Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 1 de 20
Manual de Usuario
TASAS JUDICIALES
Versión 1.0
Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 2 de 20
Índice de Contenidos
TASAS JUDICIALES..................................................................................3
Autoliquidación (Modelo 696)................................................................... 4
Comunicación por actualización de cuantía ................................................ 7
Comunicación por allanamiento o acuerdo entre las partes......................... 10
Comunicación por acumulación .............................................................. 13
Histórico ............................................................................................. 16
Tratamiento de errores ......................................................................... 18
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TASAS JUDICIALES
Este servicio permite la presentación telemática de la información relativa a la “Tasa por el ejercicio
de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social” a la Agencia
Tributaria.
De conformidad con lo establecido por la Agencia Tributaria, es obligatorio comunicar
a través de este servicio del Punto Neutro Judicial:
- Los impresos de Autoliquidación 696 presentados con anterioridad al 1 de junio que hayan
dado lugar a modificación de cuantía, resolución extrajudicial (allanamiento total, acuerdo o
reconocimiento total de las pretensiones del demandante) y acumulación de
procedimientos.
- Todos los supuestos de modificación de cuantía, resolución extrajudicial (allanamiento total,
acuerdo o reconocimiento total de las pretensiones del demandante) y acumulación de
procedimientos.
- Todos los impresos de Autoliquidación 696 presentados con posterioridad al 1 de junio.
Para poder acceder al servicio hay que seleccionar la siguiente opción del menú principal:
Se podrá escoger entre las siguientes 5 opciones habilitadas: “Autoliquidación (Modelo 696)”,
“Comunicación por actualización de cuantía”, “Comunicación por allanamiento o acuerdo entre las
partes”, “Comunicación por acumulación” o “Histórico”:
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Autoliquidación (Modelo 696)
Este servicio permite el envío a la Agencia Tributaria de un formulario de autoliquidación, modelo
696).
Inicialmente se solicitará el número de justificante del impreso 696. Este número se compone
de 13 dígitos numéricos de los cuales los 2 primeros estarán prerrellenos en el formulario de
solicitud:
Una vez introducido el número de justificante se pulsará el botón de “Aceptar” y se generará un
formulario con la información que posee la Agencia Tributaria. Es muy importante verificar que
los datos retornados por la Agencia Tributaria sean correctos por si hubiera que
corregirlos.
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Información precargada con la información de la Agencia Tributaria:
- Tipo de documento. Tipo del documento que identifica a la persona que realiza la
autoliquidación. Puede ser NIF, NIE o CIF.
- Número. Número de identificación de la persona que realiza la autoliquidación.
- Nombre completo/Razón social. Nombre completo o Razón social de la persona que realiza
la autoliquidación.
- NIF/NIE/CIF del contribuyente. Número de identificación del contribuyente
- Tipo de procedimiento.
- Nº de justificante del ingreso (no se podrá editar).
- Importe del ingreso.
Información a rellenar:
- Nº de procedimiento. El número de procedimiento se compone de un número de hasta 7
dígitos y un año de 4 cifras.
- Fecha del hecho imponible.
Será obligatorio rellenar todos los campos del formulario. El envío se realizará pulsando el botón de
“Aceptar”. Si el envío se realiza correctamente se mostrará un informe con los datos enviados a la
Agencia Tributaria:
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Comunicación por actualización de cuantía
Este servicio permite el envío a la Agencia Tributaria de un formulario que modifica una
autoliquidación, previamente presentada, por actualización de la cuantía de la tasa.
Inicialmente se solicitará el número de justificante original del modelo 696. Este número se
compone de 13 dígitos numéricos de los cuales los 2 primeros estarán prerrellenos en el formulario
de solicitud:
Una vez introducido el número de justificante se pulsará el botón de “Aceptar” y se generará una
pantalla con un formulario a partir de la información que posee la Agencia Tributaria.
Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 8 de 20
Información precargada con la información de la Agencia Tributaria y que no se podrá editar:
- Tipo de documento. Tipo del documento que identifica a la persona que realizó la
autoliquidación. Puede ser NIF, NIE o CIF.
- Número. Número de identificación de la persona que realizó la autoliquidación.
- Nombre completo/Razón social. Nombre completo o Razón social de la persona que realizó
la autoliquidación.
- NIF/NIE/CIF del contribuyente. Número de identificación del contribuyente
- Tipo de procedimiento.
- Nº del justificante original.
- Importe de la nueva cuantía.
Información a rellenar:
- Nº de procedimiento. El número de procedimiento se compone de un número de hasta 7
dígitos y un año de 4 cifras, se podrá rellenar o dejar vacío.
- Fecha de modificación de la resolución que modifica la cuantía.
Una vez relleno el formulario se enviará pulsando el botón de “Aceptar”. Si el envío se realiza
correctamente se mostrará un informe con los datos enviados a la Agencia Tributaria:
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Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 10 de 20
Comunicación por allanamiento o acuerdo entre las partes
Este servicio permite comunicar a la Agencia Tributaria la resolución de un proceso por allanamiento
o cuerdo entre las partes.
Inicialmente se solicitará el número de justificante original del modelo 696. Este número se
compone de 13 dígitos numéricos de los cuales los 2 primeros estarán prerrellenos en el formulario
de solicitud:
Una vez introducido el número de justificante se pulsará el botón de “Aceptar” y se generará una
pantalla con un formulario a partir de la información que posee la Agencia Tributaria.
Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 11 de 20
Información precargada con la información de la Agencia Tributaria y que no se podrá editar:
- Tipo de documento. Tipo del documento que identifica a la persona que realizó la
autoliquidación. Puede ser NIF, NIE o CIF.
- Número. Número de identificación de la persona que realizó la autoliquidación.
- Nombre completo/Razón social. Nombre completo o Razón social de la persona que realizó
la autoliquidación.
- NIF/NIE/CIF del contribuyente. Número de identificación del contribuyente
- Tipo de procedimiento.
- Nº del justificante de la primera liquidación.
Información a rellenar:
- Nº de procedimiento. El número de procedimiento se compone de un número de hasta 7
dígitos y un año de 4 cifras, se podrá rellenar o dejar vacío.
- Fecha de la resolución firme que pone fin al procedimiento.
Una vez relleno el formulario se enviará pulsando el botón de “Aceptar”. Si el envío se realiza
correctamente se mostrará un informe de con los datos enviados a la Agencia Tributaria:
Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 12 de 20
Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 13 de 20
Comunicación por acumulación
Este servicio permite comunicar a la Agencia Tributaria la resolución de un proceso por acumulación.
Inicialmente se solicitará el número de justificante del procedimiento que continúa su
tramitación y el número de justificante del procedimiento que termina por acumulación.
Estos números se componen de 13 dígitos numéricos de los cuales los 2 primeros estarán
prerrellenos en el formulario de solicitud:
Una vez introducidos los números de los justificantes se pulsará el botón de “Aceptar” y se
generará una pantalla con un formulario a partir de la información que posee la Agencia Tributaria.
Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 14 de 20
Información precargada con la información de la Agencia Tributaria y que no se podrá editar (relativa
a ambos procesos):
- Nº justificante del procedimiento que continúa su tramitación.
- Nº justificante del procedimiento que termina por acumulación.
- Tipo de documento. Tipo del documento que identifica a la persona que realizó la
autoliquidación. Puede ser NIF, NIE o CIF.
- Número. Número de identificación de la persona que realizó la autoliquidación.
- Nombre completo/Razón social. Nombre completo o Razón social de la persona que realizó
la autoliquidación.
- NIF/NIE/CIF del contribuyente. Número de identificación del contribuyente
- Tipo de procedimiento.
Información a rellenar:
- Nº de procedimiento. El número de procedimiento se compone de un número de hasta 7
dígitos y un año de 4 cifras, se podrá rellenar o dejar vacío.
- Fecha de la resolución que acuerda la acumulación.
Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 15 de 20
Una vez relleno el formulario se enviará pulsando el botón de “Aceptar”. Si el envío se realiza
correctamente se mostrará un informe con los datos enviados a la Agencia Tributaria:
Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 16 de 20
Histórico
Este servicio permite consultar las distintas comunicaciones que se han enviado a la Agencia
Tributaria a través del servicio de tasas judiciales. Sólo se registran aquellas transmisiones que hayan
llegado a la Agencia Tributaria y ésta haya contestado correcta o incorrectamente, no así las
transmisiones que no hayan podido ser comunicadas por problemas técnicos.
Inicialmente se mostrarán una serie de filtros con los que se podrá acotar la búsqueda.
- Órgano Judicial. Muestra el órgano judicial asociado al usuario que accede al servicio. Sólo se
buscará entre los envíos realizados desde ese órgano judicial.
- Tipo de Tasa (opcional). Tipo de comunicación relativa a tasas judiciales de las 4 posibles.
- Nº de justificante (opcional). Número de justificante del proceso comunicado.
- Tipo de procedimiento (opcional). Tipo de procedimiento del proceso comunicado.
- Fecha inicial de presentación (obligatorio) y fecha final de presentación (obligatorio). Rango
de fechas entre las que se realizó la comunicación a la Agencia Tributaria .
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Una vez introducidos los filtros deseados se pulsará el botón de “Aceptar” y se mostrará una tabla
con la información encontrada:
La información listada es:
- Tipo de Tasa. Tipo de comunicación relativa a tasas judiciales.
- Órgano Judicial. Órgano desde el que se realizó la comunicación.
- Nº de justificante 1. Número de justificante del proceso comunicado.
- Nº de justificante 2. Número del segundo justificante en el caso de comunicaciones de
resolución por acumulación.
- Tipo de procedimiento. Tipo de procedimiento del proceso comunicado.
- Importe. Importe en € comunicado a la Agencia Tributaria.
- Resultado. Respuesta de éxito o fracaso retornada por la Agencia Tributaria.
- Fecha tasa. Fecha contenida en el formulario presentado a la Agencia Tributaria.
- Fecha presentación. Fecha en la que se realizó la comunicación a la Agencia Tributaria.
Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 18 de 20
Tratamiento de errores
El tratamiento de errores es común a los distintos servicios.
• Validación de formularios.
Si no se introduce toda la información necesaria o ésta tiene un formato incompleto/erróneo, se
indicará con un mensaje de aviso por cada error detectado.
Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 19 de 20
• Errores inesperados
Es posible que en el proceso de comunicación se produzca algún tipo de error inesperado o interno
que imposibilite la comunicación de la información a la Agencia Tributaria. En este caso se mostrará
una pantalla de error con la descripción del mismo. Si se pulsa sobre el botón de “Mostrar
detalles” se mostrará la traza completa del error, la cuál puede ser de utilidad para los servicios
técnicos.
Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 20 de 20
• Errores retornados por la Agencia Tributaria
La información rellena y enviada a la Agencia Tributaria puede ser rechazada por múltiples motivos:
el número de justificante no existe, no hay datos para el NIF del presentador… En estos casos se
mostrará una pantalla de error con la descripción del error retornado por la Agencia Tributaria:

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Tasas manual de usuario

  • 1. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 1 de 20 Manual de Usuario TASAS JUDICIALES Versión 1.0
  • 2. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 2 de 20 Índice de Contenidos TASAS JUDICIALES..................................................................................3 Autoliquidación (Modelo 696)................................................................... 4 Comunicación por actualización de cuantía ................................................ 7 Comunicación por allanamiento o acuerdo entre las partes......................... 10 Comunicación por acumulación .............................................................. 13 Histórico ............................................................................................. 16 Tratamiento de errores ......................................................................... 18
  • 3. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 3 de 20 TASAS JUDICIALES Este servicio permite la presentación telemática de la información relativa a la “Tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social” a la Agencia Tributaria. De conformidad con lo establecido por la Agencia Tributaria, es obligatorio comunicar a través de este servicio del Punto Neutro Judicial: - Los impresos de Autoliquidación 696 presentados con anterioridad al 1 de junio que hayan dado lugar a modificación de cuantía, resolución extrajudicial (allanamiento total, acuerdo o reconocimiento total de las pretensiones del demandante) y acumulación de procedimientos. - Todos los supuestos de modificación de cuantía, resolución extrajudicial (allanamiento total, acuerdo o reconocimiento total de las pretensiones del demandante) y acumulación de procedimientos. - Todos los impresos de Autoliquidación 696 presentados con posterioridad al 1 de junio. Para poder acceder al servicio hay que seleccionar la siguiente opción del menú principal: Se podrá escoger entre las siguientes 5 opciones habilitadas: “Autoliquidación (Modelo 696)”, “Comunicación por actualización de cuantía”, “Comunicación por allanamiento o acuerdo entre las partes”, “Comunicación por acumulación” o “Histórico”:
  • 4. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 4 de 20 Autoliquidación (Modelo 696) Este servicio permite el envío a la Agencia Tributaria de un formulario de autoliquidación, modelo 696). Inicialmente se solicitará el número de justificante del impreso 696. Este número se compone de 13 dígitos numéricos de los cuales los 2 primeros estarán prerrellenos en el formulario de solicitud: Una vez introducido el número de justificante se pulsará el botón de “Aceptar” y se generará un formulario con la información que posee la Agencia Tributaria. Es muy importante verificar que los datos retornados por la Agencia Tributaria sean correctos por si hubiera que corregirlos.
  • 5. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 5 de 20 Información precargada con la información de la Agencia Tributaria: - Tipo de documento. Tipo del documento que identifica a la persona que realiza la autoliquidación. Puede ser NIF, NIE o CIF. - Número. Número de identificación de la persona que realiza la autoliquidación. - Nombre completo/Razón social. Nombre completo o Razón social de la persona que realiza la autoliquidación. - NIF/NIE/CIF del contribuyente. Número de identificación del contribuyente - Tipo de procedimiento. - Nº de justificante del ingreso (no se podrá editar). - Importe del ingreso. Información a rellenar: - Nº de procedimiento. El número de procedimiento se compone de un número de hasta 7 dígitos y un año de 4 cifras. - Fecha del hecho imponible. Será obligatorio rellenar todos los campos del formulario. El envío se realizará pulsando el botón de “Aceptar”. Si el envío se realiza correctamente se mostrará un informe con los datos enviados a la Agencia Tributaria:
  • 6. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 6 de 20
  • 7. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 7 de 20 Comunicación por actualización de cuantía Este servicio permite el envío a la Agencia Tributaria de un formulario que modifica una autoliquidación, previamente presentada, por actualización de la cuantía de la tasa. Inicialmente se solicitará el número de justificante original del modelo 696. Este número se compone de 13 dígitos numéricos de los cuales los 2 primeros estarán prerrellenos en el formulario de solicitud: Una vez introducido el número de justificante se pulsará el botón de “Aceptar” y se generará una pantalla con un formulario a partir de la información que posee la Agencia Tributaria.
  • 8. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 8 de 20 Información precargada con la información de la Agencia Tributaria y que no se podrá editar: - Tipo de documento. Tipo del documento que identifica a la persona que realizó la autoliquidación. Puede ser NIF, NIE o CIF. - Número. Número de identificación de la persona que realizó la autoliquidación. - Nombre completo/Razón social. Nombre completo o Razón social de la persona que realizó la autoliquidación. - NIF/NIE/CIF del contribuyente. Número de identificación del contribuyente - Tipo de procedimiento. - Nº del justificante original. - Importe de la nueva cuantía. Información a rellenar: - Nº de procedimiento. El número de procedimiento se compone de un número de hasta 7 dígitos y un año de 4 cifras, se podrá rellenar o dejar vacío. - Fecha de modificación de la resolución que modifica la cuantía. Una vez relleno el formulario se enviará pulsando el botón de “Aceptar”. Si el envío se realiza correctamente se mostrará un informe con los datos enviados a la Agencia Tributaria:
  • 9. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 9 de 20
  • 10. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 10 de 20 Comunicación por allanamiento o acuerdo entre las partes Este servicio permite comunicar a la Agencia Tributaria la resolución de un proceso por allanamiento o cuerdo entre las partes. Inicialmente se solicitará el número de justificante original del modelo 696. Este número se compone de 13 dígitos numéricos de los cuales los 2 primeros estarán prerrellenos en el formulario de solicitud: Una vez introducido el número de justificante se pulsará el botón de “Aceptar” y se generará una pantalla con un formulario a partir de la información que posee la Agencia Tributaria.
  • 11. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 11 de 20 Información precargada con la información de la Agencia Tributaria y que no se podrá editar: - Tipo de documento. Tipo del documento que identifica a la persona que realizó la autoliquidación. Puede ser NIF, NIE o CIF. - Número. Número de identificación de la persona que realizó la autoliquidación. - Nombre completo/Razón social. Nombre completo o Razón social de la persona que realizó la autoliquidación. - NIF/NIE/CIF del contribuyente. Número de identificación del contribuyente - Tipo de procedimiento. - Nº del justificante de la primera liquidación. Información a rellenar: - Nº de procedimiento. El número de procedimiento se compone de un número de hasta 7 dígitos y un año de 4 cifras, se podrá rellenar o dejar vacío. - Fecha de la resolución firme que pone fin al procedimiento. Una vez relleno el formulario se enviará pulsando el botón de “Aceptar”. Si el envío se realiza correctamente se mostrará un informe de con los datos enviados a la Agencia Tributaria:
  • 12. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 12 de 20
  • 13. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 13 de 20 Comunicación por acumulación Este servicio permite comunicar a la Agencia Tributaria la resolución de un proceso por acumulación. Inicialmente se solicitará el número de justificante del procedimiento que continúa su tramitación y el número de justificante del procedimiento que termina por acumulación. Estos números se componen de 13 dígitos numéricos de los cuales los 2 primeros estarán prerrellenos en el formulario de solicitud: Una vez introducidos los números de los justificantes se pulsará el botón de “Aceptar” y se generará una pantalla con un formulario a partir de la información que posee la Agencia Tributaria.
  • 14. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 14 de 20 Información precargada con la información de la Agencia Tributaria y que no se podrá editar (relativa a ambos procesos): - Nº justificante del procedimiento que continúa su tramitación. - Nº justificante del procedimiento que termina por acumulación. - Tipo de documento. Tipo del documento que identifica a la persona que realizó la autoliquidación. Puede ser NIF, NIE o CIF. - Número. Número de identificación de la persona que realizó la autoliquidación. - Nombre completo/Razón social. Nombre completo o Razón social de la persona que realizó la autoliquidación. - NIF/NIE/CIF del contribuyente. Número de identificación del contribuyente - Tipo de procedimiento. Información a rellenar: - Nº de procedimiento. El número de procedimiento se compone de un número de hasta 7 dígitos y un año de 4 cifras, se podrá rellenar o dejar vacío. - Fecha de la resolución que acuerda la acumulación.
  • 15. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 15 de 20 Una vez relleno el formulario se enviará pulsando el botón de “Aceptar”. Si el envío se realiza correctamente se mostrará un informe con los datos enviados a la Agencia Tributaria:
  • 16. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 16 de 20 Histórico Este servicio permite consultar las distintas comunicaciones que se han enviado a la Agencia Tributaria a través del servicio de tasas judiciales. Sólo se registran aquellas transmisiones que hayan llegado a la Agencia Tributaria y ésta haya contestado correcta o incorrectamente, no así las transmisiones que no hayan podido ser comunicadas por problemas técnicos. Inicialmente se mostrarán una serie de filtros con los que se podrá acotar la búsqueda. - Órgano Judicial. Muestra el órgano judicial asociado al usuario que accede al servicio. Sólo se buscará entre los envíos realizados desde ese órgano judicial. - Tipo de Tasa (opcional). Tipo de comunicación relativa a tasas judiciales de las 4 posibles. - Nº de justificante (opcional). Número de justificante del proceso comunicado. - Tipo de procedimiento (opcional). Tipo de procedimiento del proceso comunicado. - Fecha inicial de presentación (obligatorio) y fecha final de presentación (obligatorio). Rango de fechas entre las que se realizó la comunicación a la Agencia Tributaria .
  • 17. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 17 de 20 Una vez introducidos los filtros deseados se pulsará el botón de “Aceptar” y se mostrará una tabla con la información encontrada: La información listada es: - Tipo de Tasa. Tipo de comunicación relativa a tasas judiciales. - Órgano Judicial. Órgano desde el que se realizó la comunicación. - Nº de justificante 1. Número de justificante del proceso comunicado. - Nº de justificante 2. Número del segundo justificante en el caso de comunicaciones de resolución por acumulación. - Tipo de procedimiento. Tipo de procedimiento del proceso comunicado. - Importe. Importe en € comunicado a la Agencia Tributaria. - Resultado. Respuesta de éxito o fracaso retornada por la Agencia Tributaria. - Fecha tasa. Fecha contenida en el formulario presentado a la Agencia Tributaria. - Fecha presentación. Fecha en la que se realizó la comunicación a la Agencia Tributaria.
  • 18. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 18 de 20 Tratamiento de errores El tratamiento de errores es común a los distintos servicios. • Validación de formularios. Si no se introduce toda la información necesaria o ésta tiene un formato incompleto/erróneo, se indicará con un mensaje de aviso por cada error detectado.
  • 19. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 19 de 20 • Errores inesperados Es posible que en el proceso de comunicación se produzca algún tipo de error inesperado o interno que imposibilite la comunicación de la información a la Agencia Tributaria. En este caso se mostrará una pantalla de error con la descripción del mismo. Si se pulsa sobre el botón de “Mostrar detalles” se mostrará la traza completa del error, la cuál puede ser de utilidad para los servicios técnicos.
  • 20. Manual Usuario v1.0 – Tasas Judiciales Pág. 20 de 20 • Errores retornados por la Agencia Tributaria La información rellena y enviada a la Agencia Tributaria puede ser rechazada por múltiples motivos: el número de justificante no existe, no hay datos para el NIF del presentador… En estos casos se mostrará una pantalla de error con la descripción del error retornado por la Agencia Tributaria: