Este documento discute la revalidación de estudios realizados fuera del sistema educativo nacional en México, así como la aplicabilidad de este artículo en un jardín de niños en particular. Explica que los estudios externos pueden adquirir validez oficial mediante su revalidación si son equiparables a los del sistema nacional, y que esta revalidación puede otorgarse por niveles educativos, grados o asignaturas. También señala que este artículo sobre revalidación no es aplicable en el jardín de niños mencionado,