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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES
GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS
SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS
EST. IMPACTO AMBIENTAL
““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD
DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093
CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS
CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN
MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA. CÓDIGO
UNIFICADO 2540093
INFORME FINAL
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
1. ANTECEDENTES Y OBJETIVOS DEL ESTUDIO.
La Municipalidad de San Martin de Porres, a través de la Gerencia de Inversiones Públicas, en
esta oportunidad ha encargado realizar los estudios definitivos de la creación de las pistas y
veredas en las calles internas de la Urb. Villa Salud del Distrito de San Martin de Porres, Región
Lima.
El Proyecto de inversión pública denominado: “CREACION DE LOS SERVICIOS DE
TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS
DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES -
PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA”, el mismo que se encuentra identificado
con el Código Unificado 2540093 del Banco de Proyectos del MEF.
La disponibilidad de vías locales con infraestructura vial en condiciones de operatividad eficiente
con el medio socio ambiental, constituye un eje vertebral de importancia para la consolidación
del desarrollo sostenible del Distrito, al permitir la articulación geográfica, social y económica.
1.1 Objetivos del Estudio
1.1.1 Objetivo General
Lograr la conservación del medio ambiente natural y social del área donde se desarrollará
el proyecto, mediante la identificación de los impactos socio ambientales que existe sobre
su entorno físico, biológico, social, económico y cultural, puedan generar las diversas
obras de construcción del proyecto, y establecer las medidas socio ambientales que
permitan anular, mitigar o compensar los impactos negativos causados sobre dicho
entorno.
1.1.2 Objetivos Específicos
a. Cumplir con las leyes y normas legales que rigen los Estudios de Impacto
b. Diagnosticar la situación actual de los componentes del ambiente físico, biótico y
socioeconómico y cultural.
c. Identificar los riesgos de daño que afecten a la vía por acción de agentes ambientales.
d. Identificar y evaluar los impactos, directos e indirectos, positivos o negativos,
producidos por las obras del proyecto sobre su entorno físico, biológico y económico y
cultural, durante la etapa de construcción.
e. Identificar y evaluar los impactos que sobre el medio social pueden generar las
acciones del proyecto, con énfasis en la afectación a las sociedades locales,
determinando las necesidades de priorización de las áreas donde se realizarán las
obras y las medidas para evitar o mitigar dichos impactos.
f. Definir las especificaciones ambientales para la ejecución de las diferentes obras del
proyecto.
g. Identificación de los Pasivos Ambientales que podrían intensificarse durante las
actividades de construcción; y sus correspondientes medidas de mitigación.
h. Elaborar un Plan de Manejo Socio Ambiental para la etapa de construcción, el mismo
que estará conformado por un conjunto de programas que tiendan a prevenir, mitigar,
controlar y compensar los posibles impactos.
i. Desarrollar un Programa destinado a establecer la activa Participación Ciudadana en
la definición y desarrollo del proyecto a través de Consultas Públicas a nivel de la
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población general y específica, con la población directamente afectada por las
acciones del proyecto.
j. Incluir un Programa de Inversiones, que contenga los costos y presupuesto
correspondientes a las medidas de mitigación de los impactos negativos directos e
indirectos, así como el análisis de los costos unitarios correspondientes.
1.2 Justificación
Teniendo en consideración que el área del proyecto, cuyas características climáticas,
ecológicas, geomorfológicas y de uso, le confieren una relativa fragilidad, las actividades a
desarrollarse por efecto del proyecto, a menudo suelen ocasionar alteraciones ambientales, las
que pueden ser negativas, de tal manera que minimizan sus beneficios como el incremento del
ruido producto de la maquinaria pesada y la generación de polvo producto de las demoliciones y
excavaciones.
Como contraparte, se producirá una mayor comodidad y seguridad para el flujo de vehículos de
pasajeros y carga, baja en los precios de los pasajes, facilidad para servicios de luz, agua,
desagüé, teléfono, televisión, educación, salud y finalmente, un notable incremento y desarrollo
del turismo.
Bajo estas condiciones, se justifica la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, que permite
la identificación de los impactos que experimentará el entorno, y en base a ello, proponer las
medidas correctivas más apropiadas para disminuir los efectos adversos, así cumplir con los
objetivos dentro del marco del desarrollo sostenible de la conservación del medio ambiente y el
uso racional de los recursos naturales del área de influencia del proyecto.
2. MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL
2.1 MARCO LEGAL
2.1.1 Constitución Política del Perú, 1993.
Resalta entre los derechos esenciales de la persona humana, el de gozar de un ambiente
equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida.
Los numerales 5 y 17 del artículo 2° consagran el derecho de acceso a la información
pública y el derecho a participar, en forma individual o asociada, en la vida política,
económica, social y cultural de la Nación. Asimismo, en el numeral 22 de este mismo
artículo, la Constitución señala que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente
equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.
El artículo 21º establece que, entre otros, los yacimientos y restos arqueológicos
expresamente declarados bienes culturales y provisionalmente los que se presumen como
tales son patrimonio cultural de la Nación y están protegidos por el Estado.
Señala también (artículos 66º al 69º), que los recursos naturales, renovables y no
renovables, son patrimonio de la Nación, promoviendo el Estado el uso sostenible de
éstos. También indica que el Estado está obligado a promover la conservación de la
diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.
Protege el derecho de propiedad y así lo garantiza el Estado, pues a nadie se le puede
privar de su propiedad (artículo 70º), salvo expropiación exclusivamente en casos de
seguridad nacional o necesidad pública declarados por ley.
De otro lado, el Estado reconoce el derecho a la identidad étnica y cultural como un
derecho fundamental de las personas. Asimismo, señala el reconocimiento del Estado de
la pluralidad étnica y cultural, especificando la necesidad de su protección y estableciendo
que debe respetarse la identidad cultural de las comunidades campesinas, entendidas
éstas como sujetos de derecho de carácter colectivo.
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En su artículo 89º, establece que las comunidades campesinas tienen existencia legal y
son personas jurídicas autónomas en su organización y en el uso y disposición de sus
tierras.
El Proyecto de la CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y
PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD
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se adecua a las normas establecidas en la Constitución Política. A través de la aplicación
del Plan de Manejo Socio Ambiental del Proyecto, se garantiza el mantenimiento de un
ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de las personas. Asimismo, permite
que las personas ejerzan su derecho a la información y participación ciudadana con la
realización de los respectivos Talleres Informativos y la consulta Pública del EISA del
Proyecto, de acuerdo a la normativa del sector competente.
2.1.2 Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano.
D.S. Nº 0027-2003 VIVIENDA., 06/10/2003, Constituye el marco normativo nacional para
los procedimientos de los municipios en el ejercicio de sus competencias en planeamiento
y gestión del acondicionamiento territorial y desarrollo urbano para garantizar la ocupación
racional y sostenible del territorio, la armonía entre el ejercicio del derecho de propiedad y
el interés social, la seguridad y estabilidad jurídica para la inversión inmobiliaria, y entre
otros alcances. Define los mecanismos de planificación y zonificación, creando a su vez
las denominadas unidades de gestión urbanística.,
La población que se asentará en el Área de Influencia de la vía, necesitará de un
adecuado acondicionamiento territorial y urbano para un desarrollo sostenible y ordenado.
2.1.3 Ley Marco para el crecimiento de la inversión privada. (DL 757), 13/11/199.
Establece que el Estado estimula el equilibrio racional entre el desarrollo socioeconómico,
la conservación del medio ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales,
garantizando la debida seguridad jurídica a los inversionistas mediante el establecimiento
de normas claras de protección del medio ambiente. El desarrollo del proyecto vial, traerá
consigo un flujo de inversiones privadas tanto de capital nacional como extranjero.
2.1.4 Ley General de la Pequeña y Microempresa (Ley Nº 27268), 27/05/2000.
La presente Ley tiene por objeto establecer el marco legal para la promoción y el
desarrollo de las Pequeñas y Microempresas (PYMES), normando políticas de alcance
general y la creación de instrumentos de promoción, formalización y para la consolidación
de los ya existentes, dentro de una economía social de mercado.
Como producto de la implementación de la vía, se generarán establecimientos
comerciales y de servicios en general por parte de la población que se encuentra en el
área de influencia del Proyecto.
2.2 NORMAS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
2. 2.1 Decreto Legislativo que Aprueba la Creación, Organización y Funciones Del
Ministerio Del Ambiente (D. Leg. 1013).
Norma de novísima emisión (13 de mayo de 2008), con el D. Leg. Nº 1013 se crea el
Ministerio del Ambiente, con el ánimo de convertirse en un organismo transversal de todas
las entidades e instituciones que de manera dispersa ejercen funciones vinculadas con la
materia ambiental. Con el D. Leg. Nº 1039 se modifica el literal i) del artículo 7° el cual
contiene las funciones específicas del Ministerio del Ambiente, los artículos 10° y 11°
referidos a las funciones del despacho ministerial y del Viceministro de Desarrollo
Estratégico de Recursos Naturales, así como la Primera Disposición Complementaria
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Transitoria y Primera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N°
1013 Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente
El objeto del Ministerio del Ambiente es la conservación del ambiente, de modo tal que se
propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos
naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social,
económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno, y así
asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente
equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida.
Este Ministerio incorporará en calidad de fusión por absorción tanto al CONAM como a la
intendencia de áreas Naturales Protegidas del Ministerio de Agricultura, asimismo
adscribirá al SENAMHI y al Instituto Geofísico del Perú.
2.2.2 Ley General del Ambiente (Ley Nº 28611), 15/10/2005.
Es la norma ordenadora del marco legal para la gestión ambiental en el Perú. Establece
los principios básicos para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente
saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como el
cumplimiento del deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el
ambiente, así como sus componentes, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la
población y lograr el desarrollo sostenible del país. A través, de la Política Nacional del
Ambiente, la Gestión Ambiental y el acceso a la información ambiental y participación
ciudadana.
En su artículo 99. 1º señala que en el ejercicio de sus funciones, las autoridades públicas
adoptan medidas de protección especial para los ecosistemas frágiles, tomando en cuenta
sus características y recursos singulares; y su relación con condiciones climáticas
especiales y con los desastres naturales.
El artículo 99. 2º indica que los ecosistemas frágiles comprenden, entre otros, desiertos,
tierras semiáridas, montañas, pantanos, bofedales, bahías, islas pequeñas, humedales,
lagunas alto andinas, lomas costeras, bosques de neblina y bosques relicto.
El ámbito de acción de la presente Ley comprende el suelo, subsuelo, dominio lacustre,
marítimo, hidrológico e hidrogeológico y el espacio aéreo, en la cual se presentan
lineamientos que deben ser cumplidos durante la construcción CREACION DE LOS
SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES
INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES -
PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA
Asimismo, bajo esta norma legal, se establecen los lineamientos y principios de protección
al medio ambiente y los ecosistemas frágiles que el Contratista debe respetar.
2.2.3 Aprueban el Convenio sobre la Diversidad Biológica. (Aprobado por
Resolución Legislativa N° 26181), 30/04/1993.
El presente Convenio Internacional fue adoptado en Río de Janeiro el 05 de Junio de
1992, suscrito por el Perú el 15 de Mayo de 1992 y ratificado por el Congreso de la
República el 30 de Abril de 1993.
Tiene por objetivo la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus
componentes y la participación equitativa en los beneficios que se deriven del uso de los
recursos genéticos. En el Perú, se ha publicado una Estrategia Nacional de la Diversidad
Biológica, en el marco del Convenio., Es el marco general de la Ley sobre la Conservación y
Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, y compromete al Estado Peruano
a velar por la Conservación de la Diversidad Biológica. En ese sentido, el Corredor Vial
contempla los criterios y lineamientos establecidos por este Convenio.
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2.3 NORMAS SOBRE LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES Y ESTÁNDARES DE CALIDAD.
2.3.1 Aprueban el Reglamento de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental
del Aire (D.S Nº 003-2008-MINAM), 21/08/2008.
Tomando en consideración las nuevas evidencias halladas por la Organización Mundial de
la Salud, resulta necesario aprobar nuevos Estándares de Calidad Ambiental de Aire para
el Dióxido Azufre, los mismos que entrarán en vigencia a partir del primero de enero del
2009, así como establecer Estándares Ambientales de Calidad de Aire para Benceno,
Hidrocarburos Totales, Material Particulado con diámetro menor a 2,5 micras e Hidrógeno
Sulfurado.
Aprobar los Estándares de Calidad Ambiental para Aire que se encuentran contenidos en
el Anexo I del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Normas complementarias. El Ministerio del Ambiente dictará las normas para la
implementación de los Estándares de Calidad Ambiental para Aire y para la
correspondiente adecuación de los Límites Máximos Permisibles.
Artículo 3.- Vigencia de Estándares de Calidad Ambiental para Aire establecidos para el
dióxido de azufre
Los Estándares de Calidad Ambiental para Aire establecidos para el Dióxido de Azufre en
el Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM mantienen su vigencia hasta el 31 de diciembre de
2008.
Conforme a lo establecido en el Anexo I del presente Decreto Supremo, los nuevos
Estándares de Calidad Ambiental establecidos para el Dióxido de Azufre entrarán en
vigencia a partir del primero de enero del 2009.
TABLA 1
ESTANDAR DE CALIDAD AMBIENTAL PARA EL DIÓXIDO DE
AZUFRE SO2
Parámetro Periodo Valor Vigencia Formato Método de
µg/m3
análisis
1 de
Enero de
2009
1 de
enero del
2014
Dióxido de azufre 24 horas 80 Media Fluorescencia UV
(SO2) aritmética (método
24 horas 20 automático)
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TABLA 2
ESTANDAR DE CALIDAD AMBIENTAL PARA, COMPUESTOS ORGÁNICOS
VOLÁTILES (COV); HIDROCARBUROS TOTALES (HT); MATERIAL PARTICULADO
CON DIÁMETRO MENOR A 2,5 MICRAS (PM2.5)
Parámetro Periodo Valor Vigencia Formato Método de
análisis
Benceno1 Único
Compuesto Orgánico
Volátil regulado
(COV)1
Hidrocarburos Totales
(HT)
Expresado como
Hexano
Material Particulado
con diámetro menor a
2,5 micras (PM2,5)
Hidrógeno Sulfurado
(H2S)
4 µg/m3
2 µg/m3
100
mg/m3
50 µg/m3
25 µg/m3
150 µg/m3
1 enero
de 2010
1 enero
de 2014
1 enero
de 2010
1 enero
de 2010
1 enero
de 2014
1 enero
de 2009
Anual
24
horas
24
horas
24
horas
24
horas
Media
aritmética
Cromatografía de
gases
Ionización de llama
de hidrógeno
Separación
inercial filtración
(gravimetría)
Separación
inercial filtración
(gravimetría)
Fluorescencia UV
(método
automático)
Media
aritmética
Media
Aritmética
Media
aritmética
Media
aritmética
2.3.2 Decreto Supremo Nº 002-2008-MINAM. Aprueban los Estándares Nacionales de
Calidad Ambiental para Agua
Aprobar los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua, contenidos en el
Anexo I del presente Decreto Supremo, con el objetivo de establecer el nivel
desconcentración o el grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y
biológicos presentes en el agua, en su condición de cuerpo receptor y componente básico
de los ecosistemas acuáticos, que no representa riesgo significativo para la salud de las
personas ni para el ambiente. Los Estándares aprobados son aplicables a los cuerpos de
agua del territorio nacional en su estado natural y son obligatorios en el diseño de las
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normas legales y las políticas públicas siendo un referente obligatorio en el diseño y
aplicación de todos los instrumentos de gestión ambiental.
2.3.3 Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para ruido (D.S.
N° 085-2003-PCM), 30/10/2003.
Establece los estándares nacionales de calidad ambiental para ruido y los lineamientos
generales para no excederlos, con el objetivo de proteger la salud, mejorar la calidad de
vida de la población y promover el desarrollo sostenible.
El proyecto generará contaminación sonora por el uso de maquinarias pesadas durante la
etapa de construcción.
2.3.4 Límites Máximos Permisibles de emisiones contaminantes para vehículos
automotores que circulen en la red vial. (D.S. Nº 047-2001-MTC), 31/10/2001.
Esta disposición ha establecido en el ámbito nacional, los valores de los Límites Máximos
Permisibles (LMPs) de emisiones contaminantes para vehículos automotores nuevos a ser
importados o ensamblados en el país, y vehículos automotores usados a ser importados.
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La CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS
CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN
MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA, provocará el
aumento del tránsito vehicular y por ende de las emisiones de gases que pueden afectar al
ambiente.
2.4 NORMAS SOBRE EL SECTOR SALUD
2.4.1 Ley General de Salud (Ley Nº 26842), 20/07/1997.
Señala que toda persona natural o jurídica está impedida de efectuar descargas de
desechos o sustancias contaminantes en el agua, el aire o el suelo, sin haber adoptado las
precauciones de depuración en la forma que señalan las normas sanitarias y de protección
del ambiente. Esta ley establece la responsabilidad del Estado de velar por la salud física
y mental de la población, lo cual también involucra el cuidado del medio en el cual se
desenvuelve.
Por ello, la importancia de establecer medidas para que las actividades que se desarrollen
paralelas a la construcción de la vía, no afecten la calidad de vida de los pobladores
locales.
2.4.2 Ley General de Residuos Sólidos (Ley Nº 27314). 21/07/2000.
Establecen derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su
conjunto, para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y
ambientalmente adecuada, para la protección del ambiente y el bienestar de la persona
humana.
Durante el desarrollo de las actividades de construcción y operación de la vía, se
generarán residuos sólidos, producto de dichas actividades y del incremento comercial.
2.4.3 Aprueban el Reglamento de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos.
(D.S. 057-2004-PCM), 24/07/2004.
Asegurar que la gestión y el manejo de los residuos sólidos sean apropiados para prevenir
riesgos sanitarios, proteger y promover la calidad ambiental, la salud y el bienestar de la
persona humana.
La ejecución de los trabajos de construcción y operación, generarán residuos sólidos
producto de dichas actividades.
El PMA del EIA considera el Programa de Manejo de Residuos para prevenir riesgos a la
salud de las personas.
2.4.4 Ley que regula el transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos. (Ley
Nº 28256), 18/06/2004.
Regula las actividades, procesos y operaciones del transporte terrestre de los materiales y
residuos peligrosos, con sujeción a los principios de prevención y de protección de las
personas, el medio ambiente y la propiedad.
2.5 NORMAS SOBRE GOBIERNOS LOCALES
2.5.1 Ley Orgánica de Municipalidades. (Ley Nº 27972), 27/05/2003.
Establece normas sobre la creación, origen, naturaleza, autonomía, organización,
finalidad, tipos, competencias, clasificación y régimen económico de las municipalidades;
también sobre la relación entre ellas y con las demás organizaciones del estado y las
privadas.
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En su Art. 73º establece las Materias de Competencia como el de planificar integralmente
el desarrollo local y el ordenamiento territorial, en el nivel provincial.
Su Art. 79º define la organización del espacio físico y uso del suelo.
En su Art. 80º establece las funciones en saneamiento, salubridad y salud.
En su Art. 81º establece las funciones de la municipalidad en materia de tránsito, vialidad y
transporte público.
Con la operación integral de la carretera, se modificarán situaciones actuales de los
centros poblados situados en su Área de Influencia; debiéndose contar con el apoyo de las
municipalidades, para efectuar un adecuado reordenamiento urbano.
2.6 NORMAS SOBRE EL SECTOR VIVIENDA
2.6.1 Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio
Ambiente. (Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA) 03/10/2003.
Constituye el marco normativo nacional para los procedimientos de los municipios en el
ejercicio de sus competencias en planeamiento y gestión del acondicionamiento territorial
y desarrollo urbano para garantizar la ocupación racional y sostenible del territorio, la
armonía entre el ejercicio del derecho de propiedad y el interés social, la seguridad y
estabilidad jurídica para la inversión inmobiliaria.
La ejecución del Proyecto Vial, generará el incremento de asentamientos en las márgenes
de la vía.
2.7 NORMAS SOBRE PATRIMONIO CULTURAL
2.7.1 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación. (Ley Nº 28296), 21/07/2004.
Establece que el Patrimonio Cultural de la Nación está bajo el amparo del Estado y de la
comunidad nacional y cuyos miembros están en la obligación de cooperar a su
conservación. El patrimonio está constituido por los bienes culturales que son testimonio
de creación humana, declarados como tales por su importancia arqueológica, artística,
científica o histórica.
Los planes de desarrollo urbano y rural relacionadas a obras públicas en general y los de
construcciones o restauraciones privadas que se relacionen con un bien cultural inmueble,
serán sometidos por la entidad responsable de la obra a la autorización previa del Instituto
Nacional de Cultura. Las obras no autorizadas serán suspendidas de inmediato por la
autoridad municipal de la circunscripción.
En el estudio se consideran acciones de protección al patrimonio histórico-cultural dentro
del área de influencia del Proyecto.
El Estado reconoce como recurso natural cultural a toda obra de carácter arqueológico o
histórico que al estar integrada al medio ambiente permite su aprovechamiento racional y
sostenido.
Por medio de ésta ley se dispone declarar de interés social y de necesidad pública la
identificación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación,
conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su
restitución en los casos pertinentes.
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La norma declara que los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación,
independientemente de su condición privada o pública, están protegidos por el Estado y
sujetos al régimen específico regulado en la presente Ley.
2.8 NORMAS INTERNACIONALES APLICABLES AL PROYECTO
2.8.1 Parte 216 – Procedimientos Ambientales – USAID.
Esta norma busca regular las actividades de la AID. (Agencia para el Desarrollo
Internacional) en cuanto a sus políticas concernientes, con la finalidad de asegurar que los
factores y valores ambientales sean integrados dentro del proceso de toma de decisiones de
AID. Estos procedimientos a la vez asignan responsabilidades dentro de la Agencia para
evaluar los efectos en el medio ambiente ocasionados por las acciones de AID. Las políticas
están diseñadas con el fin de combatir el hambre y la desnutrición, así como para facilitar el
desarrollo económico.
Existen pueblos y comunidades campesinas asentadas en el Área de Influencia Directa del
Proyecto y se encuentran en situación de pobreza a causa de diversos problemas
ambientales y sociales.
2.08.2 Política Operativa del Banco Mundial. Op. 4.01 – Evaluación Ambiental.
Reemplaza los elementos normativos del Enviromental Analysis and Review of
Internanal Finance Corporation Proyects (Washington, D.C.; CFI, 1993).
La OP 4.01 reemplaza los elementos normativos de Environmental Analysis and Review of
International Finance Corporation Projects (Washington, D.C., CFI, 1993). El Procedimiento
de la CFI para los estudios de los efectos ambientales y sociales entró en vigor el 1 de
septiembre de 1998.
Esta política está orientada a establecer las directrices a seguir en las Evaluaciones
Ambientales. En esta se establecen que todos los proyectos propuestos para obtener
financiamiento del Banco se deberán someter a una Evaluación Ambiental (EA) con el fin de
garantizar su solidez.
La evaluación ambiental del Proyecto ayudará a promover la inversión privada en zonas con
gran potencial económico.
2.8.3 Política Operativa del Banco Interamericano de Desarrollo
OP-703 Medio Ambiente. Los objetivos de esta política son:
 Asegurar que en todos los proyectos financiados por el Banco se tenga en
cuenta los aspectos ambientales y que se adopten las medidas pertinentes a fin de
evitar impacto ambiental adverso prestando la debida atención a los costos y beneficios
económicos y sociales.
 Cooperar con los países miembros mediante préstamos y operaciones de
cooperación técnica para financiar proyectos preparados con miras a mejorar o
preservar el medio ambiente.
 Dar asistencia a los países miembros para identificar problemas ambientales y
formular soluciones, así como también para formular proyectos de mejora del medio
ambiente.
 Dar asistencia en la formulación, transmisión y utilización de la ciencia y la
tecnología en la esfera del ordenamiento del medio ambiente y contribuir al
fortalecimiento de las instituciones nacionales de ordenamiento del medio ambiente.
Permite establecer criterios a considerar en las diversas etapas que implica la ejecución del
corredor vial, de manera tal que no dañe ni altere el medio ambiente local.
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2.8.4 Política Operativa del Banco Interamericano de Desarrollo. OP-710
Reasentamiento Involuntario.
El objetivo de la política es minimizar alteraciones perjudiciales en el modo de vida de las
personas que viven en la zona de influencia del proyecto, evitando o disminuyendo la
necesidad de desplazamiento físico, y asegurando que, en caso de ser necesario el
desplazamiento, las personas sean tratadas de manera equitativa y, cuando sea factible,
participen de los beneficios que ofrecen proyectos que requieren su reasentamiento.
A través de la carretera, se considerara el reasentamiento de un número determinado de
viviendas ubicadas dentro del derecho de vía.
3. DESCRIPCIÓN Y ANÁLISIS DEL PROYECTO.
3.1 GENERALIDADES
La presente estudio, incluye todas las calles internas de la urbanización Villa Salud Del Distrito
De San Martin De Porres, donde se le dará un tratamiento urbano con espacios recreativos y de
esparcimiento para la población de la zona y alrededores.
En el presente capítulo, se presenta la interpretación descriptiva y evaluación de las obras y
acciones comprendidas en la construcción del proyecto.
Región: Lima
Departamento: Lima
Provincia: Lima
Distritos: San Martin de Porres
3.2 OBJETIVO
El objeto del presente estudio es la realización de la Mitigación de Impacto Ambiental
necesarios; para la elaboración del Expediente Técnico para la CREACION DE LOS SERVICIOS
DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA
URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA -
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3.3 INVENTARIO DE CURSOS DE AGUA
El proyecto no cuenta con cursos de agua importantes, sin embargo se cuenta con la cuenca del
Rio Chillon, las cuales abastecen de agua no potable para la construcción mediante cisternas de
2,000 galones.
3.4 Canteras.
Las canteras serán aquellas que cumplan con las características físicas y químicas de los
agregados señalados en las especificaciones técnicas. Generalmente se tratan de
canteras con potencial de gravas y arenas.
La provisión de materiales para la obra se hará de canteras particulares (corresponden a
empresas comercializadoras de materiales). En los lugares de canteras particulares, se
realizará el chancado, concreto, y asfalto para las obras del proyecto.
Como parte de la construcción del proyecto se ha considerado principalmente la compra
de materiales a proveedores particulares, con el fin de evitar afectaciones y huella
ecológica en relación al proyecto.
Las canteras estudiadas han sido las siguientes:
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3.05 Depósitos de Materiales Excedentes (DME)
Las actividades de construcción de vías producen, una gran cantidad de materiales de
demolición y excavación que plantean el problema de su almacenamiento en lugares que
reúnan condiciones adecuadas de estabilidad, seguridad e integración en el entorno.
Los materiales procedentes de las operaciones de corte o de las labores de demolición se
depositan, generalmente, como fragmentos en lugares que constituyen los depósitos de
materiales excedentes denominados anteriormente como botaderos.
La elección del emplazamiento de un DME se debe basar en criterios técnicos,
económicos, ambientales y socioeconómicos, etc. En los criterios específicos más
importantes se encuentra la distancia de transporte desde el área de producción de
desechos hasta el DME, que afecta al costo total de la operación; la capacidad de
almacenamiento necesaria, que viene impuesta por el volumen de materiales a mover; las
alteraciones potenciales que pueden producirse sobre el medio natural y las restricciones
ecológicas existentes en el área de implementación.
El tamaño y forma está determinado por el volumen de material que es preciso mover para
la construcción de la carretera.
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La elección del área de implantación de un botadero persigue diversos objetivos como
son:
 Minimizar los costos de transporte y vertido.
 Alcanzar la integración y la restauración de la estructura en el entorno.
 Minimizar el área afectada.
 Evitar la alteración sobre hábitats y especies protegidas.
La elección del lugar de la disposición de materiales excedentes, se basó en criterios
técnicos, y ambientales. Así el proyecto define el uso de áreas alteradas a fin de minimizar
y evitar la ocupación de nuevas áreas o huellas ecológicas del proyecto, es por ello que se
considerará el relleno autorizado Modelo Callao; en donde los materiales serán dispuestos
y conformados según las especificaciones técnicas de diseño:
Los depósitos de materiales excedentes estudiados han sido los siguientes:
Información general de los DME:
DME
Ubicación
Área (ha)
Volumen
Potencial
Volumen a
Dispones
Procedencia
(Obras de arte,
corte, roca suelta
o fija)
Coordenadas UTM
WGS 84 Región/
Provincia/Distrito
Este Norte
Relleno
Sanitario El
Zapallal
275157 8692172
Lima - Lima -
Carabayllo
440 Ha 153,467 m3 147,467 m3
Corte de
pavimentos y
estructuras de
asfalto y concreto
Relleno
Sanitario El
Modelo de
Callao
Callao – Callao -
Ventanilla
1570 Ha
Corte de
pavimentos y
estructuras de
asfalto y concreto
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4. Identificación y Evaluación de Impactos Ambientales
4.1 Introducción
Antes de iniciar el presente capítulo, es necesario recordar que dentro del contexto de un
Estudio de Impacto Ambiental, existen marcadas diferentes entre un Efecto Ambiental y un
Impacto Ambiental.
El efecto ambiental es aquel cambio en un componente ambiental – dentro de un periodo y un
área definida – resultante de una actividad o intervención específica, comparado con la situación
que se hubiera presentado, si no se hubiera ejecutado tal actividad. El efecto ambiental es la
diferencia entre la condición ambiental que se establecería con el proyecto y sin el proyecto. En
algunos casos estos cambios se pueden predecir y cuantificar (por ejemplo, el cambio previsto
en la carga orgánica de un cambio en el valor del paisaje).
El impacto ambiental en cambio, es cualquier alteración significativa del componente ambiental.
En otras palabras, un efecto ambiental se traduce en impacto ambiental si este es percibido y se
manifiesta, logrando afectar sustancialmente el medio ambiente y los seres vivos y no vivos,
manifestando éstos dichos cambios.
Para el presente proyecto se estima que serán Efectos Ambientales los que ocurran.
4.2 Metodología
Se ha utilizado el método CHECK LIST o lista de Verificación, la cual consiste en la elaboración
de una Lista detallada de posibles Impactos Potenciales (efectos), agrupándolas por
componentes ambientales, elaborada para cada uno de los Proyectores.
4.3 Identificación de los Impactos Ambientales Potenciales
Durante el “CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN
LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN
MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA.", se tendrá en cuenta lo
siguiente:
a). Calidad del Aire: Se verá ligeramente alterado, debido a la distintas actividades realizadas
durante la ejecución de la Obra, entre ellas el transporte de material, colocación de la mezcla
asfáltica, preparación de la mezcla de concreto, los cuales generan material particulado o “polvo
en el aire”, de corta duración y carácter temporal, así como también por la pintura de efectos
similares innocuos.
b). Generación de Ruidos: Se genera ruidos por la movilización y funcionamiento de
maquinarias pesadas, y del bullicio propio de la ejecución de la misma.
Durante la Fase de Funcionamiento y Operación:
Los impactos (Efectos) sobre el Medio Ambiente serán positivos, considerando que la ejecución
del proyecto permitirá mejorar el acceso, transitabilidad, reducción de caídas o resbalones de las
personas de edad avanzada, incremento del valor de las propiedades.
4.4 Evaluación de los Impactos Ambientales Potenciales:
Identificados la interacción de cada una de las actividades del proyecto con los componentes
ambientales y los impactos probables de ocurrir, sean positivos ó negativos, se procede a su
evaluación.
La calificación de los Impactos Ambientales considera los siguientes criterios:
Tipo : Indica Si: BENEFICIOSO ó POSITIVO (+)
ADVERSO ó NEGATIVO (-)
Intensidad : Califica la Fuerza de Acción de Impacto sobre el Factor
Ambiental. Califica como: ALTA – MEDIDA – BAJA
Duración : Indica el Tiempo de Impacto
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Califica como: TEMPORAL – MEDIO PLAZO – PERMANENTE
Importancia : Indica su Relevancia Geográfica
Califica como: LOCAL –ZONAL – REGIONAL – NACIONAL
Entre los procedimientos que complementan la Evaluación se ha desarrollado el Método de
Causa – Efecto, los cuales son métodos de Identificación y Valoración ajustados a las distintas
Etapas de la Ejecución, generando resultado Cualitativos – Cuantitativos así como un análisis
de la relaciones de Causa entre una acción dada y su Efecto sobre el medio o Componentes
Ambientales.
En la identificación y valoración de los impactos ambientales se consignan pesos valores para
cada uno de los factores considerados:
Ca= Carácter a la magnitud, se le interpone el signo (+) Positivo ó (-) Negativo.
Pro= Probabilidad de Ocurrencia, su valor es del 1 al 10.
Mg= Magnitud en base a un conjunto de características y cualidades.
EXTENSION (E) ESCALA
Reducida 0
Medida 1
Amplia 2
INTENSIDAD (ln) ESCALA
Baja 0
Moderada 1
Alta 2
DESARROLLO (De) ESCALA
Impacto a Largo Plazo 0
Impacto a Mediano Plazo 1
Impacto a Inmediato 2
DURACION (Du) ESCALA
Temporal 0
Permanente en el Mediano Plazo 1
Permanente a Largo Plazo 2
REVERSIBILIDAD (Re) ESCALA
Recuperable 0
Irrecuperable 1
IMPORTANCIA (lm) 2
La escala se aplicará tomando en cuenta que la importancia del impacto se relaciona con el
valor ambiental de cada componente que es el efecto por el proyecto.
El impacto (Efecto) Ambiental se determina como el producto de carácter, probabilidad
magnitud e importancia.
La magnitud como la suma de extensión, intensidad, desarrollo, duración y reversibilidad.
Donde:
Importancia = E + l + De + Du + Re
Impacto Ambiental = Ca x Pro x Mg x lm
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El Rango de las calificaciones son:
 0 – 21 No Significados
 21 – 40 Menor Significancia
 41 – 54 Media Significancia
 55 – 69 Significativo
 70 a más Altamente significativo
La utilización de la valoración de los impactos, orienta a efectuar el análisis y una auditoria
adecuada.
Está demostrado que los EIA son una herramienta importante en la Conservación y Protección
del Medio Ambiente.
Para el presente caso, la ejecución del Proyecto “CREACION DE LOS SERVICIOS DE
TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA
URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA -
DEPARTAMENTO DE LIMA” tendrá una incidencia directa sobre los siguientes componentes del
Medio Ambiente:
Ambiente Físico o Abiótico:
Aire : Sobre la calidad
Suelo : Pérdida, compactación
Paisaje : Modificación del paisaje original, completa lo urbano.
Ambiente de Interés Humano:
Empleo : Incremento de niveles de empleo
Cultura : Mejora en las actitudes y comportamiento
Sociedad: Sociales e Institucional, de respuesta inmediata
El resultado debe propiciar lo siguiente:
La Ecologización Humana: Como resultado de practicar deporte a todo nivel.
El ser Humano Con Fin Supremo: respecto a lo socio – económico y Salud Mental.
La evaluación para cada una de las etapas del proyecto mediante el uso de las Matrices.
Causa – Efecto, ha determinado lo siguiente:
Etapa – Causa Efecto Nivel
- Durante la Ejecución de los Trabajos NEGATIVO MEDIO
- Durante la Operación y Uso POSITIVO ALTO
- Durante el Mantenimiento POSITIVO MEDIO
- La Pavimentación POSITIVO ALTO
4.5 Descripción de los Principales Impactos Ambientales
Los Impactos identificados se describen de manera simplificada y concreta.
Los componentes ambientales que pueden ser afectados por la ejecución del proyecto en cada
uno de sus etapas, así como los factores causantes son:
Ambiente Físico
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CALIDAD DEL AIRE
Materia particulado, gases y humos
Durante la ejecución de los trabajos a realizar, el aire se verá ligeramente alterado, debido a la
excavación del suelo, transporte de materiales, eliminación del material excedente, emisión de
gases y humos de las maquinarias pesadas, la misma que su magnitud está relacionada con el
estado actual y grado de mantenimiento de la maquinaria.
El impacto es Temporal de Corta Duración
RUIDOS:
El desplazamiento y funcionamiento de la maquinaria pesada, generan ruidos molestos,
producción de ruidos superiores a los 70 decibeles, causando molestia entre los residentes
aledaños al área donde se desarrollará la Obra.
El ruido será Temporal
SUELOS:
Pérdida de suelo, compactación
Debido a las excavaciones de producirá perdida de suelo, sumado a la contaminación por
drenajes de mezclas de concreto, y la compactación del suelo por las estructuras a anclar.
El Impacto será Permanente
PAISAJE
La calidad del paisaje natural desde antes fue modificado por la invasión de los pobladores,
sobre él se construye el Paisaje Urbano, el cual se deteriorará durante la fase constructiva,
debiendo revertirse en tal efecto mediante el mantenimiento correspondiente para el muro de
contención inspeccionando su estructura a cargo de un ingeniero que periódicamente debe de
visitar la zona, así como también mediante el mantenimiento del pavimento flexible y veredas,
además de la limpieza permanente del lugar.
De ejecutar todo lo indicado, el Impacto (Efecto) será Positivo y Permanente.
Ambiente de Interés Humano
Nivel Cultural:
Modificación del Estilo de Vida: Se producirán cambios positivos en comportamiento de la
población usuaria de la Escala y también aquellas visitantes, debido a las facilidades de acceso.
Generación de Empleo: Durante la ejecución del Proyecto se genera una demanda de mano de
obra calificada y no calificada, alternativa que permitirá mejorar los niveles de ingreso de la
población de la zona.
Nivel Social:
Estructura Población: Dará lugar a una manera adecuada para acceder a las viviendas ubicadas
en el área de influencia directa del proyecto. Así como transformarse en una zona segura y fácil
para desplazarse. Ocasionar cambios en la estructura demográfica
Servicios:
Valor de la Tierra: En las viviendas se incrementará su valor por efecto de plusvalía.
Estético o Paisaje Urbano Agradable:
La estética positiva estará en función al mantenimiento y ornato que se dé a la obra después de
su ejecución. Asimismo, a la mejor elección de los colores de pintado y acabado final de la obra.
Patrimonio Arqueológico:
En el área de influencia directa del proyecto NO existen restos arqueológicos.
Durante la Etapa Constructiva se alcanza el mayor impacto negativo, especialmente en los
componentes ambientales: AIRE – SUELO.
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Responsabilidades
La empresa constructora es la responsable de que se cumplan todas las indicaciones contenidas
en el presente estudio; asimismo, la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres, será la
encargada de supervisar su cumplimiento.
Vigilante Ambiental
Fundamentalmente trata que se cumpla el Plan de Manejo Ambiental y los compromisos
ambientales por los cuales el proyecto fue autorizado.
Verificar que las condiciones ambientales se encuentren dentro de los límites permisibles para la
vida, durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto.
El ejecutor del seguimiento, supervisión, control y vigilancia ambiental es la Municipalidad
Distrital de San Martin de Porres, a través de la oficina correspondiente.
Permitirá garantizar el cumplimiento de las indicaciones y medidas, preventivas y correctivas,
contenidas en el estudio de impacto ambiental, a fin de lograr conservación y uso sostenible de
los recursos naturales y el ambiente durante la construcción y funcionamiento de la Obra. Para
ello deberá cumplir los siguientes objetivos:
a) Durante la Etapa de Construcción
- Señalar los impactos (Efectos) detectados en la EIA y comprobar que las medidas
preventivas y correctivas propuestas aplicados son eficaces.
- Identificar los impactos no previstos en el EIA, proponer las medidas correctivas
adecuadas y supervisar su ejecución y eficacia.
- Proporcionar información útil, a fin de ilustrar sobre las consecuencias ambientales de
proyectos de construcción de pavimentación y construcción de veredas en zonas con
características similares.
Operaciones de vigilancia ambiental
Para el cumplimiento de los objetivos del Programa de Vigilancia Ambiental será necesario
realizar un control de aquellas operaciones que, según el EIA, podrían ocasionar mayores
repercusiones ambientales.
En tal sentido, las acciones que requerirán un control muy preciso son las siguientes:
- Las instalaciones de campamento y patio de máquinas. Estos emplazamientos suelen
convertirse en focos constantes de vertido de material toxico ó nocivo.
- El movimiento de tierras, por la generación continua de polvo que afecte al personal de
obra y población cercana.
- El vertido incontrolado, en muchos casos, de materiales diversos sobrantes. Estos
deberán depositarse en los lugares previamente seleccionados para ello.
- Coordinación con la Dirección de Obra, lo que constituye uno de los aspectos más
importantes de todo el proceso, ya que una buena colaboración entre la Dirección de
Obra y la Vigilancia Ambiental garantizara la correcta ejecución de toda la obra.
Los ruidos molestos producidos en la vía pública no deben exceder los siguientes niveles:
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b) Durante la Etapa de operación
Durante la operación de la Obra terminada, la vigilancia estará orientada a evaluar la vida útil de
la obra. Se debe realizar visitas por lo menos dos veces al año a fin de inspeccionar las
estructuras y determinar si éstos están siendo objeto de procesos erosivos que pudieran poner
en riesgo la estabilidad del mismo.
El resultado del presente Estudio de Impacto Ambiental Simplificado determina que no existe la
necesidad de implementar medidas de mitigación, ni de control, compensación, sobre del Medio
Ambiente, debido a que los impactos (Efectos) negativos son puntuales, de corta duración, de
poca magnitud. Respecto a los impactos (Efectos) positivos, éstas deben ser reforzadas
mediante la participación planificada, estratégica y organizada de la Municipalidad Distrital de
San Martin de Porres cuya herramienta deberá ser el Planeamiento Estratégico y la Participación
Ciudadana.
CONCLUSIONES
 De acuerdo con los objetivos del presente estudio, las etapas de construcción y
mantenimiento incidirán sobre la Calidad del Medio Ambiente.
 Los medios Físicos y de Interés Humano, acusarán los impactos positivos y
negativos
 De la evaluación ambiental se concluye que:
 Valoración de los Impactos
o La Etapa de construcción Obra: produce un valor (-) NEGATIVO MEDIO
o La Etapa de Operación y uso: produce un valor (+) POSITIVO ALTO
o La Etapa de Mantenimiento: Produce un valor (+) POSITIVO MEDIO
 Impacto total del proyecto:
o Las Etapas de Mantenimiento, Operación y Uso, originan un resultado
superior a la Etapa de Ejecución de Obra, por lo que el impacto total del
proyecto es: POSITIVO ALTO
 Del resultado final se aprecia que el Proyecto “CREACION DE LOS SERVICIOS DE
TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS
DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES -
PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA". Ambientalmente es: POSITIVO
ALTO.
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Conclusión final
El resultado del presente Estudio de Impacto Ambiental determina lo siguiente:
01. Debido a que los impactos negativos son puntuales, de corta duración, de poca magnitud,
solo se requerirá realizar la Mitigación de los mismos mediante el riego constante de las zonas
de trabajo, durante la ejecución de la obra. Se calcula en 03 Camiones Cisterna semanal de
2,000 Gl. cada uno, que se usaran, durante la ejecución de la obra, hasta su limpieza final.
Lo que nos da lo siguiente:
Plazo de la Obra 04 meses = 16 semanas
03 Camión Cisterna de 2,000 GL por semana
Total de viajes de Camión Cisterna para la Obra = 3 CAMIONES x 16 SEMANAS = 48 HORAS
Camionadas de agua de 2,000 Gl por mes.
De insumo Agua será un Total de 2000 Gl = 15.14 M3 x 3 Cisternadas = 45.42 M3 en total
POR MES.
ANEXOS
1. Consideraciones Ambientales
1.1 Normas Ambientales
Es responsabilidad del contratista y/o ejecutor, conocer la política y normales ambientales
del código del medio ambiente y Recursos Naturales y demás disposiciones
gubernamentales ambientales.
El cumplimiento de las normas ambientales en la zona es responsabilidad de todos,
siendo el Ing. Residente el que las difunda en primera instancia.
Responsabilidad
Toda contravención o acción de personas que residan o trabajen en la obra y que origine
daño ambiental, deberá ser de conocimiento del Ing. Residente, del contratista.
El contratista y ejecutor será responsable de efectuar, a su costo, la acción correctiva
requerida para corregir las contravenciones a las presentes normas.
El contratista se responsabiliza ante las entidades gubernamentales, por violación de las
leyes y disposiciones ambientales, durante el periodo de construcción.
Los daños a terceros causados por incumplimiento de estas normas son responsabilidad
del contratista o ejecutor, quien deberá remediarlos a su costo.
Normas Generales
Ejecutor debe mantener en buen estado de funcionamiento todo su equipo a fin de evitar
escapes de lubricantes o combustibles que puedan afectar los suelos, cursos de Agua y
Aire.
El contratista debe establecer controles que permiten la verificación del buen estado de
funcionamiento de su equipo por parte de la supervisión ambiental.
Con el objeto de evitar accidentes, el contratista debe eliminar el acceso de vehículos y
peatones a los frentes de obra, particularmente a sitios de excavación, y sujetarse a la
reglamentación sobre Seguridad e Higiene Industrial.
 Normas para el componente aire
Está prohibida la quema de todo tipo de materiales, residuos de construcción, material
vegetal, etc.
Las zarandas y mezcladoras de materiales de construcción deberán estar previstas de
filtros de polvo o algún sistema que permita evitar su formación.
 Normas para el componente agua
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El aprovisionamiento de agua para realizar las mezclas de concreto, deberá realizarse
de tal forma que los desechos de estas actividades no contaminen los suelos o las
aguas.
 Normas para el componente suelo
En caso de derrames accidentales de mezcla asfáltica, concreto, lubricantes,
combustibles, etc. Los residuos deben ser recolectados de inmediato y su disposición
final debe hacerse de acuerdo con estas normas.
En las operaciones de excavación superficiales, el contratista ó ejecutor deberá tomar
medidas de control sobre los desechos de materiales con el fin de no causar
derrumbes o deslizamientos en el área circundante.
Los frentes de obra deberán estar provistos de recipientes apropiados para la
disposición de basuras (con tapa)
Todo desecho ó basura generada por el personal en los frentes de obra deberá ser
depositado en un relleno sanitario.
El contratista ó ejecutor al finalizar la obra, deberá desinstalar las construcciones
temporales, disponer adecuadamente los escombros y los materiales de desecho y
restaurar el paisaje de acuerdo con estas normas.
El contratista ó ejecutor deberá llevar a cabo la demarcación y aislamiento del área de
trabajo y colocar señales para evitar que personal ajeno a las obras, entre en las
zonas de trabajo.
El contratista debe verificar periódicamente del estado de salud de los obreros
empleados.
 Normas para el componente de infraestructura y el patrimonio
Se recomienda que al ejecutar la obra debe tenerse en cuenta la protección de predios
aledaños y de cualquier tipo de infraestructura existente.
Cuando en las excavaciones se encuentren yacimientos arqueológicos, restos fósiles
u otro vestigio de interés histórico o cultural, se debe suspender de inmediato la
actividad e informar a la Municipalidad de San Martin de Porres quien decidirá sobre la
mejor forma de realizar el rescate del yacimiento.
 Normas de relaciones con la comunidad
Ante los propietarios ó comunidad, los trabajadores del contratista ó ejecutor deberán
estar identificados en forma visible y llevar carta de presentación que los legitime para
trabajar.
El contratista ó ejecutor al ingresar a un predio, deberá solicitar autorización a los
propietarios e informar sobre el objeto de trabajo que se realizará.
El contratista ó ejecutor deberá instruir a sus representantes sobre los procedimientos
y formas adecuadas de actuación con los propietarios, no solo una actitud y
disposición favorable de las comunidades y demás grupos sociales hacia el proyecto,
sino a su colaboración.
Cuando haya lugar a indemnizaciones, fuera del área requerida para las obras,
imputables al contratista, éste deberá de inmediato asumir su costo y cancelarlas.
 Normas para el manejo de derechos en campamentos y talleres
En los procesos de instalación, operación y desmantelamiento de campamentos y
almacén de materiales, se genera gran cantidad de residuos tanto líquidos como
sólidos que deben ser manejados convenientemente, de forma que el daño sobre el
medio ambiente sea el menor posible. En este caso no será necesario el uso de
campamentos debido a que la obra se encuentra dentro de un centro poblado.
Ningún desecho generado no podrá ser quemado directamente.
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Es claro que no basta con incluir un conjunto de normas ambientales y
especificaciones para la construcción y un Plan de Manejo Ambiental, ya que estos no
garantizan su cumplimiento por parte del personal a cargo, pues lo posibles
infractores, normalmente no tienen acceso a estos documentos.
Para suplir esta deficiencia, es necesario que el ejecutor de la obra, en coordinación
con la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres, estructure campañas de
divulgación.
El proceso de divulgación estará dirigido al personal profesional y técnico que tengan
participación en el proceso constructivo de la obra, para que ellos, mediante sus
acciones, le hagan extensivo al resto de las personas que trabajan en la obra.
2. Plan de Monitoreo
En el plan de Monitoreo se describen los componentes ambientales que requieren Monitoreo,
especificando los métodos, parámetros y frecuencia que se requieren para lograr un control
adecuado de las medidas dispuestas en el Plan de Manejo Ambiental.
La aplicación del Monitoreo permitirá conocer el grado de conciencia alcanzado por la
población, por ejemplo:
Los criterios a tomar en cuenta en el monitoreo de las medidas a implementar, son los
siguientes:
2.1 Evaluar el Estado en que se encuentran
Estado positivo: Si se encuentran en buen estado.
Estado Medio: Si existe retraso ó en condiciones no favorables.
Estado Negativo: Si no realizaron.
2.2 Evaluar si la medida ha permitido minimizar los impactos
Impacto Alto: La medida tuvo éxito
Impacto Medio: Se requiere reorientar y/o corregir las medidas.
Impacto Nulo: Proponer nuevas medidas
2.3 Evaluar el cambio de Actitud de la Población.
Actitudes Positivas: El programa tuvo éxito
Actitudes Favorables: Se presentan algunas actitudes de cambio positivas.
Actitudes Desfavorables: Sugerir reforzar las medidas y/o cambiar estrategias.

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  • 1. BV 1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA. CÓDIGO UNIFICADO 2540093 INFORME FINAL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 1. ANTECEDENTES Y OBJETIVOS DEL ESTUDIO. La Municipalidad de San Martin de Porres, a través de la Gerencia de Inversiones Públicas, en esta oportunidad ha encargado realizar los estudios definitivos de la creación de las pistas y veredas en las calles internas de la Urb. Villa Salud del Distrito de San Martin de Porres, Región Lima. El Proyecto de inversión pública denominado: “CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA”, el mismo que se encuentra identificado con el Código Unificado 2540093 del Banco de Proyectos del MEF. La disponibilidad de vías locales con infraestructura vial en condiciones de operatividad eficiente con el medio socio ambiental, constituye un eje vertebral de importancia para la consolidación del desarrollo sostenible del Distrito, al permitir la articulación geográfica, social y económica. 1.1 Objetivos del Estudio 1.1.1 Objetivo General Lograr la conservación del medio ambiente natural y social del área donde se desarrollará el proyecto, mediante la identificación de los impactos socio ambientales que existe sobre su entorno físico, biológico, social, económico y cultural, puedan generar las diversas obras de construcción del proyecto, y establecer las medidas socio ambientales que permitan anular, mitigar o compensar los impactos negativos causados sobre dicho entorno. 1.1.2 Objetivos Específicos a. Cumplir con las leyes y normas legales que rigen los Estudios de Impacto b. Diagnosticar la situación actual de los componentes del ambiente físico, biótico y socioeconómico y cultural. c. Identificar los riesgos de daño que afecten a la vía por acción de agentes ambientales. d. Identificar y evaluar los impactos, directos e indirectos, positivos o negativos, producidos por las obras del proyecto sobre su entorno físico, biológico y económico y cultural, durante la etapa de construcción. e. Identificar y evaluar los impactos que sobre el medio social pueden generar las acciones del proyecto, con énfasis en la afectación a las sociedades locales, determinando las necesidades de priorización de las áreas donde se realizarán las obras y las medidas para evitar o mitigar dichos impactos. f. Definir las especificaciones ambientales para la ejecución de las diferentes obras del proyecto. g. Identificación de los Pasivos Ambientales que podrían intensificarse durante las actividades de construcción; y sus correspondientes medidas de mitigación. h. Elaborar un Plan de Manejo Socio Ambiental para la etapa de construcción, el mismo que estará conformado por un conjunto de programas que tiendan a prevenir, mitigar, controlar y compensar los posibles impactos. i. Desarrollar un Programa destinado a establecer la activa Participación Ciudadana en la definición y desarrollo del proyecto a través de Consultas Públicas a nivel de la
  • 2. BV 2 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 población general y específica, con la población directamente afectada por las acciones del proyecto. j. Incluir un Programa de Inversiones, que contenga los costos y presupuesto correspondientes a las medidas de mitigación de los impactos negativos directos e indirectos, así como el análisis de los costos unitarios correspondientes. 1.2 Justificación Teniendo en consideración que el área del proyecto, cuyas características climáticas, ecológicas, geomorfológicas y de uso, le confieren una relativa fragilidad, las actividades a desarrollarse por efecto del proyecto, a menudo suelen ocasionar alteraciones ambientales, las que pueden ser negativas, de tal manera que minimizan sus beneficios como el incremento del ruido producto de la maquinaria pesada y la generación de polvo producto de las demoliciones y excavaciones. Como contraparte, se producirá una mayor comodidad y seguridad para el flujo de vehículos de pasajeros y carga, baja en los precios de los pasajes, facilidad para servicios de luz, agua, desagüé, teléfono, televisión, educación, salud y finalmente, un notable incremento y desarrollo del turismo. Bajo estas condiciones, se justifica la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, que permite la identificación de los impactos que experimentará el entorno, y en base a ello, proponer las medidas correctivas más apropiadas para disminuir los efectos adversos, así cumplir con los objetivos dentro del marco del desarrollo sostenible de la conservación del medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales del área de influencia del proyecto. 2. MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL 2.1 MARCO LEGAL 2.1.1 Constitución Política del Perú, 1993. Resalta entre los derechos esenciales de la persona humana, el de gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida. Los numerales 5 y 17 del artículo 2° consagran el derecho de acceso a la información pública y el derecho a participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Asimismo, en el numeral 22 de este mismo artículo, la Constitución señala que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. El artículo 21º establece que, entre otros, los yacimientos y restos arqueológicos expresamente declarados bienes culturales y provisionalmente los que se presumen como tales son patrimonio cultural de la Nación y están protegidos por el Estado. Señala también (artículos 66º al 69º), que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación, promoviendo el Estado el uso sostenible de éstos. También indica que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas. Protege el derecho de propiedad y así lo garantiza el Estado, pues a nadie se le puede privar de su propiedad (artículo 70º), salvo expropiación exclusivamente en casos de seguridad nacional o necesidad pública declarados por ley. De otro lado, el Estado reconoce el derecho a la identidad étnica y cultural como un derecho fundamental de las personas. Asimismo, señala el reconocimiento del Estado de la pluralidad étnica y cultural, especificando la necesidad de su protección y estableciendo que debe respetarse la identidad cultural de las comunidades campesinas, entendidas éstas como sujetos de derecho de carácter colectivo.
  • 3. BV 3 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 En su artículo 89º, establece que las comunidades campesinas tienen existencia legal y son personas jurídicas autónomas en su organización y en el uso y disposición de sus tierras. El Proyecto de la CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA, se adecua a las normas establecidas en la Constitución Política. A través de la aplicación del Plan de Manejo Socio Ambiental del Proyecto, se garantiza el mantenimiento de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de las personas. Asimismo, permite que las personas ejerzan su derecho a la información y participación ciudadana con la realización de los respectivos Talleres Informativos y la consulta Pública del EISA del Proyecto, de acuerdo a la normativa del sector competente. 2.1.2 Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano. D.S. Nº 0027-2003 VIVIENDA., 06/10/2003, Constituye el marco normativo nacional para los procedimientos de los municipios en el ejercicio de sus competencias en planeamiento y gestión del acondicionamiento territorial y desarrollo urbano para garantizar la ocupación racional y sostenible del territorio, la armonía entre el ejercicio del derecho de propiedad y el interés social, la seguridad y estabilidad jurídica para la inversión inmobiliaria, y entre otros alcances. Define los mecanismos de planificación y zonificación, creando a su vez las denominadas unidades de gestión urbanística., La población que se asentará en el Área de Influencia de la vía, necesitará de un adecuado acondicionamiento territorial y urbano para un desarrollo sostenible y ordenado. 2.1.3 Ley Marco para el crecimiento de la inversión privada. (DL 757), 13/11/199. Establece que el Estado estimula el equilibrio racional entre el desarrollo socioeconómico, la conservación del medio ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales, garantizando la debida seguridad jurídica a los inversionistas mediante el establecimiento de normas claras de protección del medio ambiente. El desarrollo del proyecto vial, traerá consigo un flujo de inversiones privadas tanto de capital nacional como extranjero. 2.1.4 Ley General de la Pequeña y Microempresa (Ley Nº 27268), 27/05/2000. La presente Ley tiene por objeto establecer el marco legal para la promoción y el desarrollo de las Pequeñas y Microempresas (PYMES), normando políticas de alcance general y la creación de instrumentos de promoción, formalización y para la consolidación de los ya existentes, dentro de una economía social de mercado. Como producto de la implementación de la vía, se generarán establecimientos comerciales y de servicios en general por parte de la población que se encuentra en el área de influencia del Proyecto. 2.2 NORMAS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES 2. 2.1 Decreto Legislativo que Aprueba la Creación, Organización y Funciones Del Ministerio Del Ambiente (D. Leg. 1013). Norma de novísima emisión (13 de mayo de 2008), con el D. Leg. Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente, con el ánimo de convertirse en un organismo transversal de todas las entidades e instituciones que de manera dispersa ejercen funciones vinculadas con la materia ambiental. Con el D. Leg. Nº 1039 se modifica el literal i) del artículo 7° el cual contiene las funciones específicas del Ministerio del Ambiente, los artículos 10° y 11° referidos a las funciones del despacho ministerial y del Viceministro de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales, así como la Primera Disposición Complementaria
  • 4. BV 4 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 Transitoria y Primera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1013 Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente El objeto del Ministerio del Ambiente es la conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno, y así asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida. Este Ministerio incorporará en calidad de fusión por absorción tanto al CONAM como a la intendencia de áreas Naturales Protegidas del Ministerio de Agricultura, asimismo adscribirá al SENAMHI y al Instituto Geofísico del Perú. 2.2.2 Ley General del Ambiente (Ley Nº 28611), 15/10/2005. Es la norma ordenadora del marco legal para la gestión ambiental en el Perú. Establece los principios básicos para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como el cumplimiento del deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población y lograr el desarrollo sostenible del país. A través, de la Política Nacional del Ambiente, la Gestión Ambiental y el acceso a la información ambiental y participación ciudadana. En su artículo 99. 1º señala que en el ejercicio de sus funciones, las autoridades públicas adoptan medidas de protección especial para los ecosistemas frágiles, tomando en cuenta sus características y recursos singulares; y su relación con condiciones climáticas especiales y con los desastres naturales. El artículo 99. 2º indica que los ecosistemas frágiles comprenden, entre otros, desiertos, tierras semiáridas, montañas, pantanos, bofedales, bahías, islas pequeñas, humedales, lagunas alto andinas, lomas costeras, bosques de neblina y bosques relicto. El ámbito de acción de la presente Ley comprende el suelo, subsuelo, dominio lacustre, marítimo, hidrológico e hidrogeológico y el espacio aéreo, en la cual se presentan lineamientos que deben ser cumplidos durante la construcción CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA Asimismo, bajo esta norma legal, se establecen los lineamientos y principios de protección al medio ambiente y los ecosistemas frágiles que el Contratista debe respetar. 2.2.3 Aprueban el Convenio sobre la Diversidad Biológica. (Aprobado por Resolución Legislativa N° 26181), 30/04/1993. El presente Convenio Internacional fue adoptado en Río de Janeiro el 05 de Junio de 1992, suscrito por el Perú el 15 de Mayo de 1992 y ratificado por el Congreso de la República el 30 de Abril de 1993. Tiene por objetivo la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación equitativa en los beneficios que se deriven del uso de los recursos genéticos. En el Perú, se ha publicado una Estrategia Nacional de la Diversidad Biológica, en el marco del Convenio., Es el marco general de la Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, y compromete al Estado Peruano a velar por la Conservación de la Diversidad Biológica. En ese sentido, el Corredor Vial contempla los criterios y lineamientos establecidos por este Convenio.
  • 5. BV 5 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 2.3 NORMAS SOBRE LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES Y ESTÁNDARES DE CALIDAD. 2.3.1 Aprueban el Reglamento de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire (D.S Nº 003-2008-MINAM), 21/08/2008. Tomando en consideración las nuevas evidencias halladas por la Organización Mundial de la Salud, resulta necesario aprobar nuevos Estándares de Calidad Ambiental de Aire para el Dióxido Azufre, los mismos que entrarán en vigencia a partir del primero de enero del 2009, así como establecer Estándares Ambientales de Calidad de Aire para Benceno, Hidrocarburos Totales, Material Particulado con diámetro menor a 2,5 micras e Hidrógeno Sulfurado. Aprobar los Estándares de Calidad Ambiental para Aire que se encuentran contenidos en el Anexo I del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Normas complementarias. El Ministerio del Ambiente dictará las normas para la implementación de los Estándares de Calidad Ambiental para Aire y para la correspondiente adecuación de los Límites Máximos Permisibles. Artículo 3.- Vigencia de Estándares de Calidad Ambiental para Aire establecidos para el dióxido de azufre Los Estándares de Calidad Ambiental para Aire establecidos para el Dióxido de Azufre en el Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM mantienen su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008. Conforme a lo establecido en el Anexo I del presente Decreto Supremo, los nuevos Estándares de Calidad Ambiental establecidos para el Dióxido de Azufre entrarán en vigencia a partir del primero de enero del 2009. TABLA 1 ESTANDAR DE CALIDAD AMBIENTAL PARA EL DIÓXIDO DE AZUFRE SO2 Parámetro Periodo Valor Vigencia Formato Método de µg/m3 análisis 1 de Enero de 2009 1 de enero del 2014 Dióxido de azufre 24 horas 80 Media Fluorescencia UV (SO2) aritmética (método 24 horas 20 automático)
  • 6. BV 6 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 TABLA 2 ESTANDAR DE CALIDAD AMBIENTAL PARA, COMPUESTOS ORGÁNICOS VOLÁTILES (COV); HIDROCARBUROS TOTALES (HT); MATERIAL PARTICULADO CON DIÁMETRO MENOR A 2,5 MICRAS (PM2.5) Parámetro Periodo Valor Vigencia Formato Método de análisis Benceno1 Único Compuesto Orgánico Volátil regulado (COV)1 Hidrocarburos Totales (HT) Expresado como Hexano Material Particulado con diámetro menor a 2,5 micras (PM2,5) Hidrógeno Sulfurado (H2S) 4 µg/m3 2 µg/m3 100 mg/m3 50 µg/m3 25 µg/m3 150 µg/m3 1 enero de 2010 1 enero de 2014 1 enero de 2010 1 enero de 2010 1 enero de 2014 1 enero de 2009 Anual 24 horas 24 horas 24 horas 24 horas Media aritmética Cromatografía de gases Ionización de llama de hidrógeno Separación inercial filtración (gravimetría) Separación inercial filtración (gravimetría) Fluorescencia UV (método automático) Media aritmética Media Aritmética Media aritmética Media aritmética 2.3.2 Decreto Supremo Nº 002-2008-MINAM. Aprueban los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua Aprobar los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua, contenidos en el Anexo I del presente Decreto Supremo, con el objetivo de establecer el nivel desconcentración o el grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos presentes en el agua, en su condición de cuerpo receptor y componente básico de los ecosistemas acuáticos, que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni para el ambiente. Los Estándares aprobados son aplicables a los cuerpos de agua del territorio nacional en su estado natural y son obligatorios en el diseño de las
  • 7. BV 7 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 normas legales y las políticas públicas siendo un referente obligatorio en el diseño y aplicación de todos los instrumentos de gestión ambiental. 2.3.3 Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para ruido (D.S. N° 085-2003-PCM), 30/10/2003. Establece los estándares nacionales de calidad ambiental para ruido y los lineamientos generales para no excederlos, con el objetivo de proteger la salud, mejorar la calidad de vida de la población y promover el desarrollo sostenible. El proyecto generará contaminación sonora por el uso de maquinarias pesadas durante la etapa de construcción. 2.3.4 Límites Máximos Permisibles de emisiones contaminantes para vehículos automotores que circulen en la red vial. (D.S. Nº 047-2001-MTC), 31/10/2001. Esta disposición ha establecido en el ámbito nacional, los valores de los Límites Máximos Permisibles (LMPs) de emisiones contaminantes para vehículos automotores nuevos a ser importados o ensamblados en el país, y vehículos automotores usados a ser importados.
  • 8. BV 8 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 La CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA, provocará el aumento del tránsito vehicular y por ende de las emisiones de gases que pueden afectar al ambiente. 2.4 NORMAS SOBRE EL SECTOR SALUD 2.4.1 Ley General de Salud (Ley Nº 26842), 20/07/1997. Señala que toda persona natural o jurídica está impedida de efectuar descargas de desechos o sustancias contaminantes en el agua, el aire o el suelo, sin haber adoptado las precauciones de depuración en la forma que señalan las normas sanitarias y de protección del ambiente. Esta ley establece la responsabilidad del Estado de velar por la salud física y mental de la población, lo cual también involucra el cuidado del medio en el cual se desenvuelve. Por ello, la importancia de establecer medidas para que las actividades que se desarrollen paralelas a la construcción de la vía, no afecten la calidad de vida de los pobladores locales. 2.4.2 Ley General de Residuos Sólidos (Ley Nº 27314). 21/07/2000. Establecen derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, para la protección del ambiente y el bienestar de la persona humana. Durante el desarrollo de las actividades de construcción y operación de la vía, se generarán residuos sólidos, producto de dichas actividades y del incremento comercial. 2.4.3 Aprueban el Reglamento de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos. (D.S. 057-2004-PCM), 24/07/2004. Asegurar que la gestión y el manejo de los residuos sólidos sean apropiados para prevenir riesgos sanitarios, proteger y promover la calidad ambiental, la salud y el bienestar de la persona humana. La ejecución de los trabajos de construcción y operación, generarán residuos sólidos producto de dichas actividades. El PMA del EIA considera el Programa de Manejo de Residuos para prevenir riesgos a la salud de las personas. 2.4.4 Ley que regula el transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos. (Ley Nº 28256), 18/06/2004. Regula las actividades, procesos y operaciones del transporte terrestre de los materiales y residuos peligrosos, con sujeción a los principios de prevención y de protección de las personas, el medio ambiente y la propiedad. 2.5 NORMAS SOBRE GOBIERNOS LOCALES 2.5.1 Ley Orgánica de Municipalidades. (Ley Nº 27972), 27/05/2003. Establece normas sobre la creación, origen, naturaleza, autonomía, organización, finalidad, tipos, competencias, clasificación y régimen económico de las municipalidades; también sobre la relación entre ellas y con las demás organizaciones del estado y las privadas.
  • 9. BV 9 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 En su Art. 73º establece las Materias de Competencia como el de planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, en el nivel provincial. Su Art. 79º define la organización del espacio físico y uso del suelo. En su Art. 80º establece las funciones en saneamiento, salubridad y salud. En su Art. 81º establece las funciones de la municipalidad en materia de tránsito, vialidad y transporte público. Con la operación integral de la carretera, se modificarán situaciones actuales de los centros poblados situados en su Área de Influencia; debiéndose contar con el apoyo de las municipalidades, para efectuar un adecuado reordenamiento urbano. 2.6 NORMAS SOBRE EL SECTOR VIVIENDA 2.6.1 Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente. (Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA) 03/10/2003. Constituye el marco normativo nacional para los procedimientos de los municipios en el ejercicio de sus competencias en planeamiento y gestión del acondicionamiento territorial y desarrollo urbano para garantizar la ocupación racional y sostenible del territorio, la armonía entre el ejercicio del derecho de propiedad y el interés social, la seguridad y estabilidad jurídica para la inversión inmobiliaria. La ejecución del Proyecto Vial, generará el incremento de asentamientos en las márgenes de la vía. 2.7 NORMAS SOBRE PATRIMONIO CULTURAL 2.7.1 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación. (Ley Nº 28296), 21/07/2004. Establece que el Patrimonio Cultural de la Nación está bajo el amparo del Estado y de la comunidad nacional y cuyos miembros están en la obligación de cooperar a su conservación. El patrimonio está constituido por los bienes culturales que son testimonio de creación humana, declarados como tales por su importancia arqueológica, artística, científica o histórica. Los planes de desarrollo urbano y rural relacionadas a obras públicas en general y los de construcciones o restauraciones privadas que se relacionen con un bien cultural inmueble, serán sometidos por la entidad responsable de la obra a la autorización previa del Instituto Nacional de Cultura. Las obras no autorizadas serán suspendidas de inmediato por la autoridad municipal de la circunscripción. En el estudio se consideran acciones de protección al patrimonio histórico-cultural dentro del área de influencia del Proyecto. El Estado reconoce como recurso natural cultural a toda obra de carácter arqueológico o histórico que al estar integrada al medio ambiente permite su aprovechamiento racional y sostenido. Por medio de ésta ley se dispone declarar de interés social y de necesidad pública la identificación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes.
  • 10. BV 10 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 La norma declara que los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición privada o pública, están protegidos por el Estado y sujetos al régimen específico regulado en la presente Ley. 2.8 NORMAS INTERNACIONALES APLICABLES AL PROYECTO 2.8.1 Parte 216 – Procedimientos Ambientales – USAID. Esta norma busca regular las actividades de la AID. (Agencia para el Desarrollo Internacional) en cuanto a sus políticas concernientes, con la finalidad de asegurar que los factores y valores ambientales sean integrados dentro del proceso de toma de decisiones de AID. Estos procedimientos a la vez asignan responsabilidades dentro de la Agencia para evaluar los efectos en el medio ambiente ocasionados por las acciones de AID. Las políticas están diseñadas con el fin de combatir el hambre y la desnutrición, así como para facilitar el desarrollo económico. Existen pueblos y comunidades campesinas asentadas en el Área de Influencia Directa del Proyecto y se encuentran en situación de pobreza a causa de diversos problemas ambientales y sociales. 2.08.2 Política Operativa del Banco Mundial. Op. 4.01 – Evaluación Ambiental. Reemplaza los elementos normativos del Enviromental Analysis and Review of Internanal Finance Corporation Proyects (Washington, D.C.; CFI, 1993). La OP 4.01 reemplaza los elementos normativos de Environmental Analysis and Review of International Finance Corporation Projects (Washington, D.C., CFI, 1993). El Procedimiento de la CFI para los estudios de los efectos ambientales y sociales entró en vigor el 1 de septiembre de 1998. Esta política está orientada a establecer las directrices a seguir en las Evaluaciones Ambientales. En esta se establecen que todos los proyectos propuestos para obtener financiamiento del Banco se deberán someter a una Evaluación Ambiental (EA) con el fin de garantizar su solidez. La evaluación ambiental del Proyecto ayudará a promover la inversión privada en zonas con gran potencial económico. 2.8.3 Política Operativa del Banco Interamericano de Desarrollo OP-703 Medio Ambiente. Los objetivos de esta política son:  Asegurar que en todos los proyectos financiados por el Banco se tenga en cuenta los aspectos ambientales y que se adopten las medidas pertinentes a fin de evitar impacto ambiental adverso prestando la debida atención a los costos y beneficios económicos y sociales.  Cooperar con los países miembros mediante préstamos y operaciones de cooperación técnica para financiar proyectos preparados con miras a mejorar o preservar el medio ambiente.  Dar asistencia a los países miembros para identificar problemas ambientales y formular soluciones, así como también para formular proyectos de mejora del medio ambiente.  Dar asistencia en la formulación, transmisión y utilización de la ciencia y la tecnología en la esfera del ordenamiento del medio ambiente y contribuir al fortalecimiento de las instituciones nacionales de ordenamiento del medio ambiente. Permite establecer criterios a considerar en las diversas etapas que implica la ejecución del corredor vial, de manera tal que no dañe ni altere el medio ambiente local.
  • 11. BV 11 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 2.8.4 Política Operativa del Banco Interamericano de Desarrollo. OP-710 Reasentamiento Involuntario. El objetivo de la política es minimizar alteraciones perjudiciales en el modo de vida de las personas que viven en la zona de influencia del proyecto, evitando o disminuyendo la necesidad de desplazamiento físico, y asegurando que, en caso de ser necesario el desplazamiento, las personas sean tratadas de manera equitativa y, cuando sea factible, participen de los beneficios que ofrecen proyectos que requieren su reasentamiento. A través de la carretera, se considerara el reasentamiento de un número determinado de viviendas ubicadas dentro del derecho de vía. 3. DESCRIPCIÓN Y ANÁLISIS DEL PROYECTO. 3.1 GENERALIDADES La presente estudio, incluye todas las calles internas de la urbanización Villa Salud Del Distrito De San Martin De Porres, donde se le dará un tratamiento urbano con espacios recreativos y de esparcimiento para la población de la zona y alrededores. En el presente capítulo, se presenta la interpretación descriptiva y evaluación de las obras y acciones comprendidas en la construcción del proyecto. Región: Lima Departamento: Lima Provincia: Lima Distritos: San Martin de Porres 3.2 OBJETIVO El objeto del presente estudio es la realización de la Mitigación de Impacto Ambiental necesarios; para la elaboración del Expediente Técnico para la CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA 3.3 INVENTARIO DE CURSOS DE AGUA El proyecto no cuenta con cursos de agua importantes, sin embargo se cuenta con la cuenca del Rio Chillon, las cuales abastecen de agua no potable para la construcción mediante cisternas de 2,000 galones. 3.4 Canteras. Las canteras serán aquellas que cumplan con las características físicas y químicas de los agregados señalados en las especificaciones técnicas. Generalmente se tratan de canteras con potencial de gravas y arenas. La provisión de materiales para la obra se hará de canteras particulares (corresponden a empresas comercializadoras de materiales). En los lugares de canteras particulares, se realizará el chancado, concreto, y asfalto para las obras del proyecto. Como parte de la construcción del proyecto se ha considerado principalmente la compra de materiales a proveedores particulares, con el fin de evitar afectaciones y huella ecológica en relación al proyecto. Las canteras estudiadas han sido las siguientes:
  • 12. BV 12 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 3.05 Depósitos de Materiales Excedentes (DME) Las actividades de construcción de vías producen, una gran cantidad de materiales de demolición y excavación que plantean el problema de su almacenamiento en lugares que reúnan condiciones adecuadas de estabilidad, seguridad e integración en el entorno. Los materiales procedentes de las operaciones de corte o de las labores de demolición se depositan, generalmente, como fragmentos en lugares que constituyen los depósitos de materiales excedentes denominados anteriormente como botaderos. La elección del emplazamiento de un DME se debe basar en criterios técnicos, económicos, ambientales y socioeconómicos, etc. En los criterios específicos más importantes se encuentra la distancia de transporte desde el área de producción de desechos hasta el DME, que afecta al costo total de la operación; la capacidad de almacenamiento necesaria, que viene impuesta por el volumen de materiales a mover; las alteraciones potenciales que pueden producirse sobre el medio natural y las restricciones ecológicas existentes en el área de implementación. El tamaño y forma está determinado por el volumen de material que es preciso mover para la construcción de la carretera.
  • 13. BV 13 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 La elección del área de implantación de un botadero persigue diversos objetivos como son:  Minimizar los costos de transporte y vertido.  Alcanzar la integración y la restauración de la estructura en el entorno.  Minimizar el área afectada.  Evitar la alteración sobre hábitats y especies protegidas. La elección del lugar de la disposición de materiales excedentes, se basó en criterios técnicos, y ambientales. Así el proyecto define el uso de áreas alteradas a fin de minimizar y evitar la ocupación de nuevas áreas o huellas ecológicas del proyecto, es por ello que se considerará el relleno autorizado Modelo Callao; en donde los materiales serán dispuestos y conformados según las especificaciones técnicas de diseño: Los depósitos de materiales excedentes estudiados han sido los siguientes: Información general de los DME: DME Ubicación Área (ha) Volumen Potencial Volumen a Dispones Procedencia (Obras de arte, corte, roca suelta o fija) Coordenadas UTM WGS 84 Región/ Provincia/Distrito Este Norte Relleno Sanitario El Zapallal 275157 8692172 Lima - Lima - Carabayllo 440 Ha 153,467 m3 147,467 m3 Corte de pavimentos y estructuras de asfalto y concreto Relleno Sanitario El Modelo de Callao Callao – Callao - Ventanilla 1570 Ha Corte de pavimentos y estructuras de asfalto y concreto
  • 14. BV 14 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 4. Identificación y Evaluación de Impactos Ambientales 4.1 Introducción Antes de iniciar el presente capítulo, es necesario recordar que dentro del contexto de un Estudio de Impacto Ambiental, existen marcadas diferentes entre un Efecto Ambiental y un Impacto Ambiental. El efecto ambiental es aquel cambio en un componente ambiental – dentro de un periodo y un área definida – resultante de una actividad o intervención específica, comparado con la situación que se hubiera presentado, si no se hubiera ejecutado tal actividad. El efecto ambiental es la diferencia entre la condición ambiental que se establecería con el proyecto y sin el proyecto. En algunos casos estos cambios se pueden predecir y cuantificar (por ejemplo, el cambio previsto en la carga orgánica de un cambio en el valor del paisaje). El impacto ambiental en cambio, es cualquier alteración significativa del componente ambiental. En otras palabras, un efecto ambiental se traduce en impacto ambiental si este es percibido y se manifiesta, logrando afectar sustancialmente el medio ambiente y los seres vivos y no vivos, manifestando éstos dichos cambios. Para el presente proyecto se estima que serán Efectos Ambientales los que ocurran. 4.2 Metodología Se ha utilizado el método CHECK LIST o lista de Verificación, la cual consiste en la elaboración de una Lista detallada de posibles Impactos Potenciales (efectos), agrupándolas por componentes ambientales, elaborada para cada uno de los Proyectores. 4.3 Identificación de los Impactos Ambientales Potenciales Durante el “CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA.", se tendrá en cuenta lo siguiente: a). Calidad del Aire: Se verá ligeramente alterado, debido a la distintas actividades realizadas durante la ejecución de la Obra, entre ellas el transporte de material, colocación de la mezcla asfáltica, preparación de la mezcla de concreto, los cuales generan material particulado o “polvo en el aire”, de corta duración y carácter temporal, así como también por la pintura de efectos similares innocuos. b). Generación de Ruidos: Se genera ruidos por la movilización y funcionamiento de maquinarias pesadas, y del bullicio propio de la ejecución de la misma. Durante la Fase de Funcionamiento y Operación: Los impactos (Efectos) sobre el Medio Ambiente serán positivos, considerando que la ejecución del proyecto permitirá mejorar el acceso, transitabilidad, reducción de caídas o resbalones de las personas de edad avanzada, incremento del valor de las propiedades. 4.4 Evaluación de los Impactos Ambientales Potenciales: Identificados la interacción de cada una de las actividades del proyecto con los componentes ambientales y los impactos probables de ocurrir, sean positivos ó negativos, se procede a su evaluación. La calificación de los Impactos Ambientales considera los siguientes criterios: Tipo : Indica Si: BENEFICIOSO ó POSITIVO (+) ADVERSO ó NEGATIVO (-) Intensidad : Califica la Fuerza de Acción de Impacto sobre el Factor Ambiental. Califica como: ALTA – MEDIDA – BAJA Duración : Indica el Tiempo de Impacto
  • 15. BV 15 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 Califica como: TEMPORAL – MEDIO PLAZO – PERMANENTE Importancia : Indica su Relevancia Geográfica Califica como: LOCAL –ZONAL – REGIONAL – NACIONAL Entre los procedimientos que complementan la Evaluación se ha desarrollado el Método de Causa – Efecto, los cuales son métodos de Identificación y Valoración ajustados a las distintas Etapas de la Ejecución, generando resultado Cualitativos – Cuantitativos así como un análisis de la relaciones de Causa entre una acción dada y su Efecto sobre el medio o Componentes Ambientales. En la identificación y valoración de los impactos ambientales se consignan pesos valores para cada uno de los factores considerados: Ca= Carácter a la magnitud, se le interpone el signo (+) Positivo ó (-) Negativo. Pro= Probabilidad de Ocurrencia, su valor es del 1 al 10. Mg= Magnitud en base a un conjunto de características y cualidades. EXTENSION (E) ESCALA Reducida 0 Medida 1 Amplia 2 INTENSIDAD (ln) ESCALA Baja 0 Moderada 1 Alta 2 DESARROLLO (De) ESCALA Impacto a Largo Plazo 0 Impacto a Mediano Plazo 1 Impacto a Inmediato 2 DURACION (Du) ESCALA Temporal 0 Permanente en el Mediano Plazo 1 Permanente a Largo Plazo 2 REVERSIBILIDAD (Re) ESCALA Recuperable 0 Irrecuperable 1 IMPORTANCIA (lm) 2 La escala se aplicará tomando en cuenta que la importancia del impacto se relaciona con el valor ambiental de cada componente que es el efecto por el proyecto. El impacto (Efecto) Ambiental se determina como el producto de carácter, probabilidad magnitud e importancia. La magnitud como la suma de extensión, intensidad, desarrollo, duración y reversibilidad. Donde: Importancia = E + l + De + Du + Re Impacto Ambiental = Ca x Pro x Mg x lm
  • 16. BV 16 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 El Rango de las calificaciones son:  0 – 21 No Significados  21 – 40 Menor Significancia  41 – 54 Media Significancia  55 – 69 Significativo  70 a más Altamente significativo La utilización de la valoración de los impactos, orienta a efectuar el análisis y una auditoria adecuada. Está demostrado que los EIA son una herramienta importante en la Conservación y Protección del Medio Ambiente. Para el presente caso, la ejecución del Proyecto “CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA” tendrá una incidencia directa sobre los siguientes componentes del Medio Ambiente: Ambiente Físico o Abiótico: Aire : Sobre la calidad Suelo : Pérdida, compactación Paisaje : Modificación del paisaje original, completa lo urbano. Ambiente de Interés Humano: Empleo : Incremento de niveles de empleo Cultura : Mejora en las actitudes y comportamiento Sociedad: Sociales e Institucional, de respuesta inmediata El resultado debe propiciar lo siguiente: La Ecologización Humana: Como resultado de practicar deporte a todo nivel. El ser Humano Con Fin Supremo: respecto a lo socio – económico y Salud Mental. La evaluación para cada una de las etapas del proyecto mediante el uso de las Matrices. Causa – Efecto, ha determinado lo siguiente: Etapa – Causa Efecto Nivel - Durante la Ejecución de los Trabajos NEGATIVO MEDIO - Durante la Operación y Uso POSITIVO ALTO - Durante el Mantenimiento POSITIVO MEDIO - La Pavimentación POSITIVO ALTO 4.5 Descripción de los Principales Impactos Ambientales Los Impactos identificados se describen de manera simplificada y concreta. Los componentes ambientales que pueden ser afectados por la ejecución del proyecto en cada uno de sus etapas, así como los factores causantes son: Ambiente Físico
  • 17. BV 17 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 CALIDAD DEL AIRE Materia particulado, gases y humos Durante la ejecución de los trabajos a realizar, el aire se verá ligeramente alterado, debido a la excavación del suelo, transporte de materiales, eliminación del material excedente, emisión de gases y humos de las maquinarias pesadas, la misma que su magnitud está relacionada con el estado actual y grado de mantenimiento de la maquinaria. El impacto es Temporal de Corta Duración RUIDOS: El desplazamiento y funcionamiento de la maquinaria pesada, generan ruidos molestos, producción de ruidos superiores a los 70 decibeles, causando molestia entre los residentes aledaños al área donde se desarrollará la Obra. El ruido será Temporal SUELOS: Pérdida de suelo, compactación Debido a las excavaciones de producirá perdida de suelo, sumado a la contaminación por drenajes de mezclas de concreto, y la compactación del suelo por las estructuras a anclar. El Impacto será Permanente PAISAJE La calidad del paisaje natural desde antes fue modificado por la invasión de los pobladores, sobre él se construye el Paisaje Urbano, el cual se deteriorará durante la fase constructiva, debiendo revertirse en tal efecto mediante el mantenimiento correspondiente para el muro de contención inspeccionando su estructura a cargo de un ingeniero que periódicamente debe de visitar la zona, así como también mediante el mantenimiento del pavimento flexible y veredas, además de la limpieza permanente del lugar. De ejecutar todo lo indicado, el Impacto (Efecto) será Positivo y Permanente. Ambiente de Interés Humano Nivel Cultural: Modificación del Estilo de Vida: Se producirán cambios positivos en comportamiento de la población usuaria de la Escala y también aquellas visitantes, debido a las facilidades de acceso. Generación de Empleo: Durante la ejecución del Proyecto se genera una demanda de mano de obra calificada y no calificada, alternativa que permitirá mejorar los niveles de ingreso de la población de la zona. Nivel Social: Estructura Población: Dará lugar a una manera adecuada para acceder a las viviendas ubicadas en el área de influencia directa del proyecto. Así como transformarse en una zona segura y fácil para desplazarse. Ocasionar cambios en la estructura demográfica Servicios: Valor de la Tierra: En las viviendas se incrementará su valor por efecto de plusvalía. Estético o Paisaje Urbano Agradable: La estética positiva estará en función al mantenimiento y ornato que se dé a la obra después de su ejecución. Asimismo, a la mejor elección de los colores de pintado y acabado final de la obra. Patrimonio Arqueológico: En el área de influencia directa del proyecto NO existen restos arqueológicos. Durante la Etapa Constructiva se alcanza el mayor impacto negativo, especialmente en los componentes ambientales: AIRE – SUELO.
  • 18. BV 18 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 Responsabilidades La empresa constructora es la responsable de que se cumplan todas las indicaciones contenidas en el presente estudio; asimismo, la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres, será la encargada de supervisar su cumplimiento. Vigilante Ambiental Fundamentalmente trata que se cumpla el Plan de Manejo Ambiental y los compromisos ambientales por los cuales el proyecto fue autorizado. Verificar que las condiciones ambientales se encuentren dentro de los límites permisibles para la vida, durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto. El ejecutor del seguimiento, supervisión, control y vigilancia ambiental es la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres, a través de la oficina correspondiente. Permitirá garantizar el cumplimiento de las indicaciones y medidas, preventivas y correctivas, contenidas en el estudio de impacto ambiental, a fin de lograr conservación y uso sostenible de los recursos naturales y el ambiente durante la construcción y funcionamiento de la Obra. Para ello deberá cumplir los siguientes objetivos: a) Durante la Etapa de Construcción - Señalar los impactos (Efectos) detectados en la EIA y comprobar que las medidas preventivas y correctivas propuestas aplicados son eficaces. - Identificar los impactos no previstos en el EIA, proponer las medidas correctivas adecuadas y supervisar su ejecución y eficacia. - Proporcionar información útil, a fin de ilustrar sobre las consecuencias ambientales de proyectos de construcción de pavimentación y construcción de veredas en zonas con características similares. Operaciones de vigilancia ambiental Para el cumplimiento de los objetivos del Programa de Vigilancia Ambiental será necesario realizar un control de aquellas operaciones que, según el EIA, podrían ocasionar mayores repercusiones ambientales. En tal sentido, las acciones que requerirán un control muy preciso son las siguientes: - Las instalaciones de campamento y patio de máquinas. Estos emplazamientos suelen convertirse en focos constantes de vertido de material toxico ó nocivo. - El movimiento de tierras, por la generación continua de polvo que afecte al personal de obra y población cercana. - El vertido incontrolado, en muchos casos, de materiales diversos sobrantes. Estos deberán depositarse en los lugares previamente seleccionados para ello. - Coordinación con la Dirección de Obra, lo que constituye uno de los aspectos más importantes de todo el proceso, ya que una buena colaboración entre la Dirección de Obra y la Vigilancia Ambiental garantizara la correcta ejecución de toda la obra. Los ruidos molestos producidos en la vía pública no deben exceder los siguientes niveles:
  • 19. BV 19 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 b) Durante la Etapa de operación Durante la operación de la Obra terminada, la vigilancia estará orientada a evaluar la vida útil de la obra. Se debe realizar visitas por lo menos dos veces al año a fin de inspeccionar las estructuras y determinar si éstos están siendo objeto de procesos erosivos que pudieran poner en riesgo la estabilidad del mismo. El resultado del presente Estudio de Impacto Ambiental Simplificado determina que no existe la necesidad de implementar medidas de mitigación, ni de control, compensación, sobre del Medio Ambiente, debido a que los impactos (Efectos) negativos son puntuales, de corta duración, de poca magnitud. Respecto a los impactos (Efectos) positivos, éstas deben ser reforzadas mediante la participación planificada, estratégica y organizada de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres cuya herramienta deberá ser el Planeamiento Estratégico y la Participación Ciudadana. CONCLUSIONES  De acuerdo con los objetivos del presente estudio, las etapas de construcción y mantenimiento incidirán sobre la Calidad del Medio Ambiente.  Los medios Físicos y de Interés Humano, acusarán los impactos positivos y negativos  De la evaluación ambiental se concluye que:  Valoración de los Impactos o La Etapa de construcción Obra: produce un valor (-) NEGATIVO MEDIO o La Etapa de Operación y uso: produce un valor (+) POSITIVO ALTO o La Etapa de Mantenimiento: Produce un valor (+) POSITIVO MEDIO  Impacto total del proyecto: o Las Etapas de Mantenimiento, Operación y Uso, originan un resultado superior a la Etapa de Ejecución de Obra, por lo que el impacto total del proyecto es: POSITIVO ALTO  Del resultado final se aprecia que el Proyecto “CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA". Ambientalmente es: POSITIVO ALTO.
  • 20. BV 20 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 Conclusión final El resultado del presente Estudio de Impacto Ambiental determina lo siguiente: 01. Debido a que los impactos negativos son puntuales, de corta duración, de poca magnitud, solo se requerirá realizar la Mitigación de los mismos mediante el riego constante de las zonas de trabajo, durante la ejecución de la obra. Se calcula en 03 Camiones Cisterna semanal de 2,000 Gl. cada uno, que se usaran, durante la ejecución de la obra, hasta su limpieza final. Lo que nos da lo siguiente: Plazo de la Obra 04 meses = 16 semanas 03 Camión Cisterna de 2,000 GL por semana Total de viajes de Camión Cisterna para la Obra = 3 CAMIONES x 16 SEMANAS = 48 HORAS Camionadas de agua de 2,000 Gl por mes. De insumo Agua será un Total de 2000 Gl = 15.14 M3 x 3 Cisternadas = 45.42 M3 en total POR MES. ANEXOS 1. Consideraciones Ambientales 1.1 Normas Ambientales Es responsabilidad del contratista y/o ejecutor, conocer la política y normales ambientales del código del medio ambiente y Recursos Naturales y demás disposiciones gubernamentales ambientales. El cumplimiento de las normas ambientales en la zona es responsabilidad de todos, siendo el Ing. Residente el que las difunda en primera instancia. Responsabilidad Toda contravención o acción de personas que residan o trabajen en la obra y que origine daño ambiental, deberá ser de conocimiento del Ing. Residente, del contratista. El contratista y ejecutor será responsable de efectuar, a su costo, la acción correctiva requerida para corregir las contravenciones a las presentes normas. El contratista se responsabiliza ante las entidades gubernamentales, por violación de las leyes y disposiciones ambientales, durante el periodo de construcción. Los daños a terceros causados por incumplimiento de estas normas son responsabilidad del contratista o ejecutor, quien deberá remediarlos a su costo. Normas Generales Ejecutor debe mantener en buen estado de funcionamiento todo su equipo a fin de evitar escapes de lubricantes o combustibles que puedan afectar los suelos, cursos de Agua y Aire. El contratista debe establecer controles que permiten la verificación del buen estado de funcionamiento de su equipo por parte de la supervisión ambiental. Con el objeto de evitar accidentes, el contratista debe eliminar el acceso de vehículos y peatones a los frentes de obra, particularmente a sitios de excavación, y sujetarse a la reglamentación sobre Seguridad e Higiene Industrial.  Normas para el componente aire Está prohibida la quema de todo tipo de materiales, residuos de construcción, material vegetal, etc. Las zarandas y mezcladoras de materiales de construcción deberán estar previstas de filtros de polvo o algún sistema que permita evitar su formación.  Normas para el componente agua
  • 21. BV 21 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 El aprovisionamiento de agua para realizar las mezclas de concreto, deberá realizarse de tal forma que los desechos de estas actividades no contaminen los suelos o las aguas.  Normas para el componente suelo En caso de derrames accidentales de mezcla asfáltica, concreto, lubricantes, combustibles, etc. Los residuos deben ser recolectados de inmediato y su disposición final debe hacerse de acuerdo con estas normas. En las operaciones de excavación superficiales, el contratista ó ejecutor deberá tomar medidas de control sobre los desechos de materiales con el fin de no causar derrumbes o deslizamientos en el área circundante. Los frentes de obra deberán estar provistos de recipientes apropiados para la disposición de basuras (con tapa) Todo desecho ó basura generada por el personal en los frentes de obra deberá ser depositado en un relleno sanitario. El contratista ó ejecutor al finalizar la obra, deberá desinstalar las construcciones temporales, disponer adecuadamente los escombros y los materiales de desecho y restaurar el paisaje de acuerdo con estas normas. El contratista ó ejecutor deberá llevar a cabo la demarcación y aislamiento del área de trabajo y colocar señales para evitar que personal ajeno a las obras, entre en las zonas de trabajo. El contratista debe verificar periódicamente del estado de salud de los obreros empleados.  Normas para el componente de infraestructura y el patrimonio Se recomienda que al ejecutar la obra debe tenerse en cuenta la protección de predios aledaños y de cualquier tipo de infraestructura existente. Cuando en las excavaciones se encuentren yacimientos arqueológicos, restos fósiles u otro vestigio de interés histórico o cultural, se debe suspender de inmediato la actividad e informar a la Municipalidad de San Martin de Porres quien decidirá sobre la mejor forma de realizar el rescate del yacimiento.  Normas de relaciones con la comunidad Ante los propietarios ó comunidad, los trabajadores del contratista ó ejecutor deberán estar identificados en forma visible y llevar carta de presentación que los legitime para trabajar. El contratista ó ejecutor al ingresar a un predio, deberá solicitar autorización a los propietarios e informar sobre el objeto de trabajo que se realizará. El contratista ó ejecutor deberá instruir a sus representantes sobre los procedimientos y formas adecuadas de actuación con los propietarios, no solo una actitud y disposición favorable de las comunidades y demás grupos sociales hacia el proyecto, sino a su colaboración. Cuando haya lugar a indemnizaciones, fuera del área requerida para las obras, imputables al contratista, éste deberá de inmediato asumir su costo y cancelarlas.  Normas para el manejo de derechos en campamentos y talleres En los procesos de instalación, operación y desmantelamiento de campamentos y almacén de materiales, se genera gran cantidad de residuos tanto líquidos como sólidos que deben ser manejados convenientemente, de forma que el daño sobre el medio ambiente sea el menor posible. En este caso no será necesario el uso de campamentos debido a que la obra se encuentra dentro de un centro poblado. Ningún desecho generado no podrá ser quemado directamente.
  • 22. BV 22 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS EST. IMPACTO AMBIENTAL ““CREACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES Y PASAJES INTERNOS DE LA URBANIZACION VILLA SALUD DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA", Código Único de Inversiones Nº 2540093 Es claro que no basta con incluir un conjunto de normas ambientales y especificaciones para la construcción y un Plan de Manejo Ambiental, ya que estos no garantizan su cumplimiento por parte del personal a cargo, pues lo posibles infractores, normalmente no tienen acceso a estos documentos. Para suplir esta deficiencia, es necesario que el ejecutor de la obra, en coordinación con la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres, estructure campañas de divulgación. El proceso de divulgación estará dirigido al personal profesional y técnico que tengan participación en el proceso constructivo de la obra, para que ellos, mediante sus acciones, le hagan extensivo al resto de las personas que trabajan en la obra. 2. Plan de Monitoreo En el plan de Monitoreo se describen los componentes ambientales que requieren Monitoreo, especificando los métodos, parámetros y frecuencia que se requieren para lograr un control adecuado de las medidas dispuestas en el Plan de Manejo Ambiental. La aplicación del Monitoreo permitirá conocer el grado de conciencia alcanzado por la población, por ejemplo: Los criterios a tomar en cuenta en el monitoreo de las medidas a implementar, son los siguientes: 2.1 Evaluar el Estado en que se encuentran Estado positivo: Si se encuentran en buen estado. Estado Medio: Si existe retraso ó en condiciones no favorables. Estado Negativo: Si no realizaron. 2.2 Evaluar si la medida ha permitido minimizar los impactos Impacto Alto: La medida tuvo éxito Impacto Medio: Se requiere reorientar y/o corregir las medidas. Impacto Nulo: Proponer nuevas medidas 2.3 Evaluar el cambio de Actitud de la Población. Actitudes Positivas: El programa tuvo éxito Actitudes Favorables: Se presentan algunas actitudes de cambio positivas. Actitudes Desfavorables: Sugerir reforzar las medidas y/o cambiar estrategias.