Este documento trata sobre las curadurías especiales y el concubinato. Explica que las curadurías especiales son siempre dativas, no requieren inventario ni caución, y son nombradas por el tribunal para asuntos particulares. Luego define el concubinato como la unión estable de dos personas que viven juntos como pareja pero sin estar casados, y distingue entre concubinato completo y concubinato indirecto.