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Derechos aprendiz Sena
Sebastián calderón gamboa
Alexander bello
Danny cruz
 1. Recibir formación profesional integral, acorde con el programa a desarrollar, y al crecimiento
 y desarrollo armónico de sus dimensiones humanas.
 2. Recibir, al iniciar el proceso de formación a través de la inducción, la información acerca de la
 naturaleza de la formación profesional integral, de la estructura, organización y funcionamiento
 del SENA, de la regional y centro, además de la proyección socioeconómica de la ocupación u
 oficio de su interés, donde estén incluidos contenidos de gestión tecnológica, conocimiento del
 entorno, aporte a la productividad y competitividad, la concertación de la ruta de aprendizaje,
 particularmente debe conocer el reglamento para aprendices de SENA y toda la regulación frente
 a sus derechos y deberes, al comportamiento y participación dentro de la comunidad educativa.
 3. Disponer en el Centro de Formación de los recursos físicos, didácticos, técnicos, tecnológicos
 y bibliográficos requeridos para su proceso de formación, utilizar las instalaciones y la
 dotación del centro de formación o de otros ambientes educativos donde la entidad desarrolle
 acciones de formación, de acuerdo con la reglamentación respectiva. Para programas de
 formación con modalidad virtual el SENA dispondrá a través del ambiente los recursos requeridos
 para el desarrollo de la formación.
 4. Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz
 del SENA.
 5. Disfrutar de los beneficios de bienestar al aprendiz SENA orientados a garantizar la formación
 integral, conforme a la normatividad que rija este tema en el SENA.
 6. Recibir por parte de la comunidad educativa orientación académica y actitudinal que estimule
 el desarrollo personal y promueva la convivencia social.
 7. Respetar el derecho al debido proceso en caso de ser investigado con observancia de las
 normas establecidas en este reglamento.
 8. Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos, Instructores
 y personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de formación.
 9. Exigir alto nivel académico, estrategias y metodología basadas en la construcción interactiva
 del conocimiento y participar objetivamente en el mejoramiento continuo de los Instructores a
 través de los procesos de evaluación.
10. Recibir la certificación que le corresponda, una vez aprobado en forma satisfactoria el
programa de formación
 11. Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación y la ruta de
 aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las
 evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales
 como amonestación, sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula.
 12. Solicitar, de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes, si considera
 que el resultado no es objetivo, siguiendo el procedimiento establecido en este Reglamento.
 13. Recibir información acerca de las diferentes opciones para desarrollar la etapa productiva,
 los derechos y obligaciones para el desarrollo de la misma.
 14. Recibir, por parte del Centro de Formación, asesoría académica e integral durante el proceso
 de formación.
 15. Recibir trato digno y respetuoso por parte de todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
 16. Expresar con libertad su pensamiento, conocimiento e ideas en el marco del respeto hacia
 los demás.
 17. Recibir oportunamente los elementos de seguridad propios de su ocupación, para la protección
 de su integridad, en los ambientes de formación del SENA o de otras entidades y lugares
 donde se presente formación presencial. Los aprendices de las especialidades de construcción,
 deben recibir la dotación que el SENA les entrega por intermedio del Fondo de la Industria de la
 Construcción FIC.
 ARTÍCULO 8°. Estímulos e incentivos. Son beneficios y distinciones que se otorgan a los
 aprendices, como reconocimiento o valoración de actuaciones meritorias o logros sobresalientes
 obtenidos en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o profesional.
 Los estímulos e incentivos forman parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de los Aprendices
 y de aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten para beneficio de los aprendices,
 entre ellos están:
 a. Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso
 de aprendizaje.
 b. Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.
 c. Ser designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia, en el
 programa de formación, en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte.
 d. Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar
 ser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea.
 e. Reconocimiento a los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento que se han
 destacado por su excelente desempeño académico y actitudinal, con copia a la hoja de vida del
 aprendiz y empresa patrocinadora.
 Por la representación y participación destacada en eventos de aprendizaje, tecnológicos,
 culturales, sociales y deportivos a nombre del SENA, el aprendiz podrá recibir reconocimiento,
 incentivo o distinción.

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seb 6

  • 1. Derechos aprendiz Sena Sebastián calderón gamboa Alexander bello Danny cruz
  • 2.  1. Recibir formación profesional integral, acorde con el programa a desarrollar, y al crecimiento  y desarrollo armónico de sus dimensiones humanas.  2. Recibir, al iniciar el proceso de formación a través de la inducción, la información acerca de la  naturaleza de la formación profesional integral, de la estructura, organización y funcionamiento  del SENA, de la regional y centro, además de la proyección socioeconómica de la ocupación u  oficio de su interés, donde estén incluidos contenidos de gestión tecnológica, conocimiento del  entorno, aporte a la productividad y competitividad, la concertación de la ruta de aprendizaje,  particularmente debe conocer el reglamento para aprendices de SENA y toda la regulación frente  a sus derechos y deberes, al comportamiento y participación dentro de la comunidad educativa.  3. Disponer en el Centro de Formación de los recursos físicos, didácticos, técnicos, tecnológicos  y bibliográficos requeridos para su proceso de formación, utilizar las instalaciones y la  dotación del centro de formación o de otros ambientes educativos donde la entidad desarrolle  acciones de formación, de acuerdo con la reglamentación respectiva. Para programas de  formación con modalidad virtual el SENA dispondrá a través del ambiente los recursos requeridos  para el desarrollo de la formación.  4. Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz  del SENA.
  • 3.  5. Disfrutar de los beneficios de bienestar al aprendiz SENA orientados a garantizar la formación  integral, conforme a la normatividad que rija este tema en el SENA.  6. Recibir por parte de la comunidad educativa orientación académica y actitudinal que estimule  el desarrollo personal y promueva la convivencia social.  7. Respetar el derecho al debido proceso en caso de ser investigado con observancia de las  normas establecidas en este reglamento.  8. Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos, Instructores  y personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de formación.  9. Exigir alto nivel académico, estrategias y metodología basadas en la construcción interactiva  del conocimiento y participar objetivamente en el mejoramiento continuo de los Instructores a  través de los procesos de evaluación. 10. Recibir la certificación que le corresponda, una vez aprobado en forma satisfactoria el programa de formación
  • 4.  11. Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación y la ruta de  aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las  evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales  como amonestación, sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula.  12. Solicitar, de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes, si considera  que el resultado no es objetivo, siguiendo el procedimiento establecido en este Reglamento.  13. Recibir información acerca de las diferentes opciones para desarrollar la etapa productiva,  los derechos y obligaciones para el desarrollo de la misma.  14. Recibir, por parte del Centro de Formación, asesoría académica e integral durante el proceso  de formación.  15. Recibir trato digno y respetuoso por parte de todos los integrantes de la Comunidad Educativa.  16. Expresar con libertad su pensamiento, conocimiento e ideas en el marco del respeto hacia  los demás.
  • 5.  17. Recibir oportunamente los elementos de seguridad propios de su ocupación, para la protección  de su integridad, en los ambientes de formación del SENA o de otras entidades y lugares  donde se presente formación presencial. Los aprendices de las especialidades de construcción,  deben recibir la dotación que el SENA les entrega por intermedio del Fondo de la Industria de la  Construcción FIC.  ARTÍCULO 8°. Estímulos e incentivos. Son beneficios y distinciones que se otorgan a los  aprendices, como reconocimiento o valoración de actuaciones meritorias o logros sobresalientes  obtenidos en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o profesional.  Los estímulos e incentivos forman parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de los Aprendices  y de aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten para beneficio de los aprendices,  entre ellos están:
  • 6.  a. Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso  de aprendizaje.  b. Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.  c. Ser designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia, en el  programa de formación, en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte.  d. Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar  ser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea.  e. Reconocimiento a los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento que se han  destacado por su excelente desempeño académico y actitudinal, con copia a la hoja de vida del  aprendiz y empresa patrocinadora.  Por la representación y participación destacada en eventos de aprendizaje, tecnológicos,  culturales, sociales y deportivos a nombre del SENA, el aprendiz podrá recibir reconocimiento,  incentivo o distinción.