Universidad Fermín Toro
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Barquisimeto- Ujano
IMPUESTO SOBRE LA
RENTA
Caso Práctico
Alumna: Mónica Ferreira
C.I: 24.925.121
Doctora: Emily Ramirez
Sección: SAIA A
Barquisimeto, 27 de Septiembre del 2017
Impuesto sobre la Renta.
El impuesto sobre la renta en Venezuela es cancelado por personas naturales y
jurídicas en donde se realizo este año un cambio en cuanto al monto en donde
anteriormente se establecía que debían pagar las personas que tuviesen como ingresos
brutos las 1.000 UT actualmente debido a la alta inflación y lo elevado de los salarios
mínimos y lo baja de las Unidades Tributarias se elevo para las personas naturales en 3.000
UT, sin embargo las personas que ya habían declarado bajo el antiguo modelo debían pagar
lo que les correspondía en impuestos sobre la renta pero el año próximo se le toma como
créditos fiscales.
Personas Jurídicas
Así mismo resulta oportuno resaltar que El régimen legal del Impuesto sobre la
Renta (ISLR) para personas naturales y jurídicas se encuentra establecido en la Ley del
ISLR (LISLR) publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de
2007. En base a ello se hace necesario mencionar el tercer aparte del artículo 79 de la Ley
del ISLR, toda persona jurídica (empresas, sociedades, comunidades, organismos, etc.) está
obligada a declarar sus enriquecimientos o pérdidas al final de cada ejercicio fiscal,
cualquiera sea el monto de los mismos. A esta regla aplican las excepciones previstas
(exenciones) en el artículo 14 de la Ley del ISLR.
Así mismo, se consideran personas jurídicas a: compañías anónimas y las
sociedades de responsabilidad limitada; las sociedades en nombre colectivo, en comandita
simple, las comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las
irregulares o de hecho; los titulares de enriquecimientos provenientes de actividades de
hidrocarburos y conexas. Actualmente las Cooperativas también pagan el Impuesto sobre la
Renta.
Cálculo del ISLR para Personas Jurídicas
Para calcular el Impuesto sobre la Renta de las personas jurídicas se debe
determinar su renta neta mundial gravable. Para determinar la renta neta mundial gravable
se debe sumar el enriquecimiento neto de fuente territorial al enriquecimiento neto de
fuente extraterritorial (al tipo de cambio oficial). No se admitirá la imputación de pérdidas
de fuente extraterritorial al enriquecimiento o pérdida de fuente territorial. El
enriquecimiento neto corresponde al incremento de patrimonio que resulte después de
restar de los ingresos brutos, los costos y deducciones permitidos por la LISLR.
Personas Naturales
En lo que respecta a las persona naturales cabe destacar que el Impuesto sobre la
Renta (ISLR), el cálculo y declaración del ISLR, las rebajas, exoneraciones y
desgravámenes. Todo en lo que respecta a las personas naturales. Según el artículo 79 de la
Ley del ISLR, deben declarar el ISLR todas aquellas personas naturales y herencias
yacentes asimiladas a estas, que hayan obtenido durante el ejercicio económico un
enriquecimiento neto anual superior a 1.000 tributarias o ingresos brutos superiores a 1.500
unidades tributarias (ver: Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto). Cuando
una de estas dos condiciones se cumpla (1.000 UT de enriquecimiento o 1500 UT de
ingresos) corresponde declarar el ISLR. La fecha tope para la declaración del ISLR es el 31
de marzo. Actualmente se modificaron las 1.000 UT a 3.000 U.T.
Cálculo del ISLR
Para el cálculo del Impuesto sobre la Renta de las personas naturales, se debe
determinar su enriquecimiento neto, es decir, el incremento de patrimonio que han tenido
durante el ejercicio gravable. Para determinar el enriquecimiento neto se deben restar los
costos y deducciones permitidos por la Ley, a sus ingresos brutos. Cuando los ingresos sólo
se correspondan a salarios y remuneraciones obtenidos por la prestación de servicios
personales bajo relación de dependencia, éstos equivalen al enriquecimiento neto.
Enriquecimiento neto = Ingreso bruto - (costos y deducciones) Una vez determinado el
enriquecimiento neto, se debe determinar el enriquecimiento gravable o "pérdida", para lo
cual se debe restar al monto de enriquecimiento neto, el monto por desgravámenes y por
pérdidas de años anteriores. Enriquecimiento gravable = Enriquecimiento neto - pérdidas
de años anteriores. Al enriquecimiento gravable se le debe aplicar la tarifa respectiva; para
ello debemos llevar la cantidad de bolívares que corresponde al enriquecimiento gravable a
Unidades Tributarias, multiplicarlo por el porcentaje que corresponda y restarle el
sustraendo si lo hubiere.
Desgravámenes
Los desgravámenes se entienden como una disminución al monto de tributación que
pueden hacer los contribuyentes del ISLR. Las personas naturales domiciliadas en el país,
pueden optar por utilizar un desgravamen de 774 unidades tributarias (desgravamen único),
o utilizar la sumatoria del resto de los desgravámenes establecidos en la LISLR, así:
 Lo pagado a institutos docentes del país, por la educación del contribuyente y la de
sus descendientes no mayores de 25 años. El límite de edad no es aplicable en los
casos de educación especial;
 Lo pagado por el contribuyentes a empresas domiciliadas en el país por concepto de
primas de seguros de hospitalización, cirugía y maternidad;
 Lo pagado por servicios médicos, odontológicos y de hospitalización, prestados en
el país al contribuyente y a las personas a su cargo (cónyuges no separados de
bienes, ascendientes y descendientes directos);
 Lo pagado por concepto de intereses por préstamos para adquirir vivienda
principal, hasta por un monto de 1.000 U.T.
 Los pagos por concepto de alquiler de la vivienda principal, hasta por un monto de
800 U.T. Los desgravámenes enumerados, deberán ser respaldados por sus
respectivos comprobantes de pago -que cumplan con los requisitos exigidos por la
Administración Tributaria-, como medio de prueba ante cualquier fiscalización.
Desgravamen único
La ley del ISLR permite optar por un desgravamen único de 774 unidades
tributarias con el que es posible beneficiarse de una rebaja legal del impuesto evitando
declaraciones detalladas y complicadas. Sin embargo, es muy posible que la declaración
detallada sea más ajustada a la realidad y el usuario pueda beneficiarse de un mayor
desgravamen. Enriquecimiento neto = Ingreso bruto - (774 unidades tributarias)
Empleando el desgravamen único se determina primero el total del ingreso bruto anual
y se resta el equivalente a 774 unidades tributarias. Sobre este monto se aplica tarifa o
tasa del ISLR según la tabla mostrada previamente. Rebajas al ISLR Las rebajas fueron
creadas por el legislador para cubrir el monto indispensable para la subsistencia del
contribuyente y su carga familiar.
Caso Práctico o Ejemplo sobre el pago de Impuesto sobre la Renta de Personas
Natural.
Mónica Ferreira Venezolano C.I 24.925.121 con el RIF V-24.925.121-2, trabaja
como comerciante independiente para el año 2015 en donde proporciona los siguientes
datos en el portal del SENIAT.
Preguntas:
 Determine c/u de los ingresos gravables con su respectivo monto contenido
por Mónica Ferreira.
 Determine cada uno de los Desgravámenes con su respectivo monto
admitido por la LISLR.
 Determine el EGNA del contribuyente para el referido ejercicio. Aplique la
tarifa respectiva. Determine el impuesto por pagar o cancelar.
Enriquecimiento Neto o Perdida Fiscal y Participante en Sociedades. Bs. 270.000,00
Desgravamen único por 774 U.T x 150 = 116.210,00 EGNA Ingreso Bruto Bs. 270.000,00
/ 150 = 1.800 UT. Desgravamen Bs. 116.210,00 / 150 = 774 UT Enriquecimiento Neto Bs.
153.900,00 / 150 = 1.026 UT. Impuesto determinado según tarifa Nº 1 ((Casilla Nº 10 x
Tarifa Nº 1)-sustraendo) = 9.351,00 Menos la Rebaja personal (10UT) (Solo Residentes)
1500. Menos la carga familiar Cantidad 3 * 10 (Solo residentes) 4500. El impuesto total
determinado que debe cancelar José Marchan es de 3.351,00.
Referencias.
 Ley del Impuesto Sobre La Renta (LISLR) publicada en la Gaceta Oficial
extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de 2007.

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Tributario3

  • 1. Universidad Fermín Toro Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho Barquisimeto- Ujano IMPUESTO SOBRE LA RENTA Caso Práctico Alumna: Mónica Ferreira C.I: 24.925.121 Doctora: Emily Ramirez Sección: SAIA A Barquisimeto, 27 de Septiembre del 2017
  • 2. Impuesto sobre la Renta. El impuesto sobre la renta en Venezuela es cancelado por personas naturales y jurídicas en donde se realizo este año un cambio en cuanto al monto en donde anteriormente se establecía que debían pagar las personas que tuviesen como ingresos brutos las 1.000 UT actualmente debido a la alta inflación y lo elevado de los salarios mínimos y lo baja de las Unidades Tributarias se elevo para las personas naturales en 3.000 UT, sin embargo las personas que ya habían declarado bajo el antiguo modelo debían pagar lo que les correspondía en impuestos sobre la renta pero el año próximo se le toma como créditos fiscales. Personas Jurídicas Así mismo resulta oportuno resaltar que El régimen legal del Impuesto sobre la Renta (ISLR) para personas naturales y jurídicas se encuentra establecido en la Ley del ISLR (LISLR) publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de 2007. En base a ello se hace necesario mencionar el tercer aparte del artículo 79 de la Ley del ISLR, toda persona jurídica (empresas, sociedades, comunidades, organismos, etc.) está obligada a declarar sus enriquecimientos o pérdidas al final de cada ejercicio fiscal, cualquiera sea el monto de los mismos. A esta regla aplican las excepciones previstas (exenciones) en el artículo 14 de la Ley del ISLR. Así mismo, se consideran personas jurídicas a: compañías anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada; las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho; los titulares de enriquecimientos provenientes de actividades de hidrocarburos y conexas. Actualmente las Cooperativas también pagan el Impuesto sobre la Renta. Cálculo del ISLR para Personas Jurídicas Para calcular el Impuesto sobre la Renta de las personas jurídicas se debe determinar su renta neta mundial gravable. Para determinar la renta neta mundial gravable se debe sumar el enriquecimiento neto de fuente territorial al enriquecimiento neto de fuente extraterritorial (al tipo de cambio oficial). No se admitirá la imputación de pérdidas de fuente extraterritorial al enriquecimiento o pérdida de fuente territorial. El enriquecimiento neto corresponde al incremento de patrimonio que resulte después de restar de los ingresos brutos, los costos y deducciones permitidos por la LISLR.
  • 3. Personas Naturales En lo que respecta a las persona naturales cabe destacar que el Impuesto sobre la Renta (ISLR), el cálculo y declaración del ISLR, las rebajas, exoneraciones y desgravámenes. Todo en lo que respecta a las personas naturales. Según el artículo 79 de la Ley del ISLR, deben declarar el ISLR todas aquellas personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que hayan obtenido durante el ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a 1.000 tributarias o ingresos brutos superiores a 1.500 unidades tributarias (ver: Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto). Cuando una de estas dos condiciones se cumpla (1.000 UT de enriquecimiento o 1500 UT de ingresos) corresponde declarar el ISLR. La fecha tope para la declaración del ISLR es el 31 de marzo. Actualmente se modificaron las 1.000 UT a 3.000 U.T. Cálculo del ISLR Para el cálculo del Impuesto sobre la Renta de las personas naturales, se debe determinar su enriquecimiento neto, es decir, el incremento de patrimonio que han tenido durante el ejercicio gravable. Para determinar el enriquecimiento neto se deben restar los costos y deducciones permitidos por la Ley, a sus ingresos brutos. Cuando los ingresos sólo se correspondan a salarios y remuneraciones obtenidos por la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia, éstos equivalen al enriquecimiento neto. Enriquecimiento neto = Ingreso bruto - (costos y deducciones) Una vez determinado el enriquecimiento neto, se debe determinar el enriquecimiento gravable o "pérdida", para lo cual se debe restar al monto de enriquecimiento neto, el monto por desgravámenes y por pérdidas de años anteriores. Enriquecimiento gravable = Enriquecimiento neto - pérdidas de años anteriores. Al enriquecimiento gravable se le debe aplicar la tarifa respectiva; para ello debemos llevar la cantidad de bolívares que corresponde al enriquecimiento gravable a Unidades Tributarias, multiplicarlo por el porcentaje que corresponda y restarle el sustraendo si lo hubiere. Desgravámenes Los desgravámenes se entienden como una disminución al monto de tributación que pueden hacer los contribuyentes del ISLR. Las personas naturales domiciliadas en el país, pueden optar por utilizar un desgravamen de 774 unidades tributarias (desgravamen único), o utilizar la sumatoria del resto de los desgravámenes establecidos en la LISLR, así:
  • 4.  Lo pagado a institutos docentes del país, por la educación del contribuyente y la de sus descendientes no mayores de 25 años. El límite de edad no es aplicable en los casos de educación especial;  Lo pagado por el contribuyentes a empresas domiciliadas en el país por concepto de primas de seguros de hospitalización, cirugía y maternidad;  Lo pagado por servicios médicos, odontológicos y de hospitalización, prestados en el país al contribuyente y a las personas a su cargo (cónyuges no separados de bienes, ascendientes y descendientes directos);  Lo pagado por concepto de intereses por préstamos para adquirir vivienda principal, hasta por un monto de 1.000 U.T.  Los pagos por concepto de alquiler de la vivienda principal, hasta por un monto de 800 U.T. Los desgravámenes enumerados, deberán ser respaldados por sus respectivos comprobantes de pago -que cumplan con los requisitos exigidos por la Administración Tributaria-, como medio de prueba ante cualquier fiscalización. Desgravamen único La ley del ISLR permite optar por un desgravamen único de 774 unidades tributarias con el que es posible beneficiarse de una rebaja legal del impuesto evitando declaraciones detalladas y complicadas. Sin embargo, es muy posible que la declaración detallada sea más ajustada a la realidad y el usuario pueda beneficiarse de un mayor desgravamen. Enriquecimiento neto = Ingreso bruto - (774 unidades tributarias) Empleando el desgravamen único se determina primero el total del ingreso bruto anual y se resta el equivalente a 774 unidades tributarias. Sobre este monto se aplica tarifa o tasa del ISLR según la tabla mostrada previamente. Rebajas al ISLR Las rebajas fueron creadas por el legislador para cubrir el monto indispensable para la subsistencia del contribuyente y su carga familiar. Caso Práctico o Ejemplo sobre el pago de Impuesto sobre la Renta de Personas Natural. Mónica Ferreira Venezolano C.I 24.925.121 con el RIF V-24.925.121-2, trabaja como comerciante independiente para el año 2015 en donde proporciona los siguientes datos en el portal del SENIAT. Preguntas:  Determine c/u de los ingresos gravables con su respectivo monto contenido por Mónica Ferreira.
  • 5.  Determine cada uno de los Desgravámenes con su respectivo monto admitido por la LISLR.  Determine el EGNA del contribuyente para el referido ejercicio. Aplique la tarifa respectiva. Determine el impuesto por pagar o cancelar. Enriquecimiento Neto o Perdida Fiscal y Participante en Sociedades. Bs. 270.000,00 Desgravamen único por 774 U.T x 150 = 116.210,00 EGNA Ingreso Bruto Bs. 270.000,00 / 150 = 1.800 UT. Desgravamen Bs. 116.210,00 / 150 = 774 UT Enriquecimiento Neto Bs. 153.900,00 / 150 = 1.026 UT. Impuesto determinado según tarifa Nº 1 ((Casilla Nº 10 x Tarifa Nº 1)-sustraendo) = 9.351,00 Menos la Rebaja personal (10UT) (Solo Residentes) 1500. Menos la carga familiar Cantidad 3 * 10 (Solo residentes) 4500. El impuesto total determinado que debe cancelar José Marchan es de 3.351,00.
  • 6. Referencias.  Ley del Impuesto Sobre La Renta (LISLR) publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de 2007.