Este documento define y establece los límites de las funciones de la policía judicial y la detención preventiva realizada por la policía. Define a la policía judicial como el conjunto de autoridades que colaboran con los funcionarios judiciales en la investigación de delitos bajo la dirección de fiscales o jueces. Establece que la detención preventiva realizada por la policía tiene como objetivo verificar hechos relacionados con motivos fundados de aprehensión y debe durar menos de 36 horas antes de poner a la persona a disposición de las autoridades judiciales.