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Alex Santamaría

La Ley de Transito

López.F (2013). Recuperado el 5 de marzo de 2013
http://leyesdetransitoecuador.blogspot.com/2013/03/14-muertos-por-accidentes-cadadia.html
Las reformas contempladas en la nueva Ley Orgánica del Transporte Terrestre,
Tránsito y Seguridad Vial, están enfocadas en mejorar la administración del tránsito,
establecer correctivos en el conocimiento, tratamiento y juzgamiento en las
contravenciones y delitos de tránsito, para determinar las sanciones correspondientes.
En ese sentido es deber y responsabilidad de todos los ciudadanos en general,
conocer, cumplir y hacer que se haga efectiva la ejecución de esta nueva ley, que
permita mejorar el sistema del trasporte y seguridad vial en el país.
Pinto.R(2013) Recuperado el 1 de abril de 2013

http://sportmancar.com/loja/ley-de-

transito
La Ley de Tránsito fue reformada en Ecuador el 29 de Marzo del 2011 y publicada en
el registro oficial No. 415. Con el objeto de organizar, reglamentar y sistematizar el
control del tránsito, el transporte terrestre, el uso vehicular de todo tipo, el control
y la prevención de accidentes, la contaminación ambiental y Juzgamiento de las
infracciones de tránsito.

Pogo.V,Condoy.O&Loaiza.M (2013)
LA NUEVA LEY DE TRÁNSITO EN EL ECUADOR
Las reformas contempladas en la nueva Ley Orgánica del Transporte Terrestre,
Tránsito y Seguridad Vial, están enfocadas en mejorar la administración del
tránsito, establecer correctivos en el conocimiento, tratamiento y juzgamiento
en las contravenciones y delitos de tránsito, para determinar las sanciones
correspondientes. En ese sentido es deber y responsabilidad de todos los
ciudadanos en general, conocer, cumplir y hacer que se haga efectiva la
ejecución de esta nueva ley, que permita mejorar el sistema del trasporte y
seguridad vial en el país.
INFRACCIONES Y SANCIONES CONTEMPLADAS EN LA NUEVA LEY DE TRANSITO.
Art. 97.- Se instituye el sistema de puntaje aplicado a las licencias de conducir,
para los casos de comisión de infracciones de tránsito, de conformidad con
esta Ley y el Reglamento respectivo.
Las licencias de conducir se otorgarán bajo el sistema de puntaje; al momento
de su emisión, el documento tendrá puntos de calificación para todas las
categorías de licencias de conducir aplicables para quienes la obtengan por
primera vez, procedan a renovarla o cambiar de categoría.
Las licencias de conducir serán otorgadas con 30 puntos para su plazo regular
de vigencia de 5 años, y se utilizará un sistema de reducción de puntos por
cada infracción cometida, según la siguiente tabla:
INFRACCIONES PUNTOS

Contravenciones leves de primera clase 1,5
Contravenciones leves de segunda clase 3
Contravenciones leves de tercera clase 4,5
Contravenciones graves de primera clase 6
Contravenciones graves de segunda clase 7,5
Contravenciones graves de tercera clase 9
Contravención muy grave 10
Delitos 11 - 30
DE LAS PENAS Y SU MODIFICACIÓN
Art. 123.- Las penas aplicables a los delitos y contravenciones de tránsito son:
a) Reclusión;
b) Prisión;
c) Multa;
d) Revocatoria, suspensión temporal o definitiva de la licencia o autorización
para conducir vehículos;
e) Reducción de puntos;
f) Trabajos comunitarios.
Una o varias de estas penas se aplicarán de conformidad con lo establecido en
cada tipo penal.

En todos los casos de delitos y contravenciones de tránsito se condenará
obligatoriamente al infractor con la reducción de puntos en la licencia de
conducir de conformidad con la tabla contenida en el artículo 97 de la presente
ley y sin perjuicio de la pena peculiar aplicable a cada infracción.
Art. 124.- (Sustituido por el Art. 55 de la Ley s/n, R.O. 415-S, 29-III-2011).- En
los delitos de tránsito, cuando se justifique a favor del infractor la existencia de
circunstancias atenuantes y ninguna agravante, la pena de reclusión mayor se
reducirá a reclusión menor.
Las penas de prisión y de multa, se reducirán hasta en un tercio de las mismas,
cuando se justifique a favor del infractor la existencia de circunstancias
atenuantes y ninguna agravante. No se concederá el reemplazo que indica este
inciso en el caso de que el infractor haya abandonado a las víctimas, se haya
dado a la fuga o haya cometido la infracción en estado de embriaguez o bajo
los efectos de drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas.

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Alex santamaría

  • 1. Alex Santamaría La Ley de Transito López.F (2013). Recuperado el 5 de marzo de 2013 http://leyesdetransitoecuador.blogspot.com/2013/03/14-muertos-por-accidentes-cadadia.html Las reformas contempladas en la nueva Ley Orgánica del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, están enfocadas en mejorar la administración del tránsito, establecer correctivos en el conocimiento, tratamiento y juzgamiento en las contravenciones y delitos de tránsito, para determinar las sanciones correspondientes. En ese sentido es deber y responsabilidad de todos los ciudadanos en general, conocer, cumplir y hacer que se haga efectiva la ejecución de esta nueva ley, que permita mejorar el sistema del trasporte y seguridad vial en el país.
  • 2. Pinto.R(2013) Recuperado el 1 de abril de 2013 http://sportmancar.com/loja/ley-de- transito La Ley de Tránsito fue reformada en Ecuador el 29 de Marzo del 2011 y publicada en el registro oficial No. 415. Con el objeto de organizar, reglamentar y sistematizar el control del tránsito, el transporte terrestre, el uso vehicular de todo tipo, el control y la prevención de accidentes, la contaminación ambiental y Juzgamiento de las infracciones de tránsito. Pogo.V,Condoy.O&Loaiza.M (2013) LA NUEVA LEY DE TRÁNSITO EN EL ECUADOR Las reformas contempladas en la nueva Ley Orgánica del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, están enfocadas en mejorar la administración del tránsito, establecer correctivos en el conocimiento, tratamiento y juzgamiento en las contravenciones y delitos de tránsito, para determinar las sanciones correspondientes. En ese sentido es deber y responsabilidad de todos los ciudadanos en general, conocer, cumplir y hacer que se haga efectiva la ejecución de esta nueva ley, que permita mejorar el sistema del trasporte y seguridad vial en el país.
  • 3. INFRACCIONES Y SANCIONES CONTEMPLADAS EN LA NUEVA LEY DE TRANSITO. Art. 97.- Se instituye el sistema de puntaje aplicado a las licencias de conducir, para los casos de comisión de infracciones de tránsito, de conformidad con esta Ley y el Reglamento respectivo. Las licencias de conducir se otorgarán bajo el sistema de puntaje; al momento de su emisión, el documento tendrá puntos de calificación para todas las categorías de licencias de conducir aplicables para quienes la obtengan por primera vez, procedan a renovarla o cambiar de categoría. Las licencias de conducir serán otorgadas con 30 puntos para su plazo regular de vigencia de 5 años, y se utilizará un sistema de reducción de puntos por cada infracción cometida, según la siguiente tabla: INFRACCIONES PUNTOS Contravenciones leves de primera clase 1,5 Contravenciones leves de segunda clase 3 Contravenciones leves de tercera clase 4,5 Contravenciones graves de primera clase 6 Contravenciones graves de segunda clase 7,5 Contravenciones graves de tercera clase 9 Contravención muy grave 10 Delitos 11 - 30
  • 4. DE LAS PENAS Y SU MODIFICACIÓN Art. 123.- Las penas aplicables a los delitos y contravenciones de tránsito son: a) Reclusión; b) Prisión; c) Multa; d) Revocatoria, suspensión temporal o definitiva de la licencia o autorización para conducir vehículos; e) Reducción de puntos; f) Trabajos comunitarios. Una o varias de estas penas se aplicarán de conformidad con lo establecido en cada tipo penal. En todos los casos de delitos y contravenciones de tránsito se condenará obligatoriamente al infractor con la reducción de puntos en la licencia de conducir de conformidad con la tabla contenida en el artículo 97 de la presente ley y sin perjuicio de la pena peculiar aplicable a cada infracción. Art. 124.- (Sustituido por el Art. 55 de la Ley s/n, R.O. 415-S, 29-III-2011).- En los delitos de tránsito, cuando se justifique a favor del infractor la existencia de circunstancias atenuantes y ninguna agravante, la pena de reclusión mayor se reducirá a reclusión menor. Las penas de prisión y de multa, se reducirán hasta en un tercio de las mismas, cuando se justifique a favor del infractor la existencia de circunstancias
  • 5. atenuantes y ninguna agravante. No se concederá el reemplazo que indica este inciso en el caso de que el infractor haya abandonado a las víctimas, se haya dado a la fuga o haya cometido la infracción en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas.