El documento discute el modelo tutelar de justicia juvenil que existía antes de la Convención sobre los Derechos del Niño versus el modelo de protección integral de derechos que surgió después. El modelo tutelar se centraba en la privación de libertad y veía a los niños como objetos de protección, mientras que el modelo de protección integral los reconoce como sujetos de derecho y enfatiza medidas no privativas de libertad, debido proceso y la opinión del niño.