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Los acuerdos internacionales con
       contenido laboral.

Una aproximación desde la política
         pública laboral
                              Angel E. Portugal Vargas
                                     Noviembre, 2009




            Lic. Magali De La Cruz Gómez
         http://magalidgrealidadnacional.blogspot.com/
2




    ¿Qué es un Tratado de Libre
            Comercio?

• Es un acuerdo vinculante que suscriben dos o
  más países para reglamentar de manera sus
  relaciones económico-comerciales.



• Busca promover el desarrollo del comercio y
  propiciar su crecimiento sostenido.
3



    ¿Cuál es el contenido de un
    Tratado de Libre Comercio ?
Un TLC aborda temas comerciales, pero con el
fin de profundizar la integración de las
economías, incorpora otros aspectos clave de la
relación económica bilateral.

Entre dichos aspectos se encuentra el laboral.

Otros son: promoción y protección de
inversiones,      asuntos      medioambientales,
propiedad intelectual, aduanas contrataciones
públicas, servicios, políticas de competencia,
solución de controversias, telecomunicaciones
comercio electrónico
4



Contenido laboral de los Tratados
de Libre Comercio celebrados por
el Perú.-

-   Los Tratados con contenido laboral son los
celebrados con Canadá y con Estados Unidos.

- El acuerdo con China incluye un capítulo sobre
  Cooperación Laboral.
Contenido laboral de los acuerdo
    con Estados Unidos y Canadá


   Ambos contienen un reconocimiento y respeto por la Ley y
    Constituciones de ambos países.

   Ambos tienen como Obligación Principal para los países
    adoptar y mantener en sus leyes y reglamentos, y aplicar
    los derechos referidos en la Declaración relativa a los
    Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y su
    Seguimiento (1998) de la OIT:

        (a) la libertad de asociación;
        (b) el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva;
        (c) la eliminación de toda forma de trabajo forzoso u obligatorio ;
        (d) la abolición efectiva del trabajo infantil y la prohibición de las peores formas de trabajo
           infantil; y
        (e) la eliminación de la discriminación con respecto a empleo y ocupación.




                                                                                                          5
Declaración de la OIT relativa a los Principios y
 Derechos Fundamentales en el Trabajo (1998)

      Convenio Nº 87     Libertad de asociación y libertad
      Convenio Nº 98     sindical y el reconocimiento
                         efectivo del derecho de
                         negociación colectiva
     Convenio Nº 29      Eliminación de todas las formas
     Convenio Nº 105     de trabajo forzoso u obligatorio


     Convenio Nº 138     Abolición efectiva del trabajo
     Convenio Nº 182     infantil


     Convenio Nº 100     Eliminación de la discriminación
     Convenio Nº 111     en materia de empleo y ocupación
Compromiso de aplicación de la
legislación laboral.-


Ambos convenios disponen que los países no
dejarán de aplicar o dar efecto a sus leyes y
reglamentos laborales, de manera que afecte
el comercio o la inversión entre las Partes, si
el dejar de aplicar esas leyes y reglamentos
fuera incompatible con algún derecho
fundamental contenido en la Declaración de
OIT de 1998.




                                                  7
Incumplimiento del capítulo laboral
del TLC Perú - EEUU (1)

   Si se produce un incumplimiento de estos
    estándares laborales, que resulte sostenido
    y recurrente, se activa el mecanismo de
    solución de controversias general del
    Tratado, que supone:
    i) una fase de consultas bilaterales
    ii) un proceso arbitral, cuyo resultado típico
    es una orden para cumplir el estándar. Si
    ésta es incumplida, se puede generar una
    suspensión de beneficios comerciales por la
    parte afectada.




                                                 8
Incumplimiento del capítulo laboral
del TLC Perú - EEUU (2)
    Si EEUU o algún ente privado, denunciaran un
     incumplimiento del Perú, recurrente y sostenido,
     de alguno de los derechos fundamentales de la
     declaración, se podría producir una sanción
     comercial.


     Si se incumple la         Perú enfrenta un caso
      Declaración OIT            internacional, por
        sostenida y             incumplir el Tratado
     recurrentemente
    (ejemplo: violación de
      la libertad sindical)




                                                       9
Acuerdo de cooperación laboral
    Canadá. Incumplimiento (1)

   Si se produce un incumplimiento de los
    estándares     laborales,    que     resulte
    sostenido y recurrente, se activa el
    mecanismo de solución de controversias
    general del Tratado, que supone:
    i) una fase de consultas bilaterales
    ii) un proceso arbitral, cuyo resultado
    típico es una orden para cumplir el
    estándar que, si es incumplida, puede
    generar una multa a ser invertida
    íntegramente en el cumplimiento de
    dicho derecho fundamental.




                                                   10
Acuerdo de cooperación laboral
    Canadá. Incumplimiento (2)

   Es decir, que si Canadá o algún ente privado, denunciaran un
    incumplimiento del Perú, recurrente y sostenido, de alguno de los derechos
    fundamentales de la declaración, se podría una multa, a invertirse en
    hacer efectivo el derecho laboral incumplido




                                                                                 11
Acuerdos laborales Perú EEUU y
Perú – Canadá. Cumplimiento (1)


Perú    ha    asumido     el   compromiso
específico de proteger, en su ley y su
práctica (de monitoreo e inspección) los
derechos incluidos en la Declaración de
OIT:    libertad    sindical,   negociación
colectiva, trabajo forzoso, trabajo infantil,
y discriminación en el empleo.




                                                12
Acuerdos laborales Perú EEUU y
    Perú – Canadá. Cumplimiento (2)

   Nunca antes el Perú había asumido la obligación de
    cumplir esos estándares en su legislación,
    sometiéndose a sanciones comerciales (como con
    EEUU) o a multas a reinvertirse en la fiscalización y
    el cumplimiento de los derechos laborales referidos
    en la Declaración de OIT (como con Canadá).




                                                        13
Otras implicancias de tipo laboral.-

   El libre comercio con EEUU y Canadá
    comprende un compromiso de cumplir la
    legislación laboral.
   Perú asume el incumplimiento no solo
    frente a los peruanos, sino frente a sus
    contrapartes comerciales, que le exigirán
    que asegure los derechos laborales, o lo
    llevarán a un arbitraje, para sancionarlo o
    forzarlo a invertir una multa que permita
    fiscalizar mejor este derecho.




                                                  14
Tareas para el cumplimiento.-


   El   cumplimiento efectivo    de  estos
    estándares supone el desarrollo de una
    agenda interna.

   Dicho desarrollo ya ha empezado, pero aún
    está en curso.

   Esto implica acciones no sólo desde el Poder
    Ejecutivo, sino desde todos los órganos que
    componen el Estado Peruano.




                                               15
1.    Reforzamiento        de     la
    actividad inspectiva.-
   Aprobación de la Ley Nº 28806 y de su
    Reglamento.
   Incorporación de inspectores de trabajo
   Desplazamiento de inspectores de trabajo a
    Regiones
   Ejecución del Plan RETO
   Directivas nacionales (contratación a plazo
    fijo y verificación de sub conratistas)
   Convenio con la SUNAT
    Planilla electrónica




                                              16

2. Actividad normativa.-

   Modificaciones al Reglamento de la LRCT.
    Huelga.
   Regulación de la tercerización
   Aprobación de diversas directivas en
    resguardo del ejercicio de la libertad
    sindical: observancia de los estatutos de los
    sindicatos,   delegación de la facultad de
    negociar colectivamente, constitución y
    registro de sindicatos, sindicatos mixtos




                                                17
Otros aspectos.-
•   Aprobación de la nueva Ley del MTPE: los
    derechos fundamentales constituyen un área
    programática especial
•   Reforma del sistema procesal del trabajo
•   Directiva 007-2007-CE-PJ “Celeridad en la
    resolución de procesos laborales de nulidad de
    despido y de reposición al empleo”
•   Revisión de las observaciones formuladas por
    los órganos de control de la OIT.
•   Trabajo forzoso y trabajo infantil
•   Discusión de la LGT. Congreso




                                                 18
EL PERÚ EN LOS OJOS DEL MUNDO:
ESTABILIDAD Y OPORTUNIDADES CON LOS TLC




                                          19

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  • 1. Los acuerdos internacionales con contenido laboral. Una aproximación desde la política pública laboral Angel E. Portugal Vargas Noviembre, 2009 Lic. Magali De La Cruz Gómez http://magalidgrealidadnacional.blogspot.com/
  • 2. 2 ¿Qué es un Tratado de Libre Comercio? • Es un acuerdo vinculante que suscriben dos o más países para reglamentar de manera sus relaciones económico-comerciales. • Busca promover el desarrollo del comercio y propiciar su crecimiento sostenido.
  • 3. 3 ¿Cuál es el contenido de un Tratado de Libre Comercio ? Un TLC aborda temas comerciales, pero con el fin de profundizar la integración de las economías, incorpora otros aspectos clave de la relación económica bilateral. Entre dichos aspectos se encuentra el laboral. Otros son: promoción y protección de inversiones, asuntos medioambientales, propiedad intelectual, aduanas contrataciones públicas, servicios, políticas de competencia, solución de controversias, telecomunicaciones comercio electrónico
  • 4. 4 Contenido laboral de los Tratados de Libre Comercio celebrados por el Perú.- - Los Tratados con contenido laboral son los celebrados con Canadá y con Estados Unidos. - El acuerdo con China incluye un capítulo sobre Cooperación Laboral.
  • 5. Contenido laboral de los acuerdo con Estados Unidos y Canadá  Ambos contienen un reconocimiento y respeto por la Ley y Constituciones de ambos países.  Ambos tienen como Obligación Principal para los países adoptar y mantener en sus leyes y reglamentos, y aplicar los derechos referidos en la Declaración relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y su Seguimiento (1998) de la OIT: (a) la libertad de asociación; (b) el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva; (c) la eliminación de toda forma de trabajo forzoso u obligatorio ; (d) la abolición efectiva del trabajo infantil y la prohibición de las peores formas de trabajo infantil; y (e) la eliminación de la discriminación con respecto a empleo y ocupación. 5
  • 6. Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo (1998) Convenio Nº 87 Libertad de asociación y libertad Convenio Nº 98 sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva Convenio Nº 29 Eliminación de todas las formas Convenio Nº 105 de trabajo forzoso u obligatorio Convenio Nº 138 Abolición efectiva del trabajo Convenio Nº 182 infantil Convenio Nº 100 Eliminación de la discriminación Convenio Nº 111 en materia de empleo y ocupación
  • 7. Compromiso de aplicación de la legislación laboral.- Ambos convenios disponen que los países no dejarán de aplicar o dar efecto a sus leyes y reglamentos laborales, de manera que afecte el comercio o la inversión entre las Partes, si el dejar de aplicar esas leyes y reglamentos fuera incompatible con algún derecho fundamental contenido en la Declaración de OIT de 1998. 7
  • 8. Incumplimiento del capítulo laboral del TLC Perú - EEUU (1)  Si se produce un incumplimiento de estos estándares laborales, que resulte sostenido y recurrente, se activa el mecanismo de solución de controversias general del Tratado, que supone: i) una fase de consultas bilaterales ii) un proceso arbitral, cuyo resultado típico es una orden para cumplir el estándar. Si ésta es incumplida, se puede generar una suspensión de beneficios comerciales por la parte afectada. 8
  • 9. Incumplimiento del capítulo laboral del TLC Perú - EEUU (2)  Si EEUU o algún ente privado, denunciaran un incumplimiento del Perú, recurrente y sostenido, de alguno de los derechos fundamentales de la declaración, se podría producir una sanción comercial. Si se incumple la Perú enfrenta un caso Declaración OIT internacional, por sostenida y incumplir el Tratado recurrentemente (ejemplo: violación de la libertad sindical) 9
  • 10. Acuerdo de cooperación laboral Canadá. Incumplimiento (1)  Si se produce un incumplimiento de los estándares laborales, que resulte sostenido y recurrente, se activa el mecanismo de solución de controversias general del Tratado, que supone: i) una fase de consultas bilaterales ii) un proceso arbitral, cuyo resultado típico es una orden para cumplir el estándar que, si es incumplida, puede generar una multa a ser invertida íntegramente en el cumplimiento de dicho derecho fundamental. 10
  • 11. Acuerdo de cooperación laboral Canadá. Incumplimiento (2)  Es decir, que si Canadá o algún ente privado, denunciaran un incumplimiento del Perú, recurrente y sostenido, de alguno de los derechos fundamentales de la declaración, se podría una multa, a invertirse en hacer efectivo el derecho laboral incumplido 11
  • 12. Acuerdos laborales Perú EEUU y Perú – Canadá. Cumplimiento (1) Perú ha asumido el compromiso específico de proteger, en su ley y su práctica (de monitoreo e inspección) los derechos incluidos en la Declaración de OIT: libertad sindical, negociación colectiva, trabajo forzoso, trabajo infantil, y discriminación en el empleo. 12
  • 13. Acuerdos laborales Perú EEUU y Perú – Canadá. Cumplimiento (2)  Nunca antes el Perú había asumido la obligación de cumplir esos estándares en su legislación, sometiéndose a sanciones comerciales (como con EEUU) o a multas a reinvertirse en la fiscalización y el cumplimiento de los derechos laborales referidos en la Declaración de OIT (como con Canadá). 13
  • 14. Otras implicancias de tipo laboral.-  El libre comercio con EEUU y Canadá comprende un compromiso de cumplir la legislación laboral.  Perú asume el incumplimiento no solo frente a los peruanos, sino frente a sus contrapartes comerciales, que le exigirán que asegure los derechos laborales, o lo llevarán a un arbitraje, para sancionarlo o forzarlo a invertir una multa que permita fiscalizar mejor este derecho. 14
  • 15. Tareas para el cumplimiento.-  El cumplimiento efectivo de estos estándares supone el desarrollo de una agenda interna.  Dicho desarrollo ya ha empezado, pero aún está en curso.  Esto implica acciones no sólo desde el Poder Ejecutivo, sino desde todos los órganos que componen el Estado Peruano. 15
  • 16. 1. Reforzamiento de la actividad inspectiva.-  Aprobación de la Ley Nº 28806 y de su Reglamento.  Incorporación de inspectores de trabajo  Desplazamiento de inspectores de trabajo a Regiones  Ejecución del Plan RETO  Directivas nacionales (contratación a plazo fijo y verificación de sub conratistas)  Convenio con la SUNAT Planilla electrónica 16 
  • 17. 2. Actividad normativa.-  Modificaciones al Reglamento de la LRCT. Huelga.  Regulación de la tercerización  Aprobación de diversas directivas en resguardo del ejercicio de la libertad sindical: observancia de los estatutos de los sindicatos, delegación de la facultad de negociar colectivamente, constitución y registro de sindicatos, sindicatos mixtos 17
  • 18. Otros aspectos.- • Aprobación de la nueva Ley del MTPE: los derechos fundamentales constituyen un área programática especial • Reforma del sistema procesal del trabajo • Directiva 007-2007-CE-PJ “Celeridad en la resolución de procesos laborales de nulidad de despido y de reposición al empleo” • Revisión de las observaciones formuladas por los órganos de control de la OIT. • Trabajo forzoso y trabajo infantil • Discusión de la LGT. Congreso 18
  • 19. EL PERÚ EN LOS OJOS DEL MUNDO: ESTABILIDAD Y OPORTUNIDADES CON LOS TLC 19