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                                                  La Constitución de 1925

Este texto constitucional establece el presidencialismo como régimen de gobierno. Rige buena parte del siglo XX,
otorgándole el Estado un papel fundamental en el desarrollo político, económico, social y cultural del país.
En 1925, reasumiendo la Presidencia de la República Arturo Alessandri Palma, decide convocar a una asamblea de
hombres de todos los partidos políticos (de conservadores a comunistas), representantes de las organizaciones sociales
y del ejército, con el objeto de preparar un proyecto constitucional que reemplazara a la Constitución de 1833.
Se trataba de cambiar el sistema parlamentario por el presidencial, con el fin de que el Presidente pudiese designar
libremente a sus ministros y que éstos no pudieran ser derribados por mayorías ocasionales en el Parlamento. En
definitiva, se deseaba que el Presidente de la República fuera efectivamente el Poder Ejecutivo y que el Congreso
Nacional se concentrara en su labor legislativa. El nuevo texto constitucional fue redactado por José Maza Fernández y
aprobado en un plebiscito en julio de 1925.
La Constitución de 1925 crea un Ejecutivo fuerte, con amplias atribuciones administrativas, sin desmedro de las
libertades públicas y de las garantías individuales. El Presidente es Jefe de Gobierno y de Estado. Nombra y remueve
discrecionalmente a los ministros de Estado, ejerciendo importantes funciones colegisladoras y nombrando a los jueces
de los Tribunales ordinarios de Justicia a proposiciones en ternas o quinas de las Cortes de Apelaciones o Corte Suprema
de Justicia según sea el caso. El Presidente duraría en su cargo seis años, siendo elegido por sufragio universal directo. Se
crea la incompatibilidad entre los cargos de parlamentario con la de Ministro de Estado.
El Poder Legislativo lo conforma un Congreso bicameral compuesto por el Senado y la Cámara de Diputados. Los
diputados, que ejercen además de la función de fiscalización de los actos de gobierno y de la administración, pueden
acusar constitucionalmente ante el Senado al Presidente de la República, los ministros de Estado, generales y
almirantes, intendentes y gobernadores, entre otros funcionarios por los delitos que la Constitución establece. La forma
del Estado era unitaria y establecía una cierta posibilidad de descentralización provincial. La Constitución consagra un
Estado Social de Derecho, el que fue perfeccionándose durante su evolución entre 1925 y 1973. Se estableció la
protección al trabajo, a la industria y a las obras de previsión social, especialmente en lo que se refiere a la habitación
sana y a las condiciones económicas de la vida, en forma de proporcionar a cada habitante un mínimo de bienestar,
adecuado a la satisfacción de sus necesidades personales y a las de su familia.
Estableció la separación de la Iglesia del Estado y garantizó la más amplia libertad de conciencia y de cultos. Suprimió el
Consejo de Estado y la Comisión Conservadora que consagraba la Constitución del 33 por carecer de justificación. Creó
el Tribunal Calificador de Elecciones, reemplazando al sistema de la Constitución anterior, en que las propias cámaras
calificaban las elecciones de sus miembros.
La Constitución de 1925 terminó con las leyes periódicas como fuente de presión política del Congreso hacia el
Presidente de la República, disponiendo que si el Poder Legislativo no aprobaba las leyes de presupuesto presentadas
por el Ejecutivo en un plazo fijado por la Constitución, regiría automáticamente el proyecto presidencial. A su vez, el
texto de 1925 estableció un sistema de control de constitucionalidad de las leyes con efecto para el caso particular que
conocía. Este se concretaba a través del recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, el cual la jurisprudencia lo
limitó a la inconstitucionalidad de fondo.
Esta es una de las razones que lleva a establecer en 1970 un Tribunal Constitucional encargado de realizar un control
preventivo de constitucionalidad de los proyectos de ley, es decir, un control que se realiza antes de que la ley sea
promulgada, con efecto derogatorio de la norma considerada inconstitucional.
Fuente: http://www.bcn.cl/ecivica/histcons




                                                             Página 1 de 3
Primer Gobierno de Arturo Alessandri (1920-1925)
Su primer periodo gubernativo comenzó el 23 de diciembre de 1920.
En su programa como candidato ofrecía una serie de reformas, esencialmente de carácter social y de progreso para los
asalariados. Para ello proponía, entre otras medidas, la dictación de un Código del Trabajo, reformar la Constitución de
1833 para fortalecer al Ejecutivo, implantar el Impuesto a la Renta, crear el Banco Central, realizar la conversión metálica
y otras.
No obstante, como ocurrió en otros gobiernos anteriores, y posteriores, las mejores intenciones de Alessandri se
toparon con las trabas puestas por los parlamentarios, quienes dominaban la política de ese tiempo. Asimismo, en el
Senado encontró la oposición de la Unión Nacional, que siempre estuvo en mayoría.
A raíz de la fuerza del régimen parlamentario, debió cambiar su equipo de gobierno diecisiete veces.
Durante este primer periodo de Alessandri, hubo graves conflictos políticos, algunos de extrema violencia, además, se
acrecentaron la crisis económica y la cesantía. En general, el descontento era masivo.
El Gobierno se caracterizó por la fuerte violencia con que reprimió las demandas de los sectores insatisfechos. Un
ejemplo de esto se dio en febrero de 1921, en San Gregorio, donde obreros de las salitreras fueron reprimidos por el
Ejército, muriendo miembros de éste y un centenar de obreros.
En las elecciones parlamentarias de 1924, y a pesar de la intervención del gobierno, no pudo evitar que la Unión
Nacional mantuviera su mayoría en el Senado.
Los más graves disturbios se produjeron a partir del 3 de septiembre de ese año, cuando el Congreso aprobó una ley que
otorgaba dieta a los parlamentarios, quedando pospuestos los proyectos de legislación social.
Sumado a otras presiones, el 5 de septiembre de 1924 se produjo un golpe militar, que llevó al Presidente a viajar al
extranjero y a los militares a hacerse cargo del poder de la Junta el 11 de septiembre.
El 23 de enero de 1925 se formó una Junta de Gobierno. Esta llamó a Alessandri a que volviera y asumiera la Presidencia,
nuevamente. Arturo Alessandri regresó en marzo de ese año y tuvo un magnífico recibimiento, que se recuerda por su
magnitud.
Las leyes sociales habían sido aprobadas en septiembre de 1924, a raíz del golpe militar. Por tanto, Alessandri destinó
sus esfuerzos a lograr la modificación a la Constitución de 1833. Encomendó a una comisión que elaborara el proyecto,
el cual fue aprobado por plebiscito y comenzó a regir como la Constitución de 1925. La reforma primordial de este
nuevo texto es el cambio del régimen parlamentario por el presidencial.
Este periodo, que va de marzo a octubre de 1925, tampoco estuvo ajeno a hechos de violencia. El 5 de junio se
produjeron violentos incidentes en otra salitrera, La Coruña, donde murieron numerosos trabajadores y algunos
miembros de sus familias.
Al acercarse el fin de su periodo, nuevos trastornos políticos enturbiaron los ánimos, al definir al candidato presidencial
sucesor de Alessandri, quien tuvo altercados con su ministro de Guerra, el coronel Ibáñez.
El 2 de octubre, Alessandri renunció y entregó el cargo a su ministro del Interior, Luis Barros Borgoño, quien a su vez se
lo entregó a Emiliano Figueroa, ganador de las elecciones del 24 de octubre de 1925.
Fuente: http://www.profesorenlinea.cl/chilehistoria/presidenteschile/Alessandri_Palma_Arturo.htm
Comparación entre la Constitución de 1925 y Constitución de 1980
                                                  Constitución de 1925
                    Constitución de 1980
         Contexto en el que se          Crisis del sistema parlamentario          Se crea durante el régimen militar en
                 genera                 durante el gobierno de Arturo             el contexto de un gobierno de facto.
                                        Alessandri Palma.
       Principales disposiciones        Sistema Presidencial                      Sistema presidencial
                                        Separación entre la Iglesia y el Estado   Autonomía de las Fuerzas Armadas.
                                        Creación del TRICEL                       Sistema Binominal
                                        Elecciones directas                       Senadores designados.
        Autoridad responsable           Arturo Alessandri Palma                   Augusto Pinochet. Comisión
                                                                                  constituyente: Sergio Diez y Jaime
                                                                                  Guzmán entre otros.

                                                        Página 2 de 3
Preguntas y Respuestas Importantes
1. ¿Qué semejanzas y diferencias entre las constituciones de 1925 y 1980 puedes reconocer a partir del análisis de
    ambos cuadros?
Semejanzas:
• Ambas constituciones buscan dotar al país de un nuevo orden luego de la crisis de un sistema político.
• Ambas otorgan mayores atribuciones al poder ejecutivo.
• Ambas mantienen la independencia entre la Iglesia y el Estado.
Diferencias:
• Al contrario de la Constitución de 1980, la de 1925 buscó (aunque sin éxito) reimplantar inmediatamente el sistema
democrático.
• La Constitución de 1925 hace énfasis en la obtención de mayores libertades para el Estado, específicamente en
relación a la Iglesia. La Constitución de 1980, en cambio, genera enclaves que pretenden perpetuar la influencia de las
Fuerzas Armadas (mediante su autonomía en reemplazo del sometimiento al Estado característico de las cartas
constitucionales anteriores) y los grupos de poder dominantes en ese minuto. En definitiva, la carta de 1925 es
esencialmente democrática y la de 1980 restringe este concepto hacia uno de “democracia protegida”.

2. ¿qué argumentos tenía la oposición para cuestionar la Constitución de 1980?
En el video se observa parte de un discurso realizado por Eduardo Frei Montalva en el que cuestiona la legitimidad de
esta constitución dado el contexto antidemocrático en el que se genera. Del discurso es posible inferir que para la
oposición al régimen militar, esta constitución busca legitimar un gobierno dictatorial y, por lo tanto, carece de
representatividad. Se cuestiona así mismo el proceso de validación de esta carta mediante un plebiscito.

3. ¿Qué constitución nos rige actualmente? ¿Cuáles son sus principales características?
La Constitución de 1980 continúa vigente pero con reformas que han buscado acabar con los enclaves del régimen
anterior como, por ejemplo, la reforma que puso fin a los senadores designados. Entre sus principales características
destacan la existencia de un sistema presidencial en el que sus autoridades son elegidas en forma directa y periódica
de acuerdo a un sistema binominal.

Fuente: www.educarchile.cl




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  • 1. COLEGIO EMANUEL- Dios con nosotros. Educar para la Vida 2ºM Subsector: Historia; Nivel: NM2 -2° Medio; Profesoras: Ximena Prado Dagnino – N. Estefanía Muñoz Guía de Apoyo La Constitución de 1925 Este texto constitucional establece el presidencialismo como régimen de gobierno. Rige buena parte del siglo XX, otorgándole el Estado un papel fundamental en el desarrollo político, económico, social y cultural del país. En 1925, reasumiendo la Presidencia de la República Arturo Alessandri Palma, decide convocar a una asamblea de hombres de todos los partidos políticos (de conservadores a comunistas), representantes de las organizaciones sociales y del ejército, con el objeto de preparar un proyecto constitucional que reemplazara a la Constitución de 1833. Se trataba de cambiar el sistema parlamentario por el presidencial, con el fin de que el Presidente pudiese designar libremente a sus ministros y que éstos no pudieran ser derribados por mayorías ocasionales en el Parlamento. En definitiva, se deseaba que el Presidente de la República fuera efectivamente el Poder Ejecutivo y que el Congreso Nacional se concentrara en su labor legislativa. El nuevo texto constitucional fue redactado por José Maza Fernández y aprobado en un plebiscito en julio de 1925. La Constitución de 1925 crea un Ejecutivo fuerte, con amplias atribuciones administrativas, sin desmedro de las libertades públicas y de las garantías individuales. El Presidente es Jefe de Gobierno y de Estado. Nombra y remueve discrecionalmente a los ministros de Estado, ejerciendo importantes funciones colegisladoras y nombrando a los jueces de los Tribunales ordinarios de Justicia a proposiciones en ternas o quinas de las Cortes de Apelaciones o Corte Suprema de Justicia según sea el caso. El Presidente duraría en su cargo seis años, siendo elegido por sufragio universal directo. Se crea la incompatibilidad entre los cargos de parlamentario con la de Ministro de Estado. El Poder Legislativo lo conforma un Congreso bicameral compuesto por el Senado y la Cámara de Diputados. Los diputados, que ejercen además de la función de fiscalización de los actos de gobierno y de la administración, pueden acusar constitucionalmente ante el Senado al Presidente de la República, los ministros de Estado, generales y almirantes, intendentes y gobernadores, entre otros funcionarios por los delitos que la Constitución establece. La forma del Estado era unitaria y establecía una cierta posibilidad de descentralización provincial. La Constitución consagra un Estado Social de Derecho, el que fue perfeccionándose durante su evolución entre 1925 y 1973. Se estableció la protección al trabajo, a la industria y a las obras de previsión social, especialmente en lo que se refiere a la habitación sana y a las condiciones económicas de la vida, en forma de proporcionar a cada habitante un mínimo de bienestar, adecuado a la satisfacción de sus necesidades personales y a las de su familia. Estableció la separación de la Iglesia del Estado y garantizó la más amplia libertad de conciencia y de cultos. Suprimió el Consejo de Estado y la Comisión Conservadora que consagraba la Constitución del 33 por carecer de justificación. Creó el Tribunal Calificador de Elecciones, reemplazando al sistema de la Constitución anterior, en que las propias cámaras calificaban las elecciones de sus miembros. La Constitución de 1925 terminó con las leyes periódicas como fuente de presión política del Congreso hacia el Presidente de la República, disponiendo que si el Poder Legislativo no aprobaba las leyes de presupuesto presentadas por el Ejecutivo en un plazo fijado por la Constitución, regiría automáticamente el proyecto presidencial. A su vez, el texto de 1925 estableció un sistema de control de constitucionalidad de las leyes con efecto para el caso particular que conocía. Este se concretaba a través del recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, el cual la jurisprudencia lo limitó a la inconstitucionalidad de fondo. Esta es una de las razones que lleva a establecer en 1970 un Tribunal Constitucional encargado de realizar un control preventivo de constitucionalidad de los proyectos de ley, es decir, un control que se realiza antes de que la ley sea promulgada, con efecto derogatorio de la norma considerada inconstitucional. Fuente: http://www.bcn.cl/ecivica/histcons Página 1 de 3
  • 2. Primer Gobierno de Arturo Alessandri (1920-1925) Su primer periodo gubernativo comenzó el 23 de diciembre de 1920. En su programa como candidato ofrecía una serie de reformas, esencialmente de carácter social y de progreso para los asalariados. Para ello proponía, entre otras medidas, la dictación de un Código del Trabajo, reformar la Constitución de 1833 para fortalecer al Ejecutivo, implantar el Impuesto a la Renta, crear el Banco Central, realizar la conversión metálica y otras. No obstante, como ocurrió en otros gobiernos anteriores, y posteriores, las mejores intenciones de Alessandri se toparon con las trabas puestas por los parlamentarios, quienes dominaban la política de ese tiempo. Asimismo, en el Senado encontró la oposición de la Unión Nacional, que siempre estuvo en mayoría. A raíz de la fuerza del régimen parlamentario, debió cambiar su equipo de gobierno diecisiete veces. Durante este primer periodo de Alessandri, hubo graves conflictos políticos, algunos de extrema violencia, además, se acrecentaron la crisis económica y la cesantía. En general, el descontento era masivo. El Gobierno se caracterizó por la fuerte violencia con que reprimió las demandas de los sectores insatisfechos. Un ejemplo de esto se dio en febrero de 1921, en San Gregorio, donde obreros de las salitreras fueron reprimidos por el Ejército, muriendo miembros de éste y un centenar de obreros. En las elecciones parlamentarias de 1924, y a pesar de la intervención del gobierno, no pudo evitar que la Unión Nacional mantuviera su mayoría en el Senado. Los más graves disturbios se produjeron a partir del 3 de septiembre de ese año, cuando el Congreso aprobó una ley que otorgaba dieta a los parlamentarios, quedando pospuestos los proyectos de legislación social. Sumado a otras presiones, el 5 de septiembre de 1924 se produjo un golpe militar, que llevó al Presidente a viajar al extranjero y a los militares a hacerse cargo del poder de la Junta el 11 de septiembre. El 23 de enero de 1925 se formó una Junta de Gobierno. Esta llamó a Alessandri a que volviera y asumiera la Presidencia, nuevamente. Arturo Alessandri regresó en marzo de ese año y tuvo un magnífico recibimiento, que se recuerda por su magnitud. Las leyes sociales habían sido aprobadas en septiembre de 1924, a raíz del golpe militar. Por tanto, Alessandri destinó sus esfuerzos a lograr la modificación a la Constitución de 1833. Encomendó a una comisión que elaborara el proyecto, el cual fue aprobado por plebiscito y comenzó a regir como la Constitución de 1925. La reforma primordial de este nuevo texto es el cambio del régimen parlamentario por el presidencial. Este periodo, que va de marzo a octubre de 1925, tampoco estuvo ajeno a hechos de violencia. El 5 de junio se produjeron violentos incidentes en otra salitrera, La Coruña, donde murieron numerosos trabajadores y algunos miembros de sus familias. Al acercarse el fin de su periodo, nuevos trastornos políticos enturbiaron los ánimos, al definir al candidato presidencial sucesor de Alessandri, quien tuvo altercados con su ministro de Guerra, el coronel Ibáñez. El 2 de octubre, Alessandri renunció y entregó el cargo a su ministro del Interior, Luis Barros Borgoño, quien a su vez se lo entregó a Emiliano Figueroa, ganador de las elecciones del 24 de octubre de 1925. Fuente: http://www.profesorenlinea.cl/chilehistoria/presidenteschile/Alessandri_Palma_Arturo.htm Comparación entre la Constitución de 1925 y Constitución de 1980 Constitución de 1925 Constitución de 1980 Contexto en el que se Crisis del sistema parlamentario Se crea durante el régimen militar en genera durante el gobierno de Arturo el contexto de un gobierno de facto. Alessandri Palma. Principales disposiciones Sistema Presidencial Sistema presidencial Separación entre la Iglesia y el Estado Autonomía de las Fuerzas Armadas. Creación del TRICEL Sistema Binominal Elecciones directas Senadores designados. Autoridad responsable Arturo Alessandri Palma Augusto Pinochet. Comisión constituyente: Sergio Diez y Jaime Guzmán entre otros. Página 2 de 3
  • 3. Preguntas y Respuestas Importantes 1. ¿Qué semejanzas y diferencias entre las constituciones de 1925 y 1980 puedes reconocer a partir del análisis de ambos cuadros? Semejanzas: • Ambas constituciones buscan dotar al país de un nuevo orden luego de la crisis de un sistema político. • Ambas otorgan mayores atribuciones al poder ejecutivo. • Ambas mantienen la independencia entre la Iglesia y el Estado. Diferencias: • Al contrario de la Constitución de 1980, la de 1925 buscó (aunque sin éxito) reimplantar inmediatamente el sistema democrático. • La Constitución de 1925 hace énfasis en la obtención de mayores libertades para el Estado, específicamente en relación a la Iglesia. La Constitución de 1980, en cambio, genera enclaves que pretenden perpetuar la influencia de las Fuerzas Armadas (mediante su autonomía en reemplazo del sometimiento al Estado característico de las cartas constitucionales anteriores) y los grupos de poder dominantes en ese minuto. En definitiva, la carta de 1925 es esencialmente democrática y la de 1980 restringe este concepto hacia uno de “democracia protegida”. 2. ¿qué argumentos tenía la oposición para cuestionar la Constitución de 1980? En el video se observa parte de un discurso realizado por Eduardo Frei Montalva en el que cuestiona la legitimidad de esta constitución dado el contexto antidemocrático en el que se genera. Del discurso es posible inferir que para la oposición al régimen militar, esta constitución busca legitimar un gobierno dictatorial y, por lo tanto, carece de representatividad. Se cuestiona así mismo el proceso de validación de esta carta mediante un plebiscito. 3. ¿Qué constitución nos rige actualmente? ¿Cuáles son sus principales características? La Constitución de 1980 continúa vigente pero con reformas que han buscado acabar con los enclaves del régimen anterior como, por ejemplo, la reforma que puso fin a los senadores designados. Entre sus principales características destacan la existencia de un sistema presidencial en el que sus autoridades son elegidas en forma directa y periódica de acuerdo a un sistema binominal. Fuente: www.educarchile.cl Página 3 de 3