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Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
EXPOSICION DE MOTIVOS
La violencia de género es un antecedente básico de otras formas de violencia, la
violencia se aprende y el primer lugar de aprendizaje es la familia. La violencia de
género es un importante antecedente en el ejercicio de otras formas de violencia
Desde la incorporación de las conclusiones de `Belen do Para` en la Constitución
Nacional se ha desarrollado en el país un importante plexo legal y normativo y se
han generado numerosas formas institucionales para combatir este flagelo
Sin embargo, la nueva legislación ha significado un rompimiento de posturas
culturales, prejuicios y estereotipos, que justificaban la violencia intrafamiliar,
licencias para la violencia y la discriminación, que en muchos casos eran
compartidas por buena parte de los aplicadores de la normativa
A pesar de estos avances la violencia de género no ha disminuido. El número de
femicidios, que son la punta del iceberg, entre el 2008 y el 2012 se cometieron en
el país 1236 Femicidios en cinco años y 99 Femicidios Vinculados de Varones y de
Niños, según el siguiente detalle estadístico:
 Año 2008 = 208 Femicidios y 11 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños
 Año 2009 = 231 Femicidios y 16 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños
 Año 2010 = 260 Femicidios y 15 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños
 Año 2011 = 282 Femicidios y 29 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños
 Año 2012 = 255 Femicidios y 24 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños
La Provincia de Buenos Aires encabeza la lista con 384 Femicidios y Femicidios
“Vinculados” de mujeres y niñas y 99 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños
por violencia de género, y es posible que estos registros que, a falta de cifras
oficiales construye una ONG (Casa del Encuentro) con los casos que aparecen
en los diarios, se encuentren subregistrados.
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
San Isidro padeció 2 femicidios durante ese período, a lo que se agregan dos
cometidos durante el año 2.014.
Los hijos e hijas que se quedaron sin madre, fueron registrados a partir del año
2011 y juntamente con los del 2012 llegan a la cifra de 703 víctimas colaterales
surgidas de los 537 femicidios registrados durante esos dos años.
Desde el 2011 a la fecha se han registrado 1520 hijas e hijos que quedaron sin
madre.
El 70% de estos Femicidios se cometieron en el domicilio de la víctima, en el hogar
que compartía o compartió con el femicida, o un nuevo hogar donde ella intentó
construir un nuevo proyecto de vida. Los agresores están en el círculo afectivo y
cercano de las mujeres. El 37% de los Femicidios fue cometido por esposos,
pareja, novios y amantes, el 26% de los Femicidios fue cometido por ex de las tres
categorías antes mencionadas, situación que explica la complejidad emocional
que ocasiona en las víctimas y las dificultades para pedir ayuda y romper el
círculo de la violencia.
La Corte en particular y algunas instituciones nacionales y provinciales han
realizado esfuerzos interesantes en el desarrollo de instrumentos legales e
institucionales pero la lucha contra la violencia de género requiere de respuestas
de cercanía que no pueden otorgar instituciones administrativa y físicamente
lejanas a los sucesos
VISTO:
La experiencia demostrada respecto de la imprescindible acción de los
municipios en las tareas de prevención y atención de las víctimas desarrollando
acciones propias, articulando los recursos en el territorio e impulsando el
cumplimiento de las normas.
Las experiencias exitosas cercanas muestran que no se requieren grandes
recursos sino una férrea voluntad política y agentes capacitados y con
capacidad de acción, y
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
CONSIDERANDO:
i.- Que está demostrada la ineficacia de instituciones que actúan en forma
descoordinada que promueve que las víctimas deambulen desprotegidas por las
diferentes instancias institucionales
ii.- Que es imprescindible que todos los agentes involucrados de todas las
jurisdicciones estén capacitados para la detección temprana y la acción
coordinada eliminando del repertorio la palabra derivación que, en los hechos
implica librar a una víctima fragilizada a su suerte
iii.- Que los equipos que trabajen en esta temática: psicólogos, trabajadores
sociales y abogados deben tener formación específica ligada a la complejidad y
especificidad de esta forma de violencia garantizando su idoneidad mediante
concursos de sus cargos
iv.- Que en los casos graves de violencia las denuncias exponen a las víctimas a
un alto riesgo y requieren de un lugar de amparo para ellas y sus hijos
v.- Que la falta de recursos de la Justicia imponen revictimizaciones de las
víctimas, en particular en los casos de abuso sexual infantil y los delitos contra la
libertad sexual.
vi.- Que el incremento del 18% de los embarazos adolescentes, que se acumulan
en los sectores más desprotegidos de la sociedad implican el abandono escolar
de las niñas/madres e incrementan su vulnerabilidad general y en particular frente
a la violencia
vii.- Que, y concluyendo, el Municipio de San Isidro debe implementar un plan
integral y exitoso para actuar sobre estos hechos que también devienen en
violencia social indiscriminada.
Por ello Varios Señores Concejales presentan, para Implementar una política
pública gestionable y financiada en materia de Protección a la Violencia de
género, el siguiente:
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
PROYECTO DE ORDENANZA
PROGRAMA MUNICIPAL DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, LOS
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL Y EL ABUSO SEXUAL INFANTIL
Artículo 1º: Crear el PROGRAMA MUNICIPAL de lucha contra la violencia de
género, los delitos contra la libertad sexual y el abuso infantil, ordenando bajo su
órbita, los programas y planes existentes.
Artículo 2ª: Tareas de prevención
Proveer al fortalecimiento institucional y financiero de la Dirección de la Mujer
otorgando recursos humanos capacitados y con experiencia, seleccionados por
concurso, y capacidad institucional que le permitan llevar adelante el programa.
Asignar en la partida presupuestaria del año 2014 los recursos financieros para
dicho objetivo transfiriendo ahorros de otras partidas, según su propia
recomendación.
Apoyar la capacitación de policías, docentes, agentes municipales y equipos de
salud acerca de las causas y consecuencias de la violencia de género, la
detección temprana y los mecanismos de denuncia y protección, promoviendo
una actitud de empatía frente a las víctimas y sus contradicciones, limitaciones y
fragilidades en relación con el victimario
Promover la difusión a la población de las causas y consecuencias de la violencia
de género y el abuso sexual infantil, de los recursos existentes en el distrito y los
circuitos para efectuar las denuncias y acceder a la protección; una vez revisada
su eficiencia.
Mantener estadísticas confiables que consoliden los datos provenientes de todas
las fiscalías y lugares de atención que permitan ajustar y focalizar las políticas a
barrios y modalidades
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
Adoptar el Protocolo para la Aplicación de la Ley Contra la Violencia Intrafamiliar
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de los criterios del Plan de Acción
de la Política Institucional de Violencia de Género.
Implementar en los ámbitos correspondientes el “Protocolo de actuación del
personal policial de las Comisarías de la Mujer y la Familia y de los profesionales
de los equipos interdisciplinarios para la atención de las víctimas de violencia
familiar” del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
Adoptar asimismo el “Protocolo y guía de prevención y atención de víctimas de
violencia sexual y familiar para el primer nivel de atención”, expedido por el
Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, como así también el
“Protocolo para la atención integral de personas víctimas de violaciones
sexuales” del Ministerio de Salud de la Nación, ambos de aplicación en las
guardias de los hospitales, clínicas y demás centros de atención primaria de salud
del Distrito.
Apoyar y promover efectivamente, involucrando sus recursos, a la aplicación de
la ley de Educación Sexual Integral (ESI) en las escuelas, comenzando por las de
población más vulnerable así como las políticas de fortalecimiento e inclusión
educativa de niñas y adolescentes.
Artículo 3º: De la PROTECCION Y ACOMPAÑAMIENTO DE LAS VICTIMAS
Procurar la construcción en la fiscalía de una cámara Gessell con equipo de
video y equipo de peritos de guardia pasiva, como forma de apoyo a la Justicia.
Impulsar las gestiones necesarias ante del Ministerio de Desarrollo Social de la
Nación para promover la puesta en marcha de un refugio para las víctimas en
edificio del ex Arenaza y el efectivo funcionamiento de los refugios existentes en
el Distrito Judicial San Isidro, mediante acuerdos con los distintos municipios.
Constituir, en el ámbito de la administración que considere conveniente pero
coordinado con el presente Programa el equipo de apoyo y contención
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
psicológica y social que acompañe a las víctimas hasta la finalización del
proceso de recuperación.
Crear un cuerpo de Abogados Municipales especializados y capacitados en esta
problemática con el fin de brindar patrocinio legal gratuito civil y penal a las
víctimas a lo largo de todo el proceso.
Crear y designar la figura del acompañante que guíe y acompañe físicamente el
recorrido de las víctimas por servicios de salud y justicia.
Urgente adecuación tecnológica y organizativa del sistema de cámaras y
repuesta policial incluida la capacitación de los recursos humanos de la central
de monitoreo y los agentes de los móviles. A modo de ejemplo, se sugiere las
siguientes acciones tomadas de las “mejores prácticas vigentes”:
integrar una central de recepción de alarmas e integrar botones de
pánico móvil con localización GPS q se entregan sólo a las víctimas q
tienen excluido al agresor del hogar por la justicia, y en casos de violencia
grave hasta que se dicte la medida.
Para las víctimas q no están judicializadas, propiciar la comunicación de la
emergencia por SMS o aplicaciones para smartphone q no tiene gran
costo para el Municipio. El área de trabajo social va a tener q suscribirlas
haciendo uso muy confidencial de la data.
Diseñar las tareas y agentes que, desde el Municipio, recibirán los alertas y
coordinar con sus patrullas, policía provincial, Comisaría de la Mujer,
Fiscalía y área de trabajo social asignada. Incluye hospital o centro de
atención primaria de salud
Se consideran los aspectos tecnológicos, con herramientas no
necesariamente costosas, es un modelador de los procedimientos de.
alerta, atención, despacho, resolución y datos estadísticos. Esto
promueve la protocolización de las acciones, lo que aporta a la
excelencia de la gestión.
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo preparará los aspectos ejecutivos de este
Programa Municipal y sus asignaciones presupuestarias para presentarlos al HCD
antes del 30 de junio del presente año.
Artículo 5º: La Exposición de Motivos y los Vistos y considerandos son parte
integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 6º: De forma.

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Programa de Lucha contra la Violencia de Género

  • 1. Honorable Concejo Deliberante de San Isidro EXPOSICION DE MOTIVOS La violencia de género es un antecedente básico de otras formas de violencia, la violencia se aprende y el primer lugar de aprendizaje es la familia. La violencia de género es un importante antecedente en el ejercicio de otras formas de violencia Desde la incorporación de las conclusiones de `Belen do Para` en la Constitución Nacional se ha desarrollado en el país un importante plexo legal y normativo y se han generado numerosas formas institucionales para combatir este flagelo Sin embargo, la nueva legislación ha significado un rompimiento de posturas culturales, prejuicios y estereotipos, que justificaban la violencia intrafamiliar, licencias para la violencia y la discriminación, que en muchos casos eran compartidas por buena parte de los aplicadores de la normativa A pesar de estos avances la violencia de género no ha disminuido. El número de femicidios, que son la punta del iceberg, entre el 2008 y el 2012 se cometieron en el país 1236 Femicidios en cinco años y 99 Femicidios Vinculados de Varones y de Niños, según el siguiente detalle estadístico:  Año 2008 = 208 Femicidios y 11 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños  Año 2009 = 231 Femicidios y 16 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños  Año 2010 = 260 Femicidios y 15 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños  Año 2011 = 282 Femicidios y 29 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños  Año 2012 = 255 Femicidios y 24 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños La Provincia de Buenos Aires encabeza la lista con 384 Femicidios y Femicidios “Vinculados” de mujeres y niñas y 99 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños por violencia de género, y es posible que estos registros que, a falta de cifras oficiales construye una ONG (Casa del Encuentro) con los casos que aparecen en los diarios, se encuentren subregistrados.
  • 2. Honorable Concejo Deliberante de San Isidro San Isidro padeció 2 femicidios durante ese período, a lo que se agregan dos cometidos durante el año 2.014. Los hijos e hijas que se quedaron sin madre, fueron registrados a partir del año 2011 y juntamente con los del 2012 llegan a la cifra de 703 víctimas colaterales surgidas de los 537 femicidios registrados durante esos dos años. Desde el 2011 a la fecha se han registrado 1520 hijas e hijos que quedaron sin madre. El 70% de estos Femicidios se cometieron en el domicilio de la víctima, en el hogar que compartía o compartió con el femicida, o un nuevo hogar donde ella intentó construir un nuevo proyecto de vida. Los agresores están en el círculo afectivo y cercano de las mujeres. El 37% de los Femicidios fue cometido por esposos, pareja, novios y amantes, el 26% de los Femicidios fue cometido por ex de las tres categorías antes mencionadas, situación que explica la complejidad emocional que ocasiona en las víctimas y las dificultades para pedir ayuda y romper el círculo de la violencia. La Corte en particular y algunas instituciones nacionales y provinciales han realizado esfuerzos interesantes en el desarrollo de instrumentos legales e institucionales pero la lucha contra la violencia de género requiere de respuestas de cercanía que no pueden otorgar instituciones administrativa y físicamente lejanas a los sucesos VISTO: La experiencia demostrada respecto de la imprescindible acción de los municipios en las tareas de prevención y atención de las víctimas desarrollando acciones propias, articulando los recursos en el territorio e impulsando el cumplimiento de las normas. Las experiencias exitosas cercanas muestran que no se requieren grandes recursos sino una férrea voluntad política y agentes capacitados y con capacidad de acción, y
  • 3. Honorable Concejo Deliberante de San Isidro CONSIDERANDO: i.- Que está demostrada la ineficacia de instituciones que actúan en forma descoordinada que promueve que las víctimas deambulen desprotegidas por las diferentes instancias institucionales ii.- Que es imprescindible que todos los agentes involucrados de todas las jurisdicciones estén capacitados para la detección temprana y la acción coordinada eliminando del repertorio la palabra derivación que, en los hechos implica librar a una víctima fragilizada a su suerte iii.- Que los equipos que trabajen en esta temática: psicólogos, trabajadores sociales y abogados deben tener formación específica ligada a la complejidad y especificidad de esta forma de violencia garantizando su idoneidad mediante concursos de sus cargos iv.- Que en los casos graves de violencia las denuncias exponen a las víctimas a un alto riesgo y requieren de un lugar de amparo para ellas y sus hijos v.- Que la falta de recursos de la Justicia imponen revictimizaciones de las víctimas, en particular en los casos de abuso sexual infantil y los delitos contra la libertad sexual. vi.- Que el incremento del 18% de los embarazos adolescentes, que se acumulan en los sectores más desprotegidos de la sociedad implican el abandono escolar de las niñas/madres e incrementan su vulnerabilidad general y en particular frente a la violencia vii.- Que, y concluyendo, el Municipio de San Isidro debe implementar un plan integral y exitoso para actuar sobre estos hechos que también devienen en violencia social indiscriminada. Por ello Varios Señores Concejales presentan, para Implementar una política pública gestionable y financiada en materia de Protección a la Violencia de género, el siguiente:
  • 4. Honorable Concejo Deliberante de San Isidro PROYECTO DE ORDENANZA PROGRAMA MUNICIPAL DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL Y EL ABUSO SEXUAL INFANTIL Artículo 1º: Crear el PROGRAMA MUNICIPAL de lucha contra la violencia de género, los delitos contra la libertad sexual y el abuso infantil, ordenando bajo su órbita, los programas y planes existentes. Artículo 2ª: Tareas de prevención Proveer al fortalecimiento institucional y financiero de la Dirección de la Mujer otorgando recursos humanos capacitados y con experiencia, seleccionados por concurso, y capacidad institucional que le permitan llevar adelante el programa. Asignar en la partida presupuestaria del año 2014 los recursos financieros para dicho objetivo transfiriendo ahorros de otras partidas, según su propia recomendación. Apoyar la capacitación de policías, docentes, agentes municipales y equipos de salud acerca de las causas y consecuencias de la violencia de género, la detección temprana y los mecanismos de denuncia y protección, promoviendo una actitud de empatía frente a las víctimas y sus contradicciones, limitaciones y fragilidades en relación con el victimario Promover la difusión a la población de las causas y consecuencias de la violencia de género y el abuso sexual infantil, de los recursos existentes en el distrito y los circuitos para efectuar las denuncias y acceder a la protección; una vez revisada su eficiencia. Mantener estadísticas confiables que consoliden los datos provenientes de todas las fiscalías y lugares de atención que permitan ajustar y focalizar las políticas a barrios y modalidades
  • 5. Honorable Concejo Deliberante de San Isidro Adoptar el Protocolo para la Aplicación de la Ley Contra la Violencia Intrafamiliar de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de los criterios del Plan de Acción de la Política Institucional de Violencia de Género. Implementar en los ámbitos correspondientes el “Protocolo de actuación del personal policial de las Comisarías de la Mujer y la Familia y de los profesionales de los equipos interdisciplinarios para la atención de las víctimas de violencia familiar” del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires. Adoptar asimismo el “Protocolo y guía de prevención y atención de víctimas de violencia sexual y familiar para el primer nivel de atención”, expedido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, como así también el “Protocolo para la atención integral de personas víctimas de violaciones sexuales” del Ministerio de Salud de la Nación, ambos de aplicación en las guardias de los hospitales, clínicas y demás centros de atención primaria de salud del Distrito. Apoyar y promover efectivamente, involucrando sus recursos, a la aplicación de la ley de Educación Sexual Integral (ESI) en las escuelas, comenzando por las de población más vulnerable así como las políticas de fortalecimiento e inclusión educativa de niñas y adolescentes. Artículo 3º: De la PROTECCION Y ACOMPAÑAMIENTO DE LAS VICTIMAS Procurar la construcción en la fiscalía de una cámara Gessell con equipo de video y equipo de peritos de guardia pasiva, como forma de apoyo a la Justicia. Impulsar las gestiones necesarias ante del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación para promover la puesta en marcha de un refugio para las víctimas en edificio del ex Arenaza y el efectivo funcionamiento de los refugios existentes en el Distrito Judicial San Isidro, mediante acuerdos con los distintos municipios. Constituir, en el ámbito de la administración que considere conveniente pero coordinado con el presente Programa el equipo de apoyo y contención
  • 6. Honorable Concejo Deliberante de San Isidro psicológica y social que acompañe a las víctimas hasta la finalización del proceso de recuperación. Crear un cuerpo de Abogados Municipales especializados y capacitados en esta problemática con el fin de brindar patrocinio legal gratuito civil y penal a las víctimas a lo largo de todo el proceso. Crear y designar la figura del acompañante que guíe y acompañe físicamente el recorrido de las víctimas por servicios de salud y justicia. Urgente adecuación tecnológica y organizativa del sistema de cámaras y repuesta policial incluida la capacitación de los recursos humanos de la central de monitoreo y los agentes de los móviles. A modo de ejemplo, se sugiere las siguientes acciones tomadas de las “mejores prácticas vigentes”: integrar una central de recepción de alarmas e integrar botones de pánico móvil con localización GPS q se entregan sólo a las víctimas q tienen excluido al agresor del hogar por la justicia, y en casos de violencia grave hasta que se dicte la medida. Para las víctimas q no están judicializadas, propiciar la comunicación de la emergencia por SMS o aplicaciones para smartphone q no tiene gran costo para el Municipio. El área de trabajo social va a tener q suscribirlas haciendo uso muy confidencial de la data. Diseñar las tareas y agentes que, desde el Municipio, recibirán los alertas y coordinar con sus patrullas, policía provincial, Comisaría de la Mujer, Fiscalía y área de trabajo social asignada. Incluye hospital o centro de atención primaria de salud Se consideran los aspectos tecnológicos, con herramientas no necesariamente costosas, es un modelador de los procedimientos de. alerta, atención, despacho, resolución y datos estadísticos. Esto promueve la protocolización de las acciones, lo que aporta a la excelencia de la gestión.
  • 7. Honorable Concejo Deliberante de San Isidro Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo preparará los aspectos ejecutivos de este Programa Municipal y sus asignaciones presupuestarias para presentarlos al HCD antes del 30 de junio del presente año. Artículo 5º: La Exposición de Motivos y los Vistos y considerandos son parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 6º: De forma.