El documento aborda la prórroga de contratos de trabajo a término fijo, indicando que deben notificarse por escrito con 30 días de antelación para no renovarse. Se menciona que los contratos a término fijo son renovables indefinidamente, pero su condición de 'término fijo' no se altera a pesar de las prórrogas. Además, se aclara que solo un acuerdo entre el empleador y el trabajador puede convertir un contrato de término fijo en indefinido.