamental de mancomunada se presenten a legalizar el Educación. convenio de transferencia del bono. Presidente de la Convoca a reunión extraordinaria a los Modalidad de miembros de la modalidad, para informarles 2. Administración sobre la transferencia del bono y del inicio de Escolar Local. los trámites de legalización. Preparan la siguiente documentación: Fotocopia del Contrato de la cuenta bancaria (si es nueva). Miembros con firma Fotocopia de la liquidación del(los) mancomunada de la bono(s) recibidos el año anterior. 3. Modalidad de Fotocopia de los DUI, si hay cambio de Administración miembros con firma mancomunada. Escolar Local. Acta de Enmienda, si hay cambio de miembros con firma mancomunada o Acta de Integración si ha vencido el período de los miembros del CDE. Se presentan ante el encargado(a) de Administración Escolar Local de la Dirección Departamental de Educación que les corresponda, con los siguientes documentos: Fotocopia de la Liquidación de los fondos de Bonos del año anterior, Miembros con firma Fotocopias de los Documentos de mancomunada de la Identidad Personal, si son nuevos 4. Modalidad de miembros. Administración Escolar Local. Fotocopia del contrato de apertura de la cuenta corriente. Acta de Enmienda, si hay cambio de miembros con firma mancomunada o Acta de Integración si ha vencido el período del Consejo, para su legalización. Encargado(a) de Administración Recibe y revisa documentos presentados por 5. Escolar Local de la los miembros de la modalidad. Dirección Departamental de
  • 144. Educación. Si hay cambio de miembros, emitirá antes que los documentos para legalizar la transferencia, los siguientes: Resolución de Reconocimiento de Miembros, Encargado(a) de Nota de autorización para cambio de Administración Escolar Local firmas dirigida al Banco de la 6. de la Dirección Departamental modalidad. (Anexo 1) de Educación. Estos documentos deberán ser firmados y sellados por el Director Departamental de Educación. A la modalidad deberá entregar la trascripción del Acuerdo y la nota dirigida al banco, para cambio de las firmas autorizadas. Si la modalidad no tiene problemas de vencimiento de miembros, de liquidación o auditorias notificadas con hallazgos pendientes, emitirá lo siguiente: Encargado de Convenio General (Anexo 2), Administración Recibo de transferencia de fondos Escolar Local de la 7. (Anexo 3). Dirección Nota de autorización al Banco para que Departamental de el MINED pueda congelar los fondos Educación. de la modalidad.(Anexo 4) Estos documentos deberá entregarlos a la modalidad para su lectura, revisión y firma. Miembros con firma Reciben, leen, revisan documentos, si están mancomunada de la de acuerdo con su contenido, los firman y 8. modalidad de sellan. Administración Devuelven los documentos al encargado de Escolar Local. administración escolar local. Encargado de Una vez revisados, firmados y sellados por la Administración modalidad el Convenio, Recibo y nota de Escolar Local de la autorización para que el MINED pueda 9. Dirección congelar los fondos transferidos, los pasa a Departamental de firma y sello del Director Departamental de Educación. Educación. Recibe, revisa y de estar todo en orden firma y Director sella Convenio. 10. Departamental de Devuelve los documentos al encargado de Educación. administración escolar local. Encargado de Entrega una copia del Convenio y una del 11. Administración recibo a los miembros de la modalidad. Escolar Local. 12. Encargado de Prepara expediente de la Modalidad de
  • 145. Administración Administración Escolar Local, conteniendo: Escolar Local. Originales del Convenio y Recibo, Copia del contrato de apertura de cuenta corriente. (Si es nueva). Fotocopias de los DUI (cuando hay cambio de miembros con firma mancomunada). Hoja de Liquidación de Bono(s) anteriores. Nota de autorización al Banco para que el MINED pueda congelar los fondos de la transferencia. Envía expediente a la Pagaduría Auxiliar Departamental. Recibe el fólder con los documentos Pagador Auxiliar 13. anteriores, revisa documentos y si todo esta Departamental. correcto, elabora requerimiento de fondos. Pagadora Auxiliar Remite requerimiento de fondos a la Gerencia 14. Departamental. Financiera. Gestiona los fondos ante el Ministerio de Hacienda. Transfiere los fondos a la cuenta de la 15. Gerencia Financiera. Pagaduría Auxiliar Departamental. Comunica del depósito a la Pagaduría Auxiliar Departamental. Elabora planilla de transferencia de fondos Pagador Auxiliar 16. para las cuentas de las modalidades por Departamental. banco. Encargado de Comunica a la Modalidad sobre el depósito de 17. Administración fondos. Escolar Local.
  • 146. ANEXO 1 NOTA DE AUTORIZACIÓN PARA CAMBIO DE FIRMAS DIRIGIDA AL BANCO DE LA MODALIDAD
  • 147. ANEXO 2 CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE FONDOS ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR (CDE) MINISTERIO DE EDUCACIÓN REPÚBLICA DE EL SALVADOR Nosotros, FRANCISCO UBILFREDO PANAMEÑO, mayor de edad, PROFESOR, del domicilio de SAN SALVADOR, actuando en carácter de Director Departamental de Educación y que en adelante se llamará Ministerio de Educación; y por otra parte los(as) señores(as): 1) DANIEL PÉREZ Mayor de edad y de ocupación MAESTRO del domicilio de Col. LOS SANTOS No. 1 SOYAPANGO con Documento Único de Identidad No. extendida en SOYAPANGO con fecha 01/01/2000 2) MIEMBRO 2 DE PRUEBA Mayor de edad y de ocupación SDF del domicilio SDFDFD con Documento Único de Identidad No. extendida en SAN SALVADOR con fecha 01/01/2002 3) SANDRA MARIBEL MONGE Mayor de edad y de ocupación PROFESORA del domicilio de CTN SAN JERÓNIMO KM 30 GUAZAPA con Documento Único de Identidad No. extendida en AGUILARES con fecha 18/03/1998 Quienes actúan mancomunadamente en representación del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR (CDE), que administra el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR "ROQUE DALTON" con código No.11306, ubicado en: AVENIDA FRANCISCO SALINAS No.8, AGUILARES, SAN SALVADOR, Jurisdicción: AGUILARES Departamento: SAN SALVADOR celebran el presente Convenio de transferencia de fondos.
  • 148. I. MARCO LEGAL: Para el presente Convenio entre el Ministerio de Educación y el CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR (CDE), se tomará como base: - El Artículo 50, numeral 1 de la Ley de La Carrera Docente. - Los Artículos 65 y 77 de la Ley General de Educación. - El Artículo 61, literal b); 63 literal a); 71 y 72 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente. II. OBJETO: El objeto del presente Convenio es establecer los términos y condiciones en que el Ministerio de Educación transferirá al Consejo Directivo Escolar, recursos financieros provenientes del Presupuesto General del Ministerio de Educación y de Cooperación de Organismos e Instituciones Nacionales e Internacionales. III. OBJETIVOS DEL CONVENIO: El presente Convenio regulará las acciones tendientes a lograr los objetivos siguientes: A) Que el Consejo Directivo Escolar reciba fondos para apoyar el desarrollo de su Proyecto Educativo Institucional, orientado al mejoramiento de la calidad de los servicios educativos. B) Fortalecer en el Consejo Directivo Escolar su capacidad de administración y gestión al utilizar procesos democráticos de funcionamiento al interior del centro educativo. C) Promover programas para el desarrollo integral de los alumnos y alumnas. IV. RESPONSABILIDAD DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR: A. Del Ministerio de Educación: 1. Determinar y transferir fondos al Consejo Directivo Escolar, las veces que estime conveniente, debiendo justificarse y definiendo objetivos claros, para la ejecución de acciones que conlleven al mejoramiento de la calidad de los servicios educativos en el nivel de EDUCACIÓN BÁSICA 2. Proporcionar y/o gestionar capacitación, asistencia técnica a los miembros del Consejo Directivo Escolar a fin de que éste cumpla con lo estipulado en el presente Convenio y los objetivos institucionales. 3. Emitir las normas, especificaciones técnicas, condiciones específicas, instructivos para la administración de fondos.
  • 149. 4. Congelar los fondos, todo o en parte cuando las instancias correspondientes adviertan cualquier irregularidad en la administración de estos fondos o cuando así convenga a los intereses del Estado. El Ministerio de Educación hará la comunicación respectiva al Banco donde se encuentren depositados tales fondos y también lo hará del conocimiento a los miembros de la Modalidad. 5. Definir los mecanismos, procesos, períodos e instrumentos sobre como el Consejo Directivo Escolar liquidará dichos fondos. 6. Brindar el seguimiento respectivo para verificar el cumplimiento de las normas establecidas en este Convenio y otros que el Ministerio de Educación disponga, determine o establezca. 7. Establecer el monto de la transferencia a cada institución educativa de acuerdo a criterios que se establezcan por cada transferencia. B. Del Consejo Directivo Escolar, que en adelante se denominará Modalidad: 1. La Modalidad, queda formalmente obligada a utilizar los fondos exclusivamente para el desarrollo de acciones que conlleven el mejoramiento de la calidad de la educación y cumplir con los requerimientos establecidos en el presente Convenio; así como el cumplimiento de las normas administrativas e instructivos dados por este Ministerio y otras regulaciones del Estado. 2. La Modalidad, llevará los libros de control de los ingresos y gastos debidamente autorizados por la Dirección Departamental de Educación, en donde reflejen los ingresos percibidos, los gastos efectuados y los saldos correspondientes actualizados. 3. La Modalidad, deberá tener los comprobantes de gastos y/o ingresos efectuados, así como los documentos de liquidación de fondos, que deberán estar disponibles para las auditorias correspondientes cuando el Ministerio de Educación y/o alguna institución fiscalizadora o interventora del Estado lo requiera y deberá tener por un período de diez años los libros de ingresos y gastos y por cinco años la documentación de respaldo. 4. La Modalidad, autorizará por escrito al Ministerio de Educación para congelar los fondos según lo estipulado en el numeral 4 literal A del romano IV, de las responsabilidades del Ministerio de Educación. 5. Para los desembolsos de fondos que perciba la Modalidad, ésta deberá presentar al funcionario que designe el Ministerio de Educación, el correspondiente recibo por tipo de Bono debidamente firmado por el Presidente, Tesorero y Consejal Propietario Profesor.
  • 150. 6. La Modalidad deberá tomar las medidas para conservar su capacidad operativa para adquirir y retener todos los derechos y obligaciones que le asigna el presente Convenio y lograr así una eficiencia mayor en el ejercicio. C. Responsabilidades Conjuntas: 1. Mantener comunicación constante de acuerdo a las necesidades de cada una de las partes y por los canales respectivos. 2. Garantizar el fiel cumplimiento de lo estipulado en este Convenio e Instructivo para la ejecución de los gastos. 3. Este Convenio tendrá vigencia a partir de la fecha de su suscripción y finalizará cuando la Modalidad liquide adecuadamente dichos fondos, ante la instancia y el período que designe el Ministerio de Educación. 4. Ambas partes aceptan que este Convenio se regirá por las normas y procedimientos administrativos-financieros que para tal efecto ha emitido el Ministerio de Educación; ambas partes declaran que conocen, aceptan y se obligan a cumplir en todas sus partes. V. MONTO DEL CONVENIO: El monto del Convenio, estará determinado por las disponibilidades financieras del Ministerio de Educación, de los Organismos e Instituciones de Cooperación Nacionales e Internacionales, de acuerdo a las políticas de montos, desembolso y fines que establezcan las mismas, para lo cual presentarán recibo, él cual describirá información concerniente del monto a transferir, destino y fuente de financiamiento. VI. DE LO NO PREVISTO: Las partes convienen en que lo No. Previsto en este Convenio, será resuelto entre la Modalidad y la instancia respectiva del Ministerio de Educación y si es necesario se tendrá por incorporado a éste en forma de Adenda al mismo o por Resolución Departamental. En fe de lo anterior, firmamos el presente Convenio en la ciudad de SAN SALVADOR, a los DIECISIETE días del mes de enero del DOS MIL TRES. ___________________________________ ___________________________________ FRANCISCO UBILFREDO PANAMEÑO DANIEL PÉREZ DIRECTOR DEPARTAMENTAL Presidente Propietario, Director DE EDUCACIÓN _____________________________________ _________________________________ MIEMBRO 2 DE PRUEBA SANDRA MARIBEL MONGE Tesorero Propietario, Padre de Familia Consejal Propietaria, Profesora
  • 151. ANEXO 3 MODELO DE RECIBO DE TRANSFERENCIA
  • 152. ANEXO 4 MODELO DE NOTA DE AUTORIZACIÓN AL BANCO PARA QUE EL MINED PUEDA CONGELAR LOS FONDOS DE LA MODALIDAD
  • 153. III. IPROCEDIMIENTOS DE ADMINISTRACIÒN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS DEL CENTRO EDUCATIVO. A. ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS. PASOS RESPONSABLE ACTIVIDAD Mantendrá en la institución una lista de proveedores actualizados y sus antecedentes Secretario de la clasificados según la naturaleza del bien o Modalidad de 1. servicio que ofrezcan, con el objeto de Administración disponer de la información oportuna para Escolar Local. realizar nuevas adquisiciones (donde se amerite). Elabora Plan de Compras (Anexo 5) de conformidad al Presupuesto del centro educativo, a fin de cumplir con los objetivos y Modalidad de metas trazadas por la entidad en el Plan 2. Administración Escolar Anual. Escolar Local. Define las características de los bienes o servicios que requieren. Encargado de Compras: Para realizar la compra deberán observar las CDE Consejal formas de contratación establecidas por la Ley 3. Padre de Familia de Adquisiciones y Contrataciones de la ACE Secretario (a) Administración Pública (Anexo 6). CECE Secretario (a) Elabora solicitud de cotización (Anexo 7) y envía a proveedores que pueden suministrar el tipo de bien o servicio requerido, estableciendo el tiempo de entrega de los bienes o servicios. Encargado de Compras: Cuando se trate de equipo y mobiliario CDE Consejal escolar; se deben adquirir eminentemente 4. Padre de Familia nuevos y con garantía. ACE Secretario (a) CECE Secretario (a) Cuando se trate de equipo de cómputo deberá adquirirse con garantía y el software con su respectiva licencia; cuidando que el software sea de las últimas versiones y equipo actualizado. Recibe solicitud y prepara por escrito la cotización, para entregarla o enviarla al 5. Empresa o Proveedor. Encargado de Compras de la Modalidad de Administración Escolar Local. 6. Encargado de Compras: Recibe cotizaciones por escrito, la cual
  • 154. CDE Consejal entrega a la modalidad para su respectivo Padre de Familia análisis. ACE Secretario (a) CECE Secretario (a) En reunión ordinaria o extraordinaria hacen los análisis: Técnico (revisión de las características técnicas de los bienes o servicios, la Modalidad de garantía del bien o servicio, tiempos de 7. Administración Escolar entrega). (Anexo 8) Local. Económico (precios de los bienes o servicios) (Anexo 9) Seleccionan al proveedor, dejando asentado en acta tal decisión.(Anexo 10). Encargado de CDE: Consejal Padre de Familia; ACE: Compras: Secretario(a); CECE: Secretario(a). CDE: Consejal Padre 8. de Familia; Procede a elaborar Orden de Compra de ACE: Secretario (a); Bienes y Servicios con numeración correlativa CECE: Secretario (a) (Anexo 11). Entrega los bienes o servicios y factura de consumidor final (Anexo 12) o Recibo a favor de la Modalidad de la Administración Escolar 9. Empresa o Proveedor. local (Anexo 13) en casos eventuales, al Representante de la Modalidad de Administración Escolar Local. Recibe y revisa los bienes y/o servicios y factura o recibo, debiendo: Levantar un Acta de Recepción numerada Encargado de la correlativamente (Anexo 14) para dejar recepción de los constancia de que se recibe a entera bienes por Modalidad: satisfacción. 10. CDE Presidente ACE Presidente y Cuando fueren bienes y/o servicios para CECE Director. actividades culturales, educativas y recreativas deberán evidenciar la recepción de los mismos mediante un listado que contenga el nombre de la actividad, lugar, fecha, nombre, número de DUI. y firma de los participantes. Recibe factura, Orden de Compra, Acta de Recepción y/o listado de asistentes cuando Tesorero(a) de la corresponda. Modalidad de 11. Administración Emite cheque a favor de la empresa o Escolar Local. proveedor firmándolo, obtiene firma del Presidente y del Consejal Representante de
  • 155. los Maestros y entrega al Proveedor. Estampa el sello de pagado a la factura, llenando la información requerida en él. Registra en el libro de ingresos y gastos y en el de Banco. Archiva en el expediente correspondiente la documentación. Modalidad de Será el responsable de su registro y control, 12 Administración Escolar donde podrán demostrar su utilización. Local.
  • 156. ANEXO 5 MODELO DE PLAN DE COMPRAS
  • 157. ANEXO 6 FORMAS DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS TIPOS DE FORMAS DE MONTO US$ ADQUISICIONE CONTRATACIÓ OBSERVACIONES S N De 0 a 10 Libre Gestión salarios mínimos Obras, bienes, urbanos1/ o servicios y Basta una sola cotización. sea Consultorías. De US$ 0.0011 a US$ 1,440.00 Libre Gestión Deberá contener como mínimo 3 cotizaciones de ofertantes. Se debe realizar comparación de calidad y precios. Cuando se trataré de ofertante único o marcas específicas, en que bastará un solo ofertante, para lo cual se debe emitir una Arriba de 10 resolución razonada (Anexo 6- salarios A). (Art. 13 que reforma el mínimos literal c) del Art. 40 de la Ley de urbanos hasta Adquisiciones y Contrataciones por un monto y Art. 14 que reforma el literal Obras, bienes, inferior a 80 c) del Art. 41 de la Ley de servicios y salarios Adquisiciones y consultorías. mínimos Contrataciones. 2/ urbanos “No podrá adjudicarse la De adquisición o contratación al US$ 1,440.01 a mismo ofertante o contratista US$ 11,520.01 cuando el monto acumulado de un mismo bien o servicio asignado por Libre Gestión, supere el equivalente a 80 salarios mínimos urbanos, dentro de un período de tres meses, so pena de nulidad”. Art. 17 que reforma el Art. 70 de la Ley. Arriba de 80 Es la forma de selección de Obras, bienes, salarios Licitación contratistas en la que se servicios y mínimos Pública. elabora una lista de ofertantes, consultorías. urbanos con un mínimo de cuatro
  • 158. US$ 11,520.01 invitaciones a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras a las que se invita públicamente a participar a fin de asegurar precios competitivos 3/ (Art. 16 que reforma al Art. 66 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones. 1/ Considerando que el salario mínimo urbano actual es de US$ 144.00; modificándose los techos automáticamente si se modifica el salario mínimo urbano. 2/ Para aplicación de estos contenidos, referirse al Decreto No. 868, Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, publicada en el Diario Oficial, Tomo No. 347, del 15 de mayo del 2001 y reformas a la Ley mediante Decreto No. 244, publicado en el Diario Oficial No. 11, Tomo No. 350 del 15 de enero del 2001. 3/ Cuando existan convenios especiales que regulen de diferente manera las formas de contratación de bienes y servicios, el MINED podrá emitir una resolución modificativa específica.
  • 159. ANEXO 6-A MODELO DE FORMATO DE RESOLUCIÓN RAZONADA
  • 160. ANEXO 7 MODELO DE SOLICITUD DE COTIZACIÓN
  • 161. ANEXO 8 MODELO DE ANÁLISIS TÉCNICO
  • 162. ANEXO 9 MODELO DE ANÁLISIS ECONÓMICO
  • 163. ANEXO 10 MODELO DE ACTA DE ADJUDICACIÓN DE UN BIEN O SERVICIO
  • 164. ANEXO 11 MODELO DE ORDEN DE COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS
  • 165. ANEXO 12 MODELO DE FACTURA
  • 166. ANEXO 13 MODELO DE RECIBO (SI NO ES CONTRIBUYENTE OBLIGADO DEL IVA)
  • 167. ANEXO 14 MODELO DE FORMULARIO DE ACTA DE RECEPCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
  • 168. B. REGISTRO Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LOS FONDOS TRANSFERIDOS POR EL MINED O DE OTROS INGRESOS. PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD En reunión de la modalidad acuerdan: Autorizar el Libro de Banco de la cuenta bancaria de las transferencias en la primera Modalidad de pagina del libro, debiendo firmar todos los 1. Administración miembros de la modalidad, y Escolar Local Llevar a legalizar a la Dirección Departamental el libro de Ingresos y Gastos de las transferencias y el de los otros ingresos, según corresponda. Presidente de la Se presenta a la Dirección Departamental Modalidad de 2. correspondiente a legalizar el Libro de Ingresos y Administración Escolar Gastos de las operaciones financieras a efectuarse. Local. Director (a) Legaliza el Libro de Ingresos y Gastos de las 3. Departamental de operaciones financieras a efectuarse. Educación. Lleva control de la autorización de los mismos. Director (a) Una vez legalizado el libro lo entrega al Presidente 4. Departamental de de la modalidad. Educación. Entrega Libro de Ingresos y Gastos de las Presidente de la transferencias y el de los otros ingresos, así como el Modalidad de 5. Libro de Banco de la cuenta bancaria de las Administración transferencias al Tesorero para que inicie el registro Escolar Local. de las operaciones financieras. Tesorero de la Modalidad de 6. Recibe los libros legalizados. Administración Escolar Local. Tesorero de la Modalidad de Confirma en el banco la disponibilidad financiera de 7. Administración las cuentas. Escolar Local. En la parte superior del primer folio a utilizar por cada transferencia o de otros ingresos del libro de ingresos y gastos correspondiente, debe anotar el Tesorero de la nombre y año de los fondos a registrar. Modalidad de 8. Administración De igual forma en el Libro de Banco de la cuenta de Escolar Local. las transferencias, deberá anotar el número de la cuenta a que corresponde el Libro, el nombre del banco y el año. Tesorero de la Registra la cantidad de los fondos recibidos, en la 9. Modalidad de columna referente a Ingresos y también en la de
  • 169. Administración saldos del Libro de Ingresos y Gastos (Anexo 15) y Escolar Local. de igual manera en el Libro de Banco correspondiente (Anexo 16). Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar Local. Todo gasto debe pagarse mediante cheque (Anexo 17). Cada vez que emita un cheque de pago, el Tesorero Tesorero de la debe: Modalidad de Considerar la aplicación de la Ley del 10. Administración Impuesto sobre la Renta, principalmente el Escolar Local. Capítulo II, Art. 66. Registrar en el Libro de Ingresos y Gastos y en el Libro de Banco, los movimientos efectuados, en la parte que corresponde a los Gastos ; llevando así el control de todos los gastos y saldos realizados en forma periódica, incluyendo cheques emitidos a favor del Encargado de Caja Chica. Tesorero(a) de la Sella de pagado cada factura o recibo cancelado, Modalidad de 11. indica la fecha, cheque No., por el valor (US$), Administración Banco y No. de cuenta (Anexo 18). Escolar Local. Totaliza los ingresos, los gastos y el saldo al finalizar cada página del Libro de Ingresos y Gastos, Tesorero de la indicando que pasa a la siguiente página, y en la Modalidad de siguiente indicará que vienen totales de la página 12. Administración anterior. Escolar Local. Mensualmente debe establecer el saldo; así como también el acumulado anual. Tesorero de la Modalidad de Al final de cada mes, deberá hacer un resumen de 13. Administración los egresos por concepto. Escolar Local. Deberá integrar un archivo por fuente de Tesorero de la financiamiento, ordenando cronológicamente los Modalidad de 14. documentos legales que respaldan los ingresos y Administración egresos (Ver numeral 3 del literal G de la Escolar Local. Normativa). Tesorero de la Archiva documentos legales y financieros Modalidad de (resguardando por cinco años los documentos de 15. Administración respaldo y por diez años los libros) para la rendición Escolar Local. de cuentas correspondiente.
  • 170. ANEXO 15 MODELO DE REGISTRO EN EL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS
  • 171. ANEXO 16 MODELO DE REGISTRO EN EL LIBRO DE BANCO
  • 172. ANEXO 17 MODELO DE CHEQUE ANEXO 18 MODELO DE SELLO
  • 173. C. REGISTRO Y CONTROL DE LOS DOCUMENTOS DE LOS OTROS INGRESOS DEL CENTRO EDUCATIVO. PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Modalidad de En reunión ordinaria acuerdan realizar los trámites para 1. Administración la impresión de los talonarios de recibos de ingresos, Escolar Local antes de que inicie el año escolar. Manda a una imprenta a elaborar los recibos prenumerados de ingresos, (sólo para CDE y ACE) en Modalidad de dos series: 2.. Administración Una para las contribuciones voluntarias o cuotas Escolar Local de escolaridad (Anexo 19-A), otra para las demás fuentes de ingresos. (Anexo 19-A) Modalidad de Una vez impresos los recibos, entregan talonarios de las 3. Administración dos series, mediante control de numeración al Tesorero Escolar Local de la modalidad. Tesorero de la 4. Recibe, firma control y resguarda los talonarios. Modalidad Emite recibo correspondiente por cada ingreso. Registra detalladamente en el libro de ingresos y gastos, en la columna de ingresos y en orden cronológico el Tesorero o persona concepto y el monto recibido. 5. designada por la modalidad Remesa íntegramente en las 24 horas hábiles siguientes a la recepción de los fondos a la cuenta corriente de la modalidad, dejando copia del comprobante de remesa. Tesorero o persona Al finalizar cada mes hará un resumen de los ingresos 6. designada por la percibidos de cada concepto modalidad Tesorero o persona En caso de perdida de recibos, la Administración 7. designada por la Escolar deberá registrar en acta oportunamente la modalidad numeración de los recibos prenumerados extraviados. Para el registro y control de los gastos de estos fondos, Tesorero o persona deberá aplicar la normativa y procedimientos 8. designada por la establecidos para la ejecución de las transferencias; así modalidad como aperturar caja chica.
  • 174. ANEXO 18 MODELO DERECIBO DE INGRESOS (CONTRIBUCIONES VOLUNTARIAS Y/O CUOTAS DE ESCOLARIDAD)
  • 175. ANEXO 19 MODELO DE RECIBO DE INGRESOS (OTROS INGRESOS)
  • 176. D. MANEJO DEL LIBRO AUXILIAR DE CAJA CHICA PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD En reunión ordinaria acuerdan la creación de Caja Chica, Modalidad de por un monto no mayor de US$ 57.14, equivalente a 1. Administración ¢500.00, para efectuar gastos menores de hasta US Escolar Local $22.85, equivalentes a ¢ 200.00. Secretario de la Registra este acuerdo en el Libro de Actas de la 2. Modalidad modalidad, indicando la finalidad de uso de los fondos. Ordenan la impresión de vales prenumerados para el control de la caja chica (ver anexo 20). Modalidad de Autorizan en el primer folio, el libro auxiliar que tendrá que 3. Administración llevar para el registro de los ingresos y gastos por el fondo Escolar Local que de caja chica. Hacen entrega del libro auxiliar al Tesorero para que lleve los registros correspondientes al uso de los fondos. Tesorero(a) de la Elabora cheque a su favor por el valor de US$ 57.14 Modalidad de 4. Administración Solicita a los miembros que tienen firma mancomunada, Escolar Local. que firmen el cheque. Tesorero(a) de la Elabora recibo por el valor del cheque especificando la Modalidad de finalidad de uso de los fondos. 5. Administración Escolar Local. Hace efectivo el valor del cheque. Presidente(a) o Director(a) de la 6. Modalidad de Aprueba compra por Caja Chica y comunica al Tesorero. Administración Escolar Local. Encargado de Compras: CDE Consejal Padre de Familia 7. Solicita fondos al Tesorero para realizar la compra. ACE Secretario (a) CECE Secretario (a) Tesorero(a) de la Elabora vale prenumerado especificando el uso del dinero Modalidad de y la cantidad en letras y números. 8. Administración Escolar Local. Solicita al Encargado de Compras que firme el vale. Encargado de 9. Compras: Firma vale prenumerado y se lo devuelve al Tesorero. CDE Consejal
  • 177. Padre de Familia ACE Secretario (a) CECE Secretario (a) Tesorero de la Modalidad de 10. Entrega el dinero y archiva el vale. Administración Escolar Local. Encargado de Compras: CDE Consejal Efectúa la compra y pide factura de consumidor final o Padre de Familia 11. recibo en casos eventuales debidamente firmado por ACE Secretario quién recibe el pago. (a) CECE Secretario (a) Encargado de Compras: CDE Consejal Padre de Familia Entrega factura o recibo al Tesorero como comprobante 12. ACE Secretario de la compra. (a) CECE Secretario (a) Tesorero de la Sella la factura o recibo con el sello de PAGADO, escribe Modalidad de 13. cancelado en el vale, se lo anexa a la factura y los Administración archiva. Escolar Local. Al acumular el 80% o más en facturas y/o recibos Tesorero de la pagados, elabora solicitud de liquidación de caja chica Modalidad de 14. (Anexo 21) anexando comprobantes de gasto. Administración Escolar Local. Solicita a la Modalidad la reposición de dichos fondos. Modalidad de Si la modalidad autoriza la reposición del 80% de los 15. Administración fondos para caja chica, de nuevo se siguen los pasos del Escolar Local. 4 al 14. Tesorero de la Para la liquidación final de los saldos de los fondos no Modalidad de 16. habrá reintegro a Caja Chica, sólo comprobación de los Administración gastos. Escolar Local.
  • 179. ANEXO 21 MODELO DE LIQUIDACIÓN DE CAJA CHICA
  • 180. E. ELABORACIÓN DE CONCILIACIÓN BANCARIA PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Solicita oportunamente cada mes al banco los estados de las cuentas bancarias. Cuando se trate de la cuenta de las transferencias, debe verificar contra el Libro de Banco y la chequera para revisar los cheques emitidos y concilia ambos saldos. Modalidad de Suma los saldos del libro de ingresos y 1. Administración gastos de las diferentes transferencias, Escolar Local. cantidad que debe coincidir con el saldo del libro de banco. Cuando se trate de la cuenta de los otros ingresos, debe verificar contra el libro de ingresos y gastos de esta fuente y la chequera y concilia ambos saldos. Tesorero(a) de la 2. Administración Elabora informe de conciliación bancaria (Anexo 22). Escolar. Presidente (a) o De no estar de acuerdo con el Estado Bancario, Tesorero (a) de la deberá reclamar las inconsistencias ante el banco 3. Administración en un período no mayor de 10 días de haberse Escolar. recibido el informe por parte del banco.
  • 181. ANEXO 22 MODELO DE CONCILIACIÓN BANCARIA
  • 182. F. RENDICIÓN DE CUENTAS Y LIQUIDACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS DEL CENTRO EDUCATIVO. Las modalidades de administración escolar local deberán elaborar un informe anual de rendición de cuentas y presentar la liquidación de fondos cuando se trate de las transferencias por el Ministerio de Educación, ante la comunidad educativa y la Dirección Departamental de Educación correspondiente. Para los otros ingresos deben únicamente rendir un informe anual a la comunidad educativa. El informe anual de rendición de cuentas deberá contener los objetivos y metas alcanzadas, el número de niños, niñas y jóvenes beneficiados, los ingresos recibidos, los gastos realizados y saldo a la fecha del informe; todo lo anterior en función del Plan Escolar Anual y presupuesto de la institución educativa. A continuación, se presenta el procedimiento que las modalidades deben seguir para elaborar y presentar la liquidación de los fondos transferidos por el MINED, detallando paso a paso las actividades y responsables; así como el formato a utilizar: PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Cuando se han agotado los fondos de una transferencia, convoca a reunión a la modalidad para: Presidente de la 1. Informar que se agotaron los fondos y Modalidad Que conjuntamente con los otros miembros con firma mancomunada prepararan la liquidación y la presentaran a la Dirección Departamental correspondiente. Miembros con firma Ordenan toda la documentación de respaldo y de mancomunada de la registro financiero por cada transferencia recibida 2. Modalidad de de acuerdo a los lineamientos contenidos en el Administración formulario de liquidación.(Anexo 23) Escolar Local. Llenan el formato de liquidación (Anexo 23). Miembros con firma mancomunada de la Elaboran el informe de rendición de cuentas, en el 3. modalidad de que se demuestre el cumplimiento de los objetivos Administración y metas, número de beneficiarios atendidos y otros Escolar Local. indicadores. Presentan a la Dirección Departamental: Miembros con firma El formato de liquidación en original y copia mancomunada de la debidamente lleno, firmado y sellado, 4. Modalidad de Toda la documentación de respaldo en Administración original, y Escolar Local. Adjuntan el Informe de Rendición de
  • 183. Cuentas en original. Revisa y sella toda la documentación que respalda la liquidación, registra en el sistema la información correspondiente; SI NO HAY OBSERVACIONES: Firma y sella de recibido el formulario de liquidación, Archiva una copia del formulario de la auto liquidación y el informe original de rendición de cuentas en el expediente de la modalidad, Devuelve original del formulario de liquidación sellado y con firma de recibido; así como el resto de la documentación presentada a los miembros de la modalidad. Técnico de la Unidad de Administración de la 5. SI HUBIERAN OBSERVACIONES: Dirección Departamental Imprime hoja de observaciones y de Educación. determina en ella la fecha de nueva presentación de la liquidación, Entrega la hoja original a los miembros de la modalidad, Guarda copia de la hoja de observaciones en el expediente de la modalidad. SI LA MODALIDAD DEBE REEMBOLSAR O REINTEGRAR FONDOS: Archiva el cheque y copia de remesa de reintegro y reembolso en el expediente de la modalidad Orienta a que número de cuenta debe elaborarse el cheque de devolución de fondos e indica a donde deben depositarlos. Modalidad de Archiva la documentación de respaldo por un 6. Administración período de cinco años y los libros por un mínimo Escolar Local. de 10 años. Técnico de la Unidad de Envía copia de formato de la autoliquidación y Administración de la 7. cheques o remesas si lo hubieran al Pagador Dirección Departamental Auxiliar Departamental de Educación. Recibe y concilia la información para preparar su Pagador Auxiliar informe de caja y enviarlo junto con un listado de 8. Departamental. los centros educativos que ha reembolsado o reingresado anexando copia de cheque o remesa
  • 184. a la Gerencia Financiera. Recibe cheques y remesas y realiza depósitos y anotaciones correspondientes a las Direcciones Departamentales de Educación. 9. Gerencia Financiera Realiza, conciliaciones de las cuentas según la fuente de financiamiento Registra información de las 14 Direcciones Departamentales de Educación. Dirección Departamental Considera información para transferir el próximo 10. de Educación año.
  • 185. ANEXO 23 DOCUMENTACIÓN REQUERIDA A LAS MODALIDADES PARA LIQUIDAR TRANSFERENCIAS MINISTERIO DE EDUCACIÓN REPÚBLICA DE EL SALVADOR 1. Formato de Liquidación debidamente lleno, firmado y sellado. 2. Convenio. 3. Recibo o recibos cuando tienen recibos complementarios. 4. Libro de Actas 5. Plan Escolar Anual y Plan de Compras (por Bono). 6. Libro de Ingresos y Gastos y Libro de Banco de la cuenta de las transferencias. 7. Chequera (s). 8. Ultima Conciliación Bancaria. 9. Ultimo Estado de Cuentas. 10. Cotizaciones firmadas y selladas por el Proveedor. 11. Cuadros de Análisis Económico y Técnico (compra después de US$ 1,440.00). 12. Orden de Compra de Bienes y Servicios. 13. Actas de Recepción de Bienes y Servicios. 14. Comprobantes de Gasto (Facturas de Consumidor Final y/o Recibo con sello de pagado). 15. Contratos de Bienes y/o Servicios. 16. Si han constituido Caja Chica deberán presentar el libro auxiliar correspondiente, los comprobantes de ingreso y gasto y demás documentos que señala el Documento Paso a Paso 4. 17. Inventario (cuando haya compra de mobiliario y/o equipo).
  • 186. 18. Cuando fueren bienes y/o servicios utilizados para actividades culturales y educativas, deberán evidenciar la recepción de los mismos mediante un listado que contenga el nombre de la actividad, lugar, fecha, nombre, número de DUI. y firma de los participantes. 19. Para el Bono de Alimentación el Informe Mensual de alimentos. 20. Para el Bono de Asistencia Administrativa contrato de servicios, informe mensual de asistencia técnica. 21. Adjunto a la liquidación de gastos, deberán presentar un Informe de Rendición de Cuentas que contenga los beneficios alcanzados con cada Bono, cumplimiento del objetivo, la población beneficiada.
  • 187. DOCUMENTOS QUE DEBERÁ CONSIDERAR EL TÉCNICO QUE LIQUIDARÁ TRANSFERENCIAS 2001 MINISTERIO DE EDUCACIÓN REPÚBLICA DE EL SALVADOR INSTANCIA DEPARTAMENTAL 1. Convenio General y Recibos por financiamiento firmado y sellado. 2. Documento 4, Paso a Paso en la Administración y rendición de cuentas de las transferencias financieras del estado y otros ingresos incluidos provenientes de las contribuciones voluntarias de los padres de familia y/o cuotas de escolaridad; y otros documentos específicos que respalden los diferentes bonos. 3. Instructivo MINED No. 001/2001. 4. Resoluciones vigentes que modifican al Instructivo MINED No. 001/2001. 5. Proyectos para Bono: Juventud para Escuelas Abiertas, Alegría, CRA y Planes de Desarrollo Profesional Docente. 6. Listado de centros educativos beneficiados por cada una de las diferentes transferencias, especificando el nombre correcto de la transferencia, que incluya código, tipo de modalidad, nombre del centro educativo, monto transferido, fuente de financiamiento. 7. Listado de Bonos codificados nombre, fuente de financiamiento. 8. Expedientes de las modalidades para confrontar documentos e información. 9. Nombre y número de las cuentas a las cuales deberán hacerse los reintegros y reembolsos de los diferentes bonos.
  • 191. MINISTERIO DE EDUCACION GERENCIA ADMINISTRATIVA CUADRO RESUMEN DEL GASTO DE LOS FONDOS RECIBIDOS AÑO______
  • 193. DOCUMENTO 5 V. PASO A PASO PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE LOS BIENES: LIBROS, MUEBLES E INMUEBLES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS INTRODUCCIÓN El documento Paso a Paso en el Registro y Control de los Bienes: Libros, Muebles e Inmuebles de los Centros Educativos, contiene las normas y procedimientos que se deberán aplicar, cuando por cualquier circunstancia se tengan que efectuar “cargos, traslados, descargo de bienes y codificación de libros, muebles, equipo y otros”. Estos procedimientos les permitirán un mejor control de los bienes del Centro Educativo; así como también mantener actualizado sus inventarios. A manera de “Consejo”, no olvides hacer uso de estos instrumentos siempre que amplíen o reduzcan los bienes que administra la Modalidad correspondiente.
  • 195. I. NORMATIVA GENERAL DE FUNCIONAMIENTO A. Las Modalidades de Administración Escolar Local están obligadas a administrar el mobiliario, equipo, libros e inmuebles del centro educativo, que adquieran bajo cualquier concepto. En el caso de los CECE se aplica únicamente a los bienes adquiridos a través del Ministerio de Educación o con fondos de las Transferencias que el MINED hace a las Modalidades de Administración Escolar Local. B. Los Consejos Directivos Escolares y/o Asociaciones Comunales para la Educación deben recibir y entregar conforme inventario, el mobiliario, equipo, libros de la institución educativa, cuando el Director(a) Presidente(a) o la Modalidad asuma o cesen en sus funciones (Art. 36, literal n del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, Instructivo del Sistema de Registro y Control de los Bienes del Ministerio de Educación y Art. 23 del Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación); debiéndose constar en el Libro de Actas del centro escolar. Para registrar y actualizar el inventario deberán utilizarse los formularios Anexos AF-11 y/o AF-13. C. Al finalizar cada año calendario, las Modalidades de Administración Escolar Local, deberán reportar sus inventarios actualizados a la Dirección Departamental correspondiente. D. En el caso de que en un centro educativo haya disolución de una modalidad y se organice otra, los bienes serán transferidos a la nueva modalidad o al MINED mediante acta de traspaso, mientras se legaliza la nueva modalidad, en las condiciones en que se encuentren a ese momento. E. La infraestructura de los centros educativos oficiales no podrá utilizarse para ninguna actividad ajena a la labor educativa y que no sea organizado por el Consejo Directivo Escolar o por la Asociación Comunal para la Educación, salvo en aquellos casos donde por Decreto Legislativo se autorice su uso. F. Para codificar el mobiliario, libros y equipo del centro educativo, se utilizará el Manual de Codificación de Bienes del MINED. G. Para una mejor administración de los bienes, los Consejos y/o Asociaciones Comunales, deberán cumplir con lo estipulado en el Instructivo del Sistema de Registro y Control de los Bienes del Ministerio de Educación, para el nivel Local.
  • 196. II. LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DE LOS BIENES, LIBROS, MUEBLES E INMUEBLES Las Modalidades de Administración Escolar Local Consejo Directivo Escolar (CDE), Asociación Comunal para la Educación (ACE) y Consejo Educativo Católico Escolar (CECE); esta última cuando sea favorecido con bienes proporcionados directamente por el MINED o adquieran bienes por medio de una transferencia de fondos del MINED; administraran los bienes de las instituciones educativas debiendo entregar los inventarios al final de cada año calendario, los cuales serán enviados al Técnico responsable de activo fijo en la Dirección Departamental correspondiente, este reporte se acompañará de copias de los documentos de traslados y descargos realizados en el transcurso del año; además, las modalidades deben quedarse con las originales en su archivo, como respaldo. A continuación se describen paso a paso los procedimientos para el registro de los cargos, traslados y descargos de bienes libros, muebles y equipo: A. CARGO DEL MOBILIARIO, EQUIPO Y LIBROS PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD En reunión de la modalidad, informa a la Presidente o Director de la Modalidad de Administración Escolar Local, la 1. Modalidad de Administración existencia física y/o documento de adquisición Escolar Local. de bienes, el cuál será inventariado. Verifica existencia, codifica en base al Manual de Codificación de Bienes del MINED 2. Director del Centro Educativo. (apéndice 2 del Instructivo) y actualiza el inventario (Formulario AF-11 y/o F-13). Presidente o Director de la En reunión de la modalidad, presenta para 3. Modalidad de Administración aprobación y firma el inventario actualizado. Escolar Local. Modalidad de Administración Firman la actualización del inventario 4. Escolar Local. (Formulario AF-11 y/o F-13). Remite copia del inventario actualizado al Presidente o Director de la Técnico de Activo Fijo Departamental Modalidad de Administración 5. correspondiente para su registro. Escolar Local CDE, ACE o Entrega el inventario al Secretario para su CECE. archivo.
  • 197. MINISTERIO DE EDUCACIÓN FORM. AF-11 ACTIVO FIJO MODELO DE INVENTARIO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE LA INSTITUCIÓN
  • 198. INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO DONDE SE REGISTRA EL INVENTARIO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: Se anotará tal como está nombrada oficialmente la institución. CÓDIGO DE LA INFRAESTRUCTURA: se pondrá el número que ha sido asignado a la institución educativa. TIPO DE CARGO: se especificará la clase de cargo, según como fue adquirido el bien por la institución educativa en la forma siguiente: Entrega del Ministerio.......................................1-1 Donaciones.......................................................1-2 Compra con actividades de la escuela.............1-3 Bonos................................................................1-4 CÓDIGO Y CORRELATIVO: se anotarán los cuatro dígitos de la clase del bien según instructivo y su correlativo según la cantidad de bienes adquiridos. CARACTERÍSTICAS: Se especificarán los detalles tales como: tipo de bien, marca, serie, modelo u otros que identifiquen el bien. ESTADO FÍSICO: se anotará la cantidad de muebles de conformidad al estado en que se encuentren: BUENO (B) REGULAR (R) FECHA DE ADQUISICIÓN: se anotará el día, mes y año en que la institución adquirió el bien. CANTIDAD: se anotará el número de unidades de una sola clase de bienes. VALOR UNITARIO: se anotará el precio del bien. VALOR TOTAL: se obtendrá de multiplicar el precio unitario por la cantidad de determinado tipo de bienes. CLAVE: se marcará con la letra (R) si el valor es real y con la letra (E) si el valor es estimado. FIRMA: en este espacio firmarán todos los miembros representantes de la institución educativa. NOMBRE: aquí se anotará el nombre completo de la persona a quien le corresponde la firma del espacio superior; en caso del CDE, será el Tesorero y de la ACE el Presidente
  • 199. (en el espacio sector padre de familia); en el caso del sector alumno se ubicará si existe representante de éste. SELLO: deberá estamparse el sello correspondiente de la institución educativa, que ha sido anotado al inicio del presente.
  • 200. MINISTERIO DE EDUCACIÓN FORM. AF-13 ACTIVO FIJO MODELO DE INVENTARIO BIBLIOGRÁFICO
  • 201. INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR EL INVENTARIO NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: se anotará tal como está nombrada oficialmente la institución. CÓDIGO DE LA INTITUCIÓN: se pondrá el número que ha sido asignado a la institución. TIPO DE CARGO: se especificará la clase de cargo, según como fue adquirido el bien por la institución educativa en la forma siguiente: Entrega del Ministerio................................................1-1 Donaciones................................................................1-2 Compra con actividades de la Escuela......................1-3 Bonos.........................................................................1-4 CÓDIGO DEL LIBRO Y CORRELATIVO: se anotarán los tres dígitos de la clasificación del libro de acuerdo a la materia que trate, según Manual de Codificación y su correlativo, según la cantidad de libros adquiridos. TÍTULO: anotar el nombre del libro asignado por el o los autor(es), identificando en la portada o su reverso. AUTOR: anotar el nombre de la institución o persona(s) responsable de la obra. En caso sean más de dos autores, se anote el primer nombre, más la frase; y otros. ESTADO FÍSICO: se anotará la cantidad de libros de conformidad al estado en que se encuentren: Bueno (B) Regular (R) FECHA DE ADQUISICIÓN: se anotará el día, mes y año en que la institución adquiere el bien. VALOR UNITARIO: valor de adquisición de los libros. CANTIDAD: se anotará el número de unidades de un mismo libro, según su clasificación. VALOR TOTAL: se obtendrá de multiplicar el precio unitario por la cantidad de determinado libro. CLAVE: se marcará con la letra (R) si el valor es real y con la letra (E) si es estimado. NOMBRE: aquí se anotará el nombre completo de la persona a quien le corresponde la firma del espacio superior, en caso de CDE, será el Tesorero y de la ACE el Presidente (en el espacio sector Padre de Familia); en el caso del sector Alumno se ubicará si existe representante de éste. SELLO: deberá estamparse el sello correspondiente de la institución educativa, que ha sido anotado al inicio del presente.
  • 202. B. TRASLADO DEL MOBILIARIO, EQUIPO Y LIBROS PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Modalidad de Administración 1. Envía nota de solicitud de traslado de bienes. Escolar Local, solicitante Recibe solicitud y en reunión colegiada Modalidad de Administración acuerdan traslado de bienes; y autorizan al 2. Escolar Local, otorgante. Presidente o Director, al Tesorero y al Secretario, para firmar el Formulario AF-9. Registra este acuerdo en el acta de la reunión, Secretario de la Modalidad de 3. la cual deben firmar todos los presentes Administración Escolar Local. (Anexo 11). Reciben Bienes y si todo corresponde a lo Modalidad de Administración 4. especificado en el Formulario AF-9, lo firma el Escolar Local receptora. Presidente de la institución receptora. Remite copia de autorización de traslado (Formulario AF-9) al Técnico de Activo Fijo Presidente o Director de Departamental. 5. Modalidad de Administración Escolar Local, otorgante. Entrega el original al Secretario para su archivo correspondiente. Técnico de Activo Fijo Procede a realizar el cargo y descargo 6. Departamental. respectivo.
  • 203. ANEXO 1 ACTA DE TRASPASO DEL MOBILIARIO, EQUIPO Y LIBROS (Libro de Actas del Centro Escolar)
  • 204. MINISTERIO DE EDUCACIÓN AF-9 ACTIVO FIJO No. _________ TRASLADO DE MOBILIARIO Y EQUIPO
  • 205. INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO DE TRASLADO DE MOBILIARIO I. GENERALES: 1. Número Correlativo: el formulario deberá ser numerado en orden subsiguiente. 2. Procedencia: deberá anotarse el nombre de la dependencia o institución que posee el bien(es). 3. Destino: deberá anotarse el nombre de la dependencia o institución educativa hacia donde se traslada el bien(es). 4. Tipo de movimiento: deberá de marcarse con una “X” en el espacio que identifica el tipo de traslado. II. CARACTERÍSTICAS: Clase de Bien: deberá anotarse el nombre del bien. Número de Inventario: deberá anotarse el código que posee el bien. Marca: deberá anotarse la marca del bien si la posee. Serie: se coloca el número de serie del bien si lo posee. NOTA: para las Modalidades de Administración Escolar Local, sólo se llenará un original y dos copias, el original quedará en poder de la dependencia que entrega y las copias, una para quien recibe y la otra para la Departamental. Para las Unidades Administrativas Centrales y Departamentales, este formulario constará de un original y tres copias, que serán distribuidas así. Original para quien autoriza el traslado y las copias para el Departamento y/o Unidad de Activo Fijo, personal de vigilancia y personal que retira el bien.
  • 206. C. DESCARGO DEL MOBILIARIO, EQUIPO Y LIBROS PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Determina la utilidad del bien(es). Presidente o Director de la 1. Modalidad de Administración Si se trata de pérdida de un bien, investiga Escolar Local. el faltante y denuncia a la Policía Nacional Civil. Convoca a reunión extraordinaria a los miembros de la Modalidad para informar Presidente o Director de la ya sea sobre la utilidad de un bien (es) o 2. Modalidad de Administración sobre la pérdida. Acuerdan reunirse Escolar Local. posteriormente para tomar decisión sobre el descargo. Verifican físicamente el estado del bien(es), si se trata de bienes inservibles; Modalidad de Administración 3. Si se trata de una pérdida, investigan el Escolar Local. faltante y le dan seguimiento a la denuncia a la Policía Nacional Civil, para determinar responsabilidades. En reunión acuerdan descargar el bien, Modalidad de Administración dejando tal decisión asentada en acta 4. Escolar Local. correspondiente, la cual firman todos los presentes. Firman solicitud de descargo por inservible Modalidad de Administración o pérdida (formulario AF-12), 5. Escolar Local. describiéndose en él todas las características del bien(es) a descargar. Envía copia de solicitud de descargo (AF- 12) a la Dirección Departamental de Presidente(a) o Director(a) de Educación correspondiente. 6. Modalidad de Administración Escolar. Entrega original al Secretario para su archivo correspondiente. Recibe solicitud de descargo y la margina 7. Dirección Departamental al Técnico de Activo Fijo Departamental. Recibe solicitud, la ratifica y procede a realizar trámite ante la Comisión de descargo Departamental. Técnico de Activo Fijo 8. Departamental. Informa a la modalidad por escrito sobre la resolución tomada. Actualiza inventario.
  • 207. MINISTERIO DE EDUCACIÓN FORM. AF-12 ACTIVO FIJO SOLICITUD DE DESCARGO DE MOBILIARIO Y EQUIPO ESCOLAR
  • 208. INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO DE DESCARGO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: se anotará tal como está nombrado oficialmente la institución. CÓDIGO DE LA INSTITUCIÓN: se pondrán los números que han sido asignados para cada una de las instituciones educativas (según refrenda anterior). TIPO DE DESCARGO: se especificará la clase de descargo, en la forma siguiente: Inservible....................2-1 Robo...........................2-2 CÓDIGO Y CORRELATIVO: se anotarán los cuatro dígitos de la clase de bien, según Manual de Codificación y su correlativo, según la cantidad de bienes adquiridos. CARACTERÍSTICAS: se especificarán los detalles tales como: marca, serie, modelo, color, medidas u otros que identifiquen el bien. FECHA DE ADQUISICIÓN: se anotará el día, mes y año que la institución adquirió el bien. CANTIDAD: se anotará el número de unidades de una sola clase de bienes. VALOR UNITARIO: se anotará el precio del bien. VALOR TOTAL: se obtendrá de multiplicar el precio unitario por la cantidad de determinado tipo de bienes. FIRMA: en este espacio firmarán todos los miembros representantes de la institución educativa. NOMBRE: aquí se anotará el nombre completo de la persona a quien le corresponda la firma del espacio superior; en caso del CDE, será el Tesorero y la ACE, el Presidente (en el espacio sector padre de familia); en el caso del sector alumno se ubicará si existe representante de éste. SELLO: deberá estamparse el sello correspondiente de la institución educativa que ha sido anotado al inicio del formulario.
  • 209. III. PROCEDIMIENTOS DE LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DE MUEBLES: El Ministerio de Educación, podrá adquirir bienes inmuebles por medio de donaciones, comodatos iguales o mayores a treinta y cinco años o por compra venta, los cuales deben legalizarse y registrarse para su control. A continuación se presentan los procedimientos para legalizar y registrar una donación, un comodato o una compra venta de un inmueble. A. LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DE UNA DONACIÓN DE INMUEBLE AL RAMO DE EDUCACIÓN Se entenderá por donación, a la acción de una persona natural o jurídica de dar gratuitamente un inmueble de su propiedad al Ramo de Educación, para que ahí funcione un centro educativo. En lo que se refiere a la titulación del inmueble donado, esto se da cuando los propietarios carecen de Escritura Pública que no esta inscrita en el Registro de la Propiedad Raíz a su favor o presentan un documento privado, entonces se seguirá el trámite de titulación a través de la Fiscalía General de la República, a efecto de tramitar el respectivo título para su registro en el Registro de la Propiedad Raíz. PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Gestiona con el propietario del inmueble la donación. Modalidad de Administración Llenan la oferta de donación, anexando de 1. Escolar Local acuerdo al propietario de que se trate, la documentación que se señala en el Anexo 2 de este procedimiento. Presenta al Departamento de Asesoría Modalidad de Administración 2. Jurídica del MINED, la documentación Escolar Local para el trámite correspondiente. Revisa y si todo esta correcto la recibe. Elabora Acuerdo Ejecutivo en donde el MINED acepta el inmueble donado, para firma del Titular del Ministerio de Departamento de Asesoría 3. Educación Jurídica Una vez firmado el Acuerdo, procede a elaborar Escritura Pública y solicita la firma de la Escritura a la Fiscalía General de la República. Presenta para registro y control un Departamento de Asesoría 4. testimonio a: Jurídica Fiscalía General de la República
  • 210. Propietario del inmueble Oficina de Activo Fijo Asesoría Jurídica Presenta un Testimonio de la Escritura al Registro de la Propiedad Raíz, para ser inscrita a favor del Estado de El Salvador, en el Ramo de Educación. Registra en el sistema el testimonio y 5. Oficina de Activo Fijo archiva el documento para su control.
  • 211. ANEXO 2 DOCUMENTOS QUE RESPALDAN UN TRÁMITE DE DONACIÓN: DONACIONES DE PERSONAS NATURALES: 1. Llenar la oferta de donación por él o los donantes. 2. Fotocopia de antecedentes de la donación. 3. Fotocopia de DUI. 4. Fotocopia de NIT. DONACIONES POR ALCALDÍAS MUNICIPALES: 1. Certificación del Acuerdo del Concejo Municipal en el que acuerdan hacer la donación, dicho documento debe contener lo siguiente: medidas y colindancias de sus cuatro rumbos, ubicación, área, extensión, valúo y designar al señor Alcalde para que firme la escritura de donación a favor del Ministerio de Educación. 2. Fotocopia de antecedente de donación. 3. Fotocopia de la credencial del Alcalde. 4. Fotocopia de DUI. 5. Fotocopia de NIT de la Alcaldía. DONACIONES DE LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS DE LA REFORMA AGRARIA: 1. Certificación del Punto de Acta en donde la Asociación acuerda hacer la donación. 2. Dicho documento debe contener lo siguiente: ubicación, área de extensión y designar al Presidente de la Cooperativa para firmar la escritura de donación a favor del Ministerio de Educación. 3. Fotocopia del antecedente de donde se hará la desmembración. 4. Fotocopia de la DUI del Presidente de la Cooperativa. 5. Fotocopia de credencial extendida por el jefe del Departamento de Asociaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ganadería. 6. Fotocopia de Estatutos de la Asociación Cooperativa. 7. Fotocopia del NIT de la Cooperativa. 8. Fotocopia de la personería jurídica de la Cooperativa, extendida por el Ministerio de Agricultura y Ganadería. 9. Fotocopia del Acuerdo del Acta del ISTA, en donde el ISTA autoriza a la Asociación Cooperativa la donación del inmueble al Ministerio de Educación, manifestando su ubicación, área, además el ISTA se compromete a desgravar la porción a donar y autorizar al Presidente para firme la escritura la Escritura de Desgravación. 10. Fotocopia de la escritura de desgravación de la porción a desgravar otorgada por el ISTA a favor de la Cooperativa donante.
  • 212. DONACIONES DE PERSONAS JURÍDICAS O ASOCIACIONES: 1. Certificación del punto de acta donde la Sociedad donante acuerda la donación. Dicho punto de acta debe contener lo siguiente: medidas y colindancias de sus cuatro rumbos, ubicación, área de extensión y valuó del inmueble, designar al representante legal de la Sociedad para que firme la respectiva escritura pública de donación a favor del Ministerio de Educación. 2. Fotocopia de la escritura de constitución de la Sociedad. 3. Fotocopia de la credencial del Representante Legal de la Sociedad. 4. Fotocopia de DUI del Representante Legal. 5. Fotocopia del NIT de la Sociedad. 6. Fotocopia del antecedente de donde se desmembrará la porción a donar. DONACIONES ESPECIALES: (No hay antecedente escrito) 1. El donante debe comprobar que la posesión, uso y dominio del inmueble a donar la ha ejercido por más de diez años consecutivos de manera quieta.
  • 213. B. LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DEL COMODATO DE UN INMUEBLE A FAVOR DEL RAMO DE EDUCACIÓN Se entenderá por comodato, al préstamo gratuito de un inmueble que una Persona Jurídica (Alcaldías Asociaciones o Sociedades) hace al Ramo de Educación, para que ahí funcione un centro educativo, por un período no menor de treinta y cinco años. PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Gestiona con el propietario del inmueble el préstamo o comodato para que ahí funcione el Modalidad de centro educativo. 1. Administración Cuando ya existe acuerdo presentan la Escolar Local documentación (que se cita en el anexo 2) al Departamento de Asesoría Jurídica para el trámite correspondiente. Revisa documentación y si todo esta correcto la recibe. Elabora Acuerdo Ejecutivo en donde se recibe en calidad de comodato el inmueble, del Titular del Departamento de 2. Ministerio de Educación. Asesoría Jurídica Una vez firmado el Acuerdo, procede a elaborar Escritura Pública. Solicita firma de la Fiscalía General de la República. Presenta para archivo y control un Testimonio a: La Fiscalía General de la República Al propietario del inmueble Departamento de A la Oficina de Activo Fijo 3. Asesoría Jurídica Al Departamento de Asesoría Jurídica Presenta también un Testimonio al Registro de la Propiedad Raíz, para su marginación. Registra en el sistema el testimonio y 4. Oficina de Activo Fijo archiva el documento para su control.
  • 214. C. LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DE LA COMPRAVENTA DE UN INMUEBLE A FAVOR DEL RAMO DE EDUCACIÓN Se entenderá por compra venta, a la adquisición de un inmueble mediante pago que hace el Ramo de Educación, a una Persona Natural o Jurídica, para que ahí funcione un centro educativo. PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Gestiona con el propietario del inmueble la compra Modalidad de venta, para que ahí funcione el centro educativo. 1. Administración Cuando ya existe acuerdo, y el propietario ha Escolar Local fijado el precio de venta, presentan la oferta a los Titulares del Ramo de Educación. Titulares del Ramo de Recibe oferta y margina a la Gerencia 2. Educación de Educación Administrativa para gestionar financiamiento. Verifica si hay posibilidad de financiamiento, 3. Gerencia Administrativa Si hay, envía solicitud de valuó del inmueble a la Dirección de Infraestructura. Verifica si el inmueble reúne las condiciones necesarias para que funcione ahí un centro Dirección Nacional de educativo. 4. Diseño e Infraestructura Investiga precios de propiedades de zonas aledañas y en la Alcaldía de la jurisdicción del inmueble para determinar si el precio es justo. Si el inmueble reúne las condiciones y el precio es justo, pasa a la Gerencia Administrativa para el trámite correspondiente de gestión de fondos para Dirección Nacional de el pago. 5. Diseño e Infraestructura Si determina que el precio del inmueble no es justo, recomienda a la Gerencia Administrativa, para que solicite valuó a la Dirección General del Presupuesto. Si la modalidad de administración escolar local cuenta con fondos para el pago, emite Resolución autorizando la compra venta del inmueble. Si no se cuenta con fondos, elabora solicitud ante el Ministerio de Hacienda. 6. Gerencia Administrativa Una vez se cuenta con el financiamiento, pasa el caso al Departamento de Asesoría Jurídica para el correspondiente trámite de legalización y registro de la Escritura Pública. (Ver procedimiento de donación).
  • 216. DOCUMENTO 6 VI. PASO A PASO PARA EL MANTENIMIENTO Y/O CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, MOBILIAARIO Y EQUIPO INTRODUCCIÓN El Centro Educativo es un lugar muy importante en la comunidad, en sus aulas se aprende a leer y escribir, a conocer la historia y a encontrar explicaciones sobre los fenómenos externos; en sus Instalaciones, también se socializa y se comparte con otros seres humanos. Pero con el correr de los años, esas instalaciones sufren desgaste y hasta deterioro si no se les brinda el mantenimiento debido, lo cual impediría que otras generaciones puedan beneficiarse de ellas. Por lo que es necesario promover en los usuarios una cultura de conservación de los Centros Educativos, fundamentada en un marco de valores orientados a desarrollar y fortalecer el sentido de pertenencia mediante la participación creativa, responsable y comprometida de la comunidad, para que a través del trabajo cooperativo se desarrollen actividades innovadoras y permanentes de mantenimiento de la infraestructura. En el presente documento se presentan las normas básicas y procedimientos que deben considerar la comunidad educativa, en la ejecución de obras de mantenimiento (preventivo y correctivo), rehabilitación y/o construcción de la infraestructura escolar.
  • 217. I. MARCO CONCEPTUAL Para poder referirnos al mantenimiento de la infraestructura, mobiliario y/o equipo escolar, primero debemos precisar que se entiende por mantenimiento, su propósito y la importancia de la participación de los actores principales desde el planeamiento hasta la ejecución del mismo. ¿En qué consiste el mantenimiento de la infraestructura, mobiliario y equipo del centro educativo? Es el proceso que permite conservar el estado físico original de operación o funcionamiento y del diseño del inmueble, instalaciones, equipo y mobiliario del centro educativo. ¿En que consiste el mantenimiento preventivo? Es un proceso continuo de tareas o acciones planificadas para mantener la infraestructura escolar, mobiliario y equipo en buen estado de funcionamiento, en su condición y apariencia original; así como prevenir las necesidades de reparación y prevenir mayores daños en caso de desastres naturales, por ejemplo: Tareas diarias: 1. Barrer y trapear; 2. Limpiar y lavar servicios sanitarios, urinarios, bebederos; 3. Limpiar el terreno para evitar acumulación de basura; 4. Vaciar recipientes de basura, hacer uso de composteras, prácticas de reciclaje de basura y el resto enterrarla; 5. Limpiar ventanas; 6. Sacudir mobiliario y equipo, etc. Tareas semanales: 1. Revisar pisos, paredes, techos; 2. Revisar cerraduras y bisagras; 3. Revisar el mobiliario: sillas desajustadas, clavos o tornillos en pizarras, pupitres, estantes, mesas, etc.; 4. Revisar equipo: cables, focos, etc.; 5. Revisar tanque de agua, cañerías, grifos; 6. Revisar tomas eléctricos, lámparas, focos, cajas oxidadas, falta de tornillos, placas quebradas; 7. Revisar puertas, ventanas, etc. Para determinar necesidades de mantenimiento. Tarea quincenal: Mantenimiento a reservorios. Tareas mensuales: 1. Revisar muros y canales de desagüe; 2. Revisar cercas perimetrales; 3. Revisar cubiertas de techo; 4. Revisar cimentaciones y drenajes de aguas lluvias; 5. Limpieza del equipo, etc., para determinar necesidades de mantenimiento. Tareas anuales: 1. Pintar el centro educativo; 2. Reparar y pintar mobiliario con barniz; 3. Fumigar paredes, pisos y techos; 4. Revisión de fosa séptica, pozo de absorción o campo de riego.
  • 218. ¿En qué consiste el mantenimiento correctivo? Son los trabajos de reparaciones mayores de la infraestructura, mobiliario y equipo, las cuales requieren mayor tratamiento y especialización, trabajos orientados a la corrección de fallas de los elementos constructivos para restablecerlos a sus condiciones normales de funcionamiento. ¿Qué debe entenderse por construcción de infraestructura? Construcción de las instalaciones educativas por reemplazo o ampliación de áreas de una infraestructura educativa: REEMPLAZO Centros Educativos acreditados que carecen de infraestructura adecuada y necesitan la construcción completa de las instalaciones físicas. AMPLIACIÓN Ampliar o extender las instalaciones físicas de un centro educativo acreditado. II. NORMATIVA GENERAL PARA EL MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA El MINED velará por que las instituciones oficiales posean la infraestructura y el mobiliario indispensable para desarrollar el proceso educativo. Para la Construcción o Ampliación de la Infraestructura Educativa corresponde al MINED, por medio de la Dirección de Diseño y Supervisión de Infraestructura, normar, controlar, autorizar, evaluar, coordinar, ejecutar, monitorear, supervisar, brindar asistencia técnica, todo lo relacionado con la infraestructura educativa (espacios arquitectónicos de los centros educativos). Los Consejos Directivos Escolares, las Asociaciones Comunales para la Educación y los Consejos Educativos Católicos Escolares, son responsables de planificar, presupuestar y administrar los recursos destinados al mantenimiento preventivo del edificio escolar, los padres y madres de familia, alumnos, docentes deberán organizarse en comités de mantenimiento preventivo escolar. Las inversiones en obras de infraestructura física ejecutadas en los edificios escolares públicos, constituyen “inversiones públicas” y se regirán por las normas técnicas de control interno de la Corte de Cuentas de la República.
  • 219. Las Modalidades de Administración Escolar Local (CDE, ACE y CECE) podrán invertir en mantenimiento preventivo o correctivo de la infraestructura del edificio escolar previa aprobación por el MINED y cuando el inmueble sea propiedad del Estado en el Ramo de Educación, comodatos por 35 años o más a favor de éste o cuenten con ofertas de donación o de comodatos y estén en trámite en el Departamento Jurídico del MINED. Para la construcción de la infraestructura del edificio escolar deberá considerarse la normativa del diseño del MINED, la legalidad del terreno, las condiciones físico- ambientales, la orientación Norte-Sur de las edificaciones; así como también, deberá respetarse los diseños tipos vigentes del MINED en los diferentes niveles educativos (Parvularia, Básica, Media y Especial). El color oficial de los edificios escolares públicos será azul bandera, a una altura de repisa de ventana (1.40 mts.) y blanco la parte superior, en el caso del interior de las aulas estas serán pintadas de color blanco totalmente, a la altura de repisa de ventanas será de aceite y el resto de agua, salvo consideraciones especiales (patrimonio cultural, inmuebles privados, etc.). En el caso de la Educación Especial, los espacios siguen las normas generales aplicables a los espacios de Educación Parvularia y Básica en cuanto a la forma, dimensiones, iluminación, ventilación, etc., especificándose cambios en aspectos de seguridad para el desplazamiento de los alumnos en aulas y zonas de circulación, así como en el área de servicios sanitarios. También deben considerarse rampas en todas las áreas de la escuela, deben evitarse las excesivas diferencias del nivel con los demás espacios del centro educativo y con terrenos colindantes. Ninguna de las Modalidades de Administración Escolar Local (CDE ACE y CECE) pueden autorizar el uso de terrenos educativos para que instituciones públicas, privadas u ONG´S instalen tuberías, drenajes tendidos eléctricos o de telefonía en general o rótulos de publicidad, afectando la seguridad de la comunidad educativa y las instalaciones del edificio escolar. Para la construcción de espacios físicos recreativos, jardines, etc., deben considerarse los porcentajes normados por el MINED para cada nivel educativo. Los terrenos ofrecidos en donación o comodato deberán cumplir condiciones y áreas mínimas y esto dependerá de la población escolar y el nivel educativo que se pretende atender: 90 alumnos = 1,260 M2 180 alumnos = 2,520 M2 360 alumnos = 5,040 M2 Otros = consultar al MINED Las modalidades de administración escolar local, deben destinar en su presupuesto quinquenal y anual, fondos para el mantenimiento preventivo escolar, los cuales deben ser invertidos exclusivamente en ello.
  • 220. III. PROCEDIMIENTOS PARA EL MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA A. MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE INFRAESTRUCTURA Y MOBILIARIO El mantenimiento preventivo escolar, tiene como objetivos prevenir el deterioro de la infraestructura, mobiliario y/o equipo, a fin de conservarlo en óptimas condiciones de funcionamiento, distribución adecuada de la infraestructura, higiene y ornato para contribuir con la calidad de la educación; así como promover la participación permanente y organizada de la comunidad educativa. A continuación se presenta paso a paso el procedimiento a seguir: PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Modalidad de Levanta un inventario de desperfectos o daños de Administración Escolar las instalaciones, mobiliario y equipo del Centro 1. Local Educativo elaborando ficha de inventario de daños (Anexo 1) apoyándose del mapa escolar. Modalidad de Organiza a la comunidad educativa en comité de 2. Administración Escolar mantenimiento los cuales rotarán en el año escolar Local (Anexo 2). Priorizan y cuantifican de acuerdo a recursos Modalidad de disponibles las obras a realizar. Administración Escolar Elaboran el Plan Anual de Trabajo de 3. Local y Comité de Mantenimiento Preventivo del centro educativo Mantenimiento Preventivo (Anexo 3), el cual es incluido en el PEI y Plan Escolar Escolar Anual. Modalidad de Administración Escolar Ejecuta actividades contempladas en el Plan 4. Local y Comité de Anual de Trabajo de Mantenimiento Preventivo, Mantenimiento Preventivo con calidad. Escolar Modalidad de Informa a la comunidad educativa de los avances 5. Administración Escolar del Plan Anual de Trabajo de Mantenimiento Local Preventivo. Da seguimiento a las actividades establecidas en Dirección Departamental el Plan. de Educación, por medio 6. Informa de cualquier irregularidad a la Dirección de sus Técnicos de de Diseño y Supervisión de Infraestructura Enlace. Educativa. Da seguimiento y monitoreo a la ejecución de las Dirección de Diseño y actividades de mantenimiento establecidas en el 7. Supervisión de Plan Anual de Trabajo de Mantenimiento Infraestructura Educativa. Preventivo.
  • 221. ANEXO 1 MODELO DE INVENTARIO DE DAÑOS
  • 222. ANEXO 2 EQUIPOS DE TRABAJO
  • 223. ANEXO 3 PLAN ANUAL DE TRABAJO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
  • 224. B. MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE INFRAESTRUCTURA Y MOBILIARIO. El mantenimiento correctivo, tiene como objetivo corregir el deterioro ocasionado por el uso y el paso del tiempo de la infraestructura, mobiliario y equipo; para prolongar su vida útil. A continuación se presenta paso a paso el procedimiento a seguir: PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD 1. Modalidad de Administración Identifican necesidades de mantenimiento Escolar Local y Comité de correctivo de la infraestructura, mobiliario y/o Mantenimiento Escolar equipo. 2. Priorizan y cuantifican de acuerdo a Modalidad de Administración disponibilidad financiera y autogestión. Escolar Local y Comité de Elaboran su Plan Anual de Trabajo de Mantenimiento Escolar Mantenimiento Correctivo, y lo incorporan en el Plan Escolar Anual del Centro Educativo. 3. Solicita a la Dirección Departamental el trámite Modalidad de Administración de autorización del Plan de mantenimiento Escolar Local correctivo a la Dirección de Diseño y Supervisión de Infraestructura Educativa. 4. Una vez autorizado el Plan, contrata los servicios de empresa, persona natural o Modalidad de Administración persona calificada y/o compra los materiales Escolar Local en base a lo estipulado en el procedimiento para la adquisición de bienes y servicios. 5. Ejecuta el plan informando semanalmente de Proveedor del servicio y avances y finalización (Anexo 4) de las obras o Modalidad de Administración reparaciones a la Modalidad de Administración Escolar Local Escolar Local. 6. Da seguimiento a la ejecución de las obras, informando a la modalidad de cualquier Comité de Mantenimiento irregularidad, para que tomen las medidas pertinentes. 7. Da seguimiento a la Administración del financiamiento del proyecto. Modalidad de Administración Informa de cualquier irregularidad a la Escolar Local Dirección de Diseño y Supervisión de la Infraestructura Educativa. 8. Dirección de Diseño y Monitorea, da seguimiento y recepciona las Supervisión de la obras ejecutadas del proyecto a fin de que sea Infraestructura Educativa recibido a satisfacción.
  • 225. ANEXO 4 PLAN ANUAL DE TRABAJO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO
  • 226. C. CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA (reemplazo o ampliación). PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD Identifica la necesidad de ampliar o construir la infraestructura educativa, considerando los siguientes criterios: Modalidad de Administración Matrícula total 1. Escolar Local y Comité de Matrícula turno máximo Mantenimiento Escolar Espacios físicos con los que cuentan Situación legal del terreno Número de secciones Número de docentes Presentan sus necesidades a la Unidad de Modalidad de Administración Gestión Educativa de la Dirección 2. Escolar Local Departamental de Educación correspondiente. Analiza las necesidades identificadas a nivel Gestión Educativa departamental de los centros educativos a 3. Departamental construir y prepara consolidado a la Dirección Departamental de Educación. Presenta solicitud acompañada del consolidado de Centros Educativos con Dirección Departamental de 4. necesidades de reemplazo o ampliación a la Educación Dirección de Diseño y Supervisión de Infraestructura. Recibe solicitud y verifica propuesta para incorporar a los proyectos de infraestructura, Dirección de Diseño y de acuerdo a la factibilidad financiera 5. Supervisión de Infraestructura disponible. Educativa. Comunica resolución al Director Departamental de Educación respectivo. Informa sobre resolución a las modalidades Dirección Departamental de 6. interesadas y a la Unidad de Gestión Educación. Educativa Departamental.