El documento habla sobre la ley de beneficios agrícolas. Establece que los beneficiarios de la ley deben utilizar productos agropecuarios producidos directamente o adquiridos de personas que desarrollen cultivos y cría de ganado. También establece que la ley excluye a personas jurídicas y naturales que realicen actividades agroindustriales fuera de Lima y Callao, así como actividades relacionadas con trigo, tabaco, semillas oleaginosas, aceites y cervezas. Además, provee criterios