SlideShare una empresa de Scribd logo
Servicio Autonomo de Propiedad Intelectual
Luis Eduardo Terán
C.I: V-16.464.819
Miguel Ángel Cepeda
C.I: V-15.708.931
La propiedad intelectual corresponde a los derechos y
reconocimientos que se otorgan a un autor o creador de una
obra de cualquier índole que haya sido originada mediante el
intelecto humano, por lo que su creador será el único individuo
que posea los plenos y completos derechos sobre la creación,
así como también los beneficios ya sean de reconocimientos o
económicos que la misma produzca, de igual modo dicha obra
solo podrá ser utilizada con el respectivo consentimiento del
autor.
Podemos recalcar que la propiedad intelectual esta fijada como una medida
de protección a las personas creadoras de ideas, productos, y cualquier tipo
de obra para que las mismas puedan ser registradas y adjudicadas un
propietario que responda y al mismo tiempo se beneficie de su creación.
En efecto, El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y
principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley
concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación
de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o
inédita. Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales
en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
En nuestro país el gobierno Venezolano creo un organismo adscrito al ministerio del
poder popular para el comercio, llamado SAPI (Servicio Autónomo de la Propiedad
Intelectual) el cual ejerce la competencia sobre la propiedad intelectual que le
corresponde al Estado Venezolano, en materia de Derecho de Autor, Marcas y Patentes.
Dicho organismo se encarga de todo lo referente al Registro de Propiedad
Intelectual, lo que comprende la administración de la concesión de derechos a los
inventores sobre sus creaciones, a través de las patentes de invención, mejoras,
dibujos y diseños industriales; a los comerciantes o personas naturales sobre los
signos que utilizan para distinguir sus productos y servicios en el mercado, mediante
las marcas, denominaciones comerciales y lemas comerciales; el registro,
fiscalización e inspección sobre los derechos de autor y los derechos conexos, en el
ámbito administrativo.
Es decir si una personal ó empresa desea dar conocer un producto o servicio con
ciertos logos o emblemas como su marca privada deberá acudir a este organismo y
realizar las operaciones pertinentes para el SAPI otorgue los derechos de propiedad
intelectual al creador o creadores de la misma.
Los objetivos de dicha organización corresponde a los siguientes:
•Proporcionar seguridad jurídica a través de la tutela de la Propiedad
Intelectual sobre obras artísticas, científicas, tecnológicas, patentes,
denominaciones de origen, variedades vegetales, marcas y otros signos
distintivos.
•Promocionar el desarrollo de la sociedad del conocimiento mediante la
difusión de la información sobre la propiedad intelectual, con el objeto de
facilitar la transferencia tecnológica a los sectores productivos y de innovación.
•Coadyuvar en la protección y defensa de la propiedad intelectual colectiva de
los conocimientos tradicionales, tecnologías e innovaciones de los pueblos
indígenas y comunidades locales asociados al uso y conservación de la
diversidad biológica.
•Incentivar la creación intelectual protegiendo el Derecho de Autor sobre las
obras.
•Cooperar y negociar en el ámbito local, regional y mundial, con los Estados, las
organizaciones y los pueblos, para la protección y desarrollo de la propiedad
intelectual de acuerdo con los principios fundamentales de la Constitución de
República Bolivariana de Venezuela.
•Fortalecer a la economía social con el instrumento de las marcas colectivas.
•Coordinar la administración de los convenios nacionales e internacionales para
la consolidación del Sistema Nacional de la Propiedad Intelectual y suscripción
de nuevos compromisos.
•Promover el Uso de Tecnologías y Creaciones Artísticas Libres.
Con esto, el gobierno Venezolano pretende hacer
cumplir los derechos que ya antes habían sido
declarados sobre la propiedad intelectual, pero
que lamentablemente no habían sido cumplido a
cabalidad y por tal motivo no eran términos
irrespetados y cualquier persona podía hacer uso
de alguna obra sin consultarla con su autor
original sin recibir grandes sanciones y en muchos
casos ninguna sanción.
El SAPI pretende ser una organización pública que contribuya a lograr el
bienestar del pueblo venezolano a través del impulso del desarrollo científico-
técnico, facilitando el acceso de todas las personas a los bienes y servicios,
apoyando la creación de sistemas de protección que amparen e incentiven a
los creadores e investigadores, protegiendo sus invenciones y garantizado la
difusión del conocimiento contenido en ellas, así como el uso adecuado de
signos distintivos que faciliten el acceso a los bienes y servicios requeridos
para satisfacer las necesidades del colectivo.
Con la implantación de este organismo y el otorgamiento de derechos de autor se
protege a la sociedad venezolana de mantener su obra resguardada de copias y sus
indiscriminados por personas q no otorguen ningún tipo de beneficio al autor y al
mismo tiempo al estado venezolano.
Para comprender mejor este tema debemos saber que según el marco legal
manejado por el SAPI se considera:
Sujetos del Derecho de Autor: Se considera Autor a la persona natural
(persona física) que crea alguna obra literaria, artística o científica, pues es
quien tiene la facultad de crear, sin embargo, puede ocurrir en determinados
casos que esos derechos correspondan a una persona jurídica, y serán
considerados como los titulares de los mismos pero sólo en el aspecto
patrimonial.
Objeto del Derecho de Autor: Es importante señalar, que el derecho de autor
protege exclusivamente la forma mediante la cual las ideas del autor son
descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas a las obras. No son objeto de
protección las ideas por sí mismas o el contenido ideológico o técnico.
Duración del Derecho de Autor: De acuerdo a lo establecido en el artículo 25
de la Ley sobre Derecho de Autor, dura toda la vida de éste y se extingue a los
sesenta (60) años contados a partir del primero de enero del año siguiente a
su muerte, incluso respecto a las obras no divulgadas durante su vida.
La extinción de los derechos de explotación de las obras determina su paso al
dominio público, es decir que las obras podrán ser utilizadas por cualquier
persona, siempre que se respete los derechos morales del autor.
Derechos Morales: Son los derechos inherentes al ser humano del autor de
naturaleza inalienable, inembargable, imprescriptible e irrenunciable.
Derechos Patrimoniales: Son los derechos que posee el autor o el titular del
derecho el cual se caracteriza por ser transferible, temporal y renunciable.
Del mismo modo este organismo considera que:
No son objeto de Registro:
Los textos de las leyes.
Los juegos de cualquier naturaleza.
Procedimientos matemáticos.
Los manuales.
Pensum de estudio.
Decretos.
Reglamentos oficiales.
Tratados públicos.
Decisiones Oficiales y demás Actos Oficiales.
Servicio Autonomo de Propiedad Intelectual

Más contenido relacionado

PPTX
PDF
Propiedad Intelectual en Colombia
PDF
Propiedad intelectual en colombia
PPTX
Delitos de derechos de autor
PDF
Propiedad intelectual en Colombia.
PPTX
Gestión del Estado Venezolano ante la propiedad Intelectual
ODP
Generalidades Propiedad Intelectual Colombia
PPTX
Gestion del estado venezolano ante la propiedad intelectual
Propiedad Intelectual en Colombia
Propiedad intelectual en colombia
Delitos de derechos de autor
Propiedad intelectual en Colombia.
Gestión del Estado Venezolano ante la propiedad Intelectual
Generalidades Propiedad Intelectual Colombia
Gestion del estado venezolano ante la propiedad intelectual

La actualidad más candente (16)

DOCX
Derechos de autor
PPT
Los derechos de autor en el Ecuador-Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intele...
DOCX
Ensayo derecho de autor
PPTX
derechos de autor y propiedad intelectual
PPT
Derechos de autor
PPS
Propiedad Intelectual - Derecho de autor isbn - issn
PPT
Propiedad intelectual
DOCX
Derechos De Autor
PPTX
Derechos de autor
PPTX
Derechos 2
PPT
historia de la propiedad intelectual y arbitraje en propiedad intelectual
PPTX
Derechos de autor
PPTX
Derechos De Autor
PPT
Violacion Del Derecho De Autor 3
PPTX
Propiedad Intelectual
PDF
Propiedad intelectual en colombia natalia jaimes
Derechos de autor
Los derechos de autor en el Ecuador-Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intele...
Ensayo derecho de autor
derechos de autor y propiedad intelectual
Derechos de autor
Propiedad Intelectual - Derecho de autor isbn - issn
Propiedad intelectual
Derechos De Autor
Derechos de autor
Derechos 2
historia de la propiedad intelectual y arbitraje en propiedad intelectual
Derechos de autor
Derechos De Autor
Violacion Del Derecho De Autor 3
Propiedad Intelectual
Propiedad intelectual en colombia natalia jaimes
Publicidad

Destacado (16)

PDF
NTU Politics Degree Certificate (22.06.01)
PDF
Studie: Entwicklung für Mädchen – Mädchen für Entwicklung
PDF
Casas Rurales con piscina climatizada
DOCX
Caos de santo agostinho
PDF
Adevarul 20111217 p60_caritate
PPTX
Sistemadetintacontinua 110708161338-phpapp01
DOC
proyecto_la_purisima
RTF
Tecno newde la bebexita emxita de la mesa
PDF
تعديلات ترخيص الشركة العُمانية للاتصالات (عُمانتل) لخدمات الاتصالات الثابتة
DOCX
Planos
DOC
proyecto_las_mercedes
DOCX
Actividad iii
PPT
2008 Chpa Llugany
PPTX
Organismo Rector de la Propiedad Intelectual SAPI
DOCX
Taller de Word 2
PPT
Actitud emprendedora
NTU Politics Degree Certificate (22.06.01)
Studie: Entwicklung für Mädchen – Mädchen für Entwicklung
Casas Rurales con piscina climatizada
Caos de santo agostinho
Adevarul 20111217 p60_caritate
Sistemadetintacontinua 110708161338-phpapp01
proyecto_la_purisima
Tecno newde la bebexita emxita de la mesa
تعديلات ترخيص الشركة العُمانية للاتصالات (عُمانتل) لخدمات الاتصالات الثابتة
Planos
proyecto_las_mercedes
Actividad iii
2008 Chpa Llugany
Organismo Rector de la Propiedad Intelectual SAPI
Taller de Word 2
Actitud emprendedora
Publicidad

Similar a Servicio Autonomo de Propiedad Intelectual (20)

PPTX
SAPI (SERVICIO AUTONOMO A LA PROPIEDAD INTELECTUAL)
PPTX
Propiedad intelectual
PPTX
SAPI(Formación Crítica III)
PDF
Desarrollo y patentamiento - Modulo I.pdf
DOCX
Propiedad intelectual trabajo
DOCX
Propiedad intelectual unidad 2
PPTX
Derechos de autor
PPTX
Roxana informatica juridica
PPTX
Derecho de Propiedad Intelectual (Est).pptx
PPT
Prop intlelctual
PPTX
Derechos de autor y licencias de contenidos
PDF
Propiedad intelectual - Uso ético y legal de la información
PDF
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.pdf
DOCX
Propiedad intelectual
PDF
Propiedad intelectual en colombia
DOCX
PROPIEDAD intelectual samuel bello - copia.docx
DOCX
PROPIEDAD intelectual samuel bello - copia.docx
PPTX
Propiedad intelectual
PDF
Arquitectura legal
PDF
Propiedad intelectual en colombia
SAPI (SERVICIO AUTONOMO A LA PROPIEDAD INTELECTUAL)
Propiedad intelectual
SAPI(Formación Crítica III)
Desarrollo y patentamiento - Modulo I.pdf
Propiedad intelectual trabajo
Propiedad intelectual unidad 2
Derechos de autor
Roxana informatica juridica
Derecho de Propiedad Intelectual (Est).pptx
Prop intlelctual
Derechos de autor y licencias de contenidos
Propiedad intelectual - Uso ético y legal de la información
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.pdf
Propiedad intelectual
Propiedad intelectual en colombia
PROPIEDAD intelectual samuel bello - copia.docx
PROPIEDAD intelectual samuel bello - copia.docx
Propiedad intelectual
Arquitectura legal
Propiedad intelectual en colombia

Último (20)

PDF
Aumente su Autoestima - Lair Ribeiro Ccesa007.pdf
PDF
Jodorowsky, Alejandro - Manual de Psicomagia.pdf
PPTX
TEMA 1ORGANIZACIÓN FUNCIONAL DEL CUERPO, MEDIO INTERNO Y HOMEOSTASIS (3) [Aut...
PDF
informe tipos de Informatica perfiles profesionales _pdf
PDF
Introduccion a la Investigacion Cualitativa FLICK Ccesa007.pdf
PDF
Como usar el Cerebro en las Aulas SG2 NARCEA Ccesa007.pdf
PDF
ciencia_tecnologia_sociedad Mitcham Carl. (1994)..pdf
PDF
Como Potenciar las Emociones Positivas y Afrontar las Negativas Ccesa007.pdf
PDF
Los hombres son de Marte - Las mujeres de Venus Ccesa007.pdf
PDF
MATERIAL DIDÁCTICO 2023 SELECCIÓN 1_REFORZAMIENTO 1° BIMESTRE.pdf
PDF
Texto Digital Los Miserables - Victor Hugo Ccesa007.pdf
PDF
Aqui No Hay Reglas Hastings-Meyer Ccesa007.pdf
DOCX
PLANES DE área ciencias naturales y aplicadas
PPTX
LAS MIGRACIONES E INVASIONES Y EL INICIO EDAD MEDIA
PDF
MODULO I ENFERMERIA BASICA.pdf HIstoria en enfermeria
DOCX
Programa_Sintetico_Fase_4.docx 3° Y 4°..
DOC
4°_GRADO_-_SESIONES_DEL_11_AL_15_DE_AGOSTO.doc
PPTX
RESUMENES JULIO - QUIRÓFANO HOSPITAL GENERAL PUYO.pptx
PDF
E1 Guía_Matemática_5°_grado.pdf paraguay
PPTX
BIZANCIO. EVOLUCIÓN HISTORICA, RAGOS POLÍTICOS, ECONOMICOS Y SOCIALES
Aumente su Autoestima - Lair Ribeiro Ccesa007.pdf
Jodorowsky, Alejandro - Manual de Psicomagia.pdf
TEMA 1ORGANIZACIÓN FUNCIONAL DEL CUERPO, MEDIO INTERNO Y HOMEOSTASIS (3) [Aut...
informe tipos de Informatica perfiles profesionales _pdf
Introduccion a la Investigacion Cualitativa FLICK Ccesa007.pdf
Como usar el Cerebro en las Aulas SG2 NARCEA Ccesa007.pdf
ciencia_tecnologia_sociedad Mitcham Carl. (1994)..pdf
Como Potenciar las Emociones Positivas y Afrontar las Negativas Ccesa007.pdf
Los hombres son de Marte - Las mujeres de Venus Ccesa007.pdf
MATERIAL DIDÁCTICO 2023 SELECCIÓN 1_REFORZAMIENTO 1° BIMESTRE.pdf
Texto Digital Los Miserables - Victor Hugo Ccesa007.pdf
Aqui No Hay Reglas Hastings-Meyer Ccesa007.pdf
PLANES DE área ciencias naturales y aplicadas
LAS MIGRACIONES E INVASIONES Y EL INICIO EDAD MEDIA
MODULO I ENFERMERIA BASICA.pdf HIstoria en enfermeria
Programa_Sintetico_Fase_4.docx 3° Y 4°..
4°_GRADO_-_SESIONES_DEL_11_AL_15_DE_AGOSTO.doc
RESUMENES JULIO - QUIRÓFANO HOSPITAL GENERAL PUYO.pptx
E1 Guía_Matemática_5°_grado.pdf paraguay
BIZANCIO. EVOLUCIÓN HISTORICA, RAGOS POLÍTICOS, ECONOMICOS Y SOCIALES

Servicio Autonomo de Propiedad Intelectual

  • 2. Luis Eduardo Terán C.I: V-16.464.819 Miguel Ángel Cepeda C.I: V-15.708.931
  • 3. La propiedad intelectual corresponde a los derechos y reconocimientos que se otorgan a un autor o creador de una obra de cualquier índole que haya sido originada mediante el intelecto humano, por lo que su creador será el único individuo que posea los plenos y completos derechos sobre la creación, así como también los beneficios ya sean de reconocimientos o económicos que la misma produzca, de igual modo dicha obra solo podrá ser utilizada con el respectivo consentimiento del autor.
  • 4. Podemos recalcar que la propiedad intelectual esta fijada como una medida de protección a las personas creadoras de ideas, productos, y cualquier tipo de obra para que las mismas puedan ser registradas y adjudicadas un propietario que responda y al mismo tiempo se beneficie de su creación. En efecto, El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita. Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
  • 5. En nuestro país el gobierno Venezolano creo un organismo adscrito al ministerio del poder popular para el comercio, llamado SAPI (Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual) el cual ejerce la competencia sobre la propiedad intelectual que le corresponde al Estado Venezolano, en materia de Derecho de Autor, Marcas y Patentes. Dicho organismo se encarga de todo lo referente al Registro de Propiedad Intelectual, lo que comprende la administración de la concesión de derechos a los inventores sobre sus creaciones, a través de las patentes de invención, mejoras, dibujos y diseños industriales; a los comerciantes o personas naturales sobre los signos que utilizan para distinguir sus productos y servicios en el mercado, mediante las marcas, denominaciones comerciales y lemas comerciales; el registro, fiscalización e inspección sobre los derechos de autor y los derechos conexos, en el ámbito administrativo.
  • 6. Es decir si una personal ó empresa desea dar conocer un producto o servicio con ciertos logos o emblemas como su marca privada deberá acudir a este organismo y realizar las operaciones pertinentes para el SAPI otorgue los derechos de propiedad intelectual al creador o creadores de la misma. Los objetivos de dicha organización corresponde a los siguientes: •Proporcionar seguridad jurídica a través de la tutela de la Propiedad Intelectual sobre obras artísticas, científicas, tecnológicas, patentes, denominaciones de origen, variedades vegetales, marcas y otros signos distintivos. •Promocionar el desarrollo de la sociedad del conocimiento mediante la difusión de la información sobre la propiedad intelectual, con el objeto de facilitar la transferencia tecnológica a los sectores productivos y de innovación. •Coadyuvar en la protección y defensa de la propiedad intelectual colectiva de los conocimientos tradicionales, tecnologías e innovaciones de los pueblos indígenas y comunidades locales asociados al uso y conservación de la diversidad biológica. •Incentivar la creación intelectual protegiendo el Derecho de Autor sobre las obras.
  • 7. •Cooperar y negociar en el ámbito local, regional y mundial, con los Estados, las organizaciones y los pueblos, para la protección y desarrollo de la propiedad intelectual de acuerdo con los principios fundamentales de la Constitución de República Bolivariana de Venezuela. •Fortalecer a la economía social con el instrumento de las marcas colectivas. •Coordinar la administración de los convenios nacionales e internacionales para la consolidación del Sistema Nacional de la Propiedad Intelectual y suscripción de nuevos compromisos. •Promover el Uso de Tecnologías y Creaciones Artísticas Libres.
  • 8. Con esto, el gobierno Venezolano pretende hacer cumplir los derechos que ya antes habían sido declarados sobre la propiedad intelectual, pero que lamentablemente no habían sido cumplido a cabalidad y por tal motivo no eran términos irrespetados y cualquier persona podía hacer uso de alguna obra sin consultarla con su autor original sin recibir grandes sanciones y en muchos casos ninguna sanción. El SAPI pretende ser una organización pública que contribuya a lograr el bienestar del pueblo venezolano a través del impulso del desarrollo científico- técnico, facilitando el acceso de todas las personas a los bienes y servicios, apoyando la creación de sistemas de protección que amparen e incentiven a los creadores e investigadores, protegiendo sus invenciones y garantizado la difusión del conocimiento contenido en ellas, así como el uso adecuado de signos distintivos que faciliten el acceso a los bienes y servicios requeridos para satisfacer las necesidades del colectivo.
  • 9. Con la implantación de este organismo y el otorgamiento de derechos de autor se protege a la sociedad venezolana de mantener su obra resguardada de copias y sus indiscriminados por personas q no otorguen ningún tipo de beneficio al autor y al mismo tiempo al estado venezolano. Para comprender mejor este tema debemos saber que según el marco legal manejado por el SAPI se considera: Sujetos del Derecho de Autor: Se considera Autor a la persona natural (persona física) que crea alguna obra literaria, artística o científica, pues es quien tiene la facultad de crear, sin embargo, puede ocurrir en determinados casos que esos derechos correspondan a una persona jurídica, y serán considerados como los titulares de los mismos pero sólo en el aspecto patrimonial. Objeto del Derecho de Autor: Es importante señalar, que el derecho de autor protege exclusivamente la forma mediante la cual las ideas del autor son descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas a las obras. No son objeto de protección las ideas por sí mismas o el contenido ideológico o técnico.
  • 10. Duración del Derecho de Autor: De acuerdo a lo establecido en el artículo 25 de la Ley sobre Derecho de Autor, dura toda la vida de éste y se extingue a los sesenta (60) años contados a partir del primero de enero del año siguiente a su muerte, incluso respecto a las obras no divulgadas durante su vida. La extinción de los derechos de explotación de las obras determina su paso al dominio público, es decir que las obras podrán ser utilizadas por cualquier persona, siempre que se respete los derechos morales del autor.
  • 11. Derechos Morales: Son los derechos inherentes al ser humano del autor de naturaleza inalienable, inembargable, imprescriptible e irrenunciable. Derechos Patrimoniales: Son los derechos que posee el autor o el titular del derecho el cual se caracteriza por ser transferible, temporal y renunciable. Del mismo modo este organismo considera que: No son objeto de Registro: Los textos de las leyes. Los juegos de cualquier naturaleza. Procedimientos matemáticos. Los manuales. Pensum de estudio. Decretos. Reglamentos oficiales. Tratados públicos. Decisiones Oficiales y demás Actos Oficiales.