El documento define el derecho de autor como los derechos de los creadores sobre sus obras literarias y artísticas. Explica que los derechos de autor tienen derechos morales irrenunciables como el reconocimiento de la autoría y derechos patrimoniales sobre la explotación económica de la obra. Finalmente, señala que las normas internacionales sobre derechos de autor buscan equilibrar los intereses de los creadores con el acceso público al contenido.