Este capítulo establece que el objeto de la Ley Orgánica 3/2007 es hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, eliminando cualquier forma de discriminación contra la mujer. La Ley busca lograr la igualdad real entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida, incluyendo los políticos, civiles, laborales, económicos, sociales y culturales.