15
ASPECTOS ETICOS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA
ETHICAL ISSUES IN CIENTIFIC RESEARCH
IRENE ACEVEDO PÉREZ1
RESUMEN
El escrito pretende mostrar los diferentes códigos, declaraciones y normas que se han dictado en el mundo
para la protección de los seres humanos sometidos a experimentación científica. Se analiza el tema a la luz de
los principios éticos y la situación actual en Chile en relación a la existencia de los comités de ética científicos.
Palabras claves: Experimentación en seres humanos, Principios bioéticos, Protección.
ABSTRACT
The article’s aim is to show all different codes, declarations and norms that have been dictated in the world, in
order to protect the human beings submitted to scientific experimentation. The topic is analyzed considering
ethical principles and the present situation in Chile, related to the existence of the scientific ethical committees.
Keywords: Experimentation in human beings, Bioethical principles, Protection.
Los progresos científicos y tecnológicos que
día a día aportan el conocimiento de moder-
nos procedimientos y avances en la medicina,
por una parte, conllevan un sinnúmero de
beneficios para las personas sanas o enfermas;
pero, por otra, surgen de las investigaciones
que se realizan en seres humanos diversos
dilemas éticos, como producto, en determi-
nadas ocasiones, del no cumplimento de
normas, códigos o reglamentación en la in-
vestigación experimental.
Si bien es cierto la experimentación en
seres humanos tiene como propósito contri-
buir al mejoramiento de procedimientos
diagnósticos y profilácticos y además la com-
prensión de la etiología y patogenia de una
enfermedad, no es menos cierto que estos
protocolos deben pasar por un cauteloso fil-
tro que proteja los derechos de los probandos
y, en especial, de aquellas poblaciones vul-
nerables donde pudiera ser violentada la dig-
nidad de la persona humana.
Las normas éticas han expresado que los
experimentos deben hacerse primariamente
en animales y, según los efectos por analo-
gía, se podrían emplear en seres humanos.
Paul Ehrlich plantea la tesis que no es sufi-
ciente el principio de analogía para conocer
cuál es el comportamiento de los fármacos
en los seres humanos, sino que habría que
ensayar en seres humanos para conocer las
propiedades y el comportamiento farmacoló-
gico de los productos terapéuticos. Bradford
Hill definió el método del ensayo clínico
como “un experimento cuidadoso y ética-
mente diseñado, con el fin de poder contestar
a preguntas concretas formuladas previa-
mente”. Esta nueva mirada obliga a los in-
vestigadores a construir diseños que respalden
la verdadera investigación clínica (5).
En el año 1947 la enunciación del Código
de Nuremberg marcó una de las primeras
medidas de protección de las personas hu-
manas en pro del ejercicio de la autonomía;
en él se señala que el consentimiento volun-
tario es esencial y que, en ausencia de la po-
sibilidad de ejercerla, si fuere necesario,
deberá existir un representante legal; no po-
1
Académico Escuela de Enfermería. Facultad de Medicina. Universidad de Chile. Magíster en Bioética. Espe-
cialista en Enfermería Pediátrica.
I.S.S.N. 0717 - 2079CIENCIA Y ENFERMERIA 8 (1): 15-18, 2002
16
CIENCIA Y ENFERMERIA 8 (1), 2002
drá haber coacción, fraude, engaño o presión
sobre los probandos. Obliga al investigador
a proporcionar una información comprensi-
ble relacionada con la naturaleza, la dura-
ción, el propósito, el método utilizado, las
molestias, los inconvenientes, los daños y los
efectos en la salud de las personas que parti-
cipen en un protocolo de investigación. En
este código se espera que los experimentos
obtengan buenos resultados para la comu-
nidad, que se estudie la historia natural de
la enfermedad y que debe evitarse el sufri-
miento físico y mental de las personas (1).
Señala, además, este código que no debe-
rán realizarse experimentos en situaciones de
riesgo de muerte o de daño incapacitante y
que el grado de riesgo no debe exceder el
grado de importancia del experimento. Des-
taca la protección del daño, la incapacidad o
la muerte; cautela la dirección de los proto-
colos por científicos experimentados, que el
sujeto tenga la libertad para retirarse en el
momento que lo desee y, por último, que el
investigador debe asumir que en cualquier
momento puede terminar su estudio.
En 1964 aparece el pronunciamiento se-
ñalado en la Declaración de Helsinki, el cual
entra en vigencia el año 1989. En ella se de-
clara que la finalidad de la investigación
biomédica con sujetos humanos debe ser el
“mejoramiento de los métodos diagnósticos,
terapéuticos y profilácticos y el conocimiento
de la etiología y la patogenia de la enferme-
dad”. Sus principios se centran en aspectos
como los que se señalan a continuación: que
los trabajos deben ajustarse a los principios
científicos y basarse en experimentos y estu-
dios en animales; que el diseño y la ejecu-
ción debe formularse en un protocolo
experimental y que deberá ser revisado por
un comité independiente; que los trabajos
deben ser conducidos por expertos; que la
importancia del objetivo a alcanzar debe ser
mayor a los riesgos de la investigación; que
deberán evaluarse los riesgos previsibles y
los beneficios tanto para el sujeto como para
otras personas; que es fundamental respetar
el derecho a salvaguardar la intimidad y la
integridad personal; que sólo deberán reali-
zarse investigaciones cuando los riesgos in-
herentes sean previsibles; que es preciso res-
petar la exactitud de los resultados en la
publicación y que no deberá existir coacción
en la obtención del consentimiento informa-
do. Esta Declaración se amplió el año 2000,
al considerar fundamentalmente los aspec-
tos relacionados con la experimentación que
utiliza placebos (3).
El artículo 7º del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, aprobado por
la Asamblea General de las Naciones Uni-
das, señala: “Nadie será sometido a torturas
o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
En particular, nadie será sometido sin su li-
bre consentimiento a experimentos médicos
o científicos”.
En 1982 la publicación de las Normas Eti-
cas Internacionales para la Investigación
Biomédica con Sujetos Humanos pretende
destacar la protección de las comunidades más
vulnerables, aportando para cada grupo de
edades o de determinadas patologías, la se-
guridad que sus derechos serán respetados (2).
En Chile, el año 1997, el Ministerio de Sa-
lud convocó a un grupo de expertos al estu-
dio de los diferentes códigos existentes en el
mundo, con el fin de regularizar la ejecución
de ensayos clínicos que utilizan medicamen-
tos en seres humanos. Si bien es cierto en al-
guna medida existían normativas tales como
los artículos 1º, 2º y 19º de la Constitución
Política del Estado, relacionados a diversos
derechos de la personas, el artículo 102º del
Código Sanitario y el artículo 16º letra c) del
Decreto Supremo 1.876/95, que señala que
le “corresponde al Director del Instituto de
Salud Pública de Chile otorgar la autoriza-
ción para el uso provisional de productos
farmacéuticos para fines de investigaciones
científicas o ensayos clínicos, sin registro pre-
vio y mediante resolución”, se describe tam-
bién la reglamentación existente en los
campos clínicos a través de la reglamenta-
ción de los Servicios de Salud respecto a la
autorización que los directores de hospita-
les deben dar a los proyectos de investiga-
ción y a la creación de Comités de Etica para
la supervisión de éstos.
17
Al respecto, se puede señalar que en 1994,
la resolución exenta Nº 134 del Ministerio de
Salud aprueba la existencia de Comités de
Etica Médica, los que deberán “tratar las si-
tuaciones en que estén involucradas decisio-
nes sobre procedimientos diagnósticos y
terapéuticos de alto costo o controversiales”.
El año 2001 el Ministerio de Salud capaci-
tó y acreditó en Chile los primeros Comités
de Etica Científicos, cuyo propósito es con-
tribuir a salvaguardar la dignidad, los dere-
chos, la seguridad y el bienestar de todos los
participantes actuales y potenciales de la in-
vestigación; los principios que comandan
estos comités dicen relación con “el respeto
a la dignidad de la personas y la considera-
ción al principio de la justicia”. Deben ser
equipos multidisciplinarios y multisectoria-
les, con independencia de influencias políticas,
institucionales y comerciales, con competen-
cia y eficiencia en su trabajo para la evalua-
ción de la investigación propuesta.
Estos comités basan su actuar en la De-
claración de Helsinki, en las Guías Eticas in-
ternacionales para la Investigación Biomédica,
en las Guías para la Buena Práctica Clínica,
en guías nacionales y locales, en las Normas
Eticas para la Regulación de Experimenta-
ción en Seres Humanos y en los Principios
Bioéticos. Cada revisión de un protocolo con-
templa el análisis de la naturaleza y los obje-
tivos de la investigación, su fundamento
científico, la metodología que se usará en la
recolección y el procesamiento de los datos
y la competencia del investigador.
Desde el punto de vista del principio de
justicia, se constata el riesgo mínimo para el
probando, se contrasta el riesgo con el bene-
ficio que se obtendrá y la moralidad del
placebo. Se analizan los sistemas de selec-
ción equitativa de los sujetos, en especial la
protección de los grupos más vulnerables y
la compensación que tendrán los daños que
se puedan presentar. El principio de auto-
nomía debe contemplar la revisión acuciosa
y responsable del documento de consenti-
miento informado, considerando aspectos
que dicen relación con los niveles de infor-
mación, los niveles de consentimiento, las
decisiones de sustitución, la protección a la
intimidad y confidencialidad de los datos y
se comprueba además cómo se analizarán los
resultados. Una vez revisada toda esta infor-
mación, los componentes de este comité pro-
ceden a votar la aprobación, la aprobación
posterior a las enmiendas sugeridas o el re-
chazo definitivo del protocolo. Para la revisión
y el análisis de los proyectos, los integrantes
basan su informe en un documento que de-
talladamente permite evaluar los anteceden-
tes de cada protocolo. Se deberán reportar
los eventos adversos, señalar periódicamente
los avance de los proyectos y los resultados
finales obtenidos.
En la investigación donde se experimen-
te con seres humanos, se hace fundamental
la aplicación de los principios de beneficen-
cia, autonomía, justicia y no maleficencia. El
principio de autonomía, bien llamado tam-
bién respeto por las personas, se basa en el
fundamento de que el ser humano posee la
capacidad de darse a sí mismo su actuar
como persona, es decir, determinar su pro-
pia norma; autónomamente tiene la libertad
de elegir, aplicando su propio razonamiento
y una vez analizados los aspectos negativos
y positivos, determinará qué conducta seguir.
Kant señala que el hombre es persona por la
capacidad que tiene de darse a “sí mismo el
imperativo categórico de la ley moral”; una
persona ejerce su autonomía cuando no es
influenciado por personas o circunstancias (6).
Faden y Beachamp señalan que un acto
elegido autónomamente debe cumplir con
tres condiciones: ausencia de control exter-
no, intencionalidad y conocimiento. Se en-
tendería por ausencia de control externo la
manipulación, la coerción y la persuasión;
definen manipulación como “la influencia
intencional y efectiva de una persona por
medios no coercitivos, alterando las eleccio-
nes reales al alcance de otra persona, o alte-
rando por medios no persuasivos la
percepción de esas elecciones por la perso-
na”. Persuasión es la influencia con intención
de inducir a aceptar libremente valores o
creencias o actitudes del persuasor. Existiría
coerción cuando se ejerce influencia intencio-
Aspectos éticos en la investigación científica: I. ACEVEDO P.
18
CIENCIA Y ENFERMERIA 8 (1), 2002
nal y efectiva y bajo amenazas de provocación
de daños no deseados y que se pueden evitar.
La intencionalidad existe cuando es queri-
da o se desea y el conocimiento es señalado
como el nivel o grado de entendimiento o
comprensión de la acción, la cual debe ser
completa y adecuada. La experimentación en
los seres humanos debe, básicamente, respe-
tar el principio de autonomía a través de la
aplicación del consentimiento informado.
El principio de beneficencia persigue
maximizar los beneficios y minimizar los
daños, por tanto los participantes en una
investigación o sus representantes deben co-
nocer los riesgos y los beneficios que lograrán
con su participación en los ensayos clínicos;
se deberá alcanzar que los riesgos sean mí-
nimos asociados a los máximos beneficios
que se conseguirán. El poder que puede ejer-
cer el probando a través del ejercicio de su
autonomía en la decisión de participar, rom-
pe el modelo del tradicional paternalismo.
Nos enfrentamos entonces, nuevamente, a un
nuevo dilema ético, es decir, la capacidad de
decisión de las personas que participan en un
proyecto de investigación y quienes ejercen
la autonomía en caso de tratarse de un niño o
un mentalmente incapaz.
Cuando asociamos principio de justicia
con la investigación científica, podemos ase-
verar que lo justo se identifica con lo bueno
y lo correcto: Es esperado, por tanto, en este
contexto que todas las personas sean benefi-
ciadas con los resultados de los experimen-
tos, que se realicen realmente en los grupos
que se requiere investigar y que sólo se utili-
cen las poblaciones vulnerables cuando en
éstas sean beneficiosas las consecuencias. Se
buscará sin duda la equidad y la óptima dis-
tribución de recursos en pos de una excelen-
cia en la investigación científica.
El principio de no maleficencia “obliga a
todos de modo primario y por lo tanto es an-
terior a cualquier tipo de información o de
consentimiento” y pretende no dañar al pa-
ciente, lo que obligaría moralmente al inves-
tigador a buscar los menores riesgos posibles
para los sujetos de experimentación. Concre-
taremos diciendo que el investigador será el
responsable de los principios de no malefi-
cencia y de beneficencia, el probando de ejer-
cer su autonomía y el estado de cautelar el
principio de justicia (6).
No es fácil la misión que los Comités de
Etica Científica tienen con relación al avance
de la ciencia y la tecnología; pueden ser sen-
tidos como trabas para el investigador, pero
el mejoramiento del proceso investigativo es
la principal tarea que tienen sus integrantes,
de tal manera de optimizar el proceso, pero,
por sobre todo, de cautelar los derechos de
las personas a través del respeto a la digni-
dad humana.
Enfermería, tímidamente, se va adentrando
a la investigación experimental en seres hu-
manos y deberá ser un deber y una obliga-
ción moral capacitarse en esta área del
conocimiento científico. Para tal efecto, su
misión es integrar estos comités, programar
investigaciones experimentales con más fuer-
za, crear documentos de consentimiento in-
formado para diferentes procedimientos o
técnicas, crear instrumentos de evaluación y
de seguimiento de protocolos y compartir su
saber a través de la publicación de los resul-
tados obtenidos. La investigación científica
debe ir caminando a la par con el avance de
nuestra disciplina, ya que será fundamental
su realización y uno de los tantos roles que
ejerce día a día el profesional de Enfermería.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
1. Código de Nuremberg. 1947.
2. Propuestas de normas éticas internacionales para la
investigación biomédica con sujetos humanos. 1982.
3. Declaración de Helsinki 1989-2000.
4. Gracia D. Investigación clínica. En Gracia D. Etica
y vida. Vol. 4, Profesión Médica, Investigación y
Justicia Sanitaria. Bogotá, El Buho. 1998: 77-117.
5. Pellegrini A; .Macklin R. Investigación en sujetos
humanos. Experiencia. En Gracia D. Investigación
en sujetos humanos: Implicancias lógicas, históri-
cas y éticas, Internacional. Editores O.P.S.- O.M.S.
1999. 63-81.
6. Ministerio de Salud.Normas técnicas de regulación
de ensayos clínicos en seres humanos. Chile. 2000.

Más contenido relacionado

PPTX
Investigación en humanos exposición
PDF
Los principios éticos de la investigación clínica
PPTX
código de Nüremberg, código de Helsinki, código de Ginebra
PDF
Historia etica en investigacion biomedica
PPTX
Etica en la investigación
PPTX
Conflictos Éticos en la Investigación Científica- el problema y la necesidad ...
PPTX
Etica en la investigación .pptx2
PPTX
Declaración de helsinki
Investigación en humanos exposición
Los principios éticos de la investigación clínica
código de Nüremberg, código de Helsinki, código de Ginebra
Historia etica en investigacion biomedica
Etica en la investigación
Conflictos Éticos en la Investigación Científica- el problema y la necesidad ...
Etica en la investigación .pptx2
Declaración de helsinki

La actualidad más candente (20)

PPT
ética en la investigación en seres humanos
DOCX
Código de nüremberg
PPTX
Eticos de la investigación
PDF
éTica de la investigación biomédica
PPTX
Declaración de Helsinki
DOCX
Aspectos éticos de la investigación en seres humanos Vidal
PPTX
Ultimo final
PDF
El Código De Núremberg
PDF
DECLARACION DE HELSINKI DE LA ASOCIACION MEDICA MUNDIAL Principios éticos par...
PPTX
PPTX
Declaración de HELSINKI, ORIGEN, ARTICULOS PRINCIPALES. METAS
PPTX
El código de núremberg
PPTX
Declaración de helsinki de la asociación medica mundial
PPTX
Declaración de helsinki
PDF
Nuremberg tribunal internacional de nuremberg 1946
PPTX
Declaración médica Helsinki, su propósito, su origen y sus dilemas actuales
PPTX
Aplicaciones de cómputo en investigación biomedica y de
PPT
Etica de la investigacion
PPTX
Informe de Belmont
ética en la investigación en seres humanos
Código de nüremberg
Eticos de la investigación
éTica de la investigación biomédica
Declaración de Helsinki
Aspectos éticos de la investigación en seres humanos Vidal
Ultimo final
El Código De Núremberg
DECLARACION DE HELSINKI DE LA ASOCIACION MEDICA MUNDIAL Principios éticos par...
Declaración de HELSINKI, ORIGEN, ARTICULOS PRINCIPALES. METAS
El código de núremberg
Declaración de helsinki de la asociación medica mundial
Declaración de helsinki
Nuremberg tribunal internacional de nuremberg 1946
Declaración médica Helsinki, su propósito, su origen y sus dilemas actuales
Aplicaciones de cómputo en investigación biomedica y de
Etica de la investigacion
Informe de Belmont
Publicidad

Destacado (7)

PPTX
Circulacion mayor y menor
DOC
Vasu_Siebel
PPTX
DOC
Herramientas web para trabajo social ok
PPTX
Centrales Electricas
PDF
UF Social Media Strategy
PPTX
Locked up
Circulacion mayor y menor
Vasu_Siebel
Herramientas web para trabajo social ok
Centrales Electricas
UF Social Media Strategy
Locked up
Publicidad

Similar a 4. aspectos eticos ok (20)

PDF
Declaracion-de-Helsinki-principios basicos
PPT
Etica_2017__ponencia_curso_on_line.pptmed
PPTX
Etica en inv humanos.pptx
PDF
marco legal y etico en salud publica documento
DOCX
Experimentación en humanos.docx
PPTX
Bioetica
PPTX
Normas éticas para la investigación clínica.pptx
PDF
La regulacion en la investigacion clínica de Colombia
PPTX
Presentación de la Declaración de Helisinki
PPTX
Experimentación en humanos y animales.pptx
PPTX
ETICA DE INVESTIGACIÓN CIENTIFICA_2024.pptx
PPTX
COMITÉ DE ÉTICA EN INVESTIGACIÓN MED.pptx
PPTX
Principios éticos en la investigación en seres humanos
PPTX
Bioética
PPTX
BIOETICA_EN_INVESTIGACION_E_INTEGRIDAD_CIENTIFICA.pptx
PDF
2.Normas Bioéticas para la investigación en humanos. Del escrito a la práctica.
PPTX
357690034-2-Codigo-de-Nuremberg-Informe-de-Belmont-y-Tratado-de-Heinsiky-pptx...
PPTX
2. Momentos de decisiones en Bio
PPTX
DECLARACION DE HELSINKI Y SU UTILIDAD EN ESTUDIO DE INVESTIGACION.pptx
PPTX
Marco legislativo
Declaracion-de-Helsinki-principios basicos
Etica_2017__ponencia_curso_on_line.pptmed
Etica en inv humanos.pptx
marco legal y etico en salud publica documento
Experimentación en humanos.docx
Bioetica
Normas éticas para la investigación clínica.pptx
La regulacion en la investigacion clínica de Colombia
Presentación de la Declaración de Helisinki
Experimentación en humanos y animales.pptx
ETICA DE INVESTIGACIÓN CIENTIFICA_2024.pptx
COMITÉ DE ÉTICA EN INVESTIGACIÓN MED.pptx
Principios éticos en la investigación en seres humanos
Bioética
BIOETICA_EN_INVESTIGACION_E_INTEGRIDAD_CIENTIFICA.pptx
2.Normas Bioéticas para la investigación en humanos. Del escrito a la práctica.
357690034-2-Codigo-de-Nuremberg-Informe-de-Belmont-y-Tratado-de-Heinsiky-pptx...
2. Momentos de decisiones en Bio
DECLARACION DE HELSINKI Y SU UTILIDAD EN ESTUDIO DE INVESTIGACION.pptx
Marco legislativo

Último (20)

PDF
Esc. Sab. Lección 7. El pan y el agua de vida.pdf
PDF
Iniciación Al Aprendizaje Basado En Proyectos ABP Ccesa007.pdf
PDF
Nadie puede salvarte excepto Tú - Madame Rouge Ccesa007.pdf
PDF
CURRICULAR DE PRIMARIA santa ursula..pdf
PDF
Aumente su Autoestima - Lair Ribeiro Ccesa007.pdf
PDF
RM2025 - FUNDAMENTOS TEÓRICOS - PEDIATRÍA.pdf
PPTX
BIZANCIO. EVOLUCIÓN HISTORICA, RAGOS POLÍTICOS, ECONOMICOS Y SOCIALES
DOCX
PLANES DE área ciencias naturales y aplicadas
PDF
Los hombres son de Marte - Las mujeres de Venus Ccesa007.pdf
PDF
Introducción a la historia de la filosofía
PDF
Los10 Mandamientos de la Actitud Mental Positiva Ccesa007.pdf
PPTX
Historia-Clinica-de-Emergencia-Obstetrica 1.10.pptx
PDF
Teologia-Sistematica-Por-Lewis-Sperry-Chafer_060044.pdf
PDF
Aqui No Hay Reglas Hastings-Meyer Ccesa007.pdf
DOCX
PLAN DE AREA DE CIENCIAS SOCIALES TODOS LOS GRUPOS
PDF
Modelo Educativo SUB 2023versión final.pdf
PDF
MATERIAL DIDÁCTICO 2023 SELECCIÓN 1_REFORZAMIENTO 1° BIMESTRE.pdf
PDF
MODULO I ENFERMERIA BASICA.pdf HIstoria en enfermeria
PDF
ciencia_tecnologia_sociedad Mitcham Carl. (1994)..pdf
PDF
La Inteligencia Emocional - Fabian Goleman TE4 Ccesa007.pdf
Esc. Sab. Lección 7. El pan y el agua de vida.pdf
Iniciación Al Aprendizaje Basado En Proyectos ABP Ccesa007.pdf
Nadie puede salvarte excepto Tú - Madame Rouge Ccesa007.pdf
CURRICULAR DE PRIMARIA santa ursula..pdf
Aumente su Autoestima - Lair Ribeiro Ccesa007.pdf
RM2025 - FUNDAMENTOS TEÓRICOS - PEDIATRÍA.pdf
BIZANCIO. EVOLUCIÓN HISTORICA, RAGOS POLÍTICOS, ECONOMICOS Y SOCIALES
PLANES DE área ciencias naturales y aplicadas
Los hombres son de Marte - Las mujeres de Venus Ccesa007.pdf
Introducción a la historia de la filosofía
Los10 Mandamientos de la Actitud Mental Positiva Ccesa007.pdf
Historia-Clinica-de-Emergencia-Obstetrica 1.10.pptx
Teologia-Sistematica-Por-Lewis-Sperry-Chafer_060044.pdf
Aqui No Hay Reglas Hastings-Meyer Ccesa007.pdf
PLAN DE AREA DE CIENCIAS SOCIALES TODOS LOS GRUPOS
Modelo Educativo SUB 2023versión final.pdf
MATERIAL DIDÁCTICO 2023 SELECCIÓN 1_REFORZAMIENTO 1° BIMESTRE.pdf
MODULO I ENFERMERIA BASICA.pdf HIstoria en enfermeria
ciencia_tecnologia_sociedad Mitcham Carl. (1994)..pdf
La Inteligencia Emocional - Fabian Goleman TE4 Ccesa007.pdf

4. aspectos eticos ok

  • 1. 15 ASPECTOS ETICOS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA ETHICAL ISSUES IN CIENTIFIC RESEARCH IRENE ACEVEDO PÉREZ1 RESUMEN El escrito pretende mostrar los diferentes códigos, declaraciones y normas que se han dictado en el mundo para la protección de los seres humanos sometidos a experimentación científica. Se analiza el tema a la luz de los principios éticos y la situación actual en Chile en relación a la existencia de los comités de ética científicos. Palabras claves: Experimentación en seres humanos, Principios bioéticos, Protección. ABSTRACT The article’s aim is to show all different codes, declarations and norms that have been dictated in the world, in order to protect the human beings submitted to scientific experimentation. The topic is analyzed considering ethical principles and the present situation in Chile, related to the existence of the scientific ethical committees. Keywords: Experimentation in human beings, Bioethical principles, Protection. Los progresos científicos y tecnológicos que día a día aportan el conocimiento de moder- nos procedimientos y avances en la medicina, por una parte, conllevan un sinnúmero de beneficios para las personas sanas o enfermas; pero, por otra, surgen de las investigaciones que se realizan en seres humanos diversos dilemas éticos, como producto, en determi- nadas ocasiones, del no cumplimento de normas, códigos o reglamentación en la in- vestigación experimental. Si bien es cierto la experimentación en seres humanos tiene como propósito contri- buir al mejoramiento de procedimientos diagnósticos y profilácticos y además la com- prensión de la etiología y patogenia de una enfermedad, no es menos cierto que estos protocolos deben pasar por un cauteloso fil- tro que proteja los derechos de los probandos y, en especial, de aquellas poblaciones vul- nerables donde pudiera ser violentada la dig- nidad de la persona humana. Las normas éticas han expresado que los experimentos deben hacerse primariamente en animales y, según los efectos por analo- gía, se podrían emplear en seres humanos. Paul Ehrlich plantea la tesis que no es sufi- ciente el principio de analogía para conocer cuál es el comportamiento de los fármacos en los seres humanos, sino que habría que ensayar en seres humanos para conocer las propiedades y el comportamiento farmacoló- gico de los productos terapéuticos. Bradford Hill definió el método del ensayo clínico como “un experimento cuidadoso y ética- mente diseñado, con el fin de poder contestar a preguntas concretas formuladas previa- mente”. Esta nueva mirada obliga a los in- vestigadores a construir diseños que respalden la verdadera investigación clínica (5). En el año 1947 la enunciación del Código de Nuremberg marcó una de las primeras medidas de protección de las personas hu- manas en pro del ejercicio de la autonomía; en él se señala que el consentimiento volun- tario es esencial y que, en ausencia de la po- sibilidad de ejercerla, si fuere necesario, deberá existir un representante legal; no po- 1 Académico Escuela de Enfermería. Facultad de Medicina. Universidad de Chile. Magíster en Bioética. Espe- cialista en Enfermería Pediátrica. I.S.S.N. 0717 - 2079CIENCIA Y ENFERMERIA 8 (1): 15-18, 2002
  • 2. 16 CIENCIA Y ENFERMERIA 8 (1), 2002 drá haber coacción, fraude, engaño o presión sobre los probandos. Obliga al investigador a proporcionar una información comprensi- ble relacionada con la naturaleza, la dura- ción, el propósito, el método utilizado, las molestias, los inconvenientes, los daños y los efectos en la salud de las personas que parti- cipen en un protocolo de investigación. En este código se espera que los experimentos obtengan buenos resultados para la comu- nidad, que se estudie la historia natural de la enfermedad y que debe evitarse el sufri- miento físico y mental de las personas (1). Señala, además, este código que no debe- rán realizarse experimentos en situaciones de riesgo de muerte o de daño incapacitante y que el grado de riesgo no debe exceder el grado de importancia del experimento. Des- taca la protección del daño, la incapacidad o la muerte; cautela la dirección de los proto- colos por científicos experimentados, que el sujeto tenga la libertad para retirarse en el momento que lo desee y, por último, que el investigador debe asumir que en cualquier momento puede terminar su estudio. En 1964 aparece el pronunciamiento se- ñalado en la Declaración de Helsinki, el cual entra en vigencia el año 1989. En ella se de- clara que la finalidad de la investigación biomédica con sujetos humanos debe ser el “mejoramiento de los métodos diagnósticos, terapéuticos y profilácticos y el conocimiento de la etiología y la patogenia de la enferme- dad”. Sus principios se centran en aspectos como los que se señalan a continuación: que los trabajos deben ajustarse a los principios científicos y basarse en experimentos y estu- dios en animales; que el diseño y la ejecu- ción debe formularse en un protocolo experimental y que deberá ser revisado por un comité independiente; que los trabajos deben ser conducidos por expertos; que la importancia del objetivo a alcanzar debe ser mayor a los riesgos de la investigación; que deberán evaluarse los riesgos previsibles y los beneficios tanto para el sujeto como para otras personas; que es fundamental respetar el derecho a salvaguardar la intimidad y la integridad personal; que sólo deberán reali- zarse investigaciones cuando los riesgos in- herentes sean previsibles; que es preciso res- petar la exactitud de los resultados en la publicación y que no deberá existir coacción en la obtención del consentimiento informa- do. Esta Declaración se amplió el año 2000, al considerar fundamentalmente los aspec- tos relacionados con la experimentación que utiliza placebos (3). El artículo 7º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Uni- das, señala: “Nadie será sometido a torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. En particular, nadie será sometido sin su li- bre consentimiento a experimentos médicos o científicos”. En 1982 la publicación de las Normas Eti- cas Internacionales para la Investigación Biomédica con Sujetos Humanos pretende destacar la protección de las comunidades más vulnerables, aportando para cada grupo de edades o de determinadas patologías, la se- guridad que sus derechos serán respetados (2). En Chile, el año 1997, el Ministerio de Sa- lud convocó a un grupo de expertos al estu- dio de los diferentes códigos existentes en el mundo, con el fin de regularizar la ejecución de ensayos clínicos que utilizan medicamen- tos en seres humanos. Si bien es cierto en al- guna medida existían normativas tales como los artículos 1º, 2º y 19º de la Constitución Política del Estado, relacionados a diversos derechos de la personas, el artículo 102º del Código Sanitario y el artículo 16º letra c) del Decreto Supremo 1.876/95, que señala que le “corresponde al Director del Instituto de Salud Pública de Chile otorgar la autoriza- ción para el uso provisional de productos farmacéuticos para fines de investigaciones científicas o ensayos clínicos, sin registro pre- vio y mediante resolución”, se describe tam- bién la reglamentación existente en los campos clínicos a través de la reglamenta- ción de los Servicios de Salud respecto a la autorización que los directores de hospita- les deben dar a los proyectos de investiga- ción y a la creación de Comités de Etica para la supervisión de éstos.
  • 3. 17 Al respecto, se puede señalar que en 1994, la resolución exenta Nº 134 del Ministerio de Salud aprueba la existencia de Comités de Etica Médica, los que deberán “tratar las si- tuaciones en que estén involucradas decisio- nes sobre procedimientos diagnósticos y terapéuticos de alto costo o controversiales”. El año 2001 el Ministerio de Salud capaci- tó y acreditó en Chile los primeros Comités de Etica Científicos, cuyo propósito es con- tribuir a salvaguardar la dignidad, los dere- chos, la seguridad y el bienestar de todos los participantes actuales y potenciales de la in- vestigación; los principios que comandan estos comités dicen relación con “el respeto a la dignidad de la personas y la considera- ción al principio de la justicia”. Deben ser equipos multidisciplinarios y multisectoria- les, con independencia de influencias políticas, institucionales y comerciales, con competen- cia y eficiencia en su trabajo para la evalua- ción de la investigación propuesta. Estos comités basan su actuar en la De- claración de Helsinki, en las Guías Eticas in- ternacionales para la Investigación Biomédica, en las Guías para la Buena Práctica Clínica, en guías nacionales y locales, en las Normas Eticas para la Regulación de Experimenta- ción en Seres Humanos y en los Principios Bioéticos. Cada revisión de un protocolo con- templa el análisis de la naturaleza y los obje- tivos de la investigación, su fundamento científico, la metodología que se usará en la recolección y el procesamiento de los datos y la competencia del investigador. Desde el punto de vista del principio de justicia, se constata el riesgo mínimo para el probando, se contrasta el riesgo con el bene- ficio que se obtendrá y la moralidad del placebo. Se analizan los sistemas de selec- ción equitativa de los sujetos, en especial la protección de los grupos más vulnerables y la compensación que tendrán los daños que se puedan presentar. El principio de auto- nomía debe contemplar la revisión acuciosa y responsable del documento de consenti- miento informado, considerando aspectos que dicen relación con los niveles de infor- mación, los niveles de consentimiento, las decisiones de sustitución, la protección a la intimidad y confidencialidad de los datos y se comprueba además cómo se analizarán los resultados. Una vez revisada toda esta infor- mación, los componentes de este comité pro- ceden a votar la aprobación, la aprobación posterior a las enmiendas sugeridas o el re- chazo definitivo del protocolo. Para la revisión y el análisis de los proyectos, los integrantes basan su informe en un documento que de- talladamente permite evaluar los anteceden- tes de cada protocolo. Se deberán reportar los eventos adversos, señalar periódicamente los avance de los proyectos y los resultados finales obtenidos. En la investigación donde se experimen- te con seres humanos, se hace fundamental la aplicación de los principios de beneficen- cia, autonomía, justicia y no maleficencia. El principio de autonomía, bien llamado tam- bién respeto por las personas, se basa en el fundamento de que el ser humano posee la capacidad de darse a sí mismo su actuar como persona, es decir, determinar su pro- pia norma; autónomamente tiene la libertad de elegir, aplicando su propio razonamiento y una vez analizados los aspectos negativos y positivos, determinará qué conducta seguir. Kant señala que el hombre es persona por la capacidad que tiene de darse a “sí mismo el imperativo categórico de la ley moral”; una persona ejerce su autonomía cuando no es influenciado por personas o circunstancias (6). Faden y Beachamp señalan que un acto elegido autónomamente debe cumplir con tres condiciones: ausencia de control exter- no, intencionalidad y conocimiento. Se en- tendería por ausencia de control externo la manipulación, la coerción y la persuasión; definen manipulación como “la influencia intencional y efectiva de una persona por medios no coercitivos, alterando las eleccio- nes reales al alcance de otra persona, o alte- rando por medios no persuasivos la percepción de esas elecciones por la perso- na”. Persuasión es la influencia con intención de inducir a aceptar libremente valores o creencias o actitudes del persuasor. Existiría coerción cuando se ejerce influencia intencio- Aspectos éticos en la investigación científica: I. ACEVEDO P.
  • 4. 18 CIENCIA Y ENFERMERIA 8 (1), 2002 nal y efectiva y bajo amenazas de provocación de daños no deseados y que se pueden evitar. La intencionalidad existe cuando es queri- da o se desea y el conocimiento es señalado como el nivel o grado de entendimiento o comprensión de la acción, la cual debe ser completa y adecuada. La experimentación en los seres humanos debe, básicamente, respe- tar el principio de autonomía a través de la aplicación del consentimiento informado. El principio de beneficencia persigue maximizar los beneficios y minimizar los daños, por tanto los participantes en una investigación o sus representantes deben co- nocer los riesgos y los beneficios que lograrán con su participación en los ensayos clínicos; se deberá alcanzar que los riesgos sean mí- nimos asociados a los máximos beneficios que se conseguirán. El poder que puede ejer- cer el probando a través del ejercicio de su autonomía en la decisión de participar, rom- pe el modelo del tradicional paternalismo. Nos enfrentamos entonces, nuevamente, a un nuevo dilema ético, es decir, la capacidad de decisión de las personas que participan en un proyecto de investigación y quienes ejercen la autonomía en caso de tratarse de un niño o un mentalmente incapaz. Cuando asociamos principio de justicia con la investigación científica, podemos ase- verar que lo justo se identifica con lo bueno y lo correcto: Es esperado, por tanto, en este contexto que todas las personas sean benefi- ciadas con los resultados de los experimen- tos, que se realicen realmente en los grupos que se requiere investigar y que sólo se utili- cen las poblaciones vulnerables cuando en éstas sean beneficiosas las consecuencias. Se buscará sin duda la equidad y la óptima dis- tribución de recursos en pos de una excelen- cia en la investigación científica. El principio de no maleficencia “obliga a todos de modo primario y por lo tanto es an- terior a cualquier tipo de información o de consentimiento” y pretende no dañar al pa- ciente, lo que obligaría moralmente al inves- tigador a buscar los menores riesgos posibles para los sujetos de experimentación. Concre- taremos diciendo que el investigador será el responsable de los principios de no malefi- cencia y de beneficencia, el probando de ejer- cer su autonomía y el estado de cautelar el principio de justicia (6). No es fácil la misión que los Comités de Etica Científica tienen con relación al avance de la ciencia y la tecnología; pueden ser sen- tidos como trabas para el investigador, pero el mejoramiento del proceso investigativo es la principal tarea que tienen sus integrantes, de tal manera de optimizar el proceso, pero, por sobre todo, de cautelar los derechos de las personas a través del respeto a la digni- dad humana. Enfermería, tímidamente, se va adentrando a la investigación experimental en seres hu- manos y deberá ser un deber y una obliga- ción moral capacitarse en esta área del conocimiento científico. Para tal efecto, su misión es integrar estos comités, programar investigaciones experimentales con más fuer- za, crear documentos de consentimiento in- formado para diferentes procedimientos o técnicas, crear instrumentos de evaluación y de seguimiento de protocolos y compartir su saber a través de la publicación de los resul- tados obtenidos. La investigación científica debe ir caminando a la par con el avance de nuestra disciplina, ya que será fundamental su realización y uno de los tantos roles que ejerce día a día el profesional de Enfermería. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS 1. Código de Nuremberg. 1947. 2. Propuestas de normas éticas internacionales para la investigación biomédica con sujetos humanos. 1982. 3. Declaración de Helsinki 1989-2000. 4. Gracia D. Investigación clínica. En Gracia D. Etica y vida. Vol. 4, Profesión Médica, Investigación y Justicia Sanitaria. Bogotá, El Buho. 1998: 77-117. 5. Pellegrini A; .Macklin R. Investigación en sujetos humanos. Experiencia. En Gracia D. Investigación en sujetos humanos: Implicancias lógicas, históri- cas y éticas, Internacional. Editores O.P.S.- O.M.S. 1999. 63-81. 6. Ministerio de Salud.Normas técnicas de regulación de ensayos clínicos en seres humanos. Chile. 2000.