Capítulo 7
 Actos jurídicos en particular:
 actos de comercio y relaciones
          de consumo
•Actos de comercio. Aproximación
a una definición. Su importancia.
•Clasificación. Enumeración legal.
Análisis del artículo 8º del Código
de Comercio. Otros actos de
comercio.
•Relaciones de consumo. Su
inclusión en la C. N. de 1994.
Concepto de la Ley 24.240.
Alcances. Contratos de consumo:
Actos de comercio
    Aproximación a una definición.

        Normas que consignan un principio general,
           por ej.: “intermediación en el cambio”

Sistemas:
         Normas que no definen, sino que enumeran
                  los actos de comercio




                                  Sistema del Código de
                                   Comercio Argentino
DERECHO COMERCIAL: conjunto de normas
             jurídicas que regulan las relaciones de los
           comerciantes entre sí y las consecuencias de los
                         actos de comercio.

    Concepción subjetiva                                Concepción objetiva

Los actos de los comerciantes se                   “Los que verifican accidentalmente
“presumen” actos de comercio,                      algún acto de comercio no son
salvo prueba en contrario. (art. 5                 considerados comerciantes. Sin
Cód. Com.)                                         embargo, quedan sujetos, en
                                                   cuanto a las controversias que
“Si un acto es comercial para una sola de las      ocurran sobre dichas operaciones, a
partes, todos los contrayentes quedan por          las leyes y jurisdicción del
razón de él, sujetos a la ley mercantil, excepto   comercio”. (art. 6 Cód. Com.
a las disposiciones relativas a las personas de
los comerciantes, y salvo que la disposición de
dicha ley resulte que no se refiere sino al        Enumeración legal (art. 8 Cód.
contratante para quien tiene el acto carácter      Com.)
comercial”. (art. 7 Cód. Com.
Conceptos de “acto de comercio”:
   “La materia de comercio es todo
     supuesto de hecho al que la ley
  considera mercantil” (Fontanarrosa).

“Acto de comercio es todo acto atinente
   a la materia comercial” (Vivante).

“Acto intrínsecamente mercantil es todo
     aquel que realiza o facilita una
   interposición en el cambio” (Rocco).
Enumeración legal
                        Solo la ley declara la
                      comercialidad de los actos

                                 De allí que



  El art. 8 Cod. Com. enuncia
     los actos considerados                    Es de “Orden Público”
 “objetivamente” mercantiles



La enunciación tiene carácter
 ejemplificativa, no taxativa.
Articulo 8 Código de Comercio
“ La ley declara actos de comercio en general:
1.- Toda adquisición a título oneroso de una cosa mueble o de un derecho sobre
    ella, para lucrar con su enajenación, bien sea en el mismo estado que se
    adquirió o después de darle otra forma de mayor o menor valor;
2.- La trasmisión a que se refiere el inciso anterior;
3.- Toda operación de cambio, banco, corretaje o remate;
4.- Toda negociación sobre letras de cambio o de plaza, cheques o cualquier otro
    género de papel endosable o al portador;
5.- Las empresas de fábricas, comisiones, mandatos comerciales, depósitos o
    transportes de mercaderías o personas por agua o por tierra;
6.- Los seguros y las sociedades anónimas, sea cual fuere su objeto;
7.- Los fletamentos, construcción, compra o venta de buques, aparejos, provisiones
    y todo lo relativo al comercio marítimo;
8.- Las operaciones de los factores tenedores de libros y otros empleados de los
    comerciantes, en cuanto concierne al comercio del negociante de quien
    dependen;
9.- Las convenciones sobre salarios de dependientes y otros empleados de los
    comerciantes;
10.- Las cartas de crédito, fianzas, prenda y demás accesorios de una operación
    comercial;
11.- Los demás actos especialmente legislados en este Código”.
 
Clasificación
                1.
Actos de comercio por su naturaleza




               2.
 Actos de comercio por conexión




               3.
     Actos de comercio por
      disposición de la ley
1. Actos de comercio por su naturaleza
 Son aquellos típicamente mercantiles. Implican interposición en el
        cambio (definición tomada de la economía política)

                      De mercaderías (incs. 1 y 2 del art. 8)

                          Adquisición ≠ compra          A título oneroso

                            Cosas muebles o
Interposición             derechos sobre ellas       Ánimo de
en el cambio                                           lucro
                        Enajenación en el mismo
                           estado o luego de su
                         transformación (forma de
                            mayor o menor valor)
                                                                manual
                                        Operación de cambio
                    De dinero (inc. 3):                    trayecticio

                                activas    Operaciones de banco
                                 pasivas
2.Actos de comercio por conexión
                                   Con actos naturalmente
                                     mercantiles o con la
                                    actividad de comercio
                         Tales los supuestos de:
                         Mandato comercial y comisión (art. 221
 Conexión que hay que    y 222 Cód. Com.),
                         Fianza comercial (inc. 10 y art. 478 Cód.
demostrar en cada caso
                         Com.),
                         Mutuo (art. 558 Cód. Com.),
                         Depósito (art. 572 Cód. Com.),
                         Prenda (art. 8 inc. 10 y 580 Cód. Com.),
                         etc.

                          Son todos los actos no identificados y
                           comprendidos bajo la presunción
   Conexión que se         genérica del artículo 5 segundo
   presume por ley         párrafo;
                          como así también las operaciones de
                           los factores y empleados en cuanto
                           conciernen al comercio del principal
                           (Art. 8, inc. 8) .
3. Actos de comercio por disposición
              de la ley
                                    Intermediación entre oferta y
           Corretaje                         demanda
  Inc. 3
            Remate               Venta en pública subasta    martillero




              Operaciones
            cambiarias (letras
                de cambio)

  Inc. 4        Cheques
                                                Títulos de crédito
               Papeles de
                comercio
              endosables o al
                 portador
De fábrica


                       Mandato
Inc. 5   Empresas
                       Comisión

                       Depósito
         Seguros
                      Transporte     cosas
                                     personas
Inc. 6
         Sociedades                Por agua o
         anónimas                   por tierra
Actos de comercio no enumerados
                      «Los demás actos especialmente
 Inc. 11                legislados en este Código».
                                              La doctrina entiende también
                                                los incorporados por leyes
                                               especiales, y los que tienen
Ejemplos:                                              tipicidad social
Modernos contratos comerciales: franchising, leasing,
underwriting, concesión, distribución, Joint ventures,
etc. (algunos de tipicidad social admitidos como tales
por la jurisprudencia).
Todas las demás sociedades comerciales de la Ley
19550 (el art. 8 solo nombra a las S.A).
La prenda con registro, el warrant (como garantías
comerciales)
Empresas de diversa índole (transporte aéreo,
servicios y bienes: espectáculos, transporte de noticias,
software, medicina prepaga, educación privada, etc.)
Actos excluidos
                             Art. 452 Cód. Com.:
No se consideran mercantiles:
3. Las compras de bienes raíces y muebles accesorios. Sin embargo, serán
comerciales las compras de cosas accesorias al comercio, para prepararlo o
facilitarlo, aunque sean accesorias a un bien raíz;
4. Las de objetos destinados al consumo del comprador, o de la persona por cuyo
encargo se haga la adquisición;
5. Las ventas que hacen los labradores y hacendados de los frutos de sus cosechas
y ganados;
6. Las que hacen los propietarios y cualquier clase de persona, de los frutos y
efectos que perciban por razón de renta, dotación, salario, emolumento u otro
cualquier título remuneratorio o gratuito;
7. La reventa que hace cualquier persona del resto de los acopios que hizo para su
consumo particular.
   Sin embargo, si fuere mayor cantidad la que vende que la que hubiese consumido,
se presume que obró en la compra con ánimo de vender y se reputan mercantiles la
compra y la venta.

     Inc. 9, art. 8 Cód. Com.               corresponde al Derecho Laboral
Relación de consumo
    Constitución
      Nacional           Derechos de            Art. 42: Derechos
    (reforma de       Tercera Generación         del Consumidor
       1994)



           Noción omnicomprensiva: “relación de consumo”


  Ley 24.240
 “Defensa del                          Art. 1: concepto amplio
 Consumidor”                           de consumidor
(reformada por        Incorpora
 Ley 26361 en                          Art. 3: define relación
 el año 2008)                          de consumo


                           De lo que deriva:
            relación de consumo ≠ contrato de consumo
Relación de consumo


                                             Art. 3

       Consumidor o usuario             vinculo jurídico         proveedor

                Art. 1                                             Art. 2,
                                                               primer párrafo
1. toda persona física o jurídica que
       adquiere o utiliza bienes o           Contrato de
      servicios en forma gratuita u                        Es la persona física o jurídica
                                              consumo      de naturaleza pública o
    onerosa como destinatario final,
    en beneficio propio o de su grupo                      privada, que desarrolla de
            familiar o social.                             manera profesional, aun
                                                           ocasionalmente, actividades
2. se considera asimismo consumidor o                      de producción, montaje,
    usuario a quien, sin ser parte de una                  creación, construcción,
        relación de consumo, como                          transformación, importación,
     consecuencia o en ocasión de ella                     concesión de marca,
    adquiere o utiliza bienes o servicios                  distribución y comercialización
    como destinatario final, en beneficio                  de bienes y servicios,
   propio o de su grupo familiar o social,                 destinados a consumidores o
                                                           usuarios. Todo proveedor está
                                                           obligado al cumplimiento de la
 3. a quien de cualquier manera está
                                                           presente ley.
expuesto a una relación de consumo.
Cláusulas ineficaces en los contratos de
                consumo
                            Cláusulas abusivas


 ARTICULO 37. — Interpretación. Sin perjuicio de la validez del contrato,
 se tendrán por no convenidas:
 a) Las cláusulas que desnaturalicen las obligaciones o limiten la
 responsabilidad por daños;
 b) Las cláusulas que importen renuncia o restricción de los derechos del
 consumidor o amplíen los derechos de la otra parte;
 c) Las cláusulas que contengan cualquier precepto que imponga la
 inversión de la carga de la prueba en perjuicio del consumidor.
 La interpretación del contrato se hará en el sentido más favorable para el
 consumidor. Cuando existan dudas sobre los alcances de su obligación, se
 estará a la que sea menos gravosa.
 En caso en que el oferente viole el deber de buena fe en la etapa previa a
 la conclusión del contrato o en su celebración o transgreda el deber de
 información o la legislación de defensa de la competencia o de lealtad
 comercial, el consumidor tendrá derecho a demandar la nulidad del
 contrato o la de una o más cláusulas. Cuando el juez declare la nulidad
 parcial, simultáneamente integrará el contrato, si ello fuera necesario.

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Capítulo 7

  • 1. Capítulo 7 Actos jurídicos en particular: actos de comercio y relaciones de consumo •Actos de comercio. Aproximación a una definición. Su importancia. •Clasificación. Enumeración legal. Análisis del artículo 8º del Código de Comercio. Otros actos de comercio. •Relaciones de consumo. Su inclusión en la C. N. de 1994. Concepto de la Ley 24.240. Alcances. Contratos de consumo:
  • 2. Actos de comercio Aproximación a una definición. Normas que consignan un principio general, por ej.: “intermediación en el cambio” Sistemas: Normas que no definen, sino que enumeran los actos de comercio Sistema del Código de Comercio Argentino
  • 3. DERECHO COMERCIAL: conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los comerciantes entre sí y las consecuencias de los actos de comercio. Concepción subjetiva Concepción objetiva Los actos de los comerciantes se “Los que verifican accidentalmente “presumen” actos de comercio, algún acto de comercio no son salvo prueba en contrario. (art. 5 considerados comerciantes. Sin Cód. Com.) embargo, quedan sujetos, en cuanto a las controversias que “Si un acto es comercial para una sola de las ocurran sobre dichas operaciones, a partes, todos los contrayentes quedan por las leyes y jurisdicción del razón de él, sujetos a la ley mercantil, excepto comercio”. (art. 6 Cód. Com. a las disposiciones relativas a las personas de los comerciantes, y salvo que la disposición de dicha ley resulte que no se refiere sino al Enumeración legal (art. 8 Cód. contratante para quien tiene el acto carácter Com.) comercial”. (art. 7 Cód. Com.
  • 4. Conceptos de “acto de comercio”: “La materia de comercio es todo supuesto de hecho al que la ley considera mercantil” (Fontanarrosa). “Acto de comercio es todo acto atinente a la materia comercial” (Vivante). “Acto intrínsecamente mercantil es todo aquel que realiza o facilita una interposición en el cambio” (Rocco).
  • 5. Enumeración legal Solo la ley declara la comercialidad de los actos De allí que El art. 8 Cod. Com. enuncia los actos considerados Es de “Orden Público” “objetivamente” mercantiles La enunciación tiene carácter ejemplificativa, no taxativa.
  • 6. Articulo 8 Código de Comercio “ La ley declara actos de comercio en general: 1.- Toda adquisición a título oneroso de una cosa mueble o de un derecho sobre ella, para lucrar con su enajenación, bien sea en el mismo estado que se adquirió o después de darle otra forma de mayor o menor valor; 2.- La trasmisión a que se refiere el inciso anterior; 3.- Toda operación de cambio, banco, corretaje o remate; 4.- Toda negociación sobre letras de cambio o de plaza, cheques o cualquier otro género de papel endosable o al portador; 5.- Las empresas de fábricas, comisiones, mandatos comerciales, depósitos o transportes de mercaderías o personas por agua o por tierra; 6.- Los seguros y las sociedades anónimas, sea cual fuere su objeto; 7.- Los fletamentos, construcción, compra o venta de buques, aparejos, provisiones y todo lo relativo al comercio marítimo; 8.- Las operaciones de los factores tenedores de libros y otros empleados de los comerciantes, en cuanto concierne al comercio del negociante de quien dependen; 9.- Las convenciones sobre salarios de dependientes y otros empleados de los comerciantes; 10.- Las cartas de crédito, fianzas, prenda y demás accesorios de una operación comercial; 11.- Los demás actos especialmente legislados en este Código”.  
  • 7. Clasificación 1. Actos de comercio por su naturaleza 2. Actos de comercio por conexión 3. Actos de comercio por disposición de la ley
  • 8. 1. Actos de comercio por su naturaleza Son aquellos típicamente mercantiles. Implican interposición en el cambio (definición tomada de la economía política) De mercaderías (incs. 1 y 2 del art. 8) Adquisición ≠ compra A título oneroso Cosas muebles o Interposición derechos sobre ellas Ánimo de en el cambio lucro Enajenación en el mismo estado o luego de su transformación (forma de mayor o menor valor) manual Operación de cambio De dinero (inc. 3): trayecticio activas Operaciones de banco pasivas
  • 9. 2.Actos de comercio por conexión Con actos naturalmente mercantiles o con la actividad de comercio Tales los supuestos de: Mandato comercial y comisión (art. 221 Conexión que hay que y 222 Cód. Com.), Fianza comercial (inc. 10 y art. 478 Cód. demostrar en cada caso Com.), Mutuo (art. 558 Cód. Com.), Depósito (art. 572 Cód. Com.), Prenda (art. 8 inc. 10 y 580 Cód. Com.), etc.  Son todos los actos no identificados y comprendidos bajo la presunción Conexión que se genérica del artículo 5 segundo presume por ley párrafo;  como así también las operaciones de los factores y empleados en cuanto conciernen al comercio del principal (Art. 8, inc. 8) .
  • 10. 3. Actos de comercio por disposición de la ley Intermediación entre oferta y Corretaje demanda Inc. 3 Remate Venta en pública subasta martillero Operaciones cambiarias (letras de cambio) Inc. 4 Cheques Títulos de crédito Papeles de comercio endosables o al portador
  • 11. De fábrica Mandato Inc. 5 Empresas Comisión Depósito Seguros Transporte cosas personas Inc. 6 Sociedades Por agua o anónimas por tierra
  • 12. Actos de comercio no enumerados «Los demás actos especialmente Inc. 11 legislados en este Código». La doctrina entiende también los incorporados por leyes especiales, y los que tienen Ejemplos: tipicidad social Modernos contratos comerciales: franchising, leasing, underwriting, concesión, distribución, Joint ventures, etc. (algunos de tipicidad social admitidos como tales por la jurisprudencia). Todas las demás sociedades comerciales de la Ley 19550 (el art. 8 solo nombra a las S.A). La prenda con registro, el warrant (como garantías comerciales) Empresas de diversa índole (transporte aéreo, servicios y bienes: espectáculos, transporte de noticias, software, medicina prepaga, educación privada, etc.)
  • 13. Actos excluidos Art. 452 Cód. Com.: No se consideran mercantiles: 3. Las compras de bienes raíces y muebles accesorios. Sin embargo, serán comerciales las compras de cosas accesorias al comercio, para prepararlo o facilitarlo, aunque sean accesorias a un bien raíz; 4. Las de objetos destinados al consumo del comprador, o de la persona por cuyo encargo se haga la adquisición; 5. Las ventas que hacen los labradores y hacendados de los frutos de sus cosechas y ganados; 6. Las que hacen los propietarios y cualquier clase de persona, de los frutos y efectos que perciban por razón de renta, dotación, salario, emolumento u otro cualquier título remuneratorio o gratuito; 7. La reventa que hace cualquier persona del resto de los acopios que hizo para su consumo particular. Sin embargo, si fuere mayor cantidad la que vende que la que hubiese consumido, se presume que obró en la compra con ánimo de vender y se reputan mercantiles la compra y la venta. Inc. 9, art. 8 Cód. Com. corresponde al Derecho Laboral
  • 14. Relación de consumo Constitución Nacional Derechos de Art. 42: Derechos (reforma de Tercera Generación del Consumidor 1994) Noción omnicomprensiva: “relación de consumo” Ley 24.240 “Defensa del Art. 1: concepto amplio Consumidor” de consumidor (reformada por Incorpora Ley 26361 en Art. 3: define relación el año 2008) de consumo De lo que deriva: relación de consumo ≠ contrato de consumo
  • 15. Relación de consumo Art. 3 Consumidor o usuario vinculo jurídico proveedor Art. 1 Art. 2, primer párrafo 1. toda persona física o jurídica que adquiere o utiliza bienes o Contrato de servicios en forma gratuita u Es la persona física o jurídica consumo de naturaleza pública o onerosa como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo privada, que desarrolla de familiar o social. manera profesional, aun ocasionalmente, actividades 2. se considera asimismo consumidor o de producción, montaje, usuario a quien, sin ser parte de una creación, construcción, relación de consumo, como transformación, importación, consecuencia o en ocasión de ella concesión de marca, adquiere o utiliza bienes o servicios distribución y comercialización como destinatario final, en beneficio de bienes y servicios, propio o de su grupo familiar o social, destinados a consumidores o usuarios. Todo proveedor está obligado al cumplimiento de la 3. a quien de cualquier manera está presente ley. expuesto a una relación de consumo.
  • 16. Cláusulas ineficaces en los contratos de consumo Cláusulas abusivas ARTICULO 37. — Interpretación. Sin perjuicio de la validez del contrato, se tendrán por no convenidas: a) Las cláusulas que desnaturalicen las obligaciones o limiten la responsabilidad por daños; b) Las cláusulas que importen renuncia o restricción de los derechos del consumidor o amplíen los derechos de la otra parte; c) Las cláusulas que contengan cualquier precepto que imponga la inversión de la carga de la prueba en perjuicio del consumidor. La interpretación del contrato se hará en el sentido más favorable para el consumidor. Cuando existan dudas sobre los alcances de su obligación, se estará a la que sea menos gravosa. En caso en que el oferente viole el deber de buena fe en la etapa previa a la conclusión del contrato o en su celebración o transgreda el deber de información o la legislación de defensa de la competencia o de lealtad comercial, el consumidor tendrá derecho a demandar la nulidad del contrato o la de una o más cláusulas. Cuando el juez declare la nulidad parcial, simultáneamente integrará el contrato, si ello fuera necesario.