BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN
DIRECTA SELECTIVA PARA LA
CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE
BIENES
Aprobada mediante Directiva Nº 018-2012-OSCE/CD
SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA
ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
SIMBOLOGÍA UTILIZADA:
Nº Símbolo Descripción
1 [ABC] / […….]
La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe
ser completada por la Entidad durante la elaboración de las Bases.
2 [ABC] / […….]
Es una indicación, o información que deberá ser completada por la
Entidad con posterioridad al otorgamiento de la Buena Pro para el
caso específico de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO;
o por los proveedores, en el caso de los ANEXOS y en la rotulación
de los sobres de la Propuesta Técnica y Económica.
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IMPORTANTE:
 Abc
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el
Comité Especial o por los proveedores. Se debe registrar en color
azul.
CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO:
Las Bases Estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes
características:
Nº Características Parámetros
1 Márgenes
Superior: 2.5 cm Inferior: 2.5 cm
Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm
2 Fuente Arial
3 Estilo de Fuente
Normal: Para el contenido en general
Cursiva: Para el encabezado y pie de página
Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro
anterior)
4 Color de Fuente
Automático: Para el contenido en general
Azul: Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro
anterior)
5
Tamaño de
Letra
16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y
Específica
11 : Para el nombre de los Capítulos.
10 : Para el cuerpo del documento en general
9 : Para el encabezado y pie de página
Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, según la
necesidad
8 : Para las Notas al pie
6 Alineación
Justificada: Para el contenido en general y notas al pie.
Centrada: Para la primera página, los títulos de las Secciones y
nombres de los Capítulos.
7 Interlineado Sencillo
8 Espaciado
Anterior : 0
Posterior : 0
9 Subrayado
Para los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer hincapié
en algún concepto
INSTRUCCIONES DE USO:
1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en
gris, el texto deberá quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de
negrita y sin sombrear.
2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En
el caso de la Sección Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha
nota.
Elaborado en abril 2014
Bases  adp abono
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BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA
SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO
DE BIENES
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 000-2015-MPSC
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DE BIENES
ADQUISICION DE ABONO ORGANICO DE ISLA PARA LA
EJECUCION DE LOS PLANES DE NEGOCIO DE LAS
CADENAS PRODUCTIVAS DE CHOCHO QUINUA Y PAPA
PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN, LA LIBERTAD”
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE
SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Código Civil.
- Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción
de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña empresa y
del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas
previstas en las presentes Bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la
fecha señalada en el cronograma.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta
un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de
propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus
integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección
deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)
conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción
en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos
y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de
la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal;
teléfono y fax.
IMPORTANTE:
 Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las
Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con
inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor
información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.
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1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de
tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad
con lo establecido en los artículos 55 y 57 del Reglamento.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones
presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de
conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha
señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles desde el
vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.
De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego de
absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de
observaciones al OSCE.
IMPORTANTE:
 No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases que se presenten
extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como
participantes.
1.6. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE
El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE
es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego
absolutorio a través del SEACE.
Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de
pronunciamiento, en los siguientes supuestos:
1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o
fueron acogidas parcialmente;
2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que
tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley,
cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras
normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de
selección; y
3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada
por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley,
cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras
normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de
selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el
vencimiento del plazo para formular observaciones.
El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación
requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el
plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.
La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de
los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.
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1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo
que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como
consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas
por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus
acciones de supervisión.
Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni
modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la
Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad
del proceso por deficiencias en las Bases.
El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los
siguientes plazos:
1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo
para formularlas.
2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo
para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la
emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo
tal derecho.
3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días
hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en
el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar
modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la
admisión de propuestas y factores de evaluación se presentan en idioma castellano o, en
su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor
público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado,
salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos,
catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es
responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero
contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o
electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente
mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio,
incluyendo el manual.
En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su
representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea
persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la
rúbrica sus nombres y apellidos completos.
Cuando la presentación de propuestas se realice en acto público, las personas naturales
podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante
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el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas
lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento
registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con
carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento
registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una
antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas.
(Formato Nº 1)
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante
común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal
o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como
participante, conforme a lo siguiente:
1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste
debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio
presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el
representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del
consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará
conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según
corresponda.
IMPORTANTE:
 Las Entidades someten a fiscalización posterior conforme a lo previsto en el artículo
32 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la
documentación, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la
Buena Pro.
1.9. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS1
En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PÚBLICO, deberá
tenerse en consideración lo siguiente:
La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas
en el cronograma del proceso.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el
orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus
propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le
tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la
presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni
conformar más de un consorcio.
IMPORTANTE:
 En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no
podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un
mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o
conformando otro consorcio en ítems distintos .
1
De acuerdo a lo establecido por el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación
Directa Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.
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En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante
legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.8, y este
exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de
Paz) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el
momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo
que finalmente se resuelva al respecto.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que
contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos
presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.
En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como
errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el
alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos
que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se
trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de
función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados
que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo
cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida
para la presentación de propuestas—, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68
del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar
la propuesta técnica.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no
se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la
propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en
cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá
la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se
formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de
Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A
su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas
técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los
sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres,
los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité
Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el
Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de
la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o
Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo
deseen.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de
presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la
presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como
veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, deberá
tenerse en consideración lo siguiente:
Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar,
el día y horario señalados en las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni
conformar más de un consorcio.
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IMPORTANTE:
 En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no
podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un
mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o
conformando otro consorcio en ítems distintos .
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de
presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la
presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como
veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos,
seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales
conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener
incidencia sobre el costo del suministro de bienes a contratar; excepto la de aquellos
postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional
de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser
expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de
dos decimales.
IMPORTANTE:
 Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten
a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma
independiente.2
1.11. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la
evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:
Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
1.11.1. EVALUACIÓN TÉCNICA
En caso se hubiese previsto la presentación de propuestas en ACTO
PÚBLICO, en la evaluación se deberá tener en consideración lo siguiente:
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos
mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan
dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial
2
Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para
acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con
el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si
la totalidad de las propuestas económicas delpostor se incluyen en un solo sobre.
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hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de
la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la
subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con
la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado
para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas
admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología
de asignación de puntaje establecida para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60)
puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación
económica.
En caso se hubiese previsto la presentación de propuestas en ACTO
PRIVADO, en la evaluación se deberá tener en consideración lo siguiente:
Se procederá a la apertura de las propuestas técnicas presentadas y se
verificará que contengan los documentos de presentación obligatoria y cumplan
con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las
propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma,
tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados
que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de
presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los
requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos
por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales
como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten
estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual
deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida
para la presentación de propuestas—, se actuará conforme lo dispuesto en el
artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse
plazo para subsanar la propuesta técnica.
IMPORTANTE:
 En tanto OSCE no comunique a través de su portal institucional la
implementación del mecanismo de notificación electrónica en el SEACE
para la Entidad, el Comité Especial deberá notificar al postor el
requerimiento de subsanación de la propuesta técnica en forma personal,
conforme a lo dispuesto por la Décima Disposición Complementaria
Transitoria del Reglamento.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las
Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo
anterior, se tendrá por no admitida. El Comité Especial incluirá el motivo de esa
decisión en el acta de los resultados del proceso que se publicará en el SEACE,
debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta técnica y económica,
una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.
Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial
hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de
la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la
subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con
la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
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Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado
para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas
admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología
de asignación de puntaje establecida para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60)
puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación
económica.
En caso de la descalificación de la propuesta, el Comité Especial incluirá el
motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que publicará en
el SEACE.
1.11.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA
Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el
Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo
33 de la Ley.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a
la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará
un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
IMPORTANTE:
 En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o
porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de
la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección,
deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le
corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.
 Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas
económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta
económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo
financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se
tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de
interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si
fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del
Reglamento.
1.12. ACTO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PÚBLICO, se deberá
tener en consideración lo siguiente:
En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la
admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta
última.
El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas
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económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el
puntaje técnico mínimo requerido en las Bases.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el
procedimiento establecido en las presentes Bases.
La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del
Reglamento.
El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a
conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el
que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores,
detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro
se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o
Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen
hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma
fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento
de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de
evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se
publicará el mismo día en el SEACE.
En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO, se deberá
tener en consideración lo siguiente:
El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas
económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el
puntaje técnico mínimo requerido en las Bases.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el
procedimiento establecido en las presentes Bases.
La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del
Reglamento.
El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora,
elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de
prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico,
económico y total obtenido por cada uno de ellos.
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro
se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto se levantará un acta, la cual será suscrita por todos los miembros del
Comité Especial, así como por los veedores, de ser el caso.
El otorgamiento de la Buena Pro se publicará y se entenderá notificado a través del
SEACE, el mismo día de su realización, bajo responsabilidad del Comité Especial,
debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.
1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena
Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que
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los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este
caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse
producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se
producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento, y podrá ser publicado en el
SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.
1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber
quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a
lo previsto en el artículo 115 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe
solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para
contratar con el Estado.
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo
del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la
celebración del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante la Entidad que convocó el proceso de selección
y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien este haya delegado dicha
facultad.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o
cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con
anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de
haberse otorgado la Buena Pro.
La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe
interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado
conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III
DEL CONTRATO
3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o
cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato.
Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la
documentación prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la
subsanación de la documentación presentada y c) El postor ganador subsana las
observaciones formuladas por la Entidad.
En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a
suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo 148 del Reglamento, según corresponda.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o
debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por
medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica,
a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139
del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además
de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
 Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
 Garantía de fiel cumplimiento.
 Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.
 Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.
 Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
 Código de cuenta interbancario (CCI).
3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia
desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia
rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la
prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.
3.3. DE LAS GARANTÍAS
3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del
contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento
(10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la
recepción de la prestación a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia
superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades
podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel
cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta,
con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la
conformidad de la recepción de la prestación.
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15
IMPORTANTE:
Alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como
garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del
monto del contrato original, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley.
Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera
mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a
ser devuelto a la finalización del mismo.
3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como
mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional
por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el
cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su
presentación en ningún caso.
3.3.3. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA
Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del
veinte por ciento (20%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador
deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco
por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta
económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la
recepción de la prestación a cargo del contratista.
3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de
realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben
ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia
de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar
autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos
extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de
Reserva del Perú.
IMPORTANTE:
 Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o
contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y
eventual ejecución.
3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el
artículo 164 del Reglamento.
3.6. ADELANTOS
La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del
Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases.
En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene
derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de
días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.
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3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las penalidades por retraso injustificado en la atención del suministro y las causales para
la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del
Reglamento, respectivamente.
De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el
contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del
Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de
la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del
monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas
penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.
3.8. PAGOS
La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los
bienes objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la
respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea
condición para la entrega de los bienes.
La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la
forma y oportunidad (pagos periódicos) establecida en las Bases o en el contrato,
siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el
pago y acredite la existencia de los bienes, conforme a la sección específica de las
Bases.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la recepción de los bienes,
deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos
recibidos, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los
quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones
establecidas en el contrato.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de
acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses
conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en
que el pago debió efectuarse.
3.9. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se
regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones
legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE
SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS
INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN
RUC Nº : 20141897935
Domicilio legal : Jr. Ramón Castilla Nº 564-Huamachuco
Teléfono/Fax: : 044-441021-440179
Correo electrónico: : correo@munihuamachuco.gob.pe
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de ADQUISICION DE
ABONO ORGANICO DE ISLA PARA LA EJECUCION DE LOS PLANES DE NEGOCIO
DE LAS CADENAS PRODUCTIVAS DE CHOCHO QUINUA Y PAPA PROVINCIA DE
SÁNCHEZ CARRIÓN, LA LIBERTAD.
1.3. VALOR REFERENCIAL3
El valor referencial asciende a S/. 247,885.00 (Doscientos cuarenta y siete mil
ochocientos ochenta y cinco con 00/100 Nuevos soles), incluido los impuestos de Ley
y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien. El valor referencial ha sido
calculado al mes de Setiembre del 2015.
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución de Gerencia N° 407-
2015-MPSC/GM, el 30 de Setiembre del 2015.
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Determinados
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso de selección se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo
con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
NO APLICA
1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que
forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.
1.9. PLAZO DE ENTREGA
3 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial
consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el
monto del valor referencialindicado en las Bases aprobadas.
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Los bienes materia de la presente convocatoria se entregarán en el plazo de 10 días
hábiles de firmado el contrato. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que
debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.
1.10. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
S/ 10.00 nuevos soles
1.11. BASE LEGAL
 Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
 Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2015.
 Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
 Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en
adelante la Ley.
 Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento
 Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
 Directivas de OSCE.
 Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
 Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Ley Nº 28015, Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña y Microempresa.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
-
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Etapa Fecha, hora y lugar
Convocatoria :
Registro de participantes :
Formulación de Consultas y
Observaciones a las Bases
:
Absolución de Consultas y
Observaciones a las Bases
:
Integración de las Bases :
Presentación de Propuestas :
* En acto público: :
Calificación y Evaluación de
Propuestas
:
Otorgamiento de la Buena Pro :
* En acto Público) :
2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizará en La Gerencia de Infraestructura,
Desarrollo Urbano y Rural – GEIDUR, sito en Jr. Ramón Castilla N° 564 - Huamachuco, en
las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 17:15 horas
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondient e en el que se
indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el
registro, así como el día y hora de dicha recepción. Para cuyo efecto se deberá presentar
el formato de registro de participantes indicado en el final de las presentes bases
debidamente firmado y sellado en original y copia.
.
2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas,
ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o la
que haga sus veces, sito en Jr. Ramón Castilla N° 564 – Huamachuco, en las
fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 17:15 horas, debiendo estar
dirigidos al Presidente del Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°
00 – 2015 - MPSC, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico
2.4. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS4
Las propuestas se presentarán en acto público, en LOCAL DE LA MPSC JR. SAN ROMÁN
Cdra. 5 - PLAZA DE ARMAS, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto
público se realizará con la participación de un notario público.
Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control,
quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia
del mismo no vicia el proceso.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité
Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 00-2015-MPSC, conforme al
siguiente detalle:
4 de acuerdo a lo establecido por el artículo 64 del reglamento, el acto de presentación de propuestas en una adjudicación directa
selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las bases.
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SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA
Se presentará en un original y 1 copias5.
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos 6 , la siguiente
documentación:
Documentación de presentación obligatoria:
a) Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno
de los consorciados. (Anexo Nº 1).
b) Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos
contenidos en el Capítulo III de la presente sección7 (Anexo Nº 2).
5 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias
requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.
6 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la
convocatoria.
7 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para
acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se
encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento (tales como: folletos, instructivos, catálogos o
Señores
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SÁNCHEZ CARRIÓN
Jr. Ramón Castilla N° 564 - Huamachuco
Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓNDIRECTA PUBLICA N° 000-2015-MPSC
Denominación de la convocatoria: ADQUISICION DE ABONO ORGANICO DE ISLA
PARA LA EJECUCION DE LOS PLANES DE NEGOCIO DE LAS CADENAS PRODUCTIVAS
DECHOCHOQUINUA Y PAPA PROVINCIA DESÁNCHEZ CARRIÓN, LALIBERTAD
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
Señores
[MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SÁNCHEZCARRIÓN
Jr. Ramón Castilla N° 564 - Huamachuco
Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓNDIRECTA PUBLICA N° 000-2015-MPSC
Denominación de la convocatoria : ADQUISICION DE ABONO ORGANICO
DE ISLA PARA LA EJECUCION DE LOS PLANES DE NEGOCIO DE LAS
CADENAS PRODUCTIVAS DE CHOCHO QUINUA Y PAPA PROVINCIA DE
SÁNCHEZ CARRIÓN, LA LIBERTAD
SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA
[NOMBRE / RAZÓNSOCIAL DEL POSTOR
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c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada,
salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el
representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete
cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas
obligaciones. (Anexo Nº 4)
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para
actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso
de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes
facultades.
e) Declaración jurada de Plazo de entrega (Anexo Nº 5)8.
2.5.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA9
El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios
unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 7).
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser
expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de
dos decimales.
IMPORTANTE:
 La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si
aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el
artículo 39 de su Reglamento.
 En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información
contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.
2.6. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el
puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones,
obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
similares), en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del
numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.
8 En caso de considerar como factor de evaluación la mejora del plazo de entrega, el plazo ofertado en dicho anexo servirá
también para acreditar este factor de evaluación.
9 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.
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23
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i
PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
Se aplicará las siguientes ponderaciones:
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica.
= c1 ≤ 0.70
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.
= 0.30 ≤ c2
Donde: c1 + c2 = 1.00
2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para
suscribir el contrato:
a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
b) Carta fianza de fiel cumplimiento del contrato.
c) Carta fianza por garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso.
d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
e) Código de cuenta interbancario (CCI).
f) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
g) Correo electrónico para notificar la orden de compra, en el caso que habiendo sido
convocado el proceso por relación de ítems, el valor referencial del ítem adjudicado
corresponda al proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de ser el caso.
h) Copia de DNI del Representante Legal.
i) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.
j) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.
k) Copia del RUC de la empresa.
2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o
cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo
dentro del cual el postor ganador y la Entidad deberán realizar las acciones
correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artículo
148 del Reglamento.
La citada documentación deberá ser presentada en mesa de partes de la entidad sito en
Jr. Ramón Castilla N° 564 – Huamachuco.
2.9. ADELANTOS10
La Entidad no otorgará adelantos
2.10. FORMA DE PAGO
La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista
en de Acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las
contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente
documentación:
- Recepción y conformidad por parte de la ……………, en coordinación con almacén
10 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva
garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y
plazo en el cualse entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 171 y 172 del Reglamento.
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central de la MPSC.
- Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la
prestación efectuada, cuando corresponda.
- Comprobante de pago
2.11. PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes al
otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás
condiciones establecidas en el contrato.
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CAPÍTULO III
DETERMINACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA
LA CONTRATACIÓN DE BIENES
1. DENOMINACIÓNDE LA CONTRATACIÓN
Adquisición de abono orgánico Guano de isla para la ejecución de los planes de negocio de las
cadenas productivas de chocho, quinua y papa semilla, que desarrollara la Gerencia de Desarrollo
Económico.
2. FINALIDAD PÚBLICO
El presente proceso de selección busca contar con el abono orgánico Guano de isla de calidad, que
permitatenermayoresresultadosenlaproducciónycosecha.
3. ANTECEDENTES
La Municipalidad Provincia de Sánchez Carrión por intermedio de la Gerencia de Desarrollo
Económico viene desarrollando e implementando diferentes planes de negocio de quinua, chocho y
papa semilla. Bajo el enfoque de producción tecnificada, productividad, organización y con visión
empresarial que permita al productor agropecuario incursionar en nuevos mercados más rentable;
de esta maneramejorarlacalidadde vida de lasfamiliasbeneficiariasdelproyecto.
4. OBJETIVOS DE LA CONTRATACIÓN
ObjetivoGeneral:
 Adquirir abono orgánico guano de isla, a fin de brindar a los productores agropecuarios los mejores
beneficiosenlaproducciónyproductividadde sucultivo.
ObjetivoEspecífico:
 Incrementarel rendimientoaplicandoel abonoorgánicoguanode isla.
 Promoverel cultivode orgánicode productosagrícolas.
5. ALCANCE Y DESCRIPCION DE LOS BIENES A CONTRATAR
5.1. Características y Condiciones
5.1.1. Características Físicas
 El Guano de lasIslasse presentaenformade polvode granulaciónuniforme.
 De colorgris amarillentoverdoso.
 Con olorfuerte avaporesamoniacales.
 Contiene unahumedadde 16 – 18 %.
5.1.2. Características químicas
El Guano de las Islasesun abonoorgániconatural completo,ideal parael buencrecimiento,
desarrolloyproducciónde cosechasrentables.
Viene siendoutilizadoenlaproducciónorgánica,conmuy buenosresultadosenplátano
(banano),café,cacao,quinua,kiwicha,entre otros.
A. Contenidode Nutrientes
El Guano de lasIslascontiene:
Macro elementos:Nitrógeno,FósforoyPotasio.
ElementosSecundarios:calcio,magnesio,azufre.
Micronutrientes:hierro,zinc,cobre,manganeso, boro.
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NUTRIENTE CONTENIDO
MACROELENTOS
Nitrógeno N 10 – 14 %
Fósforo P2O5 10 – 12 %
Potasio K2O 2 – 3 %
ELEMENTOS SECUNDARIOS
Calcio CaO 8 %
Magnesio MgO 5 %
Azufre S 16 %
MICROELEMENTOS
Hierro Fe 320 p.p.m.
Zinc Zn 20 p.p.m.
Cobre Cu 240 p.p.m.
Manganeso Mn 200 p.p.m.
Boro B 160 p.p.m.
TAMBIÉN CONTIENE
Guano de isla
Sacos 4507
Presentación: saco 50kg
Composición Quimica: Materia orgánica (MO) 85%,
Contiene un 10% de Nitrógeno, 2% de fosforo y 2% de
potasio
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Flora Microbiana Hongos y bacterias benéficas
5.1.3. Embalaje y rotulado
El abonoorgánicoguano de isla,natural viene enunsacoplastificado peso de 50Kg con una
rotulación.
5.1.4. Reglamentostécnicos,normas metrológicasy/o sanitarias nacionales
5.1.5. Acondicionamiento,montaje o instalación
El proveedordeberáacondicionarunlugarpreviacoordinaciónconel áreausuaria, conde
garantice su seguridady otrosdaños que afectenlacalidad.
5.1.6. Modalidadde ejecucióncontractual.
No corresponde
5.1.7. Garantía comercial.
La garantía se acreditará de acuerdo a la procedencia y verificación de la documentación de
la empresa.
5.1.8. Visitay muestra
Dependerádel áreausuariacomolorequiera
5.2. Requisitosdel proveedory el personal
5.2.1. El proveedor
El proveedor deberá contar con documentación que acredite ser empresa dedicada a la
compra venta de productos agropecuarios y asi pueda contratar con entidades públicas del
estado.
5.3. Lugar y plazo de ejecuciónde la prestación
Lugar
Abono guano de isla serán entregados en almacén general de la Municipalidad Provincial de
Sánchez Carrión, previa coordinación con el área usuaria y en el plazo establecido según
contrato.
Plazo
El plazode entregaserá en10 días calendarios
5.4. Prueba para la conformidadde los bienes
5.4.1. Pruebas de puesta enfuncionamientopara la conformidadde losbienes
El abono guano de isla a adquirir deberá provenir de empresas prestigiosas de las cuales
garantizarásu uso y aplicación,yasí el áreausuaria dará laconformidad correspondiente.
5.5. Normativa especifica
Contar con la normatividadlegalque regulelacompraventade productosagropecuarios.
Decreto supremo Nº 192 – 2009-EF, que aprueba el reglamento de la ley Nº 29337 y su
modificatoria.
Decreto supremo Nº 103 – 2012 - EF, que aprueba el reglamento de la ley Nº 29337 que
establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva, con fondos concursables
no reembolsables.
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CAPÍTULO IV
CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA
EVALUACIÓN TÉCNICA(Puntaje Máximo: 100 Puntos)
Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la
mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.
De acuerdo con el artículo 44 del Reglamento, se podrán considerar los siguientes factores de
evaluación, dependiendo del tipo de bien que se adquiera11:
FACTORES DE EVALUACIÓN - OPCIONALES
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN
. A. PLAZO DE ENTREGA12
PUNTAJE MAXIMO: 30 PUNTOS
De [01.] hasta [10] días calendario:
[30] puntos
De [10] hasta [15] días calendario:
[20] puntos
De [15] hasta [20] días calendario:
[00] puntos
Criterio:
Se evaluará en función al plazo de entrega ofertado,
el cual debe mejorar el plazo de entrega establecido
como requerimiento técnico mínimo.
Acreditación:
Se acreditará mediante la presentación de
declaración jurada. (Anexo Nº 5)
B. EXPERIENCIA DEL POSTOR
PUNTAJE MAXIMO: 35 PUNTOS
M = Monto facturado acumulado por el
postor por la venta de bienes iguales y/o
similares al objeto de la convocatoria
M >= 02 veces el valor referencial13:
[35] puntos
M >= [01] veces el valor referencial y < [02]
veces el valor referencial:
[15] puntos
M >= [00] veces el valor referencial y < [01]
veces el valor referencial:
[00] puntos14
Criterio:
Se evaluará considerando el monto facturado
acumulado por el postor por la venta de bienes
iguales o similares (Materia Prima, Insumos o
abonos) al objeto de la convocatoria, durante un
periodo de cuatro (4) años a la fecha de la
presentación de propuestas, hasta por un monto
máximo acumulado equivalente a dos (02) veces el
valor referencial.
Acreditación:
La experiencia se acreditará mediante copia simple
de: contratos u órdenes de compra, y su respectiva
conformidad por la venta o suministro efectuados; o
comprobantes de pago cuya cancelación se acredite
documental y fehacientemente, con, voucher de
depósito, reporte de estado de cuenta, cancelación
en el documento, entre otros, correspondientes a un
máximo de veinte (20) contrataciones.
En caso los postores presenten varios
11
El Comité Especial podrá utilizar todos o algunos de los factores contenidos en el presente capítulo. Cabe precisar que, de
acuerdo al artículo 44 del Reglamento pueden establecerse otros factores de evaluación; sin embargo, debe verificarse
que estos sean congruentes, razonablesy proporcionalescon elobjeto de la convocatoria.
12
Este factor podrá ser consignado cuando del expediente de contratación se advierta que el plazo establecido para la
entrega de los bienes admite reducción.
13
No puede establecerse como único parámetro de evaluación la asignación del máximo puntaje a montos facturados
mayores a cinco (5) veces elvalor referencialdelproceso.
14
El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá
cambiar la metodología para la asignación de puntaje.
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29
FACTORES DE EVALUACIÓN - OPCIONALES
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN
comprobantes de pago para acreditar una sola
contratación, se deberá acreditar que corresponden
a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que
los comprobantes acreditan contrataciones
independientes, en cuyo caso solo se considerará,
para la evaluación y calificación, las veinte (20)
primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 6
referido a la Experiencia del Postor.
En el caso de suministro, sólo se considerará como
experiencia la parte del contrato que haya sido
ejecutada a la fecha de presentación de propuestas,
debiendo adjuntarse copia de las conformidades
correspondientes a tal parte o los respectivos
comprobantes de pago.
En los casos que se acredite experiencia adquirida
en consorcio, deberá presentarse la promesa formal
de consorcio o el contrato de consorcio del cual se
desprenda fehacientemente el porcentaje de las
obligaciones que se asumió en el contrato
presentado; de lo contrario, no se computará la
experiencia proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados
de procesos de selección convocados antes del
20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las
obligaciones equivale al porcentaje de participación
de la promesa formal de consorcio o del contrato de
consorcio. En caso que en dichos documentos no
se consigne el porcentaje de participación se
presumirá que las obligaciones se ejecutaron en
partes iguales.
Cuando en los contratos, órdenes de compra o
comprobantes de pago el monto facturado se
encuentre expresado en moneda extranjera, debe
indicarse el tipo de cambio venta publicado por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP
correspondiente a la fecha de suscripción del
contrato, de emisión de la orden de compra o de
cancelación del comprobante de pago, según
corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar
y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia
del Postor.
C.- MEJORAS A LAS CARACTERÍSTICAS
TÉCNICAS DE LOS BIENES Y A LAS
CONDICIONES PREVISTAS
Criterio:
- Mejora 1: El postor ofrece Los mecanismos de
aseguramiento de calidad certificada;
- Mejora 2: El postor ofrece Los sistemas de
seguridad en Transporte de los bienes.
15 PUNTOS
Mejora 1 5 puntos
Mejora 2 5 puntos
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30
FACTORES DE EVALUACIÓN - OPCIONALES
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN
- Mejora 3: El postor ofrece Los sistemas de
seguridad ambiental y gestión del medio
Acreditación:
Se acreditará con la documentación
correspondiente y/o la presentación de una
declaración jurada.
Mejora 3 5 puntos
D. CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN
Criterio:
Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto
de los contratos presentados para acreditar la
experiencia del postor, en función al número de
constancias de prestación presentadas.
Acreditación:
Mediante la presentación de un máximo de veinte (20)
constancias de prestación o cualquier otro documento
que, independientemente de su denominación, indique,
como mínimo, lo siguiente:
1. La identificación del contrato u orden de compra,
indicando como mínimo su objeto.
2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al
que asciende el contrato, comprendiendo las
variaciones por adicionales, reducciones, reajustes,
etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución
contractual.
3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista
durante la ejecución de dicho contrato
Se debe utilizar la siguiente fórmula de
evaluación15
:
PCP= PF x CBC
NC
Donde:
PCP = Puntaje a otorgarse al postor.
PF = Puntaje máximo al postor.
NC = Número de contrataciones presentadas
para acreditar la experiencia del postor.
CBC = Número de constancias de prestación
válidas.
[20] puntos
PUNTAJE TOTAL 100 puntos16
 Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un
puntaje técnico mínimo de sesenta (60) puntos.
CAPÍTULO V
PROFORMADEL CONTRATO
15
Para mayor detalle, se recomienda revisar los Pronunciamientos Nº 095-2010/DTN y Nº 111-2010/DTN en
www.osce.gob.pe
16
Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación.
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31
IMPORTANTE:
 Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión
de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las
que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo
señalado en este capítulo.
Conste por el presente documento, la contratación del suministro de [CONSIGNAR LA
DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL
NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal
en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte
[……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en
[……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......]
del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado
por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según
poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas
Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en
los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN
DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN]
para la contratación de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a
[INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en
los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN],
conforme a las Especificaciones Técnicas.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO],
[CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.17
Este monto comprende el costo de los bienes, transporte hasta el punto de entrega, seguros e
impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación
materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO18
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA],
en [INDICAR EL DETALLE DE LOS PAGOS PERIÓDICOS], luego de la recepción formal y
completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un
plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al
otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones
establecidas en el contrato.
En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme
a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la
17
Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración Jurada de
cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración delIGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica.
18
En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente
a efectos de generar elpago.
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32
oportunidad en el que el pago debió efectuarse.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se
computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O
DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA
EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora 19 y los
documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria,
irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA
ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
 De fiel cumplimiento del contrato20: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR
EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE].
Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma
que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
IMPORTANTE:
 Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, si el
postor ganador de la Buena Pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto
del contrato original como garantía de fiel cumplimiento deberá consignarse lo siguiente:
“De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la
retención que deberá efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total
de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización
del mismo”
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
 Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias 21: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a
través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA
QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las
obligaciones garantizadas.
 Garantía por el monto diferencial de la propuesta22: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través
19
La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.
20
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel
cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener
vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades
podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el
monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la
conformidad de la recepción de la prestación.
21
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las
contrataciones de bienes que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o
actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones
accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse
su presentación en ningún caso.
22
En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la
propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste en el proceso de
selección para la contratación de bienes, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía
adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta
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de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE
LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de
la prestación.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera
con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
IMPORTANTE:
 Sólo en caso la Entidad hubiese previsto otorgar adelanto, se deberán incluir las siguientes
cláusulas:
“CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO23
“LA ENTIDAD otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos
directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 30% DEL
MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original.
EL CONTRATISTA debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO Y
OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos24
mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago
correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud.
LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes
a la presentación de la solicitud del contratista.
En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, EL
CONTRATISTA tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación
por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.”
CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN
La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA
O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARA LA CONFORMIDAD].
De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido
de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la
complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días
calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la
subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que
correspondan.
Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las
características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción,
debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que
correspondan.
económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del
contratista.
23
Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva
garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y
plazo en el cualse entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 171 y 172 del Reglamento.
24
De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo
de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total
del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida
con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
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CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones
derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado
en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a
reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50
de la Ley de Contrataciones del Estado.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO
MENOR DE UN (1) AÑO] años.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto
del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto
máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del
monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la
Ley de Contrataciones del Estado.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la
siguiente fórmula:
Penalidad Diaria =
0.10 x Monto
F x Plazo en días
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió
ejecutarse o, en caso que éstos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación
parcial que fuera materia de retraso.
Esta penalidad será deducida de los pagos periódicos o del pago final; o si fuese necesario se
cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto
diferencial de la propuesta (de ser el caso).
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el
contrato por incumplimiento.
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y
su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.
IMPORTANTE:
 De preverse en las Especificaciones Técnicas penalidades distintas a la penalidad por mora,
se deberá consignar el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán
objeto de penalidad, los montos o porcentajes que le corresponderían aplicar por cada tipo de
incumplimiento y la forma o procedimiento mediante el que se verificará la ocurrencia de tales
incumplimientos.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c),
y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De
darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del
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35
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir
a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización
correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y
pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás
obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento,
en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de
aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y
demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS25
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las
controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de
caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento o, en su
defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia,
sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo
señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta
como una sentencia.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos
los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN
CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante
la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR
GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN
DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra
parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente
contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al
25
De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para
resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y,
según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje
del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc,
deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.
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[CONSIGNAR FECHA].
“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”
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FORMATOS Y ANEXOS
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38
FORMATO N° 1 26
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O
CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº
RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su
[CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA
JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU
NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a
ustedes, en relación con el Adjudicación Directa Selectiva N° [CONSIGNAR NOMENCLATURA
DEL PROCESO], a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL
APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento,
debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.27
…..………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
26
El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el
representante común del consorcio no concurra personalmente alproceso de selección.
27
Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.
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39
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE
SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de
[CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE
SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono : Fax :
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
 Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los
consorciados.
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40
ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
De nuestra consideración:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y
demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el
postor ofrece el Bien de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de
conformidad con las Especificaciones Técnicas, las demás condiciones que se indican en el Capítulo
III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
 Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el
cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el
contenido del sobre técnico.
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41
ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE
SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado,
conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de
selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del
presente proceso de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el
contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así
como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
 Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los
consorciados.
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42
ANEXO Nº 4
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
De nuestra consideración,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso
que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta al ADJUDICACIÓN
DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], responsabilizándonos
solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de
consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada
consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE
DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD],
como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso
de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NO MBRE DE
LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones
 [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
 [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones
 [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
 [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
TOTAL: 100%
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………. …………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del
Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN
ADP N° …. -2015-MPSC
43
ANEXO Nº 5
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE ENTREGA
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del
proceso de la referencia, me comprometo a entregar los bienes objeto del presente proceso de
selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO
EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, conforme el cronograma de entrega establecido en las
Bases del proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
44
ANEXO Nº 6
EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA:
Nº CLIENTE
OBJETO DEL
CONTRATO
N° CONTRATO / O/C /
COMPROBANTE DE
PAGO
FECHA28
MONEDA IMPORTE
TIPO DE CAMBIO
VENTA29
MONTO FACTURADO
ACUMULADO30
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
TOTAL
28
Se refiere a la fecha de suscripción delcontrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
29
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación delcomprobante
de pago, según corresponda.
30
Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
45
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
46
ANEXO Nº 7
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA
(MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
De nuestra consideración,
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del
presente proceso de selección y las Especificaciones Técnicas, mi propuesta económica es la
siguiente:
CONCEPTO
COSTO TOTAL
[CONSIGNAR MONEDA]
TOTAL
La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de
ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto
que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de los bienes a contratar, excepto la
de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
 En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema de precios unitarios, deberá
requerirse que el postor consigne en la propuesta económica los precios unitarios y
subtotales de su oferta.
 Cuando el proceso se convoque a suma alzada, únicamente deberá requerirse que la
propuesta económica contenga el monto total de la oferta, sin perjuicio de solicitar que el
postor adjudicado presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para la
formalización del contrato, lo que deberá ser precisado en el numeral 2.7 de la sección
específica.
 En caso de convocarse el proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten
a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.
 La propuesta económica de los postores que presenten la Declaración Jurada de
cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo 8), debe
encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV.
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
47
ANEXO Nº 8
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA
EXONERACIÓN DEL IGV
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE
SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV
previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con
las condiciones siguientes:
1.- Que el domicilio fiscal de la empresa31
se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el
lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);
2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso
de personas jurídicas);
3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la
Amazonía; y
4.- Que la empresa no tiene producción fuera de la Amazonía32.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
 Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los
consorciados.
31
En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la
Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas
consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras de rentas de tercera categoría, ubicadas en la
Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto
a la Renta.”
32
En caso de tratarse de una empresa de comercialización, no consignar está condición.
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
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Bases adp abono

  • 1. BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES Aprobada mediante Directiva Nº 018-2012-OSCE/CD SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
  • 2. SIMBOLOGÍA UTILIZADA: Nº Símbolo Descripción 1 [ABC] / […….] La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser completada por la Entidad durante la elaboración de las Bases. 2 [ABC] / […….] Es una indicación, o información que deberá ser completada por la Entidad con posterioridad al otorgamiento de la Buena Pro para el caso específico de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los proveedores, en el caso de los ANEXOS y en la rotulación de los sobres de la Propuesta Técnica y Económica. 3 IMPORTANTE:  Abc Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el Comité Especial o por los proveedores. Se debe registrar en color azul. CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO: Las Bases Estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características: Nº Características Parámetros 1 Márgenes Superior: 2.5 cm Inferior: 2.5 cm Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm 2 Fuente Arial 3 Estilo de Fuente Normal: Para el contenido en general Cursiva: Para el encabezado y pie de página Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior) 4 Color de Fuente Automático: Para el contenido en general Azul: Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior) 5 Tamaño de Letra 16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y Específica 11 : Para el nombre de los Capítulos. 10 : Para el cuerpo del documento en general 9 : Para el encabezado y pie de página Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, según la necesidad 8 : Para las Notas al pie 6 Alineación Justificada: Para el contenido en general y notas al pie. Centrada: Para la primera página, los títulos de las Secciones y nombres de los Capítulos. 7 Interlineado Sencillo 8 Espaciado Anterior : 0 Posterior : 0 9 Subrayado Para los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer hincapié en algún concepto
  • 3. INSTRUCCIONES DE USO: 1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear. 2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota. Elaborado en abril 2014
  • 5. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 1 BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 000-2015-MPSC PRIMERA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DE BIENES ADQUISICION DE ABONO ORGANICO DE ISLA PARA LA EJECUCION DE LOS PLANES DE NEGOCIO DE LAS CADENAS PRODUCTIVAS DE CHOCHO QUINUA Y PAPA PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN, LA LIBERTAD”
  • 6. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 2 SECCIÓN GENERAL DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
  • 7. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 3 CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 1.1. BASE LEGAL - Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. - Código Civil. - Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. - Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE. - Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases. 1.2. CONVOCATORIA Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma. 1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax. IMPORTANTE:  Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.
  • 8. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 4 1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y 57 del Reglamento. 1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego de absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE. IMPORTANTE:  No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes. 1.6. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE. Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos: 1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente; 2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y 3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones. El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones. La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.
  • 9. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 5 1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión. Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos: 1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas. 2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho. 3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE. Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad. 1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. Cuando la presentación de propuestas se realice en acto público, las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante
  • 10. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 6 el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: 1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio. 2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio. 3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda. IMPORTANTE:  Las Entidades someten a fiscalización posterior conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la documentación, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro. 1.9. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS1 En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PÚBLICO, deberá tenerse en consideración lo siguiente: La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso. El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. IMPORTANTE:  En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos . 1 De acuerdo a lo establecido por el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directa Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.
  • 11. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 7 En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto. Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases. En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica. En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto. Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas. Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso. En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, deberá tenerse en consideración lo siguiente: Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el día y horario señalados en las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
  • 12. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 8 IMPORTANTE:  En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos . De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso. 1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del suministro de bienes a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. IMPORTANTE:  Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.2 1.11. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica. Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos Propuesta Económica : 100 puntos 1.11.1. EVALUACIÓN TÉCNICA En caso se hubiese previsto la presentación de propuestas en ACTO PÚBLICO, en la evaluación se deberá tener en consideración lo siguiente: Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas. Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial 2 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas delpostor se incluyen en un solo sobre.
  • 13. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 9 hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica. En caso se hubiese previsto la presentación de propuestas en ACTO PRIVADO, en la evaluación se deberá tener en consideración lo siguiente: Se procederá a la apertura de las propuestas técnicas presentadas y se verificará que contengan los documentos de presentación obligatoria y cumplan con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas. En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica. IMPORTANTE:  En tanto OSCE no comunique a través de su portal institucional la implementación del mecanismo de notificación electrónica en el SEACE para la Entidad, el Comité Especial deberá notificar al postor el requerimiento de subsanación de la propuesta técnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Décima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento. En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se tendrá por no admitida. El Comité Especial incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que se publicará en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta técnica y económica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro. Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
  • 14. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 10 Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica. En caso de la descalificación de la propuesta, el Comité Especial incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que publicará en el SEACE. 1.11.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMPE Oi Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica IMPORTANTE:  En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.  Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento. 1.12. ACTO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PÚBLICO, se deberá tener en consideración lo siguiente: En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas
  • 15. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 11 económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las Bases. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE. En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO, se deberá tener en consideración lo siguiente: El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las Bases. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenido por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto se levantará un acta, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité Especial, así como por los veedores, de ser el caso. El otorgamiento de la Buena Pro se publicará y se entenderá notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, bajo responsabilidad del Comité Especial, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo. 1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que
  • 16. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 12 los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente. 1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 115 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
  • 17. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 13 CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1. RECURSO DE APELACIÓN A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato. El recurso de apelación se presenta ante la Entidad que convocó el proceso de selección y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien este haya delegado dicha facultad. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado. 2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
  • 18. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 14 CAPÍTULO III DEL CONTRATO 3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148 del Reglamento, según corresponda. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:  Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.  Garantía de fiel cumplimiento.  Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.  Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.  Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.  Código de cuenta interbancario (CCI). 3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente. 3.3. DE LAS GARANTÍAS 3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
  • 19. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 15 IMPORTANTE: Alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo. 3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso. 3.3.3. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. 3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. IMPORTANTE:  Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución. 3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento. 3.6. ADELANTOS La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.
  • 20. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 16 3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las penalidades por retraso injustificado en la atención del suministro y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora. 3.8. PAGOS La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los bienes objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la entrega de los bienes. La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pagos periódicos) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de los bienes, conforme a la sección específica de las Bases. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la recepción de los bienes, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse. 3.9. DISPOSICIONES FINALES Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
  • 21. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 17 SECCIÓN ESPECÍFICA CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN (EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
  • 22. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 18 CAPÍTULO I GENERALIDADES 1.1. ENTIDAD CONVOCANTE Nombre : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN RUC Nº : 20141897935 Domicilio legal : Jr. Ramón Castilla Nº 564-Huamachuco Teléfono/Fax: : 044-441021-440179 Correo electrónico: : correo@munihuamachuco.gob.pe 1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de ADQUISICION DE ABONO ORGANICO DE ISLA PARA LA EJECUCION DE LOS PLANES DE NEGOCIO DE LAS CADENAS PRODUCTIVAS DE CHOCHO QUINUA Y PAPA PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN, LA LIBERTAD. 1.3. VALOR REFERENCIAL3 El valor referencial asciende a S/. 247,885.00 (Doscientos cuarenta y siete mil ochocientos ochenta y cinco con 00/100 Nuevos soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien. El valor referencial ha sido calculado al mes de Setiembre del 2015. 1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución de Gerencia N° 407- 2015-MPSC/GM, el 30 de Setiembre del 2015. 1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Determinados 1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN El presente proceso de selección se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo. 1.7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL NO APLICA 1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El alcance de la prestación está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III. 1.9. PLAZO DE ENTREGA 3 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencialindicado en las Bases aprobadas.
  • 23. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 19 Los bienes materia de la presente convocatoria se entregarán en el plazo de 10 días hábiles de firmado el contrato. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación. 1.10. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES S/ 10.00 nuevos soles 1.11. BASE LEGAL  Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.  Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2015.  Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.  Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.  Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento  Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.  Directivas de OSCE.  Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.  Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. - Ley Nº 28015, Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña y Microempresa. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. - Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
  • 24. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 20 CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Etapa Fecha, hora y lugar Convocatoria : Registro de participantes : Formulación de Consultas y Observaciones a las Bases : Absolución de Consultas y Observaciones a las Bases : Integración de las Bases : Presentación de Propuestas : * En acto público: : Calificación y Evaluación de Propuestas : Otorgamiento de la Buena Pro : * En acto Público) : 2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de los participantes es gratuito y se realizará en La Gerencia de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural – GEIDUR, sito en Jr. Ramón Castilla N° 564 - Huamachuco, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 17:15 horas En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondient e en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción. Para cuyo efecto se deberá presentar el formato de registro de participantes indicado en el final de las presentes bases debidamente firmado y sellado en original y copia. . 2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Jr. Ramón Castilla N° 564 – Huamachuco, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 17:15 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 00 – 2015 - MPSC, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico 2.4. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS4 Las propuestas se presentarán en acto público, en LOCAL DE LA MPSC JR. SAN ROMÁN Cdra. 5 - PLAZA DE ARMAS, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de un notario público. Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 00-2015-MPSC, conforme al siguiente detalle: 4 de acuerdo a lo establecido por el artículo 64 del reglamento, el acto de presentación de propuestas en una adjudicación directa selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las bases.
  • 25. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 21 SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado: SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado: 2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA Se presentará en un original y 1 copias5. El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos 6 , la siguiente documentación: Documentación de presentación obligatoria: a) Declaración jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1). b) Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección7 (Anexo Nº 2). 5 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial. 6 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria. 7 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento (tales como: folletos, instructivos, catálogos o Señores MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SÁNCHEZ CARRIÓN Jr. Ramón Castilla N° 564 - Huamachuco Att.: Comité Especial ADJUDICACIÓNDIRECTA PUBLICA N° 000-2015-MPSC Denominación de la convocatoria: ADQUISICION DE ABONO ORGANICO DE ISLA PARA LA EJECUCION DE LOS PLANES DE NEGOCIO DE LAS CADENAS PRODUCTIVAS DECHOCHOQUINUA Y PAPA PROVINCIA DESÁNCHEZ CARRIÓN, LALIBERTAD SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR] Señores [MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SÁNCHEZCARRIÓN Jr. Ramón Castilla N° 564 - Huamachuco Att.: Comité Especial ADJUDICACIÓNDIRECTA PUBLICA N° 000-2015-MPSC Denominación de la convocatoria : ADQUISICION DE ABONO ORGANICO DE ISLA PARA LA EJECUCION DE LOS PLANES DE NEGOCIO DE LAS CADENAS PRODUCTIVAS DE CHOCHO QUINUA Y PAPA PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN, LA LIBERTAD SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA [NOMBRE / RAZÓNSOCIAL DEL POSTOR
  • 26. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 22 c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4) La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. e) Declaración jurada de Plazo de entrega (Anexo Nº 5)8. 2.5.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA9 El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria: Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 7). El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. IMPORTANTE:  La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.  En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada. 2.6. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula: PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i similares), en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases. 8 En caso de considerar como factor de evaluación la mejora del plazo de entrega, el plazo ofertado en dicho anexo servirá también para acreditar este factor de evaluación. 9 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.
  • 27. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 23 PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i Se aplicará las siguientes ponderaciones: c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica. = c1 ≤ 0.70 c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica. = 0.30 ≤ c2 Donde: c1 + c2 = 1.00 2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Carta fianza de fiel cumplimiento del contrato. c) Carta fianza por garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. e) Código de cuenta interbancario (CCI). f) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato. g) Correo electrónico para notificar la orden de compra, en el caso que habiendo sido convocado el proceso por relación de ítems, el valor referencial del ítem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de ser el caso. h) Copia de DNI del Representante Legal. i) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. j) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. k) Copia del RUC de la empresa. 2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad deberán realizar las acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artículo 148 del Reglamento. La citada documentación deberá ser presentada en mesa de partes de la entidad sito en Jr. Ramón Castilla N° 564 – Huamachuco. 2.9. ADELANTOS10 La Entidad no otorgará adelantos 2.10. FORMA DE PAGO La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en de Acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación: - Recepción y conformidad por parte de la ……………, en coordinación con almacén 10 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cualse entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 171 y 172 del Reglamento.
  • 28. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 24 central de la MPSC. - Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada, cuando corresponda. - Comprobante de pago 2.11. PLAZO PARA EL PAGO La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
  • 29. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 25 CAPÍTULO III DETERMINACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES 1. DENOMINACIÓNDE LA CONTRATACIÓN Adquisición de abono orgánico Guano de isla para la ejecución de los planes de negocio de las cadenas productivas de chocho, quinua y papa semilla, que desarrollara la Gerencia de Desarrollo Económico. 2. FINALIDAD PÚBLICO El presente proceso de selección busca contar con el abono orgánico Guano de isla de calidad, que permitatenermayoresresultadosenlaproducciónycosecha. 3. ANTECEDENTES La Municipalidad Provincia de Sánchez Carrión por intermedio de la Gerencia de Desarrollo Económico viene desarrollando e implementando diferentes planes de negocio de quinua, chocho y papa semilla. Bajo el enfoque de producción tecnificada, productividad, organización y con visión empresarial que permita al productor agropecuario incursionar en nuevos mercados más rentable; de esta maneramejorarlacalidadde vida de lasfamiliasbeneficiariasdelproyecto. 4. OBJETIVOS DE LA CONTRATACIÓN ObjetivoGeneral:  Adquirir abono orgánico guano de isla, a fin de brindar a los productores agropecuarios los mejores beneficiosenlaproducciónyproductividadde sucultivo. ObjetivoEspecífico:  Incrementarel rendimientoaplicandoel abonoorgánicoguanode isla.  Promoverel cultivode orgánicode productosagrícolas. 5. ALCANCE Y DESCRIPCION DE LOS BIENES A CONTRATAR 5.1. Características y Condiciones 5.1.1. Características Físicas  El Guano de lasIslasse presentaenformade polvode granulaciónuniforme.  De colorgris amarillentoverdoso.  Con olorfuerte avaporesamoniacales.  Contiene unahumedadde 16 – 18 %. 5.1.2. Características químicas El Guano de las Islasesun abonoorgániconatural completo,ideal parael buencrecimiento, desarrolloyproducciónde cosechasrentables. Viene siendoutilizadoenlaproducciónorgánica,conmuy buenosresultadosenplátano (banano),café,cacao,quinua,kiwicha,entre otros. A. Contenidode Nutrientes El Guano de lasIslascontiene: Macro elementos:Nitrógeno,FósforoyPotasio. ElementosSecundarios:calcio,magnesio,azufre. Micronutrientes:hierro,zinc,cobre,manganeso, boro.
  • 30. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 26 NUTRIENTE CONTENIDO MACROELENTOS Nitrógeno N 10 – 14 % Fósforo P2O5 10 – 12 % Potasio K2O 2 – 3 % ELEMENTOS SECUNDARIOS Calcio CaO 8 % Magnesio MgO 5 % Azufre S 16 % MICROELEMENTOS Hierro Fe 320 p.p.m. Zinc Zn 20 p.p.m. Cobre Cu 240 p.p.m. Manganeso Mn 200 p.p.m. Boro B 160 p.p.m. TAMBIÉN CONTIENE Guano de isla Sacos 4507 Presentación: saco 50kg Composición Quimica: Materia orgánica (MO) 85%, Contiene un 10% de Nitrógeno, 2% de fosforo y 2% de potasio
  • 31. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 27 Flora Microbiana Hongos y bacterias benéficas 5.1.3. Embalaje y rotulado El abonoorgánicoguano de isla,natural viene enunsacoplastificado peso de 50Kg con una rotulación. 5.1.4. Reglamentostécnicos,normas metrológicasy/o sanitarias nacionales 5.1.5. Acondicionamiento,montaje o instalación El proveedordeberáacondicionarunlugarpreviacoordinaciónconel áreausuaria, conde garantice su seguridady otrosdaños que afectenlacalidad. 5.1.6. Modalidadde ejecucióncontractual. No corresponde 5.1.7. Garantía comercial. La garantía se acreditará de acuerdo a la procedencia y verificación de la documentación de la empresa. 5.1.8. Visitay muestra Dependerádel áreausuariacomolorequiera 5.2. Requisitosdel proveedory el personal 5.2.1. El proveedor El proveedor deberá contar con documentación que acredite ser empresa dedicada a la compra venta de productos agropecuarios y asi pueda contratar con entidades públicas del estado. 5.3. Lugar y plazo de ejecuciónde la prestación Lugar Abono guano de isla serán entregados en almacén general de la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión, previa coordinación con el área usuaria y en el plazo establecido según contrato. Plazo El plazode entregaserá en10 días calendarios 5.4. Prueba para la conformidadde los bienes 5.4.1. Pruebas de puesta enfuncionamientopara la conformidadde losbienes El abono guano de isla a adquirir deberá provenir de empresas prestigiosas de las cuales garantizarásu uso y aplicación,yasí el áreausuaria dará laconformidad correspondiente. 5.5. Normativa especifica Contar con la normatividadlegalque regulelacompraventade productosagropecuarios. Decreto supremo Nº 192 – 2009-EF, que aprueba el reglamento de la ley Nº 29337 y su modificatoria. Decreto supremo Nº 103 – 2012 - EF, que aprueba el reglamento de la ley Nº 29337 que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva, con fondos concursables no reembolsables.
  • 32. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 28 CAPÍTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA EVALUACIÓN TÉCNICA(Puntaje Máximo: 100 Puntos) Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer. De acuerdo con el artículo 44 del Reglamento, se podrán considerar los siguientes factores de evaluación, dependiendo del tipo de bien que se adquiera11: FACTORES DE EVALUACIÓN - OPCIONALES PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN . A. PLAZO DE ENTREGA12 PUNTAJE MAXIMO: 30 PUNTOS De [01.] hasta [10] días calendario: [30] puntos De [10] hasta [15] días calendario: [20] puntos De [15] hasta [20] días calendario: [00] puntos Criterio: Se evaluará en función al plazo de entrega ofertado, el cual debe mejorar el plazo de entrega establecido como requerimiento técnico mínimo. Acreditación: Se acreditará mediante la presentación de declaración jurada. (Anexo Nº 5) B. EXPERIENCIA DEL POSTOR PUNTAJE MAXIMO: 35 PUNTOS M = Monto facturado acumulado por el postor por la venta de bienes iguales y/o similares al objeto de la convocatoria M >= 02 veces el valor referencial13: [35] puntos M >= [01] veces el valor referencial y < [02] veces el valor referencial: [15] puntos M >= [00] veces el valor referencial y < [01] veces el valor referencial: [00] puntos14 Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la venta de bienes iguales o similares (Materia Prima, Insumos o abonos) al objeto de la convocatoria, durante un periodo de cuatro (4) años a la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a dos (02) veces el valor referencial. Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de compra, y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuados; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con, voucher de depósito, reporte de estado de cuenta, cancelación en el documento, entre otros, correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. En caso los postores presenten varios 11 El Comité Especial podrá utilizar todos o algunos de los factores contenidos en el presente capítulo. Cabe precisar que, de acuerdo al artículo 44 del Reglamento pueden establecerse otros factores de evaluación; sin embargo, debe verificarse que estos sean congruentes, razonablesy proporcionalescon elobjeto de la convocatoria. 12 Este factor podrá ser consignado cuando del expediente de contratación se advierta que el plazo establecido para la entrega de los bienes admite reducción. 13 No puede establecerse como único parámetro de evaluación la asignación del máximo puntaje a montos facturados mayores a cinco (5) veces elvalor referencialdelproceso. 14 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.
  • 33. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 29 FACTORES DE EVALUACIÓN - OPCIONALES PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se deberá acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor. En el caso de suministro, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de compra o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor. C.- MEJORAS A LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS BIENES Y A LAS CONDICIONES PREVISTAS Criterio: - Mejora 1: El postor ofrece Los mecanismos de aseguramiento de calidad certificada; - Mejora 2: El postor ofrece Los sistemas de seguridad en Transporte de los bienes. 15 PUNTOS Mejora 1 5 puntos Mejora 2 5 puntos
  • 34. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 30 FACTORES DE EVALUACIÓN - OPCIONALES PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN - Mejora 3: El postor ofrece Los sistemas de seguridad ambiental y gestión del medio Acreditación: Se acreditará con la documentación correspondiente y/o la presentación de una declaración jurada. Mejora 3 5 puntos D. CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN Criterio: Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas. Acreditación: Mediante la presentación de un máximo de veinte (20) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente: 1. La identificación del contrato u orden de compra, indicando como mínimo su objeto. 2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual. 3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecución de dicho contrato Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación15 : PCP= PF x CBC NC Donde: PCP = Puntaje a otorgarse al postor. PF = Puntaje máximo al postor. NC = Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor. CBC = Número de constancias de prestación válidas. [20] puntos PUNTAJE TOTAL 100 puntos16  Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de sesenta (60) puntos. CAPÍTULO V PROFORMADEL CONTRATO 15 Para mayor detalle, se recomienda revisar los Pronunciamientos Nº 095-2010/DTN y Nº 111-2010/DTN en www.osce.gob.pe 16 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación.
  • 35. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 31 IMPORTANTE:  Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo. Conste por el presente documento, la contratación del suministro de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN] para la contratación de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a las Especificaciones Técnicas. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.17 Este monto comprende el costo de los bienes, transporte hasta el punto de entrega, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO18 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR EL DETALLE DE LOS PAGOS PERIÓDICOS], luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos. LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato. En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la 17 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración delIGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica. 18 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar elpago.
  • 36. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 32 oportunidad en el que el pago debió efectuarse. CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO]. CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora 19 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:  De fiel cumplimiento del contrato20: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. IMPORTANTE:  Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, si el postor ganador de la Buena Pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento deberá consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que deberá efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo” En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:  Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias 21: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.  Garantía por el monto diferencial de la propuesta22: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través 19 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro. 20 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación. 21 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de bienes que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso. 22 En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste en el proceso de selección para la contratación de bienes, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta
  • 37. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 33 de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. IMPORTANTE:  Sólo en caso la Entidad hubiese previsto otorgar adelanto, se deberán incluir las siguientes cláusulas: “CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO23 “LA ENTIDAD otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 30% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original. EL CONTRATISTA debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos24 mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud. LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la presentación de la solicitud del contratista. En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.” CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARA LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan. económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. 23 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cualse entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 171 y 172 del Reglamento. 24 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
  • 38. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 34 CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado. El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] años. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: Penalidad Diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso. Esta penalidad será deducida de los pagos periódicos o del pago final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda. IMPORTANTE:  De preverse en las Especificaciones Técnicas penalidades distintas a la penalidad por mora, se deberá consignar el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad, los montos o porcentajes que le corresponderían aplicar por cada tipo de incumplimiento y la forma o procedimiento mediante el que se verificará la ocurrencia de tales incumplimientos. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del
  • 39. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 35 Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado. CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS25 Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato: DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ] DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO] La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario. De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al 25 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.
  • 40. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 36 [CONSIGNAR FECHA]. “LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”
  • 41. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 37 FORMATOS Y ANEXOS
  • 42. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 38 FORMATO N° 1 26 MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- [CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con el Adjudicación Directa Selectiva N° [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección. Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.27 …..………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda 26 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente alproceso de selección. 27 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.
  • 43. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 39 ANEXO Nº 1 DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- Estimados Señores: El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad: Nombre o Razón Social : Domicilio Legal : RUC : Teléfono : Fax : [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ……........................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda IMPORTANTE:  Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
  • 44. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 40 ANEXO Nº 2 DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- De nuestra consideración: Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Bien de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con las Especificaciones Técnicas, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] …….………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda IMPORTANTE:  Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.
  • 45. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 41 ANEXO Nº 3 DECLARACIÓN JURADA (ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO) Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- De nuestra consideración: Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento: 1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado. 2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección. 4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro. 5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda IMPORTANTE:  Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
  • 46. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 42 ANEXO Nº 4 PROMESA FORMAL DE CONSORCIO (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor) Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- De nuestra consideración, Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta al ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NO MBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................]. OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones  [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]  [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ] OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones  [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]  [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ] TOTAL: 100% [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ..…………………………………. ………………………………….. Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2
  • 47. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZCARRIÓN ADP N° …. -2015-MPSC 43 ANEXO Nº 5 DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE ENTREGA Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- De nuestra consideración, Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a entregar los bienes objeto del presente proceso de selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, conforme el cronograma de entrega establecido en las Bases del proceso. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] …….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
  • 48. [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD] [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] 44 ANEXO Nº 6 EXPERIENCIA DEL POSTOR Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA: Nº CLIENTE OBJETO DEL CONTRATO N° CONTRATO / O/C / COMPROBANTE DE PAGO FECHA28 MONEDA IMPORTE TIPO DE CAMBIO VENTA29 MONTO FACTURADO ACUMULADO30 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 TOTAL 28 Se refiere a la fecha de suscripción delcontrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. 29 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación delcomprobante de pago, según corresponda. 30 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
  • 49. [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD] [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] 45 [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
  • 50. [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD] [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] 46 ANEXO Nº 7 CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO) Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- De nuestra consideración, Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y las Especificaciones Técnicas, mi propuesta económica es la siguiente: CONCEPTO COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA] TOTAL La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de los bienes a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ……………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda IMPORTANTE:  En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema de precios unitarios, deberá requerirse que el postor consigne en la propuesta económica los precios unitarios y subtotales de su oferta.  Cuando el proceso se convoque a suma alzada, únicamente deberá requerirse que la propuesta económica contenga el monto total de la oferta, sin perjuicio de solicitar que el postor adjudicado presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para la formalización del contrato, lo que deberá ser precisado en el numeral 2.7 de la sección específica.  En caso de convocarse el proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.  La propuesta económica de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo 8), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV.
  • 51. [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD] [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] 47 ANEXO Nº 8 DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL IGV Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- De nuestra consideración, Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con las condiciones siguientes: 1.- Que el domicilio fiscal de la empresa31 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad); 2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso de personas jurídicas); 3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la Amazonía; y 4.- Que la empresa no tiene producción fuera de la Amazonía32. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda IMPORTANTE:  Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. 31 En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras de rentas de tercera categoría, ubicadas en la Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto a la Renta.” 32 En caso de tratarse de una empresa de comercialización, no consignar está condición.
  • 52. [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD] [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] 48