Resolución de Superintendencia Nº 379-2013/SUNAT

Resolución de Superintendencia Nº 379-2013/SUNAT
Se establece sujetos obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de
Compras de manera electrónica y que modifica la Resolución de Superintendencia
N° 286-2009/SUNAT y la Resolución de Superintendencia N° 066-2013/SUNAT
(Publicado el 29.12.13)

Mediante esta normativa; la SUNAT en merito a sus
facultades1 establece un nuevo grupo de deudores tributarios obligados a llevar el Registro de Compras y el
Registro de Ventas e Ingresos de manera electrónica (en
adelante se denominará Registros Electrónicos) ello a
partir del 01 de enero del 2014, debiendo afiliarse a
alguno de los sistemas de llevado electrónico vigentes:
SLE-PLE ó SLE-PORTAL y sujetándose a sus normativas
según corresponde.
Esta norma ha puntualizado la obligación del llevado
de los libros y registros contables electrónicos tanto
para aquellos contribuyentes designados como PRICOS
hasta el 31.12.2013 y aquellos que posteriormente se
designen como tal por SUNAT, estableciendo el periodo
a partir del cual deban incorporarse estos últimos al
SLE-PLE, así como el cronograma que deban tener en
consideración.
Se establece que a partir del 01.05.2014 podrá efectuarse
el cambio del SLE- PLE al SLE- PORTAL y viceversa; una
vez producido el cambio aplicaran las normas que corresponda al mencionado sistema.
Finalmente, equiparando las normativas referidas al llevado de los libros y registros contables vinculados a asuntos
tributarios se desarrolla las modificaciones a las normas
vinculadas al sistema de llevado de manera electrónica:
R.S. Nº 286-2009/SUNAT (SLE-PLE) modificándose los
artículos 1; 4; 6; 7; 9; 12; 13 y los Anexos 1; 2; 4 y
aprobándose el Anexo 5 y en el caso de la R.S. Nº 0662013/SUNAT (SLE- PORTAL), las modificaciones realizadas
comprende los artículos 4; 6; 8 y 10 y Tercera Disposición
Complementaria Final; también se ha modificado los
numerales 8 y 14 del Anexo 2 de la R.S. N° 234-2006/
SUNAT; según comentario a continuación:
A.	 NUEVOS SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR REGISTROS ELECTRÓNICOS:
i.	 De los Sujetos obligados:
Son sujetos obligados aquellos que cumplan con las
siguientes condiciones señaladas en el artículo 2º de la
presente resolución:
a)	 Ser contribuyente acogidos al Régimen General del
Impuesto a la Renta
b)	 Estar obligados a llevar los Registros de Compras y Registro de Ventas e Ingresos; esto es, ser contribuyentes
del impuesto según lo contempla el artículo 37° de
la Ley del IGV.
1	 Numeral 16 del artículo 62° del TUO del Código Tributario.

Instituto Pacífico

c)	 No hayan sido incorporados al SLE-PLE (contribuyentes que no tienen la calidad de PRICOS).
d)	 No se hubieran afiliado al SLE–PLE y generado los
registros en dicho sistema; esto es, aquellos contribuyentes que lleven sus libros y registros contables en
forma manual u hojas sueltas.
e)	 No hayan generado los registros en el SLE-PORTAL.
f)	 Hayan obtenido ingresos mayores a 500 UIT entre
los meses de julio 2012 a junio 2013; aplicando para
ello la UIT vigente en julio 2012 y considerando los
montos declarados en las casillas del PDT N° 621:
Casilla 100

Ventas Netas

Casilla 105

Ventas No gravadas (sin considerar exportación)

Casilla 109

Ventas No Gravadas (sin efecto en ratio)

Casilla 112

Otras ventas (inciso ii del artículo 6°, numeral 6.2
Reglamento del IGV)

Casilla 160

Ventas Ley N° 27037 numeral 11.1; 12.1; 12.3
y 12.4

y/o en la casilla 100 del PDT 621 – Simplificado IGV –
Renta Mensual.
Teniendo en consideración que la UIT vigente en julio
2012 era de S/. 3,650; representando ello ingresos mayores a S/. 1’825,000.
ii.	 Obligación de generar registros electrónicos:
Los nuevos sujetos obligados contemplados en el artículo
2° de esta resolución, deberán optar por generar el
Registro de Compras y Registro de Ventas e Ingresos de
manera electrónica, en uno de los siguientes sistemas:
-	 SLE – PLE (R.S. N° 286-2009/SUNAT)
-	 SLE- PORTAL ( R.S. N° 066-2013/SUNAT)
La norma precisa que por excepción, la generación de los
registros electrónicos a realizarse hasta el 30 de abril del
2014, sólo podrá efectuarse utilizando el SLE-PLE; ello en
merito a la modificación efectuada al artículo único de la
R.S. N° 279-2013/SUNAT2, en la que señala la suspensión
del SLE – PORTAL hasta el 30.04.2014.
También se deberá tener en consideración estos supuestos:
-	 En el caso de aquellos contribuyentes que hubieran
ejercido la opción de llevar la contabilidad en dólares3,
deberán generar los registros electrónicos únicamente
2	 Modificación contemplada en la Sexta Disposición Complementaria Modificatoria de la
R.S. N° 379-2013/SUNAT
3	 Según lo señala el artículo 87° del TUO del Código Tributario y D.S. N° 151-2002-EF,
corresponde a aquellos contribuyentes que tengan convenio de estabilidad tributaria.

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en el SLE-PLE, no pudiendo posteriormente elegir un
cambio al SLE-PORTAL.
-	 En el caso de aquellos contribuyentes obligados, que
al 01 de enero del 2014, se encuentren en estado
de suspensión temporal de actividades o baja de
inscripción en el RUC; se aplicará la obligación de
generar registros electrónicos en el periodo en que
reinicie sus actividades o reactive su número RUC,
según corresponda.
iii.	De los Registros Electrónicos y demás libros:
SLE – PLE: Los nuevos sujetos obligados, contemplados
en el artículo 2° de esta resolución, que opten por afiliarse
al SLE –PLE, deberán tener en consideración los anexos
1 y 4 de la R.S. N° 286-2009/sunat, modificados por
esta resolución.
A través de la Cuarta Disposición Complementaria Modificatoria de esta resolución, se modifica la denominación
y contenido del Anexo 1 y Anexo 4 de la R.S. Nº 2862009/SUNAT:
Anexo 1 “Relación de Registros que obligatoriamente deben ser
llevados de manera electrónica por los sujetos que se afilien al
sistema”.
Código

Nombre o descripción

8

Registro de Compras

14

Registro de Ventas e ingresos
Anexo 4 “Relación de Libros y/o Registros que puedan ser llevados
voluntariamente de manera electrónica”

Código

Nombre o descripción

1

Libro Caja y Bancos

3

Libro de Inventarios y Balances

4

Libro de retenciones incisos e) y f) del artículo 34° de la
ley del impuesto a la renta

5

Libro Diario

5A

Libro Diario de Formato Simplificados

6

Libro Mayor

7

Registro de Activos Fijos

9

Registro de Consignaciones

10

Registro de Costos

12

Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas

13

Registro de Inventario Permanente Valorizado

SLE – PORTAL: Los nuevos sujetos obligados, contemplados en el artículo 2° de esta resolución, que opten por
cambiarse del SLE- PLE al SLE –PORTAL, ello posterior al
30.04.2014 llevaran de manera obligatoria el Registro
de Compras y el Registro de Ventas e Ingresos a través
del SLE- PORTAL, y los demás libros y/o registros serán
llevados en forma manual u hojas sueltas o continuas, o
través del SLE - PLE, según corresponda.
iv.	 De los efectos del llevado de los registros electrónicos:
Los nuevos sujetos obligados a llevar registros electrónicos,
deberán realizar el cierre de los registros llevados en forma
manual o en hojas sueltas o continuas hasta el periodo
diciembre 2013, previo registro de la información que
corresponda anotar en ellos.
v.	 Del Plazo máximo de atraso del llevado de los
registros electrónicos:

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Otra principal modificación corresponde al plazo máximo
de atraso respecto del llevado electrónico del Registro de
Compras y Registro de Ventas e Ingresos; los cuales para
ambos sistemas (SLE-PLE ó SLE-PORTAL) se realizarán en
merito a los cronogramas que apruebe la SUNAT a través
de resolución de superintendencia.
De acuerdo a la Cuarta Disposición Complementaria Final,
establece la utilización del Anexo III Cronograma
Tipo B de la presente resolución, el cual es aplicable a
los nuevos sujetos obligados comprendidos en el artículo
2°. (Ver cronograma en el punto B.3)
B. 	LLEVADO DE LOS REGISTROS ELECTRONICOS:
B.1 SLE-PLE:
	 Los contribuyentes que opten por cumplir con la
obligación de llevar los registros electrónicos utilizando el SLE-PLE, deberán contar con su Código de
usuario y Clave SOL, ello para generar el Registro de
Compras o el Registro de Ventas e Ingreso en SLE-PLE;
obteniendo así la calidad de “Generador”; debiendo
generar el otro registro, en el SLE-PLE respecto del
mismo periodo.
	 La calidad de generador, determinará las siguientes
obligaciones:
-	 La obligación de presentar ante SUNAT los comprobantes de pago y documentos autorizados
que se anotarán en los registros electrónicos, ello
a través de la generación del Resumen de los
registros electrónicos; siendo este requerimiento lo novedoso en la presente norma; para su
cumplimiento el contribuyente deberá tener en
consideración la modificatoria efectuada en el
Anexo 2 “Estructuras e información de los libros
y/o registros electrónicos”, la cual contempla
además de la nomenclatura del libro o registro
electrónico, las reglas generales de la información
de los comprobantes de pago y/o documentos y
la estructura del archivo txt.
-	 La posibilidad de ejercer la opción de cambiar el
llevado electrónico de los registros del SLE-PLE al
SLE- PORTAL, ello posterior al 30.04.2014.
B.2 SLE-PORTAL:
	 El contribuyente que opten por cumplir con la obligación de llevar los registros electrónicos utilizando
el SLE-PORTAL, deberán contar con su Código de
usuario y Clave SOL, ello para generar el Registro
de Compras o el Registro de Ventas e Ingreso en SLEPORTAL; obteniendo así la calidad de “Generador”;
debiendo generar el otro registro, en el SLE-PORTAL
respecto del mismo periodo.
	 La calidad de generador, determinará la obligación
de anotar las operaciones en los registros electrónicos
respecto de los comprobantes de pago y/o documentos que corresponda; la posibilidad de ejercer
la opción de cambiar el llevado electrónico de los
registros del SLE-PORTAL al SLE- PLE y la obligación
de SUNAT de almacenar, archivar y conservar los
registros electrónicos del generador.
B.3 De los plazos máximos de atraso de los Registros
electrónicos:
	 Esta normativa ha diferenciado a tres grupos de contribuyentes estableciendo los siguientes anexos: Anexo
Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
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II Cronograma Tipo A y Anexo III Cronograma Tipo
B, los cuales se aplicarán según detalle:
Anexo II Cronograma Tipo A (Segunda Disposición
Complementaria Final)
Este cronograma es aplicable a sujetos distintos a los
comprendidos en el art. 2° y Tercera Disposición Complementaria Final de la R.S. N° 379-2013/SUNAT, por
cuanto comprende a:
-	 Sujetos incorporados al SLE-PLE por la R.S. N° 2482012/SUNAT y norma modificatoria. (PRICOS)
-	 Sujetos afiliados al SLE-PLE al 31.12.2013
-	 Sujetos no comprendidos en el art. 2° de la presente
resolución y opten por afiliarse al SLE- PLE a partir
del 01.01.2014 en adelante.
-	 Sujetos que hubieran obtenido la calidad de generador en el SLE-PORTAL al 31.12.2013 o aquellos que
al no estar comprendidos en el art. 2° de la presente
resolución, opten por obtener la calidad de generador
a partir del 01.01.2014
Anexo III Cronograma Tipo B (Tercera y Cuarta Disposición Complementaria Final)
Este cronograma es aplicable a:
CRONOGRAMA

SUJETOS OBLIGADOS

Anexo III Cronograma
Tipo B
(Tercera Disposición
Complementaria Final)
Cronograma para nuevos sujetos incorporados al SLE-PLE

A partir del 01.01.2014, se incorporar al
SLE-PLE los sujetos designados como Principales Contribuyentes (PRICOS) comprendidos en el Anexo de I de esta resolución.

Anexo III Cronograma
Tipo B
(Cuarta Disposición Complementaria Final)
Cronograma aplicable
a los sujetos obligados
comprendidos en el art.
2° de esta resolución)

Estos nuevos sujetos se encuentran obligados a llevar el Registro de Compras y el
Registro de Ventas e Ingresos electrónicos a
partir del 01.01.2014.
Además deberán llevar los otros libros:
Libro Diario, Libro Diario de Formato
Simplificado y Libro Mayor; incluidos en el
Anexo 5 de la R.S. N° 286-2009/SUNAT,
aprobada mediante la Quinta Disposición
Complementaria Modificatoria; a partir
del 01.06.2014.
La incorporación al SLE-PLE de un sujeto
que con anterioridad se hubiera afiliado, se
encuentra obligado a continuar llevando los
libros y registros del Anexo 4, por los cuales
hubiera emitido la primera constancia de
recepción.
Sujetos obligados, comprendidos en el
artículo 2° dela presente resolución:
C
-	 ontribuyente del Régimen General del IR
-	 bligados a llevar los Registros de Compras
O
y Registro de Ventas e Ingresos
-	 o han sido incorporados al SLE-PLE
N
-	 o han sido afiliado al SLE–PLE y no han
N
generado los registros en dicho sistema.
N
-	 o han generado registros en el SLEPORTAL.
-	 ayan obtenido ingresos mayores a 500
H
UIT entre los meses de julio 2012 a junio
2013; aplicando para ello la UIT vigente
en julio 2012. (S/. 1,825,000).

C. 	MODIFICACIONES A LA R.S. Nº 286-2009/SUNAT,
R.S. N° 066-2013/SUNAT y R.S. N° 234-2006/
SUNAT
C.1 De las modificaciones efectuadas a la R.S. Nº
286-2009/SUNAT:
	 En la Segunda Disposición Complementaria ModifiInstituto Pacífico

catoria de la presente resolución; se desarrollan los
siguientes cambios vigentes desde el 30.12.2013:
Artículo 1º - Definiciones:
Se actualizó la normativa del literal c) que aprueba el
Código Tributario, D.S. Nº 133-2013-EF (anteriormente
señalaba el D.S. Nº 135-99-EF).
Se modifica el literal j) Libros y /o Registros; antes señalaba
Libros y/o Registros Electrónicos; en esta modificación
se relaciona a los Anexos Nº 14 “Relación de libros y/o
registros que obligatoriamente deben ser llevados de
manera electrónica”; Anexo 445 “Relación de Libros y/o
registros que pueden ser llevados voluntariamente de
manera electrónica” y Anexo 55 “Relación de Libros y/o
registros que obligatoriamente deben ser llevados de manera electrónica por los sujetos incorporados al Sistema”.
Artículo 4: De la incorporación al Sistema
Se establece los libros y/o registros contables que se
deben llevar de manera obligatoria por parte de los
sujetos designados por Sunat como PRICOS; en el Anexo
5 “Relación de Libros y/o registros que obligatoriamente
deben ser llevados de manera electrónica por los sujetos
incorporados al Sistema”, antes contemplada en el Anexo
1, el mismo que fue modificado por la Cuarta Disposición
Complementaria Modificatoria de la R.S. N° 379-2013/
SUNAT.
	

Anexo 5 “Relación de Libros y/o Registros que
obligatoriamente deben ser llevados de manera
electrónica por los sujetos incorporados al sistema”
Código

Nombre o descripción

5

Libro Diario

5A

Libro Diario de Formato Simplificados

6

Libro Mayor

8

Registro de Compras

14

Registro de Ventas e Ingresos

La modificatoria establece que la incorporación al SLE-PLE
de un PRICO, respecto a la obligación del llevado de los
libros contenidos en el Anexo 5; surte efecto el primer
día calendario del cuarto mes siguiente a aquel en el que
entre en vigencia la resolución de superintendencia en el
que se designe como PRICO.
Artículo 6°.- De los efectos de la incorporación o de
la afiliación al sistema:
La modificación efectuada al numeral 6.1 de esta norma; desarrolla los libros o registros electrónicos que se
encuentran obligados por la incorporación o afiliación a
este sistema, así como distinguir los que puedan llevarse
de forma voluntaria.
Incorporados al
sistema

-	 La obligación de llevar los libros y/o registros señalados en el Anexo 5 : (Registro de Compras,
Registro de Ventas e Ingresos, Libro Diario,
Libro Diario de Formato Simplificado y Libro
Mayor).
-	 La opción de llevar los libros distintos a los
comprendidos en el Anexo 5 de manera voluntaria.

4	 Modificación de los Anexos 1 se crea a los sujetos obligados señalados en el art. 2° de la
R.S. N° 379-2013/SUNAT y el Anexo 4 mediante la Cuarta Disposición Complementaria
Modificatoria de la R.S. N° 379-2013/SUNAT.
5	 Anexo aprobado en la Quinta Disposición Complementaria Modificatoria de la R.S. N°
379-2013/SUNAT.

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Afiliados al sistema

Hay que tener en consideración que aquellos contribuyentes
que se hubieran afiliado al SLE-PLE y hubieran emitido la
primera constancia de recepción de alguno de los libros y/o
registros señalados en el Anexo 4, se encuentran obligados
a continuar llevándolos de manera electrónica.
Esto aplica también en el caso de que se hubiera incorporado
al sistema a un sujeto que con anterioridad se hubiera afiliado.
Se incorpora el artículo 6-A referido a la exclusión de
los directorios de PRICOS de los sujetos incorporados
al SLE-PLE; generando la opción de llevar los registros
electrónicos a través del SLE-PORTAL; también establece
que la exclusión no tiene efecto sobre la obligación del
llevado de los otros libros y/o registros electrónicos, por
cuanto estos se deberán continuar llevándolo a través
del SLE-PLE.
Se aclara además que no aplica la exclusión en el caso
de aquellos sujetos que se excluyan de un directorio de
PRICOS, para incluirse en otro directorio de PRICOS.
De los Plazos máximos de atraso de los Libros y/o
Registros electrónicos señalados en el art. 7; 9 y 12
Registro de Com- Cronograma aprobada por resolución
pras y Registro de de superintendencia
Ventas e Ingresos (para el año 2014, se aplicarán los
cronogramas Tipo A y B según corresponda).
Demás Libros y/o Aplica los plazos señalados en el Anexo
registros electró- 2 de la R.S. Nº 234-2006/SUNAT
nicos

De la modificación del Anexo 2 “Estructura e Información de los libros y /o registros electrónicos”
Las modificaciones resaltantes son:
-	 La inclusión de los libros electrónicos 5.3 y 5.4 en la
relación de Libros Tributarios de este anexo; denominados:
5.3 Libro Diario – Detalle del Plan Contable Utilizado
5.4 Libro Diario de Formato Simplificado – Detalle
del Plan Contable Utilizado
	 Estos libros deben elaborarse obligatoriamente en el
periodo de enero de cada año o cuando se genere el
libro electrónico por primera vez; en los demás meses
se puede optar por generar el libro vacío, salvo que
el plan contable haya sufrido alguna modificación.
	 El uso de estos libros 5.3 y 5.4 suplen al libro 3.21
Libro de Inventario y Balances – Detalle del Plan
Contable utilizado.
-	 Se la eliminado en el cuadro de Reglas Generales de
la información de los libros y registros electrónicos, los
aspectos por default (texto, monto, cantidad y fecha).
-	 Se incluye las Reglas Generales de la información de
los comprobantes de Pago y/o documentos.
-	 En la mayoría de los libros yo registros electrónicos, ha
habido una variación en la cantidad de los campos;
ello debido a la distinción de CUO (Código Único de la

50

Operación6) que señala debe ser el mismo consignado
en el Libro Diario, y el campo del Nº Correlativo del
asiento contable; anteriormente estos se mostraban en
un solo campo pudiendo optar por colocar cualquiera
de ellos; con esta modificación se deben mostrar en
campos diferentes y ambos de manera obligatoria;
así mismo el este campo tiene formato alfanumérico
y deberá iniciar con alguno de estos dígitos:

-	 La obligación de llevar los registros electrónicos contemplados en el Anexo 1 (Registro de
Compras y Registro de ventas e Ingresos).
-	 La opción de llevar los libros señalados en el
Anexo 4 de manera voluntaria.

A

Asiento de Apertura

M

Asientos de movimiento o ajustes del mes

C

Asientos de cierre del ejercicio

Las estructuras podrán visualizarse en la norma ingresando a la opción Boletín de Normas Legales o ingresando
a nuestra web: www.aempresarial.com
C.2 De las modificaciones efectuadas a la R.S. Nº
066-2013/SUNAT:
Las modificaciones efectuadas a esta norma, y aquellas
referidas al cambio de sistema, a o del, SLE-PORTAL,
entran en vigencia a partir del 01.05.2014
Las modificatorias efectuadas a los artículos 4 y 6; están
vinculadas a la precisión de los plazos máximos de atraso,
los cuales se sujetaran al cronograma que apruebe la SUNAT.
La modificación efectuada al artículo 8 numeral 8.1 corresponde al ingreso de la información mensual tanto en
el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras
electrónicos; eliminando el término cronológico.
La modificación efectuada en el artículo 10º corresponde
a los efectos del cambio del SLE-PORTAL al SLE-PLE; señalando que el cambio surte efecto a través de la afiliación
al SLE-PLE y generación de los registros electrónicos.
Menciona además que en el caso de que hubiera periodos en los cuales no se hubiera efectuado la anotación
de las operaciones, podrá regularizar dicha anotación en
el SLE-PLE respecto del periodo enero 2014 en adelante.
C.3 De las modificaciones efectuadas a la R.S. Nº
234-2006/SUNAT:
Mediante la Séptima Disposición Complementaria Modificatoria se sustituye el texto de los numerales 8 y 14
del Anexo 2 de la R.S. N° 234-2006/SUNAT, referido a
los plazos máximos de atraso del Registro de Compras
y Registro de Ventas e Ingresos, en lo que corresponde
al acto o circunstancia que determina el inicio del plazo
para el máximo atraso permitido:
En ambos casos se señala que los 10 días hábiles de atraso
permitido, se cuentan a partir del primer día siguiente
hábil del mes siguiente al que corresponda el registro
de las operaciones según las normas sobre la materia;
anteriormente la norma hacía referencia a la recepción
del comprobante de pago.
D. APROBACION DEL PLE VERSION 4.0
Esta versión se encontrará disponible a partir del
01.05.2014; por tanto hasta el 30.04.2014 se deberá
continuar utilizando la versión 3.0.
Esta versión se utilizará a partir del 01.05.2014, incluso
para la anotación de operaciones que se hubieran omitido con anterioridad a esta fecha.
6	 Que es la llave única o clave primaria del software contable que identifica de manera
univoca el asiento contable

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial

Anexos de la R.S. Nº 379-2013/SUNAT
Modificación de los anexos Nº 1, 2 y 4 de la R.S. Nº 286-2009/SUNAT
Incorporación del anexo 5 de la R.S. Nº 286-2009/SUNAT
Anexos I, II y III R.S. Nº 379-2013/SUNAT
513032
513032

• MODIFICACIÓN DEL ANEXO Nº 1 DE LA R.S. Nº 286-2009/SUNAT
ANEXO N° 1: RELACIÓN DE REGISTROS QUE OBLIGATORIAMENTE DEBEN SER
LLEVADOS DE MANERA ELECTRÓNICA POR LOS SUJETOS QUE SE AFILIEN AL SISTEMA
ANEXO N° 1: RELACIÓN DE REGISTROS QUE OBLIGATORIAMENTE DEBEN SER
CÓDIGO
NOMBRE O DESCRIPCIÓN
LLEVADOS DE MANERA ELECTRÓNICA POR LOS SUJETOS QUE SE AFILIEN AL SISTEMA
8
REGISTRO DE COMPRAS
CÓDIGO
NOMBRE O DESCRIPCIÓN
14
REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
8
REGISTRO DE COMPRAS
14
REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
ANEXO 2: ESTRUCTURAS E INFORMACIÓN DE LOS LIBROS Y/O REGISTROS ELECTRÓNICOS

El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

• Modificación del Anexo Nº 2 de la R.S. Nº 286-2009/SUNAT

Libros y Registros
Código
ANEXO 2: ESTRUCTURAS E INFORMACIÓN DE LOS LIBROS Y/O REGISTROS ELECTRÓNICOS

Libros y Registros
1 Libro Caja y Bancos
1.1
1 Libro Caja y Bancos

Código

Estructura del nombre del archivo (1)

Estructura del nombre del archivo (1)

LIBRO CAJA Y BANCOS - DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS
DEL EFECTIVO
LIBRO CAJA Y BANCOS - DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS
MOVIMIENTOS
LIBRO CAJA Y BANCOS
DELLA CUENTA CORRIENTE
DE EFECTIVO

010100

LERRRRRRRRRRRAAAAMM0001010000OIM1.TXT

010100
010200

LERRRRRRRRRRRAAAAMM0001010000OIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMM0001020000OIM1.TXT

3 Libro de Inventarios y Balances
1.2
LIBRO CAJA Y BANCOS - DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS
DE LA CUENTA CORRIENTE
3.1
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - BALANCE
GENERAL
3 Libro de Inventarios y Balances

010200
030100

LERRRRRRRRRRRAAAAMM0001020000OIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030100CCOIM1.TXT

030200
030100

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030200CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030100CCOIM1.TXT

030200
030300

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030200CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030300CCOIM1.TXT

1.1
1.2

3.2
3.1

3.2
3.3
3.3
3.4

3.4
3.5

3.5
3.6

3.6
3.7
3.7
3.8
3.9
3.8
3.11
3.9
3.12
3.11

3.12
3.13

3.13
3.14

3.14
3.15
3.16
3.15

3.16
3.17
3.18

3.17
3.19
3.18
3.19

Instituto Pacífico

LIBRO DE INVENTARIOS
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
- BALANCE
SALDO DE
GENERAL LA CUENTA 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE
EFECTIVO (2)
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
LIBRO DE LA CUENTA 10 EFECTIVO Y DETALLE DEL
SALDO DE INVENTARIOS Y BALANCES -EQUIVALENTES DE
SALDO DE LA
EFECTIVO (2) CUENTA 12 CUENTAS POR COBRAR
COMERCIALES – TERCEROS Y 13 CUENTAS POR COBRAR
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
COMERCIALES – RELACIONADAS
SALDO DE LA CUENTA 12 CUENTAS POR COBRAR
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
COMERCIALES – TERCEROS Y 13 CUENTAS POR COBRAR
SALDO DE LA CUENTA 14 CUENTAS POR COBRAR AL
COMERCIALES – RELACIONADAS
PERSONAL, A LOS ACCIONISTAS (SOCIOS), DIRECTORES
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
Y GERENTES (2)
SALDO DE LA CUENTA 14 CUENTAS POR COBRAR AL
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
PERSONAL,LALOS ACCIONISTAS (SOCIOS), DIRECTORES
SALDO DE A CUENTA 16 CUENTAS POR COBRAR
Y GERENTES (2)
DIVERSAS - TERCEROS O CUENTA 17 - CUENTAS POR

LIBRO DE DIVERSAS - RELACIONADAS - DETALLE DEL
COBRAR INVENTARIOS Y BALANCES
SALDO DE INVENTARIOS Y CUENTAS POR COBRAR
LIBRO DE LA CUENTA 16 BALANCES - DETALLE DEL
DIVERSAS -LA CUENTA 19 ESTIMACIÓN- DE CUENTAS DE
SALDO DE TERCEROS O CUENTA 17 CUENTAS POR
COBRAR DIVERSAS - RELACIONADAS
COBRANZA DUDOSA
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
SALDO DE LA CUENTA 19 ESTIMACIÓN DE Y LA CUENTA 21
SALDO DE LA CUENTA 20 - MERCADERIAS CUENTAS DE
COBRANZA DUDOSA
- PRODUCTOS TERMINADOS (2)
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
DEL
LIBRO DE INVENTARIOS
SALDO DE LA CUENTA 20 - MERCADERIAS Y LA CUENTA 21
SALDO DE LA CUENTA 30 INVERSIONES MOBILIARIAS (2)
-LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
PRODUCTOS TERMINADOS (2)
SALDO DE LA CUENTA 34 INTANGIBLES
LIBRO DE INVENTARIOS Y-BALANCES - DETALLE DEL
SALDO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE
LIBRO DE LA CUENTA 30 INVERSIONES MOBILIARIAS (2)
DEL SALDO DE LA CUENTA 41 REMUNERACIONES Y
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
PARTICIPACIONES POR PAGAR (2)
SALDO DE LA CUENTA 34 - INTANGIBLES
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE
DEL SALDO DE LA CUENTA 42 CUENTAS POR PAGAR
DEL SALDO DE LA CUENTA 41 REMUNERACIONES Y
COMERCIALES – TERCEROS Y (2)
PARTICIPACIONES POR PAGAR LA CUENTA 43 CUENTAS
POR PAGAR COMERCIALES – RELACIONADAS
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE
LIBRO DE INVENTARIOS Y 42 CUENTAS POR PAGAR
DEL SALDO DE LA CUENTABALANCES - DETALLE DEL
SALDO DE LA CUENTA 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS
COMERCIALES – TERCEROS Y LA CUENTA 43 CUENTAS
– TERCEROS Y DE LA CUENTA 47 CUENTAS POR PAGAR
POR PAGAR COMERCIALES – RELACIONADAS
DIVERSAS – RELACIONADAS
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
SALDO DE LA CUENTA 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS
SALDO DE LA CUENTA 47 - BENEFICIOS SOCIALES DE
– TERCEROS Y DE LA (PCGR) - 47 CUENTAS POR PAGAR
CUENTA NO APLICABLE PARA EL
LOS TRABAJADORES
DIVERSAS – RELACIONADAS
PCGE (2)
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
SALDO DE LA CUENTA 47 ACTIVO DIFERIDO Y DE LA
SALDO DE LA CUENTA 37 - BENEFICIOS SOCIALES DE
LOS TRABAJADORES (PCGR) - NO APLICABLE PARA EL
CUENTA 49 PASIVO DIFERIDO
PCGE (2)
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
LIBRO DE INVENTARIOS YCAPITAL
SALDO DE LA CUENTA 50 BALANCES - DETALLE DEL
SALDO DE LA CUENTA 37 ACTIVO DIFERIDO Y DE LA
3.16.1 DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 50 - CAPITAL
CUENTA 49 PASIVO DIFERIDO
3.16.2 ESTRUCTURA DE LA PARTICIPACIÓN ACCIONARIA O
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL
DE PARTICIPACIONES SOCIALES
SALDO DE LA CUENTA 50 CAPITAL
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - BALANCE DE
3.16.1 DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 50 - CAPITAL
COMPROBACIÓN

030300

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030300CCOIM1.TXT

030400

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030400CCOIM1.TXT

030400

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030400CCOIM1.TXT

030500

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030500CCOIM1.TXT

030500

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030500CCOIM1.TXT

030600

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030600CCOIM1.TXT

030600
030700

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030600CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030700CCOIM1.TXT

030700
030800

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030700CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030800CCOIM1.TXT

030900
030800
031100
030900

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030900CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030800CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031100CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030900CCOIM1.TXT

031200
031100

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031200CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031100CCOIM1.TXT

031200
031300

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031200CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031300CCOIM1.TXT

031300
031400

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031300CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031400CCOIM1.TXT

031400
031500

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031400CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031500CCOIM1.TXT

031600
031500

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031500CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031601CCOIM1.TXT

031600

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031602CCOIM1.TXT

031700

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031700CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031601CCOIM1.TXT

3.16.2 ESTRUCTURA DE LABALANCES - ESTADO DE
LIBRO DE INVENTARIOS Y PARTICIPACIÓN ACCIONARIA O
DE PARTICIPACIONES SOCIALES
FLUJOS DE EFECTIVO
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE
- BALANCE DE
LIBRO DE INVENTARIOS
COMPROBACIÓN
CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE
FLUJOS DE EFECTIVO

031800

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031602CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031800CCOIM1.TXT

031700
031900

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031700CCOIM1.TXT
LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031900CCOIM1.TXT

031800

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031800CCOIM1.TXT

LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE
CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO

031900

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031900CCOIM1.TXT

1
El Peruano
Edicióndiciembre de 2013
Domingo 29 de Especial

513033

3.20

032000

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD032000CCOIM1.TXT

3.21

LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL PLAN 032100
CONTABLE UTILIZADO

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD032100CCOIM1.TXT

3.22

LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DE LAS
CUENTAS Y/O PARTIDAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

032200

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD032200CCOIM1.TXT

3.23
4

LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE
GANANCIAS Y PÉRDIDAS POR FUNCIÓN

LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - NOTAS A LOS
ESTADOS FINANCIEROS (3)

032300

LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD032300CCOIM1.PDF

040100

LERRRRRRRRRRRAAAAMM0004010000OIM1.TXT

050100

LERRRRRRRRRRRAAAAMM0005010000OIM1.TXT

Libro de Retenciones inciso e) y f) del Art. 34° de la LIR
4.1

5

LIBRO DE RETENCIONES INCISO E) Y F) DEL ART. 34° DE
LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA

Libro Diario
5.1

5A

LIBRO DIARIO

5.3

LIBRO DIARIO - DETALLE DEL PLAN CONTABLE UTILIZADO

Libro Diario de Formato Simplicado
5.2

LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO

5.4

LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO - DETALLE DEL
PLAN CONTABLE UTILIZADO

050200

LERRRRRRRRRRRAAAAMM0005020000OIM1.TXT

LIBRO MAYOR

060100

LERRRRRRRRRRRAAAAMM0006010000OIM1.TXT

7.1

REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LOS ACTIVOS
FIJOS REVALUADOS Y NO REVALUADOS

070100

LERRRRRRRRRRRAAAA000007010000OIM1.TXT

7.3

REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LA
DIFERENCIA DE CAMBIO

070300

LERRRRRRRRRRRAAAA000007030000OIM1.TXT

7.4

REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LOS ACTIVOS
FIJOS BAJO LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO
FINANCIERO AL 31.12

070400

LERRRRRRRRRRRAAAA000007040000OIM1.TXT

080100

LERRRRRRRRRRRAAAAMM0008010000OIM1.TXT

6

Libro Mayor

7

Registro de Activos
Fijos

6.1

8

Registro de Compras

9

Registro de Consignaciones

8.1

REGISTRO DE COMPRAS

9.1

LERRRRRRRRRRRAAAAMM0009010000OIM1.TXT

REGISTRO DE CONSIGNACIONES - PARA EL
CONSIGNATARIO - CONTROL DE BIENES RECIBIDOS EN
CONSIGNACIÓN

090200

LERRRRRRRRRRRAAAAMM0009020000OIM1.TXT

10.1

REGISTRO DE COSTOS - ESTADO DE COSTO DE VENTAS
ANUAL

100100

LERRRRRRRRRRRAAAA000010010000OIM1.TXT

10.2

REGISTRO DE COSTOS - ELEMENTOS DEL COSTO
MENSUAL

100200

LERRRRRRRRRRRAAAA000010020000OIM1.TXT

10.3
12

090100

9.2

10

REGISTRO DE CONSIGNACIONES - PARA EL
CONSIGNADOR - CONTROL DE BIENES ENTREGADOS EN
CONSIGNACIÓN

REGISTRO DE COSTOS - ESTADO DE COSTO DE
PRODUCCION VALORIZADO ANUAL

100300

LERRRRRRRRRRRAAAA000010030000OIM1.TXT

120100

LERRRRRRRRRRRAAAAMM0012010000OIM1.TXT

130100

LERRRRRRRRRRRAAAAMM0013010000OIM1.TXT

140100

LERRRRRRRRRRRAAAAMM0014010000OIM1.TXT

Registro de Costos

Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas
12.1

13

Registro de Inventario Permanente Valorizado
13.1

14

REGISTRO DEL INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES
FÍSICAS - DETALLE DEL INVENTARIO PERMANENTE EN
UNIDADES FÍSICAS
REGISTRO DEL INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO
- DETALLE DEL INVENTARIO VALORIZADO

Registro de Ventas e Ingresos
14.1

REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS

(1) Se detalla lo que signica cada parte de la estructura del nombre
(2) Podrán ser elaborados sin consignar información, siempre que cuente con la referida información con la estructura establecida en otro libro y/o registro llevado de
manera electrónica y sea presentado cuando le sea requerido por la SUNAT
(3) Este libro deberá registrarse en formato pdf. Su información y contenido debe estar de acuerdo a la normatividad señalada por la Superintendencia del Mercado
de Valores - SMV
Posición

Nemotécnico

Descripción

01-02

LE

Identicador jo ‘LE’

03-13

RRRRRRRRRRR RUC del deudor tributario

14-17

AAAA

Año, aplica a todos los libros

18-19

MM

Mes, aplica a los libros de periodicidad mensual, para los demás consigne ‘00’:
1. Libros Caja y Bancos
4. Libro de Retenciones inciso e) y f) del Art. 34° de la LIR

2

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano

513034

Domingo 29 de diciembre de 2013

5. Libro Diario
5A. Libro Diario de Formato Simplicado
6. Libro Mayor
9. Registro de Consignaciones
12. Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas
13. Registro de Inventario Permanente Valorizado
14. Registro de Ventas e Ingresos
20-21

DD

Día, aplica al Libro de Inventarios y Balances, para los demás consigne ‘00’

22-27

LLLLLL

Identicador del libro

28-29

CC

Código de oportunidad de presentación del EEFF, aplica al Libro de Inventarios y Balances, para los demás consigne ‘00’:

01

Al 31 de diciembre

02

Al 31 de enero, por modicación del porcentaje

03

Al 30 de junio, por modicación del coeciente o porcentaje

04

Al último día del mes que sustentará la suspensión o modicación del coeciente (distinto al 31 de enero o 30 de junio)

05

Al día anterior a la entrada en vigencia de la fusión, escisión y demás formas de reorganización de sociedades o empresas o
extinción de la persona jurídica

06

Empresa o entidad operativa
Cierre del libro - no obligado a llevarlo
Cierre de operaciones - baja de inscripción en el RUC

I

Indicador del contenido del libro o registro

1

Con información

0

Sin información

M

Indicador de la moneda utilizada

1

Nuevos soles

2

US dólares

G

Indicador de libro electrónico generado por el PLE

1

33-33

Indicador de operaciones

0

32-32

O
2

31-31

A la fecha de presentación para libre propósito

1

30-30

A la fecha del balance de liquidación, cierre o cese denitivo del deudor tributario

07

Generado por PLE (Fijo)

REGLAS GENERALES DE LA INFORMACIÓN DE LOS LIBROS Y REGISTROS ELECTRÓNICOS
El Programa de Libros Electrónicos - PLE valida los libros y registros generados por el contribuyente en archivos en formato de texto, con la estructura que se indica
en las siguientes hojas y cuyos
campos deben estar separados por el caracter “|” (conocido como pipe o palote). Adicionalmente, dichos archivos deben ser generados con los nombres que se
detallan en la hoja “Libros Tributarios”.
N°

Aspecto solicitado

1

Monto negativo

Regla
Consignar el formato “- #.##”

2

Texto

No debe contener los caracteres: |, %, •, $, ¿?, ^, Ç, ª, º, ~, €, ¬, ç, ¡

3

Fecha

Debe ser menor o igual al periodo informado

Reglas de tipo y número de documento
Nro.

Descripcion LO T L M

0

OTROS

15 A V -

1

LIBRETA ELECTORAL O DNI

08 N F -

4

CARNET DE EXTRANJERIA

12 A V -

6

REG. UNICO DE CONTRIBUYENTES

11 N F M

7

PASAPORTE

12 A V -

A

CEDULA DIPLOMATICA

15 N F -

Donde:
LO
T

Longitud
Tipo
A: Alfanumérico (Solo letras y números)
N: Numérico

L

Tipo de longitud
F: Fija
V: Variable

M

Módulo 11
M: Aplica
- : No aplica

Instituto Pacífico

3
4

DESCRIP-CIÓN

Otros

Factura

Recibo por Honorarios

Boleta de Venta

Liquidación de compra

Boletos de Transporte Aéreo que emiten
las Compañías de Aviación Comercial por
el servicio de transporte aéreo regular de
pasajeros, emitido de manera manual,
mecanizada o por medios electrónicos (BME)

Carta de porte aéreo por el servicio de
transporte de carga aérea

Nota de crédito

CÓDIGO
(Tabla 10)

00

01

02

03

04

05

06

07

SI

SI

SI

SI

SI

NO

SI

SI

Registro de
Ventas e
Ingresos

2

8

ESTADO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI NO SI

SI

SI

SI

SI

SI NO SI

1

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

9

Validaciones

4

4

1

Hasta 4

4

4

Número

Validaciones

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Alfanumérico

Longitud

Hasta 7 1. Obligatorio.
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 11 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 7 1. Obligatorio.
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 7 1. Obligatorio.
2. Numérico mayor a
cero (0).

1. Obligatorio
Hasta 7 1. Obligatorio.
2. Númérico, comenzando por 0000 y
2. Numérico mayor a
terminado con 9999.
cero (0).
3. Alfanumérico, si es electrónico, la
seríe debe ser E001 o FXXX (Donde X es
alfanumérico).

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por 0001 y
terminado con 9999.

1. Obligatorio
2. Consignar Tipo de Boleto:
1= Boleto Manual
2= Boleto Automático
3= Boleto Electrónico
4= Otros
5= Anulado

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por 0000 y
terminado con 9999.
3. Alfanumérico, si es electrónico SEESOL de Liquidación de Compra, la seríe
debe ser E001

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por 0000 y
terminado con 9999.
3. Alfanumérico, si es electrónico,
la seríe debe ser BXXX (Donde X es
alfanumérico).

Hasta 7 1. Obligatorio.
1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por 0000 y
2. Numérico mayor a
terminado con 9999.
cero (0).
3. Alfanumérico, si es electrónico, la
seríe debe ser E001 o FXXX (Donde X es
alfanumérico).

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Longitud

Serie/Número de la Maquina registradora

REGLAS GENERALES DE LA INFORMACIÓN DE LOS COMPROBANTES DE PAGO Y/O DOCUMENTOS

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

Registro de
Compras

NO

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

0

SI

SI

SI

SI

NO

NO

SI

SI

1

SI

SI

SI

SI

NO

NO

SI

SI

6

SI

SI

SI

SI

NO

NO

SI

SI

7

ESTADO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

9

Validaciones

4

4

1

4

4

4

4

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por
0000 y terminado con 9999.
3. Alfanumérico, si es
electrónico, la seríe debe ser
E001 o FXXX (Donde X es
alfanumérico).

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por
0001 y terminado con 9999.

1. Obligatorio
2. Consignar Tipo de Boleto:
1= Boleto Manual
2= Boleto Automático
3= Boleto Electrónico
4= Otros

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por
0000 y terminado con 9999.
3. Alfanumérico, si es
electrónico SEE-SOL de
Liquidación de Compra, la
seríe debe ser E001

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por
0000 y terminado con 9999.
3. Alfanumérico, si es
electrónico, la seríe debe
ser BXXX (Donde X es
alfanumérico).

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por
0000 y terminado con 9999
3. Alfanumérico si el CdP es
electrónico, debe ser E001

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por
0000 y terminado con 9999.
3. Alfanumérico, si es
electrónico, la seríe debe ser
E001 o FXXX (Donde X es
alfanumérico).

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Longitud

Serie/Código de la Dependencia Aduanera

Hasta 7

Hasta 7

Hasta 11

Hasta 7

1. Obligatorio.
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio.
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio.
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio.
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio.
2. Numérico mayor
a cero (0).

Hasta 7

Hasta 7

1. Obligatorio.
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Alfanumérico

Validaciones

Número

Hasta 7

Hasta 20

Longitud

Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513035

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Nota de débito

Guía de remisión - Remitente

Recibo por Arrendamiento

Póliza emitida por las Bolsas de Valores,
Bolsas de Productos o Agentes de
Intermediación por operaciones realizadas en
las Bolsas de Valores o Productos o fuera de
las mismas, autorizadas por SMV

Ticket o cinta emitido por máquina registradora

Documentos emitidos por las empresas
del sistema nanciero y de seguros, y por
las cooperativas de ahorro y crédito no
autorizadas a captar recursos del público,
que se encuentren bajo el control de la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.

Recibo por servicios públicos de suministro
de energía eléctrica, agua, teléfono, telex y
telegrácos y otros servicios complementarios
que se incluyan en el recibo de servicio público

Boletos emitidos por el servicio de transporte
terrestre regular urbano de pasajeros y el
ferroviario público de pasajeros prestado en
vía férrea local.

Boletos de viaje emitidos por las empresas de
transporte nacional de pasajeros, siempre que
cuenten con la autorización de la autoridad
competente, en las rutas autorizadas. Vía
terrestre o ferroviario público no emitido por
medios electrónicos (BVME)

Documento emitido por la Iglesia Católica por
el arrendamiento de bienes inmuebles

Documento emitido por las Administradoras
Privadas de Fondo de Pensiones que
se encuentran bajo la supervisión de la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP

08

09

10

Instituto Pacífico

11

12

13

14

15

16

17

18

SI

SI

1. Obligatorio.
2. Numérico mayor a
cero (0).

NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Alfanumérico (serie de la máquina
registradora)

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

15

1. Obligatorio
Hasta 7 1. Obligatorio.
2. Númérico, comenzando por 0000 y
2. Numérico mayor a
terminado con 9999.
cero (0).
3. Alfanumérico, si es electrónico, la
seríe debe ser E001 o FXXX (Donde X es
alfanumérico).

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

4

SI

SI

SI

SI

SI NO SI

SI

NO

NO

SI

SI

SI

SI

SI

NO

NO

NO

NO

SI

NO

NO

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

NO

SI

NO

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

NO

SI

NO

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

1. Obligatorio
2. Consignar 1683

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por
0000 y terminado con 9999.
3. Alfanumérico, si es
electrónico, la seríe debe ser
E001 o FXXX (Donde X es
alfanumérico).

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Alfanumérico (serie de la
máquina registradora)

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

4

4

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

15

Hasta 20

Hasta 7

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio.
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Numérico
2. Anotar el
número de orden
del formulario

1. Obligatorio.
2. Numérico mayor
a cero (0).

513036

Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

5
6

Pólizas de Adjudicación emitidas con ocasión
del remate o adjudicación de bienes por venta
forzada, por los martilleros o las entidades
que rematen o subasten bienes por cuenta
de terceros

Certicado de pago de regalías emitidas por
PERUPETRO S.A

Documento de Atribución (Ley del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto Selectivo
al Consumo, Art. 19º, último párrafo, R.S. N°
022-98-SUNAT).

Recibo por el Pago de la Tarifa por Uso de
Agua Supercial con nes agrarios y por el
pago de la Cuota para la ejecución de una
determinada obra o actividad acordada por la
Asamblea General de la Comisión de Regantes
o Resolución expedida por el Jefe de la Unidad
de Aguas y de Riego (Decreto Supremo N°
003-90-AG, Arts. 28 y 48)

22

23

24

25

26

Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

Comprobante por Operaciones No Habituales

21

Documentos emitidos por los servicios
aeroportuarios prestados a favor de los
pasajeros, mediante mecanismo de etiquetas
autoadhesivas.

Documentos emitidos por la COFOPRI en
calidad de oferta de venta de terrenos, los
correspondientes a las subastas públicas y a la
retribución de los servicios que presta

Documentos emitidos por las empresas que
desempeñan el rol adquirente en los sistemas
de pago mediante tarjetas de crédito y débito,
emitidas por bancos e instituciones nancieras
o crediticias, domiciliados o no en el país.

27

Comprobante de Retención

Conocimiento de embarque por el servicio de
transporte de carga marítima

20

Boleto o entrada por atracciones y
espectáculos públicos

19

28

29

30

SI

SI

SI

SI

SI

NO

SI

SI

NO

SI

NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI NO SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por 0000 y
terminado con 9999.

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 4

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 7 1. Obligatorio.
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

NO

SI

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

1. Obligatorio
2. Consignar 0820

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 4 1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por
0000 y terminado con 9999.

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 4 1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por
0000 y terminado con 9999.

4

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 7

Hasta 20

Hasta 7

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio.
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio.
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Numérico
2. Anotar el
número de orden
del formulario

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513037

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Guía de Remisión - Transportista

Instituto Pacífico

Comprobante de Percepción

Documentos emitidos por las empresas que
desempeñan el rol adquiriente en los sistemas
de pago mediante tarjetas de crédito emitidas
por ellas mismas

Boletos emitidos por las Compañías de
Aviación Comercial que prestan servicios de
transporte aéreo no regular de pasajeros y
transporte aéreo especial de pasajeros.

Billetes de lotería, rifas y apuestas.

Documentos emitidos por centros educativos
y culturales, universidades, asociaciones y
fundaciones, en lo referente a actividades
no gravadas con tributos administrados por
la SUNAT.

Formulario de Declaración - pago o Boleta de
pago de tributos Internos

42

43

44

45

46

Documentos que emitan los concesionarios del
servicio de revisiones técnicas vehiculares, por
la prestación de dicho servicio

37

Comprobante de Percepción - Venta interna

Recibo de Distribución de Gas Natural

36

41

Documento del Partícipe

35

40

Maniesto de Pasajeros

Documento del Operador

34

32

33

Documentos emitidos por las empresas
recaudadoras de la denominada Garantía
de Red Principal a la que hace referencia
el numeral 7.6 del artículo 7° de la Ley N°
27133 – Ley de Promoción del Desarrollo de la
Industria del Gas Natural

31

NO

SI

SI

SI

SI

NO

NO

SI

SI

NO

NO

NO

SI

NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por 0000 y
terminado con 9999.

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

4

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 8 1. Obligatorio.
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

SI

SI

SI

SI

SI

NO

NO

SI

SI

SI

SI

NO

SI

NO

SI

SI

SI

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por
0000 y terminado con 9999.

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por
0000 y terminado con 9999.

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por
0000 y terminado con 9999.

4

1. Obligatorio
2. Consignar número de
formulario físico o virtual

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

4

4

4

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 8

Hasta 7

Hasta 7

Hasta 20

1. Numérico
2. Anotar el
número de orden
del formulario
físico o virtual

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio.
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio.
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio.
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

513038

Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

7
Constancia de Depósito - IVAP (Ley 28211)

8

Declaración Única de Aduanas - Importación
denitiva

Póliza o DUI Fraccionada

Despacho Simplicado - Importación
Simplicada

Declaración de Mensajería o Courier

Liquidación de Cobranza

BVME para transporte ferroviario de pasajeros

Comprobante de pago SEAE

Nota de Crédito Especial

Nota de Débito Especial

Comprobante de No Domiciliado

Exceso de crédito scal por retiro de bienes

Nota de Crédito - No Domiciliado

Nota de Débito - No Domiciliado

49

50

51

52

53

54

55

56

87

88

91

96

97

98

NO

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

NO

NO

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI NO SI

SI

SI

SI

SI

SI

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por 0001 y
terminado con 9999.

1. Obligatorio
2. Consignar Tipo de Boleto:
1= Boleto Pre-Impreso
2= Boleto Electrónico
5= Anulado

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

4

1

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 11 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 11 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

Hasta 20 1. Obligatorio
2. Numérico mayor a
cero (0).

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

NO NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

1. Obligatorio
2. Númérico, comenzando por
0001 y terminado con 9999.

1. Obligatorio
2. Consignar Tipo de Boleto:
1= Boleto PreImpreso
2= Boleto Electrónico

1. Numérico
2. Validar con parámetros de
la tabla 11

1. Numérico
2. Validar con parámetros de
la tabla 11

1. Numérico
2. Validar con parámetros de
la tabla 11

1. Numérico
2. Validar con parámetros de
la tabla 11

1. Numérico
2. Validar con parámetros de
la tabla 11

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

4

1

3

3

3

3

3

Hasta 20 1. Optativo
2. Alfanumérico

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 11

Hasta 11

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

Hasta 20

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Optativo
2. Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

1. Obligatorio
2. Numérico mayor
a cero (0).

Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513039

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
El Peruano

Edicióndiciembre de 2013
Domingo 29 de Especial

513040
1 Estructura del Libro Caja y Bancos
1.1 LIBRO CAJA Y BANCOS - DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DEL EFECTIVO
Campo

Long.

Obligatorio Llave
única

Descripción

Formato

1

8

Si

Si

Periodo

Numérico

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la Operación (CUO), que es Alfanumérico
la llave única o clave única o clave primaria
del sofware contable que identica de manera
únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo
consignado en el Libro Diario.

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMM00
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo
8 es igual a ‘1’
6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces
campo 7 es diferente a ‘1’
1. Obligatorio
2. Si el campo 8 es igual a ‘1’, consignar el Código
Único de la Operación (CUO) de la operación que se
está informando
3. Si el campo 8 es igual a ‘8’, consignar el Código
Único de la Operación (CUO) que corresponda al
periodo en que se omitió la anotación.
Para modicaciones posteriores se hará referencia a
este Código Único de la Operación (CUO)
4. Si el campo 8 es igual a ‘9’, consignar el Código
Único de la Operación (CUO) de la operación original
que se modica

3

De 2 hasta 10 Si

Si

Número correlativo del asiento contable
Alfanumérico
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio, “M” para los asientos
de movimientos o ajustes del mes o “C” para el
asiento de cierre del ejercicio.

4

10

Si

No

Fecha de la operación

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1.

5

Hasta 100

Si

No

Descripción de la operación.

Alfanumérico

1. Obligatorio

6

Hasta 20
Si
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas de
miles

No

Movimientos del Debe

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excluyente con campo 7
4. Campo 6 y 7 pueden ser ambos 0.00
5. La suma del campo 6 (correspondiente al mismo
CUO) debe ser igual a la suma del campo 7

7

Hasta 20
Si
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas de
miles

No

Movimientos del Haber

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excluyente con campo 6
4. Campo 6 y 7 pueden ser ambos 0.00
5. La suma del campo 7 (correspondiente al mismo
CUO) debe ser igual a la suma del campo 6

8

1

Si

No

Indica el estado de la operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al
periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho
periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho
periodo.

9 al 16 Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Alfanumérico

1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no
incluya ni la información ni los palotes.

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

1.2 LIBRO CAJA Y BANCOS - DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DE LA CUENTA CORRIENTE
Campo Long.

Obligatorio Llave Descripción
única

Formato

Observaciones

1

Si

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMM00
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo
14 es igual a ‘1’
6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces
campo 14 es diferente a ‘1’

8

Si

Periodo

7. No acepta valor por default

Instituto Pacífico

9
Edición Especial
El Peruano

513041

Domingo 29 de diciembre de 2013

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la Operación (CUO), que es Alfanumérico
la llave única o clave única o clave primaria
del sofware contable que identica de manera
únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo
consignado en el Libro Diario.

1. Obligatorio
2. Si el campo 15 es igual a ‘1’, consignar el Código
Único de la Operación (CUO) de la operación que se
está informando
3. Si el campo 15 es igual a ‘8’, consignar el Código
Único de la Operación (CUO) que corresponda al
periodo en que se omitió la anotación.
Para modicaciones posteriores se hará referencia a
este Código Único de la Operación (CUO)
4. Si el campo 15 es igual a ‘9’, consignar el Código
Único de la Operación (CUO) de la operación original
que se modica

3

Si

Número correlativo del asiento contable
Alfanumérico
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio, “M” para los asientos
de movimientos o ajustes del mes o “C” para el
asiento de cierre del ejercicio.

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

4

2

Si

Si

Código de la entidad nanciera donde se
encuentra su cuenta bancaria

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 3

5

Hasta 30

Si

Si

Código de la cuenta bancaria del contribuyente Alfanumérico

6

10

Si

No

Fecha de la operación

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1.

7

3

Si

No

Medio de pago utilizado en la operación
bancaria

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 1

8

Hasta 100

Si

No

Descripción de la operación bancaria.

Alfanumérico

1. Obligatorio

9

1

Si

No

Tipo de Documento de Identidad del girador o
beneciario

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 2
3. En caso de no existir o de tratarse de operaciones
múltiples, registrar ‘-’

10

Hasta 15

Si

No

Número de Documento de Identidad del girador Alfanumérico
o beneciario

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)
3. En caso de no existir o de tratarse de operaciones
múltiples, registrar ‘-’

11

Hasta 100

Si

No

Apellidos y nombres, Denominación o Razón
Social del girador o beneciario.

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. De tratarse de operaciones múltiples se podrá
consignar “varios”

12

Hasta 20

Si

No

Número de transacción bancaria, número de
documento sustentatorio o número de control
interno de la operación bancaria

Alfanumérico

1. Obligatorio

13

Hasta 20
Si
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas de
miles

No

Parte deudora de saldos y movimientos

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excluyente con campo 14
4. Campo 13 y 14 no pueden ser ambos 0.00

14

Hasta 20
Si
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas de
miles

No

Parte acreedora de saldos y movimientos

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excluyente con campo 13
4. Campo 13 y 14 no pueden ser ambos 0.00

15

1

Si

No

Indica el estado de la operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al
periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho
periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho
periodo.

16 al
30

10

De 2 hasta 10 Si

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Alfanumérico

1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no
incluya ni la información ni los palotes.

Numérico

1. Obligatorio

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513042
3 Estructura del Libro de Inventarios y Balances
3.1 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - BALANCE GENERAL
Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 5 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 5 es diferente a ‘1’

2

1

Si

Si

Código del catálogo

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 22
3. Se debe utilizar el catálogo de la SMV (ex
CONASEV) cuando esté obligado a utilizar el
Plan Contable General Empresarial o Revisado,
o se esté bajo el ámbito de supervisión de la
SMV (ex CONASEV).

3

6

Si

Si

Código de la Cuenta
Contable y/o Partida

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si campo 2 = 1 entonces la primera posición
del Código de la Cuenta Contable y/o Partida
debe comenzar con el digito 1, según la SMV
(ex CONASEV).
3. Si el campo 5 es igual a ‘1’, consignar el
Código la Cuenta Contable y/o Partida del
periodo que se está informando
4. Si el campo 5 es igual a ‘8’, consignar el
Código de la Cuenta Contable y/o Partida que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación. Para modicaciones posteriores se
hará referencia a este Código asociado a su
periodo
5. Si el campo 5 es igual a ‘9’, consignar el
Código de la Cuenta Contable y/o Partida que
corresponda al periodo que se modica

4

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Saldo del Rubro Contable Numérico

1. Obligatorio

5

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

6 al 10

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Numérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.2 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO (PCGE) (2)
Campo

Long.

Obligatorio

1

8

Si

Llave única Descripción
Si

Periodo

Formato

Observaciones

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 8 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 8 es diferente a ‘1’
7. No acepta valor por default

2

Instituto Pacífico

Hasta 24

Si

Si

Código de la cuenta
Numérico
contable desagregado en
subcuentas al nivel máximo
de dígitos utilizado, según
la estructura 5.3

1. Obligatorio
2. Si el campo 8 es igual a ‘1’, consignar la
Cuenta Contable del periodo que se está
informando

11
Edición Especial

El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513043
3. Si el campo 8 es igual a ‘8’, consignar la
Cuenta Contable que corresponda al periodo en
que se omitió la anotación. Para modicaciones
posteriores se hará referencia a esta cuenta
asociada a su periodo
4. Si el campo 8 es igual a ‘9’, consignar la
Cuenta Contable que corresponda al periodo
que se modica

3

2

Si

Si

Código de la Entidad
nanciera a la que
corresponde la cuenta

Numérico

4

Hasta 30

Si

Si

Número de la cuenta de la Alfanumérico
Entidad Financiera

1. Obligatorio
2. Si campo3 = 99 entonces campo4 será “-“
3. 4.2. Si campo3 <>99 entonces campo4 <> “-“

5

3

Si

Si

Tipo de moneda
correspondiente a la
cuenta

Se registra el tipo de moneda , ver hoja “Tipos
de Moneda”
1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 4

6

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Saldo deudor de la cuenta Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excluyente con el campo 7

7

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Saldo acreedor de la
cuenta

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excluyente con el campo 6

8

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

9 al 16

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Alfanumérico

Se registra el código de Banco , ver hoja
“Códigos de Bancos”
1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 3
3. Consignar ‘99’ en caso de efectivo

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.3 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS Y 13
CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – RELACIONADAS (PCGE) (2)
Campo

Long.

Obligatorio

1

8

Si

Llave única Descripción
Si

Periodo

Formato

Observaciones

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 9 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 9 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la
Operación (CUO), que
es la llave única o clave
única o clave primaria
del sofware contable
que identica de manera
únivoca el asiento
contable. Debe ser el
mismo consignado en el
Libro Diario.

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 9 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando

3. Si el campo 9 es igual a ‘8’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación.
Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la Operación
(CUO)
4. Si el campo 9 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO de la
operación original que se modica

12

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513044
3

De 2 hasta 10

Si

Si

Número correlativo
Alfanumérico
del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe
ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio,
“M” para los asientos de
movimientos o ajustes del
mes o “C” para el asiento
de cierre del ejercicio.

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

4

1

Si

Si

Tipo de Documento de
Identidad del cliente

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 2

5

Hasta 15

Si

Si

Número de Documento de Alfanumérico
Identidad del cliente

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

6

Hasta 100

Si

No

Apellidos y Nombres,
Denominación o Razón
Social del cliente

Alfanumérico

1. Obligatorio

7

10

Si

No

Fecha de emisión o
fecha de referencia del
Comprobante de Pago

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el
campo 1.

8

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Monto de cada cuenta por Numérico
cobrar del cliente

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente permitirá negativo

9

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

10 al 18

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Alfanumérico

Numérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.4 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 14 CUENTAS POR COBRAR AL PERSONAL, A LOS ACCIONISTAS
(SOCIOS), DIRECTORES Y GERENTES (PCGE) (2)
Campo

Long.

Obligatorio

1

8

Si

Llave única Descripción
Si

Periodo

Formato

Observaciones

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 9 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 9 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la
Operación (CUO), que
es la llave única o clave
única o clave primaria
del sofware contable
que identica de manera
únivoca el asiento
contable. Debe ser el
mismo consignado en el
Libro Diario.

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 9 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando

3. Si el campo 9 es igual a ‘8’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación.
Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la Operación
(CUO)
4. Si el campo 9 es igual a ‘9’, consignar
el Código Único de la Operación (CUO)
correlativo de la operación original que se
modica

Instituto Pacífico

13
Edición Especial
El Peruano

513045

Domingo 29 de diciembre de 2013

3

De 2 hasta 10

Si

Si

Número correlativo
Alfanumérico
del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe
ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio,
“M” para los asientos de
movimientos o ajustes del
mes o “C” para el asiento
de cierre del ejercicio.

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

4

1

Si

Si

Tipo de Documento de
Identidad del accionista,
socio o personal

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 2

5

Hasta 15

Si

Si

Número de Documento de Alfanumérico
Identidad del accionista,
socio o personal

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

6

Hasta 100

Si

No

Apellidos y Nombres,
Alfanumérico
Denominación o Razón
Social del accionista, socio
o personal

1. Obligatorio

7

10

Si

No

Fecha de inicio de la
operación

8

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Monto de cada cuenta por Numérico
cobrar del accionista, socio
o personal

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente permitirá negativo

9

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

10 al 18

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Alfanumérico

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el
campo 1.

Numérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.5 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS - TERCEROS O CUENTA 17
- CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS - RELACIONADAS (PCGE) (2)
Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 9 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 9 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la
Operación (CUO), que
es la llave única o clave
única o clave primaria
del sofware contable
que identica de manera
únivoca el asiento
contable. Debe ser el
mismo consignado en el
Libro Diario.

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 9 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando

3. Si el campo 9 es igual a ‘8’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación
Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la Operación
(CUO)
4. Si el campo 9 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación original que se modica

14

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513046
3

De 2 hasta 10

Si

Si

Número correlativo
Alfanumérico
del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe
ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio,
“M” para los asientos de
movimientos o ajustes del
mes o “C” para el asiento
de cierre del ejercicio.

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

4

1

Si

Si

Tipo de Documento de
Identidad del tercero

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 2

5

Hasta 15

Si

Si

Número de Documento de Alfanumérico
Identidad del tercero

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

6

Hasta 100

Si

No

Apellidos y Nombres,
Denominación o Razón
Social de terceros

Alfanumérico

1. Obligatorio

7

10

Si

No

Fecha de emisión del
Comprobante de Pago
o Fecha de inicio de la
operación

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el
campo 1.

8

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Monto de cada cuenta por Numérico
cobrar del tercero

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente permitirá negativo

9

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

10 al 18

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Alfanumérico

Numérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.6 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 19 ESTIMACIÓN DE CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA (PCGE) (2)
Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 12 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 12 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la
Operación (CUO), que
es la llave única o clave
única o clave primaria
del sofware contable
que identica de manera
únivoca el asiento
contable. Debe ser el
mismo consignado en el
Libro Diario.

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 12 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando

3. Si el campo 12 es igual a ‘8’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación.
Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la Operación
(CUO)
4. Si el campo 12 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación original que se modica

Instituto Pacífico

15
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513047

3

De 2 hasta 10

Si

Si

Número correlativo
Alfanumérico
del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe
ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio,
“M” para los asientos de
movimientos o ajustes del
mes o “C” para el asiento
de cierre del ejercicio.

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

4

1

Si

Si

Tipo de Documento de
Identidad del deudor

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 2

5

Hasta 15

Si

Si

Número de Documento de Alfanumérico
Identidad del deudor

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

6

Hasta 100

Si

No

Apellidos y Nombres,
Denominación o Razón
Social del deudor

Alfanumérico

1. Obligatorio

7

2

Si

No

Tipo de Comprobante de
Pago de la cuenta por
cobrar provisionada, en
caso sea aplicable

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 10
3. En caso de no existir , registrar ‘00’

8

Hasta 24

Si

No

Número serie del
Alfanumérico
comprobante de pago
o documento o número
de serie de la maquina
registradora de la cuenta
por cobrar provisionada, en
caso sea aplicable

1. Obligatorio
2. Positivo, de ser numérico
3. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

9

Hasta 20

Si

No

Número de Comprobante
de Pago de la cuenta por
cobrar provisionada, en
caso sea aplicable

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (por tipo doc.)

10

10

Si

No

Fecha de emisión del
Comprobante de Pago
o Fecha de inicio de la
operación

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el
campo 1.

11

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Monto de cada provisión
del deudor

Numérico

1. Obligatorio
2. Negativo o ‘0.00’

12

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

13 al 24

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Alfanumérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.7 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 20 - MERCADERIAS Y LA CUENTA 21 - PRODUCTOS TERMINADOS
(PCGE) (2)
Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 12 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 12 es diferente a ‘1’

2

Si

Si

Código del catálogo
utilizado

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 13

3

16

1

2

Si

Si

Tipo de existencia

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 5

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513048
4

Hasta 24

Si

Si

Código propio de la
Alfanumérico
existencia correspondiente
al catálogo señalado en el
campo 5.

1. Obligatorio
2. Según catálogo utilizado (campo 5)

5

8

Si

Si

Código de la existencia,
Numérico
de acuerdo al Catálogo
de Bienes, Servicios y
Obras (*) establecido por
el Organismo Supervisor
de las Contrataciones del
Estado (OSCE) y vigente al
01 de enero de cada año.

1. Obligatorio

6

Hasta 80

Si

No

Descripción de la
existencia

Alfanumérico

1. Obligatorio

7

Hasta 3

Si

No

Código de la Unidad de
medida de la existencia

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 6

8

1

Si

No

Código del método de
valuación utilizado

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 14

9

Hasta 12 enteros y
hasta 8 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Cantidad de la existencia

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo

10

Hasta 12 enteros y
hasta 8 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Costo unitario de la
existencia

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente permitirá negativo

11

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Costo total

Numérico

1. Obligatorio
2. El dato de este campo es producto de
multiplicar el dato del campo “8” por el dato del
campo “9”

12

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

13 al 24

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.8 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 30 INVERSIONES MOBILIARIAS (PCGE) (2)
Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 12 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 12 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la
Operación (CUO), que
es la llave única o clave
única o clave primaria
del sofware contable
que identica de manera
únivoca el asiento
contable. Debe ser el
mismo consignado en el
Libro Diario.

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 12 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando

3. Si el campo 12 es igual a ‘8’, consignar
el Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación.
Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la Operación
(CUO)
4. Si el campo 12 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación original que se modica

Instituto Pacífico

17
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513049

3

De 2 hasta 10

Si

Si

Número correlativo
Alfanumérico
del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe
ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio,
“M” para los asientos de
movimientos o ajustes del
mes o “C” para el asiento
de cierre del ejercicio.

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

4

1

Si

Si

Tipo de Documento de
Identidad del emisor

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 2
3. En caso de no existir registrar ‘0’

5

Hasta 15

Si

Si

Número de Documento de Alfanumérico
Identidad del emisor

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)
3. En caso de no existir registrar ‘0’

6

Hasta 100

Si

No

Apellidos y Nombres,
Denominación o Razón
Social del emisor

Alfanumérico

1. Obligatorio

7

2

Si

No

Código del Título

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 15

8

Hasta 12 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Valor nominal unitario del
Título

Numérico

1. Obligatorio

Numérico

1. Obligatorio

Alfanumérico

9

Hasta 12

Si

No

Cantidad de Títulos

10

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Valor en libros - Costo total Numérico
de los Títulos

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente permitirá negativo

11

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Valor en Libros - Provisión Numérico
total de los Títulos

1. Obligatorio
2. Negativo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente permitirá positivo

12

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

13 al 24

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Numérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.9 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 34 - INTANGIBLES (PCGE) (2)
Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 9 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 9 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la
Operación (CUO), que
es la llave única o clave
única o clave primaria
del sofware contable
que identica de manera
únivoca el asiento
contable. Debe ser el
mismo consignado en el
Libro Diario.

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 9 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando

3. Si el campo 9 es igual a ‘8’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación.
Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la Operación
(CUO)

18

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513050

4. Si el campo 9 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación original que se modica
3

De 2 hasta 10

Si

Si

Alfanumérico
Número correlativo
del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe
ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio,
“M” para los asientos de
movimientos o ajustes del
mes o “C” para el asiento
de cierre del ejercicio.

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

4

10

Si

No

Fecha de inicio de la
operación

5

Hasta 24

Si

No

Código de la cuenta
Numérico
contable asociada a la
obligación y desagregado
en subcuentas al nivel
máximo de dígitos
utilizado, según la
estructura 5.3

1. Obligatorio
2. Desde tres dígitos hasta el nivel el nivel
máximo de dígitos utilizado por cuenta
contable.

6

Hasta 40

Si

No

Descripción del intangible Alfanumérico

1. Obligatorio

7

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Valor contable del
intangible

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente permitirá negativo

8

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Amortización contable
acumulada

Numérico

1. Obligatorio
2. Negativo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente permitirá positivo

9

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

10 al 18

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el
campo 1.

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.11 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 41 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR (PCGE) (2)
Campo

Long.

Obligatorio

1

8

Si

Llave única Descripción
Si

Periodo

Formato

Observaciones

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 10 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 10 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la
Operación (CUO), que
es la llave única o clave
única o clave primaria
del sofware contable
que identica de manera
únivoca el asiento
contable. Debe ser el
mismo consignado en el
Libro Diario.

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 10 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando

3. Si el campo 10 es igual a ‘8’, consignar
el Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación.
Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la Operación
(CUO)

Instituto Pacífico

19
Edición Especial
El Peruano

513051

Domingo 29 de diciembre de 2013

4. Si el campo 10 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación original que se modica
3

De 2 hasta 10

Si

Si

Número correlativo
Alfanumérico
del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe
ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio,
“M” para los asientos de
movimientos o ajustes del
mes o “C” para el asiento
de cierre del ejercicio.

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

4

Hasta 24

Si

Si

Código de la cuenta
Numérico
contable desagregado en
subcuentas al nivel máximo
de dígitos utilizado, según
la estructura 5.3

1. Obligatorio

5

1

Si

Si

Tipo de Documento de
Identidad del trabajador

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 2

6

Hasta 15

Si

Si

Número de Documento de Alfanumérico
Identidad del trabajador

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

7

Hasta 11

Si

No

Código del trabajador

Alfanumérico

1. Obligatorio

8

Hasta 100

Si

No

Apellidos y Nombres del
trabajador

Alfanumérico

1. Obligatorio

9

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Saldo Final

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente permitirá negativo

10

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

11 al 20

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Alfanumérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.12 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS Y LA CUENTA
43 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – RELACIONADAS (PCGE) (2)
Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 9 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 9 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la
Operación (CUO), que
es la llave única o clave
única o clave primaria
del sofware contable
que identica de manera
únivoca el asiento
contable. Debe ser el
mismo consignado en el
Libro Diario.

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 9 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando

3. Si el campo 9 es igual a ‘8’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación.
Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la Operación
(CUO)

20

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano

513052

Domingo 29 de diciembre de 2013

4. Si el campo 9 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación original que se modica
3

De 2 hasta 10

Si

Si

Número correlativo
Alfanumérico
del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe
ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio,
“M” para los asientos de
movimientos o ajustes del
mes o “C” para el asiento
de cierre del ejercicio.

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

4

1

Si

Si

Tipo de Documento de
Identidad del proveedor

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 2
3. No acepta valor por default

5

Hasta 15

Si

Si

Número de Documento de Alfanumérico
Identidad del proveedor

6

10

Si

No

Fecha de emisión del
Comprobante de Pago

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el
campo 1.

7

Hasta 100

Si

No

Apellidos y Nombres,
Denominación o Razón
Social del proveedor

Alfanumérico

8

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Monto de cada cuenta por Numérico
pagar al proveedor

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente permitirá negativo

9

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

10 al 18

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Alfanumérico

Numérico

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

1. Obligatorio

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.13 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – TERCEROS Y DE LA CUENTA
47 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – RELACIONADAS (PCGE) (2)
Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 10 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 10 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la
Operación (CUO), que
es la llave única o clave
única o clave primaria
del sofware contable
que identica de manera
únivoca el asiento
contable. Debe ser el
mismo consignado en el
Libro Diario.

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 10 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando

3. Si el campo 10 es igual a ‘8’, consignar
el Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación.
Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la Operación
(CUO)

Instituto Pacífico

21
Edición Especial

El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513053
4. Si el campo 10 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación original que se modica

3

De 2 hasta 10

Si

Si

Número correlativo
Alfanumérico
del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe
ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio,
“M” para los asientos de
movimientos o ajustes del
mes o “C” para el asiento
de cierre del ejercicio.

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

4

1

Si

Si

Tipo de Documento de
Identidad del tercero

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 2

5

Hasta 15

Si

Si

Número de Documento de Alfanumérico
Identidad del tercero

6

10

Si

No

Fecha de emisión del
Comprobante de Pago
o Fecha de inicio de la
operación

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el
campo 1.

7

Hasta 100

Si

No

Apellidos y Nombres de
terceros

Alfanumérico

8

Hasta 24

Si

No

Código de la cuenta
Numérico
contable asociada a la
obligación y desagregado
en subcuentas al nivel
máximo de dígitos
utilizado, según la
estructura 5.3

1. Obligatorio
2. Positivo

9

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Monto pendiente de pago
al tercero

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente permitirá negativo

10

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

11 al 20

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

1. Obligatorio

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.14 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 47 - BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES (PCGR)
- NO APLICABLE PARA EL PCGE (2)
Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 8 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 8 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la
Operación (CUO), que
es la llave única o clave
única o clave primaria
del sofware contable
que identica de manera
únivoca el asiento
contable. Debe ser el
mismo consignado en el
Libro Diario.

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 8 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando

3. Si el campo 8 es igual a ‘8’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación.

22

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513054

Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la Operación
(CUO)
4. Si el campo 8 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación original que se modica
3

De 2 hasta 10

Si

Si

Número correlativo
Alfanumérico
del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe
ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio,
“M” para los asientos de
movimientos o ajustes del
mes o “C” para el asiento
de cierre del ejercicio.

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

4

1

Si

Si

Tipo de Documento de
Identidad del trabajador

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 2

5

Hasta 15

Si

Si

Número de Documento de Alfanumérico
Identidad del trabajador

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

6

Hasta 100

Si

No

Apellidos y Nombres del
trabajador

Alfanumérico

1. Obligatorio

7

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Saldo Final

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente permitirá negativo

8

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

9 al 16

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Alfanumérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.15 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 37 ACTIVO DIFERIDO Y DE LA CUENTA 49 PASIVO DIFERIDO (PCGE)
(2)
Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 10 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 10 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la
Operación (CUO), que
es la llave única o clave
única o clave primaria
del sofware contable
que identica de manera
únivoca el asiento
contable. Debe ser el
mismo consignado en el
Libro Diario.

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 10 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando

3. Si el campo 10 es igual a ‘8’, consignar
el Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación.
Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la Operación
(CUO)
4. Si el campo 10 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación original que se modica

Instituto Pacífico

23
Edición Especial

El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513055

3

De 2 hasta 10

Si

Si

Número correlativo
Alfanumérico
del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe
ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio,
“M” para los asientos de
movimientos o ajustes del
mes o “C” para el asiento
de cierre del ejercicio.

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

4

2

Si

No

Tipo de Comprobante de Numérico
Pago relacionado, en caso
sea aplicable

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 10
3. En caso de no existir , registrar ‘00’

5

Hasta 20

Si

No

Número serie del
comprobante de pago
o documento o número
de serie de la maquina
registradora relacionada,
en caso sea aplicable

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

6

Hasta 24

Si

No

Número de Comprobante
de Pago relacionado, en
caso sea aplicable

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (por tipo de doc.)

7

Hasta 24

Si

No

Código de la cuenta
Numérico
contable asociada a la
obligación y desagregado
en subcuentas al nivel
máximo de dígitos
utilizado, según la
estructura 5.3

1. Obligatorio solo cuando se use el PCGE
2. Cuando utilice el PCGR consignar cero
3. Positivo o ‘0’

8

Hasta 40

Si

No

Concepto o descripción de Alfanumérico
la operación

1. Obligatorio

9

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Saldo Final

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente permitirá negativo

10

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

11 al 20

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.16 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 50 - CAPITAL (2)
3.16.1 DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 50 - CAPITAL (PCGR Y PCGE)
Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 6 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 6 es diferente a ‘1’

2

Si

No

Importe del Capital Social Numérico
o Participaciones Sociales
al cierre del ejercicio o
periodo que corresponda

1. Obligatorio
2. Positivo

3

Hasta 12 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Valor nominal por acción o Numérico
participación social

1. Obligatorio
2. Positivo

4

Hasta 12 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Número de acciones o
participaciones sociales
suscritas

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo

5

24

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Hasta 12 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Número de acciones o
participaciones sociales
pagadas

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513056
6

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

Numérico

7 al 12

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.
1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.16.2 ESTRUCTURA DE LA PARTICIPACIÓN ACCIONARIA O DE PARTICIPACIONES SOCIALES
Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 8 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 8 es diferente a ‘1’

2

1

Si

Si

Tipo de Documento de
Identidad del accionista
o socio

Alfanumérico

3

Hasta 15

Si

Si

Número de Documento de Alfanumérico
Identidad del accionista
o socio

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

4

3

Si

No

Código de los tipos de
Numérico
acciones o participaciones

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 16

5

Hasta 100

Si

No

Apellidos y Nombres,
Alfanumérico
Denominación o Razón
Social del accionista o
socio, según corresponda

1. Obligatorio

6

Hasta 12

Si

No

Número de acciones o de Numérico
participaciones sociales

1. Obligatorio
2. Positivo

7

Hasta 3 enteros y
hasta 8 decimales,

Si

No

Porcentaje Total de
Numérico
participación de acciones o
participaciones sociales

1. Obligatorio
2. ###.########
3. El porcentaje debe ser mayor o igual a 0 y
menor o igual a 100

8

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

9 al 16

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 2

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.17 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - BALANCE DE COMPROBACIÓN (3)
Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 7 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 7 es diferente a ‘1’

2

Instituto Pacífico

Hasta 24

Si

Si

Código de la cuenta
Numérico
contable desagregado en
subcuentas al nivel máximo
de dígitos utilizado, según
la estructura 5.3

1. Obligatorio

25
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513057

3

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Saldo deudor inicial del
ejercicio

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excluyente con el campo 4
4. Campo 3 y 4 pueden ser ambos 0.00

4

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Saldo acreedor inicial del
ejercicio

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excluyente con el campo 3
4. Campo 3 y 4 pueden ser ambos 0.00

5

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Movimientos del ejercicio o Numérico
periodo - Debe

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

6

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Movimientos del ejercicio o Numérico
periodo - Haber

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

7

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

8 al 14

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

Periodo

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 5 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 5 es diferente a ‘1’

2

1

Si

Si

Código del catálogo
utilizado

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 22
3. Se debe utilizar el catálogo de la SMV (ex
CONASEV) cuando esté obligado a utilizar el
Plan Contable General Empresarial o Revisado,
o se esté bajo el ámbito de supervisión de la
SMV (ex CONASEV).

3

6

Si

Si

Código de la Cuenta
Contable y/o Partida

Alfanumérico

4

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles
1

Si

No

Saldo del Rubro Contable Numérico

1. Obligatorio
2. Si campo2 = 1 entonces la primera posición
del Código de la Cuenta Contable y/o Partida
debe comenzar con el digito 3, según la SMV
(ex CONASEV).
3. Si el campo 5 es igual a ‘1’, consignar el
Código la Cuenta Contable y/o Partida del
periodo que se está informando
4. Si el campo 5 es igual a ‘8’, consignar el
Código de la Cuenta Contable y/o Partida que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación. Para modicaciones posteriores se
hará referencia a este Código asociado a su
periodo
5. Si el campo 5 es igual a ‘9’, consignar el
Código de la Cuenta Contable y/o Partida que
corresponda al periodo que se modica
1. Obligatorio

Si

No

Indica el estado de la
operación

Numérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.18 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO

5

26

Descripción

Formato

Numérico

Observaciones

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513058
6 al 10

Hasta 200

No

No

Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

1

8

Si

Si

Campos de libre utilización. Alfanumérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.19 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO
Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 16 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 16 es diferente a ‘1’

2

1

Si

Si

Código del catálogo
utilizado

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 22
3. Se debe utilizar el catálogo de la SMV (ex
CONASEV) cuando esté obligado a utilizar el
Plan Contable General Empresarial o Revisado,
o se esté bajo el ámbito de supervisión de la
SMV (ex CONASEV).

3

6

Si

Si

Código de la Cuenta
Contable y/o Partida

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si campo2 = 1 entonces la primera posición
del Código de la Cuenta Contable y/o Partida
debe comenzar con el digito 4, según la SMV
(ex CONASEV).
3. Si el campo 16 es igual a ‘1’, consignar el
Código la Cuenta Contable y/o Partida del
periodo que se está informando
4. Si el campo 16 es igual a ‘8’, consignar el
Código de la Cuenta Contable y/o Partida que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación. Para modicaciones posteriores se
hará referencia a este Código asociado a su
periodo
5. Si el campo 16 es igual a ‘9’, consignar el
Código de la Cuenta Contable y/o Partida que
corresponda al periodo que se modica

4

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Capital

Numérico

1. Obligatorio

5

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Acciones de Inversión

Numérico

1. Obligatorio

6

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Capital Adicional

Numérico

1. Obligatorio

7

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Resultados no Realizados Numérico

1. Obligatorio

8

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Reservas Legales

Numérico

1. Obligatorio

9

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

Otras Reservas

Numérico

1. Obligatorio

10

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Resultados Acumulados

Numérico

1. Obligatorio

11

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Diferencias de Conversión Numérico

1. Obligatorio

12

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Ajustes al Patrimonio

Numérico

1. Obligatorio

13

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Resultado Neto del
Ejercicio

Numérico

1. Obligatorio

14

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Excedente de Revaluación Numérico

1. Obligatorio

Instituto Pacífico

27
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513059

15

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Resultado del Ejercicio

Numérico

1. Obligatorio

16

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

17 al 32

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Campo

Long.

Obligatorio

1

8

Si

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.20 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS POR FUNCIÓN
Llave única Descripción
Si

Periodo

Formato

Observaciones

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 5 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 5 es diferente a ‘1’

2

1

Si

Si

Código del catálogo
utilizado

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 22
3. Se debe utilizar el catálogo de la SMV (ex
CONASEV) cuando esté obligado a utilizar el
Plan Contable General Empresarial o Revisado,
o se esté bajo el ámbito de supervisión de la
SMV (ex CONASEV).

3

6

Si

Si

Código de la Cuenta
Contable y/o Partida

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si campo2 = 1 entonces la primera posición
del Código de la Cuenta Contable y/o Partida
debe comenzar con el digito 2, según la SMV
(ex CONASEV).
3. Si el campo 5 es igual a ‘1’, consignar el
Código la Cuenta Contable y/o Partida del
periodo que se está informando
4. Si el campo 5 es igual a ‘8’, consignar el
Código de la Cuenta Contable y/o Partida que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación. Para modicaciones posteriores se
hará referencia a este Código asociado a su
periodo
5. Si el campo 5 es igual a ‘9’, consignar el
Código de la Cuenta Contable y/o Partida que
corresponda al periodo que se modica

4

Hasta 20 enteros y
hasta 2 decimales,
sin comas de miles

Si

No

Saldo del Rubro Contable Numérico

1. Obligatorio

5

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha sido
anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

6 al 10

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Numérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.22 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DE LAS CUENTAS Y/O PARTIDAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Campo

28

Long.

Obligatorio

Llave única

Descripción

Formato

Observaciones

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial

El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513060
1

8

Si

Si

Periodo

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 5 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 5 es diferente a ‘1’

2

1

Si

Si

Código del catálogo

Numérico

3

6

Si

Si

Código de la Cuenta
Alfanumérico
Contable y/o Partida de los
Estados Financieros

1. Obligatorio
2. Si campo2 = 1 entonces la primera posición
del Código de la Cuenta Contable y/o Partida
debe comenzar con los digito 1, 2, 3 o 4, según
SMV (antes CONASEV).

4

Hasta 100

Si

No

Descripción de la Cuenta Alfanumérico
Contable y/o Partida de los
Estados Financieros

1. Obligatorio

5

1

Si

No

Indica el estado de la
operación

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la Cuenta Contable y/o
Partida se informa en el periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la Cuenta Contable y/o
Partida se debió informar en un periodo anterior
y NO se informó en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la Cuenta Contable y/o
Partida se informó en un periodo anterior y se
desea corregir.

6 al 10

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización. Alfanumérico

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 22

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

3.23 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Este libro deberá registrarse en formato pdf. Su información y contenido debe estar de acuerdo a la normatividad señalada por la Superintendencia del Mercado de
Valores - SMV (ex CONASEV)
(1) Resolución Gerencia General N° 044-2007-EF/94.11
(2) Los deudores tributarios que lleven su contabilidad de acuerdo a un plan contable distinto al Plan Contable General Empresarial (PCGE) deberán adecuar la
información equivalente.
(3) Las cifras deben ser presentadas a valores históricos.

4 Estructura del Libro de Retenciones inciso e) y f) del Art. 34° de la LIR
4.1 LIBRO DE RETENCIONES INCISO E) Y F) DEL ART. 34° DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA
Campo

Long.

Obligatorio

Llave
única

Descripción

1

8

Si

Si

Periodo

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la Operación (CUO), que es
la llave única o clave única o clave primaria
del sofware contable que identica de manera
únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo
consignado en el Libro Diario o en el LDFS.

Formato

Observaciones

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMM00
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo
informado, campo 9 es igual a ‘1’
6. Si periodo es menor a periodo
informado, entonces campo 9 es diferente
a ‘1’

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 10 es igual a ‘1’, consignar
el Código Único de la Operación (CUO)
de la operación que se está informando

3. Si el campo 10 es igual a ‘8’, consignar
el Código Único de la Operación (CUO)
que corresponda al periodo en que se
omitió la anotación.
Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la
Operación (CUO)
4. Si el campo 10 es igual a ‘9’, consignar
el Código Único de la Operación (CUO)
de la operación original que se modica

Instituto Pacífico

29
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513061

3

De 2 hasta 10

Si

Si

Número correlativo del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio, “M” para los asientos
de movimientos o ajustes del mes o “C” para el
asiento de cierre del ejercicio.

Alfanumérico

4

10

Si

No

Fecha de pago o Fecha de retención

5

1

Si

No

Tipo de Documento de Identidad de la persona
que prestó el servicio

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en
el campo 1.
Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 2

6

Hasta 15

Si

No

Número de Documento de Identidad de la
persona que prestó el servicio

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

7

Hasta 100

Si

No

Apellidos y Nombres de la persona que prestó
el servicio

Alfanumérico

1. Obligatorio

8

No

Monto Bruto

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

No

Retención efectuada

Numérico

1. Obligatorio
2. Negativo o ‘0.00’

10

Hasta 20 enteros y Si
hasta 2 decimales,
sin comas de
miles
Hasta 20 enteros y Si
hasta 2 decimales,
sin comas de
miles
1
Si

No

Indica el estado de la operación

Numérico

11 al 20

Hasta 200

No

Campos de libre utilización.

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO
ha sido anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha
sido anotada en dicho periodo.
1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni
los palotes.

9

No

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

5 Estructura del Libro Diario
5.1 LIBRO DIARIO
Campo

Long.

Obligatorio

1

8

Si

Llave
única
Si

2

Hasta 40

Si

Si

3

30

De 2 hasta
10

Si

Si

Descripción

Formato

Observaciones

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMM00
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo
9 es igual a ‘1’
6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces
campo 9 es diferente a ‘1’

Código Único de la Operación (CUO),
que es la llave única o clave única o
clave primaria del sofware contable
que identica de manera únivoca el
asiento contable .

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 13 es igual a ‘1’, consignar el Código
Único de la Operación (CUO) de la operación que se
está informando

Número correlativo del asiento
contable identicado en el campo 2.
El primer dígito debe ser: “A” para el
asiento de apertura del ejercicio, “M”
para los asientos de movimientos o
ajustes del mes o “C” para el asiento
de cierre del ejercicio.

Alfanumérico

Periodo

3. Si el campo 13 es igual a ‘8’, consignar el Código
Único de la Operación (CUO) que corresponda al
periodo en que se omitió la anotación
Para modicaciones posteriores se hará referencia a
este Código Único de la Operación (CUO)
4. Si el campo 13 es igual a ‘9’, consignar el Código
Único de la Operación (CUO) de la operación original
que se modica
1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513062
4

2

Si

Si

Código del Plan de Cuentas utilizado
por el deudor tributario

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 17

5

Hasta 24

Si

Si

Código de la cuenta contable
desagregado en subcuentas al nivel
máximo de dígitos utilizado, según
la estructura 5.3 - Detalle del Plan
Contable utilizado

Numérico

1. Obligatorio

6

10

Si

No

Fecha de la operación

DD/MM/AAAA

1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1.

7

Hasta 100

No

No

Glosa o descripción de la naturaleza
de la operación registrada, de ser
el caso.

Alfanumérico

1. Obligatorio

8

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

No

No

Movimientos del Debe

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excluyente con campo 9
4. Campo 8 y 9 pueden ser ambos 0.00
5. La suma del campo 8 (correspondiente al mismo
CUO) debe ser igual a la suma del campo 9

9

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

No

No

Movimientos del Haber

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excluyente con campo 8
4. Campo 8 y 9 pueden ser ambos 0.00
5. La suma del campo 9 (correspondiente al mismo
CUO) debe ser igual a la suma del campo 8

10

Hasta 40

No

No

Número correlativo utilizado en el
Registro de Ventas e Ingresos. No
consignar nada si en el referido
registro se referenció el Código Único
de Operación (CUO) de este libro.

Alfanumérico

11

Hasta 40

No

No

Número correlativo utilizado en el
Registro de Compras. No consignar
nada si en el referido registro se
referenció el Código Único de
Operación (CUO) de este libro.

Alfanumérico

12

Hasta 40

No

No

Número correlativo utilizado en el
Registro de Consignaciones. No
consignar nada si en el referido
registro se referenció el Código Único
de Operación (CUO) de este libro.

Alfanumérico

13

1

Si

No

Indica el estado de la operación

14 al 26

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Numérico

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al
periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho
periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho
periodo.
1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no
incluya ni la información ni los palotes.

5.3 LIBRO DIARIO - DETALLE DEL PLAN CONTABLE UTILIZADO (*)
Campo

Long.

Obligatorio

Llave
única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo
6 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces
campo 6 es diferente a ‘1’

2

Hasta 24

Si

Si

Código de la Cuenta Contable
desagregada hasta el nivel máximo
de dígitos utilizado

Numérico

1. Obligatorio

2. Desde tres dígitos hasta el nivel el nivel máximo de
dígitos utilizado por cuenta contable.
3

Hasta 100

Si

No

Descripción de la Cuenta Contable
desagregada al nivel máximo de
dígitos utilizado

4

2

Si

No

Código del Plan de Cuentas utilizado
por el deudor tributario

Instituto Pacífico

Alfanumérico

Numérico

1. Obligatorio

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 17

31
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513063

5

Hasta 60

Si

No

Descripción del Plan de Cuentas
utilizado por el deudor tributario

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si campo4 = 99 entonces campo5 será <> “-“
3. Si campo4 <>99 entonces campo5 = “-“

6

1

Si

No

Indica el estado de la operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la Cuenta Contable se informa
en el periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la Cuenta Contable se debió
informar en un periodo anterior y NO se informó en
dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la Cuenta Contable se informó
en un periodo anterior y se desea corregir.

7 al 12

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Alfanumérico

1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no
incluya ni la información ni los palotes.

(*) Obligatorio en el periodo de enero cada año o cuando se genera el libro electrónico por primera vez.
En los demás meses se puede optar por generar un libro vacio salvo que el Plan Contable sufra modicaciones.
5A Estructura del Libro Diario de Formato Simplicado
5.2 LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
Campo

Obligatorio

1

8

Si

Llave
única
Si

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la Operación (CUO),
que es la llave única o clave única o clave
primaria del sofware contable que identica
de manera únivoca el asiento contable .

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 13 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) correlativo
de la operación que se está informando
3. Si el campo 13 es igual a ‘8’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) correlativo
que corresponda al periodo en que se omitió la
anotación
Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la Operación
(CUO) correlativo
4. Si el campo 13 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) correlativo
de la operación original que se modica

3

De 2 hasta
10

Si

Si

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

2

Si

Si

5

Hasta 24

Si

Si

6

10

Si

No

Número correlativo del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio, “M” para los
asientos de movimientos o ajustes del mes
o “C” para el asiento de cierre del ejercicio.
Código del Plan de Cuentas utilizado por el
deudor tributario
Código de la cuenta contable desagregado
en subcuentas al nivel máximo de dígitos
utilizado, según la estructura 5.4 - Detalle
del Plan Contable utilizado
Fecha de la operación

Alfanumérico

4

7

Hasta 100

No

No

8

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

No

No

Glosa o descripción de la naturaleza de la
operación registrada, de ser el caso.
Movimientos del Debe

9

32

Long.

Descripción

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

No

No

Movimientos del Haber

Periodo

Formato

Observaciones

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMM00
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 9 es igual a ‘1’
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 9 es diferente a ‘1’

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 17
1. Obligatorio

Numérico

DD/MM/AAAA

Alfanumérico
Numérico

Numérico

1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el
campo 1.
1. Obligatorio
1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excluyente con campo 9
4. Campo 8 y 9 pueden ser ambos 0.00
5. La suma del campo 8 (correspondiente al
mismo CUO) debe ser igual a la suma del
campo 9
1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excluyente con campo 8
4. Campo 8 y 9 pueden ser ambos 0.00
5. La suma del campo 9 (correspondiente al
mismo CUO) debe ser igual a la suma del
campo 8

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513064
10

Hasta 40

No

No

Número correlativo utilizado en el Registro
de Ventas e Ingresos. No consignar nada
si en el referido registro se referenció el
Código Único de Operación (CUO) de
este libro.

Alfanumérico

11

Hasta 40

No

No

Número correlativo utilizado en el Registro
de Compras. No consignar nada si en el
referido registro se referenció el Código
Único de Operación (CUO) de este libro.

Alfanumérico

12

Hasta 40

No

No

Número correlativo utilizado en el Registro
de Consignaciones. No consignar nada
si en el referido registro se referenció el
Código Único de Operación (CUO) de
este libro.

Alfanumérico

13

1

Si

No

Indica el estado de la operación

14 al 26

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Numérico

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde
al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde
a un periodo anterior y NO ha sido anotada en
dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde
a un periodo anterior y SI ha sido anotada en
dicho periodo.
1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

5.4 LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO - DETALLE DEL PLAN CONTABLE UTILIZADO (*)
Campo

Long.

Obligatorio

Llave
única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMMDD
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 6 es igual a ‘1’.
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 6 es diferente a ‘1’

2

Hasta 24

Si

Si

Código de la Cuenta Contable desagregada
hasta el nivel máximo de dígitos utilizado

Numérico

1. Obligatorio
2. Desde tres dígitos hasta el nivel el nivel
máximo de dígitos utilizado por cuenta contable.

3

Hasta 100

Si

No

Descripción de la Cuenta Contable
desagregada al nivel máximo de dígitos
utilizado

4

2

Si

No

Código del Plan de Cuentas utilizado por el
deudor tributario

Numérico

5

Hasta 60

Si

No

Descripción del Plan de Cuentas utilizado
por el deudor tributario

Alfanumérico

6

1

Si

No

Indica el estado de la operación

7 al 12

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Alfanumérico

1. Obligatorio

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 17
1. Obligatorio
2. Si campo4 = 99 entonces campo5 será <> “-“
3. Si campo4 <>99 entonces campo5 = “-“

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la Cuenta Contable se
informa en el periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la Cuenta Contable se
debió informar en un periodo anterior y NO se
informó en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la Cuenta Contable
se informó en un periodo anterior y se desea
corregir.

Alfanumérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

(*) Obligatorio en el periodo de enero cada año o cuando se genera el libro electrónico por primera vez.
En los demás meses se puede optar por generar un libro vacio salvo que el Plan Contable sufra modicaciones.

6 Estructura del Libro Mayor
6.1 LIBRO MAYOR
Campo

Instituto Pacífico

Long.

Obligatorio

Llave
única

Descripción

Formato

Observaciones

33
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513065

1

8

Si

Si

Periodo

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMM00
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 8 es igual a ‘1’
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 8 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la Operación (CUO), que es
la llave única o clave única o clave primaria
del sofware contable que identica de manera
únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo
consignado en el Libro Diario.

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. Si el campo 13 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando

Número correlativo del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio, “M” para los asientos
de movimientos o ajustes del mes o “C” para el
asiento de cierre del ejercicio.
Si Código del Plan de Cuentas utilizado por el
deudor tributario
Si Código de la cuenta contable desagregado en
subcuentas al nivel máximo de dígitos utilizado,
según la estructura 5.3 - Detalle del Plan
Contable utilizado
No Fecha de la operación

Alfanumérico

3

Si

4

2

Si

5

Hasta 24

Si

6

10

Si

7

Hasta 100

Si

8

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No Glosa o descripción de la naturaleza de la
operación registrada
No Movimientos del Debe

9

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No Movimientos del Haber

10

Hasta 40

11

Hasta 40

12

Hasta 40

13

34

Hasta 8

Si

1

Si

No Número correlativo utilizado en el Registro de
Ventas e Ingresos. No consignar nada si en el
referido registro se referenció el Código Único de
Operación (CUO) de este libro.
No Número correlativo utilizado en el Registro de
Compras. No consignar nada si en el referido
registro se referenció el Código Único de
Operación (CUO) de este libro.
No Número correlativo utilizado en el Registro de
Consignaciones. No consignar nada si en el
referido registro se referenció el Código Único de
Operación (CUO) de este libro.
No Indica el estado de la operación

3. Si el campo 13 es igual a ‘8’, consignar
el Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación
Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la
Operación (CUO)
4. Si el campo 13 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación original que se modica

Numérico
Numérico

DD/MM/AAAA

Alfanumérico
Numérico

Numérico

Alfanumérico

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 17
1. Obligatorio

1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el
campo 1.
1. Obligatorio
1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excluyente con campo 9
4. Campo 8 y 9 pueden ser ambos 0.00
5. La suma del campo 8 (correspondiente al
mismo CUO) debe ser igual a la suma del
campo 9
1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excluyente con campo 8
4. Campo 8 y 9 pueden ser ambos 0.00
5. La suma del campo 9 (correspondiente al
mismo CUO) debe ser igual a la suma del
campo 8

Alfanumérico

Alfanumérico

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha
sido anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513066
14 al 26

Hasta 200

No

No Campos de libre utilización.

Alfanumérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

7 Estructura del Registro de Activos Fijos
7.1 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS REVALUADOS Y NO REVALUADOS
Campo

Long.

1

8

Obligatorio Llave
única
Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAA0000
3. AAAA >= 2010
4. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 36 es igual a ‘1’
5. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 36 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la Operación (CUO), que es
la llave única o clave única o clave primaria
del sofware contable que identica de manera
únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo
consignado en el Libro Diario.

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Si el campo 36 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando
3. Si el campo 36 es igual a ‘8’, consignar
el Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación.
Para modicaciones posteriores se hará referencia
a este Código Único de la Operación (CUO)
4. Si el campo 36 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación original que se modica

3

De 2 hasta
10

Si

Si

Número correlativo del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio, “M” para los asientos
de movimientos o ajustes del mes o “C” para el
asiento de cierre del ejercicio.

4

1

Si

Si

Código del catálogo utilizado. Sólo se podrá
incluir las opciones 3 y 9 de la tabla 13.

5

Hasta 24

Si

Si

Código propio del activo jo correspondiente al
catálogo señalado en el campo 3.

6

8

Si

Si

Código del activo jo, de acuerdo al Catálogo
de Bienes, Servicios y Obras (*) establecido por
el Organismo Supervisor de las Contrataciones
del Estado (OSCE) y vigente al 01 de enero de
cada año.

Numérico

1. Obligatorio

7

1

Si

No

Código del tipo de Activo Fijo

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 18

8

Hasta 24

Si

No

Código de la Cuenta Contable del Activo Fijo,
desagregada hasta el nivel máximo de dígitos
utilizado

Numérico

1. Obligatorio

9

1

Si

No

Estado del Activo Fijo

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 19

10

Hasta 40

Si

No

Descripción del Activo Fijo

Alfanumérico 1. Obligatorio

11

Hasta 20

Si

No

Marca del Activo Fijo

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Si no existe, registrar ‘-’

12

Hasta 20

Si

No

Modelo del Activo Fijo

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Si no existe, registrar ‘-’

13

Hasta 30

Si

No

Número de serie y/o placa del Activo Fijo

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Si no existe, registrar ‘-’

14

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Importe del saldo inicial del Activo Fijo

Instituto Pacífico

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

Numérico

1. Obligatorio
2. No acepta el valor 1.
3. Validar con parámetro tabla 13

Alfanumérico 1. Obligatorio

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

35
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513067

15

Si

No

Importe de las adquisiciones o adiciones de
Activo Fijo

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

16

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Importe de las mejoras del Activo Fijo

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

17

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Importe de los retiros y/o bajas del Activo Fijo

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

18

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Importe por otros ajustes en el valor del Activo
Fijo

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

19

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Valor de la revaluación voluntaria efectuada

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

20

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Valor de la revaluación efectuada por
reorganización de sociedades

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

21

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Valor de otras revaluaciones efectuada

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

22

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Importe del valor del ajuste por inación del
Activo Fijo

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

23

10

Si

No

Fecha de adquisición del Activo Fijo

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo
1.

24

10

Si

No

Fecha de inicio del Uso del Activo Fijo

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo
1.

25

1

Si

No

Código del Método aplicado en el cálculo de la
depreciación

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 20

26

Hasta 20

Si

No

Número de documento de autorización para
cambiar el método de la depreciación

Alfanumérico 1. Obligatorio

27

Hasta 3
enteros y 2
decimales,

Si

No

Porcentaje de la depreciación

Numérico

1. Obligatorio, solo si campo 25 es ‘1’
2. ###.##
3. El porcentaje debe ser mayor o igual a 0 y
menor o igual a 100

28

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Depreciación acumulada al cierre del ejercicio
anterior.

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

29

36

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Valor de la depreciación del ejercicio sin
considerar la revaluación

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513068
30

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Valor de la depreciación del ejercicio relacionada
con los retiros y/o bajas del Activo Fijo

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

31

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Valor de la depreciación relacionada con otros
ajustes

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

32

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Valor de la depreciación de la revaluación
voluntaria efectuada

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

33

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Valor de la depreciación de la revaluación
efectuada por reorganización de sociedades

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

34

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Valor de la depreciación de otras revaluaciones
efectuadas

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

35

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Valor del ajuste por inación de la depreciación

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

36

1

Si

No

Indica el estado de la operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde
al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde
a un periodo anterior y NO ha sido anotada en
dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho
periodo.

37 al 74

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos,
no incluya ni la información ni los palotes.

(*) El Catálogo de Naciones Unidas es el mismo que se hace referencia en la Tabla 13 “Catálogo de Existencias”.
7.3 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LA DIFERENCIA DE CAMBIO
Campo

Long.

1

8

Obligatorio Llave
única
Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAA0000
3. AAAA >= 2010
4. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 15 es igual a ‘1’
5. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 15 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la Operación (CUO), que es
la llave única o clave única o clave primaria
del sofware contable que identica de manera
únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo
consignado en el Libro Diario.

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Si el campo 15 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando
3. Si el campo 15 es igual a ‘8’, consignar
el Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación
Para modicaciones posteriores se hará referencia
a este Código Único de la Operación (CUO)
4. Si el campo 15 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación original que se modica

Instituto Pacífico

37
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513069

3

Si

Si

Número correlativo del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio, “M” para los asientos
de movimientos o ajustes del mes o “C” para el
asiento de cierre del ejercicio.

4

1

Si

Si

Código del catálogo utilizado. Sólo se podrá
incluir las opciones 3 y 9 de la tabla 13.

5

Hasta 24

Si

Si

Código propio del activo jo correspondiente al
catálogo señalado en el campo 4.

Alfanumérico 1. Obligatorio

6

10

Si

o

Fecha de adquisición del Activo Fijo

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo
1.

7

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Valor de adquisición del Activo Fijo en moneda
extranjera

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

8

1 entero y 3
decimales

Si

No

Tipo de cambio de la moneda extranjera en la
fecha de adquisición

Numérico

1. Obligatorio
2. #.###
3. El Tipo de Cambio es mayor o igual a 0

9

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Valor de adquisición del Activo Fijo en moneda
nacional

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

10

1 entero y 3
decimales

Si

No

Tipo de cambio de la moneda extranjera al 31.12
del periodo que corresponda

Numérico

1. Obligatorio
2. Si no existe, registrar ‘0.000’
3. #.###
4. El Tipo de Cambio es mayor o igual a 0

11

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Ajuste por diferencia de cambio del Activo Fijo

Numérico

1. Obligatorio

12

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Depreciación del ejercicio

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

13

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Depreciación del ejercicio relacionada con los
retiros y/o bajas del Activo Fijo

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

14

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Depreciación relacionada con otros ajustes

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o negativo
3. Si no existe, registrar ‘0.00’

15

1

Si

No

Indica el estado de la operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde
al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde
a un periodo anterior y NO ha sido anotada en
dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho
periodo.

16 al 30

38

De 2 hasta
10

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Numérico

1. Obligatorio
2. No acepta el valor 1.
3. Validar con parámetro tabla 13

Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos,
no incluya ni la información ni los palotes.

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
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Domingo 29 de diciembre de 2013

513070

7.4 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS BAJO LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO
Campo

Long.

1

8

Obligatorio Llave
única
Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAA0000
3. AAAA >= 2010
4. Si el periodo es igual a periodo informado,
campo 11 es igual a ‘1’
5. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 11 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la Operación (CUO), que es
la llave única o clave única o clave primaria
del sofware contable que identica de manera
únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo
consignado en el Libro Diario.

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Si el campo 11 es igual a ‘1’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación que se está informando
3. Si el campo 11 es igual a ‘8’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) que
corresponda al periodo en que se omitió la
anotación.
Para modicaciones posteriores se hará referencia
a este Código Único de la Operación (CUO)
4. Si el campo 11 es igual a ‘9’, consignar el
Código Único de la Operación (CUO) de la
operación original que se modica

3

De 2 hasta
10

Si

Si

Número correlativo del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio, “M” para los asientos
de movimientos o ajustes del mes o “C” para el
asiento de cierre del ejercicio.

4

1

Si

Si

Código del catálogo utilizado. Sólo se podrá
incluir las opciones 3 y 9 de la tabla 13.

5

Hasta 20

Si

Si

Número del contrato de arrendamiento
nanciero del Activo Fijo

6

10

Si

Si

Fecha del contrato de arrendamiento nanciero DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
del Activo Fijo

7

Hasta 24

Si

Si

Código propio del activo jo correspondiente al
catálogo señalado en el campo 4.

8

10

Si

No

Fecha de inicio del arrendamiento nanciero del DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
Activo Fijo
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo
1.

9

Hasta 5

Si

No

Número de cuotas pactadas

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo

10

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Monto total del contrato de arrendamiento
nanciero del Activo Fijo

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo

11

1

Si

No

Indica el estado de la operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde
al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde
a un periodo anterior y NO ha sido anotada en
dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho
periodo.

12 al 24

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Instituto Pacífico

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

Numérico

1. Obligatorio
2. No acepta el valor 1.
3. Validar con parámetro tabla 13

Alfanumérico 1. Obligatorio

Alfanumérico 1. Obligatorio

Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos,
no incluya ni la información ni los palotes.

39
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513071

8 Estructura del Registro de Compras
8.1 REGISTRO DE COMPRAS
Campo

Long.
8

Obligatorio Llave única
Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMM00
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si periodo es menor a periodo informado, entonces
campo 34 es igual a ‘9’
6. Si el periodo es igual a periodo informado, campo
34 es diferente a ‘9’

1
2

Hasta 40

Si

Si

1. Contribuyentes del Régimen General:
Alfanumérico
Código Único de la Operación (CUO),
que es la llave única o clave única o clave
primaria del sofware contable que identica
de manera únivoca el asiento contable
en el Libro Diario o en el Libro Diario de
Formato Simplicado en que se registró la
operación.
2. Contribuyentes del Régimen Especial de
Renta - RER: Número correlativo del mes.

1. Obligatorio
2. Si el campo 34 es igual a ‘0’’, 1’ o ‘6’ o ‘7’,
consignar el Código Único de la Operación (CUO)
o número correlativo de la operación que se está
informando
3. Si el campo 34 es igual a ‘9’, consignar el Código
Único de la Operación (CUO) o número correlativo
de la operación original que se modica

3

De 2 hasta Si
10

Si

Número correlativo del asiento contable
Alfanumérico
identicado en el campo 2, cuando se utilice
el Código Único de la Operación (CUO). El
primer dígito debe ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio, “M” para los
asientos de movimientos o ajustes del mes
o “C” para el asiento de cierre del ejercicio.

1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C
3. No se registra nada en este campo en los casos
de Contribuyentes del RER.

4

10

No

Fecha de emisión del comprobante de pago DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
o documento
2. Menor o igual al periodo informado

Si

5. Si fecha de emisión está dentro de los doce
meses anteriores al periodo señalado en el campo 1,
entonces campo 34 = ‘6’
6. Si fecha de emisión está fuera de los doce meses
anteriores al periodo señalado en el campo 1,
entonces campo 34 = ‘7’
5

10

No

No

Fecha de Vencimiento o Fecha de Pago (1) DD/MM/AAAA 1. Opcional, excepto cuando el campo 5 = ‘14’ en
cuyo caso es obligatorio
2. Menor o igual al mes siguiente del periodo
informado
3. Menor o igual al mes siguiente del periodo
señalado en el campo 1.

6

2

Si

No

Tipo de Comprobante de Pago o
Documento

Numérico

7

Hasta 20

Si

No

Serie del comprobante de pago o
Alfanumérico
documento. En los casos de la Declaración
Única de Aduanas (DUA) o de la
Declaración Simplicada de Importación
(DSI) se consignará el código de la
dependencia Aduanera.

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

8

4

Si

No

Año de emisión de la DUA o DSI

1. Obligatorio
2. Si campo 6 = ‘50’ , ‘52’ registrar número mayor a
1981 y menor o igual al año del periodo informado y
al año del periodo señalado en el campo 1.

9

Hasta 24

Si

No

Número del comprobante de pago o
Alfanumérico
documento o número de orden del
formulario físico o virtual donde conste
el pago del impuesto, tratándose de
liquidaciones de compra, utilización de
servicios prestados por no domiciliados
u otros, número de la DUA, de la DSI,
de la Liquidación de cobranza u otros
documentos emitidos por SUNAT que
acrediten el crédito scal en la importación
de bienes.

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 10

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (por tipo de doc.)

En caso de optar por anotar el importe
total de las operaciones diarias que no
otorguen derecho a crédito scal en forma
consolidada, registrar el número inicial (2).
10

40

Hasta 24

No

No

En caso de optar por anotar el importe
Numérico
total de las operaciones diarias que no
otorguen derecho a crédito scal en forma
consolidada, registrar el número nal (2).

1. Si campo 6 = ‘00’,’03’,’05’,’06’,’07’,’08’,’11’,’12’,
’13’,’14’,’15’,’16’,’18’,’19’,’23’,’26’,’28’,’30’,’34’,’35’,
’36’,’37’,’55’,’56’,’87’ y ‘88’, campo 9 debe ser positivo
o cero
2. En caso contario, registrar ‘0’

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513072
11

1

Si

No

Tipo de Documento de Identidad del
proveedor

Alfanumérico

1. Obligatorio, excepto cuando
a. campo 6 = ‘00’,’03’,’05’,’06’,’07’,’08’,’11’,’12’,
’13’,’14’,’15’,’16’,’18’,’19’,’22’,’23’,’26’,’28’,’30’,’34’,
’35’,’36’,’37’,’55’,’56’,’87’,’88’, ‘91’, ‘97’ y ‘98’ o
b. campo 6 = ‘07’, ‘08’, ‘87’, ‘88’, ‘97’, ‘98’ y campo
25 = ‘03’, ‘12’, ‘13’, ‘14’ y ‘36’
en cuyos casos será opcional
2. Validar con parámetro tabla 2

12

Hasta 15

Si

No

Número de RUC del proveedor o número
de documento de Identidad, según
corresponda.

Alfanumérico

1. Obligatorio, excepto cuando
a. campo 6 = ‘00’,’03’,’05’,’06’,’07’,’08’,’11’,’12’,
’13’,’14’,’15’,’16’,’18’,’19’,’22’,’23’,’26’,’28’,’30’,’34’,
’35’,’36’,’37’,’55’,’56’,’87’,’88’, ‘91’, ‘97’ y ‘98’ o
b. campo 6 = ‘07’, ‘08’, ‘87’, ‘88’, ‘97’, ‘98’ y campo
25 = ‘03’, ‘12’, ‘13’, ‘14’ y ‘36’
en cuyos casos será opcional
2. Aplicar Regla General (por tipo de doc.)

13

Hasta 100

Si

No

Apellidos y nombres, denominación o razón Alfanumérico
social del proveedor. En caso de personas
naturales se debe consignar los datos en el
siguiente orden: apellido paterno, apellido
materno y nombre completo.

1. Obligatorio, excepto cuando
a. campo 6 = ‘00’,’03’,’05’,’06’,’07’,’08’,’11’,’12’,
’13’,’14’,’15’,’16’,’18’,’19’,’22’,’23’,’26’,’28’,’30’,’34’,
’35’,’36’,’37’,’55’,’56’,’87’,’88’, ‘91’, ‘97’ y ‘98’ o
b. campo 6 = ‘07’, ‘08’, ‘87’, ‘88’, ‘97’, ‘98’ y campo
25 = ‘03’, ‘12’, ‘13’, ‘14’ y ‘36’

14

Hasta 20 No
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

No

Base imponible de las adquisiciones
Numérico
gravadas que dan derecho a crédito scal y/
o saldo a favor por exportación, destinadas
exclusivamente a operaciones gravadas y/o
de exportación

1. Obligatorio
2. Acepta negativos

15

Hasta 20 No
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

No

Monto del Impuesto General a las Ventas
y/o Impuesto de Promoción Municipal

1. Obligatorio
2. Acepta negativos
3. Impuesto que corresponde a la adquisición
registrada conforme lo dispuesto en el campo 14.

16

Hasta 20 No
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

No

Base imponible de las adquisiciones
Numérico
gravadas que dan derecho a crédito scal y/
o saldo a favor por exportación, destinadas
a operaciones gravadas y/o de exportación
y a operaciones no gravadas

1. Obligatorio
2. Si no existe, registrar ‘0.00’
3. Acepta negativos

17

Hasta 20 No
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

No

Monto del Impuesto General a las Ventas
y/o Impuesto de Promoción Municipal

Numérico

1. Obligatorio
2. Si no existe, registrar ‘0.00’
3. Acepta negativos
4. Impuesto que corresponde a la adquisición
registrada conforme lo dispuesto en el campo 15.

18

Hasta 20 No
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

No

Base imponible de las adquisiciones
gravadas que no dan derecho a crédito
scal y/o saldo a favor por exportación,
por no estar destinadas a operaciones
gravadas y/o de exportación.

Numérico

1. Obligatorio
2. Acepta negativos

19

Hasta 20 No
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

No

Monto del Impuesto General a las Ventas
y/o Impuesto de Promoción Municipal

Numérico

1. Obligatorio
2. Acepta negativos
4. Impuesto que corresponde a la adquisición
registrada conforme lo dispuesto en el campo 18.

20

Hasta 20 No
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

No

Valor de las adquisiciones no gravadas

Numérico

1. Obligatorio
2. Acepta negativos

21

Hasta 20 No
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

No

Monto del Impuesto Selectivo al Consumo Numérico
en los casos en que el sujeto pueda
utilizarlo como deducción.

1. Obligatorio
2. Acepta negativos

22

Hasta 20 No
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

No

Otros conceptos, tributos y cargos que no
formen parte de la base imponible.

1. Obligatorio
2. Acepta negativos

Instituto Pacífico

Numérico

Numérico

41
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

23

513073

Hasta 20 Si
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles
1 entero y 3 No
decimales

No

Importe total de las adquisiciones
registradas según comprobante de pago.

No

25

10

Si

No

26

2

Si

No

27

Hasta 20

Si

No

28

3

Si

No

29

Hasta 24

Si

No

30

Hasta 24

Si

No

31

10

No

No

32

Hasta 24

No

No

33

1

Si

No

1. Obligatorio
2. #.###
3. Positivo
Fecha de emisión del comprobante de pago DD/MM/AAAA 1. Obligatorio, si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o
que se modica (4).
‘97’ o ‘98’
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1.
Tipo de comprobante de pago que se
Numérico
1. Obligatorio si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o
modica (4).
‘97’ o ‘98’
2. Validar con parámetro tabla 10
Número de serie del comprobante de pago Alfanumérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o
que se modica (4).
‘97’ o ‘98’
2. Aplicar Regla General (por tipo de doc.)
Código de la dependencia Aduanera de la Alfanumérico 1. Obligatorio si campo 25 = ‘50’ , ‘52’. Validar con
parámetro tabla 11
Declaración Única de Aduanas (DUA) o de
la Declaración Simplicada de Importación
(DSI) .
Número del comprobante de pago que se Alfanumérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o
modica (4).
‘97’ o ‘98’
Número del comprobante de pago emitido Alfanumérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o
por sujeto no domiciliado (5).
‘97’ o ‘98’
Fecha de emisión de la Constancia de
DD/MM/AAAA 1. Menor o igual al mes siguiente del periodo
Depósito de Detracción (6)
informado
2. Menor o igual al mes siguiente del periodo
señalado en el campo 1.
Número de la Constancia de Depósito de Alfanumérico 1. Positivo, de ser numérico
Detracción (6)
Marca del comprobante de pago sujeto a Numérico
1. Obligatorio
retención
2. Si identica el comprobante sujeto a retención
consignar ‘1’, caso contrario ‘0’

34

1

Si

No

24

Tipo de cambio (3).

Numérico

1. Obligatorio
2. Acepta negativos

Numérico

Estado que identica la oportunidad de la Numérico
anotación o indicación si ésta corresponde
a un ajuste.

1. Obligatorio
2. Registrar ‘0’ cuando la operación (anotación
optativa sin efecto en el IGV) corresponde al periodo,
emitidas en el periodo.
3. Registrar ‘1’ cuando se anota el Comprobante de
Pago o documento en el periodo que se emitió o que
se pagó el impuesto, según corresponda.
4. Registrar ‘6’ cuando la fecha de emisión del
Comprobante de Pago o de pago del impuesto, por
operaciones que otorguen derecho a crédito scal,
es anterior al periodo de anotación y esta se produce
dentro de los doce meses siguientes a la emisión o
pago del impuesto, según corresponda.
5. Registrar ‘7’ cuando la fecha de emisión del
Comprobante de Pago o pago del impuesto, por
operaciones que otorgaban derecho a crédito scal,
es anterior al periodo de anotación y esta se produce
luego de los doce meses siguientes a la emisión o
pago del impuesto, según corresponda.
6. Registrar ‘9’ cuando se realice un ajuste o
recticación en la anotación de la información de una
operación registrada en un periodo anterior.
35 al 68 Hasta 200 No
No
Campos de libre utilización.
Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no
incluya ni la información ni los palotes.
(1) Señalar la fecha correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del inciso II del numeral 1 del Artículo 10° del Reglamento de la Ley del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo N.° 029-94-EF, publicado el 29.3.1994 y normas modicatorias.
(2) En caso la anotación corresponda a un ajuste respecto de operaciones registradas antes del 10/07/2011 y siempre que por las mencionadas operaciones
se lleve un sistema de control computarizado que mantenga la información detallada y que permita efectuar la vericación individual de cada documento.
(3) Utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia.
(4) Tratándose de notas de crédito, el monto del ajuste de la base imponible y/o del impuesto o valor, según corresponda, señalados en los referidos documentos, se
consignarán, respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o
de exportación; adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas
a operaciones no gravadas. Tratándose de notas de débito, el monto de la base imponible y/o impuesto o valor, según corresponda, señalados en los referidos
documentos se consignarán, respectivamente, en las columnas indicadas en el párrafo anterior.
(5) Sólo para el caso de utilización de servicios o adquisiciones de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda. En estos casos se deberá registrar la base
imponible correspondiente al monto del impuesto pagado y el referido impuesto. Dicha información se consignará, según corresponda, en las columnas utilizadas para
señalar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación; adquisiciones gravadas destinadas a operaciones
gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas.
(6) Sólo para los casos de detracciones. Es optativo el llenado cuando exista un sistema de enlace que mantenga dicha información y se pueda identicar los
comprobantes de pago respecto de los cuales se efectuó el depósito.

42

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513074
9 Estructura del Registro de Consignaciones
9.1 REGISTRO DE CONSIGNACIONES - PARA EL CONSIGNADOR - CONTROL DE BIENES ENTREGADOS EN CONSIGNACIÓN
Campo

Long.

Obligatorio Llave
única

1

8

Si

Si

2

1

Si

3

2

4

Descripción

Formato

Observaciones

Periodo

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMM00
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo
22 es igual a ‘1’
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 22 es diferente a ‘1’

Si

Código del catálogo utilizado

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 13

Si

Si

Tipo de existencia

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 5

Hasta 24

Si

Si

Código de la existencia

5

Hasta 40

Si

Si

1. Contribuyentes del Régimen General: Código Alfanumérico 1. Obligatorio
Único de la Operación (CUO), que es la llave
única o clave única o clave primaria del sofware
contable que identica de manera únivoca el
asiento contable en el Libro Diario o en el Libro
Diario de Formato Simplicado en que se registró
la operación.
2. Contribuyentes del Régimen Especial de Renta
- RER: Número correlativo del mes.

6

Hasta 80

Si

No

Nombre de la existencia

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Si campo2 = 3 o 9 entonces campo6 será <> “-“
3. Si campo2 <> 3 o 9 entonces campo6 “-“

7

Hasta 3

Si

No

Código de la unidad de medida

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 6

8

10

Si

No

Fecha de emisión de la guía de remisión emitido DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
por el consignador
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1.

9

Hasta 20

Si

No

Serie de la guía de remisión emitido por el
consignador, con la que entrega los bienes al
consignatario o se recibe los bienes no vendidos
por el consignatario

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo

10

Hasta 24

Si

No

Número de la guía de remisión emitido por el
consignador, con la que entrega los bienes al
consignatario o se recibe los bienes no vendidos
por el consignatario

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo

11

2

Si

No

Tipo de Comprobante de Pago o Documento
emitido por el consignador

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 10
3. Si no existe registrar ‘00’

12

10

No

No

Fecha de emisión del comprobante emitido por el DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
consignador
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1.

13

Hasta 20

Si

No

Serie del Comprobante de Pago emitido por el
consignador (1)

14

Hasta 24

Si

No

Número del Comprobante de Pago emitido por el Alfanumérico 1. Obligatorio
consignador (1)
2. Si no existe registrar ‘0’

15

10

Si

No

Fecha de entrega o devolución del bien

16

1

Si

No

Tipo de documento de identidad del consignatario Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 2

17

Hasta 15

Si

No

Número de RUC del consignatario o del
documento de identidad

Alfanumérico 1. Obligatorio

18

Hasta 100

Si

No

Apellidos y Nombres, Denominación o Razón
Social del consignatario

Alfanumérico 1. Obligatorio

19

Hasta 12
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas de
miles

Si

No

Cantidad de bienes entregados en consignación
(la primera tupla corresponde al saldo inicial)

3. No acepta valor por default

Instituto Pacífico

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Según catálogo utilizado (campo 2)

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Si no existe registrar ‘0’

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1.

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Si no existe registrar ‘0.00’
4. Es excluyente de los campos 20 y 21
5. Campo 19, 20 y 21 no pueden ser todos 0.00

43
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513075

20

Hasta 12
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas de
miles

Si

No

Cantidad de bienes devueltos por el consignatario

Numérico

1. Obligatorio
2. Negativo o ‘0.00’
3. Si no existe registrar ‘0.00’
4. Es excluyente de los campos 19 y 21
5. Campo 19, 20 y 21 no pueden ser todos 0.00

21

Hasta 12
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas de
miles

Si

No

Cantidad de bienes vendidos

Numérico

1. Obligatorio
2. Negativo o ‘0.00’
3. Si no existe registrar ‘0.00’
4. Es excluyente de los campos 19 y 20
5. Campo 19, 20 y 21 no pueden ser todos 0.00

22

1

Si

No

Indica el estado de la operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde
al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho
periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho
periodo.

23 al 44

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos,
no incluya ni la información ni los palotes.

9.2 REGISTRO DE CONSIGNACIONES - PARA EL CONSIGNATARIO - CONTROL DE BIENES RECIBIDOS EN CONSIGNACIÓN
Campo
1

8

Si

Si

2

1

Si

3

2

4

Formato

Observaciones

Periodo

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMM00
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo
21 es igual a ‘1’
6. Si periodo es menor a periodo informado,
entonces campo 21 es diferente a ‘1’

Si

Código del catálogo utilizado

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 13

Si

Si

Tipo de existencia

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 5

Hasta 24

Si

Si

Código de la existencia

5

Hasta 40

Si

Si

1. Contribuyentes del Régimen General: Código Alfanumérico 1. Obligatorio
Único de la Operación (CUO), que es la llave
única o clave única o clave primaria del sofware
contable que identica de manera únivoca el
asiento contable en el Libro Diario o en el Libro
Diario de Formato Simplicado en que se registró
la operación.
2. Contribuyentes del Régimen Especial de Renta
- RER: Número correlativo del mes.

6

Hasta 80

Si

No

Nombre de la existencia

Alfanumérico 1. Obligatorio cuando campo 2 = ‘3’ o ‘9’, en caso
contrario registrar ‘-’

7

Hasta 3

Si

No

Código de la unidad de medida

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 6

8

10

Si

No

Fecha de emisión de la guía de remisión emitida DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
por el consignador
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1.
4. Si no existe registrar fecha default (01/01/0001)

9

Hasta 20

Si

No

Serie de la guía de remisión emitido por el
consignador, con la que se reciben los bienes
o se devuelven al consignador los bienes no
vendidos

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo
3. Si no existe registrar ‘0’

10

Hasta 24

Si

No

Número de la guía de remisión emitido por el
consignador, con la que se reciben los bienes
o se devuelven al consignador los bienes no
vendidos

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo
3. Si no existe registrar ‘0’

11

44

Long.

Obligatorio Llave
única

Descripción

2

Si

No

Tipo de Comprobante de Pago o Documento
emitido por el consignatario, por la venta de los
bienes recibidos en consignación

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 10
3. Si no existe registrar ‘00’

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Según catálogo utilizado (campo 2)

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513076
12

10

Si

No

Fecha de emisión del comprobante emitido por el DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
consignatario, por la venta de los bienes recibidos
2. Menor o igual al periodo informado
en consignación
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1.
4. Si no existe registrar fecha default (01/01/0001)

13

Hasta 20

Si

No

Serie del Comprobante de Pago emitido por el
Alfanumérico 1. Obligatorio
consignatario, por la venta de los bienes recibidos
2. Positivo, de ser numérico
en consignación (2)
3. Si no existe registrar ‘0’

14

Hasta 24

Si

No

Número del Comprobante de Pago emitido por el Alfanumérico 1. Obligatorio
consignatario, por la venta de los bienes recibidos
2. Positivo, de ser numérico
en consignación (2)
3. Si no existe registrar ‘0’

15

10

Si

No

Fecha de recepción, devolución o venta del bien

16

11

Si

No

Número de RUC del consignador

17

Hasta 100

Si

No

Apellidos y Nombres, Denominación o Razón
Social del consignador

18

Hasta 12
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas de
miles

Si

No

Cantidad de bienes recibidos en consignación
o por devolución del cliente (la primera tupla
corresponde al saldo inicial)

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Si no existe registrar ‘0’
4. Es excluyente de los campos 19 y 20

19

Hasta 12
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas de
miles

Si

No

Cantidad de bienes devueltos al consignador

Numérico

1. Obligatorio
2. Negativo o ‘0.00’
3. Si no existe registrar ‘0’
4. Es excluyente de los campos 18 y 20

20

Hasta 12
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas de
miles

Si

No

Cantidad de bienes vendidos por el consignatario

Numérico

1. Obligatorio
2. Negativo o ‘0.00’
3. Si no existe registrar ‘0’
4. Es excluyente de los campos 18 y 19

21

1

Si

No

Indica el estado de la operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde
al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho
periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho
periodo.

22 al 42

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1.
Numérico

1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc. Para tipo
= ‘06’)

Alfanumérico 1. Obligatorio

Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos,
no incluya ni la información ni los palotes.

(1) Una vez perfeccionada la venta de bienes por parte del consignatario; en este caso, deberá anotarse en los campos 9 y 10 , la serie y el número de la guía de
remisión con la que se emitieron los referidos bienes al consignatario
(2) Deberá anotarse en los campos 9 y 10 la serie y el número de la guia de remisión con la que recibió los referidos bienes del consignador

10 Estructura del Registro de Costos
10.1 REGISTRO DE COSTOS - ESTADO DE COSTO DE VENTAS ANUAL
Campo
1

Long.
8

Obligatorio

Llave
única

Si

Si

Descripción
Ejercicio

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAA0000
3. AAAA >= 2010
4. Se entiende que la información es a partir
del 01 de enero del ejercicio o desde el inicio
de actividades, cuando corresponda
5. Si el ejercicio es igual al ejercicio informado,
campo 6 es igual a ‘1’
6. Si el ejercicio es menor al ejercicio
informado, entonces campo 6 es diferente a ‘1’

2

Instituto Pacífico

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Costo del inventario inicial de productos Numérico
terminados contable

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

45
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513077

3

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Costo de producción de productos
terminados contable

4

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Costos del inventario nal de productos Numérico
terminados disponibles para la venta
contable

1. Obligatorio
2. Negativo o ‘0.00’

5

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Ajustes diversos contables

Numérico

1. Obligatorio

6

1

Si

No

Indica el estado de la operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha
sido anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Alfanumérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

7 al 12

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

10.2 REGISTRO DE COSTOS - ELEMENTOS DEL COSTO MENSUAL
Campo
1

Long.
8

Obligatorio

Llave
única

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMM00
3. AAAA >= 2010
4. 01 <= MM <= 12. Se entiende que la
información es a partir del 01 de enero del
ejercicio o desde el inicio de actividades,
cuando corresponda
5. Si el periodo corresponde al ejercicio
informado, campo 8 es igual a ‘1’
6. Si el periodo es menor al ejercicio
informado, entonces campo 8 es diferente a ‘1’

2

Si

No

Costo de Materiales y Suministros
Directos

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

3

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Costo de la Mano de Obra Directa

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

4

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Otros Costos Directos

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

5

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Gastos de Producción Indirectos:
Materiales y Suministros Indirectos

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

6

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Gastos de Producción Indirectos:Mano Numérico
de Obra Indirecta

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

7

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Otros Gastos de Producción Indirectos

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

8

46

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

1

Si

No

Indica el estado de la operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha
sido anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513078
9 al 16

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Alfanumérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

10.3 REGISTRO DE COSTOS - ESTADO DE COSTO DE PRODUCCION VALORIZADO ANUAL
Campo
1

Long.
8

Obligatorio

Llave
única

Si

Si

Descripción
Ejercicio

Formato
Numérico

Observaciones
1. Obligatorio
2. Validar formato AAAA0000
3. AAAA >= 2010
4. Se entiende que la información es a partir
del 01 de enero del ejercicio o desde el inicio
de actividades, cuando corresponda
5. Si el ejercicio es igual al ejercicio informado,
campo 13 es igual a ‘1’
6. Si el ejercicio es menor al ejercicio
informado, entonces campo 13 es diferente
a ‘1’

2

Hasta 10

Si

Si

Código de identicación del Proceso
informado (La información podrá
agruparse optativamente por proceso
productivo, línea de producción,
producto o proyecto)

Alfanumérico

1. Obligatorio

3

Hasta 100

Si

No

Descripción del Proceso informado

Alfanumérico

1. Obligatorio

4

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Costos de los Materiales y Suministros Numérico
Directos

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

5

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Costos la Mano de Obra Directa

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

6

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Otros Costos Directos

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

7

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Gastos de Producción Indirectos:
Materiales y Suministros Indirectos

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

8

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Gastos de Producción Indirectos: Mano Numérico
de Obra Indirecta

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

9

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Otros Gastos de Producción Indirectos

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

10

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Inventario inicial de productos en
proceso

Numérico

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’

11

Hasta 20
enteros y hasta
2 decimales, sin
comas de miles

Si

No

Inventario nal de productos en proceso Numérico

1. Obligatorio
2. Negativo o ‘0.00’

12

1

Si

No

Código de agrupamiento del costo de
producción valorizado anual

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 21

13

1

Si

No

Indica el estado de la operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y NO ha
sido anotada en dicho periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y SI ha sido
anotada en dicho periodo.

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Alfanumérico

1. En caso de no tener la necesidad de
utilizarlos, no incluya ni la información ni los
palotes.

14 al 26

Instituto Pacífico

47
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513079

12 Estructura del Registro de Inventario permanente en Unidades Físicas
12.1 REGISTRO DEL INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS - DETALLE DEL INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS
Campo

Long.

Obligatorio

Llave única

Descripción

Formato

Observaciones

1

8

Si

Si

Periodo

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMM00
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo
informado
5. Si el periodo es igual a periodo
informado, campo 18 es igual a ‘1’
6. Si periodo es menor a periodo
informado, entonces campo 18 es
diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la Operación (CUO), que es
la llave única o clave única o clave primaria
del sofware contable que identica de manera
únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo
consignado en el Libro Diario.

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Si el campo 18 es igual a ‘1’,
consignar el Código Único de la
Operación (CUO) de la operación
que se está informando
3. Si el campo 18 es igual a ‘8’,
consignar el Código Único de la
Operación (CUO) que corresponda
al periodo en que se omitió la
anotación. Para modicaciones
posteriores se hará referencia a
este Código Único de la Operación
(CUO).
4. Si el campo 18 es igual a ‘9’,
consignar el Código Único de la
Operación (CUO) de la operación
original que se modica

3

De 2 hasta 10 Si

Si

Número correlativo del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio, “M” para los asientos
de movimientos o ajustes del mes o “C” para el
asiento de cierre del ejercicio.

4

Hasta 7

Si

Código de establecimiento anexo:
Numérico
1. Los cuatro primeros dígitos son obligatorios y
corresponden al código de establecimiento anexo
según el Registro Único de Contribuyentes.

Si

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A,
MoC

1. Obligatorio
2. Como mínimo consignar ####
3. Positivo

2. En caso el almacén se encuentre ubicado en
el establecimiento de un tercero o no sea posible
incluirlo como un establecimiento anexo, los
cuatro primeros números serán: “9999”
3. De la posición 5 a la 7 registrar un correlativo,
de ser necesario
5

1

Si

Si

Código del catálogo utilizado. Sólo se podrá
incluir las opciones 3 y 9 de la tabla 13.

Numérico

1. Obligatorio
2. No acepta el valor 1.
3. Validar con parámetro tabla 13

6

2

Si

Si

Tipo de existencia

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 5

7

Hasta 24

Si

Si

Código propio de la existencia correspondiente al Alfanumérico 1. Obligatorio
catálogo señalado en el campo 5.

8

8

Si

Si

Código de la existencia, de acuerdo al Catálogo Numérico
de Bienes, Servicios y Obras (*) establecido por
el Organismo Supervisor de las Contrataciones
del Estado (OSCE) y vigente al 01 de enero de
cada año.

9

10

Si

Si

Fecha de emisión del documento de traslado,
comprobante de pago, documento interno o
similar

10

2

Si

Si

Tipo del documento de traslado, comprobante de Numérico
pago, documento interno o similar

3. No acepta valor por default

2. No acepta valor por default

48

1. Obligatorio

DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
2. Menor o igual al periodo
informado
3. Menor o igual al periodo señalado
en el campo 1.
1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 10
3. Si campo 13 = ‘01’, ‘02, ‘03, ‘04’,
‘05’ o ‘06’, campo 10 <> ‘00’
4. En caso contrario campo 10
puede tomar cualquier valor de la
tabla 10, incluyendo ‘00’

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513080
11

Hasta 20

Si

Si

Número de serie del documento de traslado,
comprobante de pago, documento interno o
similar

Alfanumérico 1. Obligatorio, si campo 13 = ‘01’,
‘02, ‘03, ‘04’, ‘05’ o ‘06’
2. Si no existe registrar ‘0’
3. Positivo, de ser numérico

12

Hasta 24

Si

Si

Número del documento de traslado, comprobante Alfanumérico 1. Obligatorio, si campo 13 = ‘01’,
de pago, documento interno o similar
‘02, ‘03, ‘04’, ‘05’ o ‘06’
2. Si no existe registrar ‘0’
3. Positivo, de ser numérico

13

2

Si

Si

Tipo de operación efectuada

Numérico

14

Hasta 80

Si

No

Descripción de la existencia

Alfanumérico 1. Obligatorio

15

Hasta 3

Si

No

Código de la unidad de medida

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 6

16

Hasta 12
Si
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas de
miles

No

Entradas de las unidades físicas (la primera tupla Numérico
corresponde al saldo inicial)

1. Obligatorio
2. Positivo o ‘0.00’
3. Excepcionalemnte puede ser
negativo
4. Excluyente con campo 16

17

Hasta 12
Si
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas de
miles

No

Salidas de las unidades físicas

Numérico

1. Obligatorio
2. Negativo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente puede ser
positivo
4. Excluyente con campo 15

18

1

Si

No

Indica el estado de la operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación
corresponde al periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior
y NO ha sido anotada en dicho
periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación
corresponde a un periodo anterior y
SI ha sido anotada en dicho periodo.

19 al 38

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad
de utilizarlos, no incluya ni la
información ni los palotes.

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 12

(*) El Catálogo de Naciones Unidas es el mismo que se hace referencia en la Tabla 13 “Catálogo de Existencias”.

13 Estructura del Registro de Inventario Permanente Valorizado
13.1 REGISTRO DEL INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO - DETALLE DEL INVENTARIO VALORIZADO
Campo

Long.

Obligatorio

Llave
única

Descripción

Formato

Observaciones

1

8

Si

Si

Periodo

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMM00
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo
26 es igual a ‘1’
6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces
campo 26 es diferente a ‘1’

2

Hasta 40

Si

Si

Código Único de la Operación (CUO),
Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Si el campo 26 es igual a ‘1’, consignar el Código
que es la llave única o clave única o clave
primaria del sofware contable que identica
Único de la Operación (CUO) de la operación que se
de manera únivoca el asiento contable en el
está informando
Libro Diario en que se registró la operación.
3. Si el campo 26 es igual a ‘8’, consignar el Código
Único de la Operación (CUO) que corresponda
al periodo en que se omitió la anotación. Para
modicaciones posteriores se hará referencia a este
Código Único de la Operación (CUO).
4. Si el campo 26 es igual a ‘9’, consignar el Código
Único de la Operación (CUO) de la operación original
que se modica

Instituto Pacífico

49
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513081

3

De 2 hasta
10

Si

Si

Número correlativo del asiento contable
identicado en el campo 2.
El primer dígito debe ser: “A” para el
asiento de apertura del ejercicio, “M” para
los asientos de movimientos o ajustes del
mes o “C” para el asiento de cierre del
ejercicio.

4

Hasta 7

Si

Si

Código de establecimiento anexo:
1. Los cuatro primeros dígitos son
obligatorios y corresponden al código de
establecimiento anexo según el Registro
Único de Contribuyentes

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. El primer dígito debe ser: A, M o C

Numérico

1. Obligatorio
2. Como mínimo consignar ####
3. Positivo

2. En caso el almacén se encuentre
ubicado en el establecimiento de un
tercero o no sea posible incluirlo como un
establecimiento anexo, los cuatro primeros
números serán: “9999”
3. De la posición 5 a la 7 registrar un
correlativo, de ser necesario
5

Si

Si

Código del catálogo utilizado. Sólo se podrá
incluir las opciones 3 y 9 de la tabla 13.

Numérico

1. Obligatorio
2. No acepta el valor 1.
3. Validar con parámetro tabla 13

6

2

Si

Si

Tipo de existencia

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 5

7

Hasta 24

Si

Si

Código propio de la existencia
correspondiente al catálogo señalado en
el campo 5.

8

8

Si

Si

Código de la existencia, de acuerdo al
Catálogo de Bienes, Servicios y Obras (*)
establecido por el Organismo Supervisor
de las Contrataciones del Estado (OSCE) y
vigente al 01 de enero de cada año.

9

10

Si

Si

Fecha de emisión del documento de
DD/MM/AAAA 1. Obligatorio
traslado, comprobante de pago, documento
2. Menor o igual al periodo informado
interno o similar
3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1.

10

2

Si

Si

Tipo del documento de traslado,
comprobante de pago, documento interno
o similar

11

Hasta 20

Si

Si

Número de serie del documento de
Alfanumérico 1. Obligatorio, si campo 13 = ‘01’, ‘02, ‘03, ‘04’, ‘05’
traslado, comprobante de pago, documento
o ‘06’
interno o similar
2. Si no existe registrar ‘0’
3. Positivo, de ser numérico

12

Hasta 24

Si

Si

Número del documento de traslado,
comprobante de pago, documento interno
o similar

13

2

Si

Si

Tipo de operación efectuada

14

Hasta 80

Si

No

Descripción de la existencia

Alfanumérico 1. Obligatorio

15

Hasta 3

Si

No

Código de la unidad de medida

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 6

16

1

Si

No

Código del Método de valuación de
existencias aplicado

Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 14

17

50

1

Hasta 12
enteros
y hasta 8
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Cantidad de unidades físicas del bien
ingresado (la primera tupla corresponde al
saldo inicial)

Numérico

1. Obligatorio
2. Excepcionalmente puede ser negativo

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Según catálogo utilizado (campo 5)

Numérico

Numérico

1. Obligatorio

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 10
3. Si campo 13 = ‘01’, ‘02, ‘03, ‘04’, ‘05’ o ‘06’, campo
9 <> ‘00’
4. En caso contrario campo 10 puede tomar cualquier
valor de la tabla 10, incluyendo ‘00’

Alfanumérico 1. Obligatorio, si campo 13 = ‘01’, ‘02, ‘03, ‘04’, ‘05’
o ‘06’
2. Si no existe registrar ‘0’
3. Positivo, de ser numérico
Numérico

1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 12

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513082
18

Hasta 12
enteros
y hasta 8
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Costo unitario del bien ingresado

Numérico

1. Obligatorio si campo 17 <> ‘0.00’
2. Positivo o ‘0.00’

19

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Costo total del bien ingresado

Numérico

1. Obligatorio
2. Producto del campo 17 y del campo 18
3. Excepcionalmente puede ser negativo

20

Hasta 12
enteros
y hasta 8
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Cantidad de unidades físicas del bien
retirado

Numérico

1. Obligatorio
2. Negativo o ‘0.00’
3. Excepcionalmente puede ser positivo

21

Hasta 12
enteros
y hasta 8
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Costo unitario del bien retirado

Numérico

1. Obligatorio si campo 20 <> ‘0.00’
2. Positivo o ‘0.00’

22

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Costo total del bien retirado

Numérico

1. Obligatorio
2. Producto del campo 20 y del campo 21
3. Excepcionalmente puede ser positivo

23

Hasta 12
enteros
y hasta 8
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Cantidad de unidades físicas del saldo nal

Numérico

1. Obligatorio
2. Excepcionalmente puede ser negativo

24

Hasta 12
enteros
y hasta 8
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Costo unitario del saldo nal

Numérico

1. Obligatorio si campo 23 <> ‘0.00’
2. Positivo o ‘0.00’

25

Hasta 20
enteros
y hasta 2
decimales,
sin comas
de miles

Si

No

Costo total del saldo nal

Numérico

1. Obligatorio
2. Producto del campo 23 y del campo 24
3. Excepcionalmente puede ser negativo

26

1

Si

No

Indica el estado de la operación

Numérico

1. Obligatorio
2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al
periodo.
3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho
periodo.
4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a
un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho
periodo.

27 al 54

Hasta 200

No

No

Campos de libre utilización.

Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no
incluya ni la información ni los palotes.

14 Estructura del Registro de Ventas e Ingresos
14.1 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
Campo

Long.

Obligatorio

Llave
única

1

8

Si

Si

Descripción
Periodo

Formato

Observaciones

Numérico 1. Obligatorio
2. Validar formato AAAAMM00
3. 01 <= MM <= 12
4. Menor o igual al periodo informado
5. Si el periodo es igual a periodo
informado, campo 29 es igual a ‘1’ o ‘2’
6. Si periodo es menor a periodo
informado, entonces campo 29 es diferente
a a ‘1’

Instituto Pacífico

51
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

2

Hasta 40

513083
Si

Si

1. Contribuyentes del Régimen
Alfanumérico 1. Obligatorio
General: Número correlativo
2. Si el campo 29 es igual a ‘0’, ‘1’ o ‘2’,
del mes o Código Único de la
consignar el Código Único de la Operación
(CUO) o número correlativo de la operación
Operación (CUO), que es la
llave única o clave única o clave
que se está informando
primaria del sofware contable que
identica de manera únivoca el
asiento contable en el Libro Diario
o del Libro Diario de Formato
Simplicado en que se registró la
operación.
2. Contribuyentes del Régimen
Especial de Renta - RER: Número
correlativo del mes.
3. Si el campo 29 es igual a ‘8’, consignar
el Código Único de la Operación (CUO)
o número correlativo que corresponda al
periodo en que se omitió la anotación.
Para modicaciones posteriores se hará
referencia a este Código Único de la
Operación (CUO) o número correlativo
4. Si el campo 29 es igual a ‘9’, consignar
el Código Único de la Operación (CUO) o
número correlativo de la operación original
que se modica

3

De 2 hasta 10

Si

Si

Número correlativo del asiento
Alfanumérico 1. Obligatorio
contable identicado en el campo
2. El primer dígito debe ser: A, M o C
2, cuando se utilice el Código Único
3. No se registra nada en este campo en
de la Operación (CUO). El primer
los casos de Contribuyentes del RER.
dígito debe ser: “A” para el asiento
de apertura del ejercicio, “M”
para los asientos de movimientos
o ajustes del mes o “C” para el
asiento de cierre del ejercicio.

4

10

Si

No

Fecha de emisión del Comprobante
de Pago

DD/MM/
AAAA

1. Obligatorio, excepto cuando el campo
29 = ‘2’
2. Menor o igual al periodo informado
3. Menor o igual al periodo señalado en el
campo 1.

5

10

No

No

Fecha de Vencimiento o Fecha de
Pago (1)

DD/MM/
AAAA

1. Solo es obligatorio cuando el campo 5 =
‘14’ y campo 29 <> ‘2’
2. Menor o igual al mes siguiente del
periodo informado
3. Menor o igual al mes siguiente del
periodo señalado en el campo 1.

6

2

Si

No

Tipo de Comprobante de Pago o
Documento

Numérico 1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 10

7

Hasta 20

Si

No

Número serie del comprobante de
pago o documento o número de
serie de la maquina registradora

8

Hasta 24

Si

No

Número del comprobante de pago o Alfanumérico 1. Obligatorio
documento.
2. Aplicar Regla General (por tipo de doc.)
Para efectos del registro de tickets
o cintas emitidos por máquinas
registradoras que no otorguen
derecho a crédito scal de acuerdo
a las normas de Comprobantes de
Pago y opten por anotar el importe
total de las operaciones realizadas
por día y por máquina registradora,
registrar el número inicial (2)

Alfanumérico 1. Obligatorio
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

Tratándose del IVAP, el usuario
del servicio de pilado anotará la
constancia de depósito por los
retiros de bienes que hubiere
efectuado
9

52

Hasta 24

No

No

Para efectos del registro de tickets
o cintas emitidos por máquinas
registradoras que no otorguen
derecho a crédito scal de acuerdo
a las normas de Comprobantes de
Pago y opten por anotar el importe
total de las operaciones realizadas
por día y por máquina registradora,
registrar el número nal (2).

Numérico

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513084
10

1

Si

No

Tipo de Documento de Identidad
del cliente

Alfanumérico 1. Obligatorio, excepto cuando
a. campo 5 = ‘00’,’05’,’06’,’07’,’08’,’11’,’1
2’,’13’,’14’,’15’,’16’,’18’,’19’,’23’,’26’,’28’,’30’,
’34’,’35’,’36’,’37’,’55’,’56’,’87’ y ‘88’ o
b. campo 29 = ‘2’ o
c. campo 6 = ‘07’, ‘08’, ‘87’, ‘88’, ‘97’, ‘98’
y campo 29 = ‘03’, ‘12’, ‘13’, ‘14’ y ‘36’
d. campo 13 > 0.00
e. campo 22 < 1500.00
2. Validar con parámetro tabla 2

11

Hasta 15

Si

No

Número de Documento de Identidad Alfanumérico 1. Obligatorio excepto cuando
del cliente
a. campo 5 = ‘00’,’03’,’05’,’06’,’07’,’08’,’1
1’,’12’,’13’,’14’,’15’,’16’,’18’,’19’,’23’,’26’,’28’,
’30’,’34’,’35’,’36’,’37’,’55’,’56’,’87’ y ‘88’ o
b. campo 30 = ‘2’ o
c. campo 5 = ‘07’, ‘08’, ‘87’, ‘88’, ‘97’, ‘98’
y campo 27 = ‘03’, ‘12’, ‘13’, ‘14’ y ‘36’
d. campo 13 > 0.00
e. campo 22 < 1500.00
2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.)

12

Hasta 100

Si

No

Apellidos y nombres, denominación Alfanumérico 1. Obligatorio excepto cuando
o razón social del cliente. En caso
a. campo 5 = ‘00’,’03’,’05’,’06’,’07’,’08’,’1
de personas naturales se debe
1’,’12’,’13’,’14’,’15’,’16’,’18’,’19’,’23’,’26’,’28’,
’30’,’34’,’35’,’36’,’37’,’55’,’56’,’87’ y ‘88’ o
consignar los datos en el siguiente
b. campo 30 = ‘2’ o
orden: Apellido paterno, apellido
materno y nombre completo.
c. campo 5 = ‘07’, ‘08’, ‘87’, ‘88’, ‘97’, ‘98’
y campo 30 = ‘03’, ‘12’, ‘13’, ‘14’ y ‘36’
d. campo 12 > 0.00
e. campo 22 < 1500.00

13

Hasta 20 enteros y hasta
2 decimales, sin comas
de miles

Si

No

Valor facturado de la exportación

Numérico

14

Hasta 20 enteros y hasta
2 decimales, sin comas
de miles

Si

No

Base imponible de la operación
gravada (4)

Numérico

15

Hasta 20 enteros y hasta
2 decimales, sin comas
de miles

Si

No

Importe total de la operación
exonerada

Numérico 1. Acepta negativos

16

Hasta 20 enteros y hasta
2 decimales, sin comas
de miles

Si

No

Importe total de la operación
inafecta

Numérico 1. Acepta negativos

17

Hasta 20 enteros y hasta
2 decimales, sin comas
de miles

Si

No

Impuesto Selectivo al Consumo, de
ser el caso.

Numérico 1. Acepta negativos

18

Hasta 20 enteros y hasta
2 decimales, sin comas
de miles

Si

No

Impuesto General a las Ventas y/o
Impuesto de Promoción Municipal

Numérico 1. Acepta negativos

19

Hasta 20 enteros y hasta
2 decimales, sin comas
de miles

Si

No

Base imponible de la operación
gravada con el Impuesto a las
Ventas del Arroz Pilado

Numérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘40’ y campo
29 <> ‘2’
2. Acepta negativos

20

Hasta 20 enteros y hasta
2 decimales, sin comas
de miles

Si

No

Impuesto a las Ventas del Arroz
Pilado

Numérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘40’ y campo
29 <> ‘2’
2. Acepta negativos

21

Hasta 20 enteros y hasta
2 decimales, sin comas
de miles

Si

No

Otros conceptos, tributos y cargos
que no forman parte de la base
imponible

Numérico

22

Hasta 20 enteros y hasta
2 decimales, sin comas
de miles

Si

No

Importe total del comprobante de
pago

Numérico 1. Acepta negativos

23

1 entero y 3 decimales

Si

No

Tipo de cambio (5)

Numérico 1. #.###
2. Positivo

24

10

Si

No

Fecha de emisión del comprobante
de pago o documento original
que se modica (6) o documento
referencial al documento que
sustenta el crédito scal

DD/MM/
AAAA

1. Obligatorio
2. Si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o ‘97’
o ‘98’ y campo 29 <> ‘2’
3. Menor o igual al periodo informado
4. Menor o igual al periodo señalado en el
campo 1.

25

Instituto Pacífico

2

Si

No

Tipo del comprobante de pago que
se modica (6)

Numérico 1. Obligatorio
2. Validar con parámetro tabla 10
3. Si campo 5 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o ‘97’
o ‘98’ y campo 29 <> ‘2’, campo 27 <> ‘00’
4. En caso contrario campo 28 = ‘00’

53
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

26

Hasta 20

513085

Número de serie del comprobante Alfanumérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’
de pago que se modica (6)
o ‘88’ o ‘97’ o ‘98’ y campo 29 <> ‘2’
513085
o Código de la Dependencia
Aduanera
26
Hasta 20
Si
No
Número de serie del comprobante Alfanumérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’
de pago que se modica (6)
o ‘88’ o ‘97’ o ‘98’ y campo 29 <> ‘2’
27
Hasta 24
Si
No o Código de la comprobante de pago Alfanumérico 1. Obligatorio
Número del Dependencia
que se
2. Positivo, de ser numérico
Aduanera modica (6) o Número de la
DUA, de corresponder
3. Si campo 5 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o
‘97’ o ‘98’ y campo 30 <> ‘2’ => registrar
27
Hasta 24
Si
No
Número del comprobante de pago Alfanumérico 1. Obligatorio<> ‘-’
campo 29
que se modica (6) o Número de la
2. Positivo, decontrario registrar ‘-’
4. En caso ser numérico
DUA, de corresponder
3. Si campo 5 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o
Si
No
Valor embarcado de la exportación Numérico 1. Obligatorio si campo 25 = 50 o 52
28
Hasta 20 enteros y hasta
‘97’ o ‘98’ y campo 30 <> ‘2’ => registrar
2 decimales, sin comas
campo 29 <> ‘-’
de miles
4. En caso contrario registrar ‘-’
29
1
Si
No
Estado que identica la oportunidad Numérico 1. Obligatorio
28
Hasta 20 enteros y hasta
Si
No
Valor embarcado de la exportación Numérico 1. Obligatorio si campo 25 = 50 o 52
de la anotación o indicación si
2. Registrar ‘0’ cuando la operación
2 decimales, sin comas
(anotación optativa sin efecto en el IGV)
ésta corresponde a alguna de las
de miles
situaciones previstas en el inciso
corresponde al periodo, emitidas en el
29
1
Si
No
Estado que identica lala Resolución Numérico 1. Obligatorio
e) del artículo 8° de oportunidad
periodo.
dede anotación o indicación286la Superintendencia N.° si
2. Registrar ‘0’ ‘1’ cuando operación (ventas
3. Registrar cuando la la operación
ésta corresponde a alguna de las
(anotación optativa sin efecto en el IGV)
2009/SUNAT
gravadas, exoneradas, inafectas y/o
situaciones previstas en el inciso
corresponde al periodo, emitidas en el
exportaciones) corresponde al periodo,
periodo.
e) del artículo 8° de la Resolución
así como a las Notas de Crédito y Débito
de Superintendencia N.° 2863. Registraren el periodo. operación (ventas
emitidas ‘1’ cuando la
2009/SUNAT
gravadas, exoneradas, inafectas y/o
4. Registrar ‘2’ cuando el documento
exportaciones) corresponde al periodo,
ha sido inutilizado durante el periodo
asípreviamente Notas entregado, emitido o
como a las a ser de Crédito y Débito
emitidas en elemisión.
durante su periodo.
4. Registrar ‘2’ ‘8’ cuando documento (ventas
5. Registrar cuando el la operación
hagravadas, exoneradas, inafectas y/o
sido inutilizado durante el periodo
previamente a sercorrespondeemitido o
exportaciones) entregado, a un periodo
durante su y NO ha sido anotada en dicho
anterior emisión.
5. Registrar ‘8’ cuando la operación (ventas
periodo.
gravadas, exoneradas, inafectas y/o (ventas
6. Registrar ‘9’ cuando la operación
exportaciones) corresponde a un periodo
gravadas, exoneradas, inafectas y/o
anterior y NO ha sido anotada enun periodo
exportaciones) corresponde a dicho
periodo. y SI ha sido anotada en dicho
anterior
6. Registrar ‘9’ cuando la operación (ventas
periodo.
gravadas, exoneradas, inafectas y/o
30 al 58
Hasta 200
No
No
Campos de libre utilización.
Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de
exportaciones) corresponde a un periodo
utilizarlos, no incluya ni la información ni
anterior y SI ha sido anotada en dicho
los palotes.
periodo.
(1) En los casos de comprobantes de pago emitidos por empresas de servicios públicos.
30 al 58
Hasta 200
No
No
Campos de libre utilización.
Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de
(2) También podrá efectuarse la anotación de manera consolidada cuando ésta corresponda a alguna de las situaciones previstas en el inciso e) del artículo 8° de la
utilizarlos, no incluya ni la información ni
Resolución de Superintendencia N.° 286-2009/SUNAT respecto de operaciones registradas antes del 10/07/2011 por las que se emitieron comprobantes de pago que
los palotes.
no otorgan derecho a crédito scal diferentes a los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras y siempre que por las mencionadas operaciones se lleve un
(1)sistemacasos de comprobantes deque mantenga la información detallada y que permita efectuar la vericación individual de cada documento.
En los de control computarizado pago emitidos por empresas de servicios públicos.
(2)En el caso podrá efectuarse la anotación de manera consolidada cuando ésta corresponda a alguna de las situacionesS/ 1,500.00. el inciso e) del artículo 8° de la
También de las Boletas de Venta se deberá registrar de manera detallada cuando el monto total sea igual o mayor a previstas en
Resolución de Superintendencia N.° 286-2009/SUNATdebe identicar al adquiriente o usuario, de acuerdo al numerallas que se emitieronReglamento de de pago que
(3) En aquellas operaciones mayores a S/. 700, se respecto de operaciones registradas antes del 10/07/2011 por 3.10 del art. 8° del comprobantes Comprobantes
node Pago,derecho a crédito scal diferentes a los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras y siempre que por las mencionadas operaciones se lleve un
otorgan de corresponder
sistema de controlser una operación gravada con la información detallada Consumo (ISC), no debe incluir el monto de dicho impuesto.
(4) En caso de computarizado que mantenga el Impuesto selectivo al y que permita efectuar la vericación individual de cada documento.
En(5) caso de las Boletaslo dispuesto en las normas sobremanera detallada cuando el monto total sea igual o mayor a S/ 1,500.00.
el Utilizado conforme de Venta se deberá registrar de la materia.
(3)(6) Tratándose de notas de crédito, a S/. 700, se debe identicar al adquirientey/o usuario, de acuerdo alsegún corresponda, se consignará, en lasde Comprobantes
En aquellas operaciones mayores el monto del ajuste de la base imponible o del impuesto o valor, numeral 3.10 del art. 8° del Reglamento columnas utilizadas
depara registrar los datos vinculados al valor facturado de la expotación, base imponible de la operación gravada e importe total de la operación exonerada o inafecta.
Pago, de corresponder
(4)Tratándose de notas operación gravada con el Impuesto selectivo al Consumo valor, según corresponda, se consignarán, respectivamente, en las columnas indicadas
En caso de ser una de débito, el monto de la base imponible y/o impuesto o (ISC), no debe incluir el monto de dicho impuesto.
(5)en el párrafo anterior. dispuesto en las normas sobre la materia.
Utilizado conforme lo
(6) Tratándose de notas de crédito, el monto del ajuste de la base imponible y/o del impuesto o valor, según corresponda, se consignará, en las columnas utilizadas
para registrar los datos vinculados al valor facturado de la expotación, base imponible de la operación gravada e importe total de la operación exonerada o inafecta.
Tratándose de notas de débito, el monto de la base imponible y/o impuesto o valor, según corresponda, se consignarán, respectivamente, en las columnas indicadas
ANEXO N° 4: RELACIÓN DE LIBROS Y/O REGISTROS QUE PUEDEN SER LLEVADOS VOLUNTARIAMENTE DE MANERA ELECTRÓNICA
en el párrafo anterior.

El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

Si

No

• Modificación del Anexo Nº 4 de la R.S. Nº 286-2009/SUNAT
CÓDIGO
NOMBRE O DESCRIPCIÓN
1
LIBRO CAJA Y BANCOS
ANEXO 3 4: RELACIÓN DE LIBROS Y/OY BALANCES QUE PUEDEN SER LLEVADOS VOLUNTARIAMENTE DE MANERA ELECTRÓNICA
N°
LIBRO DE INVENTARIOS REGISTROS
CÓDIGO
NOMBRE O 34° DE LA LEY
4
LIBRO DE RETENCIONES INCISOS E) Y F) DEL ARTICULODESCRIPCIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA
15
LIBRO CAJA Y BANCOS
LIBRO DIARIO
3 5A LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
46
LIBRO DE RETENCIONES INCISOS E) Y F) DEL ARTICULO 34° DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA
LIBRO MAYOR
57
LIBRO DIARIODE ACTIVOS FIJOS
REGISTRO
5A 9
LIBRO DIARIODE CONSIGNACIONES
REGISTRO DE FORMATO SIMPLIFICADO
6 10 LIBRO MAYOR COSTOS
REGISTRO DE
7 12 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOSPERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS
REGISTRO DE INVENTARIO
9 13 REGISTRO DE CONSIGNACIONES
REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO
10
REGISTRO DE COSTOS
12
REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS
13
REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO

54

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
513086
• INCORPORACIÓN del Anexo Nº 5 de la R.S. Nº 286-2009/SUNAT
513086

ANEXO N° 5: RELACIÓN DE LIBROS Y/O REGISTROS QUE OBLIGATORIAMENTE DEBEN SER
ANEXO N° DE MANERA DE LIBROS Y/O REGISTROS QUE OBLIGATORIAMENTE SISTEMA
LLEVADOS5: RELACIÓN ELECTRÓNICA POR LOS SUJETOS INCORPORADOS ALDEBEN SER
LLEVADOS DE MANERA ELECTRÓNICA POR LOS SUJETOS INCORPORADOS AL SISTEMA
CÓDIGO
NOMBRE O DESCRIPCIÓN
CÓDIGO LIBRO DIARIO
NOMBRE O DESCRIPCIÓN
5
5
LIBRO DIARIO
5A
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
5A
LIBRO DIARIO
6
LIBRO MAYOR DE FORMATO SIMPLIFICADO
6
LIBRO MAYOR COMPRAS
8
REGISTRO DE
8
REGISTRO DE COMPRAS INGRESOS
14
REGISTRO DE VENTAS E
14
REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS

El Peruano
Domingo 29 de diciembrePeruano
El de 2013
Domingo 29 de diciembre de 2013

• Anexo I de la R.S. Nº 379-2013/SUNAT - Sujetos designados como principales contribuyentes
ANEXO I
RUC
RUC
10269318959
10269318959
10409013533
10409013533
10419839821
10419839821
15369115909
15369115909
20113733641
20113733641
20226978624
20226978624
20350491423
20350491423
20364800500
20364800500
20368981355
20368981355
20406947816
20406947816
20406989730
20406989730
20408093687
20408093687
20450654486
20450654486
20453839037
20453839037
20488336917
20488336917
20488631161
20488631161
20495874908
20495874908
20507810897
20507810897
20527627665
20527627665
20527735123
20527735123
20527784922
20527784922
20527948461
20527948461
20530705316
20530705316
20530750028
20530750028
20531003331
20531003331
20534033525
20534033525
20542180367
20542180367
20542187965
20542187965
20571240751
20571240751
20227395576
20227395576
20229676220
20229676220
20368967875
20368967875
20447998395
20447998395
20449271522
20449271522
20479517127
20479517127
20496136013
20496136013
20496159901
20496159901
20530889611
20530889611
20531020937
20531020937
20115482450
20115482450
20156003817
20156003817
20188903488
20188903488
20286907467
20286907467
20407827024
20407827024
20453663087
20453663087
20453744168
20453744168
20495932797
20495932797
20528000135
20528000135
20530592520
20530592520
20530903207
20530903207
20530989161
20530989161
20531044445
20531044445
20531088493
20531088493
10097715462
10097715462

Instituto Pacífico

ANEXO I
RAZON SOCIAL
RAZON SOCIAL
RONCAL VILLAR MILTON ALIS
RONCAL VILLAR MILTON ALIS
SANTILLAN ARMAS GLADYS MIRIAM
SANTILLANVELARDE RANDYMIRIAM
WARTHON ARMAS GLADYS YORRY
WARTHON VELARDE ALBERTO
QUIROZ ROJAS LUIS RANDY YORRY
QUIROZ ROJAS LUIS ALBERTO
E.P.S. SEDACAJ S.A.
E.P.S. SEDACAJ S.A.
EMPRESA Y SERVICIOS MULTIPLES MANU EIRLT
EMPRESA Y SERVICIOS MULTIPLES MANU EIRLT
TURBINA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
TURBINA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
S. NOVISA EIRL
S. NOVISA EIRL
DIRECCION REGIONAL DE EDUCAC. CAJAMARCA
DIRECCION REGIONAL DE EDUCAC. CAJAMARCA
TRANSP.Y COMERCIO FREDY S.R.LTDA.
TRANSP.Y COMERCIO FREDY S.R.LTDA.
DIRECCION REGIONAL AGRARIA - ANCASH
DIRECCION REGIONAL AGRARIA
EMPRESA MINERA ZEUS S.A.C. - ANCASH
EMPRESA MINERA ZEUS S.A.C.
SERVICENTRO CRISTO REY E.I.R.L.
SERVICENTRO CRISTO REY NORTE
SERVICIOS GENERALES DELE.I.R.L. SAC
SERVICIOS GENERALESSALUD HUAYLAS SUR
DIRECCION DE RED DE DEL NORTE SAC
DIRECCION DE RED DE SALUD HUAYLAS SUR
SHUMAC ALLPA S.R.L
SHUMAC ALLPA S.R.L
CARVALI ESTRUCTURAS MONTAJE Y SS.GG SRL
CARVALI ESTRUCTURAS MONTAJE Y SS.GG SRL
EJECUTORES DE PROYECTOS Y OBRAS MINERAS S.A.C.
EJECUTORES DE PROYECTOS YE.I.R.L. MINERAS S.A.C.
CENTRO COMERCIAL PEREYRA OBRAS
CENTRO COMERCIAL PEREYRA E.I.R.L.
VALEMIL SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
VALEMIL SOCIEDAD ANONIMA CERRADASOCIEDAD ANONIMA CERRADA
SUPER SERVICENTRO MADRE DE DIOS
SUPER SERVICENTRO MADRE DE DIOS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
DISTRIBUIDORA SEÑOR DE POTOSI SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - DISTRIBUIDORA SEÑOR
D
DISTRIBUIDORA SEÑOR DE POTOSI SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - DISTRIBUIDORA SEÑOR
D
EMPRESA CONSTRUCTORA Y SERVICIOS SAN ISIDRO S.A.
EMPRESA CONSTRUCTORA Y SERVICIOS SAN
INGENIERIA & SERVICIOS GENERALES S.R.L. ISIDRO S.A.
INGENIERIA & SERVICIOS GENERALES S.R.L.
CONSTRUCTORA QUITACOCHA SRL
CONSTRUCTORA
CIBERLINK S.R.L. QUITACOCHA SRL
CIBERLINK S.R.L. CONTRATISTAS S.A.C.
JAIME HUAROMO
JAIME HUAROMO ANCASH S.A.C.
COMPA�IA MINERA CONTRATISTAS S.A.C.
COMPA�IA MINERA ANCASH S.A.C.
CONSORCIO TECNOLOGICO - HUARAZ
CONSORCIO INTERES LOCAL HIDROELECTRICA S.A. DE CHACAS
EMPRESA DETECNOLOGICO - HUARAZ
EMPRESA S R INTERES LOCAL HIDROELECTRICA S.A. DE CHACAS
EPROMIG DE L
EPROMIG S R L
UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL JAEN
UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL JAEN
MADERERA Y TRANSPORTES JUNIOR S.R.L.
MADERERA Y TRANSPORTES JUNIOR
COMUNIDAD CAMPESINA ANGO RAJU S.R.L.
COMUNIDAD CAMPESINA ANGO RAJU SAC
ESTACION DE SERVICIOS JHOSYCAR
ESTACION DE SERVICIOS
MARKET LA MERCED SRL JHOSYCAR SAC
MARKET LA MERCED SRL
SANTANA SERVICIOS GENERALES S.R.L.
SANTANA SERVICIOS GENERALES S.R.L.HEROES DEL CENEPA S.A.C
EMPRESA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA
EMPRESA DE SEGURIDAD Y HUERTA E.I.R.L.
CONTRATISTAS GENERALESVIGILANCIA HEROES DEL CENEPA S.A.C
CONTRATISTAS GENERALES HUERTA E.I.R.L.
EMPRESA DE TRANSPORTES 14 S.R.LTDA.
EMPRESA DE TRANSPORTES 14 S.R.LTDA.
DIRECCION REGIONAL DE SALUD ANCASH
DIRECCION REGIONAL DE SALUD ANCASH
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZY COMUNICACIONES REGION ANCASH
DIRECCION REGIONAL DE TRANSPORTES
DIRECCION REGIONAL GENERALES’ S.R.L.
‘NAR & CONTRATISTAS DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES REGION ANCASH
‘NAR & CONTRATISTAS GENERALES’ S.R.L.
DISTRIBUCIONES LUCY S.R.L.
DISTRIBUCIONES LUCY S.R.L.
GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA
GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA SAN FRANCISCO S.R.L.
TURISMO Y SERVICIOS GENERALES
TURISMO Y SERVICIOS GENERALES SAN RESPONSABILIDAD
GRIFO RHOMEL EMPRESA INDIVIDUAL DEFRANCISCO S.R.L. LIMITADA
GRIFOOBRAS CIVILES Y TELECOMUNICACIONES SRL
OC&T RHOMEL EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
OC&T S.A.C.
PABELOBRAS CIVILES Y TELECOMUNICACIONES SRL
PABEL S.A.C.
VARGAS S.R.L.
VARGAS S.R.L.
EMPRESA CONSTRUCTORA SAN CRISTOBAL S.R.L.
EMPRESA CONSTRUCTORA SANE.I.R.L.
SERVICIOS GENERALES G.M.M. CRISTOBAL S.R.L.
SERVICIOS GENERALES G.M.M.
RIMAC MEDALLA MAXIMO FABIOE.I.R.L.
RIMAC MEDALLA MAXIMO FABIO

55
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

10316038609
10805922881
20115643216
20193334262
20407992149
20408077487
20450788849
20453670296
20453707637
20495860788
20530573819
20530713254
20530862764
20533953680
20534142227
20542035863
20542188261
20146921427
20205422332
20407961774
20491594471
20495684874
20495827063
20495992854
20496075049
20496103514
20527575096
20530742513
20530859038
20530903541
10247016169
10316290448
20166728585
20193046551
20286844953
20309099339
20368945715
20438489500
20446361741
20449282729
20490133888
20495977031
20496074409
20522139913
20526707720
20527411221
20530906214
20534098732
10048261391
20134994038
20233011721
20407798849
20407859490
20450641406
20480586981
20495739521
20495795439
20495805922
20530572171
20530689019
20533984992
20534122897
20542161818
10275401523
20143623042
20165645325
20224133929
20230151297

56

513087

ZAMBRANO MACEDO JAIME RICARDO
CUSICUNA CUSIHUAMAN ALIPIO
SERVICENTRO ORTIZ S.R.LTDA.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUNGAY
ECS CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.
MULTISERVICIOS LA TRINIDAD S.R.L.
REPRESENTACIONES ARCANGEL SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
MEVIC E.I.R.L.
CONSORCIO TRANSP CAJAM. JALCA DE ORO SAC
ENCAJON-COLLOTAN SERVICIOS GENERALES S.A
EMPRESA MECOMA S.A.
CORPORACI�N UCAYALI S.R.L.
CONSTRUCTORA WATTSON S.R.L. - WATTSON S.R.L.
ANDINA�S GROUP RENT S.A.C.
SERVIAL PERU SAC
GEOAGRO S.A.C.
GARRA INGENIEROS S.A.C.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA
DIRECCION DE RED DE SALUD CONCHUCOS NORTE
M Y K INGENIEROS E.I.R.L.
SANTA RITA NUEVA GENERACION S.R.L.
LOS ICHUS SERVICIOS GENERALES S.A.C.
BJS SERVICIOS GENERALES EL TINGO SRL
LAS TIENDAS ALEX EIRL
CONSORCIO COLUMBO - ARNAR
C & R ASOCIADOS SAC
SERVICENTRO TAHUAMANU S.R.L.
CHAUCA DE YATACO E.I.R.L.
GRUPO B & T S.R.L.
CEVIVE E.I.R.L.
JALLO HUALLPA ADRIANA
LEON DIAZ MOISES
HOSPITAL DE APOYO N 1
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARI
GREEN VEGETABLES & FLOWERS S.A.C.
COMERCIAL FATIMA E.I.R.LTDA.
DIRECCION SUB REGIONAL DE SALUD CUTERVO
PROCESADORA DE ALIMENTOS E.I.R.L.
MARKET ORTIZ E.I.R.L.
EMPRESA DE SERVICIOS MULTIPLES J.M. INGENIEROS E.I.R.L.
MULTISERVICIOS ORO.COM EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSALIDAD LIMITADA - MULTIORO E.I.R.L.
GSM SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
EMPRESA DE MULTISERVICIOS ZAMORA EIRL
COMPA�IA MINERA MELENDEZ S.A.C.
ALIMENTOS AMAZONICOS SAC
DALMACIA S.A.C.
JUVENTUD JUPROG SRL
DESARROLLO DE INGENIERIA Y CONSTRUCCION S.R.L.
AIMITUMA CONTO JOSE
PERUVIAN SAFARIS SA
M M F CONTRATISTA E I R LTDA
IMEVI INGENIEROS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
CONSORCIO ‘JC’
ESTACION DE SERVICIOS RODRIGO’S EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - ESTACION DE SERVICI
DISTRIBUIDORA OFERTON SAC
CORONA SERVICES SRL.
MAXLIM S.R.L.
SERVICIOS RUMICHACA S.R.L.
DISTRIBUIDORA MONTERREY E.I.R.L.
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH
INGENIERIA DEL CONCRETO Y ALBA�LERIA E.I.R.L.
TRANS-BAT E.I.R.L.
INGENIERIA & CONSTRUCCION VRA S.R.L.
CABREJOS TORRES VDA. DE MEDINA MAXIMINA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA
DIRECCION REGIONAL DE SALUD - CAJAMARCA
INTIPA FOODS S.A.C.
UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA CHOTA

Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
Edición Especial
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

513088
20407908377
20480107927
513088
20480127286
20488387074
20407908377
20530714064
513088
20480107927
20530955185
20480127286
20533914609
20407908377
20488387074
10269342507
20480107927
20530714064
20194799862
20480127286
20530955185
20199904192
20488387074
20533914609
20323041092
20530714064
10269342507
20453689981
20530955185
20194799862
20482487484
20533914609
20199904192
20527454892
10269342507
20323041092
20527664358
20194799862
20453689981
20530666663
20199904192
20482487484
20530830561
20323041092
20527454892
20534112824
20453689981
20527664358
20482487484
20530666663
20527454892
20530830561
20527664358
20534112824
• Anexo II 20530666663 Nº
de la R.S.
20530830561
20534112824
MES (*) / RUC
Enero
Febrero

‘CORPORACION VILLANUEVA’ S.R.L.
INVERSIONES MORRO SOLAR S.A.C.
EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO FERNANDEZ HNOS S.R.L
HOTEL LA JOYA SAC
‘CORPORACION VILLANUEVA’ S.R.L.
CLUB DEPORTIVO SPORT ANCASH
INVERSIONES MORRO SOLAR S.A.C.
POMA CASTILLO SAC
EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO FERNANDEZ HNOS S.R.L
INGENIERIA Y CONSTRUCCION S.A.C.
‘CORPORACIONSAC
VILLANUEVA’ S.R.L.
HOTEL LACRUZADO SATURNINO
ALCALDE JOYA
INVERSIONES MORRO SOLAR S.A.C.
CLUB DEPORTIVO SPORT ANCASH INCA
COMPLEJO TURISTICO BA�OSTURISMO FERNANDEZ HNOS S.R.L
EMPRESA DE TRANSPORTES DEL
POMA CASTILLO SAC
RAINFOREST EXPEDITIONS SAC
HOTEL LA JOYA SAC
INGENIERIA Y CONSTRUCCION S.A.C. RF SRLTDA
CONST CONSULT Y CONTR GEN JC Y
CLUB DEPORTIVO SPORT ANCASH
ALCALDE CRUZADO SATURNINO
CELL CASTILLO SAC
POMASERVICE E.I.R.L. BA�OS DEL INCA
COMPLEJO TURISTICOS.A.C.
DISTRIBUIDORA GABZ
INGENIERIA Y EXPEDITIONS SAC
RAINFOREST CONSTRUCCION S.A.C. COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
TRACTOMOTRIZ AMAZONAS SOCIEDAD
ALCALDE CRUZADOCONTR GEN JC Y RF SRLTDA
CONST CONSULT Y SATURNINO
INVERSIONES MARURI S.A.C. DEL INCA
COMPLEJO TURISTICO BA�OS
CELL SERVICESERVICIOS SAN ANTONIO S.A.C.
ESTACION DE E.I.R.L.
RAINFOREST EXPEDITIONS SAC
DISTRIBUIDORA GABZ S.A.C.
EMPRESA DE SERVICIOS MINEROS Y RF SRLTDA
CONST CONSULT Y CONTR GEN JC E.I.R.L.
TRACTOMOTRIZ AMAZONAS
INVERANDES PERU S.A.C. SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
CELL SERVICEMARURI S.A.C.
INVERSIONES E.I.R.L.
DISTRIBUIDORA GABZ S.A.C. ANTONIO S.A.C.
ESTACION DE SERVICIOS SAN
TRACTOMOTRIZ AMAZONAS SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
EMPRESA DE SERVICIOSII: CRONOGRAMA TIPO A: FECHA MÁXIMA DE ATRASO
ANEXO MINEROS E.I.R.L.
INVERSIONES MARURI S.A.C.
INVERANDES PERU S.A.C. DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
DEL REGISTRO
379-2013/SUNAT (Segunda disposición complemeNtaria final)
ESTACION DE SERVICIOS SAN ANTONIO S.A.C.
ENERO A DICIEMBRE 2014
EMPRESA DE SERVICIOS MINEROS E.I.R.L.
EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC
INVERANDES PERUFECHA MÁXIMA DE ATRASO SEGÚNFECHA MÁXIMA DE ATRASO
S.A.C.
ANEXO II: CRONOGRAMA TIPO A:

El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013

0

1
2
3
4
6
8
9
DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE5VENTAS E INGRESOS 7
27.02.2014 28.02.2014 ENERO A DICIEMBRE 2014
03.03.2014 04.03.2014 05.03.2014 06.03.2014 07.03.2014 24.02.2014 25.02.2014
ANEXO II: CRONOGRAMA TIPO A: FECHA MÁXIMA
ATRASO
25.04.2014 28.04.2014 29.04.2014 30.04.2014 02.05.2014 05.05.2014DE06.05.2014 07.05.2014 23.04.2014 24.04.2014
FECHA MÁXIMA DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC
DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
0
1
2
3
4
5
6
7
8
9
28.05.2014 29.05.2014 30.05.2014 ENERO A DICIEMBRE 2014
02.06.2014 03.06.2014 04.06.2014 05.06.2014 06.06.2014 26.05.2014 27.05.2014
26.02.2014

Marzo
MES (*) / RUC
Abril
Enero
26.02.2014 27.02.2014 28.02.2014 03.03.2014 04.03.2014 05.03.2014 06.03.2014 07.03.2014
FECHA MÁXIMA 01.07.2014 02.07.2014 03.07.2014 04.07.2014 07.07.2014
Mayo
26.06.2014 27.06.2014 30.06.2014 DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC
Febrero
25.04.2014 28.04.2014 29.04.2014 30.04.2014 02.05.2014 05.05.2014 06.05.2014 07.05.2014
MES
0
1
2
3
4
5
6
7
Junio (*) / RUC
25.07.2014 30.07.2014 31.07.2014 01.08.2013 04.08.2013 05.08.2013 06.08.2013 07.08.2013
Marzo
Enero
26.02.2014 27.02.2014 28.02.2014 03.03.2014 04.03.2014 05.03.2014 06.03.2014 07.03.2014
Julio
27.08.2014 28.08.2014 29.08.2014 01.09.2014 02.09.2014 03.09.2014 04.09.2014 05.09.2014
Abril
28.05.2014 29.05.2014 30.05.2014 02.06.2014 03.06.2014 04.06.2014 05.06.2014 06.06.2014
Febrero
25.04.2014 28.04.2014 29.04.2014 30.04.2014 02.05.2014 05.05.2014 06.05.2014 07.05.2014
Agosto
26.09.2014 29.09.2014 30.09.2014 01.10.2014 02.10.2014 03.10.2014 06.10.2014 07.10.2014
Mayo
26.06.2014 27.06.2014 30.06.2014 01.07.2014 02.07.2014 03.07.2014 04.07.2014 07.07.2014
Marzo
Septiembre
29.10.2014 30.10.2014 31.10.2014 03.11.2014 04.11.2014 05.11.2014 06.11.2014 07.11.2014
Junio
25.07.2014 30.07.2014 31.07.2014 01.08.2013 04.08.2013 05.08.2013 06.08.2013 07.08.2013
Abril
28.05.2014 29.05.2014 30.05.2014 01.12.2014 02.12.2014 03.12.2014 04.12.2014 05.12.2014
Octubre
26.11.2014 27.11.2014 28.11.2014 02.06.2014 03.06.2014 04.06.2014 05.06.2014 06.06.2014
Julio
27.08.2014 28.08.2014 29.08.2014 01.09.2014 02.09.2014 03.09.2014 04.09.2014 05.09.2014
Mayo
26.06.2014 27.06.2014 30.06.2014 01.07.2014 02.07.2014 03.07.2014 04.07.2014 07.07.2014
Noviembre
29.12.2014 30.12.2014 31.12.2014 02.01.2015 05.01.2015 06.01.2015 07.01.2015 08.01.2015
Agosto
26.09.2014 29.09.2014 30.09.2014 01.10.2014 02.10.2014 03.10.2014 06.10.2014 07.10.2014
Junio
25.07.2014 30.07.2014 31.07.2014 01.08.2013 04.08.2013 05.08.2013 06.08.2013 07.08.2013
Diciembre
28.01.2015 29.01.2015 30.01.2015 02.02.2015 03.02.2015 04.02.2015 05.02.2015 06.02.2015
Septiembre
29.10.2014 30.10.2014 31.10.2014 03.11.2014 04.11.2014 05.11.2014 06.11.2014 07.11.2014
Julio
27.08.2014 28.08.2014 29.08.2014 01.09.2014 02.09.2014 03.09.2014 04.09.2014 05.09.2014
Octubre
26.11.2014 27.11.2014 28.11.2014 01.12.2014 02.12.2014 03.12.2014 04.12.2014 05.12.2014
Agosto
26.09.2014 29.09.2014 Mes al que 01.10.2014 02.10.2014 03.10.2014
(*) En el caso del Registro de Compras se reere al 30.09.2014 corresponde el registro de operaciones según06.10.2014 de la materia.
las normas 07.10.2014
Noviembre
29.12.2014 30.12.2014 31.12.2014 02.01.2015 05.01.2015 06.01.2015 07.01.2015 08.01.2015
En el caso del Registro de Ventas30.10.2014 se31.10.2014 03.11.2014emite el comprobante de pago respectivo
Septiembre
29.10.2014 e Ingresos reere al Mes en que se 04.11.2014 05.11.2014 06.11.2014 07.11.2014
Diciembre
28.01.2015 29.01.2015 30.01.2015 02.02.2015 03.02.2015 04.02.2015 05.02.2015 06.02.2015
Octubre
26.11.2014 27.11.2014 28.11.2014 01.12.2014 02.12.2014 03.12.2014 04.12.2014 05.12.2014

24.02.2014
24.06.2014
23.04.2014
8
23.07.2014

25.02.2014
25.06.2014
24.04.2014
9
24.07.2014

Noviembre
29.12.2014 30.12.2014 31.12.2014 02.01.2015 05.01.2015 06.01.2015 07.01.2015 08.01.2015 23.12.2014
(*) En el caso del Registro de Compras se ANEXO III: CRONOGRAMA TIPO B: FECHA MÁXIMA DE las normas de la materia.
reere al Mes al que corresponde el registro de operaciones según ATRASO
Diciembre caso del Registro de Ventas29.01.2015 se30.01.2015 02.02.2015emite el comprobante de pago respectivo
28.01.2015 e Ingresos reere al Mes en que se 03.02.2015 04.02.2015 05.02.2015 06.02.2015 26.01.2015
En el
DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS 2014

27.01.2015

24.02.2014
25.08.2014
26.05.2014
23.04.2014
24.09.2014
24.06.2014
27.10.2014
23.07.2014
26.05.2014
24.11.2014
25.08.2014
24.06.2014
23.12.2014
24.09.2014
23.07.2014
26.01.2015
27.10.2014
25.08.2014
24.11.2014
24.09.2014
23.12.2014
27.10.2014
26.01.2015
24.11.2014

25.02.2014
26.08.2014
27.05.2014
24.04.2014
25.09.2014
25.06.2014
28.10.2014
24.07.2014
27.05.2014
25.11.2014
26.08.2014
25.06.2014
26.12.2014
25.09.2014
24.07.2014
27.01.2015
28.10.2014
26.08.2014
25.11.2014
25.09.2014
26.12.2014
28.10.2014
27.01.2015
25.11.2014
26.12.2014

FECHA MÁXIMA DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC
(*) En el caso del Registro de Compras se reere al Mes al que corresponde el registro de operaciones según las normas de la materia.
MES En el RUC del Registro de Ventas e Ingresos se reere al Mes en que se emite el 4
(*) / caso
0
1
2
3
5
6
7
comprobante de pago respectivo

8
9
ANEXO III: CRONOGRAMA TIPO B: FECHA MÁXIMA DE ATRASO
• Anexo III de la R.S. Nº 26.06.2014 27.06.2014 30.06.2014 cuarta disposición complemeNtaria final)
379-2013/SUNAT (Tercera y 01.07.2014 02.07.2014 03.07.2014 04.07.2014 07.07.2014 24.06.2014 25.06.2014
Enero
DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS 2014
Febrero

FECHA MÁXIMA DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC
ANEXO III: CRONOGRAMA TIPO B: FECHA MÁXIMA 06.08.2013
Marzo
25.07.2014 30.07.2014 31.07.2014 01.08.2013 04.08.2013 05.08.2013 DE ATRASO 07.08.2013
MES (*) / RUC
0
1
3
4
5
6
7
DEL REGISTRO DE 2
COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS 2014
Abril
Enero
26.06.2014 27.06.2014 30.06.2014 01.07.2014 02.07.2014 03.07.2014 04.07.2014 07.07.2014
FECHA MÁXIMA 01.09.2014 02.09.2014 03.09.2014 04.09.2014 05.09.2014
Mayo
27.08.2014 28.08.2014 29.08.2014 DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC
Febrero
MES (*) / RUC
0
1
2
3
4
5
6
7
Junio
Marzo
25.07.2014 30.07.2014 31.07.2014 01.08.2013 04.08.2013 05.08.2013 06.08.2013 07.08.2013
Enero
26.06.2014 27.06.2014 30.06.2014 01.07.2014 02.07.2014 03.07.2014 04.07.2014 07.07.2014
Julio
26.09.2014 29.09.2014 30.09.2014 01.10.2014 02.10.2014 03.10.2014 06.10.2014 07.10.2014
Abril
Febrero
Agosto
Mayo
27.08.2014 28.08.2014 29.08.2014 01.09.2014 02.09.2014 03.09.2014 04.09.2014 05.09.2014
Marzo
25.07.2014 30.07.2014 31.07.2014 01.08.2013 04.08.2013 05.08.2013 06.08.2013 07.08.2013
Septiembre
29.10.2014 30.10.2014 31.10.2014 03.11.2014 04.11.2014 05.11.2014 06.11.2014 07.11.2014
Junio
Abril
Octubre
26.11.2014 27.11.2014 28.11.2014 01.12.2014 02.12.2014 03.12.2014 04.12.2014 05.12.2014
Julio
26.09.2014 29.09.2014 30.09.2014 01.10.2014 02.10.2014 03.10.2014 06.10.2014 07.10.2014
Mayo
27.08.2014 28.08.2014 29.08.2014 01.09.2014 02.09.2014 03.09.2014 04.09.2014 05.09.2014
Noviembre
29.12.2014 30.12.2014 31.12.2014 02.01.2015 05.01.2015 06.01.2015 07.01.2015 08.01.2015
Agosto
Junio
Diciembre
28.01.2015 29.01.2015 30.01.2015 02.02.2015 03.02.2015 04.02.2015 05.02.2015 06.02.2015
Septiembre
29.10.2014 30.10.2014 31.10.2014 03.11.2014 04.11.2014 05.11.2014 06.11.2014 07.11.2014
Julio
26.09.2014 29.09.2014 30.09.2014 01.10.2014 02.10.2014 03.10.2014 06.10.2014 07.10.2014
Octubre
26.11.2014 27.11.2014 28.11.2014 01.12.2014 02.12.2014 03.12.2014 04.12.2014 05.12.2014
Agosto
(*) En el caso del Registro de Compras se reere al Mes al que corresponde el registro de operaciones según las normas de la materia.
Noviembre
29.12.2014 30.12.2014 31.12.2014 02.01.2015 05.01.2015 06.01.2015 07.01.2015 08.01.2015
En el caso del Registro de Ventas30.10.2014 se31.10.2014 03.11.2014emite el comprobante de pago respectivo
Septiembre
29.10.2014 e Ingresos reere al Mes en que se 04.11.2014 05.11.2014 06.11.2014 07.11.2014
Diciembre
28.01.2015 29.01.2015 30.01.2015 02.02.2015 03.02.2015 04.02.2015 05.02.2015 06.02.2015
Octubre
26.11.2014 27.11.2014 28.11.2014 01.12.2014 02.12.2014 03.12.2014 04.12.2014 05.12.2014

23.07.2014
8

24.07.2014
9

24.06.2014
25.08.2014
8
23.07.2014
24.06.2014
24.09.2014

25.06.2014
26.08.2014
9
24.07.2014
25.06.2014
25.09.2014

25.08.2014
23.07.2014
27.10.2014

26.08.2014
24.07.2014
28.10.2014

24.11.2014
24.09.2014
25.08.2014
23.12.2014

25.11.2014
25.09.2014
26.08.2014
26.12.2014

26.01.2015
27.10.2014
24.09.2014
24.11.2014

27.01.2015
28.10.2014
25.09.2014
25.11.2014

23.12.2014
27.10.2014
26.01.2015
24.11.2014

26.12.2014
28.10.2014
27.01.2015
25.11.2014

Noviembre
29.12.2014 30.12.2014 31.12.2014 02.01.2015 05.01.2015 06.01.2015 07.01.2015 08.01.2015 23.12.2014
(*) En el caso del Registro de Compras se reere al Mes al que corresponde el registro de operaciones según las normas de la materia.
Diciembre caso del Registro de Ventas29.01.2015 se30.01.2015 02.02.2015emite el comprobante de pago respectivo
28.01.2015 e Ingresos reere al Mes en que se 03.02.2015 04.02.2015 05.02.2015 06.02.2015 26.01.2015
En el
1033143-1

27.01.2015

26.12.2014

(*) En el caso del Registro de Compras se reere al Mes al que corresponde el registro de operaciones según las normas de la materia.
En el caso del Registro de Ventas e Ingresos se reere al Mes en que se emite el comprobante de pago respectivo

1033143-1

Instituto Pacífico

1033143-1

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Resolucion de los libros electronicos

  • 1. Resolución de Superintendencia Nº 379-2013/SUNAT Resolución de Superintendencia Nº 379-2013/SUNAT Se establece sujetos obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica y que modifica la Resolución de Superintendencia N° 286-2009/SUNAT y la Resolución de Superintendencia N° 066-2013/SUNAT (Publicado el 29.12.13) Mediante esta normativa; la SUNAT en merito a sus facultades1 establece un nuevo grupo de deudores tributarios obligados a llevar el Registro de Compras y el Registro de Ventas e Ingresos de manera electrónica (en adelante se denominará Registros Electrónicos) ello a partir del 01 de enero del 2014, debiendo afiliarse a alguno de los sistemas de llevado electrónico vigentes: SLE-PLE ó SLE-PORTAL y sujetándose a sus normativas según corresponde. Esta norma ha puntualizado la obligación del llevado de los libros y registros contables electrónicos tanto para aquellos contribuyentes designados como PRICOS hasta el 31.12.2013 y aquellos que posteriormente se designen como tal por SUNAT, estableciendo el periodo a partir del cual deban incorporarse estos últimos al SLE-PLE, así como el cronograma que deban tener en consideración. Se establece que a partir del 01.05.2014 podrá efectuarse el cambio del SLE- PLE al SLE- PORTAL y viceversa; una vez producido el cambio aplicaran las normas que corresponda al mencionado sistema. Finalmente, equiparando las normativas referidas al llevado de los libros y registros contables vinculados a asuntos tributarios se desarrolla las modificaciones a las normas vinculadas al sistema de llevado de manera electrónica: R.S. Nº 286-2009/SUNAT (SLE-PLE) modificándose los artículos 1; 4; 6; 7; 9; 12; 13 y los Anexos 1; 2; 4 y aprobándose el Anexo 5 y en el caso de la R.S. Nº 0662013/SUNAT (SLE- PORTAL), las modificaciones realizadas comprende los artículos 4; 6; 8 y 10 y Tercera Disposición Complementaria Final; también se ha modificado los numerales 8 y 14 del Anexo 2 de la R.S. N° 234-2006/ SUNAT; según comentario a continuación: A. NUEVOS SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR REGISTROS ELECTRÓNICOS: i. De los Sujetos obligados: Son sujetos obligados aquellos que cumplan con las siguientes condiciones señaladas en el artículo 2º de la presente resolución: a) Ser contribuyente acogidos al Régimen General del Impuesto a la Renta b) Estar obligados a llevar los Registros de Compras y Registro de Ventas e Ingresos; esto es, ser contribuyentes del impuesto según lo contempla el artículo 37° de la Ley del IGV. 1 Numeral 16 del artículo 62° del TUO del Código Tributario. Instituto Pacífico c) No hayan sido incorporados al SLE-PLE (contribuyentes que no tienen la calidad de PRICOS). d) No se hubieran afiliado al SLE–PLE y generado los registros en dicho sistema; esto es, aquellos contribuyentes que lleven sus libros y registros contables en forma manual u hojas sueltas. e) No hayan generado los registros en el SLE-PORTAL. f) Hayan obtenido ingresos mayores a 500 UIT entre los meses de julio 2012 a junio 2013; aplicando para ello la UIT vigente en julio 2012 y considerando los montos declarados en las casillas del PDT N° 621: Casilla 100 Ventas Netas Casilla 105 Ventas No gravadas (sin considerar exportación) Casilla 109 Ventas No Gravadas (sin efecto en ratio) Casilla 112 Otras ventas (inciso ii del artículo 6°, numeral 6.2 Reglamento del IGV) Casilla 160 Ventas Ley N° 27037 numeral 11.1; 12.1; 12.3 y 12.4 y/o en la casilla 100 del PDT 621 – Simplificado IGV – Renta Mensual. Teniendo en consideración que la UIT vigente en julio 2012 era de S/. 3,650; representando ello ingresos mayores a S/. 1’825,000. ii. Obligación de generar registros electrónicos: Los nuevos sujetos obligados contemplados en el artículo 2° de esta resolución, deberán optar por generar el Registro de Compras y Registro de Ventas e Ingresos de manera electrónica, en uno de los siguientes sistemas: - SLE – PLE (R.S. N° 286-2009/SUNAT) - SLE- PORTAL ( R.S. N° 066-2013/SUNAT) La norma precisa que por excepción, la generación de los registros electrónicos a realizarse hasta el 30 de abril del 2014, sólo podrá efectuarse utilizando el SLE-PLE; ello en merito a la modificación efectuada al artículo único de la R.S. N° 279-2013/SUNAT2, en la que señala la suspensión del SLE – PORTAL hasta el 30.04.2014. También se deberá tener en consideración estos supuestos: - En el caso de aquellos contribuyentes que hubieran ejercido la opción de llevar la contabilidad en dólares3, deberán generar los registros electrónicos únicamente 2 Modificación contemplada en la Sexta Disposición Complementaria Modificatoria de la R.S. N° 379-2013/SUNAT 3 Según lo señala el artículo 87° del TUO del Código Tributario y D.S. N° 151-2002-EF, corresponde a aquellos contribuyentes que tengan convenio de estabilidad tributaria. 47
  • 2. Resolución de Superintendencia Nº 379-2013/SUNAT en el SLE-PLE, no pudiendo posteriormente elegir un cambio al SLE-PORTAL. - En el caso de aquellos contribuyentes obligados, que al 01 de enero del 2014, se encuentren en estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción en el RUC; se aplicará la obligación de generar registros electrónicos en el periodo en que reinicie sus actividades o reactive su número RUC, según corresponda. iii. De los Registros Electrónicos y demás libros: SLE – PLE: Los nuevos sujetos obligados, contemplados en el artículo 2° de esta resolución, que opten por afiliarse al SLE –PLE, deberán tener en consideración los anexos 1 y 4 de la R.S. N° 286-2009/sunat, modificados por esta resolución. A través de la Cuarta Disposición Complementaria Modificatoria de esta resolución, se modifica la denominación y contenido del Anexo 1 y Anexo 4 de la R.S. Nº 2862009/SUNAT: Anexo 1 “Relación de Registros que obligatoriamente deben ser llevados de manera electrónica por los sujetos que se afilien al sistema”. Código Nombre o descripción 8 Registro de Compras 14 Registro de Ventas e ingresos Anexo 4 “Relación de Libros y/o Registros que puedan ser llevados voluntariamente de manera electrónica” Código Nombre o descripción 1 Libro Caja y Bancos 3 Libro de Inventarios y Balances 4 Libro de retenciones incisos e) y f) del artículo 34° de la ley del impuesto a la renta 5 Libro Diario 5A Libro Diario de Formato Simplificados 6 Libro Mayor 7 Registro de Activos Fijos 9 Registro de Consignaciones 10 Registro de Costos 12 Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas 13 Registro de Inventario Permanente Valorizado SLE – PORTAL: Los nuevos sujetos obligados, contemplados en el artículo 2° de esta resolución, que opten por cambiarse del SLE- PLE al SLE –PORTAL, ello posterior al 30.04.2014 llevaran de manera obligatoria el Registro de Compras y el Registro de Ventas e Ingresos a través del SLE- PORTAL, y los demás libros y/o registros serán llevados en forma manual u hojas sueltas o continuas, o través del SLE - PLE, según corresponda. iv. De los efectos del llevado de los registros electrónicos: Los nuevos sujetos obligados a llevar registros electrónicos, deberán realizar el cierre de los registros llevados en forma manual o en hojas sueltas o continuas hasta el periodo diciembre 2013, previo registro de la información que corresponda anotar en ellos. v. Del Plazo máximo de atraso del llevado de los registros electrónicos: 48 Otra principal modificación corresponde al plazo máximo de atraso respecto del llevado electrónico del Registro de Compras y Registro de Ventas e Ingresos; los cuales para ambos sistemas (SLE-PLE ó SLE-PORTAL) se realizarán en merito a los cronogramas que apruebe la SUNAT a través de resolución de superintendencia. De acuerdo a la Cuarta Disposición Complementaria Final, establece la utilización del Anexo III Cronograma Tipo B de la presente resolución, el cual es aplicable a los nuevos sujetos obligados comprendidos en el artículo 2°. (Ver cronograma en el punto B.3) B. LLEVADO DE LOS REGISTROS ELECTRONICOS: B.1 SLE-PLE: Los contribuyentes que opten por cumplir con la obligación de llevar los registros electrónicos utilizando el SLE-PLE, deberán contar con su Código de usuario y Clave SOL, ello para generar el Registro de Compras o el Registro de Ventas e Ingreso en SLE-PLE; obteniendo así la calidad de “Generador”; debiendo generar el otro registro, en el SLE-PLE respecto del mismo periodo. La calidad de generador, determinará las siguientes obligaciones: - La obligación de presentar ante SUNAT los comprobantes de pago y documentos autorizados que se anotarán en los registros electrónicos, ello a través de la generación del Resumen de los registros electrónicos; siendo este requerimiento lo novedoso en la presente norma; para su cumplimiento el contribuyente deberá tener en consideración la modificatoria efectuada en el Anexo 2 “Estructuras e información de los libros y/o registros electrónicos”, la cual contempla además de la nomenclatura del libro o registro electrónico, las reglas generales de la información de los comprobantes de pago y/o documentos y la estructura del archivo txt. - La posibilidad de ejercer la opción de cambiar el llevado electrónico de los registros del SLE-PLE al SLE- PORTAL, ello posterior al 30.04.2014. B.2 SLE-PORTAL: El contribuyente que opten por cumplir con la obligación de llevar los registros electrónicos utilizando el SLE-PORTAL, deberán contar con su Código de usuario y Clave SOL, ello para generar el Registro de Compras o el Registro de Ventas e Ingreso en SLEPORTAL; obteniendo así la calidad de “Generador”; debiendo generar el otro registro, en el SLE-PORTAL respecto del mismo periodo. La calidad de generador, determinará la obligación de anotar las operaciones en los registros electrónicos respecto de los comprobantes de pago y/o documentos que corresponda; la posibilidad de ejercer la opción de cambiar el llevado electrónico de los registros del SLE-PORTAL al SLE- PLE y la obligación de SUNAT de almacenar, archivar y conservar los registros electrónicos del generador. B.3 De los plazos máximos de atraso de los Registros electrónicos: Esta normativa ha diferenciado a tres grupos de contribuyentes estableciendo los siguientes anexos: Anexo Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 3. Resolución de Superintendencia Nº 379-2013/SUNAT II Cronograma Tipo A y Anexo III Cronograma Tipo B, los cuales se aplicarán según detalle: Anexo II Cronograma Tipo A (Segunda Disposición Complementaria Final) Este cronograma es aplicable a sujetos distintos a los comprendidos en el art. 2° y Tercera Disposición Complementaria Final de la R.S. N° 379-2013/SUNAT, por cuanto comprende a: - Sujetos incorporados al SLE-PLE por la R.S. N° 2482012/SUNAT y norma modificatoria. (PRICOS) - Sujetos afiliados al SLE-PLE al 31.12.2013 - Sujetos no comprendidos en el art. 2° de la presente resolución y opten por afiliarse al SLE- PLE a partir del 01.01.2014 en adelante. - Sujetos que hubieran obtenido la calidad de generador en el SLE-PORTAL al 31.12.2013 o aquellos que al no estar comprendidos en el art. 2° de la presente resolución, opten por obtener la calidad de generador a partir del 01.01.2014 Anexo III Cronograma Tipo B (Tercera y Cuarta Disposición Complementaria Final) Este cronograma es aplicable a: CRONOGRAMA SUJETOS OBLIGADOS Anexo III Cronograma Tipo B (Tercera Disposición Complementaria Final) Cronograma para nuevos sujetos incorporados al SLE-PLE A partir del 01.01.2014, se incorporar al SLE-PLE los sujetos designados como Principales Contribuyentes (PRICOS) comprendidos en el Anexo de I de esta resolución. Anexo III Cronograma Tipo B (Cuarta Disposición Complementaria Final) Cronograma aplicable a los sujetos obligados comprendidos en el art. 2° de esta resolución) Estos nuevos sujetos se encuentran obligados a llevar el Registro de Compras y el Registro de Ventas e Ingresos electrónicos a partir del 01.01.2014. Además deberán llevar los otros libros: Libro Diario, Libro Diario de Formato Simplificado y Libro Mayor; incluidos en el Anexo 5 de la R.S. N° 286-2009/SUNAT, aprobada mediante la Quinta Disposición Complementaria Modificatoria; a partir del 01.06.2014. La incorporación al SLE-PLE de un sujeto que con anterioridad se hubiera afiliado, se encuentra obligado a continuar llevando los libros y registros del Anexo 4, por los cuales hubiera emitido la primera constancia de recepción. Sujetos obligados, comprendidos en el artículo 2° dela presente resolución: C - ontribuyente del Régimen General del IR - bligados a llevar los Registros de Compras O y Registro de Ventas e Ingresos - o han sido incorporados al SLE-PLE N - o han sido afiliado al SLE–PLE y no han N generado los registros en dicho sistema. N - o han generado registros en el SLEPORTAL. - ayan obtenido ingresos mayores a 500 H UIT entre los meses de julio 2012 a junio 2013; aplicando para ello la UIT vigente en julio 2012. (S/. 1,825,000). C. MODIFICACIONES A LA R.S. Nº 286-2009/SUNAT, R.S. N° 066-2013/SUNAT y R.S. N° 234-2006/ SUNAT C.1 De las modificaciones efectuadas a la R.S. Nº 286-2009/SUNAT: En la Segunda Disposición Complementaria ModifiInstituto Pacífico catoria de la presente resolución; se desarrollan los siguientes cambios vigentes desde el 30.12.2013: Artículo 1º - Definiciones: Se actualizó la normativa del literal c) que aprueba el Código Tributario, D.S. Nº 133-2013-EF (anteriormente señalaba el D.S. Nº 135-99-EF). Se modifica el literal j) Libros y /o Registros; antes señalaba Libros y/o Registros Electrónicos; en esta modificación se relaciona a los Anexos Nº 14 “Relación de libros y/o registros que obligatoriamente deben ser llevados de manera electrónica”; Anexo 445 “Relación de Libros y/o registros que pueden ser llevados voluntariamente de manera electrónica” y Anexo 55 “Relación de Libros y/o registros que obligatoriamente deben ser llevados de manera electrónica por los sujetos incorporados al Sistema”. Artículo 4: De la incorporación al Sistema Se establece los libros y/o registros contables que se deben llevar de manera obligatoria por parte de los sujetos designados por Sunat como PRICOS; en el Anexo 5 “Relación de Libros y/o registros que obligatoriamente deben ser llevados de manera electrónica por los sujetos incorporados al Sistema”, antes contemplada en el Anexo 1, el mismo que fue modificado por la Cuarta Disposición Complementaria Modificatoria de la R.S. N° 379-2013/ SUNAT. Anexo 5 “Relación de Libros y/o Registros que obligatoriamente deben ser llevados de manera electrónica por los sujetos incorporados al sistema” Código Nombre o descripción 5 Libro Diario 5A Libro Diario de Formato Simplificados 6 Libro Mayor 8 Registro de Compras 14 Registro de Ventas e Ingresos La modificatoria establece que la incorporación al SLE-PLE de un PRICO, respecto a la obligación del llevado de los libros contenidos en el Anexo 5; surte efecto el primer día calendario del cuarto mes siguiente a aquel en el que entre en vigencia la resolución de superintendencia en el que se designe como PRICO. Artículo 6°.- De los efectos de la incorporación o de la afiliación al sistema: La modificación efectuada al numeral 6.1 de esta norma; desarrolla los libros o registros electrónicos que se encuentran obligados por la incorporación o afiliación a este sistema, así como distinguir los que puedan llevarse de forma voluntaria. Incorporados al sistema - La obligación de llevar los libros y/o registros señalados en el Anexo 5 : (Registro de Compras, Registro de Ventas e Ingresos, Libro Diario, Libro Diario de Formato Simplificado y Libro Mayor). - La opción de llevar los libros distintos a los comprendidos en el Anexo 5 de manera voluntaria. 4 Modificación de los Anexos 1 se crea a los sujetos obligados señalados en el art. 2° de la R.S. N° 379-2013/SUNAT y el Anexo 4 mediante la Cuarta Disposición Complementaria Modificatoria de la R.S. N° 379-2013/SUNAT. 5 Anexo aprobado en la Quinta Disposición Complementaria Modificatoria de la R.S. N° 379-2013/SUNAT. 49
  • 4. Resolución de Superintendencia Nº 379-2013/SUNAT Afiliados al sistema Hay que tener en consideración que aquellos contribuyentes que se hubieran afiliado al SLE-PLE y hubieran emitido la primera constancia de recepción de alguno de los libros y/o registros señalados en el Anexo 4, se encuentran obligados a continuar llevándolos de manera electrónica. Esto aplica también en el caso de que se hubiera incorporado al sistema a un sujeto que con anterioridad se hubiera afiliado. Se incorpora el artículo 6-A referido a la exclusión de los directorios de PRICOS de los sujetos incorporados al SLE-PLE; generando la opción de llevar los registros electrónicos a través del SLE-PORTAL; también establece que la exclusión no tiene efecto sobre la obligación del llevado de los otros libros y/o registros electrónicos, por cuanto estos se deberán continuar llevándolo a través del SLE-PLE. Se aclara además que no aplica la exclusión en el caso de aquellos sujetos que se excluyan de un directorio de PRICOS, para incluirse en otro directorio de PRICOS. De los Plazos máximos de atraso de los Libros y/o Registros electrónicos señalados en el art. 7; 9 y 12 Registro de Com- Cronograma aprobada por resolución pras y Registro de de superintendencia Ventas e Ingresos (para el año 2014, se aplicarán los cronogramas Tipo A y B según corresponda). Demás Libros y/o Aplica los plazos señalados en el Anexo registros electró- 2 de la R.S. Nº 234-2006/SUNAT nicos De la modificación del Anexo 2 “Estructura e Información de los libros y /o registros electrónicos” Las modificaciones resaltantes son: - La inclusión de los libros electrónicos 5.3 y 5.4 en la relación de Libros Tributarios de este anexo; denominados: 5.3 Libro Diario – Detalle del Plan Contable Utilizado 5.4 Libro Diario de Formato Simplificado – Detalle del Plan Contable Utilizado Estos libros deben elaborarse obligatoriamente en el periodo de enero de cada año o cuando se genere el libro electrónico por primera vez; en los demás meses se puede optar por generar el libro vacío, salvo que el plan contable haya sufrido alguna modificación. El uso de estos libros 5.3 y 5.4 suplen al libro 3.21 Libro de Inventario y Balances – Detalle del Plan Contable utilizado. - Se la eliminado en el cuadro de Reglas Generales de la información de los libros y registros electrónicos, los aspectos por default (texto, monto, cantidad y fecha). - Se incluye las Reglas Generales de la información de los comprobantes de Pago y/o documentos. - En la mayoría de los libros yo registros electrónicos, ha habido una variación en la cantidad de los campos; ello debido a la distinción de CUO (Código Único de la 50 Operación6) que señala debe ser el mismo consignado en el Libro Diario, y el campo del Nº Correlativo del asiento contable; anteriormente estos se mostraban en un solo campo pudiendo optar por colocar cualquiera de ellos; con esta modificación se deben mostrar en campos diferentes y ambos de manera obligatoria; así mismo el este campo tiene formato alfanumérico y deberá iniciar con alguno de estos dígitos: - La obligación de llevar los registros electrónicos contemplados en el Anexo 1 (Registro de Compras y Registro de ventas e Ingresos). - La opción de llevar los libros señalados en el Anexo 4 de manera voluntaria. A Asiento de Apertura M Asientos de movimiento o ajustes del mes C Asientos de cierre del ejercicio Las estructuras podrán visualizarse en la norma ingresando a la opción Boletín de Normas Legales o ingresando a nuestra web: www.aempresarial.com C.2 De las modificaciones efectuadas a la R.S. Nº 066-2013/SUNAT: Las modificaciones efectuadas a esta norma, y aquellas referidas al cambio de sistema, a o del, SLE-PORTAL, entran en vigencia a partir del 01.05.2014 Las modificatorias efectuadas a los artículos 4 y 6; están vinculadas a la precisión de los plazos máximos de atraso, los cuales se sujetaran al cronograma que apruebe la SUNAT. La modificación efectuada al artículo 8 numeral 8.1 corresponde al ingreso de la información mensual tanto en el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras electrónicos; eliminando el término cronológico. La modificación efectuada en el artículo 10º corresponde a los efectos del cambio del SLE-PORTAL al SLE-PLE; señalando que el cambio surte efecto a través de la afiliación al SLE-PLE y generación de los registros electrónicos. Menciona además que en el caso de que hubiera periodos en los cuales no se hubiera efectuado la anotación de las operaciones, podrá regularizar dicha anotación en el SLE-PLE respecto del periodo enero 2014 en adelante. C.3 De las modificaciones efectuadas a la R.S. Nº 234-2006/SUNAT: Mediante la Séptima Disposición Complementaria Modificatoria se sustituye el texto de los numerales 8 y 14 del Anexo 2 de la R.S. N° 234-2006/SUNAT, referido a los plazos máximos de atraso del Registro de Compras y Registro de Ventas e Ingresos, en lo que corresponde al acto o circunstancia que determina el inicio del plazo para el máximo atraso permitido: En ambos casos se señala que los 10 días hábiles de atraso permitido, se cuentan a partir del primer día siguiente hábil del mes siguiente al que corresponda el registro de las operaciones según las normas sobre la materia; anteriormente la norma hacía referencia a la recepción del comprobante de pago. D. APROBACION DEL PLE VERSION 4.0 Esta versión se encontrará disponible a partir del 01.05.2014; por tanto hasta el 30.04.2014 se deberá continuar utilizando la versión 3.0. Esta versión se utilizará a partir del 01.05.2014, incluso para la anotación de operaciones que se hubieran omitido con anterioridad a esta fecha. 6 Que es la llave única o clave primaria del software contable que identifica de manera univoca el asiento contable Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 5. Edición Especial Anexos de la R.S. Nº 379-2013/SUNAT Modificación de los anexos Nº 1, 2 y 4 de la R.S. Nº 286-2009/SUNAT Incorporación del anexo 5 de la R.S. Nº 286-2009/SUNAT Anexos I, II y III R.S. Nº 379-2013/SUNAT 513032 513032 • MODIFICACIÓN DEL ANEXO Nº 1 DE LA R.S. Nº 286-2009/SUNAT ANEXO N° 1: RELACIÓN DE REGISTROS QUE OBLIGATORIAMENTE DEBEN SER LLEVADOS DE MANERA ELECTRÓNICA POR LOS SUJETOS QUE SE AFILIEN AL SISTEMA ANEXO N° 1: RELACIÓN DE REGISTROS QUE OBLIGATORIAMENTE DEBEN SER CÓDIGO NOMBRE O DESCRIPCIÓN LLEVADOS DE MANERA ELECTRÓNICA POR LOS SUJETOS QUE SE AFILIEN AL SISTEMA 8 REGISTRO DE COMPRAS CÓDIGO NOMBRE O DESCRIPCIÓN 14 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS 8 REGISTRO DE COMPRAS 14 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS ANEXO 2: ESTRUCTURAS E INFORMACIÓN DE LOS LIBROS Y/O REGISTROS ELECTRÓNICOS El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 • Modificación del Anexo Nº 2 de la R.S. Nº 286-2009/SUNAT Libros y Registros Código ANEXO 2: ESTRUCTURAS E INFORMACIÓN DE LOS LIBROS Y/O REGISTROS ELECTRÓNICOS Libros y Registros 1 Libro Caja y Bancos 1.1 1 Libro Caja y Bancos Código Estructura del nombre del archivo (1) Estructura del nombre del archivo (1) LIBRO CAJA Y BANCOS - DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DEL EFECTIVO LIBRO CAJA Y BANCOS - DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS MOVIMIENTOS LIBRO CAJA Y BANCOS DELLA CUENTA CORRIENTE DE EFECTIVO 010100 LERRRRRRRRRRRAAAAMM0001010000OIM1.TXT 010100 010200 LERRRRRRRRRRRAAAAMM0001010000OIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMM0001020000OIM1.TXT 3 Libro de Inventarios y Balances 1.2 LIBRO CAJA Y BANCOS - DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DE LA CUENTA CORRIENTE 3.1 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - BALANCE GENERAL 3 Libro de Inventarios y Balances 010200 030100 LERRRRRRRRRRRAAAAMM0001020000OIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030100CCOIM1.TXT 030200 030100 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030200CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030100CCOIM1.TXT 030200 030300 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030200CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030300CCOIM1.TXT 1.1 1.2 3.2 3.1 3.2 3.3 3.3 3.4 3.4 3.5 3.5 3.6 3.6 3.7 3.7 3.8 3.9 3.8 3.11 3.9 3.12 3.11 3.12 3.13 3.13 3.14 3.14 3.15 3.16 3.15 3.16 3.17 3.18 3.17 3.19 3.18 3.19 Instituto Pacífico LIBRO DE INVENTARIOS LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL - BALANCE SALDO DE GENERAL LA CUENTA 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO (2) LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL LIBRO DE LA CUENTA 10 EFECTIVO Y DETALLE DEL SALDO DE INVENTARIOS Y BALANCES -EQUIVALENTES DE SALDO DE LA EFECTIVO (2) CUENTA 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS Y 13 CUENTAS POR COBRAR LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL COMERCIALES – RELACIONADAS SALDO DE LA CUENTA 12 CUENTAS POR COBRAR LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL COMERCIALES – TERCEROS Y 13 CUENTAS POR COBRAR SALDO DE LA CUENTA 14 CUENTAS POR COBRAR AL COMERCIALES – RELACIONADAS PERSONAL, A LOS ACCIONISTAS (SOCIOS), DIRECTORES LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL Y GERENTES (2) SALDO DE LA CUENTA 14 CUENTAS POR COBRAR AL LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL PERSONAL,LALOS ACCIONISTAS (SOCIOS), DIRECTORES SALDO DE A CUENTA 16 CUENTAS POR COBRAR Y GERENTES (2) DIVERSAS - TERCEROS O CUENTA 17 - CUENTAS POR LIBRO DE DIVERSAS - RELACIONADAS - DETALLE DEL COBRAR INVENTARIOS Y BALANCES SALDO DE INVENTARIOS Y CUENTAS POR COBRAR LIBRO DE LA CUENTA 16 BALANCES - DETALLE DEL DIVERSAS -LA CUENTA 19 ESTIMACIÓN- DE CUENTAS DE SALDO DE TERCEROS O CUENTA 17 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS - RELACIONADAS COBRANZA DUDOSA LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 19 ESTIMACIÓN DE Y LA CUENTA 21 SALDO DE LA CUENTA 20 - MERCADERIAS CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA - PRODUCTOS TERMINADOS (2) LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL DEL LIBRO DE INVENTARIOS SALDO DE LA CUENTA 20 - MERCADERIAS Y LA CUENTA 21 SALDO DE LA CUENTA 30 INVERSIONES MOBILIARIAS (2) -LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL PRODUCTOS TERMINADOS (2) SALDO DE LA CUENTA 34 INTANGIBLES LIBRO DE INVENTARIOS Y-BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE LIBRO DE LA CUENTA 30 INVERSIONES MOBILIARIAS (2) DEL SALDO DE LA CUENTA 41 REMUNERACIONES Y LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL PARTICIPACIONES POR PAGAR (2) SALDO DE LA CUENTA 34 - INTANGIBLES LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 42 CUENTAS POR PAGAR DEL SALDO DE LA CUENTA 41 REMUNERACIONES Y COMERCIALES – TERCEROS Y (2) PARTICIPACIONES POR PAGAR LA CUENTA 43 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – RELACIONADAS LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE LIBRO DE INVENTARIOS Y 42 CUENTAS POR PAGAR DEL SALDO DE LA CUENTABALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS COMERCIALES – TERCEROS Y LA CUENTA 43 CUENTAS – TERCEROS Y DE LA CUENTA 47 CUENTAS POR PAGAR POR PAGAR COMERCIALES – RELACIONADAS DIVERSAS – RELACIONADAS LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS SALDO DE LA CUENTA 47 - BENEFICIOS SOCIALES DE – TERCEROS Y DE LA (PCGR) - 47 CUENTAS POR PAGAR CUENTA NO APLICABLE PARA EL LOS TRABAJADORES DIVERSAS – RELACIONADAS PCGE (2) LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 47 ACTIVO DIFERIDO Y DE LA SALDO DE LA CUENTA 37 - BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES (PCGR) - NO APLICABLE PARA EL CUENTA 49 PASIVO DIFERIDO PCGE (2) LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL LIBRO DE INVENTARIOS YCAPITAL SALDO DE LA CUENTA 50 BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 37 ACTIVO DIFERIDO Y DE LA 3.16.1 DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 50 - CAPITAL CUENTA 49 PASIVO DIFERIDO 3.16.2 ESTRUCTURA DE LA PARTICIPACIÓN ACCIONARIA O LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL DE PARTICIPACIONES SOCIALES SALDO DE LA CUENTA 50 CAPITAL LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - BALANCE DE 3.16.1 DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 50 - CAPITAL COMPROBACIÓN 030300 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030300CCOIM1.TXT 030400 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030400CCOIM1.TXT 030400 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030400CCOIM1.TXT 030500 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030500CCOIM1.TXT 030500 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030500CCOIM1.TXT 030600 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030600CCOIM1.TXT 030600 030700 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030600CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030700CCOIM1.TXT 030700 030800 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030700CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030800CCOIM1.TXT 030900 030800 031100 030900 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030900CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030800CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031100CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD030900CCOIM1.TXT 031200 031100 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031200CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031100CCOIM1.TXT 031200 031300 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031200CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031300CCOIM1.TXT 031300 031400 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031300CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031400CCOIM1.TXT 031400 031500 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031400CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031500CCOIM1.TXT 031600 031500 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031500CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031601CCOIM1.TXT 031600 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031602CCOIM1.TXT 031700 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031700CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031601CCOIM1.TXT 3.16.2 ESTRUCTURA DE LABALANCES - ESTADO DE LIBRO DE INVENTARIOS Y PARTICIPACIÓN ACCIONARIA O DE PARTICIPACIONES SOCIALES FLUJOS DE EFECTIVO LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE - BALANCE DE LIBRO DE INVENTARIOS COMPROBACIÓN CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO 031800 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031602CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031800CCOIM1.TXT 031700 031900 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031700CCOIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031900CCOIM1.TXT 031800 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031800CCOIM1.TXT LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO 031900 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD031900CCOIM1.TXT 1
  • 6. El Peruano Edicióndiciembre de 2013 Domingo 29 de Especial 513033 3.20 032000 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD032000CCOIM1.TXT 3.21 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL PLAN 032100 CONTABLE UTILIZADO LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD032100CCOIM1.TXT 3.22 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DE LAS CUENTAS Y/O PARTIDAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS 032200 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD032200CCOIM1.TXT 3.23 4 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS POR FUNCIÓN LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS (3) 032300 LERRRRRRRRRRRAAAAMMDD032300CCOIM1.PDF 040100 LERRRRRRRRRRRAAAAMM0004010000OIM1.TXT 050100 LERRRRRRRRRRRAAAAMM0005010000OIM1.TXT Libro de Retenciones inciso e) y f) del Art. 34° de la LIR 4.1 5 LIBRO DE RETENCIONES INCISO E) Y F) DEL ART. 34° DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA Libro Diario 5.1 5A LIBRO DIARIO 5.3 LIBRO DIARIO - DETALLE DEL PLAN CONTABLE UTILIZADO Libro Diario de Formato Simplicado 5.2 LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO 5.4 LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO - DETALLE DEL PLAN CONTABLE UTILIZADO 050200 LERRRRRRRRRRRAAAAMM0005020000OIM1.TXT LIBRO MAYOR 060100 LERRRRRRRRRRRAAAAMM0006010000OIM1.TXT 7.1 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS REVALUADOS Y NO REVALUADOS 070100 LERRRRRRRRRRRAAAA000007010000OIM1.TXT 7.3 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LA DIFERENCIA DE CAMBIO 070300 LERRRRRRRRRRRAAAA000007030000OIM1.TXT 7.4 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS BAJO LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO AL 31.12 070400 LERRRRRRRRRRRAAAA000007040000OIM1.TXT 080100 LERRRRRRRRRRRAAAAMM0008010000OIM1.TXT 6 Libro Mayor 7 Registro de Activos Fijos 6.1 8 Registro de Compras 9 Registro de Consignaciones 8.1 REGISTRO DE COMPRAS 9.1 LERRRRRRRRRRRAAAAMM0009010000OIM1.TXT REGISTRO DE CONSIGNACIONES - PARA EL CONSIGNATARIO - CONTROL DE BIENES RECIBIDOS EN CONSIGNACIÓN 090200 LERRRRRRRRRRRAAAAMM0009020000OIM1.TXT 10.1 REGISTRO DE COSTOS - ESTADO DE COSTO DE VENTAS ANUAL 100100 LERRRRRRRRRRRAAAA000010010000OIM1.TXT 10.2 REGISTRO DE COSTOS - ELEMENTOS DEL COSTO MENSUAL 100200 LERRRRRRRRRRRAAAA000010020000OIM1.TXT 10.3 12 090100 9.2 10 REGISTRO DE CONSIGNACIONES - PARA EL CONSIGNADOR - CONTROL DE BIENES ENTREGADOS EN CONSIGNACIÓN REGISTRO DE COSTOS - ESTADO DE COSTO DE PRODUCCION VALORIZADO ANUAL 100300 LERRRRRRRRRRRAAAA000010030000OIM1.TXT 120100 LERRRRRRRRRRRAAAAMM0012010000OIM1.TXT 130100 LERRRRRRRRRRRAAAAMM0013010000OIM1.TXT 140100 LERRRRRRRRRRRAAAAMM0014010000OIM1.TXT Registro de Costos Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas 12.1 13 Registro de Inventario Permanente Valorizado 13.1 14 REGISTRO DEL INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS - DETALLE DEL INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS REGISTRO DEL INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO - DETALLE DEL INVENTARIO VALORIZADO Registro de Ventas e Ingresos 14.1 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS (1) Se detalla lo que signica cada parte de la estructura del nombre (2) Podrán ser elaborados sin consignar información, siempre que cuente con la referida información con la estructura establecida en otro libro y/o registro llevado de manera electrónica y sea presentado cuando le sea requerido por la SUNAT (3) Este libro deberá registrarse en formato pdf. Su información y contenido debe estar de acuerdo a la normatividad señalada por la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV Posición Nemotécnico Descripción 01-02 LE Identicador jo ‘LE’ 03-13 RRRRRRRRRRR RUC del deudor tributario 14-17 AAAA Año, aplica a todos los libros 18-19 MM Mes, aplica a los libros de periodicidad mensual, para los demás consigne ‘00’: 1. Libros Caja y Bancos 4. Libro de Retenciones inciso e) y f) del Art. 34° de la LIR 2 Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 7. Edición Especial El Peruano 513034 Domingo 29 de diciembre de 2013 5. Libro Diario 5A. Libro Diario de Formato Simplicado 6. Libro Mayor 9. Registro de Consignaciones 12. Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas 13. Registro de Inventario Permanente Valorizado 14. Registro de Ventas e Ingresos 20-21 DD Día, aplica al Libro de Inventarios y Balances, para los demás consigne ‘00’ 22-27 LLLLLL Identicador del libro 28-29 CC Código de oportunidad de presentación del EEFF, aplica al Libro de Inventarios y Balances, para los demás consigne ‘00’: 01 Al 31 de diciembre 02 Al 31 de enero, por modicación del porcentaje 03 Al 30 de junio, por modicación del coeciente o porcentaje 04 Al último día del mes que sustentará la suspensión o modicación del coeciente (distinto al 31 de enero o 30 de junio) 05 Al día anterior a la entrada en vigencia de la fusión, escisión y demás formas de reorganización de sociedades o empresas o extinción de la persona jurídica 06 Empresa o entidad operativa Cierre del libro - no obligado a llevarlo Cierre de operaciones - baja de inscripción en el RUC I Indicador del contenido del libro o registro 1 Con información 0 Sin información M Indicador de la moneda utilizada 1 Nuevos soles 2 US dólares G Indicador de libro electrónico generado por el PLE 1 33-33 Indicador de operaciones 0 32-32 O 2 31-31 A la fecha de presentación para libre propósito 1 30-30 A la fecha del balance de liquidación, cierre o cese denitivo del deudor tributario 07 Generado por PLE (Fijo) REGLAS GENERALES DE LA INFORMACIÓN DE LOS LIBROS Y REGISTROS ELECTRÓNICOS El Programa de Libros Electrónicos - PLE valida los libros y registros generados por el contribuyente en archivos en formato de texto, con la estructura que se indica en las siguientes hojas y cuyos campos deben estar separados por el caracter “|” (conocido como pipe o palote). Adicionalmente, dichos archivos deben ser generados con los nombres que se detallan en la hoja “Libros Tributarios”. N° Aspecto solicitado 1 Monto negativo Regla Consignar el formato “- #.##” 2 Texto No debe contener los caracteres: |, %, •, $, ¿?, ^, Ç, ª, º, ~, €, ¬, ç, ¡ 3 Fecha Debe ser menor o igual al periodo informado Reglas de tipo y número de documento Nro. Descripcion LO T L M 0 OTROS 15 A V - 1 LIBRETA ELECTORAL O DNI 08 N F - 4 CARNET DE EXTRANJERIA 12 A V - 6 REG. UNICO DE CONTRIBUYENTES 11 N F M 7 PASAPORTE 12 A V - A CEDULA DIPLOMATICA 15 N F - Donde: LO T Longitud Tipo A: Alfanumérico (Solo letras y números) N: Numérico L Tipo de longitud F: Fija V: Variable M Módulo 11 M: Aplica - : No aplica Instituto Pacífico 3
  • 8. 4 DESCRIP-CIÓN Otros Factura Recibo por Honorarios Boleta de Venta Liquidación de compra Boletos de Transporte Aéreo que emiten las Compañías de Aviación Comercial por el servicio de transporte aéreo regular de pasajeros, emitido de manera manual, mecanizada o por medios electrónicos (BME) Carta de porte aéreo por el servicio de transporte de carga aérea Nota de crédito CÓDIGO (Tabla 10) 00 01 02 03 04 05 06 07 SI SI SI SI SI NO SI SI Registro de Ventas e Ingresos 2 8 ESTADO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI NO SI SI SI SI SI SI NO SI 1 SI SI SI SI SI SI SI 9 Validaciones 4 4 1 Hasta 4 4 4 Número Validaciones Hasta 20 1. Obligatorio 2. Alfanumérico Longitud Hasta 7 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 11 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 7 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 7 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio Hasta 7 1. Obligatorio. 2. Númérico, comenzando por 0000 y 2. Numérico mayor a terminado con 9999. cero (0). 3. Alfanumérico, si es electrónico, la seríe debe ser E001 o FXXX (Donde X es alfanumérico). 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0001 y terminado con 9999. 1. Obligatorio 2. Consignar Tipo de Boleto: 1= Boleto Manual 2= Boleto Automático 3= Boleto Electrónico 4= Otros 5= Anulado 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999. 3. Alfanumérico, si es electrónico SEESOL de Liquidación de Compra, la seríe debe ser E001 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999. 3. Alfanumérico, si es electrónico, la seríe debe ser BXXX (Donde X es alfanumérico). Hasta 7 1. Obligatorio. 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y 2. Numérico mayor a terminado con 9999. cero (0). 3. Alfanumérico, si es electrónico, la seríe debe ser E001 o FXXX (Donde X es alfanumérico). Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Longitud Serie/Número de la Maquina registradora REGLAS GENERALES DE LA INFORMACIÓN DE LOS COMPROBANTES DE PAGO Y/O DOCUMENTOS SI SI SI SI SI SI SI SI Registro de Compras NO NO NO NO SI SI SI SI 0 SI SI SI SI NO NO SI SI 1 SI SI SI SI NO NO SI SI 6 SI SI SI SI NO NO SI SI 7 ESTADO SI SI SI SI SI SI SI SI 9 Validaciones 4 4 1 4 4 4 4 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999. 3. Alfanumérico, si es electrónico, la seríe debe ser E001 o FXXX (Donde X es alfanumérico). 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0001 y terminado con 9999. 1. Obligatorio 2. Consignar Tipo de Boleto: 1= Boleto Manual 2= Boleto Automático 3= Boleto Electrónico 4= Otros 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999. 3. Alfanumérico, si es electrónico SEE-SOL de Liquidación de Compra, la seríe debe ser E001 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999. 3. Alfanumérico, si es electrónico, la seríe debe ser BXXX (Donde X es alfanumérico). 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999 3. Alfanumérico si el CdP es electrónico, debe ser E001 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999. 3. Alfanumérico, si es electrónico, la seríe debe ser E001 o FXXX (Donde X es alfanumérico). Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Longitud Serie/Código de la Dependencia Aduanera Hasta 7 Hasta 7 Hasta 11 Hasta 7 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 7 Hasta 7 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Alfanumérico Validaciones Número Hasta 7 Hasta 20 Longitud Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513035 Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 9. Nota de débito Guía de remisión - Remitente Recibo por Arrendamiento Póliza emitida por las Bolsas de Valores, Bolsas de Productos o Agentes de Intermediación por operaciones realizadas en las Bolsas de Valores o Productos o fuera de las mismas, autorizadas por SMV Ticket o cinta emitido por máquina registradora Documentos emitidos por las empresas del sistema nanciero y de seguros, y por las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público, que se encuentren bajo el control de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Recibo por servicios públicos de suministro de energía eléctrica, agua, teléfono, telex y telegrácos y otros servicios complementarios que se incluyan en el recibo de servicio público Boletos emitidos por el servicio de transporte terrestre regular urbano de pasajeros y el ferroviario público de pasajeros prestado en vía férrea local. Boletos de viaje emitidos por las empresas de transporte nacional de pasajeros, siempre que cuenten con la autorización de la autoridad competente, en las rutas autorizadas. Vía terrestre o ferroviario público no emitido por medios electrónicos (BVME) Documento emitido por la Iglesia Católica por el arrendamiento de bienes inmuebles Documento emitido por las Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones que se encuentran bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP 08 09 10 Instituto Pacífico 11 12 13 14 15 16 17 18 SI SI 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). NO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Obligatorio 2. Alfanumérico (serie de la máquina registradora) Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). SI SI SI SI SI SI SI SI 15 1. Obligatorio Hasta 7 1. Obligatorio. 2. Númérico, comenzando por 0000 y 2. Numérico mayor a terminado con 9999. cero (0). 3. Alfanumérico, si es electrónico, la seríe debe ser E001 o FXXX (Donde X es alfanumérico). Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico 4 SI SI SI SI SI NO SI SI NO NO SI SI SI SI SI NO NO NO NO SI NO NO NO NO NO SI SI SI SI NO SI NO NO NO NO SI SI SI SI NO SI NO NO NO NO SI SI SI SI NO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI 1. Obligatorio 2. Consignar 1683 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999. 3. Alfanumérico, si es electrónico, la seríe debe ser E001 o FXXX (Donde X es alfanumérico). Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Obligatorio 2. Alfanumérico (serie de la máquina registradora) Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico 4 4 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 15 Hasta 20 Hasta 7 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Numérico 2. Anotar el número de orden del formulario 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). 513036 Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 5
  • 10. 6 Pólizas de Adjudicación emitidas con ocasión del remate o adjudicación de bienes por venta forzada, por los martilleros o las entidades que rematen o subasten bienes por cuenta de terceros Certicado de pago de regalías emitidas por PERUPETRO S.A Documento de Atribución (Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, Art. 19º, último párrafo, R.S. N° 022-98-SUNAT). Recibo por el Pago de la Tarifa por Uso de Agua Supercial con nes agrarios y por el pago de la Cuota para la ejecución de una determinada obra o actividad acordada por la Asamblea General de la Comisión de Regantes o Resolución expedida por el Jefe de la Unidad de Aguas y de Riego (Decreto Supremo N° 003-90-AG, Arts. 28 y 48) 22 23 24 25 26 Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo Comprobante por Operaciones No Habituales 21 Documentos emitidos por los servicios aeroportuarios prestados a favor de los pasajeros, mediante mecanismo de etiquetas autoadhesivas. Documentos emitidos por la COFOPRI en calidad de oferta de venta de terrenos, los correspondientes a las subastas públicas y a la retribución de los servicios que presta Documentos emitidos por las empresas que desempeñan el rol adquirente en los sistemas de pago mediante tarjetas de crédito y débito, emitidas por bancos e instituciones nancieras o crediticias, domiciliados o no en el país. 27 Comprobante de Retención Conocimiento de embarque por el servicio de transporte de carga marítima 20 Boleto o entrada por atracciones y espectáculos públicos 19 28 29 30 SI SI SI SI SI NO SI SI NO SI NO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI NO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999. Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 4 Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 7 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI NO SI NO NO NO NO NO NO NO NO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI NO NO NO SI SI SI SI SI SI SI SI NO NO NO SI SI SI SI SI SI SI SI NO NO NO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI 1. Obligatorio 2. Consignar 0820 Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 4 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999. Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 4 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999. 4 Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 7 Hasta 20 Hasta 7 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Numérico 2. Anotar el número de orden del formulario 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513037 Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 11. Guía de Remisión - Transportista Instituto Pacífico Comprobante de Percepción Documentos emitidos por las empresas que desempeñan el rol adquiriente en los sistemas de pago mediante tarjetas de crédito emitidas por ellas mismas Boletos emitidos por las Compañías de Aviación Comercial que prestan servicios de transporte aéreo no regular de pasajeros y transporte aéreo especial de pasajeros. Billetes de lotería, rifas y apuestas. Documentos emitidos por centros educativos y culturales, universidades, asociaciones y fundaciones, en lo referente a actividades no gravadas con tributos administrados por la SUNAT. Formulario de Declaración - pago o Boleta de pago de tributos Internos 42 43 44 45 46 Documentos que emitan los concesionarios del servicio de revisiones técnicas vehiculares, por la prestación de dicho servicio 37 Comprobante de Percepción - Venta interna Recibo de Distribución de Gas Natural 36 41 Documento del Partícipe 35 40 Maniesto de Pasajeros Documento del Operador 34 32 33 Documentos emitidos por las empresas recaudadoras de la denominada Garantía de Red Principal a la que hace referencia el numeral 7.6 del artículo 7° de la Ley N° 27133 – Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural 31 NO SI SI SI SI NO NO SI SI NO NO NO SI NO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999. Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico 4 Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 8 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). SI SI SI SI SI NO NO SI SI SI SI NO SI NO SI SI SI NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO SI SI SI SI SI SI SI NO NO NO SI SI SI SI SI SI SI NO NO NO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999. 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999. 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0000 y terminado con 9999. 4 1. Obligatorio 2. Consignar número de formulario físico o virtual Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico 4 4 4 Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 8 Hasta 7 Hasta 7 Hasta 20 1. Numérico 2. Anotar el número de orden del formulario físico o virtual 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio. 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 513038 Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 7
  • 12. Constancia de Depósito - IVAP (Ley 28211) 8 Declaración Única de Aduanas - Importación denitiva Póliza o DUI Fraccionada Despacho Simplicado - Importación Simplicada Declaración de Mensajería o Courier Liquidación de Cobranza BVME para transporte ferroviario de pasajeros Comprobante de pago SEAE Nota de Crédito Especial Nota de Débito Especial Comprobante de No Domiciliado Exceso de crédito scal por retiro de bienes Nota de Crédito - No Domiciliado Nota de Débito - No Domiciliado 49 50 51 52 53 54 55 56 87 88 91 96 97 98 NO NO NO NO SI SI SI SI NO NO NO NO NO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI NO SI SI SI SI SI SI 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0001 y terminado con 9999. 1. Obligatorio 2. Consignar Tipo de Boleto: 1= Boleto Pre-Impreso 2= Boleto Electrónico 5= Anulado Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico 4 1 Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 11 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 11 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI NO NO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI NO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI 1. Obligatorio 2. Númérico, comenzando por 0001 y terminado con 9999. 1. Obligatorio 2. Consignar Tipo de Boleto: 1= Boleto PreImpreso 2= Boleto Electrónico 1. Numérico 2. Validar con parámetros de la tabla 11 1. Numérico 2. Validar con parámetros de la tabla 11 1. Numérico 2. Validar con parámetros de la tabla 11 1. Numérico 2. Validar con parámetros de la tabla 11 1. Numérico 2. Validar con parámetros de la tabla 11 Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico 4 1 3 3 3 3 3 Hasta 20 1. Optativo 2. Alfanumérico Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 11 Hasta 11 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 Hasta 20 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Optativo 2. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). 1. Obligatorio 2. Numérico mayor a cero (0). Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513039 Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 13. El Peruano Edicióndiciembre de 2013 Domingo 29 de Especial 513040 1 Estructura del Libro Caja y Bancos 1.1 LIBRO CAJA Y BANCOS - DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DEL EFECTIVO Campo Long. Obligatorio Llave única Descripción Formato 1 8 Si Si Periodo Numérico 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es Alfanumérico la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMM00 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 8 es igual a ‘1’ 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 7 es diferente a ‘1’ 1. Obligatorio 2. Si el campo 8 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 8 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 8 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo del asiento contable Alfanumérico identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 4 10 Si No Fecha de la operación DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 5 Hasta 100 Si No Descripción de la operación. Alfanumérico 1. Obligatorio 6 Hasta 20 Si enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Movimientos del Debe Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excluyente con campo 7 4. Campo 6 y 7 pueden ser ambos 0.00 5. La suma del campo 6 (correspondiente al mismo CUO) debe ser igual a la suma del campo 7 7 Hasta 20 Si enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Movimientos del Haber Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excluyente con campo 6 4. Campo 6 y 7 pueden ser ambos 0.00 5. La suma del campo 7 (correspondiente al mismo CUO) debe ser igual a la suma del campo 6 8 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 9 al 16 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 1.2 LIBRO CAJA Y BANCOS - DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DE LA CUENTA CORRIENTE Campo Long. Obligatorio Llave Descripción única Formato Observaciones 1 Si Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMM00 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 14 es igual a ‘1’ 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 14 es diferente a ‘1’ 8 Si Periodo 7. No acepta valor por default Instituto Pacífico 9
  • 14. Edición Especial El Peruano 513041 Domingo 29 de diciembre de 2013 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es Alfanumérico la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. 1. Obligatorio 2. Si el campo 15 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 15 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 15 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica 3 Si Número correlativo del asiento contable Alfanumérico identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 4 2 Si Si Código de la entidad nanciera donde se encuentra su cuenta bancaria 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 3 5 Hasta 30 Si Si Código de la cuenta bancaria del contribuyente Alfanumérico 6 10 Si No Fecha de la operación DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 7 3 Si No Medio de pago utilizado en la operación bancaria Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 1 8 Hasta 100 Si No Descripción de la operación bancaria. Alfanumérico 1. Obligatorio 9 1 Si No Tipo de Documento de Identidad del girador o beneciario Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 2 3. En caso de no existir o de tratarse de operaciones múltiples, registrar ‘-’ 10 Hasta 15 Si No Número de Documento de Identidad del girador Alfanumérico o beneciario 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 3. En caso de no existir o de tratarse de operaciones múltiples, registrar ‘-’ 11 Hasta 100 Si No Apellidos y nombres, Denominación o Razón Social del girador o beneciario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. De tratarse de operaciones múltiples se podrá consignar “varios” 12 Hasta 20 Si No Número de transacción bancaria, número de documento sustentatorio o número de control interno de la operación bancaria Alfanumérico 1. Obligatorio 13 Hasta 20 Si enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Parte deudora de saldos y movimientos Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excluyente con campo 14 4. Campo 13 y 14 no pueden ser ambos 0.00 14 Hasta 20 Si enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Parte acreedora de saldos y movimientos Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excluyente con campo 13 4. Campo 13 y 14 no pueden ser ambos 0.00 15 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 16 al 30 10 De 2 hasta 10 Si Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. Numérico 1. Obligatorio Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 15. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513042 3 Estructura del Libro de Inventarios y Balances 3.1 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - BALANCE GENERAL Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 5 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 5 es diferente a ‘1’ 2 1 Si Si Código del catálogo Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 22 3. Se debe utilizar el catálogo de la SMV (ex CONASEV) cuando esté obligado a utilizar el Plan Contable General Empresarial o Revisado, o se esté bajo el ámbito de supervisión de la SMV (ex CONASEV). 3 6 Si Si Código de la Cuenta Contable y/o Partida Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si campo 2 = 1 entonces la primera posición del Código de la Cuenta Contable y/o Partida debe comenzar con el digito 1, según la SMV (ex CONASEV). 3. Si el campo 5 es igual a ‘1’, consignar el Código la Cuenta Contable y/o Partida del periodo que se está informando 4. Si el campo 5 es igual a ‘8’, consignar el Código de la Cuenta Contable y/o Partida que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código asociado a su periodo 5. Si el campo 5 es igual a ‘9’, consignar el Código de la Cuenta Contable y/o Partida que corresponda al periodo que se modica 4 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Saldo del Rubro Contable Numérico 1. Obligatorio 5 1 Si No Indica el estado de la operación 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 6 al 10 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Numérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.2 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO (PCGE) (2) Campo Long. Obligatorio 1 8 Si Llave única Descripción Si Periodo Formato Observaciones Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 8 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 8 es diferente a ‘1’ 7. No acepta valor por default 2 Instituto Pacífico Hasta 24 Si Si Código de la cuenta Numérico contable desagregado en subcuentas al nivel máximo de dígitos utilizado, según la estructura 5.3 1. Obligatorio 2. Si el campo 8 es igual a ‘1’, consignar la Cuenta Contable del periodo que se está informando 11
  • 16. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513043 3. Si el campo 8 es igual a ‘8’, consignar la Cuenta Contable que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a esta cuenta asociada a su periodo 4. Si el campo 8 es igual a ‘9’, consignar la Cuenta Contable que corresponda al periodo que se modica 3 2 Si Si Código de la Entidad nanciera a la que corresponde la cuenta Numérico 4 Hasta 30 Si Si Número de la cuenta de la Alfanumérico Entidad Financiera 1. Obligatorio 2. Si campo3 = 99 entonces campo4 será “-“ 3. 4.2. Si campo3 <>99 entonces campo4 <> “-“ 5 3 Si Si Tipo de moneda correspondiente a la cuenta Se registra el tipo de moneda , ver hoja “Tipos de Moneda” 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 4 6 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Saldo deudor de la cuenta Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excluyente con el campo 7 7 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Saldo acreedor de la cuenta Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excluyente con el campo 6 8 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 9 al 16 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Alfanumérico Se registra el código de Banco , ver hoja “Códigos de Bancos” 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 3 3. Consignar ‘99’ en caso de efectivo 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.3 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS Y 13 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – RELACIONADAS (PCGE) (2) Campo Long. Obligatorio 1 8 Si Llave única Descripción Si Periodo Formato Observaciones Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 9 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 9 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 9 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 9 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 9 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO de la operación original que se modica 12 Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 17. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513044 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo Alfanumérico del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 4 1 Si Si Tipo de Documento de Identidad del cliente 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 2 5 Hasta 15 Si Si Número de Documento de Alfanumérico Identidad del cliente 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 6 Hasta 100 Si No Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del cliente Alfanumérico 1. Obligatorio 7 10 Si No Fecha de emisión o fecha de referencia del Comprobante de Pago DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 8 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Monto de cada cuenta por Numérico cobrar del cliente 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente permitirá negativo 9 1 Si No Indica el estado de la operación 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 10 al 18 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Alfanumérico Numérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.4 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 14 CUENTAS POR COBRAR AL PERSONAL, A LOS ACCIONISTAS (SOCIOS), DIRECTORES Y GERENTES (PCGE) (2) Campo Long. Obligatorio 1 8 Si Llave única Descripción Si Periodo Formato Observaciones Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 9 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 9 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 9 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 9 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 9 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) correlativo de la operación original que se modica Instituto Pacífico 13
  • 18. Edición Especial El Peruano 513045 Domingo 29 de diciembre de 2013 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo Alfanumérico del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 4 1 Si Si Tipo de Documento de Identidad del accionista, socio o personal 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 2 5 Hasta 15 Si Si Número de Documento de Alfanumérico Identidad del accionista, socio o personal 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 6 Hasta 100 Si No Apellidos y Nombres, Alfanumérico Denominación o Razón Social del accionista, socio o personal 1. Obligatorio 7 10 Si No Fecha de inicio de la operación 8 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Monto de cada cuenta por Numérico cobrar del accionista, socio o personal 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente permitirá negativo 9 1 Si No Indica el estado de la operación 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 10 al 18 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Alfanumérico DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. Numérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.5 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS - TERCEROS O CUENTA 17 - CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS - RELACIONADAS (PCGE) (2) Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 9 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 9 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 9 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 9 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 9 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica 14 Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 19. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513046 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo Alfanumérico del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 4 1 Si Si Tipo de Documento de Identidad del tercero 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 2 5 Hasta 15 Si Si Número de Documento de Alfanumérico Identidad del tercero 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 6 Hasta 100 Si No Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social de terceros Alfanumérico 1. Obligatorio 7 10 Si No Fecha de emisión del Comprobante de Pago o Fecha de inicio de la operación DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 8 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Monto de cada cuenta por Numérico cobrar del tercero 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente permitirá negativo 9 1 Si No Indica el estado de la operación 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 10 al 18 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Alfanumérico Numérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.6 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 19 ESTIMACIÓN DE CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA (PCGE) (2) Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 12 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 12 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 12 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 12 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 12 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica Instituto Pacífico 15
  • 20. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513047 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo Alfanumérico del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 4 1 Si Si Tipo de Documento de Identidad del deudor 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 2 5 Hasta 15 Si Si Número de Documento de Alfanumérico Identidad del deudor 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 6 Hasta 100 Si No Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del deudor Alfanumérico 1. Obligatorio 7 2 Si No Tipo de Comprobante de Pago de la cuenta por cobrar provisionada, en caso sea aplicable Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 10 3. En caso de no existir , registrar ‘00’ 8 Hasta 24 Si No Número serie del Alfanumérico comprobante de pago o documento o número de serie de la maquina registradora de la cuenta por cobrar provisionada, en caso sea aplicable 1. Obligatorio 2. Positivo, de ser numérico 3. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 9 Hasta 20 Si No Número de Comprobante de Pago de la cuenta por cobrar provisionada, en caso sea aplicable Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (por tipo doc.) 10 10 Si No Fecha de emisión del Comprobante de Pago o Fecha de inicio de la operación DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 11 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Monto de cada provisión del deudor Numérico 1. Obligatorio 2. Negativo o ‘0.00’ 12 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 13 al 24 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.7 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 20 - MERCADERIAS Y LA CUENTA 21 - PRODUCTOS TERMINADOS (PCGE) (2) Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 12 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 12 es diferente a ‘1’ 2 Si Si Código del catálogo utilizado Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 13 3 16 1 2 Si Si Tipo de existencia Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 5 Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 21. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513048 4 Hasta 24 Si Si Código propio de la Alfanumérico existencia correspondiente al catálogo señalado en el campo 5. 1. Obligatorio 2. Según catálogo utilizado (campo 5) 5 8 Si Si Código de la existencia, Numérico de acuerdo al Catálogo de Bienes, Servicios y Obras (*) establecido por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y vigente al 01 de enero de cada año. 1. Obligatorio 6 Hasta 80 Si No Descripción de la existencia Alfanumérico 1. Obligatorio 7 Hasta 3 Si No Código de la Unidad de medida de la existencia Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 6 8 1 Si No Código del método de valuación utilizado Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 14 9 Hasta 12 enteros y hasta 8 decimales, sin comas de miles Si No Cantidad de la existencia Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo 10 Hasta 12 enteros y hasta 8 decimales, sin comas de miles Si No Costo unitario de la existencia Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente permitirá negativo 11 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Costo total Numérico 1. Obligatorio 2. El dato de este campo es producto de multiplicar el dato del campo “8” por el dato del campo “9” 12 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 13 al 24 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.8 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 30 INVERSIONES MOBILIARIAS (PCGE) (2) Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 12 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 12 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 12 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 12 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 12 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica Instituto Pacífico 17
  • 22. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513049 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo Alfanumérico del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 4 1 Si Si Tipo de Documento de Identidad del emisor 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 2 3. En caso de no existir registrar ‘0’ 5 Hasta 15 Si Si Número de Documento de Alfanumérico Identidad del emisor 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 3. En caso de no existir registrar ‘0’ 6 Hasta 100 Si No Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del emisor Alfanumérico 1. Obligatorio 7 2 Si No Código del Título Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 15 8 Hasta 12 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor nominal unitario del Título Numérico 1. Obligatorio Numérico 1. Obligatorio Alfanumérico 9 Hasta 12 Si No Cantidad de Títulos 10 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor en libros - Costo total Numérico de los Títulos 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente permitirá negativo 11 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor en Libros - Provisión Numérico total de los Títulos 1. Obligatorio 2. Negativo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente permitirá positivo 12 1 Si No Indica el estado de la operación 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 13 al 24 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Numérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.9 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 34 - INTANGIBLES (PCGE) (2) Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 9 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 9 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 9 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 9 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 18 Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 23. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513050 4. Si el campo 9 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica 3 De 2 hasta 10 Si Si Alfanumérico Número correlativo del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 4 10 Si No Fecha de inicio de la operación 5 Hasta 24 Si No Código de la cuenta Numérico contable asociada a la obligación y desagregado en subcuentas al nivel máximo de dígitos utilizado, según la estructura 5.3 1. Obligatorio 2. Desde tres dígitos hasta el nivel el nivel máximo de dígitos utilizado por cuenta contable. 6 Hasta 40 Si No Descripción del intangible Alfanumérico 1. Obligatorio 7 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor contable del intangible Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente permitirá negativo 8 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Amortización contable acumulada Numérico 1. Obligatorio 2. Negativo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente permitirá positivo 9 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 10 al 18 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.11 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 41 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR (PCGE) (2) Campo Long. Obligatorio 1 8 Si Llave única Descripción Si Periodo Formato Observaciones Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 10 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 10 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 10 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 10 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) Instituto Pacífico 19
  • 24. Edición Especial El Peruano 513051 Domingo 29 de diciembre de 2013 4. Si el campo 10 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo Alfanumérico del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 4 Hasta 24 Si Si Código de la cuenta Numérico contable desagregado en subcuentas al nivel máximo de dígitos utilizado, según la estructura 5.3 1. Obligatorio 5 1 Si Si Tipo de Documento de Identidad del trabajador 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 2 6 Hasta 15 Si Si Número de Documento de Alfanumérico Identidad del trabajador 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 7 Hasta 11 Si No Código del trabajador Alfanumérico 1. Obligatorio 8 Hasta 100 Si No Apellidos y Nombres del trabajador Alfanumérico 1. Obligatorio 9 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Saldo Final Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente permitirá negativo 10 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 11 al 20 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.12 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS Y LA CUENTA 43 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – RELACIONADAS (PCGE) (2) Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 9 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 9 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 9 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 9 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 20 Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 25. Edición Especial El Peruano 513052 Domingo 29 de diciembre de 2013 4. Si el campo 9 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo Alfanumérico del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 4 1 Si Si Tipo de Documento de Identidad del proveedor 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 2 3. No acepta valor por default 5 Hasta 15 Si Si Número de Documento de Alfanumérico Identidad del proveedor 6 10 Si No Fecha de emisión del Comprobante de Pago DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 7 Hasta 100 Si No Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del proveedor Alfanumérico 8 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Monto de cada cuenta por Numérico pagar al proveedor 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente permitirá negativo 9 1 Si No Indica el estado de la operación 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 10 al 18 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Alfanumérico Numérico 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 1. Obligatorio 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.13 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – TERCEROS Y DE LA CUENTA 47 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – RELACIONADAS (PCGE) (2) Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 10 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 10 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 10 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 10 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) Instituto Pacífico 21
  • 26. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513053 4. Si el campo 10 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo Alfanumérico del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 4 1 Si Si Tipo de Documento de Identidad del tercero 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 2 5 Hasta 15 Si Si Número de Documento de Alfanumérico Identidad del tercero 6 10 Si No Fecha de emisión del Comprobante de Pago o Fecha de inicio de la operación DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 7 Hasta 100 Si No Apellidos y Nombres de terceros Alfanumérico 8 Hasta 24 Si No Código de la cuenta Numérico contable asociada a la obligación y desagregado en subcuentas al nivel máximo de dígitos utilizado, según la estructura 5.3 1. Obligatorio 2. Positivo 9 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Monto pendiente de pago al tercero Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente permitirá negativo 10 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 11 al 20 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 1. Obligatorio 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.14 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 47 - BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES (PCGR) - NO APLICABLE PARA EL PCGE (2) Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 8 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 8 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 8 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 8 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. 22 Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 27. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513054 Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 8 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo Alfanumérico del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 4 1 Si Si Tipo de Documento de Identidad del trabajador 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 2 5 Hasta 15 Si Si Número de Documento de Alfanumérico Identidad del trabajador 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 6 Hasta 100 Si No Apellidos y Nombres del trabajador Alfanumérico 1. Obligatorio 7 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Saldo Final Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente permitirá negativo 8 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 9 al 16 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.15 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 37 ACTIVO DIFERIDO Y DE LA CUENTA 49 PASIVO DIFERIDO (PCGE) (2) Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 10 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 10 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 10 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 10 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 10 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica Instituto Pacífico 23
  • 28. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513055 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo Alfanumérico del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 4 2 Si No Tipo de Comprobante de Numérico Pago relacionado, en caso sea aplicable 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 10 3. En caso de no existir , registrar ‘00’ 5 Hasta 20 Si No Número serie del comprobante de pago o documento o número de serie de la maquina registradora relacionada, en caso sea aplicable Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 6 Hasta 24 Si No Número de Comprobante de Pago relacionado, en caso sea aplicable Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (por tipo de doc.) 7 Hasta 24 Si No Código de la cuenta Numérico contable asociada a la obligación y desagregado en subcuentas al nivel máximo de dígitos utilizado, según la estructura 5.3 1. Obligatorio solo cuando se use el PCGE 2. Cuando utilice el PCGR consignar cero 3. Positivo o ‘0’ 8 Hasta 40 Si No Concepto o descripción de Alfanumérico la operación 1. Obligatorio 9 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Saldo Final Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente permitirá negativo 10 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 11 al 20 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.16 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 50 - CAPITAL (2) 3.16.1 DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 50 - CAPITAL (PCGR Y PCGE) Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 6 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 6 es diferente a ‘1’ 2 Si No Importe del Capital Social Numérico o Participaciones Sociales al cierre del ejercicio o periodo que corresponda 1. Obligatorio 2. Positivo 3 Hasta 12 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor nominal por acción o Numérico participación social 1. Obligatorio 2. Positivo 4 Hasta 12 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Número de acciones o participaciones sociales suscritas Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo 5 24 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Hasta 12 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Número de acciones o participaciones sociales pagadas Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 29. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513056 6 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 7 al 12 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.16.2 ESTRUCTURA DE LA PARTICIPACIÓN ACCIONARIA O DE PARTICIPACIONES SOCIALES Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 8 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 8 es diferente a ‘1’ 2 1 Si Si Tipo de Documento de Identidad del accionista o socio Alfanumérico 3 Hasta 15 Si Si Número de Documento de Alfanumérico Identidad del accionista o socio 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 4 3 Si No Código de los tipos de Numérico acciones o participaciones 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 16 5 Hasta 100 Si No Apellidos y Nombres, Alfanumérico Denominación o Razón Social del accionista o socio, según corresponda 1. Obligatorio 6 Hasta 12 Si No Número de acciones o de Numérico participaciones sociales 1. Obligatorio 2. Positivo 7 Hasta 3 enteros y hasta 8 decimales, Si No Porcentaje Total de Numérico participación de acciones o participaciones sociales 1. Obligatorio 2. ###.######## 3. El porcentaje debe ser mayor o igual a 0 y menor o igual a 100 8 1 Si No Indica el estado de la operación 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 9 al 16 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 2 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.17 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - BALANCE DE COMPROBACIÓN (3) Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 7 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 7 es diferente a ‘1’ 2 Instituto Pacífico Hasta 24 Si Si Código de la cuenta Numérico contable desagregado en subcuentas al nivel máximo de dígitos utilizado, según la estructura 5.3 1. Obligatorio 25
  • 30. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513057 3 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Saldo deudor inicial del ejercicio Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excluyente con el campo 4 4. Campo 3 y 4 pueden ser ambos 0.00 4 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Saldo acreedor inicial del ejercicio Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excluyente con el campo 3 4. Campo 3 y 4 pueden ser ambos 0.00 5 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Movimientos del ejercicio o Numérico periodo - Debe 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 6 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Movimientos del ejercicio o Numérico periodo - Haber 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 7 1 Si No Indica el estado de la operación 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 8 al 14 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Periodo Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 5 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 5 es diferente a ‘1’ 2 1 Si Si Código del catálogo utilizado Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 22 3. Se debe utilizar el catálogo de la SMV (ex CONASEV) cuando esté obligado a utilizar el Plan Contable General Empresarial o Revisado, o se esté bajo el ámbito de supervisión de la SMV (ex CONASEV). 3 6 Si Si Código de la Cuenta Contable y/o Partida Alfanumérico 4 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles 1 Si No Saldo del Rubro Contable Numérico 1. Obligatorio 2. Si campo2 = 1 entonces la primera posición del Código de la Cuenta Contable y/o Partida debe comenzar con el digito 3, según la SMV (ex CONASEV). 3. Si el campo 5 es igual a ‘1’, consignar el Código la Cuenta Contable y/o Partida del periodo que se está informando 4. Si el campo 5 es igual a ‘8’, consignar el Código de la Cuenta Contable y/o Partida que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código asociado a su periodo 5. Si el campo 5 es igual a ‘9’, consignar el Código de la Cuenta Contable y/o Partida que corresponda al periodo que se modica 1. Obligatorio Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.18 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO 5 26 Descripción Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 31. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513058 6 al 10 Hasta 200 No No Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.19 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 16 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 16 es diferente a ‘1’ 2 1 Si Si Código del catálogo utilizado Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 22 3. Se debe utilizar el catálogo de la SMV (ex CONASEV) cuando esté obligado a utilizar el Plan Contable General Empresarial o Revisado, o se esté bajo el ámbito de supervisión de la SMV (ex CONASEV). 3 6 Si Si Código de la Cuenta Contable y/o Partida Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si campo2 = 1 entonces la primera posición del Código de la Cuenta Contable y/o Partida debe comenzar con el digito 4, según la SMV (ex CONASEV). 3. Si el campo 16 es igual a ‘1’, consignar el Código la Cuenta Contable y/o Partida del periodo que se está informando 4. Si el campo 16 es igual a ‘8’, consignar el Código de la Cuenta Contable y/o Partida que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código asociado a su periodo 5. Si el campo 16 es igual a ‘9’, consignar el Código de la Cuenta Contable y/o Partida que corresponda al periodo que se modica 4 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Capital Numérico 1. Obligatorio 5 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Acciones de Inversión Numérico 1. Obligatorio 6 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Capital Adicional Numérico 1. Obligatorio 7 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Resultados no Realizados Numérico 1. Obligatorio 8 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Reservas Legales Numérico 1. Obligatorio 9 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si Otras Reservas Numérico 1. Obligatorio 10 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Resultados Acumulados Numérico 1. Obligatorio 11 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Diferencias de Conversión Numérico 1. Obligatorio 12 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Ajustes al Patrimonio Numérico 1. Obligatorio 13 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Resultado Neto del Ejercicio Numérico 1. Obligatorio 14 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Excedente de Revaluación Numérico 1. Obligatorio Instituto Pacífico 27
  • 32. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513059 15 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Resultado del Ejercicio Numérico 1. Obligatorio 16 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 17 al 32 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Campo Long. Obligatorio 1 8 Si 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.20 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS POR FUNCIÓN Llave única Descripción Si Periodo Formato Observaciones Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 5 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 5 es diferente a ‘1’ 2 1 Si Si Código del catálogo utilizado Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 22 3. Se debe utilizar el catálogo de la SMV (ex CONASEV) cuando esté obligado a utilizar el Plan Contable General Empresarial o Revisado, o se esté bajo el ámbito de supervisión de la SMV (ex CONASEV). 3 6 Si Si Código de la Cuenta Contable y/o Partida Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si campo2 = 1 entonces la primera posición del Código de la Cuenta Contable y/o Partida debe comenzar con el digito 2, según la SMV (ex CONASEV). 3. Si el campo 5 es igual a ‘1’, consignar el Código la Cuenta Contable y/o Partida del periodo que se está informando 4. Si el campo 5 es igual a ‘8’, consignar el Código de la Cuenta Contable y/o Partida que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código asociado a su periodo 5. Si el campo 5 es igual a ‘9’, consignar el Código de la Cuenta Contable y/o Partida que corresponda al periodo que se modica 4 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Saldo del Rubro Contable Numérico 1. Obligatorio 5 1 Si No Indica el estado de la operación 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 6 al 10 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Numérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.22 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DE LAS CUENTAS Y/O PARTIDAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Campo 28 Long. Obligatorio Llave única Descripción Formato Observaciones Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 33. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513060 1 8 Si Si Periodo Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 5 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 5 es diferente a ‘1’ 2 1 Si Si Código del catálogo Numérico 3 6 Si Si Código de la Cuenta Alfanumérico Contable y/o Partida de los Estados Financieros 1. Obligatorio 2. Si campo2 = 1 entonces la primera posición del Código de la Cuenta Contable y/o Partida debe comenzar con los digito 1, 2, 3 o 4, según SMV (antes CONASEV). 4 Hasta 100 Si No Descripción de la Cuenta Alfanumérico Contable y/o Partida de los Estados Financieros 1. Obligatorio 5 1 Si No Indica el estado de la operación 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la Cuenta Contable y/o Partida se informa en el periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la Cuenta Contable y/o Partida se debió informar en un periodo anterior y NO se informó en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la Cuenta Contable y/o Partida se informó en un periodo anterior y se desea corregir. 6 al 10 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 22 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 3.23 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Este libro deberá registrarse en formato pdf. Su información y contenido debe estar de acuerdo a la normatividad señalada por la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV (ex CONASEV) (1) Resolución Gerencia General N° 044-2007-EF/94.11 (2) Los deudores tributarios que lleven su contabilidad de acuerdo a un plan contable distinto al Plan Contable General Empresarial (PCGE) deberán adecuar la información equivalente. (3) Las cifras deben ser presentadas a valores históricos. 4 Estructura del Libro de Retenciones inciso e) y f) del Art. 34° de la LIR 4.1 LIBRO DE RETENCIONES INCISO E) Y F) DEL ART. 34° DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA Campo Long. Obligatorio Llave única Descripción 1 8 Si Si Periodo 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario o en el LDFS. Formato Observaciones Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMM00 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 9 es igual a ‘1’ 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 9 es diferente a ‘1’ Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 10 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 10 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 10 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica Instituto Pacífico 29
  • 34. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513061 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. Alfanumérico 4 10 Si No Fecha de pago o Fecha de retención 5 1 Si No Tipo de Documento de Identidad de la persona que prestó el servicio DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 2 6 Hasta 15 Si No Número de Documento de Identidad de la persona que prestó el servicio Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 7 Hasta 100 Si No Apellidos y Nombres de la persona que prestó el servicio Alfanumérico 1. Obligatorio 8 No Monto Bruto Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ No Retención efectuada Numérico 1. Obligatorio 2. Negativo o ‘0.00’ 10 Hasta 20 enteros y Si hasta 2 decimales, sin comas de miles Hasta 20 enteros y Si hasta 2 decimales, sin comas de miles 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 11 al 20 Hasta 200 No Campos de libre utilización. 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 9 No Alfanumérico 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 5 Estructura del Libro Diario 5.1 LIBRO DIARIO Campo Long. Obligatorio 1 8 Si Llave única Si 2 Hasta 40 Si Si 3 30 De 2 hasta 10 Si Si Descripción Formato Observaciones Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMM00 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 9 es igual a ‘1’ 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 9 es diferente a ‘1’ Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable . Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 13 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando Número correlativo del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. Alfanumérico Periodo 3. Si el campo 13 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 13 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 35. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513062 4 2 Si Si Código del Plan de Cuentas utilizado por el deudor tributario Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 17 5 Hasta 24 Si Si Código de la cuenta contable desagregado en subcuentas al nivel máximo de dígitos utilizado, según la estructura 5.3 - Detalle del Plan Contable utilizado Numérico 1. Obligatorio 6 10 Si No Fecha de la operación DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 7 Hasta 100 No No Glosa o descripción de la naturaleza de la operación registrada, de ser el caso. Alfanumérico 1. Obligatorio 8 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No No Movimientos del Debe Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excluyente con campo 9 4. Campo 8 y 9 pueden ser ambos 0.00 5. La suma del campo 8 (correspondiente al mismo CUO) debe ser igual a la suma del campo 9 9 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No No Movimientos del Haber Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excluyente con campo 8 4. Campo 8 y 9 pueden ser ambos 0.00 5. La suma del campo 9 (correspondiente al mismo CUO) debe ser igual a la suma del campo 8 10 Hasta 40 No No Número correlativo utilizado en el Registro de Ventas e Ingresos. No consignar nada si en el referido registro se referenció el Código Único de Operación (CUO) de este libro. Alfanumérico 11 Hasta 40 No No Número correlativo utilizado en el Registro de Compras. No consignar nada si en el referido registro se referenció el Código Único de Operación (CUO) de este libro. Alfanumérico 12 Hasta 40 No No Número correlativo utilizado en el Registro de Consignaciones. No consignar nada si en el referido registro se referenció el Código Único de Operación (CUO) de este libro. Alfanumérico 13 1 Si No Indica el estado de la operación 14 al 26 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Numérico Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 5.3 LIBRO DIARIO - DETALLE DEL PLAN CONTABLE UTILIZADO (*) Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 6 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 6 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 24 Si Si Código de la Cuenta Contable desagregada hasta el nivel máximo de dígitos utilizado Numérico 1. Obligatorio 2. Desde tres dígitos hasta el nivel el nivel máximo de dígitos utilizado por cuenta contable. 3 Hasta 100 Si No Descripción de la Cuenta Contable desagregada al nivel máximo de dígitos utilizado 4 2 Si No Código del Plan de Cuentas utilizado por el deudor tributario Instituto Pacífico Alfanumérico Numérico 1. Obligatorio 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 17 31
  • 36. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513063 5 Hasta 60 Si No Descripción del Plan de Cuentas utilizado por el deudor tributario Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si campo4 = 99 entonces campo5 será <> “-“ 3. Si campo4 <>99 entonces campo5 = “-“ 6 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la Cuenta Contable se informa en el periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la Cuenta Contable se debió informar en un periodo anterior y NO se informó en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la Cuenta Contable se informó en un periodo anterior y se desea corregir. 7 al 12 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. (*) Obligatorio en el periodo de enero cada año o cuando se genera el libro electrónico por primera vez. En los demás meses se puede optar por generar un libro vacio salvo que el Plan Contable sufra modicaciones. 5A Estructura del Libro Diario de Formato Simplicado 5.2 LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO Campo Obligatorio 1 8 Si Llave única Si 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable . Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 13 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) correlativo de la operación que se está informando 3. Si el campo 13 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) correlativo que corresponda al periodo en que se omitió la anotación Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) correlativo 4. Si el campo 13 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) correlativo de la operación original que se modica 3 De 2 hasta 10 Si Si 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 2 Si Si 5 Hasta 24 Si Si 6 10 Si No Número correlativo del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. Código del Plan de Cuentas utilizado por el deudor tributario Código de la cuenta contable desagregado en subcuentas al nivel máximo de dígitos utilizado, según la estructura 5.4 - Detalle del Plan Contable utilizado Fecha de la operación Alfanumérico 4 7 Hasta 100 No No 8 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No No Glosa o descripción de la naturaleza de la operación registrada, de ser el caso. Movimientos del Debe 9 32 Long. Descripción Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No No Movimientos del Haber Periodo Formato Observaciones Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMM00 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 9 es igual a ‘1’ 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 9 es diferente a ‘1’ Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 17 1. Obligatorio Numérico DD/MM/AAAA Alfanumérico Numérico Numérico 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 1. Obligatorio 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excluyente con campo 9 4. Campo 8 y 9 pueden ser ambos 0.00 5. La suma del campo 8 (correspondiente al mismo CUO) debe ser igual a la suma del campo 9 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excluyente con campo 8 4. Campo 8 y 9 pueden ser ambos 0.00 5. La suma del campo 9 (correspondiente al mismo CUO) debe ser igual a la suma del campo 8 Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 37. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513064 10 Hasta 40 No No Número correlativo utilizado en el Registro de Ventas e Ingresos. No consignar nada si en el referido registro se referenció el Código Único de Operación (CUO) de este libro. Alfanumérico 11 Hasta 40 No No Número correlativo utilizado en el Registro de Compras. No consignar nada si en el referido registro se referenció el Código Único de Operación (CUO) de este libro. Alfanumérico 12 Hasta 40 No No Número correlativo utilizado en el Registro de Consignaciones. No consignar nada si en el referido registro se referenció el Código Único de Operación (CUO) de este libro. Alfanumérico 13 1 Si No Indica el estado de la operación 14 al 26 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Numérico Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 5.4 LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO - DETALLE DEL PLAN CONTABLE UTILIZADO (*) Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMMDD 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 6 es igual a ‘1’. 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 6 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 24 Si Si Código de la Cuenta Contable desagregada hasta el nivel máximo de dígitos utilizado Numérico 1. Obligatorio 2. Desde tres dígitos hasta el nivel el nivel máximo de dígitos utilizado por cuenta contable. 3 Hasta 100 Si No Descripción de la Cuenta Contable desagregada al nivel máximo de dígitos utilizado 4 2 Si No Código del Plan de Cuentas utilizado por el deudor tributario Numérico 5 Hasta 60 Si No Descripción del Plan de Cuentas utilizado por el deudor tributario Alfanumérico 6 1 Si No Indica el estado de la operación 7 al 12 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. Obligatorio 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 17 1. Obligatorio 2. Si campo4 = 99 entonces campo5 será <> “-“ 3. Si campo4 <>99 entonces campo5 = “-“ Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la Cuenta Contable se informa en el periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la Cuenta Contable se debió informar en un periodo anterior y NO se informó en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la Cuenta Contable se informó en un periodo anterior y se desea corregir. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. (*) Obligatorio en el periodo de enero cada año o cuando se genera el libro electrónico por primera vez. En los demás meses se puede optar por generar un libro vacio salvo que el Plan Contable sufra modicaciones. 6 Estructura del Libro Mayor 6.1 LIBRO MAYOR Campo Instituto Pacífico Long. Obligatorio Llave única Descripción Formato Observaciones 33
  • 38. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513065 1 8 Si Si Periodo Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMM00 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 8 es igual a ‘1’ 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 8 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 13 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando Número correlativo del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. Si Código del Plan de Cuentas utilizado por el deudor tributario Si Código de la cuenta contable desagregado en subcuentas al nivel máximo de dígitos utilizado, según la estructura 5.3 - Detalle del Plan Contable utilizado No Fecha de la operación Alfanumérico 3 Si 4 2 Si 5 Hasta 24 Si 6 10 Si 7 Hasta 100 Si 8 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Glosa o descripción de la naturaleza de la operación registrada No Movimientos del Debe 9 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Movimientos del Haber 10 Hasta 40 11 Hasta 40 12 Hasta 40 13 34 Hasta 8 Si 1 Si No Número correlativo utilizado en el Registro de Ventas e Ingresos. No consignar nada si en el referido registro se referenció el Código Único de Operación (CUO) de este libro. No Número correlativo utilizado en el Registro de Compras. No consignar nada si en el referido registro se referenció el Código Único de Operación (CUO) de este libro. No Número correlativo utilizado en el Registro de Consignaciones. No consignar nada si en el referido registro se referenció el Código Único de Operación (CUO) de este libro. No Indica el estado de la operación 3. Si el campo 13 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 13 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica Numérico Numérico DD/MM/AAAA Alfanumérico Numérico Numérico Alfanumérico 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 17 1. Obligatorio 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 1. Obligatorio 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excluyente con campo 9 4. Campo 8 y 9 pueden ser ambos 0.00 5. La suma del campo 8 (correspondiente al mismo CUO) debe ser igual a la suma del campo 9 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excluyente con campo 8 4. Campo 8 y 9 pueden ser ambos 0.00 5. La suma del campo 9 (correspondiente al mismo CUO) debe ser igual a la suma del campo 8 Alfanumérico Alfanumérico Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 39. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513066 14 al 26 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 7 Estructura del Registro de Activos Fijos 7.1 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS REVALUADOS Y NO REVALUADOS Campo Long. 1 8 Obligatorio Llave única Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAA0000 3. AAAA >= 2010 4. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 36 es igual a ‘1’ 5. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 36 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 36 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 36 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 36 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 4 1 Si Si Código del catálogo utilizado. Sólo se podrá incluir las opciones 3 y 9 de la tabla 13. 5 Hasta 24 Si Si Código propio del activo jo correspondiente al catálogo señalado en el campo 3. 6 8 Si Si Código del activo jo, de acuerdo al Catálogo de Bienes, Servicios y Obras (*) establecido por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y vigente al 01 de enero de cada año. Numérico 1. Obligatorio 7 1 Si No Código del tipo de Activo Fijo Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 18 8 Hasta 24 Si No Código de la Cuenta Contable del Activo Fijo, desagregada hasta el nivel máximo de dígitos utilizado Numérico 1. Obligatorio 9 1 Si No Estado del Activo Fijo Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 19 10 Hasta 40 Si No Descripción del Activo Fijo Alfanumérico 1. Obligatorio 11 Hasta 20 Si No Marca del Activo Fijo Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si no existe, registrar ‘-’ 12 Hasta 20 Si No Modelo del Activo Fijo Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si no existe, registrar ‘-’ 13 Hasta 30 Si No Número de serie y/o placa del Activo Fijo Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si no existe, registrar ‘-’ 14 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Importe del saldo inicial del Activo Fijo Instituto Pacífico Alfanumérico 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C Numérico 1. Obligatorio 2. No acepta el valor 1. 3. Validar con parámetro tabla 13 Alfanumérico 1. Obligatorio Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 35
  • 40. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513067 15 Si No Importe de las adquisiciones o adiciones de Activo Fijo Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 16 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Importe de las mejoras del Activo Fijo Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 17 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Importe de los retiros y/o bajas del Activo Fijo Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 18 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Importe por otros ajustes en el valor del Activo Fijo Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 19 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor de la revaluación voluntaria efectuada Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 20 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor de la revaluación efectuada por reorganización de sociedades Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 21 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor de otras revaluaciones efectuada Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 22 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Importe del valor del ajuste por inación del Activo Fijo Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 23 10 Si No Fecha de adquisición del Activo Fijo DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 24 10 Si No Fecha de inicio del Uso del Activo Fijo DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 25 1 Si No Código del Método aplicado en el cálculo de la depreciación Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 20 26 Hasta 20 Si No Número de documento de autorización para cambiar el método de la depreciación Alfanumérico 1. Obligatorio 27 Hasta 3 enteros y 2 decimales, Si No Porcentaje de la depreciación Numérico 1. Obligatorio, solo si campo 25 es ‘1’ 2. ###.## 3. El porcentaje debe ser mayor o igual a 0 y menor o igual a 100 28 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Depreciación acumulada al cierre del ejercicio anterior. Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 29 36 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor de la depreciación del ejercicio sin considerar la revaluación Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 41. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513068 30 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor de la depreciación del ejercicio relacionada con los retiros y/o bajas del Activo Fijo Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 31 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor de la depreciación relacionada con otros ajustes Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 32 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor de la depreciación de la revaluación voluntaria efectuada Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 33 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor de la depreciación de la revaluación efectuada por reorganización de sociedades Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 34 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor de la depreciación de otras revaluaciones efectuadas Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 35 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor del ajuste por inación de la depreciación Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 36 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 37 al 74 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. (*) El Catálogo de Naciones Unidas es el mismo que se hace referencia en la Tabla 13 “Catálogo de Existencias”. 7.3 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LA DIFERENCIA DE CAMBIO Campo Long. 1 8 Obligatorio Llave única Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAA0000 3. AAAA >= 2010 4. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 15 es igual a ‘1’ 5. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 15 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 15 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 15 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 15 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica Instituto Pacífico 37
  • 42. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513069 3 Si Si Número correlativo del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 4 1 Si Si Código del catálogo utilizado. Sólo se podrá incluir las opciones 3 y 9 de la tabla 13. 5 Hasta 24 Si Si Código propio del activo jo correspondiente al catálogo señalado en el campo 4. Alfanumérico 1. Obligatorio 6 10 Si o Fecha de adquisición del Activo Fijo DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 7 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor de adquisición del Activo Fijo en moneda extranjera Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 8 1 entero y 3 decimales Si No Tipo de cambio de la moneda extranjera en la fecha de adquisición Numérico 1. Obligatorio 2. #.### 3. El Tipo de Cambio es mayor o igual a 0 9 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor de adquisición del Activo Fijo en moneda nacional Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 10 1 entero y 3 decimales Si No Tipo de cambio de la moneda extranjera al 31.12 del periodo que corresponda Numérico 1. Obligatorio 2. Si no existe, registrar ‘0.000’ 3. #.### 4. El Tipo de Cambio es mayor o igual a 0 11 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Ajuste por diferencia de cambio del Activo Fijo Numérico 1. Obligatorio 12 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Depreciación del ejercicio Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 13 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Depreciación del ejercicio relacionada con los retiros y/o bajas del Activo Fijo Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 14 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Depreciación relacionada con otros ajustes Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o negativo 3. Si no existe, registrar ‘0.00’ 15 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 16 al 30 38 De 2 hasta 10 Alfanumérico 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Numérico 1. Obligatorio 2. No acepta el valor 1. 3. Validar con parámetro tabla 13 Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 43. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513070 7.4 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS BAJO LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO Campo Long. 1 8 Obligatorio Llave única Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAA0000 3. AAAA >= 2010 4. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 11 es igual a ‘1’ 5. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 11 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 11 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 11 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 11 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 4 1 Si Si Código del catálogo utilizado. Sólo se podrá incluir las opciones 3 y 9 de la tabla 13. 5 Hasta 20 Si Si Número del contrato de arrendamiento nanciero del Activo Fijo 6 10 Si Si Fecha del contrato de arrendamiento nanciero DD/MM/AAAA 1. Obligatorio del Activo Fijo 7 Hasta 24 Si Si Código propio del activo jo correspondiente al catálogo señalado en el campo 4. 8 10 Si No Fecha de inicio del arrendamiento nanciero del DD/MM/AAAA 1. Obligatorio Activo Fijo 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 9 Hasta 5 Si No Número de cuotas pactadas Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo 10 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Monto total del contrato de arrendamiento nanciero del Activo Fijo Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo 11 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 12 al 24 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Instituto Pacífico Alfanumérico 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C Numérico 1. Obligatorio 2. No acepta el valor 1. 3. Validar con parámetro tabla 13 Alfanumérico 1. Obligatorio Alfanumérico 1. Obligatorio Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 39
  • 44. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513071 8 Estructura del Registro de Compras 8.1 REGISTRO DE COMPRAS Campo Long. 8 Obligatorio Llave única Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMM00 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 34 es igual a ‘9’ 6. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 34 es diferente a ‘9’ 1 2 Hasta 40 Si Si 1. Contribuyentes del Régimen General: Alfanumérico Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable en el Libro Diario o en el Libro Diario de Formato Simplicado en que se registró la operación. 2. Contribuyentes del Régimen Especial de Renta - RER: Número correlativo del mes. 1. Obligatorio 2. Si el campo 34 es igual a ‘0’’, 1’ o ‘6’ o ‘7’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) o número correlativo de la operación que se está informando 3. Si el campo 34 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) o número correlativo de la operación original que se modica 3 De 2 hasta Si 10 Si Número correlativo del asiento contable Alfanumérico identicado en el campo 2, cuando se utilice el Código Único de la Operación (CUO). El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 3. No se registra nada en este campo en los casos de Contribuyentes del RER. 4 10 No Fecha de emisión del comprobante de pago DD/MM/AAAA 1. Obligatorio o documento 2. Menor o igual al periodo informado Si 5. Si fecha de emisión está dentro de los doce meses anteriores al periodo señalado en el campo 1, entonces campo 34 = ‘6’ 6. Si fecha de emisión está fuera de los doce meses anteriores al periodo señalado en el campo 1, entonces campo 34 = ‘7’ 5 10 No No Fecha de Vencimiento o Fecha de Pago (1) DD/MM/AAAA 1. Opcional, excepto cuando el campo 5 = ‘14’ en cuyo caso es obligatorio 2. Menor o igual al mes siguiente del periodo informado 3. Menor o igual al mes siguiente del periodo señalado en el campo 1. 6 2 Si No Tipo de Comprobante de Pago o Documento Numérico 7 Hasta 20 Si No Serie del comprobante de pago o Alfanumérico documento. En los casos de la Declaración Única de Aduanas (DUA) o de la Declaración Simplicada de Importación (DSI) se consignará el código de la dependencia Aduanera. 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 8 4 Si No Año de emisión de la DUA o DSI 1. Obligatorio 2. Si campo 6 = ‘50’ , ‘52’ registrar número mayor a 1981 y menor o igual al año del periodo informado y al año del periodo señalado en el campo 1. 9 Hasta 24 Si No Número del comprobante de pago o Alfanumérico documento o número de orden del formulario físico o virtual donde conste el pago del impuesto, tratándose de liquidaciones de compra, utilización de servicios prestados por no domiciliados u otros, número de la DUA, de la DSI, de la Liquidación de cobranza u otros documentos emitidos por SUNAT que acrediten el crédito scal en la importación de bienes. Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 10 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (por tipo de doc.) En caso de optar por anotar el importe total de las operaciones diarias que no otorguen derecho a crédito scal en forma consolidada, registrar el número inicial (2). 10 40 Hasta 24 No No En caso de optar por anotar el importe Numérico total de las operaciones diarias que no otorguen derecho a crédito scal en forma consolidada, registrar el número nal (2). 1. Si campo 6 = ‘00’,’03’,’05’,’06’,’07’,’08’,’11’,’12’, ’13’,’14’,’15’,’16’,’18’,’19’,’23’,’26’,’28’,’30’,’34’,’35’, ’36’,’37’,’55’,’56’,’87’ y ‘88’, campo 9 debe ser positivo o cero 2. En caso contario, registrar ‘0’ Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 45. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513072 11 1 Si No Tipo de Documento de Identidad del proveedor Alfanumérico 1. Obligatorio, excepto cuando a. campo 6 = ‘00’,’03’,’05’,’06’,’07’,’08’,’11’,’12’, ’13’,’14’,’15’,’16’,’18’,’19’,’22’,’23’,’26’,’28’,’30’,’34’, ’35’,’36’,’37’,’55’,’56’,’87’,’88’, ‘91’, ‘97’ y ‘98’ o b. campo 6 = ‘07’, ‘08’, ‘87’, ‘88’, ‘97’, ‘98’ y campo 25 = ‘03’, ‘12’, ‘13’, ‘14’ y ‘36’ en cuyos casos será opcional 2. Validar con parámetro tabla 2 12 Hasta 15 Si No Número de RUC del proveedor o número de documento de Identidad, según corresponda. Alfanumérico 1. Obligatorio, excepto cuando a. campo 6 = ‘00’,’03’,’05’,’06’,’07’,’08’,’11’,’12’, ’13’,’14’,’15’,’16’,’18’,’19’,’22’,’23’,’26’,’28’,’30’,’34’, ’35’,’36’,’37’,’55’,’56’,’87’,’88’, ‘91’, ‘97’ y ‘98’ o b. campo 6 = ‘07’, ‘08’, ‘87’, ‘88’, ‘97’, ‘98’ y campo 25 = ‘03’, ‘12’, ‘13’, ‘14’ y ‘36’ en cuyos casos será opcional 2. Aplicar Regla General (por tipo de doc.) 13 Hasta 100 Si No Apellidos y nombres, denominación o razón Alfanumérico social del proveedor. En caso de personas naturales se debe consignar los datos en el siguiente orden: apellido paterno, apellido materno y nombre completo. 1. Obligatorio, excepto cuando a. campo 6 = ‘00’,’03’,’05’,’06’,’07’,’08’,’11’,’12’, ’13’,’14’,’15’,’16’,’18’,’19’,’22’,’23’,’26’,’28’,’30’,’34’, ’35’,’36’,’37’,’55’,’56’,’87’,’88’, ‘91’, ‘97’ y ‘98’ o b. campo 6 = ‘07’, ‘08’, ‘87’, ‘88’, ‘97’, ‘98’ y campo 25 = ‘03’, ‘12’, ‘13’, ‘14’ y ‘36’ 14 Hasta 20 No enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Base imponible de las adquisiciones Numérico gravadas que dan derecho a crédito scal y/ o saldo a favor por exportación, destinadas exclusivamente a operaciones gravadas y/o de exportación 1. Obligatorio 2. Acepta negativos 15 Hasta 20 No enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Monto del Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de Promoción Municipal 1. Obligatorio 2. Acepta negativos 3. Impuesto que corresponde a la adquisición registrada conforme lo dispuesto en el campo 14. 16 Hasta 20 No enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Base imponible de las adquisiciones Numérico gravadas que dan derecho a crédito scal y/ o saldo a favor por exportación, destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas 1. Obligatorio 2. Si no existe, registrar ‘0.00’ 3. Acepta negativos 17 Hasta 20 No enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Monto del Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de Promoción Municipal Numérico 1. Obligatorio 2. Si no existe, registrar ‘0.00’ 3. Acepta negativos 4. Impuesto que corresponde a la adquisición registrada conforme lo dispuesto en el campo 15. 18 Hasta 20 No enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Base imponible de las adquisiciones gravadas que no dan derecho a crédito scal y/o saldo a favor por exportación, por no estar destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación. Numérico 1. Obligatorio 2. Acepta negativos 19 Hasta 20 No enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Monto del Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de Promoción Municipal Numérico 1. Obligatorio 2. Acepta negativos 4. Impuesto que corresponde a la adquisición registrada conforme lo dispuesto en el campo 18. 20 Hasta 20 No enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Valor de las adquisiciones no gravadas Numérico 1. Obligatorio 2. Acepta negativos 21 Hasta 20 No enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Monto del Impuesto Selectivo al Consumo Numérico en los casos en que el sujeto pueda utilizarlo como deducción. 1. Obligatorio 2. Acepta negativos 22 Hasta 20 No enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Otros conceptos, tributos y cargos que no formen parte de la base imponible. 1. Obligatorio 2. Acepta negativos Instituto Pacífico Numérico Numérico 41
  • 46. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 23 513073 Hasta 20 Si enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles 1 entero y 3 No decimales No Importe total de las adquisiciones registradas según comprobante de pago. No 25 10 Si No 26 2 Si No 27 Hasta 20 Si No 28 3 Si No 29 Hasta 24 Si No 30 Hasta 24 Si No 31 10 No No 32 Hasta 24 No No 33 1 Si No 1. Obligatorio 2. #.### 3. Positivo Fecha de emisión del comprobante de pago DD/MM/AAAA 1. Obligatorio, si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o que se modica (4). ‘97’ o ‘98’ 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. Tipo de comprobante de pago que se Numérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o modica (4). ‘97’ o ‘98’ 2. Validar con parámetro tabla 10 Número de serie del comprobante de pago Alfanumérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o que se modica (4). ‘97’ o ‘98’ 2. Aplicar Regla General (por tipo de doc.) Código de la dependencia Aduanera de la Alfanumérico 1. Obligatorio si campo 25 = ‘50’ , ‘52’. Validar con parámetro tabla 11 Declaración Única de Aduanas (DUA) o de la Declaración Simplicada de Importación (DSI) . Número del comprobante de pago que se Alfanumérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o modica (4). ‘97’ o ‘98’ Número del comprobante de pago emitido Alfanumérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o por sujeto no domiciliado (5). ‘97’ o ‘98’ Fecha de emisión de la Constancia de DD/MM/AAAA 1. Menor o igual al mes siguiente del periodo Depósito de Detracción (6) informado 2. Menor o igual al mes siguiente del periodo señalado en el campo 1. Número de la Constancia de Depósito de Alfanumérico 1. Positivo, de ser numérico Detracción (6) Marca del comprobante de pago sujeto a Numérico 1. Obligatorio retención 2. Si identica el comprobante sujeto a retención consignar ‘1’, caso contrario ‘0’ 34 1 Si No 24 Tipo de cambio (3). Numérico 1. Obligatorio 2. Acepta negativos Numérico Estado que identica la oportunidad de la Numérico anotación o indicación si ésta corresponde a un ajuste. 1. Obligatorio 2. Registrar ‘0’ cuando la operación (anotación optativa sin efecto en el IGV) corresponde al periodo, emitidas en el periodo. 3. Registrar ‘1’ cuando se anota el Comprobante de Pago o documento en el periodo que se emitió o que se pagó el impuesto, según corresponda. 4. Registrar ‘6’ cuando la fecha de emisión del Comprobante de Pago o de pago del impuesto, por operaciones que otorguen derecho a crédito scal, es anterior al periodo de anotación y esta se produce dentro de los doce meses siguientes a la emisión o pago del impuesto, según corresponda. 5. Registrar ‘7’ cuando la fecha de emisión del Comprobante de Pago o pago del impuesto, por operaciones que otorgaban derecho a crédito scal, es anterior al periodo de anotación y esta se produce luego de los doce meses siguientes a la emisión o pago del impuesto, según corresponda. 6. Registrar ‘9’ cuando se realice un ajuste o recticación en la anotación de la información de una operación registrada en un periodo anterior. 35 al 68 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. (1) Señalar la fecha correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del inciso II del numeral 1 del Artículo 10° del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo N.° 029-94-EF, publicado el 29.3.1994 y normas modicatorias. (2) En caso la anotación corresponda a un ajuste respecto de operaciones registradas antes del 10/07/2011 y siempre que por las mencionadas operaciones se lleve un sistema de control computarizado que mantenga la información detallada y que permita efectuar la vericación individual de cada documento. (3) Utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia. (4) Tratándose de notas de crédito, el monto del ajuste de la base imponible y/o del impuesto o valor, según corresponda, señalados en los referidos documentos, se consignarán, respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación; adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas. Tratándose de notas de débito, el monto de la base imponible y/o impuesto o valor, según corresponda, señalados en los referidos documentos se consignarán, respectivamente, en las columnas indicadas en el párrafo anterior. (5) Sólo para el caso de utilización de servicios o adquisiciones de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda. En estos casos se deberá registrar la base imponible correspondiente al monto del impuesto pagado y el referido impuesto. Dicha información se consignará, según corresponda, en las columnas utilizadas para señalar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación; adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas. (6) Sólo para los casos de detracciones. Es optativo el llenado cuando exista un sistema de enlace que mantenga dicha información y se pueda identicar los comprobantes de pago respecto de los cuales se efectuó el depósito. 42 Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 47. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513074 9 Estructura del Registro de Consignaciones 9.1 REGISTRO DE CONSIGNACIONES - PARA EL CONSIGNADOR - CONTROL DE BIENES ENTREGADOS EN CONSIGNACIÓN Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si 2 1 Si 3 2 4 Descripción Formato Observaciones Periodo Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMM00 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 22 es igual a ‘1’ 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 22 es diferente a ‘1’ Si Código del catálogo utilizado Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 13 Si Si Tipo de existencia Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 5 Hasta 24 Si Si Código de la existencia 5 Hasta 40 Si Si 1. Contribuyentes del Régimen General: Código Alfanumérico 1. Obligatorio Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable en el Libro Diario o en el Libro Diario de Formato Simplicado en que se registró la operación. 2. Contribuyentes del Régimen Especial de Renta - RER: Número correlativo del mes. 6 Hasta 80 Si No Nombre de la existencia Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si campo2 = 3 o 9 entonces campo6 será <> “-“ 3. Si campo2 <> 3 o 9 entonces campo6 “-“ 7 Hasta 3 Si No Código de la unidad de medida Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 6 8 10 Si No Fecha de emisión de la guía de remisión emitido DD/MM/AAAA 1. Obligatorio por el consignador 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 9 Hasta 20 Si No Serie de la guía de remisión emitido por el consignador, con la que entrega los bienes al consignatario o se recibe los bienes no vendidos por el consignatario Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo 10 Hasta 24 Si No Número de la guía de remisión emitido por el consignador, con la que entrega los bienes al consignatario o se recibe los bienes no vendidos por el consignatario Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo 11 2 Si No Tipo de Comprobante de Pago o Documento emitido por el consignador Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 10 3. Si no existe registrar ‘00’ 12 10 No No Fecha de emisión del comprobante emitido por el DD/MM/AAAA 1. Obligatorio consignador 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 13 Hasta 20 Si No Serie del Comprobante de Pago emitido por el consignador (1) 14 Hasta 24 Si No Número del Comprobante de Pago emitido por el Alfanumérico 1. Obligatorio consignador (1) 2. Si no existe registrar ‘0’ 15 10 Si No Fecha de entrega o devolución del bien 16 1 Si No Tipo de documento de identidad del consignatario Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 2 17 Hasta 15 Si No Número de RUC del consignatario o del documento de identidad Alfanumérico 1. Obligatorio 18 Hasta 100 Si No Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del consignatario Alfanumérico 1. Obligatorio 19 Hasta 12 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Cantidad de bienes entregados en consignación (la primera tupla corresponde al saldo inicial) 3. No acepta valor por default Instituto Pacífico Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Según catálogo utilizado (campo 2) Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si no existe registrar ‘0’ DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Si no existe registrar ‘0.00’ 4. Es excluyente de los campos 20 y 21 5. Campo 19, 20 y 21 no pueden ser todos 0.00 43
  • 48. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513075 20 Hasta 12 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Cantidad de bienes devueltos por el consignatario Numérico 1. Obligatorio 2. Negativo o ‘0.00’ 3. Si no existe registrar ‘0.00’ 4. Es excluyente de los campos 19 y 21 5. Campo 19, 20 y 21 no pueden ser todos 0.00 21 Hasta 12 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Cantidad de bienes vendidos Numérico 1. Obligatorio 2. Negativo o ‘0.00’ 3. Si no existe registrar ‘0.00’ 4. Es excluyente de los campos 19 y 20 5. Campo 19, 20 y 21 no pueden ser todos 0.00 22 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 23 al 44 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 9.2 REGISTRO DE CONSIGNACIONES - PARA EL CONSIGNATARIO - CONTROL DE BIENES RECIBIDOS EN CONSIGNACIÓN Campo 1 8 Si Si 2 1 Si 3 2 4 Formato Observaciones Periodo Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMM00 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 21 es igual a ‘1’ 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 21 es diferente a ‘1’ Si Código del catálogo utilizado Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 13 Si Si Tipo de existencia Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 5 Hasta 24 Si Si Código de la existencia 5 Hasta 40 Si Si 1. Contribuyentes del Régimen General: Código Alfanumérico 1. Obligatorio Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable en el Libro Diario o en el Libro Diario de Formato Simplicado en que se registró la operación. 2. Contribuyentes del Régimen Especial de Renta - RER: Número correlativo del mes. 6 Hasta 80 Si No Nombre de la existencia Alfanumérico 1. Obligatorio cuando campo 2 = ‘3’ o ‘9’, en caso contrario registrar ‘-’ 7 Hasta 3 Si No Código de la unidad de medida Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 6 8 10 Si No Fecha de emisión de la guía de remisión emitida DD/MM/AAAA 1. Obligatorio por el consignador 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 4. Si no existe registrar fecha default (01/01/0001) 9 Hasta 20 Si No Serie de la guía de remisión emitido por el consignador, con la que se reciben los bienes o se devuelven al consignador los bienes no vendidos Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo 3. Si no existe registrar ‘0’ 10 Hasta 24 Si No Número de la guía de remisión emitido por el consignador, con la que se reciben los bienes o se devuelven al consignador los bienes no vendidos Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo 3. Si no existe registrar ‘0’ 11 44 Long. Obligatorio Llave única Descripción 2 Si No Tipo de Comprobante de Pago o Documento emitido por el consignatario, por la venta de los bienes recibidos en consignación Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 10 3. Si no existe registrar ‘00’ Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Según catálogo utilizado (campo 2) Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 49. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513076 12 10 Si No Fecha de emisión del comprobante emitido por el DD/MM/AAAA 1. Obligatorio consignatario, por la venta de los bienes recibidos 2. Menor o igual al periodo informado en consignación 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 4. Si no existe registrar fecha default (01/01/0001) 13 Hasta 20 Si No Serie del Comprobante de Pago emitido por el Alfanumérico 1. Obligatorio consignatario, por la venta de los bienes recibidos 2. Positivo, de ser numérico en consignación (2) 3. Si no existe registrar ‘0’ 14 Hasta 24 Si No Número del Comprobante de Pago emitido por el Alfanumérico 1. Obligatorio consignatario, por la venta de los bienes recibidos 2. Positivo, de ser numérico en consignación (2) 3. Si no existe registrar ‘0’ 15 10 Si No Fecha de recepción, devolución o venta del bien 16 11 Si No Número de RUC del consignador 17 Hasta 100 Si No Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del consignador 18 Hasta 12 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Cantidad de bienes recibidos en consignación o por devolución del cliente (la primera tupla corresponde al saldo inicial) Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Si no existe registrar ‘0’ 4. Es excluyente de los campos 19 y 20 19 Hasta 12 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Cantidad de bienes devueltos al consignador Numérico 1. Obligatorio 2. Negativo o ‘0.00’ 3. Si no existe registrar ‘0’ 4. Es excluyente de los campos 18 y 20 20 Hasta 12 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Cantidad de bienes vendidos por el consignatario Numérico 1. Obligatorio 2. Negativo o ‘0.00’ 3. Si no existe registrar ‘0’ 4. Es excluyente de los campos 18 y 19 21 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 22 al 42 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. Numérico 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc. Para tipo = ‘06’) Alfanumérico 1. Obligatorio Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. (1) Una vez perfeccionada la venta de bienes por parte del consignatario; en este caso, deberá anotarse en los campos 9 y 10 , la serie y el número de la guía de remisión con la que se emitieron los referidos bienes al consignatario (2) Deberá anotarse en los campos 9 y 10 la serie y el número de la guia de remisión con la que recibió los referidos bienes del consignador 10 Estructura del Registro de Costos 10.1 REGISTRO DE COSTOS - ESTADO DE COSTO DE VENTAS ANUAL Campo 1 Long. 8 Obligatorio Llave única Si Si Descripción Ejercicio Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAA0000 3. AAAA >= 2010 4. Se entiende que la información es a partir del 01 de enero del ejercicio o desde el inicio de actividades, cuando corresponda 5. Si el ejercicio es igual al ejercicio informado, campo 6 es igual a ‘1’ 6. Si el ejercicio es menor al ejercicio informado, entonces campo 6 es diferente a ‘1’ 2 Instituto Pacífico Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Costo del inventario inicial de productos Numérico terminados contable 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 45
  • 50. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513077 3 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Costo de producción de productos terminados contable 4 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Costos del inventario nal de productos Numérico terminados disponibles para la venta contable 1. Obligatorio 2. Negativo o ‘0.00’ 5 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Ajustes diversos contables Numérico 1. Obligatorio 6 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 7 al 12 Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 10.2 REGISTRO DE COSTOS - ELEMENTOS DEL COSTO MENSUAL Campo 1 Long. 8 Obligatorio Llave única Si Si Descripción Periodo Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMM00 3. AAAA >= 2010 4. 01 <= MM <= 12. Se entiende que la información es a partir del 01 de enero del ejercicio o desde el inicio de actividades, cuando corresponda 5. Si el periodo corresponde al ejercicio informado, campo 8 es igual a ‘1’ 6. Si el periodo es menor al ejercicio informado, entonces campo 8 es diferente a ‘1’ 2 Si No Costo de Materiales y Suministros Directos Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Costo de la Mano de Obra Directa Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 4 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Otros Costos Directos Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 5 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Gastos de Producción Indirectos: Materiales y Suministros Indirectos Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 6 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Gastos de Producción Indirectos:Mano Numérico de Obra Indirecta 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 7 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Otros Gastos de Producción Indirectos Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 8 46 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 51. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513078 9 al 16 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 10.3 REGISTRO DE COSTOS - ESTADO DE COSTO DE PRODUCCION VALORIZADO ANUAL Campo 1 Long. 8 Obligatorio Llave única Si Si Descripción Ejercicio Formato Numérico Observaciones 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAA0000 3. AAAA >= 2010 4. Se entiende que la información es a partir del 01 de enero del ejercicio o desde el inicio de actividades, cuando corresponda 5. Si el ejercicio es igual al ejercicio informado, campo 13 es igual a ‘1’ 6. Si el ejercicio es menor al ejercicio informado, entonces campo 13 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 10 Si Si Código de identicación del Proceso informado (La información podrá agruparse optativamente por proceso productivo, línea de producción, producto o proyecto) Alfanumérico 1. Obligatorio 3 Hasta 100 Si No Descripción del Proceso informado Alfanumérico 1. Obligatorio 4 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Costos de los Materiales y Suministros Numérico Directos 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 5 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Costos la Mano de Obra Directa Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 6 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Otros Costos Directos Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 7 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Gastos de Producción Indirectos: Materiales y Suministros Indirectos Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 8 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Gastos de Producción Indirectos: Mano Numérico de Obra Indirecta 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 9 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Otros Gastos de Producción Indirectos Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 10 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Inventario inicial de productos en proceso Numérico 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 11 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Inventario nal de productos en proceso Numérico 1. Obligatorio 2. Negativo o ‘0.00’ 12 1 Si No Código de agrupamiento del costo de producción valorizado anual Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 21 13 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 14 al 26 Instituto Pacífico 47
  • 52. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513079 12 Estructura del Registro de Inventario permanente en Unidades Físicas 12.1 REGISTRO DEL INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS - DETALLE DEL INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS Campo Long. Obligatorio Llave única Descripción Formato Observaciones 1 8 Si Si Periodo Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMM00 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 18 es igual a ‘1’ 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 18 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 18 es igual a ‘1’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 18 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO). 4. Si el campo 18 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 4 Hasta 7 Si Código de establecimiento anexo: Numérico 1. Los cuatro primeros dígitos son obligatorios y corresponden al código de establecimiento anexo según el Registro Único de Contribuyentes. Si Alfanumérico 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, MoC 1. Obligatorio 2. Como mínimo consignar #### 3. Positivo 2. En caso el almacén se encuentre ubicado en el establecimiento de un tercero o no sea posible incluirlo como un establecimiento anexo, los cuatro primeros números serán: “9999” 3. De la posición 5 a la 7 registrar un correlativo, de ser necesario 5 1 Si Si Código del catálogo utilizado. Sólo se podrá incluir las opciones 3 y 9 de la tabla 13. Numérico 1. Obligatorio 2. No acepta el valor 1. 3. Validar con parámetro tabla 13 6 2 Si Si Tipo de existencia Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 5 7 Hasta 24 Si Si Código propio de la existencia correspondiente al Alfanumérico 1. Obligatorio catálogo señalado en el campo 5. 8 8 Si Si Código de la existencia, de acuerdo al Catálogo Numérico de Bienes, Servicios y Obras (*) establecido por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y vigente al 01 de enero de cada año. 9 10 Si Si Fecha de emisión del documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar 10 2 Si Si Tipo del documento de traslado, comprobante de Numérico pago, documento interno o similar 3. No acepta valor por default 2. No acepta valor por default 48 1. Obligatorio DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 10 3. Si campo 13 = ‘01’, ‘02, ‘03, ‘04’, ‘05’ o ‘06’, campo 10 <> ‘00’ 4. En caso contrario campo 10 puede tomar cualquier valor de la tabla 10, incluyendo ‘00’ Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 53. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513080 11 Hasta 20 Si Si Número de serie del documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar Alfanumérico 1. Obligatorio, si campo 13 = ‘01’, ‘02, ‘03, ‘04’, ‘05’ o ‘06’ 2. Si no existe registrar ‘0’ 3. Positivo, de ser numérico 12 Hasta 24 Si Si Número del documento de traslado, comprobante Alfanumérico 1. Obligatorio, si campo 13 = ‘01’, de pago, documento interno o similar ‘02, ‘03, ‘04’, ‘05’ o ‘06’ 2. Si no existe registrar ‘0’ 3. Positivo, de ser numérico 13 2 Si Si Tipo de operación efectuada Numérico 14 Hasta 80 Si No Descripción de la existencia Alfanumérico 1. Obligatorio 15 Hasta 3 Si No Código de la unidad de medida Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 6 16 Hasta 12 Si enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Entradas de las unidades físicas (la primera tupla Numérico corresponde al saldo inicial) 1. Obligatorio 2. Positivo o ‘0.00’ 3. Excepcionalemnte puede ser negativo 4. Excluyente con campo 16 17 Hasta 12 Si enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles No Salidas de las unidades físicas Numérico 1. Obligatorio 2. Negativo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente puede ser positivo 4. Excluyente con campo 15 18 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 19 al 38 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 12 (*) El Catálogo de Naciones Unidas es el mismo que se hace referencia en la Tabla 13 “Catálogo de Existencias”. 13 Estructura del Registro de Inventario Permanente Valorizado 13.1 REGISTRO DEL INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO - DETALLE DEL INVENTARIO VALORIZADO Campo Long. Obligatorio Llave única Descripción Formato Observaciones 1 8 Si Si Periodo Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMM00 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 26 es igual a ‘1’ 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 26 es diferente a ‘1’ 2 Hasta 40 Si Si Código Único de la Operación (CUO), Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 26 es igual a ‘1’, consignar el Código que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identica Único de la Operación (CUO) de la operación que se de manera únivoca el asiento contable en el está informando Libro Diario en que se registró la operación. 3. Si el campo 26 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO). 4. Si el campo 26 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modica Instituto Pacífico 49
  • 54. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513081 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo del asiento contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 4 Hasta 7 Si Si Código de establecimiento anexo: 1. Los cuatro primeros dígitos son obligatorios y corresponden al código de establecimiento anexo según el Registro Único de Contribuyentes Alfanumérico 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C Numérico 1. Obligatorio 2. Como mínimo consignar #### 3. Positivo 2. En caso el almacén se encuentre ubicado en el establecimiento de un tercero o no sea posible incluirlo como un establecimiento anexo, los cuatro primeros números serán: “9999” 3. De la posición 5 a la 7 registrar un correlativo, de ser necesario 5 Si Si Código del catálogo utilizado. Sólo se podrá incluir las opciones 3 y 9 de la tabla 13. Numérico 1. Obligatorio 2. No acepta el valor 1. 3. Validar con parámetro tabla 13 6 2 Si Si Tipo de existencia Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 5 7 Hasta 24 Si Si Código propio de la existencia correspondiente al catálogo señalado en el campo 5. 8 8 Si Si Código de la existencia, de acuerdo al Catálogo de Bienes, Servicios y Obras (*) establecido por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y vigente al 01 de enero de cada año. 9 10 Si Si Fecha de emisión del documento de DD/MM/AAAA 1. Obligatorio traslado, comprobante de pago, documento 2. Menor o igual al periodo informado interno o similar 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 10 2 Si Si Tipo del documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar 11 Hasta 20 Si Si Número de serie del documento de Alfanumérico 1. Obligatorio, si campo 13 = ‘01’, ‘02, ‘03, ‘04’, ‘05’ traslado, comprobante de pago, documento o ‘06’ interno o similar 2. Si no existe registrar ‘0’ 3. Positivo, de ser numérico 12 Hasta 24 Si Si Número del documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar 13 2 Si Si Tipo de operación efectuada 14 Hasta 80 Si No Descripción de la existencia Alfanumérico 1. Obligatorio 15 Hasta 3 Si No Código de la unidad de medida Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 6 16 1 Si No Código del Método de valuación de existencias aplicado Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 14 17 50 1 Hasta 12 enteros y hasta 8 decimales, sin comas de miles Si No Cantidad de unidades físicas del bien ingresado (la primera tupla corresponde al saldo inicial) Numérico 1. Obligatorio 2. Excepcionalmente puede ser negativo Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Según catálogo utilizado (campo 5) Numérico Numérico 1. Obligatorio 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 10 3. Si campo 13 = ‘01’, ‘02, ‘03, ‘04’, ‘05’ o ‘06’, campo 9 <> ‘00’ 4. En caso contrario campo 10 puede tomar cualquier valor de la tabla 10, incluyendo ‘00’ Alfanumérico 1. Obligatorio, si campo 13 = ‘01’, ‘02, ‘03, ‘04’, ‘05’ o ‘06’ 2. Si no existe registrar ‘0’ 3. Positivo, de ser numérico Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 12 Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 55. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513082 18 Hasta 12 enteros y hasta 8 decimales, sin comas de miles Si No Costo unitario del bien ingresado Numérico 1. Obligatorio si campo 17 <> ‘0.00’ 2. Positivo o ‘0.00’ 19 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Costo total del bien ingresado Numérico 1. Obligatorio 2. Producto del campo 17 y del campo 18 3. Excepcionalmente puede ser negativo 20 Hasta 12 enteros y hasta 8 decimales, sin comas de miles Si No Cantidad de unidades físicas del bien retirado Numérico 1. Obligatorio 2. Negativo o ‘0.00’ 3. Excepcionalmente puede ser positivo 21 Hasta 12 enteros y hasta 8 decimales, sin comas de miles Si No Costo unitario del bien retirado Numérico 1. Obligatorio si campo 20 <> ‘0.00’ 2. Positivo o ‘0.00’ 22 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Costo total del bien retirado Numérico 1. Obligatorio 2. Producto del campo 20 y del campo 21 3. Excepcionalmente puede ser positivo 23 Hasta 12 enteros y hasta 8 decimales, sin comas de miles Si No Cantidad de unidades físicas del saldo nal Numérico 1. Obligatorio 2. Excepcionalmente puede ser negativo 24 Hasta 12 enteros y hasta 8 decimales, sin comas de miles Si No Costo unitario del saldo nal Numérico 1. Obligatorio si campo 23 <> ‘0.00’ 2. Positivo o ‘0.00’ 25 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Costo total del saldo nal Numérico 1. Obligatorio 2. Producto del campo 23 y del campo 24 3. Excepcionalmente puede ser negativo 26 1 Si No Indica el estado de la operación Numérico 1. Obligatorio 2. Registrar ‘1’ cuando la operación corresponde al periodo. 3. Registrar ‘8’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo. 4. Registrar ‘9’ cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo. 27 al 54 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de utilizarlos, no incluya ni la información ni los palotes. 14 Estructura del Registro de Ventas e Ingresos 14.1 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS Campo Long. Obligatorio Llave única 1 8 Si Si Descripción Periodo Formato Observaciones Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMM00 3. 01 <= MM <= 12 4. Menor o igual al periodo informado 5. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 29 es igual a ‘1’ o ‘2’ 6. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 29 es diferente a a ‘1’ Instituto Pacífico 51
  • 56. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 2 Hasta 40 513083 Si Si 1. Contribuyentes del Régimen Alfanumérico 1. Obligatorio General: Número correlativo 2. Si el campo 29 es igual a ‘0’, ‘1’ o ‘2’, del mes o Código Único de la consignar el Código Único de la Operación (CUO) o número correlativo de la operación Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave que se está informando primaria del sofware contable que identica de manera únivoca el asiento contable en el Libro Diario o del Libro Diario de Formato Simplicado en que se registró la operación. 2. Contribuyentes del Régimen Especial de Renta - RER: Número correlativo del mes. 3. Si el campo 29 es igual a ‘8’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) o número correlativo que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modicaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) o número correlativo 4. Si el campo 29 es igual a ‘9’, consignar el Código Único de la Operación (CUO) o número correlativo de la operación original que se modica 3 De 2 hasta 10 Si Si Número correlativo del asiento Alfanumérico 1. Obligatorio contable identicado en el campo 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 2, cuando se utilice el Código Único 3. No se registra nada en este campo en de la Operación (CUO). El primer los casos de Contribuyentes del RER. dígito debe ser: “A” para el asiento de apertura del ejercicio, “M” para los asientos de movimientos o ajustes del mes o “C” para el asiento de cierre del ejercicio. 4 10 Si No Fecha de emisión del Comprobante de Pago DD/MM/ AAAA 1. Obligatorio, excepto cuando el campo 29 = ‘2’ 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 5 10 No No Fecha de Vencimiento o Fecha de Pago (1) DD/MM/ AAAA 1. Solo es obligatorio cuando el campo 5 = ‘14’ y campo 29 <> ‘2’ 2. Menor o igual al mes siguiente del periodo informado 3. Menor o igual al mes siguiente del periodo señalado en el campo 1. 6 2 Si No Tipo de Comprobante de Pago o Documento Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 10 7 Hasta 20 Si No Número serie del comprobante de pago o documento o número de serie de la maquina registradora 8 Hasta 24 Si No Número del comprobante de pago o Alfanumérico 1. Obligatorio documento. 2. Aplicar Regla General (por tipo de doc.) Para efectos del registro de tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras que no otorguen derecho a crédito scal de acuerdo a las normas de Comprobantes de Pago y opten por anotar el importe total de las operaciones realizadas por día y por máquina registradora, registrar el número inicial (2) Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) Tratándose del IVAP, el usuario del servicio de pilado anotará la constancia de depósito por los retiros de bienes que hubiere efectuado 9 52 Hasta 24 No No Para efectos del registro de tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras que no otorguen derecho a crédito scal de acuerdo a las normas de Comprobantes de Pago y opten por anotar el importe total de las operaciones realizadas por día y por máquina registradora, registrar el número nal (2). Numérico Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 57. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513084 10 1 Si No Tipo de Documento de Identidad del cliente Alfanumérico 1. Obligatorio, excepto cuando a. campo 5 = ‘00’,’05’,’06’,’07’,’08’,’11’,’1 2’,’13’,’14’,’15’,’16’,’18’,’19’,’23’,’26’,’28’,’30’, ’34’,’35’,’36’,’37’,’55’,’56’,’87’ y ‘88’ o b. campo 29 = ‘2’ o c. campo 6 = ‘07’, ‘08’, ‘87’, ‘88’, ‘97’, ‘98’ y campo 29 = ‘03’, ‘12’, ‘13’, ‘14’ y ‘36’ d. campo 13 > 0.00 e. campo 22 < 1500.00 2. Validar con parámetro tabla 2 11 Hasta 15 Si No Número de Documento de Identidad Alfanumérico 1. Obligatorio excepto cuando del cliente a. campo 5 = ‘00’,’03’,’05’,’06’,’07’,’08’,’1 1’,’12’,’13’,’14’,’15’,’16’,’18’,’19’,’23’,’26’,’28’, ’30’,’34’,’35’,’36’,’37’,’55’,’56’,’87’ y ‘88’ o b. campo 30 = ‘2’ o c. campo 5 = ‘07’, ‘08’, ‘87’, ‘88’, ‘97’, ‘98’ y campo 27 = ‘03’, ‘12’, ‘13’, ‘14’ y ‘36’ d. campo 13 > 0.00 e. campo 22 < 1500.00 2. Aplicar Regla General (tipo y nro. doc.) 12 Hasta 100 Si No Apellidos y nombres, denominación Alfanumérico 1. Obligatorio excepto cuando o razón social del cliente. En caso a. campo 5 = ‘00’,’03’,’05’,’06’,’07’,’08’,’1 de personas naturales se debe 1’,’12’,’13’,’14’,’15’,’16’,’18’,’19’,’23’,’26’,’28’, ’30’,’34’,’35’,’36’,’37’,’55’,’56’,’87’ y ‘88’ o consignar los datos en el siguiente b. campo 30 = ‘2’ o orden: Apellido paterno, apellido materno y nombre completo. c. campo 5 = ‘07’, ‘08’, ‘87’, ‘88’, ‘97’, ‘98’ y campo 30 = ‘03’, ‘12’, ‘13’, ‘14’ y ‘36’ d. campo 12 > 0.00 e. campo 22 < 1500.00 13 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Valor facturado de la exportación Numérico 14 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Base imponible de la operación gravada (4) Numérico 15 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Importe total de la operación exonerada Numérico 1. Acepta negativos 16 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Importe total de la operación inafecta Numérico 1. Acepta negativos 17 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Impuesto Selectivo al Consumo, de ser el caso. Numérico 1. Acepta negativos 18 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de Promoción Municipal Numérico 1. Acepta negativos 19 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Base imponible de la operación gravada con el Impuesto a las Ventas del Arroz Pilado Numérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘40’ y campo 29 <> ‘2’ 2. Acepta negativos 20 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Impuesto a las Ventas del Arroz Pilado Numérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘40’ y campo 29 <> ‘2’ 2. Acepta negativos 21 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Otros conceptos, tributos y cargos que no forman parte de la base imponible Numérico 22 Hasta 20 enteros y hasta 2 decimales, sin comas de miles Si No Importe total del comprobante de pago Numérico 1. Acepta negativos 23 1 entero y 3 decimales Si No Tipo de cambio (5) Numérico 1. #.### 2. Positivo 24 10 Si No Fecha de emisión del comprobante de pago o documento original que se modica (6) o documento referencial al documento que sustenta el crédito scal DD/MM/ AAAA 1. Obligatorio 2. Si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o ‘97’ o ‘98’ y campo 29 <> ‘2’ 3. Menor o igual al periodo informado 4. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 25 Instituto Pacífico 2 Si No Tipo del comprobante de pago que se modica (6) Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla 10 3. Si campo 5 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o ‘97’ o ‘98’ y campo 29 <> ‘2’, campo 27 <> ‘00’ 4. En caso contrario campo 28 = ‘00’ 53
  • 58. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 26 Hasta 20 513085 Número de serie del comprobante Alfanumérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ de pago que se modica (6) o ‘88’ o ‘97’ o ‘98’ y campo 29 <> ‘2’ 513085 o Código de la Dependencia Aduanera 26 Hasta 20 Si No Número de serie del comprobante Alfanumérico 1. Obligatorio si campo 6 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ de pago que se modica (6) o ‘88’ o ‘97’ o ‘98’ y campo 29 <> ‘2’ 27 Hasta 24 Si No o Código de la comprobante de pago Alfanumérico 1. Obligatorio Número del Dependencia que se 2. Positivo, de ser numérico Aduanera modica (6) o Número de la DUA, de corresponder 3. Si campo 5 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o ‘97’ o ‘98’ y campo 30 <> ‘2’ => registrar 27 Hasta 24 Si No Número del comprobante de pago Alfanumérico 1. Obligatorio<> ‘-’ campo 29 que se modica (6) o Número de la 2. Positivo, decontrario registrar ‘-’ 4. En caso ser numérico DUA, de corresponder 3. Si campo 5 = ‘07’ o ‘08’ o ‘87’ o ‘88’ o Si No Valor embarcado de la exportación Numérico 1. Obligatorio si campo 25 = 50 o 52 28 Hasta 20 enteros y hasta ‘97’ o ‘98’ y campo 30 <> ‘2’ => registrar 2 decimales, sin comas campo 29 <> ‘-’ de miles 4. En caso contrario registrar ‘-’ 29 1 Si No Estado que identica la oportunidad Numérico 1. Obligatorio 28 Hasta 20 enteros y hasta Si No Valor embarcado de la exportación Numérico 1. Obligatorio si campo 25 = 50 o 52 de la anotación o indicación si 2. Registrar ‘0’ cuando la operación 2 decimales, sin comas (anotación optativa sin efecto en el IGV) ésta corresponde a alguna de las de miles situaciones previstas en el inciso corresponde al periodo, emitidas en el 29 1 Si No Estado que identica lala Resolución Numérico 1. Obligatorio e) del artículo 8° de oportunidad periodo. dede anotación o indicación286la Superintendencia N.° si 2. Registrar ‘0’ ‘1’ cuando operación (ventas 3. Registrar cuando la la operación ésta corresponde a alguna de las (anotación optativa sin efecto en el IGV) 2009/SUNAT gravadas, exoneradas, inafectas y/o situaciones previstas en el inciso corresponde al periodo, emitidas en el exportaciones) corresponde al periodo, periodo. e) del artículo 8° de la Resolución así como a las Notas de Crédito y Débito de Superintendencia N.° 2863. Registraren el periodo. operación (ventas emitidas ‘1’ cuando la 2009/SUNAT gravadas, exoneradas, inafectas y/o 4. Registrar ‘2’ cuando el documento exportaciones) corresponde al periodo, ha sido inutilizado durante el periodo asípreviamente Notas entregado, emitido o como a las a ser de Crédito y Débito emitidas en elemisión. durante su periodo. 4. Registrar ‘2’ ‘8’ cuando documento (ventas 5. Registrar cuando el la operación hagravadas, exoneradas, inafectas y/o sido inutilizado durante el periodo previamente a sercorrespondeemitido o exportaciones) entregado, a un periodo durante su y NO ha sido anotada en dicho anterior emisión. 5. Registrar ‘8’ cuando la operación (ventas periodo. gravadas, exoneradas, inafectas y/o (ventas 6. Registrar ‘9’ cuando la operación exportaciones) corresponde a un periodo gravadas, exoneradas, inafectas y/o anterior y NO ha sido anotada enun periodo exportaciones) corresponde a dicho periodo. y SI ha sido anotada en dicho anterior 6. Registrar ‘9’ cuando la operación (ventas periodo. gravadas, exoneradas, inafectas y/o 30 al 58 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de exportaciones) corresponde a un periodo utilizarlos, no incluya ni la información ni anterior y SI ha sido anotada en dicho los palotes. periodo. (1) En los casos de comprobantes de pago emitidos por empresas de servicios públicos. 30 al 58 Hasta 200 No No Campos de libre utilización. Alfanumérico 1. En caso de no tener la necesidad de (2) También podrá efectuarse la anotación de manera consolidada cuando ésta corresponda a alguna de las situaciones previstas en el inciso e) del artículo 8° de la utilizarlos, no incluya ni la información ni Resolución de Superintendencia N.° 286-2009/SUNAT respecto de operaciones registradas antes del 10/07/2011 por las que se emitieron comprobantes de pago que los palotes. no otorgan derecho a crédito scal diferentes a los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras y siempre que por las mencionadas operaciones se lleve un (1)sistemacasos de comprobantes deque mantenga la información detallada y que permita efectuar la vericación individual de cada documento. En los de control computarizado pago emitidos por empresas de servicios públicos. (2)En el caso podrá efectuarse la anotación de manera consolidada cuando ésta corresponda a alguna de las situacionesS/ 1,500.00. el inciso e) del artículo 8° de la También de las Boletas de Venta se deberá registrar de manera detallada cuando el monto total sea igual o mayor a previstas en Resolución de Superintendencia N.° 286-2009/SUNATdebe identicar al adquiriente o usuario, de acuerdo al numerallas que se emitieronReglamento de de pago que (3) En aquellas operaciones mayores a S/. 700, se respecto de operaciones registradas antes del 10/07/2011 por 3.10 del art. 8° del comprobantes Comprobantes node Pago,derecho a crédito scal diferentes a los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras y siempre que por las mencionadas operaciones se lleve un otorgan de corresponder sistema de controlser una operación gravada con la información detallada Consumo (ISC), no debe incluir el monto de dicho impuesto. (4) En caso de computarizado que mantenga el Impuesto selectivo al y que permita efectuar la vericación individual de cada documento. En(5) caso de las Boletaslo dispuesto en las normas sobremanera detallada cuando el monto total sea igual o mayor a S/ 1,500.00. el Utilizado conforme de Venta se deberá registrar de la materia. (3)(6) Tratándose de notas de crédito, a S/. 700, se debe identicar al adquirientey/o usuario, de acuerdo alsegún corresponda, se consignará, en lasde Comprobantes En aquellas operaciones mayores el monto del ajuste de la base imponible o del impuesto o valor, numeral 3.10 del art. 8° del Reglamento columnas utilizadas depara registrar los datos vinculados al valor facturado de la expotación, base imponible de la operación gravada e importe total de la operación exonerada o inafecta. Pago, de corresponder (4)Tratándose de notas operación gravada con el Impuesto selectivo al Consumo valor, según corresponda, se consignarán, respectivamente, en las columnas indicadas En caso de ser una de débito, el monto de la base imponible y/o impuesto o (ISC), no debe incluir el monto de dicho impuesto. (5)en el párrafo anterior. dispuesto en las normas sobre la materia. Utilizado conforme lo (6) Tratándose de notas de crédito, el monto del ajuste de la base imponible y/o del impuesto o valor, según corresponda, se consignará, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados al valor facturado de la expotación, base imponible de la operación gravada e importe total de la operación exonerada o inafecta. Tratándose de notas de débito, el monto de la base imponible y/o impuesto o valor, según corresponda, se consignarán, respectivamente, en las columnas indicadas ANEXO N° 4: RELACIÓN DE LIBROS Y/O REGISTROS QUE PUEDEN SER LLEVADOS VOLUNTARIAMENTE DE MANERA ELECTRÓNICA en el párrafo anterior. El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 Si No • Modificación del Anexo Nº 4 de la R.S. Nº 286-2009/SUNAT CÓDIGO NOMBRE O DESCRIPCIÓN 1 LIBRO CAJA Y BANCOS ANEXO 3 4: RELACIÓN DE LIBROS Y/OY BALANCES QUE PUEDEN SER LLEVADOS VOLUNTARIAMENTE DE MANERA ELECTRÓNICA N° LIBRO DE INVENTARIOS REGISTROS CÓDIGO NOMBRE O 34° DE LA LEY 4 LIBRO DE RETENCIONES INCISOS E) Y F) DEL ARTICULODESCRIPCIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA 15 LIBRO CAJA Y BANCOS LIBRO DIARIO 3 5A LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO 46 LIBRO DE RETENCIONES INCISOS E) Y F) DEL ARTICULO 34° DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA LIBRO MAYOR 57 LIBRO DIARIODE ACTIVOS FIJOS REGISTRO 5A 9 LIBRO DIARIODE CONSIGNACIONES REGISTRO DE FORMATO SIMPLIFICADO 6 10 LIBRO MAYOR COSTOS REGISTRO DE 7 12 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOSPERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS REGISTRO DE INVENTARIO 9 13 REGISTRO DE CONSIGNACIONES REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO 10 REGISTRO DE COSTOS 12 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS 13 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO 54 Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 59. Edición Especial 513086 • INCORPORACIÓN del Anexo Nº 5 de la R.S. Nº 286-2009/SUNAT 513086 ANEXO N° 5: RELACIÓN DE LIBROS Y/O REGISTROS QUE OBLIGATORIAMENTE DEBEN SER ANEXO N° DE MANERA DE LIBROS Y/O REGISTROS QUE OBLIGATORIAMENTE SISTEMA LLEVADOS5: RELACIÓN ELECTRÓNICA POR LOS SUJETOS INCORPORADOS ALDEBEN SER LLEVADOS DE MANERA ELECTRÓNICA POR LOS SUJETOS INCORPORADOS AL SISTEMA CÓDIGO NOMBRE O DESCRIPCIÓN CÓDIGO LIBRO DIARIO NOMBRE O DESCRIPCIÓN 5 5 LIBRO DIARIO 5A LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO 5A LIBRO DIARIO 6 LIBRO MAYOR DE FORMATO SIMPLIFICADO 6 LIBRO MAYOR COMPRAS 8 REGISTRO DE 8 REGISTRO DE COMPRAS INGRESOS 14 REGISTRO DE VENTAS E 14 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS El Peruano Domingo 29 de diciembrePeruano El de 2013 Domingo 29 de diciembre de 2013 • Anexo I de la R.S. Nº 379-2013/SUNAT - Sujetos designados como principales contribuyentes ANEXO I RUC RUC 10269318959 10269318959 10409013533 10409013533 10419839821 10419839821 15369115909 15369115909 20113733641 20113733641 20226978624 20226978624 20350491423 20350491423 20364800500 20364800500 20368981355 20368981355 20406947816 20406947816 20406989730 20406989730 20408093687 20408093687 20450654486 20450654486 20453839037 20453839037 20488336917 20488336917 20488631161 20488631161 20495874908 20495874908 20507810897 20507810897 20527627665 20527627665 20527735123 20527735123 20527784922 20527784922 20527948461 20527948461 20530705316 20530705316 20530750028 20530750028 20531003331 20531003331 20534033525 20534033525 20542180367 20542180367 20542187965 20542187965 20571240751 20571240751 20227395576 20227395576 20229676220 20229676220 20368967875 20368967875 20447998395 20447998395 20449271522 20449271522 20479517127 20479517127 20496136013 20496136013 20496159901 20496159901 20530889611 20530889611 20531020937 20531020937 20115482450 20115482450 20156003817 20156003817 20188903488 20188903488 20286907467 20286907467 20407827024 20407827024 20453663087 20453663087 20453744168 20453744168 20495932797 20495932797 20528000135 20528000135 20530592520 20530592520 20530903207 20530903207 20530989161 20530989161 20531044445 20531044445 20531088493 20531088493 10097715462 10097715462 Instituto Pacífico ANEXO I RAZON SOCIAL RAZON SOCIAL RONCAL VILLAR MILTON ALIS RONCAL VILLAR MILTON ALIS SANTILLAN ARMAS GLADYS MIRIAM SANTILLANVELARDE RANDYMIRIAM WARTHON ARMAS GLADYS YORRY WARTHON VELARDE ALBERTO QUIROZ ROJAS LUIS RANDY YORRY QUIROZ ROJAS LUIS ALBERTO E.P.S. SEDACAJ S.A. E.P.S. SEDACAJ S.A. EMPRESA Y SERVICIOS MULTIPLES MANU EIRLT EMPRESA Y SERVICIOS MULTIPLES MANU EIRLT TURBINA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA TURBINA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA S. NOVISA EIRL S. NOVISA EIRL DIRECCION REGIONAL DE EDUCAC. CAJAMARCA DIRECCION REGIONAL DE EDUCAC. CAJAMARCA TRANSP.Y COMERCIO FREDY S.R.LTDA. TRANSP.Y COMERCIO FREDY S.R.LTDA. DIRECCION REGIONAL AGRARIA - ANCASH DIRECCION REGIONAL AGRARIA EMPRESA MINERA ZEUS S.A.C. - ANCASH EMPRESA MINERA ZEUS S.A.C. SERVICENTRO CRISTO REY E.I.R.L. SERVICENTRO CRISTO REY NORTE SERVICIOS GENERALES DELE.I.R.L. SAC SERVICIOS GENERALESSALUD HUAYLAS SUR DIRECCION DE RED DE DEL NORTE SAC DIRECCION DE RED DE SALUD HUAYLAS SUR SHUMAC ALLPA S.R.L SHUMAC ALLPA S.R.L CARVALI ESTRUCTURAS MONTAJE Y SS.GG SRL CARVALI ESTRUCTURAS MONTAJE Y SS.GG SRL EJECUTORES DE PROYECTOS Y OBRAS MINERAS S.A.C. EJECUTORES DE PROYECTOS YE.I.R.L. MINERAS S.A.C. CENTRO COMERCIAL PEREYRA OBRAS CENTRO COMERCIAL PEREYRA E.I.R.L. VALEMIL SOCIEDAD ANONIMA CERRADA VALEMIL SOCIEDAD ANONIMA CERRADASOCIEDAD ANONIMA CERRADA SUPER SERVICENTRO MADRE DE DIOS SUPER SERVICENTRO MADRE DE DIOS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA DISTRIBUIDORA SEÑOR DE POTOSI SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - DISTRIBUIDORA SEÑOR D DISTRIBUIDORA SEÑOR DE POTOSI SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - DISTRIBUIDORA SEÑOR D EMPRESA CONSTRUCTORA Y SERVICIOS SAN ISIDRO S.A. EMPRESA CONSTRUCTORA Y SERVICIOS SAN INGENIERIA & SERVICIOS GENERALES S.R.L. ISIDRO S.A. INGENIERIA & SERVICIOS GENERALES S.R.L. CONSTRUCTORA QUITACOCHA SRL CONSTRUCTORA CIBERLINK S.R.L. QUITACOCHA SRL CIBERLINK S.R.L. CONTRATISTAS S.A.C. JAIME HUAROMO JAIME HUAROMO ANCASH S.A.C. COMPA�IA MINERA CONTRATISTAS S.A.C. COMPA�IA MINERA ANCASH S.A.C. CONSORCIO TECNOLOGICO - HUARAZ CONSORCIO INTERES LOCAL HIDROELECTRICA S.A. DE CHACAS EMPRESA DETECNOLOGICO - HUARAZ EMPRESA S R INTERES LOCAL HIDROELECTRICA S.A. DE CHACAS EPROMIG DE L EPROMIG S R L UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL JAEN UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL JAEN MADERERA Y TRANSPORTES JUNIOR S.R.L. MADERERA Y TRANSPORTES JUNIOR COMUNIDAD CAMPESINA ANGO RAJU S.R.L. COMUNIDAD CAMPESINA ANGO RAJU SAC ESTACION DE SERVICIOS JHOSYCAR ESTACION DE SERVICIOS MARKET LA MERCED SRL JHOSYCAR SAC MARKET LA MERCED SRL SANTANA SERVICIOS GENERALES S.R.L. SANTANA SERVICIOS GENERALES S.R.L.HEROES DEL CENEPA S.A.C EMPRESA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EMPRESA DE SEGURIDAD Y HUERTA E.I.R.L. CONTRATISTAS GENERALESVIGILANCIA HEROES DEL CENEPA S.A.C CONTRATISTAS GENERALES HUERTA E.I.R.L. EMPRESA DE TRANSPORTES 14 S.R.LTDA. EMPRESA DE TRANSPORTES 14 S.R.LTDA. DIRECCION REGIONAL DE SALUD ANCASH DIRECCION REGIONAL DE SALUD ANCASH MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZY COMUNICACIONES REGION ANCASH DIRECCION REGIONAL DE TRANSPORTES DIRECCION REGIONAL GENERALES’ S.R.L. ‘NAR & CONTRATISTAS DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES REGION ANCASH ‘NAR & CONTRATISTAS GENERALES’ S.R.L. DISTRIBUCIONES LUCY S.R.L. DISTRIBUCIONES LUCY S.R.L. GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA SAN FRANCISCO S.R.L. TURISMO Y SERVICIOS GENERALES TURISMO Y SERVICIOS GENERALES SAN RESPONSABILIDAD GRIFO RHOMEL EMPRESA INDIVIDUAL DEFRANCISCO S.R.L. LIMITADA GRIFOOBRAS CIVILES Y TELECOMUNICACIONES SRL OC&T RHOMEL EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA OC&T S.A.C. PABELOBRAS CIVILES Y TELECOMUNICACIONES SRL PABEL S.A.C. VARGAS S.R.L. VARGAS S.R.L. EMPRESA CONSTRUCTORA SAN CRISTOBAL S.R.L. EMPRESA CONSTRUCTORA SANE.I.R.L. SERVICIOS GENERALES G.M.M. CRISTOBAL S.R.L. SERVICIOS GENERALES G.M.M. RIMAC MEDALLA MAXIMO FABIOE.I.R.L. RIMAC MEDALLA MAXIMO FABIO 55
  • 60. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 10316038609 10805922881 20115643216 20193334262 20407992149 20408077487 20450788849 20453670296 20453707637 20495860788 20530573819 20530713254 20530862764 20533953680 20534142227 20542035863 20542188261 20146921427 20205422332 20407961774 20491594471 20495684874 20495827063 20495992854 20496075049 20496103514 20527575096 20530742513 20530859038 20530903541 10247016169 10316290448 20166728585 20193046551 20286844953 20309099339 20368945715 20438489500 20446361741 20449282729 20490133888 20495977031 20496074409 20522139913 20526707720 20527411221 20530906214 20534098732 10048261391 20134994038 20233011721 20407798849 20407859490 20450641406 20480586981 20495739521 20495795439 20495805922 20530572171 20530689019 20533984992 20534122897 20542161818 10275401523 20143623042 20165645325 20224133929 20230151297 56 513087 ZAMBRANO MACEDO JAIME RICARDO CUSICUNA CUSIHUAMAN ALIPIO SERVICENTRO ORTIZ S.R.LTDA. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUNGAY ECS CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. MULTISERVICIOS LA TRINIDAD S.R.L. REPRESENTACIONES ARCANGEL SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA MEVIC E.I.R.L. CONSORCIO TRANSP CAJAM. JALCA DE ORO SAC ENCAJON-COLLOTAN SERVICIOS GENERALES S.A EMPRESA MECOMA S.A. CORPORACI�N UCAYALI S.R.L. CONSTRUCTORA WATTSON S.R.L. - WATTSON S.R.L. ANDINA�S GROUP RENT S.A.C. SERVIAL PERU SAC GEOAGRO S.A.C. GARRA INGENIEROS S.A.C. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA DIRECCION DE RED DE SALUD CONCHUCOS NORTE M Y K INGENIEROS E.I.R.L. SANTA RITA NUEVA GENERACION S.R.L. LOS ICHUS SERVICIOS GENERALES S.A.C. BJS SERVICIOS GENERALES EL TINGO SRL LAS TIENDAS ALEX EIRL CONSORCIO COLUMBO - ARNAR C & R ASOCIADOS SAC SERVICENTRO TAHUAMANU S.R.L. CHAUCA DE YATACO E.I.R.L. GRUPO B & T S.R.L. CEVIVE E.I.R.L. JALLO HUALLPA ADRIANA LEON DIAZ MOISES HOSPITAL DE APOYO N 1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARI GREEN VEGETABLES & FLOWERS S.A.C. COMERCIAL FATIMA E.I.R.LTDA. DIRECCION SUB REGIONAL DE SALUD CUTERVO PROCESADORA DE ALIMENTOS E.I.R.L. MARKET ORTIZ E.I.R.L. EMPRESA DE SERVICIOS MULTIPLES J.M. INGENIEROS E.I.R.L. MULTISERVICIOS ORO.COM EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSALIDAD LIMITADA - MULTIORO E.I.R.L. GSM SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA EMPRESA DE MULTISERVICIOS ZAMORA EIRL COMPA�IA MINERA MELENDEZ S.A.C. ALIMENTOS AMAZONICOS SAC DALMACIA S.A.C. JUVENTUD JUPROG SRL DESARROLLO DE INGENIERIA Y CONSTRUCCION S.R.L. AIMITUMA CONTO JOSE PERUVIAN SAFARIS SA M M F CONTRATISTA E I R LTDA IMEVI INGENIEROS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA CONSORCIO ‘JC’ ESTACION DE SERVICIOS RODRIGO’S EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - ESTACION DE SERVICI DISTRIBUIDORA OFERTON SAC CORONA SERVICES SRL. MAXLIM S.R.L. SERVICIOS RUMICHACA S.R.L. DISTRIBUIDORA MONTERREY E.I.R.L. GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH INGENIERIA DEL CONCRETO Y ALBA�LERIA E.I.R.L. TRANS-BAT E.I.R.L. INGENIERIA & CONSTRUCCION VRA S.R.L. CABREJOS TORRES VDA. DE MEDINA MAXIMINA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA DIRECCION REGIONAL DE SALUD - CAJAMARCA INTIPA FOODS S.A.C. UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA CHOTA Últimas Modificaciones Tributarias y Laborales
  • 61. Edición Especial El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513088 20407908377 20480107927 513088 20480127286 20488387074 20407908377 20530714064 513088 20480107927 20530955185 20480127286 20533914609 20407908377 20488387074 10269342507 20480107927 20530714064 20194799862 20480127286 20530955185 20199904192 20488387074 20533914609 20323041092 20530714064 10269342507 20453689981 20530955185 20194799862 20482487484 20533914609 20199904192 20527454892 10269342507 20323041092 20527664358 20194799862 20453689981 20530666663 20199904192 20482487484 20530830561 20323041092 20527454892 20534112824 20453689981 20527664358 20482487484 20530666663 20527454892 20530830561 20527664358 20534112824 • Anexo II 20530666663 Nº de la R.S. 20530830561 20534112824 MES (*) / RUC Enero Febrero ‘CORPORACION VILLANUEVA’ S.R.L. INVERSIONES MORRO SOLAR S.A.C. EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO FERNANDEZ HNOS S.R.L HOTEL LA JOYA SAC ‘CORPORACION VILLANUEVA’ S.R.L. CLUB DEPORTIVO SPORT ANCASH INVERSIONES MORRO SOLAR S.A.C. POMA CASTILLO SAC EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO FERNANDEZ HNOS S.R.L INGENIERIA Y CONSTRUCCION S.A.C. ‘CORPORACIONSAC VILLANUEVA’ S.R.L. HOTEL LACRUZADO SATURNINO ALCALDE JOYA INVERSIONES MORRO SOLAR S.A.C. CLUB DEPORTIVO SPORT ANCASH INCA COMPLEJO TURISTICO BA�OSTURISMO FERNANDEZ HNOS S.R.L EMPRESA DE TRANSPORTES DEL POMA CASTILLO SAC RAINFOREST EXPEDITIONS SAC HOTEL LA JOYA SAC INGENIERIA Y CONSTRUCCION S.A.C. RF SRLTDA CONST CONSULT Y CONTR GEN JC Y CLUB DEPORTIVO SPORT ANCASH ALCALDE CRUZADO SATURNINO CELL CASTILLO SAC POMASERVICE E.I.R.L. BA�OS DEL INCA COMPLEJO TURISTICOS.A.C. DISTRIBUIDORA GABZ INGENIERIA Y EXPEDITIONS SAC RAINFOREST CONSTRUCCION S.A.C. COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA TRACTOMOTRIZ AMAZONAS SOCIEDAD ALCALDE CRUZADOCONTR GEN JC Y RF SRLTDA CONST CONSULT Y SATURNINO INVERSIONES MARURI S.A.C. DEL INCA COMPLEJO TURISTICO BA�OS CELL SERVICESERVICIOS SAN ANTONIO S.A.C. ESTACION DE E.I.R.L. RAINFOREST EXPEDITIONS SAC DISTRIBUIDORA GABZ S.A.C. EMPRESA DE SERVICIOS MINEROS Y RF SRLTDA CONST CONSULT Y CONTR GEN JC E.I.R.L. TRACTOMOTRIZ AMAZONAS INVERANDES PERU S.A.C. SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CELL SERVICEMARURI S.A.C. INVERSIONES E.I.R.L. DISTRIBUIDORA GABZ S.A.C. ANTONIO S.A.C. ESTACION DE SERVICIOS SAN TRACTOMOTRIZ AMAZONAS SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA EMPRESA DE SERVICIOSII: CRONOGRAMA TIPO A: FECHA MÁXIMA DE ATRASO ANEXO MINEROS E.I.R.L. INVERSIONES MARURI S.A.C. INVERANDES PERU S.A.C. DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS DEL REGISTRO 379-2013/SUNAT (Segunda disposición complemeNtaria final) ESTACION DE SERVICIOS SAN ANTONIO S.A.C. ENERO A DICIEMBRE 2014 EMPRESA DE SERVICIOS MINEROS E.I.R.L. EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC INVERANDES PERUFECHA MÁXIMA DE ATRASO SEGÚNFECHA MÁXIMA DE ATRASO S.A.C. ANEXO II: CRONOGRAMA TIPO A: El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 0 1 2 3 4 6 8 9 DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE5VENTAS E INGRESOS 7 27.02.2014 28.02.2014 ENERO A DICIEMBRE 2014 03.03.2014 04.03.2014 05.03.2014 06.03.2014 07.03.2014 24.02.2014 25.02.2014 ANEXO II: CRONOGRAMA TIPO A: FECHA MÁXIMA ATRASO 25.04.2014 28.04.2014 29.04.2014 30.04.2014 02.05.2014 05.05.2014DE06.05.2014 07.05.2014 23.04.2014 24.04.2014 FECHA MÁXIMA DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 28.05.2014 29.05.2014 30.05.2014 ENERO A DICIEMBRE 2014 02.06.2014 03.06.2014 04.06.2014 05.06.2014 06.06.2014 26.05.2014 27.05.2014 26.02.2014 Marzo MES (*) / RUC Abril Enero 26.02.2014 27.02.2014 28.02.2014 03.03.2014 04.03.2014 05.03.2014 06.03.2014 07.03.2014 FECHA MÁXIMA 01.07.2014 02.07.2014 03.07.2014 04.07.2014 07.07.2014 Mayo 26.06.2014 27.06.2014 30.06.2014 DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC Febrero 25.04.2014 28.04.2014 29.04.2014 30.04.2014 02.05.2014 05.05.2014 06.05.2014 07.05.2014 MES 0 1 2 3 4 5 6 7 Junio (*) / RUC 25.07.2014 30.07.2014 31.07.2014 01.08.2013 04.08.2013 05.08.2013 06.08.2013 07.08.2013 Marzo Enero 26.02.2014 27.02.2014 28.02.2014 03.03.2014 04.03.2014 05.03.2014 06.03.2014 07.03.2014 Julio 27.08.2014 28.08.2014 29.08.2014 01.09.2014 02.09.2014 03.09.2014 04.09.2014 05.09.2014 Abril 28.05.2014 29.05.2014 30.05.2014 02.06.2014 03.06.2014 04.06.2014 05.06.2014 06.06.2014 Febrero 25.04.2014 28.04.2014 29.04.2014 30.04.2014 02.05.2014 05.05.2014 06.05.2014 07.05.2014 Agosto 26.09.2014 29.09.2014 30.09.2014 01.10.2014 02.10.2014 03.10.2014 06.10.2014 07.10.2014 Mayo 26.06.2014 27.06.2014 30.06.2014 01.07.2014 02.07.2014 03.07.2014 04.07.2014 07.07.2014 Marzo Septiembre 29.10.2014 30.10.2014 31.10.2014 03.11.2014 04.11.2014 05.11.2014 06.11.2014 07.11.2014 Junio 25.07.2014 30.07.2014 31.07.2014 01.08.2013 04.08.2013 05.08.2013 06.08.2013 07.08.2013 Abril 28.05.2014 29.05.2014 30.05.2014 01.12.2014 02.12.2014 03.12.2014 04.12.2014 05.12.2014 Octubre 26.11.2014 27.11.2014 28.11.2014 02.06.2014 03.06.2014 04.06.2014 05.06.2014 06.06.2014 Julio 27.08.2014 28.08.2014 29.08.2014 01.09.2014 02.09.2014 03.09.2014 04.09.2014 05.09.2014 Mayo 26.06.2014 27.06.2014 30.06.2014 01.07.2014 02.07.2014 03.07.2014 04.07.2014 07.07.2014 Noviembre 29.12.2014 30.12.2014 31.12.2014 02.01.2015 05.01.2015 06.01.2015 07.01.2015 08.01.2015 Agosto 26.09.2014 29.09.2014 30.09.2014 01.10.2014 02.10.2014 03.10.2014 06.10.2014 07.10.2014 Junio 25.07.2014 30.07.2014 31.07.2014 01.08.2013 04.08.2013 05.08.2013 06.08.2013 07.08.2013 Diciembre 28.01.2015 29.01.2015 30.01.2015 02.02.2015 03.02.2015 04.02.2015 05.02.2015 06.02.2015 Septiembre 29.10.2014 30.10.2014 31.10.2014 03.11.2014 04.11.2014 05.11.2014 06.11.2014 07.11.2014 Julio 27.08.2014 28.08.2014 29.08.2014 01.09.2014 02.09.2014 03.09.2014 04.09.2014 05.09.2014 Octubre 26.11.2014 27.11.2014 28.11.2014 01.12.2014 02.12.2014 03.12.2014 04.12.2014 05.12.2014 Agosto 26.09.2014 29.09.2014 Mes al que 01.10.2014 02.10.2014 03.10.2014 (*) En el caso del Registro de Compras se reere al 30.09.2014 corresponde el registro de operaciones según06.10.2014 de la materia. las normas 07.10.2014 Noviembre 29.12.2014 30.12.2014 31.12.2014 02.01.2015 05.01.2015 06.01.2015 07.01.2015 08.01.2015 En el caso del Registro de Ventas30.10.2014 se31.10.2014 03.11.2014emite el comprobante de pago respectivo Septiembre 29.10.2014 e Ingresos reere al Mes en que se 04.11.2014 05.11.2014 06.11.2014 07.11.2014 Diciembre 28.01.2015 29.01.2015 30.01.2015 02.02.2015 03.02.2015 04.02.2015 05.02.2015 06.02.2015 Octubre 26.11.2014 27.11.2014 28.11.2014 01.12.2014 02.12.2014 03.12.2014 04.12.2014 05.12.2014 24.02.2014 24.06.2014 23.04.2014 8 23.07.2014 25.02.2014 25.06.2014 24.04.2014 9 24.07.2014 Noviembre 29.12.2014 30.12.2014 31.12.2014 02.01.2015 05.01.2015 06.01.2015 07.01.2015 08.01.2015 23.12.2014 (*) En el caso del Registro de Compras se ANEXO III: CRONOGRAMA TIPO B: FECHA MÁXIMA DE las normas de la materia. reere al Mes al que corresponde el registro de operaciones según ATRASO Diciembre caso del Registro de Ventas29.01.2015 se30.01.2015 02.02.2015emite el comprobante de pago respectivo 28.01.2015 e Ingresos reere al Mes en que se 03.02.2015 04.02.2015 05.02.2015 06.02.2015 26.01.2015 En el DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS 2014 27.01.2015 24.02.2014 25.08.2014 26.05.2014 23.04.2014 24.09.2014 24.06.2014 27.10.2014 23.07.2014 26.05.2014 24.11.2014 25.08.2014 24.06.2014 23.12.2014 24.09.2014 23.07.2014 26.01.2015 27.10.2014 25.08.2014 24.11.2014 24.09.2014 23.12.2014 27.10.2014 26.01.2015 24.11.2014 25.02.2014 26.08.2014 27.05.2014 24.04.2014 25.09.2014 25.06.2014 28.10.2014 24.07.2014 27.05.2014 25.11.2014 26.08.2014 25.06.2014 26.12.2014 25.09.2014 24.07.2014 27.01.2015 28.10.2014 26.08.2014 25.11.2014 25.09.2014 26.12.2014 28.10.2014 27.01.2015 25.11.2014 26.12.2014 FECHA MÁXIMA DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC (*) En el caso del Registro de Compras se reere al Mes al que corresponde el registro de operaciones según las normas de la materia. MES En el RUC del Registro de Ventas e Ingresos se reere al Mes en que se emite el 4 (*) / caso 0 1 2 3 5 6 7 comprobante de pago respectivo 8 9 ANEXO III: CRONOGRAMA TIPO B: FECHA MÁXIMA DE ATRASO • Anexo III de la R.S. Nº 26.06.2014 27.06.2014 30.06.2014 cuarta disposición complemeNtaria final) 379-2013/SUNAT (Tercera y 01.07.2014 02.07.2014 03.07.2014 04.07.2014 07.07.2014 24.06.2014 25.06.2014 Enero DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS 2014 Febrero FECHA MÁXIMA DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC ANEXO III: CRONOGRAMA TIPO B: FECHA MÁXIMA 06.08.2013 Marzo 25.07.2014 30.07.2014 31.07.2014 01.08.2013 04.08.2013 05.08.2013 DE ATRASO 07.08.2013 MES (*) / RUC 0 1 3 4 5 6 7 DEL REGISTRO DE 2 COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS 2014 Abril Enero 26.06.2014 27.06.2014 30.06.2014 01.07.2014 02.07.2014 03.07.2014 04.07.2014 07.07.2014 FECHA MÁXIMA 01.09.2014 02.09.2014 03.09.2014 04.09.2014 05.09.2014 Mayo 27.08.2014 28.08.2014 29.08.2014 DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC Febrero MES (*) / RUC 0 1 2 3 4 5 6 7 Junio Marzo 25.07.2014 30.07.2014 31.07.2014 01.08.2013 04.08.2013 05.08.2013 06.08.2013 07.08.2013 Enero 26.06.2014 27.06.2014 30.06.2014 01.07.2014 02.07.2014 03.07.2014 04.07.2014 07.07.2014 Julio 26.09.2014 29.09.2014 30.09.2014 01.10.2014 02.10.2014 03.10.2014 06.10.2014 07.10.2014 Abril Febrero Agosto Mayo 27.08.2014 28.08.2014 29.08.2014 01.09.2014 02.09.2014 03.09.2014 04.09.2014 05.09.2014 Marzo 25.07.2014 30.07.2014 31.07.2014 01.08.2013 04.08.2013 05.08.2013 06.08.2013 07.08.2013 Septiembre 29.10.2014 30.10.2014 31.10.2014 03.11.2014 04.11.2014 05.11.2014 06.11.2014 07.11.2014 Junio Abril Octubre 26.11.2014 27.11.2014 28.11.2014 01.12.2014 02.12.2014 03.12.2014 04.12.2014 05.12.2014 Julio 26.09.2014 29.09.2014 30.09.2014 01.10.2014 02.10.2014 03.10.2014 06.10.2014 07.10.2014 Mayo 27.08.2014 28.08.2014 29.08.2014 01.09.2014 02.09.2014 03.09.2014 04.09.2014 05.09.2014 Noviembre 29.12.2014 30.12.2014 31.12.2014 02.01.2015 05.01.2015 06.01.2015 07.01.2015 08.01.2015 Agosto Junio Diciembre 28.01.2015 29.01.2015 30.01.2015 02.02.2015 03.02.2015 04.02.2015 05.02.2015 06.02.2015 Septiembre 29.10.2014 30.10.2014 31.10.2014 03.11.2014 04.11.2014 05.11.2014 06.11.2014 07.11.2014 Julio 26.09.2014 29.09.2014 30.09.2014 01.10.2014 02.10.2014 03.10.2014 06.10.2014 07.10.2014 Octubre 26.11.2014 27.11.2014 28.11.2014 01.12.2014 02.12.2014 03.12.2014 04.12.2014 05.12.2014 Agosto (*) En el caso del Registro de Compras se reere al Mes al que corresponde el registro de operaciones según las normas de la materia. Noviembre 29.12.2014 30.12.2014 31.12.2014 02.01.2015 05.01.2015 06.01.2015 07.01.2015 08.01.2015 En el caso del Registro de Ventas30.10.2014 se31.10.2014 03.11.2014emite el comprobante de pago respectivo Septiembre 29.10.2014 e Ingresos reere al Mes en que se 04.11.2014 05.11.2014 06.11.2014 07.11.2014 Diciembre 28.01.2015 29.01.2015 30.01.2015 02.02.2015 03.02.2015 04.02.2015 05.02.2015 06.02.2015 Octubre 26.11.2014 27.11.2014 28.11.2014 01.12.2014 02.12.2014 03.12.2014 04.12.2014 05.12.2014 23.07.2014 8 24.07.2014 9 24.06.2014 25.08.2014 8 23.07.2014 24.06.2014 24.09.2014 25.06.2014 26.08.2014 9 24.07.2014 25.06.2014 25.09.2014 25.08.2014 23.07.2014 27.10.2014 26.08.2014 24.07.2014 28.10.2014 24.11.2014 24.09.2014 25.08.2014 23.12.2014 25.11.2014 25.09.2014 26.08.2014 26.12.2014 26.01.2015 27.10.2014 24.09.2014 24.11.2014 27.01.2015 28.10.2014 25.09.2014 25.11.2014 23.12.2014 27.10.2014 26.01.2015 24.11.2014 26.12.2014 28.10.2014 27.01.2015 25.11.2014 Noviembre 29.12.2014 30.12.2014 31.12.2014 02.01.2015 05.01.2015 06.01.2015 07.01.2015 08.01.2015 23.12.2014 (*) En el caso del Registro de Compras se reere al Mes al que corresponde el registro de operaciones según las normas de la materia. Diciembre caso del Registro de Ventas29.01.2015 se30.01.2015 02.02.2015emite el comprobante de pago respectivo 28.01.2015 e Ingresos reere al Mes en que se 03.02.2015 04.02.2015 05.02.2015 06.02.2015 26.01.2015 En el 1033143-1 27.01.2015 26.12.2014 (*) En el caso del Registro de Compras se reere al Mes al que corresponde el registro de operaciones según las normas de la materia. En el caso del Registro de Ventas e Ingresos se reere al Mes en que se emite el comprobante de pago respectivo 1033143-1 Instituto Pacífico 1033143-1 57