SlideShare una empresa de Scribd logo
SOS, Yasuní 283 - Constitución art.57; art.407, ¿Qué dicen los
asambleístas?
Este jueves 5 de septiembre, mientras jóvenes y demás ciudadanos
del país se convocaron para asistir a plantones y marchas en las ya
nacionalmente conocidas “Zapateadas por el Yasuní”, que evidencian
el descontento con la decisión del presidente Rafael Correa de dar
plazo a la explotación petrolera en el Bloque ITT del Parque Nacional
Yasuní. Tres valientes jóvenes asistieron al Salón del Ex Senado en la
Asamblea Nacional, para hacer escuchar sus voces, en este evento
que podría mostrarse como una discusión desde y hacia la sociedad
civil.
Los carteles mostrados en el salón hicieron referencia a los Art. 57
que habla del riesgo de cometer etnocidio en una zona habitada por
Pueblos No Contactados; al Art. 407 que hace referencia al derecho
que tiene la población ecuatoriana de asistir a Consulta Popular en un
tema tan delicado e importante como este, en lugar de ser decidido y
definido por un pequeño grupo de personas. Así como la interpelación
a las y los asambleístas acerca de su actuación frente a estos
artículos que nos garantiza la Constitución Política de Ecuador.
ver video
Hacemos un llamado a la Corte Constitucional para que apruebe la
pregunta presentada por los jóvenes del país el día jueves 22 de
agosto, que permitirá al Consejo Nacional Electoral convocar a
Consulta Popular.
Aquí la pregunta:
¿Está usted de acuerdo en que el gobierno ecuatoriano
mantenga el crudo del ITT, conocido como bloque 43,
indefinidamente bajo el subsuelo?
Si, No.
¿Qué puedo hacer yo?
 Firma la carta a la Corte Constitucional para que apruebe la
pregunta presentada el 22 de Agosto de 2012 y se convoque
a Consulta Popular para definir la explotación petrolera en el
Bloque ITT en el Yasuní.
 Si estas en Quito, asiste a la Meditación Colectiva por el Yasuní,
este domingo 8 de septiembre en el Parque La Carolina
 Infórmate sobre el estado actual de la propuesta, promueve
foros y discusiones sobre la necesidad de construir un
Ecuador post-petrolero.
 Difunde la importancia de conservar la naturaleza, tienes un
Blog, una página web, etc... coloca un link a nuestra página,
o síguenos en Facebook y Twitter
 ¡Descarga AHORA!!! "AGE OF YASUNÍ" en tu smartphone...
serás protagonista de la lucha contra la explotación
petrolera!!!
Amazonia por la Vida
para yasuni
CARTA ABIERTA A LA CORTE CONSTITUCIONAL
Quito, 6 de septiembre de 2013
Señores, señoras
Corte Constitucional
Nos dirigimos a ustedes para recordarles el papel que les corresponde
jugar en un momento de decisiones importantes como la que se
refiere a la solicitud que les fue presentada en días anteriores sobre
la pregunta que permitiría convocar una consulta popular sobre el
destino del Yasuní/ITT
Ustedes son la primera Corte Constitucional designada con los
mecanismos de nuestra nueva Constitución y además la primera
Corte del Ecuador como "Estado constitucional de derechos y
justicia". No necesitamos decírselo, pero es una gran
responsabilidad. La Constitución, y el pueblo que la aprobó, les
entregó un gran poder: ustedes pueden revisar las decisiones de
públicos y privados, de todas las funciones del Estado, para
asegurarse de que ninguna persona esté por encima de los principios
y las normas de nuestra Carta Magna.
Demandamos a ustedes su pronunciamiento y a la vez les
recordamos que deben hacerlo guiados por los siguientes principios
contenidos en la Constitución 2008.
Artículo 11.5.-En materia de derechos y garantías constitucionales,
las servidoras y servidores públicos, administrativos o judiciales,
deberán aplicar la norma y la interpretación que más favorezcan su
efectiva vigencia.
Artículo 95 .- Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y
colectiva, participarán de manera protagónica en la toma de
decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos, y en el
control popular de las instituciones del Estado y la sociedad, y de sus
representantes, en un proceso permanente de construcción del poder
ciudadano. La participación se orientará por los principios de
igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia,
control popular, solidaridad e interculturalidad.
La participación de la ciudadanía en todos los asuntos de interés
público es un derecho, que se ejercerá a través de los mecanismos de
la democracia representativa, directa y comunitaria.
La Ley Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional señala los
Principios de la justicia constitucional para resolver las causas que se
sometan a su conocimiento (Art. 2.):
1. Principio de aplicación más favorable a los derechos.- Si
hay varias normas o interpretaciones aplicables a un
caso concreto, se debe elegir la que más proteja los
derechos de la persona.

2. Optimización de los principios constitucionales.- La
creación, interpretación y aplicación del derecho deberá
orientarse hacia el cumplimiento y optimización de los
principios constitucionales.
3. Obligatoriedad del precedente constitucional.- Los
parámetros interpretativos de la Constitución fijados por
la Corte Constitucional en los casos sometidos a su
conocimiento tienen fuerza vinculante. La Corte podrá
alejarse de sus precedentes de forma explícita y
argumentada garantizando la progresividad de los
derechos y la vigencia del estado constitucional de
derechos y justicia.
4. Obligatoriedad de administrar justicia constitucional.- No
se puede suspender ni denegar la administración de
justicia por contradicciones entre normas, oscuridad o
falta de norma jurídica.
La solicitud de dictamen que se les ha planteado sería la primera
consulta nacional por iniciativa popular que se realiza desde la
vigencia de la nueva Constitución, por lo tanto sus decisiones crearán
precedente sobre este mecanismo de participación que es uno de los
más importantes para el ejercicio de la democracia. Recuerden que
sus decisiones de hoy serán la base de ese nuevo sistema
constitucional que en teoría nos rige.
Hemos escuchado que analizan la opción de rehuir su responsabilidad
y exigir cientos de miles de firmas antes de realizar el control
constitucional de la pregunta, ni el Derecho ni la lógica lo permiten.
Una decisión así sería en la práctica impedir un pronunciamiento
nacional sobre el Yasuní, en donde decidamos democráticamente
nuestras prioridades y el futuro del país que queremos.
En sus manos está el cumplir y hacer cumplir la Constitución, aún
cuando lo que deban decidir le disguste al gobierno de turno. La
justicia es una función en donde la independencia es vital para la
democracia.
Campaña Amazonía por la Vida
Si usted apoya esta carta, por favor envíe un mensaje
a info@amazoniaporlavida.org para hacer constar su firma.

Más contenido relacionado

PPTX
Trabajo practico de lucila miño
PPTX
Ayudas unidad 2 ct
PDF
Guía para comprender los derechos garantizados en la Ley Zamudio
PDF
Chi sarayaku y blo monte
PPTX
Diapositivas sicariato
PDF
Decreto 2591 acción de tutela y herramientas participación ciudadana lyom
DOCX
Mapa conceptual constitucional
PDF
Acciones populares y de grupo, cartilla 2007
Trabajo practico de lucila miño
Ayudas unidad 2 ct
Guía para comprender los derechos garantizados en la Ley Zamudio
Chi sarayaku y blo monte
Diapositivas sicariato
Decreto 2591 acción de tutela y herramientas participación ciudadana lyom
Mapa conceptual constitucional
Acciones populares y de grupo, cartilla 2007

La actualidad más candente (20)

DOCX
Foro medio ciclo derechos de libertad grupo 24
DOCX
Foro de medio ciclo
PPTX
Las modalidades procesales
PDF
Actividad 1
PPTX
Garantias de Seguridad Juridica
PPTX
UNIDAD IX. PODER DE POLICIA
PDF
Los derechos a la libertad de expresión y el libre acceso a la información en...
PDF
MECANISMOS CONSTITUCIONALES DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS
PPTX
Mecanismo de protección ciudadana
PPTX
DE LOS DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS, Y DE LOS DEBERES
PPTX
Seguridad y certeza jurídica
PPTX
Carlos luis andrade espinoza
PPTX
Derechos humanos (1)diana leon 1004
PPTX
Derechos humanos
PDF
Manual de autodefensa civil - Grupo 17 de marzo
DOCX
Constitucion dominicana 2010
PPTX
diapositivas de filosofia
PPT
La acción de protección en la constitución del 2008
PPTX
LOS DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS Y DE LOS DEBERES
PDF
M20 u2 s3_mags
Foro medio ciclo derechos de libertad grupo 24
Foro de medio ciclo
Las modalidades procesales
Actividad 1
Garantias de Seguridad Juridica
UNIDAD IX. PODER DE POLICIA
Los derechos a la libertad de expresión y el libre acceso a la información en...
MECANISMOS CONSTITUCIONALES DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS
Mecanismo de protección ciudadana
DE LOS DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS, Y DE LOS DEBERES
Seguridad y certeza jurídica
Carlos luis andrade espinoza
Derechos humanos (1)diana leon 1004
Derechos humanos
Manual de autodefensa civil - Grupo 17 de marzo
Constitucion dominicana 2010
diapositivas de filosofia
La acción de protección en la constitución del 2008
LOS DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS Y DE LOS DEBERES
M20 u2 s3_mags
Publicidad

Similar a SOS, Yasuní 283 - Constitución art.57; art.407, ¿Qué dicen los asambleístas? (20)

PDF
PI 110103 Controles previos a 10 preguntas de consulta popular 2011
PDF
Requiem por la Constitucion y algo mas
PDF
Analisis inconstitucionalidad-consulta
PPTX
Consulta Popular 2018 - Izquierda Democrática
PDF
Alianza pais y la consulta popular
DOCX
Consulta popular 2018 en Ecuador- Por Zoila Andrade
PDF
Carta a Corte Constitucional
PPTX
ENSAYO ENMIENDAS CONSTITUCIONALES
DOCX
Consulta popular 2018
PDF
Enmienda texto final 25 06-2014 (final)
PDF
Enmienda Constitucional
PDF
Consulta
PDF
Comentarios al "marco jurídico para la paz"
PDF
Consulta Popular establecida para el 2024 en Ecuador
PDF
ABC objeciones a la Justicia Especial para la Paz - Ministerio del Interior.
PPTX
Referéndum y consulta popular 2018
PPTX
Consulta popular 2018
PDF
Propuestas Consulta Popular 2017
PPSX
Preguntas del referendum
PPT
Enmienda Constitucional
PI 110103 Controles previos a 10 preguntas de consulta popular 2011
Requiem por la Constitucion y algo mas
Analisis inconstitucionalidad-consulta
Consulta Popular 2018 - Izquierda Democrática
Alianza pais y la consulta popular
Consulta popular 2018 en Ecuador- Por Zoila Andrade
Carta a Corte Constitucional
ENSAYO ENMIENDAS CONSTITUCIONALES
Consulta popular 2018
Enmienda texto final 25 06-2014 (final)
Enmienda Constitucional
Consulta
Comentarios al "marco jurídico para la paz"
Consulta Popular establecida para el 2024 en Ecuador
ABC objeciones a la Justicia Especial para la Paz - Ministerio del Interior.
Referéndum y consulta popular 2018
Consulta popular 2018
Propuestas Consulta Popular 2017
Preguntas del referendum
Enmienda Constitucional
Publicidad

Más de Crónicas del despojo (20)

PDF
Libro Mujeres y agronegocios
PDF
Mujeres indígenas frente al cambio climático
PDF
GRAIN: "Tratados de libre comercio: Instrumentos de desvío de poder que sojuz...
PDF
Colombia: Informe sobre violaciones a los derechos humanos basados en el géne...
PDF
Informe: "Derechos Humanos en la Frontera Sur 2019": APDHA
PDF
Informe "Acceso de las mujeres indígenas a la tierra, el territorio y los rec...
PDF
Informe sobre el caso Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (T...
PDF
Hacia un cambio transformador: las mujeres y la implementación del Acuerdo de...
PDF
Mujeresendefensadeterritorios reflexionesfeministasfrentealextractivismo
PDF
"Agroecología y feminismos" Revista Soberanía Alimentaria, Sustento y Cultura...
PDF
La resistencia: informe sobre la protesta social y la respuesta estatal 2012-...
PDF
"Brasil: ¿e agora?" Alai, No. 538, diciembre 2018
PDF
Informe Grain: El acaparamiento de tierras perpetrado por los fondos de pensi...
PDF
Informe de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional sobre Colombia
PDF
"Con la Soja al Cuello 2018". Informe sobre agronegocios en Paraguay
PDF
INFORME TODOS LOS NOMBRES, TODOS LOS ROSTROS – SEPARATA 19/11/2018
PDF
Biodiversidad, sustento y culturas. Revita Grain 98
PDF
Reformas fiscales en América Latina y el Caribe-Alai537
PDF
Informe 35 del Centre Delàs: Levantando Muros. Políticas del miedo y securiti...
PDF
"Cien Días vistos por Cinep n.° 93: el campo de la paz"
Libro Mujeres y agronegocios
Mujeres indígenas frente al cambio climático
GRAIN: "Tratados de libre comercio: Instrumentos de desvío de poder que sojuz...
Colombia: Informe sobre violaciones a los derechos humanos basados en el géne...
Informe: "Derechos Humanos en la Frontera Sur 2019": APDHA
Informe "Acceso de las mujeres indígenas a la tierra, el territorio y los rec...
Informe sobre el caso Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (T...
Hacia un cambio transformador: las mujeres y la implementación del Acuerdo de...
Mujeresendefensadeterritorios reflexionesfeministasfrentealextractivismo
"Agroecología y feminismos" Revista Soberanía Alimentaria, Sustento y Cultura...
La resistencia: informe sobre la protesta social y la respuesta estatal 2012-...
"Brasil: ¿e agora?" Alai, No. 538, diciembre 2018
Informe Grain: El acaparamiento de tierras perpetrado por los fondos de pensi...
Informe de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional sobre Colombia
"Con la Soja al Cuello 2018". Informe sobre agronegocios en Paraguay
INFORME TODOS LOS NOMBRES, TODOS LOS ROSTROS – SEPARATA 19/11/2018
Biodiversidad, sustento y culturas. Revita Grain 98
Reformas fiscales en América Latina y el Caribe-Alai537
Informe 35 del Centre Delàs: Levantando Muros. Políticas del miedo y securiti...
"Cien Días vistos por Cinep n.° 93: el campo de la paz"

SOS, Yasuní 283 - Constitución art.57; art.407, ¿Qué dicen los asambleístas?

  • 1. SOS, Yasuní 283 - Constitución art.57; art.407, ¿Qué dicen los asambleístas? Este jueves 5 de septiembre, mientras jóvenes y demás ciudadanos del país se convocaron para asistir a plantones y marchas en las ya nacionalmente conocidas “Zapateadas por el Yasuní”, que evidencian el descontento con la decisión del presidente Rafael Correa de dar plazo a la explotación petrolera en el Bloque ITT del Parque Nacional Yasuní. Tres valientes jóvenes asistieron al Salón del Ex Senado en la Asamblea Nacional, para hacer escuchar sus voces, en este evento que podría mostrarse como una discusión desde y hacia la sociedad civil. Los carteles mostrados en el salón hicieron referencia a los Art. 57 que habla del riesgo de cometer etnocidio en una zona habitada por Pueblos No Contactados; al Art. 407 que hace referencia al derecho que tiene la población ecuatoriana de asistir a Consulta Popular en un tema tan delicado e importante como este, en lugar de ser decidido y definido por un pequeño grupo de personas. Así como la interpelación a las y los asambleístas acerca de su actuación frente a estos artículos que nos garantiza la Constitución Política de Ecuador. ver video Hacemos un llamado a la Corte Constitucional para que apruebe la pregunta presentada por los jóvenes del país el día jueves 22 de agosto, que permitirá al Consejo Nacional Electoral convocar a Consulta Popular. Aquí la pregunta: ¿Está usted de acuerdo en que el gobierno ecuatoriano mantenga el crudo del ITT, conocido como bloque 43, indefinidamente bajo el subsuelo?
  • 2. Si, No. ¿Qué puedo hacer yo?  Firma la carta a la Corte Constitucional para que apruebe la pregunta presentada el 22 de Agosto de 2012 y se convoque a Consulta Popular para definir la explotación petrolera en el Bloque ITT en el Yasuní.  Si estas en Quito, asiste a la Meditación Colectiva por el Yasuní, este domingo 8 de septiembre en el Parque La Carolina  Infórmate sobre el estado actual de la propuesta, promueve foros y discusiones sobre la necesidad de construir un Ecuador post-petrolero.  Difunde la importancia de conservar la naturaleza, tienes un Blog, una página web, etc... coloca un link a nuestra página, o síguenos en Facebook y Twitter  ¡Descarga AHORA!!! "AGE OF YASUNÍ" en tu smartphone... serás protagonista de la lucha contra la explotación petrolera!!! Amazonia por la Vida para yasuni CARTA ABIERTA A LA CORTE CONSTITUCIONAL Quito, 6 de septiembre de 2013 Señores, señoras Corte Constitucional Nos dirigimos a ustedes para recordarles el papel que les corresponde jugar en un momento de decisiones importantes como la que se refiere a la solicitud que les fue presentada en días anteriores sobre la pregunta que permitiría convocar una consulta popular sobre el destino del Yasuní/ITT
  • 3. Ustedes son la primera Corte Constitucional designada con los mecanismos de nuestra nueva Constitución y además la primera Corte del Ecuador como "Estado constitucional de derechos y justicia". No necesitamos decírselo, pero es una gran responsabilidad. La Constitución, y el pueblo que la aprobó, les entregó un gran poder: ustedes pueden revisar las decisiones de públicos y privados, de todas las funciones del Estado, para asegurarse de que ninguna persona esté por encima de los principios y las normas de nuestra Carta Magna. Demandamos a ustedes su pronunciamiento y a la vez les recordamos que deben hacerlo guiados por los siguientes principios contenidos en la Constitución 2008. Artículo 11.5.-En materia de derechos y garantías constitucionales, las servidoras y servidores públicos, administrativos o judiciales, deberán aplicar la norma y la interpretación que más favorezcan su efectiva vigencia. Artículo 95 .- Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos, y en el control popular de las instituciones del Estado y la sociedad, y de sus representantes, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. La participación se orientará por los principios de igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e interculturalidad. La participación de la ciudadanía en todos los asuntos de interés público es un derecho, que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria. La Ley Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional señala los Principios de la justicia constitucional para resolver las causas que se sometan a su conocimiento (Art. 2.): 1. Principio de aplicación más favorable a los derechos.- Si hay varias normas o interpretaciones aplicables a un caso concreto, se debe elegir la que más proteja los derechos de la persona.
 2. Optimización de los principios constitucionales.- La creación, interpretación y aplicación del derecho deberá orientarse hacia el cumplimiento y optimización de los principios constitucionales. 3. Obligatoriedad del precedente constitucional.- Los parámetros interpretativos de la Constitución fijados por la Corte Constitucional en los casos sometidos a su conocimiento tienen fuerza vinculante. La Corte podrá alejarse de sus precedentes de forma explícita y
  • 4. argumentada garantizando la progresividad de los derechos y la vigencia del estado constitucional de derechos y justicia. 4. Obligatoriedad de administrar justicia constitucional.- No se puede suspender ni denegar la administración de justicia por contradicciones entre normas, oscuridad o falta de norma jurídica. La solicitud de dictamen que se les ha planteado sería la primera consulta nacional por iniciativa popular que se realiza desde la vigencia de la nueva Constitución, por lo tanto sus decisiones crearán precedente sobre este mecanismo de participación que es uno de los más importantes para el ejercicio de la democracia. Recuerden que sus decisiones de hoy serán la base de ese nuevo sistema constitucional que en teoría nos rige. Hemos escuchado que analizan la opción de rehuir su responsabilidad y exigir cientos de miles de firmas antes de realizar el control constitucional de la pregunta, ni el Derecho ni la lógica lo permiten. Una decisión así sería en la práctica impedir un pronunciamiento nacional sobre el Yasuní, en donde decidamos democráticamente nuestras prioridades y el futuro del país que queremos. En sus manos está el cumplir y hacer cumplir la Constitución, aún cuando lo que deban decidir le disguste al gobierno de turno. La justicia es una función en donde la independencia es vital para la democracia. Campaña Amazonía por la Vida Si usted apoya esta carta, por favor envíe un mensaje a info@amazoniaporlavida.org para hacer constar su firma.