El Tribunal Constitucional, de conformidad con el principio de autonomía procesal constitucional, tiene la potestad de crear normas procesales constitucionales para llenar vacíos normativos o perfeccionar el derecho procesal constitucional. Esto se basa en que el Tribunal es el máximo intérprete de la Constitución y órgano supremo de control de constitucionalidad. El Tribunal ha ejercido esta potestad en varios casos para introducir nuevos institutos procesales o modular los efectos de sus sentencias.