4. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
1. En el siglo 20 el mundo incrementó el consumo de energía
en 12 veces y extrajo 34 veces más recursos.
2. La demanda en alimentos y abrigo se incrementará en 70%
en el 2050.
3. La demanda de agua se incrementará en un 50% al 2030.
4. 60% de los mayores ecosistemas del planeta han sido
degradados o se usan de manera no sostenible.
5. Al 2050 necesitaremos multiplicar de 4 a 10 veces la
eficiencia del uso de los recursos.
Fuente: http://ec.europa.eu/environment/resource_efficiency/about/roadmap/index_en.htm
Necesidad de innovar en la gestión de recursos
El actual consumo lineal, genera
incremento de residuos sólidos en el
tiempo.
6. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Destino de los
residuos
45.5
%
53.5
%
1%
21,320
Disposición en
rellenos sanitarios
Valorización
Disposición
Inadecuada
Fuente: Programa de Incentivos 2019. SIGERSOL-MINAM, 2020
7. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Transición hacia una economía circular
Generador
Consumidor
Generador
Consumid
or
Recicladores /
EORS
Fuente de
generación
Planta de
valorización
Comercializaci
ón
Inicio
Fin
Valorización de
residuos sólidos
Disposición final de
residuos sólidos
9. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos aprobada a través del
Decreto Legislativo N° 1278 y sus modificaciones.
Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 014-
2017-MINAM.
Normativa e institucionalidad
Fortalecimiento del MINAM en materia de residuos solidos -
Creación de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos
(Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM).).
Normas sectoriales.
10. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Prevención o
minimización
01
Valorización o
recuperación
02
Disposición final
03
Finalidad y principios
Finalidad
Protección del
ambiente y salud
pública
Economía
circular
Valorización de
residuos
Principios de
gestión
Responsabilidad
compartida
Responsabilidad
extendida del
productor
11. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
MINAM
Autoridades Sectoriales
Gobiernos Regionales
Gobiernos Locales
Regulan la gestión y el manejo de los residuos de origen:
minero, energético, industrial, agropecuario, agroindustrial,
de actividades de la construcción, de servicios de
saneamiento, hospitalarios y otros.
Municipalidades provinciales y distritales
Son responsables por la gestión de los residuos sólidos
de origen domiciliario, especiales y similares, en el
ámbito de su jurisdicción
Competencias para normar y regular
Ente rector de la gestión integral de residuos sólidos a
nivel nacional.
Promueven la adecuada gestión y manejo de los
residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción
15. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
RESIDUOS MUNICIPALES: domiciliarios y no domiciliarios
RESIDUOS MUNICIPALES ESPECIALES: Son aquellos que se generan en áreas
urbanas, por sus características y volumen requieren un manejo particular como:
✔Residuos de laboratorios de ensayo ambientales y similares
✔Lubricentros
✔Centros veterinarios
✔Centros comerciales
✔Eventos masivos
✔Residuos de demolición o remodelación de edificaciones de obras menores
Las municipalidades deberán establecer una TASA ESPECIAL PARA EL MANEJO de
estos residuos.
Residuos de ámbito municipal
16. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Cobros diferenciados por prestaciones municipales
las municipalidades deben de garantizar la prestación
del servicio de limpieza publica según la generación
de residuos:
CANTIDAD COBRO
Hasta 150 litros diarios Estandarizado
De 150 litros a 500 litros
diarios
Tasa especial
De 500 litros a mas
diarios
Empresa Operadora de
Residuos Sólidos
17. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Las municipalidades distritales y las provinciales en lo
que concierne a los distritos del cercado, son
responsables por:
Implementar obligatoriamente programas de
segregación en la fuente y la recolección selectiva de los
residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción,
facilitando la valorización de los residuos y asegurando
una disposición final técnicamente adecuada *
(*) Artículo 24 de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, modificado con el Decreto Legislativo N° 1501
(**) Articulo 28 del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado con Decreto Supremo N°014-2017
Responsabilidad de las Municipalidades
La recolección selectiva de residuos sólidos municipales
podrá ser realizada por las municipalidades, EO-RS y
organizaciones de recicladores formalizados **
19. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Son aquellos de carácter peligroso y no peligroso que se
generan en el desarrollo de actividades extractivas,
productivas y de servicios.
Comprenden los generados en las instalaciones principales y
auxiliares de la operación.
Residuos del ámbito de gestión no municipal
Fuente: Decreto Legislativo N° 1278, 2016, Anexo/Definiciones
Persona natural o jurídica que en razón de sus actividades
genera residuos, sea como fabricante, importador, distribuidor,
comerciante o usuario.
¿QUIENES SON LOS GENERADORES NO MUNICIPALES?
20. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Procesos del manejo de residuos sólidos
Segregación
Almacenamiento
Recolección
selectiva
Transporte
Tratamiento
Valorización/
Disposición final
✔EO-RS (externa)
/generador (interna)
✔Código de colores para el
almacenamiento (NTP 900.058. 2019)
✔Carácter
obligatorio
✔EO-RS/generador
✔EO-RS/generador
✔EO-RS
21. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Obligaciones de generadores no municipales
Conducir un registro interno de generación y
manejo de residuos
Establecer e implementar estrategias y
acciones para la valorización de residuos
Contratar los servicios de EO-RS para el
manejo de residuos sólidos fuera de sus
instalaciones, áreas de concesión o lote del
titular del proyecto
Segregar los residuos sólidos diferenciado
peligrosos, de no peligrosos, residuos valorizables,
así como los incompatibles entre sí.
Brindar las facilidades necesarias a las
autoridades para el adecuado
cumplimiento de sus funciones.
Adoptar medidas para la restauración y/o
rehabilitación y/o reparación y/o compensación
ambiental por el inadecuado manejo de sus
residuos.
22. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Si cuentan con IGA, adicionalmente:
Presentar la Declaración Anual sobre
Minimización y Gestión de Residuos Solidos No
Municipales a través del SIGERSOL NM
SIGERSOL NO
MUNICIPAL
Presentar el manifiesto de manejo de residuos
peligrosos a través del SIGERSOL NM
Incluir el Plan de Minimización y Manejo de
Residuos Solidos dentro del IGA
En zonas en los que no exista infraestructura
autorizada, los generadores deben implementar
alternativas de gestión para la valorización y
disposición final.
Contar con áreas, instalaciones y contenedores
apropiados para el acopio y almacenamiento
adecuado.
Obligaciones de generadores no municipales
23. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Plan de minimización y gestión de
residuos sólidos
(proyectos o actividades que
cuentan con IGA)
Instrumentos para la gestión de residuos sólidos y uso
eficiente de materiales
Declaración anual sobre
minimización y gestión de
residuos sólidos (vinculado al IGA o
según lo determine el sector)
Acuerdos de Producción Limpia
OBLIGATORIO VOLUNTARIO
Son instrumentos voluntarios de promoción que
tienen como objetivo introducir en las actividades
productivas un conjunto de acciones para lograr la
prevención o minimización de la generación de los
residuos sólidos y la valorización de aquellos ya
generados.
24. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Todo subproducto, merma u otro de similar
naturaleza, que constituya un insumo directamente
aprovechable para la misma actividad u otras.
Puede ser recolectado y transferido bajo cualquier
modalidad, desde su lugar de generación hasta el
lugar de su aprovechamiento
No requiere contratar a una Empresa Operadora
de Residuos Sólidos.
Puede ser entregado gratuitamente, intercambiado
o comercializado.
Definición de material de descarte
Subproductos
Industriales (escorias)
Chatarra de actividades
económicas
Empresas
siderúrgicas
Materiales de
construcción
26. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
La segregación de residuos de
gestión municipal es obligatoria
y en la fuente de generación
Las áreas de acondicionamiento para facilitar la valorización de
los residuos, mediante el desarrollo de actividades: segregación,
almacenamiento, entre otros. En áreas habilitadas para tales fines,
no requiriéndose infraestructuras especificas
Implementación obligatoria los
programas de segregación en la
fuente y de recolección selectiva
Decreto Legislativo N° 1501
Se ha incorporado y precisado el alcance de
las competencias en el ámbito de gestión
municipal que tiene a cargo el OEFA, las
municipalidades provinciales y distritales
29. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
RÉGIMEN ESPECIAL DE GESTIÓN Y MANEJO
DE LOS RESIDUOS DE APARATOS
ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS
DECRETO SUPREMO N° 009-2019-MINAM
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS
25 de marzo de 2021
32. PERÚ LIMPIO
Régimen especial de
gestión de residuos de
bienes priorizados
Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos (LGIRS)
Decreto Legislativo N° 1278 (Diciembre 2016)
Reglamento de la LGIRS
Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM (Diciembre 2017)
Economía
Circular
REP
Protección del
ambiente y la
salud pública
Responsabilidad
compartida
Valorización de
residuos
Principios
Volumen de generación
Peligrosidad
Posibilidad de valorización
Alternativas de tecnología
disponibles para su valorización
Identificación del origen y cadena de
valor
Criterios
Régimen especial de gestión de residuos de bienes
priorizados
33. PERÚ LIMPIO
Régimen especial de gestión y manejo de residuos de
aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE)
Decreto Supremo
N° 001-2012-
MINAM
Resolución
Ministerial N°
200-2015-
MINAM
Decreto
Supremo N° 009-
2019-MINAM
35. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Categorías de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE)
Aparatos médicos
y equipos de
laboratorio clínico
Paneles
fotovoltaicos
Categorías con
metas obligatorias
Nuevos AEE
Las demás
categorías tienen
metas voluntarias.
Nota: los productores de las 11 categorías presentan el Plan de Manejo de RAEE
Anexo II
1 2 3 4 5
6 7 8 9 9
10 9
11
36. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Actores Institucionales
• Evaluar los Planes de
Manejo de RAEE (Única
autoridad competente para
la aprobación del Plan).
• Administrar el Registro
Autoritativo de las
Empresas Operadoras de
RAEE
Otorgar la Certificación
Ambiental para las
infraestructuras de
valorización de RAEE de
los operadores.
• Supervisar y fiscalizar el
manejo adecuado de los
RAEE (Productores de AEE y
Operadores de RAEE).
En sesenta (60) días hábiles para aprobar el
Cuadro de tipificación de infracciones y escala
de sanciones (04/02/2020)
Nota: El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en tanto no se efectúe la transferencia de funciones del Sector de Comunicaciones del
MTC al OEFA, la supervisión y fiscalización ambiental estará a cargo de dicho ministerio.
Artículos 5, 6 y 7
37. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Municipalidades
Promover
• Promover los principios de responsabilidad extendida
del productor en el ciclo de vida de los AEE, fomentando
y facilitando la implementación de los Planes de
Manejo de RAEE en el marco de sistemas individuales o
colectivos de manejo de estos
Implementar
• Implementar acciones de fomento de recolección
selectiva y segregación en la fuente de RAEE,
conjuntamente con los sistemas de manejo.
Promover
• Promover, a nivel domiciliario, programas de
segregación en la fuente de RAEE para su manejo
diferenciado por medio del operador que lo recolecte
por encargo de los sistemas de manejo de RAEE.
Coadyuvar
• Coadyuvar a la implementación de espacios para la
instalación de puntos de acopio de RAEE, en
coordinación con los sistemas de manejo de RAEE.
Artículo 8
38. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Generador de RAEE
Segregar los RAEE
de los residuos sólidos
municipales
Entregar los RAEE
a los sistemas de
manejo
Incluir la gestión y manejo de
los RAEE, en el Plan de
Minimización y Manejo de
Residuos Sólidos No
Municipales de los
generadores que cuenten con
IGA
En el sector público,
realizar los trámites para
la baja administrativa de
los RAEE, antes de su
entrega a los sistemas de
manejo
Nota: Una vez entregados los RAEE a los sistemas de manejo o a un operador RAEE, el generador queda exento de responsabilidad por los
daños que ocasione el inadecuado manejo de RAEE, salvo se demuestre que su negligencia o dolo, contribuyó a la generación del daño
Es toda persona natural, entidad privada o entidad pública, que en razón de sus actividades domésticas, industriales,
comerciales, de servicios, administrativas o profesionales, utiliza los AEE y generan residuos a partir de ellos
39. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Productor de AEE
Productor Obligaciones
Diseñar, implementar y administrar sistemas de
manejo de RAEE, de forma individual o colectiva que
garanticen la adecuada gestión y manejo de dichos
residuos
Es toda persona natural o entidad privada que
realiza actividades vinculadas a los AEE con fines
comerciales, sea como fabricante, ensamblador o
importador, y que pone el AEE por primera vez en el
mercado
El productor tiene responsabilidad extendida sobre
el AEE durante todo su ciclo de vida, incluyendo la
fase de post consumo
Presentar un Plan de Manejo de Residuos de
Aparatos Eléctricos y Electrónicos (Plan de Manejo de
RAEE) al MINAM, según corresponda.
Reportar la declaración anual del productor.
40. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Sistemas de Manejo de RAEE
Sistema
Individual
• Un productor establece su propio Sistema de Manejo de RAEE.
• El financiamiento es de exclusiva responsabilidad.
Sistema
colectivo
• Están conformados por productores que se agrupan o se
incorporan a una persona jurídica.
• Tienen a una empresa representante del sistema, la cual es
responsable de las gestiones ante las autoridades; así como,
de formular, presentar e implementar el Plan de Manejo de
RAEE.
• Comparten el financiamiento para la implementación del
plan.
41. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
Distribuidor y Comercializador de AEE
Distribuidor
y
comercializador
•Es toda persona natural o jurídica distinta del productor que, con
fines comerciales, realiza la distribución mayorista o minorista de
AEE o los vende a otra persona natural o jurídica, con
independencia de la técnica de venta utilizada.
•Coordina con los sistemas de manejo la instalación de manera
gratuita de puntos de acopio de RAEE, los mismos que entrega a
estos.
•Difunde y sensibiliza a sus clientes sobre el adecuado manejo de
los RAEE.
Los distribuidores, comercializadores, son aliados estratégicos vinculados a través de acuerdos o contratos a los sistemas de manejo, operadores y municipalidades .
42. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
El operador únicamente recibe
RAEE por parte de un sistema de
manejo de RAEE.
Los operadores de RAEE
también pueden realizar
la recolección selectiva y
transporte de los RAEE
siempre que cuenten con
las autorizaciones
correspondientes
Debe estar inscrita en el
Registro Autoritativo de
Empresas Operadoras de
Residuos Sólidos
administrado por el
MINAM, y está
debidamente autorizada
para realizar la operación
de valorización de RAEE
Es toda persona jurídica titular de
una planta de valorización de RAEE.
donde se realizan operaciones
como el
desmantelamiento/desensamblaje
de este tipo de residuos
1 2
3 4
Operadores de RAEE
43. PERÚ LIMPIO
PERÚ
NATURAL
De las categorías 5 y 8 de AEE
Disposiciones complementarias
Procedimiento de baja de
los RAEE del sector público
Se está trabajando la propuesta
de disposiciones para el manejo
de la categoría 5 “Aparatos de
alumbrado” y 8 “Aparatos
Médicos y Equipos de
Laboratorio Clínico”.
El MEF publicó la Directiva N°
001-2020-EF/54.01 sobre
Procedimientos para la gestión
de bienes muebles estatales
calificados como RAEE
PUBLICACIÓN
DE
De las de infracciones y
sanciones
El OEFA aprobará el Cuadro de
tipificación de infracciones y
sanciones
56. PERÚ LIMPIO
Para consultas sobre el Régimen Especial de RAEE
atencion-ciudadania@minam.gob.pe
Enlace portal web
https://www.gob.pe/i/1503643